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PÁRAMOS EN COLOMBIA: UN ECOSISTEMA VULNERABLE Luis Alberto Ortiz Mauro A. Reyes Bonilla

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PÁRAMOS EN COLOMBIA: UN ECOSISTEMA VULNERABLE

Luis Alberto Ortiz Mauro A. Reyes Bonilla

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Luis Alberto Ortiz y Mauro A. Reyes Bonilla

GRUPO DE ESTUDIOS EN ECONOMÍA POLÍTICA Y MEDIO AMBIENTE

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Introducción

Luego de un código minero que excluiría páramos y zonas protegidas de las áreas de explotación minera, en días recientes se logró lo que podría catalogarse como un paso significativo por los ambientalistas dentro de lo que la regulación de ecosistemas de páramo se refiere. Se trata de la inclusión de los ecosistemas de páramo dentro de las zonas excluibles de la minería en lo que respecta al código minero. Hecho que no deja de ser más que parte de un juego de leyes, cuando ya la Corte Constitucional había precisado que la norma no solo se refería a los Parques Nacionales Naturales, sino que la exclusión contenía todas las categorías de protección previstas por el marco jurídico ambiental. Y si esto sucede vale la pena preguntarse, que ante la interpretación de la norma a favor de intereses económicos particulares: ¿qué más podría suceder a pesar de que exista un nuevo amparo jurídico para la conservación de los ecosistemas de páramo? En el grupo de estudios de economía política y medio ambiente consideramos que no parece existir un panorama de tranquilidad en un país donde la minería no solo amenaza la mayoría de páramos del país; sino también cuando este es un sector jalonador de la economía en tiempos de recesión como el actual. Jurisprudencia, principios constitucionales y páramos en peligro

El código de Minas en su reciente reforma estableció en el artículo 34 que en las “zonas excluibles de la minería. No podrán ejecutarse trabajos y obras de exploración y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a la normatividad vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del ambiente.

Las zonas de exclusión mencionadas serán las que han sido constituidas y las que

se constituyan conforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva forestal protectora y demás zonas de reserva forestal, ecosistemas de páramo y los humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de la Convención Ramsar. Estas zonas para producir estos efectos, deberán ser delimitadas geográficamente por la autoridad ambiental con base en estudios técnicos, sociales y ambientales.”

No obstante, antes de ser concebido la nueva reforma del Código Minero donde se

excluyen los ecosistemas de páramo de las actividades mineras ya existía un ordenamiento jurídico que por sí mismo que permitiría su protección.

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En efecto los páramos como ecosistemas no se encuentran catalogados como áreas de manejo especial, como lo podría ser un Parque Nacional Natural o uno regional, sino que se le resalta como aquel que por tener la connotación natural que se le da puede ser importante en su aporte al recurso hídrico, así como también para la fauna, la flora y los corredores biológicos.

Así mismo la Ley 99 de 19931, en el aspecto específico de los páramos consagró dentro de sus principios que las zonas de páramos, subpáramos, nacimientos de agua y zonas de recarga de acuíferos deben ser objeto de protección especial, y que la biodiversidad por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, debe ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible2.

Lo anterior sin mencionar como en el presente año se expidió la ley 1333 como

aquella que regula el procedimiento sancionatorio y se convierte en una de las herramientas que poseen las autoridades ambientales para sancionar a quienes contravengan las normas que regulan la protección de los recursos naturales y del ambiente, además de las acciones populares y de grupo contempladas dentro de la Constitución Política y desarrolladas por la ley 472 de 1998, así como la acción de tutela, cuando esa protección al ambiente esté en conexidad con un derecho fundamental. Todos los anteriores, antecedentes jurídicos que sin duda muestran un avance en la protección de los páramos pero que a su vez plantean el interrogante si no se tratan de sofismas de distracción ante un fenómeno económico de fondo que crea cada vez mayor presión hacia su intervención.

En sentido armónico con lo enunciado se encuentran los recientes

pronunciamientos de la Corte Constitucional en sentencias de Constitucionalidad contra varios de los artículos del Código minero que de una u otra forma se refieren a actividades de minería en zonas que pueden afectar los recursos naturales y el ambiente, en efecto, mediante los fallos C 339 de 2002 y C 443 de 2009 ha señalado la Corte que quien debe velar por la protección de los recursos para cuando se determine la viabilidad de exploración o explotación de minería es la autoridad ambiental para que se mitiguen los

1 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente se reordena el sector público encargado de la gestión

y conservación del medio ambiente y lo recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional

Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones.”

2 Artículo 1. Ley 99 de 1993

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efectos que puedan ocasionar al medio ambiente, cuando se trate de proteger áreas especiales por su riqueza natural.

De acuerdo con lo resaltado por el alto tribunal y con las normas que hacen énfasis

en proteger los ecosistemas de páramos, es válido afirmar que las autoridades ambientales tienen la responsabilidad de aplicar las restricciones para este tipo de actividad minera en ecosistemas de gran valor como los páramos y de ser exigentes en los requisitos de mitigación para que el impacto ambiental no sea grave, cuando la ley permita las exploraciones en zonas que siendo de manejo especial por sus características especiales, se puedan llevar a cabo por aquello del desarrollo sostenible

Estadísticas de Páramos en Colombia: Amenazas

Los páramos son ecosistemas ubicados entre los 3.100 y los 4.000 metros sobre el nivel del mar, por tal motivo reciben luz solar todo el año con una calidad y cantidad única por su ubicación en la zona ecuatorial, lo que les permite desarrollar su vegetación. Además son lugares de carácter estratégico por la regulación hídrica que proveen dada su baja temperatura al disminuir la evaporación y retener agua por su vegetación.

SECTOR DISTRITO COMPLEJO ha

Páramos Perijá Perijá 4.500

Jurisdicciones-Santurbán 82.664

Tamá 7.110

Almorzadero 125.120

Yariguíes 812

Cocuy 268.783

Pisba 81.481

Tota-Bijagual-Mamapacha 127.310

Guantiva-La Rusia 100.262

Iguaque-Merchán 16.212

Guerrero 39.240

Rabanal y río Bogotá 16.356

Chingaza 64.500

Cruz Verde-Sumapaz 266.250

Páramos Los Picachos Los Picachos 3.819

Páramos Miraflores Miraflores 2.903

Páramos Belmira Belmira 1.080

Nevados 102.054

Chilí-Barragán 27.900

Las Hermosas 115.682

Nevado del Huila-Moras 67.966

Guanacas-Puracé-Coconucos 72.350

Sotará 37.462

Doña Juana-Chimayoy 20.078

La Cocha-Patascoy 68.547

Chiles-Cumbal 54.918

Páramo Paramillo Paramillo 1.550

Frontino-Urrao 4.030

Citará 2.150

Tatamá 4.200

Duende 1.467

Farallones de Cali 2.070

Cerro Plateado 4.143

Sierra Nevada de Santa Marta Páramos de Santa Marta Santa Marta 137.426

TOTAL 1.932.395

Nariño-Putumayo Páramos Nariño-Putumayo

Cordillera Occidental

Páramos Frontino-Tatamá

Páramos del Duende-Cerro Plateado

Cordillera Oriental

Páramos de los Santanderes

Páramos de Boyacá

Páramos de Cundinamarca

Cordillera Central

Páramos Viejo Caldas-Tolima

Páramos Valle-Tolima

Páramos Macizo Colombiano

Tabla 1. Páramos de Colombia. Fuente: Morales et al. 2007. Elaboración: Los autores.

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De acuerdo con la clasificación del Altlas de Páramos de Colombia (Morales et al. 2007), el país cuenta con 34 páramos delimitados, con una superficie total de 1’932.395 ha, lo que equivale a 1.6% del territorio (Tabla 1). Sin embargo, solo 709.849 ha se encuentran dentro del sistema nacional de Parques Nacionales Naturales3, lo que significa que más de la mitad de páramos del país, 63.2% del total de su área, se encuentra por fuera de la jurisdicción de un Parque Nacional Natural (Figura 1), algo que alarma cuando al declararse los Parques Nacionales Naturales inexequibles de ser sustraídas para algún uso productivo, las áreas de páramo que no se encuentren allí corren el riesgo de ser un área de protección especial pero de carácter permanente.

0%

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%

Zonas de páramo dentro del área del Sistema Nacional de Parques Nacionales Naturales

Fuera de un PNN

Dentro de un PNN

Figura 1. Fuente: Morales et al. 2007. Elaboración y cálculos: Los autores

Según la evidencia numérica aquellos páramos con mayor área por fuera del Sistema

de Parques Nacionales Naturales cuentan con mayor grado de vulnerabilidad ante su explotación económica. De hecho, los distritos de páramo con mayor área por fuera de un Parque Nacional Natural son los que presentan mayores casos de intervención minera. Por ejemplo, aquellos más vulnerables son los de Boyacá con 441.441 ha, los de Cundinamarca con 227.352 ha y los Santanderes con 207.784 ha en donde existe por lo

3 Bajo el amparo del Código de Recursos Naturales, decreto 2811 de 1974, y algunos de sus decretos

reglamentarios como lo es el decreto 622 de 1977

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menos de uno a tres casos de explotación (Figura 2). Así mismo, los datos evidencian que zonas de páramo por fuera de un Parque Nacional Natural son más vulnerables en cuanto presentan un mayor porcentaje de áreas transformadas en otras actividades tales como: ganadería, cultivos ilícitos, la tala, y el aprovechamiento indiscriminado de flora y fauna silvestre; tal y como son los casos significativos de los páramos de Rabanal, Guerrero y Sumapaz en Cundinamarca y los de Almorzadero y Saturbán en el Norte de Santander, de preocupación además, dada su importancia estratégica para producción de energía hidroeléctrica y abastecimiento de acueductos locales (Figura 3).

Perijá

Saturbán

Almorzadero

Cocuy

PisbaTota

Guantiva

Guerrero

Rabanal

Chingaza

SumapazNevados

0

10

20

30

40

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60

70

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0 20.000 40.000 60.000 80.000 100.000 120.000 140.000 160.000

%

ha por fuera de un Parque Nacional Natural

Zonas de páramo por fuera de un Parque Nacional Natural vs % de área transformada

0

0,5

1

1,5

2

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50.000

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150.000

200.000

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300.000

350.000

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450.000

500.000

ha

Distrito de páramo

Distritos de páramo por fuera un Parque Nacional Natural (ha) vs número de casos de presencia

minera

Figuras 2 y 3. Fuente: Morales et al. 2007. Elaboración y cálculos: Los autores

¿Desarrollo económico vs Conservación de páramos?

En Colombia algunos sectores sostienen que la conservación de las zonas de páramo se encuentra en contravía del desarrollo económico4, sobre todo en un país con desaceleración económica y una alta dependencia de la explotación de recursos naturales no renovables tales como minerales, hidrocarburos y carbón.

Una mirada a las cifras permite constatar como el sector minero jugó un papel clave como jalonador del crecimiento económico del segundo trimestre de 2009 al ser el de mayor crecimiento después de la construcción con un 10.6% (DANE, 2009) y representar un importante aporte para la economía de los departamentos y municipios de $319.000 millones por concepto de giro de regalías, suma que al compararse con el mismo período de 2008 muestra un crecimiento del 57% (IMC, 2009).

4 Ver por ejemplo Revista Dinero (2009)

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Bajo este panorama, la pregunta de si existe dilema económico entre la conservación de los ecosistemas de páramo o permitir el actual escenario de explotación como propulsor económico, no se considera ni siquiera valida por dos motivos. En primer lugar los páramos del país son vitales para la economía a largo plazo dada su importancia hidrológica al ser aportantes de hidroeléctricas y acueductos locales, como por ejemplo el caso de los páramos de Tota, Rabanal, Belmira, Chingaza y Farallones (Tabla 2). Destinar los páramos como zonas de explotación minera sería un contrasentido económico al no cumplir la regla de asignación de recursos para el mejor uso socioeconómico.

COMPLEJO IMPORTANCIA HIDROLÓGICA

Tota-Bijagual-Mamapacha Área de captación de la cuenca del río Batá principal aportante de la hidroeléctrica de

Chivor

Guantiva-La RusiaNacimiento de los afluentes del río Chicamocha claves por beneficiar cerca de 8

municipios de la provicia guanentina.

Iguaque-MerchánFuente de agua para municipios como Villa de Leyva, Arcabuco, Chíquiza, Sáchica,

Saboyá, Chiquinquirá y Gámbita

Guerrero Suministra al río Bogotá

Rabanal y río Bogotá

Abastecimiento al embalse La Esmeralda de la Central Hidroeléctrica de Chivor y el

embalse de Teatinos, que suministra agua al acueducto de la ciudad de Tunja, y el

páramo del nacimiento del río Bogotá, con sus afluentes para el norte de la Capital. Se

estima que las corrientes de agua que nacen en el complejo abastecen a más de 92

acueductos locales.

ChingazaSu transformación ha permitido el abastecimiento del 80% de agua para Bogotá.

Cruz Verde-SumapazNo solo por la multitud de lagunas naturales que contiene, sino también por los

embalses de Chisacá y la Regadera, que abastecen al Distrito Capital.

Belmira

Surte de agua a 64.000 personas de once municipios aledaños, así como a una

población cercana al millón de habitantes del Área Metropolitana del Valle de Aburrá.

Estos habitantes se benefician de la producción hidroeléctrica del embalse del Río

Grande II, cuyas fuentes de abastecimiento nacen, casi en su totalidad, en este

páramo

NevadosEn cuanto a los recursos hídricos, este complejo es importante porque en él nacen

diferentes cuerpos de agua producto del deshielo: lagunas de origen glaciar,

manantiales, aguas subterráneas y otros cráteres volcánicos que forman cauces y

drenan así al área hidrográfica cuencas del Magdalena y el Cauca.

Nevado del Huila-MorasMantenimiento de la oferta hídrica de las cuencas, dentro del área protegida, de los

ríos Palo, Saldaña, Íquira, Páez y Baché, contribuyendo a la conservación de los

proceso hidrogeobiológicos de las siguietnes regiones de influencia del Parque: Tolima

grande y alto Magdalena, alto Cauca y valle geográfico del río Cauca.

Paramillo Clave para la generación de energía en las centrales de Urrá y producción bananera en

el Urabá antioqueño.

Citará Clave para el consumo humano, beneficios de café, sistemas de riego y bebederos de

ganado.

Tatamá Clave para el abastecimiento del acueducto de Risaralda.

Farallones de Cali Importante porque parcialmente contribuye a la provisión de los ríos con potencial

hidroenergético que abastecen de energía a gran parte del país. Tabla 2. Algunos de los páramos de importancia estratégica en Colombia. Fuente: Morales et al. 2007. Elaboración: Los autores

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En segundo lugar ya se ha argumentado sobre los retos que significa una economía

con una mayor intensidad en la explotación de recursos naturales. En particular, se ha evidenciado que en el largo plazo la abundancia de recursos naturales ha jugado en contra del crecimiento y desarrollo de un grupo amplio de países, lo que se conoce como la maldición de los recursos, en donde factores como corrupción institucional, conflicto armado, excesivo endeudamiento y desigualdad se asocian a la captura de rentas generada a este tipo de actividades. En Colombia además, se ha puesto especial atención a la volatilidad de los términos de intercambio que el hecho implica y las fluctuaciones macroeconómicas que se derivan de los movimientos de los precios internacionales de las materias primas (Vargas, 2008). Algo de preocupación, cuando el sector minero ha ejercido cierta distinción en los mercados internacionales, debido a que su uso es exclusivo como materia prima de algunos productos finales, como en el caso de la construcción, como elemento de trabajo en materias de combustión o como producto de alto valor como esmeraldas. Entre las exportaciones de materia prima que más sobresalen son las de carbón y oro las cuales sumaron US$1.467 y US$330 millones respectivamente (IMC, 2009), principales materias primas que las minería en páramos busca. Conclusión

A pesar que los ambientalistas han logrado hacer realidad normas legales tendientes a la protección de páramos, en Colombia aun no han sido suficientes dada la notable dependencia que la economía del país tiene de la explotación minera. Aquí se expresa la preocupación ante este tipo de actividades que en la actualidad se presentan en las zonas de páramo, lo que ha conllevado a la transformación de un ecosistema de carácter estratégico para la economía del país, por sus servicios ambientales.

Así pues, mientras la demanda internacional por productos de la minería no cese; y el

crecimiento económico del país no dependa de la extracción de recursos naturales no renovables, es difícil pensar que los ecosistemas de páramo no se encuentren en riesgo.

Se debe examinar que este tipo de intereses económicos beneficia a unos potenciales

económicos, quienes realizan la explotación de los recursos naturales con grandes inversiones que van a redundar en sus activos y va en contra de aquello que es útil para el grueso de la población colombiana como lo es la conservación de los recursos naturales y la protección del ambiente.

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Referencias bibliográficas Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). 2009. Informe estadístico Información Minera Colombiana (IMC). 2009. Balance de la industria minera colombiana a primer trimestre de 2009. Versión electrónica en la URL: www.imcportal.com/contenido.php?option=shownews&newsid=4163&render=file-pag.1 Morales M., Otero J., Van der Hammen T., Torres A., Cadena C., Pedraza C., Rodríguez N., Franco C., Betancourth J.C., Olaya E., Posada E. y Cárdenas L. 2007. Atlas de páramos de Colombia. Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. Bogotá, D. C. 208 p. Revista Dinero (2009). Sostenibilidad: ¿Desarrollo vs. medio ambiente?. Mayo 15, sección Negocios Vargas, A. 2008. Pétroleo: Más allá del corto plazo. Observatorio financiero, económico y empresarial. Universidad Sergio Arboleda. Versión electrónica en la URL: http://www.usergioarboleda.edu.co/observatorio_economico/reporte_macroeconomico/agosto/agosto_petroleo.html