Organización del Congreso de la República del Perú

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Organización del Congreso de la República Se distingue, de acuerdo al Reglamento del Congreso de la República dos ámbitos de organización: a. Organización Parlamentaria: es el ámbito en el que se encuentra a los órganos de trabajo de los congresistas. b. Servicio Parlamentario: son los órganos de asesoría y de apoyo. Organización Parlamentaria (art. 27º del Reglamento del Congreso) Consta de: I. El Pleno: es la máxima asamblea deliberativa del Congreso y está integrado por todos los congresistas. Aprueba la agenda legislativa al inicio de cada período anual de sesiones, y debate y vota dictámenes, mociones e informes. II. El Consejo Directivo: está integrado por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los Grupos Parlamentarios o Directivos-Portavoces. Está conformado guardando proporcionalidad respecto del número de escaños que tiene cada Grupo Parlamentario. Se reúne antes de las sesiones del Pleno, cuando el Presidente del Congreso lo convoque y en todas aquellas ocasiones que lo acuerde. El Consejo Directivo tiene, entre sus funciones, las siguientes: a. Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno y fijar el tiempo que se asignará a cada asunto, b. Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y otros planes y proyectos, c. Aprobar el Presupuesto y Cuenta General del Congreso antes de que el Presidente lo presente al Pleno, d. Aprobar el calendario anual de sesiones del Pleno y de las comisiones, e. Aprobar las autorizaciones de licencia que soliciten los congresistas, f. Acordar el nombramiento del Oficial Mayor. III. La Junta de Portavoces: está compuesta por la Mesa Directiva y un Portavoz de cada Grupo Parlamentario. Tiene entre sus funciones: a. Elaborar el Cuadro de Comisiones, b. Exonerar de los trámites de envío a comisiones y pre-publicación de proyectos de ley, c. Ampliar y fijar las prioridades de la agenda de las sesiones del Pleno. IV. La Mesa Directiva: dirige administrativamente al Congreso y los debates que se realizan en el Pleno, la Comisión Permanente y el Consejo Directivo. Está compuesta por el Presidente y tres vicepresidentes. Tiene entre sus funciones, las siguientes: a. Autorizar la contratación de servicios, la realización de concursos y el nombramiento y contrato de profesionales, b. Acordar el nombramiento de los funcionarios de alto nivel, c. Aprobar el Presupuesto y Cuenta General del Congreso antes de su presentación en el Pleno por el Presidente.

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Organización del Congreso de la República Se distingue, de acuerdo al Reglamento del Congreso de la República dos ámbitos de organización:

a. Organización Parlamentaria: es el ámbito en el que se encuentra a los órganos de trabajo de los congresistas.

b. Servicio Parlamentario: son los órganos de asesoría y de apoyo. Organización Parlamentaria (art. 27º del Reglamento del Congreso) Consta de: I. El Pleno: es la máxima asamblea deliberativa del Congreso y está integrado por todos los

congresistas. Aprueba la agenda legislativa al inicio de cada período anual de sesiones, y debate y vota dictámenes, mociones e informes.

II. El Consejo Directivo: está integrado por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los Grupos Parlamentarios o Directivos-Portavoces. Está conformado guardando proporcionalidad respecto del número de escaños que tiene cada Grupo Parlamentario. Se reúne antes de las sesiones del Pleno, cuando el Presidente del Congreso lo convoque y en todas aquellas ocasiones que lo acuerde. El Consejo Directivo tiene, entre sus funciones, las siguientes: a. Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno y fijar el tiempo que se asignará a cada asunto, b. Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y otros planes y proyectos, c. Aprobar el Presupuesto y Cuenta General del Congreso antes de que el Presidente lo presente

al Pleno, d. Aprobar el calendario anual de sesiones del Pleno y de las comisiones, e. Aprobar las autorizaciones de licencia que soliciten los congresistas, f. Acordar el nombramiento del Oficial Mayor.

III. La Junta de Portavoces: está compuesta por la Mesa Directiva y un Portavoz de cada Grupo Parlamentario. Tiene entre sus funciones: a. Elaborar el Cuadro de Comisiones, b. Exonerar de los trámites de envío a comisiones y pre-publicación de proyectos de ley, c. Ampliar y fijar las prioridades de la agenda de las sesiones del Pleno.

IV. La Mesa Directiva: dirige administrativamente al Congreso y los debates que se realizan en el Pleno, la Comisión Permanente y el Consejo Directivo. Está compuesta por el Presidente y tres vicepresidentes. Tiene entre sus funciones, las siguientes: a. Autorizar la contratación de servicios, la realización de concursos y el nombramiento y contrato

de profesionales, b. Acordar el nombramiento de los funcionarios de alto nivel, c. Aprobar el Presupuesto y Cuenta General del Congreso antes de su presentación en el Pleno

por el Presidente.

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V. La Presidencia: tiene entre sus funciones, las siguientes: a. Presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y de la Mesa Directiva, b. Firmar las autógrafas de las leyes con uno de los Vicepresidentes del Congreso, c. Exigir u ordenar a los órganos del Gobierno y la administración en general que respondan los

pedidos de información remitidos por los congresistas, d. Supervisar el funcionamiento de los órganos parlamentarios, e. Publicar en el Diario Oficial la relación de congresistas que lleguen tarde, no asistan a las

sesiones o no permanezcan en ellas.

VI. Las Comisiones: son grupos de trabajo especializados. Siguen y fiscalizan a los órganos estatales; estudian y dictaminan proyectos de ley y absuelven consultas. Cada Comisión elige a un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, respetando el criterio de proporcionalidad de los Grupos Parlamentarios que las componen. Están integradas por miembros titulares y accesitarios, excepto la Comisión de Inteligencia, que cuenta con miembros titulares y permanentes. Los Planes de Trabajo de las Comisiones deben ser elaborados tomando en cuenta la Agenda Legislativa aprobada por el Pleno del Congreso. Terminada la Segunda Legislatura Ordinaria, los Presidentes de las Comisiones Ordinarias presentan un informe de la labor realizada al Presidente del Congreso. Las comisiones pueden ser: a. Ordinarias: tienen a su cargo el estudio y dictamen de los asuntos de la agenda del Congreso.

Su número es propuesto por el Presidente del Congreso. b. De investigación: estudian, investigan y dictaminan asuntos de interés público puestos en su

conocimiento. Pueden acceder a cualquier información, la cual puede implicar el levantamiento del secreto bancario, de la reserva tributaria, pero no información que afecte la intimidad personal. Sus conclusiones no obligan a los órganos jurisdiccionales.

c. Especiales: tienen fines ceremoniales o protocolares o pueden realizar una investigación especial o trabajo en conjunto con otras comisiones del Gobierno.

d. Comisión de Ética Parlamentaria: promueve la Ética Parlamentaria y previene las infracciones y actos contrarios a la misma. Resuelve en primera instancia las denuncias que se le presenten.

VII. Los Grupos Parlamentarios: son grupos de Congresistas con intereses o ideas afines. Están integrados por los partidos o alianzas que alcanzaron representación en el Congreso de la República, siempre y cuando cuenten con un número mínimo de seis congresistas. Si fueran menos de esta cantidad, pueden constituir un Grupo Parlamentario Especial. Cada Grupo Parlamentario aprueba su reglamento interno, el que obliga a todos sus integrantes. Cada Grupo Parlamentario propone a sus candidatos a los cargos de la Mesa Directiva, para la conformación de las Comisiones y canaliza la presentación de propuestas legislativas.

VIII. La Comisión Permanente: está presidida por el Presidente del Congreso y está integrada por no menos de veinte Congresistas elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los Grupos Parlamentarios. Los Vicepresidentes de la Comisión Permanente son los Vicepresidentes del Congreso. Se reúne durante el receso del Congreso y en los demás casos que se solicite o sea convocada por el Presidente. Puede ser convocada en el período ordinario o extraordinario de sesiones para cumplir con los trámites de acusación constitucional. Si el Congreso fuera disuelto de acuerdo al artículo 134º de la Constitución, dicha disolución no alcanza a la Comisión Permanente. Esta continúa ejerciendo sus funciones de control sobre la legislación de urgencia durante el interregno o el receso parlamentario.

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Servicio Parlamentario (art 28º del Reglamento del Congreso) Consta de: I. La Oficina de Auditoría Interna del Congreso: realiza el control de la contabilidad del Congreso,

aplica recursos presupuestales y gestiona las dependencias del servicio parlamentario. Está a cargo del Auditor General del Congreso. Recaba información de cualquier dependencia e informa a la Mesa Directiva de manera obligatoria y periódica al final de cada ejercicio presupuestal.

II. La Oficialía Mayor del Congreso: es el máximo órgano del servicio parlamentario. Está a cargo del Oficial Mayor del Congreso, quien dirige, supervisa y controla todas las actividades del servicio parlamentario que faciliten o apoyen las tareas orgánicas y funcionales de los Congresistas. El Oficial Mayor es el jefe de todo el personal y es el representante legal de la administración. En caso de ausencia es reemplazado por el Director General Parlamentario. La Oficialía Mayor tiene a su cargo a: a. La Dirección General Parlamentaria: tiene a su cargo el Departamento de Comisiones, el

Departamento de Relatoría, Agenda y Actas, el Departamento de Redacción del Diario de los Debates y el Departamento de Participación, Proyección y Enlace con el Ciudadano. La Dirección General Parlamentaria tiene entre sus funciones:

i. Asistir a la Oficialía Mayor en el desarrollo de las actividades de apoyo a la labor parlamentaria,

ii. Planear y supervisar el trámite de las proposiciones parlamentarias y el seguimiento de su estado,

iii. Organizar y tramitar el despacho parlamentario, iv. Asistir a la Mesa Directiva y a la Oficialía Mayor durante las sesiones del Pleno, v. Dirigir y supervisar la elaboración y distribución de la Agenda del Pleno y la redacción,

edición y distribución del Diario de Debates, las Actas del Pleno, la Comisión Permanente, el Consejo Directivo y la Junta de Portavoces,

vi. Supervisar la elaboración de las autógrafas de los proyectos de ley y resoluciones legislativas aprobadas por el Pleno,

vii. Supervisar y planificar la asistencia técnica brindada a los Congresistas, Comisiones y otros órganos de la Organización Parlamentaria,

viii. Planificar y supervisar la elaboración de estadística e indicadores sobre la gestión parlamentaria.

b. La Dirección General de Administración: entre sus funciones tiene la administración de los

recursos del Congreso de la República y su la contabilidad y ejecución presupuestal. También es responsable de la organización y desarrollo de las licitaciones y concursos públicos.

Adaptación elaborada por Transparencia. Fuente: Reglamento del Congreso de la República, Constitución Política del Perú, página web del Congreso de la República.