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Donostia Hileta Zerbitzuak SA Servicios Funerarios Donostia-San Sebastián S.A. Polloe Plaza, 2 - Tel. 943483540 - Faxa943579155 - [email protected] - www.polloe.eus 20012 Donostia-San Sebastián Pag 1 de 26 IFK/CIF A-20748042 10387n I 2010-10 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EL CONTRATO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN HORNO CREMATORIO Y DE UN SISTEMA DE DEPURACIÓN DE EMISIONES ASOCIADO AL HORNO, PARA LA INSTALACIÓN DE CREMACIÓN SITA EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE POLLOE (DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN) GESTIONADA POR SERVICIOS FUNERARIOS DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN, S.A. ÍNDICE I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN II. ANTECEDENTES 1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUAL INSTALACIÓN DE CREMACIÓN DE CADÁVERES. 2. SITUACIÓN ACTUAL EN MATERIA DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS. 3. PLAN DE ACTUACIÓN ESTABLECIDO POR POLLOE III. ALCANCE DEL SUMINISTRO Y CONTENIDOS A INCLUIR EN LA OFERTA TÉCNICA A. SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN HORNO CREMATORIO. B. SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE DEPURACIÓN DE EMISIONES. CONTENIDOS A INCUIR EN LA OFERTA TÉCNICA EN RELACIÓN A LOS PUNTOS A Y B. C. IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA CIVIL NECESARIA PARA LA IMPLANTACION (“DOSSIER OBRA CIVIL”). D. COORDINACIÓN INTEGRAL DEL PROYECTO. E. FORMACIÓN INICIAL DE OPERARIOS. IV. INFORMACIONES ADICIONALES SOLICITADAS CON CARÁCTER INFORMATIVO EN RELACIÓN A ASPECTOS EXCLUIDOS DEL OBJETO DEL SUMINISTRO (A INCLUIR EN EL SOBRE 2) V. PLAZO DEL SUMINISTRO VI. IMPORTE DE LA LICITACIÓN ANEXO I. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EL CONTRATO DE SUMINISTRO,

INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN HORNO CREMATORIO Y DE UN SISTEMA DE

DEPURACIÓN DE EMISIONES ASOCIADO AL HORNO, PARA LA INSTALACIÓN DE

CREMACIÓN SITA EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE POLLOE (DONOSTIA-SAN

SEBASTIÁN) GESTIONADA POR SERVICIOS FUNERARIOS DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN, S.A.

ÍNDICE

I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

II. ANTECEDENTES 1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUAL INSTALACIÓN DE CREMACIÓN DE CADÁVERES. 2. SITUACIÓN ACTUAL EN MATERIA DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS. 3. PLAN DE ACTUACIÓN ESTABLECIDO POR POLLOE

III. ALCANCE DEL SUMINISTRO Y CONTENIDOS A INCLUIR EN LA OFERTA TÉCNICA

A. SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN HORNO CREMATORIO. B. SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE DEPURACIÓN DE

EMISIONES.

CONTENIDOS A INCUIR EN LA OFERTA TÉCNICA EN RELACIÓN A LOS PUNTOS A Y B.

C. IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA CIVIL NECESARIA PARA LA IMPLANTACION (“DOSSIER

OBRA CIVIL”). D. COORDINACIÓN INTEGRAL DEL PROYECTO. E. FORMACIÓN INICIAL DE OPERARIOS.

IV. INFORMACIONES ADICIONALES SOLICITADAS CON CARÁCTER INFORMATIVO EN RELACIÓN A ASPECTOS EXCLUIDOS DEL OBJETO DEL SUMINISTRO (A INCLUIR EN EL SOBRE 2)

V. PLAZO DEL SUMINISTRO

VI. IMPORTE DE LA LICITACIÓN

ANEXO I. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EL CONTRATO DE SUMINISTRO,

INSTALACIÓN Y PUESTA EN MACHA DE UN HORNO CREMATORIO Y DE UN SISTEMA

DE DEPURACIÓN DE EMISIONES ASOCIADO AL HORNO, PARA LA INSTALACIÓN DE

CREMACIÓN SITA EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE POLLOE (DONOSTIA-SAN

SEBASTIÁN) GESTIONADA POR SERVICIOS FUNERARIOS DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN,

S.A.

I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto el suministro, instalación y puesta en marcha de un horno crematorio y de un sistema de depuración de emisiones asociado al horno, para la instalación de cremación sita en el cementerio municipal de Polloe (Donostia-San Sebastián) gestionada por SERVICIOS FUNERARIOS DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN, S.A. (en adelante, POLLOE).

II. ANTECEDENTES

POLLOE es la Empresa Municipal del Ayuntamiento de Donostia – San Sebastián que gestiona los cementerios municipales (Polloe, Altza e Igeldo) y el crematorio sito en el cementerio de Polloe (crematorio al cual se refiere el presente Pliego). 1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUAL INSTALACIÓN DE CREMACIÓN DE CADÁVERES

El crematorio de Polloe actualmente dispone de un único horno crematorio (dotado de cámara de postcombustión), que está realizando una media de incineraciones de 500 cremaciones/año, con un consumo de gas natural del orden de 30.000 m3/año. A fecha actual, el horno opera únicamente en régimen de trabajo matinal realizándose un número máximo de 5 cremaciones/día. Cada proceso de cremación presenta una duración de aproximadamente 75 minutos y las emisiones atmosféricas generadas en el proceso son vehiculadas al exterior a través de chimenea de sección circular (de 50 cm. de diámetro) que atraviesa la cubierta del edificio que alberga el horno. La altura de la boca de emisión es de 9 m, respecto a cota de suelo (“cota

cero”), disponiendo la chimenea de dos toma-muestras situados en diámetros perpendiculares de la sección y estando ubicado el plano de muestreo en condiciones que aseguran la representatividad de la toma de muestras.

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La instalación cumple además las siguientes condiciones de funcionamiento establecidas por el órgano competente en materia de emisiones atmosféricas (Dirección de Administración Ambiental, Viceconsejería de Medio Ambiente, Gobierno Vasco) en la Autorización de Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera (en adelante, Autorización APCA) actualmente disponible:

- No se inicia la cremación hasta que el horno no alcanza la temperatura de régimen.

- Se dispone de un enclavamiento que impide la carga del horno hasta que no se alcancen 850 ºC de temperatura en la cámara de postcombustión.

- La temperatura de la cámara de postcombustión es monitorizada en continuo y registrada automáticamente y se dispone de una alarma que avisa al operador si la temperatura cae por debajo de 850 ºC.

- La temperatura de la cámara de postcombustión se mantiene a una temperatura superior a 850 ºC y el tiempo de residencia de los gases en la cámara de postcombustión es de, al menos, 2 segundos.

- La cremación se realiza en todo momento con exceso de oxígeno, con un contenido medio no inferior al 6 %. Se registra el aporte de oxígeno en continuo y se dispone de alarma para concentraciones de oxígeno por debajo del 3 %.

- No se incineran ataúdes que contienen, en su material de construcción, o en su recubrimiento: PVC, melanina, cloro o metales pesados. Se retiran las asas y ornamentos metálicos antes de la incineración.

La certificación del cumplimiento de dichas condiciones de funcionamiento quedó incorporada en el último Informe realizado por la Entidad de Colaboración Ambiental (en adelante, ECA) interviniente (informe de febrero de 2015).

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2. SITUACIÓN ACTUAL EN MATERIA DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS

La capacidad actual de la instalación (por debajo de las 800 cremaciones anuales) posibilita el

funcionamiento de la instalación hasta el 1 de julio de 2019 con el cumplimiento de los

Valores Límite de Emisión (VLE) indicados en la Tabla 1.

A partir de dicha fecha, los límites a cumplir serán más restrictivos (los indicados en la Tabla 2):

Kutsatzailea Emisioaren

gehieneko balioa (EGB) (2)

Unitatea % O2

Contaminante Valor límite de

emisión (VLE) (2) Unidad % O2

PT

Partikula guztiak

Partículas totales

80 mg/Nm3 11

CO

Karbono monoxidoa

Monóxido de carbono

500 ppm 11

HCl

Azido klorhidrikoa

Ácidoclorhídrico

30 mg/Nm3 11

COT

Konposatu organiko hegazkorrak

Compuestosorgánicosvolátiles

20 mgC/ Nm3 11

Hg

Merkurioa

Mercurio

-- µg/Nm3 11

PCDD/PCDF

Dioxinak eta furanoak

Dioxinas y furanos

1 ng TEQ/Nm3 11

(2) Emisioen gehienezko balioak baldintza hauetan: T=273K, P= 101,3 KPa, eta gas lehorra.

(2)Límites de emisión referidos a las siguientes condiciones: T=273K, P= 101,3 KPa y gas seco.

Tabla 1. VLE aplicables hasta el 1 de julio de 2019.

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Kutsatzailea Emisioaren

gehieneko balioa (EGB) (2)

Unitatea % O2

Contaminante Valor límite de

emisión (VLE) (2) Unidad % O2

PT

Partikula guztiak

Partículas totales

20 mg/Nm3 11

CO

Karbono monoxidoa

Monóxido de carbono

100 ppm 11

HCl

Azido klorhidrikoa

Ácidoclorhídrico

30 mg/Nm3 11

COT

Konposatu organiko hegazkorrak

Compuestosorgánicosvolátiles

20 mgC/ Nm3 11

Hg

Merkurioa

Mercurio

0,2 mg/Nm3 11

PCDD/PCDF

Dioxinak eta furanoak

Dioxinas y furanos

0,1 ng TEQ/Nm3 11

(2) Emisioen gehienezko balioak baldintza hauetan: T=273K, P= 101,3 KPa, eta gas lehorra.

(2)Límites de emisión referidos a las siguientes condiciones: T=273K, P= 101,3 KPa y gas seco.

Tabla 2. VLE aplicables a partir del 1 de julio de 2019.

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Y además de los VLE aplicables en cada caso, las características de la instalación deben

asegurar el cumplimiento de las “otras condiciones de funcionamiento” establecidas por GV

en la Autorización APCA. Aunque ya fueron citadas con anterioridad, se extractan nuevamente

a continuación (Tabla 3):

1. Se deberá disponer de un enclavamiento que impida la carga del horno hasta que no se alcancen 850 ºC de temperatura en la cámara de postcombustión.

2. La temperatura de la cámara de postcombustión deberá ser monitorizada en continuo y registrada automáticamente y se dispondrá de una alarma que avise al operador si la temperatura cae por debajo de 850 ºC.

3. La temperatura de la cámara de postcombustión se deberá mantener a una temperatura superior a 850 ºC y el tiempo de residencia de los gases en la cámara de postcombustión deberá ser de, al menos, 2 segundos.

4. La cremación se realizará en todo momento con exceso de oxígeno, con un contenido medio no inferior al 6 %. Se registrará el aporte de oxígeno en continuo y se dispondrá de alarma para concentraciones de oxígeno por debajo del 3 %.

Tabla 3. Otras condiciones de funcionamiento que deben cumplir los crematorios.

En la tabla dispuesta a continuación se indican, a modo informativo, cuáles deben ser los

métodos analíticos a usar en los controles externos de cara a verificar el cumplimiento de los

VLE establecidos:

Kutsatzailea Metodoak

Contaminante Métodos

Dioxinak eta furanoak (PCDD/PCDF)

Dioxinas y furanos (PCDD/PCDF) UNE-EN 1948

Azido klorhidrikoa (HCl)

Ácidoclorhídrico(HCl) UNE-EN 1911

Karbono monoxidoa (CO)

Monóxido de carbono (CO) UNE-EN 15058

Karbonoorganikoguztia (COT)

Carbonoorgánico total (COT) UNE-EN 12619

Merkurioa (Hg)

Mercurio (Hg) UNE-EN 13211

Partikula guztiak (PT)

Partículas totales (PT) UNE-EN 13284-1

Tabla 4. Métodos analíticos a aplicar para la verificación del cumplimiento de los VLE

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3. PLAN DE ACTUACIÓN ESTABLECIDO POR POLLOE

En este contexto, POLLOE ha adoptado la decisión de adelantarse cronológicamente a la obligatoriedad de adaptarse a los VLE más restrictivos, con las siguientes actuaciones que deberán ser realizadas en el presente ejercicio 2017:

- Sustitución del horno crematorio actual por un nuevo horno. Las características del nuevo horno deben posibilitar alcanzar (al menos) el número de cremaciones realizadas en la actualidad y el cumplimiento de las “otras condiciones de

funcionamiento” establecidas por GV para los crematorios (las indicados en la Tabla 3 del presente documento).A priori, en los próximos años no se prevé necesidad de abordar un mayor número de cremaciones del actual.

- Implantación de un sistema de depuración de emisiones que asegure el cumplimiento de los VLE indicados en la Tabla 2 presente documento.

III. ALCANCE DEL SUMINISTRO Y CONTENIDOS A INCLUIR EN LA OFERTA TÉCNICA (SOBRE 2)

El alcance del suministro será el especificado a continuación (puntos A, B, C y D).

• PUNTO A: SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN HORNO CREMATORIO.

• PUNTO B: SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE DEPURACIÓN DE EMISIONES.

• PUNTO C: IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA CIVIL NECESARIA PARA LA IMPLANTACION

(“DOSSIER OBRA CIVIL”).

• PUNTO D: COORDINACIÓN INTEGRAL DEL PROYECTO.

• PUNTO E: FORMACIÓN INICIAL DE OPERARIOS.

A continuación se detalla lo relativo a cada punto.

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A. SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN HORNO CREMATORIO

1. Observación inicial. El alcance del suministro en relación a este apartado (un horno crematorio) debe contemplar las actuaciones desde el diseño/suministro de la instalación (horno y elementos asociados) hasta su puesta en marcha. Es decir, diseño, suministro, transporte hasta las instalaciones del cementerio, recepción “in situ”, montaje e implantación, pruebas y puesta en marcha. 2. Requisitos mínimos - Las características del horno deben posibilitar (al menos) el número máximo de

cremaciones diarias que actualmente se realizan en la instalación (máximo de 5 cremaciones/día en jornada matinal, siendo la duración de cada cremación de aproximadamente 75 minutos). A tal respecto se establece además que el tiempo medio de duración de las cremaciones no podrá superar los 90 minutos.

- Las características de diseño del horno y de los quemadores deben garantizar un adecuado

proceso de combustión que posibilite el cumplimiento del VLE establecido para el parámetro monóxido de carbono (CO) según lo indicado en las Tabla 2 del presente documento. En general, el cumplimiento de los VLE se evaluará de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 278/2011, de 28 de diciembre. Se considera que se cumplen los VLE si los resultados analíticos obtenidos en el muestreo y control analítico que realizará la ECA (Entidad de Control Ambiental) que contrate Polloe cumplen las siguientes condiciones:

• Cada resultado de medición individual, restando el intervalo de confianza, no supera los VLE establecidos.

• El intervalo de confianza será el asociado al método de medición especificado en la Tabla 4.

• En todo caso, los valores del intervalo de confianza del 95 % de un único resultado medido no excederá el siguiente porcentajes del VLE para el caso del monóxido de carbono:

o Monóxido de carbono: 10 %.

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Las empresas ofertantes deberán pronunciarse en cuanto a si serán quemadores modulares, quemadores a 2 etapas u otra tipología (en relación al consumo energético y la eficiencia energética de la instalación) y justificación razonada (al respecto) de la mejora energética obtenida. Asimismo, indicarán si los quemadores serán del tipo “quemadores de

bajas emisiones de NOX” (tipología de quemador que figura incluida en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias).

- Las características del horno crematorio deben asegurar el cumplimiento de las “otras

condiciones de funcionamiento” establecidas por GV en la Autorización APCA (según la Tabla 3 del presente documento).

- La instalación debe contemplar la automatización del proceso de introducción de los

féretros (elementos necesarios para la carga automática en el interior del horno). A tal respecto, el suministro incorporará la mesa de introducción automática de féretros y elementos accesorios necesarios para el sistema de carga automática. En la documentación gráfica incluida en el ANEXO I puede verse la anchura de la zona actualmente disponible para la introducción del féretro. A tal respecto, se valorarán positivamente las soluciones que posibiliten la introducción automática sin necesidad de intervención en la edificación.

- La instalación debe contemplar, asimismo, la automatización del proceso térmico como tal. - La instalación debe contemplar la conexión del sistema de control del horno a equipos

informáticos sitos en otras dependencias del cementerio (en concreto, en la oficina del edificio del crematorio y también en las oficinas centrales) y también la posibilidad de acceso remoto (tanto para personal interno como para el soporte técnico).La ubicación de ambas oficinas puede verse en el ANEXO I (Documentación gráfica). Asimismo, deben incluirse funcionalidades que posibiliten el registro/grabado de datos clave (temperatura de la cámara de postcombustión, dato de exceso de oxígeno, momentos puntuales en los que se han activado alarmas de los parámetros del proceso, etc.), y su posterior volcado en equipo informático, de forma que se posibilite su procesado/explotación.

- Los materiales constructivos del horno deben estar exentos de productos clasificados como cancerígenos según el Reglamento CLP (Reglamento 1272/2008 y modificaciones posteriores).

- De cara al transporte de elementos hasta la zona del crematorio se hará uso del vial de acceso disponible vehículos (desde el parking de la zona del crematorio hasta el edifico que alberga el crematorio) o bien del acceso vía cementerio en caso de estimarse más adecuado. Las características del vial desde el parking pueden verse en el ANEXO I (Documentación gráfica).

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- La empresa adjudicataria aportará la Declaración CE de conformidad a normas, así como los Manuales de Uso y de Mantenimiento de la instalación.

B. SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE DEPURACIÓN DE EMISIONES

1. Observación inicial.

El alcance del suministro en relación a este apartado (sistema de depuración de emisiones) debe contemplar las actuaciones desde el diseño/suministro de la instalación hasta su puesta en marcha. Es decir, diseño, suministro, transporte hasta las instalaciones del cementerio, recepción “in situ”, montaje e implantación, pruebas y puesta en marcha.

2. Requisito mínimos

- El sistema de depuración de emisiones suministrado debe posibilitar cumplimiento de los Valores Límite de Emisión (VLE) indicados en las Tabla 2 del presente documento.

En general, el cumplimiento de los VLE se evaluará de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 278/2011, de 28 de diciembre. Artículo 9.- Cumplimiento de los valores límite de emisión.

1.- Se considera que se cumplen los valores límite de emisión si cada resultado de la

medición individual, restado el intervalo de confianza, no supera los valores límite de

emisión establecidos en la autorización de APCA y en la normativa aplicable en materia de

contaminación atmosférica.

2.- Como norma general, y sin perjuicio de lo establecido en la autorización de APCA, se

considerará que se cumplen los valores límite de emisión en los sistemas de medición de

emisiones en continuo si:

a) El 95% de los valores medios horarios validados a lo largo de un año no supera el valor

límite de emisión establecido.

b) Ninguna de las medias horarias validadas supera el valor límite de emisión en un factor

superior a 1,5.

Los valores medios validados horarios se determinarán durante el plazo de explotación

efectivo a partir de los valores medios por hora válidos, medidos tras sustraer el valor de

intervalo de confianza indicado en apartado 3.

3.- El intervalo de confianza será el asociado al método especificado en la autorización de

APCA.

En todo caso, los valores de los intervalos de confianza del 95% de un único resultado

medido no excederán los siguientes porcentajes de los valores límite de emisión:

- Partículas totales: 30%.

- Monóxido de carbono: 10%.

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- Dióxido de azufre: 20%.

- Dióxido de nitrógeno: 20%.

- Carbono orgánico total: 30%.

- Cloruro de hidrógeno: 40%.

- Fluoruro de hidrogeno: 40%.

- Azufre total reducido: 20%.

- Metales pesados: 40%.

- Policlorodibenzodioxinas y policlorodibenzofuranos: 40%.

En particular, se establecen las siguientes condiciones establecidas en la Resolución APCA de POLLOE:

Se considera que se cumplen los VLE si los resultados analíticos obtenidos en el muestreo y control analítico que realizará la ECA (Entidad de Control Ambiental) que contrate Polloe cumplen las siguientes condiciones:

• Cada resultado de medición individual, restando el intervalo de confianza, no supera los VLE establecidos.

• El intervalo de confianza será el asociado al método de medición especificado en la Tabla 4.

• En todo caso, para los parámetros siguientes, los valores del intervalo de confianza del 95 % de un único resultado medido no excederán los siguientes porcentajes de los VLE:

o Partículas totales: 30 %. o Monóxido de carbono: 10 %. o Carbono orgánico total: 30 %. o Cloruro de hidrógeno: 40 %. o Policlorodibenzodioxinas y policlorodibenzofuranos: 40 %.

- El sistema de control del sistema de depuración estará comunicado con el sistema de control del horno.

- Los materiales constructivos de los diferentes elementos que constituirán el sistema de depuración deben estar exentos de productos clasificados como cancerígenos según el Reglamento CLP (Reglamento 1272/2008 y modificaciones posteriores).

- De cara al transporte de elementos hasta la zona del crematorio se hará uso del vial de

acceso disponible vehículos (desde el parking de la zona del crematorio hasta el edifico que alberga el crematorio) o bien del acceso vía cementerio en caso de estimarse más adecuado. Las características del vial desde el parking pueden verse en el ANEXO I (Documentación gráfica).

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- La empresa adjudicataria aportará la Declaración CE de conformidad a normas, así como los Manuales de Uso y de Mantenimiento de la instalación.

CONTENIDOS A INCLUIR EN LA OFERTA TÉCNICA (SOBRE 2), EN RELACION A LOS PUNTOS A Y

B.

Las ofertas presentadas incluirán específicamente los siguientes contenidos:

1. Descripción detallada del horno crematorio: - Marca. - Modelo. - Potencia térmica. Descripción de los quemadores. Identificación de la potencia

térmica de cada quemador y de si serán quemadores modulantes, de doble etapa, etc. (en relación al consumo de gas natural).

- Pronunciamiento expreso en cuanto si los quemadores serán del tipo “quemadores de bajas emisiones de NOx”, tipología de quemador que figura incluida en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias bajo la siguiente codificación

- Capacidad de cremación, expresada del siguiente modo:

• Tiempo medio de duración de las cremaciones (que, tal como se ha indicado previamente no podrá superar los 90 minutos).

• Tiempo necesario de enfriamiento entre dos cremaciones consecutivas.

• Número de cremaciones en una jornada de trabajo de 8 horas. - Tiempo mínimo de precalentamiento necesario al inicio de la jornada laboral

(teniéndose en cuenta que el régimen de trabajo del horno será únicamente en turno laboral de mañana (de 8:00 a 15:00), al igual que en la actualidad).

- Volumen de la cámara de cremación y de la cámara de postcombustión (en m3). Dimensiones totales del horno (ancho, largo, alto), en mm.

- Dimensiones de la puerta de introducción de féretros. - Descripción del sistema de introducción automática de féretros (mesa y elementos

accesorios necesarios para el funcionamiento de la carga automática). - Descripción de la ubicación de puerta de extracción de las cenizas (puerta trasera

específica, puerta delantera, ambas posibilidades) indicándose los beneficios de la solución propuesta.

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- Descripción de los materiales de revestimiento (material refractario) de la solera y del resto del horno. Vida media de dichos materiales (expresado en número de cremaciones).

- Nivel sonoro. - Identificación y descripción de elementos accesorios que posibilitarán el

cumplimiento de “otras condiciones de funcionamiento” establecidas por GV (según Tabla 3).

- Análisis técnico (debidamente suscrito por técnico de la empresa) que justifique que las características del horno dan cumplimiento al requisito de que el tiempo de

residencia de los gases en la cámara de postcombustión es de, al menos, 2 segundos (en función de las características de los hornos: geometría, dimensiones de las cámaras y recorrido de los gases a través de las mismas).

- En relación a la automatización de las cenizas, las empresas ofertantes especificarán en sus ofertas técnicas si la instalación ofertada contempla o no la descarga automática de las mismas.

- Descripción del sistema de control integrado en la propia instalación (por ejemplo, pantalla táctil) y sistema de conexión a equipos informáticos sitos en otra dependencia del cementerio (en concreto, en la oficina del edificio del crematorio y también en las oficinas centrales) y también la posibilidad de acceso remoto (tanto para personal interno como para el soporte técnico). La ubicación de ambas oficinas puede verse en el ANEXO I (Documentación gráfica).

- Descripción de las funcionalidades de la instalación que posibilitarán el registro/grabado de datos (temperatura de la cámara de postcombustión, dato de exceso de oxígeno, momentos puntuales en los que se han activado alarmas de los parámetros del proceso, etc.), y su posterior volcado en equipo informático, de forma que se posibilite su procesado/explotación identificándose el tipo de archivo informático que se genera al respecto (por ejemplo, extensión .CSV procesable en Excel u otras).

- Descripción del sistema de supervisión mediante acceso remoto (que posibilite el acceso remoto para el personal interno y para el soporte técnico).

- Identificación (en su caso) de los diferentes programas de incineración disponibles. - Estimación de consumo medio de gas natural por incineración. - Vida media del horno (expresada en número de cremaciones). - Vida media del material refractario del horno (expresada en número de

cremaciones).

2. Identificación de la totalidad de elementos/equipos que configuran el sistema de depuración, debiendo incluirse los elementos del sistema de captación de las emisiones y conductos/conexiones con los hornos, así como el compresor de aire y calderín (en caso necesario)para el suministro de aire comprimido para el funcionamiento de determinados elementos de la instalación (por ejemplo: sistema de autolimpieza de filtro, sistema de limpieza de tubos de la caldera, funcionamiento de determinadas válvulas, etc.).

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Para el caso del compresor y calderín, las empresas ofertantes deberán especificar (al menos) los datos siguientes: - Capacidad del calderín (depósito de aire), expresado en litros. - Dato de presión máxima, expresado en bar. - En el caso de que el producto anterior (capacidad en litros x presión en bares) sea

inferior a 50 (categoría I de equipo a presión), la empresa ofertante deberá especificar si la Declaración de Conformidad de la instalación de depuración ampara al compresor/calderín como “componentes” de la instalación.

- Identificación de la documentación que se aportará en relación a estos elementos (Declaración de Conformidad de la instalación con integración de estos elementos como “componentes”, Declaración de conformidad de los elementos como tal, Certificado de Fabricación, etc.).

Nota aclaratoria 1: Cabe citarse, al respecto, que las instalaciones de aire comprimido son tipologías de instalaciones sometidas a reglamentación específica en materia de seguridad industrial (“aparatos a presión”).

3. Para cada uno de los elementos/equipos que configuran el sistema de depuración:

- Descripción técnica. - Dimensiones. Peso. - Nivel sonoro, cuando proceda. - Identificación delas ventajas del modelo específico propuesto para cada elemento.

Por ejemplo: - Para el caso del sistema propuesto para enfriamiento de los gases

procedentes del horno se especificará si se trata de un sistema gases/aire o bien gases/agua, argumentado los beneficios de la tecnología propuesta. Si se propone caldera de agua, se identificará si la configuración propuesta es horizontal y vertical argumentando igualmente los beneficios asociados.

- Para el caso del filtro de mangas se especificará el material filtrante y disposición de las mangas argumentando los beneficios asociados.

- Etc.

4. Capacidad de tratamiento del sistema de depuración (Nm3/h).

5. Descripción del principio de funcionamiento del sistema de depuración de emisiones.

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6. Información relativa a los reactivos necesarios en relación al sistema de depuración de emisiones. - Identificación de los reactivos. - Función de los mismos en la tecnología de depuración de emisiones propuesta. - Fichas de Datos de Seguridad de los mismos. - Descripción del sistema de almacenamiento y dosificación de los mismos. - Garantía de suministro por parte de la empresa adjudicataria. - Estimación de consumo (gramos/cremación). - Dato de coste de cada reactivo (coste/kg).

7. Características de la chimenea de evacuación de gases al exterior. - Geometría (sección circular/rectangular, forma). - Dimensiones (diámetro interno, diámetro interno equivalente, propuesta de altura del

punto de emisión respecto al suelo). - Propuesta de acondicionamiento para la toma de muestras (sección y sitio de

medición, número y disposición de toma-muestras). - Pronunciamiento expreso en cuanto a la inclusión en el suministro de una plataforma

permanente de acceso para toma de muestras de emisiones en la chimenea de salida de emisiones depuradas.

Nota aclaratoria 2: La instalación de una plataforma permanente no resulta de obligado cumplimiento, según lo dispuesto en la Instrucción Técnica de GV “IT-02 Controles de las emisiones”

1.

“Esta plataforma para la realización de las tomas de muestras podrá sustituirse por

un andamio provisional o una plataforma elevadora debidamente homologada,

siempre que estos cumplan las mimas garantías de seguridad que una plataforma

fija, y puedan estar disponibles para su utilización en un plazo máximo de dos horas

desde la llegada de los técnicos encargados de realizar los muestreos, al objeto de

poder realizar inspecciones de oficio sin comunicación previa al titular de la

actividad”.

1 Instrucción Técnica incluida en la “Orden de 11 de julio de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente,

Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se dictan las instrucciones técnicas para el

desarrollo del Decreto 278/2011” (BOPV nº 180, 14/09/2012).

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8. Compromiso expreso de que la chimenea se ajustará a los requisitos específicos de la Instrucción Técnica de GV IT-02 Controles de las emisiones

2 en relación a : - Ubicación del plano de medición (apartado 3.1. de la IT-02). - Número mínimo de puntos de muestreo y puertos de medición (apartado 3.2. de la IT-

02). - Puertos de medición (apartado 3.3. de la IT-02). - Requisitos aplicables a la plataforma permanente de acceso a la chimenea (apartado

3.34 de la IT-02 “Seguridad, accesos y servicios”), en caso de que el suministro incluya dicha plataforma permanente.

Dicho compromiso quedará documentado en declaración responsable debidamente suscrita.

9. Compromiso expreso de que la chimenea se ajustará a las condiciones de la Instrucción

Técnica de Gobierno VascoIT-07 Altura de chimeneas3 Dicho compromiso quedará documentado en declaración responsable debidamente suscrita. La altura de la chimenea deberá cumplir las condiciones aplicables al caso, siendo diferentes los requisitos si la chimenea puede catalogarse o no como “de baja carga

másica” en función de la carga másica (kg/h) que se prevé emitir de los contaminantes siguientes: carbono orgánico total, materia particulada, ácido clorhídrico. A tal respecto, las empresas ofertantes deberán incluir en las ofertas técnicas el cálculo orientado a determinar si la chimenea podrá ser calificada como “de baja carga másica”

en consideración a: - El máximo caudal de gases depurados previsto. - Las máximas concentraciones previstas para los citados contaminantes.

Nota aclaratoria 3: A efectos de la IT-07 se entiende por baja carga másica cuando los contaminantes citados no superan las emisiones indicadas:

- 1 kg/h de carbono orgánico total. - 0,25 kg/h de materia particulada. - 0,25 kg/h de ácido clorhídrico.

2 Instrucción Técnica incluida en la “Orden de 11 de julio de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente,

Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se dictan las instrucciones técnicas para el

desarrollo del Decreto 278/2011” (BOPV nº 180, 14/09/2012).

3 Instrucción Técnica incluida en la “Orden de 11 de julio de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente,

Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se dictan las instrucciones técnicas para el

desarrollo del Decreto 278/2011” (BOPV nº 180, 14/09/2012).

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10. Descripción del sistema que posibilitará la derivación de emergencia de las emisiones en caso de averías y funcionamientos anómalos del sistema de depuración; válvulas de derivación, características de la chimenea de emergencia (chimenea para evacuación directa de emisiones al exterior sin paso por el sistema de depuración), etc.

11. Informaciones relativa a los residuos que generará el sistema de depuración:

- Identificación de residuos generados. - Sistema de recogida de dichos residuos. - Estimación de cantidad generada por cremación (gramos/cremación)

12. Compromiso expreso de la implantación de los siguientes elementos que figuran en Listado Vasco de Tecnologías Limpias (LVTL): variador de frecuencia para control de velocidad del ventilador de extracción y silenciador absorbente en la salida de emisiones depuradas.

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Dichos equipos figuran con las siguientes codificaciones en el LVTL:

Los textos legales que regulan el Listado Vasco de Tecnologías Limpias son los siguientes:

• Orden Medio Ambiente y Política Territorial de 13 de Julio 2016 CA País Vasco, por la que se realiza la actualización y aprobación del Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

• Orden Medio Ambiente y Política Territorial de 24 Noviembre 2016 CA País Vasco (corrige errores detectados en la Orden de 13 Julio 2016 por la que se actualiza y aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias)

13. Pronunciamiento en cuanto a si se prevé implantación de tipología de elementos o

elementos añadidos orientados a optimizar la eficiencia energética de la instalación (tanto del horno como del sistema de depuración) al margen de la implantación de variador de frecuencia en el ventilador de extracción (cuya implantación es exigencia, según lo indicado en el punto inmediatamente anterior) y justificación razonada (al respecto) de la mejora energética obtenida.

14. Compromiso expreso en cuanto a que los materiales constructivos (tanto del horno como

de los diferentes elementos constituyentes del sistema de depuración) deben estar exentos de productos clasificados como cancerígenos según el Reglamento CLP (Reglamento 1272/2008 y modificaciones posteriores. Dicho compromiso quedará documentado en declaración responsable debidamente suscrita.

15. Informaciones relativas al servicio de asistencia técnica que se prestará en el periodo de garantía del suministro: - Tiempo de respuesta en caso de averías/funcionamientos anómalos (especificación del

emplazamiento físico del personal técnico de mantenimiento del sistema). A tal respecto, se establecen las siguientes condiciones:

• El servicio de asistencia técnico cubrirá los 365 días/año durante un horario mínimo de 8:00 a 15:00

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• El tiempo de respuesta comprometido no debe superar las 24 horas desde la notificación de la avería por parte del personal titular de la instalación de cremación.

• Tras la resolución de la avería, la empresa adjudicataria entregará un Informe de Resolución de Avería (contenidos: fecha y hora de notificación de la avería, fecha y hora de presencia de atención por parte del técnico de mantenimiento, diagnóstico de la avería, resolución, identificación de componentes reemplazados/reparados).

- Para los casos en que el diagnóstico inicial de la avería indique que la reparación requiere presencia de técnico, las empresas ofertantes deberán indicar el tiempo (en horas) que se estiman necesario para que se persone su técnico en las instalaciones de POLLOE.

16. Propuesta en plano (1 plano tamaño A2) de instalación/distribución del horno y de los

elementos de los equipos de depuración: - Con identificación expresa de equipos/elementos cuya implantación se prevé en

interior, equipos/elementos cuya implantación se prevé en exterior y equipos/elementos cuya implantación se prevé sobre cubierta (en su caso).

- Figurando las ubicaciones y geometrías previstas para la chimenea de salida de emisiones atmosféricas (forma, diámetro, altura del punto de emisión, propuesta de ubicación del punto de muestreo y número de orificios) y de la chimenea de “by-pass” (forma, diámetro, altura).

Además del plano con propuesta de implantación como tal, las empresas ofertantes deberán incluir (al respecto de este punto) una justificación razonada de la propuesta de distribución de equipos. Las razones argumentadas pueden ser de índole diversa: criterio técnico (principio de funcionamiento de los equipos), criterios ambientales y/o de seguridad laboral, limitaciones o dificultades específicas para introducción de equipos por el acceso disponible (véase acceso en el Plano adjunto al presente Pliego), limitaciones o dificultades específicas en el proceso de montaje, minimización del impacto visual en caso de que se opte por implantación mayoritaria de equipos en interior, minimización del impacto sonoro al exterior (también para dicho caso), etc. Se valorarán positivamente las soluciones que minimicen el alcance de las obras de acondicionamiento necesarias (tanto en interior, como en exterior). En el ANEXO I se aporta documentación gráfica que ilustra: - Las características del vial de acceso disponible para vehículos (desde la zona del

parking hasta la zona del edificio que alberga el horno crematorio). - La distribución y dimensiones de la zona del crematorio (interior del edificio, patio

delantero, patio lateral parcialmente cubierto con tejavana anexa al edificio). Ambas zonas exteriores (patio delantero y patio lateral) podrán ser usadas para la

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implantación de equipos (pudiendo plantearse, incluso, la eliminación de la tejavana del patio lateral).

- Identificación y dimensiones de las puertas disponibles.

No obstante, se estima conveniente que la empresa adjudicataria realice mediciones de detalle al inicio de sus trabajos de cara a generar el plano de implantación definitivo. La solución final de detalle de implantación de los equipos del sistema de depuración será objeto de estudio/consenso entre POLLOE y la empresa adjudicataria, tomándose como información de partida la propuesta de implantación incluida en la oferta técnica (pudiendo requerirse a la empresa adjudicataria el análisis de viabilidad de ajustes/modificaciones respecto a la propuesta inicialmente planteada).

17. Estimación justificada de coste operativo de toda la instalación (horno crematorio y sistema de depuración de emisiones) considerándose: - Costes de consumo de gas natural y energía eléctrica. - Coste de consumo de reactivos. - Costes de mantenimiento anual y costes de mantenimiento/renovación del material

refractario. El dato se presentará como coste operativo por cada cremación, considerándose un funcionamiento normal de la instalación con un número de cremaciones similar al actual (500 cremaciones/año).

18. Solución propuesta para el traslado de los elementos de la instalación desde la zona del

parking hasta la zona de implantación (zona del crematorio) considerando los accesos que figuran en el ANEXO I (documentación gráfica) o bien el acceso a través del cementerio.

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C. IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA CIVIL NECESARIA PARA LA IMPLANTACION (“DOSSIER OBRA

CIVIL”).

Aunque la ejecución de la obra como tal (y el coste asociado) queda excluido del alcance del suministro, las empresas ofertantes sí deben identificar y detallar el alcance de los acondicionamientos que serán necesarios para posibilitar la implantación de equipos en función de su propuesta específica de implantación de la totalidad de elementos/equipos integrantes de la instalación objeto del suministro.

A tal respecto, las empresas ofertantes aportarán las siguientes informaciones:

• La identificación y descripción detallada de las intervenciones de obra civil necesarias, tales como intervención en muros divisorios de recintos del edificio interior, sellado de cubierta en los pasos de las chimeneas, refuerzo de soleras (en caso necesario) para implantación de equipos/elementos.

• Otro plano (también tamaño A2) con identificación exacta del alcance de la obra necesaria (solución constructiva).

• Presupuesto estimado para la ejecución de la obra, indicándose las fuentes de información utilizadas (bases de datos para la construcción, programas de mediciones y presupuestos, referencias de costes de obras relativas a otros suministros realizados por la empresa ofertante, consulta directa a contrata, etc.). Se establece como presupuesto máximo admisible un importe de 50.000 Euros (IVA excluido)

Dichas informaciones serán aportadas en el SOBRE 2 en un Anejo aparte denominado “Dossier obra civil”. Dicho Dossier será valorado por parte del Servicio de Proyectos Y Obras del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián valorándose de forma positiva implantaciones con la mínima intervención de obra civil posible y que eviten, en concreto, la intervención en elementos estructurales portantes de la edificación (forjados, vigas, soportes, estructura principal y secundaria de cubierta). No obstante lo anterior, cabe aclararse nuevamente que la empresa adjudicataria no deberá asumir ni la ejecución de la obra ni su coste (serán asumidas por la propiedad a través de los servicios municipales del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián).

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D. COORDINACIÓN INTEGRAL DEL PROYECTO

- La empresa adjudicataria designará un Responsable de Coordinación del Proyecto que

asumirá las labores de coordinación continuada con las diferentes partes implicadas: POLLOE, técnico municipal dispuesto para asistencia en la obra, contrata que ejecutará las obras necesarias, Coordinador de Seguridad y Salud dispuesto por la propiedad, asistencia técnica externa de POLLOE en materia ambiental, empresa que realizará la retirada del horno actual, ECA contratada para el control analítico, etc.

- La empresa adjudicataria emitirá semanalmente un documento escrito dirigidos a todas las partes implicadas, que recoja el informe de situación y próximas actuaciones en cada momento del proceso.

En este sentido, las Ofertas Técnicas presentadas deben incluir una descripción detallada de la metodología propuesta para la coordinación integral del proyecto.

E. FORMACIÓN INICIAL DE OPERARIOS Las ofertas económicas propuestas deben incluir los costes asociados la formación inicial de los operarios. Dicha formación inicial estará orientada a trasladar a los operarios las pautas necesarias en cuanto al funcionamiento, correcto uso y mantenimiento interno de la totalidad de la instalación (horno y sistema de depuración). En este sentido, las Ofertas Técnicas presentadas deben incluir específicamente información relativa a cómo se impartirá dichas formación (por ejemplo: formación inicial “in situ” a los operarios, atención / tutela del funcionamiento durante un periodo determinado tras el proceso de puesta en marcha, etc.).

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IV. INFORMACIONES ADICIONALES SOLICITADAS CON CARÁCTER INFORMATIVO EN RELACIÓN A ASPECTOS EXCLUIDOS DEL OBJETO DEL SUMINISTRO (A INCLUIR EN EL SOBRE 2)

Estas informaciones se solicitan exclusivamente para facilitar a POLLOE la visión global de todas las posibles intervenciones que podrán surgir en relación al plan de actuación de implantación del nuevo horno y su sistema de depuración (estimándose que serán, en su mayoría, informaciones conocidas por las empresas ofertantes en relación a implantaciones realizadas por las mismas para otros clientes). De este modo, se solicita a las empresas ofertantes que incorporen en el SOBRE 2 la identificación de la totalidad de otras actuaciones que serán necesarias para la puesta en marcha efectiva de la instalación y que no están incluidas en el objeto del suministro del presente Pliego. Pueden ser actuaciones del tipo siguiente:

- Retirada del horno actual. Aunque la retirada del horno actual no está directamente incluida en el alcance del suministro, las empresas ofertantes deben pronunciarse en cuanto a si podrían asumir la retirada aportándose la siguiente información concreta:

• Pronunciamiento en cuanto a si es posible asumir la retirada del horno actual.

• Descripción de actuaciones que se realizarían en su caso.

• Indicación de gestión prevista del material retirado (acorde a normativa vigente en materia de residuos).

• Coste estimado para esta actuación adicional.

- Solicitud de Licencia de Obra. - Alquiler de grúas u otros elementos elevadores. - Adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición (RCDs) que se

generen (en su caso) durante las obras de adecuación necesarias. - Funciones a desempeñar (durante la ejecución de la obra y la implantación de

equipos) por parte de la figura específica de Coordinador de Seguridad y Salud. - Conexiones desde el límite de suministro de la instalación a las instalaciones de

Polloe (conexiones de alimentación de gas natural a la instalación de gas de Polloe, conexión de los cuadros eléctricos de la instalación a los cuadros eléctricos de Polloe, conexión de la alimentación de agua a la caldera de enfriamiento de gases).

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- Tramitaciones ante el órgano competente en materia de Industria (Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras) en relación a las instalaciones sometidas a reglamentos específicos de seguridad industrial, tales como: � Comunicación de Puesta en Servicio de nuevos equipos sometidos a

reglamentos específicos de seguridad industrial (por ejemplo, el compresor/calderín como aparato a presión).

� Comunicaciones de Puesta en Servicio en relación en relación a modificaciones de instalaciones sometidas a reglamentos específicos de seguridad industrial (por ejemplo, modificaciones en la instalación de baja tensión, en la instalación de distribución de gas natural, etc.)

- Obtención del Informe de ECA inicial (incluyendo la caracterización analítica, una vez que el sistema de depuración de emisiones esté en funcionamiento).

- Actuaciones (en caso necesario) para incremento del nivel de iluminación del interior del edificio.

- Actuaciones (en caso necesario) para incremento del nivel de ventilación en el interior del edificio.

- Conexiones de red necesarias para el acceso remoto al sistema de control de la instalación y los oportunos contratos de conexión a INTERNET.

- Nueva evaluación de riesgos del puesto de trabajo correspondiente al operador de la instalación de cremación a realizar por personal especializado en materia de prevención de riesgos laborales.

- Etc. Asimismo, se solicitan las siguientes informaciones adicionales relativas al mantenimiento (preventivo y correctivo), tanto del horno crematorio como del sistema de depuración de emisiones

- Mantenimiento anual programado. Alcance (actuaciones, periodicidad, cualificación del personal actuante). Coste anual.

- Coste del mantenimiento/renovación del material refractario indicándose cada cuántas cremaciones se estima necesaria dicha intervención.

- Tiempo de respuesta en caso de averías/funcionamientos anómalos (especificación del emplazamiento físico del personal técnico de mantenimiento del sistema).

- Informes/Actas que se entregan en relación al mantenimiento y a la resolución de averías.

El servicio de asistencia incluido en el suministro se limita exclusivamente al periodo de garantía de la instalación, no estando incluido en el suministro el contrato de asistencia técnica/mantenimiento posterior.

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Donostia Hileta Zerbitzuak SA Servicios Funerarios Donostia-San Sebastián S.A.

Polloe Plaza, 2 - Tel. 943483540 - Faxa943579155 - [email protected] - www.polloe.eus 20012 Donostia-San Sebastián

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V. PLAZO DEL SUMINISTRO

El plazo máximo de suministro será: - 20 semanas naturales para el suministro, instalación y puesta en marcha del horno

crematorio. - 7 meses naturales para el suministro, instalación y puesta en marcha del sistema de

depuración de emisiones. Los plazos indicados empezarán a contar desde el día siguiente al de formalización del contrato. A estos efectos, cabe señalar las siguientes cuestiones:

• Que los trabajos objeto del presente contrato no podrán ser interrumpidos aun cuando la ejecución de los mismos se produzca durante periodos vacacionales como pudiera ser el mes de agosto.

• Que la empresa adjudicataria deberá priorizar que todas aquellas tareas que lo permitan sean realizadas en horario de tarde (al objeto de alterar lo menos posible el funcionamiento del crematorio, que transcurre exclusivamente en horario de mañana).

Las ofertas presentadas deberán aportar (exclusivamente en el SOBRE 3) un cronograma detallado que contemple el plazo global y, al menos, los siguientes plazos parciales:

� Plazo de entrega, instalación y puesta en marcha del horno y del sistema de depuración de emisiones.

� Plazo para transporte de los equipos del horno y del sistema de depuración hasta las instalaciones del cementerio, para recepción “in situ” y montaje.

� Periodo de inactividad expresado en días hábiles (parcial y/o total) de la instalación de cremación en cada una de las fases (fase de la implantación del horno y fase de la implantación del sistema de depuración) que no podrá ser superior a 18 días hábiles. A tal respecto se consideran días hábiles todos los días de la semana, excepto domingos y festivos. Este punto resulta de especial interés para POLLOE, por lo cual las empresas ofertantes deberán incluir el programa propuesto para minimizar los periodos de inactividad.

� Plazo para pruebas iniciales y puesta en marcha del horno y de la instalación de depuración.

El suministro podrá abordarse en dos fases cronológicamente separadas (primero implantación y puesta en marcha del horno y en una segunda fase implantación y puesta en marcha del sistema de depuración) o bien en una única fase (implantación y puesta en marcha de horno + sistema de depuración), según lo que cada ofertante estime más ventajoso.

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VI. IMPORTE DE LA LICITACIÓN

El precio máximo de licitación es de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00 Euros), IVA excluido.

El importe propuesto por las empresas ofertantes debe especificarse exclusivamente en la documentación del SOBRE 3.