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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSIIDGRM-DABC/011/2016 PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FíSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) FECHA: _____ _ DIRECCiÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN PRESENTE (Nombre de la persona físíca o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VII, VIII Y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del participante (Persona física o representante de la persona moral) CFMGIGLV/ARS/sdr OGRM·CPS.ANEXO - --- - _._---------- ------- ----- -- ---- -- J

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Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSIIDGRM-DABC/011/2016

PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO

Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR

(PERSONAS FíSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA: _____ _

DIRECCiÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN PRESENTE

(Nombre de la persona físíca o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha

25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los

artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VII, VIII Y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento

normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(Persona física o representante de la persona moral)

CFMGIGLV/ARS/sdr OGRM·CPS.ANEXO - --- - _._---------- ------- ----- -- ---- -- J

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Anexo 1b MANIFESTACiÓN DEL DOMICILIO LEGAL

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA: _____ _

DIRECCiÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN PRESENTE

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para

recibir y oir las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número

__________ , mediante (especificar, predial, agua o CFE), así como las relacionadas

con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el

ubicado en Calle ______ número exterior ____ " número interior ____ , Colonia

Delegación o Municipio _____ " Código Postal , Ciudad

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

CFMGlGLVfARS/SdI OGRM·CPS·ANEXO - - --- ------- -- ------ ----

1 I

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PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO

1. Nombre de la persona flsica o moral (Datos Fiscales) 2. Domicilio 3. Representante Legal

Anexo 2a Requerimiento Técnico

Partida Descripción

1 Autoclave de vapor

Cantidad

2

• Sistema de manejo digital con medidor de presión de la barra del Led.

• Programa individual de esterilización

• Desventilación descompresión automática

• Tipo de secado con puerta entreabierta

• Sistema de seguridad con microcontrolador

• Capacidad de 21 litros

• Cámara de aluminio anodizado de acero inoxidable

• Dos bandejas de aluminio anodizado

• Medidas del equipo: 39.5 x 30 x 61 cm

• Medidas de la cámara: 25 x 43 cm

• Voltaje de 127 V.

• Manual de usuario.

• Garantla minima de 1 año contra defectos de fabricación y vicios ocuitos

Unidad

Pieza

Marca

Cristofoli

• Garantla minima de 5 años en el abasto de refacciones y de elementos descontinuados

Modelo

Vitale 21

• La entrega incluye: Puesta en marcha y capacitación para dos personas, en horario de 10:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, previa confirmación de cita.

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CFMGlGLV/ARS/sdr OGRM.cPs..ANEXO

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Partida

2

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PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO

Descripción Cantidad Unidad

Electrocardiógrafo 1 Pieza

• Electrocardiógrafo de tres canales

• Doce derivaciones

• Interpretación de software MEANS

• Pantalla táctil de 11 cm

• Definición de calidad de imagen: 480 a 272 pixeles

• Baterla recargable

• Funcionamiento automático y cabrera

• Campos de entrada de datos de paciente programable

• Uso de papel en Z y/o rollo de 11 .4 cm

• Impresión térmica de alta resolución

• Velocidad de papel: 10 /25 /50

• Filtro estabilizador y de vibraciones musculares

• Peso aproximado de 4.48 kg

• Dimensiones: 32.5 x 8 x 18.8 cm

• Manual de usuario.

• Garantla mlnima de 1 año contra defectos de fabricación y vicios ocultos

---,

Marca Modelo Welch CP50 Allyn PLUS

• Garantla minima de 5 años en el abasto de refacciones originales y de elementos descontinuados.

• La entrega incluye: Puesta en marcha y capacitación para dos personas, en horario de 10:00 a 15:00 horas, de lunes a viemes, previa confirmación de cita.

Página 2de4

CFMGlGLV/ARSlsdt

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PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO

1. Nombre de la persona fisica o moral (Datos Fiscales) 2. Domicilio 3. Representante Legal

-

Partida Descripción Cantidad Unidad

3 Transductor para ultrasonido marca Siemens, modelo

1 Pieza Acusan 300X

• Transd. array lineal VF13-5, X300PE 10789819

• Transductor multielemento lineal VF13-5

• Tecnologia de alta resolución y alta densidad con 128 elementos

• Formación de imagen multifrecuencia MultiHertz seleccionable por el usuario

• Aplicaciones: Zonas pequeñas, mamas, aparato locomotor, ortopedia.

No. de Marca

parte

Siemens VF13-5

• Funciones incluidas: Banda de frecuencias en modo M, 20: 12-7 Mhz, frecuencia central: 8.6 MHz, THI . • Garantia mlnima de 1 año contra defectos de fabricación y vicios ocultos

• Garantia minima de 5 años en el abasto de refacciones y de elementos descontinuados.

• La entrega será en horario de 15:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes, previa confirmación de cita.

Partida Descripción Cantidad Unidad Marca Modelo

4 Pieza de mano de alta velocidad para unidad dental marca

2 Pieza NSK PANA-

Adec MAXPLUS

• Desmontable u Autoclavable

• Mango y turbina de acero inoxidable

• Hasta 450,000 RPM

• Cabeza tamaño estándar

• Pushbutton

• Spray externo de agua

• 2 hoyos (Borden)

• Garantia minima de 6 meses contra defectos de fabricación y vicios ocultos.

• La entrega será en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes, previa confirmación de cita.

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CFMGJGLVlARS/sdr DGRM·CP5-ANEXO

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PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL Mr:DICO

1. Nombre de la persona fisica o moral (Datos Fiscales) 2. Domicilio 3. Representante Legal

Partida Descripción

5 Proyector de optotipos led

6 Autokerato refractómetro

7 Lámpara de hendidura, son sistema de video (sin equipo de cómputo)

8 Lupas anaesféricas de 20, 40, 60 Y 78 dioptrlas

9 Oftalmoscopio y retinoscopio

10 Pinzas para pestañas

11 Lente 3 espejos

Cantidad Unidad

1 Pieza

1 Pieza

1 Pieza

1 Juego

1 Juego

1 Pieza

1 Pieza

• Garantla mlnima de 1 año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.

Marca

Huvitz

Huvitz

Huvitz

Volk

Welch Allvn Sin

marca

Volk

• La entrega será en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes, previa confirmación de cita.

Modelo

HRK-7000 HIS

5000

V3MIRA NF

• Para las partidas 5, 6, 7 Y 9, el participante adjudicado deberá considerar un servicio de asistencia técnica con tiempo de respuesta de 24 horas.

Página4de4

CFMGlGLVlARSlsdr _____ ""::R .... CPS-ANEXO

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Anexo 2b CARTA NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA: ___ _

DIRECCiÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN PRESENTE

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifíesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e

Internacionales respecto de los equipos de _____ conforme lo establece la Ley Federal sobre

Metrologia y Normalización y, demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:

1. Normas Nacionales

11. Normas Internacionales

Para las autoclaves y el electrocardiógrafo adicionalmente deberán citar que cumplen con las normas IS0134825, CE, FDA, UL).

ATENTAMENTE

Nombre y fírma del representante legal

CFMG/GLVlARSfsdr OORM-CPS·ANEXO

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Anexo 2c CARTA BAJO PROTESTA DE ENTREGAR BIENES NUEVOS Y ORIGINALES

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCiÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN PRESENTE

FECHA:. ___ _

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a

nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente

manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que

declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que todos los bienes que se entreguen

derivados del Concurso Público Sumario Inferior CPSIIDGRM-DABC/011/2016 convocado por

la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son nuevos y originales.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

Página 1 de 1 CFMG/GL VlARS/sdr.

CPS·ANEXO

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CONVOCATORIA / BASES

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Anexo 3 FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE

.. ... '2 Descripción de las bienes .. a..

1 Autoclave de vapor

2 Electrocardiógrafo

Transductor para ultrasonido 3 marca Siemens modelo

Acuson 300X

Pieza de mano de alta 4 velocidad para unidad dental

5 Proyector de optotipos led

6 Autokerato refractómetro

Lámpara de hendidura, con 7 sistema de video (sin equipo

de cómputo)

8 Lupas anaesféricas de 20, 40, 60 v 78 dioptrías

9 Oftalmoscopio y retinoscopio

10 Pinzas para pestañas

11 Lente 3 espejos

Marca

Crístofoli

Welch Allvn

Siemens

NSK

Huvilz

Huvilz

Huvilz

Volk

Welch Allvn Sin

marca

Volk

Unidad Precia Modela de Cantidad Subatatal Unitaria medida

Vitale 21 Pieza 2

CP50 Pieza 1 Plus No. de parte Pieza 1

VF13-5 Pana-Max Pieza 2 Plus

Pieza 1 HRK- Pieza 7000

HIS5000 Pieza 1

Juego 1

Juego 1

Pieza 1

Pieza 1

Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.

Importe total por las __ partidas en letra:

Forma de pago:

Impuesta Total aplicable NeID

El pago deberá ser a crédito dentro de los 8 dlas hábiles siguientes a la presentación del Comprobante Fiscal

Digital (CFDI) y entrada al almacén correspondiente, en Ventanilla Única de la Dirección General de Presupuesto

y Contabilidad, previa verificación de que, la entrega recepción de los bienes se entregaron a entera satisfacción

de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Plazo de entrega: No se deberán exceder de 20 dlas naturales contados a partir del dia siguiente de la

formalización del contrato para las partidas 1,2 Y 4; partida 3: el plazo de entrega no deberá exceder de 60 dias

naturales contados a partir del dia siguiente de la formalización del contrato; partidas 5 a 11: el plazo de entrega

CFMGlGlV/ARSfsdr OGRM·CPS-ANEXO ._---_._---------------- ----

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r - ------SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN

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CONVOCATORIA / BASES

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no deberá exceder de 45 días naturales contados a partir del dia siguiente de la formalización del contrato

(previa conformación de cita) .

Vigencia de la propuesta: Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 dlas naturales

siguientes a la fecha de entrega de las mismas.

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la

estricta responsabilidad del ofertante.

Los precios se entenderán firmes hasta el cumplimiento total del contrato.

En el precio se deberán considerar todos los requerimientos del Anexo 2a "Requerimiento Técnico". Razón Social ________________________________ _

R.F.C. _____________________________ _

Domicilio _________________________________ _

Nombre y firma del representante o apoderado legal _________________ _

CFMGlGLV/ARSlsdt

------ --------------._-- J

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CONCURSO PÚBUCO SUMARIO CPSVDGRM-DABC/011/2016

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Anexo 4

Proyecto de Contrato Simplificado I.·La Suprema Corte de Justkia de la Nación, en lo sucesivo "'a Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento man"fiesta que: 1.1.·Es el máximo órgano depositario de' Poder Jud;cial de la Fede~elón , en términos de lo dispuesto en los articulos 94 de la Constitución Pollllca de los Estados Unidos Mexicanos y 1·, fracción 1, de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 1.2,·EI procedimiento mediante concurso publico sumarlo, fue autorizado por el titular de la Dirección General de Recursos Materiale, de la Suprema Corte de Justicia de la Nadón, de conformidad con lo previsto en los artlculos 12. 39, fracción 111 y 42 del Acuerdo General de Administraci6n V1/2008, del veinticinco de septiembre de dos mili ocho. del Comité de Gobiemo y Adminlstraci6n de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición. administración y desincorporaci6n de bienes y la contratación de obras. usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3.· El Director General de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente Instrumento. de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Orginico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. asl como articulo 10. párrafO segundO. del Acuerdo General de AdmUlistraci6n VU2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comtt. de Gobiemo y Admlnistra06n de la Suprema COrte de Justicia de la Nación por el que se regulan kls procedin"Ventos para la adquisición. administración V desJncorporadón de bienes V la contratadOn de obras. usos y servicios requeridos pof este TribunaJ. 1.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato seftala como su dom cilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suárez número 2, COkInia Centro de la ciudad de México. delegación Cuauhtémoc. código poSlal 06060, Ciudad de México. 11,- EI 'Prove~ por conducto de su representante lega! manifiesta bajo prolesta de decir verdad que: 1I.1.·Conoce perfectamente las especificaciones técnicas V de operación de los b:enes requeridos por -la Suprema Corte' V cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos a satisfacción de ésta. 1I.2.·No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artlculos 48. fracciones l. 11, 111. IV. V. VI. VJI, VIII y X, asl como 58 fracción XVI, del Acuerdo General de Adminlstraci6n V1/2008. 11.3,· Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración V1/20oa, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobrerno y Adminlstraci6n de la Suprema Corte de Justicia de la Naelón por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporaci6n de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. 11.4.· Para todo lo r~acionado con el presente contrato, seftala como su domiciliO el Indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denom:nado ·Proveedor" . 1II.·La ·Suprema Corte" y el-Proveedor- declaran que: 111.1.· Reconocen mutuamente la personalidad jurrdica con la que comparecen a la cetebraci6n del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes 1.4 y 11 4 de este instrumento.

CLÁUSULAS Prtmera, Condiciones Generales. El ·Proveedor" se compromete a proporcionar los bienes descritos en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio. plazo y condiciones de pago seftalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento tolal del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago sefaalado en la presente clAusula. cubre el total de los b,enes contratados, por lo cual "la Suprema Corte- no tiene obligación de cubrir ningún importe adldonal. En caso de que el vencimiento de los p'azos se.1a1ac1os en el presente contrato se ubique en un dla inhibil, el plazo se recorrerá al dla hábil inmediato siguiente. Segunda, ",.talaclón de bienes. En caso de requerir$e instalación de los bienes objeto del contrato 'et Proveedor" deberá. notiftear con cinco dlas hábi~ de anticipación la entrega de los bienes para que "la Suprema Corte- programe la fecha a pattir de la cual se podré efectuar la ent'~ e lnstalaOOn de los mismos. En caso de presentarse atraso en la adecuaci6n de los espitCios o preparación del Mea, destinados a la instalación de los bienes que ampara el presente contrato, por causas imputables a "la Suprema Corte', que repercuta en la entrega o instalación de los bienes, 'a Suprema Corte- podrá modifICar la fecha de entrega e instalación de los bienes, en cuyo caso el 'Proveedor" debe'" iniciar la entrega o instalación, segUn sea el ClSO. dentro de los diez dlas hab les siguienles al que por escrito ' Ia Suprema Corte" lo solicile. Tercera. Entrega-recepclón. El tipo de transporte a utilizar será aquel que el proveedor considere conveniente V que garantice la entrega oportuna. asl como que et bien sea entregado en 6ptimo estado en la Ciudad de México. El proveedor será responsable de cubrir los costos de traslado y seguro de los bienes desde sus instalaciones hasta el lugar de destino final. La Suprema Corte de Justicia de la Nación no recibirá los bienes en mal estado por causas imputables al proveedor O su transportista. Para evitar daftos en el transporte y soportar las maniobras a las que estarán sujetos. los bienes objeto de este concurso deberán estar preparados para su entrega. conteniendo la lnfonnación y documentación necesaria para su identificación, asl como una copla de la factura o remisión correspondiente. la SCJN. podrá hacer devoluciones de los bienes cuando: a) Se compruebe que no son de la calidad solicitada. b) Presenten defectos de fabricación o deficiencias durante su uso por causas imputables al participante. e) Cuando los t>enes entregados no cumplan con las caracterlsticas técnicas solicitadas por la Suprema Corte. En estos casos el participante se obliga a restituir sin condición alguna a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el b en devuelto por el responsable de administrar el contrato, dentro de los 10 dlas hábiles siguientes a la presentaci6n de la reclamaci6n. Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Naci6n requiera hacer la devolución de los bienes por causas distintas a las indicadas. estas se efectuarán previo acuerdo por escrito de ambas partes, en cuyo caso se deberá efectuar la devolución de los recursos efectivamente pagados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. de manera inmediata, med:ante dep6sito o cheque certificado a nombre de la Institución, asl como los intereses que se generen por dichas cantidades conforme a la tasa Que fije la ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente a la fecha de pago, para los casos de pr6rroga para el pago de créd tos fiscales hasta la fecha en que se pongan efectIVamente las cantidades a disposición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. que se computarán por d'as calendario. Cuarta. Pena Convencional. En caso de mcumpt:miento en cualquiefa de las obligaciones establecidas en el Instrumento contractual. la Suprema Corte de Justicia de la Nact6n aplicará a los proveedores. en forma proporcional. una pena convencional hasta por un 1<r'J. (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los bienes (sin incluir Impuestos) que no se hayan entr891do. ° bien, no se hayan recibido a entera satisfac06n de lit Suprema eMe de Justicia de la Nación. En caso de incumptimlenlo en et plazo de entrega pactado en el contrato. se ap~icará a los proveedOfes. una pena convenoonal por Jos atrasos que Ie{s) sean imputab'es, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada dla natural de retraso, a la cantidad que importen los bienes no entregados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10';' (diez. por ciento) del monto total de fas bienes no entregados en el plazo establecido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Los proveedores responsable(s) del incumplimiento se hará{n) acreedor(es) a las penas convencionales previstas, con independencia de que se hagan efe<:tivas las garantias otorgadas. Las penas podrán descontarse de los monlos pendienles de cubrir por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Naci6n al proveedor y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorerla de este Alto Tribunal Se podrá ap~car otro tipo de penalizaciones por atraso. de conformidad con lo seftalado en presente instrumento jurldico. Quinta. Requlsllos para realizar los pago. re.pectlvos. Para efectos fiscales el ·Proveedor" deberá presentar la o las facturas a nombre de 'Ia Suprema Corte- segun consta en la cedula de identificación fiscal. expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5. ind'eando el domicilio seftalado en la declaración 1.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar. Sexta. Modlflcaclone. de e.te Instrumento. las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en ténninos de lo

CFMGtClVfARS/sdr

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PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO

previsto en los ar1feufos 12. fracción XXII: y 1~3 del referido Acuerdo General Vl/20oa. Séptima. Garantla de equipo. El -Proveedo('. garantizará los equipos en todas sus panes por un aoo a partir de la fecha de entrega ylo recepción a entera satisfacción de "la Suprema Corte". y cinco aftos en el abasto de refacciones originales en el mercado, mduvendo refacciones y mano de obra (O sustitución del equipo en caso de que ésle no sea reparado en menos de 72 horas), debiendo repararse con refacciones originales (de igual marca y modelo o superiores) nuevas: en caso de desperfectos deberá sustituir10s por otro Igual al originalmente ofertado. los equipos. partes y materiales que estén fuera de especificaciones ylO presenten fallas que imposibiliten su uso adecuado y oportuno antes de su instalación y aceptación o bien despu6s y dentro de los Ireinta dlas siguientes. deberán ser reemplazados por prodlJc:tos nuevos por parte del 'Proveedor", sin ningun costo adicional para "la Suprema Corte". A la entrega de los bienes ObjelO del presente Instrumento. 'el proveedor" entregará copia de la póliza garanUa emitida por el fabricante, en su caso, carta garantra que cubra los requisitos a Que se refiere et capitulo LX de la ley Federal de Protección al Consumdar. en la que se Indique el alcance. duración, condiciones, mecanismos para hacerla efectiva cuya v.:genc:ia deberá ser por un mlnimo de doce meses contados a partir de la entrega de los bienes objeto del presente Instrumento. Octava, Inexlltencla de la relación laboral. El 'Proveedor" como empresario y patrón del personal que ocupe para la fabricación y entrega de los bienes materia de este contrato. serfl el unlco responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad SOCIal. por lo que responderá de todas las redamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o de "la Suprema Corte", en relación con la compraventa motivo de este contrato. "La Suprema Corte" estarfl facultada para requerir a el 'Proveedor" los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, asl como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR. INFONAVIT e IMSS En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de el'Proveedor", ejeculen o pretendan e;ecutar alguna redamación en contra de 'la SuPfema Cofte', el 'Proveedor" deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue 'Ia Suprema Corte", por conceplO de traslados. viáticos, hospedaje, tran$pOrtaci6n , alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Corte" de cualquier lipo de responsabilidad en ese sentido, Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaren a ocasionar podrá ser deducido por "la Suprema Corte', de las facturas Que se encuentren pendiente de pago. Independientemente de las acciones legales que pudieran ejercer. Novena. ConRdenclalldad, La documentación que se proporcione al "Proveedor" con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de "la Suprema Corte", por lo Que el ' Proveedor", por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato oblenido de los bienes objeto de este contrato simplificado. Oédma. R .. clslOn. Queda expresamente convenido que 'la Suprema Corte" podrfl dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial. en caso de Que el ' Proveedor" deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, 'Ia Suprema Corte' notificara por escrito las causas respeClJvas al "Proveedor" en su domicaio seftalado en la declaración 11 4 de este instrumenlo, con quien en el acto se encuenlre, otorgándole un plazo de quince dlas hábiles para Que manlEesle lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte. en su caso, las pruebas que estime pertinentes Vencido ese plazo el órgano compelente de "la Suprema Corte" determinará sobre la procedencia de la rescisión. 10 que se comunicarfl al'Proveedor" en su domicilio seftalado en la dedaración 11,4 de este instrumento. Décima Primera, Supuestos de terminación dal contrito. diversos a la rescisión, El presente contrato podré darse por terminado. al complementarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justifICadas o razones de enlerés general en términos de lo previsto en kas art:cukls 1<48, 149 150 Y 151 del Acuerda General de Administración vlI2ooa. Décima Segunda, Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales, Las partes están de acuerdo en que el presente instrumenlo constituye información publica en t6rminos de lo dispuesto en los artlculos 1·. 70, 113 Y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el artIculo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Publica Gubemamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de Jubo de dos mil ocho. relativo a los 6rganos y Pfocedimientos para tutelar en el ámbito de eSle Tribunal los derechos de acceso a la información. a la privacidad ya la protec06n de datos personales garantizadoS en el artJcoIo 6- ConSlltudonaJ. el 'Proveedor" se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningUn medio, aun electr6nico. ni por conferencias y/o enformes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentadón que maneje o conozca al desarrollaf las actividades objeto del presente contrato En caso de incumplimiento "la Suprema Corte" podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima T.rcera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipuladO en este instrumento. el "Proveedor" se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de "'a Suprema Corte" renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domci:io o vecindad. tengan o llegaren a tener, de conformidad con lo IndIcado en el artleulo 11 , fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federaci6n. Las partes acuerdan que cualquier notifICación que lengan que rea'lzarse de una parte a otra, se reaUzará por escrito en el domicilio que ha sei\alado en la$ dedataCtOtle5 14 Y 11.4 de este instrumento. Décima Cuarta, Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución PoIltica de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo Genetal de Administración V1/200a, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en este por el Código Civil Federal, Código Federal de Proced¡m.entos C,Viles y la ley Federal del Procedimiento Adm nistrativo, en lo conducente. Décima Quinta. Subcontrataclón.· En caso de subcontratación, el único responsable de la ejecución del servicio será el proveedor. Todas las personas que entervengan para la real.zación de la entrega del equipo en el sitio indicado. no tendrán relación laboral con la Suprema Corte de Justicia de la Nación por lo que será responsabilidad del proveedor cumpür con todas las redamaCiones adm:nistrativas y juicios de cualquier onfen que los trabajadores del proveedor o subc:ontratista "resenten contra la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ya que el proveedor será el único responsable de las obligaciones adquiridas con 50s trabajadores. Para los efectos del presente contrato se entiende por subcontrataCioo. el acto por el cual el ·Proveedor" eneomienda a otra persona, fisita o moral. la ejecución por porte de 105 servIcios o de aquellos que requ.eran la uli:ización de quipo dist nlo al del 'Proveedor" para cumplir con el objeto del presente contrato. En caso de subcontratación. el unico responsable de la ejecución de los servicios será el ·Proveedor". El subcontralista no quedará subrogado en ninguno de los derechos del "Proveedor".

RECEPCI6N y CONFORMIOAO OEL CONTRATO SlMPUfICA,OO POR "EL PROVUOOR"

Nombfe , ... .. de ~016

CFMGIGlVlARSlsdr ___ OGR_u.eps.~_o __ J

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" --- - -----------,------ --SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN

Dirección General de Recursos Materiales

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CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSVDGRM-DABC/011/2016

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Anexo 5

FIANZA DE GARANTíA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que "el Proveedo( asume con la celebración del presente contrato, asl como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compailla legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, sin contar con el impuesto al valor agregado, esto es por la cantidad de $_,_,_ ( pesos -'100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes adquiridos.

La presente garantla, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes materia del contrato de referencia hayan sido prestados en su totalidad y a entera satisfacción de "la Suprema Corte" y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de "la Suprema Corte".

l. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda:

"- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $_,_._ ( pesos _/100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes adquiridos para garantizar por parte de SA de C.v., con domicilio en -;:-; __ -:-__ ::-:--:---:--:---; __ --;-__ -:--:----;--;:---;-_____ " código postal , el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número

celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y =-___ --;-________ ~' S.A. de C.v. , con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $_,_._ ( pesos -'100 moneda nacional) sin incluir el correspondiente impuesto al valor agregado.

' La afianzadora" expresamente declara que:

- La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el "Acuerdo General de Administración VII2008 del veinticinco de septiembre de dos milocha, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal" y en el contrato número , celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y __ -.-__ --:-.-.-__ ====--_' SA de C.v., con el objeto de , con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $_,_._ (,--;...,....~-==-.---::-;:__ __ :__-.--------------- pesos -'100 moneda nacional), sin incluir el impuesto al valor agregado.

- La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número ,...-__ ...,.-.,---:-:-' - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes materia del contrato de referencia hayan sido prestados en su totalidad y recibidos a satisfacción de "la Suprema Corte" y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de "la Suprema Corte'.

CFMG/GlV/AR$lsdr OGRM·CPS· ... NEXO -----------------------

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CONVOCATORIA / BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-DABC/011/2016

PARA LA COMPRA DE DIVERSO EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO

- De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/_-_/_/2016, la fianza otorgada tendrá vigencia durante su substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.

- La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, asl como penas convencionales y los intereses correspondientes por pagos en exceso o accesorios que correspondan.

- "La Suprema Corte" o la Tesorerla de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los articulas 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

-La presente fianza podrá ser liberada a "el Proveedor' siempre y cuando "la Suprema Corte" emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.

- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, as! como los intereses por pagos en exceso y/o penas convencionales que se llegaren a determinar. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado.

-Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza asl como en caso de controversia siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato en términos de lo dispuesto en el articulo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener.

11. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez dlas hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato; en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, "la Suprema Corte" podrá rescindir el presente contrato.

"El Proveedor" por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la Suprema Corte" dando esta renuncia cumplimiento a lo que establece el párrafo último del articulo 289 de la ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Las partes convienen que la presente garantla será exigible cuando "el Proveedor' incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento.

CFMGIGlV/ARS/sctr DGRM-CPS-ANEXO