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?et Sermon de Gestion Inmobiliaria

4112W del Sector PUblico PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

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Servo° de II Gesti6n Inmobiliaria

ELS8,3a111 del Sector Public° PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

OBETO: ”ARRENDAMIENTO UN AREA DE 10.787,53 M2, DEL PREDIO NOMERO 131507, UBICADO EN

LA AV. REPUBLICA Y AV. ELOY ALFARO, EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE

PICHINCHA"

PROVINCIA: PICHINCHA

CIUDAD: QUITO

UBICACION: AV. REPUBLICA Y AV. ELOY ALFARO.

QUITO, SEPTIEMBRE DE 2016

Pat. 2

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"2', I Servicro de rdi11111111h GestiOn lnmobiliaria EaLik2111 del Sector Public°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

INVITACIdIN

De conformidad con lo que dispone la Ley Organica del Sistema Nacional de Contrataci6n Publica, y

su Reglamento General, que regula el procedimiento de Arrendamiento de Bienes inmuebles, se

convoca a las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, legalmente capaces para

contratar, a fin de que presenten sus ofertas para dar en "ARRENDAMIENTO UN AREA DE

10.787,53 M2, DEL PREDIO NUMERO 131507, UBICADO EN LA AV. REPUBLICA Y AV. ELOY

ALFARO, EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA", de acuerdo a las siguientes especificaciones:

INMUEBLE DESCRIPCION AREA OTIL/M2

"ARRENDAMIENTO UN AREA DE 10.787,53 M2, DEL PREDIO NOMERO 131507, UBICADO EN LA AV. REPUBLICA LUTE DE TERRENO 10.787,53 m2 Y AV. ELOY ALFARO, EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA"

TOTAL 10 787,53 m2 '

En el inmueble se diferencian dos areas:

- Un area dura de concreto de 3.308.50 m2, donde se encuentran

emplazadas seis edificaciones de un nivel con un area de construed& de 219,61 m2.

- Un area verde de aproximadamente 7.479,03 m2, con disetio para

uso de cancha deportiva.

Descripci6n de la construccion: No constituye parte del espacio a darse en arriendo la superficie ocupada o

por ocupar de las estructuras para vallas y/o pantallas publicitarias,

ubicadas en: la primera en la Av. Reptiblica y Eloy Alfaro, esquina; la

segunda a la altura de la mitad del lindero del terreno que da a la Av.

Repoblica; y, la tercera a la altura de la mitad del lindero del terreno que da

a la Eloy Alfaro. Dichos espacios seran administrados por INMOBILIAR y la

ubicacion definitiva de las mismas se notificard al arrendatario con

posterioridad. El arrendatario de ninguna forma dispondra sabre lo espacios

antes referidos.

PLAZO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: El plazo de duracion del contrato sera por dos (2)

atios, contados a partir de su suscripcion. A la fecha de terminacion EL

ARRENDATARIO debera entregar el bien inmueble en las mismas condiciones en

las que se recibio, y aquello que no pueda ser retirado sin detrimento del

inmueble se entendera como incorporado al bien, aclarando que INMOBILIAR al

finalizar Contrato o en el trascurso del mismo no reconocera valor alguno a favor

1

\

de EL OCUPANTE por estas situaciones. En caso de que se produzcan gastos 0

idebidos al mal uso del inmueble, EL ARRENDATARIO reconocera dichos valores.

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Servicro de Gesti6n Inmobiliaria del Sector Pottle°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

Sin perjuicio de lo expuesto, dado el destino de caracter public° definido para el

inmueble, se podra requerir la terminacion del Contrato en cualquier momento

antes del cumplimiento del plaza establecido en el parrafo anterior, por

cualquiera de las Panes, solicitandolo por escrito a la otra parte por lo menos

con TREINTA (30) DIM DE ANTICIPACION, siendo suficiente prueba legal del

requerimiento, la constancia de recibido de la contraparte. Esta situaci6n no

dara derecho a indemnizaciOn alguna al ARRENDATARIO.

De concluirse el plaza de duraci6n del Contrato establecido en el 'Arra°

primero de este numeral, el Contrato podra renovarse por un periodo menor o

igual al establecido por acuerdo escrito entre las Panes, para lo cual, previo a la

terminaciOn del Contrato por el cumplimiento del plazo establecido, cualquiera

de las Partes que deseara renovarlo, podra solicitarlo a la otra por lo menos con

TREINTA (30) DIAS DE ANTICIPACION A LA FECHA DE TERMINACION DEL

CONTRATO, siendo suficiente prueba legal de la renovacion, la aceptaci6n por

escrito de la contraparte.

CANON MINIMO DE ARRENDAMIENTO (BASE): Se establece coma canon base de arrendamiento,

la cantidad de USD $ 5.501,64 (CINCO MIL QUINIENTOS UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA CON 64/100 CENTAVOS), mas el valor del IVA.

Se entendera como canon base al valor definido por esta Cartera de Estado sobre el cual se

receptara la oferta. Cabe recalcar que no sera valida ninguna oferta economica menor al valor

antes establecido, de manera mensual.

EL ARRENDATARIO debera cancelar el arriendo de forma mensual de la siguiente manera:

METODO DE COBRO

ler Trimestre 2do Trimestre 3er Trimestre 4to Trimestre

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10mo mes en

adelante

75% DE DESCUENTO CANON DE ARRIENDO

50% DE DESCUENTO CANON DE ARRIENDO

25% DE DESCUENTO CANON DE ARRIENDO

100% DE CANON DE ARRIENDO

GARANTIA: EL ARRENDATARIO, dada que el inmueble es un terreno, entregara antes de la

suscripcion del contrato, en concepto de garantia, la suma correspondiente a un canon arrendaticio

mensual por el que fuera adjudicado el proceso, sin IVA, mediante depOsito a la Cuenta Corriente Na.

7350929 del Banco del Pacifica, can cOdigo 12.12.11. valor que garantizara el fiel cumplimiento de

4t odas y cada una de las obligaciones del contrato, asi coma, las posibles datios que se causaren en el

inmueble o por retrasos o falta de pago de los servicios basicos instalados en el bien inmueble. )1(

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Servicio de Ii Bestial Inmobiliaria PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

I del Sector Ptiblico CODIGO No. PROE-DNABI-2015-011

De ninguna manera EL ARRENDATARIO podra solicitar que se atribuya a EL ARRENDADOR, este valor,

como una parte o como un canon completo de a rriendo.

A la terminaciOn del Contrato, EL ARRENDADOR devolvera a EL ARRENDATARIO la garantia recibida,

una vez que se haya suscrito la respectiva Acta de Entrega - Recepcion del/los inmueble/s arrendado

a completa satisfaccion del ARRENDADOR, asi como, se haya corroborado que se encuentran al dia y

sin deuda alguna de todos los servicios basicos y otras obligaciones; caso contrario, EL ARRENDADOR

podra imputar los valores pendientes de pago a la garantia entregada por EL ARRENDATARIO.

De existir cualquier deterioro que no corresponda al uso normal del/ los lnmueble (s), EL

ARRENDADOR utilizara el valor de la garantia para resarcir los darlos y volver el/los inmueble(s) al

estado en que le fueron entregados a EL ARRENDATARIO, sin perjuicio de que en el evento de que

dicho monto no alcanzare para cubrir los datios ocasionados, EL ARRENDADOR, pueda exigir a EL

ARRENDATARIO la diferencia del valor que se requiera para subsanar los desperfectos.

Este valor bajo ningon concepto devengara inter& alguno a favor de EL ARRENDATARIO.

BASES DEL CONCURSO: El oferente debera solicitar los documentos requeridos para el presente

procedimiento (pliegos), en las oficinas de la Direccion Nacional de Administracion

de Bienes Inmuebles, ubicada en la ciudad de Quito, en las calles Av. Rio Amazonas

y Gral. Ignacio de Veintenilla, 4to piso septimo nivel o descargar en la pagina web

www.inmobiliar.gob.ec. De requerir informacion adicional se debera solicitar

mediante correo electronico a la direccion electronica:

[email protected]

EL CRONOGRAMA QUE REG IRA EL PROCESO SERA EL SIGUIENTE:

Concepto Dia Flora

Fecha estimada de inicio 15/09/2016 17h00

Fecha limite de audiencia de

aclaraciones

preguntas y 20/09/2016 15h00

Fecha limite de entrega de ofertas 22/09/2016 15h00

Fecha de apertura de ofertas 22/09/2016 16h00

Fecha estimada d2.djudirac 23/09/2016 17h00

di% tas•Allto k*.

—ca., Dra. al del Rosario Yanez Serrano

DIRECT • RA ADMINISTRATIVA

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ah Savior° de rip IAN Gesti6n Inmobiliaria nuassau del Sector POblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

1. TERMINO5 DE REFERENCIA

TERMINOS DE REFERENCIA PARA DAR EN ARRENDAMIENTO UN AREA DE 10.787,53 M2, DEL

PREDIO NUMERO 131507, UBICADO EN LA AV. REPUBLICA Y AV. ELOY ALFARO, EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

1.1. ANTECEDENTES:

El Decreto Ejecutivo No. 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 485 de 6

de julio de 2011, reformado parcialmente por el Decreto Ejecutivo No. 50 de 22 de julio de 2013,

publicado en el Registro Oficial No. 57 de 13 de agosto de 2013, y el Decreto Ejecutivo No. 641 de

fecha 25 de marzo del 2015, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 476 de 9 de abril

de 2015, establece que el Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Public°, INMOBILIAR, es un

organismo de derecho public°, con personalidad juridica, dotado de autonomia administrativa,

operativa y financiera y jurisdiccion nacional, con sede principal en la ciudad de Quito, que ejerce la

rectoria del Sistema Nacional de Gesti6n Inmobiliaria del Sector Public°.

Mediante Resolucion No. INMOBILIAR-DSI-2014-0006 de 10 de marzo de 2014, publicada en la

Edicion Especial del Registro Oficial No. 113 de 24 de marzo de 2014, se expide la Reforma y Nueva

Codificacion al Estatuto Organic° de Gestion Organizacional por Procesos del Servicio de Gestion

Inmobiliaria del Sector Public°, INMOBILIAR, reformada mediante Resolucion Nro. INMOBILIAR-DSI-

2014-0013 de 03 de julio de 2014, publicada en el Registro Oficial Segundo Suplemento No. 287 el

11 de julio de 2014, y manifiesta en el articulo 6, Direccionamiento Estrategico, numeral 3,

Objetivos Estrategicos: "(...) Incrementar la eficiencia y eficacia de la asignaci6n y optimizaci6n de

los bienes inmuebles del Estado Central e Institucional y sus mobiliarios."

La Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica (LOSNCP) establece en la Seccion IV,

Del Arrendamiento de Bienes Inmuebles en el articulo 59: "Regimen.- Los contratos de

arrendamiento tanto para el caso en que el Estado o una institucion publica tengan la calidad de

arrendadora como arrendataria se sujetara a las normas previstas en el Reglamento de esta Ley."

(Enfasis afiadido).

El Reglamento General de la Ley Orgenica del Sistema Nacional de Contratacion Publica

(RGLOSNCP) establece en el articulo 65 lo siguiente: "Procedimiento:- Las entidades previstas en el

articulo 1 de la Ley podra dar en arrendamiento bienes inmuebles de su propiedad (...) El INCOP

determinara el procedimiento y los requisitos que se deberan cumplir en estas contrataciones"

El Reglamento General de la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica

(RGLOSNCP) establece en el articulo 66 que: "Normas supletorias.- En todo lo no previsto en esta

Seccion, se aplicaran de manera supletoria, y en lo que sea pertinente, las normas de la Ley de

Inquilinato y del Codigo Civil."

En su parte pertinente, el articulo 1864 del C6digo Civil dispone: " Los arrendamientos de bienes

nacionales, municipales o de establecimientos publicos, estan sujetos a La Ley de Contrataci6n

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„ ISen11910 de

ei

gallab Gesbon Inmobiliaria Santa I del Sector Poblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

Publica y otras leyes; yen lo que no lo estuvieren, a las disposiciones del presente Titulo.

La Resolucion Externa del SERCOP No. 013-09 de 6 de marzo de 2009, que establece las

"Disposiciones Temporales que Regulan los Procedimientos de Arrendamiento de Bienes

Inmuebles” manifiesta en el Capitulo II to pertinente a "Las Entidades Contratantes coma

Arrendadoras".

El articulo 6 ibidem manifiesta: "Pliegos.- las entidades previstas en el articulo 1 de la Ley Organica

del Sistema Nacional de Contratacion Publica podran dar en arrendamiento bienes inmuebles de su

propiedad (...) Adicionalmente se publicara la convocatoria par la prensa nacional o local, segon sea

el caso, por una sola vez; sin perjuicio de que se puedan realizar invitaciones directas."

El articulo 7 ibidem expresa: "Adjudicacion.- La recepci6n de ofertas se realizara en el dia y hora

selialados en los pliegos, luego de lo cual la maxima autoridad o su delegado, adjudicara el

arrendamiento at mejor pastor.

Se entendera que la oferta mas conveniente es aquella que, ajustandose a las condiciones de los

pliegos, ofrezca el mayor precio y al menos dos alms de vigencia del contrato.

Para la suscripcion del contrato, el adjudicatario no requiere estar inscrito y habilitado en el RUP.

El articulo 9 ibidem expresa: "Normas Supletorias.- En todo lo no previsto en esta Seccion se

aplicaran de manera supletoria, yen lo que sean aplicables, las normas de la Ley de Inquilinato y del

Codigo Civil".

Mediante Oficio Nro. INMOBILIAR-DGSGI-2015-0172-0 de 08 de julio de 2015, el Servicio de

Gesti6n Inmobiliaria manifiesta al Servicio Nacional de Contratacion Publica (SERCOP) que

INMOBILIAR cuenta con aproximadamente 2000 bienes inmuebles a nivel nacional, recibidos en

cumplimiento de varias leyes y normas legates, que estan destinado a enajenarse a corto o largo

plaza en el transcurso del 2015 y 2016, sin embargo, con el proposito de que estos bienes no se

mantengan subutilizados hasta su enajenacion, es necesario suscribir contratos de arrendamiento,

par lo tanto se consulta sabre si el texto "entre otros" de la Resolucion INCOP 013-09 de 06 de

marzo de 2009 incluye los bienes inmuebles propiedad de INMOBILIAR y los que son administrados

par esta Cartera de Estado, entre otras situaciones.

Mediante Oficio Nro. SERCOP-CNAJ-2015-0222-OF de 24 de julio de 2015 el SERCOP, respecto de si

el texto "entre otros" del articulo 8 de la Resolucion Na. INCOP 013-09 de 06 de marzo de 2009

incluye los bienes inmuebles coma son: locales comerciales, puertos, casas, departamentos,

agencias bancarias, tiendas, balcones, parqueaderos, oficinas, terrenos, terrenos con construccien,

quintas, fincas, haciendas, aserraderos, suites y palcos de estadios, plazas de taros, entre otros

afines, el SERCOP manifiesta:

para los contratos de arrendamiento de locales de uso especial coma "mercados, camales,

casetas, cabinas, entre otros", es decir, el termini) "entre otros", se referira a locales que cumplan

con caracteristicas similares a los casos antes citados. Par lo tanto, la determinacion de los casos

especiales que se sefialan en el articulo 8 de la Resolucion Externa Na. 013-09, corresponde a las

caracteristicas de uso o a la temporalidad del contrato (salones de recepciones, restaurantes, etc.),

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Sennao de Gesti6n Inmobiliaria del Sector P6blico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

mas no por su procedencia de adquisiciOn.

En los casos referidos en su consulta "locales comerciales, puertos, casas, departamentos, agencias

bancarias, tiendas, balcones, parqueaderos, oficinas, terrenos, terrenos con construccion, quintas,

fincas, haciendas, aserraderos, suites y palcos de estadios, plazas de toros", le corresponde a la

entidad realizar el respectivo analisis en cada caso respecto a si la naturaleza del bien inmueble

aplica a los casos generales o los especiales conforme a lo antes expuesto, considerando que por

regla general las entidades contratantes deberian optar por el procedimiento que permita

garantizar la transparencia y publicidad de sus actuaciones." (Enfasis agregado).

En la consulta realizada en Oficio Nro. INMOBILIAR-DGSGI-2015-0172-0 de 08 de Julio de 2015, se

anexan los siguientes criterios juridicos que viabilizan la consulta:

Con Memoranda Nro. INMOBILIAR-DPAL-2014-0277-M de 20 de junio de 2014, la DirecciOn de

Patrocinio y Asesoria Legal manifiesta a la Direccien Nacional de AdministraciOn de Bienes

Inmuebles (DNABI), que: "... INMOBILIAR puede entregar en arrendamiento, los bienes inmuebles

de su propiedad, conforme lo establece la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion

PUblica y su Reglamento General; y, los bienes inmuebles que se encuentran bajo su

administraci6n, con lo previsto en la Ley de AdministraciOn de Bienes, Reformatoria a la Disposicion

Transitoria Unica de la Ley de Prevencion, DetecciOn y Erradicacion del Delito de Lavado de Activos

y Financiamiento de Delitos; y, a la Ley de Sustancias Estupefacientes y PsicotrOpicas."

Con Memoranda Nro. INMOBILIAR-DPAL-2015-0188-M de 03 de julio de 2015, la Direcci6n de

Patrocinio y Asesoria Legal manifiesta a la Direccion Nacional de Administracion de Bienes

Inmuebles (DNABI), que: "... el Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Ptiblico recibe a titulo de

donaciOn varias inmuebles en cumplimiento con disposiciones legales expresas (...) los mismos que

deben ser arrendados a fin de otorgarles un buen uso (...)", adicionalmente la DirecciOn de

Patrocinio y Asesorla Legal se ratifica en el Criterio emitido en el Memorando Nro. INMOBILIAR-

DPAL-2014-0266-M de 09 de junio de 2014, que manifiesta: "... es criterio de esta Direccion de

Patrocinio y Asesoria Legal considerar que previo a la celebracion de contratos de arrendamiento

de los bienes inmuebles de propiedad de IMOBILIAR o que se encuentran bajo su administraci6n, se

deben cumplir todos los requisitos exigidos por la Ley Organica del Sistema Nacional de

Contratacion publica, su Reglamento General, la Resolucion INCOP No. 013-09 y como normas

supletorias, la Ley de Inquilinato y el Codigo Civil.

La Ley de lnquilinato establece en el articulo 16: "PROHIBICION PARA LAS INSTITUCIONES DEL

SECTOR PUBLIC°, En ningun caso, las instituciones a las que se refiere el articulo precedente

podran cobrar en concepto de canones de arrendamiento por sus inmuebles, valores superiores a

los limites legales.

El articulo 17 ibidem manifiesta: "LIMITE MAXIMO PARA LAS PENSIONES DE ARRENDAMIENTO. - La

pension mensual de arrendamiento de un inmueble no podra exceder de la doceava parte del diez

por ciento del avaluo comercial con que dicho inmueble conste en el Catastro Municipal, y de los

impuestos municipales que gravaren a la propiedad urbana.

Para determinar el precio total se tomaran en cuenta todos los departamentos, piezas o locales del

inmueble, inclusive los ocupados por el arrendador.

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Serviao de nib Section Inmobiliaria iii del Sector Riblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

Cuando se arrienda solo una parte del predio, la pensi6n se fijara proporcionalmente a dicha parte.

Para fijar la pensi6n mensual de arrendamiento, se tendra en cuenta el estado, condiciOn y

ubicacion del inmueble y los requisitos exigidos en el Art. 3."

Mediante Oficio Nro. SERCOP-CNA1-2015-0222-0F de 24 de Julio de 2015 en relacion al canon

arrendaticio el SERCOP manifiesta:

"... el articulo 17 de la Ley de Inquilinato establece el procedimiento para fijar el canon arrendaticio,

valor que para las instituciones publicas en el caso de ser arrendadoras no puede ser superior al

valor sefialado en la citada disposicion, de acuerdo al articulo 16 de la Ley referida. Por otro lado el

articulo 7 de la Resolucion Externa No. 13-09 establece que se "adjudicara el arrendamiento al

mejor pastor, pudiendo considerar el limite establecido en el articulo 17 de la Ley de lnquilinato, en

concordancia y cumplimiento al numeral 7 del articulo 375 de la Constitucion de la Republica."

Mediante Memorando Nro. INMOBILIAR-SGSGI-2015-002-MI de 21 de agosto de 2015, el

Subdirector General del Servicio de GestiOn Inmobiliaria del Sector Publico, INMOBILAR, establece

las politicas y criterios para la gesti6n de arrendamiento y definicion de canones arrendaticios. En el

mismo se establecen 5 categorias con su porcentaje de cobro aplicado al valor maxim° resultante

del metodo de calculo definido en la Ley de Inquilinato: Categoria A - Emprendimiento de la

Economia Popular y Solidaria (E.E.P.S.): 10%; Categoria B - Entidades, organismos, e instituciones

de las diferentes funciones del Estado, y dernas personas juridicas de derecho ptiblico que no

pertenecen a la Funcion Ejecutiva y Empresas Ptiblicas: 20%; Categoria C - GADs y sus EP (incluye

instituciones adscritas a los GADs), instituciones financieras del sector pUblico: 30%; Categoria D -

Asociaciones, federaciones, comunidades rurales, fundaciones con fines sociales e instituciones de

beneficencia: 50%; y, Categoria E - Sector Privado y otros no contemplados en dicha tabla: 100%.

Mediante Memorando INMOBILIAR-DNABI-2015-1109-M de 21 de agosto se solicito a la DirecciOn

Administrativa se emita las directrices para los procedimientos especiales o generales en cuanto al

uso de la herramienta del portal del Compras Publicas. Mediante Memorando INMOBILIAR-DGAF-

DIA-2015-1680-M de 24 de agosto de 2015, la DirecciOn Administrativa manifiesta: " hasta que la

entidad rectora del Sistema Nacional de Contratacion Pt:Italica (SNCP), incorpore o modifique este

tipo de particularidades para este procedimiento de arrendamiento, es imposible utilizar las

herramientas de "Procedimientos Especiales — Arrendamiento de bienes inmuebles" y "PublicaciOn

Especial" [...] para poder continuar con la necesidad Institucional de arrendar los diferentes

inmuebles que administra esta Cartera se sugiere publicitar los procesos de arrendamiento, cuando

proceda, a traves de la pagina web institucional viola prensa.

Dicha publicidad expresa garantia de acceso public() y eficiencia en la contratacion publica, es decir

permitiria afianzar y mitigar el problema actual inherente a la publicacion en la herramienta

informatica del SERCOP, propuesta realizada en funciOn de lo antes descrito."

1.2. JUSTIFICACION:

Mediante escritura pUblica de donaci6n, otorgada el 17 de septiembre del 2013, ante el abogado

Pdg. 9

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• lin Assitin

Senna° de Gesti6n Inmobiiiaria del Sector POblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

doctor Guido Andrade Cevallos, Notario Public° Trigesimo Encargado del canton de Quito, el

Ministerio de Educacion done a favor del Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Public°,

INMOBILIAR, en cumplimiento al Decreto Ejecutivo No. 435 un predio de 12.723,00 m2, signado

con cave catastral 131507 ubicado en el sector de la Pradera, en la ciudad de Quito, provincia de

Pichincha. La mencionada escritura fue inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito

Metropolitano de Quito el 16 de octubre del 2013. El Ministerio de EducaciOn entreg6 el inmueble

a INMOBILIAR mediante Ada Entrega Recepcion de 31 de enero del 2014.

Mediante Resolucion No. INMOBILIAR-DSI-2014-0006 de 10 de marzo de 2014, publicada en la

Edicion Especial del Registro Oficial No. 113 de 24 de marzo de 2014, se expide la Reforma y Nueva

Codificacion al Estatuto Organic° de GestiOn Organizacional por Procesos del Servicio de Gestion

Inmobiliaria del Sector Public°, INMOBILIAR, reformada mediante Resolucion Nro. INMOBILIAR-DSI-

2014-0013 de 03 de julio de 2014, publicada en el Registro Oficial Segundo Suplemento No. 287 el

11 de Julio de 2014, determina que la Gestion de AdministraciOn de Bienes Inmuebles tiene por

misi6n: "Gestionar la administracion tecnica, eficaz y eficiente de los bienes inmuebles del Sector PUblico, a haves de modelos de administracion de bienes inmuebles, planes de asignaci6n y control

de recursos, seguimiento y evaluacion de actividades que se desarrollen en los inmuebles,

permitiendo la conservacian preventiva y recuperaci6n de los mismos, velando por el cumplimiento

de la normativa vigente.", y que dentro de sus atribuciones y responsabilidades se encuentra: "10.

Ejecutar planes de arriendo de bienes inmuebles".

Adicional, el Servicio de Gestion inmobiliaria del Sector Public° recibe varios inmuebles, como:

locales comerciales, puertos, casas, departamentos, agendas bancarias, tiendas, galpones,

parqueaderos, oficinas, terrenos, terrenos con construcciOn, quintas, fincas, haciendas,

aserraderos, suites, palcos, plazas de toros, en cumplimiento de disposiciones legales expresas, los

mismos que deben ser arrendados a fin de otorgarles un buen uso.

Mediante Memorando Nro. INMOBILIAR—DNABI-2016-0816-M del 29 de Julio de 2016y solicitud de

actualizaciOn de Informe mediante Memorando Nro. INMOBILIAR-DNABI-2016-1053-M de 08 de

septiembre de 2016, se solicite al Gerente de Comercializaci6n, Sr. Slav Krassimirov lvanov, un

estudio de mercado y se recomiende el valor referencial comercial para establecer el valor base del

presente proceso de arrendamiento , asi como cualquier recomendacion sobre la gestien de

arrendamiento del inmueble que se considere pertinente incluir en la convocatoria de un area del

predio numero 131507, ubicado en la Av. Republica y Av. Eloy Alfaro, en la ciudad de Quito,

provincia de Pichincha.

Mediante Memorando Nro. INMOBILIAR-SDTAB-2016-0201-M de fecha 14 de septiembre de 2016

se recibio contestacion al Memorando Nro. INMOBILIAR-DNABI-2016-1053-M de 08 de septiembre

de 2016 en el cual se sugieren valores de por m2 en base al estudio de mercado realizado por la

Gerencia de Comercializaci6n.

Mediante Informe de Arriendo, INFORME TECNICO Nro. INMOBILIAR-DNABI-2016-004-AR, la

DirecciOn Nacional de Administraci6n de Bienes Inmuebles, estableci6 el valor de arriendo, asi

como la forma de pago del presente proceso.

Pdg. 10

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deb Sermon de Gestian Inmobiliaria del Sector Public°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

1.3. INFORMACION QUE DISPONE LA ENTIDAD:

Constan como parte del expediente del proceso los siguientes documentos:

• Escrituras a nombre del Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Niblico debidamente

inscritas en el Registro de la Propiedad.

• Informe de Arriendo, INFORME TECNICO Nro. INMOBILIAR-DNABI-2016-004-AR

• Certificado catastral del inmueble del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.

• Informe de RegulaciOn Metropolitana del predio Nro. 1315075.

Adicional, esta Cartera de Estado proveera la siguiente documentaciOn a los posibles oferentes a fin

de que se considere para la presentaci6n de las ofertas:

• Plano con ubicaci6n del Area a arrendar, con diferenciaci6n de Areas.

1.4. OBJETO DE LA CONTRATACION:

Dar en arrendamiento un area de 10.787,53 m2 del predio numero 131507 ubicado en la Av.

Republica y Av. Eloy Alfaro, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.

No constituye parte del espacio a darse en arriendo la superficie ocupada o por ocupar de las

estructuras para vallas y/o pantallas publicitarias, ubicadas en: la primera en la Av. Republica y Eloy

Alfaro, esquina; la segunda a la altura de la mitad del lindero del terreno que da a la Av. Repalica;

y, la tercera a la altura de la mitad del lindero del terreno que da a la Eloy Alfaro. Dichos espacios

seran administrados par INMOBILIAR y la ubicaciOn definitiva de las mismas se notificara al

arrendatario con posterioridad. El arrendatario de ninguna forma dispondra sobre lo espacios antes

referidos.

1.5. ESPECIFICACIONES TECNICAS:

INMUEBLE UBICACION AREA EN M2 A

ARRENDAR

Area de terreno Av. Repalica y Av. Eloy Alfaro 10.787,53

Descripcion de la construccion:

En el inmueble se diferencian dos areas:

- Un area dura de concreto de 3.308.50 m2, donde se encuentran emplazadas seis

edificaciones de un nivel con un area de construed& de 219,61 m2.

• Un area verde de aproximadamente 7.479,03 m2, con diselio para uso de cancha

deportiva.

!Mg. 11

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Servicro de ?40111111 Gestion Inmobiliaria

del Sector POblico PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNAM-2016-011

No constituye parte del espacio a darse en arriendo la superficie ocupada o por ocupar de las

estructuras para vallas y/o pantallas publicitarias, ubicadas en: la primera en la Av. Republica y Eloy

Alfaro, esquina; la segunda a la altura de la mitad del lindero del terreno que da a la Av. Republica;

y, la tercera a la altura de la mitad del lindero del terreno que da a la Eloy Alfaro. Dichos espacios

seran administrados por INMOBILIAR y la ubicaci6n definitiva de las mismas se notificara al

arrendatario con posterioridad. El arrendatario de ninguna forma dispondra sobre lo espacios antes

referidos.

1.6. DESTINO DEL INMUEBLE:

El inmueble debera observar los siguientes destinos para las areas que comprenden los 10.787,53 m2

a darse en arriendo:

- La zona que podra ser destinada para servicio de parqueaderos se podra desarrollar Unica y

exclusivamente en el area dura de concreto, es decir hasta un maxim° de 80 espacios,

incluyendo area de circulacion interna.

- El area verde podra ser ocupada (mica y exclusivamente para fines recreativos, ferias,

exposiciones, esparcimiento, ocio, deportivos y otros afines.

EL ARRENDATARIO se obliga a que el destino y uso que dna al espacio entregado en arrendamiento

corresponda anicamente a los habilitados en este numeral.

EL ARRENDATARIO no padre' realizar actividades ilicitas en el espacio entregado bajo arriendo; y,

queda terminantemente prohibido almacenar, fabricar o comercializar materiales tales como

explosivos, sustancias psicotropicas, armas, municiones, productos inflamables o cualquier otro

producto que ponga en riesgo y peligro la vida de las personas o el buen nombre y prestigio del

ARRENDADOR. EL ARRENDADOR no tendra ninguna responsabilidad civil o penal en el caso de darse

incumplimiento a estas prohibiciones. As( como tambien, el mismo deslinda su responsabilidad frente

a las entidades respectivas de control.

El incumplimiento de esta disposicion, sera causal de terminacion del Contrato y restituciem inmediata

del bien inmueble; tambien acarreara la obligacian del pago ante los 6rganos correspondientes, mas

las multas y las indemnizaciones a que se dieren lugar por el particular cometido.

1.7. ASPECTOS ECONOMICOS:

a. Canon base de arrendamiento:

Se establece como canon base de arrendamiento, la cantidad de USD $ 5.501,64 (CINCO MIL

QUINIENTOS UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 64/100 CENTAVOS), mas el

valor del IVA.

Se entendera como canon base al valor definido por esta Cartera de Estado sobre el cual se

receptara la oferta. Cabe recalcar que no sera valida ninguna oferta econ6mica menor al valor

antes establecido, de manera mensual.

Pag. 12

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Servicio de .golisigh I Seaton Inmobiliaria

MA,Eallil I del Sector Peblico PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

b. Forma de ono:

EL ARRENDATARIO debera cancelar el arriendo de forma mensual de la siguiente manera:

METODO DE COBRO

ler Trimestre 2do Trimestre 3er Trimestre 4to Trimestre

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10mo mes en

adelante

75% DE DESCUENTO CANON DE ARRIENDO

50% DE DESCUENTO CANON DE ARRIENDO

25% DE DESCUENTO CANON DE ARRIENDO

100% DE CANON DE ARRIENDO

Detalle de la forma de pago:

Par la inversion necesaria para la adecuaci6n del espacio que para el caso de colocacion de

estructuras nuevas deberan guardar la particularidad tecnica de ser desmontables, asi coma la

implementacien de mejoras para los servicios complementarios (incluido parqueadero de ser el

caso), inicio de operaciones y afianzamiento de mercado y el tiempo necesarios para Ilegar a un

nivel de ocupacion optimo que permite la capacidad instalada del inmueble en cuestion, en el

primer trimestre se considerara una deducci6n del 75% al canon de arrendamiento fijado; en el

segundo semestre se considera una reducci6n del 50% al valor del canon de arrendamiento

fijado; para el tercer semestre la deduccion sera del 25% al valor del canon de arrendamiento

fijado y para el cuarto trimestre el valor del canon de arriendo sera del 100%.

El pago del canon mensual de arrendamiento, se realizara mediante deposit° a la Cuenta Corriente

• No. 7350929 del Banco del Pacifico, con codigo 170202, a nombre del Servicio de Gestion

lnmobiliaria del Sector Public°, INMOBILIAR; en caso de que el mencionado pago se realice par

transferencia bancaria EL ARRENDATARIO asume el valor de la transaccien establecido por la

entidad bancaria.

EL ARRENDATARIO debera remitir el comprobante de deposit° o de transferencia, asi coma los

comprobantes de pagos de los servicios basicos que pudieran pesar sobre el espacio en

arrendamiento, de manera obligatoria al Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Public°,

INMOBILIAR, mediante via electrOnica, a [email protected]. El comprobante de depOsito

o de transferencia que se envie debera contener la identificaci6n clara y precisa de EL

ARRENDATARIO y hacer referencia al mes de pago realizado. Siendo el comprobante de deposit° o

de transferencia el unico documento que probara que EL ARRENDATARIO ha cancelado el canon de

arrendamiento mensual, no se aceptarin depositos o transferencias parciales, par lo que, el

incumplimiento a la manifestado sera imputado al impago de los valores convenidos, y de

presentarse dos impagos consecutivos del canon de arrendamiento EL ARRENDADOR se reserva el

Fag. 13

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/la Servicio de ;01111111111 I GestiOn Inmobiliaria uagiialil I del Sector Ptiblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

derecho de ejercer cualquier a cci6n a la que estuviere amparado en virtud del contrato y de la

legislacion vigente.

1.8. PLAZO:

El plazo de duracion del contrato sera por dos (2) afios, contados a partir de su suscripciOn. A la fecha de

terminacion EL ARRENDATARIO debera entregar el bien inmueble en las mismas condiciones en las que se

recibi6, y aquello que no pueda ser retirado sin detrimento del inmueble se entendera como incorporado al

bien, aclarando que INMOBILIAR al finalizar Contrato a en el trascurso del mismo no reconocera valor alguno

a favor de EL OCUPANTE por estas situaciones. En caso de que se produzcan gastos debidos al mal uso del

inmueble, EL ARRENDATARIO reconocera dichos valores.

Sin perjuicio de lo expuesto, dado el destino de caracter public° definido para el inmueble, se podra requerir

la terminacion del Contrato en cualquier momento antes del cumplimiento del plazo establecido en el

parrafo anterior, por cualquiera de las Partes, solicitandolo por escrito a la otra parte por lo menos con

TREINTA (30) DIAS DE ANTICIPACION, siendo suficiente prueba legal del requerimiento, la constancia de

recibido de la contraparte. Esta situacion no dara derecho a indemnizacion alguna al ARRENDATARIO.

De concluirse el plazo de duracion del Contrato establecido en el parrafo primero de este numeral, el

Contrato podra renovarse por un period° menor o igual al establecido por acuerdo escrito entre las Partes,

para lo cual, previo a la terminaci6n del Contrato por el cumplimiento del plazo establecido, cualquiera de las

Partes que deseara renovarlo, podra solicitarlo a la otra por lo menos can TREINTA (30) DIAS DE

ANTICIPACION A LA FECHA DE TERMINACION DEL CONTFtATO, siendo suficiente prueba legal de la

renovacien, la aceptacion por escrito de la contraparte.

1.9. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR:

a) Suscribir dentro de los primeros treinta (30) dias luego de la celebracion del contrato un acta

de Entrega-Recepciem en la que constara el estado del espacio otorgado en arriendo y las

condiciones de uso del bien inmueble.

b) Asumir los pagos de obligaciones municipales y otras que sean propias del ARRENDADOR, con

respecto al bien inmueble.

c) Cumplir con cualquier otra obligacian que se derive natural y legalmente del objeto de este

contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal

especfficamente aplicable.

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Servicio de eallf19111 Goshen Inmobiliaria gahasilli I del Sector Public()

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

d) INMOBILIAR se reserva el derecho de realizar las inspecciones correspondientes para

constatar el destino de las areas dadas en arrendamiento.

1.10. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO:

1.10.1. OBLIGACIONES GENEFIALES:

a) Destinar y usar el espacio entregado en arrendamiento unicamente para lo establecido en el

Numeral 6 "Destino";

b) Suscribir, dentro de los primeros treinta (30) dias luego de la celebracion del contrato, un acta de

Entrega-RecepciOn en la que constara el estado de la infraestructura y todo lo referente a las

condiciones de uso en las que se entrega el bien por parte de EL ARRENDADOR;

c) Realizar el pago por concepto de canon arrendaticio de manera mensual, y por anticipado en el

plazo de los cinco (5) primeros dias de cada mes y remitir el comprobante de deposit° o de

transferencia por el valor de arriendo, de manera obligatoria at correo electrOnico:

arriendos@inmobil ia r.gob.ec;

d) Asumir los gastos que demande la construccion, la adecuaci6n, la mejora, el mantenimiento, la

limpieza, la conservacion y/o reparaci6n que fueren necesarios realizar para cumplir con la

actividad del oferente y conservar el espacio entregado en arriendo. INMOBILIAR no reconocera

valor alguno en favor del OCUPANTE al finalizar el contrato o en el transcurso del mismo por lo

invertido en construcciOn, adecuaci6n, mejoras, mantenimientos, limpieza, conservaciOn y/o

reparaci6n desarrollados en el inmueble ocupado.

e) Permitir que EL ARRENDADOR, por intermedio de su Representante Legal o de personas

delegadas o autorizadas por este, puedan verificar la situaciOn y estado las veces que se

requieran a efectos de mantenerlo en las mejores condiciones;

f) Ser responsable del pago de las reparaciones locativas y mantenimientos que requiera el espacio

para conservarlo en buen estado;

g) Se responsable del pago oportuno de los servicios basicos con los que contara o pudiera Ilegar a

contar el espacio dado en arriendo.

h) Cumplir con la normativa municipal, estatel y toda norma legal vigente para la prestacion del

servicio y ejecuci6n del giro del negocio, considerando y acatando la normatividad que pudieran

devenir en el futuro para el tipo de negocio que se estableciera;

Pag. 15

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Semen de Gestion Inmobiliaria del Sector POblico

PLIEGO DE ARRENDANIIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

Asumir la responsabilidad por los clarlos ocasionados en el espacio arrendado, obligandose a la

inmediata reparacion, a su costa. En el caso de no hacerlo se atendra a lo manifestado en el

articulo 7 de la Ley de Inquilinato, en lo pertinente al pago por el valor de las reparaciones

realizadas por EL ARRENDADOR. AdemAs EL ARRENDADOR podia exigir la terminacion del

contrato;

Indemnizar, defender y mantener indemne a EL ARRENDADOR contra cualquier perdida,

perjuicio, costa, dab, responsabilidades, reclamaciones, demandas, multas, intereses, acciones

y gastos en que pudiese incurrir o en que se yea obligada a intervenir directamente, o como un

tercero, por sus actos o aquellos de sus empleados, contratistas o usuarios, o por cualquier

incumplimiento de EL ARRENDATARIO, de sus obligaciones bajo este contrato o la ley, y que sea n

el resultado de culpa leve, dab, negligencia o actos u omisiones.

De no cumplir lo establecido en el parrafo anterior, de conformidad y bajo las condiciones

detalladas en el mismo, EL ARRENDADOR, bajo su propia discrecion yen salvaguarda de los

bienes pablicos podra (I) terminar el contrato entendiendose que el incumplimiento es

consecuencia del destino del bien a un objeto ilicito o distinto del convenido o que causa dalios

al bien, y/o (II) proceder a demandar cualquier indemnizacion por dews y perjuicios a la que

pudiera tener derecho, sin que medie oposicion para ello por parte de EL ARRENDATARIO;

k) Permitir que EL ARRENDADOR, por intermedio del administrador del contrato o personas

delegadas o autorizadas por este, puedan verificar la situaciOn y estado del espacio dado en

arrendamiento a efectos de mantener el inmueble en el que se encuentra dicho espacio en las

mejores condiciones.

I) Entregar a satisfacciOn de EL ARRENDADOR el inmueble al final del peribdo contractual,

considerando para la elaboracion del Acta Entrega — RecepciOn las condiciones en las que se

recibio el mismo y el desgaste por el uso normal del inmueble, si se hubiesen realizado

adecuaciones o mejoras at inmueble que no puedan ser retiradas sin detrimento al inmueble, se

entregarth el inmueble con lo que se haya incorporado al bien, aclarando que INMOBILIAR al

finalizar Contrato o en el trascurso del mismo no reconocera valor alguno a favor de EL

OCUPANTE por estas situaciones. En caso de que se produzcan gastos debidos al mal uso del

inmueble, EL ARRENDATARIO reconocera dichos valores.

m) Previa la suscripciOn del acta entrega recepci6n a la terminacien de la relacion contractual, EL

ARRENDATARIO debera entregar el bien dada en arrendamiento en buenas condiciones de uso y

con las planillas de los seryicios basicos a su cargo, pagados a la fecha de entrega del inmueble;

n) Gestionar y asumir los yalores que se generen por la legalizaciOn del contrato;

Pag. 16

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.68242110

Servicio de Gest& inmobitiaria del Sector Public°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

o) Cumplir con cualquier otra obliged& que se derive natural y legalmente del objeto del contrato

y sea exigible por constar en cualquier documento de el o norma legal especificamente aplicable

at mismo.

1.10.2. OBLIGACIONES PAFtA LA PRESTACION DE SERVICIOS:

a) Garantizar un servicio de calidad a los usuarios, entendiendose como pane del mismo, a la

prestaci6n de un servicio eficiente, con los equipos, tecnologia, implementos, materiales y

elementos que permitan brindar un servicio de calidad y calidez a los usuarios, promoviendo un

espacio amigable para el usuario y la comunidad. La adquisicion, instalacion, mantenimiento,

limpieza, conserved& y/o reparacion de los elementos requeridos deberan ser asumidos por

cuenta de EL ARRENDATARIO. EL ARRENDADOR no se hace responsable por las situaciones que

puedan derivarse de la no instated& de equipos, implementos, materiales y elementos de

cualquier tipo para la adecuada prestaci6n de servicios.

b) Instalar elementos, dispositivos especiales o cualquier instrumento requerido por temas de

seguridad; la adquisici6n, instalacion, mantenimiento, limpieza, conserved& y/o reparaci6n de

los elementos requeridos deberan ser asumidos por cuenta de EL ARRENDATARIO. EL

ARRENDADOR no asumira ninguna responsabilidad frente al arrendatario o terceras personas por

las situaciones que puedan derivarse de la no instated& de elementos, dispositivos especiales o

de cualquier otro tipo requeridos por temas de seguridad y de vigilancia privada para el espacio

en arrendamiento;

c) Cumplir con lo manifestado en la normative legal vigente y cualquiera que pudiera regir en to

posterior respect° los elementos visuales que se coloquen dentro y en el contorno externo del

area a arrendarse. Los elementos visuales del contorno extern° del area deberan atender a lo

manifestado en el Numeral 11"Prohibiciones del Arrendatario".

d) Cumplir con las normativas legates vigentes y aquellas que pudiera regir en lo posterior en

materia de sanidad, seguridad industrial y protecciain al consumidor;

e) Cumplir con las normativas legates vigentes y aquellas que pudiera regir respecto del giro del

negocio que se estableciera en el area a darse en arriendo, considerando lo relativo en materia de

declaraci6n, publicidad de precios y facturaci6n;

f) Recoger, disponer adecuadamente y de acuerdo a to establecido en la levy donde corresponda

los desechos generados por su actividad comercial;

g) INMOBILIAR se reservara el derecho de solicitar a las autoridades competentes las visitas

correspondientes para constatar la calidad de los servicios ofrecidos;

[sag. 17

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/tag' Senna° de i0141041111 Gestion Inmobiliaria kidaagiiii I del Sector Riblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

h) Cumplir con todas las disposiciones que el Administrador del Contrato emita respecto de

ma ntenimientos, limpieza y otros temas respecto del espacio dado en arrendamiento; y,

i) Cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea

exigible por constar en cualquier documento de el o norma legal especificamente aplicable al

mismo.

1.11. PROHIBICIONES DEL ARRENDATARIO:

a) Realizar actividades ilicitas en el bien entregado bajo arriendo;

b) Subarrendar el inmueble objeto de la contrataci6n, salvo que se realice por motivos de la

actividad econ6mica, giro del negocio del ARRENDATARIO y modelo de negocio presentado a

INMOBILIAR.

c) Utilizar el espacio dado en arrendamiento como bodega, dormitorio o actividades similares y que

no hayan sido autorizadas por escrito por el Administrador del Contrato;

d) Vender explosivos, inflamables, corrosivos y texicos que pongan en peligro la seguridad e

integridad fisica de las personas que laboran o asisten a los kioscos;

e) Preparar y/o vender directamente o por intermedio de otros alimentos y bebidas que no cuenten

con todos los requisitos exigidos por la ley y por los organismos de control respecto de la

manipulacion, elaboracion, preparacitin y expendio de alimentos y bebidas; se podra expender

comida y bebidas no alcoholicas, la yenta de bebidas alcoh6licas moderadas sera limitada.

f) Realizar conexiones electricas, de gas o telefonicas clandestinas, si hubiere la necesidad de alguna

modificacion, esta debera ser solicitada a INMOBILIAR a tray& de un comunicado por escrito,

quien le notificara si esta autorizada o no su solicitud; y,

g) El uso de parlantes, radios y equipos audiovisuales con volumenes altos, si hubiere la necesidad

de alguno dsta debera ser notificada al Administrador del Contrato para su respectiva aprobaci6n.

h) Colocar publicidad de productos ajenos a los servicios que preste el arrendatario en el contorno

externo del predio donde se encuentra el area en arriendo, unicamente el Administrador del

Contrato podra permitirlos a tray& de una autorizacion escrita.

1.12. CAUSALES PAFtA LA TERMINACION DEL CONTRATO:

Las causales para la terminaci6n del contrato sera n las siguientes:

Pag. 18

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I Servicio de ell% I Gesti6n Inmobiliaria alLighil I del Sector RibIico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

• Par vencimiento del plazo del contrato;

• La falta de pago de dos canones consecutivos de arriendo;

• Por acumulacion de 10 faltas graves durante la vigencia del contrato;

• Par mutuo acuerdo de las panes;

• Par requerimiento de EL ARRENDADOR, que como legitimo propietario del bien objeto de

arrendamiento, podra en cualquier momento, disponer de bien o la parte en donde se encuentra

en mera tenencia EL ARRENDATARIO, para la transferencia, enajenacien, donaci6n, uso

institucional, uso del estado o cualquier otra figura legal que fuere del caso, sin que EL

ARRENDATARIO tenga derecho a indemnizacion alguna par este concepto, bastara que EL

ARRENDADOR notifique par escrito a EL ARRENDATARIO.

• Por transferencia de dominio, conforme lo establece el Art. 31 de la Ley de inquilinato;

• Par las demas causales establecidas par la Ley de Inquilinato.

Las contravenciones a las estipulaciones serialadas en el presente documento yen el contrato daran

derecho al ARRENDADOR, para dar par terminado anticipadamente el mismo, y, exigir la inmediata

desocupacion y entrega del objeto arrendar, antes de que venza el plaza acordado, sin perjuicio de las

demas causales establecidas en la Ley de Inquilinato vigente.

1.13. SOBRE LA ENTREGA DE OFERTAS

Las °ferns deberan ser entregadas en la siguiente direcci6n:

Calle Principal: Av. Amazonas N22-94

Calle Secundaria: Veintimilla

Referenda: Edificio Salazar

1.14. SOBRE LA APERTURA DE OFERTAS

La apertura de ofertas se realizara en la siguiente direcci6n:

Calle Principal: Av. Amazonas N22-94

Calle Secundaria: Veintimilla

Referenda: Edificio Salazar

1.15. GARANTIA:

EL ARRENDATARIO, dada que el inmueble es un terreno, entregara antes de la suscripcien del

contrato, en concepto de garantla, la suma correspondiente a un canon arrendaticio mensual par el

que fuera adjudicado el proceso, sin IVA, mediante dep6sito a la Cuenta Corriente Na. 7350929 del

Banco del Pacffico, can c6cligo 12.12.11. valor que garantizara el fiel cumplimiento de todas y cada

una de las obligaciones del contrato, asi coma, las posibles dalios que se causaren en el inmueble o

par retrasos o falta de pago de las servicios basicos instalados en el bien inmueble.

Flag. 19

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Servo° de Gestion Inmobiliaria del Sector Pdblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

ee:= 60-

Marian

De ninguna manera EL ARRENDATARIO podra solicitar que se atribuya a EL ARRENDADOR, este

valor, coma una parte o coma un canon completo de arriendo.

Ala terminacion del Contrato, EL ARRENDADOR devolvera a EL ARRENDATARIO la garantfa recibida,

una vez que se haya suscrito la respectiva Acta de Entrega - Recepci6n del/los inmueble/s

arrendado a completa satisfacciOn del ARRENDADOR, asf coma, se haya corroborado que se

encuentran al dia y sin deuda alguna de todos los servicios basicos y otras obligaciones; caso

contrario, EL ARRENDADOR padre imputar los valores pendientes de pago a la garantfa entregada par EL ARRENDATARIO.

De existir cualquier deterioro que no corresponda al uso normal del/ los Inmueble (s), EL

ARRENDADOR utilizara el valor de la garantfa para resarcir los datios y volver el/los inmueble(s) at

estado en que le fueron entregados a EL ARRENDATARIO, sin perjuicio de que en el evento de que

dicho monto no alcanzare para cubrir los dafios ocasionados, EL ARRENDADOR, pueda exigir a EL

ARRENDATARIO la diferencia del valor que se requiera para subsanar los desperfectos.

Este valor bajo ningOn concepto devengara inter& alguno a favor de EL ARRENDATARIO.

1.16. MULTAS:

Sera() motivo de sanciones escritas y econornicas a las faltas leves y graves en que incurra el

arrendatario.

Se consideraran faltas !eves al incumplimiento de obligaciones que no representen perjuicio grave

para el arrendador o cualquier situaci6n no estipulada que el Administrador de manera justificada

considere una falta leve. Estas faltas se sancionaran con Ilamados de atenci6n mediante Oficio al

arrendatario.

Se consideraran faltas graves al incumplimiento de obligaciones que representen perjuicio grave

para el arrendador o a la reincidencia de una falta leve luego de haber sido notificada y/o par no

haberse corregido lo solicitado. Estas faltas se sancionaran con multas equivalentes al (5%) cinco

par ciento del valor par el que se haya adjudicado el arrendamiento, sin IVA.

1.17. ADMINISTRADOR DEL CONTFtATO:

El ARRENDADOR designa como Administrador del contrato, al Director Nacional de AdministraciOn

de Bienes Inmuebles del Servicio de Gestic:in Inmobiliaria del Sector PUblico, INMOBILIAR o su

Delegado (a), quien debera vigilar y supervisar el fiel cumplimiento del contrato y lo dispuesto en

las condiciones generates y especificas de los pliegos y las establecidas en los articulos 70 y80 Ley

Organica del Sistema Nacional de ContrataciOn Publica y el articulo 121 del Reglamento a la Ley

Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica.

Pag. 20

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Servicio de GestiOn Inmobiliaria del Sector Riblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

El Administrador del contrato sera el encargado de velar par el cumplimiento de las normas legales

y compromisos contractuales entre las panes, asi como la absolucion de consultas propias del

presente proceso.

1.18. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA PRESENTACION DE LA OFERTA:

Los oferentes deberan considerar para la presentacion de sus ofertas, que las mismas estan

integradas par las siguientes documentos:

Documentos que integran

la Oferta Descripcion

Formulario 1— Carta de

PresentaciOn y Compromiso

Presentacion de la oferta en conocimiento y adhesion a las condiciones del

arrendamiento, establecidas en el Pliego.

Formulario 2 — Garantia *

Presentacion de una garantia incondicional, irrevocable y de cobra inmediato,

constituida par un cheque certificado o cheque de gerencia girado a favor del

SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR PUBLIC() INMOBILIAR,

emitido par un banco o institucion financiera establecidos en el pals o par

intermedio de ellos; par un valor correspondiente al 10% valor mensual base,

sin IVA.

Al presentar este formulario se debera adjuntar la documentacion legal del

oferente, segun el caso:

Personas Naturales Personas Juridicas

- Copia simple de la cedula de

ciudadania.

- Copia simple del RUC.

- Copia simple del RUC.

- Copia simple del nombramiento del

Representante Legal. Formulario 3— Datos

Generales del Oferente - Copia simple de la cedula de

ciudadania del Representante Legal.

- Copia simple de la Escritura de

Constitucion.

Formulario 4— Propuesta

Economica

Na sera Wilda ninguna oferta econernica menor al valor establecido coma

canon base de arrendamiento.

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PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

, Senacio de I GestiOn Inmobiliaria del Sector PCiblico

La presentaciOn de una garantia incondicional, irrevocable y de cobra inmediato, otorgada por un

banco o institucion financiera establecida en el pals o por intermedio de ella, constituida por un

cheque certificado o cheque de gerencia girado a favor del SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA

DEL SECTOR PUBLIC° INMOBILIAR, emitido por un banco o instituciOn financiera establecidos en el

pals o por intermedio de ellos, por un valor correspondiente al 10% valor mensual base, sin IVA sera

entregada coma muestra de la seriedad de la oferta presentada en el proceso de arrendamiento y

sera abono a la garantia que de ser adjudicado se requiere para la firma del contrato. De no Ilegar a

suscribir el contrato por el adjudicado por causas inherentes al mismo, se penalizara con el cobra

de la garantia entregada en el Formulario 2 y a solicitar la declaratoria de Adjudicatario Fallido

seem lo establecido en la Ley de Contratacion Publica.

2. ENTREGA DE LA OFERTA

Las ofertas se entregaran personalmente en las oficinas de la Direccidin Nacional de Administraci6n

de Bienes Inmuebles, ubicada en la ciudad de Quito, en las calles Av. Rio Amazonas y Gral. Ignacio

de Veintenilla, hasta las 15h00 del dia 30 de junio de 2016, conforme lo senala la invitacion.

No se aceptan ofertas enviadas por correo, ni por via electrOnica.

Las ofertas deberan ser entregadas en un sabre cerrado dirigido a la Directora Administrativa y que

Ileve la siguiente identificacion:

Senorita,

Dra. Valeria del Rosario Yanez Serrano

DIRECTORA ADMINISTRATIVA

Presente

Referencia: "ARRENDAMIENTO UN AREA DE 10.787,53 M2, DEL PREDIO NOMERO

131507, UBICADO EN LA AV. REPCIBLICA Y AV. ELOY ALFARO, EN LA CIUDAD DE

QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA"

Oferente: (Nombre del oferente)

3. PRESENTACION DE OFERTA

Los oferentes deberan considerar para la presentacion de sus ofertas, que las mismas estan

integradas por las siguientes documentos:

Documentos que integran la Descripcion

Oferta

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, Sermao de In I Gesti6n Inmobiliaria

EraLid I del Sector POblico PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

Formulario 1— Carta de

Presentacian y Compromiso

Presentaci6n de la oferta en conocimiento y adhesion a las condiciones

del arrendamiento, establecidas en el Pliego.

Formulario 2 — Garantia *

Presentacion de una garantia incondicional, irrevocable y de cobro

inmediato, consfituida por un cheque certificado o cheque de gerencia

girado a favor del SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR

PUBLIC) INMOBILIAR, emitido por un banco o institucion financiera

establecidos en el pals o por intermedio de ellos; por un valor

correspondiente al 10% valor mensual base, sin IVA.

, Formulario 3— Datos Generales

del Oferente

Al presentar este formulario se debera adjuntar la documentacion legal

del oferente, seem el caso:

Personas Natureles Personas Juridicas

- Copia simple de la cedula de

ciudadania.

- Copia simple del RUC.

- Copia simple del RUC.

- Copia simple del nombramiento

del Representante Legal.

-Copia simple de la cedula de

ciudadania del Representante

Legal.

- Copia simple de la Escritura de

Constitucion.

Formulario 4— Propuesta

Economica

No sera valida ninguna oferta econornica menor al valor establecido

coma canon base de arrendamiento.

*La presentaci6n de una garantia incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada par un

banco o institucion financiera establecida en el pals o por intermedio de ella, constituida por un

cheque certificado o cheque de gerencia girado a favor del SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA

DEL SECTOR PUBLIC() INMOBILIAR, emitido por un banco o instituciOn financiera establecidos en el

pals o por intermedio de ellos, por un valor correspondiente al 10% valor mensual base, sin IVA sera

entregada como muestra de la seriedad de la oferta presentada en el proceso de arrendamiento y

sera abono a la garantia que de ser adjudicado se requiere para la firma del contrato. De no Ilegar a

suscribir el contrato por el adjudicado por causas inherentes al mismo, se penalizara con el cobro

de la garantia entregada en el Formulario 2 y a solicitar la declaratoria de Adjudicatario Fallido

segon lo establecido en la Ley de Contratacion Publica.

4. METODOLOGiA DE EVALUACION DE LAS OFERTAS:

Para el cumplimiento de esta etapa se utiliza el metodo de check list (cumple / no cumple).

Una vez concluida la etapa de recepci6n de ofertas, se procedera a verificar la presentaci6n de los

documentos requeridos junto a los formularios determinados para el presente proceso.

4.1. Fase de Revision de la Documentacion de la Oferta:

Una vez concluida la etapa de recepci6n de ofertas, se procedera a verificar la presentaci6n de los

documentos detallados en el Numeral 17. Documentos para la Presentaci6n de Ofertas, en base a

la metodologia "cumple o no cumple" o "check list" de acuerdo al siguiente cuadro:

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Manta Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Riblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

FORMULARIOS DOCUMENTACION DE RESPALDO CUMPLE NO

CUMPLE

Formulario 1

Carta de Presentacion y Compromiso

Formulario

2 Garantia

Presentaci6n de una garantia incondicional, irrevocable y de cobro inmediato,

constituida por un cheque certificado o cheque de gerencia girado a favor del SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR PUBLIC() INMOBILIAR, emitido por un banco o instituci6n financiera establecidos en el pals o por intermedio de ellos; por un valor correspondiente al 10% valor mensual base, sin IVA.

Formulario

3

Datos Generales del

Oferente

Personas

Naturales

Copia simple del Registro Onico

de Contribuyentes (RUC)

Copia simple de la Cedula de

Ciudadania

Personas Juridicas

Copia simple del Registro Onico de Contribuyentes (RUC)

Copia simple de la Escritura de Constitucion

Copia simple del nombramiento del Representante Legal.

Copia simple de la cedula de ciudadania del Representante

Legal.

Formulario 4

Propuesta Econornica

Igual a mayor a la base de arrendamiento

minim°.

Una vez verificada la presentacion de toda la documentacian que integra la oferta, aquellos

oferentes que hayan cumplido con la documentaci6n solicitada por esta Cartera de Estado se

habilitaran para la siguiente etapa.

4.2. Fase de Evaluation de las Ofertas:

Aquellas ofertas que hayan sido habilitadas en la fase anterior, sera() evaluadas de acuerdo al Art.

371 de la Resolucion Ng RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016, adjudicando el

arrendamiento al mejor postor. Se entendera que la oferta mas conveniente es aquella que, ajustandose a las condiciones de los pliegos, ofrezca el mayor precio y al menos dos alias de

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fte Servicio de 1401,111ry GestiOn Inmobiliaria Canaan del Sector Public°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

vigencia del contrato. En esta etapa del proceso se dejard constancia en el Acta de Integridad y Evaluacion el orden de prelacion de las ofertas.

De existir ofertas en primer lugar con igual valor ofertado par el canon de arrendamiento y bajo las

mismas condiciones de acuerdo a lo establecido en los Pliegos, se procedera de la siguiente forma:

El Equipo Tecnico / Comision Tecnica del proceso notificard par escrito a los oferentes cuyas ofertas

se hallen en empate, la hora y fecha de la audiencia de desempate, que maximo podrth ser realizada

hasta en las siguientes 24 horas de la recepcion de las ofertas, en la que se entregara en ese

momenta en sabre cerrado la nueva propuesta econ6mica y se definira al adjudicado del proceso.

La Audiencia se realizara en la DirecciOn Nacional de AdministraciOn de Bienes Inmuebles del

Servicio de Gestion lnmobiliaria del Sector Publico, INMOBILIAR, ubicada en el cuarto piso, septimo

nivel del Edificio Salazar (Av. Amazonas N22-94 y Veintimilla), asi mismo, para la Audiencia el/la

Equipo Tecnico / Comisi6n Tecnica solicitara la presencia de un delegado de la Direccitin Nacional

de Administracien de Administracion de Bienes Inmuebles, de la Gerencia de Comercializacion y de

la Direccitm Administrativa del Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector P6blico, INMOBILIAR,

este ultimo actuara como Secretario de la Audiencia de Desempate y los otros delegados firmaran

el Acta coma veedores del proceso de desempate de ofertas.

Si habiendose convocado a los oferentes en empate, uno de ellos no se presentara pasado 30

minutos de la hora establecida para la Audiencia de Desempate, automaticamente, sera declarado

ganador del proceso de arrendamiento con el valor que constara en su oferta, el oferente que se

presente a la Audiencia.

Se aplicara, de ser el caso, lo determinado en el Memoranda Nro. INMOBILIAR-SGSGI-2015-002-MI

de 21 de agosto de 2015, mediante el cual se establecen las politicas y criterios para la gesti6n de

arrendamiento y definici6n de canones arrendaticios, si el oferente con la mayor oferta econOmica

presentara la documentacion que certifique su pertenencia a una de las siguientes categorfas se

acogera a los beneficios establecidos en el referido documento:

CATEGOR1A DESCRIPCION DEL ARRENDATARIO

PORCENTAIE DE COBRO

ESTABLECIDO CRITERIO DE CATEGORIZACION

A Emprendimientos de la Economia Popular y Solidaria (E.E.P.S.)

10%

Unidades de emprendimientos unipersonales, familiares, domesticos, comerciantes minoristas y artesanos, y que pertenezcan al sector comunitario, sector asociativo, sector cooperativo (relacionado can produccion, consumo, vivienda, ahorro y credit°, y servicios) y alas unidades econ6micas y populares.

B

Entidades, organismos, e instituciones de las diferentes fundones del Estado, y demas personas juridicas de derecho public° que no pertenecen a la Funcion ejecutiva; Empresas Publicas

20%

Naturaleza juddica de las entidades, organismos, instituciones (Funciones Legislativa, Judicial, Electoral y Pa rticipacion Cludadana); y Empresas Pablicas, que no esten en el ambito de competencia de INMOBILIAR.

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Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Riblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

4'*

C

Gobiernos Autenomos Descentralizados y sus EP (incluye instituaones adscritas a los GADs); Instituciones Financieras del sector public°

30% Entidades ptiblicas y organismos que pertenezcan al sector poblico pero que NO sea n del ambito de competencia de INMOBILIAR

D

Asociaciones, Federaciones, Comunidades Rurales; Fundaciones con fines sociales e Instituciones de beneficencia

50%

Organizaciones privadas que reciben apoyo del Estado con el fin de aportar al desarrollo de grupos vulnerables de la sociedad, asi como instituciones que gestionan la prevenciOn del sufrimiento huma no y los entes de socorro y de gesti6n de desastres naturales y antrepicos. Organizaciones privadas que se apoyan con entidades del gobierno con el fin de asistir a personas de bajos recursos.

Personas juridicas de derecho privado sin fines de lucro, reconocidas por los Ministerios competentes.

E Sector privado y otros no contemplados en esta tabla

100% Personas naturales o juridicas de derecho privado.

Una vez publicada la Resolucion de AdjudicaciOn en la pagina web, se procedera inmediatamente a

realizar la Notificaci6n de Adjudicacion, entendiendose que con firma de recepcion de dicho

documento por parte del adjudicado este se compromete a realizar el pago de la diferencia del

valor establecido coma garantia de arriendo y a la suscripci6n del contrato de manera obligatoria e

irreversible, procediendose de manera inmediata con el cobra de la garantia entregada. Si el

adjudicado decidiera por causas inherentes a si mismo, no recibir la Notificacion, se entendera que

no cubrira el valor de la garantia y por tanto no firmara el contrato, dejando sentado en la parte

pertinente de la Notificacion su negativa a recibir el documento y no suscribir el contrato,

procediendose coma penalizacion al cobra de la garantia entregada en el Formulario 2 y a solicitar

la declaratoria de Adjudicatario Fallido seem la Ley de Contratacion Publica. En este caso se

procedera a actuar de forma antes mencionada con el siguiente oferente de acuerdo al orden de

prelacion establecido en el Acta de Integridad y Evaluacion, hasta maxima el tercer orden

estipulado y considerando lo pertinente a la resolucion en caso de empates.

Al mismo tiempo, publicada la Resolucion de Adjudicaci6n en la pagina web, quienes no hayan

resultado adjudicados, podran acercarse a la Direccion Nacional de Administraci6n de Bienes

Inmuebles del Servicio de Gestion Inmobiliaria del Sector Banco, INMOBILIAR, ubicada en el cuarto

piso, saptimo nivel del Edificio Salazar (Av. Amazonas N22-94 y Veintimilla), a retirar los

documentos que hayan entregado coma garantia, en el plaza maxima des dias.

5. PROCESO DE ADJUDICACION

• El Servicio de GestiOn Inmobiliaria del Sector Publico-INMOBILIAR, se reserva el derecho de

adjudicacion del contrato a la oferta que mas convenga a sus intereses.

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Servicio de

St' Sestion Inmobiliaria

I del Sector POblico PLIEGO DE ARRENDAMIENTO

CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

• Se entendera que la oferta mas conveniente es aquella que ajustandose a los pliegos ofrezca el

mayor precio.

• Para la suscripci6n del contrato, el adjudicatario no requiere estar inscrito ni habilitado en el

RU P.

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Servicio de Gestien Inmobiliaria del Sector Ptiblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

0. suLladll

FORMULARIO No. 1

CARTA DE PRESENTACION Y COMPROMISO

(CIUDAD Y FECHA)

El que suscribe, en atencion a la convocatoria efectuada par el SERVICIO DE GESTION

INMOBILIARIA DEL SECTOR PUBLICO para dar en "ARRENDAMIENTO UN AREA DE 10.787,53 M2, DEL

PREDIO NOMERO 131507, UBICADO EN LA AV. REPUBLICA Y AV. ELOY ALFARO, EN LA CIUDAD DE

QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al

presentar esta oferta por declara que:

1. El oferente es proveedor elegible de conformidad can las disposiciones de la Ley Organica del

Sistema Nacional de Contratacion Pablica, LOSNCP, y su Reglamento.

2. La Orlin persona o personas interesadas en esta oferta esta o estan nombradas en ella, sin

que incurra en actos de ocultamiento o simulacion con el fin de que no aparezcan sujetos

inhabilitados para contratar con el Estado.

3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexion abierta u oculta con otra u otras personas,

compartas o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de

buena fe. Par consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerara ningan principio o norma

relacionada con la competencia libre, leal y justa; asi coma declara que no establecera, concertara o

coordinara —directa o indirectamente, en forma explicita o en forma oculta- posturas, abstenciones

o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los terminos

de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o

practicas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir,

falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentacion de ofertas y posturas o

buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este

procedimiento de contrataci6n. En tal virtud, declara conocer que se presumira la existencia de una

practica restrictiva, par disposicion del Reglamento para la aplicacion de la Ley Organica de

Regulacion y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones,

acuerdos o practicas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma

que adopten, ya sea en la presentaci6n de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio

propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contrataci6n.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su

actividad econ6mica, profesi6n, ciencia u oficio; y, que los equipos y materiales que se incorporaran,

asi como los que se utilizaran para su ejecuci6n, en caso de adjudicacion del contrato, seran de

propiedad del oferente o arrendados y contaran con todos los permisos que se requieran para su

utilizaciOn.

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Servicio de Gestien Inmobinada del Sector Pdblico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

5. Suministrara la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de sus

obligaciones, de acuerdo con el pliego; presta re los servicios, de acuerdo con los pliegos, terminos de

referencia e instrucciones; en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al

presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y debera asumir en la

ejecuci6n contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de

seguridad social, a mbienta les y tributarias vigentes.

6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecera, y no ha

efectuado o efectuara ningOn pago, prestamo o servicio ilegitimo o prohibido por la ley;

entretenimiento, viajes u obsequios, a ningtin funcionario o trabajador de la Entidad Contratante

que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratacion en sus etapas

de planificacion, programacion, seleccion, contrataci6n o ejecuci6n, incluyendose preparaci6n del

pliego, aprobacion de documentos, calificacien de ofertas, seleccion de contratistas, adjudicacion o

declaratoria de procedimiento desierto, recepci6n de productos o servicios, administracion o

supervision de contratos o cualquier otra intervencion o decision en la fase precontractual o

contractual.

7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violacion a los compromisos establecidos en los

numerales 2,3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o

de por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se

allana a responder por los dafios y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.

8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la informacion confiada y a la que

pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoracion de la oferta yen virtud del desarrollo y

cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, asi como acepta que la inobservancia

de lo manifestado dara lugar a que la Entidad Contratante ejerza las acciones legales civiles y

penales correspondientes y en especial las determinadas en los articulos 200 y 201 del Codigo Penal

vigente.

9. Conoce las condiciones de la contratacion, ha estudiado las especificaciones tecnicas, terminos de

referenda y demas informacion del pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, yen

esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.

10. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribira el contrato comprometiendose a ejecutar

el suministro o prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones, terminos de

referenda y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podra aducir

error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliacien del plazo.

11. De no firmar el contrato respectivo, despues de haber sido adjudicado, se acepta la penalizaciOn

consistente en el cobro de la garantia entregada en el Formulario 2 e INMOBILIAR podra solicitar la

declaratoria de Adjudicatario Fallido seem la Ley de Contratacion Publica. Adicional INMOBILIAR podra

proceder a adjudicar al siguiente oferente que haya presentado la segunda mejor oferta y asi

consecutivamente.

Ng. 29

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Serviao de Cape.% Gestian Inmobiliaria raitgaIll I del Sector Public°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

12. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato,

cancelar o declarar desierto el procedimiento, Si conviniere a los intereses nacionales o institucionales,

sin que dicha decision cause ningun tipo de reparaci6n o indemnizacion a su favor.

13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del

SERCOP y demas normativa que le sea aplicable.

14. Garantiza la veracidad y exactitud de la informacion y documentacion, asi como de las

declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, at tiempo que

autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e

informaci6n adicional sobre las condiciones tecnicas, econ6micas y legales del oferente.

15. No contratara a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecucion

contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal practica,

se someteran y aceptaran las sanciones que de tal practica puedan derivarse, incluso la terminacion

unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

16. Bajo juramento, que no esta incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar

establecidas en los articulos 62 y 63 de la LOSNCP y de los articulos 110 y 111 de su Reglamento

General y demas normativa aplicable.

17. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:

a. Firmar el contrato dentro del termino de 15 dias desde la notificaci6n con la resolucion de

adjudicaci6n.

Como requisito indispensable previo a la suscripci6n del contrato presentara las garantias

correspondientes.

Atentamente,

Oferente:

RUC:

Pig. 30

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= Servicio de NIi Gestion Inmobiliaria lid del Sector Palle°

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

FORMULARIO 2

GARANTIA

(CIUDAD Y FECHA)

NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL OFERENTE

NOMBRE DE LA PERSONA MR1E/ICA QUE OFERTA

RUC:

El firmante deja constancia que en cumplimiento a lo establecido en los Pliegos, se hace la entrega

del cheque certificado /de gerencia adjunto a este formulario coma garantia incondicional,

irrevocable y de cobra inmediato, otorgada par un banco o instituci6n financiera establecida en el

pals o par intermedio de ella, girado a favor del SERVICIO DE GESTION INMOBILIARIA DEL SECTOR

PUBLICO INMOBILIAR, par un valor correspondiente al 10% valor mensual base, sin IVA es muestra

de la seriedad de la oferta presentada en el proceso de arrendamiento y sera abono a la garantia

que de ser adjudicado se requiere para la firma del contrato. De ser adjudicado y no Ilegar a

suscribir el contrato par causas inherentes propias, se me penalizara can el cobra de la garantia

entregada adjunta al presente formulario e INMOBILIAR a solicitar la declaratoria de Adjudicatario

Fallido seem lo establecido en la Ley de Contrataci6n PUblica.

De no ser adjudicado, entiendo que padre retirar el documento adjunto en el plaza maxim° de 5

dias de publicada la Resolucion de Adjudicaci6n en la Direccion Nacional de Administraci6n de

Bie nes Inmuebles del Servicio de GestiOn lnmobiliaria del Sector Publico, INMOBILIAR, ubicada en el

cuarto piso, septimo nivel del Edificio Salazar (Av. Amazonas N22-94 y Veintimilla).

(Adjunto dos copias a color del cheque entregado)

Atentamente,

Oferente:

RUC:

Flag. 31

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Sermon de :;•0111111" Gesti6n Inmobiliaria thititiall I del Sector Pablico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

FORMULARIO No. 3

DATOS GENERALES DEL OFERENTE

(CIUDAD Y FECHA)

NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL OFERENTE

NOMBRE DE LA PERSONA JUR1DICA QUE OFERTA

RUC:

PARA PERSONAS NATURALES:

NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL OFERENTE:

CEDULA DE CIUDADANIA:

PARA PERSONASJUR1DICAS:

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:

CEDULA DE CIUDADAN1A:

• DIRECCION PARA COMUNICACIONES:

Ciudad:

Direcci6n:

Persona de contacto:

Telefono(s):

Correo electronico:

Atentamente,

(Firma)

OFERENTE:

C.C. / RUC:

Fag. 32

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Servo() de cA111114,1h I Gestion Inmobiliaria EiSAPaail I del Sector Publico

PLIEGO DE ARRENDAMIENTO CODIGO No. PROE-DNABI-2016-011

FORMULARIO 4

PROPUESTA ECONoMICA

(CIUDAD Y FECHA)

Para dar en "ARRENDAMIENTO UN AREA DE 10.787,53 M2, DEL PREDIO NOMERO 131507,

UBICADO EN LA AV. REPUBLICA Y AV. ELOY ALFARO, EN LA CIUDAD DE QUITO,

PROVINCIA DE PICHINCHA", mi propuesta econamica es $ USD (en

numeros) ( DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

• AMERICA CON /100 CENTAVOS), mas IVA, acogiendome a lo establecido en las condiciones del

Pliego.

Atentamente,

Oferente:

RUC:

Pag. 33