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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 TANCANHUITZ, S.L.P. PROTECCIÓN CIVIL

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

TANCANHUITZ, S.L.P.

PROTECCIÓN

CIVIL

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

ÍNDICE

PRESENTACION……………………………………………………………………………..…………………….2

MARCO JURÍDICO…………………………………………………………………………………………………3

DIAGNÓSTICO GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ………………………………..12

FILOSOFÍA DE LA DIRECCIÒN…………………………………………………………………….………..12

DESARROLLO DEL PLAN………………………………………………………………………………………13

o NOMBRE DEL PROGRAMA

o OBJETIVO

o ESTRATEGIAS O LINEAS DE ACCION

o METAS

o FORMA DE EVALUACION: La forma en que puedo verificar que se cumplen las metas, indicadores y la fórmula de la MIR

ANEXOS………………………………………………………………………………………………………….15

a) Presupuesto b) Calendario c) Arboles d) MIR

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I. PRESENTACION: El programa anual de Protección Civil Tancanhuitz 2020 que se presenta queda bajo

responsabilidad de la dirección de Protección Civil, refiere los objetivos, estrategias y

líneas de acción del departamento.

En esta nueva visión de enfoque preventivo implica una gestión integral del riesgo,

corresponsabilidad social del gobierno y gobernados y una política pública transversal.

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II. MARCO JURÍDICO:

REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL DEL MUNICIPIO DE TANCANHUITZ

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En materia de Protección Civil, el Ayuntamiento tiene entre sus fines y objetivos el ejecutar las políticas, programas y acciones, con el fin de salvaguardar a las personas, su patrimonio y entorno, así como lo relativo a los servicios vitales y estratégicos, en caso de riesgo, emergencia, siniestro o Desastre.

Asimismo, diseñar, elaborar e instrumentar planes y estudios que permitan identificar y analizar los riesgos potenciales de fenómenos naturales o antropogénicos, para fortalecer las capacidades de preparación y de respuesta institucional y ciudadana ante emergencias y Desastres.

Bajo esa tesitura, y a través de la Dirección de Protección Civil Municipal, el Ayuntamiento se ha preocupado por promover la capacitación, innovación y modernidad en las áreas que la integran; asimismo, la actualización permanente en cuanto al marco normativo, que se deriva de la Ley General de Protección Civil, el Reglamento de la Ley General de Protección Civil y la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí, estableciendo una coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil.

Este nuevo Reglamento contempla las disposiciones contenidas en las leyes de la materia, especialmente se armoniza con lo dispuesto por la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí, se estructura de manera coherente cada parte que integra el Reglamento dividiendo en títulos los temas a regular y desarrollando en capítulos las disposiciones específicas, se integran nuevas disposiciones en temáticas que el Reglamento anterior no consideraba. Lo anterior teniendo como principal objetivo garantizar la legalidad, transparencia y gobernanza en el ejercicio de las atribuciones y obligaciones conferidas en los términos y condiciones del presente Reglamento.

PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo Único Disposiciones Preliminares

Artículo 1°.- El presente Reglamento es de orden público e interés social y de aplicación

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 obligatoria en todo el territorio del Municipio de Tancanhuitz.

Artículo 2°.- El marco legal de este Reglamento lo constituyen los Artículos

115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 114, 115 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, específicamente su Artículo 31 inciso b) e inciso c), fracción XXIII, en concordancia con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil, la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí y la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, ordenamientos a los que corresponderá remitirse para la interpretación de las normas establecidas en el mismo.

Artículo 3°.- Las disposiciones de este Reglamento son de obligatorio cumplimiento, tanto para las autoridades organismos, dependencias e instituciones de carácter público, social o privado, grupos voluntarios y en general, para todas las personas que residan, habiten o transiten en el Municipio, y tiene por objeto regular las acciones que en materia de Protección Civil se lleven a cabo en el mismo, estableciendo las bases de integración, coordinación y funcionamiento del Sistema Municipal de Protección Civil. El presente ordenamiento tiene por objeto cumplir con lo siguiente:

I. Reglamentar la integración y funcionamiento del Sistema de Protección Civil en el ámbito Municipal;

II. Establecer las normas básicas conforme a las cuales se realizarán las acciones de Protección Civil en el Municipio, así como las bases para la previsión, prevención, mitigación, preparación, Auxilio, recuperación y reconstrucción ante las amenazas de riesgo o la eventualidad de una emergencia;

III. Establecer los mecanismos para implementar las acciones de previsión, prevención, mitigación, preparación, Auxilio, recuperación y reconstrucción; para la salvaguarda de las personas, sus bienes, el entorno y el funcionamiento de los servicios vitales y sistemas estratégicos, en los casos de emergencia o Desastre;

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IV. Establecer los mecanismos de coordinación para las acciones de las dependencias en el ámbito municipal, y en su caso, con los órdenes de Gobierno Estatal y Federal, de conformidad con lo establecido en las leyes aplicables, así como de los sectores público, social y privado mediante una adecuada planeación en que se prevea u ocurra algún Desastre natural o humano;

V. Establecer las bases para promover la participación social en materia de Protección Civil y en la elaboración, ejecución y evaluación de los programas de la materia;

VI. Establecer las normas y principios para fomentar la cultura de Protección Civil y autoprotección en los habitantes del Municipio, y

VII. Establecer la estructura básica y el funcionamiento de la Dirección de Protección Civil Municipal.

Artículo 4°.- De conformidad con los dispuesto en el marco jurídico vigente en materia de Protección Civil y lo correspondiente a la soberanía del Municipio de Tancanhuitz, esta Autoridad Municipal es la primera respuesta en actividades de atención, análisis, evaluación, verificación, coordinación, dictaminación y resolución en todo lo señalado en el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables; las aprobaciones u autorizaciones que emita esta Autoridad Municipal no sustituyen en ningún caso la omisión de cumplimiento ante otras autoridades en la materia.

Artículo 5°.- Los actos de autoridad para la aplicación de las disposiciones que establece este Reglamento y los Manuales de las Bases y Tablas Técnicas, comprenderán la inspección, control, vigilancia y certificación de las instalaciones y aparatos relacionados con la seguridad de las personas y de los bienes muebles, inmuebles o edificaciones, así como la imposición de sanciones por la infracción o incumplimiento de dichas normas.

Artículo 6°.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:

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I. ACCIDENTE: El evento no deseado e inesperado que ocurre rápidamente, lesionando o causando la muerte a las personas y ocasionando daños en sus bienes y en su entorno;

II. AGENTE AFECTABLE: Los asentamientos humanos;

III. AGENTE PERTURBADOR O CALAMIDAD: El acontecimiento que puede impactar a un sistema afectable (población o entorno) y transformar su estado normal en un estado de daños que puedan llegar al grado de Desastre, por ejemplo: sismos, huracanes, e incendios;

IV. AGENTES DESTRUCTIVOS: Los fenómenos de carácter geológico, hidrometeorológicos, químico-tecnológico, sanitario-ecológico, y socio- organizativo que pueden producir o produzcan riesgo, emergencia o Desastre;

V. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN FÍSICO-QUÍMICO: Los agentes perturbadores de mayor incidencia en el territorio Municipal tales como los incendios y las explosiones, con frecuencia son causados por las actividades económicas-industriales desarrolladas por las crecientes concentraciones humanas y de procesos de desarrollo tecnológico aplicado a la industria, que conlleva el uso de distintas formas de energía, sustancias, materiales volátiles y flamables;

VI. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN GEOLÓGICO: Son causados por acciones y movimientos de la corteza terrestre, dando origen a los siguientes fenómenos destructivos o calamidades de origen natural: sismicidad, vulcanismo, deslizamiento de suelos, hundimiento regional, agrietamiento de suelos, flujos de lodo, entre otros;

VII. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN HIDROMETEOROLÓGICO: Son causados por una acción violenta de agentes atmosféricos, dando origen a los siguientes fenómenos destructivos o calamidades de origen natural: huracanes, inundaciones, nevadas, granizadas, sequías, lluvias torrenciales, temperaturas extremas, tormentas eléctricas,

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 tormentas tropicales e inversiones térmicas;

VIII. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN SANITARIO: Son el resultado de la explosión demográfica y la desmesurada aceleración del desarrollo industrial, que ha generado algunos factores como epidemias, plagas y la lluvia ácida;

IX. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN SOCIO-ORGANIZATIVO: Las manifestaciones del quehacer humano relacionadas directamente con procesos de desarrollo económico, político, social y cultural, tal es el caso de las catástrofes asociadas a desplazamientos tumultuarios que en un lugar y en un momento concentran grandes cantidades de individuos;

X. ALARMA: El último de los tres posibles estados de mando que se producen en la fase de emergencia del Subprograma de Auxilio (Pre- Alerta, Alerta y Alarma). Se establece cuando se han producido daños en la población, sus bienes y su entorno, lo cual implica la necesaria ejecución del Subprograma de Auxilio;

XI. ALBERGADO: La Persona que en forma temporal recibe asilo, amparo, alojamiento y reguardo ante la amenaza, inminencia u ocurrencia de un Agente Perturbador;

XII. ALBERGUE O REFUGIO TEMPORAL: El lugar físico destinado a prestar asilo, amparo, alojamiento y resguardo a personas ante la amenaza, inminencia u ocurrencia de un fenómeno destructivo durante el tiempo determinado por la autoridad. generalmente es proporcionado en la etapa de Auxilio;

XIII. ALERTA: El segundo de los tres posibles estados de conducción, que se produce en la fase de emergencia. Se establece al recibir información sobre la inminente ocurrencia de una calamidad cuyos daños pueden llegar al grado de desastre, debido a la forma en que se ha extendido el peligro o en virtud de la evolución que presenta;

XIV. ALTO RIESGO: La inminente o muy probable ocurrencia de una emergencia o desastre;

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XV. ANÁLISIS DE RIESGO DE PREDIO: El método para identificar y evaluar los riesgos naturales y antropogénicos a los que está expuesto un predio de anteproyecto de construcción;

XVI. ANÁLISIS DE RIESGO POR UBICACIÓN: El estudio de los riesgos circundantes, definidos en un espacio geográfico determinado para un inmueble y/o asentamiento humano, donde quedan establecidas las medidas preventivas en relación a la clasificación de los riesgos detectados;

XVII. ANÁLISIS DE RIESGO: El método ordenado y sistemático para identificar y evaluar los daños que pudieran resultar de los riesgos y peligros naturales y antropogénicos, así como las vulnerabilidades de construcciones, edificaciones, infraestructura o asentamientos humanos dentro del predio en estudio, en el entorno próximo y en su cuenca;

XVIII. ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS: Los productos elaborados con pólvora u otras sustancias explosivas, cuya finalidad sea la de producir luces y sonidos, mediante su explosión controlada;

XIX. ASENTAMIENTO HUMANO: El conjunto o radicación de un grupo de personas con el sistema de convivencia en un área físicamente determinada;

LEY DE PLANEACION DEL ESTADO Y MUNICIPIOS

Ante las nuevas circunstancias políticas, económicas y sociales que han surgido en consecuencia de la dinámica social, es necesario que el derecho como instrumento regulador de la convivencia armónica de la sociedad, se adecue a las mismas para dotar a la administración pública de una legislación apegado a la realidad, que dé respuesta a las nuevas necesidades en materia de planeación estatal y municipal.

La ley de planeación del estado de san Luis potosí vigente desde el 30 de abril de 1985, no obstante que fue reformada en abril de 1996, no resulta ya congruente con las nuevas formas y necesidades de planeación gubernamental; por lo que es inaplazable lograr que el contenido de la misma se apegue a la realidad que marca una sociedad más exigente y participativa en el quehacer público.

Otras de las razones que justifica la reforma integral a esta ley, son las últimas modificaciones a los Artículos 115 de la constitución general de la república y 114 de la constitución política del estado, que establecen las facultades precisas a los municipios en

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 materia de planeación, que anteriormente correspondían al estado. Derivado de lo anterior, se precisa la denominación de esta ley de planeación del estado y municipios de san Luis Potosí, determinando así su aplicación para estos ámbitos de gobierno.

Este dispositivo legal establece nuevos mecanismos de la acción gubernamental, entre los que destaca el de la planeación estratégica que dará cause al desarrollo de una más eficaz y eficiente administración pública.

Asimismo, se establecen indicadores para medir la gestión gubernamental que permitirán evaluar el desempeño de la actuación pública de los funcionarios, así como los programas y metas propuestas en los diferentes rubros de la administración pública del estado y municipios.

LEY DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI.

LEY DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El manejo de las finanzas públicas constituye una parte fundamental en la satisfacción de las necesidades colectivas; en el Siglo XX las finanzas públicas no se diferenciaban de la economía política, y el galicismo del vocablo 'finanza' ha convertido en común el empleo de la expresión hacienda pública, como la disciplina que estudia la manera como el Estado y las demás corporaciones de Derecho Público cubren sus necesidades financieras, ejercen los recursos públicos, así como controlan y evalúan esa actividad. La actividad financiera es la acción que desarrolla el Estado para procurarse los recursos necesarios para llevar a cabo el gasto público, a fin de atender las necesidades colectivas. Esta acción del Estado, concebida como un conjunto de operaciones preordenadas, que al ser realizadas en materia financiera, tienen por motivación y fin la satisfacción de las necesidades que el propio Estado considera deben ser proveídas y colmadas por los gastos públicos. Se adecua la fracción VII del artículo 80 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, únicamente para homologar la denominación del Presupuesto de Egresos con las disposiciones federales; y que la fecha de presentación de las iniciativas de leyes de, Ingresos; y del Presupuesto de Egresos se modifique al 20 de noviembre para estar en condiciones de conocer la asignación de recursos que determine la Federación el día 15 del mismo mes. Pero el ejercicio del gasto público requiere obligadamente de una planeación y presupuestario.

Para así garantizar que su ejercicio sea pertinente y certero en cuanto a su aplicación. El control presupuestario es la cualidad básica para diseñar una política de salud financiera del Estado. Estas disposiciones novas, buscan disciplinar el gasto y establecer un sistema de responsabilidad hacendaria que no existe en el Estado de San Luis Potosí. Desde el año 2009 entró en vigor en la República Mexicana, la Ley General de Contabilidad Gubernamental que, por razones de distinta índole, no se ha aplicado en su totalidad en el Estado. Es propósito de esta Ley, dotar de vigencia y eficacia a las partes aún no aplicadas.

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descárgala en: www.congresoslp.gob.mx 2 La adopción del concepto integral de hacienda pública para referirse a los recursos y gastos del Estado, obligan a que, a través de un instrumento legal, de orden público, de observancia general y obligatoria, se establezcan reglas para la planeación, programación, evaluación y control de los ingresos y egresos; así como de rendición de cuentas. Tales objetivos y metas están inmersos en la nueva Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de San Luis Potosí, misma que establece diez criterios para la administración de recursos, como son la legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, y rendición de cuentas. Define lo que es el gasto público y quiénes son sus ejecutores. También establece responsabilidades y sanciones para quienes lo ejerzan, y se dan los criterios para la administración de los recursos públicos. En sólo ochenta y seis preceptos ordinarios, se disciplinará el ejercicio del presupuesto, estableciendo principios y criterios para el ejercicio de los recursos públicos, así como de los egresos de los poderes, Ejecutivo; Legislativo; y Judicial; los entes autónomos, los municipios y sus respectivas dependencias y entidades. De igual manera, se norman también a las entidades de asistencia social y organizaciones civiles que ejerzan recursos públicos. Es necesario que los criterios de legalidad, honestidad y austeridad estén presentes en la administración de los recursos públicos, y que además éstos se empleen con eficiencia y eficacia, con economía y racionalidad, así como de manera inexcusable, con trasparencia, control y la debida rendición de cuentas. La presupuestación y programación del gasto público del Ejecutivo del Estado estará a cargo de la Secretaría, y de las unidades de administración de los demás ejecutores del gasto; se implementan sistemas electrónicos para la realización de los trámites presupuestales, que simplifican y transparentan el manejo de los recursos; por ejemplo, a través del uso de la firma electrónica, o el relativo al sistema de administración financiera estatal, con el fin de que la captación y dispersión de recursos se lleve a cabo de manera electrónica. La Ley establece también que la elaboración de las iniciativas de leyes de, Ingresos; y del Presupuesto de Egresos, sea obligatoriamente congruente con el Plan Estatal de Desarrollo, y los planes municipales. Dentro de un esquema de planeación y adecuada programación, se definen las acciones que deberán llevar a cabo los ejecutores del gasto en materia de control presupuestario, de tal manera que, entre otras cosas, deberán justificar que la celebración de los contratos plurianuales son los idóneos para la concepción de los objetivos de sus administraciones. Se define quiénes serán los responsables de la ministración y pago de los recursos. En materia de austeridad y disciplina presupuestaria se determinan los lineamientos que deberán seguir los ejecutores del gasto, a fin de racionalizar y eficientar la aplicación de los recursos. Para lo anterior, se establece en la ley que las unidades de administración de los ejecutores del gasto, deberán emitir un programa para promover el uso eficiente de los recursos humanos y materiales. En materia de transparencia de la información gubernamental, la ley remite a las disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y a la normatividad estatal de la materia. H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en:

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 www.congresoslp.gob.mx; Se excluyen documentos como el clasificador por objeto de gasto, que no debe ser parte integrante del Presupuesto de Egresos. Contiene un esquema de conductas infractoras y sus respectivas sanciones, para todos aquellos sujetos a cuyo cargo se encuentran las actividades de planeación, programación, presupuestación, ejercicio, control, evaluación de los recursos públicos, y la rendición de cuentas, independientemente de las sanciones que establecen las demás disposiciones de responsabilidad administrativa y penal, en su caso.

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

III. DIAGNÓSTICO GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA:

La unidad municipal de protección civil ha brindado apoyo a la ciudadanía en diversas situaciones

tales como entrega de víveres a comunidades incomunicadas por problemas ocasionados por

lluvias se ha brindado apoyo en distintos incendios ya sea de casa habitación o forestales se ha

dado vialidad en obstrucciones de caminos por deslaves en tramos estatales o municipales se ha

dado apoyo en traslados de pacientes a distintos centros hospitalarios

IV. FILOSOFÍA DE LA DIRECCIÒN:

• VISION

Un municipio que cuente con los servicios de emergencia y los medios necesarios para

brindar un servicio oportuno ante un fenómeno perturbador.

• MISION Brindar un servicio y atención de calidad a la población de Tancanhuitz, S.L.P ofreciendo

una mejor perspectiva calidad de vida, salvaguardar la integridad física sus bienes y el

entorno que lo rodea mediante planes estratégicos que ayuden a mitigar algún fenómeno

perturbador.

• VALORES Responsabilidad.- desempeñar sus labores con esmero y dedicación, profesionalismo y vocación de servicio y responder a las consecuencias que resulten de su actuación en el ejercicio de la función pública, de manera que los actos como servidor público generan en la ciudadanía; confianza en el gobierno; denunciara y no se hará cómplice de aquel que contravenga las leyes; así como los principios de integridad contenidos de este documento. Legalidad.- es obligación del servidor público conocer, respetar y cumplir los mandatos de la constitución política del estado libre y soberano de San Luis Potosí, leyes y reglamentos que regulan su trabajo; sus acciones en el desempeño de sus funciones las realizara con estricto apego al marco jurídico y al estado de derecho, evitando que las interpretaciones afecten el ejercicio de las instituciones públicas o los intereses de la sociedad. Lealtad.- ser fiel en todos los momentos a la dependencia de la que forma parte; comprometiéndose con los principios valores y objetivos, adoptándolos como propios dentro y fuera de la misma, desempeñar el cargo como decisión inquebrantable de servicio, en cumplimiento de las labores que han sido encomendadas.

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

V. DESARROLLO DEL PLAN

PROTECCION CIVIL

• OBJETIVO.- apoyar incondicionalmente sin discriminación a la

ciudadanía del municipio en caso de algún agente perturbador

• LINEAS DE ACCION (COMPONENTE ) • Proporcionar apoyo a la ciudadanía en caso de algún agente perturbador o

Accidente.

• Vinculación y comunicación entre autoridades de las comunidades y la dirección de

protección civil

• Solicitar apoyo a distintas instituciones en caso de algún agente perturbador

• Atención y asesoría a autoridades de las comunidades que conforman el municipio

ESTRATEGIA.- impulsar un modelo de prevención a la ciudadanía

LINEAS DE ACCION

• Disminuir los incidentes en el municipio

• Información complementada en prevención de incidentes y que hacer en caso

de algún agente perturbador

• Coordinar acciones con instituciones en caso de algún agente perturbador

ESTRATEGIA.- informar e impulsar planes de acción en caso de agentes

perturbadores que afecten la ciudadanía del municipio

LINEAS DE ACCION

• Gestionar y planificar programas de prevención en la ciudadanía

• Se implementara con capacitaciones a la población.

• Apoyar a difundir y promover programas en materia de protección civil

• Elaborar, promover planes operativos de prevención y vigilancia a la ciudadanía

METAS • Contribuir a rescatar vidas humanas y bienes materiales en caso de desastres

• Se aumenta el conocimiento en la población de la cultura de autoprotección en

materia de protección civil

• denuncias realizadas por la población en caso de agentes perturbadores

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• información entregada a la población en caso de agentes perturbadores

• atención de auxilio en caso de algún agente perturbador

• Capacitación a la población en materia de protección civil

• Material informativo en caso de algún agente perturbador

FORMAS DE EVALUACION

• porcentaje en cobertura

• porcentaje de población con cultura de autoprotección

• número de personas con denuncias atendidas

• porcentaje acciones para la entrega de información a la población

• Porcentaje de atenciones de auxilio a la población

• Numero de capacitaciones en materia de protección civil

• Porcentaje de material informativo entregado

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

VI. ANEXOS

a) Presupuesto Base

Actividad 1.1 Atención en caso de una agente perturbador

Mantenimiento herramientas vehículo $100,00

Combustible $50,000

Capacitación personal $50,000

Manteniendo vehículo $25,000

Actividad 1.2. Material de trabajo de personal

Herramientas de trabajo

Extintores 3 $3,000.00

Motosierra stihl $20,000.00

2 Cisternas $3000.00

Recarga extintor $3,200.00

Escalera 12 metros $5000.00

Guantes eléctricos $1,200.00

Cascos $1,500.00

Botas $1,500.00

Bomba espersora $4,000.00

100 metros de manguera 3 pulgadas

Carretilla 3 $5,000.00

Mecate $5,000.00

Machetes $600.00

1 caja de limas $500.00

Uniformes $

Actividad 2.1 Capacitación en material de Protección Civil conto 9 comunidades

$20,000.00

Actividad 2.2 Material informativo en caso de algún agente perturbador $50,000.00

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

b) Calendario De Actividades

III.- Definición de actividades, indicadores y metas del proceso

Actividad Indicador Meta Meta mensual programada

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Total

1. Atención de auxilio en caso de algún agente perturbador

Porcentaje atenciones de auxilio a la población

180 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 180

2. Capacitación a la población en materia de protección civil

Número de capacitaciones en materia de protección civil

2

1

1

2

3. Material informativo en caso de algún agente perturbador

Porcentaje de material informativo entregado a la población

3

1

1

1

3

ARBOL DE PROBLEMAS PROTECCION CIVIL

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

FINES

PROPOSITO

COMPONENTES

ACTIVIDADES

ARBOL DE OBJETIVOS PROTECCION CIVIL

Rescatar vidas humanas y bienes

materiales

Menor índice de incidentes

Menor índice de personas involucradas.

Mayor conocimiento de la población en la cultura de autoprotección

en materia de protección civil

Interés de la población la denuncia en caso de agentes

perturbadores

Población Informada en caso de

agentes perturbadores

Mayor atención de auxilio en caso de algún agente

perturbador

Mayor capacitación a la población en

materia de protección civil

Suficiente material informativo en caso

de algún agente perturbador

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 EFECTOS

PROBLEMA CENTRAL

CAUSAS

INMEDIATAS

CAUSAS

SECUNDARIAS

Pérdidas materiales y humanas

Alto índice de personas

involucradas. Alto índice de incidentes

Escaso conocimiento de la población en la cultura de autoprotección

en materia de protección civil

Escasa población

informada en caso de algún agente perturbador

Desinterés de la población la

denuncia en caso de agentes perturbadores

Escasa capacitación a la población

en materia de protección civil

Escaso material informativo

en caso de algún agente

perturbador

Escasa atención de auxilio en caso de algún agente

perturbador

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

ADMINISTRACION 2018-2021

MATRIZ DE INDICADORES DE RESULTADOS (MIR)

NOMBRE DE LA ENTIDAD : MUNICIPIO DE TANCANHUITZ EJE RECTOR: TANCANHUITZ INCLUYENTE

DIRECCIÓN: PROTECCION CIVIL FECHA:

PROGRAMA RESUMEN

NARRATIVO

INDICADORES MEDIOS DE

VERIFICACIÓN SUPUESTOS NOMBRE DEL

INDICADOR METODO DE CALCULO

PERIODICIDAD

FIN

Contribuir a rescatar vidas

humanas y bienes

materiales en caso de desastre

Porcentaje de cobertura

( Total de población en riesgo por agentes

perturbadores / Total de población sin daños

)*100

anual Informe

anual

PROPÓ SITO

Se aumenta el conocimiento

en la población de la cultura de

autoprotección en materia de protección civil

Porcentaje de población con

cultura de autoprotección

( Total de población con cultura de

autoprotección/total de población en el municipio)*100

Semestral

Programa de trabajo

Informes mensuales

La población se encuentra interesada en

adquirir la cultura de

autoprotección

COMPONENTE 1

Denuncia realizadas por

la población en caso de agentes perturbadores

Número de personas por

denuncia atendidas

(Total denuncias atendidas /total de

personas auxiliadas)

Trimestral

Informes Bitácoras

Los agentes perturbadores se mantienen

estables

COMPONENTE 2

Información entregada a la población en

caso de agentes perturbadores

Porcentaje acciones para la entrega de Información a la población

(Total de acciones realizadas para la

entrega de Información a la población/total de acciones programadas

para la entrega de Información a la población)*100

Trimestral

Informes Talleres Trípticos

Avisos en la radio

El presupuesto se encuentra

estable

ACTIVIDAD 1 .1

Atención de auxilio en caso

de algún agente perturbador

Porcentaje atenciones de

auxilio a la población

(Total de atenciones de auxilio solicitadas/Total

de atenciones de auxilio otorgadas)*100

Mensual Informes

Organigrama Municipal

las condiciones

meteorológicas se encuentran

estables

ACTIVIDAD 2.1

Capacitación a la población en

materia de protección civil

Numero de capacitaciones en materia de protección civil

(Total de capacitaciones en

materia de protección civil realizadas/ Total

capacitaciones en materia de protección

civil programadas) *100

Trimestral

Plan de trabajo

La población muestra

interés en las capacitaciones

ACTIVIDAD 2.2.

Material informativo en caso de algún

agente perturbador

Porcentaje de material

informativo entregado a la

población

( Total de material informativo entregado a la población / Total de

material informativo realizado ) *100

Mensual Informes de actividades

El presupuesto se encuentra

estable

FORMATO FPOA/C .- Matriz de Indicadores de Resultados.

Page 21: PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 · 2020. 3. 5. · suelos, hundimiento regional, agrietamiento de suelos, flujos de lodo, entre otros; VII. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN HIDROMETEOROLÓGICO:

20

PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 Elementos Programáticos Relevantes de los Programas Presupuestarios

Presupuesto de Egresos, Ejercicio Fiscal 2020

PROTECCION CIVIL

Programa presupuestario (Pp) Eje Rector Cabeza de Sector y

sectorizadas

TANCANHUITZ SEGURO DIRECCION GENERAL DE PROTECCION CIVIL Costo total del Pp:

Alineación al PED 2015-2021

Vertiente ó sector: PROTECCION CIVIL

Objetivo estratégico:

Programa Sectorial

Programa: Promosion a la proteccion de las personas

Visión:

Indicadores del Programa Presupuestario

PORCENTAJE DE COBERTURA

PORCENTAJE DE POBLACION CON CULTURA DE AUTOPROTECCION

NUMERO DE PERSONAS POR DENUNCIA ATENDIDAS

PORCENTAJE ACCIONES PARA LA ENTREGA DE INFORMACION A LA POBLACION

PORCENTAJE ATENCIONES DE AUXILIO A LA POBLACION

NUMERO DE CAPACITACIONES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL

PORCENTAJE DE MATERIAL INFORMATIVO ENTREGADO A LA POBLACION

NUMERO DE LUMINARIAS EN EL ALUMBRADO PUBLICO/CANTIDAD DE GASTO POR ENERGIA DEL ALUMBRADO PUBLICO

Finalidad Función Subfunción

Actividad Institucional MIR

RESULTADOS

Nivel Resumen narrativo Indicador Método de cálculo Unidad de

medida

Tipo-Dimensi

ón-Frecuen

cia

Meta Programada

AVANCE

Realizado

al perio

do

Avance % al

periodo

Anual

al perio

do

Fin

CONTRIBUIR A RESCATAR VIDAS HUMANAS Y BIENES MATERIALES EN CASO DE DESASTRE

PORCENTAJE DE COBERTURA

( TOTAL DE POBLACION EN RIESGO POR AGENTES PERTURBADORES / TOTAL DE

POBLACION SIN DAÑOS )*100

ANUAL EFICIENCIA

Propósito

SE AUMENTA EL CONOCIMIENTO EN LA POBLACION DE LA CULTURA DE AUTOPROTECCION EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL

PORCENTAJE DE POBLACION CON CULTURA DE AUTOPROTECCION

( TOTAL DE POBLACION CON CULTURA DE AUTOPROTECCION/TOTAL DE POBLACION EN EL MUNICIPIO)*100

NUMERO

EFICIECIA

SEMESTRAL

Componentes

DENUNCIA REALIZADAS POR LA POBLACION EN CASO DE AGENTES PERTURBADORES

NUMERO DE PERSONAS POR DENUNCIA ATENDIDAS

(TOTAL DENUNCIAS ATENDIDAS /TOTAL DE PERSONAS AUXILIADAS)

NUMERO

EFICICIA

TRIMESTRAL

INFORMACION ENTREGADA A LA POBLACION EN CASO DE AGENTES PERTURBADORES

PORCENTAJE ACCIONES PARA LA ENTREGA DE INFORMACION A LA POBLACION

(TOTAL DE ACCIONES REALIZADAS PARA LA ENTREGA DE INFORMACION A LA POBLACION/TOTAL DE ACCIONES PROGRAMADAS PARA LA ENTREGA DE INFORMACION A LA POBLACION)*100

NUMERO

EFICICIA

TRIMESTRAL

ACTIVIDAD 1.1.

ATENCIÓN DE AUXILIO EN CASO DE ALGÚN AGENTE PERTURBADOR

PORCENTAJE ATENCIONES DE AUXILIO A LA POBLACION

(TOTAL DE ATENCIONES DE AUXILIO SOLICITADAS/TOTAL DE ATENCIONES DE AUXILIO OTORGADAS)*100

NUMERO

EFICACIA

MENSUAL

ACTIVIDAD 2.1.

CAPACITACIÓN A LA POBLACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL

NUMERO DE CAPACITACIONES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL

(TOTAL DE CAPACITACIONES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL REALIZADAS/ TOTAL CAPACITACIONES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL PROGRAMADAS) *100

NUMERO

EFICICIA

TRIMESTRAL

ACTIVIDAD 2.2.

MATERIAL INFORMATIVO EN CASO DE ALGÚN AGENTE PERTURBADOR

PORCENTAJE DE MATERIAL INFORMATIVO ENTREGADO A LA POBLACION

( TOTAL DE MATERIAL INFORMATIVO ENTREGADO A LA POBLACION / TOTAL DE MATERIAL INFORMATIVO REALIZADO ) *100

NUMERO

EFICICIA

TRIMESTRAL

Page 22: PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 · 2020. 3. 5. · suelos, hundimiento regional, agrietamiento de suelos, flujos de lodo, entre otros; VII. AGENTES PERTURBADORES DE ORIGEN HIDROMETEOROLÓGICO:

21

PLAN OPERATIVO ANUAL 2020 DIRECCION DE PROTECCION CIVIL

VINCULACION OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓ N E INDICADORES

PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL.

OBJETIVO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE

EJE RECTOR

OBJETIVO EJE RECTOR

VERTIENTE

OBJETIVO VERTIENTE:

ESTRATEGIAS:

LÍNEAS DE ACCIÓ N:

INDICADORES