Orde ECI/3858/2007
-
Upload
asesoria-de-innovacion-educativa -
Category
Documents
-
view
215 -
download
1
description
Transcript of Orde ECI/3858/2007
BOE núm. 312 Sábado 29 diciembre 2007 53751
22450 ORDEN ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la veri-ficación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesio-nes de Profesor de Educación Secundaria Obli-gatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
La disposición adicional novena del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece que el Ministerio de Educación y Ciencia preci-sará los contenidos de su anexo I a los que habrán de ajustarse las solicitudes presentadas por las universida-des para la obtención de la verificación de los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado o de Máster, prevista en su artículo 24, que habili-ten para el ejercicio de profesiones reguladas.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 94, 95 y 97, conforma las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachille-rato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas como profesiones reguladas, cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial de Máster, obtenido, en este caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.4 del referido Real Decreto 1393/2007, con-forme a las condiciones establecidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007, publi-cado en el «Boletín Oficial del Estado» de 21 de diciem-bre de 2007.
Dicho Acuerdo, en su apartado cuarto, en relación con la disposición adicional novena anteriormente citada, encomienda al Ministro de Educación y Ciencia el estable-cimiento de los requisitos respecto a objetivos del título y planificación de las enseñanzas.
Por lo tanto, a la vista de las disposiciones citadas, resulta procedente establecer los requisitos a los que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Máster que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profe-sional y Enseñanzas de Idiomas, que presenten las uni-versidades para su verificación por el Consejo de Univer-sidades.
En su virtud, previo informe del Consejo de Universi-dades, dispongo:
Primero. Requisitos de los planes de estudios con-ducentes a la obtención de los títulos de Máster que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, For-mación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.–Los pla-nes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Máster que habiliten para el ejercicio de las profesio-nes de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, deberán cumplir, además de lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, los requisitos respecto a los apartados del Anexo I del mencionado Real Decreto que se señalan en el Anexo a la presente Orden.
Segundo. Habilitación de aplicación y desarrollo.–Se autoriza a la Dirección General de Universidades para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.
Tercero. Entrada en vigor.–La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Bole-tín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de diciembre de 2007.–La Ministra de Edu-cación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.
ANEXO
Establecimiento de requisitos respecto a determinados apartados del anexo I del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, relativo a la memoria
para la solicitud de verificación de títulos oficiales
Apartado 1.1 Denominación:
La denominación de los títulos deberá ajustarse a lo dispuesto en el apartado segundo del Acuerdo de Con-sejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007 por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títu-los que habiliten para el ejercicio de las profesiones regu-ladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idio-mas, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 21 de diciembre de 2007 mediante Resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación de 17 de diciem-bre de 2007, y a lo dispuesto en la presente Orden. Así:
1. La denominación de los títulos universitarios ofi-ciales a los que se refiere el apartado anterior, deberá facilitar la identificación de la profesión para cuyo ejerci-cio habilita y en ningún caso, podrá conducir a error o confusión sobre sus efectos profesionales.
2. No podrá ser objeto de verificación por parte del Consejo de Universidades ningún plan de estudios correspondiente a un título universitario oficial cuya denominación incluya la referencia expresa a las profe-siones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idio-mas sin que dicho título cumpla las condiciones estableci-das en el referido Acuerdo y en la presente Orden.
Apartado 3. Objetivos.
Competencias que los estudiantes deben adquirir:
1. Conocer los contenidos curriculares de las mate-rias relativas a la especialización docente correspon-diente, así como el cuerpo de conocimientos didácticos en torno a los procesos de enseñanza y aprendizaje res-pectivos. Para la formación profesional se incluirá el conocimiento de las respectivas profesiones.
2. Planificar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza y aprendizaje potenciando procesos educati-vos que faciliten la adquisición de las competencias pro-pias de las respectivas enseñanzas, atendiendo al nivel y formación previa de los estudiantes así como la orienta-ción de los mismos, tanto individualmente como en cola-boración con otros docentes y profesionales del centro.
3. Buscar, obtener, procesar y comunicar informa-ción (oral, impresa, audiovisual, digital o multimedia), transformarla en conocimiento y aplicarla en los procesos de enseñanza y aprendizaje en las materias propias de la especialización cursada.
4. Concretar el currículo que se vaya a implantar en un centro docente participando en la planificación colec-tiva del mismo; desarrollar y aplicar metodologías didác-ticas tanto grupales como personalizadas, adaptadas a la diversidad de los estudiantes.
5. Diseñar y desarrollar espacios de aprendizaje con especial atención a la equidad, la educación emocional y en valores, la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, la formación ciudadana y el respeto de los derechos humanos que faciliten la vida en socie-dad, la toma de decisiones y la construcción de un futuro sostenible.
6. Adquirir estrategias para estimular el esfuerzo del estudiante y promover su capacidad para aprender por sí mismo y con otros, y desarrollar habilidades de pensa-
53752 Sábado 29 diciembre 2007 BOE núm. 312
miento y de decisión que faciliten la autonomía, la con-fianza e iniciativa personales.
7. Conocer los procesos de interacción y comunica-ción en el aula, dominar destrezas y habilidades sociales necesarias para fomentar el aprendizaje y la convivencia en el aula, y abordar problemas de disciplina y resolución de conflictos.
8. Diseñar y realizar actividades formales y no for-males que contribuyan a hacer del centro un lugar de participación y cultura en el entorno donde esté ubicado; desarrollar las funciones de tutoría y de orientación de los estudiantes de manera colaborativa y coordinada; partici-par en la evaluación, investigación y la innovación de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
9. Conocer la normativa y organización institucional del sistema educativo y modelos de mejora de la calidad con aplicación a los centros de enseñanza.
10. Conocer y analizar las características históricas de la profesión docente, su situación actual, perspectivas e interrelación con la realidad social de cada época.
11. Informar y asesorar a las familias acerca del pro-ceso de enseñanza y aprendizaje y sobre la orientación personal, académica y profesional de sus hijos.
Apartado 4.2 Condiciones de acceso al Máster:
Para el ingreso en el Máster se establece como requi-sito de acceso la acreditación del dominio de las compe-tencias relativas a la especialización que se desee cursar, mediante la realización de una prueba diseñada al efecto por las Universidades, de la que quedarán exentos quie-nes estén en posesión de alguna de las titulaciones uni-versitarias que se correspondan con la especialización elegida.
Asimismo, habrá de acreditarse el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de acuerdo con la Recomendación N.º R (98)6 del Comité de Ministros de Estados Miembros de 17 de octubre de 2000.
Apartado 5. Planificación de las enseñanzas.
Los títulos a que se refiere el presente acuerdo son enseñanzas universitarias oficiales de Máster, y sus pla-nes de estudios tendrán una duración de 60 créditos euro-peos a los que se refiere el artículo 5 del mencionado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
Estas enseñanzas se estructurarán teniendo en cuenta las materias y ámbitos docentes en educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional, ense-ñanzas artísticas, enseñanzas de idiomas y enseñanzas deportivas. Con carácter general, han de ser presenciales, al menos, en el 80% de los créditos totales del Máster, incluido necesariamente el Practicum. Las Universidades que por su especificidad diseñan, programan y desarro-llan las enseñanzas exclusivamente a distancia, han de garantizar que el Practicum tenga carácter presencial. El Practicum se realizará en colaboración con las institucio-nes educativas establecidas mediante convenios entre Universidades y Administraciones Educativas. Las institu-ciones educativas participantes en la realización del Prac-ticum habrán de estar reconocidas como centros de prác-ticas, así como los tutores encargados de la orientación y tutela de los estudiantes.
El plan de estudios deberá incluir como mínimo, los siguientes módulos:
BOE núm. 312 Sábado 29 diciembre 2007 53753
Mó
du
lo
Nº
de
créd
ito
s eu
rop
eos
Co
mp
eten
cias
qu
e d
eben
ad
qu
irir
se
Gen
éric
o
Apr
endi
zaje
y d
esar
rollo
de
la p
erso
nalid
ad
Pro
ceso
s y
cont
exto
s ed
ucat
ivos
S
ocie
dad,
fam
ilia
y ed
ucac
ión
12
Con
ocer
las
car
acte
ríst
icas
de
los
estu
dian
tes,
sus
con
text
os s
ocia
les
y m
otiv
acio
nes.
Com
pren
der
el d
esar
rollo
de
la p
erso
nalid
ad d
e es
tos
estu
dian
tes
y la
s po
sibl
es d
isfu
ncio
nes
que
afec
tan
al a
pren
diza
je.
Ela
bora
r pr
opue
stas
bas
adas
en
la a
dqui
sici
ón d
e co
noci
mie
ntos
, de
stre
zas
y ap
titud
es i
ntel
ectu
ales
y e
moc
iona
les.
Ide
ntifi
car
y pl
anifi
car
la r
esol
ució
n de
situ
acio
nes
educ
ativ
as q
ue a
fect
an a
est
udia
ntes
con
dife
rent
es
capa
cida
des
y di
fere
ntes
ritm
os d
e ap
rend
izaj
e.
Con
ocer
los
pro
ceso
s de
int
erac
ción
y c
omun
icac
ión
en e
l au
la y
en
el c
entr
o, a
bord
ar y
res
olve
r po
sibl
es p
robl
emas
. C
onoc
er l
a ev
oluc
ión
hist
óric
a de
l si
stem
a ed
ucat
ivo
en n
uest
ro p
aís.
Con
ocer
y a
plic
ar r
ecur
sos
y es
trat
egia
s de
inf
orm
ació
n, t
utor
ía y
orie
ntac
ión
acad
émic
a y
prof
esio
nal.
Pro
mov
er a
ccio
nes
de e
duca
ción
em
ocio
nal,
en v
alor
es y
for
mac
ión
ciud
adan
a. P
artic
ipar
en
la d
efin
ició
n de
l pro
yect
o ed
ucat
ivo
y en
la
s ac
tivid
ades
gen
eral
es d
el c
entr
o at
endi
endo
a c
riter
ios
de m
ejor
a de
la
calid
ad,
aten
ción
a l
a di
vers
idad
, pr
even
ción
de
prob
lem
as d
e ap
rend
izaj
e y
conv
iven
cia.
Rel
acio
nar
la e
duca
ción
con
el m
edio
y c
ompr
ende
r la
fun
ción
edu
cado
ra d
e la
fam
ilia
y la
com
unid
ad,
tant
o en
la a
dqui
sici
ón d
e co
mpe
tenc
ias
y ap
rend
izaj
es c
omo
en l
a ed
ucac
ión
en
el r
espe
to d
e lo
s de
rech
os y
lib
erta
des,
en
la i
gual
dad
de d
erec
hos
y op
ortu
nida
des
entr
e ho
mbr
es y
m
ujer
es y
en
la ig
uald
ad d
e tr
ato
y no
dis
crim
inac
ión
de la
s pe
rson
as c
on d
isca
paci
dad.
Con
ocer
la e
volu
ción
his
tóric
a de
la f
amili
a, s
us d
ifere
ntes
tip
os y
la in
cide
ncia
del
con
text
o fa
mili
ar e
n la
edu
caci
ón. A
dqui
rir h
abili
dade
s so
cial
es e
n la
rel
ació
n y
orie
ntac
ión
fam
iliar
.
Esp
ecíf
ico
C
ompl
emen
tos
para
la
form
ació
n di
scip
linar
Apr
endi
zaje
y e
nseñ
anza
de
las
mat
eria
s co
rres
pond
ient
es
Inno
vaci
ón d
ocen
te e
in
icia
ción
a la
in
vest
igac
ión
educ
ativ
a
24
Con
ocer
el
valo
r fo
rmat
ivo
y cu
ltura
l de
las
mat
eria
s co
rres
pond
ient
es a
la
espe
cial
izac
ión
y lo
s co
nten
idos
que
se
curs
an e
n la
s re
spec
tivas
en
seña
nzas
. C
onoc
er l
a hi
stor
ia y
los
des
arro
llos
reci
ente
s de
las
mat
eria
s y
sus
pers
pect
ivas
par
a po
der
tran
smiti
r un
a vi
sión
din
ámic
a de
las
m
ism
as.
Con
ocer
con
text
os y
situ
acio
nes
en q
ue s
e us
an o
apl
ican
lo
s di
vers
os c
onte
nido
s cu
rric
ular
es.
En
form
ació
n pr
ofes
iona
l, co
noce
r la
ev
oluc
ión
del m
undo
labo
ral,
la in
tera
cció
n en
tre
soci
edad
, tra
bajo
y c
alid
ad d
e vi
da, a
sí c
omo
la n
eces
idad
de
adqu
irir
la fo
rmac
ión
adec
uada
par
a la
ada
ptac
ión
a lo
s ca
mbi
os y
tra
nsfo
rmac
ione
s qu
e pu
edan
req
uerir
las
pro
fesi
ones
. E
n el
cas
o de
la o
rient
ació
n ps
icop
edag
ógic
a y
prof
esio
nal,
cono
cer
los
proc
esos
y r
ecur
sos
para
la
prev
enci
ón d
e pr
oble
mas
de
apre
ndiz
aje
y co
nviv
enci
a, l
os p
roce
sos
de e
valu
ació
n y
de o
rient
ació
n ac
adém
ica
y pr
ofes
iona
l.
Con
ocer
los
desa
rrol
los
teór
ico-
prác
ticos
de
la e
nseñ
anza
y e
l apr
endi
zaje
de
las
mat
eria
s co
rres
pond
ient
es.
Tra
nsfo
rmar
los
curr
ícul
os e
n pr
ogra
mas
de
act
ivid
ades
y d
e tr
abaj
o. A
dqui
rir c
riter
ios
de s
elec
ción
y e
labo
raci
ón d
e m
ater
iale
s ed
ucat
ivos
. F
omen
tar
un c
lima
que
faci
lite
el a
pren
diza
je y
po
nga
en v
alor
las
apo
rtac
ione
s de
los
est
udia
ntes
. In
tegr
ar l
a fo
rmac
ión
en c
omun
icac
ión
audi
ovis
ual
y m
ultim
edia
en
el p
roce
so d
e en
seña
nza-
apre
ndiz
aje.
Con
ocer
est
rate
gias
y té
cnic
as d
e ev
alua
ción
y e
nten
der
la e
valu
ació
n co
mo
un in
stru
men
to d
e re
gula
ción
y e
stím
ulo
al e
sfue
rzo.
Con
ocer
y a
plic
ar p
ropu
esta
s do
cent
es i
nnov
ador
as e
n el
ám
bito
de
la e
spec
ializ
ació
n cu
rsad
a. A
naliz
ar c
rític
amen
te e
l de
sem
peño
de
la
doce
ncia
, de
las
bue
nas
prác
ticas
y d
e la
orie
ntac
ión
utili
zand
o in
dica
dore
s de
cal
idad
. Id
entif
icar
los
pro
blem
as r
elat
ivos
a l
a en
seña
nza
y ap
rend
izaj
e de
las
mat
eria
s de
la
espe
cial
izac
ión
y pl
ante
ar a
ltern
ativ
as y
sol
ucio
nes.
Con
ocer
y a
plic
ar m
etod
olog
ías
y té
cnic
as b
ásic
as d
e in
vest
igac
ión
y ev
alua
ción
edu
cativ
as y
ser
cap
az d
e di
seña
r y
desa
rrol
lar
proy
ecto
s de
inve
stig
ació
n, in
nova
ción
y e
valu
ació
n.
Pra
ctic
um
P
ract
icum
en
la
espe
cial
izac
ión,
in
cluy
endo
el T
raba
jo fi
n de
Más
ter
16
Adq
uirir
exp
erie
ncia
en
la p
lani
ficac
ión,
la
doce
ncia
y l
a ev
alua
ción
de
las
mat
eria
s co
rres
pond
ient
es a
la
espe
cial
izac
ión.
Acr
edita
r un
bue
n do
min
io d
e la
exp
resi
ón o
ral y
esc
rita
en la
prá
ctic
a do
cent
e. D
omin
ar la
s de
stre
zas
y ha
bilid
ades
soc
iale
s ne
cesa
rias
para
fom
enta
r un
clim
a qu
e fa
cilit
e el
apr
endi
zaje
y la
con
vive
ncia
. P
artic
ipar
en
las
prop
uest
as d
e m
ejor
a en
los
dist
into
s ám
bito
s de
act
uaci
ón a
par
tir d
e la
ref
lexi
ón b
asad
a en
la
prác
tica.
Par
a la
for
mac
ión
prof
esio
nal,
cono
cer
la t
ipol
ogía
em
pres
aria
l co
rres
pond
ient
e a
los
sect
ores
pro
duct
ivos
y c
ompr
ende
r lo
s si
stem
as o
rgan
izat
ivos
más
com
unes
en
las
empr
esas
. R
espe
cto
a la
orie
ntac
ión,
eje
rcita
rse
en la
eva
luac
ión
psic
oped
agóg
ica,
el a
seso
ram
ient
o a
otro
s pr
ofes
iona
les
de la
edu
caci
ón,
a lo
s es
tudi
ante
s y
a la
s fa
mili
as. E
stas
com
pete
ncia
s, ju
nto
con
las
prop
ias
del r
esto
de
mat
eria
s, q
ueda
rán
refle
jada
s en
el T
raba
jo fi
n de
Más
ter
que
com
pend
ia la
form
ació
n ad
quiri
da a
lo la
rgo
de to
das
las
ense
ñanz
as d
escr
itas.