penal

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a presente obra contiene una polémica dada entre un profesor español y uno mexicano sobre el controvertido tema de las lagunas normativas en el derecho. El profesor español es Juan Ruiz Manero, conocido ampliamente en todo el ámbito de habla españo- la por sus numerosos libros y ensayos, muchos de ellos elabora- dos conjuntamente con el profesor Manuel Atienza; el profesor mexicano es Ulises Schmill, catedrático conocido fundamentalmente por su aceptación y difusión de las tesis positivistas de Hans Kelsen. Es notable el número de coincidencias en diversas tesis que se discuten entre los dos autores de estos ensayos, en especial frente a posturas como las del filósofo argentino Eugenio Bulygin y Fernando Atria. Las discrepan- cias no son menos fundamentales, pues Ruiz Manero afirma la existencia de lagunas en el derecho con base en la aceptación de posturas como las del filósofo norteamericano Ronald Dworkin y Frederick Schauer, mientras que Schmill niega la existencia de las lagunas normativas con base en conside- raciones de carácter radicalmente positivistas.

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7/21/2019 penal

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a presente obra contiene una polémica dada entre un profesor

español y uno mexicano sobre el controvertido tema de las lagunas

normativas en el derecho. El profesor español es Juan Ruiz

Manero, conocido ampliamente en todo el ámbito de habla españo-

la por sus numerosos libros y ensayos, muchos de ellos elabora-

dos conjuntamente con el profesor Manuel Atienza; el profesor mexicano es

Ulises Schmill, catedrático conocido fundamentalmente por su aceptación y

difusión de las tesis positivistas de Hans Kelsen.

Es notable el número de coincidencias en diversas tesis que se discuten

entre los dos autores de estos ensayos, en especial frente a posturas como

las del filósofo argentino Eugenio Bulygin y Fernando Atria. Las discrepan-

cias no son menos fundamentales, pues Ruiz Manero afirma la existencia de

lagunas en el derecho con base en la aceptación de posturas como las delfilósofo norteamericano Ronald Dworkin y Frederick Schauer, mientras que

Schmill niega la existencia de las lagunas normativas con base en conside-

raciones de carácter radicalmente positivistas.