OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en...

33
Instructivo - Operaciones a plazo Marzo 16/2000 OPERACIONES A PLAZO 1. La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha valor sea posterior a 5 días hábiles bursátiles, sin que en ningún caso dicha fecha pueda ser diferida a más de 360 días calendario, contados a partir de la fecha de contratación. 2. De ser día no laborable la fecha de cumplimiento, la operación se liquidará al día hábil siguiente. 3. Los derechos que se deriven de los títulos valores materia de la operación a plazo dependerán del tipo de operación: SIN DERECHOS: Permanecerán con el vendedor de los títulos valores hasta la fecha de cumplimiento de la operación. CON DERECHOS: Corresponderán al comprador en el plazo especificado para contado normal. 4. Los títulos valores permitidos a negociar para este tipo de operaciones serán establecidos periódicamente por la Comisión de Asuntos Económicos de la Bolsa de Valores de Guayaquil, y comunicado al mercado con por lo menos 3 días hábiles de anticipación, a través de los boletines y circulares dirigidas a los Representantes Legales de las Casas de Valores. El Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 1

Transcript of OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en...

Page 1: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16/2000

OPERACIONES A PLAZO

1. La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha valor sea posterior a 5 días hábiles bursátiles, sin que en ningún caso dicha fecha pueda ser diferida a más de 360 días calendario, contados a partir de la fecha de contratación.

2. De ser día no laborable la fecha de cumplimiento, la operación se liquidará al día hábil siguiente.

3. Los derechos que se deriven de los títulos valores materia de la operación a plazo dependerán del tipo de operación:

SIN DERECHOS: Permanecerán con el vendedor de los títulos valores hasta la fecha de cumplimiento de la operación.

CON DERECHOS: Corresponderán al comprador en el plazo especificado para contado normal.

4. Los títulos valores permitidos a negociar para este tipo de operaciones serán establecidos periódicamente por la Comisión de Asuntos Económicos de la Bolsa de Valores de Guayaquil, y comunicado al mercado con por lo menos 3 días hábiles de anticipación, a través de los boletines y circulares dirigidas a los Representantes Legales de las Casas de Valores. El criterio para selección de títulos valores se encuentra definido en el ANEXO 1.

5. Cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor o hechos que produzcan o puedan producir graves alteraciones en el mercado, el Director de la Rueda estará facultado para suspender temporalmente la realización de nuevas Operaciones a Plazo sobre la totalidad de los valores o sobre algún título valor en particular, sin que ello afecte el cumplimiento de aquellas que hubieren sido celebradas con anterioridad.

Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 1

Page 2: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoSeptiembre,2008

Las operaciones a plazo sobre un título valor en particular deberá suspenderse de manera inmediata y por el mismo término cuando se suspendan las negociaciones de contado sobre dicho título valor, o se suspenda o cancele la inscripción del título valor o Emisor, sin que ello afecte el cumplimiento de las operaciones que hubieren sido celebradas con anterioridad.

La suspensión del mercado de Operaciones a Plazo en ningún caso supondrá limitación alguna al derecho de la Bolsa de Valores de Guayaquil de exigir la constitución o ajuste de garantías ni a la obligación de constituirlas.

6. El comprador y el vendedor que participen en una operación a plazo, deberán garantizar su liquidación constituyendo a más tardar al tercer día hábil posterior de concertada la operación de forma irrevocable garantías especiales, las cuales deberán ser otorgadas por los clientes, por un tercero o por la Casa de Valores a favor de la Bolsa de Valores de Guayaquil y a disposición de ésta, en la forma, plazo y condiciones dispuestas en este instructivo; sin embargo, las Casas de Valores serán las únicas responsables ante la Bolsa de Valores de Guayaquil por la constitución, sustitución o reposición de las garantías.

Clases de Garantías.- Para la celebración de cada operación a plazo, se deberán constituir dos tipos de garantías a. Garantía básica, es aquella que debe constituir el comprador y el vendedor

por su participación en las operaciones a plazo;

b. Garantía de variación, es aquella que se debe constituir y ajustar por parte del comprador o del vendedor, según el caso, desde el momento en que se celebre la operación a plazo, durante su vigencia y hasta el momento de su cumplimiento, cuando exista una diferencia entre el precio de mercado en relación con el precio pactado para la operación a plazo.

Los montos de las garantías serán:a. Garantía Básica: la garantía entregada en operaciones aplazo no podrá tener

un monto inferior a la diferencia entre el valor efectivo pactado de la operación a plazo y su valor de mercado el día de la negociación. La garantía básica será constante y será restituida al momento del cumplimiento de la operación.

Resolución Conjunta Página No. 2

Page 3: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoSeptiembre,2008

b. Garantía de variación: es la diferencia entre el valor efectivo calculado con el precio de mercado al momento de la valoración y el valor efectivo de la operación a plazo, menos el monto de la garantía básica.

En el caso de operaciones a plazo con valores de renta variable, a las garantías constituidas se agregará un porcentaje adicional determinado por el nivel de la presencia bursátil del valor materia de la operación, calculado sobre la garantía básica, de acuerdo a los siguientes parámetros:

a. Presencia mayor al 40% en un trimestre móvil: 5%;

b. Presencia mayor al 20% hasta el 40% en un trimestre móvil: 15%;

c. Presencia mayor al 10% hasta el 20% en un trimestre móvil: 25%;

d. Presencia de hasta el 10% en un trimestre móvil: 75%.

Las partes obligadas en una operación a plazo deberán constituir y entregar las garantías en los plazos determinados a continuación:

1. Constitución y entrega de la garantía básica: Tanto el comprador como el vendedor deberán constituir y entregar la garantía básica el día de la celebración de la operación a plazo, es decir, la fecha de negociación.

2. Constitución y entrega de la garantía de variación: La constitución y entrega de la garantía de variación, por lo parte obligada a ello, deberá efectuarse luego de realizar la valoración, el último día laborable de cada semana. Sin perjuicio, de que la Bolsa a la que le corresponda podrá realizar llamamiento a margen de forma diaria cuando las circunstancias del mercado así lo requieran.

En aquellos casos en que, por efectos de una variación en el precio de mercado del valor objeto de la operación a plazo, la garantía de variación entregada exceda el monto requerido, las Bolsas de Valores podrán devolver el excedente, de ser requeridas por el constituyente y si ello fuere posible, atendiendo a la naturaleza de la garantía.

Los títulos valores permitidos para conformar la garantía, tanto del vendedor como del comprador se encuentran indicados en el ANEXO 1.

Resolución Conjunta Página No. 3

Page 4: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16, 2000

En las operaciones a Plazo con o sin derechos, las partes entregarán a disposición de la Bolsa de Valores de Guayaquil, en custodia y administración, los títulos valores que conforman la garantía, que procederá a contabilizarlos de esta manera.

En el caso de Operaciones a Plazo sin derechos, la Casa de Valores Vendedora, el día de cumplimiento de entrega de garantías, deberá proporcionar además la descripción general de los títulos valores materia de la operación, incluyendo los siguiente datos:1) Si es anualidad2) Número de días de un período de capital3) Número de días de un período de interés4) Número de períodos de gracia de capital5) Tasa (fija o Calculada); si es fija se debe indicar la tasa, y si es calculada la tasa

base y factor (fórmula).

No cumplir con este requerimiento será considerado como incumplimiento de entrega de garantías y sujeto a las sanciones establecidas para el caso.

En el caso de Operaciones a Plazo cruzadas sin derechos, la Casa de Valores, el día de cumplimiento de entrega de garantías, deberá proporcionar el acta de entrega recepción del cliente vendedor, que certifica haber recibido a entera satisfacción los títulos valores producto de la compra efectuada, si fuera el caso.

En el caso de Operaciones a Plazo con derechos la Casa de Valores Vendedora endosa los títulos valores entregados en garantía, por valor recibido, a favor de la Bolsa de Valores de Guayaquil, para que el área de Tesorería pueda ejercer los derechos accesorios inherentes a dichos valores materia de la operación, de manera que pueda ejecutar los siguientes actos: Ejercer los derechos de voto y preferencia en el caso que los valores objeto de

la operación fueran acciones, facultándolo además para que delegue estas atribuciones al comprador.

Realizar el cobro de los dividendos, en efectivo o en acciones. Proceder al cobro de intereses, amortizaciones de capital y títulos valores

sorteados, en el caso de valores de renta fija.

Si los valores recaudados por concepto de la garantía entregada por el vendedor, consisten en títulos valores, éstos permanecerán en custodia de la Bolsa de Valores de Guayaquil y serán entregados al comprador el día del cumplimiento de la operación.

Aprobado por Directorio-16/03/2000 Página No. 4

Page 5: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoJulio, 2008

Si el valor recaudado es en efectivo, la Casa de Valores compradora podrá:

Canjearlo por títulos valores que cubran el mismo valor de mercado, de los permitidos para garantizar Operaciones a Plazo;

Invertirlo a través de la Rueda de la Bolsa de Valores de Guayaquil; A falta de instrucciones de la Casa de Valores, la Bolsa de Valores de

Guayaquil depositará el valor recaudado en una libreta de ahorros hasta la fecha valor de la operación.

En los dos primeros puntos los títulos valores permanecerán en custodia de la Bolsa de Valores de Guayaquil para ser entregados al comprador el día del cumplimiento de la operación.

La Casa de Valores al momento de presentar sus garantías, deberá especificar en el formulario “Recepción Entrega de títulos” si son valores del portafolio propio o de sus comitentes, en cuyo caso deberá presentar un formulario por cada operación.

En el caso de tratarse de garantías de portafolio propio de la Casa de Valores, un mismo título valor puede servir para garantizar varias operaciones a plazo, pero si éstas son de diferente fecha valor, los valores dejados en garantía deben ser canjeados o permanecer en la Bolsa de Valores de Guayaquil hasta la última fecha valor. La Bolsa de Valores de Guayaquil no devolverá garantías a una Casa de Valores cuando ésta tenga su posición neta negativa al momento del retiro o como producto del mismo.

7. Reconstitución de la Garantía .- Semanalmente se valorizarán los títulos valores materia de la operación y los recibidos en garantía, para determinar el porcentaje cubierto de la operación. Si el valor actual del título valor materia de la operación a plazo es inferior en un 5% o más al importe a plazo mas los intereses devengados, el comprador deberá incrementar su garantía por un monto equivalente a la diferencia entre el valor efectivo de la operación a plazo mas los intereses devengados y el valor actual del título valor.

En las operaciones a plazo sin derecho, si el valor actual del título valor materia de la operación a plazo es superior en un 5% o más al importe a plazo mas los intereses devengados, el vendedor deberá incrementar su garantía por un monto equivalente a la diferencia entre el valor actual del título valor y el valor efectivo de la operación a plazo más los intereses devengados.

Aprobado por Directorio – 23/07/2008 Página No. 5

Page 6: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoJulio, 2008

En igual forma, si el importe de los valores entregados en garantía por el comprador o vendedor, disminuye en 5% o más, respecto al valor determinado en la última valoración, se exigirá una reconstitución de la garantía equivalente al decremento, a la Casa de Valores que corresponda.

La metodología utilizada para la valoración son las Tasas Bursátiles Referenciales de la BVG; y, en caso de no existir tasa de valoración para Papeles de Renta Fija largo plazo se aplicará la metodología de Valoración a Precios de Mercado de Instrumentos de Contenido Crediticio y de Participación (Vectores de Precio).

De no existir Tasas Bursátiles Referenciales para los papeles de renta fija corto plazo, se aplicará la Tasa Pasiva Referencial del Banco Central vigente para los rangos 30-60, 61-90, 91-120, 121-180; según corresponda al plazo por vencer del papel.

Los instrumentos de renta variable se valorarán al último precio registrado en la Bolsa de Valores donde tenga mayor presencia bursátil en el último trimestre móvil. En caso de tener igual presencia bursátil en ambas bolsas, se escogerá el precio en la Bolsa de Valores que ha registrado el mayor monto negociado en el mismo trimestre móvil. Es obligación reponer al siguiente día hábil bursátil de ser notificado por la bolsa, el margen de garantía solicitado.

No obstante lo anteriormente indicado, con el fin de preservar la seguridad del mercado y en consideración a circunstancias excepcionales o de alto riesgo, la Dirección General, previo convocatoria e informe de la Comisión de Operatividad de la Bolsa de Valores de Guayaquil podrá solicitar la constitución de garantías adicionales a las previstas en este reglamento en relación con las operaciones a plazo por cumplirse.

8. Retiro de Garantías excedentes .- En el caso de que el valor actual de la Operación a Plazo es inferior en un 5% al importe de la operación a plazo mas el interés devengado, habiéndose llamado a margen al comprador, una vez que éste cumpla con sus garantías y previa confirmación con la Bolsa de Valores de Guayaquil, el vendedor tendrá derecho a retirar el excedente del 5% del importe a plazo.

Aprobado por Directorio – 23/07/2008 Página No. 6

Page 7: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoSeptiembre, 2008

Si el valor actual de la operación a plazo es superior en un 5% al importe a plazo más los intereses devengados, habiéndose llamado a margen al vendedor, una vez que éste cumpla con sus garantías y previa confirmación con la Bolsa de Valores de Guayaquil, el comprador tendrá derecho a retirar el excedente del 5% del importe a plazo.

Adicionalmente, las casas de valores podrán utilizar el excedente de la garantía para avalar otra operación a plazo, siempre y cuando esta garantía sirva para avalar otra operación del mismo titular; de lo contrario, dicho excedente podrá ser devuelto a solicitud de la casa de valores, atendiendo a la naturaleza de las garantías.

9. Sustitución de Garantías .- Las Bolsas de Valores podrán ordenar la sustitución de garantías en los siguientes eventos:

Cuando el emisor del título valor entregado en garantía:- Inicie un proceso de liquidación;- Sea sometido a un proceso de intervención por parte del órgano de control

competente;- Solicite ser admitido en concordato;

Cuando se suspenda o cancele la inscripción en el Registro del Mercado de Valores o en el Registro de las Bolsas de Valores del emisor o de su valor entregado en garantía; y,

Cualquier otra circunstancia que dificulte o impida la concreción del fin para el cual fue constituida la garantía.

10. Incumplimiento de garantías : Si una Casa de Valores no restituye el valor de la garantía una vez transcurrido un día hábil bursátil de haber sido notificada, la Bolsa de Valores estará facultada a conceder un día hábil bursátil adicional, mediando la debida justificación. De persistir el incumplimiento, se liquidará anticipadamente la operación.

11. Devolución de la garantía : Las garantías entregadas por concepto de operaciones a plazo, podrán ser retiradas por las casas de valores a partir de un día hábil siguientes al cumplimiento de la operación.

Resolución Conjunta Página No. 7

Page 8: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16, 2000

12. Falta de cumplimiento de una operación al vencimiento .- Se generarán, a partir del incumplimiento, intereses de mora sobre el precio pactado por la operación y se procederá de acuerdo al participante que incumple:

a) Comprador .- La Bolsa de Valores de Guayaquil intentará vender los títulos valores objeto de la operación que hayan sido entregados por el vendedor al cumplir la operación, a fin de satisfacer el pago. Si el valor neto de la venta de los títulos valores es superior al precio pactado más los intereses de mora a que hubiere lugar, el saldo incrementará el fondo general de garantía de ejecución.

Si el producto de la venta fuere insuficiente para pagar el precio acordado más los intereses de mora, la Bolsa de Valores de Guayaquil procederá a hacer efectiva las garantías especiales depositadas por el comprador, para lo cual la Bolsa de Valores de Guayaquil queda ampliamente facultada para determinar la forma de liquidar los títulos valores entregados en garantía. Si realizada esta venta quedare un remanente, se devolverá al comprador al día siguiente hábil de haberse pagado íntegramente la operación; en caso de que faltare, se requerirá la entrega inmediata y en efectivo de la diferencia no cubierta.

Si el comprador incumpliere con esta obligación, la Bolsa de Valores de Guayaquil podrá usar el fondo de garantía de la Casa de Valores incumplida y de ser necesario rematar su cuota patrimonial de conformidad con lo establecido en la Ley.

Si la Bolsa de Valores de Guayaquil no pudiera vender los títulos objeto de la operación, dentro de los dos días hábiles bursátiles siguientes al incumplimiento de la misma, la operación se declarará incumplida y la Bolsa de Valores de Guayaquil devolverá los títulos valores entregados por el vendedor y a liquidar las garantías especiales entregadas por el comprador. El producto de la enajenación de las garantías se entregarán al vendedor a título de cláusula penal, procediendo además con las sanciones a que se hace acreedor la parte incumplida, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de Sanciones.

Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 8

Page 9: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16, 2000

b) Vendedor .- La Bolsa de Valores de Guayaquil intentará adquirir títulos

valores de la misma calidad de la operación incumplida, utilizando para ello el dinero entregado por la casa de valores compradora. Si el dinero alcanzare a satisfacer tal adquisición más los intereses de mora sobre el precio pactado por la operación y existiere un excedente, éste servirá para incrementar el fondo general de garantía de ejecución.

Si con el dinero entregado por el comprador no se alcanzare a adquirir dichos títulos valores más los intereses moratorios sobre el precio pactado, la Bolsa de Valores de Guayaquil procederá a hacer efectiva las garantías especiales depositadas por el vendedor, para lo cual la Bolsa de Valores de Guayaquil queda ampliamente facultada a determinar la forma de liquidar o realizar los títulos valores entregados en garantía. Si realizada esta venta quedare un remanente, se devolverá al vendedor al día siguiente hábil de haberse pagado íntegramente la operación; en caso de que faltare, se requerirá la entrega inmediata y en efectivo de la diferencia no cubierta.

Si el vendedor incumpliere con esta obligación, la Bolsa de Valores de Guayaquil podrá usar el fondo de garantía de la Casa de Valores incumplida y de ser necesario rematar su cuota patrimonial de conformidad con lo establecido en la Ley.

Si la Bolsa de Valores de Guayaquil no pudiera adquirir los títulos valores objeto de la operación, dentro de los 2 días hábiles siguientes al incumplimiento de la misma, la operación se declarará incumplida y la Bolsa de Valores de Guayaquil procederá a reintegrar el dinero y títulos entregados por el comprador y a liquidar las garantías especiales entregadas por el vendedor. El producto de la enajenación de tales garantías se entregarán al comprador a título de cláusula penal, procediendo además con las sanciones a que se hace acreedor la parte incumplida, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de Sanciones.

En cualquiera de los casos indicados, el día del vencimiento de la operación, el perjudicado deberá solicitar la ejecución de la garantía para proceder con lo indicado en los literales anteriores; en caso contrario la Casa de Valores incumplida no podrá operar ni directa ni indirectamente por una semana, en cuyo período deberá cumplir; si no cumple, se informa al mercado y al Directorio del hecho y se procede con lo indicado en los puntos anteriores y aplicando las sanciones indicadas en el Reglamento de Sanciones respectivo.

Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 9

Page 10: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16, 2000

En el caso de Operaciones Cruzadas, la Casa de Valores, el día de cumplimiento, debe enviar una comunicación a la Bolsa de Valores de Guayaquil, indicando e identificando plenamente al cliente que incumplió la operación. Una vez identificada la parte incumplida, la Bolsa de Valores de Guayaquil procederá con lo indicado en los literales anteriores, dependiendo del caso.

13. Proceso de compra-venta de los títulos Valores de una operación a plazo por incumplimiento.- La Bolsa de Valores de Guayaquil notificará al mercado, sobre el proceso de liquidación de una operación a plazo por incumplimiento y a través de la Tesorera de la Bolsa de Valores de Guayaquil u otro operador de valores, funcionario de la institución delegado en su ausencia, procederá a la compra-venta de los títulos valores de la siguiente manera:

a) Presenta la postura inicial en los términos de rendimiento o precio indicados en la liquidación respectiva, calculando el valor de ese rendimiento a la fecha valor de la negociación, la misma que estará vigente hasta el cierre de la rueda de piso.

b) Si existe más de una operación por liquidar que amparen las mismas características del título valor y que estén negociados en condiciones de rendimiento distintas, la postura inicial deberá efectuarse al mejor precio o rendimiento, dependiendo del caso.

c) Si, por incumplimiento en su fecha valor, se deben vender títulos valores de otra(s) operación(es) a plazo, que tengan las mismas características de un título valor que en esos momentos se encuentra en remate, el nivel de precio o rendimiento al que se debe hacer la colocación inicial será el de inicio del día del título valor que ya se encuentra en remate, adjudicándose el producto de las ventas en el siguiente orden: Fecha valor de la operación, de menor a mayor Fecha de negociación Número de liquidación

d) Si, el valor obtenido por la venta de los títulos valores de estas operaciones a plazo es inferior al que fue pactado, se procede al remate, a precio de mercado, de las garantías presentadas por la Casa de Valores incumplida, en el siguiente orden:

Garantías entregadas por la Casa de Valores incumplida para dicha operación.

Garantías comunes entregada por la Casa de Valores incumplida, en orden de liquidez, de mayor a menor.

Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 10

Page 11: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16, 2000

e) La cantidad de variaciones permitidas en el precio de las posturas, podrá ser de hasta 2 veces en el día y por un valor igual a la mejora mínima de precio establecida en el Reglamento de Rueda Continua, en cada caso y para cada tipo de título valor.

f) Los costos que este proceso generen, se cargarán a la Casa de Valores que incumplió la operación.

14. Liquidación anticipada de una operación a plazo .- La operación podrá ser liquidada anticipadamente por sanción en el caso de incumplimiento de entrega de garantías, por liquidación del Emisor y por decisión de ambos, en cuyo caso se deberá pagar el precio a plazo pactado. Para la liquidación a precio distinto al pactado se requerirá el acuerdo de ambas partes y de la Bolsa de Valores de Guayaquil.

15. Celebración obligatoria del contrato con la clientela .- Las Casas de Valores en forma previa a la realización de operaciones a plazo, deberán suscribir con cada uno de sus clientes y por una sola vez un contrato que contenga al menos las siguientes estipulaciones:

Nombre de personas autorizadas para representar al comitente frente a la Casa de Valores.

La declaración del comitente de conocer y aceptar el presente instructivo. El compromiso por parte del comitente de constituir y ajustar las garantías

que correspondan de conformidad con el presente instructivo, sin perjuicio de que la Casa de Valores lo haga por cuenta del comitente en las circunstancias y condiciones establecidas en el contrato.

La aceptación expresa e irrevocable por parte del comitente para que en los casos previstos en este instructivo la Bolsa de Valores de Guayaquil liquide y disponga de las garantías constituidas.

La manifestación de que el comitente exonera a la Casa de Valores y a la Bolsa de Valores de Guayaquil por los daños y perjuicios que pudiera sufrir por hechos que constituya fuerza mayor o caso fortuito o por la suspensión del mercado de Operaciones a Plazo decretado conforme a este instructivo.

Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 11

Page 12: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoMarzo 16, 2000

Cláusula compromisoria en virtud de la cual se someten a decisión arbitral, de la Comisión de Arbitraje de la Bolsa de Valores de Guayaquil, o de la Cámara de Comercio de Guayaquil, debiendo definir en el contrato quien va a ser el árbitro, las diferencias surgidas entre las Casas de Valores y su comitente con ocasión de la celebración, compensación y liquidación de las Operaciones a Plazo. Al momento de suscribirse el contrato de clientela debe definirse quién es el árbitro.

16. Liquidación de la operación .- Estas operaciones se liquidarán de acuerdo con los procedimientos establecidos al respecto en la compensación de valores de las operaciones y en la fecha de cumplimiento de la negociación.

17. Las transacciones a plazo no son susceptibles de prórroga y no tienen control de rangos ni afectan al precio, tanto en la fecha de cierre como en la de cumplimiento.

Aprobado por Directorio – 16/03/2000 Página No. 12

Page 13: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoSeptiembre, 2008

ANEXO 1

TÍTULOS VALORES QUE SE PUEDEN NEGOCIAR PARA OPERACIONES A PLAZO

Valores Materia de la Operación: Los valores que podrán ser negociados a través de operaciones a plazo serán establecidos mensualmente por los Directorios de la BVG y BVQ, de acuerdo a los siguientes parámetros:

a) Acciones: De emisores inscritos tanto en el Registro de Mercado de Valores como en los Registros de las Bolsas de Valores;

b) Obligaciones: De emisores inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en los Registros de las Bolsas de Valores y que cuenten con calificación de riesgo actualizada categoría “A” o superior;

c) Valores derivados de procesos de titularización inscritos en el registro de Mercado de Valores y en los Registros de las Bolsas de Valores, con calificación de riesgo categoría “A” o superior;

d) Valores genéricos emitidos por bancos, sociedades financieras, mutualistas y cooperativas de ahorro y crédito inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en los registros de las Bolsas de Valores que cuenten con calificación de riesgo categoría “A” o superior;

e) Valores emitidos por instituciones del sector público que se encuentren inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en los Registros de las Bolsas de Valores; y,

f) Otros que los Directores de la BVQ y BVG que de común acuerdo estimen convenientes.

Valores permitidos en garantía:La garantía de las operaciones a plazo podrá estar constituida por:

a) Dinero en Efectivo;

b) Valores al portador emitidos por el Ministerio de Finanzas o por instituciones del sector público;

c) Obligaciones con calificación de riesgo actualizada categoría “A” o superior;

Resolución Conjunta Página No. 13

Page 14: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoSeptiembre, 2008

d) Valores derivados de procesos de titularización a la orden, con calificación de riesgo categoría “A” o superior;

e) Garantías Bancarias, siempre que éstas sean incondicionales, irrevocables y de cobro inmediato, tengan vigencia superior al menos en diez días al plazo de la operación a plazo y sean emitidas a favor de la Bolsa de Valores en la cual se efectúe la operación, en donde deberán quedar en custodia hasta la ejecución total del contrato a plazo.

No se aceptarán garantías bancarias emitidas por instituciones del grupo financiero al que pertenece el emisor de los valores materia de la operación:

f) Otras que de común acuerdo, los Directores estimen convenientes.

Los valores estipulados en los literales b), c) y d), deberán estar inscritos tanto en el Registro del Mercado de Valores como en el Registro de las Bolsas de Valores.

Resolución Conjunta Página No. 14

Page 15: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoJulio 29, 2004

“Esta información será actualizada y difundida mensualmente por el Departamento de Empresas del Área Técnica a las Áreas de Operaciones y Tesorería de la Bolsa de Valores de Guayaquil y a los participantes del Mercado”.

El Director General y en su ausencia el Director de Rueda, podrá autorizar negociaciones con valores que no estén considerados en el listado difundido por el Área Técnica de la Bolsa de Valores de Guayaquil.

TASA DE COMISIÓN DE LA BOLSA DE VALORES DE GUAYAQUIL

El Directorio de BVG en sesión del día 29/07/2004 aprobó que la comisión de las operaciones a Plazo se calcule igual que en las operaciones de contado, en función del plazo y tipo de papel.

Aprobado por Directorio – 29/07/2004 Página No. 15

Page 16: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoAbril 24, 2008

ANEXO 2

TEXTO DEL PODER QUE DEBEN CONFERIR A LA BVG QUIENES EFECTÚEN OPERACIONES A PLAZO CON DERECHOS

CLAUSULA PRIMERA: INTERVINIENTES.- Comparecen a la celebración del presente contrato de mandato, por una parte el señor______________________en su calidad de ___________________, a quien en adelante se denominará el MANDANTE; y, por otra el señor economista Arturo Bejarano Ycaza, en su calidad de Director General de la Corporación Civil Bolsa de Valores de Guayaquil, a quien se llamará en adelante la MANDATARIA.

CLAUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES.- a) Se encuentra vigente el instructivo de Operaciones a Plazo, mismas que están previstas en el artículo quince literal “c” del Reglamento de Rueda de Viva Voz de la BVG; b) Teniendo en consideración la agilidad que tales operaciones requieren, tanto las Casas de Valores miembros como la Bolsa de Valores de Guayaquil consideran idóneo que se confiera por instrumento separado, un poder a la Bolsa de Valores de Guayaquil a fin de que ésta pueda desempeñar adecuadamente sus funciones de custodio y administrador de los valores entregados en garantía del cumplimiento de una operación a plazo.

CLAUSULA TERCERA: MANDATO.- Conste por el presente documento que en el ámbito de la ejecución de operaciones a plazo efectuadas por___________________ésta manifiesta por la interpuesta del señor:_________________en su calidad de de representante legal, su expresa voluntad de conferir un mandato especial a la Corporación Civil Bolsa de Valores de Guayaquil, facultándola para proceder en su nombre a:

Ejercer los derechos accesorios inherentes a los valores de renta fija o variable, materia de la operación a plazo_____________________

Delegar el referido poder al comprador para que ejerza los derechos de voto y preferencia en el caso que los valores objeto de la operación a plazo fueren acciones.Efectuar el cobro de los dividendos en efectivo o en acciones.En el caso de los valores de renta fija proceder al cobro de intereses, amortizaciones de capital y títulos sorteados.Los valores recaudados permanecerán en custodia de la mandataria, hasta el vencimiento de la operación.

Aprobado por Directorio Página No. 16

Page 17: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoAbril 24, 2008

Pueda transferir los títulos que conforman la operación a plazo cuando ocurrieren uno cualquiera de los siguientes eventos:

El comprador incumpliere con la operación al vencimiento; y,Se cumpliere con el margen mínimo de garantía requerido en el acápite seis del instructivo para esta clase de operaciones.

A tales efectos, la mandataria podrá:

Proceder a la venta en bolsa de los valores materia de la operación a plazo. Dicha venta será realizada por la mandataria por intermedio de su propio operador de valores.Efectuar las diligencias necesarias para que se registre en los libros del emisor la transferencia de acciones ocasionada por cualquiera de las causas previstas en el párrafo segundo del presente apartado.

La Bolsa de Valores de Guayaquil podrá realizar todas las diligencias que fueren necesarias para perfeccionar la transferencia de dominio de los valores objeto de la operación a plazo, así como el ejercicio de los derechos inherentes a los mismos, sin que los actos mencionados previamente constituyan una limitante de las facultades de la mandataria.

CLAUSULA CUARTA: ACEPTACIÓN.- La mandataria por la interpuesta persona de su representante legal, Sr. Eco. Arturo Bejarano Ycaza, acepta el mandato conferido por__________________________, a fin de ejecutar los actos descritos en la cláusula tercera del presente contrato por cuenta y riesgo de la mandante.

CLAUSULA QUINTA: HONORARIOS.- Los honorarios de la mandataria serán el equivalente al 0.1 % anual calculado sobre el monto de los valores entregados en custodia para cubrir el margen de garantía de la operación a plazo.

CLAUSULA SEXTA: COMPROMISORIA.- Todas las desavenencias que deriven de este contrato serán resueltas definitivamente de acuerdo con el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Arbitraje de la Corporación Civil Bolsa de Valores de Guayaquil, al tenor de lo dispuesto en el art.65 del Estatuto de la referida institución.

MANDANTE MANDATARIA

Aprobado por Directorio Página No. 17

Page 18: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoAbril 24, 2008

PODER QUE DEBEN CONFERIR A LA BVG QUIENES ENTREGUEN VALORES PARA CUBRIR EL MARGEN DE GARANTÍA PREVISTO PARA OPERACIONES A PLAZO SIN DERECHOS

CLAUSULA PRIMERA: INTERVINIENTES.- Comparecen a la celebración del presente contrato de mandato, por una parte el señor______________________en su calidad de ___________________, a quien en adelante se denominará el MANDANTE; y, por otra el señor economista Arturo Bejarano Ycaza, en su calidad de Director General de la Corporación Civil Bolsa de Valores de Guayaquil, a quien se llamará en adelante la MANDATARIA

CLAUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES.- a) Se encuentra vigente el instructivo de Operaciones a Plazo, mismas que están previstas en el artículo quince literal “c” del Reglamento de Rueda de Viva Voz de la BVG; b) Teniendo en consideración la agilidad que tales operaciones requieren, tanto las Casas de Valores miembros como la Bolsa de Valores de Guayaquil consideran idóneo que se confiera por instrumento separado, un poder a la Bolsa de Valores de Guayaquil a fin de que ésta pueda desempeñar adecuadamente sus funciones de custodio y administrador de los valores entregados en garantía del cumplimiento de una operación a plazo.

CLAUSULA TERCERA: MANDATO.- Conste por el presente documento que en el ámbito de la ejecución de operaciones a plazo efectuadas por___________________ésta manifiesta por la interpuesta del señor_________________en su calidad de de representante legal, su expresa voluntad de conferir un mandato especial a la Corporación Civil Bolsa de Valores de Guayaquil, facultándola para proceder en su nombre a:

Ejercer los derechos accesorios inherentes a los valores de renta fija o variable, entregados para cubrir el margen de garantía establecido en el acápite seis del instructivo de Operaciones a Plazo.

Delegar el referido poder al comprador para que ejerza los derechos de voto y preferencia en el caso que los valores objeto de la operación a plazo fueren acciones.Efectuar el cobro de los dividendos en efectivo o en acciones.En el caso de los valores de renta fija, proceder al cobro de intereses, amortizaciones de capital y títulos sorteados.

Los valores recaudados permanecerán en custodia de la mandataria, hasta el vencimiento de la operación.

Aprobado por Directorio Página No. 18

Page 19: OPERACIONES A PLAZO - BackOfficeBVG  · Web viewOPERACIONES A PLAZO . La compraventa de valores en Bolsa será a plazo cuando, en el momento de ser realizada, se pacte que la fecha

Instructivo - Operaciones a plazoAbril 24, 2008

Transferir los títulos que conforman la operación a plazo cuando ocurrieren uno cualquiera de los siguientes eventos:

El comprador incumpliere con la operación al vencimiento; y,Se cumpliere con el margen mínimo de garantía requerido en el acápite seis del instructivo para esta clase de operaciones.

A tales efectos, la mandataria podrá:

Proceder a la venta en bolsa de los valores materia de la operación a plazo. Dicha venta será realizada por la mandataria por intermedio de su propio operador de valores.Efectuar las diligencias necesarias para que se registre en los libros del emisor la transferencia de acciones ocasionada por cualquiera de las causas previstas en el párrafo segundo del presente apartado.

La Bolsa de Valores de Guayaquil podrá realizar todas las diligencias que fueren necesarias para perfeccionar la transferencia de dominio de los valores objeto de la operación a plazo, así como el ejercicio de los derechos inherentes a los mismos, sin que los actos mencionados previamente constituyan una limitante de las facultades de la mandataria.

CLAUSULA CUARTA: ACEPTACIÓN.- La mandataria por la interpuesta persona de su representante legal, Sr. Eco. Arturo Bejarano Ycaza, acepta el mandato conferido por__________________________, a fin de ejecutar los actos descritos en la cláusula tercera del presente contrato por cuenta y riesgo de la mandante.

CLAUSULA QUINTA: HONORARIOS.- Los honorarios de la mandataria serán el equivalente al 0.1 % anual calculado sobre el monto de los valores entregados en custodia para cubrir el margen de garantía de la operación a plazo.

CLAUSULA SEXTA: COMPROMISORIA.- Todas las desavenencias que deriven de este contrato serán resueltas definitivamente de acuerdo con el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Arbitraje de la Corporación Civil Bolsa de Valores de Guayaquil, al tenor de lo dispuesto en el art.65 del Estatuto de la referida institución.

MANDANTE MANDATARIA

Aprobado por Directorio Página No. 19