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Archivo Histórico Nacional C/Serrano, 115. 28006 MADRID hp://www.mecd.es hp://www.pares.es La Lotería de las Ánimas Pieza del Mes Archivo Histórico Nacional BIBLIOGRAFÍA: BENITO ORTEGA, Vanesa, "El Consejo de Caslla y el control de las impresiones en el siglo XVIII", Cuadernos de Historia Moderna, 36 (2011), pp. 179-193. hp://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/ arcle/view/37362/36162 BENITO ORTEGA, Vanesa, "La imprenta y las impresiones. Aproxi- mación a las fuentes documentales del Archivo Histórico Nacional", en Imprenta y edición musical en España (ss. XVIII-XX), Begoña Lo- lo, José Carlos Gosálvez (eds.), Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, Ministerio de Economía y Compevidad, 2012, pp. 227- 241. SERRANO Y SANZ, M: El Consejo de Caslla y la censura de libros en el siglo XVIII, en "Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos". XV (1906), pp. 28-46 y 387-402; 1907 (XVI), pp. 108-116 y 206-218. TEXTO: Eva Bernal

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Archivo Histórico Nacional C/Serrano, 115. 28006 MADRID http://www.mecd.es http://www.pares.es

La Lotería de las Ánimas

Pieza del Mes Archivo Histórico Nacional

BIBLIOGRAFÍA: BENITO ORTEGA, Vanesa, "El Consejo de Castilla y el control de las

impresiones en el siglo XVIII", Cuadernos de Historia Moderna, 36

(2011), pp. 179-193. http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/

article/view/37362/36162

BENITO ORTEGA, Vanesa, "La imprenta y las impresiones. Aproxi-

mación a las fuentes documentales del Archivo Histórico Nacional",

en Imprenta y edición musical en España (ss. XVIII-XX), Begoña Lo-

lo, José Carlos Gosálvez (eds.), Madrid, Universidad Autónoma de

Madrid, Ministerio de Economía y Competitividad, 2012, pp. 227-

241.

SERRANO Y SANZ, M: El Consejo de Castilla y la censura de libros en

el siglo XVIII, en "Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos". XV

(1906), pp. 28-46 y 387-402; 1907 (XVI), pp. 108-116 y 206-218.

TEXTO: Eva Bernal

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PIEZA DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2019 SECCIÓN CONSEJOS SUPRIMIDOS

CONSEJOS,MPD.3048 y 3048bis

Lotería a favor de las ánimas del Purgatorio.

En el año 1793 el fiscal del Consejo de Castilla, principal órgano rector del gobierno, la justicia y la administración de los territorios peninsulares du-rante la Edad Moderna, adhiriéndose a la opinión del vicario eclesiástico de Madrid, ordena que “con la reserva y el sigilo que corresponde” se secues-tren y se retiren todos los ejemplares que se habían impreso y hecho circu-lar de un juego llamado la Lotería de las Ánimas que había aparecido unos años antes.

En efecto, en 1784, Lorenzo Bertolaza, miembro de la Hermandad de Nues-tra Señora de la Visitación de Pobres Ciegos había solicitado al Consejo de Castilla que se le concediera licencia para imprimir y vender este juego pia-doso. Éste consistía, como claramente se explica en el impreso, en que el jugador extrajese un número de una cajita dispuesta a tal efecto y con el número que obtuviera de ella y confrontándolo con el listado que se publi-caba ofrecer misas, limosnas, novenas u oraciones por aquellas ánimas que le había deparado el azar o la voluntad de Dios. Así algunos ejemplos de los que se proponen son: “para el ánima más atormentada entre todos”, “para el ánima de la virgen más pura”, “para el ánima de quien más te amó en esta vida”, “para la más afligida por la ingratitud de sus parientes”, etc. La Lotería de las Ánimas, a tenor de lo que dice el expediente de donde procede este impreso, había circulado ya con anterioridad puesto que el interesado solicita una licencia de reimpresión sobre un ejemplar antiguo procedente de Cádiz.

Este expediente de concesión de licencia de impresión no siguió exacta-mente los cauces habituales para la tramitación de este tipo de asuntos. Por lo que parece, el juez de imprentas, a quien le fue remitido el ejemplar, consultó de palabra a un religioso con cuya censura verbal otorgó la licen-cia. Previamente, el propio solicitante, Lorenzo Bertolaza, había pedido la censura de un fraile, calificador del Santo Oficio del Convento de Nuestra Señora de la Victoria de Madrid.

Pese al visto bueno de los dos religiosos (que concluyeron que nada ha-bía de inconveniente en el juego) y a la licencia otorgada por el Juez de Imprentas, el Consejo de Castilla decretó la recogida de los ejemplares y solicitó al Vicario Eclesiástico de Madrid que sometiera el juego a una nueva censura que resultó, esta vez, negativa. El juego se prohibió y se mandó recoger porque, en palabras del censor determinado por el vicario eclesiástico de Madrid, “huele a superstición y torpe ganancia”. Añade además que “Esta especie de juegos, más fo-mentan la diversión que la devoción y en ellos suele tener más lugar la vanidad que la piedad”. Este documento y el expediente al que acompaña supone un ejemplo claro de las amplísimas atribuciones que el Consejo de Castilla poseía hasta el punto de tener la capacidad de enmendar las decisiones ema-nadas de otros organismos, como en este caso la Subdelegación Gene-ral de Imprentas. A causa de esta interferencia del Consejo esta docu-mentación no quedó archivada en el lugar que le correspondía. En efec-to, en 1819 toda la documentación relativa a la concesión de licencias de impresión fue sacada del cuerpo general de los expedientes tramita-dos por la Escribanía de Gobierno para formar una serie específica. Pro-bablemente la diferente trayectoria que este caso llevó fue la que de-terminó que este expediente no se archivara con los demás. Los dos documentos que se muestran corresponden al ejemplar original de Cádiz que lleva la censura manuscrita del calificador del Santo Oficio (bis) y al ejemplar ya enmendado que se imprimió y que después se mandó fuese recogido. Como dato curioso queremos añadir que este tipo de pliegos que se mandaban recoger por prohibirse su circulación pueden encontrarse hoy en día en los lugares más insospechados. En efecto, en ocasiones fueron utilizados como relleno encuadernaciones o guardas de otros libros, apareciendo así documentos que no han podido llegar hasta no-sotros de otra manera. En este caso, podemos encontrar un ejemplar de esta lotería como guarda de un volumen de informaciones genealógicas del Tribunal de la Inquisición de Sevilla (Inquisición,5299).