ordinales

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11. LAS EMPRESAS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. La organización propiamente dicha del espectáculo, por medio de la empresa, adquiere carácter comercial, de allí que resulte en definitiva redundante el ordinal del artículo 1090 cuando señala que corresponde a la jurisdicción mercantil la acción del empresario de un espectáculo público contra los artistas, y de éstos contra aquél. Es discutible si el espectáculo público requiere o no de contacto directo con el público. Si así lo requiriera, habría tal espectáculo en los cines, teatros y circos, pero no en la televisión o en la radiodifusión. Nos parece más sano reputar que tales posibilidades de divulgación son también espectáculos y, por tanto, que quienes las organizan realizan comercio. También hay espectáculo público en las actividades deportivas y, así también es comercial la organización de las mismas (boxeo, fútbol, lucha libra), aun en los casos en que la satisfacción de otro impulso (por ejemplo, el juego de las carreras de caballos) predomina en el espectador por sobre el espectáculo mismo. 12. LOS SEGUROS TERRESTRES, MUTUOS O A PRIMA, CONTRA LAS PÉRDIDAS Y SOBRE LA VIDA. Seguro de transporte: Puede ser marítimo pluvial, terrestre y aéreo, y cubre los riesgos que pesan sobre los medios de transportes, los efectos transportados y los pasajeros. La compañía indemniza al propietario de los medios de transporte los daños que estos puedan sufrir en el cumplimiento de su misión por diversos accidentes, conforme al capital asegurado. También cubre este seguro los daños o lesiones que puedan sufrir los pasajeros como consecuencia de accidentes de transportes. El seguro mutuo tiene una base diferente. Los asegurados son, a la vez, sus propios aseguradores. Es decir, no hay, estrictamente, un asegurador intermediario. Un conjunto de personas amenazadas por un riesgo va realizando, periódicamente, aportaciones a un fondo; cuando el siniestro se produce, ellas mismas, de ese fondo que han constituido, pagan la indemnización correspondiente a quien sufrió el daño asegurado y luego reconstituyen el fondo. En los seguros a prima el asegurador es un intermediario. Asume, por un lado, un conjunto de riesgos de distintas personas y, por otro, crea un fondo de primas aportadas por su clientela. Desde luego, se trata de un fondo que le pertenece y que él administra. Cuando se produce un siniestro, ese asegurador intermediario toma del fondo de primas la cantidad necesaria e indemniza riesgos; en cierto modo, actúa como intermediario en los riesgos, cobrando un precio por ese servicio que está prestando.

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11. LAS EMPRESAS DE ESPECTCULOS PBLICOS.La organizacin propiamente dicha del espectculo, por medio de la empresa, adquiere carcter comercial, de all que resulte en definitiva redundante el ordinal del artculo 1090 cuando seala que corresponde a la jurisdiccin mercantil la accin del empresario de un espectculo pblico contra los artistas, y de stos contra aqul.Es discutible si el espectculo pblico requiere o no de contacto directo con el pblico. Si as lo requiriera, habra tal espectculo en los cines, teatros y circos, pero no en la televisin o en la radiodifusin. Nos parece ms sano reputar que tales posibilidades de divulgacin son tambin espectculos y, por tanto, que quienes las organizan realizan comercio. Tambin hay espectculo pblico en las actividades deportivas y, as tambin es comercial la organizacin de las mismas (boxeo, ftbol, lucha libra), aun en los casos en que la satisfaccin de otro impulso (por ejemplo, el juego de las carreras de caballos) predomina en el espectador por sobre el espectculo mismo.12. LOS SEGUROS TERRESTRES, MUTUOS O A PRIMA, CONTRA LAS PRDIDAS Y SOBRELA VIDA. Seguro detransporte: Puede ser martimo pluvial, terrestre y areo, y cubre los riesgos que pesan sobre losmediosde transportes, los efectos transportados y los pasajeros. La compaa indemniza al propietario de los medios de transporte los daos que estos puedan sufrir en el cumplimiento de sumisinpor diversos accidentes, conforme alcapitalasegurado. Tambin cubre este seguro los daos o lesiones que puedan sufrir los pasajeros como consecuencia de accidentes de transportes. El seguro mutuo tiene una base diferente. Los asegurados son, a la vez, sus propios aseguradores. Es decir, no hay, estrictamente, un asegurador intermediario. Un conjunto de personas amenazadas por un riesgo va realizando, peridicamente, aportaciones a un fondo; cuando el siniestro se produce, ellas mismas, de ese fondo que han constituido, pagan la indemnizacin correspondiente a quien sufri el dao asegurado y luego reconstituyen el fondo. En los seguros a prima el asegurador es un intermediario. Asume, por un lado, un conjunto de riesgos de distintas personas y, por otro, crea un fondo de primas aportadas por su clientela. Desde luego, se trata de un fondo que le pertenece y que l administra. Cuando se produce un siniestro, ese asegurador intermediario toma del fondo de primas la cantidad necesaria e indemniza riesgos; en cierto modo, acta como intermediario en los riesgos,cobrando un precio por ese servicio que est prestando. Los seguros son contra las prdidas si buscan indemnizar un dao moral o material que una persona o una cosa causa en el valor de algo o en la salud o el bienestar de alguien, y sobre la vida si se limitan a ofrecer un pago segn la duracin o las eventualidades de la vida de una persona. Tcnicamente, se habla en los primeros de "reparticin para entender que el asegurador "reparte" entre los contratantes que cancelan una, prima el monto de los indemnizaciones previstas; en los seguros sobre la vida se alude a la "capitalizacin" para dejar claro que, ms que repartir el monto de su prestacin entre los diversos pagadores, el asegurador lo logra a travs de la capitalizacin ao tras ao de los cobros efectuados.13. TODO LO CONCERNIENTE A LETRAS DE CAMBIOS, AUN ENTRE NO COMERCIANTES; LAS REMESAS DE DINERO DE UNA PARTE A OTRA, HECHAS EN VIRTUD DE UN CONTRATO DE CAMBIO, Y TODO LO CONCERNIENTE A PAGARS ALA ORDEN ENTRE COMERCIANTES SOLAMENTE, O POR ACTOS DE COMERCIO DE PARTE DEL QUE SUSCRIBE EL PAGAR.Las operaciones de cambio, entendidas por tales, no como podra pensarse a primera vista, las permutas de bienes muebles sino, en sentido propio, el trueque de la moneda de un signo por la de otro signo (bolvares por pesos colombianos) y, concomitantemente, la transferencia de dinero de un pas a otro con el objeto de obtener ese trueque.Los pagars a la orden entre comerciantes solamente o por acto de comercio de parte de quien suscribe el pagar. En el pagar hay un sujeto (emitente) que, por medio del documento respectivo reconoce una deuda y se compromete a pagarla (sacramentalmente, de all el nombre del ttulo, con la frase "Yo ... declaro que debo y pagar al seor...). Un beneficiario, identificado en el ttulo, resulta acreedor del pago. A pesar de que un uso distorsionado frecuente de la letra de cambio ha, hecho desaparecer en la prctica la diferencia, es caracterstico en el pagar la existencia de slo dos personas, acreedor y deudor, partiendo de la base de que el deudor, comprometido al pago, es el propio creador del documento. En la letra de cambio tpica existen un librador que prepara el instrumento o ttulo y mediante el mismo le ordena a un librado que efecte el pago a un tercero beneficiario.14. LAS OPERACIONES DE BANCO Y LAS DE CAMBIO.Se entienden por tales, aquellas realizadas por las entidades bancarias dentro de las posibilidades que les corresponde en su organizacin y sistemtica. Es costumbre distinguir entre operaciones activas y pasivas, segn que el banco se haga acreedor o deudor del tercero que contrata con l. Son operaciones activas tpicas el prstamo bancario y el descuento de efectos, en tanto que lo apertura de cuenta debe ser calificada de operacin pasiva, as como tambin el redescuento, la constitucin de fideicomisos y la emisin de tarjetas de crdito.Para que exista operacin de cambio de moneda, es necesaria la intervencin de monedas de diferentes pases. En este caso, la moneda acta como mercadera. Tradicionalmente se han clasificado las operaciones de cambio de moneda en dos tipos: manual y trayecticio. El cambio manual funciona entre presentes y tiene por objeto la compraventa de moneda o la permuta por otras de distinta especie. El cambio de moneda trayecticiotiene por objeto operaciones sobre moneda efectuadas en una plaza para obtener el contravalor en diferente moneda, en otra plaza. 15. LAS OPERACIONES DE CORRETAJE EN MATERIA MERCANTIL.Se entiende por corretaje la mediacin que se dispensa entre dos personas para lograr la conclusin de un contrato; este corretaje es mercantil cuando es realizado entre comerciantes (art. 66) o cuando, sin que se cumpla dicho requisito, se refiere a un contrato con contenido mercantil por lo menos para una de las dos partes acercadas.