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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10 EXPLORACION Y PRODUCCION Subdirección Administración y Finanzas Gerencia de Recursos Materiales Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10 (B040002641) OBJETO: SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATO ABIERTO DE ACEITES HIDROFRACCIONADO TURBINAS ISO 46 (11) Y COMPRESORAS GAS NATURAL SAE 40, PARA 2010” Solicitud de Pedido Abierto de Bienes PICS N° 3000008082 1

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

No. CPEP-SV-Z-M-42/10

EXPLORACION Y PRODUCCION

Subdirección Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa

INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

No. CPEP-SV-Z-M-42/10(B040002641)

OBJETO:

“SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATO ABIERTO DE ACEITES HIDROFRACCIONADO TURBINAS ISO 46 (11) Y COMPRESORAS GAS NATURAL SAE 40, PARA 2010”

Solicitud de Pedido Abierto de Bienes PICS N° 3000008082

Dirección de la Convocante:Pemex-Exploración y ProducciónSubdirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesSubgerencia de Recursos Materiales, Sede VillahermosaUbicada en la Planta Baja del Edificio Pirámide, sito en:Blv. Adolfo Ruiz Cortines No. 1202, Fracc. Oropeza, C.P. 86030, Villahermosa, Tabasco, México

Nomenclatura empleada en esta Invitación.Para los efectos de la presente Invitación, se entenderá por:PEP: Pemex-Exploración y Producción.LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DOF: Diario Oficial de la Federación.

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Información a considerar en la presente Invitación.

En esta invitación no podrán presentar propuestas o formalizar contratos las personas:

1. Las que se encuentren en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la LAASSP.

2. Asimismo, no podrán formalizar contratos los contribuyentes que se encuentren en incumplimiento fiscal, salvo lo previsto y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y de acuerdo con lo señalado en la en la regla I.2.1.15 de la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 publicada el 21 de diciembre de 2009, (aplicable al ejercicio 2010) por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el Diario Oficial de la Federación.

3. En este procedimiento de invitación únicamente podrán presentar propuestas los licitantes previamente seleccionados por esta Convocante, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigente.

Programa del procedimiento de la Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas

Actos Fecha Hora

Inicio de difusión en Página de PEP 28-05-10Limite de difusión en Página de PEP 03-06-10Inicio de entrega de invitaciones 04-06-10Limite de entrega de invitaciones 08-06-10

NO HABRA JUNTA DE ACLARACIONESEntrega de proposiciones. 14-06-10 8:30-14:00*Acto de presentación y apertura de proposiciones 14-06-10 16:30

*Fallo de la invitación (Fecha estimada). 18-06-10 16:30

Formalización del contrato (Fecha Estimada) 22-06-10 N/A

*Ubicación de los Actos de la Invitación:

Salas de juntas “A” y “B” de la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, se encuentran ubicadas en la planta baja del Edificio Pirámide sito en Av. Adolfo Ruiz Cortines No. 1202, Fraccionamiento Oropeza, C.P. 86030, Villahermosa, Tabasco.

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No . CPEP-SV-Z-M-42/10

RELACIÓN DE DOCUMENTOS

CONTENIDOPRESENTACIÓN E ÍNDICE

REGLAS PARA LA INVITACIÓN

DOCUMENTO 01 MODELO DE CONTRATO

ANEXO “A” ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES A LOS BIENES SOLICITADOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

FORMATO 01 FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

ANEXO “C” FORMATO DE COTIZACIÓN (PROPUESTA ECONÓMICA) RELACIÓN DE CONCEPTOS Y PRECIOS UNITARIOS

ANEXO “W” FORMATO DE COTIZACIÓN PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA” (UTILIZADO EXCLUSIVAMENTE PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA)

ANEXO “S” OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES Y CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

ANEXO “TX” TEXTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (ESTE DOCUMENTO LO PRESENTARÁ EL PARTICIPANTE GANADOR DENTRO DE LOS 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO)

FORMATOS Y DOCUMENTOS:

CONTENIDO

FORMATO 02 ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD Y FACULTADES.

FORMATO 04 A

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN INTERNACIONAL PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 4° REGLA TERCERA Y 6° REGLA TERCERA, DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA (DOF. 12 DE JULIO DE 2004) (OPCIONAL)

FORMATO 04 B

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN INTERNACIONAL PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4° REGLA CUARTA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA (DOF. 12 DE JULIO DE 2004) (OPCIONAL)

FORMATO 05 ESCRITO QUE DEBERAN PRESENTAR LAS PERSONAS QUE PARTICIPEN EN EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VI DE LA LAASSP

FORMATO 06 DOCUMENTO INTEGRADO DE MANIFESTACIONES BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD CORRESPONDIENTES A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP

FORMATO 07 CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD

FORMATO 08 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA (OPCIONAL)

FORMATO 10 RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS (OPCIONAL)

FORMATO 11 NIVELES DE INSPECCIÓN

FORMATO 12 INFORMACION ACERCA DEL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DE NAFIN (OPCIONAL)

FORMATO 14 SOLICITUD DE REGISTRO EN EL CATÁLOGO MAESTRO DE ACREEDORES Y ACREDITAMIENTO BANCARIO (LOS DEBERÁ PRESENTAR EL PROVEEDOR).

FORMATO 19 FORMATO PARA MANIFESTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL O RESERVADA DE LOS LICITANTES

DOCUMENTO 02 NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO. (OCDE)

DOCUMENTO 03

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA EN EL PRECIO DE LOS BIENES DE ORIGEN NACIONAL, RESPECTO DEL PRECIO DE LOS BIENES DE IMPORTACIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER INTERNACIONAL QUE REALIZAN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. (DOF. 12 DE JULIO DE 2004)

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10REGLAS

PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓNSUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

GERENCIA DE RECURSOS MATERIALESSUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

SEDE VILLAHERMOSA

En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, así como en los Artículos 26 fracción II, 42, 43 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las Políticas, Bases y Lineamientos Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, así como a las disposiciones vigentes, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN a través de la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, adscrita a la Gerencia de Recursos Materiales, ubicada en Av. Adolfo Ruiz Cortines Nº 1202, P.B., Fracc. Oropeza, C.P. 86030, Villahermosa, Tab., teléfonos 01 (993) 310-18-20 y 01 (993) 310-62-62 ext. 218-20, 01 (993) 310-62-62 ext. 214-84, Fax 01 (993) 310-18-15, emite la Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas Nº. CPEP-SV-Z-M-42/10, la cual se detalla a continuación:

REGLAS DE LA INVITACIÓN

PRIMERA: DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES A LOS BIENES SOLICITADOS.

SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATO ABIERTO DE ACEITES HIDROFRACCIONADO TURBINAS ISO 46 (11) Y COMPRESORAS GAS NATURAL SAE 40, PARA 2010

En la presente Invitación el área técnica de Pemex Exploración y Producción son las Superintendencias de Administración de Inventarios y Aseguramiento de la Calidad (SAIACS) de cada una de las Regiones de PEP y el Área de Compras Interorganismos, ambas de la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, responsables de los aspectos técnicos y de la evaluación de las propuestas técnicas que se reciban de los invitados (licitantes). Las cantidades, unidades de medida, descripciones completas, características, y especificaciones técnicas de los bienes requeridos, se describen en el Anexo “A” que forma parte integrante de esta Invitación.

El participante deberá observar las modificaciones que en su caso, se le notifiquen vía correo electrónico, ya que en este procedimiento de contratación no habrá junta de aclaraciones.

SEGUNDA: MODALIDAD DE CONTRATACIÓN.

2.1.- La adjudicación será por partida, de acuerdo a los bienes contemplados en el Anexo A de esta Invitación.

2.2.- Dentro del marco del Programa de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción, del Gobierno Federal, se incluye como parte de la presente Invitación, el documento denominado “Compromisos con la Transparencia” (Formato 08 anexo), cuyo objeto es la promoción y el cumplimiento de los valores de honestidad y probidad durante el proceso de contratación, tanto para los Servidores Públicos de PEP como de los Invitados. Por tal motivo dicho documento deberá ser suscrito por el Servidor Público designado para llevar a cabo el proceso de contratación y los representantes legales de las empresas participantes en este procedimiento de Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas. Asimismo, se establece que la firma y presentación del documento “Compromisos con la Transparencia” no es obligatorio para los invitados y deberá entregarse conforme a lo siguiente:

El invitado podrá integrar este documento, si así lo determina, en dos tantos dentro de la propuesta técnica debidamente llenado y firmado por su representante legal. La firma de los compromisos con la transparencia es un acto voluntario de las partes, por lo que no será causal de desechamiento de la propuesta el hecho que el invitado no integre dicho documento en su proposición.

2.3.- MARGEN DE PREFERNCIA.PEMEX Exploración y Producción aplicará, si fuera el caso, lo estipulado en el artículo 14 primer párrafo de la LAASSP, que dice: “…En los procedimientos de contratación de carácter internacional abierto, las dependencias y entidades optarán, en igualdad de condiciones, por el empleo de los recursos humanos del país y por la adquisición y arrendamiento de bienes producidos en el país y que cuenten con el porcentaje de contenido nacional indicado en el artículo 28 fracción I, de esta Ley, los cuales deberán contar, en la comparación económica de las proposiciones, con un margen hasta del quince por ciento de preferencia en el precio respecto de los bienes de importación, conforme a las reglas que establezca la Secretaría de Economía, previa opinión de la Secretaría y de la Secretaría de la Función Pública…”, y en el “Acuerdo por el que se

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establecen las reglas para la aplicación del Margen de Preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2004, para efectos de evaluación de las propuestas económicas que se reciban de acuerdo a la regla Décima Séptima de esta Invitación.

Al respecto el artículo 4º en su regla tercera, del Acuerdo arriba mencionado, señala que: Las dependencias y entidades convocantes deberán establecer en las bases o invitaciones de los procedimientos de contratación internacional abiertos a la participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados, que los licitantes de bienes de origen nacional que deseen que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia previsto por las presentes reglas, cuando así proceda hacerlo, deberán presentar como parte de su propuesta técnica, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cada uno de los bienes que oferta el licitante cumple con lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la LAASSP que establece que los bienes a adquirir sean producidos en el país y cuenten, por lo menos, con un cincuenta por ciento de contenido nacional, pudiendo utilizar para ello el Formato 04 A.

Así mismo, se establece que de conformidad con la regla cuarta del artículo 4º del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del Margen de Preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, los licitantes que presenten ofertas de bienes de importación cubiertos por tratados que deseen que su propuesta reciba los beneficios del trato nacional previsto por los tratados, en un procedimiento de contratación internacional bajo la cobertura de los capítulos de compras de los tratados de libre comercio, deberán presentar como parte de su propuesta técnica, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan son originarios de alguno de los países con los que nuestro país ha suscrito tratados de los aquí descritos.

En dicha manfestación harán constar la indicación expresa en el sentido de que dichos bienes cumplen con las reglas mediante las cuales es posible atribuir origen a los mismos, de acuerdo a lo establecido en el título o capítulo de compras del sector público que corresponda a un tratado del que los Estados Unidos Mexicanos sean Parte, pudiendo utilizar para ello el Formato 04 B.

Se aclara que la presentación de las manifestaciones citadas es opcional para los invitados, sin ser motivo para desechar sus propuestas la no presentación del documento referido.

TERCERA: CONDICIONES TÉCNICAS:

a) Los bienes objeto del presente procedimiento, se requieren de conformidad con lo establecido en el Anexos “A”, que forma parte integrante de esta Invitación.

b) El (los) invitado(s) (licitante) que sea(n) seleccionado(s) proporcionará(n) todos los recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para el suministro de los bienes, de acuerdo a lo señalado en los anexos descritos en la regla novena de esta Invitación.

CUARTA: PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES:

La entrega de los bienes deberá efectuarse a la condición destino final (DDP) en los lugares indicados en los apartados I, numeral 1.6 y V del Anexo A, en los días y horarios ahí señalados. Los invitados a participar deberán considerar como plazo de entrega un máximo de 15 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que el PROVEEDOR, reciba la orden de suministro correspondiente. El proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse.

Presupuesto máximo y mínimo: Conforme al Art. 47 fracción I de la LAASSP, el presupuesto mínimo y máximo serán los siguientes: El presupuesto mínimo es de $1’020,000.00 M.N. (Un millón veinte mil dos pesos 00/100 M.N.) y el presupuesto máximo que PEP podrá ejercer es de: $2’550,000.00 M.N. (Dos millones quinientos cincuenta mil pesos 40/100 M.N.).

Órdenes de suministro: El contrato se ejercerá mediante órdenes de suministro, las cuales serán generadas y entregadas al PROVEEDOR de conformidad con lo indicado en la cláusula CUARTA denominada ÓRDENES DE SUMINISTRO, del Documento 01, del modelo de contrato de esta Convocatoria.

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10REGLAS

De conformidad con la fracción V del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presupuesto mínimo y máximo estimado que podrá requerirse por la suma total de órdenes de suministro emitidas por mes se detallan en el numeral I.9 del Anexo A.

Nivel de Inspección: Aplicará el siguiente procedimiento de inspección Nivel III

QUINTA: MARCO LEGAL

La Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas, se llevará a cabo con base en lo estipulado en los artículos 26 fracción II, 42, 43 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento en vigor, sus Políticas, Bases y Lineamientos Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, así como en lo establecido en la Invitación, de la cual forman parte integrante estas Reglas.

SEXTA: IDIOMA DE LA INVITACIÓN

El idioma oficial de la invitación es el español, por lo cual las propuestas deberán ser presentadas en este idioma. De conformidad con el artículo 29, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

SEPTIMA: ANTICIPOS.

Para el contrato que en su caso se celebre derivado del presente procedimiento, no se otorgará anticipo.

OCTAVA: EL PLAZO DE VALIDEZ DE LAS PROPOSICIONES Y MONEDAS EN QUE SE DEBERÁ COTIZAR

El plazo de validez de las proposiciones será de 60 días naturales, a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.

Los invitados (licitantes) podrán cotizar en pesos moneda nacional o en dólares de los Estados Unidos de América.

NOVENA: EJERCICIO DEL CONTRATO

Los bienes objeto del contrato, se suministrarán en los términos y condiciones que se establecen en los siguientes documentos, mismos que forman parte de este procedimiento de Invitación:

DOCUMENTO 01 MODELO DE CONTRATO

ANEXO “A” ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES A LOS BIENES SOLICITADOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

FORMATO 01 FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

ANEXO “C” FORMATO DE COTIZACIÓN (PROPUESTA ECONÓMICA) RELACIÓN DE CONCEPTOS Y PRECIOS UNITARIOS

ANEXO “W” FORMATO DE COTIZACIÓN PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA” (UTILIZADO EXCLUSIVAMENTE PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA)

ANEXO “S” OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES Y CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTAL ACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

ANEXO “TX” TEXTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (ESTE DOCUMENTO LO PRESENTARÁ EL PARTICIPANTE GANADOR DENTRO DE LOS 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO)

Asimismo, forman parte de la Invitación y se entregan los documentos y formatos siguientes:

ANEXO A: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES A LOS BIENES SOLICITADOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA.

Formatos:

FORMATO 02 ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD Y FACULTADES.

FORMATO 04 “A”

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN INTERNACIONAL PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 4° REGLA TERCERA Y 6° REGLA TERCERA, DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA (DOF. 12 DE JULIO DE 2004) (OPCIONAL)

FORMATO 04 “B” FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN INTERNACIONAL PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4°

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10REGLAS

REGLA CUARTA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA (DOF. 12 DE JULIO DE 2004) (OPCIONAL)

FORMATO 05 ESCRITO QUE DEBERAN PRESENTAR LAS PERSONAS QUE PARTICIPEN EN EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VI DE LA LAASSP

FORMATO 06 DOCUMENTO INTEGRADO DE MANIFESTACIONES BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD CORRESPONDIENTES A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP

FORMATO 07 CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD

FORMATO 08 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA (OPCIONAL)

FORMATO 10 RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS (OPCIONAL)

FORMATO 11 NIVELES DE INSPECCIÓN

FORMATO 12 INFORMACION ACERCA DEL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DE NAFIN (OPCIONAL)

FORMATO 14 SOLICITUD DE REGISTRO EN EL CATÁLOGO MAESTRO DE ACREEDORES Y ACREDITAMIENTO BANCARIO (LOS DEBERÁ PRESENTAR EL PROVEEDOR).

FORMATO 19 FORMATO PARA MANIFESTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL O RESERVADA DE LOS LICITANTES

DÉCIMA: REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR LOS PARTICIPANTES

10.1 ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE, PODER E IDENTIFICACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTARSE.

En los términos del artículo 29, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, del artículo 36 del Reglamento de dicha Ley, y del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 1997 en lo aplicable se establece lo siguiente:

Para esta invitación, se requiere a los licitantes con objeto de acreditar su existencia legal y personalidad jurídica, para efectos de la suscripción de las proposiciones, presenten junto con su propuesta técnica, un escrito que contendrá los datos siguientes:

A).- Del licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además, descripción del objeto social de la empresa; número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas y modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, y relación del nombre de los socios que aparezcan en éstas, correo electrónico (en caso de contar con el), y

B).- Del representante del licitante: Número y fecha de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó y correo electrónico (en caso de contar con el).

Al efecto, en la presente Invitación se incluye el formato "Para acreditación de Personalidad y Facultades (formato 02 anexo), con el fin de que los participantes, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, y a su elección, lo integren en su propuesta debidamente requisitado.

Previo a la firma del contrato o contratos, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente (cuyos datos se aluden en los incisos A y B de este punto).

Declaración de Integridad.- Asimismo, de conformidad con lo señalado en la fracción VII del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se precisa que es requisito que los licitantes presenten una declaración de integridad, en la que manifiesten que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Pemex Exploración y Producción, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Deberá presentarse debidamente requisitado y firmado autógrafamente por el representante legal (Para cumplir con este requisito los licitantes podrán utilizar el Formato 07 de esta Invitación).

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NOTA: Se solicita a los licitantes efectuar su registro en el Directorio Institucional de Proveedores y Contratistas, para lo cual deberán acceder a la página www.pemex.com.

DÉCIMAPRIMERA: JUNTA DE ACLARACIONES

Con fundamento en la fracción V del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y artículo 53 segundo párrafo de su Reglamento, para este proceso de Invitación no habrá Junta de Aclaraciones.

No obstante, los interesados en solicitar las aclaraciones respectivas, podrán enviar sus preguntas por escrito vía fax al telefóno 01 (993) 310-62-62 Ext. 21815, o entregarlas en la dirección de la Convocante o enviarlas a través de correo electrónico a las cuentas de correo [email protected], [email protected], [email protected] o [email protected], en cualquier caso deberán ser confirmadas por el licitante al teléfono 01 (993) 310-62-62 Exts. 21484 y/o 21517 con la finalidad de asegurar la recepción de sus preguntas. Las preguntas enviadas por cualquiera de los medios antes mencionados invariablemente deberán estar firmadas, recoméndandose además, entregarlas en archivo magnético formato Word.

Las respuestas resultantes se informarán tanto al solicitante de aclaraciones como a los demás invitados y se enviaran a través de correo electrónico, a las cuentas que los invitados proporcionen para tales efectos o pordrán acudir al domicilio de la Convocante, para enterarse de las respuestas que la misma emita. Solo se recibirán preguntas hasta el día 08 de junio de 2010 a las 12:00 horas.

Avisos y Notificaciones: De conformidad con lo indicado en el artículo 37 Bis de la LAASSP y 35 de su Reglamento, se estipula que las actas resultantes de las aclaraciones solicitadas, del acto de presentación y apertura de proposiciones, y del fallo del procedimiento de invitación, cuando éste se realice en junta pública, se pondrán al finalizar dichos actos para efectos de su notificación a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de la carátula (primera hoja del acta) y/o el aviso del lugar donde será proporcionada copia del acta, en un lugar visible al que tenga acceso el público en el domicilio de la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. El responsable del procedimiento dejará constancia en el expediente de la invitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado los documentos de referencia. Este procedimiento sustituirá a la notificación personal (El lugar donde se fijarán dichas copias o avisos será en el tablero de avisos localizado en la Planta Baja del Edificio Pirámide, en la dirección citada en la página 1 de la presente Invitación.

DÉCIMASEGUNDA: FORMA DE PRESENTACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN

I. Forma de presentación de la proposición.

La proposición estará integrada por la propuesta técnica y la propuesta económica, según se describe más adelante en los puntos II y III de esta regla, las cuales deberán estar contenidas en el interior de 1 (un) sobre cerrado y protegido (preferentemente con cinta adhesiva de celulosa) en forma inviolable, identificado por el frente, preferentemente como a continuación se indica:

PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA(NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PARTICIPANTE)

Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas.

No. CPEP-SV-Z-M-42/10

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II. INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

Los invitados a participar deberán integrar su propuesta técnica con la siguiente documentación:

1. Escrito que deberan presentar las personas que participen en el acto de presentacion y apertura de proposiciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 fracción VI de la LAASSP (Formato 05 anexo).

2.- Copia de identificación oficial del representante, en los términos de la regla 10.1. (La cual podrá consistir exclusivamente en credencial de elector, licencia para conducir, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional).

3.- Formato para acreditación de personalidad y facultades (Formato 02 anexo).

4.- Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación internacional para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 4° regla tercera y 6° regla tercera, del acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia. (Formato 04 A Opcional)

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación internacional para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4° regla cuarta del acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia. (Formato 04 B Opcional)

5.- Documento integrado de manifestaciones bajo protesta de decir verdad correspondientes a lo establecido en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, (Formato 06 anexo).

6.- Carta de declaración de integridad, en los términos de la regla 10.1, debidamente requisitado y firmado autógrafamente por el representante legal (Formato 07).

7.- Formato 08 “Compromisos con la Transparencia” (de acuerdo a lo indicado en el inciso 2.2 de esta reglas, este documento es opcional).

8.- La información y documentos que se solicitan en el Anexo A “Especificaciones Técnicas de los bienes solicitados y

Criterios de evaluación técnica”.

9.- Relación de documentos requeridos Formato 10 (Opcional).

10.- Formato 01: Formato para la presentación de la propuesta técnica, especificaciones, descripciones y características técnicas de los bienes ofertados.

11.- Informacion acerca del Programa de Cadenas Productivas de Nafin Formato 12 (OPCIONAL).

12.- Los licitantes podrán señalar en su propuesta, los documentos que contengan la información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables. (Formato 19). Si el licitante omite hacer el señalamiento expreso conforme al párrafo que antecede, se entenderá que su propuesta no contiene la información confidencial, reservada o comercial reservada de conformidad con las disposiciones aplicables. La omisión de la manifestación requerida no será motivo de desechamiento de la propuesta del licitante.

(*) Se aclara que la no presentación en carpeta o fólder, o no seguir el orden señalado o no foliar las hojas de la propuesta, no serán motivos de descalificación, sin embargo, sí es conveniente para la mejor conducción del procedimiento de la Invitación.

(**) De conformidad con lo señalado en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se establece que las propuestas deberán ser firmadas autógrafamente por persona facultada para ello (representante legal), en la última hoja del documento que las contenga y en aquellas partes que se determinen en esta Invitación de invitación, por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.

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III. INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

Los invitados a participar deberán integrar su propuesta económica con la siguiente documentación:

1. Anexo C: Formato de cotización (propuesta económica). Relación de conceptos y precios unitarios.

2.- Anexo W: “Formato de cotización para efectos de evaluación económica” (utilizado exclusivamente para efectos de evaluación económica)

Los invitados deberán elaborar su propuesta económica indicando, el número de partida, la cantidad, unidad de medida, descripción genérica, precio unitario de la partida, y el importe total del concepto de la misma, conforme a lo solicitado en el Anexo C.

(*) Se aclara que la no presentación en carpeta o fólder, o no seguir el orden señalado o no foliar las hojas de la propuesta, no serán motivos de descalificación, sin embargo, sí es conveniente para la mejor conducción del procedimiento de la Invitación.

(**) De conformidad con lo señalado en el artículo 38 del RLAASSP, las propuestas deberán ser firmadas autógrafamente por persona facultada que haya acreditado su representatividad (representante legal), en la última hoja del documento que las contenga y en aquellas partes que se determinen en esta convocatoria y sus anexos, por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.

DÉCIMATERCERA: ENTREGA DE PROPOSICIONES:

Los invitados a participar deberán entregar sus proposiciones el día 14 de junio de 2010 en el horario de las 08:30 a 14:00 horas en las oficinas del Área de Contratación de Suministros, ubicadas en Av. Adolfo Ruíz Cortínes No. 1202, planta baja del edificio Pirámide Tabasco, Fracc. Oropeza, Villahermosa, Tabasco.

El acto de presentación y apertura de proposiciones, se llevará a cabo en un solo evento, y será presidido por el representante de PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, nombrado para el efecto, quien será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la LAASSP y su Reglamento.

En los términos indicados en el artículo 43, Fracción II, de la Ley antes citada, la apertura de las proposiciones podrá hacerse sin la presencia de los correspondientes invitados a participar, pero inariablemente se invitará a un representante del Organo Interno de Control.

Una vez que la convocante reciba las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de invitación hasta su conclusión.

DÉCIMA CUARTA: ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo el en la fecha, hora y lugar que para tal efecto se señala en el resumen de eventos mencionado en la pagina 2 de esta Invitación.

En este acto, se procederá a la apertura del sobre que contenga las proposiciones recibidas, se verificará que las mismas cumplan cuantitativamente con los documentos solicitados en la Regla Décima Segunda de esta Invitación, sin efectuar ningún pronunciamiento sobre la misma por lo que aún en el caso de que algún licitante omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltare algún requisito, esta no será desechada en ese momento; los faltantes u omisiones se harán constar en el Acta de presentación y apertura de proposiciones.

De entre los licitantes, que en su caso hubieren asistido, éstos eligirán uno, que en forma conjunta con el (los) servidor(es) público(s) que PEP designe, rubricarán el Formato 01 y el Anexo C, de las proposiciones recibidas.

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Se levantara el acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, así como de la recepción de la documentación de las proposiciones que se encuentra relacionada en el Formato 10, se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva de conformidad a lo establecido en la Invitación, en su caso, se hará constar el hecho de que algún licitante omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltare algún requisito; Asimismo el servidor público que preside el evento podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas, siempre y cuando se incluyan en el acta del evento, o se anexen a la misma. El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregara copia de la misma.

Los importes y/o cualquier dato asentados en el acta que se derive del acto de presentación y apertura de proposiciones del procedimiento de invitación, no serán determinantes para que una empresa pueda considerarse ganadora del mismo.

En dicha acta se señalara lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la invitación, esta fecha deberá quedar comprendida dentro de los 20 días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente para el fallo.

De conformidad con el artículo 37 Bis de la LAASSP y 35 de su Reglamento, para efectos de notificación a los invitados se fijará en los tableros de notificaciones y avisos, ubicados en el domicilio de esta área contratante, sito en Av. Adolfo Ruiz Cortines Nº. 1202, Fracc. Oropeza, C.P. 86030, planta baja, Edificio Pirámide Tabasco, Villahermosa, Tabasco; copia de la carátula (primera hoja del acta) y/o el aviso del lugar donde será proporcionada copia del acta, por un término no menor de cinco días hábiles, contados a partir de la realización del acto, siendo de la exclusiva responsabilidad de los invitados, acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Este aviso surte efectos de notificación personal.

En el supuesto de no recibir proposición alguna para este acto, o no contar con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de analizarse técnicamente, se declarará desierto el procedimiento de invitación, situación que quedará asentada en el acta correspondiente.

Durante el plazo entre el acto de presentación y apertura de proposiciones y el plazo establecido para el fallo de la invitación, PEP hará el análisis detallado, de las propuestas recibidas.

DÉCIMA QUINTA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN

De conformidad con lo establecido en el arículo 36 segundo párrafo de la Ley de Adquiosiciones, Arrendamientos y Servicios del Serctor Público, en el presente Procedimiento de invitación no se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes y se utilizará el criterio de evaluación binario, mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo por lo que, para determinar la solvencia de las propuestas, se tomarán en consideración los criterios de evaluación establecidos en las reglas Décima Sexta y Décima Séptima y en el Anexo A.

DÉCIMASEXTA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

El área técnica de PEP responsable, recibirá las propuestas técnicas recibidas y procederá a realizar el análisis y evaluación de los aspectos técnicos de las mismas, verificando que cumplan con los requisitos solicitados en la Invitación, y constatando que incluyan y cumplan con la información, documentos y requisitos solicitados.

Los criterios de evaluación técnica están señalados en el Anexo A “Especificaciones técnicas aplicables a los bienes solicitados y Criterios de Evaluación Técnica”. La evaluación de las propuestas se hará por partida, de los bienes objeto de la presente Invitación. No se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes para la evaluación de las proposiciones.

No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la LAASSP, quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la propuesta:

El proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse.

El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica.

El no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida.

El no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada.

En ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.

Las propuestas que satisfagan todos los aspectos requeridos en esta Invitación, se calificarán como solventes.

PEP a través del área requirente de los bienes, procederá a realizar un análisis cualitativo detallado de las Propuestas Técnicas aceptadas para evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Invitación, así como en el artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Como resultado de dicha evaluación PEP determinará las Propuestas Técnicas que cumplen técnicamente, así como las que se hubieran desechado, y las razones que dieron origen al desechamiento y las disposiciones en las que se fundamente dicha determinación.

DÉCIMASÉPTIMA: CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA

PEP efectuará la evaluación económica de las propuestas, que hayan sido declaradas solventes en la evaluación técnica y que hubieran entregado la totalidad de los requerimientos y documentos que conforman la propuesta económica.

Los Criterios que se aplicarán para efectuar la evaluación económica de las propuestas, consistirán en analizar en detalle que se haya incluido toda la información solicitada por PEP, que los precios unitarios sean congruentes y razonables con los bienes solicitados.

Se verificaran los siguientes aspectos:

1.- Que la información proporcionada por el Licitante cumpla con cada uno de los requisitos económicos, aplicables a los bienes solicitados, que se describen en el Anexo “C”, Anexo “W” y en el presente Documento, así como los descritos en el (las) Acta(s) derivada(s) de la(s) aclaraciones a la Invitación.

2.- Que el Anexo “C” y el Anexo “W”, estén formulados tomando en cuenta lo siguiente:

a) Que el tipo de moneda se oferte de conformidad con la Regla Octava.b) Que los precios no presenten tachaduras ni enmendaduras.c) Que los precios se escriban con número y con letra.d) Que cotice las partidas.e) En el caso del Anexo “W” que incluya la sumatoria total.

En caso de encontrarse diferencias entre los precios del Anexo “C” y el Anexo “W” para algún concepto, prevalecerá el manifestado en el Anexo “C”, en caso que el licitante no acepte el cambio, se desechará su propuesta.

3.- Se verificará que la sumatoria total de los precios que integran su Anexo “W”, sean aceptables para la entidad, considerando como Precio aceptable, aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte hasta en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación; o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma Invitación.

4.- Las propuestas que satisfagan todos los aspectos señalados en este documento, se calificarán como solventes y serán consideradas para efectos de adjudicación del contrato.

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No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante que tenga como propósito facilitar la presentación de las propuestas y agilizar la conducción de los actos de la Invitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por si mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los Licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.

No se aceptarán propuestas condicionadas.

La evaluación se realizará por partida del anexo “W”.

ACLARACIONES.-Cuando existan diferencias entre las cantidades indicadas por el Licitante en el Anexo “C”, con respecto a las indicadas en los anexos técnicos de la Invitación, PEP considerará las cantidades establecidas en la Invitación y se realizarán las correcciones correspondientes para determinar el importe de la proposición.

Cuando en el Anexo “C”, de las propuestas se presente un error de cálculo, PEMEX Exploración y Producción procederá a su rectificación para determinar el importe correspondiente de las propuestas sin que se modifiquen los precios unitarios. En el entendido de que si el Licitante no acepta la corrección de la misma, ésta será desechada.

Notas:

La volumetría establecida en el anexo “W” se utilizará exclusivamente para efectos de evaluación económica, por lo que no representa un compromiso para PEP en el ejercicio del contrato que surja.

DÉCIMAOCTAVA: CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN Y DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA

En cualquiera de las etapas de la invitación nacional a cuando menos tres personas:

Es motivo de desechamiento de una propuesta el incumplimiento de los requisitos establecidos en esta Invitación que afecten directamente la solvencia de las proposiciones, tales como la comprobación de que algún invitado ha acordado con otro u otros, elevar los precios de los bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás invitados.

No es motivo de desechamiento de una propuesta el omitir aspectos que no afecten la solvencia de la misma, tales como: Proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la

convocante pudiera aceptarse. Omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica No observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida. No haber foliado las hojas que conforman las propuestas. No observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar

objetivamente la solvencia de la proposición presentadaEn ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.

Las propuestas que satisfagan todos los aspectos requeridos en esta Invitación se calificarán como solventes, desechándose las restantes.

DÉCIMA NOVENA: CRITERIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya proposición resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Invitación y garantice el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más proposiciones son solventes para cada partida porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por PEP, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo,

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siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados por partida que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante.

Se considerará que el precio conveniente es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la Invitación, y a éste se le resta el 30% autorizado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de PEP en la Sesión Ordinaria 15/09.

Los precios preponderantes serán aquellos que prevalecen dentro de un rango que se calcula de acuerdo con la metodología que en el ejemplo ilustrativo, se describe a continuación:

Ejemplo Ilustrativo de determinación del Precio Conveniente

a.- Los precios recibidos de las propuestas que cumplan técnicamente y cuyos precios sean aceptables se ordenan de menor a mayor y de izquierda a derecha.

Prov. A Prov. B Prov. C302,508.00 323,140.00 325,977.60

b.- Se obtendrá la diferencia entre el precio mayor y el precio menor, a dicha diferencia se le denominará “Recorrido”.

325,977.60 - 302,508.00 = 23,469.60 “Recorrido”

c.- La cantidad resultante de la diferencia se dividirá entre el número de proposiciones menos 1, (n-1) a ese resultado se denominará “Recorrido por Rango”

23,469.60 / 2 = 11,734.80 “Recorrido por Rango”

d.- Se colocará el precio menor en la parte izquierda, y a la derecha de este se colocará el valor del mismo mas la cantidad obtenida como “Recorrido por Rango”, obteniendo el Primer importe con Recorrido de Rango; a este Primer importe con Recorrido de Rango, se le sumará de nuevo la cantidad obtenida como “Recorrido por Rango” y se obtendrá el Segundo Importe con Recorrido de Rango, colocándolo a la derecha del anterior; y así sucesivamente hasta obtener la misma cantidad de datos como proposiciones aceptadas económicamente y técnicamente existan.

302,508.00302,508.00 +

11,734.80314,242.80 +

11,734.80314,242.80 325,977.60

e.- Se determinará cuantos precios ofertados caen entre el Rango comprendido por el precio más bajo y el Primer precio con Recorrido de Rango; y cuantos precios ofertados caen entre el Rango comprendido por el Primer importe con Recorrido de Rango y el Segundo Importe con Recorrido de Rango y así sucesivamente hasta encontrar n-1 datos que indiquen la cantidad de importes que caen en el rango indicado.

Precio 302,508.00 323,140.00 325,977.60Importe con Recorridos de Rango

302,508.00 314,242.80 325,977.60

1 2

Entre el rango de 302,508.00 y 314,242.80 solamente existe el precio de 302,508.00 por lo tanto la cantidad es 1.

Entre el rango de 314,242.80 y 325,977.60, existen los precios de 323,140.00 y 325,977.60, por lo tanto la cantidad es 2.

f.- En el rango donde se determine que cae el mayor número de proposiciones, ese será considerado como las proposiciones preponderantes para efecto de obtener su promedio.

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Las proposiciones preponderantes corresponden a los precios 323,140.00 y 325,977.60, por lo que se obtiene su promedio:

Promedio de las preponderantes = (323,140.00 + 325,977.60) / 2 = 324,558.80

g.- Una vez obtenido el promedio antes descrito, se le restará al mismo el 30% autorizado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de PEP, y el resultado indicará el precio Conveniente

324,558.80 x 0.3 = 97,367.64

324,558.80 - 97,367.64 = 227,191.16

Como resultado de lo anterior, el Precio Conveniente es 227,191.16.

h.- Por lo tanto cualquier precio que sea menor a 227,191.16, se considerará como Precio no Conveniente y por tanto se desechará la proposición.

En el caso que no exista un rango dominante, la cantidad resultante de la diferencia entre el mayor menos el menor, se dividirá entre el número de proposiciones menos 2 y se volverá a aplicar la misma metodología y así sucesivamente hasta encontrar un rango dominante.

Fin del ejemplo ilustrativo para determinar el precio Conveniente

Debido a que la metodología antes descrita no aplica para cuando se cuenta con dos o una propuesta, y considerando la recomendación emitida por la Subsecretaría de Atención Ciudadana y Normatividad, Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas, Dirección General Adjunta de Normatividad de Contrataciones, en oficio No. UNCP/309/NC/0.-0548/2009 de fecha 07 de octubre de 2009, se establece que:

En caso de que se cuente con una o dos proposiciones que hayan cumplido con los requisitos técnicos, para determinar si los mismos son convenientes; se obtendrá la mediana que resulte de la investigación de mercado realizada por el área usuaria, y a esta se le resta el 30% autorizado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de PEP en la Sesión Ordinaria 15/09. Los precios que se encuentren dentro de este rango se consideraran como precios convenientes.

Reiterando que los precios que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados.

Insaculación: Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador, y posteriormente los demás boletos empatados, con los que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de que el fallo no se celebre en junta pública y se requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, previa invitación por escrito a los licitantes y al Órgano Interno de Control, este se realizará ante su presencia, y se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes, invalide el acto.

La adjudicación se hará por partida.

De conformidad al artículo 26, séptimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las condiciones contenidas en la Invitación, así como en las proposiciones presentadas por los invitados a participar no podrán ser negociadas.

VIGÉSIMA: FALLO

En el programa del procedimiento de invitación (página 2) se señala la fecha estimada para el fallo, no obstante, de acuerdo al artículo 35 fracción III de la LAASSP, en el acta de presentación y apertura de proposiciones, se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la invitación; fecha que deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.

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El fallo de la invitación se dará a conocer en junta pública, a la que libremente podrán asistir los invitados (licitantes) que hubieren presentado proposición en el Procedimiento de invitación, entregándoseles copia del mismo y levantándose el acta respectiva.

Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo.

Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo procederá la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la LAASSP.

De conformidad con lo señalado en el artículo 44 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se establece lo siguiente: Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador. En caso de que el fallo no se celebre en junta pública se requerirá, previa invitación por escrito, la presencia de los licitantes y de un representante del Órgano Interno de Control, y se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los licitantes invaliden el acto.

VIGÉSIMAPRIMERA: INVITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN.

Se podrá declarar desierta la presente INVITACIÓN INTERNACIONAL a Cuando Menos Tres Personas, cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en la presente Invitación, sus precios no fueren aceptables o no contar con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de analizarse técnicamente, de acuerdo a lo establecido en la fracción III del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Se podrá cancelar el presente procedimiento de Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas en los siguientes casos:

Cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar los bienes objeto de este procedimiento, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la entidad. La determinación de dar por cancelado el procedimiento de invitación, precisará el acontecimiento que motiva la decisión, y se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de esta Ley. Lo anterior de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirán a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto por el Reglamento de esta Ley.

VIGÉSIMASEGUNDA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS

El proveedor que resulte adjudicado en la presente Invitación, deberá garantizar el cumplimiento del contrato, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 48 fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de acuerdo a lo siguiente:

La garantía relativa al cumplimiento del contrato, deberá constituirse por el proveedor ganador mediante PÓLIZA DE FIANZA por un importe del 10% del monto total del contrato. La póliza deberá ser expedida por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, a favor de PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. La fianza en cuestión deberá observar los términos indicados en el modelo de contrato y el Anexo “TX” “Texto que deberá contener la fianza que presentarán el proveedor”.

La garantía para el cumplimiento del contrato deberá entregarla el Proveedor a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del mismo, en las oficinas del Área de Seguimiento y Control de Contratos de Suministro, ubicada en la planta baja del Edificio Pirámide, sita en Av. Adolfo Ruiz Cortines # 1202, Fracc. Oropeza, Villahermosa, Tabasco, México.

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VIGÉSIMATERCERA FIRMA DEL CONTRATO Y ENTREGA DE LA CARTA DEL ART. 32-D.

Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato del procedimiento de contratación y obligará a PEP y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en las oficinas del Área de Seguimiento y Control de Contratos de Suministro de la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, ubicada en la planta baja del Edificio Pirámide, sita en Blvd. Adolfo Ruiz Cortines # 1202, Fracc. Oropeza, Villahermosa, Tabasco, México, para lo cual el licitante adjudicado deberá entregar preferentemente dentro de los 7 días naturales siguientes a la fecha en que reciba la notificación de fallo, la siguiente documentación, siendo requisito indispensable presentarla para firmar el contrato:

Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del testimonio del acta constitutiva de la sociedad y modificaciones, en su caso, donde figure el capital social actual de la empresa o acta de nacimiento si se trata de persona física.

Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del poder de la persona que en su caso formalizará el contrato (salvo que el licitante sea persona física y vaya a ser formalizado por ella misma).

Original para cotejo y copia de la identificación oficial de la persona que firmará el contrato, la cual podrá consistir exclusivamente en credencial de elector, pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, o credencial vigente de proveedor expedida por el Directorio Institucional de Proveedores de Petróleos Mexicanos Corporativo.

Para su alta en el catálogo de acreedores del SAP, deberá presentar las siguientes copias (En caso de contar con su número de acreedor SAP, omitir dichos requisitos):

Carta firmada por el representante legal que contenga la información necesaria para llevar a cabo el (los) depósito(s) correspondiente(s) en virtud de que los pagos se efectuarán a través de depósito bancario, apoyados en los mecanismos de banca electrónica (Nombre del banco, número de cuenta bancaria, CLABE, plaza, sucursal y ciudad donde se encuentra la cuenta). Además de presentarla sellada por el banco correspondiente.

Registro Federal de Contribuyentes. Documentación generada en Hacienda, para dar de alta su domicilio fiscal o los cambios del mismo. Llenar los Formatos 14 y presentarlos sellados por el banco que corresponda.

Queda establecido que el licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado por la SFP en los términos los artículos 59 segundo párrafo y 60 fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo señalado PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del diez por ciento, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al (diez) por ciento.

Importante: Manifestación relativa al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación

Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el Proveedor deberá de realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento de la adjudicación; que en la solicitud de opinión al SAT, deberá de incluir el correo electrónico [email protected] para que el SAT envié el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a la solicitud de opinión, siendo requisito indispensable presentar dicho acuse para firmar el contrato.

Se aclara que el acuse referido no es un requisito para participar en el presente procedimiento y únicamente deberá presentarlo el licitante que resulte con asignación de contrato.

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10REGLAS

Si durante el plazo para la formalización del contrato, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunica a PEP que el proveedor adjudicado no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, PEP no deberá formalizar el contrato de que se trate y procederá a adjudicar dicho contrato al licitante que hubiere obtenido el segundo lugar, siempre y cuando su propuesta no supere el 10% respecto a la que obtuvo el primer lugar, lo anterior será notificado a la SFP.

El licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, de conformidad con lo estipulado en la regla 10.1.

VIGÉSIMACUARTA: FORMA DE PAGO

La forma de pago se estipula en el modelo de contrato, que forma parte de esta Invitación.

VIGÉSIMAQUINTA: CONDICIONES DE PRECIO

Los precios serán fijos y no estarán sujetos a ningún ajuste.

VIGÉSIMASEXTA: INCONFORMIDADES

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito en los términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y artículos aplicables de su Reglamento, ante el Órgano de Control Interno en Pemex Exploración y Producción, dependiente de la SFP, ubicado en el 10° piso de Bahía de Ballenas N° 5, Col. Verónica Anzures, C. P. 11300, México, D. F., señalando en dicha inconformidad y en su caso, en las promociones a las instancias correspondientes, domicilio para oir y recibir notificaciones en México, D. F.

Así mismo, de conformidad a lo establecido en la disposición décima del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medio remotos de comunicación electrónica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09 de agosto de 2000, y en el oficio CI-PEP-18-575/0013/2003, de fecha 3 enero de 2003, todos los interesados podrán optar por presentar sus inconformidades, a través de medios remotos.

Se decretará la suspensión de los actos del procedimiento de contratación y los que de éste deriven, siempre que lo solicite el inconforme en su escrito inicial y se advierta que existan o pudieren existir actos contrarios a las disposiciones de esta Ley o a las que de ella deriven y, además, no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público (artículo 70, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público).

VIGÉSIMASÉPTIMA: PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES

Las penas convencionales que se aplicarán por incumplimiento del PROVEEDOR a sus obligaciones contractuales, están estipuladas en el modelo de contrato que forma parte de la presente Invitación.

VIGÉSIMAOCTAVA: DEVOLUCIÓN DE PROPOSICIONES DESECHADAS.

Las proposiciones desechadas durante la invitación a cuando menos tres personas, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones continuarán en resguardo de

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10REGLAS

PEP hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos PEP podrá proceder a su devolución o destrucción

Para tal efecto, una vez transcurrido el plazo mencionado en el párrafo anterior, deberán presentar la siguiente documentación:

Escrito firmado por el representante legal, mediante el cual solicite la devolución de la propuesta de su representada, identificando el número de Invitación y el objeto de la misma, y dirigido a la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa.

Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del Poder del representante legal que solicita la devolución de la propuesta.

Identificación oficial del representante legal que solicita la devolución de la propuesta. Dado el caso, identificación oficial de la persona que acuda a recoger la propuesta.

VIGÉSIMANOVENA: CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN

De conformidad al Artículo Transitorio Segundo de las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo" (NAFIN), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de abril de 2009, se adjunta a la presente Invitación el Formato 12, que contiene la invitación que hace NAFIN a los proveedores y contratistas para su incorporación al referido programa.

Dicho programa constituye un instrumento de apoyo opcional para las micro, pequeñas y medianas empresas, facilitándose el acceso al financiamiento, asistencia técnica, capacitación e información que requieran y, adicionalmente, es un mecanismo de apoyo para que los proveedores o contratistas de la Administración Pública Federal, en general, puedan contar con los beneficios que ofrece el mismo. La presentación del citado documento no es obligatoria, por lo que no será causal de desechamiento de la propuesta el hecho que el invitado no integre dicho documento en su proposición.

TRIGÉSIMA: COMPROMISO DE MÉXICO ANTE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. En el Documento 02 de esta Convcatoria, se trascribe íntegramente la nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE).

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DOCUMENTO 01MODELO DE CONTRATO

CONTRATO ABIERTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES A PRECIO FIJO (EN ADELANTE “CONTRATO”), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PEP”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL _______________________________, EN SU CARÁCTER DE _____________________________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR EL _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. “PEP” declara a través de su representante que:

1.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación y tiene por objeto la exploración y explotación del petróleo y el gas natural; su transporte, almacenamiento en terminales y comercialización, y celebrar toda clase de actos, convenios y contratos, entre otros y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento de su objeto, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 28 de noviembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.

1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de ______________________________________, mediante el testimonio de la Escritura Pública No. ________ de fecha ______ de _______ de _______, otorgado ante la fe del Lic. __________, Titular de la Notaría Pública No. _______ de la Ciudad de ______________, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3.- Cuenta con la suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, mediante oficio No. 307-A.-2796 de fecha 21 de diciembre de 2009, emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

1.4. Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de Invitación Internacional a Cuando Meno Tres Personas N° CPEP-SV-Z-M-42/10, mismo que se instrumentó de conformidad con los artículos 134 Constitucional; 3 fracción I, 26 fracción II, 40, 43 y 47 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el ___ de ___________ de ____.

2. A) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA MORAL O FÍSICA QUE ACTÚE CON REPRESENTANTEEl PROVEEDOR declara a través de su representante que:

B) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO

El PROVEEDOR declara que:

2.1. A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA CUYA EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON INSTRUMENTO PÚBLICO MEXICANO.Acredita la legal existencia de su representada con la (Póliza, Escritura Pública o Acta) Número _____ de fecha __ de _____ de ______, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de _________, la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente.

B) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD EXTRANJERA CUYA EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON UN DOCUMENTO EXTRANJERO.Acredita la legal existencia de su representada con el documento denominado (nombre y datos del documento).

ESTA DECLARACIÓN DEBERÁ AJUSTARSE CONFORME A LA DOCUMENTACIÓN CON LA CUAL SE ACREDITE SU LEGAL EXISTENCIA, LA CUAL DEBERÁ ESTAR APOSTILLADA, O EN SU CASO, LEGALIZADA Y ACOMPAÑARSE CON TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL POR PERITO AUTORIZADO, EN CASO DE IDIOMA DISTINTO AL INGLÉS.

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C) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO.Es una persona física actuando por su propio derecho y se identifica con (precisar los datos de identificación del proveedor).

2.2. A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Acredita su personalidad y facultades en su carácter de ____________ de (nombre de la compañía o empresa), mediante la (Póliza –cuando se acrediten las facultades en la constitución de la persona moral o en sus modificaciones estatutarias-, Escritura Pública o Acta) Número ____ de fecha __ de ____ de _____, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de ________, la que quedo debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

NOTA: TRATÁNDOSE DE PODERES ESPECIALES NO SE DEBERÁ REQUERIR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO.

B) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTECuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento y datos en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder simple, según proceda).

2.3. A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS MEXICANAS O EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _____________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAIS.Cuenta con (señalar documento equivalente al R. F. C. del país del proveedor).

2.4. A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene que, aún y cuando, llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.Es una persona de nacionalidad _____________ y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.

2.5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la entrega de los bienes objeto de este contrato.

2.6. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato.

2.7. Ha entregado la manifestación a que se refiere el artículo 29 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

2.8. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de “PEP”.

2.9 Su moneda funcional es _________. (PARA EFECTOS ES ESTA DECLARACIÓN, POR MONEDA FUNCIONAL DEBERÁ ENTENDERSE LA MONEDA CORRESPONDIENTE AL MEDIO ECONÓMICO PRINCIPAL EN QUE OPERA EL PROVEEDOR Y QUE, NORMALMENTE, PERO NO NECESARIAMENTE, SE UTILIZA PARA INFORMAR, EN CONGRUENCIA CON SU MEDIO ECONÓMICO.)

2.10 De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a “PEP” el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto de sus obligaciones ante el Sistema de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

2.11. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN MÉXICO.

No tiene establecimiento permanente en el país y que, durante la ejecución de este contrato no tiene la intención de crearlo. Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación ha presentado a “PEP” el escrito de manifestación de no encontrarse obligado a presentar los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

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Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es el SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATO ABIERTO DE ACEITES HIDROFRACCIONADO TURBINAS ISO 46 (11) Y COMPRESORAS GAS NATURAL SAE 40, 2010, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el anexo __ de este contrato, mismo que forma parte integrante del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el 31 agosto de 2010 o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido que “PEP” no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

TERCERA.- IMPORTE DEL CONTRATO

El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y el presupuesto máximo que “PEP” podrá ejercer es de: $(numero) (letra) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

El precio unitario de los bienes se especifica por partida en este contrato, mismo que se considerará fijo hasta la entrega total de los bienes y no estará sujeto a ajustes.

La(s) referencia(s) MXP ó USD asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos y dólares de los Estados Unidos de América).

De conformidad con la fracción V del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presupuesto mínimo y máximo estimado que podrá requerirse por la suma total de órdenes de suministro emitidas por mes es el siguiente:

Partida Descripción Presupuesto Máximo mensual M.N.

Presupuesto Mínimo mensual M.N.

De conformidad con la fracción I del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presupuesto mínimo y máximo por partida será de acuerdo a lo siguiente:

PARTIDA MÍNIMO MÁXIMO

“PEP” con la aceptación escrita del PROVEEDOR, podrá modificar hasta en un veinte por ciento la cantidad o presupuesto máximo de alguna partida, originalmente pactada, utilizando para su pago el presupuesto de otra u otras partidas previstas en este contrato, siempre que no resulte un incremento en el presupuesto máximo del contrato. La modificación que se prevé en este párrafo, es independiente de la prevista en la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.

CUARTA.- ÓRDENES DE SUMINISTRO

Las Áreas Requirentes de PEP en los diferentes Centros de Trabajo, serán las encargadas de llevar al cabo el ejercicio del contrato, tomando en cuenta el tipo de partida, el plazo y lugar de entrega de los bienes a través de “órdenes de suministro” (de aquí en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

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La ORDEN que emita “PEP”, a través de las Áreas Requirentes en los diferentes centros de trabajo será entregada al PROVEEDOR en días hábiles de lunes a viernes de 07:00 a 14:00 horas o transmitida vía fax o cualquier otro medio que en el futuro las partes convengan.

Las partes se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto máximo establecido en este contrato, ya que, si en algún momento las ÓRDENES rebasan el presupuesto máximo establecido en este contrato, el PROVEEDOR no deberá realizar entrega alguna de bienes, a menos que se celebre convenio modificatorio en los términos de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser suministradas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada mediante el convenio respectivo.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por las Áreas Requirentes de PEP en los diferentes Centros de Trabajo, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

QUINTA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

El plazo de entrega de los bienes es de 15 (quince) días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que el PROVEEDOR reciba la ORDEN correspondiente

Cuando la ORDEN sea transmitida vía fax o cualquier otro medio convenido por las partes, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de “PEP” según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por “PEP”.

Los bienes amparados en cada ORDEN, serán entregados en el domicilio que se señale en cada ORDEN, y que se encuentran detallados en el Anexo “____” de este Contrato.

El PROVEEDOR deberá entregar los bienes amparados en cada ORDEN, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el PROVEEDOR no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales.

La responsabilidad de la transportación de los bienes amparados en cada ORDEN así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de “PEP”, será a cargo del PROVEEDOR. Los bienes amparados en cada ORDEN deberán entregarse por partida completa, según corresponda.

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (DDP) INCOTERMS 2000, consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: entregar los bienes en destino final.

SEXTA.- CONDICIONES Y FORMA DE PAGO

“PEP” pagará al PROVEEDOR el importe de los bienes entregados y aceptados, de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales o el día hábil inmediato anterior si aquel no lo fuera, contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda en los términos de este contrato y del acuse de recibo correspondiente conteniendo: el sello del área receptora de los bienes, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo en el momento de darse de alta en la Ventanilla Única de “PEP”.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá diez (10) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

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Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de “PEP” bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en “PEP”.

TRATÁNDOSE DE OBLIGACIONES DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN TERRITORIO NACIONALLas obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se pagarán en moneda nacional, al tipo de cambio que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día hábil bancario inmediato anterior a aquel en que se haga el pago.

SÉPTIMA.- ANTICIPO

En el presente contrato “PEP” no otorgará anticipo al PROVEEDOR.

OCTAVA.- FACTURACIÓN

El PROVEEDOR deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte a que se refiere este contrato, para inicio de trámite de pago en las Ventanillas Únicas de PEP, ubicadas en los domicilios que se detallan en el Anexo “_______”; debidamente requisitadas, en original y tres copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato:

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la ORDEN, a los bienes entregados de acuerdo a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes. En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, “PEP” dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en la cláusula denominada Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de “PEP”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

NOVENA.- PAGOS EN EXCESO

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “PEP”. “PEP” procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de “PEP”.

DÉCIMA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS

En ningún caso los derechos y obligaciones derivados de este contrato, podrán ser transferidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas o morales distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “PEP”.

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El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y “PEP” otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las Partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007.

DÉCIMA PRIMERA.- OBLIGACIONES FISCALES

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que “PEP” realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PRIMER PÁRRAFO POR LA SIGUIENTE REDACCIÓN E INVARIABLEMENTE DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIARCada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del otro contratante), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que “PEP” esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

DÉCIMA SEGUNDA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS BIENES Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD

El PROVEEDOR, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PEP”, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PEP”.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante “PEP” para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que “PEP” podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que “PEP” otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y “PEP”, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo “PEP” con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y “PEP” exceda el periodo de 30 días naturales, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a “PEP”.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PEP”, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PEP”.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el

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fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PEP”.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

Por defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad.

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación

y descripción de los defectos, de los vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los defectos y vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

La garantía a que se refiere esta cláusula deberá entregarse en las oficinas del Área de Seguimiento y Control de Contratos de Suministro de la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, ubicadas en Avenida Adolfo Ruiz Cortines No. 1202, Planta Baja del Edificio Pirámide, Fraccionamiento Oropeza, Código Postal 86030, Villahermosa, Tabasco en el horario de: 8:30 a 14:30 horas y de 16:00 a 18:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “TX”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

De no cumplir con dicha entrega en el (los) plazo (s) establecido (s) así como en los términos y condiciones que se señalan en esta cláusula, “PEP” podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que “PEP” detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA TERCERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo pactado y de acuerdo a los términos que se precisan en este contrato. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos y en todo caso, para la entrega de los bienes observar lo indicado en el Anexo “A”

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de “PEP”, lugar de destino, el número del contrato y de la ORDEN, el número de la solicitud de pedido, de pedido asociado y el número de partida, indicando las cantidades contenidas según el caso, considerando el tipo de envasado o entregas a granel así como el peso de cada uno de ellos, de conformidad con lo señalado en el Anexo “A”.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato, de la ORDEN, de la partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido, pedido asociaciado y la descripción detallada de los bienes entregados.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los Bienes en los términos previstos en este Contrato y sus Anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por “PEP”.

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El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para “PEP”.

El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y de la ORDEN así como el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato y de la ORDEN.

Cualquier gasto en que incurra “PEP”, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

DÉCIMA CUARTA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para “PEP”, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice “PEP” a los bienes, no releva al PROVEEDOR de la obligación de garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, por lo que, éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los bienes, pudiendo solicitar a “PEP” y al PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: III (tres) que podrá realizarse por un prestador de servicios conforme a la Norma de Referencia NRF-049-PEMEX-2009 “Inspección y Supervisión de Arrendamientos y Servicios de Bienes Muebles”, o en su caso, de acuerdo a lo establecido en el “Procedimiento Institucional para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, o en su caso Empresas Filiales” PA-800-70600-01, cuando se realice con recursos propios de PEP; por lo que el PROVEEDOR deberá coordinarse oportunamente con el Área de Inspección de PEP más cercana a su planta o centro de distribución, para que se lleve al cabo la inspección de los bienes; considerando que el tiempo máximo para atender la solicitud de inspección de los bienes es de siete días naturales y de deberá ser considerado dentro del plazo de entrega establecido en este Contrato.

Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA QUINTA.- PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de 0.5 % por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate.

Si el PROVEEDOR entrega los bienes durante el plazo máximo de espera, PEP aplicará la pena convencional que corresponda en el momento que se entreguen, y en el caso de que no los entregue se aplicará una deducción equivalente al 10% del importe de la orden y se podrá proceder a emitir una nueva orden.

Para determinar el número máximo de ÓRDENES que podrán ser objeto de deducciones se considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato.

Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo, PEP emitirá una factura que ampare el monto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor el PROVEEDOR, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el contrato o convenio modificatorio y la fecha real de entrega de los bienes.

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El pago de los bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones.

Cuando la suma de las penas convencionales y/o de las deducciones alcance el importe de la garantía de cumplimiento de este contrato, PEP podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa de este contrato.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

En términos del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las penas convencionales serán calculadas sobre el precio ajustado.

DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “S”

El PROVEEDOR, otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de que por causas que le sean imputables, incumpla cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo “S” del presente Contrato, PEP le aplique deducciones económicas a las facturas que el PROVEEDOR presente a PEP con motivo de los trabajos ejecutados que correspondan al periodo en el que se haya presentado el incumplimiento a las obligaciones pactadas.

Las deducciones económicas se aplicarán de conformidad con los porcentajes de deducción y demás términos establecidos en el Formato 6 del referido Anexo “S”, en relación a las obligaciones contenidas en el Formato 4, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo “S”, siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DEL ANEXO “S” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”, esto sin perjuicio de las demás deducciones y/o penalizaciones pactadas en el presente Contrato, que resulten procedentes.

Las deducciones establecidas en esta cláusula, en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento.

DÉCIMA SEXTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

PEP podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitas el incremento en el monto del contrato o en la cantidad de bienes amparados en el mismo, así como en la vigencia que, en su caso, se derive de dicha ampliación, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de los bienes sea igual al originalmente pactado, el contrato este vigente y el PROVEEDOR no se encuentre en incumplimiento.

En el caso de que el presente contrato incluya dos o más partidas, el porcentaje se aplicará para cada una de ellas.

Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a las condiciones pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la Subgerencia de Recursos materiales, Sede Villahermosa de PEP, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerará inexistente para todos los efectos administrativos y legales del presente contrato.

La solicitud de modificación por parte del PROVEEDOR, no interrumpirá el plazo para la conclusión de los servicios originalmente pactado.

En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.

En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, el PROVEEDOR se obliga a entregar a PEP dentro de los diez días siguientes a la fecha de la formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documento modificatorio de la fianza otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR.

Tratándose de obligaciones garantizadas mediante carta de crédito, dicho instrumento tendrá que sustituirse, por otro similar conforme a los términos establecidos en este contrato, en el cual se garanticen las obligaciones de este contrato y del convenio correspondiente.

En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, PEP podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza mayor.

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Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del PROVEEDOR, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del PROVEEDOR, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente con la prestación de los servicios y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del dominio público deberá acreditarse documentalmente por la parte que la padezca, y notificar a la otra parte dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que la motivó a través de un oficio con acuse de recibo. Cuando se le notifique a “PEP”, deberá ser ante la Subgerencia de Recursos materiales, Sede Villahermosa de PEP.

El PROVEEDOR podrá solicitar la modificación al plazo y/o fecha establecida para la entrega de los bienes, por caso fortuito o fuerza mayor que ocurran de manera previa o hasta la fecha pactada.

Para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito a la Subgerencia de Recursos Materiales, Sede Villahermosa, una prórroga al plazo pactado, sin que dicha prórroga implique una ampliación al plazo original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si la prórroga solicitada se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en términos de la cláusula denominada Penas Convencionales. En caso de que el PROVEEDOR no dé aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar caso fortuito o fuerza mayor.

Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, un convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin la aplicación de penas convencionales, en términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes.

No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR, o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente.

DÉCIMA OCTAVA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que “PEP” podrá, en cualquier momento, por causas imputables al PROVEEDOR, rescindir administrativamente el presente contrato, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato.

Las causas que pueden dar lugar a que “PEP” inicie el procedimiento de rescisión administrativa del contrato son las siguientes:

1. Si el PROVEEDOR no entrega la garantía solicitadas en este contrato, a menos que se haya exceptuado al PROVEEDOR de su presentación.

2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales.3. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la entrega de los bienes, manifieste por escrito su imposibilidad de entregar los

mismos.4. Una vez agotado el monto limite de aplicación de deducciones.5. Si el Proveedor no entrega los bienes en el plazo establecido.6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los bienes que PEP hubiere recibido como incompletos, averiados o discrepantes.7. Si los bienes no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en este contrato.8. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio. 9. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con el consentimiento de PEP10. Si el PROVEEDOR no da a PEP o a quien éste designe por escrito, las facilidades o datos necesarios para la inspección de los bienes.11. Si el PROVEEDOR suspende injustificadamente el suministro de los bienes. 12. Cuando el PROVEEDOR ocasiones un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en los puntos: II.9; II.10 o

II.11.5 del anexo “S”;13. Por reincidencia en el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “S”. Para los efectos de esta causal se

entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos, o por dos o más veces de un mismo evento, ya que sea que se trate o no de obligaciones que se refieran a periodos;

14. Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el anexo “S”, o bien por el incumplimiento de otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad y Protección Ambiental. En este supuesto “PEP” podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las AUTORIDADES COMPETENTES determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR.

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15. Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del anexo “S”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad y Protección Ambiental. En este supuesto, “PEP” podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las AUTORIDADES COMPETENTES determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental.

16. Cuando en las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño consignadas en el Anexo “S”, el PROVEEDOR obtenga 3 (tres) calificaciones consecutivas menores a 80% (ochenta por ciento).

17. En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.

En caso de incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones del contrato, PEP podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía otorgada en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que PEP pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento si la hubiere.

Si el PROVEEDOR es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración o resolución correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el o los incumplimientos en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, “PEP” resolverá considerando los argumentos y pruebas que, en su caso, hubiere hecho valer el PROVEEDOR.

La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser comunicada al PROVEEDOR dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del PROVEEDOR dentro de dicho plazo.

Cuando se rescinda el contrato “PEP” formulara el finiquito correspondiente dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el PROVEEDOR hiciere entrega de los bienes, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que “PEP” pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula denominada Penas Convencionales y Deducciones.

Se podrá negar la recepción de los bienes una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, cuando el incumplimiento del PROVEEDOR implique que se extinga para “PEP” la necesidad de los bienes contratados, por lo que en este supuesto, “PEP” determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de cumplimiento.

En caso de que “PEP” decida no dar por rescindido el contrato, se deberá establecer con el PROVEEDOR otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

De actualizarse el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “PEP” podrá recibir los bienes, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo.

VIGÉSIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO

Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que “PEP” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a “PEP”, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida

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por la Secretaria de la Función Publica, lo anterior, de conformidad con el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En este supuesto, “PEP” procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales deberán señalarse en el finiquito correspondiete.

VIGÉSIMA PRIMERA.- DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES

Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los siguientes:

“PEP” Por el PROVEEDOR(dirección completa)

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

(dirección completa)

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

El PROVEEDOR se obliga a comunicar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos:

a) Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, ob) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, oc) Por correo certificado con acuse de recibo.

Asimismo, el PROVEEDOR acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de “PEP”, aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar.

Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a “PEP” en los siguientes términos:

a) Por escrito con acuse de recibo de “PEP” entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, ob) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, oc) Por correo certificado con acuse de recibo.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes objeto de este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de “PEP”; por lo que en estos casos; “PEP” podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones vigentes requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del objeto de este contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de “PEP” para la entrega de los bienes.

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El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este Contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que practique la Secretaría de la Función Pública y/o el Órgano Interno de Control en “PEP”.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

VIGÉSIMA TERCERA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale “PEP”. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/ o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

VIGÉSIMA CUARTA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS AUTOR

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a “PEP” de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice “PEP” en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, “PEP” dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 05 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a “PEP” un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a “PEP” respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de “PEP” de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a “PEP”.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de “PEP” de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA QUINTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y “PEP”

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de “PEP” o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

VIGÉSIMA SEXTA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEP podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEP otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEP podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO

Las áreas de PEP que administrarán el contrato, serán las Superintendencias de Administración de Inventarios y Aseguramiento de la Calidad (SAIACS) de cada una de las Regiones de PEP que intervengan en la ejecución de este contrato, a través de su titular o de la persona que se designe por escrito para tales efectos.

VIGÉSIMA NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD

Toda la información y documentación que resulte de la ejecución del presente contrato, así como la que PEP, le proporcione al PROVEEDOR, incluyendo información de carácter técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información clasificada como confidencial, y por lo tanto, no deberá usarse dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones pactadas por el PROVEEDOR, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son, en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias, o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEP.

El PROVEEDOR deberá señalar los documentos que entrega a PEP que contengan información clasificada como confidencial, reservada, y/o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEP, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.

TRIGÉSIMA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR expresa su voluntad y aceptación, para que de las facturas y liquidaciones del presente contrato, se descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos anteriores o vigentes, anticipos no amortizados, por incumplimiento o aplicación de sanciones derivadas de cualquier acto jurídico celebrado con PEP, o con cualquiera de los Organismos Subsidiarios en los términos del Código Civil Federal, aplicado en forma supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de acuerdo con el artículo 11 de la misma.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- ANEXOS33

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Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes.

Anexo “____”.- “_____________________________________”

Anexo “____”.- “_____________________________________”Anexo “____”.-“Texto de la(s) garantía(s)”

Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

En caso de cualquier discrepancia entre lo estipulado en el clausulado de este contrato y sus anexos, prevalecerá lo pactado en el clausulado.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN

Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES A LOS BIENES SOLICITADOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA.

SOLPED No. 3000008082

(ANEXO “A”)

“SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATO ABIERTO DE ACEITE HIDROFRACCIONADO TURBINAS ISO 46 (11) Y COMPRESORAS GAS NATURAL SAE 40 PARA 2010”

C O N T E N I D O

I. CONDICIONES Y REQUISITOS GENERALES

I.1. OBJETO DE CONTRATACIÓN

I.2. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

I.3. VIGENCIA DEL CONTRATO

I.4. PRESUPUESTO A EJERCER

I.5. PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES

I.6. LUGAR Y HORARIO DE ENTREGA DE LOS BIENES

I.7. EJERCICIO DEL CONTRATO

I.8. INSPECCIÓN DE LOS BIENES

I.9. MONTO ESTIMADO DE CONSUMO MENSUAL

I.10. FORMA DE EVALUACIÓN TÉCNICA

I.11. RECEPCIÓN DE LOS BIENES

I.12. CALIDAD DE LOS BIENES ENTREGADOS

I.13. NORMATIVIDAD A CONSIDERAR

II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

III. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y QUÍMICAS

IV. ESPECIFICACIONES PARA EL ROMBO DE SEGURIDAD

V. LUGARES DE ENTREGA DE ACEITES LUBRICANTES REQUERIDOS POR PEP.

VI. VENTANILLAS ÚNICAS DE PEP.VII. CANTIDADES DE REFERENCIA PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN

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BASES TÉCNICAS DE LA SOLICITUD DE PEDIDO ABIERTO DE BIENESNo. 3000008082

I. CONDICIONES Y REQUISITOS GENERALES

I.1. OBJETO DE CONTRATACIÓN

El objeto del contrato es el Suministro mediante contrato abierto de Aceite Hidrofraccionado Turbinas ISO 46 (11) y Compresoras Gas Natural SAE 40 para 2010, de acuerdo con la descripción y características a detalle de los bienes contenidos en la solicitud de pedido abierto de bienes No. 3000008082, las cuales se especifican en el Apartado III de estas bases técnicas.

La solicitud de pedido abierto de bienes No. 3000008082, se encuentra integrada en dos partidas conforme el apartado I.4 de estas bases.

I.2. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

Contrato Abierto, a precios fijos, con entregas puntuales, mediante proceso de Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas, de acuerdo con los Artículos 134 Constitucional; 26 fracción II y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

I.3. VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia para ejercer el contrato para la adquisición de los bienes, iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el 31 de agosto de 2010, o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero.

I.4. PRESUPUESTO A EJERCERDe acuerdo al artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presupuesto mínimo y máximo considerados para la adquisición de los bienes, contenidos en la solicitud de pedido abierto de bienes No. 3000008082, expresados en Pesos de los Estados Unidos Mexicanos, $ (M.N.), son los siguientes:

Presupuesto Máximo y Mínimo por partida, en Moneda NacionalPARTIDA DESCRIPCIÓN MÁXIMO MÍNIMO

01 ACEITE HIDROFRACCIONADO PARA TURBINAS ISO VG - 46 (11) $145,350.00 $46,512.00

02 ACEITE PARA MOTORES COMPRESORAS A GAS NATURAL SAE 40 $2’404,650.00 $973,488.00

TOTAL $2’550,000.00 $1’020,000.00

I.5. PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES

El plazo para la entrega de los bienes será de 15 (quince) días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que el PROVEEDOR reciba la orden de suministro correspondiente.

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I.6. LUGAR Y HORARIO DE ENTREGA DE LOS BIENES

El PROVEEDOR deberá realizar la entrega de los bienes considerando los puntos de entrega relacionados en el punto: V LUGARES DE ENTREGA DE ACEITES LUBRICANTES REQUERIDOS POR PEP”.

HORARIO: De Lunes a Viernes de 07:00 a 14:00 horas.

I.7. EJERCICIO DEL CONTRATO

Las Áreas Requirentes de PEP en los diferentes Centros de Trabajo son las encargadas de llevar al cabo el ejercicio del contrato, tomando en cuenta el tipo de partida que corresponda, el plazo, horario y lugar de entrega de los bienes a través de la emisión de órdenes de suministro.

El fincamiento de las órdenes de suministro, se realizará con la coordinación de las Áreas Requirentes, en los diferentes Centros de Trabajo.

El PROVEEDOR deberá entregar los bienes a más tardar el día en que se concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales; sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el PROVEEDOR no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales.

La responsabilidad de la transportación de los bienes amparados en el contrato, así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEP, será a cargo del PROVEEDOR.

Con objeto de facilitar las maniobras de descarga por parte del personal de PEP, en caso de ser necesario PEP podrá optar por requerir unidades de transporte del tipo redilas desmontables, lo cual deberá precisarse en la orden de suministro respectiva.

Para efectos de trámite de pago se relaciona la ubicación y personal responsable de las Ventanillas Únicas, indicadas en el punto VI VENTANILLAS ÚNICAS DE PEP, la cual deberá precisarse en la orden de suministro respectiva.

Los horarios de trabajo de las diversas unidades administrativas, para efectuar tramites de pago, en las ventanillas únicas de PEP es de 8.00 a 13.00 hrs. en días hábiles.

I.8. INSPECCIÓN DE LOS BIENESLos bienes objeto del contrato serán nuevos, no regenerados (reconstruidos) y estarán sujetos al nivel III de inspección. La Norma de Referencia NRF-049-PEMEX-2009, “Inspección y Supervisión de Arrendamientos y Servicios de Bienes Muebles”, aplicará cuando la inspección sea realizada por un prestador de servicio, o en su caso de acuerdo a lo establecido en el PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, PA-800-70600-01, cuando se realice con recursos propios de PEP; por lo que el PROVEEDOR deberá coordinarse oportunamente con el Área de Inspección de PEP más cercana a su planta o centro de distribución para que se lleve al cabo la inspección de los bienes; considerando que el tiempo máximo para atender la solicitud de inspección de los bienes es de siete días naturales y deberán ser considerados dentro del plazo de entrega establecido en estas Bases y el Contrato respectivo.

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No obstante, PEP por si mismo o a través de un tercero podrá verificar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, que los bienes cumplan con la calidad requerida, si derivado de dicha verificación PEP detecta desviaciones sobre la calidad de los bienes contratados, el PROVEEDOR deberá reponer los bienes conforme a las especificaciones y tiempos pactados en el (los) contrato (s) que se suscriba (n).

I.9. MONTO ESTIMADO DE CONSUMO MENSUAL

De conformidad con la fracción V del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presupuesto mínimo y máximo estimado que podrá requerirse por la suma del total de ÓRDENES emitidas por mes, es el siguiente:

PARTIDA DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO MENSUAL $ M.N.

MÁXIMO MÍNIMO

01 ACEITE HIDROFRACCIONADO PARA TURBINAS ISO VG - 46 (11)

$145,350.00 $46,512.00

02 ACEITE PARA MOTORES COMPRESORAS A GAS NATURAL SAE 40 $2’404,650.00 $973,488.00

TOTAL $2’550,000.00 $1’020,000.00

I.10. FORMA DE EVALUACIÓN TÉCNICA

La evaluación se realizará por partida, de acuerdo a la integración de la solicitud de pedido abierto de bienes No. 3000008082 considerando los criterios de evaluación técnica señalados en el Apartado II de estas bases técnicas.

Será motivo de descalificación de la partida, si como resultado del análisis técnico a detalle de las propuestas técnicas, no cumple técnicamente con alguno de los criterios de evaluación técnica señalados en este documento.

I.11. RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo señalado en el punto I.5 de este documento, en los lugares de entrega y horarios, conforme a lo señalado en el punto I.6 de estas bases técnicas.

Para realizar la entrega-recepción de los bienes se deberá considerar lo siguiente:

PARTIDA 1. Deberá entregarse a granel, conforme a lo señalado en el punto I.6 de estas bases técnicas.

Para las entregas a granel en el Campo Reynosa, Tamaulipas, el autotanque deberá contar con un mínimo de 20 metros de manguera reforzada, con espiral de acero, diámetro interior de 3”, en dos tramos de 10 mts, con conexiones rápidas hembra –macho.

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Para las entregas a granel en las Estaciones de Compresión Sánchez Magallanes y San Ramón, Tabasco, la unidad autotanque deberá contar con una manguera de de 3” de diámetro y cuando menos 20 mts de longitud, la conexión deberá ser tipo hembra.

PARTIDA 2. Deberán entregarse en tambores de acero al carbón nuevos, cerrados, terminados en lámina de acero al carbón, con capacidad nominal de 208 litros (55 galones), el cuerpo en calibre 20, tapa y fondo en calibre 18, las tapas deberán estar unidas al cuerpo mediante un doble engargolado y sellado con compuesto termoplástico, dos cordones de rodamiento expandidos o rolados en el cuerpo, espaciados a igual distancia, el fondo debe llevar mínimo un cordón de refuerzo estampado, flejados de forma tal, que garanticen un manejo seguro en las maniobras de carga y descarga hasta su destino final; la tapa del tambor deberá estar provista de 2 tapones (tipo trisure o riecke), uno de 50 milímetros (2 pulgadas) de diámetro, y otro de 19 milímetros (3/4 de pulgada) insertados en forma mecánica, diametralmente opuestos uno del otro. Cada tapón debe tener 3 ó mas cuerdas completas en la rosca, de manera que con tres vueltas cierre completamente, cada tapón deberá estar provisto de empaques para evitar fugas. Estos tapones deberán incluir sellos inviolables de garantía,; los tambores deberán indicar una leyenda que diga: "NO USAR PARA ALMACENAR AGUA O CUALQUIER OTRO PRODUCTO PARA CONSUMO HUMANO"; así mismo, deberá colocarse en un costado, en el tercio medio del tambor, el Rombo de Seguridad, considerando las especificaciones señaladas en el punto IV, conforme a las norma NOM-018-STPS-2000.

Así mismo, para la PARTIDA 1, podrá requerirse entregas en tambores, conforme a lo señalado en el punto I.6 de estas bases técnicas y con las especificaciones establecidas en el párrafo anterior.

Se debe considerar que la descarga la realizará personal de PEMEX Exploración y Producción, adscrito al lugar de entrega.

Para la entrega recepción de los bienes el PROVEEDOR deberá presentar en la sección de recibo del almacén copia: del contrato, de la orden de suministro y de la hoja de seguridad; así como, el original o copia de la hoja de resultados o certificado de calidad emitida por el laboratorio que efectuó el análisis de propiedades físicas y químicas de los productos; este laboratorio deberá estar certificado por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), la hoja de resultados o certificado de calidad, deberá contener nombre y firma del técnico responsable de dicho laboratorio y con visto bueno del Representante Legal del PROVEEDOR, así mismo, se deberá presentar original y copia de la nota de remisión o dos copias de la factura, a fin de que en cualquiera de estos documentos se registre el acuse de recibo respectivo; para tales efectos está obligado el PROVEEDOR a informar por escrito (fax, correo electrónico, etc.), con 48 horas de anticipación de la llegada del embarque al Almacén del Centro de Trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso, el Almacén no esta obligado a recibir inmediatamente los bienes.

La nota de remisión invariablemente deberá indicar el número: de contrato, de la orden de suministro, de la partida, del pedido asociado, del lote y fecha de fabricación, unidad de medida, cantidad, precio unitario, I.V.A. y el total en m.n.; así como, la descripción detallada de los bienes a entregar; en caso de presentar copia de la factura deberá registrar el número o números de nota (s) de remisión que ampare.

I.12. CALIDAD DE LOS BIENES ENTREGADOS

El PROVEEDOR se obliga a garantizar la calidad de los bienes entregados, si al ser recibidos o puestos en servicio, los mismos no cumplen o no corresponden a las especificaciones técnicas y calidad requerida, el PROVEEDOR se compromete a su reposición sin costo para PEP, quedando el PROVEEDOR sujeto a las penas convencionales correspondientes.

La inspección que realice PEP a los bienes, no relevará al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que, en caso de que incurra en

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responsabilidad originada por el incumplimiento de este concepto, se hará efectiva la garantía respectiva de calidad y vicios ocultos.

I.13. NORMATIVIDAD A CONSIDERAR

Por otro lado, el PROVEEDOR deberá considerar para efectos del ejercicio del contrato el cumplimiento de las normas y especificaciones que se mencionan a continuación las cuales son enunciativas más no limitativas:

NOM-116-SCFI-1997 Industria automotriz-Aceites lubricantes para motores a gasolina o diesel – Información comercial.

NOM-002-SCT/2003 Listado de sustancias y materiales peligrosos más usualmente transportados.

NOM-003-SCT/2000 Características de las etiquetas de envases y embalajes destinadas al trasporte de sustancias y residuos peligrosos.

NOM-024-SCT2/2002 Especificaciones para la construcción y reconstrucción, así como los métodos de prueba de los envases y embalajes de las sustancias, materiales y residuos peligrosos.

NOM-018-STPS/2000 Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas.

NMX-L-69-1995-SCFI Industria automotriz-Aceites lubricantes para motores a gasolina o diesel – Especificaciones o métodos de prueba

PEMEX No. P.1.0000.09 Especificaciones de embalaje y marcado de equipo y Primera Edición materiales.

NRF-049-PEMEX-2009 Inspección de Bienes y Servicios.

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II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICALA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS RECIBIDAS SE REALIZARA POR PARTIDA; LOS LICITANTES DEBERÁN CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA; PARA SER CONSIDERADAS PARA EVALUACIÓN, LAS PARTIDAS DEBERÁN CUMPLIR CON LAS CARACTERÍSTICAS FÍSICO QUÍMICAS SEÑALADAS EN EL APARTADO III DE ESTAS BASES TÉCNICAS; PARA ESTE FIN EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ ENTREGAR PARA CADA PARTIDA, LA FICHA TÉCNICA DEL BIEN O CATÁLOGO Y LA HOJA DE SEGURIDAD EN IDIOMA ESPAÑOL, QUE MUESTRE LAS ESPECIFICACIONES Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN QUE PROPONE; EL INCUMPLIMIENTO DE ALGÚN REQUISITO O DE ALGUNA CARACTERÍSTICA TÉCNICA A EVALUAR SERÁ MOTIVO PARA DESECHAR LA PROPUESTA TÉCNICA DE LA PARTIDA A EVALUAR, POR CONSIDERARSE QUE EL BIEN QUE PROPONE EL LICITANTE NO ES EL REQUERIDO POR PEP.

NUMERAL REQUISITO A EVALUAR CRITERIO DE EVALUACIÓN OBJETIVO A EVALUAR

1

ESPECIFICACIONES Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS BIENES QUE PROPONE

EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DE CADA UNO DE LOS BIENES QUE PROPONE, DEBERÁ ENTREGAR LA FICHA TÉCNICA O CATALOGO Y LA HOJA DE SEGURIDAD CON NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE Y DEL TÉCNICO DEL LABORATORIO ACREDITADO POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN, A.C. (EMA) U ORGANISMO EQUIVALENTE EN EL EXTRANJERO, QUE CUENTE CON CERTIFICADO VIGENTE DE ACREDITACIÓN COMO SIGNATARIO PARA PRUEBAS DE LABORATORIO Y APLICACIÓN DE NORMAS Y MÉTODOS EN LA ELABORACIÓN DE ACEITES LUBRICANTES, DEL CUAL SE DEBERÁ ENTREGAR CURRICULUM VITAE, QUE INCLUYA COMPROBANTE ACADÉMICO, CONSISTENTE EN COPIA DE LA CÉDULA PROFESIONAL, O CERTIFICADO, O DIPLOMA; ASÍ MISMO, DEBERÁ ENTREGAR DOCUMENTACIÓN LABORAL DONDE DEMUESTRE TENER MÍNIMO UN AÑO DE EXPERIENCIA EN EL RAMO, ANEXANDO LA DOCUMENTACIÓN PROBATORIA (COPIA DE CONSTANCIAS O CONTRATOS LABORALES), ASÍ COMO, COPIA DEL CERTIFICADO VIGENTE DE ACREDITACIÓN DEL LABORATORIO DONDE APAREZCA COMO SIGNATARIO AUTORIZADO, EMITIDO POR LA EMA U ORGANISMOS EQUIVALENTE EN EL EXTRANJERO.

ANTE LA OMISIÓN O INCUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO, LA PARTIDA SERÁ DESECHADA.

IDENTIFICAR QUE EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL BIEN QUE COTIZA EL LICITANTE, SE DESCRIBAN DE MANERA DETALLADA Y COMPLETA, Y QUE LAS MISMAS CORRESPONDEN A LO REQUERIDO POR PEP, MEDIANTE LA COMPARACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS PARA CADA TIPO DE ACEITE LUBRICANTE, Y AVALADO POR EL TÉCNICO SIGNATARIO AUTORIZADO EN EL LABORATORIO ACREDITADO POR LA EMA U ORGANISMO EQUIVALENTE EN EL EXTRANJERO.

2

MARCA Y RAZÓN SOCIAL DEL FABRICANTE DEL BIEN

INDICAR LA MARCA, NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL FABRICANTE DEL BIEN QUE COTIZA, PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE OFERTE.

ANTE LA OMISIÓN O INCUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO, LA PARTIDA SERÁ DESECHADA.

IDENTIFICAR LA MARCA DEL BIEN QUE COTIZA EL LICITANTE MEDIANTE LA INFORMACIÓN QUE ESTE PROPORCIONE.

3EXPERIENCIA EN EL MERCADO

PARA CUMPLIR ESTE CRITERIO DE EVALUACIÓN, PARA LAS PARTIDAS QUE SE PROPONGAN, PEP VERIFICARÁ QUE EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA HAYA INCLUIDO, SEGÚN SEA EL CASO:

A).-FABRICANTE: PARA LOS CASOS EN LOS QUE EL LICITANTE SEA FABRICANTE DE LOS BIENES QUE PROPONE, DEBERÁ ENTREGAR POR CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE OFERTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA COPIA DE FACTURAS O COPIA DE CONTRATOS ANTERIORES, QUE DEMUESTREN HABER SUMINISTRADO EL ACEITE LUBRICANTE DE LAS PARTIDAS QUE OFERTA, MEDIANTE LOS CUALES COMPRUEBE LA EXPERIENCIA EN LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES OBJETO DE ESTA INVITACIÓN.

B).-COMERCIALIZADOR O DISTRIBUIDOR: PARA LOS CASOS EN LOS QUE EL LICITANTE SEA COMERCIALIZADOR O DISTRIBUIDOR DE LOS BIENES QUE PROPONE, DEBERÁ ENTREGAR POR CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE OFERTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA COPIA DE FACTURAS O COPIA DE CONTRATOS ANTERIORES, QUE DEMUESTREN HABER SUMINISTRADO EL ACEITE LUBRICANTE DE LAS PARTIDAS QUE OFERTE, MEDIANTE LOS CUALES SE COMPRUEBE LA EXPERIENCIA EN LA COMERCIALIZACIÓN O DISTRIBUCIÓN DE ESTE TIPO DE BIENES.

ANTE LA OMISIÓN O INCUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO, LA PARTIDA SERÁ DESECHADA.

VERIFICAR QUE LAS EMPRESAS LICITANTES SON PROVEEDORES DEL RAMO Y CUENTAN CON LA EXPERIENCIA EN LA FABRICACIÓN O COMERCIALIZACIÓN DE LOS ACEITES REQUERIDOS POR PEP.

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III. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y QUÍMICAS

La descripción a detalle y las características físicas y químicas de los bienes a adquirir contenidos en la Solicitud de pedido abierto de bienes N° 3000008082, se describen a continuación:

PARTIDA: 1

ACEITE HIDROFRACCIONADO PARATURBINAS ISO VG 46 (11)

Aceite calidad Premium para lubricación de turbinas de vapor y sistemas circulatorios con propiedades de antiherrumbre, antioxidante, demulsibilidad y antiespumante, formulado con una mezcla de aceites básicos parafínicos hidrofraccionados con aditivos que proveen una resistencia superior a la oxidación El aceite terminado debe presentar una estabilidad a la oxidación según ASTM-D-943 de 22,500 horas mínimo.

Características físicas y químicas Método ASTM

Valores

Grado ISO VG46Apariencia Visual BrillanteColor D 1500 0.5Gravedad especifica, 15.6 °C, Típica D 1298 0.869– 0.88Temperatura de inflamación, °C, mínimo. D 92 229Temperatura de escurrimiento, ° C D 97 -40Viscosidad CinemáticaCentistokes a 40°CCentistokes a 100°C

D 44546.47.0

Corrosión de cobre, a 100 °C, 3 Horas D 130 1 APrevención de la herrumbre D 665 Sin herrumbreCaracterísticas de Espumación,

Tendencia-Estabilidad, ml, Máx.Secuencia ISecuencia IISecuencia III

D 892D 892D 892

0/00/00/0

Resistencia mínimo a la oxidación (horas) D 943 22,500Prueba de oxidación a bombas rotatorias, minutos D2272 2,000Prueba de demulsibilidad, minutos para pasar D 1401 10Numero de neutralización (No. de Acido Total), D 664/D974 0.08 Índice de viscosidad, mínimo D 2270 99El aceite deberá cumplir con el Código de limpieza establecido en la NORMA ISO 4406

16/14/12

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PARTIDA: 2

ACEITE PARA MOTORES DE COMPRESORAS A GAS NATURAL SAE 40

Aceite para motores estacionarios de combustión interna a gas natural, de dos o cuatro tiempos, SAE 40, con propiedades detergentes y dispersantes que permitan reducir depósitos en pistones y cámara de combustión. Adicionalmente, con propiedades antioxidantes, antidesgaste e inhibición de corrosión. Los aceites terminados deben cumplir con los requerimientos de los fabricantes de equipo: Caterpillar, Waukesha, Wartsila SACM, MVVM Deutz, Dresser-Rand.

Características físicas y químicas Método ASTM

Valores

Grado SAE-40Apariencia Visual BrillanteColor máx. D 1500 6.0Temperatura de inflamación, °C, Mín. D 92 230Viscosidad a 40°C, mm2/s (cSt), Típ. D 445 162Viscosidad a 100°C, mm2/s (cSt) D 445 14.5/16.2Índice de Viscosidad, Mín. D 2270 95Temperatura de escurrimiento, °C, Máx. D 97 -18Cenizas sulfatadas, % m, D 874 0.2/0.4Características de espumación,

Tendencia-Estabilidad, mL, Máx.Secuencia ISecuencia IISecuencia III

D 892D 892D 892

300 – 0 25 – 0300 – 0

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IV – ESPECIFICACIONES PARA EL ROMBO DE SEGURIDADSISTEMA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS POR SUSTANCIAS QUÍMICAS

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Oxi Oxidante Acid Ácido

Alc Alcalino Corr Corrosivo

W No use agua Radiación

RIESGOS ESPECIALES 0 MÍNIMO Estable1 LIGERO Inestable con calor2 MODERADO Presentan cambios químicos

violentos sin estallar3 ALTO Explotan con grandes fuentes

de ignición o reaccionan violentamente

4 SEVERO Explotan a temperatura ambiente y presión normal

RIESGO DE REACTIVIDAD

0 MÍNIMO No arde1 LIGERO Arde arriba de 93.3°C2 MODERADO Arde arriba de 37.8°C3 ALTO Arde arriba de 23°C4 SEVERO Arde abajo de 23°C

RIESGO DE INFLAMABILIDAD

0 MÍNIMO Material Normal1 LIGERO Riesgo Leve2 MODERADO Peligroso3 ALTO Extremadamente

Peligroso4 SEVERO Extremadamente

Peligroso

RIESGO A LA SALUD

LETRAS EN NEGRO NO APLICA

BLANCO

# EN BLANCO

1ROJO

# EN NEGRO

0AMARILLO

# EN BLANCO

0AZUL

CONFORME A LA NOM-018-STPS-2000 – “SISTEMA PARA LA IDENTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS”, SE DEBE DE CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL APÉNDICE F, ASÍ COMO LO QUE SE MENCIONA A CONTINUACIÓN:

a) Estar marcada, impresa, pintada o adherida al recipiente, las letras, números y símbolos que se utilicen, sean los colores establecidos en la anterior figura.

b) Ser de material resistente e indeleble, de acuerdo a las condiciones a las que deba estar expuesta, para que no se alteren ni la información ni los colores de la misma.

c) Las señales se deben de colocar en lugares visibles en cada uno de los recipientes, de manera que no queden ocultas y deberán tener dimensiones aproximadas de 12.5 x 12.5 cm.

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V.- LUGARES DE ENTREGA DE LOS ACEITES LUBRICANTES REQUERIDOS POR PEP

REGIÓN NORTECLAVE

CTCLAVE DE ALMACÉN ALMACÉN/ACTIVO DIRECCIÓN RESPONSABLES TELÉFONOS

237 2410 REYNOSA/A.I. BURGOS

BLVD. MORELOS, CALLE TAMAULIPAS S / N PUERTA

No. 5 COL. RODRÍGUEZ. C.P. 86630, REYNOSA

TAMAULIPAS

RECURSOS MATERIALES CONMUTADOR:(899) 921 76 00

ING. JOSÉ LUÍS ADAME RAMÍREZ MICRO 821 Ext. 50-100

OP' DE ALMACÉN FAX 821 Ext. 32-536

ING. ARTURO GONZÁLEZ RAMÍREZ MICRO 821 Ext. 50-106

REGIÓN SUR

CLAVE CT CLAVE ALMACÉN ALMACÉN/ ACTIVO DIRECCIÓN RESPONSABLES TELÉFONOS

297 2960 AGUA DULCE/CINCO PRESIDENTES

BLVD. AZTECA S/N FACTORÍA PEMEX, C.P. 96690 AGUA

DULCE, VERACRUZ. ALMACÉN GENERAL

RECURSOS MATERIALES CONMUTADOR.(993) 3 10 62 62

ING. ALEJANDRO MOLINA LUNAMICRO 871 Ext. 27-423MICRO 871 Ext. 27-323

OP DE ALMACÉN Y ASEG. DE LA CALIDAD CONMUTADOR.(993) 3 10 62 62

LAE. EDUARDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ MICRO 871 Ext. 27-794

C.P. MIGUEL CRUZ MARTÍNEZ MICRO 871 Ext. 27-738MICRO 871 Ext. 27-382

V. 6 PUNTOS DE ENTREGA DE ACEITES LUBRICANTES REQUERIDOS POR PEP; SUMINISTRO A GRANEL EN AUTOTANQUE

ALMACÉN (clave) DIRECCIÓN PERSONAL ENCARGADO TELÉFONO

ACTIVO INTEGRAL BURGOS REGIÓN NORTE

CAMPO REYNOSA (Estación de Compresión) Carretera San Fernando Km. 11.5, Campo Reynosa Ing. Arturo González Ramírez

(899) 909-04-86 (993) 921-38-50 Ext. 50-106 y 50-425

ACTIVO INTEGRAL CINCO PRESIDENTES: ESTACIONES DE COMPRESIÓN, REGIÓN SUR

SÁNCHEZ MAGALLANEZ Villa Benito Juárez, Tabasco, Municipio de Cárdenas, Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, Tabasco. Ing. Homero Carrasco Ordóñez

(923) 233-01-37 (923) 233-33-00 Ext. 27-720 y 27-721

SAN RAMÓN Ejido Ley de Reforma Agraria, Municipio de Moloacán, Veracruz.

Ing. Carlos Morales Rosales Ing. José Torres Sastre Ing. Alfredo Cortes SilvaIng. Jorge Andrés Gallardo Arres

Conmutador. (923) 38-11200 Exts. 29184,29206, 29181 Telmex. 01 938 38 22031 Conmutador. (923) 38-11200 Exts. 29186 Conmutador. (923) 38-11200 Exts. 29106, 29100, 29182 Conmutador. (923) 38-11200 Exts. 29136

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VI VENTANILLAS ÚNICAS DE PEP

RN247.- BurgosC.P. Julissa Vargas GuerreroCoordinación de Ventanilla Única, Burgos. Dirección; Edificio Administrativo Planta BajaBulevar Lázaro Cárdenas No. 605 esquina Bulevar Morelos, Colonia Anzalduas, C.P. 88640Teléfono; 01899-9217600, extensión 50144Horario de atención; De lunes a viernes, de 08:00 a 13:00 horas.

RS281.- Agua Dulce L.A.E. José Manuel Pérez SánchezCoordinación de Ventanilla Única, Agua Dulce.

Dirección: Boulevard Azteca s/n, Factoría de Pemex, C.P. 96690, Agua Dulce, Veracruz.Teléfono; 01993-3106262 extensión 27-471Horario de atención: De lunes a viernes, de 08:00 a 13:00 horas.

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FORMATO 01

FORMATO PARA LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA TÉCNICAESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS BIENES OFERTADOS

PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓNSUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASGERENCIA DE RECURSOS MATERIALESSUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES, SEDE VILLAHERMOSA

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CON LA DEBIDA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA __________________________ MANIFIESTO LO SIGUIENTE:

PARTIDANo

UNIDAD DE MEDIDA

DESCRIPCIÓN COMPLETA Y DETALLADA, MARCA, MODELO, TIPO O CLASE (EN SU CASO)

1

2

CONCEPTO REQUERIDO POR PEP

PLAZO DE ENTREGA 15 DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA FECHA DE RECEPCION DE LA ORDEN DE SUMINISTRO.

NOTA: SI EL ESPACIO NO ES SUFICIENTE, SE PODRÁN UTILIZAR HOJAS ADICIONALES SIGUIENDO ESTE FORMATO, EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

NOMBRE DEL LICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL:RAZON SOCIAL:F I R M A Y C A R G O:F E C H A:

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Anexo “C” FORMATO DE COTIZACIÓN (PROPUESTA ECONÓMICA)

Relación de conceptos y precios unitarios

PARTIDA Descripción Corta U. M.Precio Unitario

(Moneda Nacional o USD)C/Número C/Letra

1 Aceite hidrofraccionado para turbinas ISO VG 46 (11) LITRO

2Aceite para motores compresoras a gas natural SAE40

LITRO

NOMBRE DEL LICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL:_______________________RAZON SOCIAL:_________________________________F I R M A:_________________________C A R G O:________________________F E C H A:_________________________

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ANEXO “W” “Formato de cotización para efectos de evaluación económica”

PARTIDA Descripción Corta U. M. Cantidad de Referencia

Precio Unitario (Moneda Nacional o USD) Importe

C/Número C/Letra

1Aceite hidrofraccionado para turbinas ISO VG 46 (11)

LITRO 5,000

Subtotal

2Aceite para motores compresoras a gas natural SAE40

LITRO 120,000

Subtotal

TOTAL

La evaluación será por partida.

Notas:

1.-La cantidad de referencia del Anexo W, es solo informativa para efectos de evaluación, por lo que no representa compromiso para PEP.

2.- En la columna del precio unitario denominada “C/Número”, deberá anotar el precio unitario con número y con dos decimales, sin incluir el I.V.A.

3.- Anotar el precio unitario con letra, en la columna denominada “C/letra”.

4.- En la columna de importe, deberá anotar el importe con número y con dos decimales, sin incluir el I.V.A.

5- Los precios deben incluir todos los costos directos, indirectos, financiamiento, la utilidad, y en general, todas las erogaciones que deba hacer el proveedor para proporcionar el bien solicitado a destino final.

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FORMATO 2ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD Y FACULTADES

( nombre ) , manifiesto bajo protesta de decir verdad que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente procedimiento de INVITACIÓN INTERNACIONAL a cuando menos tres personas No. _______________, a nombre y representación de: ( nombre persona física o moral ) .

DATOS DEL LICITANTE:

Registro Federal de Contribuyentes: Tamaño de la Empresa:

Domicilio:

Calle y número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

Nº. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que la protocolizó:

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio:

Relación de socios :

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s):

Descripción del objeto social:

Reformas al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que la(s) protocolizó:

Datos Bancarios: Sucursal: Plaza: Cuenta: Banco:

Estratificación de la empresa de conformidad con el Artículo 3, Fracción III de la Ley Para el Desarrollo de la

Competitividad: Micro ( ), pequeña ( ) mediana empresa ( )DATOS DEL REPRESENTANTE DEL LICITANTE:

Nombre del apoderado o representante:

Datos de la escritura pública mediante el cual acredita su personalidad y facultades:

Escritura pública número: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que la(s) protocolizó:

(Lugar y fecha)

Protesto lo necesarioNombre y firma del representante legal

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FORMATO 04 “A”

FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL,

PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 4o. REGLA TERCERA Y 6o. REGLA TERCERA, DE ESTE ACUERDO

__________de __________ de ______________ (1)

___________(2)____________ Presente.

Me refiero al procedimiento _______(3)___________ número __(4)____ en el que mi representada,la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la propuesta de laempresa ______________(6)_______________ que se contiene en el presente sobre.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, manifestamos que los que suscriben, declaramos bajo protesta de decir verdad, que el (la totalidad de los) bien(es) que se oferta(n) en dicha propuesta, bajo la partida número ____(7)______, será(n) producido(s) en México, bajo la marca y/o modelo indicado en nuestra proposición y contendrá(n) un grado de contenido nacional de cuando menos el ___(8)_____ por ciento, en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante.

ATENTAMENTE

______________(9)_____________

ATENTAMENTE

_______________(10)____________

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 4o. REGLA TERCERA Y 6o.

FRACCION III DE ESTE ACUERDO

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad que invita o convoca.

3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.

4 Indicar el número respectivo.

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.

6 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

7 Señalar el número de partida que corresponda.

8 Establecer el porcentaje alcanzado para el bien o bienes ofertados. Este porcentaje podrá ser de, cuando menos, el 50% o el correspondiente a las excepciones establecidas en la regla decimaprimera, incisos 1 y 2 del Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional.

9 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa fabricante.

10 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTAS: a) Si el licitante y el fabricante son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

b) En el supuesto de que el licitante o el fabricante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

FORMATO 4 “B”

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FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 4o. REGLA CUARTA DE ESTE

ACUERDO

__________de __________ de ______________ (1)

___________(2)____________ Presente.

Me refiero al procedimiento _______(3)___________ número __(4)____ en el que mirepresentada, la empresa _______________(5)___________________ participa a travésde la propuesta de la empresa ______________(6)_______________ que se contiene enel presente sobre.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, manifestamos que los que suscriben, declaramos bajo protesta de decir verdad, que el (la totalidad de los) bien(es) que oferta la licitante, con la marca y/o modelo indicado en nuestra proposición, bajo la partida número ____(7)_____, son originarios de______(8)_____, país que tiene suscrito con los Estados Unidos Mexicanos el Tratado de Libre Comercio _______(9)______, el cual contiene un capítulo de compras del sector público, por lo que cumplimos con las reglas de origen para efectos de compras del sector público establecidas en dicho tratado, en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante.

ATENTAMENTE

_____________(10)____________

ATENTAMENTE

______________(11)_____________

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 4o. REGLA TERCERA DE ESTE

ACUERDO

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad que invita o convoca.

3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.

4 Indicar el número respectivo.

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.

6 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

7 Señalar el número de partida que corresponda.

8 Indique el nombre del país de origen de los bienes.

9 Indique el nombre del tratado de libre comercio bajo la cobertura del cual se realizó o se realizará la importación de los bienes ofertados.

10 Anotar el nombre y firma del representante de la persona o empresa fabricante.

11 Anotar el nombre y firma del representante de la persona o empresa licitante.

NOTAS: a) Si el licitante y el fabricante son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

b) En el supuesto de que el licitante o el fabricante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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FORMATO 5

ESCRITO QUE DEBERAN PRESENTAR LAS PERSONAS QUE PARTICIPEN EN EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VI DE LA LAASSP

INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CPEP-SV-Z-M-42/10

Villahermosa, Tabasco. a ____de___________ de___ PEMEX EXPLORACION Y PRODUCCIONSUBDIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZASSUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

(NOMBRE), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUENTO CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERME (POR SÍ MISMO O POR SU REPRESENTADA) PARA INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, ATENTAMENTE SE SOLICITA QUE SE TENGA POR PRESENTADO EN TIEMPO Y FORMA EL PRESENTE OCURSO.

Protesto lo necesario

Razón socialNombre y firma del representante legal

NOTA: LLENAR EXCLUSIVAMENTE EL TEXTO DENTRO DE LOS ESPACIOS SUBRAYADOS, EN PAPEL CON MEMBRETE DE LA EMPRESA, NO ESCRIBIR NADA DEL ENCABEZADO, NI LAS NOTAS AL PIE DEL FORMATO

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FORMATO 6

DOCUMENTO INTEGRADO DE MANIFESTACIONES BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD CORRESPONDIENTES A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTS. 50 Y 60 PENULTIMO PARRAFO DE LA LAASSP

__________________, ______, a ___de_____________ de _____

PEMEX EXPLORACION Y PRODUCCIONSUBDIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZASSUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALESPRESENTE.

Invitación Internacional a Cuando menos Tres Personas No. CPEP-SV-Z-M-42/10

Por este conducto el que suscribe (escribir el nombre de la persona física) en mi carácter de representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral representada) lo que acreditó con los datos establecidos en el Formato 02 sobre la acreditación de personalidad, que entrego en esta Invitación, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, LO SIGUIENTE;Con relación a la Invitación Internacional a Cuando menos Tres Personas N°. CPEP-SV-Z-M-42/10, relativa a la “_____________________________________________________________”, manifiesto lo siguiente:

Declaro bajo protesta de decir verdad que la empresa __________________________________ no se encuentra en ninguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; asimismo manifiesto que tengo total conocimiento de las implicaciones legales si falseo la información.

(UTILIZAR PREFERENTEMENTE PAPEL CON MEMBRETE DE LA EMPRESA)Protesto lo Necesario.

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

Utilizar preferentemente papel con membrete de la empresa

FORMATO 7

CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD

VILLAHERMOSA, TAB. A XXX DE XXXXX DEL 2010.

ING. NÉSTOR SANTIAGO BENÍTEZ.SUBGERENTE DE RECURSOS MATERIALES SEDE VILLAHERMOSA PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

Con relación a la Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas Número: ________________, cuyo objeto es: ____________________________, sobre el particular y en mi carácter de representante legal de la empresa ____________________________, expongo a usted lo siguiente:

De conformidad con lo señalado en la fracción VII del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, manifiesto que como invitados (licitantes), por nosotros mismos o a través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Pemex Exploración y Producción induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

Atentamente,

________________________NOMBRE, FIRMA Y CARGO

.

55

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

FORMATO 8 (Opcional)

Utilizar preferentemente papel con membrete de la empresa

INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NO. CPEP-SV-Z-M-42/10 REFERENTE AL SUMINISTRO MEDIANTE CONTRATO ABIERTO DE ACEITES HIDROFRACCIONADO TURBINAS ISO 46 (11) Y COMPRESORAS GAS NATURAL SAE 40, PARA 2010.

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN REFERENTE A LA ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE UNIDADES DE LECTURA/ESCRITURA DE CINTAS MAGNÉTICAS IBM 3592, REQUERIDOS POR LA GERENCIA DE GEOFÍSICA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE EXPLORACIÓN QUE ACUERDAN SUSCRIBIR PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL __________________________________________________ QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PEP” Y LA EMPRESA LICITANTE _______________________________________________________________ REPRESENTADA POR ______________________________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _____________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DONOMINARÁ EL “LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

1. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBDEZCA A UNA ESTRATEGIA DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA EN EL NEGOCIO.

2. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

3. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

4. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR EN INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

5. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN Y COMPROMISO DE TODAS LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FOMENTAR LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE INVITACIÓN Y CONTRATACIÓN.

6. ESTE PACTO REPRESENTA UN COMPRIMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL “INVITADO”

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE INVITACIÓN Y CONTRATACIÓN, QUE CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE Y EFICAZ AUTORIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL PROYECTO.

4. ACTUAR SIEMPRE CON LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

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INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE INVITACIÓN Y CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O DE LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

8. MANIFESTAR DE QUE POR SÍ MISMO O A TRAVÉS DE INTERPOSITA PERSONA, SE ABSTENGAN DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PEP, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y CUALQUIER OTRO ASPECTO QUE LES OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS, CON RELACIÓN CON LOS DEMAS PARTICIPANTES Y EVITAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A INFLUENCIAR O ASEGURAR LA CONTRATACIÓN PARA SÍ O PARA TERCEROS.

II.- DE “PEP”

1. EXHORTAR QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZON DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE INVITACIÓN Y CONTATACIÓN, CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS Y DIFUNDIR EL PRESENTE PACTO ENTRE SU PERSONAL, ASÍ COMO TERCEROS QUE TRABAJEN PARA “PEP”, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. DESARROLLAR SUS ACTIVIDADES EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DENTRO DEL CODIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA.3. EVITAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER LA CONTRATACIÓN DE UN

PROYECTO.4. RECHAZAR CUALQUIER TIPO DE COMPENSACIÓN QUE PUDIERA PREDISPONER A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO

DE CONTRATACIÓN.5. ACTUAR CON HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.6. ACTUAR EN TODO MOMENTO CON IMPARCIALIDAD EN BENEFICIO DE PEP Y LA NACIÓN Y SIN PREJUICIO DE EL

LICITANTE.7. LLEVAR A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD

Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN EL CIUDAD DE __________________________________, A _______ DÍAS DEL MES DE __________ DEL 2010.

POR “PEP” POR EL “INVITADO”

______________________________(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE “PEP”)

______________________________(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE

DEL INVITADO)

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FORMATO 10

DOCUMENTOS REQUERIDOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS INVITADOS A PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN.

DOCUMENTO REFERENCIAREFERENCIA EN LA

PROPUESTA

FOLIO

PROPUESTA TÉCNICA

REGLA DÉCIMA SEGUNDA INCISO II

1 Escrito que deberan presentar las personas que participen en el acto de presentacion y apertura de proposiciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 fracción VI de la LAASSP (Formato 05 anexo)

2. Copia de identificación oficial del representante en los términos de la regla 10.1 de la Invitación.

3 Formato para acreditación de personalidad y facultades” (formato 02 anexo).

4. Formato 4 A para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación internacional para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 4° regla tercera y 6° regla tercera, del acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia (DOF. 12 de julio de 2004) (opcional)

Formato 4 B para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación internacional para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4° regla cuarta del acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia (DOF. 12 de julio de 2004) (opcional)

5. Documento integrado de manifestaciones bajo protesta de decir verdad correspondientes a lo establecido en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, (formato 06 anexo)

6 Declaración de Integridad Formato 077 Formato 08 “Compromisos con la Transparencia” (de acuerdo a lo indicado en el inciso 2.2 de

esta reglas, este documento es opcional)

8 La información y documentos que se solicitan en el Anexo A

9. Relación de documentos requeridos Formato 10 (Opcional).10. Formato 01: Formato para la presentación de la propuesta técnica, especificaciones

descripciones y características técnicas de los bienes ofertados11. Informacion acerca del Programa de Cadenas Productivas de Nafin Formato 12 (OPCIONAL)12.- Formato para la manifestación de la información confidencial o reservada de los licitantes

Formato 17 (OPCIONAL)PROPUESTA ECONÓMICA

REGLA DÉCIMA SEGUNDA INCISO III

1. Anexo C Formato de cotización (propuesta económica). Relación de conceptos y precios unitarios

2.-Anexo W Formato de cotización para efectos de evaluación económica (utilizado exclusivamente para efectos de evaluación económica)

NOTA: EN ESTE FORMATO SE RELACIONA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LA PRESENTE INVITACIÓN; MEDIANTE EL CUAL LOS INVITADOS A PARTICIPAR PODRÁN INDICAR LA DOCUMENTACIÓN QUE ENTREGAN EN SOBRE CERRADO, EN EL ENTENDIDO QUE EL CONTENIDO REAL DE CADA UNO DE LOS SOBRES SERÁ VERIFICADO EN EL ACTO DE APERTURA CORRESPONDIENTE. BAJO ESTE PRINCIPIO, ESTE FORMATO PODRÁ UTILIZARSE COMO CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DICHA DOCUMENTACIÓN. ACLARANDO QUE LA OMISIÓN DE LA ENTREGA DE ESTE FORMATO, POR PARTE DEL PROVEEDOR, NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN.

RAZÓN SOCIAL:N O M B R E:

F I R M A:C A R G O:F E C H A:

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

SUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES, SVHA.

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FORMATO 19

FORMATO PARA MANIFESTACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL O RESERVADA DE LOS LICITANTES

VILLAHERMOSA, TABASCO, A ___DE_____________ DE 20__.

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

GERENCIA DE RECURSOS MATERIALESSUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES, SVHA.PRESENTE.

De conformidad con lo establecido en la Invitación Internacional a Cuando Menos Tres Personas N°____________________, en este formato, el licitante podrá señalar, los documentos que contengan la información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables.

La omisión de la manifestación requerida no será motivo de desechamiento de la propuesta del licitante.

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ANEXO S

OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

0. OBJETIVO Y ALCANCE.

El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que deben cumplir los proveedores o contratistas y su personal, con el fin de evitar incidentes y accidentes en las instalaciones petroleras de PEP.

Todos los requerimientos que PEP establezca en el formato 4 del presente anexo (Requerimientos generales, requerimientos específicos y requerimientos adicionales) son de cumplimiento obligatorio para el proveedor o contratista.

DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO O RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

En caso de incumplimiento del PROVEEDOR o CONTRATISTA a cualquiera de las obligaciones pactadas en el presente anexo a través del formato 4, PEP aplicará las deducciones pactadas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 de este Anexo.

PEP podrá en cualquier momento, iniciar la rescisión administrativa por causas imputables al PROVEEDOR o CONTRATISTA conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada “Procedimiento de rescisión administrativa del contrato”, así también podrá hacer efectiva la garantía otorgada, en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que PEP pueda ejercer lo que a su derecho convenga.

Las leyes, reglamentos, normas y otros documentos normativos estipulados en las obligaciones listadas en el formato 4, deben aplicarse en sus versiones vigentes al momento de la firma del contrato, independientemente de la versión especificada en el presente Anexo “S”.

I. DEFINICIONES.

Para los efectos del presente anexo se considerarán las definiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Federal del Mar, la Ley de Navegación, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y sus Reglamentos, en el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; así como las siguientes:

I.1. Accidente. Evento o combinación de eventos inesperados, no deseados, e instantáneos que tienen consecuencias tales como lesiones al personal, daños a terceros en sus personas o en sus bienes, daños al medio ambiente, daños a instalaciones o alteraciones a la actividad normal del proceso.

I.1.1 Incidente. Evento o combinación de eventos inesperados, no deseados, que alteran el funcionamiento normal de las instalaciones, del proceso o de la industria, acompañado o no de daño al ambiente, a las instalaciones y/o a las personas.

I.2. Accidente de trabajo. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo cualquiera que sea el lugar y tiempo que se presente, quedando incluidos los que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio a su trabajo y de este a su hogar.

I.3. Accidente de trabajo con pérdida de tiempo. Es el que origina uno o más días de incapacidad del trabajador o la muerte.

I.4. Agente. Elemento con características físicas, químicas, biológicas o psicosocial, cuya presencia en el medio interactúa con el organismo humano, causando efecto molecular, bioquímico, celular, en tejidos u órganos.

I.5. Área de riesgo

Los lugares donde se puedan suscitar los eventos que de forma enunciativa pero no limitativa, se mencionan a continuación:

a) Se procesen, manejen o existan de modo continuo o periódico gases o líquidos inflamables o tóxicos.b) Existan combustibles líquidos o sólidos capaces de generar un incendio o explosión.c) Se cuente con instalaciones o equipos que operen a altas presiones o temperaturas.d) Se realicen actividades en las cuales se manejen materiales incluidos en el primero y segundo listados de actividades altamente riesgosas publicadas en el Diario Oficial de la

Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992, respectivamente.e) Se manejen residuos peligrosos.f) Se operen instalaciones o equipo que se encuentre a más de 2 metros de altura de una plataforma o excavaciones a más de 1.20 metros de profundidad o 0.30 metros en

zonas donde exista la posibilidad de encontrar o afectar servicios subterráneos, túneles y pozos en general.g) Se operen instalaciones o equipo de energía eléctrica de alta tensión.h) Se cuenten con instalaciones o equipo que genere ruido, vibración, radiación ionizante o radiación térmica por arriba de los límites permisibles establecidos por la normatividad

en la materia.i) Se realicen actividades de disparos en pozos petroleros.j) Donde se almacenan explosivos, solventes, combustibles y productos químicosk) Espacios confinados.

I.6. A.S.N.T (American Society for Non Destructive Testing) Sociedad Americana de Pruebas No Destructivas

I.7. Atlas de riesgo. Documento en el que se registran los agentes, condiciones o circunstancias capaces de generar deterioro a la salud por la exposición de los trabajadores.

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I.8. CFR (Code of Federal Regulations) Código de Regulaciones Federales de los Estados Unidos de Norteamérica.

1.9 CONAGUA. Comisión Nacional del Agua.

I.10. Condiciones de trabajo. Conjunto de variables que influyen en la realización de una tarea y el entorno en que esta se realiza.

I.11. CONOCER. Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral

I.12. Descarga. La acción de verter, infiltrar, depositar o inyectar aguas residuales a un cuerpo receptor (Ley de Aguas Nacionales).

I.13. Edificio administrativo. Es cualquier construcción con jurisdicción de PEP (propiedad o rentada), cuyo uso está destinado a la función administrativa. Se incluyen en esta definición las edificaciones que alojan oficinas, hospitales, clínicas, consultorios, archivos, bibliotecas, hemerotecas, auditorios, almacenes de materiales, bodegas, estacionamientos, escuelas, centros de integración familiar, centros de desarrollo infantil y cualquier otra de uso similar.

I.14. Equipo de protección personal. Es el conjunto de aparatos y accesorios fabricados especialmente para ser usados en diversas partes del cuerpo, con el fin de impedir lesiones y enfermedades causadas por agentes a que están expuestos los trabajadores.

I.15. Equipo productor de flama o chispa. Es aquél capaz de producir chispas o flamas o que emite energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables / combustibles.

I.16. Exposición. Es el conjunto de medidas que determinan la cantidad, la vía, la frecuencia y el tiempo en el que un agente penetra al cuerpo del trabajador.

I.17. Higiene industrial. Es el conjunto de actividades que tienen por objeto el reconocimiento, la evaluación, y el control de aquellos agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral, por cuya acción continuada, se pueden generar enfermedades de trabajo.

I.18. Instalaciones Petroleras: Son aquellos edificios, estructuras, barcos y en general toda infraestructura propia, arrendada o que le presten servicios a Pemex Exploración y Producción, en los que se desarrollen alguna o algunas de las actividades de la industria petrolera que se mencionan en el Artículo 3° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Así como las áreas y terrenos propios o en los cuales éste tenga derechos de ocupación, en las que se desarrollen las actividades mencionadas de la industria petrolera o las relacionadas a las mismas, como pueden ser construcción; mantenimiento; almacenamiento y manejo de materiales y residuos; entre otros.

I.19. Instalación Petrolera Marina: Es aquella instalación petrolera localizada en zonas marinas mexicanas.

I.20. Instalación Petrolera Terrestre: Aquella instalación petrolera localizada en el territorio nacional, en un sitio diferente a las zonas marinas mexicanas.

I.21. Manual de sistema de “permiso para trabajo”. Documento que describe en detalle el Sistema de Permisos para Trabajos que por el riesgo que representan lo requieren, está dirigidos principalmente a los signatarios de los permisos y define cuando es necesario utilizar un Permiso para Trabajo, el proceso de aprobación y el control a seguir para la realización del trabajo motivo del permiso.

1.22 MARPOL. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques.

I.23. Material peligroso. Elementos, sustancias, compuestos o mezclas de ellos que independientemente de su estado físico representen un riesgo para el ambiente o la salud.

I.24. Matachispas. Dispositivo de seguridad para impedir la emisión de chispas.

I.25. Normas internacionales. La norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional.

I.26. Norma de referencia (NRF). La norma emitida por el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, conforme al Artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Debe aplicarse en su última versión vigente a la fecha en la que se realicen los trabajos o actividades.

I.27. Pemex. Petróleos Mexicanos.

I.28. PEP. Pemex-Exploración y Producción

I.29. Permiso de trabajo. Documento oficial utilizado para controlar todo trabajo que ha sido identificado como un riesgo potencial, mismo que debe cumplir con lo que establezca el manual de Sistema de Permisos Para Trabajo con Riesgo.

I.30. Plan de Respuesta a Emergencias. Conjunto de instrucciones y acciones predeterminadas para la instalación o centro de trabajo, de ejecución inmediata a realizarse internamente en la instalación, las cuales tienen la finalidad de inhibir o mitigar las consecuencias que podrían presentarse en el caso de una emergencia.

I.31. Plato testigo. Muestra diaria de la comida que se suministrará en el comedor.

I.32. Residuo. Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya característica no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.

I.33. Residuo peligroso. Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico que por sus características, corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

I.34. Riesgo. Probabilidad de que ocurra un daño al personal, al ambiente, a las instalaciones o al proceso productivo.

I.35. Salud en el trabajo. Es la aplicación de estrategias, técnicas y actividades multidisciplinarias para identificar, evaluar y controlar los riesgos a la salud de los trabajadores.

I.36. SEMARNAT. Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

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I.37. Sistema de permiso para trabajo. Mecanismo establecido por PEP, para proporcionar instrucciones escritas y autorizar al personal a realizar trabajos con riesgo potencial, a través de permisos.

I.38. SS. Secretaría de Salud

I.39. Trabajo con riesgo potencial. Es aquel que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos efectuados en altura o en lugares confinados y en general todo aquel que por su naturaleza o por las condiciones del área donde se ejecutan, sus alrededores o los materiales que se manejen durante su realización, motivan una probabilidad de daño al personal, a terceros, al ambiente o a las instalaciones.

I.40. Vertimiento. Es toda evacuación deliberada en el mar, lagunas, ríos, pantanos entre otros cuerpos de agua, por desechos u otras materias efectuadas desde buques, aeronaves y las que realicen por estos medios las plataformas y otras estructuras.

I.41. Unidad Habitacional. Es aquel bien mueble o inmueble destinado al descanso, alimentación y recreación de los trabajadores que laboran para PEMEX Exploración y Producción.

II. REQUERIMIENTOS GENERALES

II.1. Todo participante de un procedimiento de contratación, contratista o proveedor, debe observar lo siguiente:

a) Conocer el contenido de este anexo.b) En caso de resultar con la adjudicación del contrato y durante la vigencia del mismo, considerar los costos que tendrá que erogar para cumplir con lo estipulado en el

presente anexo. c) Acatar el contenido de este anexo, así como hacerlo del conocimiento de todo su personal que desempeñará actividades en instalaciones petroleras de PEP y asegurarse que

dicho personal cumpla con el mismo.d) Debe entregar al supervisor o residente de obra de PEP al inicio del contrato y cuando tenga rotación del personal durante la vigencia del mismo, la evidencia de la

comunicación a su personal del contenido del presente anexo, tales como: minutas, pláticas de difusión, talleres en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

e) Considerar que los planes, procedimientos, informes, evidencias documentales, personal, trabajos, actividades, permisos, autorizaciones, programas, cursos de capacitación o entrenamiento y todo lo establecido en los diferentes requerimientos del presente anexo, son específicos al alcance del contrato.

f) Para poder iniciar los servicios o trabajos motivo del contrato, el proveedor o contratista debe cumplir con las obligaciones establecidas en los incisos III.1.3; III.1.16.1; III.1.16.2; III.3.5.2; III.3.7.1 y III.3.8.1 del presente anexo “S”.

II.2. Cumplir con las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental estipuladas en el presente anexo y en la normatividad vigente en esas materias, para lo cual se debe presentar un plan de acción integral o un plan por cada materia. Dicho(s) plan(es) debe(n) ser actualizado(s) y deberá(n) entregarse como mínimo dos días hábiles previos al inicio del contrato. El plan de acción debe ser específico a los alcances del contrato, debe incluir la identificación de los impactos ambientales y los riesgos asociados a los trabajos a desarrollar, las acciones que se realizarán para mitigarlos, la normatividad aplicable en esas materias y las acciones que se realizarán para su cumplimiento. Cuando se especifique en el anexo “B1” o en otro anexo del contrato, dicho plan de acción debe ser conforme a las guías que ahí se estipulen y debe presentarse y desarrollarse en los plazos que en esos anexos se especifiquen.II.3. Durante la ejecución del contrato, , cuando se tenga que entregar o solicitar información o reportes conforme al presente anexo , dirigirse al supervisor o residente, excepto en los casos en los que se indique algo diferente en este documento.

II.4. Comunicar personalmente y posteriormente por escrito a la máxima autoridad de la instalación, al supervisor o residente del contrato y al personal de seguridad industrial; los actos o condiciones inseguras, anomalías o irregularidades que durante su permanencia dentro de instalaciones petroleras observe o identifique, cuando aquellas puedan poner en peligro la integridad de las personas, el ambiente o las instalaciones.

II.5. Interrumpir y reprogramar sus tareas, sin que ello signifique ampliación del plazo, cuando el servidor público de mayor rango de la instalación, el personal de seguridad industrial, el supervisor o residente de PEP lo soliciten por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente anexo o por motivos de seguridad o protección ambiental, sin responsabilidad o cargo para PEP y en el entendido de que sólo se permitirá que se realicen o reinicien dichas tareas hasta que se cumplan las obligaciones que motivan la interrupción de las mismas, o se restauren las condiciones de seguridad o protección ambiental.

II.6. Reparar los daños o afectaciones que se ocasionen con motivo de los trabajos objeto del contrato, dentro y fuera de las instalaciones petroleras, cumpliendo con la normatividad vigente o las indicaciones de la autoridad competente, sin cargo para PEP.

II.7. No fumar en las instalaciones petroleras, excepto en las áreas autorizadas y delimitadas para ese fin.

II.8. Acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que emita PEP en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, sin perjuicio de las demás disposiciones legales que está obligado a cumplir.

II.9. Aplicar sus procedimientos para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, los cuales deben estar autorizados por el representante legal de la compañía y ponerse a disposición de PEP antes del inicio de los trabajos correspondientes.

II.10. Capacitación

II.10.1. Contar con personal capacitado y adiestrado en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental acorde con la naturaleza de los trabajos que realice por motivo del contrato y presentar evidencias de dicha capacitación antes de realizar los trabajos correspondientes. Esta capacitación debe contemplar de manera enunciativa más no limitativa los siguientes temas o cursos: Sistema de Permisos de Trabajos con Riesgo, Uso y Manejo de Extintores, Manejo de Residuos (Incluir llenado de Bitácora Ambiental), Equipo de Respiración Autónomo, Uso de Explosímetro, Manejo Seguro, Básico de Seguridad, Sobrevivencia en el Mar y Gas Sulfhídrico, Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente, Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en los aparatados que aplique), Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental, Teoría de la Combustión, Características físicas y químicas del gas sulfhídrico, Toxicología, Medios de detección del gas sulfhídrico, Clasificación y uso de equipos de protección respiratoria, Riesgos Atmosféricos, Generalidades de los Primeros Auxilios, Hemorragias, Reanimación Cardiopulmonar (RCP), Riesgos en espacios confinados, Conceptos básicos y definiciones sobre planes de respuesta a emergencias, que hacer durante una emergencia, conceptos básicos sobre protección ambiental, Clasificación y Manejo de residuos peligrosos, Identificación de áreas de riesgos en el trabajo.

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II.10.2. Orientar a su personal que por primera vez ingresa a una instalación petrolera o aborda una embarcación o un helicóptero, entrenamiento para el transporte de personal en la canastilla (Viuda).; en lo concerniente a equipo de seguridad, protección ambiental, seguridad física, conducta y registro en la instalación o medio de transporte, productos que no pueden ingresarse a la instalación y en general, sobre todos los requerimientos del presente anexo que deba conocer dicho personal para cumplir con el mismo. Deberá impartir a su personal, un curso de inducción sobre el presente anexo, debiendo entregar al supervisor de PEP las evidencias de cumplimiento.

II.10.3. Dar las facilidades a su personal que labora dentro de las instalaciones petroleras, para que sean instruidos por PEP, cuando éste lo requiera, en lo relativo al presente anexo, pláticas para el personal que ingresa por primera vez a las instalaciones petroleras o a cualquier otro tema en materia de trabajos con riesgo, seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

II.10.4. Presentar antes del inicio de los trabajos objeto del contrato los planes y programas de capacitación previamente registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o aprobados por la misma, para capacitar a sus trabajadores sobre los riesgos de trabajo inherentes a sus labores motivo del contrato y las medidas preventivas para evitarlos. Así mismo contar con los planes y programas de capacitación correspondientes en materia de protección ambiental, durante el desarrollo del contrato.

II.10.5. El proveedor o contratista debe proporcionar la evidencia del cumplimiento de todos los requerimientos establecidos en este anexo y que le apliquen de acuerdo al objeto del contrato.

II.11. SEGURIDAD INDUSTRIAL

II.11.1. Equipo de protección personal

II.11.1.1. Dotar a su personal del equipo de protección personal que se establece en el presente anexo o en los otros anexos del contrato, al trabajar o permanecer en las instalaciones petroleras, conforme a lo establecido en la NOM-017-STPS-2001.

II.11.1.2. Utilizar equipo de protección personal en buen estado, la ropa de trabajo y casco deben contar con el logotipo de la empresa del proveedor o contratista y sin el logotipo de Pemex u Organismos Subsidiarios, el cual debe ser específico para las actividades a desempeñar y debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente.

II.11.2. Registro y notificación de accidentes

II.11.2.1. Informar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia al Área de SIPAC, dentro de los primeros cinco días de cada mes, su estadística de accidentes de trabajo por motivo del contrato, en el formato 1 del presente anexo.

II.11.2.2. Proporcionar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia al Área de SIPAC, al inicio del contrato, el nombre del responsable de reportar las estadísticas de accidentabilidad mencionadas en el punto anterior, utilizando el formato 2 del presente anexo.

II.11.2.3. Notificar los accidentes, dirigiéndose a la máxima autoridad o personal de Seguridad Industrial de la instalación de PEP o centro de trabajo donde ocurra dicho accidente y al supervisor o residente. Esto debe realizarse inmediatamente por teléfono o radio y por escrito dentro de las 24 horas siguientes, llenando el formato 3 del presente anexo “Reporte de accidentes industriales o de trabajo, de proveedores o contratistas”. Los accidentes que deben reportarse son: los ocurridos sin pérdida de tiempo, accidentes con pérdida de tiempo, de tránsito, industriales y ecológicos.

II.11.3. Investigación de accidentes e incidentes.

II.11.3.1. Otorgar las facilidades necesarias a efecto de que se realicen las investigaciones de accidentes e incidentes.

II.11.3.2. Participar en la investigación y análisis de los accidentes e incidentes relacionados con los trabajos objeto del contrato cuando se le solicite. Así mismo atender las recomendaciones derivadas de los reportes de análisis e investigación, proporcionando evidencia al supervisor de PEP con copia para el área de SIPAC.

II.11.3.3. Realizar los pagos por concepto de las pruebas y análisis de los materiales y equipos utilizados por el proveedor o contratista involucrado o relacionado con un accidente o incidente, cuyas causas le sean imputables, sin cargo para PEP. II.11.4. Señalización

II.11.4.1. Obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas, así como atender las informativas que se tengan en las instalaciones petroleras. De igual manera, instalar las correspondientes por motivo de sus actividades objeto del contrato.

II.11.5. Orden y Limpieza

II.11.5.1. Mantener en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo.

II.11.5.2. A la entrega-recepción de la obra o servicio, el lugar donde se ejecutaron los trabajos debe estar en condiciones limpias, libre de materiales, residuos, equipo sobrante y sin afectaciones al terreno, estructuras o instalaciones.

II.11.6. Respuesta a emergencias

II.11.6.1. Participar en la planeación y práctica de simulacros que PEP establezca para las instalaciones donde realice sus actividades bajo la coordinación de personal de PEP.

II.11.6.2. Solicitar a la máxima autoridad de la instalación petrolera o al supervisor o residente que se le impartan pláticas del Plan de Respuestas a Emergencias de la instalación al inicio de los trabajos y que se le indiquen las rutas de escape, puntos de reunión y salidas de emergencia de dicha instalación al ingresar por primera vez a la misma, para hacerlo de conocimiento de su personal.

II.11.6.3. Cuando se le solicite y bajo la coordinación de personal de PEP, colaborar en la atención de emergencias que se tengan que llevar a cabo en la instalación donde desempeñen sus actividades.

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II.12. SALUD EN EL TRABAJO

II.12.1. Controlar la salud en el trabajo de sus trabajadores, prevenir y controlar las enfermedades y adicciones, cumpliendo con el Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, la Ley General de Salud y las normas oficiales en la materia.

II.12.2 Cumplir con las jornadas de trabajo del personal en instalaciones petroleras que se establezca en los anexos del contrato.

II.12.3. Prevenir y controlar la emisión de agentes que puedan afectar la salud del ser humano, para lo cual deben implementarse las medidas de mitigación que se requieran.

II.12.4. En lo referente a su personal, acatar y cumplir los requerimientos de salud en el trabajo exigidos por la Secretaría de Salud y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, que establecen las regulaciones en la materia, así como los estipulados en el contrato y, cuando así se le solicite, proporcionar a PEP la evidencia documental de dicho cumplimiento.

II.12.5. Contar y aplicar programas de vigilancia médica para el personal que labora en instalaciones petroleras, principalmente cuando se realicen las actividades que, de manera enunciativa pero no limitativa, se mencionan a continuación: trabajos relacionados con soldadura y corte, radiaciones ionizantes, ruido y vibraciones o cuando el trabajador esté expuesto a condiciones térmicas extremas, sobreesfuerzo muscular, presiones ambientales anormales o sustancias químicas contaminantes. Así mismo, aplicar programas de control de drogas y alcohol a todo su personal. II.12.6. Contar con un manual y botiquín de primeros auxilios que incluya los medicamentos de curación, antídotos y materiales específicos para los riesgos potenciales del área o trabajos motivo del contrato. Adicionalmente, cuando su personal que labora en uno o varios frentes de trabajo dentro de instalaciones petroleras sea entre 15 y 49 trabajadores, contar además con una brigada de primeros auxilios integrada con dichos trabajadores debidamente entrenados. Cuando dicho personal sea entre 50 y 99 trabajadores, contar adicionalmente a lo anterior con al menos un paramédico en dichas instalaciones. Cuando el número de trabajadores sea 100 o más, se debe contar también con un médico cuando menos, en esas instalaciones.

II.13. PROTECCIÓN AMBIENTAL

II.13.1. Autorizaciones y Permisos

II.13.1.1. Proporcionar al supervisor o residente del contrato las evidencias documentales de las autorizaciones y permisos, la información y documentación de soporte que las leyes, reglamentos, normas y los anexos del contrato exijan para la realización de las actividades motivo del mismo; así como las del cumplimiento de los requisitos que las autoridades o dicha normatividad establezcan para obtener las autorizaciones y permisos mencionados.

II.13.1.2. Respetar las indicaciones de PEP sobre el uso de suelo de las áreas, predios o instalaciones petroleras.

II.13.2. Agua

II.13.2.1. No realizar vertimientos al mar, ríos, lagunas, pantanos u otros cuerpos de agua, de materiales tales como los que se señalan a continuación: plásticos, textiles, material sintético, vidrio, metales, losa, equipaje, materiales de recubrimiento, así como todos aquellos materiales que prohíbe la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en el Anexo I de su Reglamento para Prevenir y Controlar la contaminación del Mar por vertimiento de deshechos y otras materias, o aguas residuales que no cumplan con los limites máximos permisibles especificados en la NOM-001-SEMARNAT-1996.

II.13.3. Atmósfera

II.13.3.1. No utilizar o suministrar equipos que contengan Clorofluorocarbonos (CFCs) u otras sustancias que dañen la capa de ozono. En el caso de las embarcaciones, no usar sistemas contraincendio a base de Clorofluorocarbonos (CFCs), de acuerdo al Protocolo de Montreal y al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Así mismo, cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.

II.13.4. Residuos

II.13.4.1. Clasificar la basura, chatarra, residuos peligrosos o cualquier otro residuo indicado en la normatividad ambiental. El almacenamiento y transporte de los residuos debe hacerse en los recipientes o dispositivos adecuados de acuerdo a su clasificación, y enviarlos a los sitios de disposición final autorizados o los que indique PEP.

II.13.4.2. Al terminar cualquier etapa de un trabajo del contrato, retirar de la zona del trabajo todos sus equipos, estructuras provisionales y materiales excedentes que no vaya a utilizar posteriormente en el mismo sitio y confinarlo al área que indique PEP.

II.13.5. Suelo

II.13.5.1. Informar por escrito en los formatos vigentes que emite la autoridad ambiental, al área de SIPAC a través del supervisor o residente, cualquier derrame de materiales o residuos peligrosos que realice durante el desempeño de sus trabajos en instalaciones petroleras o en el trayecto a estas. Así mismo, acatar y cumplir con su responsabilidad de restaurar las áreas contaminadas, a través de las compañías autorizadas y conforme a la normatividad ambiental vigente, sin costo para PEP.

II.13.5.2. Mantener en buen estado su maquinaria y equipo, así como evitar fugas de lubricantes o combustibles que puedan afectar el suelo o subsuelo, instalando los dispositivos que para este fin se requieran.

II.13.5.3. No remover grava o material de arrastre del lecho de los ríos, arroyos, playas, lagos, lagunas o cualquier otro cuerpo de agua, excepto en las zonas específicamente aprobadas como bancos de materiales por las autoridades gubernamentales.

II.13.6. Prevención de impactos ambientales

II.13.6.1. No cazar, pescar, transportar, comercializar, o poseer ejemplares de fauna silvestre (terrestre o marina) en instalaciones petroleras, su vecindad o en áreas donde se realicen actividades por motivo del contrato.

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II.13.6.2. No dañar, comercializar, consumir o sustraer especies de flora del lugar donde se realizan los trabajos.

II.13.6.3. Al encontrar monumentos, restos y vestigios arqueológicos, históricos y culturales durante sus actividades, evitar la destrucción de los mismos, interrumpir temporalmente los trabajos por éste motivo e informar de inmediato a las autoridades de PEP, así como evitar difundir públicamente dichos hallazgos.

II.13.7. Auditorias

II.13.7.1. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, durante la realización de auditorias ambientales o de seguridad en las instalaciones y/o donde desempeñe sus actividades II.13.7.2. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, cuando éste ejerza su derecho de verificar el cumplimiento de los requerimientos de este anexo, en campo o documentalmente.

II.14. SEGURIDAD FÍSICA

II.14.1. Registro e Identificación

II.14.1.1. Antes de iniciar los trabajos, registrar a su personal con el supervisor o residente, quien gestionará el acceso de dicho personal con el área de seguridad física y con el responsable de las instalaciones petroleras donde desarrollarán sus actividades.

II.14.1.2. Durante el desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanencia en las instalaciones petroleras, todos los trabajadores del Proveedor o Contratista, deberán portar una credencial de identificación que los acredite como personal de su compañía y presentarla cuando se le solicite.

II.14.2. Acceso a instalaciones petroleras

II.14.2.1. A través de sus representantes, el proveedor o contratista debe solicitar la autorización para dar inicio de sus trabajos dentro de las instalaciones petroleras.

II.14.2.2. Respetar cercas, bardas y puertas de acceso de las instalaciones petroleras y sólo ingresar o salir de las instalaciones a través de los sitios indicados por PEP.

II.14.2.3. No ingresar a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personal que se establece en el presente anexo u otros anexos del contrato.

II.14.2.4. No ingresar a las instalaciones petroleras o áreas de trabajo con aliento alcohólico, bajo el efecto de drogas o cualquier enervante.

II.14.2.5. No introducir armas de fuego o sustancias ilícitas en las instalaciones petroleras. Las armas blancas o punzo cortantes sólo pueden ingresarse a las instalaciones, cuando esté plenamente justificada su utilización en los trabajos motivo del contrato.

II.14.2.6. Cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalaciones petroleras, notificarlo al personal de vigilancia, supervisor o al responsable de la instalación, presentando la prescripción médica correspondiente y acatar las instrucciones que dicho personal le indique.

II.14.2.7. Al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras, usar el cinturón de seguridad.

II.14.2.8. Estacionar sus vehículos en posición de salida, en áreas autorizadas, evitando obstaculizar las salidas normales y de emergencia, hidrantes, gabinetes con manguera contraincendio, equipo contraincendio y zonas o pasillos de circulación de personal.

II.14.2.9. Al conducir vehículos dentro de las instalaciones petroleras, circular a velocidades menores de 20 km/h o menores a las velocidades máximas indicadas en los señalamientos que se tengan en las diferentes áreas.

II.14.2.10. Al transportar personal en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras, utilizar vehículos adecuados para ese fin, asegurándose que dicho personal viaje sentado en asientos destinados para ese efecto y que cuente con medios para asirse.

II.14.2.11. Previo a la utilización de maquinaria o equipos que por sus dimensiones, pesos, o substancias que contenga representen un riesgo para los trabajadores, el ambiente o las instalaciones, solicitar a PEP el permiso para operar dentro de instalaciones petroleras.

II.14.3. Permisos para el uso de teléfonos celulares, radios de comunicación y equipos de fotografía o video

II.14.3.1. No usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras, ni ningún equipo eléctrico o electrónico que no sea intrínsecamente seguro, en caso de requerirse deberá tramitar y obtener un Permiso para Trabajo y seguir las instrucciones que el permiso y su documentación anexa señale.

II.14.3.2. Previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras o cualquier equipo que emita frecuencias que alteren los sistemas de seguridad de los procesos, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto.

II.14.3.3 Previo al uso de equipos de fotografía o video, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto

III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS

III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL

III.1.1. Entregar las hojas de seguridad e instrucciones de uso o aplicación de los productos o sustancias químicas que se suministren a PEP. Así mismo, indicar la composición química, fecha de caducidad de dichos productos o sustancias y los métodos para ser conservadas, segregadas, manejadas o protegidas para mantener sus propiedades.

III.1.2. Adjuntar con la información de la composición química y hoja de seguridad de las sustancias químicas que contengan los equipos que se suministren a PEP.

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III.1.3. Conforme a lo que se establece en los otros anexos del contrato, designar al personal especialista responsable de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que representen a la compañía y que tengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas materias durante la vigencia del contrato y, por cada 50 (cincuenta) trabajadores que tenga trabajando en actividades objeto del contrato, en uno o más frentes de trabajo, designar por escrito a cuando menos un supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo y otro en protección ambiental. En estos casos, notificar previo al inicio de sus funciones, para su evaluación y validación por PEP, los cargos y posición de dichos supervisores en el organigrama de su personal que participará en los trabajos o servicios motivo del contrato sus responsabilidades, experiencia en esas materias y entregar las evidencias documentales de dicha experiencia.

III.1.4. Cumplir con los requisitos de seguridad para actividades de buceo comercial que establecen la NOM-014-STPS-2000 “Exposición laboral a presiones ambientales anormales - condiciones de seguridad e higiene” y las regulaciones extranjeras OSHA 1915.6 “Operaciones de buceo comercial” y Code of Federal Regulations (CFR) 29 Sección T, o equivalentes cuando se realicen trabajos submarinos por motivo del contrato.

III.1.5. Dotar a las plataformas marinas y embarcaciones que le arrienden a PEP, con un sistema de detección y alarma de gases contaminantes que puedan estar presentes en ellas, durante la vigencia del contrato, asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”, lo cual debe incluirse sin cargo para PEP.

III.1.6. Dotar con un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a los equipos de perforación que le arrienden u operen a PEP en instalaciones petroleras terrestres donde se manejen hidrocarburos que contengan ese gas, asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”

III.1.7. Cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vapores tóxicos o inflamables (mezclas explosivas) en instalaciones petroleras, o donde exista posibilidad de encontrarlos por la clasificación del área donde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar una fuente de ignición, contar con detectores portátiles de esos gases para cada frente de trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichas actividades. Su utilización debe realizarse por probadores de gas autorizados, quiénes invariablemente deben haber acreditado el curso correspondiente, pudiendo ser estos técnicos o profesionistas integrantes de los frentes de trabajo de campo, es decir que no se requiere personal adicional por este concepto. En todos los casos, independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realice el Proveedor o Contratista, “PEP” podrá verificar que estas se ejecuten correctamente y podrá suspender, sin responsabilidad para “PEP”, los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativas así lo exijan.

III.1.8. Tener vigente la libreta de mar para el personal nacional y para el personal extranjero la autorización emitida por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante, para que labore en embarcaciones o la tarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petroleras marinas, las cuales deben ser avaladas por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, o por un país diferente a México que sea miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI).

III.1.9. Entregar evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal técnico que realice pruebas radiográficas, revelado o interpretación de radiografías dentro de instalaciones petroleras de PEP. Dichas evidencias deben entregarse en copias simples antes de iniciar los trabajos correspondientes. Así mismo, entregar copias del registro ante la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, de los materiales radiactivos, equipos empleados y del personal responsable del manejo de los equipos. El personal responsable de las pruebas radiográficas, debe asegurarse que se cumpla con la norma NOM-025/02-NUCL-1996 “Requisitos para equipo de radiografía industrial”.

III.1.10. De acuerdo con las actividades a realizar en las instalaciones petroleras de PEP por motivo del contrato, contar con las constancias de habilidades laborales que para tal efecto requiere la STPS, las cuales de manera enunciativa y no limitativa se mencionan a continuación:

a. Manejo de montacargas y calderas, para los operadores de esos equipos.b. Manejo y almacenamiento de materiales peligrosos, para los responsables de esos trabajos.c. Mantenimiento, cuidado y almacenamiento de las herramientas de trabajo, para los responsables de esos trabajos.d. Uso, conservación, mantenimiento, almacenamiento y reposición del equipo de protección personal, para los responsables de esos trabajos.e. Ejecución o supervisión de los programas de seguridad e higiene, para quienes realicen esas actividades.f. Servicios de medicina del trabajo y los servicios preventivos de seguridad e higiene, para los responsables de esos servicios,g. Mantenimiento u operación de las instalaciones eléctricas, para quienes realicen esas actividades.h. Capacitación y adiestramiento en combate de incendios para quienes tengan esas funciones.

Para el caso de trabajos especializados que no estén avalados por la STPS, tales como soldadura, radiografiado, servicios contraincendio, maniobras con grúas, entre otros, contar con las evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal técnico conforme a CONOCER u otro organismo equivalente.

III.1.11. Cuando se necesiten andamios para trabajos en alturas, cumplir con la NOM-009-STPS-1999 “Equipo suspendido de acceso. Instalación, operación y mantenimiento. Condiciones de seguridad” y con los procedimientos que PEP establezca. Dichos andamios deben ser prefabricados, de estructura metálica, con la resistencia y estabilidad para soportar las cargas a las que estarán sujetos y de un color contrastante al de la instalación donde se utilice.

III.1.12. Equipo básico de protección personal

III.1.12.1. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en áreas marinas, lacustres o embarcaciones, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo básico de protección personal siguiente:

III.1.12.1.1. Ropa de trabajo de algodón, de color contrastante con el mar y uniforme para todo su personal, que cuente con el logotipo del proveedor o contratista, la calidad de los materiales y especificaciones de confección deben ser similares a las establecidas por la NRF-006-PEMEX-2007 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, conforme al uso a que esté destinado.La ropa de trabajo debe contar con cintas retro reflejantes, sus dimensiones deben ser adecuadas a la talla de quien la porta y estar en buenas condiciones durante su uso.

III.1.12.1.2. Casco de seguridad en color naranja, que cumpla o exceda las especificaciones establecidas en la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación”, conforme al uso a que esté destinado.Los cascos y sus accesorios no deben contener elementos metálicos y no deben de ser utilizados si presentan fracturas o deformaciones.

III.1.12.1.3. Media bota costa fuera, con suela antiderrapante; con casquillo de protección, sin agujetas, la calidad de los materiales y especificaciones deben ser similares a las establecidas por la norma de referencia NRF -008-PEMEX-2007 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.

III.1.12.1.4. Calzado tipo borceguí costafuera dieléctrico, sin agujetas, la calidad de los materiales y especificaciones deben ser similares a las establecidas por la norma de referencia NRF-008-PEMEX-2007, cuando se realicen trabajos de electricidad.

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III.1.12.1.5. . Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos por impacto, que cumplan o excedan los requisitos de la norma NMX-S-057-SCFI-2002. Para otros tipos de riesgo los lentes deben igualar o exceder los requisitos que en materia de seguridad se especifiquen en la norma NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” o con las normas internacionales o extranjeras aplicables.Los lentes deben ajustarse perfectamente a la cara del usuario.No deben utilizarse lentes que presenten fracturas de cualquiera de sus partes o deterioro en el lente que impidan la visibilidad de quien lo usa.

III.1.12.1.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de la norma de referencia NFR-114-PEMEX-2006.

III.1.12.2. Durante la realización de trabajos en embarcaciones, usar el equipo básico de protección personal para actividades en instalaciones petroleras marinas que se establece en el inciso III.1.12.1, del presente anexo, así como el equipo propio a las actividades o área de la embarcación en la que se realicen.

III.1.12.3. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras terrestres, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo básico de protección personal siguiente:

III.1.12.3.1. Overol de algodón o camisa de manga larga y pantalón tipo recto de algodón, la calidad de los materiales y especificaciones deben ser similares a las establecidas por la norma de referencia NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista.

III.1.12.3.2. Casco de seguridad en color naranja, que cumpla o exceda las especificaciones establecidas en la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación”, y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación, especificaciones y métodos de prueba”. conforme al uso a que esté destinado.Los cascos y sus accesorios no deben contener elementos metálicos y no deben de ser utilizados si presentan fracturas o deformaciones. III.1.12.3.3. Calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle, con suela antiderrapante y casquillo de protección, la calidad de los materiales y especificaciones deben ser similares a las establecidas por la norma de referencia NRF-008-PEMEX-2007 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.

III.1.12.3.4. Calzado tipo borceguí dieléctrico, la calidad de los materiales y especificaciones deben ser similares a las establecidas por la norma de referencia NRF-008-PEMEX-2007, cuando se realicen trabajos de electricidad.

III.1.12.3.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos por impacto, que cumplan o excedan los requisitos de la norma NMX-S-057-SCFI-2002. Para otros tipos de riesgo los lentes deben igualar o exceder los requisitos que en materia de seguridad se especifiquen en la norma NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” o con las normas internacionales o extranjeras aplicables.Los lentes deben ajustarse perfectamente a la cara del usuario.No deben utilizarse lentes que presenten fracturas de cualquiera de sus partes o deterioro en el lente que impidan la visibilidad de quien lo usa.

III.1.12.3.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente.

III.1.12.4. Para los trabajadores que laboren en instalaciones petroleras marinas de PEP o en embarcaciones que le presten servicios a éste; se debe tener el equipo de protección personal, contraincendio y salvamento de acuerdo a lo requerido en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Los equipos como chalecos y botes o balsas inflables, deben ubicarse en los sitios que para tal fin le asigne PEP. Las cantidades de estos equipos deberán ser en función de lo establecido en los demás anexos del contrato, así como de lo establecido por medio de la evaluación para el llenado del formato 4 de este anexo.

III.1.12.5. Durante la prestación de servicios de alimentación y hospedaje, usar ropa de algodón, color blanco, con logotipo de la compañía, gorro y calzado de piel con suela antiderrapante, que cumpla con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos”. Cuando este personal ingrese a zonas industriales, debe utilizar el equipo de protección personal indicado en los otros incisos de este anexo.

III.1.13. Trabajos con riesgo

III.1.13.1. Antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalaciones petroleras, tramitar el permiso de trabajo correspondiente cumpliendo con el Sistema de Permisos Para Trabajo con Riesgo vigente.

III.1.13.2. Al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el punto anterior, indicar el equipo de protección personal que se usará adicionalmente al “equipo básico de protección personal” establecido en el inciso III.1.12 del presente anexo, indicando recomendaciones al respecto. Dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar, y pueden ser los que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: ropa retardante a la flama, guantes de uso específico (para soldador, químicos, dieléctricos, antiderrapantes), orejeras o tapones auditivos, equipo de protección para soldadores (peto, mangas, gorro, polainas, careta), equipo de protección respiratoria (mascarilla contra polvos, vapores orgánicos o ácidos, para humos de soldadura, equipo de respiración autónoma o sistema de aire tipo cascada), cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídas con doble cable (1.80 mts.) de vida, aditamento de desaceleración y cinturón, faja para soporte lumbar, bandolas y líneas de sujeción. III.1.13.3. Antes de ejecutar o supervisar trabajos con riesgo potencial, contar con personal con los conocimientos específicos y el aval de PEP como signatarios que requiere el Sistema de Permisos para Trabajo con Riesgo vigente en el mismo.

III.1.13.4. Al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalaciones petroleras de PEP, cumplir con los requerimientos indicados en el manual del Sistema de Permiso Para Trabajo con Riesgo, vigente en PEP, el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firma del contrato.

III.1.13.5. Acatar la responsabilidad y consecuencias de cualquier accidente que ocasione por no seguir las indicaciones contenidas en el permiso de trabajo con riesgo potencial correspondiente, o por no contar con éste.

III.1.13.6. Proporcionar el servicio de contraincendio a través de una brigada capacitada que cuente con el equipo adecuado para ese fin, la cual debe estar integrada con los mismos trabajadores que realizan las actividades o trabajos motivo del contrato.

III.1.13.7 Contar con extintores de acuerdo a la clase de fuego, en lugares visibles y de fácil acceso los cuales deben tener información de su funcionamiento, pictograma de fuego y sus limitaciones, además de contar con un programa de mantenimiento preventivo de acuerdo con la NOM-002-STPS vigente.

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III.1.14. Dispositivos de Seguridad para vehículos, maquinaria y equipo de trabajo

III.1.14.1 Todo el equipo, maquinaria y vehículos del contratista deben de estar en buen estado y proporcionar el plan de mantenimiento correspondiente.

III.1.14.2. Dotar de matachispas que operen correctamente a sus equipos, maquinaría y vehículos que ingresen a áreas de riesgo de una instalación petrolera, durante trabajos con riesgo potencial en presencia de gases, vapores o líquidos inflamables.

III.1.14.3. Dotar de matachispas a los equipos de combustión interna que se utilicen en áreas de riesgo, así como con interruptores de paro de emergencia, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo”.

III.1.14.4. En áreas de riesgo utilizar únicamente equipos, accesorios y conexiones eléctricas a prueba de explosiones, conforme a la NOM-001-SEDE-2005 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”. Así mismo, dotar de tierra física a esos equipos conforme a la NOM-029-STPS-2005 “Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centro de de trabajo- condiciones de seguridad.III.1.14.5. Cuando en las instalaciones petroleras se utilicen equipos productores de flama, tales como equipos de corte y soldadura, multiflama, así como a los equipos que se establezcan en los anexos del contrato, asegurarse que cuenten con un regulador y válvula “check” para evitar el contra flujo y/o con arresta flama en condiciones de operación. Así mismo, cumplir con las especificaciones que establece la NOM-027-STPS-2000”Soldadura y corte-condiciones de seguridad e higiene” o la normatividad oficial aplicable vigente.

III.1.14.6. Asegurarse que todos los equipos dinámicos y accesorios rotatorios que se utilicen en las instalaciones petroleras, cuenten con guardas de seguridad, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo”.

III.1.14.7. Todos los vehículos que ingresen a una instalación petrolera deberán cumplir con el lineamiento 800-800000-DCSIPA-L-02.

III.1.15. Señalización e identificación de productos y equipos

III.1.15.1. Acordonar con cintas de polietileno de color amarillo o rojo, e identificar con señalamientos las zonas donde se ejecute trabajos con riesgo potencial para el peatón o los trabajadores.

III.1.15.2. Colocar barreras de protección física con doble línea perimetral a las áreas de riesgo cuando se retiren rejillas, se realicen excavaciones y demás trabajos riesgosos y deberán contener el letrero “prohibido el paso”.

III.1.15.3. Durante la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras terrestres, instalar un letrero donde se indique el nombre del proyecto que se construye, el nombre de la compañía y el titular responsable de los trabajos. Las características del señalamiento deben ser las que se especifican en los otros anexos del contrato.

III.1.15.4. Identificar los productos, sustancias químicas o equipos que suministren, de manera legible y durable, en idioma español además del idioma del país de origen. Las especificaciones y durabilidad mínima requerida de la identificación, serán la que se especifica en los anexos del contrato. La identificación debe ser conforme a las NRF de Pemex, o de no existir estas, de acuerdo a las normas NOM-018-STPS-2000, NOM-005-STPS-1998, NOM-010-STPS-1999.

III.1.16. Respuesta a emergencias

III.1.16.1. Cuando se establezca en los anexos del contrato, entregar al inicio del contrato un Plan de Respuesta a Emergencias en idioma español, acorde al de PEP, en el cual se consideren todos los escenarios de emergencia conocidos o probables y que contemple procedimientos para evacuación y respuesta ante cualquier eventualidad durante el desarrollo del contrato. Después de ser revisado y autorizado por PEP, dicho plan debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista.

III.1.16.2. Al elaborar los Planes de Respuesta a Emergencias conforme al inciso anterior, incluir cuando menos y conforme al nivel de riesgo que impliquen los trabajos a desarrollar, los siguientes requisitos que se listan de forma enunciativa pero no limitativa: la estructura organizacional para la respuesta, la evaluación del riesgo, recursos en riesgo, soporte logístico, requerimientos de personal para la respuesta, almacenamiento de materiales y equipos, comunicaciones, requisitos de evacuación, rescate y ataque contra incendio, así como alternativas de recuperación después de la emergencia.

III.1.16.3. Proporcionar apoyo a instalaciones petroleras marinas en situación de emergencia con las embarcaciones que le prestan servicios a PEP, cuando se le solicite o se encuentre en las cercanías a dichas instalaciones.

III.1.16.4. Cuando por aplicación de un plan de emergencia, PEP evacue personal del proveedor o contratista de las instalaciones petroleras marinas o lacustres a tierra, éste debe hacerse responsable de la integridad de su personal desde su arribo a tierra, trasladándolos a un destino seguro. En caso de que dicho proveedor o contratista no cumpla con este requerimiento y PEP tenga que prestar algún servicio por cuenta propia o por terceros con motivo de la seguridad del personal evacuado, PEP recuperará los gastos mediante el descuento correspondiente en la facturación del periodo en que se susciten los hechos. En caso de reincidencia en el incumplimiento en este requerimiento, adicionalmente al descuento PEP podrá rescindir el contrato como se establece en el apartado IV de este anexo y en el clausulado del contrato.

III.1.17. Manuales

III.1.17.1. Proporcionar los manuales de operación, instalación, mantenimiento y desmantelamiento de los equipos que suministren por motivo del contrato. Dichos documentos deben presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al español.

III. 2. SALUD EN EL TRABAJO

III.2.1. Proporcionar el servicio de sanitarios a sus trabajadores que lleven a cabo actividades en instalaciones petroleras, que cumplan con la normatividad en la materia y conforme a lo que se establezca en el anexo B1 del contrato.

III.2.2. Al prestar servicios a PEP que incluyan la utilización o suministro de agua para consumo humano y preparación de alimentos, cumplir con la NOM-127-SSA1-1994 “Salud Ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”.

III.2.3. Cuando por motivo del contrato se requiera el ingreso al país de personal extranjero, se debe comunicar por escrito y personalmente a la máxima autoridad de PEP de la instalación y al supervisor del contrato para su notificación a la Secretaría de Salud del padecimiento de su personal en las enfermedades objeto de vigilancia epidemiológica internacional (Artículo 136

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Ley General de Salud) o en su caso que notifiquen que están exentos de dichos padecimientos. Esto debe realizarse al inicio del contrato, cuando la autoridad lo requiera y cuando se Presente alguna enfermedad durante el desarrollo del contrato se deberá cumplir con lo descrito en el título décimo quinto (sanidad internacional) de la Ley General de Salud y con los artículos 8º al 13º del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional.

Las enfermedades o riesgos objeto de vigilancia epidemiológica internacional son las siguientes, poliomielitis, meningitis, meningocóccica, tifo epidémico, fiebre recurrente transmitida por piojo, influenza viral, paludismo, sarampión, tosferina, difteria y casos humanos de encefalitis equina venezolana, enfermedades exóticas, nuevas o no existentes en el país, cuando represente un riesgo para la salud de la población; accidentes y desastres, cuando a juicio de la Secretaría de Salud afecten la sanidad internacional, y cualquier otra que determine la Organización Mundial de la Salud o los tratados y convenciones internacionales.

III.2.3.1 La documentación que deberá presentar el personal de las embarcaciones de los contratistas son libretas o constancias de vacunación ante enfermedades propias del lugar de origen, de acuerdo a la Ley General de Salud.

III.2.4 Cuando se utilicen embarcaciones para la prestación de servicios a PEP, contar con constancias de fumigación y control de plagas y desratización de dichas embarcaciones, conforme al Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios de la Ley General de Salud y cuando dichos servicios se presten en el mar, cumplir con la Ley General de Salud referente al Reglamento en materia de sanidad internacional, artículos 8 y 19. III.2.5. Ruido en el ambiente laboral

III.2.5.1. Al utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido, evitar que se excedan los límites máximos permisibles especificados en la NOM-011-STPS-2001”Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido” o implementar las medidas de mitigación que se requieran para asegurar el cumplimiento de dicha norma.

III.2.6. Atlas de riesgo

III.2.6.1. Contar en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español, de las instalaciones petroleras que le arrienden u operen a PEP por motivo del contrato. Dicho atlas debe considerar como mínimo los agentes físicos (ruido, iluminación, ambiente térmico y vibraciones mecánicas, entre otros), biológicos (calidad del agua de uso y consumo humano, calidad de insumos y análisis de alimentos, entre otros) y químicos (gases tóxicos, vapores, ácidos, solventes, entre otros). Dicho atlas de riesgo debe estar disponible y actualizado para su seguimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento u operación.

III.2.7. Iluminación

III.2.7.1. Cuando se instalen dispositivos de iluminación para realizar los trabajos dentro de instalaciones petroleras de PEP, cumplir con las especificaciones de intensidad, características técnicas y conexiones que se establezcan en las normas de referencia de Pemex que sean aplicables o, a falta de estas, con las normas oficiales mexicanas NOM-025-STPS-1999 “Condiciones de Iluminación en los Centros de Trabajo”, NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (Utilización)”.

III.2.8. Alimentación, hospedaje y control de plagas

III.2.8.1. Durante el manejo de alimentos en instalaciones petroleras, cumplir con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos” y además contar con los exámenes de salud del personal que realiza dicho manejo y, cuando se le requiera, ponerse a disposiciones de personal médico de PEP para que se le realicen los exámenes médicos pertinentes.

III.2.8.2. En las unidades habitacionales que se le arrienden a PEP, cumplir con la norma NMX-TT-005:1996-IMNC “Requisitos mínimos de calidad en el servicio e instalaciones que deben cumplir hoteles, moteles, servicios de tiempo compartido y similares para obtener el certificado de calidad turística, comercial de una o dos estrellas” en lo relativo a la limpieza y cuidado de las habitaciones y servicios pactados.

III.2.8.3. Cuando se le suministren alimentos a PEP, cumplir con el procedimiento del plato testigo establecido en la normatividad oficial, cumplir con la NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos”, en lo relativo a la inspección organoléptica de los insumos, las temperaturas diarias de los frigoríficos, las líneas de alimentos fríos y calientes, el control de primeras entradas y primeras salidas de materias primas, entre otros aspectos. Cumplir con la NOM-120-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas” y presentar la evidencia documental del cumplimiento como se cita en dichas normas.

III.2.8.4. Previo a la utilización de productos químicos para el control de plagas y desratización, contar con la autorización de la Secretaría de Salud e implementar las medidas de seguridad establecidas en la NOM-005-STPS-1998” relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas”.

III.2.9. Servicio médico

III.2.9.1. Cuando cuenten con servicio médico propio en las instalaciones petroleras, sin perjuicio de lo establecido en el requerimiento II.12.6, tener disponible en dichas instalaciones: medicamentos, material y equipo de primeros auxilios conforme lo establece el Título Cuarto Capitulo Sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.

III.3. PROTECCIÓN AMBIENTALIII.3.1. Estudios de Impacto y Riesgo Ambiental

III.3.1.1. Cuando se pacte la elaboración del estudio de impacto y riesgo en materia ambiental en los anexos del contrato, realizarlo conforme a las guías que para tal efecto emite la autoridad ambiental y las normas de referencia aplicables. Así mismo, ejecutar las acciones o medidas correspondientes que se deriven de las recomendaciones del análisis de riesgo, cuando se establezca en los otros anexos del contrato. Deberá entregar dicho estudio al supervisor de PEP.

III.3.2. Reporte de cumplimiento ambiental

III.3.2.1. Cumplir con los términos y condicionantes establecidos en el oficio resolutivo de autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental emitido por la SEMARNAT, que apliquen a las etapas del proyecto o actividades pactadas en el contrato. Para esto, documentar dicho cumplimiento y generar las evidencias pertinentes, tales como: fotografías, análisis de laboratorios, planos, permisos, pagos, reportes, estadísticas, estudios, entre otros. Cuando se trate de documentos oficiales, éstos deben ser firmados por una persona reconocida o autorizada para tal fin.

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III.3.2.2. Elaborar el Reporte de Cumplimiento Ambiental (RCA) al oficio resolutivo, con la información recopilada según se indica en el punto anterior y entregarlo a PEP para su revisión. Así mismo, cumplir con el plazo de entrega de dicho reporte y los tiempos para entregar los avances del cumplimiento establecidos en el oficio resolutivo y la vigencia de la autorización en materia de impacto y riesgo ambiental. Lo anterior de acuerdo al formato 5.

III.3.3. Agua

III.3.3.1. Cuando accidentalmente derramen o viertan materiales o residuos peligrosos en el mar o áreas lacustres, informar verbalmente antes de 24 horas después del evento y formalizarlo antes de 72 horas en los formatos vigentes a la Secretaría de Marina y a la Delegación de la SEMARNAT, según corresponda, reparar el daño sin cargo para PEP. Así mismo, enviar inmediatamente un informe detallado a PEP.

III.3.3.2. Previo al desvío de un curso natural de agua o la construcción de un paso temporal de un cuerpo de agua por motivo del contrato, contar con el permiso de la dependencia oficial correspondiente. Así mismo, al concluir los trabajos restaurarlo a sus condiciones originales sin cargo para PEP.

III.3.3.3. Antes de efectuar vertimientos o descargas de aguas residuales, deshechos u otras materias al mar, lagunas, ríos, pantanos u otros cuerpos de agua, contar con la autorización expedida por las dependencias federales correspondientes, o las locales en los casos que dichas descargas sean de jurisdicción local o a sistemas de alcantarillado; cumplir con las NRF de Pemex y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezcan las autoridades. Para este fin, deben tratarse las aguas residuales cuando sea necesario para poder cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en las autorizaciones de descarga o las Condiciones Particulares de Descarga.

III.3.3.4. Previo al uso o aprovechamiento de aguas nacionales, contar con el permiso correspondiente.

III.3.3.5. Evitar que el cemento, limos o concreto fresco y en general los residuos sólidos que genere durante sus actividades, tengan como receptor final el lecho de los cuerpos de agua.

III.3.4. Atmósfera

III.3.4.1. Al operar instalaciones petroleras para PEP o al utilizar equipos que funcionen con combustibles fósiles en las instalaciones petroleras, implementar un programa de mantenimiento durante la vigencia del contrato o instalar dispositivos, a efecto de cumplir con toda la normatividad oficial vigente en la materia referentes a emisiones a la atmósfera y lo que establezca la autoridad ambiental. Así mismo, entregar las evidencias documentales de su cumplimiento, conforme a la normatividad mencionada.

III.3.5. Residuos

III.3.5.1. Acatar y cumplir con la responsabilidad de los residuos que genere durante sus actividades, cumpliendo con lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento y las otras leyes, reglamentos y normas en la materia. III.3.5.2. Al arrendar u operar equipos o instalaciones a PEP, proporcionar al inicio del contrato, el programa de manejo de sus residuos que genere en la instalación petrolera correspondiente.

III.3.5.3. Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación y manejo de los residuos peligrosos o residuos de manejo especial que genere en cualquier instalación petrolera de PEP. III.3.5.4. Al realizar actividades en instalaciones petroleras de PEP, adicionalmente a la bitácora establecida en el requerimiento anterior, contar con una bitácora para registrar la generación y movimientos de los residuos no peligrosos que genere.

III.3.5.5. No quemar residuos a cielo abierto en las instalaciones petroleras. En el caso de las embarcaciones sólo se permite incinerar los residuos conforme al Anexo V del convenio internacional de Marpol, a través de incineradores específicos para ese fin.

III.3.5.6. Al utilizar dispositivos para el tratamiento o disposición de residuos en instalaciones petroleras, tales como incineradores, lavadores de gases o vapores, entre otros, no contravenir lo dispuesto en el inciso anterior y demostrar técnicamente que no existe generación de subproductos o residuos peligrosos.

III.3.5.7. No verter residuos no alimenticios al mar.

III.3.5.8. Antes de arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas de 25 mm o menores, de acuerdo a lo requerido en la Regla 4, anexo V del convenio internacional del MARPOL.

III.3.5.9. Al transportar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo que establezca para tal fin la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Marina o la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, según corresponda; las normas de referencia de Pemex que sean aplicables y la normatividad ambiental oficial vigente.

III.3.5.10. Al manejar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo requerido en el título IV, capítulo VI de la LGEEPA con toda la normatividad vigente en la materia y entregar a PEP su registro como empresa generadora de residuos peligrosos, los manifiestos de generación de residuos peligrosos, los de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos, así como los reportes trimestrales correspondientes.

III.3.6. Ruido

III.3.6.1. Al utilizar maquinaria y equipos de trabajo con emisiones de ruido ambiental, cumplir con la NOM-081-SEMARNAT-1994 “Establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición” y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental.

III.3.7. Seguros contra daños ambientales

III.3.7.1. Al realizar actividades altamente riesgosas, contar con un seguro de riesgo ambiental conforme al artículo 147 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Las actividades altamente riesgosas son las que establece la SEMARNAT (actualmente se tienen dos listados que fueron publicados en el Diario oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992), en tanto que las características y alcance de dicho seguro, deben ser conforme a la legislación y normatividad aplicables. Este seguro puede ser independiente o formar parte de los otros seguros que PEP le solicite al proveedor o contratista en el contrato.

III.3.8. Planes de contingencia ambiental

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III.3.8.1. Al realizar actividades, contar desde el inicio del contrato con un Plan de contingencia ambiental basado en un análisis de riesgo, cuando se establezca en los anexos del contrato. Dicho Plan debe establecer las medidas y equipos que se utilizarán en caso de una contingencia ambiental, estar vigente, cumplir con lo que establece la normatividad oficial vigente, los lineamientos o guías correspondientes de PEP y ser acorde a los planes de contingencia ambiental de PEP. Debe someterse a la revisión de PEP y una vez aprobado por éste, debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista. III.3.9. Auditorias Ambientales

III.3.9.1. Previo al inicio de operaciones de las instalaciones petroleras o equipos de perforación que se arrienden u operen a PEP, iniciar los trámites para incorporarlos al Programa Nacional de Auditoria Ambiental, con el fin de obtener el Certificado de Industria Limpia (Certificado de Cumplimiento Ambiental) correspondiente, en los términos que le establezca la Autoridad, sin que esto sea un criterio de Evaluación Técnica del Procedimiento de Contratación.

III.3.9.2. Para efectos del punto anterior, antes de finiquitar el contrato, el proveedor o contratista debe entregar evidencias documentales que demuestren el registro en el Programa Nacional de Auditoria Ambiental mencionado y que ha cumplido con los requisitos y recomendaciones que la Autoridad le haya emitido en fechas comprendidas dentro del plazo de vigencia del contrato.

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IV. FORMATOS

FORMATO 1RESUMEN ESTADÍSTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO

COMPAÑÍA: RFC:NÚMERO DE CONTRATO:DIRECCIÓNTELÉFONO FAX:CORREO ELECTRÓNICO:INFORME CORRESPONDIENTE AL MES DE: DEL AÑO:TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO CON PÉRDIDA DE TIEMPO:TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON PÉRDIDA DE TIEMPO:TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE:TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE:TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS DE MUERTE POR ACCIDENTE DE TRABAJO:TOTAL MENSUAL DE DÍAS PERDIDOS POR INCAPACIDAD:TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE:TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE O MUERTE: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE SALARIOS Y PRESTACIONES PAGADOS POR INCAPACIDAD:IMPORTE TOTAL MENSUAL DE GASTOS POR SERVICIOS MÉDICOS PROPORCIONADO A LOS TRABAJADORES ACCIDENTADOS:IMPORTE TOTAL MENSUAL DE LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR RIESGOS DE TRABAJO:

TOTAL MENSUAL DE HORAS HOMBRE LABORADAS:NUMERO TOTAL DE TRABAJADORES:LUGAR FECHA(DÍA/MES/AÑO): DE DE

REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍANOMBRE Y FIRMA:

CARGO:

FORMATO 2

DATOS DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR O CONTRATISTA RESPONSABLE DE PROPORCIONAR LAS ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTABILIDAD

COMPAÑÍA RFC:NÚMERO DE CONTRATO: VIGENCIA:NOMBRE DEL PERSONAL:

CARGO:DIRECCIÓN:TELÉFONO:FAX:CORREO ELECTRÓNICO:PERIODO DE NOMBRAMIENTO:REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA

NOMBRE Y FIRMA:CARGO:

FORMATO 3REPORTE DE ACCIDENTES INDUSTRIALES O DE TRABAJO DE PROVEEDORES O CONTRATISTAS

LUGAR DEL EVENTO: FECHA DE REPORTE(DÍA/MES/AÑO):

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FECHA DEL EVENTO(DÍA/MES/AÑO): HORA DEL EVENTO:COMPAÑÍA: RFC:NÚMERO DE CONTRATO:ACCIDENTE: INDUSTRIAL: PERSONAL:NOMBRE DE LA PERSONA: EDAD:ANTIGÜEDAD EN LA COMPAÑÍA: No. DE IDENTIFICACIÓN:CLASIFICACIÓN O CATEGORÍA:TIEMPO QUE TENÍA DESARROLLANDO ESA CATEGORÍA:RELATO DEL ACCIDENTE:

SE AUTORIZÓ EL TRABAJO SI NO SE SUPERVISÓ EL TRABAJO SI NO¿QUIEN AUTORIZÓ? ¿QUIEN SUPERVISÓ?

¿REQUERIA PERMISO PARA TRABAJO CON RIESGO? SI NOPERMISO CLASE A B NÚMERO DE PERMISO:

DEPENDENCIA QUE EXPIDIÓ EL PERMISO:NOMBRE DEL RESIDENTE:TIPO DE LESIONES AL TRABAJADOR:LUGAR DONDE OCURRIÓ EL ACCIDENTE:DAÑOS A LA INSTALACIÓN DE PEMEX:CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS:EFECTOS NEGATIVOS AL AMBIENTE: SI NODERRAME DE: HIDROCARBUROS: MATERIALES PELIGROSOS: RESIDUOS PELIGROSOS:EMISIONES DE: GASES TÓXICOS: HUMO:CONTAMINACIÓN DEL: AIRE AGUA SUELO

REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍANOMBRE Y FIRMA:

CARGO:

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FORMATO 5Formato: 5.1

PROGRAMA AMBIENTAL DE CUMPLIMIENTO DE TÉRMINOS Y CONDICIONANTES

OFICIO RESOLUTORIO No._______________________________________

NOMBRE DEL CONTRATO:________________________________________

NÙMERO DE CONTRATO:_________________________________________

Término Condicionantes

Descripción

Acciones a realizar

Etapa del Proyecto

Plazo de Cumplimiento

Área Responsable

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Formato: 5.2

“Notificación de Inicio / Término”

(Usar papel Membretado)

____(Lugar)___, a __(día)__ de __(mes)__ de _(año) _

PARA: (Nombre del Supervisor de Contrato de PEP)

ASUNTO: NOTIFICACIÓN A LAS AUTORIDADES AMBIENTALES DE LA FECHA DE (INICIO o TERMINO según corresponda) DE LAS ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN (COSTA AFUERA / EN TIERRA) CORRESPONDIENTES AL (Contrato) (Número)

En cumplimiento con el Término (Escribir con letra el número) del “Oficio Resolutorio” (No. de Resolutorio) de fecha (Fecha de emisión del Oficio Resolutorio), de la Manifestación de Impacto Ambiental para el (“Nombre del Proyecto al que pertenece la obra”); le informo que las actividades de construcción (COSTA AFUERA / EN TIERRA) correspondiente al Contrato (número), (INICIARON / TERMINARON) el día (fecha) del mes (nombre del mes) de (año). Favor de notificar de esta fecha a las autoridades correspondientes.

Atentamente

________________(firma)________________(Nombre)

(Gerente o Responsable del Proyecto)

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Formato: 5.3

“Notificación de Carga de Estructuras”

(Usar papel Membretado)

____(Lugar)___, a __(día)__ de __(mes)__ de _(año) _

PARA: (Nombre del Supervisor de Contrato de PEP)

ASUNTO: NOTIFICACIÓN A LAS AUTORIDADES AMBIENTALES DE LA FECHA DE CARGA DEL (Nombre de la estructura) CORRESPONDIENTE AL (Contrato) No. (Número)

En cumplimiento con el Término (Escribir con letra el número) del “Oficio Resolutorio” (No. de Resolutorio) de fecha (Fecha de emisión del Oficio Resolutorio), de la Manifestación de Impacto Ambiental para el (“Nombre del Proyecto al que pertenece la obra”); le informo que las actividades de carga de (el nombre de la estructura) perteneciente a la plataforma (nombre de la plataforma) del (Contrato [No.]) iniciaron el día (fecha de carga). Esta estructura será instalada por (Nombre de la empresa o contrato que realizará la instalación) en el campo (Nombre del Campo). Favor de notificar de esta fecha a las autoridades correspondientes.

Atentamente

________________(firma)________________(Nombre)

(Gerente o Responsable del Proyecto)

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FORMATO 6

No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

Todo participante de un procedimiento de contratación, contratista oproveedor, debe observar lo siguiente:a) Conocer el contenido de este anexo.b) En caso de resultar con la adjudicación del contrato y durante lavigencia del mismo, considerar los costos que tendrá que erogar paracumplir con lo estipulado en el presente anexo . c) Acatar el contenido de este anexo, así como hacerlo delconocimiento de todo su personal que desempeñará actividades eninstalaciones petroleras de PEP y asegurarse que dicho personalcumpla con el mismo.

d) Debe entregar al supervisor o residente de obra de PEP al inicio delcontrato y cuando tenga rotación del personal durante la vigencia delmismo, la evidencia de la comunicación a su personal del contenidodel presente anexo, tales como: minutas, pláticas de difusión, talleresen materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

e) Considerar que los planes, procedimientos, informes, evidenciasdocumentales, personal, trabajos, actividades, permisos,autorizaciones, programas, cursos de capacitación o entrenamiento ytodo lo establecido en los diferentes requerimientos del presenteanexo, son específicos al alcance del contrato.f) Para poder iniciar los servicios o trabajos motivo del contrato, elproveedor o contratista debe cumplir con las obligaciones establecidasen los incisos III.1.3; III.1.16.1; III.1.16.2; III.3.5.2; III.3.7.1 y III.3.8.1del presente anexo “S”.

II.2.

Cumplir con las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo yprotección ambiental estipuladas en el presente anexo y en lanormatividad vigente en esas materias, para lo cual se debe presentarun plan de acción integral o un plan por cada materia. Dicho(s)plan(es) debe(n) ser actualizado(s) y deberá(n) entregarse comomínimo dos días hábiles previos al inicio del mismo. El plan de accióndebe ser específico a los alcances del contrato, debe incluir laidentificación de los impactos ambientales y los riesgos asociados alos trabajos a desarrollar, las acciones que se realizarán paramitigarlos, la normatividad aplicable en esas materias y las accionesque se realizarán para su cumplimiento. Cuando se especifique en elanexo “B1” o en otro anexo del contrato, dicho plan de acción debeser conforme a las guías que ahí se estipulen y debe presentarse ydesarrollarse en los plazos que en esos anexos se especifiquen

A I C 0 1.5% 0.00

II.5.

Interrumpir y reprogramar sus tareas, sin que ello signifiqueampliación del plazo, cuando el servidor público de mayor rango de lainstalación, el personal de seguridad industrial, el supervisor oresidente de PEP lo soliciten por el incumplimiento a cualquiera de lasobligaciones establecidas en el presente anexo o por motivos deseguridad o protección ambiental, sin responsabilidad o cargo paraPEP y en el entendido de que sólo se permitirá que se realicen oreinicien dichas tareas hasta que se cumplan las obligaciones quemotivan la interrupción de las mismas, o se restauren las condicionesde seguridad o protección ambiental.

A S 1,2,3,4 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

II.1. A I C 4 0.001.5%0

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No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

II.6.

Reparar los daños o afectaciones que se ocasionen con motivo de lostrabajos objeto del contrato, dentro y fuera de las instalacionespetroleras, cumpliendo con la normatividad vigente o las indicacionesde la autoridad competente, sin cargo para PEP.

A P 0 1.5% 0.00

II.7. No fumar en las instalaciones petroleras, excepto en las áreasautorizadas y delimitadas para ese fin.

A C 1 0 1.5% 0.00

II.8.

Acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que emita PEP enmateria de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, sinperjuicio de las demás disposiciones legales que está obligado acumplir.

A C 0 1.5% 0.00

II.9.

Aplicar sus procedimientos para la ejecución de los trabajos objeto delcontrato, los cuales deben estar autorizados por el representante legalde la compañía y ponerse a disposición de PEP antes del inicio de lostrabajos correspondientes.

A C 1,2,3,4 0 1.5% 0.00

II.10.1.

Contar con personal capacitado y adiestrado en materia de seguridad,salud en el trabajo y protección ambiental acorde con la naturaleza delos trabajos que realice por motivo del contrato y presentar evidenciasde dicha capacitación antes de realizar los trabajos correspondientes.Esta capacitación debe contemplar de manera enunciativa más nolimitativa los siguientes temas o cursos: Sistema de Permisos deTrabajos con Riesgo, Uso y Manejo de Extintores, Primeros Auxilios,Manejo de Residuos (Incluir llenado de Bitácora Ambiental), Equipo deRespiración Autónomo, Uso de Explosímetro, Manejo Seguro, Básicode Seguridad, Sobrevivencia en el Mar y Gas Sulfhídrico.

A C 1,2,3,4 0 1.5% 0.00

II.10.2.

Orientar a su personal que por primera vez ingresa a una instalaciónpetrolera o aborda una embarcación o un helicóptero; en loconcerniente a equipo de seguridad, protección ambiental, seguridadfísica, conducta y registro en la instalación o medio de transporte,productos que no pueden ingresarse a la instalación y en general,sobre todos los requerimientos del presente anexo que deba conocerdicho personal para cumplir con el mismo. Deberá impartir a supersonal, un curso de inducción sobre el presente anexo, debiendoentregar al supervisor de PEP las evidencias de cumplimiento.

M I P 0 1.0% 0.00

II.10.3.

Dar las facilidades a su personal que labora dentro de lasinstalaciones petroleras, para que sean instruidos por PEP, cuandoéste lo requiera, en lo relativo al presente anexo, pláticas para elpersonal que ingresa por primera vez a las instalaciones petroleras oa cualquier otro tema en materia de trabajos con riesgo, seguridad,salud en el trabajo y protección ambiental.

B C 0 0.5% 0.00

II.10.4.

Presentar antes del inicio de los trabajos objeto del contrato los planesy programas de capacitación previamente registrados ante laSecretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o aprobados por lamisma, para capacitar a sus trabajadores sobre los riesgos de trabajoinherentes a sus labores motivo del contrato y las medidaspreventivas para evitarlos. Así mismo contar con los planes yprogramas de capacitación correspondientes en materia deprotección ambiental, durante el desarrollo del contrato.

M I C 0 1.0% 0.00

II.11.1.1.

Dotar a su personal del equipo de protección personal que seestablece en el presente anexo o en los otros anexos del contrato, altrabajar o permanecer en las instalaciones petroleras, conforme a loestablecido en la NOM-017-STPS-2001

A I C 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

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No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

II.11.1.2.

Utilizar equipo de protección personal en buen estado, la ropa detrabajo y casco deben contar con el logotipo de la empresa, delproveedor o contratista y sin el logotipo de Pemex u OrganismosSubsidiarios, el cual debe ser específico para las actividades adesempeñar y debe cumplir con las especificaciones técnicasestablecidas en las normas de referencia de Pemex correspondienteso de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente.

A C 0 1.5% 0.00

II.11.2.1.

Informar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia al Área deSIPAC, dentro de los primeros cinco días de cada mes, su estadísticade accidentes de trabajo por motivo del contrato, en el formato 1 delpresente anexo

A P 0 1.5% 0.00

II.11.2.2.

Proporcionar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia alÁrea de SIPAC, al inicio del contrato, el nombre del responsable dereportar las estadísticas de accidentabilidad mencionadas en el puntoanterior, utilizando el formato 2 del presente anexo.

B I 0 0.5% 0.00

II.11.2.3.

Notificar los accidentes, dirigiéndose a la máxima autoridad o personalde Seguridad Industrial de la instalación de PEP o centro de trabajodonde ocurra dicho accidente y al supervisor o residente. Esto deberealizarse inmediatamente por teléfono o radio y por escrito dentro delas 24 horas siguientes, llenando el formato 3 del presente anexo“Reporte de accidentes industriales o de trabajo, de proveedores ocontratistas”. Los accidentes que deben reportarse son: los ocurridossin pérdida de tiempo, accidentes con pérdida de tiempo, de tránsito,industriales y ecológicos

A S 0 1.5% 0.00

II.11.3.1. Otorgar las facilidades necesarias a efecto de que se realicen lasinvestigaciones de accidentes e incidentes. A S 0 1.5% 0.00

II.11.3.2.

Participar en la investigación y análisis de los accidentes e incidentesrelacionados con los trabajos objeto del contrato cuando se le solicite.Así mismo atender las recomendaciones derivadas de los reportes deanálisis e investigación, proporcionando evidencia al supervisor dePEP con copia para el área de SIPAC.

A S 0 1.5% 0.00

II.11.3.3.

Realizar los pagos por concepto de las pruebas y análisis de losmateriales y equipos utilizados por el proveedor o contratistainvolucrado o relacionado con un accidente o incidente, cuyas causasle sean imputables, sin cargo para PEP.

M S 0 1.0% 0.00

II.11.4.1.

Obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas, asícomo atender las informativas que se tengan en las instalacionespetroleras. De igual manera, instalar las correspondientes por motivode sus actividades objeto del contrato.

A C 0 1.5% 0.00

II.11.5.1. Mantener en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo. A C 1,2,3,4 0 1.5% 0.00

II.11.5.2.

A la entrega-recepción de la obra o servicio, el lugar donde seejecutaron los trabajos debe estar en condiciones limpias, libre demateriales, residuos, equipo sobrante y sin afectaciones al terreno,estructuras o instalaciones.

A T 0 1.5% 0.00

II.11.6.1. Participar en la planeación y práctica de simulacros que PEPestablezca para las instalaciones donde realice sus actividades bajo lacoordinación de personal de PEP.

A P 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

II.11.6.2.

Solicitar a la máxima autoridad de la instalación petrolera o alsupervisor o residente que se le indiquen las rutas de escape, puntosde reunión y salidas de emergencia de dicha instalación al ingresarpor primera vez a la misma, para hacerlo de conocimiento de supersonal

M I 0 1.0% 0.00

II.11.6.3. Cuando se le solicite y bajo la coordinación de personal de PEP,colaborar en la atención de emergencias que se tengan que llevar acabo en la instalación donde desempeñen sus actividades

A S 0 1.5% 0.00

II.12.1.

Controlar la salud en el trabajo de sus trabajadores, prevenir ycontrolar las enfermedades y adicciones, cumpliendo con elReglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, laLey General de Salud y las normas oficiales en la materia.

A C 5 0 1.5% 0.00

II.12.2 Cumplir con las jornadas de trabajo del personal en instalacionespetroleras que se establezca en los anexos del contrato. M C 0 1.0% 0.00

II.12.3. Prevenir y controlar la emisión de agentes que puedan afectar la saluddel ser humano, para lo cual deben implementarse las medidas demitigación que se requieran.

M C 5 0 1.0% 0.00

II.12.4.

En lo referente a su personal, acatar y cumplir los requerimientos desalud en el trabajo exigidos por la Secretaría de Salud y la Secretaríade Trabajo y Previsión Social, que establecen las regulaciones en lamateria, así como los estipulados en el contrato y, cuando así se lesolicite, proporcionar a PEP la evidencia documental de dichocumplimiento.

M C 0 1.0% 0.00

II.12.5.

Contar y aplicar programas de vigilancia médica para el personal quelabora en instalaciones petroleras, principalmente cuando se realicenlas actividades que, de manera enunciativa pero no limitativa, semencionan a continuación: trabajos relacionados con soldadura ycorte, radiaciones ionizantes, ruido y vibraciones o cuando eltrabajador esté expuesto a condiciones térmicas extremas,sobreesfuerzo muscular, presiones ambientales anormales osustancias químicas contaminantes. Así mismo, aplicar programas decontrol de drogas y alcohol a todo su personal.

A C 0 1.5% 0.00

II.12.6.

Contar con un manual y botiquín de primeros auxilios que incluya losmedicamentos de curación, antídotos y materiales específicos paralos riesgos potenciales del área o trabajos motivo del contrato.Adicionalmente, cuando su personal que labora en uno o variosfrentes de trabajo dentro de instalaciones petroleras sea entre 15 y 49trabajadores, contar además con una brigada de primeros auxiliosintegrada con dichos trabajadores debidamente entrenados. Cuandodicho personal sea entre 50 y 99 trabajadores, contar adicionalmentea lo anterior con al menos un paramédico en dichas instalaciones.Cuando el número de trabajadores sea 100 o más, se debe contartambién con un médico cuando menos, en esas instalaciones.

M C 0 1.0% 0.00

II.13.1.1.

Proporcionar al supervisor o residente del contrato las evidenciasdocumentales de las autorizaciones y permisos, la información ydocumentación de soporte que las leyes, reglamentos, normas y losanexos del contrato exijan para la realización de las actividadesmotivo del mismo; así como las del cumplimiento de los requisitos quelas autoridades o dicha normatividad establezcan para obtener lasautorizaciones y permisos mencionados.

A I P 4 0 1.5% 0.00

II.13.1.2. Respetar las indicaciones de PEP sobre el uso de suelo de las áreas,predios o instalaciones petroleras.

A C 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

82

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

II.13.2.1.

No realizar vertimientos al mar, ríos, lagunas, pantanos u otroscuerpos de agua, de materiales tales como los que se señalan acontinuación: plásticos, textiles, material sintético, vidrio, metales,losa, equipaje, materiales de recubrimiento, así como todos aquellosmateriales que prohíbe la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente en el Anexo I de su Reglamento para Preveniry Controlar la contaminación del Mar por vertimiento de deshechos yotras materias, o aguas residuales que no cumplan con los limitesmáximos permisibles especificados en la NOM-001-SEMARNAT-1996.

A C 3 0 1.5% 0.00

II.13.3.1.

No utilizar o suministrar equipos que contengan Clorofluorocarbonos(CFCs) u otras sustancias que dañen la capa de ozono. En el caso delas embarcaciones, no usar sistemas contraincendio a base deClorofluorocarbonos (CFCs), de acuerdo al Protocolo de Montreal y alConvenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en elMar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Así mismo, cumplir con loestablecido en el Reglamento de la Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención yControl de la Contaminación de la Atmósfera.

A C 3 0 1.5% 0.00

II.13.4.1.

Clasificar la basura, chatarra, residuos peligrosos o cualquier otroresiduo indicado en la normatividad ambiental. El almacenamiento ytransporte de los residuos debe hacerse en los recipientes odispositivos adecuados de acuerdo a su clasificación.

A C 0 1.5% 0.00

II.13.4.2.

Al terminar cualquier etapa de un trabajo del contrato, retirar de lazona del trabajo todos sus equipos, estructuras provisionales ymateriales excedentes que no vaya a utilizar posteriormente en elmismo sitio y confinarlo al área que indique PEP.

A P 0 1.5% 0.00

II.13.5.1.

Informar por escrito en los formatos vigentes que emite la autoridadambiental, al área de SIPAC a través del supervisor o residente,cualquier derrame de materiales o residuos peligrosos que realicedurante el desempeño de sus trabajos en instalaciones petroleras oen el trayecto a estas. Así mismo, acatar y cumplir con suresponsabilidad de restaurar las áreas contaminadas, a través de lascompañías autorizadas y conforme a la normatividad ambientalvigente, sin costo para PEP.

A S 0 1.5% 0.00

II.13.5.2. Mantener en buen estado su maquinaria y equipo, así como evitarfugas de lubricantes o combustibles que puedan afectar el suelo osubsuelo, instalando los dispositivos que para este fin se requieran.

M C 0 1.0% 0.00

II.13.5.3.

No remover grava o material de arrastre del lecho de los ríos, arroyos,playas, lagos, lagunas o cualquier otro cuerpo de agua, excepto en laszonas específicamente aprobadas como bancos de materiales por lasautoridades gubernamentales.

A C 0 1.5% 0.00

II.13.6.1.

No cazar, pescar, transportar, comercializar, o poseer ejemplares defauna silvestre (terrestre o marina) en instalaciones petroleras, suvecindad o en áreas donde se realicen actividades por motivo delcontrato.

A C 4 0 1.5% 0.00

II.13.6.2. No dañar, comercializar, consumir o sustraer especies de flora dellugar donde se realizan los trabajos.

A C 4 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

83

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No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

II.13.6.3.

Al encontrar monumentos, restos y vestigios arqueológicos, históricosy culturales durante sus actividades, evitar la destrucción de losmismos, interrumpir temporalmente los trabajos por éste motivo einformar de inmediato a las autoridades de PEP, así como evitardifundir públicamente dichos hallazgos.

A S 4 0 1.5% 0.00

II.13.7.1. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, durante larealización de auditorías ambientales o de seguridad en lasinstalaciones y/o donde desempeñe sus actividades

M P 0 1.0% 0.00

II.13.7.2. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, cuando ésteejerza su derecho de verificar el cumplimiento de los requerimientosde este anexo, en campo o documentalmente.

M P 0 1.0% 0.00

II.14.1.1.

Antes de iniciar los trabajos, registrar a su personal con el supervisoro residente, quien gestionará el acceso de dicho personal con el áreade seguridad física y con el responsable de las instalacionespetroleras donde desarrollarán sus actividades.

M I 0 1.0% 0.00

II.14.1.2.

Durante el desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanenciaen las instalaciones petroleras, todos los trabajadores del Proveedor oContratista, deberán portar una credencial de identificación que losacredite como personal de su compañía y presentarla cuando se lesolicite.

M C 0 1.0% 0.00

II.14.2.1. A través de sus representantes, el proveedor o contratista debesolicitar la autorización para dar inicio de sus trabajos dentro de lasinstalaciones petroleras.

M I 0 1.0% 0.00

II.14.2.2. Respetar cercas, bardas y puertas de acceso de las instalacionespetroleras y sólo ingresar o salir de las instalaciones a través de lossitios indicados por PEP

M C 0 1.0% 0.00

II.14.2.3. No ingresar a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personalque se establece en el presente anexo u otros anexos del contrato. A C 2 0 1.5% 0.00

II.14.2.4. No ingresar a las instalaciones petroleras o áreas de trabajo conaliento alcohólico, bajo el efecto de drogas o cualquier enervante. A C 1,2, 0 1.5% 0.00

II.14.2.5.

No introducir armas de fuego o sustancias ilícitas en las instalacionespetroleras. Las armas blancas o punzo cortantes sólo puedeningresarse a las instalaciones, cuando esté plenamente justificado suutilización en los trabajos motivo del contrato.

A C 0 1.5% 0.00

II.14.2.6.

Cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalacionespetroleras, notificarlo al personal de vigilancia, supervisor o alresponsable de la instalación, presentando la prescripción médicacorrespondiente y acatar las instrucciones que dicho personal leindique.

M S 0 1.0% 0.00

II.14.2.7. Al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de lasinstalaciones petroleras, usar el cinturón de seguridad. M C 0 1.0% 0.00

II.14.2.8.

Estacionar sus vehículos en posición de salida, en áreas autorizadas,evitando obstaculizar las salidas normales y de emergencia, hidrantes, gabinetes con manguera contraincendio, equipo contraincendio yzonas o pasillos de circulación de personal.

A C 0 1.5% 0.00

II.14.2.9.

Al conducir vehículos dentro de las instalaciones petroleras, circular avelocidades menores de 20 km/h o menores a las velocidadesmáximas indicadas en los señalamientos que se tengan en lasdiferentes áreas.

A C 0 1.5% 0.00

II.14.2.10.

Al transportar personal en vehículos automotores dentro de lasinstalaciones petroleras, utilizar vehículos adecuados para ese fin,asegurándose que dicho personal viaje sentado en asientosdestinados para ese efecto y que cuente con medios para asirse.

A C 2 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

84

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Generales Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

II.14.2.11.

Previo a la utilización de maquinaria o equipos que por susdimensiones, pesos, o substancias que contenga representen unriesgo para los trabajadores, el ambiente o las instalaciones, solicitara PEP el permiso para operar dentro de instalaciones petroleras.

A S 0 1.5% 0.00

II.14.3. Permisos para el uso de teléfonos celulares, radios de comunicación yequipos de fotografía o video A I C 0 1.5% 0.00

II.14.3.1.

No usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en lasinstalaciones petroleras, ni ningún equipo eléctrico o electrónico queno sea intrínsecamente seguro, en caso de requerirse deberá tramitary obtener un Permiso para Trabajo y seguir las instrucciones que elpermiso y su documentación anexa señale.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

II.14.3.2.

Previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgoen las instalaciones petroleras o cualquier equipo que emitafrecuencias que alteren los sistemas de seguridad de los procesos,obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que sele den al respecto.

A S 1,2 0 1.5% 0.00

II.14.3.3 . Previo al uso de equipos de fotografía o video, obtener la autorizaciónde PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto

A S 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.1.1.

Entregar las hojas de seguridad e instrucciones de uso o aplicación delos productos o sustancias químicas que se suministren a PEP. Asímismo, indicar la composición química, fecha de caducidad de dichosproductos o sustancias y los métodos para ser conservadas,segregadas, manejadas o protegidas para mantener sus propiedades.

M S 0 1.0% 0.00

III.1.2. Adjuntar con la información de la composición química y hoja deseguridad de las sustancias químicas que contengan los equipos quese suministren a PEP.

M S 0 1.0% 0.00

III.1.3.

Conforme a lo que se establece en los otros anexos del contrato,designar al personal especialista responsable de seguridad, salud enel trabajo y protección ambiental que representen a la compañía y quetengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas materiasdurante la vigencia del contrato y, por cada 50 (cincuenta)trabajadores que tenga trabajando en actividades objeto del contrato,en uno o más frentes de trabajo, designar por escrito a cuando menosun supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo y otro enprotección ambiental. En estos casos, notificar previo al inicio de susfunciones, para su evaluación y validación por PEP, los cargos yposición de dichos supervisores en el organigrama de su personal queparticipará en los trabajos o servicios motivo del contrato susresponsabilidades, experiencia en esas materias y entregar lasevidencias documentales de dicha experiencia.

A I 0 1.5% 0.00

III.1.4.

Cumplir con los requisitos de seguridad para actividades de buceocomercial que establecen la NOM-014-STPS-2000 “Exposiciónlaboral a presiones ambientales anormales - condiciones deseguridad e higiene” y las regulaciones extranjeras OSHA 1915.6“Operaciones de buceo comercial” y Code of Federal Regulations(CFR) 29 Sección T, o equivalentes; cuando se realicen trabajossubmarinos por motivo del contrato.

A S 2 0 1.5% 0.00

III.1.5.

Dotar a las plataformas marinas y embarcaciones que le arrienden aPEP, con un sistema de detección y alarma de gases contaminantesque puedan estar presentes en ellas, durante la vigencia del contrato,asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección defuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”, lo cual debe incluirse sincargo para PEP.

A I C 1 0 1.5% 0.00

III.1.6.

Dotar con un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a losequipos de perforación que le arrienden u operen a PEP eninstalaciones petroleras terrestres donde se manejen hidrocarburosque contengan ese gas, durante la vigencia delcontrato,asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección defuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”

A I C 1 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.1.7.

Cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vaporestóxicos o inflamables (mezclas explosivas) en instalaciones petroleras,o donde exista posibilidad de encontrarlos por la clasificación del áreadonde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar unafuente de ignición, contar con detectores portátiles de esos gasespara cada frente de trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichasactividades. Su utilización debe realizarse por probadores de gasautorizados, quiénes invariablemente deben haber acreditado el cursocorrespondiente, pudiendo ser estos técnicos o profesionistasintegrantes de los frentes de trabajo de campo, es decir que no serequiere personal adicional por este concepto. En todos los casos,independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realiceel Proveedor o Contratista, “PEP” podrá verificar que estas seejecuten correctamente y podrá suspender, sin responsabilidad para“PEP”, los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativasasí lo exijan.

A S 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.8.

Tener vigente la libreta de mar para el personal nacional y para elpersonal extranjero la autorización emitida por la Dirección General dePuertos y Marina Mercante, para que labore en embarcaciones o latarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petrolerasmarinas, las cuales deben ser avaladas por la Dirección General dePuertos y Marina Mercante, dependiente de la Secretaría deComunicaciones y Transportes, o por un país diferente a México quesea miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI).

M C 0 1.0% 0.00

III.1.9.

Entregar evidencias documentales vigentes que demuestren lacompetencia laboral del personal técnico que realice pruebasradiográficas, revelado o interpretación de radiografías dentro deinstalaciones petroleras de PEP. Dichas evidencias deben entregarseen copias simples antes de iniciar los trabajos correspondientes. Asímismo, entregar copias del registro ante la Comisión Nacional deSeguridad Nuclear y Salvaguardias, de los materiales radiactivos,equipos empleados y del personal responsable del manejo de losequipos. El personal responsable de las pruebas radiográficas, debeasegurarse que se cumpla con la norma NOM-025/02-NUCL-1996“Requisitos para equipo de radiografía industrial”.

M I C 0 1.0% 0.00

De acuerdo con las actividades a realizar en las instalacionespetroleras de PEP por motivo del contrato, contar con las constanciasde habilidades laborales que para tal efecto requiere la STPS, lascuales de manera enunciativa y no limitativa se mencionan acontinuación:a. Manejo de montacargas y calderas, para los operadores de esosequipos.b. Manejo y almacenamiento de materiales peligrosos, para losresponsables de esos trabajos.c. Mantenimiento, cuidado y almacenamiento de las herramientas detrabajo, para los responsables de esos trabajos.d. Uso, conservación, mantenimiento, almacenamiento y reposicióndel equipo de protección personal, para los responsables de esos e. Ejecución o supervisión de los programas de seguridad e higiene,para quienes realicen esas actividades.f. Servicios de medicina del trabajo y los servicios preventivos deseguridad e higiene, para los responsables de esos servicios,g. Mantenimiento u operación de las instalaciones eléctricas, paraquienes realicen esas actividades.h. Capacitación y adiestramiento en combate de incendios paraquienes tengan esas funciones.Para el caso de trabajos especializados que no estén avalados por laSTPS, tales como soldadura, servicios contraincendio, maniobras con grúas, entre otros, contar con las evidenciasdocumentales vigentes que demuestren la competencialaboral del personal técnico conforme a CONOCER u otro organismo

equivalente.

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

III.1.10. M 1.0%I C 0 0.00

86

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.1.11.

Cuando se necesiten andamios para trabajos en alturas, cumplir conla NOM-009-STPS-1999 “Equipo suspendido de acceso. Instalación,operación y mantenimiento. Condiciones de seguridad” y con losprocedimientos que PEP establezca. Dichos andamios deben serprefabricados, de estructura metálica, con la resistencia y estabilidadpara soportar las cargas a las que estarán sujetos y de un colorcontrastante al de la instalación donde se utilice.

A S 2 0 1.5% 0.00

Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en áreas marinas,lacustres o embarcaciones, utilizar mientras se permanezca en dichasinstalaciones, el equipo básico de protección personal siguiente:

Ropa de trabajo de algodón, de color contrastante con el mar yuniforme para todo su personal, que cuente con el logotipo delproveedor o contratista, la calidad de los materiales y especificacionesde confección deben ser similares a las establecidas por la NRF-006-PEMEX-2007 “Ropa de trabajo para los trabajadores de PetróleosMexicanos y Organismos Subsidiarios”, conforme al uso a que estédestinado.

Casco de seguridad en color naranja, que cumpla o exceda lasespecificaciones establecidas en la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos deprueba y clasificación”, conforme al uso a que esté destinado.Los cascos y sus accesorios no deben contener elementos metálicosy no deben de ser utilizados si presentan fracturas o deformaciones

Media bota costa fuera, con suela antiderrapante; con casquillo deprotección, sin agujetas, la calidad de los materiales yespecificaciones deben ser similares a las establecidas por la normade referencia NRF -008-PEMEX-2007 “Calzado industrial de piel paraprotección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y OrganismosSubsidiarios”.Calzado tipo borceguí costafuera dieléctrico, sin agujetas, la calidadde los materiales y especificaciones deben ser similares a lasestablecidas por la norma de referencia NRF-008-PEMEX-2007,cuando se realicen trabajos de electricidad.

Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquenriesgos de lesiones o daños a los ojos por impacto, que cumplan oexcedan los requisitos de la norma NMX-S-057-SCFI-2002. Para otrostipos de riesgo los lentes deben igualar o exceder los requisitos queen materia de seguridad se especifiquen en la norma NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria delos ojos” o con las normas internacionales o extranjeras aplicables.Los lentes deben ajustarse perfectamente a la cara del usuario.No deben utilizarse lentes que presenten fracturas de cualquiera desus partes o deterioro en el lente que impidan la visibilidad de quien lousa.

Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con lasespecificaciones técnicas de la norma de referencia NFR-114-PEMEX-2006

III.1.12.2.

Durante la realización de trabajos en embarcaciones, usar el equipobásico de protección personal para actividades en instalacionespetroleras marinas que se establece en el inciso III.1.12.1, delpresente anexo, así como el equipo propio a las actividades o área dela embarcación en la que se realicen.

M C 1 1.0% 0.65

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

III.1.12.1. M C 1.0%0 0.00

87

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalacionespetroleras terrestres, utilizar mientras se permanezca en dichasinstalaciones, el equipo básico de protección personal siguiente

Overol de algodón o camisa de manga larga y pantalón tipo recto dealgodón, la calidad de los materiales y especificaciones deben sersimilares a las establecidas por la norma de referencia NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de PetróleosMexicanos y Organismos Subsidiarios”, y que cuente con el logotipodel proveedor o contratista.

Casco de seguridad en color naranja, que cumpla o exceda lasespecificaciones establecidas en la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos deprueba y clasificación”, y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial –clasificación, especificaciones y métodos de prueba”. conforme al usoa que esté destinado.Los cascos y sus accesorios no deben contener elementos metálicosy no deben de ser utilizados si presentan fracturas o deformaciones.

Calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle, consuela antiderrapante y casquillo de protección, la calidad de losmateriales y especificaciones deben ser similares a las establecidaspor la norma de referencia NRF-008-PEMEX-2007 “Calzado industrialde piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos yOrganismos Subsidiarios”.. Calzado tipo borceguí dieléctrico, la calidad de los materiales yespecificaciones deben ser similares a las establecidas por la normade referencia NRF-008-PEMEX-2007, cuando se realicen trabajos deelectricidad.

Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquenriesgos de lesiones o daños a los ojos por impacto, que cumplan oexcedan los requisitos de la norma NMX-S-057-SCFI-2002. Para otrostipos de riesgo los lentes deben igualar o exceder los requisitos queen materia de seguridad se especifiquen en la norma NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria delos ojos” o con las normas internacionales o extranjeras aplicables.Los lentes deben ajustarse perfectamente a la cara del usuario.No deben utilizarse lentes que presenten fracturas de cualquiera desus partes o deterioro en el lente que impidan la visibilidad de quien lousa.

Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con lasespecificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemexcorrespondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficialvigente.

III.1.12.4.

Para los trabajadores que laboren en instalaciones petroleras marinasde PEP o en embarcaciones que le presten servicios a éste; se debetener el equipo de protección personal, contraincendio y salvamentode acuerdo a lo requerido en el Convenio Internacional para laSeguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea –SOLAS). Los equipos como chalecos y botes o balsas inflables,deben ubicarse en los sitios que para tal fin le asigne PEP. Lascantidades de estos equipos deberán ser en función de lo establecidoen los demás anexos del contrato, así como de lo establecido pormedio de la evaluación para el llenado del formato 4 de este anexo.

M C 1,2,3,4, 0 1.0% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

III.1.12.3. M C 1 0.651.0%

88

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.1.12.5.

Durante la prestación de servicios de alimentación y hospedaje, usarropa de algodón, color blanco, con logotipo de la compañía, gorro ycalzado de piel con suela antiderrapante, que cumpla con la normaoficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticasde higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecenen establecimientos fijos”. Cuando este personal ingrese a zonasindustriales, debe utilizar el equipo de protección personal indicado enlos otros incisos de este anexo.

M C 5 0 1.0% 0.00

III.1.13.1. Antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalacionespetroleras, tramitar el permiso de trabajo correspondiente cumpliendocon el Sistema de Permisos Para Trabajo con Riesgo vigente.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.13.2.

Al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el punto anterior,indicar el equipo de protección personal que se usará adicionalmenteal “equipo básico de protección personal” establecido en el incisoIII.1.12 del presente anexo, indicando recomendaciones al respecto.Dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar, ypueden ser los que de manera enunciativa pero no limitativa semencionan a continuación: ropa retardante a la flama, guantes de usoespecífico (para soldador, químicos, dieléctricos, antiderrapantes),orejeras o tapones auditivos, equipo de protección para soldadores(peto, mangas, gorro, polainas, careta), equipo de protecciónrespiratoria (mascarilla contra polvos, vapores orgánicos o ácidos,para humos de soldadura, equipo de respiración autónoma o sistemade aire tipo cascada), cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídascon doble cable (1.80 mts.) de vida, aditamento de desaceleración ycinturón, faja para soporte lumbar, bandolas y líneas de sujeción.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.13.3.

Antes de ejecutar o supervisar trabajos con riesgo potencial, contarcon personal con los conocimientos específicos y el aval de PEPcomo signatarios que requiere el Sistema de Permisos para Trabajocon Riesgo vigente en el mismo.

A I C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.13.4.

Al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalacionespetroleras de PEP, cumplir con los requerimientos indicados en elmanual del Sistema de Permiso Para Trabajo con Riesgo, vigente enPEP, el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firmadel contrato.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.13.5.

Acatar la responsabilidad y consecuencias de cualquier accidente queocasione por no seguir las indicaciones contenidas en el permiso detrabajo con riesgo potencial correspondiente, o por no contar conéste.

A S 0 1.5% 0.00

III.1.13.6.

Proporcionar el servicio de contraincendio a través de una brigadacapacitada que cuente con el equipo adecuado para ese fin, la cualdebe estar integrada con los mismos trabajadores que realizan lasactividades o trabajos motivo del contrato.

A S 1 0 1.5% 0.00

III.1.13.7

Contar con extintores de acuerdo a la clase de fuego, en lugaresvisibles y de fácil acceso los cuales deben tener información de sufuncionamiento, pictograma de fuego y sus limitaciones, además decontar con un programa de mantenimiento preventivo de acuerdo conla NOM-002-STPS vigente.

A C 1 0 1.5% 0.00

III.1.14.1 Todo el equipo, maquinaria y vehículos del contratista deben de estaren buen estado y proporcionar el plan de mantenimientocorrespondiente.

A C 0 1.5% 0.00

III.1.14.2.

Dotar de matachispas que operen correctamente a sus equipos,maquinaría y vehículos que ingresen a áreas de riesgo de unainstalación petrolera, durante trabajos con riesgo potencial enpresencia de gases, vapores o líquidos inflamables.

A C 1 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

89

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.1.14.3.

Dotar de matachispas a los equipos de combustión interna que seutilicen en áreas de riesgo, así como con interruptores de paro deemergencia, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas deprotección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo quese utilice en los centros de trabajo”.

A C 1 0 1.5% 0.00

III.1.14.4

En áreas de riesgo utilizar únicamente equipos, accesorios yconexiones eléctricas a prueba de explosiones, conforme a la NOM-001-SEDE-2005 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”. Así mismo,dotar de tierra física a esos equipos conforme a la NOM-029-STPS-2005 “Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centro dede trabajo- condiciones de seguridad.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.14.5.

Cuando en las instalaciones petroleras se utilicen equipos productoresde flama, tales como equipos de corte y soldadura, multiflama, asícomo a los equipos que se establezcan en los anexos del contrato,asegurarse que cuenten con un regulador y válvula “check” paraevitar el contra flujo y/o con arresta flama en condiciones deoperación. Así mismo, cumplir con las especificaciones que establecela NOM-027-STPS-2000 ”Soldadura y corte-condiciones de seguridade higiene” o la normatividad oficial aplicable vigente.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.14.6.

Asegurarse que todos los equipos dinámicos y accesorios rotatoriosque se utilicen en las instalaciones petroleras, cuenten con guardasde seguridad, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas deprotección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo quese utilice en los centros de trabajo”.

A C 1,2 0 1.5% 0.00

III.1.14.7. Todos los vehículos que ingresen a una instalación petrolera deberáncumplir con el lineamiento 800-800000-DCSIPA-L-02. A C 0 1.5% 0.00

III.1.15.1. Acordonar con cintas de polietileno de color amarillo o rojo, eidentificar con señalamientos las zonas donde se ejecute trabajos conriesgo potencial para el peatón o los trabajadores.

A C 2 0 1.5% 0.00

III.1.15.2.

Colocar barreras de protección física con doble línea perimetral a lasáreas de riesgo cuando se retiren rejillas, se realicen excavaciones ydemás trabajos riesgosos y deberán contener el letrero “prohibido elpaso”.

A C 2 0 1.5% 0.00

III.1.15.3

Durante la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obrasterrestres, instalar un letrero donde se indique el nombre del proyectoque se construye, el nombre de la compañía y el titular responsablede los trabajos. Las características del señalamiento deben ser lasque se especifican en los otros anexos del contrato.

B C 0 0.5% 0.00

III.1.15.4.

Identificar los productos, sustancias químicas o equipos quesuministren, de manera legible y durable, en idioma español ademásdel idioma del país de origen. Las especificaciones y durabilidadmínima requerida de la identificación, serán la que se especifica en los anexos del contrato. La identificación debe ser conforme a las NRF dePemex, o de no existir estas, de acuerdo a las normas NOM-018-STPS-2000, NOM 005 STPS 1998, NOM 010-STPS-1999.

A S 0 1.5% 0.00

III.1.16.1.

Cuando se establezca en los anexos del contrato, entregar al iniciodel contrato un Plan de Respuesta a Emergencias en idioma español,acorde al de PEP, en el cual se consideren todos los escenarios deemergencia conocidos o probables y que contemple procedimientospara evacuación y respuesta ante cualquier eventualidad durante eldesarrollo del contrato. Después de ser revisado y autorizado porPEP, dicho plan debe firmarlo el representante legal del proveedor ocontratista.

A I 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

90

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.1.16.2.

Al elaborar los Planes de Respuesta a Emergencias conforme alinciso anterior, incluir cuando menos y conforme al nivel de riesgo queimpliquen los trabajos a desarrollar, los siguientes requisitos que selistan de forma enunciativa pero no limitativa: la estructuraorganizacional para la respuesta, la evaluación del riesgo, recursos enriesgo, soporte logístico, requerimientos de personal para larespuesta, almacenamiento de materiales y equipos, comunicaciones,requisitos de evacuación, rescate y ataque contra incendio, así comoalternativas de recuperación después de la emergencia.

A I 0 1.5% 0.00

III.1.16.3.

Proporcionar apoyo a instalaciones petroleras marinas en situación deemergencia con las embarcaciones que le prestan servicios a PEP,cuando se le solicite o se encuentre en las cercanías a dichasinstalaciones.

A S 0 1.5% 0.00

III.1.16.4.

Cuando por aplicación de un plan de emergencia, PEP evacuepersonal del proveedor o contratista de las instalaciones petrolerasmarinas o lacustres a tierra, éste debe hacerse responsable de laintegridad de su personal desde su arribo a tierra, trasladándolos a undestino seguro. En caso de que dicho proveedor o contratista nocumpla con este requerimiento y PEP tenga que prestar algún serviciopor cuenta propia o por terceros con motivo de la seguridad delpersonal evacuado, PEP recuperará los gastos mediante el descuentocorrespondiente en la facturación del periodo en que se susciten loshechos. En caso de reincidencia en el incumplimiento en esterequerimiento, adicionalmente al descuento PEP podrá rescindir elcontrato como se establece en el apartado IV de este anexo y en elclausulado del contrato.

A S 0 1.5% 0.00

III.1.17.1.

Proporcionar los manuales de operación, instalación, mantenimiento ydesmantelamiento de los equipos que suministren por motivo delcontrato. Dichos documentos deben presentarse en el idioma del paísde origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducciónsimple al español.

M T 0 1.0% 0.00

III.2.1.

Proporcionar el servicio de sanitarios a sus trabajadores que lleven acabo actividades en instalaciones petroleras, que cumplan con lanormatividad en la materia y conforme a lo que se establezca en elanexo B1 del contrato.

M I C 5 0 1.0% 0.00

III.2.2.

Al prestar servicios a PEP que incluyan la utilización o suministro deagua para consumo humano y preparación de alimentos, cumplir conla NOM-127-SSA1-1994 “Salud Ambiental, agua para uso y consumohumano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debesometerse el agua para su potabilización”.

A I C 5 0 1.5% 0.00

III.2.3.

Cuando por motivo del contrato se requiera el ingreso al país depersonal extranjero, se debe comunicar por escrito y personalmente ala máxima autoridad de PEP de la instalación y al supervisor delcontrato para su notificación a la Secretaría de Salud delpadecimiento de su personal en las enfermedades objeto de vigilanciaepidemiológica internacional (Artículo 136 Ley General de Salud) o ensu caso que notifiquen que están exentos de dichos padecimientos.Esto debe realizarse al inicio del contrato, cuando la autoridad lorequiera y cuando se presente alguna enfermedad durante eldesarrollo del contrato.

Las enfermedades o riesgos objeto de vigilancia epidemiológicainternacional son las siguientes, poliomielitis, meningitis,meningocóccica, tifo epidémico, fiebre recurrente transmitida porpiojo, influenza viral, paludismo, sarampión, tosferina, difteria y casoshumanos de encefalitis equina venezolana, enfermedades exóticas,nuevas o no existentes en el país, cuando represente un riesgo parala salud de la población; accidentes y desastres, cuando a juicio de laSecretaría de Salud afecten la sanidad internacional, y cualquier otra que determine la Organización Mundial de la Salud o los tratados y convenciones internacionales.

A S 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

91

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.2.3.1

La documentación que deberá presentar el personal de lasembarcaciones de los contratistas son libretas o constancias devacunación ante enfermedades propias del lugar de origen, deacuerdo a la Ley General de Salud.

A I S 0 1.5% 0.00

III.2.4

Cuando se utilicen embarcaciones para la prestación de servicios aPEP, contar con constancias de fumigación y control de plagas ydesratización de dichas embarcaciones, conforme al Reglamento deControl Sanitario de Productos y Servicios de la Ley General de Saludy cuando dichos servicios se presten en el mar, cumplir con la LeyGeneral de Salud referente al Reglamento en materia de sanidadinternacional, artículos 8 y 19.

A I P 0 1.5% 0.00

III.2.5.1.

Al utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido,evitar que se excedan los límites máximos permisibles especificadosen la NOM-011-STPS-2001 ”Condiciones de seguridad e higiene enlos centros de trabajo donde se genere ruido” o implementar lasmedidas de mitigación que se requieran para asegurar elcumplimiento de dicha norma.

A C 0 1.5% 0.00

III.2.6.1.

Contar en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español,de las instalaciones petroleras que le arrienden u operen a PEP pormotivo del contrato. Dicho atlas debe considerar como mínimo losagentes físicos (ruido, iluminación, ambiente térmico y vibracionesmecánicas, entre otros), biológicos (calidad del agua de uso yconsumo humano, calidad de insumos y análisis de alimentos, entreotros) y químicos (gases tóxicos, vapores, ácidos, solventes, entreotros). Dicho atlas de riesgo debe estar disponible y actualizado parasu seguimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento uoperación.

A I C 0 1.5% 0.00

III.2.7.1.

Cuando se instalen dispositivos de iluminación para realizar lostrabajos dentro de instalaciones petroleras de PEP, cumplir con lasespecificaciones de intensidad, características técnicas y conexionesque se establezcan en las normas de referencia de Pemex que seanaplicables o, a falta de estas, con las normas oficiales mexicanasNOM-025-STPS-1999 “Condiciones de Iluminación en los Centros deTrabajo”, NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas(Utilización)”.

A C 0 1.5% 0.00

III.2.8.1.

Durante el manejo de alimentos en instalaciones petroleras, cumplircon la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes yservicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación dealimentos que se ofrecen en establecimientos fijos” y además contarcon los exámenes de salud del personal que realiza dicho manejo y,cuando se le requiera, ponerse a disposiciones de personal médico dePEP para que se le realicen los exámenes médicos pertinentes.

A I C 0 1.5% 0.00

III.2.8.2.

En las unidades habitacionales que se le arrienden a PEP, cumplircon la norma NMX-TT-005:1996-IMNC “Requisitos mínimos decalidad en el servicio e instalaciones que deben cumplir hoteles,moteles, servicios de tiempo compartido y similares para obtener elcertificado de calidad turística, comercial de una o dos estrellas” en lorelativo a la limpieza y cuidado de las habitaciones y serviciospactados.

A I C 0 1.5% 0.00

III.2.8.3.

Cuando se le suministren alimentos a PEP, cumplir con elprocedimiento del plato testigo establecido en la normatividad oficial,cumplir con la NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas dehigiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen enestablecimientos fijos”, en lo relativo a la inspección organoléptica delos insumos, las temperaturas diarias de los frigoríficos, las líneas dealimentos fríos y calientes, el control de primeras entradas y primerassalidas de materias primas, entre otros aspectos. Cumplir con la NOM-120-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidadpara el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas” ypresentar la evidencia documental del cumplimiento como se cita endichas normas.

M I C 5 0 1.0% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

92

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.2.8.4.

Previo a la utilización de productos químicos para el control de plagasy desratización, contar con la autorización de la Secretaría de Salud eimplementar las medidas de seguridad establecidas en la NOM-005-STPS-1998” relativa a las condiciones de seguridad e higiene en loscentros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento desustancias químicas peligrosas”.

A S 0 1.5% 0.00

III.2.9.1.

Cuando cuenten con servicio médico propio en las instalacionespetroleras, sin perjuicio de lo establecido en el requerimiento II.12.6,tener disponible en dichas instalaciones: medicamentos, material yequipo de primeros auxilios conforme lo establece el Título CuartoCapitulo Sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene yMedio Ambiente de Trabajo.

A C 0 1.5% 0.00

III.3.1.1.

Cuando se pacte la elaboración del estudio de impacto y riesgo enmateria ambiental en los anexos del contrato, realizarlo conforme alas guías que para tal efecto emite la autoridad ambiental y lasnormas de referencia aplicables. Así mismo, ejecutar las acciones omedidas correspondientes que se deriven de las recomendaciones delanálisis de riesgo, cuando se establezca en los otros anexos delcontrato. Deberá entregar dicho estudio al supervisor de PEP.

A S 0 1.5% 0.00

III.3.2.1.

Cumplir con los términos y condicionantes establecidos en el oficioresolutivo de autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambientalemitido por la SEMARNAT, que apliquen a las etapas del proyecto oactividades pactadas en el contrato. Para esto, documentar dichocumplimiento y generar las evidencias pertinentes, tales como:fotografías, análisis de laboratorios, planos, permisos, pagos,reportes, estadísticas, estudios, entre otros. Cuando se trate dedocumentos oficiales, éstos deben ser firmados por una personareconocida o autorizada para tal fin.

A S 0 1.5% 0.00

III.3.2.2.

Elaborar el Reporte de Cumplimiento Ambiental (RCA) al oficioresolutivo, con la información recopilada según se indica en el puntoanterior y entregarlo a PEP para su revisión. Así mismo, cumplir conel plazo de entrega de dicho reporte y los tiempos para entregar losavances del cumplimiento establecidos en el oficio resolutivo y lavigencia de la autorización en materia de impacto y riesgo ambiental.Lo anterior de acuerdo al formato 5.

A S 0 1.5% 0.00

III.3.3.1.

Cuando accidentalmente derramen o viertan materiales o residuospeligrosos en el mar o áreas lacustres, informar verbalmente antes de24 horas después del evento y formalizarlo antes de 72 horas en losformatos vigentes a la Secretaría de Marina y a la Delegación de laSEMARNAT, según corresponda, reparar el daño sin cargo para PEP.Así mismo, enviar inmediatamente un informe detallado a PEP.

A S 0 1.5% 0.00

III.3.3.2.

Previo al desvío de un curso natural de agua o la construcción de unpaso temporal de un cuerpo de agua por motivo del contrato, contarcon el permiso de la dependencia oficial correspondiente. Así mismo,al concluir los trabajos restaurarlo a sus condiciones originales sincargo para PEP.

A S 4 0 1.5% 0.00

III.3.3.3.

Antes de efectuar, vertimientos o descargas de aguas residuales,deshechos u otras materias al mar, lagunas, ríos, pantanos u otroscuerpos de agua, contar con la autorización expedida por lasdependencias federales correspondientes, o las locales en los casosque dichas descargas sean de jurisdicción local o a sistemas dealcantarillado; cumplir con las NRF de Pemex y en general con toda lanormatividad oficial vigente en la materia y lo que establezcan lasautoridades. Para este fin, deben tratarse las aguas residualescuando sea necesario para poder cumplir con los límites máximospermisibles establecidos en las autorizaciones de descarga o lasCondiciones Particulares de Descarga.

A S 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

93

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.3.3.4. Previo al uso o aprovechamiento de aguas nacionales, contar con elpermiso correspondiente.

M S 4 0 1.0% 0.00

III.3.3.5. Evitar que el cemento, limos o concreto fresco y en general losresiduos sólidos que genere durante sus actividades, tengan comoreceptor final el lecho de los cuerpos de agua.

A C 3 0 1.5% 0.00

III.3.4.1.

Al operar instalaciones petroleras para PEP o al utilizar equipos quefuncionen con combustibles fósiles en las instalaciones petroleras,implementar un programa de mantenimiento durante la vigencia delcontrato o instalar dispositivos, a efecto de cumplir con toda lanormatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca laautoridad ambiental. Así mismo, entregar las evidenciasdocumentales de su cumplimiento, conforme a la normatividadmencionada.

A I C 0 1.5% 0.00

III.3.5.1.

Acatar y cumplir con la responsabilidad de los residuos que generedurante sus actividades, cumpliendo con lo previsto en la Ley Generalpara la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley Generaldel Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento ylas otras leyes, reglamentos y normas en la materia.

A C 0 1.5% 0.00

III.3.5.2. Al arrendar u operar equipos o instalaciones a PEP, proporcionar alinicio del contrato, el programa de manejo de sus residuos que genereen la instalación petrolera correspondiente.

M I 0 1.0% 0.00

III.3.5.3. Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación ymanejo de los residuos peligrosos o residuos de manejo especial quegenere en cualquier instalación petrolera de PEP.

M I C 0 1.0% 0.00

III.3.5.4.

Al realizar actividades en instalaciones petroleras de PEP,adicionalmente a la bitácora establecida en el requerimiento anterior,contar con una bitácora para registrar la generación y movimientos delos residuos no peligrosos que genere.

M I C 0 1.0% 0.00

III.3.5.5.

No quemar residuos a cielo abierto en las instalaciones petroleras. Enel caso de las embarcaciones sólo se permite incinerar los residuosconforme al Anexo V del convenio internacional de Marpol, a travésde incineradores específicos para ese fin.

A C 1 0 1.5% 0.00

III.3.5.6.

Al utilizar dispositivos para el tratamiento o disposición de residuos eninstalaciones petroleras, tales como incineradores, lavadores degases o vapores, entre otros, no contravenir lo dispuesto en el incisoanterior y demostrar técnicamente que no existe generación desubproductos o residuos peligrosos.

A C 0 1.5% 0.00

III.3.5.7. No verter residuos no alimenticios al mar. A C 3 0 1.5% 0.00

III.3.5.8. Antes de arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas de25 mm o menores, de acuerdo a lo requerido en la Regla 4, anexo Vdel convenio internacional del MARPOL.

A C 0 1.5% 0.00

III.3.5.9.

Al transportar residuos peligrosos o residuos de manejo especial,cumplir con lo que establezca para tal fin la Secretaría deComunicaciones y Transportes, la Secretaría de Marina o laSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, segúncorresponda; las normas de referencia de Pemex que sean aplicablesy la normatividad ambiental oficial vigente.

A S 4 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

94

Etapa

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No. Requisito II. Requerimientos Específicos Aplica

SI / NO Evidencia Severidad

EtapaInicio ( I )

Continuo ( C )Periodico ( P )Termino ( T )Suceso ( S )

Consecuencia del incumplimiento

Cumplimiento del requisito 0 Cumple

1 No Cumple

Porcentaje de deduccion

Monto de deduccion

III.3.5.10.

Al manejar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplircon lo requerido en el título IV, capítulo VI de la LGEEPA con toda lanormatividad vigente en la materia y entregar a PEP su registro comoempresa generadora de residuos peligrosos, los manifiestos degeneración de residuos peligrosos, los de entrega, transporte yrecepción de residuos peligrosos, así como los reportes trimestralescorrespondientes

A I C 4 0 1.5% 0.00

III.3.6.1.

Al utilizar maquinaria y equipos de trabajo con emisiones de ruidoambiental, cumplir con la NOM-081-SEMARNAT-1994 “Establece loslímites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas ysu método de medición” y en general con toda la normatividad oficialvigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental.

A C 0 1.5% 0.00

III.3.7.1.

Al realizar actividades altamente riesgosas, contar con un seguro deriesgo ambiental conforme al artículo 147 BIS de la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Las actividadesaltamente riesgosas son las que establece la SEMARNAT(actualmente se tienen dos listados que fueron publicados en el Diariooficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de1992), en tanto que las características y alcance de dicho seguro,deben ser conforme a la legislación y normatividad aplicables. Esteseguro puede ser independiente o formar parte de los otros segurosque PEP le solicite al proveedor o contratista en el contrato.

A I 0 1.5% 0.00

III.3.8.1.

Al realizar actividades, contar desde el inicio del contrato con un Plande contingencia ambiental basado en un análisis de riesgo, cuandose establezca en los anexos del contrato. Dicho Plan debe establecerlas medidas y equipos que se utilizarán en caso de una contingenciaambiental, estar vigente, cumplir con lo que se establece lanormatividad oficial vigente, los lineamientos o guías correspondientesde PEP y ser acorde a los planes de contingencia ambiental de PEP.Debe someterse a la revisión de PEP y una vez aprobado por éste,debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista.

A I 0 1.5% 0.00

III.3.9.1.

Previo al inicio de operaciones de las instalaciones petroleras oequipos de perforación que se arrienden u operen a PEP, iniciar lostrámites para incorporarlos al Programa Nacional de AuditoríaAmbiental, con el fin de obtener el Certificado de Industria Limpia(Certificado de Cumplimiento Ambiental) correspondiente, en lostérminos que le establezca la Autoridad, sin que esto sea un criteriode Evaluación Técnica del Procedimiento de Contratación.

A I 0 1.5% 0.00

III.3.9.2.

Para efectos del punto anterior, antes de finiquitar el contrato, elproveedor o contratista debe entregar evidencias documentales quedemuestren el registro en el Programa Nacional de AuditoríaAmbiental mencionado y que ha cumplido con los requisitos yrecomendaciones que la Autoridad le haya emitido en fechascomprendidas dentro del plazo de vigencia del contrato.

A T 0 1.5% 0.00

REQUERIMIENTOS DEL ANEXO "S", FORMATO 6

Totales Requisitos aplicables: 60 Totales 2.0% 1.30Totales Requisitos aplicables con cumplimiento: 58

Totales Requisitos aplicables con incumplimiento: 2 65.00$ Indice de cumplimiento Anexo "S" del Contratista 98%

Valor de la estimacion $

Monto de la estimacion

GUIA DE LLENADO.DEDUCCIONES ECONÓMICAS POR INCUMPLIMIENTOS AL ANEXO “S”, COMO UN PORCENTAJE DE LAS ESTIMACIONES DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS QUE PRESENTEN EL INCUMPLIMIENTO.

Implementación: Se detecta y documenta por parte de PEP el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones estipuladas en el Anexo “S” en que

hayan incurrido los terceros, en el periodo que comprenda la estimación que corresponda.

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Se define el porcentaje (%) de la deducción que se aplicará a la estimación en turno, en función de la severidad del incumplimiento observado (Anexo 3) en el periodo estimado por parte de los terceros, en relación con los requerimientos establecidos en el Anexo “S” pactado en el contrato, de acuerdo a lo siguiente:

Riesgo o consecuencia BAJO (0.5 %) Cero punto cinco por ciento.

Riesgo o consecuencia MEDIO (1.0 %) Uno por ciento.

Riesgo o consecuencia ALTO (1.5 %) Uno punto cinco por ciento.

Se cuantifica el monto de la deducción, aplicando el o los porcentajes sobre el monto total de la estimación en turno presentada por los terceros.

No se omite manifestar que es requisito indispensable e inherente para el desarrollo de los contratos que PEP mantiene celebrados con terceros, que éstos sean ejecutados en apego a las disposiciones aplicables en materia de seguridad e higiene industrial, protección ambiental y salud en el trabajo.

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REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO “S”

Primera.- Para iniciar los trabajos o servicios objeto del contrato deberán cumplirse todos los requisitos estipulados para el inicio marcado en el Formato 6 con la letra I, por lo que estos requisitos no serán susceptibles de deducción de acuerdo a este Anexo.

Segunda.- Iniciados los trabajos o servicios, a cualquier incumplimiento de los requisitos de este Anexo se aplicará la deducción correspondiente.

Tercera.- Los requisitos marcados en el Formato 6 con las letras C, P y S de la columna denominada “Etapas”, deberán ser cumplidos durante el desarrollo del contrato, y su incumplimiento generará la deducción correspondiente.

Cuarta.- Los Requisitos marcados en el Formato 6 con la letra T deberán ser cumplidos al término del contrato, su incumplimiento generará la deducción correspondiente y no permitirá el finiquito de los trabajos hasta que se solventen.

Quinta.- Los requisitos marcados en el Formato 6 con los números: 1, 2, 3, 4 y 5 de la columna denominada “Consecuencia del Incumplimiento” requieren interrupción inmediata de los trabajos o servicios por incumplimiento, independientemente de la deducción correspondiente, los trabajos o servicios sólo se podrán reanudar hasta que se solventen.

Sexta.- El incumplimiento de los requisitos que no requieren de interrupción de los trabajos o servicios, deberán quedar solventados dentro del periodo de estimación; en caso de reincidencia al incumplimiento se volverá a aplicar la deducción en la estimación correspondiente.

Séptima.- Si en las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el proveedor o contratista, obtiene tres calificaciones consecutivas menores a 80%, PEP podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato respectivo, según Diagrama 1.

CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO.COLUMNA DENOMINADA “CONSECUENCIA DEL INCUMPLIMIENTO”

1. Riesgo a las instalaciones.

2. Riesgo al personal.

3. Riesgo al medio ambiente.

4. Daños a terceros.

5. Riesgo sanitario.

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COLUMNA DENOMINADA “ETAPAS”Inicio (I) Requisitos que deben cumplirse previo al inicio de los trabajos o servicios.Continuo (C) Requisitos que deben cumplirse durante el desarrollo de los trabajos o servicios.Periódico (P) Requisitos que deben cumplirse de manera periódica.Termino (T) Requisitos que deben cumplirse al concluir los trabajos o servicios.Suceso (S) Requisitos que deben cumplirse cuando ocurra un incidente.

DIAGRAMA 1

ANEXO “TX”

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TEXTO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

TEXTO 2. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO; RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO.

EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ __________________________.

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS DERIVADOS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS OTORGADAS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, ASIMISMO GARANTIZA LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA RESPONDE IGUALMENTE, DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 12 MESES A PARTIR DE QUE QUEDEN EN OPERACIÓN LOS BIENES SUMINISTRADOS O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO, O 18 MESES DESPUÉS DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN SU DESTINO FINAL A TOTAL SATISFACCIÓN DEL BENEFICIARIO.

LA FIANZA GARANTIZA ASIMISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

LA INSTITUCION DE FIANZAS GARANTIZA LA RESPONSABILIDAD ADQUIRIDA POR EL FIADO CON MOTIVO DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS CON POSTERIORIDAD A LA REALIZACIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL Y/O EL DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y EL CONTRATO GARANTIZADO.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA

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VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO CON CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO, PLAZOS QUE SE COMPUTARÁN EN EL CASO DE: (A) LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, A PARTIR DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA O DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN Y PRESTACIÓN TOTAL DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS Y DE SUS PRÓRROGAS O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO; LO QUE OCURRA PRIMERO. (B) PARA LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASI COMO CUALESQUIER OTRA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA OBLIGACION PRINCIPAL: A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO.

LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

1.- PARA CUMPLIMIENTO: RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS. COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO. COPIA DEL DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. CUANTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO.

2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS.B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO.D) COPIA DEL DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS

NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

E) COPIA DEL ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, SI EL CONTRATO FUE ADJUDICADO A MÁS DE UN PROVEEDOR Y PARA FORMULAR PROPUESTA CONJUNTA NO FUE PRECISO CONSTITUIR SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE

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HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCION DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE: A) SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO, B) SI SE DOCUMENTA CON COPIA DEL AUTO ADMISORIO DE LA MISMA PRONUNCIADO POR EL TRIBUNAL COMPETENTE O ARBITRO EN TERMINOS DEL CONTRATO PRINCIPAL Y SE ACREDITA QUE LA DEMANDA INICIAL FUE PRESENTADA ANTE EL ORGANO JURISDICCIONAL O ARBITRAL DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS NATURALES SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE PRESENTO EL RECLAMO O CON ANTERIORIDAD AL MISMO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO O (C) NO SE ACOMPAÑA CON LA COPIA DEL RESPECTIVO AUTO DE ADMISION DICTADO POR TRIBUNAL COMPETENTE O ARBITRO EN TERMINOS DEL CONTRATO PRINICPAL DENTRO DEL PLAZO DE 30 DIAS NATURALES SEÑALADO EN EL PARRAFO ANTERIOR O CON ANTERIORIDAD AL MISMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO Y SEIS MESES DESPUÉS DE TRANSCURRIDOS LOS 12 MESES O 18 MESES DE VIGENCIA RESPECTIVOS, PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN INHERENTE A LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTES (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE

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MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

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FORMATO 11

Niveles de Inspección - Adquisiciones

Nivel de Inspección

Aplicará el siguiente procedimiento de inspección Nivel III.

NRF-049-PEMEX-2009Aplica a los bienes que se verifican en las instalaciones del proveedor o en destino final.El cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en los contratos, se determina a través de la verificación documental y física de las actividades que apliquen a este nivel de inspección o de las actividades específicas que determine el área usuaria de acuerdo a sus requerimientos, siendo enunciativas más no limitativas los siguientes requisitos y actividades1) Los requerimientos técnicos y contractuales.2) La aplicación de las Normas, Códigos, Procedimientos o Especificaciones de los bienes terminados.3) Certificados de aseguramiento de calidad o reportes de calidad o informes de Resultados de calidad de los bienes terminados.4) Las pruebas finales de aceptación de los bienes terminados.5) El acabado y embalaje de los bienes terminados.6) Manuales de operación, mantenimiento y números de parte

PA-800-70600-01Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:1) Especificaciones contractuales.2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados.3) Certificados de calidad de los bienes terminados.4) Las pruebas finales.5) El acabado y embalaje de los bienes terminados.6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte.7) La documentación que establece el contrato.

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FORMATO 12

INFORMACION ACERCA DEL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DE NAFIN

Proveedores de Petróleos MexicanosPresente

Nacional Financiera S.N.C. es una banca de desarrollo dedicada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y al desarrollo del Mercado Financiero. Actualmente realiza su labor basándose en el uso de la más alta tecnología, lo cual le ha permitido ofrecer servicios empaquetados, como lo es el Programa de Cadenas Productivas.

Petróleos Mexicanos, es una de las entidades incorporadas a con la finalidad de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia a los pagos, así como apoyar a que los proveedores consigan los siguientes beneficios:

Acceder a liquidez en forma inmediata, basada en el descuento electrónico de sus documentos por cobrar con Petróleos Mexicanos (no hay evaluación crediticia). Financiamiento oportuno. Recibe pago el día que opera en Cadenas Productivas. Realizar las transacciones desde su oficina en un sistema amigable y sencillo. Tasa de interés competitiva. Sin garantías. Mejor administración de sus flujos efectivo. Creación de historial crediticio. Capacitación y Asistencia Técnica sin costo.

Con el programa de Cadenas Productivas, NAFIN ofrece y administra toda una infraestructura tecnológica para garantizar la operación del esquema, permitiendo que los diversos participantes interactúen con la máxima seguridad en todo el proceso de la operación.

La documentación necesaria para el alta en el programa es: Convenio Pyme (Emite Nafin) Convenio IF (Emite Nafin) Copia de la Identificación Oficial del Representante Legal Copia del RFC Copia del Alta de Hacienda R-1 o R-2 con la dirección fiscal actual Copia del Comprobante de Domicilio (con no más de 3 meses de vigencia) Copia de Estado de Cuenta (cuenta donde se depositaran los recursos con no más de 3 meses de vigencia) Copia simple del Acta Constitutiva y Reformas

o Con el sello de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles)o Incluir todas las reformas a la sociedad

Copia simple del Acta de poderes de dominio o Debe corresponder al (los) representante(s) legal(es) o administrador(es) único(s) o Con el sello de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles)

Por lo anterior se les hace una cordial invitación a afiliarse a dicho programa y de esta forma poder acceder, en caso de así requerirlo, a los beneficios anteriormente mencionados.

En apoyo a lo anterior un representante de NAFIN se encuentra a sus órdenes para aclarar cualquier duda al respecto y/o llevar a cabo el proceso de afiliación. Favor de ponerse en contacto con el Lic. Ricardo Olivares Medina.([email protected] ) al teléfono 5325-6219.

ATENTAMENTE

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Nacional Financiera México D.F. a de de 2009

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Programa de Cadenas Productivas del Gobierno Federal

El programa de Cadenas Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las micro pequeñas y medianas empresas de nuestro país con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión.

Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios:

Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos.

Incrementa tus ventas al pertenecer al Directorio de Proveedores del Gobierno Federal mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran al mismo tiempo conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedores.

Profesionaliza tu negocio a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal que e ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas.

Identifica oportunidades de negocio al conocer las necesidades de compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos.

Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 1 800 623-4672

sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de internet www.NAFIN.com.

CADENAS PRODUCTIVAS

¿Cadenas productivas?

Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.

¿Afiliarse?

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RELACIÓN DE DOCTOS. REQUERIDOSINVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONASNo. CPEP-SV-Z-M-42/10

Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en Internet. A través de Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.

Cadenas Productivas ofrece:

Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico o Obtener liquidez para realizar más negocios o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo o Agilizar y reducir los costos de cobranza o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, www.nafin.com o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07 Y 01800 NAFINSA (62 34 672)

Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita Recibir información Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal

Características descuento ó factoraje electrónico:

Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento) Descuento aplicable a tasas preferenciales Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su

preferencia

DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL

¿Qué es el directorio de compras?

Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.

Dudas y comentarios vía telefónica,

Llámenos al teléfono 5089 6107 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur 1971 - Col Guadalupe Inn 01020, México, D.F

LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS

1.- Carta Requerimiento de Afiliación. Debidamente firmada por el área usuaria compradora

2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa). Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa) Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc., Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Completa y legible en todas las hojas.

4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio. Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

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5.- Comprobante de domicilio Fiscal Vigencia no mayor a 2 meses Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio) Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.

6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros) . La firma deberá coincidir con la del convenio

7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.

8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)

9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos Sucursal, plaza, CLABE interbancaria Vigencia no mayor a 2 meses Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.

La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:

A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas Firmado por el representante legal con poderes de dominio. 2 convenios con firmas originales

B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero. Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

(** Únicamente, para personas Morales)

Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al 50-8961-07; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:

Av. Insurgentes Sur no. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.

Estimado Proveedor del Gobierno Federal:

Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo

anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos V convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.

Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva Cadena(s) a la que desea afiliarse:*

Número(s) de proveedor (opcional): *

*

Datos Generales de la empresa.Razón Social:

Fecha de alta SHCP:

R.F.C.:

Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.:

Colonia:

Ciudad:

Teléfono (incluir clave LADA):

Fax (incluir clave LADA):

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e-mail:

Nacionalidad:

Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral) No. de la Escritura:

Fecha de la Escritura:

Datos del Registro Público de Comercio Fecha de Inscripción:

Entidad Federativa:

Delegación ó municipio:

Folio:

Fecha del folio:

Libro:

Partida:

Hojas:

Nombre del Notario Público:

No. de Notaria:

Entidad del Corredor ó Notario:

Delegación o municipio del corredor ó Notario:

Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral): (Acta de poderes y/o acta constitutiva)

No. de la Escritura:

Fecha de la Escritura:

Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )

Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral): Fecha de inscripción:

Entidad Federativa:

Delegación ó municipio:

Folio:

Fecha del folio:

Libro:

Partida:

Fojas:

Nombre del Notario Público:

No. de Notaría:

Entidad del Corredor ó Notario:

Delegación o municipio del corredor ó Notario:

Datos del representante legal con actos de administración o dominio: Nombre:

Estado civil:

Fecha de nacimiento:

R.F.C.

Fecha de alta SHCP:

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Teléfono:

Fax (incluir clave LADA): e-mail:

Nacionalidad:

Tipo de identificación oficial: Credencial lFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 ó FM3 extranjeros ( ) No. de la identificación (si es IFE poner el No. que esta

en la parte donde esta su firma):

Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.:

Colonia:

Ciudad:

Datos del banco donde se depositarán recursos: Moneda: pesos ( ) dólares ( )

Nombre del banco:

No. de cuenta (11 dígitos):

Plaza:

No. de sucursal:

CLABE bancaria:(18 dígitos):

Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( )

Órgano colegiado ( )

Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves: Nombre:

Puesto:

Teléfono (incluir clave LADA):

Fax:

e-mail:

Actividad empresarial: Fecha de inicio de operaciones:

Personal ocupado:

Actividad ó giro:

Empleos a generar:

Principales productos:

Ventas (último ejercicio) anuales:

Netas exportación:

Activo total (aprox.):

Capital contable (aprox.):

Requiere Financiamiento SI ( ) NO ( )

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FORMATO 14

EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓNGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

SOLICITUD DE REGISTRO EN EL CATÁLOGO MAESTRO DE ACREEDORESNombre ó Razón Social:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio Fiscal: (Calle, Número exterior e interior):

Colonia: Código Postal:

Delegación, Ciudad y Estado:

Teléfono (s): Fax:

Nombre del Representante Legal: R.F.C.:

Correo Electrónico del Representante:

Registro otorgado por PEMEX CORPORATIVO (Sí se tiene):TIPO:

Industria ( ) Comercio ( ) Servicios ( ) Número de empleados: ___________Clasificación de la empresa: Micro: ( )

Giro de la empresa:

Proveedor: ( )

Pequeña: ( ) Contratista: ( )

Mediana: ( ) Prestador de Servicios: ( )

Grande: ( )Sociedad donde se solicita su alta: PEP: ( ) MT01: ( ) PI01: ( )

Región donde se solicita su alta: SMEX: ( ) RMNE: ( ) SVHA: ( ) RMSO: ( ) RN: ( ) RS: ( )

DATOS BANCARIOS

Institución Bancaria: No. de Cuenta:

Sucursal:No. de Referencia:

Plaza (No. y Ciudad):

Lugar y Fecha:

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DOCUMENTO 02

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Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE)Anexo al Oficio Circular No. SACN/300/148/2003

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales , hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones aEsta convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crearfuncionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear

igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación – la primera ya fue aprobada – en donde un grupo de expertos verificará entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas

(controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de laLas sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.Convención, implican entre otras privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia pero también por otros medios como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas en el caso de las empresas.El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.Por otra parte es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Articulo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro dinero o cualquier otra dádiva o acepte una promesa para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas las mismas se aplicaran en beneficio del Estado.Capitulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Articulo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el articulo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales ofrezca, prometa o dé por sí o por interpósita persona dinero o cualquier otra dádiva ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas independientes o de participación estatal en cualquier orden o nivel de gobierno así como cualquier organismo u organización pública internacionales.Cuando alguno de los delitos comprendidos en este articulo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo II de este Código, el juez impondráCuando alguno de los delitos comprendidos en este articulo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo II de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento dea la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.

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DOCUMENTO 03

ACUERDO por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 8, 14, 26, 28 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 7 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 4, 5 fracción XVI y 23 fracciones IX, X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y tomando en cuenta las opiniones de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el 30 de noviembre de 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto de los importados, tratándose de procedimientos de contratación de carácter internacional;

Que los tratados de libre comercio, en los que los Estados Unidos Mexicanos han suscrito un título o capítulo dentro del cual se ha considerado una cobertura en materia de compras del sector público, incluyen disposiciones en materia de trato nacional no discriminatorio, que establecen que cada una de las Partes otorgará a los bienes de otra Parte, a los proveedores de dichos bienes y a los proveedores de servicios de otra Parte, un trato no menos favorable que el más favorable otorgado: a) a sus propios bienes y proveedores, y b) a los bienes y proveedores de otra Parte, y

Que dadas las actualizaciones del marco jurídico que sirve de referencia a las compras del sector público, es necesario armonizar las disposiciones contenidas en el ordenamiento citado en el primer considerando, con las disposiciones vigentes de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como con todos los tratados de libre comercio en los que nuestro país ha suscrito un título o capítulo de compras del sector público, a efecto de facilitar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los licitantes, la aplicación del margen de preferencia al precio de los bienes de origen nacional, que prevalecerá sobre el precio de los bienes de importación en un porcentaje del diez por ciento, conforme lo establece el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

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ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACION DEL MARGEN DE PREFERENCIA EN EL PRECIO DE LOS BIENES DE ORIGEN NACIONAL, RESPECTO DEL PRECIO DE LOS BIENES DE IMPORTACION, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE CARACTER

INTERNACIONAL QUE REALIZAN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1o.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer las reglas que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para aplicar el margen de preferencia previsto por el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a los precios de los bienes de origen nacional, respecto de los precios de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que se celebren con fundamento en el artículo 28 fracción II de la citada Ley.

ARTICULO 2o.- Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:

I. Bienes de origen nacional.- Los bienes producidos en el país y que cuenten con el porcentaje de contenido nacional requerido en términos del artículo 28 fracción I de la Ley, así como por el "Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2000;

II. Dependencias y entidades.- Las que señalan las fracciones III y IV del artículo 2 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

III. Dirección.- La Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología de la Secretaría de Economía;

IV. Ley.- La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

V. Proveedor.- La persona física o moral que celebre contratos o pedidos de adquisiciones, arrendamientos o servicios;

VI. Licitante.- La persona física o moral que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de invitación a cuando menos tres personas;

VII. Oferta de bienes de origen nacional.- Propuesta formulada por toda persona física o moral que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o de invitación a cuando menos tres personas, ofertando bienes de origen nacional que cumplen con lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

VIII. Ofertas de bienes de importación.- Las previstas por las fracciones IX y X siguientes;

IX. Oferta de bienes de importación cubiertos por tratados.- Propuesta formulada por toda persona física o moral que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o de invitación a cuando menos tres personas, convocado bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público, de los tratados de libre comercio suscritos por nuestro país, mediante la cual se ofrecen bienes originarios de algún país con el que los Estados Unidos Mexicanos hayan celebrado un tratado de libre comercio que contenga un título o capítulo de compras del sector público, bajo cuya cobertura se considere dicho bien importado;

X. Oferta de bienes de importación no cubiertos por tratados.- Propuesta formulada por toda persona física o moral que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o de invitación a cuando menos tres personas, ofreciendo bienes originarios de algún país con el que los Estados Unidos Mexicanos no han suscrito un tratado de libre comercio, o bien se trate de bienes no considerados dentro de la cobertura de un tratado de libre comercio que contenga un título o capítulo de compras del sector público suscrito por nuestro país;

XI. Precio comparativo del bien nacional.- El precio más bajo ofertado para un bien de origen nacional al que se ha aplicado el margen de preferencia del diez por ciento previsto por las presentes reglas;

XII. Trato nacional.- El que define el numeral 1 del artículo 1003 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, así como su equivalente en los diversos tratados de libre comercio en los que nuestro país haya suscrito un título o capítulo de compras del sector público;

XIII. Procedimientos de contratación internacional.- Los previstos por las fracciones XIV, XV y XVI siguientes;

XIV. Procedimientos de contratación internacional de conformidad con los tratados.- Las licitaciones públicas, celebradas por las dependencias y entidades dentro del ámbito de aplicación, definido por el artículo 1001 del capítulo X del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y sus correlativos en los demás tratados de libre comercio en el que los Estados Unidos Mexicanos suscribieron un título o capítulo de compras del sector público, y con apego al Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, así como en términos de los artículos 26 fracción I y 28 fracción II inciso a) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

XV. Procedimientos de contratación internacional abiertos a la participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados.- Las licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos tres personas, abiertas a la participación de cualquier interesado, celebradas por las dependencias y entidades dentro del ámbito de aplicación, definido por el artículo 1001 del capítulo X del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y sus correlativos en los demás tratados de libre comercio en el que los Estados Unidos Mexicanos suscribieron un título o capítulo de compras del sector público, así como en términos de los artículos 26 fracciones I o II, 28 fracción II, incisos b) o c) y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

XVI. Procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados.- Las licitaciones públicas e invitaciones a cuando menos tres personas, celebrados en términos de los artículos 26 fracciones I o II, 28 fracción II, incisos b) y c), 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

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y Servicios del Sector Público, y que se encuentran fuera del ámbito de aplicación, definido por el artículo 1001 del capítulo X del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y sus correlativos en los demás tratados de libre comercio en que los Estados Unidos Mexicanos suscribieron un título o capítulo de compras del sector público;

XVII. Tratados.- Los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contengan disposiciones que regulen la participación de proveedores extranjeros en procedimientos de licitación pública realizadas por las dependencias y entidades sujetas al cumplimiento de las obligaciones previstas por los mismos para la compra de bienes, servicios o servicios de construcción;

Dentro de la definición anterior, quedan comprendidos los tratados de libre comercio que a continuación se citan:

a) Tratado de Libre Comercio de América del Norte, capítulo X, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1993;

b) Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995;

c) Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica, capítulo XII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1995;

d) Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia, capítulo XIV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 1995;

e) Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua, capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1998;

f) Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel, capítulo VI, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2000;

g) Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus estados miembros, título III, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2001;

h) Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, capítulo V, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2001, y

i) Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, capítulo 11, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2005.

XVIII. Margen de preferencia.- Diferencia porcentual en el precio de la propuesta solvente más baja de un bien de origen nacional, aplicable en un procedimiento de contratación internacional en comparación al precio de la propuesta solvente más baja de un bien importado no cubierto por los tratados.

ARTICULO 3o.- El margen de preferencia del diez por ciento previsto por las reglas contenidas en el presente Acuerdo, es aplicable a los procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados, que lleven a cabo las entidades federativas y el Gobierno del Distrito Federal, en términos de la fracción VI del artículo 1 de la Ley.

En los procedimientos a que hace referencia el párrafo anterior no se integrarán proposiciones, en términos de la fracción IX del artículo 2o. del presente Acuerdo.

CAPITULO II

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL ABIERTOS A LA PARTICIPACION DE CUALQUIER INTERESADO Y CELEBRADOS BAJO LA COBERTURA DE LOS CAPITULOS DE COMPRAS DEL SECTOR PUBLICO CONTEMPLADOS POR LOS TRATADOS

ARTICULO 4o.- Las reglas que deberán aplicar las dependencias y entidades, en materia del margen de preferencia en el precio de la oferta de bienes de origen nacional, respecto del precio de la oferta de bienes de importación, en los procedimientos de contratación internacional abiertos a la participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados que realicen, son las siguientes:

Primera.- Los bienes de origen nacional ofertados en los procedimientos de contratación internacional abiertos a la participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados, convocados o invitados con fundamento en los artículos 28 fracción II y 43 de la Ley contarán, conforme lo previsto en este Acuerdo, con un margen de preferencia de diez por ciento en el precio cotizado, con respecto a los precios de los bienes de importación no cubiertos por tratados, para efectos de la evaluación económica de las propuestas.

Segunda.- El margen de preferencia del diez por ciento, considerado en la regla primera, no será aplicable al precio de los bienes de origen nacional, para valorarlos frente a los bienes que integren ofertas de bienes de importación cubiertos por tratados, respecto de los cuales los Estados Unidos Mexicanos concedan un trato nacional por virtud de los tratados.

Tercera.- Las dependencias y entidades convocantes deberán establecer en las bases o invitaciones de los procedimientos de contratación internacional abiertos a la participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados, que los licitantes de bienes de origen nacional que deseen que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia previsto por las presentes reglas, cuando así proceda hacerlo, deberán presentar como parte de su propuesta técnica, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cada uno de los bienes que oferta el licitante cumple con lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la Ley, pudiendo utilizar para ello el formato contenido en el Anexo 1 del presente Acuerdo.

Cuarta.- Las dependencias y entidades convocantes establecerán en las respectivas bases de sus procedimientos de contratación internacional abiertos a la

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participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados, que los licitantes que presenten ofertas de bienes de importación cubiertos por tratados que deseen que su propuesta reciba los beneficios del trato nacional previsto por los tratados, en un procedimiento de contratación internacional bajo la cobertura de los capítulos de compras de los tratados de libre comercio, deberán presentar como parte de su propuesta técnica, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan son originarios de alguno de los países con los que nuestro país ha suscrito cualesquiera de los tratados listados en la fracción XVII del artículo 2o. del presente Acuerdo.

En su manifestación, harán constar la indicación expresa en el sentido de que dichos bienes cumplen con las reglas mediante las cuales es posible atribuir origen a los mismos, de acuerdo a lo establecido en el título o capítulo de compras del sector público que corresponda a un tratado del que los Estados Unidos Mexicanos sean Parte, pudiendo utilizar para ello el formato contenido en el Anexo 2 del presente Acuerdo.

Quinta.- Los licitantes podrán presentar la manifestación a que se refieren las reglas tercera y cuarta en escrito libre o pudiendo utilizar los formatos correspondientes que se anexan al presente Acuerdo. Por su parte, las dependencias y entidades convocantes deberán incluir dichos formatos en las bases o invitaciones de los procedimientos de contratación internacional abiertos a la participación de cualquier interesado y celebrados bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público contemplados por los tratados.

Sexta.- Si una vez efectuada la apertura de las proposiciones técnicas, para su evaluación en términos del artículo 36 de la Ley, la convocante verifica que no existe oferta de bienes de origen nacional conforme a la regla tercera, procederá a hacer la evaluación del resto de las proposiciones sin considerar el margen de preferencia del diez por ciento establecido en las presentes reglas.

Séptima.- Las dependencias y entidades agruparán todas las propuestas presentadas por los licitantes, recibidas en los procedimientos internacionales celebrados en términos del presente capítulo, de la siguiente manera:

Grupo 1 (G1): Las proposiciones que cumplan con la regla tercera de este artículo.

Grupo 2 (G2): Las proposiciones que cumplan con la regla cuarta de este artículo.

Grupo 3 (G3): Las proposiciones que no cumplen con las reglas tercera ni cuarta de este artículo.

Todas las ofertas de bienes de importación no cubiertos por tratados en un procedimiento de contratación internacional deberán ser incluidas por la convocante en el Grupo 3 (G3).

Octava.- Para la evaluación de las propuestas económicas a que hace referencia el artículo 36 de la Ley, se identificarán las proposiciones solventes que resulten con precio más bajo de cada uno de los grupos citados en la regla séptima, denominándolas respectivamente como proposición G1, proposición G2 y proposición G3.

Novena.- Identificadas todas las proposiciones solventes, las dependencias y entidades evaluarán las mismas, iniciando por la comparación de la proposición G1, en relación con la proposición G2, procediendo conforme a los siguientes supuestos:

a) En caso de que la oferta solvente con el precio más bajo sea la proposición G1, o bien no existan propuestas clasificadas en el Grupo 2 (G2), se deberá determinar el precio comparativo del bien nacional de dicha proposición G1, de acuerdo con la siguiente expresión:

PCBN = 0.90 (PBN)

En donde:PCBN = Precio comparativo del bien nacionalPBN = Precio más bajo del bien nacional ofertado

El precio comparativo del bien nacional de la proposición G1 deberá compararse con la proposición G3, a efecto de determinar la propuesta ganadora.

b) En caso de que la oferta con el precio solvente más bajo sea la proposición G2, o bien no existieran proposiciones clasificadas dentro del Grupo 1 (G1), la proposición G2 deberá compararse directamente con la proposición G3, a efecto de determinar la proposición ganadora sin considerar margen de preferencia alguno para la proposición G2.

Décima.- En el contrato correspondiente a la proposición ganadora se incluirá el precio propuesto por el licitante sin considerar el margen de preferencia aplicado al precio comparativo que le correspondió como bien nacional.

CAPITULO III

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL DE CONFORMIDAD CON LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

ARTICULO 5o.- No será aplicable el margen de preferencia previsto por el presente Acuerdo a los procedimientos de contratación de carácter internacional de conformidad con los tratados de libre comercio, convocados con fundamento en el artículo 28 fracción II inciso a) de la Ley, al amparo del Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2003, toda vez que en dichos procedimientos no habrá propuestas que deban integrarse en el Grupo 3 (G3).

En los casos a que se refiere el presente artículo, se comparará directamente la proposición G1, con la proposición G2, a efecto de determinar la proposición ganadora, sin considerar margen de preferencia alguno.

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CAPITULO IV

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION INTERNACIONAL FUERA DEL AMBITO DE APLICACION DE LOS TRATADOS

ARTICULO 6o.- Las reglas que deberán aplicar las dependencias y entidades, en materia del margen de preferencia en el precio de la oferta de bienes de origen nacional, respecto del precio de la oferta de bienes de importación, en los procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados que realicen, son las siguientes:

Primera.- Los bienes de origen nacional ofertados en los procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados y convocados o invitados con fundamento en los artículos 28 fracción II y 43 de la Ley contarán, conforme lo previsto en este Acuerdo, con un margen de preferencia del diez por ciento en el precio cotizado, con respecto al precio de la oferta de bienes de importación, para efectos de la evaluación económica de las propuestas.

Segunda.- En los procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados no se integrarán ofertas de bienes de importación cubiertos por tratados, por lo que no se integrarán proposiciones en el Grupo 2 (G2) y todas las ofertas de bienes importados se integrarán en el Grupo 3 (G3).

Tercera.- Las dependencias y entidades convocantes deberán establecer en las bases o invitaciones de los procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados, que los licitantes de bienes de origen nacional que deseen que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia previsto por las presentes reglas, cuando así proceda hacerlo, deberán presentar como parte de su propuesta técnica, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cada uno de los bienes que oferta el licitante cumplen con lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la Ley, pudiendo utilizar para ello el formato contenido en el Anexo 1 del presente Acuerdo.

Los licitantes podrán presentar la manifestación a que se refiere la presente regla, en escrito libre o pudiendo utilizar el formato correspondiente que obra en el Anexo 1 de este Acuerdo. Por su parte, las dependencias y entidades convocantes deberán incluir dicho formato en las bases o invitaciones de los procedimientos de contratación internacional fuera del ámbito de aplicación de los tratados.

Cuarta.- Si una vez efectuada la apertura de las proposiciones técnicas, para su evaluación en términos del artículo 36 de la Ley, la convocante verifica que no existe oferta de bienes de origen nacional conforme a la regla tercera, procederá a hacer la evaluación del resto de las proposiciones sin considerar el margen de preferencia del diez por ciento establecido en las presentes reglas.

Quinta.- Las dependencias y entidades agruparán todas las proposiciones presentadas por los licitantes, recibidas en los procedimientos internacionales celebrados en términos de las presentes reglas, de la siguiente manera:

Grupo 1 (G1): Las proposiciones que cumplan con la regla tercera de este artículo.

Grupo 3 (G3): Las proposiciones que no cumplen con la regla tercera de este artículo.

Bajo los supuestos contemplados por este capítulo, todas las ofertas de bienes que no cumplan con la regla tercera de este artículo deberán ser incluidas por las dependencias y entidades en el Grupo 3 (G3).

Sexta.- Para la evaluación de las propuestas económicas a que hace referencia el artículo 36 de la Ley, se identificarán las proposiciones solventes que resulten con precio más bajo de cada uno de los grupos citados en la regla quinta, denominándolas, respectivamente, como proposición G1 y proposición G3.

Séptima.- Identificadas las dos proposiciones solventes con el precio más bajo de cada grupo, las dependencias y entidades evaluarán las mismas, debiendo proceder conforme al siguiente supuesto:

a) Se deberá determinar el precio comparativo del bien nacional de la proposición G1, de acuerdo con la siguiente expresión:

PCBN = 0.90 (PBN)

En donde:PCBN = Precio comparativo del bien nacionalPBN = Precio más bajo del bien nacional ofertado

El precio comparativo del bien nacional de la proposición G1 deberá compararse con la proposición G3, a efecto de determinar la propuesta ganadora.

Octava.- En el contrato correspondiente a la proposición ganadora se incluirá el precio propuesto por el licitante sin considerar el margen de preferencia aplicado al precio comparativo que le correspondió como bien nacional.

CAPITULO VDISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 7o.- Los licitantes o proveedores estarán obligados a conservar la información, incluso la proporcionada por el fabricante, que les permita sustentar en todo momento la veracidad del contenido de las manifestaciones bajo protesta de decir verdad a que se refieren las reglas tercera y cuarta del artículo 4o. del capítulo II, así como la regla tercera del artículo 6o., del capítulo IV, ambas del presente Acuerdo.

Lo anterior a efecto de que, en caso de ser necesario, dicha información sea presentada ante la Secretaría de Economía, o la Secretaría de la Función Pública en ejercicio de sus atribuciones, o bien, por conducto de los Organos Internos de Control adscritos a la misma, cuando alguna de estas dependencias así lo solicite por motivo de una verificación del cumplimiento de lo previsto por el presente Acuerdo.

ARTICULO 8o.- Las dependencias y entidades deberán informar por escrito a la Dirección, en los meses de enero y julio, sobre los contratos formalizados acumulados en el año hasta el semestre inmediato anterior, con proveedores cuyas proposiciones económicas se les haya aplicado el margen de preferencia.Dicho informe deberá contener la siguiente información:

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1. Número de procedimiento de contratación internacional;

2. Tipo de procedimiento;

3. Fecha de la Invitación o de la invitación;

4. Razón social del proveedor;

5. Descripción genérica del bien ofertado por el proveedor, y

6. Monto adjudicado para el bien ofertado por el proveedor.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto de los importados, tratándose de procedimientos de contratación de carácter internacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, así como cualquier otra disposición que se oponga a lo establecido por este Acuerdo.

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