OBSERVACION ESCORRENTIA

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OBSERVACION 1 EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. ha solicitado autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas de régimen permanente y caudal continuo , sin embargo , en la página 216 del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de “Ampliacion de las Plantas Concentradora Paragsha 8,500 a 9,500 TMD-San Expedito 450 a 650 TMD” referido a las Medidas de Mitigación de Impactos sobre la Calidad y Cantidad de Agua Superficial se señala que se deberá dar mantenimiento mensual y mejorar el sistema de captación y derivación de aguas intermitentes de las precipitaciones estacionales de la relavera Ocroyoc.En ese sentido, el administrado deberá indicar si el vertimiento a realizar será de caudal continuo o intermitente , la respuesta debe tener relación y ser sustentado de acuerdo a lo establecido en si EIA aprobado. RESPUESTA: Debido a los eventos de máxima precipitación presentados en las actuales épocas húmedas, Empresa Administradora Cerro S.A.C. se ha visto en la necesidad de contemplar como parte de su plan de contingencia (EIA Ampliación de Plantas Paragsha San expedito), el vertimiento del agua del espejo de la Relavera Ocroyoc, con la finalidad de garantizar la estabilidad de la presa, para lo cual debe mantener un borde libre de 3 mts y un volumen de poza de 0.5 M-m 3 . De acuerdo a la ingeniería de detalle elaborada por la empresa Golder, aprobada por el Ministerio de Energía y Minas con resolución N° 369 -2010- MEM-DGM/V “Recrecimiento de la Relavera Ocroyoc cota 4268 a 4272, es por ello que se solicita la Autorización de vertimiento Industrial. Respecto al Vertimiento Proyectado este será de un régimen continuo por lo antes expuesto. Cuyo volumen promedio en temporada de lluvia (Diciembre – Abril) será de 550l/s y en temporada seca (Mayo-Noviembre), es de 360 l/s tal como se declaró en la Ficha de Registro. El cual se sustenta el en el estudio de balance de agua de la Ingenieria de Detalle a la cota 4272. Ver anexo 1: Balance de Agua del depósito de Relaves

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OBSERVACION 1

EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C. ha solicitado autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas de régimen permanente y caudal continuo , sin embargo , en la página 216 del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de “Ampliacion de las Plantas Concentradora Paragsha 8,500 a 9,500 TMD-San Expedito 450 a 650 TMD” referido a las Medidas de Mitigación de Impactos sobre la Calidad y Cantidad de Agua Superficial se señala que se deberá dar mantenimiento mensual y mejorar el sistema de captación y derivación de aguas intermitentes de las precipitaciones estacionales de la relavera Ocroyoc.En ese sentido, el administrado deberá indicar si el vertimiento a realizar será de caudal continuo o intermitente , la respuesta debe tener relación y ser sustentado de acuerdo a lo establecido en si EIA aprobado.

RESPUESTA:

Debido a los eventos de máxima precipitación presentados en las actuales épocas húmedas, Empresa Administradora Cerro S.A.C. se ha visto en la necesidad de contemplar como parte de su plan de contingencia (EIA Ampliación de Plantas Paragsha San expedito), el vertimiento del agua del espejo de la Relavera Ocroyoc, con la finalidad de garantizar la estabilidad de la presa, para lo cual debe mantener un borde libre de 3 mts y un volumen de poza de 0.5 M-m3. De acuerdo a la ingeniería de detalle elaborada por la empresa Golder, aprobada por el Ministerio de Energía y Minas con resolución N° 369 -2010- MEM-DGM/V “Recrecimiento de la Relavera Ocroyoc cota 4268 a 4272, es por ello que se solicita la Autorización de vertimiento Industrial.

Respecto al Vertimiento Proyectado este será de un régimen continuo por lo antes expuesto. Cuyo volumen promedio en temporada de lluvia (Diciembre – Abril) será de 550l/s y en temporada seca (Mayo-Noviembre), es de 360 l/s tal como se declaró en la Ficha de Registro. El cual se sustenta el en el estudio de balance de agua de la Ingenieria de Detalle a la cota 4272. Ver anexo 1: Balance de Agua del depósito de Relaves Ocroyoc, Cuadro 5: Caudales excedentes para cada tipo de operación, pag. 9.

Con referencia al estudio ambiental se puede indicar que su aprobación fue en el año 2008 y los balances realizados fueron para plantas con capacidades de: Planta Paragsha a 9500 TMD y San Expedito a 650 TMD, y en la actualidad las capacidades autorizadas son de 12500 y 1800 respectivamente.

Con respecto a la importancia operacional, de contar con la autorización de vertimiento la cual permita mantener la estabilidad de la Relavera, y no verse inmersos en multas y paralizaciones por parte de OSINERMIG. Es que se solicita la autorización de vertimiento Industrial del espejo de la Relavera Ocroyoc.

También se indica que la unidad de Cerro de Pasco se encuentra en proceso de adecuación a los LMP y ECAs, para lo cual presentó con recurso N° 2225747 a la DGGAM, la modificación de EIA de la "Ampliación de las Plantas Concentradoras Paragsha 8 500 a 9 500 TMD - San Expedito 450 - 650 TMD". En la actualidad se encuentra en proceso de evaluación en la DGAAM.

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OBSERVACION 2

EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C . ha señalado lo siguiente: el canal izquierdo colecta las aguas de la laguna Quilcamachay y de las precipitaciones que confluyen a este en toda su longitud las cuales son derivadas al rio Ragra. En ese sentido, el canal izquierdo en la medida que constituye el curso de descarga de la laguna Quilcamachay y de las precipitaciones será el cuerpo receptor para el vertimiento, entonces el punto de control del vertimiento debería ubicarse antes de la unión con el llamado canal izquierdo y los puntos de control del cuerpo receptor deberán ubicarse antes y después del vertimiento en el llamado canal de izquierdo .En consecuencia, el administrado deberá replantear la ubicación de los puntos de control.

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OBSERVACION 3

La Ficha de Registro para la Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Tratadas presente las siguientes observaciones:

En la Parte IV, literal B, el balance hídrico presentado deberá incluirse como anexo de modo que permita visualizar de manera clara la información solicitada como el origen del agua, sistema de tratamiento y disposición final.

En la Parte V, literal B, el administrado deberá presentar las especificaciones técnicas de las pozas naturales que captan las escorrentías naturales que entran en contacto con el material del depósito de la relavera Ocroyoc.

En la parte VI, literal A, el administradora deberá indicar si el vertimiento a realizar será de régimen continuo o intermitente la respuesta debe ser sustentada de acuerdo a lo establecido en su EIA aprobado.

VII(a) , literal C, el mapa presentado deberá incluirse como un nuevo anexo de modo que se permita visualizar de manera clara la información solicitada sobre la ubicación de la cuenca donde se muestren el cuerpo receptor y la ubicación del punto del punto de control del vertimiento proyectado y los puntos de control propuestos o definidos.

El administrado deberá presentar una nueva Ficha Registro para la Autorización de Vertimiento de agua Residuales Tratadas según el anexo N° 4 del nuevo Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reusó de Aguas Residuales Tratadas aprobado con la RJ N° 224-2013-ANA, en esta se debe incluir las observaciones subsanadas presentadas líneas arriba.

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OBSERVACION 4

La caracterización del cuerpo receptor Rio Ragra (Quebrad Quiulacocha) presentado no corresponde a la calidad de agua del cuerpo receptor del vertimiento de aguas residuales tratadas. En ese sentido, el administrado deberá presentar la caracterización del cuerpo receptor correspondiente al vertimiento a autorizar con sus respectivos informes de ensayo de laboratorio.

OBSERVACION 5

El administrado deberá presentar información sobre el dispositivo de descarga como es el tipo, descripción, medidas entre otras características.

OBSERVACION 6

El administrado debe incluir en su evaluación ambiental el efecto del vertimiento del cuerpo receptor (Canal izquierdo) que incluya el cálculo de carga, dilución en el cuerpo receptor y los impactos en los ecosistemas acuáticos.