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1 P E N S I O N E S Riesgos del trabajo

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P E N S I O N E S. Riesgos del trabajo. Riesgos del trabajo. Compañero (a) trabajador (a) de la Educación: de acuerdo a lo que la Ley del ISSSTE: - PowerPoint PPT Presentation

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Riesgos del trabajo

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Compañero (a) trabajador (a) de la Educación: de acuerdo a lo que la Ley del ISSSTE:

Serán calificados como riesgos del trabajo los accidentes y enfermedades a que estén expuestos los trabajadores en el ejercicio o con motivo del desempeño de su actividad laboral.

 Asimismo, se considerarán accidentes de trabajo, toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente, así como aquellos que ocurran al Trabajador, al momento de trasladarse directamente de su domicilio al lugar en que se desempeñe su trabajo o viceversa.

Riesgos del trabajo

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Los riesgos del trabajo pueden producir:Los riesgos del trabajo pueden producir:

Incapacidad temporalIncapacidad temporal: pérdida de las facultades o aptitudes : pérdida de las facultades o aptitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona para que imposibilitan parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo (licencia médica).desempeñar su trabajo por algún tiempo (licencia médica).

Incapacidad ParcialIncapacidad Parcial: : disminución de las facultades o aptitudes disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.de una persona para trabajar.

Incapacidad totalIncapacidad total: : pérdida de las facultades o aptitudes de una pérdida de las facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vida.el resto de la vida.

MuerteMuerte, , que deriva de un riesgo de trabajo calificado por el que deriva de un riesgo de trabajo calificado por el instituto.instituto.

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¿Cuándo un accidente o enfermedad no se puede ¿Cuándo un accidente o enfermedad no se puede calificar como riesgos de trabajo? (Art. 59)calificar como riesgos de trabajo? (Art. 59)

a)a) Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez.embriaguez.

b)b) Si el accidente ocurre bajo la acción de algún narcótico o droga Si el accidente ocurre bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el Trabajador lo enervante, salvo que exista prescripción médica y que el Trabajador lo hubiera hecho del conocimiento de su jefe inmediato.hubiera hecho del conocimiento de su jefe inmediato.

c)c) Si el Trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de Si el Trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de acurdo con otra persona.acurdo con otra persona.

d)d) Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña en que hubiere participado el Trabajador o derivados de algún delito en que hubiere participado el Trabajador o derivados de algún delito cometido por éste.cometido por éste.

e)e) Las enfermedades o lesiones que no tengan relación con el riego del Las enfermedades o lesiones que no tengan relación con el riego del trabajo.trabajo.

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En caso de sufrir un accidente o riesgo del En caso de sufrir un accidente o riesgo del trabajo, es necesario que (Art. 60):trabajo, es necesario que (Art. 60):

a)a) La dependencia avise por escrito al instituto, dentro de los 3 días La dependencia avise por escrito al instituto, dentro de los 3 días siguientes al de su conocimiento. El trabajador también podrá dar siguientes al de su conocimiento. El trabajador también podrá dar el aviso de referencia.el aviso de referencia.

b)b) El trabajador, su representante legal o sus familiares El trabajador, su representante legal o sus familiares derechohabientes deberán solicitar al instituto, la calificación del derechohabientes deberán solicitar al instituto, la calificación del probable riesgo del trabajo, dentro de los 30 días hábiles probable riesgo del trabajo, dentro de los 30 días hábiles posteriores a que éste haya ocurrido.posteriores a que éste haya ocurrido.

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¿¿A qué tiene derecho el asegurado que sufre A qué tiene derecho el asegurado que sufre un riesgo del trabajoun riesgo del trabajo? (Art. 61)? (Art. 61)

Diagnóstico, asistencia médica quirúrgica y Diagnóstico, asistencia médica quirúrgica y farmacéutica.farmacéutica.

Servicio de hospitalización.Servicio de hospitalización.

Aparatos de prótesis y ortopediaAparatos de prótesis y ortopedia

RehabilitaciónRehabilitación

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En caso de que el trabajador cuente con el En caso de que el trabajador cuente con el reconocimiento del riesgo del trabajo por parte del reconocimiento del riesgo del trabajo por parte del instituto, así como del dictamen aprobado por el instituto, así como del dictamen aprobado por el Subcomité Delegacional de Medicina del Trabajo o el Subcomité Delegacional de Medicina del Trabajo o el Comité de Medicina del Trabajo que corresponda, tendrá Comité de Medicina del Trabajo que corresponda, tendrá derecho a las siguientes prestaciones económicas:derecho a las siguientes prestaciones económicas:

Para los que hayan elegido Cuenta IndividualPara los que hayan elegido Cuenta Individual, una pensión parcial , una pensión parcial o total según sea el caso, hasta los 65 años de edad, que será o total según sea el caso, hasta los 65 años de edad, que será pagada a través de una Aseguradora, al pago de cuotas y pagada a través de una Aseguradora, al pago de cuotas y aportaciones de su Cuenta Individual y a un aguinaldo anual igual al aportaciones de su Cuenta Individual y a un aguinaldo anual igual al de los trabajadores en activo.de los trabajadores en activo.

Para los que optaron por el Para los que optaron por el Artículo Décimo Transitorio de la Ley, Artículo Décimo Transitorio de la Ley, tendrán derecho a una pensión Parcial o Total, según sea el caso. tendrán derecho a una pensión Parcial o Total, según sea el caso. En esta modalidad pensionaria, la pensión será vitalicia. En esta modalidad pensionaria, la pensión será vitalicia. Reservándose el Instituto el derecho a revocarla en todo momentoReservándose el Instituto el derecho a revocarla en todo momento

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El pensionado por riesgos del trabajo, está obligado a El pensionado por riesgos del trabajo, está obligado a someterse a los reconocimientos y tratamientos que el someterse a los reconocimientos y tratamientos que el Instituto les prescriba y proporcione en cualquier tiempo, Instituto les prescriba y proporcione en cualquier tiempo, con el fin de aumentar o disminuir su pensión y en su caso con el fin de aumentar o disminuir su pensión y en su caso revocar la misma en virtud de su estado físico.revocar la misma en virtud de su estado físico.

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Obligaciones del Trabajador o Pensionado que Obligaciones del Trabajador o Pensionado que tiene una pensión por riesgo del trabajo (Art. tiene una pensión por riesgo del trabajo (Art. 65).65).

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Cuando el trabajador fallezca a consecuencia de un Cuando el trabajador fallezca a consecuencia de un riesgo del trabajo, los familiares que se establecen en la riesgo del trabajo, los familiares que se establecen en la pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida, gozarán de una pensión equivalente al 100% del vida, gozarán de una pensión equivalente al 100% del sueldo básico que percibía el trabajador al momento de sueldo básico que percibía el trabajador al momento de sufrir el riesgo del trabajo. sufrir el riesgo del trabajo.

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En caso de fallecimiento: (Art. 67 )En caso de fallecimiento: (Art. 67 )