OFICIO 186

2
“Decenio de la Personas con Discapacidad en el Perú” “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” Tambopata, 09 de Diciembre del 2014 OFICIO N° 0186 -2014/MIDIS-PNAEQW-UTMDD SEÑOR: Prof. Eloy Condori Cornejo SUB DIRECTOR I.E. APLICACIÓN ISPP “Nuestra Señora del Rosario” MADRE DE DIOS / TAMBOPATA / TAMBOPATA REFERENCIA: OFICIO N° 055-2014-GOREMAD/DRE-MDD/IEBR-APLICAC- IESPP-“NSR”-SD PRESENTE.- Tengo a bien dirigirme a Ud. a fin de comunicar lo siguiente: 1. Las conservas de pescado filete de caballa en aceite vegetal ha sido retirado, inmovilizado y almacenado por disposición de la Autoridad Sanitaria SANIPES a fin de salvaguardar la salud de los usuarios del programa QALI WARMA, dado que se ha detectado que la certificación sanitaria presentada por el proveedor de este producto es un documento falso no emitido por el Instituto Tecnológico de la Producción SANIPES. 2. En cumplimiento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos Artículo 7° Seguridad de los Alimentos, inciso 4) se establece: “se prohíbe la distribución, comercialización y consumo de los alimentos de procedencia desconocida o dudosa, siniestrada o declarada no aptos para consumo humano por la autoridad sanitaria competente”. 3. Así mismo se ha dispuesto que en cumplimiento al Decreto Legislativo N° 1062 y al Decreto Supremo N° 034-2008-AG estos productos deben de ser destinados a disposición final (destrucción, eliminación o cualquier medida que no permita su comercialización para consumo humano) en un lugar que cumpla con las condiciones necesarias para llevar a cabo dicho procedimiento, y deberá ser verificado por un inspector del

description

Documento de presentación a INstituciones Publicas, específicamente Instituciones educativas, para

Transcript of OFICIO 186

Decenio de la Personas con Discapacidad en el PerAo de la Promocin de la Industria Responsable y del Compromiso Climtico Tambopata, 09 de Diciembre del 2014OFICIO N 0186 -2014/MIDIS-PNAEQW-UTMDD

SEOR:

Prof. Eloy Condori CornejoSUB DIRECTOR I.E. APLICACIN ISPP Nuestra Seora del Rosario

MADRE DE DIOS / TAMBOPATA / TAMBOPATA

REFERENCIA: OFICIO N 055-2014-GOREMAD/DRE-MDD/IEBR-APLICAC-IESPP-NSR-SD

PRESENTE.-

Tengo a bien dirigirme a Ud. a fin de comunicar lo siguiente:1. Las conservas de pescado filete de caballa en aceite vegetal ha sido retirado, inmovilizado y almacenado por disposicin de la Autoridad Sanitaria SANIPES a fin de salvaguardar la salud de los usuarios del programa QALI WARMA, dado que se ha detectado que la certificacin sanitaria presentada por el proveedor de este producto es un documento falso no emitido por el Instituto Tecnolgico de la Produccin SANIPES.

2. En cumplimiento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos Artculo 7 Seguridad de los Alimentos, inciso 4) se establece: se prohbe la distribucin, comercializacin y consumo de los alimentos de procedencia desconocida o dudosa, siniestrada o declarada no aptos para consumo humano por la autoridad sanitaria competente.

3. As mismo se ha dispuesto que en cumplimiento al Decreto Legislativo N 1062 y al Decreto Supremo N 034-2008-AG estos productos deben de ser destinados a disposicin final (destruccin, eliminacin o cualquier medida que no permita su comercializacin para consumo humano) en un lugar que cumpla con las condiciones necesarias para llevar a cabo dicho procedimiento, y deber ser verificado por un inspector del SANIPES. As mismo este acto deber contar con la presencia de Autoridades Civiles y Judiciales si es necesario.

4. Con respecto a la devolucin de los productos no es procedente por tratarse de alimentos que atentan contra la salud de los usuarios del programa QALIWARMA. As mismo no ser posible la compra directa de estos productos puesto que la Unidad Central de Lima ha concluido que no procede autorizar a la Unidad territorial Madre de Dios la compra directa del producto conserva de pescado.Adjunto al presente copia del informe N 22-2014-ZFH

Atentamente,