NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO - Gob
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NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Conforme lo establece la resolución expedida por
la Junta de Política Monetaria y Financiera, los
nuevos segmentos de crédito que tendrá el sistema financiero nacional son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito Productivo
Es el otorgado a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o personas
jurídicas, por un plazo superior a un año para financiar proyectos productivos
cuyo monto, en al menos el 90%, sea destinado para la adquisición de bienes
de capital, terrenos, construcción de infraestructura y compra de derechos de
propiedad industrial. Se exceptúa la adquisición de franquicias, marcas, pagos
de regalías, licencias y la compra de vehículos de combustible fósil.
Se incluye en este segmento el crédito directo otorgado a favor de las
personas jurídicas no residentes de la economía ecuatoriana para la
adquisición de exportaciones de bienes y servicios producidos por residentes.
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
El crédito productivo se divide en los siguientes subsegmentos:
Productivo Corporativo.- Operaciones de crédito productivo otorgadas a
personas naturales obligadas a llevar contabilidad o personas jurídicas, que
registren ventas anuales superiores a USD 5,000,000.00.
Productivo Empresarial.- Operaciones de crédito productivo otorgadas a
personas naturales obligadas a llevar contabilidad o personas jurídicas, que
registren ventas anuales superiores a USD 1,000,000.00 y hasta USD
5,000.000.00.
Productivo PYMES.- Operaciones de crédito productivo otorgadas a personas
naturales obligadas a llevar contabilidad o a personas jurídicas, que registren
ventas anuales superiores a USD 100,000.00 y hasta USD 1.000,000.00.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas creadas en el grupo 14 “Cartera de créditos” para el registro de
los créditos productivos son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito Comercial Ordinario
Es el otorgado a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o a
personas jurídicas, que registren ventas anuales superiores a USD
100,000.00, destinado a la adquisición o comercialización de vehículos livianos
de combustible fósil, incluyendo los que son para fines productivos y
comerciales
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas creadas en el grupo 14 “Cartera de créditos” para el registro de
los créditos comercial ordinario son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito Comercial Prioritario
Es el otorgado a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o a
personas jurídicas, que registren ventas anuales superiores a USD 100,000.00
destinado a la adquisición de bienes y servicios para actividades productivas y
comerciales, que no estén categorizados en el segmento comercial ordinario.
Se incluye en este segmento las operaciones de financiamiento de vehículos
pesados, el financiamiento de capital de trabajo y los créditos entre entidades
financieras.
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Para el Crédito Comercial Prioritario se establecen los siguientes
subsegmentos:
Comercial Prioritario Corporativo.- Operaciones de crédito comercial
prioritario otorgadas a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o
personas jurídicas, que registren ventas anuales superiores a USD
5.000,000.00.
Comercial Prioritario Empresarial.- Operaciones de crédito comercial
prioritario otorgadas a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o
personas jurídicas, que registren ventas anuales superiores a USD
1,000,000.00 y hasta USD 5,000,000.00.
Comercial Prioritario Pymes.- Operaciones de crédito comercial prioritario
otorgadas a personas naturales obligadas a llevar contabilidad o personas
jurídicas, cuyas ventas anuales sean superiores a USD .100,000.0d y hasta
USD 1,000.000.00.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas creadas en el grupo 14 “Cartera de créditos” para el registro del
crédito comercial prioritario son:
Adicionalmente se incorporan todos los demás ítems necesarios para el
registro de los intereses devengados, intereses ganados y otros que se
requieren para el manejos y control de los conceptos relacionados con las
operaciones crediticias.
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito de Consumo Ordinario
Es el otorgado a personas naturales destinado a la adquisición o
comercialización de vehículos livianos de combustible fósil.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” expedidas para el registro del
crédito de consumo ordinario son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito de Consumo Prioritario
Es el otorgado a personas naturales, destinado a la compra de bienes,
servicios o gastos no relacionados con una actividad productiva, comercial y
otras compras y gastos no incluidos en el segmento de consumo ordinario,
incluidos los créditos prendarios de joyas.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” previstas para el registro de los
créditos de consumo prioritario son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito de Vivienda de Interés público
Es el otorgado con garantía hipotecaria a personas naturales para la
adquisición o construcción de vivienda única y de primer uso, concedido con la
finalidad de transferir la cartera generada a un fideicomiso de titularización con
participación del Banco Central del Ecuador o el sistema financiero público,
cuyo valor comercial menor o igual a USD 70,000.00 y cuyo valor por metro
cuadrado sea menor o igual a USD 890.00.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” existentes para el registro de la
cartera de vivienda de interés público son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito Inmobiliario
Es el otorgado con garantía hipotecaria a personas naturales para la
construcción, reparación, remodelación y mejora de inmuebles propios; para la
adquisición de terrenos destinados a la construcción de vivienda propia; y, para
la adquisición de vivienda terminada para uso del deudor y su familia no
categorizada en el segmento de Crédito de Vivienda de Interés Público.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” creadas para el registro del
crédito inmobiliario son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Microcrédito
Es el otorgado a una persona natural o jurídica con un nivel de ventas anuales
inferior o igual a USD 100,000.00, o a un grupo de prestatarios con garantía
solidaria, destinado a financiar actividades de producción y/o comercialización
en pequeña escala, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de
las ventas o ingresos generados por dichas actividades, verificados
adecuadamente por la entidad del Sistema Financiero Nacional.
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Se establecen los siguientes subsegmentos de microcrédito:
Microcrédito Minorista.- Operaciones otorgadas a solicitantes de crédito cuyo
saldo adeudado en microcréditos a la entidad del sistema financiero, sea
menor o igual a USD 1,000.00, incluyendo el monto de la operación solicitada.
Microcrédito de Acumulación Simple.- Operaciones otorgadas a solicitantes
de crédito cuyo saldo adeudado en microcréditos a la entidad del sistema
financiero sea superior a USD 1,000.00 y hasta USD 10,000.00, incluyendo el
monto de la operación solicitada.
Microcrédito de Acumulación Ampliada.- Operaciones otorgadas a
solicitantes de crédito cuyo saldo adeudado en microcréditos a la entidad del
sistema financiero sea superior a USD '10,000.00, incluyendo el monto de la
operación solicitada.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” creadas para el registro del
microcrédito son:
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito Educativo
Comprende las operaciones de crédito otorgadas a personas naturales para su
formación y capacitación profesional o técnica y a personas jurídicas para el
financiamiento de formación y capacitación profesional o técnica de su talento
humano, en ambos casos la formación y capacitación deberá ser debidamente
acreditada por los órganos competentes.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” existentes para el registro del
crédito educativo son:
1473 Cartera de crédito educativo por vencer 1475 Cartera de crédito educativo refinanciada por vencer 1477 Cartera de crédito educativo reestructurada por vencer 1479 Cartera de crédito educativo que no devenga intereses 1481 Cartera de crédito educativo refinanciada que no devenga intereses 1483 Cartera de crédito educativo reestructurada que no devenga
intereses 1485 Cartera de crédito educativo vencida 1487 Cartera de crédito educativo refinanciada vencida 1489 Cartera de crédito educativo reestructurada vencida
NUEVOS SEGMENTOS DE CRÉDITO
Crédito de Inversión Pública
Es el destinado a financiar programas, proyectos, obras y servicios
encaminados a la provisión de servicios públicos, cuya prestación es
responsabilidad del Estado, sea directamente o a través de empresas; y que
se cancelan con cargo a los recursos presupuestarios o rentas del deudor
fideicomitidas a favor de la institución financiera pública prestamista Se
incluyen en este segmento a las operaciones otorgadas a los Gobiernos
Autónomos Descentralizados y otras entidades del sector público.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Las cuentas del grupo 14 “Cartera de créditos” existentes para el registro de la
cartera de crédito de inversión pública concedida por el BEDE, son:
1474 Cartera de créditos de inversión pública por vencer 1476 Cartera de créditos de inversión pública refinanciada por vencer 1478 Cartera de créditos de inversión pública reestructurada por vencer 1480 Cartera de créditos de inversión pública que no devenga intereses 1482 Cartera de créditos de inversión pública refinanciada que no devenga intereses 1484 Cartera de créditos de inversión pública reestructurada que no devenga intereses 1486 Cartera de créditos de inversión pública vencida 1488 Cartera de créditos de inversión pública refinanciada vencida 1490 Cartera de créditos de inversión pública reestructurada vencida
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Para todos y cada uno de los segmentos de crédito se crean los ítems
necesarios para el registro de los intereses devengados, intereses ganados y
otros que se requieren para el manejo y control de los conceptos relacionados
con las operaciones crediticias.
Para un control más exhaustivo tando del proceso establecido por la normativa
para las operaciones de crédito de vivienda de interés público, como para la
cartera de otros segmentos de crédito entregada para procesos de
titularización, en el Catálogo Único de Cuentas se crean las siguientes cuentas
de orden:
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
7117 CARTERA ENTREGADA PARA PROCESOS DE TITULARIZACIÓN
711705 Cartera de crédito productivo
711710 Cartera de crédito comercial prioritario
711715 Cartera de crédito comercial ordinario
711720 Cartera de crédito consumo prioritario
711725 Cartera de crédito consumo ordinario
711730 Cartera de crédito de vivienda de interés público
711735 Cartera de crédito inmobiliario
711740 Cartera entregada para procesos de titularización - Cartera de crédito
para la microempresa
711745 Cartera entregada para procesos de titularización - Cartera de crédito
educativo
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
De otro lado, se aperturan ítems para el registro de la cartera de crédito, por
cada uno de los segmentos, que reciben en administración las instituciones
financieras públicas y privadas, con el siguiente esquema:
7401 VALORES Y BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS
740145 Cartera de crédito productivo en administración
740150 Cartera de crédito comercial prioritario en administración
740155 Cartera de crédito comercial ordinario en administración
740160 Cartera de crédito consumo prioritario en administración 740165
Cartera de crédito consumo ordinario en administración 740170 Cartera de
crédito de vivienda de interés público en administración
740175 Cartera de crédito inmobiliario en administración
740180 Cartera de crédito para la microempresa en administración 740185
Cartera de crédito educativo en administración
740190 Cartera de crédito de inversión pública en administración
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
En referencia al contenido de la resolución No. SB-2015-315, emitida por este
organismo de control, se debe precisar lo siguiente:
Los créditos de vivienda de interés público se deberán conceder desde el 1 de
mayo de 2015, y serán registrados en las respectivas subcuentas de la cuenta
1403 "Cartera de crédito de vivienda por vencer" del Catálogo Único de
Cuentas, debiendo mantener auxiliares contables que diferencien los créditos
“inmobiliarios” y los de “vivienda de interés público”, los que se reportaran a
través del “Sistema de Operaciones Activa y Contingentes - SOAC”, conforme
las disposiciones constantes en la circular No. IG-INSFPR-INSFPU-DNEI-
2015-099, de 4 de mayo del 2015.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Todos los valores que por intereses devengados y otros conceptos se generen
en la concesión de cartera de crédito de vivienda de interés público hasta el 30
de julio del 2015, se deberán registrar en aquellas cuentas y subcuentas
aperturadas para el registro de operaciones de crédito de vivienda.
El 31 de julio del 2015, los saldos de las operaciones de crédito de vivienda de
interés público, registrados en la cuenta 1403 y sus valores accesorios, se
reclasificarán a las cuentas correspondientes creadas para este segmento con
resolución No. SB-2015-0220.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
En la subcuenta 169090 "Cuentas por cobrar varias - Otras", se registrarán los
valores de la cartera de crédito de vivienda de interés público, vendida a plazo
al fideicomiso mercantil que se constituya con el propósito de realizar un
proceso de titularización, que conforme a las resoluciones 045-2015-F y 060-
2015-F estén pendientes de recuperación.
Los saldos que por este concepto estén registrados en esta subcuenta al 30 de
julio del 2015, serán reclasificados a la cuenta 1619 “Cuentas por cobrar por
cartera de vivienda vendida al fideicomiso de titularización” el 31 de julio del
2015.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Cuando la institución del sistema financiero privado constituya el/los
fideicomiso/s de titularización efectuará los registros pertinentes en la
respectiva subcuenta de la cuenta 1902 "Derechos fiduciarios" conforme las
dinámicas establecidas en dicha normativa contable.
En aplicación del artículo 3 de la resolución No. SB-2015-0220, los saldos de
los créditos comercial y de consumo que se mantengan contablemente hasta
el 30 de julio del 2015, se reclasificaran a las respectivas cuentas y subcuentas
de los segmentos de cartera de créditos comercial prioritario y cartera de
créditos de consumo prioritario.
CATÁLOGO ÚNICO DE CUENTAS
Todas aquellas operaciones que se otorguen a partir del 31 de julio del 2015,
se registrarán contablemente en las correspondientes cuentas y subcuentas
creadas con resolución No. SB-2015-0220, y conforme las definiciones
contenidas en las resoluciones 043-2015-F y 059-2015-F.
PERSONAS VINCULADAS
Código Orgánico Monetario y Financiero, Promulgado en el Segundo
Suplemento, Registro Oficial No. 332, 12 de septiembre de 2014
DEFINE:
Sección 6 De los activos, límites de crédito y provisiones
Articulo 216.- Personas vinculadas
Señala siete características sobre las que se considerarán personas
vinculadas a la propiedad o administración de la entidad financiera pública o
privada.
Con la finalidad de cumplir con tal disposición, se determinó los códigos que
definen las características de vinculación, básicamente en la concesión de
operaciones activas y contingentes, para lo cual la SBE, para uso en la
estructura R01.
Incrementó códigos para la clasificación de vinculados
CONTRIBUCIÓN ENFERMEDADES DE CÁNCER
DISPOSICIONES GENERALES
Décima cuarta
DEFINE: Contribución enfermedades de CÁNCER
La denominada “contribución enfermedades de CÁNCER” se aplica sobre los
créditos concedidos, tanto de cartera de crédito como a los consumos de
tarjetas de crédito, por lo cual, su afectación implica la modificación de las
estructuras de información para el reporte de los créditos concedidos (R02) y
consumos con tarjetas de crédito (R21).
Creación de un campo en el que se registre el valor recuperado para la
contribución para enfermedades del CÁNCER
CONTENIDO
1. Estructuras y tablas modificadas
2. Definición de los campos nuevos
3. Envío y validación
Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera
Resolución No. 043 2015-F, 5 de marzo de 2015
Reformas a las Normas que regulan la segmentación de la cartera de crédito
de las entidades del Sistema Financiero Nacional
Se definen nuevos segmentos de cartera
Resolución No. 059 2015-F, 16 de abril de 2015
Aclara conceptos de los segmentos de cartera y define campos de aplicación
Ajustes y definición fechas de aplicación
ESTRUCTURAS Y TABLAS MODIFICADAS
Estructura a considerar:
R01 Modificación de la tabla 26
Estructuras modificadas:
R02: Operaciones concedidas
R04: Saldo de operaciones
R21: Consumos de tarjetas de crédito
ESTRUCTURAS Y TABLAS MODIFICADAS
R01 SUJETOS DE RIESGO, Campo 7 - Causal de vinculación
TABLA 26 - CAUSAL DE VINCULACION
POR
PROPIEDAD
P01
P02
P03
P04
POR
PROPIEDAD
Y GESTION
PG1
PG2
PG3
PG4
PG5
PG6
PG7
PG8
PG9
POR
GESTION
G01
G02
G03
G04
G05
G06
POR
PRESUNCION
R01
R02
R03
R04
R05
R06
R07
R08
R09
R10
R11
NV
R02 Operaciones concedidas
Campo 16 - Tipo de crédito
TABLA 31 - TIPO DE CRÉDITO
CODIGO DESCRIPCION
RC Productivo corporativo
RE Productivo empresarial
RP Productivo pymes
OC Comercial ordinario
PC Comercial prioritario corporativo
PE Comercial prioritario empresarial
PP Comercial prioritario pymes
ON Consumo ordinario
PN Consumo prioritario
EV Educativo
VP Vivienda interés público
IN Inmobiliario
MM Microcrédito minorista
MS Microcrédito de acumulación simple
MA Microcrédito de acumulación ampliada
IP Inversión pública
P Prendarios
H Hipotecarios Ordinarios
Q Quirografarios
HS Hipotecarios - Interés Social
HI Hipotecarios - Interés Público
PARA BIESS Y ENTIDADES DE SEG.SOC.
IFIS
R02 Operaciones concedidas
Tipo de crédito
Tipos de Crédito
Codigo Nombre
PRODUCTIVOS
RC Productivo corporativo
RE Productivo empresarial
RP Productivo pymes
COMERCIALES
OC Comercial ordinario
PC Comercial prioritario corporativo
PE Comercial prioritario empresarial
PP Comercial prioritario pymes
CONSUMO
ON Consumo ordinario
PN Consumo prioritario
EV Educativo
Codigo Nombre
VIVIENDA E INMOBILIARIO
VP Vivienda interés público
IN Inmobiliario
MICROCREDITOS
MM Microcrédito minorista
MS Microcrédito de acumulación simple
MA Microcrédito de acumulación ampliada
IP Inversión pública
R02 Operaciones concedidas
Campo 20 - Tipo de operación
TABLA 35 - TIPOS DE OPERRACIÓN
PRODUCTO CODIGO DESCRIPCION – TIPO DE OPERACIÓN
C CDCCARTERA DE CREDITOS (14, excepto tarjetas de
crédito)
G C20 DEUDORES POR ACEPTACIONES (15)
G G31 AVALES (6401)
G G32 FIANZAS Y GARANTIAS (6402)
G G33 CARTAS DE CREDITO (6403)
G G24 COMPROMISOS FUTUROS (6405)
G G26 TITULOS Y DOCUMENTOS EMITIDOS (6406)
G G27ACUERDOS DE PAGO Y CRÉDITOS
RECÍPROCOS (Usado solo por el BCE).
G G34OTRAS CUENTAS CONTINGENTES
ACREEDORES
C CDS SOBREGIROS
C CDA CARTERA ADMINISTRADA
T CTCCARTERA DE CRÉDITOS CONCEDIDA CON
TARJETAS DE CRÉDITO
F DFI DERECHOS FIDUCIARIOS (1902)
F DFT CARTERA TITULARIZADA
C AEL ADQUIRIDA ENTIDAD LIQUIDADA
C CTA CARTERA TITULARIZADA ADMINISTRADA
R02 Operaciones concedidas
Campo 21 - Destino Financiero de la Operación
TABLA 36-6 – DESTINO FINANCIERO DE LA OPERACION)
CODIGO
CT Capital de Trabajo
RP Reestructuración de Pasivos y Pago de Obligaciones
MC Consumo para microempresarios
MV Vivienda para microempresarios
OT No productivas (Para operaciones de vivienda y educativo, diferentes a Microcrédito)
TT
TE
TP Activos Fijos Tangibles: Vehículos pesados para fines productivos y comerciales
TL Activos Fijos Tangibles: Vehículos livianos para fines productivos y comerciales
TF Activos Fijos Tangibles: Vehículos livianos con combustibles fósiles
TO
II Activos Fijos Intangibles: Derechos de propiedad industrial.
IF
AS Adquisición de servicios
XB
RP Reestructuración de Pasivos y Pago de Obligaciones
MC Microcrédito otorgado para consumo de microempresarios
MV Vivienda para microempresarios
OT
DESCRIPCIÓN – DEST. FINANCIERO (HOMOLOGADO)
Activos Fijos Tangibles: Terrenos, edificios y construcción de infraestructura, para fines
productivos y comerciales
Activos Fijos Tangibles: Equipos, maquinaria y otros bienes de capital, a excepción de
vehículos, para fines productivos y comerciales
Activos Fijos Tangibles: Otros activos fijos tangibles que no constituyen bienes de capital, para
fines productivos y comerciales
Activos Fijos Intangibles: Adquisición de franquicias, marcas, pago de regalías, licencias y
otros activos fijos intangibles.
Crédito directo otorgado a personas jurídicas no residentes para la adquisición de exportaciones
producidos por residentes de la economía ecuatoriana
No productivas (Para operaciones inmobiliarias, vivienda de interés público y crédito educativo,
no otorgado a microempresarios)
R02 Operaciones concedidas
Campo 39 - Destino de crédito para bienes inmuebles
TABLA 235 DESTINO DE CREDITO HIPOTECARIO, DE VIVIENDA o INMOBILIARIO
Codigo Descripcion
1 Vivienda terminada nueva.
2 Vivienda terminada usada.
3 Construcción de vivienda
4 Remodelación, ampliación, reparación o mejoramiento de vivienda.
5 Compra de terreno
6 Compra de terreno y construcción de vivienda.
7
Adquisición, remodelación, ampliación, reparación o mejoramiento de oficinas, locales
comerciales, consultorios, galpones, naves industriales y otros de uso comercial o
industrial*
8 Sustitución de hipoteca
21 Vivienda terminada nueva para uso propio
22 Vivienda terminada usada para uso propio
23 Construcción de inmuebles propios diferentes de vivienda*
24 Reparación, remodelación y mejora de vivienda propia.
25 Reparación, remodelación y mejora de inmuebles propios distintos de vivienda*
26 Adquisición de terrenos destinados a la construcción de vivienda propia.
27 Vivienda terminada nueva que no es para uso propio
28 Vivienda terminada usada que no es para uso propio (Solo de uso para el BIESS)
29 Ampliación, remodelación o mejoramiento de vivienda. (Sólo de uso para el BIESS)
30 Reestructuración de Pasivos y pago de obligaciones
R04 Saldos de Operaciones
Campo 39 – Objeto de Fideicomiso
TABLA 55 – OBJETO DEL FIDEICOMISO
TABLA 55 OBJETO DE FIDEICOMISO
CODIGO DESCRIPCION- TIPO DE FIDECOMISIO
1 Administración
2 Gestión de cobro (solo cartera vencida)
3 En garantía
4 Para titularización
5 Inmobiliario
6 Inversión
9 Otro tipo de fideicomisos
10 De titularización con participación del BCE o el SFP
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
Los campos solicitados y su descripción se presentan en el Manual
Técnico de OAC, Versión 3.00 y Versión 4.00
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
Manual Técnico de Estructuras de Operaciones Activas y Contingentes
Versión 3.00
• Inicia a partir de mayo 1 de 2015
• Hasta el 30 de julio de 2015
• Incorpora 5 campos de la estructura R02
• Destaca la incorporación del código “VP”
Versión 4.00
• Inicia a partir de julio 31 de 2015
• Incorpora todos los segmentos de cartera y sus respectivos
códigos según la tabla 31 “Tipo de crédito
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
Estructuras modificadas:
R02: Operaciones concedidas
Cinco campos adicionales
R04: Saldo de operaciones
Aclaración de conceptos y uso de los campos
R21: Consumos de tarjetas de crédito
Incorporación de campo para el registro Contribución al
cáncer
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
R02 OPERACIONES CONCEDIDAS
• Contribución para atención integral del cáncer.- Corresponde al 0.5%
sobre el valor concedido del crédito, que el cliente debe contribuir en
función del tiempo y el capital al que se otorga la obligación. (Décimo
Cuarta Disposición Transitoria del Código Orgánico Monetario y Financiero
y Resolución No. 003-2014-F de la Junta de Política de Regulación
Monetaria y Financiera).
• Destino de crédito para bienes inmuebles.- Este código será asignado
para describir el uso de los valores producto del crédito recibido, cuando el
tipo de crédito corresponda a crédito inmobiliario o vivienda de interés
público, caso contrario será nulo.
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
R02 OPERACIONES CONCEDIDAS
• Valor comercial del inmueble.- Este campo se requiere cuando el crédito
pertenece a las líneas de crédito inmobiliario o vivienda de interés público y
corresponde al valor comercial del total del inmueble, definido por el perito
avaluador, en el proceso de adquisición o construcción de la vivienda o
inmueble. Cuando no se refiera a estás líneas de negocio se registrará
cero.
• Metros cuadrados.- Se registrará el metraje del bien inmueble adquirido,
cuando el campo tipo de crédito corresponda a cartera inmobiliaria y
vivienda de interés público, en cualquier otro caso registrará cero.
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
R02 OPERACIONES CONCEDIDAS
• Número de personas que aportan al total de ingresos.- Se indicará el
número de personas que aportan al total de ingresos reportado en el
campo “Total ingresos sujeto”, cuyo monto fue analizado por la entidad
financiera para la concesión del crédito.
Cuando el ingreso sea generado únicamente al deudor se reportará el
número "1”.
Este campo no aplica cuando el tipo de crédito corresponda a códigos de
créditos productivos, comerciales, o de inversión pública, en cuyo caso
será cero.
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
R04 SALDOS DE OPERACIONES
Considerar
Campo 38 Tipo de operación
En la tabla 35 se ha incorporado para la cartera de “Vivienda de Interés
Público”, cuando pase al fideicomiso el código “CTA”
Campo 39 Objeto del fideicomiso
En la tabla 55 se ha incorporado para la cartera de “Vivienda de Interés
Público”, como motivo del fideicomiso el código “10”
DEFINICION DE LOS CAMPOS NUEVOS
R21 CONSUMOS DE TARJETAS DE CRÉDITO
Incorporó
Campo 40 Contribución para atención integral del cáncer
Corresponde al 0.5% sobre el valor concedido como crédito diferido, que el
cliente debe contribuir en función del tiempo y el capital al que se otorga la
obligación. (Décimo Cuarta Disposición Transitoria del Código Orgánico
Monetario y Financiero y Resolución No. 003-2014-F de la Junta de Política de
Regulación Monetaria y Financiera).
Se registrará valor cuando el consumo corresponda a crédito diferido, caso
contrario se reportará como cero (0).
ENVÍO Y VALIDACIÓN
Cronograma para la puesta en marcha del proyecto "Segmentación de la cartera de
crédito de las entidades del sistema financiero nacional"
1.- El 01 de mayo se publica el
Manual Versión 3.00 con cinco
campos adicionales y se
incorpora el código para la
concesión de los creditos de
Vivienda de interes público"
(VP).
2.- Se registrarán en la cuenta
1403 y sus relacionadas
1.- El 1 de junio Se
debera enviar la
información con corte a
mayo incluyendo los
cambios indicados en el
Manual Verisón 3.00
1.- Al 31 de julio entra en vigencia o se
activa el nuevo plan de cuentas con
todos los tipos de crédito.
2.- Las entidades deberán reclasificar la
cartera de vivienda de interes público,
comercial y consumo.
1.- Rige en
funcionamiento el
SOAC con los
controles del Manual
Version 4.0 así como el
cuadre contable de
acuerdo al nuevo plan
de cuentas.
Abril Mayo Junio Julio Agosto
Etapa 2Etapa 1 Etapa 3 Etapa 4
ENVÍO Y VALIDACIÓN
La información remitida deberá ajustarse a las instrucciones impartidas en el
presente taller y que constarán en el respectivo manual técnico de
estructuras.
Cumpliendo los plazos de entrega
Remitiendo en los formatos definidos
Dicha información deberá ser clara, real y sustentable, puesto que estará
sujeta a un proceso automático de validación y la verificación de su
autenticidad se realizará en las supervisiones que este organismo de
supervisión y control efectúa a través de la intendencia correspondiente.
Análisis extra situ, requerimientos de información
Visitas in situ, verificación de carpetas