Politica institucional

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NORMAS LEGALES DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA Perspectiv a Política- Institucio nal Prof. Carlos Bernardez 2013

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NORMAS LEGALES DE L A EDUCAC IÓN ARGENT INA

Perspectiva Política-

Institucional

Prof. Carlos Bernardez 2013

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INTEGRANTES

GALEANO, Angel Mauro.

GATTI, Miriam Lucia

MELLA, Jonathan

Oscar

ZABALA,

Diego RIcard

o

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DEFINICIÓN DE EDUCACIÓN

La educación y el conocimiento son un bien

público y un derecho personal y social,

garantizados por el estado. Es el ejercicio del derecho

de enseñar y aprender.

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Responsables de la educación

El responsable de la educación es la provincia a través

de la dirección general de cultura

y educación

A nivel nacional el ministerio de

educación ciencia y tecnología y las

autoridades jurisdiccionales

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OBLIGATORIEDAD Y GRATUIDAD

Provincial

Desde la edad de 4 años.

Desde el nivel inicial, el nivel primario, hasta finalizar el nivel

secundario

Nacional

Desde los 5 años, hasta

la finalización

del nivel secundario.

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OTROS ASPECTOS QUE INCUMBEN A LA OBLIGATORIEDAD

Y GRATUIDAD

• Artículo 14 de la constitución garantiza el derecho a enseñar y aprender

• Comprende el acceso, permanencia y egreso del ámbito educativo

El estado nacional o la provincia deben garantizar una

educación integral, garantizando la

igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio

de este derecho

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FINES Y OBJETIVOS

DE LA EDUCACIÓN

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GARANTIZAR

La inclusión educativa

El acceso, permanencia y egreso de los

diferentes niveles del sistema educativo

Garantizar el acceso a la información y al

conocimiento

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ASEGURAR Y PROMOVER

Los procesos de enseñanza y aprendizaje

Una educación de calidad con igualdad de

oportunidades y posibilidades

La participación democrática de

docentes, familiares y estudiantes

La valoración de la

multiculturalidad

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ENTRE OTRAS COSAS:

Estimular la creatividad y el

gusto por el arte y la cultura

Formar a los alumnos y

docentes como lectores críticos

Brindar una formación

ciudadana a través de una

educación integral

Promover conocimientos y brindar actitudes

y valores

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Estructura del Sistema Educativo

• El Sistema Educativo argentino consta de una estructura similar a la de el resto de los países a nivel global.

Educación inicial

Educación primaria

Educación secundaria

Educación Superior

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Educación Inicial

Comprende la educación de los niños de 45 días hasta los 5 años, siendo

obligatorio el ultimo año.

Universal a partir de los 4 años.

Promueve el aprendizaje a partir del juego, el

respeto y la integridad familiar.

Desarrolla la capacidad creativa de los niños

Desarrolla las capacidades de

expresión a través de los lenguajes verbales y no

verbales.

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Educación primaria

Es obligatoria y consta de seis años

de educación

Formación de los niños a partir de

los 6 años

Finalidad: proporcionar

educación básica e integral.

Fomenta el desarrollo de la creatividad y el

juego.

Promueve el desarrollo integral

de la infancia.

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Educación secundaria.

Es obligatoria y consta de seis años de duración.

Destinada a adolescentes que hayan cumplido con la

educación primaria

Finalidad: habilitar a los estudiantes para el

ejercicio de la ciudadanía, el trabajo y la continuación

de sus estudios

Brindar una formación ética para tomar conciencia

de los derechos y obligaciones.

Promover el espíritu critico, la responsabilidad y el

desarrollo de habilidades de investigación.

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Educación Secundaria

Ciclo Básico• Es de carácter común a

todas las orientaciones.• Reemplaza a la EGB de la

anterior legislación en educación.

Ciclo Orientado.• Es de carácter diversificado

según distintas áreas del conocimiento, del mundo social y del trabajo.

• Reemplaza al Polimodal de la anterior legislación en educación

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Educación Secundaria

- Economía y Gestión.

- Humanidades.

- Ciencias Naturales.

- Educación Técnica.

- Educación Artística.

Modalidades

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Educación Secundaria

Directivos Profesores

Personal de portería y maestranza.

Alumnos

Acuerdo Institucional de

Convivencia.

Estructura interna.

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Educación Superior.

Universidades, Institutos Universitarios e Institutos

de Educación Superior.

Finalidad: Promover formación de grado y

continua con un abordaje humanístico, artístico,

científico y técnico.

Objetivos: estimular la investigación, el desarrollo y construcción de nuevos

conocimientos de acuerdo al área de estudio.

No es obligatoria Puede ser Estatal o privada

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DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS

DOCENTES

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DERECHOS

• Al desempeño en cualquier jurisdicción, mediante la acreditación de los títulos y certificaciones, de acuerdo con la normativa vigente.

• A la capacitación y actualización integral, gratuita y en servicio, a lo largo de toda su carrera.

• Al acceso a los cargos por concurso de antecedentes y oposición, conforme a lo establecido en la legislación vigente para la educación pública de gestión estatal.

• A la participación en la elaboración e implementación de los proyectos institucionales.

• A acceder a la información pública de modo libre y gratuito

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OBLIGACIONES

• A respetar y hacer respetar los principios constitucionales, las disposiciones de la presente ley, la normativa institucional y la que regula la tarea docente.

• A cumplir con los lineamientos de la política educativa de la Nación y de la respectiva jurisdicción y con los diseños curriculares de cada uno de los niveles y modalidades.

• Artículo 16.- Los derechos y obligaciones de los docentes son los prescriptos por el Estatuto del Docente, Ley Nº 10579, sus modificatorias, complementarias y su reglamentación, la parte pertinente de la Ley Nº 13688, la Ley Nº 13552, el presente Reglamento, toda otra norma de

• orden público aplicable, las sancionadas en protección del interés general y la normativa específica que involucren al sistema educativo.

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DERECHOS Y OBLIGACIONES

DE LOS ALUMNOS

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DERECHOS

• Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia democrática.

• Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.

• Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desarrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de aprendizaje.

• Desarrollar sus aprendizajes en edificios que respondan a normas de seguridad y salubridad, con instalaciones y equipamiento que aseguren la calidad del servicio educativo.

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OBLIGACIONES

• Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria. • Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus

capacidades y • posibilidades • Asistir a clase regularmente y con puntualidad. • Participar en todas las actividades formativas y complementarias. • Respetar la libertad de conciencia, las convicciones y la dignidad, la

autoridad legítima, • la integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad

educativa. • Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la

consecución de un adecuado clima de estudio en la institución.

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DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES

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DERECHOS• Ser reconocidos/as como agentes naturales y primarios de la

educación.• Elegir, para sus hijos o representados, la institución que responda a

sus convicciones educativas, pedagógicas, filosóficas, éticas o religiosas.

• Participar en las actividades de los establecimientos educativos en forma individual o a través de las cooperadoras escolares, los consejos de escuelas y los demás órganos colegiados representativos, en el marco del proyecto institucional.

• “Ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación.

• Elegir, para sus hijos o representados, la institución que responda a sus convicciones educativas, pedagógicas, filosóficas, éticas o religiosas.

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OBLIGACIONES

• Hacer cumplir a sus hijos/as o representados/as la educación obligatoria.

• Asegurar la concurrencia de sus hijos/as o representados/as a los establecimientos escolares para el cumplimiento de la escolaridad obligatoria, salvo excepciones de salud o de orden legal que impidan a los/as educandos/as su asistencia periódica a la escuela.

• Respetar el proyecto institucional de la Escuela y cumplir las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.

• Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o representados

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CONCEPTO DE INSTITUCION EDUCATIVA

“la institución educativa es la unidad pedagógica del sistema, responsable

de los procesos de enseñanza y aprendizaje

destinados al logro de los objetivos

establecidos por la legislación

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PARTICIPACION DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

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FORTALECER EL EJERCICIO DE LA CIUDADANIA Y GESTION DEMOCRATICA EN LAS INSTITUCIONES

Asociación de padres y responsables de alumnos, para su colaboración en fines

educativos y se la institución educativa es la unidad pedagógica del sistema, responsable de

los procesos de enseñanza y aprendizaje destinados al logro de los objetivos establecidos

por la legislación incorporen al proyecto institucional

Centro de estudiantes, centro de organización

estudiantil

Las autoridades escolares deben brindar un lugar físico para su funcionamiento y asegurar la participación democrática de

todos los estudiantes

Cooperadora escolar

Organizada voluntariamente por los integrantes de la comunidad

educativa, para colaborar con la institución en la organización,

funcionamiento y gestión económico financiera de la institución

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LOS EQUIPOS DE TRABAJO DE LA

INSTITUCION

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EQUIPOS DE CONDUCCION

INSTITUCIONAL

COMPUESTO POR LOS SIGUIENTES CARGOS:

• Director• Vicedirector• Regente (Técnico y de Estudio) • Secretario.

El ejercicio de los cargos de conducción institucional se configura con el

cumplimiento de las tareas comunes del equipo, sin perjuicio de las tareas propias

de cada cargo y de la jerarquía escalonaría

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CARGOS DOCENTES DE BASE

Deben cumplir con los fines y objetivos que establece la

ley 13688, y los lineamientos de la política

educativa provincial

Evitar todo tipo de discriminación sobre

alumnos, y ser el encargado del cuidado integral de los alumnos

Mejorar las practicas pedagógicas

constantemente ejecutar el diseño, capacitarse, actualizarse, crear, e

innovar

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ENTRE OTRAS:

Funciones establecidas por el artículo 36, 37 y las tareas prescriptas por los

artículos 38 al 41 del reglamento general de escuelas de la provincia

Concurrir a reuniones institucionales

Concurrir y participar de actos y actividades

Cumplir con los horarios y turnos adecuadamente

Cumplir en tiempo y forma los estados administrativos

Informar a diario la evaluación y evolución de los alumnos

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CARGO TÉCNICO DOCENTE DE BASE

1. Médico

2. Psicólogo de la Modalidad Especial

3. Fonoaudiólogo de la Modalidad Especial

4. Fonoaudiólogo de la Modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía Social

5. Asistente Educacional de la Modalidad Especial

6. Orientador Educacional de la Modalidad Psicología Comunitaria y

Pedagogía Social.

7. Asistente Social de la Modalidad Especial

8. Maestro Recuperador de la Modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.

9. Orientador Social de la Modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía Social

10. De los Equipos de Orientación Escolar: Orientador Social y/o Educacional en otros Niveles y

Modalidades

11. Terapista Ocupacional

12. Kinesiólogo de la Modalidad Especial

13. Kinesiólogo de la Modalidad Educación Física

Es el personal docente de base que, habiendo cumplido los requisitos de ingreso específicos, cumple tareas docentes vinculadas a su habilitación profesional, en los siguientes cargos:

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El marco general de trabajo de técnico-docente de base esta definido por los artículos 36, 37 del presente reglamento y sus tareas sin perjuicio e las prescriptas por los artículos 38 al 41, serán las siguientes:

Actuar, en el ámbito de su competencia, con el fin de promover el derecho a la educación

Efectuar las intervenciones necesarias y las derivaciones de los alumnos si correspondiere, para

garantizar el acceso, la permanencia y el egreso de los mismos.

Intervenir, articular y planificar, de acuerdo con sus especificidades, en las tareas necesarias para la

institución educativa

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EQUIPO DE TRABAJO ADMINISTRATIVO

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LA DISTRIBUCION DE TAREAS LAS REALIZA EL DIRECTOR

Formado por personal auxiliar

Sus tareas son:

Cuidar y limpiar el establecimiento, para propender a garantizar la higiene y

seguridad,; la elaboración de los alimentos; entre otras.

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EL DIRECTOR TAMBIEN :

Podrá designar personal para tareas especificas: • Peón General• Casero• Chofer

Deberá evaluar

anualmente al personal

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Resultado del acuerdo institucional celebrado por

la comunidad educativa, con el propósito de lograr sus fines y objetivos en el

marco de las políticas educativas

EL PROYECTO INSTITUCIONAL

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Plan de continuidad pedagógica

Herramienta de intervención

institucional para asegurar los actos

educativos necesarios para el

proceso de aprendizaje de los

alumnos y dar cumplimiento

efectivo a la jornada escolar

En su elaboración participarán todos los

docentes de la institución y los miembros de la

comunidad educativa, con el fin de la

articulación curricular y extracurricular

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Acuerdos de convivencia

Involucran y obligan a su efectivo cumplimiento a todo el personal de la comunidad educativa. Tienen como finalidad principal facilitar las

condiciones adecuadas para el ejercicio de los derechos de enseñar y aprender, y el cuidado

integral de todos los sujetos involucrados.

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JORNADA ESCOLAR

Horario de funcionamiento de sus turnos conforme la carga horaria

correspondiente al diseño curricular vigente del nivel,

modalidad y modelo organizacional

La misma puede adoptar la forma de jornada simple, jornada

completa o jornada extendida.

Los turnos de los establecimientos

podrán ser:

Diurnos (mañana y tarde),

vespertinos, nocturnos.

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ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Estructura organizativa

de las instituciones educativas

Dividida en grados, años,

grupos o secciones

Numero de alumnos u organización de cada sección

Privilegiar mejores condiciones de los procesos de enseñanza y

aprendizajeFavorecer la relación: docente/alumno/aula

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ASPECTOS DEL PROYECTO INSTITUCIONAL

Horarios de entrada y salida, de inicio y fin de las actividades

Criterios institucionales en relación a accidentes

Acuerdos de convivencia

Condiciones del uso de la biblioteca

Deben ser informados a padres y alumnos, al inicio

del ciclo lectivo

Régimen de asistencias

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PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

En caso de sospecha o vulneración de los derechos del niño y adolescente

Las autoridades del

establecimiento educativo

deben:

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Asistir inmediatamente al

alumno

Detallar pormenorizadamente

en actas los hechos

Dar conocimiento e intervención a los

familiares

Realizar de ser necesario el

acompañamiento al alumno y sus

familiares

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Para la elaboración de este presentación hemos utilizado:

Ley Nacional de Educación

Ley Provincial de Educación

Reglamento General de Instituciones Educativas de la

Provincia de Buenos Aires