Organización politica, económica y social de la
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El dominio español en América comprendió desde el sur de Estados
Unidos hasta la Tierra de Fuego, abarcando territorios de Centro y
Suramérica .
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Desde un comienzo, España centralizó todo lo referente a la administración de las colonias que poseía en América y Asia, teniendo a la cabeza al rey, quien era asesorado por el Consejo de Indias
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España era regida por una monarquía absolutista Las instituciones se crean para gobernar las colonias Desde España se estipularon las leyes, formas de gobierno y las autoridades. Las principales instituciones administrativas son
Fue fundado en 1511 y reformado en 1524 por Carlos V. Era el órgano más importante de la administración indiana. Asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
Las leyes y mandatos del Consejo de Indias se llamaban Cedulas Reales. Esta institución
desapareció con el ascenso de los Borbones
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Dependía del Real Consejo de Indias Fundada en 1503 y se estableció en Sevilla
Tenía a su cargo los asuntos relacionados con el comercio entre España y sus colonias
Controlaba las exportaciones e importaciones Se encargaba de elaborar los mapas de los nuevos
territorios Tenia facultades judiciales para decidir sobre pleitos
relacionados con la actividad comercial.
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: (AYUNTAMIENTO) principal
autoridad de cada ciudad
Sesionaba de dos formas: ordinaria y abierta
Cabildo ordinario, se reunían únicamente los
miembros que pertenecían a él.
Cabildo abierto participaban los mandatarios
y los habitantes
Funciones del cabildo:
velar por el aseo; calles, plazas y paseos; servicios públicos como el de
agua potable; higiene, etc., de la ciudad. También se preocupaba del
estado de las cárceles.
Llevaba el control de la calidad y precios de los alimentos, y de otros
artículos y servicios esenciales para la comunidad, entre ellos de la
medicina y la farmacia.
Poseía atribuciones judiciales.
Ocuparse de la policía local, pudiendo reclutar hombres para proveer a
la defensa de la ciudad o de su territorio cuando fuese necesario.
Dictar normas para la edificación. Inspeccionar y controlar los
hospitales, el estado de los caminos, el culto público divino, el
abastecimiento local y los precios de los productos esenciales.
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Fueron territorios dirigidos por un jefe
militar que desarrollaba el poder civil y judicial.
Durante la Colonia eran
cuatro capitanías generales:
Cuba, Guatemala, Venezuela y
Chile.
Estaban localizadas en territorios que podían
ser atacados por extranjeros.
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Estaba conformada por la unión de
varias ciudades.
Estaba a cargo de un gobernador
que ejercía funciones políticas y
administrativas
supremo tribunal de justicia durante
la época colonial.
Fue un organismo político-administrativo que residía en las
principales ciudades de América.
Formado por cuatro oidores o magistrados, era tribunal de
primera instancia en algunos casos, y de apelación de las
sentencias de los jueces inferiores. Protegían a los
indígenas, y fiscalizaban a los virreyes y gobernadores.
Era el órgano político-administrativos más
importante de la América española, en los que se
designaba a un virrey para que gobernase en
nombre de la Corona. El virrey
poseía atribuciones administrativas, militares,
judiciales y financieras.
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LA MINERÍA
El principal metal de
explotación fue el oro
y, durante todo el siglo
XVI y buena parte del
XVII, se convirtió en el
principal producto de
exportación hacia la
metrópoli .
La extracción del oro
se llevó a cabo
mediante la utilización
de mano de obra
indígena y el sistema
de encomienda.
La plata constituyó
otro metal de
extracción en Mexico y
Potosí (Bolivia)
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Los únicos puertos
autorizados para el
comercio fueron: Sevilla
y Cádiz en España; La
Habana, Veracruz,
Portobello y Cartagena
en América.
El control del comercio estaba a
cargo de la Casa de Contratación
de Sevilla
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Resguardo: Los resguardos fueron tierras que la corona española entregó a los indígenas, para que fueran trabajadas y explotadas por la comunidad. Estas tierras no eran transables y los indígenas poseían una relativa autonomía para manejar sus propios asuntos.
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La sociedad
colonial era de
tipo estamental.
Había separación
jurídica y de
nacimiento entre
los grupos
sociales.
Una persona
nacida esclava no
podía dejar de
serlo nunca, y sus
hijos heredaban
esta misma
condición social.