Juan Marcelo Romo Gualinga Fátima Viteri, Ph.D., Directora de ...
Porcentajes de retencion.karla viteri
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TRABAJO EN CLASES
Realice un resumen con los respectivos argumentos sobre los porcentajes de retención.
Artículo 4. Porcentajes de retenci6n en adquisiciones y pagos efectuados a sujetos pasivos calificados como contribuyentes especiales.
Retención del diez por ciento 10% IVA causado.
- Sera efectuado la retención 10% del IVA causado, en caso de que el contribuyente especial adquiera un bien gravado con tarifa 12% a otros contribuyentes especiales.
- Los contribuyentes especiales o no especiales, que sean emisores de tarjetas de créditos, por pagos realizados a establecimientos asociados a su sistema, calificados como contribuyentes especiales y realicen transferencias de bienes gravados con tarifa 12% de IVA.
Retención del veinte por ciento 20% IVA causado.
- Cuando un contribuyente especial adquiera servicios y derechos, por pagos de comisiones de por intermediación y por contratos de consultoría gravados con tarifa 12% de IVA a otros contribuyentes especiales.
- Los contribuyentes especiales o no, emisores de tarjetas de crédito que realicen pagos a establecimientos afiliados a su sistema y sean calificados como contribuyentes especiales.
Retención del treinta por ciento 30% IVA causado
- Por transferencias de bienes gravados con tarifa 12% de IVA, a excepción de que señalen un porcentaje de retención distinto-
- Contribuyentes especiales o no, emisoras de tarjetas de crédito que realicen pagos a establecimientos asociados a su sistema, que efectúen tranferencias de bienes con 12% de IVA.
Retenci6n del setenta por ciento (70%) del IVA causado.
- Por la adquisición de servicios o derechos, por pagos de comisiones de intermediación y en contratos de consultoría, gravado con 12% de IVA.
- Las sociedades emisoras de tarjetas de crédito, sean o no contribuyentes especiales, realicen pagos a los establecimientos asociados a su sistema, cuando estos realicen prestaciones de servicios, cesión de derechos y en el pago de comisiones por intermediación, gravados con tarifa doce por ciento (12%) de IVA.
Retención del cien por ciento (100%) del IVA causado.
- Por adquirir servicios profesionales prestados por personas naturales con títulos de instrucción superior otorgados por la Ley Orgánica de Educación Superior , a excepción por pagos de contratos de consultoría.
- En arrendamiento de inmuebles de personas naturales o sucesiones indivisas no obligada a llevar contabilidad.
- Si se adquiere bienes, servicios o derechos y se le emite una liquidación de compra de bines y prestación de servicios en los casos y de conformidad con las disposiciones previstas en normativa tributaria.
- En los pagos que se realicen a quienes han sido elegidos como miembros de cuerpos colegiados de elección popular en entidades del sector público, exclusivamente en ejercicio de su función pública en el respectivo cuerpo colegiado.
- A operadores de turismo que efectúen paquetes de turismo receptivo dentro o en el exterior del país en las adquisiciones locales de los bienes y derechos que formen parte del activo fijo.