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UNIDAD EDUCATIVA “JUAN DE VELASCO” BACHILLERATO INTERNACIONAL 2018-2019 POLITICA DE PROBIDAD ACADÉMICA

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UNIDAD EDUCATIVA “JUAN DE VELASCO”

BACHILLERATO INTERNACIONAL

2018-2019

P O L I T I C A D E P R O B I D A D

A C A D É M I C A

2

INDICE

Filosofía 3

Funciones y responsabilidades 4

Probidad académica y conducta improcedente 6

Diferencias entre colaboración y colusión 7

Actos de deshonestidad académica 8

Proceso para evitar cometimiento de conducta fraudulenta 10

Investigación por conducta fraudulenta 10

Infracciones a la política de Probidad Académica y medidas disciplinarias 12

Autoría original del trabajo de los estudiantes 13

Derecho de los estudiantes 13

Apelación 14

Revisión 14

Bibliografía 14

3

POLÍTICA DE PROBIDAD ACADÉMICA

1. Filosofía:

En el Bachillerato Internacional la probidad académica se entiende “como un conjunto de

valores y habilidades que promueven la integridad personal y las buenas prácticas en la

enseñanza, el aprendizaje y la evaluación”1 además se orienta a “generar respeto por la

integridad y el trabajo de los demás, y garantizar que todos los alumnos tengan igualdad

de oportunidades para demostrar los conocimientos y las habilidades que han adquirido

durante sus estudios”2.

Basado en estas definiciones y con el propósito de promover las directrices dadas por el

IB la política de probidad académica de la Unidad Educativa “Juan de Velasco”, se ha

elaborado y se aplica tomando en cuenta la coherencia que existe con la política de

evaluación, código de convivencia, normas establecidas por el IB y regulaciones emitidas

por el Ministerio de Educación a través de la Ley Orgánica de Educación Intercultural

(LOEI) y su reglamento, para todos los estudiantes matriculados y demás miembros de la

comunidad educativa. Esta política incluye:

Información sobre lo que constituye una falta de probidad académica, el plagio, la

colusión, autoría original y propiedad intelectual.

Información sobre la diferencia entre colaboración legítima y colusión o plagio, que

son inaceptables.

Información sobre las medidas que se tomarán si un alumno incurre en acciones de

conducta improcedente o fraudulenta.

La política de probidad académica es una manera de fomentar las buenas prácticas, una

referencia práctica en base a la prevención, detección y en las penalizaciones der ser

necesario en observación estricta a las normas legales vigentes para el efecto.

1 Conferencia del IB en las américas de 2014 2 El Programa del Diploma: de los principios a la práctica. Pag. 38

4

2. Funciones y Responsabilidades:

La Unidad Educativa informa a los alumnos y representantes legales, en el momento de la

inscripción y al inicio de cada año escolar, la política de probidad académica y pueden

acceder a ella a través del sitio web de la institución educativa. La política de la Institución

Educativa en materia de probidad académica involucra a todas las asignaturas, de manera

que los alumnos tengan una idea clara de lo que constituye plagio en las distintas

disciplinas.

a) Del Rector:

El Rector (a) de la Unidad Educativa es el Director del Programa Diploma y es el

responsable de garantizar que toda la comunidad educativa:

Conozca y ponga en práctica las directrices para los trabajos escritos, orales y

audiovisuales

Que entiendan el concepto de probidad académica y autoría original

Entiendan en qué consiste la conducta fraudulenta el plagio y la colusión

Reciban orientación sobre la forma de escribir un trabajo académico y citar las

referencias de las fuentes utilizadas

Sean conscientes de las consecuencias al incurrir en conducta improcedente o

fraudulenta.

b) Del profesor:

Los profesores ayudan a los alumnos a estructurar sus trabajos, a fin de evitar

“informes” generalizados. Dan instrucciones específicas que animen a los alumnos

a desarrollar sus propias ideas mediante la resolución de problemas, la

comparación, la formulación de hipótesis, el análisis y otros métodos similares.

Cada profesor es responsable de comprobar que todo trabajo presentado por el

alumno para su evaluación sea original.

Debe tener en cuenta el uso de las fuentes y la inclusión de referencias

bibliográficas al momento de corregir los trabajos y estar atentos a cualquier

5

cambio evidente en el estilo de la redacción para identificar trabajos que pueden

no ser originales.

Debe expresar por escrito la confirmación de que todos los trabajos presentados

por los alumnos sean estos de evaluación interna o externa son de su autoría

original como: trabajos escritos, ensayos, proyectos, grabaciones orales,

monografías y otros.

Durante el proceso y presentación final de los trabajos y grabaciones de todas las

evaluaciones internas y externas deberá hacer uso del sistema de anti plagio

TURNITIN, plataforma sin costo para los docentes y estudiantes BI, ya que el costo

lo cubre el Ministerio de Educación.

Debe registrar a los estudiantes en la plataforma de anti plagio TURNITIN, dar

acceso a la misma y crear el número de clases cuantas sean necesarias hasta

obtener la versión final de los trabajos.

Es responsable de la capacitación a los estudiantes sobre la utilización y aplicación

de citas, referencias bibliográficas, y las normas APPA.

Debe indicar a los alumnos la necesidad de citar las fuentes de donde se han

extraído datos, sitios web, fotografías, diagramas, ilustraciones, mapas, entre

otras.

El responsable de la biblioteca proporcionará pautas para la investigación

haciendo hincapié en habilidades de lectura y redacción, buenas prácticas

académicas y en la necesidad de redactar bien un trabajo sin basarse demasiado

en materiales obtenidos de Internet.

c) Del alumno:

Los alumnos aprenden a usar la paráfrasis, la cual consiste en reformular las

palabras de otra persona empleando un estilo diferente. Se cita la fuente ya que

se trata de la utilización de las ideas de otra persona. Si la paráfrasis no se utiliza

correctamente se considerará plagio.

El alumno es responsable de garantizar que su trabajo sea original y de señalar,

explícitamente, el trabajo o ideas de otras personas citando las fuentes con las

normas establecidas para el efecto.

6

Debe expresar por escrito confirmando que los trabajos y más evaluaciones

presentadas son de su propia autoría.

Debe ingresar a la plataforma de anti plagio TURNITIN de forma permanente, para

que ayudado de esta plataforma se garantice la autoría de sus trabajos.

Cumplir con los plazos establecidos según el cronograma de evaluaciones

presentado por el Coordinador del Bachillerato Internacional.

Respetar estrictamente el horario de exámenes y asistir a los mismos según las

disposiciones emitidas por el coordinador del BI.

Cumplir con todos los protocolos y requisitos exigidos por el IB para el desarrollo

de los exámenes.

Padres de familia:

Los padres de familia son factor fundamental para fomentar las buenas prácticas

académicas y su comprensión y cooperación es un elemento importante a la hora de

promover la probidad académica. Deben apoyar la política de probidad académica y

fomentar en sus hijos las buenas prácticas académicas, así como los atributos del perfil de

la comunidad del IB.

3. Probidad Académica y Conducta Improcedente o Fraudulenta

“La probidad académica es un aspecto fundamental de la enseñanza y el aprendizaje en

los programas del IB, en los que la acción se basa en la indagación y la reflexión”3.

En los últimos tiempos y dada la importancia que tiene la probidad académica en la

formación de los alumnos, por parte del IB se han dado ciertos cambios en las

definiciones de varios conceptos y es así como la Organización Internacional define a la

conducta improcedente como “Toda acción (ya sea deliberada o involuntaria) de un

alumno matriculado por la cual este u otro alumno matriculado sale o puede salir

beneficiado injustamente en uno o varios componentes de la evaluación”4

3 La probidad académica en el contexto educativo del IB. Pag. 2 4 Art. 20 del Reglamento general del Programa del Diploma publicado en marzo del 2014

7

La infracción cometida al Reglamento general del Programa del Diploma constituye

conducta improcedente, en la que se incluye:

Plagio: entendido como la presentación (ya sea intencional o no) de las ideas, las

palabras o el trabajo de otra persona sin mencionarla de forma adecuada, clara y

explícita

Colusión: entendida como el comportamiento de un alumno matriculado que

contribuye a la conducta improcedente de otro alumno matriculado (por ejemplo, al

permitirle que copie su trabajo o lo presente como si fuera propio)

Doble uso de un trabajo: entendido como la presentación de un mismo trabajo para

distintos componentes de evaluación o componentes obligatorios del PD (Art. 20

del Reglamento).

Trampas en los exámenes: Entiéndase por la introducción de cualquier material no

autorizado en la sala de evaluación o utilizar algún material de apoyo no autorizado

durante un examen, así como sustraer (de manera física o digital) una copia de

examen para difundirla.

Parafraseo: Es escribir un texto en sus propias palabras, tomando como base otro

texto. Es permitido, pero se debe reconocer la(s) fuente(s) utilizadas.

Falsificación de datos: Inventar datos para una investigación, así como falsear firmas

de representantes en agendas, libretas o cualquier comunicado que no esté dirigido

a los estudiantes.

Citas y referencias: Al copiar un fragmento de un texto, traducirlo a otro idioma y

utilizarlo en su documento sin citar debidamente, de acuerdo a las normas APA.

Cualquier otra actuación que permita a un estudiante salir beneficiado injustamente

4. Diferencias entre colaboración legítima y colusión

Es esencial que tanto los docentes y alumnos tomen conciencia de la diferencia que

existe entre colusión y colaboración.

Colaboración es la acción de trabajar en conjunto con otra u otras personas para realizar

una actividad o alcanzar un objetivo. En este sentido, la colaboración es un proceso

mediante el cual varias personas se asocian para la realización de un trabajo o actividad,

8

repartiéndose tareas y roles, prestándose mutuamente ayuda, coordinando esfuerzos,

con el fin de alcanzar el objetivo previsto.5

Tomando como referencia esta definición es importante notar que colaborar no significa

darle haciendo el trabajo o tarea al estudiante, el docente o cualquier otro miembro de la

comunidad educativa (padres de familia, alumnos, autoridades educativas), debe cumplir

el rol de orientar o guiar al alumno en su proceso de aprendizaje, pero hacer de su

trabajo personal como autor a otra persona es un acto de conducta fraudulenta

penalizada por el IB y por el centro educativo.

La colusión se refiere a un hecho indebido mediante el cual una persona provoca

perjuicio a otra persona, como por ejemplo cuando el alumno o el docente contribuyen al

desarrollo de actos considerados fraudulentos al permitirle que copie su trabajo o lo

presente como si fuera propio.

5. Actos de Deshonestidad Académica

La deshonestidad académica incluye actos de plagio, trampa, o fraude en el ámbito

académico, ya sea con trabajos realizados en la institución educativa como los realizados

fuera de ella. Los actos de deshonestidad académica incluyen los siguientes.6

Tipo I

1. Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin

reconocer explícitamente la fuente.

2. Incluir en un trabajo académico ideas, opiniones, teorías, datos, estadísticas, gráficos,

dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aun cuando hayan

sido parafraseados o modificados.

3. Presentar el mismo trabajo académico, aun con modificaciones, en dos o más

ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo.

Tipo II

5 https://www.significados.com/colaboracion/ 6 Art. 224 del Reglamento general a la Ley Orgánica de Educación Intercultural

9

4. Presentar como propio un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra

persona, con o sin consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y

entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio.

5. Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su

consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo académico o

examen.

6. Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el

docente lo permita de manera expresa.

7. Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa persona no ha

participado en la elaboración del trabajo.

8. Inferir en el trabajo de otras personas mediante la sustracción, acaparamiento,

eliminación, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o

insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo

académico.

TIPO III

9. Incluir en trabajos académicos citas, resultados o datos inventados, falseados o

modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones.

10. Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas.

11. Modificar las propias calificaciones o las de otra persona.

12. Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes académicos propios o de otra

persona.

13. Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen.

Además de lo señalado anteriormente, establecido en el Reglamento General a la Ley

Orgánica de Educación Intercultural se consideran como actos fraudulentos:

14. Copias textuales sin autorización del autor o sin señalar la procedencia o fuente,

siguiendo las normas APPA.

15. Utilizar instrumentos electrónicos en exámenes, o en cualquier otra actividad

académica sin autorización del docente como: realización de un ensayo, exposiciones

orales, realización de ejercicios, resolución de problemas numéricos o de otro tipo.

16. Dictar respuestas durante el desarrollo de un examen o exposición oral.

10

17. Introducir material no autorizado en el aula de examen ( por ejemplo, un aparato

electrónico que no sea la calculadora gráfica autorizada, papel de borrador propio,

apuntes, un teléfono móvil, reloj digital con memoria), independientemente de si se

usa o no dicho material o si puede contener información pertinente al examen.

18. Comportarse de forma indebida durante un examen, incluido cualquier intento de

interrumpir el examen o distraer a otro alumno.

19. Intercambiar información relacionada con el examen o facilitar (o intentar facilitar)

de cualquier forma la transmisión de esta información.

20. Ignorar las instrucciones del supervisor del examen o de cualquier otro miembro del

personal del colegio responsable de aplicar el examen.

6. Proceso para evitar cometimiento de conducta fraudulenta

Socializar la política de probidad académica del Programa de Diploma a la comunidad

educativa institucional preferentemente del IB.

Motivar a docentes y alumnos a hacer uso de la plataforma anti plagio TURNITIN

Lograr que todos los alumnos del Programa Diploma entiendan el significado y la

importancia de los conceptos relacionados con la probidad académica,

especialmente los de propiedad intelectual y autoría original.

Conseguir que los miembros de la comunidad de aprendizaje del IB se esfuercen por

ser “íntegros”, es decir, que actúen con integridad y honradez, con un profundo

sentido de la equidad, justicia y el respeto por la dignidad de las personas, los grupos

y las comunidades, y asuman la responsabilidad de sus propios actos y las

consecuencias derivadas de ellos.

7. Investigación por Conducta Fraudulenta

El Art. 21 del Reglamento General del Programa diploma establece los procesos a tomar

en cuenta en la Investigación de los supuestos casos de conducta improcedente.

En el caso de existir la necesidad de realizar una investigación por conducta fraudulenta,

se conformará una comisión de resolución de conflictos designada por el Rector de la que

formará parte el Coordinador del Programa de Diploma, el docente tutor del curso, y el

profesor de la asignatura. El Coordinador del PD deberá informar de la situación a los

11

representantes legales del alumno. El alumno y sus representantes legales tienen

derecho a ver las pruebas, las declaraciones, y los informes relativos al caso.

Algunos casos que requieren un procedimiento de investigación son7

a) Un profesor comunica sus sospechas mediante informe, con pruebas, al coordinador

del BI, acerca de un posible caso de conducta fraudulenta en un trabajo presentado

por un alumno.

b) El profesor de la asignatura, al corregir los exámenes, si sospecha que ha habido

colusión o plagio durante un examen, debe informar al coordinador del BI con las

pruebas que avalen su sospecha para iniciar la investigación. De resultar cierta su

sospecha se procederá de acuerdo a lo señalado en este documento.

c) Si el profesor sospecha que un examen ha sido divulgado antes de su aplicación,

debe comunicar sus sospechas al coordinador del BI para iniciar la investigación.

d) Cuando se sospeche que ha habido conducta improcedente, el informe al

coordinador debe hacerse de manera confidencial y en él deben incluirse la

declaración del docente, la declaración del alumno, el resumen de la conversación

sostenida con el alumno y el trabajo que constituye el objeto de investigación

e) Cuando un alumno haya dado una respuesta correcta y no haya mostrado el proceso

o el método por el que ha llegado a ella, el examinador supervisor estimará, a la vista

del rendimiento del alumno en otras partes del examen y en otros exámenes de la

misma asignatura y nivel, si el alumno ha podido llegar a esa respuesta sin incurrir en

conducta fraudulenta.

Antes de tomar una decisión definitiva es necesario asegurarse de que se han examinado

todas las pruebas con objetividad y que la discusión para tomar la decisión final es

coordinada, imparcial y pertinente.

“Los miembros de la comunidad educativa tienen la expresa prohibición de cometer

cualquier acto de deshonestidad académica, y la obligación de reportar de manera

oportuna de cualquier acto de deshonestidad académica de la que tengan

conocimiento”.8

7 Instituto Educacional Juan XXIII Proceso de Evaluación 2007-2013 Política de Probidad Académica 8 Art. 225. Prohibiciones y obligaciones. Reglamento a la LOEI

12

8. Infracciones a la Política de Probidad Académica y Medidas disciplinarias 9

Las acciones correctivas, medidas disciplinarias y sanciones se aplican para generar un

cambio positivo de actitud en los alumnos que incurren en infracción a la política de

probidad académica y tienen como finalidad:

Fomentar en los alumnos el valor de la honestidad y probidad en nuestros actos.

Garantizar que el alumno NO salga beneficiado o perjudicado injustamente.

Motivar a otros alumnos para que no actúen de manera fraudulenta.

Se considerará conducta fraudulenta, todas las acciones señaladas en el numeral 3 del

presente documento que trata sobre probidad académica y conducta improcedente o

fraudulenta. En cualquier caso se debe informar al Rector y dejar constancia en el

historial del alumno.

Los estudiantes que cometan actos de deshonestidad académica recibirán una

calificación de cero en la tarea o el examen en que haya cometido el acto de

deshonestidad académica.10 Además la medida de sanción se impondrá en función de la

naturaleza de la infracción cometida que puede ser:

Amonestación verbal11

Amonestación escrita que será registrada en el expediente académico y de

conocimiento del padre de familia o representante legal, junto al cual se firmará una

carta de compromiso en la que se compromete el alumno a no cometer actos de

deshonestidad académica.

Suspensión temporal de asistencia a la institución educativa, por un máximo de

quince (15) días. Considerado falta grave

Salida del programa de Bachillerato internacional previamente sustanciado el

proceso disciplinario. Considerado como falta muy grave.

9 http://www.dscali.edu.co/biblioteca/images/biblioteca/documentos/mei/Probidad-academica.pdf 10 Art. 226 Reglamento a la LOEI. 11 Art. 331 Reglamento a la LOEI.

13

9. Autoría original del trabajo de los estudiantes.

Los estudiantes son los responsables que la versión final de sus trabajos sea

original y asumirán las consecuencias de presentar para la evaluación un trabajo

que no sea de su propia autoría.

Los alumnos recibirán capacitación de sus docentes sobre la reglamentación que

deben cumplir y como poner en práctica la probidad académica.

Se comprobará la autoría de los trabajos entregados o expuestos por sus

estudiantes, mediante el uso de la plataforma anti plagio TURNITIN

Durante la revisión de los borradores de las evaluaciones internas, ante la sospecha

de existir acciones fraudulentas, los docentes deben poner en conocimiento del

Coordinador del Bachillerato Internacional de manera inmediata y este notificar a los

padres de familia.

El alumno firma una constancia en al que reconoce que su trabajo es original.

El docente firma una declaración confirmando que el trabajo presentado por el

estudiante en su versión final es de su propia autoría y que se ha citado de la manera

correcta.

10. Derecho de los estudiantes

Los estudiantes tienen derecho a:

Conocer la política de probidad académica

Ser informado oportunamente en caso de estar siendo investigado por algún caso

de conducta improcedente o deshonestidad académica.

Conocer las pruebas, declaraciones, informes y todo el proceso relacionado con la

investigación.

Tener la oportunidad de exponer su versión y enviar una defensa escrita al Comité

de la evaluación final. El colegio no tiene derecho a impedir este proceso, ni a

editar o influenciar indebidamente la declaración del alumno.12

12 IBO, 2014

14

11. APELACION

Las sanciones aplicadas a los alumnos por deshonestidad académica y disciplinaria

pueden ser apeladas ante la Comisión de Resolución de conflictos designada por el Rector

de la Institución en el plazo de tres días contados a partir de la notificación por parte de la

máxima autoridad del establecimiento educativo.

12. Revisión.

La política de probidad académica será revisada en un período de 4 años, por la

comisión designada por la máxima autoridad, la misma que estará integrada por:

El Vicerrector

El Coordinador del Bachillerato Internacional

Dos docentes del Bachillerato Internacional

Un representante de los estudiantes

Un representante de los padres de familia.

13. Bibliografía

Ley Orgánica de Educación Intercultural

Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural

Conferencia del IB en las américas de 2014

La probidad académica en el contexto educativo del IB de 2014

Probidad académica en el programa diploma

El programa del diploma: de los principios a la práctica 2015

Procedimientos de evaluación del programa diploma

Documento revisado y actualizado por:

Mgs. Rober Yadún M. Coordinador del Bachillerato Internacional

Mgs. María Teresa Avalos. Docente Homóloga de Coordinación del BI

Dr. Luis Ortega. Docente del bachillerato Internacional

Ing. Fernando Moreno. Docente del Bachillerato Internacional

Mgs. Esther Gavilánes. Docente del Bachillerato Internacional

Riobamba, 23 de octubre del 2018