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REGLAMENTO DEL APRENDIZ

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REGLAMENTO DELAPRENDIZ

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Ser APRENDIZ SENADurante su formación el Sena contribuirá para el desarrollo de su perfil como libre pensador con capacidad de liderazgo. Teniendo en cuenta los siguientes puntos;

Capacidad critica : Constructivo con ideas propias aportando soluciones a problemas

Solidario : En busca del bien común, trabajando en equipo comprometido con la sociedad.

Líder : Impulsa un cambio social al contribuir en nuevos rumbos para mejorar la sociedad con proyectos concretos.

Emprendedor y creativo: Realiza análisis complejos formulando proyectos concretos y soluciona de forma innovadora los retos que se le imponen

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COMPROMISO APRENDIZ SENA

El compromiso como aprendiz Sena incluye adoptar y aplicar una conducta correcta en los momentos de formación en donde se desarrollen. y que no realicen actos que afecte sus procesos de formación ni el de sus compañeros, el cuidado y manejo de los elementos que faciliten su formación teniendo en cuenta los valores morales tales como respeto, honestidad, solidaridad

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CAMPO DEAPLICACION

. el presente reglamento se aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formación profesional Sena, en sus diferentes modalidades, quienes durante el tiempo que desarrollen su formación de proyectos se denominan aprendices.

este reglamento constituye la base mínima para la convivencia de la comunidad educativa Sena incluyendo así también los ambientes virtuales.

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Derechos del aprendiz Sena

El derecho es la facultad que tiene el aprendiz de hacer lo establecido en las normas vigentes del Sena sin exclusión por razones de genero ,raza etc.Por eso son derechos del aprendiz los siguientes.

De carácter académico: recibir en el momento de su matricula, el carnet estudiantil que lo acredite como

aprendiz del Sena.Acceso a diversas fuentes de conocimiento durante el proceso de formación: las tecnologías de comunicación, el entorno real o simulado en los ambientes de aprendizaje, el trabajo colaborativo con otros aprendices del Sena.recibir formación profesional, acorde con el programa al cual se matriculo.Recibir orientación académica y comporta mental Participar en el mejoramiento continuo de los instructores a través de los procesos de evaluación Recibir la certificación que le corresponde, una vez adquirida las competencias establecidas en el programa de formación

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DE CARÁCTER COMPORTAMENTAL:

Recibir trato digno y respetuoso por todos los integrantes de la comunidad educativa .Ser escuchado y atendido en sus peticiones siguiendo el debido proceso.Expresar con liberta ideas y pensamientos respetando el derecho ala educacion,al trabajo ala liberta de expresión y ala locomoción de los demás integrantes de la comunidad educativa.

Pertenecer ala comunidad educativa virtual del Sena Tener acceso a todo el material disponible y didáctico entre (obligatorio y adicional) ofrecido en el curso, de forma electronica,multimedia y para descargar, respetando la propiedad intelectual y los derechos del actor.

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Estímulos incentivos

Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuación meritorias o los sobresalientes obtenidos en los ámbitos de aprendizaje, actituinal investigativo, innovador o profesional.

recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de formación.ser postulado para realizar pasantías o intercambio nacional o internacional.

ser designado como monitor de un tema especifico en el cual demuestre competencia en el programa de formación, en la especialidad y actividades que se realizan en su aporte.

Formar parte del semillero de nuevos instructores del SENA cuando termine su proceso formativo, si así lo desea.

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Deberes del aprendiz Sena

Se en tiende por deber, la obligación legal, social y moral que comprende ala persona a cumplir con determinadas actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos de carácter académicos.

De carácter académico:•cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje por el plan de mejoramiento, definidas durante el proceso de aprendizaje •Participar activamente en las actividades complementarias o de profundización relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de formación.•Dar a conocer oportunamente al instructor las solicitudes o novedades que se presenten durante el proceso de aprendizaje utilizando medios virtuales y o físicos•Participar en la elaboración y ejecución del plan de gestión ambiental del centro de formación.

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Hacer uso de las herramientas tecnológicas que la entidad pone a disposición para adelantar el proceso de aprendizaje Ser responsable de gestionar los recursos de información atreves de las diferentes fuentes de conocimientoRespetar los derechos de autor en los materiales trabajados, proyectos y demás documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido compartidos al interior de la plataforma.

DE CARACTER DISCIPLINARIOConocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como al reglamento del aprendiz sena, y convivir en comunidad de acuerdo con ellosportar permanentemente y en lugar visible el carnet que lo identifica como aprendiz sena, durante su proceso de formación, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al final del programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matricula

Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas, el material didáctico, equipos y herramientas de la identidad o que están a cargo de esta, respondiendo por los daños ocasionados a estos intencionalmente o por descuido, debidamente comprobadosRespetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa sena

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•no usar expresiones grotescas en foros de discusión, mensajes, anuncios, tanto generales como en grupos de trabajo •en caso de perdida de carnet el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, y tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo •suscribir oportunamente el acta de compromiso como9 aprendiz sena y/o como aprendiz usuario de tecno parque o tecno academia elaborada por la dirección nacional.

ADEMAS DE LOS DEBERES ENUNCIADOS, EL APRENDIZ EN FORMACION VIRTUAL TENDRA LOS SIGUIENTES DEBERES DE CARACTER ACADEMICO

Dedicar al proceso de formación las horas mínimas semanales señaladas para cada programaParticipar en los foros de formación y demás espacios de socialización del ambiente virtualRespetar los comentarios o participaciones realizadas por los demás integrantes de la comunidad educativa

PROHIBICIONES:se consideran prohibiciones para los aprendices del sena, las siguientes:

DE CARACTES ACADEMICO:plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo

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b. de carácter disciplinario:

1. aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma 2. ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas sustancias psicoactivas dentro de las instalaciones del Sena3. ingresar o portar armas, objetos corto-punzantes, explosivos u otros artefactos que representen riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad física de la personas.4. utilizar el nombre del Sena o sus instalaciones para actividades particulares o con ánimo de lucro exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el subdirector de centro o la instancia competente 5. hurtar amenazar, sobornar, coaccionar o agredir verbalmente o físicamente, o ser cómplice o participe de delitos contra ellos o contra la institución.6. contribuir al desorden o al desaseo 7. destruir, sustraer o dañar instalaciones físicas, equipos materiales, software, elementos y dotación en general del Sena 8. perturbar el desarrollo normal de las actividades de aprendizaje, liderando o apoyando este tipo de actos en oficinas, ambientes de aprendizaje, zonas de descanso, bibliotecas y en general donde esta se desarrolla9. practicar o propiciar juegos de azar, con miembros de la comunidad educativa, al interior de las instalaciones del Sena, sin autorización de la instancia competente10. propiciar actos indecorosos de acoso, maltrato físico o mental, conductas que puedan afectar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

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11. permanecer con el uniforme o ropa de trabajo acordado para la especialidad, en situaciones o lugares ajenos al proceso de formación, que deterioren la imagen institucional 12. enviar información confidencial, o circulación restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de formación 13. realizar comportamientos contrarios a la normatividad Sena en lugares donde se adelanten eventos de formación nacional o internacional, que atenten contra la imagen del Sena o de el país 14. incumplir con la fecha límite de reintegro a el centro de formación después de haber participado en un programa de movilidad estudiantil nacional o internacional15. incumplir las normas de convivencia establecidas en cada centro de formación o internando16. suplantar identidad en los cursos apoyados en ambientes virtuales de aprendizaje 17. ingresar o salir por sitios diferentes a la portería, saltando muros, cercas o violentando puertas, ventanas y cerraduras18. alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales calificaciones, evaluaciones o firmas correspondientes a el Sena o emitidos por ella19. elaborar mensajes satíricos, dibujar o escribir sobre cualquier mueble de las instalaciones donde se desarrollan programas de formación o pegar avisos, carteleras, pancartas o análogos en sitios no autorizados 20. propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia miembros de la comunidad educativa que atenten contra la integridad física, moral o psicológica

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Capitulo 5Etapa practica de los programas de formaciónArt. 6 la etapa practica que desarrollan los aprendices en cualquier programa de formación, debe permitirles aplicar en la resolución de programas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestiónArt.7 desempeño en una empresa a través del contrato de aprendizaje en las diferentes empresas obligadas, o con cuotas voluntarias, incluido el SENA.Desempeño a través de vinculación laboral o contra actual en actividades relacionadas con el programa de formación.Cuando s definen los proyectos en el marco de un programa de formación y estos posibilitan la simulación de entornos productivos reales y la aplicación de conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa.Servicio militar, los aprendices técnicos y tecnólogos que terminan la etapa electiva y no cuenten con contrato de aprendizaje podrán incorporarse al ejercito a prestar su servicio militar realizando la etapa practica en actividades afines al programa de formaciónLos aprendices deben inscribirse en el centro de formación con el responsable de apoyos de sostenimiento, contaran con el apoyo del asesor de fortalecimiento empresarial

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Art 8 registro de la etapa practica es responsabilidad del aprendiz registrarse en el sistema de gestión virtual de aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje.Art. 9 seguimiento de la etapa practica es obligatorio y se realizara de manera virtual para todos los aprendices elaborara una bitácora quincenal en la que señalara las actividades desarrolladas en la empresa de esta forma el instructor puede hacer seguimiento a las actividades que desempeña el aprendiz a atreves de la plataforma virtual.Art 10 los tramites académicos son aquellas diligencias que los aprendices adelantan para obtener su registro académico, certificados, títulos, acta de grado etc.Art 11registro académico es el procedimiento que protocoliza las acciones académicas y disciplinaria del aprendizArt 12 la certificación es el procedimiento de administración de la formación a través del cual se hace el reconocimiento formal de los resultados obtenidosArt 13 la expedición por primera vez de certificados o títulos con sus documentos anexos no tendrán costo para el aprendiz.Art 14 la expedición de duplicados correspondiente a certificados constancias académicas o actas de grado podrán solicitarse en el centro o a través de medios electrónicosArt 15 legalización de un documento académico consiste en la verificación de la validez del mismo, a través de una firma autorizada ante el ministerio de relaciones exteriores

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Art 16 el aprendiz podrá solicitar cualquiera de los siguientes tramites que son los siguientes •Traslado•Aplazamiento•Reingreso •Retiro voluntarioArt 17 participación y cumplimiento se evaluara el cumplimiento o no de las actividades de aprendizaje de la ruta de aprendizaje así:•Cumplimiento justificado •Cumplimiento injustificado •Revisión de los resultados de evaluación

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deserciónSe considera como deserción:•Cuando el aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa de formación, durante un mes continuo.•Cuando al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el SENA, el aprendiz no reingresa al programa de formación.•cuando transcurrido dos años contados a partir de la fecha de terminación de la etapa lectiva del programa del programa, el aprendiz no ha presentado la evidencia de la realización de la etapa práctica.Al aprendiz tiene 5 días hábiles para justificar el incumplimiento, si no responde el subdirector de centro de la formación expedirá el acto académico declarando la deserción por parte del aprendiz y así ordenara la cancelación de la matricula.

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Capitulo 8faltas académicas y disciplinarias

Articulo 18: faltas que afectan el proceso de formación y la convivencia: se consideran faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formación y la matricula y la convivencia. ya que son comportamientos , practicas , omisiones que alteran el desarrollo de la formación académico del aprendiz, que se origina la necesidad de una medida sanci0onada y/o formativa.

Articulo 19: clasificación de las faltas

Faltas académicas: se configuran la falta académica cuando el aprendiz incurre con su actuación y omisión en una de las prohibiciones de carácter académico, incumple un deber o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter académico, señala do en el reglamento.

Faltas disciplinarias: se configura la falta disciplinaria cuando el aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones de carácter disciplinario, incumple un deber, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter comportamental señalado en el reglamento.

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Articulo 20: calificación de las faltas: las faltas académicas y disciplinarias de ben clasificarse de la siguiente manera:LevesGravesGravísimas

Articulo 21: criterios para clasificar la falta: Para hacer la calificación de una falta provisional y u8na calificación definida de la falta en uno de los tres grados señalados anteriormente se tendrán en cuenta los siguientes criterios: daños causados y su efectoGrado de participación del aprendizAntecedentes del aprendizRendimiento del aprendiz en su proceso de formaciónConfesión de las faltasHaber procurado por iniciativa propia, resarcir el daño causado o compensar el dañoHaber devuelto restituido o reparado el bien afectado con la conductaLos parámetros de la calificación señalados en este reglamento

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Capitulo 9medidas formativas y sancionesArticulo 22: medidas formativas: son aquellas acciones que se aplican al aprendiz SENA matriculado en cualquier tipo de formación, cuando se trate de menor grado el orden académico y disciplinario, sin afectar los deberes y derechos con el fin de generar cambios en el desempaño académico o en el comportamiento disciplinario del aprendiz

LLAMADO DE ATENCION: cuando se traten de los hechos que contraen en menor grado el orden académico sin afectar los deberes derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte de los instructores, coordinador académico, responsables de bienestar, o el subdirector del centro. No constituye una sanción y n se anotara en su hoja de vida tampoco tendrá como antecedentes disciplinarios y académicosPLANDE MEJORAMIENTO ACADEMICO: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, concertadas entre el aprendiz y el instructor o el coordinador académico, este plan debe ser firmado por el aprendiz; para su diseño debe implementarse nuevas actividades de aprendizaje, para el ,ogro de los objetivos del proceso formativo; se debe identificar los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados por el aprendiz y evidencias que se utilizan para evaluar el plan, que tendrá una duración máxima de tres meses.

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PLAN DE MEJORAMIENTO DISCIPLINARIO: es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social. Para propiciar en el aprendiz cambios en su conducta, este plan se debe firmar por el aprendiz y para su diseño debe complementarse la falta cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan en un periodo máximo de tres meses.Articulo 23: sanciones: son medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria; tiene cobertura nacional en la institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación, la sanción que se imponga al aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta, y en caso de que elapr3ndiz tenga contrato de aprendizaje deberá adicionalmente registrarse en el sistema de gestión virtual de aprendices e informarse a la respectiva empresa.

Las sanciones por falta disciplinaria o académicas son:A:llamado de atención por escrito: medida sancionada que se impone por el servidor publico competente como resultado del procedimiento establecido en este reglamento, se impone a través de comunicación escrita dirigida por el subdirector del centro al aprendiz con copia a su hoja de vidaB: condicionamiento de la matricula: acto académico sancionado que se impone al aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este reglamento

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El condicionamiento de la matricula podrá imponerse co0mo sanción, en los casos:

Cuando la gravedad de las faltas lo ameriten con base a los criterios de la calificación, señalados en los numerales 7 del articulo 21 de este reglamento. por incumplimiento de plan de mejoramiento acordado como consecuencia de un llamado de atención escrito cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien dos llamados de atención escritos durante su proceso de formaciónPor terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje sin autorización previa del SENA cuando el aprendiz tenga incumplimientos en la entrega de las evidencias de aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de aprendizaje , que sobrepasen el treinta por ciento de l total del programa de formación

C: cancelación de la matricula: esta sanción será impuesta por el subdirector del respectivo centro de formación una vez agotado el procedimiento establecido en este reglamento cuando se `presente una de las siguientes causas:

Cuando la gravedad de loas faltas lo ameritan, con base en los criterios señalados en los numerales 1ª 7 del articulo 21 de este reglamento.Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado, como consecuencia de un condicionamiento de matricula

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cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien que ya tuvo un condicionamiento de matricula durante su proceso de formación Cuando el aprendiz ha tenido faltas injustificadas en la entrega de evidencias de aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de aprendizaje, que sobrepasen el 50% del total del programa de formación+ hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de loa comunidad educativa o amenazarlo, sobornarlo, o agredirlo verbal físicamente o ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución

La cancelación de la matricula implica la perdida del carácter del aprendiz SENA y la persona sancionada no podrá participar en procesos de ingresos a la institución por u periodo que puede varias entre seis y veinticuatro meses de acuerdo con lo consigo en el acto académico suscrito por parte del subdirector del centro.Articulo 24:principios rectores para la aplicación de sanciones: Publicidad: todo procedimiento sancionatorio que se le adelante por falta disciplinaria o académica, debe ser informado desde su inicio al aprendiz que presuntamente cometió la faltaContratación: el aprendiz que presuntamente haya cometido una falta podrá ejercer su derecho de contratación y defensa dentro de las oportunidades previstas para ello, presentar descargos y solicitar y aportar pruebas presunción de inocencia: toda investigación debe partir de una presunción de inocencia a favor del aprendiz por lo que carga la prueba recaerá sobre los integrantes de la comunidad educativa o el centro de la formación responsable de imponer la sanción

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Valoración integral de las pruebas y descargos: tanto el comité de evaluación y seguimiento del centro de formación profesional que recomienda la medida sancionatoria a imponer como el subdirector del respectivo centro deben valora todas las pruebas aportadas al expediente y los descargos del aprendizMotivación de la decisión: el subdirector de centro debe tener en cuenta cada una de las motivaciones y fundamentos de la recomendación que el comité exprese. proporcionalidad: las medidas formativas o sancionatorias deben imponerse proporcional a la falta cometida impugnación: los aprendices sancionados podrán impugnar motivadamente la decisión ante el servidor publico que expidió el respectivo acto académico.

CAPITULO 10PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

ARTICULO 25: El procedimiento se inicia con el informe o queja que se presenta por un servidor publico, contratista, aprendiz, o cualquier persona que tenga conocimiento sobre los hechos que puedan constituir falta disciplinaria o académica determinada en este reglamento.Este informa podrá se presentado al coordinador académico o al subdirector del centro de formación y deberá contener como mínimo:•Fecha de informe•Descripción detallada de los hechos que presuntamente constituye la falta•Testigo y pruebas que prueba que aportar si es el del caso•Dirección del informante •firma

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Articulo 26: en cada centro de formación profesional de SENA funcionara un comité de evaluación y seguimiento como instancia competente para investigar y analizar casos tanto académicos como disciplinarios de los aprendices de todos los tipos y modalidades de formaciónArticulo 27: el comité de evaluación y seguimiento se reunirá por lo menos una vez cada trimestre y cada vez que sea necesario para la aplicación del procedimiento establecido en este reglamentoArticulo 28: comunicación del aprendiz: el coordinador académico del centro de formación dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que reciba el informe o queja deberá enviar una comunicación dirigida al aprendiz presuntamente implicados con copia al secretario del comité de evaluación.

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Revocatoria del representante:

Incumplimiento de sus deberes.Bajo rendimiento académico que amerite mayor dedicación a su formación.Sanciones recibidas por aspectos académicos o disciplinarios.Por solicitud sustentada de la comunidad educativa.Cuando el representante de los aprendices defina continuar su proceso de formación en cedes fuera del centro(en empresas u otras instituciones).

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Sesión d el comité de evaluación y seguimiento

Llegada la hora y la fecha de la sanción del comité, se debe verificar si hay quórum o no para sancionar y decidir.

Se oirán en los descargos al aprendiz o aprendices citados y se practicarán las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

Ejercerá el derecho a su defensa. Tiene derecho a estar presente en la recepción

de todas las pruebas.

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REQUISITOS Y CONDICIONES •Tener disponibilidad para trabajar en equipo con los representantes de centro y demasintegrantes de la comunidad educativa •Actuar de acuerdo con lo estipulado y tener buenas relaciones interpersonales con los integrantes de la comunidad educativa•Cumplir con las responsabilidades como líder de programa, sin descuidar las obligaciones del proceso de formación •Participar en las reuniones del centro con el fin de velar por el buen desarrollo de las actividades de formación •Participar en equipo con los demás lideres y los representantes del centro en la formación de actividades •Cumplir con las responsabilidades como líder de programa sin descuidar el proceso de formación.

ELECCION DE LOS LIDERES DEL PROGRAMA:•Un líder del programa puede postularse como candidato a representante de los aprendices por el centro •En le caso que se requiera suplir o remover al líder de programa, LOS APRENDICES de forma presencial y/o virtual elijaran su remplazo por el tiempo faltante del periodo para el que fue elegido