Normas Generales y Especificaciones Particulares de Construcción
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Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 1
NORMAS GENERALES Y ESPECIFICACIONES
PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN
OBRA PÚBLICA
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
EL ÁGUILA INGENIEROS CONSTRUCTORES
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción2
TEMARIO
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
III.- Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción de la
dependencia ejecutora de obra pública.
II.- Ley Federal de Metrología y
Normalización, y las Normas Oficiales
Mexicanas.
I.- Antecedentes de las Reglas Generales
para la Contratación y Ejecución de Obra
Pública Sección 4.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 3
NORMATIVIDAD DIRECTA APLICABLE
• Ley de Obras Públicas y su reglamento.
• Ley Federal de Metrología y Normalización.
• Reglamento de la Ley Federal de Metrología y Norm.
• Ley Federal de Protección al Consumidor.
• Normas Oficiales Mexicanas.
• Normas Generales y Especificaciones particulares deconstrucción de la dependencia ejecutora de obrapública.
• Códigos Estatales y reglamento de construcciónmunicipal aplicables.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 4
ANTECEDENTES DE REGLAS PARA LA
CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE
OBRA PÚBLICA
• SECCIÓN 3.- DE LA
CONTRATACIÓN.
• SECCIÓN 5.-
LINEAMIENTOS PARA LA
INTEGRACIÓN DE
PRECIOS UNITARIOS.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
El transitorio tercero del Reglamento
de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados, publicado el
20 de Agosto de 2001 las integra y
deroga las reglas anteriores.
División Capacitación
SECCIÓN 4.- REGLAS
PARA LA FORMULACIÓN
E INTEGRACIÓN DE LAS
NORMAS Y
ESPECIFICACIONES DE
LAS OBRAS PÚBLICAS.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 5
• SECCIÓN 3.- DE LA CONTRATACIÓN:
3.1.- GENERALIDADES.
3.2.- DE LOS CONTRATISTAS.
3.3.- DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A
BASE DE PRECIOS UNITARIOS.
D.O.F. 8-Enero’8214-junio’82
REGLAS PARA LA CONTRATACIÓN
Y EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción6
NORMAS Y ESPECIFICACIONES
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
VII.- NORMAS DE CALIDAD: los REQUISITOS MÍNIMOS que, conforme a las
especificaciones generales y particulares de construcción, las dependencias y
entidades ESTABLECEN PARA ASEGURAR QUE LOS MATERIALES Y EQUIPOS de
instalación permanente que se utilizan en cada obra, SON LOS ADECUADOS;
III.- Especificaciones generales de construcción: el conjunto de condiciones
generales que las dependencias y entidades tienen establecidas para la ejecución de
obras, incluyendo las que deben aplicarse para la realización de estudios, proyectos,
ejecución, equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisión, que
comprenden la FORMA DE MEDICIÓN y la BASE DE PAGO de los conceptos de
trabajo;
IV.- Especificaciones particulares de construcción: el conjunto de requisitos
exigidos por las dependencias y entidades para la realización de cada obra, mismas
que MODIFICAN, ADICIONAN o SUSTITUYEN a las especificaciones generales;
Artículo 1 RLOPSRM 2007.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las
disposiciones que propicien el oportuno y estricto cumplimiento de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Para los efectos de este Reglamento se aplicarán las definiciones establecidas en el
artículo 2 de la Ley. Asimismo, se entenderá por:
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 7
REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN
Y EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA
SECCIÓN 3.6
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Es facultad de la dependencia, REALIZAR
LA INSPECCIÓN de todos los materiales
que vayan a usarse en la ejecución de los
trabajos en el sitio de CONSTRUCCIÓN o
FABRICACIÓN.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 8
REGLAS PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE
OBRA PÚBLICA
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
4.1.- PROPÓSITO.
Sección 4 :
D.O.F. 8-Ene,14-Jun y 15 Oct’82, 6 Julio’83 30-Ene´84, y 21 - Abr´86
modelo contrato.
4.4.- INTEGRACIÓN DE LAS NORMAS DE OBRA PÚBLICA.
4.3.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS.
4.2.- GENERALIDADES.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción9
Sección 4REGLAS PARA LA FORMULACIÓN E INTEGRACIÓN
DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES
4.1 PROPÓSITO
• La Ley establece que para que las dependencias puedan
realizar obras deben disponer de Normas y
Especificaciones para todos y cada uno de los conceptos
de trabajo las que formarán parte de los contratos.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
El propósito de elaborar las normas es simplificar
procedimientos y unificar criterios, las normas contemplarán
el mayor número de casos de aplicabilidad.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 10
Sección 4REGLAS PARA LA FORMULACIÓN E INTEGRACIÓN
DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES
4.2 GENERALIDADES
• 4.2.1.1.- Las dependencias responsables que tendrán a
su cargo la ejecución de las obras públicas, deberán
elaborar sus respectivas Normas, de acuerdo con lo que
se establece en estas reglas y será una tarea permanente
la revisión y actualización de las que hayan formulado.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
4.2.1.2.- La terminología general y las expresiones
convencionales usadas en las Normas y Especificaciones será
uniforme para su correcta interpretación.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 11
Sección 4REGLAS PARA LA FORMULACIÓN E INTEGRACIÓN
DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES
4.3.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
4.3.1.1.- Para los propósitos de estas reglas y a fin
de precisar el significado convencional de algunos
términos que se emplean en las mismas, se
establecen las siguientes definiciones:
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción12
Sección 4REGLAS PARA LA FORMULACIÓN E INTEGRACIÓN DE
NORMAS Y ESPECIFICACIONES
4.31.2.- NORMA DE OBRA PÚBLICA.
• Conjunto de disposiciones y requisitos GENERALES
establecidos por las dependencias, que deben
aplicarse para la realización de estudios, proyectos,
EJECUCIÓN y equipamiento de las obras, la puesta en
servicio, su conservación o mantenimiento y la
supervisión de esos trabajos, comprendiendo la
MEDICIÓN y la BASE DE PAGO de los conceptos de
trabajo.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 13
Sección 4REGLAS PARA LA FORMULACIÓN E INTEGRACIÓN DE
NORMAS Y ESPECIFICACIONES
4.3.1.3.- ESPECIFICACIÓN.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Conjunto de disposiciones, requisitos e instrucciones
PARTICULARES que MODIFICAN, ADICIONAN O SUSTITUYEN
a las Normas correspondientes y que deben aplicarse para el
estudio, proyectos y/o para la EJECUCIÓN y equipamiento de
una obra determinada, la puesta en servicio, su conservación
o mantenimiento y la supervisión de esos trabajos, En lo que
se oponga a las Normas, las ESPECIFICACIONES
PREVALECERÁN.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 14
Sección 4REGLAS PARA LA FORMULACIÓN E INTEGRACIÓN DE
NORMAS Y ESPECIFICACIONES
4.3.1.4.- CONCEPTO DE TRABAJO.
Conjunto de operaciones y materiales que DE
ACUERDO CON LAS NORMAS y especialidades
respectivas, integran cada una de las partes en
que se dividen convencionalmente los ESTUDIOS
y PROYECTOS; la EJECUCIÓN y equipamiento de
las obras, la puesta en servicio, su conservación
o mantenimiento y la supervisión de esos trabajos
CON FINES DE MEDICIÓN Y PAGO.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 15
SECCIÓN 4
• 4.4.4.1.- Las cláusulas que INTEGRAN CADA NORMA
podrán referirse a:
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
• ALCANCES, CRITERIOS DE MEDICIÓN Y BASE DE PAGO.
• REQUISITOS DE EJECUCIÓN Y PROCEDIMIENTO
CONSTRUCTIVO.
• EQUIPOS Y SU INSTALACIÓN
• MUESTREO, MÉTODOS DE PRUEBA Y TOLERANCIAS
• MATERIALES
• REFERENCIAS CON OTRAS NORMAS
• DEFINICIONES
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 16
SECCIÓN 4
4.4.4.4.- MATERIALES :
Se debe generar la TABLA DE PRUEBAS MÍNIMAS al
Catálogo de Conceptos y los volúmenes del
presupuesto, según las Normas aplicables.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Está cláusula se referirá a los materiales naturales o
elaborados necesarios para la ejecución del concepto;
a requisitos para la aprobación de fuentes de
abastecimiento, requisitos para transporte,
almacenamiento y manejo; NORMAS DE CALIDAD DE
LOS MATERIALES Y PROCESOS, haciendo referencia
a la INTENSIDAD, FRECUENCIA, NUMERO y
TOLERANCIAS de muestreos y pruebas
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 17
4.4.5 Libro de Normas de
Calidad de los materiales• 4.4.5.2 Está cláusula determinará con precisión los materiales
NATURALES O ELABORADOS a que se refiere la norma.
• 4.4.5.4 Requisitos de calidad.- En esta se establecerán las
propiedades que deben cumplir los materiales tomando en
cuenta las N.O.M. ó N.M.X. que RIGEN EL MERCADO
NACIONAL, la INTENSIDAD, FRECUENCIA y NÚMERO de las
pruebas con que se determinarán dichas propiedades, así
como las tolerancias respectivas y los requisitos de empaque,
almacenamiento, identificación y manejo de dichos materiales.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 18
Sección 4
• Esta cláusula fijará los requisitos
esenciales de los PROCESOS
CONSTRUCTIVOS, las características
que debe tener el trabajo terminado.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
4.4.4.6.- REQUISITOS DE EJECUCIÓN
• Incluyendo TOLERANCIAS aceptables
para recibir los trabajos en sus
diferentes etapas
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción19
Sección 44.4.4.7 Alcances, Criterios de Medición y Base de Pago.
• Se describirá el ALCANCE de los conceptos para fines de
estimación y pago, detallando con precisión todos los
materiales, equipos y operaciones que incluya cada
concepto de trabajo; así mismo se fijarán las UNIDADES DE
MEDIDA, la APROXIMACIÓN de los resultados y los
PROCEDIMIENTOS para determinar las cantidades de obra,
para efectos de pago.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 20
SECCIÓN 5.- LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DE PRECIOS
UNITARIOS D.O.F. : 5.9 15-OCTUBRE’82 y 5.1 A 5.8 6-JULIO’83
5.1.- GENERALIDADES.
5.2.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS.
5.3.- CARGOS QUE INTEGRAN UN PRECIO UNITARIO.
5.4.- CARGOS DIRECTOS.
5.5.- CARGO POR INSTALACIONES.
5.6.- CARGOS INDIRECTOS.
5.7.- CARGO POR UTILIDAD.
5.8.- CARGOS ADICIONALES.
5.9.- LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DE P.U. Y DEL PROCEDIMIENTO
PARA EL AJUSTE DE LOS MISMOS.
REGLAS PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE
OBRA PÚBLICA
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Estas reglas están actualmente incluidos en la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las mismas publicado en el D.O.F. 4 Enero
2000 con reformas al 28 de Mayo de 2009; y su Reglamento
publicado con reformas y fe de erratas al 11 de Enero de 2007.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción21
NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS D.D.F.
DR
I.C. Felipe Echeverría NavarroDivisión Capacitación
Las Normas Técnicas Complementarias
son un documento publicado el 6 de
octubre de 2004 en la Gaceta Oficial
del D.F. que tiene por objetivo definir
acciones sobre Criterios y Acciones
para el Diseño Estructural de las
Edificaciones que pueden obrar sobre
las construcciones, así como sus
posibles efectos sobre ellas y la forma
de tomarlos en cuenta para fines de
diseño estructural.
Estas Normas Técnicas consideran
hacer Estudios Técnicos Preliminares
para despejar la incertidumbre en la
memoria de Cálculo Estructural de
variables del proyecto.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción22
NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS D.D.F.
DR
I.C. Felipe Echeverría NavarroDivisión Capacitación
Establecer las condiciones de seguridad y de servicio que deberán
revisarse al realizar el diseño estructural de una construcción, así como
los criterios de aceptación relativos a cada una de dichas condiciones,
de manera de satisfacer lo estipulado en el artículo 147 del Reglamento.
Establecer las combinaciones de acciones que deberán suponerse
aplicadas simultáneamente para revisar cada una de las condiciones de
seguridad y servicio establecidas de acuerdo con lo que se menciona en el
inciso anterior.
Las Normas Técnicas Complementarias por su avanzado criterio en
considerar fenómenos naturales y de certidumbre al proyecto, son un
ejemplo a seguir en las entidades federativas del país.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción23
LEY FEDERAL DE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN
DR
I.C. Felipe Echeverría NavarroDivisión Capacitación
La LFMN Publicada en el D.O.F. el 1º de Julio de 1992 y reformada el
19 de Mayo de 1999, y su reglamento publicado el 14 de Enero de
1999 complementan los requisitos de la sección 4 para regular el
mercado nacional a través de las Normas Oficiales Mexicanas;
Desarrollando el conjunto de disposiciones y requisitos generales
establecidos por las dependencias, que deben aplicarse para la realización
de estudios, proyectos, ejecución y equipamiento de las obras, la puesta
en servicio, su conservación o mantenimiento y la supervisión de esos
trabajos, comprendiendo la medición y la base de pago de los conceptos
de trabajo; y las Especificaciones Particulares; en lo que se oponga a las
Normas Generales, prevalecerá la Especificación Particular .
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 24
MARCO JURÍDICO COMPLEMENTARIO• Art. 19 LOPSR Las dependencias observarán las disposiciones
en materia de construcción en los 3 ámbitos de gobierno.
• Art.21-V LOPSR considerarán en su presupuesto las Normas
aplicables conforme a la LFMYN
• Art. 33-IX LOPSR.- Las bases de licitación contendrán Normas de
Calidad y Especificaciones Generales y Particulares.
• Art. 9.- RLOPSR: Las dependencias que cuenten con Normas
Técnicas para aplicar en sus Especificaciones Generales de
Construcción deberán exigir el cumplimiento.
• Art. 86-II-g RLOPSR: El residente de supervisión tendrá a su
cargo integrar y mantener los archivos con reportes de
laboratorio y el resultado de las pruebas.
• Art. 203-V-C Código Urbano Estatal, requiere la anotación del
perito en bitácora de materiales y sus resultados.
• Art. 866-III CMA Reglamento de Construcción: Anotar el perito
en bitácora los materiales empleados y sus resultados de control
de calidad.
• Ley Federal de Metrología y Normalización y su reglamento.
• Ley Federal de Protección al Consumidor.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 25
ASPECTOS PARA DISEÑAR
Las dependencias que ejecuten obras públicas, para
planear sus programas anuales, sus proyectistas
tienen que diseñar el catálogo de conceptos
aplicable al proyecto por ejecutar, por lo que deben
tomar en cuenta los siguientes aspectos
complementándolos entre si:
• Proyecto ejecutivo con planos arquitectónicos y de
ingeniería acordes con el Plan de Desarrollo
aplicable.
• Estudios Técnicos Preliminares puntuales para el sitio
a construir.
• Permisos, licencias, bancos de préstamo, derecho
de vía y áreas de donación según la normatividad.
• Normas Generales de Construcción y sus
especificaciones particulares aplicables según el
normativo federal del sector.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción26
PROCESO DE NORMALIZACIÓN
Especificaciones Fabricación
ACI, ASTM, AWS, AASHTO
COTIZACIÓN Y PRESUPUESTO
N.O.M.ESTUDIOS Y
PROYECTONormas
Generales
Construcción
PEDIDO, RECIBO Y
CONSTRUCCIÓNSUPERVISIÓN
Y RECEPCIÓN DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción27
ESTUDIOS TÉCNICOS PRELIMINARESSegún el tipo de proyecto, pueden ser:
• Requisitos del proyecto geométrico o
dimensional del Proyecto Arquitectónico
según el polígono del predio y los
requisitos normativos del sector.
• Ecología e Impacto ambiental
• Alineamiento y Uso del suelo según el Plan
de Desarrollo aplicable
• Topografía.
• Mecánica de suelos
• Bancos de materiales
• Hidrología
• Geofísica,
• Otros factores de riesgo y restricciones
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 28
NORMAS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN
Las cláusulas de materiales y requisitos de ejecución de
las Normas Generales de Construcción, deben reflejar
entre otras la intensidad, frecuencia y número de pruebas
de Control de Calidad en la Tabla de Pruebas Mínimas a
los volúmenes del catálogo, lo que se debe verificar en
obra a volúmenes estimados, anexando reportes de
acuerdo a las N.O.M.
Lo anterior es parte del grado de dificultad de los
trabajos en el manejo de los materiales, por lo que el
alcance del precio unitario indicado en el Catálogo de
Conceptos referenciado a la clave de la Norma General
de Construcción, debe considerarlo la convocante desde
el Presupuesto base, ratificarse con los análisis del
contratista en la licitación, vigilarse y exigirse por la
supervisión durante la ejecución de los trabajos
contratados.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 29
Especificaciones del Fabricante en
el mercado nacional
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
En la cláusula de referencia en la
N.O.M, liga los requisitos que debe
cumplir los materiales que salgan al
mercado; incluyendo su fabricación,
embalaje, manejo, estiba, restricciones
al manejo del distribuidor e instalador
final; en el catálogo de Conceptos NO
se debe indicar marcas sino referir que
N.O.M. Debe cumplir; el fabricante
difunde el producto en Fichas Técnicas
con los distribuidores.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 30
RESOLUCIÓN JUDICIAL
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
ARTÍCULO 55 LFMYN.- En las controversias de carácter civil, mercantil o
administrativo, cuando no se especifiquen las características de los bienes o
servicios, las autoridades judiciales o administrativas competentes en sus
resoluciones deberán tomar como referencia las normas oficiales mexicanas y
en su defecto las normas mexicanas.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la ley de la materia, los bienes o servicios
que adquieran, arrienden o contraten las dependencias y entidades de la
administración pública federal, deben cumplir con las normas oficiales
mexicanas y, en su caso, con las normas mexicanas, y a falta de éstas, con
las internacionales.
Para la evaluación de la conformidad con dichas normas se estará a lo
dispuesto en el Título Cuarto.
Cuando las dependencias y entidades establezcan requisitos a los
proveedores para comprobar su confiabilidad o sus procedimientos de
aseguramiento de calidad en la producción de bienes o servicios, dichos
requisitos se deberán basar en las normas expedidas conforme a esta Ley, y
publicarse con anticipación a fin de que los proveedores estén en
condiciones de conocerlos y cumplirlos.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 31
VERIFICACIÓN CONTROL CALIDAD
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
ARTÍCULO 56 L.F.M. y N.- Los productores, fabricantes y los prestadores
de servicios sujetos a normas oficiales mexicanas DEBERÁN MANTENER
sistemas de control de calidad compatibles con las normas aplicables.
También estarán obligados a verificar sistemáticamente las especificaciones
del producto o servicio y su proceso, utilizando equipo suficiente y
adecuado de laboratorio y el método de prueba apropiado, así como llevar
un control estadístico de la producción en forma tal, que objetivamente se
aprecie el cumplimiento de dichas especificaciones.
32Entidad Mexicana de Acreditación
La ACREDITACIÓN es el acto que da la seguridad y avala que los
laboratorios (calibración, ensayo y /o clínicos) unidades de verificación
(organismos de inspección) y organismos de certificación ejecuten las
regulaciones, normas o estándares correspondientes con precisión para
que comprueben, verifiquen o certifiquen los productos y servicios que
consume la sociedad.
Las entidades de acreditación, como Entidad Mexicana de Acreditación,
A.C., son los órganos que garantizan que los Organismos de Evaluación de
la Conformidad son confiables y técnicamente competentes.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 33
PRUEBAS DE CONTROL DE CALIDAD
En el caso del acero estructural
se acepta pruebas de
PROTOCOLO DEL FABRICANTE,
que indica datos técnicos de la
colada del lote producido.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Los fabricantes de tubería aplican
una leyenda indeleble para marcar
los lotes producidos en sus
diferentes plantas, e identificar
fechas de fabricación y verificar su
calidad; en obra se debe revisar.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 34
GARANTÍA DE CALIDAD
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
A efecto de comprobar las hipótesis planteadas en la
Memoria de Cálculo del proyecto, quien presupuesta
para solicitar los recursos antes de convocar debe
incluir el gasto necesario para verificar que el
contratista que adquiere materiales debe muestrearlos
y ensayarlos; pero la dependencia debe comprobar
mediante muestreo aleatorio a un 10 % de la
frecuencia obligada al contratista.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 35
MERCADO NACIONAL
• El fabricante de los materiales,
establece una frontera entre el
proceso de fabricación, y los
procesos de estiba,
almacenamiento, manejo posterior
para colocación final por el
distribuidor y el comprador
contratista, por lo que desde el
analista de precios unitarios de la
dependencia, el del contratista que
cotiza, y la Residencia de
Supervisión de la obra de la
contratante deben conocer y exigir
su aplicación en la obra
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 36
MAQUINARIA Y EQUIPO
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Se debe establecer los requisitos de
mantenimiento, herramientas, accesorios y
rendimientos que pueden esperarse,
incluyendo una óptima operación; pero en
conjunto al proyecto y los Estudios Técnicos
Preliminares del sitio, desde el Presupuesto
base deben analizar las características y
cantidad de maquinaria que intervendrá en la
obra, considerando fletes.
En la cláusula de equipo la Norma General de
Construcción de cada tipo de material
clasificado en el estudio de mecánica de
Suelos, refiere del fabricante de maquinaria y
equipos para las diversas disciplinas.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 37
PROHIBICIÓN COMERCIALIZACIÓN
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
ARTÍCULO 57 L.F.M. y N.- Cuando los productos o los servicios sujetos al
cumplimiento de determinada norma oficial mexicana, no reúnan las
especificaciones correspondientes, la autoridad competente prohibirá de
inmediato su comercialización, inmovilizando los productos, hasta en tanto se
acondicionen, reprocesen, reparen o substituyan. De no ser esto posible,
se tomarán las providencias necesarias para que no se usen o presten para
el fin a que se destinarían de cumplir dichas especificaciones
Si el producto o servicio se encuentra en el comercio, los comerciantes o
prestadores tendrán la obligación de abstenerse de su enajenación o
prestación a partir de la fecha en que se les notifique la resolución o se
publique en el Diario Oficial de la Federación. Cuando el incumplimiento de la
norma pueda dañar significativamente la salud de las personas, animales,
plantas, ambiente o ecosistemas, los comerciantes se abstendrán de
enajenar los productos o prestar los servicios desde el momento en que se
haga de su conocimiento. Los medios de comunicación masiva deberán
difundir tales hechos de manera inmediata a solicitud de la dependencia
competente.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 38
PROHIBICIÓN COMERCIALIZACIÓN
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
ARTÍCULO 57 L.F.M. y N.- Continúa….
Los productores, fabricantes, importadores y sus distribuidores serán
responsables de recuperar de inmediato los productos.
Quienes resulten responsables del incumplimiento de la norma tendrán la
obligación de reponer a los comerciantes los productos o servicios cuya
venta o prestación se prohíba, por otros que cumplan las especificaciones
correspondientes, o en su caso, reintegrarles o bonificarles su valor, así
como cubrir los gastos en que se incurra para el tratamiento, reciclaje o
disposición final, conforme a los ordenamientos legales y las
recomendaciones de expertos reconocidos en la materia de que se trate.
El retraso en el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior podrá
sancionarse con multas por cada día que transcurra, de conformidad a los
establecidos en la fracción I del artículo 112 de la presente Ley.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 39
DEPENDENCIAS FEDERALES
EJECUTORAS DE OBRA PÚBLICA
• SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES.(S.C.T.)
• SECRETARÍA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA (S.S.A.)
• INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (I.M.S.S.)
• SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES (SEMARNAT).
• COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (CNA)
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
En el Art. 9 RLOPSR (20-Ago’01), establece que las
dependencias que requieran de Normas Técnicas para
aplicar en sus Especificaciones Generales de Construcción,
deberán EXIGIR SU CUMPLIMIENTO.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 40
NOM- 034-SCT2-2003
DR
I.C. Felipe Echeverría NavarroDivisión Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 41
ENTIDADES FEDERALES EJECUTORAS
DE OBRA PÚBLICA
• COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. (C.F.E.)
• PETRÓLEOS MEXICANOS.(P.E.M.E.X.)
• SECRETARÍA DE ENERGÍA (S.E.)
• SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA (S.E.P.)
• SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN (S.G.)
Las dependencias federales son normativas para las estatales
y municipales del sector de obra pública a realizar; y deben
validar sus proyectos ante la normativa federal del sector, para
verificar su factibilidad técnica.
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción42 DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Lo anterior origina referenciar a las N.O.M. aplicables al
control de calidad para el empleo de una amplia gama de
materiales como el concreto hidráulico, acero de refuerzo,
perfiles estructurales, aislantes eléctricos, conductores,
tableros de control, varios tipos de soldadura, etc.
Las Normas Generales de Construcción incluyen la generación, conducción y
distribución de energía eléctrica en todo el país, incluyendo la construcción de
Plantas Hidroeléctricas, Termoeléctricas, Eoloeléctricas, geotérmicas,
Nucleoeléctricas, Carboeléctricas, de Ciclo Combinado; así como de torres de
apoyo y tendido de cables de líneas de transmisión de alta tensión, Subestaciones
y baja tensión.
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción43 DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 44
Normas altamente especializadas en la Exploración, Extracción,
Refinamiento, Conducción, Almacenamiento y Distribución de productos
derivados del petróleo.
• ESPECIFICACIONES GENERALES DE
CONSTRUCCIÓN.
entre otras para gasoductos, plataformas marinas y
refinerías:
NOMBRE Nº NORMA PÁG.
• DESMONTE 3.120.01 5
• DESPALME 3.121.01 11
• EXCAVACIONES 3.121.02 13
• RELLENOS DE EXCAVACIONES 3.121.04 18
• CORTES 3.121.03 23
• TERRAPLENES 3.121.05 28
• PRÉSTAMOS 3.121.06 38
• ACARREOS 3.121.07 43
DR
I.C. Felipe Echeverría Navarro
División Capacitación
Normas Generales y Especificaciones
Particulares de Construcción 45
IMSS
• La dependencias normativas del Sector Saludson la Secretaría de Salubridad y AsistenciaPública, y el Instituto Mexicano del SeguroSocial.
• En este sector las Normas Generales deConstrucción se enfocan principalmente a lasobras de edificación de infraestructura para elsector salud, como son hospitales, centros desalud, farmacias y conjuntos habitacionales.
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• ESPECIFICACIONES GENERALES DE
CONSTRUCCIÓN 2007.
PARTE NOMBRE
• PRIMERA GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA
• SEGUNDA TERRACERÍAS
• TERCERA OBRAS DE DRENAJE, ESTRUCTURAS
Y TRABAJOS
• CUARTA EDIFICACIÓN
• QUINTA VÍAS FÉRREAS
• SEXTA MATERIALES PARA TERRACERÍAS
• SÉPTIMA PAVIMENTOS
• OCTAVA NORMAS DE MATERIALES
• NOVENA MUESTREO Y PRUEBAS DE
MATERIALES
Incluye las
anteriormente
publicadas por las
extintas SCOP y
SAHOP.
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El Instituto Mexicano del Transporte IMT organiza su temática para Carreteras,
´Ferrocarriles, Puertos, Aeropuertos, y Edificaciones en 12 libros identificados en
claves que integran Normas, Manuales y Prácticas Recomendables.
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INFONAVIT
• ESPECIFICACIONES GENERALES DE
CONSTRUCCIÓN.
PARTIDANOMBRE Nº CONCEPTOS PÁG.
• 01 PRELIMINARES 1-7 1-18
02 CIMENTACIÓN 8-13 19-24
03 ESTRUCTURA 14-16 25-27
04 INST. HID. Y SANIT.17-25 28-35
05 INST. ELÉCTRICA 26-29 36-41
06 INSTALACIÓN GAS 30-34 42-45
07 ACABADOS 35-44 46-67
08 COMPLEMENTOS 45-55 68-88
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Órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente,
Recursos Naturales.
• Incluye las Normas de la extinta SARH, a través de la Dirección de
Proyectos emite Normas Generales de Construcción específicamente
para las Obras Hidráulicas, tales como presas de almacenamiento y
canales de agua para riego y generación de energía eléctrica, obras de
protección en ríos, obras de conducción, Agua Potable y Alcantarillado
pluvial y sanitario; etc.
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En estas Normas se citan los requisitos a cumplir en cuanto a calidad de
los materiales pétreos utilizados en terracerías, taludes de canales de
riego y conducción de agua, cortinas de presas de Tierra y de Gravedad,
concretos en revestimientos de canales, alcantarillas, vertedores de
demasía y sifones.
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DEPENDENCIAS Y ENTIDADES ESTATALES
EJECUTORAS DE OBRA PÚBLICA EN EL EDO.
• Instituto de Vivienda del Estado (I.V.E.A.)
• Secretaría de Obras Públicas. (S.O.P.)
• Instituto de Salud del Estado (I.S.E.A.)
• Instituto de Seguridad Pública del Estado
• Secretaría de Turismo del Estado
• Instituto Aguascalentense del Deporte (INADE)
• Presidencia Municipal de Aguascalientes (S.O.P.M.A.)
• Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del municipio de
Aguascalientes (CCAPAMA)
• 10 organismos municipales operadores del agua.
• 10 direcciones de Obras Públicas municipales.
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NORMAS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN
En el gobierno del estado de Aguascalientes
tiene integrado un RESUMEN de conceptos tipo
de las dependencias normativas federales,
aplicable a dependencias que ejecuten obra
pública en todo el territorio a través de Normas
Generales para las siguientes etapas de
construcción:
•Urbanización
•Edificación
Las Normas Generales de Construcción se deben
ACTUALIZAR PERIÓDICAMENTE, según los
avances tecnológicos de mano de obra,
materiales, equipos y procesos constructivos
que se venden en los mercados nacionales o
internacionales de acuerdo a lo establecido en
las Normas Oficiales Mexicanas.
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