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1 PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 2017

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PLAN DE GESTIÓN DE LA

CONVIVENCIA ESCOLAR

2017

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Índice

1. DEFINICION Y POLITICA 1.1. Definición De Convivencia Escolar 1.2. Política De Convivencia Escolar 1.3. Objetivos Específicos a Nivel Nacional 2. DOCUMENTOS LEGALES ORIENTADORES 3. OBJETIVOS COLEGIO GEORGE CHAYTOR ENGLISH COLLEGE 3.1 Objetivos Generales 3.2 Objetivos Específicos 4. EQUIPO RESPONSABLE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR, SEGÚN LEY 20.536 4.1 EQUIPO DE TRABAJO 2017 4.2. Apoyos Por Ciclo 4.3. Perspectivas Como Equipo 4.4. Responsabilidades - Del Encargado de Convivencia Escolar - De los Apoyos por Ciclo - De los Padres y Apoderados - De los Docentes e Inspectorías 5. ACCIONES A IMPLEMENTAR

• Reuniones De Coordinación Programadas Al Comienzo Del Año Académico

• Establecer Un Horario De Atención De Los Miembros Del Comité

• Realizar Un Protocolo De Actuación - Medidas Educativas Y Disciplinarias En El Nivel De Educación Parvularia - Tipos Y Ponderaciones De Faltas Y Medidas Respectivas En La Educación Básica Y Media

• Realizar Talleres para Estudiantes, Reuniones De Apoderados Y Consejos De profesores Que Fomenten La Sana Convivencia Escolar

• Velar Por El Cumplimiento De Los Derechos De Los Miembros De La Comunidad Educativa.

• Efectuar Actividades Lúdicas Que Se Complementen Con El Curriculum, Orientadas En La Estimulación De La Sana Convivencia Escolar

• Formaciones y/o Capacitación De Monitores Que Favorezcan El Clima Escolar Positivo.

• Reconocimiento A Nivel Institucional De Los Estudiantes Que Aporten A La Sana Convivencia Escolar.

6. CONCEPTOS Y DEFINICIONES DE CONDUCTAS CONSTITUTIVAS DE FALTAS A. El clima escolar B. La convivencia escolar C. Maltrato escolar D. Agresividad E. Conflicto F. Violencia G. Acoso Escolar 7. PLAN DE TRABAJO ANUAL 1er y 2do semestre 2017 8. PROTOCOLOS

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1. DEFINICION Y POLITICA

El Ministerio de Educación tiene la misión de orientar las acciones educativas en función del desarrollo integral de los y las estudiantes, tanto en su crecimiento personal como en su inserción activa y participativa en la sociedad; en este contexto, la convivencia escolar adquiere especial relevancia, en tanto ejercita a los y las estudiantes en cómo vivir y relacionarse armónicamente con los demás en los diversos espacios de interacción.

1.1. Definición De Convivencia Escolar

La Ley sobre Violencia Escolar entiende la Buena Convivencia Escolar como “la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

La Convivencia Escolar se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

Tiene un enfoque eminentemente formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía. En la escolaridad, estos aprendizajes están establecidos tanto en los Objetivos Fundamentales Transversales como en los Objetivos Fundamentales Verticales.

En sí mismo, el enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que permitan formar personas autónomas, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo y no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar con anticipación.

1.2. Política De Convivencia Escolar

La Política de Convivencia Escolar, editada el año 2011, se afirma en 3 ejes esenciales:

· Tiene un enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con otros.

· Requiere de la participación y compromiso de toda la comunidad educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidades de cada actor y estamento.

· Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho y de responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la dignidad de todos y todas.

El Objetivo general de la política de Convivencia Escolar es orientar las acciones,

iniciativas y programas que promuevan y fomenten la comprensión y el desarrollo de una convivencia escolar inclusiva, participativa, solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, en un marco de equidad de género y con enfoque de derechos.

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1.3. De este objetivo general, se desprenden los siguientes Objetivos Específicos a Nivel Nacional:

1. Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la Convivencia Escolar en todo el sistema educativo, y resituarla como el componente central de la gestión institucional.

2. Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores propuestos en los Objetivos Transversales, como los aprendizajes básicos para el ejercicio de la Convivencia Escolar.

3. Promover el compromiso y la participación de la Comunidad Educativa, en la construcción de un proyecto institucional que tenga como componente central la Convivencia Escolar, y el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los actores.

4. Fomentar en todos los actores sociales y de la Comunidad Educativa, una comprensión compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia escolar, incluido el acoso sistemático o bullying, desde una perspectiva formativa.

5. Promover una comprensión formativa de la Convivencia Escolar en las estrategias y acciones preventivas que implementa el intersector u otras instituciones en las comunidades educativas.

2. DOCUMENTOS LEGALES ORIENTADORES

� Orientaciones para la revisión de los Reglamentos de Convivencia Escolar (NUEVO) � Ley 20609 de No Discriminación (NUEVO) � Ley sobre violencia escolar � Ley 20370 General de Educación � Normativa que regula los reglamentos internos de los establecimientos educacionales � Ley Nº 20.084 de responsabilidad penal adolescente � Ley Nº 20201 sobre necesidades educativas especiales de carácter transitorio

3. OBJETIVOS COLEGIO GEORGE CHAYTOR ENGLISH COLLEGE

3.1 Objetivos Generales:

� Favorecer el desarrollo de un ambiente escolar sano, fomentando un clima escolar positivo, dentro de un marco de respeto, equidad, solidaridad y compromiso entre los miembros de la comunidad educativa.

� Generar un plan de acción mediante actividades, según lo expuesto en el Reglamento de Convivencia Escolar, frente a diversas situaciones que puedan perjudicar el normal funcionamiento de la convivencia.

3.2 Objetivos Específicos:

� Potenciar el desarrollo moral de los niños y niñas de nuestro Colegio. � Facilitar la integración de los estudiantes de cada curso. � Potenciar el compañerismo y las relaciones interpersonales entre las jornadas escolares. � Contribuir al establecimiento de las relaciones fluidas con padres y apoderados,

haciéndolos partícipes en la formación de sus hijos. � Incentivar, en cada uno de los miembros de la comunidad educativa la toma de

conciencia, asumiendo roles, reflexionando y buscando soluciones respecto a la responsabilidad personal y colectiva en mantener la sana convivencia.

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4. EQUIPO RESPONSABLE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR, SEGÚN LEY 20.536

4.1 Equipo De Trabajo 2017:

NOMBRE

ESTAMENTO QUE REPRESENTA

Claudia Bascur Belmar Coordinadora de Convivencia Escolar

Laura Diez Lizana Encargada de Educación Parvularia

Viviana Villagrán Belmar

Claudia Ortiz Luengo

Encargada actividades de cursos 1° a 3°

Encargada actividades de cursos 4° a 5°

Paola Ríos Catalán Encargada actividades de cursos 6° a IV°

Sergio Cifuentes Chacón Inspector General

Claudia Godoy Pizarro Jasson Berly Zafiropulos

Benjamín Campos

Psicóloga

CCPP

CCAA

4.2. Apoyos Por Ciclo:

Claudia Molina Salamanca

Patricia Schebler

Apoyo Educación Parvularia

Inspectora de ciclo

Carla Hernández Toro

Marisel Quiroga

Apoyo a cursos 1° a 4° básico

Inspectora de ciclo

Soledad Riquelme Candia

Isaac Hermosilla Contreras

Apoyo a cursos 5° a IV° medio

Inspector de ciclo

Jorge Reinoso Elgueda Director

4.3. Perspectivas Como Equipo:

Nuestro proyecto educativo tiene como finalidad ofrecer un entorno educativo que posibilite la formación de personas íntegras, una enseñanza orientada al dominio del idioma inglés, el manejo de las tecnologías y la práctica del deporte. El George Chaytor English College cree en el valor de la libertad personal, en el desarrollo individual y social a través de la educación y respeta a las personas como seres igual en dignidad y derechos.

En relación a esto, el CBCE ha generado un plan de trabajo cuyo objetivo es crear y fortalecer un ambiente propicio para el aprendizaje y el adecuado crecimiento integral de sus estudiantes, dándole énfasis a los valores transversales pilares de la formación escolar en nuestro Colegio.

4.4. Responsabilidades:

- Del Encargado de Convivencia Escolar:

El encargado de Convivencia Escolar, ejecutará los acuerdos establecidos en el Reglamento de Convivencia, las funciones y responsabilidades serán:

� Implementar las medidas establecidas en el Reglamento de Convivencia. � Relacionarse con la comunidad educativa en temáticas de Convivencia Escolar.

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� Diseñar e implementar, en conjunto con la dirección del Colegio la conformación de equipos de trabajo y la estrategia de implementación del Plan de Acción.

� Informar a quien corresponda de los avances o dificultades en la implementación de los pasos a seguir.

� Velar por la prevención, con un enfoque formativo. � Mediar en los conflictos, e implementar criterios de abordaje e intervención. � Reportar al Consejo Escolar los casos tratados y los reincidentes.

- De los Apoyos por Ciclo:

Las personas encargadas por ciclo están en el cargo de forma voluntaria, cumpliendo a lo menos 45 minutos de horario establecido para poder apoyar y gestionar las siguientes actividades de colaboración al Encargado de Convivencia Escolar.

� Pesquisar casos de conflicto escolar o situaciones que ameriten intervención del Comité. � Entrevistas en primera instancia de aviso, derivación y detección de casos. � Organizar para sus niveles las actividades del año según el Plan de Convivencia Escolar.

- De los Padres y Apoderados:

La Convivencia Escolar se entiende, como un fenómeno social cotidiano, dinámico y complejo, que se expresa y construye en y desde la interacción que se vive entre distintos actores de la comunidad educativa, que comparten un espacio social que va creando y recreando la cultura escolar propia de ese establecimiento. Los padres deberán:

� Asumir el rol primario y protagónico en la responsabilidad por la formación y educación de sus hijos e hijas.

� Acompañar activamente el proceso formativo de sus hijos e hijas. � Conocer el proyecto Educativo Institucional de su comunidad educativa y reflexionar

sobre su contenido, objetivos y normativa en su ejecución e implementación.

- De los Docentes e Inspectorías:

Ellos son los que recibirán, la mayor parte del tiempo las denuncias de agresividad, conflictos, violencia o acoso escolar. Deben estar atentos, diligentes y comprometidos en la escucha y registro de toda la información que les llegue para que luego sea entregada y canalizada a quien corresponde tomando todas las acciones correspondientes. Los docentes e inspectores deberán:

� Crear en el aula un ambiente de trabajo respetuoso y solidario a través de una comunicación franca directa y afable con las y los estudiantes.

� Contribuir a establecer una sana convivencia entre las y los estudiantes y los demás miembros de la comunidad educativa, valorando las diferencias.

� Incorporar en las estrategias y actividades de enseñanza un sentido de trascendencia y de responsabilidad ética frente a la vida en sociedad.

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5. ACCIONES A IMPLEMENTAR

• Reuniones De Coordinación Programadas Al Comienzo Del Año Académico

Tienen por objetivo organizar las actividades a realizar, la supervisión de situaciones que afecten la sana convivencia escolar y la revisión de casos particulares. Las reuniones están programadas una vez al mes. Las fechas propuestas son:

21 DE MARZO 08 DE AGOSTO

18 DE ABRIL 24 DE OCTUBRE

23 DE MAYO 21 DE NOVIEMBRE

20 DE JUNIO

• Establecer Un Horario De Atención De Los Miembros Del Comité

Con la finalidad de que todos los miembros de la comunidad educativa tengan acceso a una entrevista con miembros del comité y puedan plantear inquietudes que surjan en lo cotidiano.

Los cargos de coordinación e inspectoría tienen tiempos de atención distintos al resto de los miembros del comité sujeto a horarios determinados en su carga horaria.

• Realizar Un Protocolo De Actuación

Para esto es importante contar con:

� Un espacio en la sala de profesores donde se coloque un mural con datos, esquemas y protocolos actualizados. (de tal manera que esté visible y al alcance de la mano)

� Un espacio en la página web del Colegio para entregar información por este medio a la Comunidad Educativa y Redes de Apoyo establecidas.

Además, se deben establecer medidas educativas y disciplinarias ante situaciones que vayan en desmedro de la Sana Convivencia Escolar acorde al reglamento interno y a lo que hoy establece el MINEDUC respecto a sanciones especiales. Algunos puntos principales son:

- MEDIDAS EDUCATIVAS Y DISCIPLINARIAS EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN PARVULARIA

Artículo 11. La Educación Prebásica tiene características particulares que ameritan una reglamentación especial.

1. Criterios: orientan la toma de decisiones y en este instancia se relacionan principalmente con:

a) Fijar límites

b) Comprender la situación en su contexto

c) Tomar medidas relacionadas con el desarrollo intencionado de habilidades personales y sociales que se centren en equilibrar la conducta del Estudiante, de tal manera que no sólo se reprima la conducta inapropiada.

d) El Colegio determina en el ejercicio de la libertad de enseñanza las conductas que considera faltas que perturban o impiden al Colegio cumplir con sus objetivos institucionales.

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2. Procedimiento

En caso que un estudiante incurra en una falta, se aplicarán los siguientes procedimientos:

a) Manejo de la situación por el Educador, Profesor u otro miembro responsable del Colegio. Debe siempre dejarse constancia escrita de lo sucedido en el Libro de Clase.

b) Dentro de las 24 horas siguientes de acaecido el hecho, o de haberse dejado constancia de él, se comunicará al Apoderado por escrito de lo ocurrido o bien se le citará a entrevista, la que quedará registrada en acta. El objetivo de la entrevista es prevenir tomando las medidas oportunas.

c) En la comunicación al Apoderado, se especificarán los hechos constitutivos de falta y la situación en que ocurrieron.

d) De la entrevista con el Apoderado se levantará acta y se dejará constancia de los hechos y circunstancias tratados por los participantes en ella, como de los acuerdos tomados.

TIPOS Y PONDERACIONES DE FALTAS Y MEDIDAS RESPECTIVAS EN LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA

Artículo 13. Tipos de faltas

a) Todo comportamiento de los estudiantes contrario a los Reglamentos y Normativas del Colegio, debe ser registrado por escrito en el Libro de Clases Digital, por la persona que lo observó o conoció de los hechos. El Inspector General, Profesor Jefe o Profesor de asignatura informará al Apoderado, a través de la agenda y por escrito, de la falta.

b) El Colegio determina cuáles son las conductas que se consideran faltas que perturban o impiden al Colegio cumplir con sus objetivos institucionales. Ellas se clasifican en tres niveles de acuerdo a su gravedad, en leves, graves y muy graves y se describen, a vía de ejemplo, en la tabla de ponderación que se adjunta como anexo.

c) A efectos de la graduación de las medidas correctivas formativas, se podrán considerar circunstancias que atenúan la responsabilidad:

� Reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de excusas y la reparación del daño producido ya sea físico o moral.

� La falta de intencionalidad. � El carácter ocasional de la conducta. � Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.

A los mismos efectos, se podrán considerar circunstancias que agraven la responsabilidad:

� La premeditación. � La reiteración. � La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva que dañe los

derechos de los demás miembros de la comunidad educativa. � La alarma provocada en la comunidad escolar causadas por las conductas

perturbadoras de la convivencia, con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno.

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Artículo 14. FALTAS LEVES, son aquellas actitudes y comportamientos que alteran la

convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso del celular en clases, no entrar a tiempo a la sala de

clases, quitarle la pelota o los juegos a los más pequeños, etc. (MINEDUC.)

Constituyen faltas leves, entre otras, las siguientes:

a) Asistir a las actividades escolares sin el uniforme del Colegio, o vistiéndolo en forma incorrecta o incompleta por más de tres ocasiones en el semestre.

b) El no presentar su pase de atraso al inicio de la clase. c) Usar en la sala elementos distractores para el normal desarrollo de las clases, tales como

radios, revistas, mp4, mp3, iPod, radios, entre otros. d) Presentarse sin útiles de trabajo para la clase (libros, cuadernos, delantal de laboratorio,

u otros solicitados expresamente). e) Presentarse sin justificativo a clases, por inasistencia u otra causal. Comunicaciones o

documentos, sin firmas de parte del apoderado. f) Entorpecer el desarrollo normal de la clase (ruidos molestos, conversaciones reiteradas,

risotadas, pararse sin razón justificada, lanzar papeles, etc.). g) Concurrir a la clase sin tareas. h) Presentarse sin agenda escolar. i) Llegar atrasado a una hora de clases dentro de la jornada, es decir, mantenerse en

recreo sin acudir al inicio puntual de los períodos de clases. j) Utilizar lenguaje grosero y actitudes groseras. k) No cuidar el mobiliario o material del Colegio (rayar mesas, paredes, sillas, dañar

cortinas, etc.).

Artículo 15. Medidas remediales- formativas para las faltas leves: Quien la(s) cometa recibirá

alguna(s) de las siguientes medidas:

a) Amonestación verbal. b) Amonestación escrita. Todas estas faltas se registrarán en la hoja de vida del estudiante,

especificando el tipo de falta. c) Información escrita al apoderado a través de la agenda escolar.

Estas medidas las aplica la Inspectoría respectiva, el Profesor Jefe u otro Profesor.

El Profesor Jefe informará al estudiante sobre si su hoja de vida presenta anotaciones. Esto lo

realizará al menos una vez al mes si lo amerita. El Profesor Jefe derivará a Inspectoría los casos

que sean pertinentes.

Artículo 16. FALTAS GRAVES, actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos: dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación, falsear o corregir calificaciones, etc. (MINEDUC.)

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Constituyen Faltas Graves, entre otras las siguientes:

a) Agredir verbalmente a sus compañeros o a cualquier integrante de la comunidad. b) Agredir físicamente, a sus compañeros o a cualquier integrante de la comunidad. c) Faltar el respeto a alumnos, docentes, apoderados, funcionarios, administrativos o

asistentes, ya sea alzándoles la voz, decir improperios, dar portazos, hacer gestos groseros, o amenazantes o cualquier otra conducta equivalente.

d) Salir de la sala durante el desarrollo de clases, sin autorización del Profesor. e) Molestar y/o provocar daño físico y/o psicológico a cualquier miembro de la comunidad. f) Dañar y/o destruir mobiliario(s) de la sala de clases y/o dependencias del Colegio: rayar

bancos, paredes, cortinas, sillas, destrozos de baños, computadores, etc. g) Fumar o beber en su entorno, considerando el entorno con un radio de 100 m

aproximadamente portando el buzo o el uniforme del Colegio. h) No presentar justificativo por inasistencia en más de tres ocasiones. i) Entorpecer el desarrollo de la clase en forma reiterada (ruidos molestos, conversaciones

reiteradas, risotadas, pararse sin razón justificada, lanzar papeles, etc.). j) Utilizar teléfono celular, mp3, iphone, u otros objetos en clases en forma reiterada y

en actividades oficiales ( actos, presentaciones, ) k) Obtener información en cualquier forma fraudulenta para responder una prueba o

evaluaciones escritas u orales. l) Inasistencias reiteradas a las pruebas u otros tipos de evaluaciones sin justificativo

médico oportuno. m) Presentar una actitud y vocabulario grosero, en forma reiterada. n) No asistir al Colegio sin conocimiento de su apoderado. o) Atentar contra la sana convivencia con actos tales como “despedidas”, “bromas

colectivas” por nivel que incluyan listas negras, rayados, guerras de agua, o cualquier forma de agresión a otros estudiantes o miembros de la comunidad escolar, etc.

Artículo 17. Medidas remediales-formativas para las faltas graves: Quien la(s) cometa recibirá

alguna(s) de las siguientes medidas:

a) Deberá asistir al Colegio uno o más días a convenir, dependiendo de la gravedad de la falta, a realizar servicio comunitario y/o pedagógico, previa conversación y acuerdo con el apoderado. Si el alumno faltase ese día acordado, deberá asistir el día lunes siguiente junto a su apoderado y presentarse a Inspectoría de ciclo a justificar la ausencia. En ese momento se determinará cuándo cumplirá nuevamente la sanción.

b) Retiro de objeto personal (celular, mp3 u otro) y entrega al apoderado por parte de Inspectoría General.

c) Carta compromiso y/o Condicionalidad de matrícula por un período semestral o anual, previo acuerdo del Consejo General. Al término de este periodo, el Consejo de Profesores, re evaluará su comportamiento y, si no existe un cambio conductual, se propondría a la Dirección la cancelación de la matrícula para el siguiente año escolar.

Artículo 18. FALTAS MUY GRAVES, actitudes y comportamientos que atenten contra la

integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, que constituyen

un menosprecio por la dignidad de compañeros o integrantes de la comunidad educativa,

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agresiones y acoso sostenidos en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplo, robos,

abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso escolar entre otros.

Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento

reiterado, realizada por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de

otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del

alumno o alumna afectada (o), que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado

temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier

otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.1

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por

cualquier medio en contra de un estudiante integrante del Colegio, realizada por quien detente

una posición de autoridad, sea Director, Profesor, Asistente de la Educación u Otro, así como

también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un alumno

o alumna del establecimiento.2

Los integrantes de la comunidad educativa, están obligados a informar las situaciones de

violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro del

establecimiento de las cuales tomen conocimiento.

Constituyen faltas Muy Graves, entre otras:

a) Burlarse reiteradamente, abusando de una posición de dominio o de poder de un estudiante sobre otro o de cualquier miembro de la comunidad educativa

b) Ofender, intimidar o realizar actos de discriminación en contra de otros estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa, por su condición social, religión, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, apariencia física, discapacidad o cualquier otra circunstancia.

c) Ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un alumno o alumna o cualquier otro integrante de la comunidad escolar, a través de redes sociales o internet. Haciendo uso de estos medios para exhibir o difundir cualquiera de estas conductas o imágenes ya sea mediante chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, Facebook, teléfonos y cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

d) Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean constitutivos de delito

e) Abandonar el Colegio sin autorización del Inspector General, durante las actividades académicas o extraprogramáticas.

f) Acceder en cualquier forma fraudulenta a información para resolver o responder evaluaciones.

g) Acceder sin autorización y en forma fraudulenta a los sistemas informáticos del Colegio, ya sea en el ámbito académico o de gestión administrativa, se encuentren estos registrados o almacenados físicamente en documentos o en forma virtual.

h) Acceder a páginas impropias o de contenido pornográfico, en Internet, en equipos, instalaciones, laboratorios o red Wifi del Colegio.

1 Artículo de la Ley Nº 20.536, sobre Violencia Escolar 2 Artículo de la Ley Nº 20.536, sobre Violencia Escolar

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i) Conductas reñidas con aspectos éticos del trabajo académico, tales como copias, plagio en los trabajos e investigaciones, no utilización de citas académicas, en las evaluaciones y cualquier otro trabajo escolar.

j) La ingesta de bebidas alcohólicas, porte y consumo de drogas, en cualquier dependencia del Colegio y/o durante actividades extracurriculares, giras de estudio.

k) El porte tenencia o uso de cadenas, cuchillos, todo tipo de elemento cortante, punzante o contundente, o cualquier otro objeto peligroso que sea, o pueda ser, considerado como un arma que pueda atentar contra la seguridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

l) Hacer destrozos graves en el Colegio. m) Contravenir disposiciones expresas del reglamento de actividades especiales de curso y

de representación del Colegio. n) Agredir verbalmente o físicamente a cualquier miembro de la unidad educativa (pares,

funcionarios, administrativos, auxiliares, profesores). o) Presentarse a clases o a alguna actividad curricular o extracurricular con hálito

alcohólico. p) Romper o quitar útiles y tareas a compañeros en forma agresiva.

Artículo 19. Medidas remediales- formativas para las faltas Muy Graves: Quien la(s) cometa

recibirá alguna(s) de las siguientes medidas:

a) Informar al Colegio de la situación (en caso de salida a terreno o de actividades realizadas fuera del establecimiento)

b) Anotación en el Libro de Clases, agregando la categoría de la falta. c) Informar al apoderado. d) Suspensión de clases: desde uno a tres días, con trabajo dirigido y control de asistencia

en el Colegio. e) Suspensión de actividades especiales: competencias deportivas, paseo de curso,

Licenciatura, Giras de Estudio, entre otras que el Colegio disponga. f) Suspensión temporal: Se refiere a la separación del alumno de toda actividad académica

o extracurricular, por un período que va de 1 a 10 días. La gradualidad de la sanción está sujeta al análisis del contexto y del caso. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno.

g) Cambio de Curso, como una forma de contribuir a disminuir el los conflictos y el contacto entre los involucrados.

h) Condicionalidad: Es aquella medida que condiciona la permanencia del alumno y/o alumna que han incurrido en infracciones graves o muy graves.

i) Cancelación de matrícula: Consiste en la separación total del alumno del establecimiento educacional, quedando inhabilitado para volver de manera definitiva. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado.

Artículo 20. Instancias de decisión para la aplicación de medidas

a) Para faltas Leves y Graves son, el Profesor involucrado y/o el Inspector, la instancia de decisión con respecto a las medidas a aplicar. La decisión correspondiente debe ser informada al respectivo Profesor Jefe de Curso. El Profesor Jefe puede aprobar la medida

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o, si así lo considera, solicitar a Dirección, un Consejo de Profesores de Curso para resolver al respecto.

b) En el caso de faltas muy graves, es el Profesor Jefe de Curso o de Asignatura que conociere de los hechos, en conjunto con Inspectoría General o El Coordinadora respectivo, quienes aplicarán las medidas que correspondan, de acuerdo al reglamento.

c) En el caso de la aplicación de medidas que impliquen la condicionalidad de matrícula o la cancelación de la misma, será el Consejo de Profesores del Curso, convocado para este fin por el Profesor Jefe de Curso y el Director, quien resuelve acerca de la medida que resulte pertinente aplicar. Previo a ello, la dirección, Coordinación, el Profesor Jefe y un integrante del Área Psicopedagógica del Colegio pueden reunirse con el Alumno (a) y su Apoderado con el fin de reunir información para dicho Consejo. El Consejo de Profesores de Curso, está conformado por todos los profesores (as) que imparten o impartieron clases al Alumno (a) afectado durante el año escolar en curso en el momento de ocurrido el hecho, un integrante del Área Psicopedagógica del Colegio, Coordinador de Ciclo y/o de Convivencia Escolar e Inspector General.

d) En el Consejo tienen derecho a voto, solo los profesores que imparten clases al estudiante implicado; el resto tiene derecho a voz. Las decisiones se tomarán por simple mayoría. En caso de empate en las votaciones, el voto dirimente es del Profesor Jefe de Curso. La Dirección del Colegio podrá invitar a otros profesores a que participen de dicha reunión, quienes lo harán solo con derecho a voz.

e) El Consejo de Profesores es presidido por la Dirección. En los casos de plantearse la sanción de condicionalidad, de cancelación de matrícula o de exclusión del Alumno (a), la presidencia del Consejo la asume el Coordinador de Convivencia Escolar.

f) Consejo de Profesores de Curso puede siempre solicitar la evaluación y/o tratamiento de un estudiante por un profesional externo con el objeto de apoyar el proceso de avance del estudiante.

g) En caso de que el estudiante incurra nuevamente en una falta, o no cumpla con las obligaciones establecidas en los informes o con los tratamientos prescritos, el Profesor Jefe de Curso y el Director citará al Consejo con el fin de evaluar la aplicación de medidas disciplinarias adicionales.

Artículo 21. Comité Convivencia Escolar.

a) Este Comité tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo, promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos.

b) El Comité de Convivencia Escolar está formado por un Profesor elegido anualmente en el Consejo de Profesores, por Inspectoría General, la Coordinación de Convivencia Escolar y el Coordinador del Ciclo respectivo. El Coordinador del ciclo al que pertenece el alumno participa en él con derecho a voz. En el caso de que uno los miembros de la Comisión esté directamente implicado en el hecho investigado o si el Profesor ha participado en el Consejo de Profesores respectivo, se deberá abstener de participar.

c) Si se así lo solicitaren, la Comisión escuchará al estudiante y a su Apoderado quienes podrán aportar los antecedentes que estimen convenientes con miras a determinar su participación y responsabilidad del hecho que motiva la sanción propuesta.

d) En todos los casos en que el Consejo de Profesores de Curso solicite una condicionalidad de matrícula por un período igual o superior a un semestre lectivo, una cancelación de matrícula o una exclusión de un estudiante, los antecedentes deberán ser comunicados al Comité para su conocimiento, pronunciándose sebre el cumplimiento de los

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procedimientos que contempla el Reglamento, el respeto a las garantías que este señala y a la existencia de variada evidencia sobre los hechos.

e) Artículo 22. Medidas Formativas y disciplinarias: El Colegio George Chaytor asume que “se puede aprender y enseñar a convivir con los demás, a través de la propia experiencia de vínculo con otras personas. La Convivencia Escolar es un aprendizaje comprendido en el currículum y, en tal categoría, posee una intencionalidad pedagógica que está asociada a los objetivos de aprendizajes que se deben identificar, planificar y evaluar como cualquier otro aprendizaje indicado en el currículum nacional”3

Entre las medidas educativas-formativas se cuentan:

a) El consejo y la amonestación verbal al estudiante, en un contexto reflexivo y evaluación de la situación y conductas desarrolladas. De ambas circunstancias se dejará constancia en la Hoja de Vida del Alumno (a).

b) La conversación personal con el Alumno (a) y/o su Apoderado. De ambas circunstancias se dejará constancia en la Hoja de Vida del Alumno (a) además, en la hoja de entrevista.

c) La solicitud de escusas al afectado. d) La reparación del daño provocado. e) La suscripción por parte del Alumno y/o del Apoderado de un documento denominado

“Carta de Compromiso” en que se establecen los acuerdos para el mejoramiento o la exclusión del comportamiento que se reprocha y las consecuencias del incumplimiento del mismo.

f) En caso de ser necesario, se derivará al Alumno al Área Psicopedagógica del Colegio para que evalúe la situación. El Colegio podrá solicitar informes adicionales de otros especialistas externos los que serán de costo del Apoderado. En caso de que no se cumpla con las obligaciones establecidas en los informes, con lo prescrito o los acuerdos adoptados, se podrá citar a Consejo de Profesores de Curso a fin de que resuelva acerca de la adopción de las medidas disciplinarias que estime del caso.

g) Cambio de curso, como una forma de contribuir o disminuir los conflictos y el contacto entre los involucrados.

Artículo 23. Se podrán imponer las siguientes medidas:

a) Amonestación verbal: Es el llamado de atención que hace el Profesor de Asignatura, Profesor Jefe o Directivo ante alguna infracción de carácter leve. Se deja constancia de ella en Libro de Clases, sin calificación de la falta.

b) Amonestación escrita: Es la censura realizada por el Profesor, de Asignatura, Profesor Jefe directivo docente o dirección del Colegio frente a la reiteración de alguna conducta que merezca reproche. Siempre será registrada en el Libro de Clases con una notificación y/o citación del apoderado del alumno o alumna.

c) Asistencia extraordinaria: Es la asistencia obligada del alumno, a actividades académicas o de trabajo en biblioteca, en jornada alterna para reparar lo dañado, en labores de limpieza cuando corresponda.

d) Suspensión de clases: desde uno a tres días, con trabajo dirigido y control de asistencia en el Colegio.

e) Suspensión de actividades especiales: competencias deportivas paseo de curso, Licenciatura, Gira de Estudios, entre otras que el Colegio disponga.

3 Política Nacional de Convivencia Escolar, 2015-2018 MINEDUC.

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f) Suspensión temporal: Se refiere a la separación del alumno de toda actividad académica o extracurricular, por un período que va de 1 a 10 días. La gradualidad de la sanción está sujeta al análisis del contexto y del caso. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno.

g) Condicionalidad de matrícula: Es aquella sanción que condiciona la permanencia del alumno y/o alumna que han incurrido en infracciones graves o muy graves.

h) Cancelación de matrícula: Consiste en la separación total del alumno del establecimiento educacional, quedando inhabilitado para volver de manera definitiva. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado.

Artículo 24. Las medidas disciplinarias tienen por objetivo mantener el orden dentro del Colegio, generar un proceso de reflexión por parte del estudiante, en la perspectiva de superar aquellas conductas disruptivas que alteran la convivencia escolar y dificultan los aprendizajes escolares. Ellas son las siguientes:

Ante faltas leves y graves:

a) La amonestación escrita del estudiante mediante su anotación en el Libro de Clases Digital (LEC) por parte del Profesor correspondiente.

b) La citación del Apoderado. c) La imposición de deberes al estudiante. d) La citación del estudiante al Colegio, fuera del horario de clases para la realización de las

actividades que el Profesor Jefe, el Profesor de Asignatura y/o el Inspector le puedan asignar, en las fechas y horas que el Colegio determine.

Ante faltas muy graves:

a) La suspensión de asistencia a clases por el plazo máximo de una semana y/o de otras actividades escolares tales como actividades extraprogramáticas (por ejemplo, viajes de estudio, paseos, etc.) u otras, determinadas por el Consejo de Profesores de Curso.

El Alumno (a) que es suspendido de clases, debe cumplir durante la vigencia de la medida, con las condiciones establecidas por el Consejo de Profesores de Curso y la Dirección.

De estas medidas, el Apoderado podrá solicitar su reconsideración por escrito al Director (a) en un plazo de tres (3) días hábiles, desde la recepción de la notificación de la medida. El Director (a) resolverá la solicitud de reconsideración conjuntamente con el Profesor Jefe de Curso y comunicará en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, la respuesta al Apoderado del estudiante afectado.

El Consejo de Profesores puede acordar que se le suspenda de clases regulares y actividades escolares. En este caso el estudiante deberá presentarse, en los plazos y horarios que determine la Coordinación respectiva, para dar cumplimiento a las instancias evaluativas. Será de exclusiva responsabilidad del estudiante prepararse para dichas evaluaciones.

b) Condicionalidad de matrícula: El Profesor Jefe presentando los antecedentes al Consejo de Profesores, solicita la aplicación de la medida. La solicitud debe ser fundada, es decir, se deben esgrimir las razones que la avalan y presentar evidencia variada de la intervención ante la situación que afecta al estudiante. Esta evidencia debe necesariamente contener, a modo ejemplar, entrevistas al estudiante, a los apoderados, realizadas en tiempo y forma, intervenciones de Convivencia Escolar, Equipo Psicopedagógico, etc.

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Ante la ocurrencia de una falta muy grave o la acumulación de 4 faltas graves, el Colegio puede acordar la condicionalidad de la matrícula del estudiante.

La condicionalidad de matrícula aplicada por el Consejo de Profesores de Curso, podrá ser apelada por el Apoderado ante el Comité de Convivencia Escolar. Las apelaciones deberán ser presentadas por escrito en el plazo de 5 días hábiles desde la recepción de la notificación de la medida. Lo resuelto por la Comisión deberá ser visado por la Dirección del Colegio.

c) Cancelación de Matrícula: Ante la reiteración en la comisión de faltas graves, existiendo condicionalidad previa de matrícula, el Consejo de Profesores de Curso puede solicitar la cancelación de matrícula a la Dirección del Colegio.

Artículo 25. La Dirección se pronunciará sobre la solicitud de condicionalidad o de cancelación de matrícula planteada por el Consejo de Profesores, revisando los fundamentos y evidencia que se le presente. En el evento de que no hayan respetado los procedimientos o no existieren los fundamentos o la evidencia requerida, el Director rechazará la petición de condicionalidad o cancelación de matrícula.

En caso de aprobarse la medida de cancelación de matrícula, el Director informará de la medida en forma escrita al Apoderado.

Artículo 26. Solo en casos de conductas muy graves que pongan en riesgo la seguridad e integridad de los estudiantes o de cualquier integrante de la comunidad educativa, se podrá imponer la medida de cancelación de matrícula en cualquier momento del año escolar.

Artículo 27. Durante el proceso de cualquiera de las instancias mencionadas, el estudiante y su Apoderado podrán presentar por escrito los antecedentes que pretenden establecer su participación en los o las circunstancias atenuantes de su responsabilidad.

Artículo 28. Los padres y apoderados de los estudiantes que se encuentran afectos a la medida de condicionalidad de su matrícula, serán citados, a lo menos, una vez al mes por el Profesor Jefe, a objeto de informarle de la situación del estudiante.

Artículo 29. De las entrevistas siempre deberá levantarse acta de lo tratado y de los acuerdos alcanzados y sugerencias propuestas, debiendo ser firmadas por los apoderados y quienes hayan asistido por el Colegio.

Sin embargo, los padres de los estudiantes con condicionalidad de matrícula, si no son citados, deberán solicitar entrevista con el Profesor Jefe con el objeto de conocer de la situación conductual de su hijo. De no obtener entrevista debe comunicarse esta situación al Coordinador de Convivencia Escolar.

Artículo 30. El otorgamiento reiterado de condicionalidad de matrícula durante la trayectoria escolar del estudiante, puede ser causal de cancelación de su matrícula o de su exclusión del Colegio.

Artículo 31. Las medidas disciplinarias antes dichas, serán puestas en conocimiento del comité de Convivencia Escolar, la que decidirá sobre su aplicación, pudiendo aprobarlas o ponerle al Consejo de profesores la aplicación de otras medidas.

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Artículo 32. Apelación de la Cancelación de Matrícula o Exclusión

a) El Apoderado del estudiante afectado tendrá el derecho de apelar de la cancelación de matrícula o exclusión ante el Director del Colegio, lo que deberá hacer por escrito en el plazo de cinco (5) días hábiles desde la recepción de la notificación de la medida.

b) El Director dará a conocer la resolución definitiva, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. Contra la resolución de Dirección, no procederá recurso alguno.

c) Si la Dirección no ratifica la cancelación de matrícula o la exclusión del estudiante, el Consejo de Profesores de Curso, deberá determinar la aplicación de medidas disciplinarias alternativas.

Artículo 33. Procedimientos para enfrentar problemáticas especiales

Situaciones relacionadas con conductas de riesgo: las conductas de riesgo se refieren a aquellas que conllevan un daño a sí mismo y/o a terceros.

a) En caso de sospecha de conducta de riesgo, la Coordinación de Convivencia en conjunto con el Profesor Jefe, citará al Alumno (a) junto con sus padres y/o Apoderado, para transmitirles la información existente, y si es necesario, acordar con ellos medidas de manejo o contención de la situación.

b) En caso de evidencia de la existencia de conducta de riesgo, previa información a los padres y/o Apoderado del estudiante, el Colegio solicitará la derivación a un especialista externo, lo que será de costo del Apoderado, estableciendo un plazo máximo para la primera entrevista con el mismo de quince (15) días. Se exigirá una entrega periódica de información sobre el avance del tratamiento al especialista del Colegio.

c) En caso de que no se cumpla con la obligación de emisión de los informes, la observancia de los tratamientos prescritos o de los acuerdos tomados, el Director y Profesor Jefe podrán citar a Consejo de Profesores de Curso, a fin de que resuelva acerca de las medidas a aplicar.

d) El Colegio se reserva en cada caso, el derecho de analizar si está en condiciones de responder a las indicaciones señaladas por el especialista externo. En caso de tener que declarar su incompetencia o imposibilidad de cumplir con las indicaciones del especialista, lo comunicará a los padres y/o Apoderado a la brevedad.

e) Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, el Colegio puede aplicar en cualquiera de tales situaciones las disposiciones sobre medidas disciplinarias contempladas en el párrafo IV “Tipos y ponderaciones de faltas y medidas respectivas en la Educación Básica y Media” de este Reglamento.

6. CONCEPTOS Y DEFINICIONES DE CONDUCTAS CONSTITUTIVAS DE FALTAS

Se entenderá por:

A. El clima escolar:

Es el contexto o ambiente en el que se producen las interrelaciones, la enseñanza y los aprendizajes en el espacio escolar; está determinado por una serie de condiciones necesarias para la apropiación de los conocimientos, habilidades y actitudes establecidas en el currículum y posibilita -o dificulta- el aprendizaje, no solo de cómo convivir con otros y otras, sino, también, de los contenidos y objetivos de aprendizaje de las diversas asignaturas.

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Mientras más organizado sea el entorno, con mayor claridad, aceptación y consistencia en las normas, con docentes (y adultos en general) que cultivan altas expectativas respecto de sus estudiantes, con modos de relacionarse colaborativos y respetuosos, entre otros factores, más favorable será el ambiente para enseñar y para aprender. Entre las condiciones que permiten establecer un clima escolar que promueva los aprendizajes, se cuentan:

- Las normas, tanto dentro como fuera del aula, deben ser claras, conocidas, con sentido formativo y ajustado a derecho, entre otras características.

- Las rutinas institucionales.

- La planificación de las clases.

- La organización de los diversos espacios formativos.

- Los modos en que los y las docentes se relacionan con los estudiantes y las formas en que interactúan los diversos miembros de la comunidad educativa, entre otros aspectos.

B. La convivencia escolar:

Es un aprendizaje que forma para la vida en sociedad, es decir, es una dimensión fundamental de la formación ciudadana, que apunta al desarrollo de mujeres y hombres libres, sensibles, solidarios y socialmente responsables en el ejercicio de la ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia, capaces de respetar a las personas y al medio ambiente, de manera que puedan iniciarse en la tarea de participar, incidir y mejorar la vida de su grupo, su comunidad y su país.

Supone el aprendizaje de conocimientos, habilidades y actitudes, que están establecidos en el currículum, tanto en los Objetivos de Aprendizaje Transversales (Bases Curriculares) como en los Objetivos Fundamentales Transversales (Marco Curricular), así como en los Objetivos de Aprendizaje de las diversas asignaturas.

Si bien gran parte de los aprendizajes se juegan al interior del aula, la convivencia escolar, por su propia naturaleza de interacción con otros, se desarrolla también fuera de ella:

- En las actividades en laboratorios y talleres.

- En los patios, gimnasios, casinos y bibliotecas.

- En las salidas a terreno.

- En las giras de estudio y paseos escolares.

- En los actos y ritos ceremoniales.

- En los eventos y actividades deportivas.

- En las instancias de participación (consejo de curso, reuniones de padres, madres y apoderados, etc.).

Estos espacios no siempre son reconocidos como instancias y oportunidades de aprendizaje, pero en ellos se producen interacciones sociales y vinculaciones distintas a las que se producen al interior del aula, y que pueden transformarse en una buena oportunidad de poner en práctica los aprendizajes en convivencia, y/o de implementar nuevos contenidos, por lo que es importante intencionar y gestionar las condiciones necesarias para promover la formación en convivencia escolar.

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C. Maltrato escolar:

Se entenderá por maltrato escolar cualquier agresión u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar que se cometa, siempre que pueda:

• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. Crear un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la unidad educativa.

• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

D. Agresividad:

Corresponde a un comportamiento defensivo natural, es una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. Es una condición natural de las personas, por lo que los impulsos agresivos no deben ser suprimidos, sino modulados, orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la autoformación.

E. Conflicto:

Involucra a dos o más personas que están en oposición o desacuerdo debido a intereses diferentes. Es un hecho social. Debe ser abordado y resuelto, no ignorado, y para ello existen mecanismos como la mediación, la negociación y el arbitraje.

F. Violencia:

Es un comportamiento ilegítimo que implica el uso y abuso de poder o la fuerza de una o más personas en contra de otra/s y/o sus bienes. Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser erradicada mediante prácticas formativas, solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la convivencia social.

G. Acoso Escolar:

Es una forma de violencia que tiene tres características que lo define y lo diferencia de otras Expresiones de violencia:

- Se produce entre pares.

- Es reiterado en el tiempo.

- Existe asimetría de poder entre las partes, es decir, una de ellas tiene más poder que la otra.

Este poder puede ser físico o psicológico. Es una de las expresiones más graves de violencia en el ámbito escolar y requiere ser abordada de manera decidida y oportuna.

Al respecto, es importante señalar que la agresividad no implica necesariamente un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o transformarse en violencia; del mismo modo, un

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conflicto no es sinónimo de violencia, pero, cuando es mal abordado o no es resuelto en forma oportuna, también puede derivar en situaciones de violencia.

Ahora bien, el término acoso escolar o bullying suele ser utilizado para denotar variadas situaciones, que no necesariamente se refieren a este tipo de violencia; es importante tener claro, por tanto, que:

• NO es acoso escolar:

• Un conflicto de intereses o desacuerdo entre personas.

• Las peleas entre personas que están en igualdad de condiciones, aunque sean reiteradas en el tiempo.

• Una pelea ocasional entre dos o más personas.

• Las agresiones de adulto a estudiante, ya que esto constituye maltrato infantil.

7. PLAN DE TRABAJO ANUAL

Como Comité de Convivencia Escolar tenemos las siguientes actividades a realizar durante el año.

1. Realizar Talleres para Estudiantes, Reuniones De Apoderados Y Consejos De profesores Que Fomenten La Sana Convivencia Escolar

Esto implica, entre otras cosas: � Charlas PDI y OS7 (Estrategias de Prevención y Autocuidado de drogas y alcohol) � Charlas Brigada de Delitos Sexuales. � Orientaciones y exposición de temas respecto a la Convivencia Escolar para docentes

(couching) � Reuniones a principio de año con Profesores Jefes 2017. (delimitar sus funciones,

deberes del cargo, estrategias) 2. Velar Por El Cumplimiento De Los Derechos De Los Miembros De La Comunidad Educativa. Esto implica, entre otras cosas:

� Asumir los deberes que se deben cumplir para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos.

� Entender que los deberes actúan como correlato de los derechos, por lo tanto son obligatorios para que estos se cumplan, pero no son una condición para su ejercicio.

� Ambos, deberes y derechos se fundamentan en la dignidad humana. Sin embargo, los deberes no son un fin en sí mismo, son de carácter instrumental a fin de garantizar aquello que estimamos valioso: la dignidad humana.

3. Efectuar Actividades Lúdicas Que Se Complementen Con El Curriculum, Orientadas En La Estimulación De La Sana Convivencia Escolar.

Esto implica, entre otras cosas: � Charlas. � Exposiciones. � Talleres.

4. Formaciones y/o Capacitación De Monitores Que Favorezcan El Clima Escolar Positivo.

� Para Apoderados. � Para Profesores. � Para Estudiantes.

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5. Reconocimiento A Nivel Institucional De Los Estudiantes Que Aporten A La Sana Convivencia Escolar.

� En actos de transversalidad. � Talleres por cursos, de manera individual y colectiva. � En Educación Parvularia, se propone reconocer en sala al curso en general destacando

un estudiante o varios, según lo acuerden en el nivel y sea significativo para la edad. � En básica (1° a 6°) se propone reconocer al curso en los actos en que participen estos

niveles. � En media (5° a IV) se propone reconocer al curso en los actos en que participen estos

niveles.

A modo más específico tenemos las siguientes actividades:

1er y 2do semestre 2017

OBJETIVOS FECHA ACTIVIDAD RESPONSABLE EVALUACIÓN

1. Dar a conocer al equipo docente el Plan de Gestión de Convivencia Escolar.

marzo Cada docente recibe la información de la planificación del año de las actividades prioritarias.

Entregar folletos de inicio al año escolar.

Recepción a estudiantes nuevos.

Dirección

Comité de Convivencia Escolar

Retroalimentar al

término de la

actividad.

2. Dar a conocer a los estudiantes las normas de CE en su agenda, publicarlas en la web y en el hall de entrada

marzo

(reforzar durante el año)

Lectura de normativas y comentarios sobre ella en consejos de curso.

Trabajos y comentarios grupales.

Trabajo con directivas de curso.

Profesores Jefes.

Equipo de CE.

Retroalimentar al término de la actividad

3. Favorecer la integración y convivencia de los estudiantes de todos los niveles.

1er y 2do semestre Jornadas de charlas y reflexión con personal externo e interno.

Planificación de temas por niveles para tratar en Consejos de Curso.

Videos motivacionales, trabajos con dinámicas grupales.

PDI.

Personal externo.

Comité de CE

Profesores Jefes.

Evaluación escrita (registros) de la actividad

4. Fortalecer el rol formador e integral de la familia y desarrollar encuentros de diálogo en las reuniones de padres.

1er semestre

Revisar con PPT y pautas de reunión el PEI, misión visión, reglamento de convivencia, equipos de gestión.

Entrevistas mensuales con los padres y apoderados.

Profesores Jefes Actas de apoderados.

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Entrevistas con especialistas externos que atienden a los estudiantes con NEEP y NEET

5. Vivenciar como comunidad educativa la importancia de la sana convivencia escolar en el Colegio.

abril Elaboración de afiches y murales.

Actividades integradas con distintos niveles.

- Tizada LIDE-PORTAL TEMUCO

- Concursos de:

Dibujo, poesía, cortos, fotografía, entre otros.

Desayuno escolar para celebrar el día de la convivencia escolar.

Asados y almuerzos de camaradería con cursos que se han destacado por aspectos académicos, disciplinarios y de Convivencia.

Profesores Jefes

Comité de CE.

Registros.

Fotografías.

6. Generar espacios de reflexión y autocrítica frente a temas de Convivencia Escolar.

1er y 2do semestre Obras de teatro por niveles (especialmente 7mo a IV medio)

Concurso de cortos

(movie maker u otro programa)

Comité de CE

Registros.

Fotografías.

7. Prevención frente a situaciones de violencia, agresividad, conflictos o acoso escolar.

Fomentar el buen uso del tiempo libre de los estudiantes.

Recreos diferidos, respetuoso.

Turnos de patio efectivos.

Juegos en los patios para diferentes niveles.

Profesores Jefes.

Inspectoría.

8. Fortalecer la capacidad de trabajo en equipo en un ambiente de colaboración y respeto mutuo.

1er Y 2dosemestre Campañas solidarias, visitas a hogares, actividades de acción social.

Profesores Jefes y de Asignatura (articulación)

Registros.

Fotografías.

9. Fomentar la prevención de adicciones en niveles de 7° a IV medio.

2do semestre Actividades en que se problematicen consumos de drogas y alcohol. Sus consecuencias y políticas del Colegio.

Personal externo Cuadrante 10 de Carabineros

Psicóloga

Registros.

Fotografías.

10. Propiciar espacios de autocuidado frente a situaciones de acoso escolar, violencia, agresiones o conflictos

2do semestre Charla Reforma procesal penal

Brigada de delitos

PDI

Personal externo Cuadrante 10 de Carabineros

Registros

Fotografías.

11. Talleres para padres, generando

1er y 2do semestre Charlas para canalizar información y generar

Profesores expertos Registros

Fotografías.

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espacios de diálogo y discusión.

redes de apoyo en padres con hijos:

- Asperger.

- Déficit atencional.

- otros (según requerimientos observados durante el semestre)

8. REGLAMENTOS Y PROTOCOLOS (en la web)