Política Institucional

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Para empezar a hablar de políticas educativas empezaremos por definir que es la educación según la Constitución Nacional • Derecho que gozan todos los habitantes de la Nación • Saber en un ambiente sano, equilibrado realizando actividades productivas cada parte que compone la Nación deberá promover valores transmitir igualdad, equidad y gratuidad en la educación

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  1. 1. Para empezar a hablar de polticas educativas empezaremos por definir que es la educacin segn la Constitucin Nacional Derecho que gozan todos los habitantes de la Nacin Saber en un ambiente sano, equilibrado realizando actividades productivas cada parte que compone la Nacin deber promover valores transmitir igualdad, equidad y gratuidad en la educacin
  2. 2. Ahora que sabemos que es la educacin, en nuestro pas quien la garantiza?? Principalmente el Estado que elabora leyes para que todos los ciudadanos gocen ese derecho, para ello existe el concepto de obligatoriedad y gratuidad: Obligatoriedad: ARTCULO 16 Ley 26206 *La obligatoriedad escolar en todo el pas se extiende desde la edad de cuatro (4) aos hasta la finalizacin del nivel de la Educacin Secundaria. *El Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarn el cumplimiento de la obligatoriedad escolar por medio de estrategias institucionales, pedaggicas que permitan la igualdad de derechos, y as alcanzar calidad educativa en todo el pas en todas las situaciones sociales.
  3. 3. GRATUIDAD Artculo 4 Ley 26206 El Estado Nacional, provincial y la Ciudad. autnoma de Buenos Aires son responsables directos de proveer y garantizar que todas/os las/os habitantes de la nacin puedan en igualdad, equidad y GRATUIDAD ejercitar el derecho de la educacin. Pero con que fines y objetivos se establece este tipo de educacin?
  4. 4. Fines y Objetivos de la Educacin Fines y objetivos de la poltica Educativa segn ley 13688 (ley de educacin provincial), y la ley 26206 (ley de educacin Nacional).
  5. 5. Brindar una educacin de calidad, asegurando igualdad de oportunidades y posibilidades. Asegurar la obligatoriedad escolar. Garantizar una educacin donde se desarrollen las dimensiones de la persona. Brindar una formacin ciudadana respetuosa en determinados aspectos relacionados con distintos valores. Fortalecer la identidad provincial como parte de la identidad nacional. Garantizar la inclusin educativa. Asegurar condiciones de igualdad. Garantizar el respeto a los derechos de nios, nias y adolescentes.
  6. 6. Garantizar acceso, permanencia y egreso de los diferentes niveles y modalidades. Propiciar la participacin democrtica de docentes, familias y estudiantes. Concebir y fortalecer la cultura del trabajo y de los saberes socialmente productivos. Desarrollar herramientas para manejar los nuevos lenguajes de las tecnologas. Capacitar a alumnos y docentes como lectores y usuarios crticos y autnomos. Establecer propuestas pedaggicas para el desarrollo de las posibilidades e integracin de las personas con discapacidades. Asegurar a los pueblos originarios el respeto a u lengua y a su identidad cultural.
  7. 7. Comprometer a los medios de comunicacin con la transmisin de contenidos y valores con responsabilidad tica y moral. Asegurar una educacin para la construccin de un pensamiento crtico. Asegurar una formacin intelectual, corporal y motriz. Estimular la creatividad. Incorporar principios y valores del mutualismo y cooperativismo. Capacitar de manera permanente a docentes y no docentes del sistema educativo provincial.
  8. 8. A que llamamos PROYECTO INSTITUCIONAL? Planificacin sustentable que pretende asegurar la mejor realizacin del acto educativo, con el propsito de lograr los fines y objetivos de la comunidad educativa.
  9. 9. PROYECTO INSTITUCIONAL CONSTITUIDO POR ASPECTOS TCNICO PEDAGGICOS ASPECTO TCNICO ADMINISTRATIVO/ ORGANIZACIONALES ASPECTOS SOCIO EDUCATIVOS Plan de continuidad pedaggica: Asegura el cumplimiento de la jornada escolar y la atencin necesaria para los procesos de aprendizaje de los alumnos. Acuerdos de convivencia: Brindan condiciones para que se lleve a cabo el ejercicio de los derechos de ensear y aprender. Obligatoriedad escolar: Todas las instituciones educativas aseguran el cumplimiento de la obligatoriedad. Esta comprender el acceso y trayectoria de los alumnos. Jornada Escolar: Horario de funcionamiento de los turnos. Estados administrativos: instrumentos de registracin de la actividad de la Institucin educativa. Proteccin de los derechos de los nios y adolescentes: Es responsabilidad del estado la defensa del inters del nio y adolescente. En caso de no llevarse a cabo se requiere la intervencin de los organismos gubernamentales.
  10. 10. Y para que todo estos conceptos se desarrollen debe existir el espacio fsico que proporciona y regulariza el estado segn la siguiente Ley Provincial de educacin: Ley n 13688 Art.63: " La institucin educativa es la unidad pedaggica del sistema responsable de los procesos de enseanza y de aprendizaje destinados al logro de los objetivos establecidos por la legislacin Para ello cuenta con la siguiente estructura:
  11. 11. Estructuras del sistema Educativo Nacional y Bonaerense.
  12. 12. Educacin Inicial Segn la Ley 26.206 : Se declara obligatoria la Educacin Inicial para nios as de cuatro aos en el sistema Educativo Nacional. La obligatoriedad escolar en todo el pas se extiende desde la edad de cuatro aos hasta finalizar el nivel secundario. La Educacin Inicial constituye una unidad pedaggica y comprende a los as nios as desde los cuarenta y cinco das hasta los cinco aos de edad , siendo obligatorio el ltimo ao.
  13. 13. Nivel Primario La Educacin Primaria es obligatoria y constituye una unidad pedaggica y organizativa destinada a la formacin de los as nios as a partir de los seis aos de edad. La escuelas primarias sern de jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados.
  14. 14. Educacin Secundaria La Educacin Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedaggica y organizativa destinada a los as adolescentes y jvenes que hayan cumplido con el nivel de Educacin Primaria. La Educacin Secundaria se divide en dos Ciclos: un Ciclo Bsico y un Ciclo Orientado. El Consejo Federal de Educacin fijar las disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones garanticen: La revisin de la estructura curricular de la Educacin Secundaria. Las alternativas de acompaamiento de la trayectoria escolar de los as jvenes. La creacin de espacios extracurriculares. La atencin psicolgica, psicopedaggica y mdica de aquellos adolescentes y jvenes que la necesiten. Las autoridades jurisdiccionales propiciarn la vinculacin de las escuelas secundarias con el mundo dela produccin y el trabajo.
  15. 15. Educacin Superior La Educacin Superior comprende: Universidades e Institutos Universitarios, estatales o privados autorizados. Institutos de Educacin Superior de jurisdiccin nacional, provincial o de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, de gestin estatal o privada. El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, de gestin estatal o privada.
  16. 16. Modalidades en la Educacin Educacin Tcnico Profesional La educacin Tcnico Profesional es la modalidad de la Educacin Secundaria y Superior responsable de la formacin de tcnicos medios y tcnicos superiores. Educacin Artstica La Educacin Artstica comprende: La formacin en distintos lenguajes artsticos. La modalidad artstica orientada a la formacin especfica de Nivel Secundario. La formacin artstica impartida en los Institutos de Educacin Superior. Educacin Especial Es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educacin de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. Educacin Permanente de Jvenes y Adultos Es la modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetizacin y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por la presente ley. Educacin Rural Es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar la escolaridad obligatoria a travs de formas adecuadas a las necesidades de la poblacin que habita en zonas rurales. Educacin Intercultural Bilinge Es la modalidad del sistema educativo que garantiza el derecho constitucional de los pueblos indgenas. Educacin en contextos de privacin de libertad Es la modalidad del sistema educativo que garantiza el derecho a la educacin de todas las personas privadas de libertad. Educacin domiciliaria y hospitalaria Es la modalidad del sistema educativo que garantiza el derecho a la educacin de los/as alumnos/as que, por razones de salud, se ven imposibilitados de asistir con regularidad. Educacin de gestin privada Los servicios educativos de gestin privada estarn sujetos a la autorizacin, reconocimiento y supervisin de las autoridades educativas jurisdiccionales correspondientes.
  17. 17. Adems debe contar con diferentes equipos de trabajo institucional clasificados en: 1. Equipo docente 2. Equipo administrativo y/o auxiliar de la educacin
  18. 18. Equipo docente cuenta con a) Equipo de conduccin institucional: Director, Vicedirector, Regente (Tcnico y de Estudio) y Secretario. Prosecretario jefe de rea/ departamento de integracin curricular, sub jefe de rea, jefe de preceptores, sub jefe de preceptores, jefe de medios de apoyo y preceptor residente B) Cargos docentes de base: Profesor- maestro Profesor-maestro de apoyo Profesor-maestro especializado Profesor/Maestro especializado de grupo de los Centros Complementarios de la Modalidad Psicologa Comunitaria y Pedagoga Social. Maestro Domiciliario y/o Hospitalario. Profesor/Maestro de sala del nivel inicial. Profesor/Maestro del nivel primario. Profesor/Maestro de la modalidad especial. Maestro Integrador. Maestro del rea Pre-laboral/Pre-profesional (pre taller, orientacin manual). Maestro de rea Laboral Profesional. .Maestro Integrador Laboral. Maestro de Seccin de Enseanza Prctica/de Taller. Preceptor Bibliotecario Encargado de medios de apoyo tcnico pedaggicos
  19. 19. Equipo docente Tcnicos docentes de base: Mdico Psiclogo de la Modalidad Especial Fonoaudilogo de la Modalidad Especial Fonoaudilogo de la Modalidad Psicologa Comunitaria y Pedagoga Social Asistente Educacional de la Modalidad Especial Orientador Educacional de la Modalidad Psicologa Comunitaria y Pedagoga Social. Asistente Social de la Modalidad Especial Maestro Recuperador de la Modalidad Psicologa Comunitaria y Pedagoga Social. Orientador Social de la Modalidad Psicologa Comunitaria y Pedagoga Social Equipos de Orientacin Escolar: Orientador Social y/o Educacional en otros Niveles y Modalidades Terapista Ocupacional Kinesilogo de la Modalidad Especial Kinesilogo de la Modalidad Educacin Fsica
  20. 20. Equipos de trabajo administrativos y/o auxiliar de la educacin Conformado por personal tcnico/administrativo/obrero de servicio: Pen general Casero Chofer
  21. 21. Quienes para que todo funcione correctamente deben cumplir con sus obligaciones y conocer sus derechos
  22. 22. Todo docente posee derechos y obligaciones expresados en las siguientes leyes: LEYES DERECHOS OBLIGACIONES Ley de Educacin Nacional 26206 Art 67 Al desempeo en cualquier jurisdiccin, mediante la acreditacin de los ttulos y certificaciones, de acuerdo con la normativa vigente Al ejercicio de la docencia sobre la base de la libertad de ctedra y la libertad de enseanza, en el marco de los principios establecidos por la Constitucin Nacional y las disposiciones de esta ley. A cumplir con los lineamientos de la poltica educativa de la Nacin y de la respectiva jurisdiccin y con los diseos curriculares de cada uno de los niveles y modalidades A proteger y garantizar los derechos de los/as nios/as y adolescentes que se encuentren bajo su responsabilidad, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N 26.061. Ley de Educacin Provincial 13 688 Art. 93 y 94 A la participacin en los procesos de diseo curricular A la negociacin colectiva paritaria. . A capacitarse y actualizarse en forma permanente A ejercer su trabajo de manera idnea y responsable
  23. 23. Derechos y obligaciones del personal administrativo: Asegurar el funcionamiento del sist.educativo y de las instituciones educativas. Participar en la actividad gremial. Participar en el gobierno de las instituciones educativas de acuerdo a las normas legales.
  24. 24. Obligaciones de los padres y responsables: Hacer cumplir a sus hijos la educacin obligatoria. Asegurar la concurrencia y apoyar la evolucin del proceso educativo de sus hijos. Respetar y hacer respetar las normas de convivencia. Contribuir al buen uso de las instalaciones, equipamiento y materiales didcticos.
  25. 25. Derechos los padres y responsables: Ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educacin. Elegir para sus hijos la institucin que responda a sus convicciones. Participar de las actividades del establecimiento. Ser informados de la evolucin y evaluacin de sus hijos.
  26. 26. Obligaciones del alumno: Concurrir a la escuela hasta completar la educacin obligatoria. Asistir a clases regularmente. Respetar el proyecto institucional, cumplir las normas de convivencia y disciplina del establecimiento. Conservar y hacer buen uso del equipamiento y materiales didcticos.
  27. 27. Derechos del alumno: El alumno tiene derecho a una educacin integral e igualitaria. Ingresar, permanecer y egresar Ser protegidos contra agresion o abuso fsico, psicolgico o moral. Ser evaluados en su desempeo y logros. Desarrollar sus aprendizajes en edificios e instalaciones que responda a normas legales de seguridad y salubridad.
  28. 28. Autoras: Cachero, Cinthya Caloggi, Laura Caraballo, Nancy Jimnez, Claudia Palermo, Roco