notificacion peruana

6
MARCO TEORICO”FORMAS DE NOTIFICACIÓN” ¿Qué es una notificación? Acción y efecto de hace saber, a un litigante o parte interesada en juicio, cualquiera que sea índole, o a sus representantes y defensores, una resolución judicial y otro acto del procedimiento. Costure dice que es también constancia escrita, puesta en los autos, de haberse hecho saber a los litigantes una resolución del juez u otro acto del procedimiento. Acto por el cual se pone en conocimiento a las partes o a terceras personas vinculadas con el litigio de las resoluciones o de las citaciones que emiten las dependencias del Poder Judicial. (Derecho Procesal) Objetivo según el código civil El acto de la notificación tiene por objeto poner en conocimiento de los interesados el contenido de las resoluciones judiciales. El Juez, en decisión motivada, puede ordenar que se notifique a persona ajena al proceso. Las resoluciones judiciales sólo producen efectos en virtud de notificación hecha con arreglo a lo dispuesto en

Transcript of notificacion peruana

MARCO TEORICOFORMAS DE NOTIFICACIN

Qu es una notificacin?Accin y efecto de hace saber, a un litigante o parte interesada en juicio, cualquiera que sea ndole, o a sus representantes y defensores, una resolucin judicial y otro acto del procedimiento. Costure dice que es tambin constancia escrita, puesta en los autos, de haberse hecho saber a los litigantes una resolucin del juez u otro acto del procedimiento.Acto por el cual se pone en conocimiento a las partes o a terceras personas vinculadas con el litigio de las resoluciones o de las citaciones que emiten las dependencias del Poder Judicial. (Derecho Procesal)Objetivo segn el cdigo civilEl acto de la notificacin tiene por objeto poner en conocimiento de los interesados el contenido de las resoluciones judiciales. El Juez, en decisin motivada, puede ordenar que se notifique a persona ajena al proceso. Las resoluciones judiciales slo producen efectos en virtud de notificacin hecha con arreglo a lo dispuesto en este Cdigo, salvo los casos expresamente exceptuados. (Art. 155 CPP)Cmo se notifica?Todas las notificaciones judiciales de todas las instancias o hasta la corte se notifica por cedula.En el acto procesal por el cual el juez se avoca al proceso debe ser notificado a las partes para garantizar el principio de bilateralidad de la audiencia y el que las partes puedan ejecutar sus derechos y deberes procesales.En la cedula se encuentra y tiene q contener obligatoriamente segn el art 158 del cdigo procesal civil: Nombre y apellido de la persona a notificar o designacin que corresponda y su domicilio, con indicacin de carcter de este. Proceso que corresponda Juzgado y secretaria donde se tramita y nmero de expediente. Trascripcin de la resolucin, con indicacin del folio respectivo en el expediente y fecha y numero de escrito a que corresponde, de ser el caso. Fecha y firma del secretario, y En caso de adjuntarse copias de escritos y documentos, la cedula deber expresar la cantidad de hojas que se acompaan y sumaria mencin de su identificacinEn el caso la cedula es entregada por el rgano de auxilio judicial o Por el encargado de oficina respectiva, segn el caso que puede ser domicilio real o legal, o en procesal sealado en autos, de lo que dejara constancia con el nombre, firma e identificacin del receptor.Estas cedulas son enviadas a la oficina de notificacin dentro de las 24 horas para ser entregadas a o los interesados.En la entrega de la cedula el encargado tiene que tener una copia donde costaste la hora, fecha, lugar del acto para que este haga contar a entrega. Pero si el interesado no esta tiene facultades o se niega a recibirla se dejara constancia de ese acto.La forma de entrega es personal pero al no encontrarse la persona interesada esta pasa a una segunda entrega con previo aviso a una persona, al no encontrarse se dejara debajo de la puerta o adherir donde esta persona domicilia Y qu pasa si la persona se encuentra fuera del pas?Se notificara por exhorto, lo cual para Derecho procesalse lo denominaa una solicitud en el marco de un procedimiento judicialpor la cual unjuezo untribunal, en uso de sus funciones, se dirige hacia otro juez o tribunal de su misma jerarqua, a efectos que el juez destinatario ejecute unacto procesalnecesario para el litigio a cargo del juez remitente.Otro medio de notificacinSi la persona lo requiere y hace peticin por un telegrama, facsmil, correo electrnico u otro medio idneo.Al no encontrarse la personaSi la persona que se necesita notificar se halle incierta la notificacin se har por medio de edictos, entonces se notificara por medio del diario oficial del Per u otro medio alterno pero con eficacia como radiodifusin, este edicto va por declaracin jurada del juez y tiene que ser de manera argumentada del porque la situacin o caso.

REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS DICCIONARIO DE CIENCIAS JURIDICAS, Manuel Ossorio, Pag 650. CODIGO CIVIL, jurista editores, abril 2014, Pag 504-508. CODIGO PROCESAL CIVIL, Gerardo Trejos, 1990 Pgn 431 Notificaciones

ANEXOS Ejemplo de una cedula con suma de urgencia