Norma PDVSA Ho h 22 Programa de Salud y Seguridad en El Trabajo

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PDVSA N° TITULO REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB. APROB. FECHA APROB. FECHA VOLUMEN 1 E PDVSA, 2005 HO–H–22 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EMISIÓN ORIGINAL Dario Merchan Ramiro Ramírez SEP.09 SEP.09 SEP.09 V.S. 0 30 L.T. L.T. MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL ESPECIALISTAS PDVSA

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PDVSA N° TITULO

REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB.

APROB. FECHAAPROB.FECHA

VOLUMEN 1

� PDVSA, 2005

HO–H–22 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

EMISIÓN ORIGINAL

Dario Merchan Ramiro RamírezSEP.09 SEP.09

SEP.09 V.S.0 30 L.T. L.T.

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“La información contenida en este documento es propiedad de Petróleos de Venezuela,

S.A. Esta prohibido su uso y reproducción total o parcial, así como su almacenamiento en

algún sistema o transmisión por algún medio (electrónico, mecánico, gráfico, grabado,

registrado o cualquier otra forma) sin la autorización por escrito de su propietario. Todos

los derechos están reservados. Ante cualquier violación a esta disposición, el propietario

se reserva las acciones civiles y penales a que haya lugar contra los infractores.”

Las Normas Técnicas son de obligatorio cumplimiento del marco regulatorio en materia de

Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional y como parte del Control Interno de

PDVSA para salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de la

información, promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones, estimular la

observancia de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de su misión, objetivos y

metas, es un deber la participación de todos en el ejercicio de la función contralora,

apoyada por la Ley Orgánica Contraloría General de la República y Sistema Nacional

de Control Fiscal, Artículos 35–39.

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Índice1 OBJETIVO 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2 ALCANCE 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3 REFERENCIAS 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1 Base Legal 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2 Normas PDVSA 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 DEFINICIONES 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.1 Centro de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.2 Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL) 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.3 Condiciones de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.4 Custodio de la Instalación o Área 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.5 Medio Ambiente de Trabajo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.6 Proceso Peligroso 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.7 Proceso de Trabajo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.8 Proceso Productivo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.9 Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST) 6. . . . . . . . . . . . . . . 4.10 Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) 7. . . . . . . . . . . . . . . . 4.11 Sistema de Vigilancia de la Salud en el Trabajo 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.12 Sistema de Vigilancia de la Utilización del Tiempo Libre 7. . . . . . . . . . . . . . 4.13 Vigilancia Epidemiológica 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5 RESPONSABILIDADES 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.1 Del Presidente y de la Junta Directiva de PDVSA 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.2 De los Niveles Directivos y Gerenciales 8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.3 De los Comités de Seguridad y Salud Laboral 8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.4 De los Custodios o Supervisores 8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.5 De los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo 9. . . . . . . . . . . . . . . . . 5.6 De la Organización de Recursos Humanos 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.7 De los Delegados y las Delegadas de Prevención 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.8 De los Trabajadores y las Trabajadoras 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6 LINEAMIENTOS 14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7 DISEÑO DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.1 Identificación del Proceso Peligroso 16. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.2 Política de Seguridad y Salud Laboral 17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.3 Planes de Trabajo para Evaluar y Controlar los Procesos Peligrosos 17. . . 7.4 Investigación de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales 24. . . . . . . . . 7.5 Compromiso de Hacer Cumplir los Planes Establecidos en el PSST 24. . .

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8 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARACONTRATISTAS 25. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

9 CONSULTA DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 25. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

10 APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 25. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11 IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO 26. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

12 EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO 26. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

13 BIBLIOGRAFÍA 26. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

14 ANEXOS 27. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ANEXO A MODELO DE CARTA DE COMPROMISO 28. . . . . . . . . . . . . .

ANEXO B MODELO DE PLAN DE MONITOREO Y VIGILANCIA DE LOS RIESGOS 29

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1 OBJETIVOEsta norma tiene por objeto establecer los lineamientos para el diseño, consulta,implementación, evaluación y seguimiento del Programa de Seguridad y Saluden el Trabajo (PSST), con la participación activa de los trabajadores y lastrabajadoras, en cada área operacional o administrativa de PDVSA con el fin depromover el bienestar y salud de los trabajadores y las trabajadoras; así como,prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

2 ALCANCEEsta Norma es aplicable para el diseño, implementación, aprobación y evaluaciónde todos los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo a ser desarrolladosen las instalaciones de PDVSA, sus Negocios y Filiales.

Aplica a los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo a ser desarrolladospor las empresas contratistas que realicen actividades en instalaciones dePDVSA.

Esta norma puede ser utilizada en instalaciones de PDVSA fuera del TerritorioNacional, siempre y cuando no contravenga la legislación del paíscorrespondiente.

3 REFERENCIAS

3.1 Base LegalLey Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo(LOPCYMAT). Publicada en la Gaceta Oficial N° 38236 del 26/07/05 de laRepública Bolivariana de Venezuela.

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y MedioAmbiente de Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial N° 38596 del 03/01/07 de laRepública Bolivariana de Venezuela.

Norma Técnica del Inpsasel NT – 01 “Elaboración, Implementación y Evaluaciónde un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo”. Decreto N° 6227 del 01 dediciembre de 2008.

Ley para Personas con Discapacidad. Gaceta Oficial Número 38.598. Caracas,Viernes 5 de Enero de 2007.

3.2 Normas PDVSAHO–H–02 “Guía para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de

Riesgos”.HO–H–17 “Procedimiento para la Investigación de Enfermedades

Ocupacionales en PDVSA”.

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IR–S–06 “Manejo del Cambio”.SI–S–04 “Requisitos de Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene

Ocupacional en el Proceso de Contratación”SI–S–06 “Sistema Integrado de Gestión de Riesgos (SIR–PDVSA®).

Requisitos”.SI–S–18 “Lineamientos de Formación y Concientización en materia de

Seguridad, Higiene y Ambiente”.SI–S–19 “Programa de Control de Desviaciones”.SI–S–20 “Procedimientos de Trabajo”.SI–S–22 “Investigación de Accidentes e Incidentes”.

4 DEFINICIONES

4.1 Centro de TrabajoEs el espacio físico donde labora determinado número de personas y que tienencarácter de permanencia.

4.2 Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL)Es un órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consultaregular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia deseguridad y salud en el trabajo, conformado por delegados o delegadas deprevención, por una parte y por el empleador o empleadora, o sus representantes(bipartito) por la otra, en número igual al de los Delegados o Delegadas dePrevención.

4.3 Condiciones de TrabajoSegún el Reglamento de la LOPCYMAT Art. 11:

“Se entiende por condiciones de trabajo:

1. Las condiciones generales y especiales bajo las cuales se realiza laejecución de las tareas.

2. Los aspectos organizativos y funcionales de las empresas, centro detrabajo, explotación, faena, establecimiento; así como de otras formasasociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio en general; losmétodos, sistemas o procedimientos empleados en la ejecución de lastareas; los servicios sociales que éstos prestan a los trabajadores y lastrabajadoras, y los factores externos al medio ambiente de trabajo quetienen influencia sobre éste.”

4.4 Custodio de la Instalación o ÁreaEs la persona responsable por la operación, mantenimiento y disponibilidad deuna instalación, área, unidad o equipo.

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4.5 Medio Ambiente de Trabajo

Según el Reglamento de la LOPCYMAT Art. 10:

“Se entiende por medio ambiente de trabajo:

1. Los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas prestenservicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faenas yestablecimientos, cualquiera sea el sector de actividad económica; asícomo otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o deservicio; o de cualquier otra naturaleza, sean públicas o privadas, con lasexcepciones que establece la Ley.

2. Las situaciones de orden socio–cultural, de organización del trabajo y deinfraestructura física que de forma inmediata rodean la relación hombre ymujer–trabajo, condicionando la calidad de vida de los trabajadores y lastrabajadoras y la de sus familias.

3. Los espacios aéreos, acuáticos y terrestres situados alrededor de laempresa, centro de trabajo, explotación, faena, establecimiento; así comode otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o deservicio y que formen parte de las mismas.”

4.6 Proceso Peligroso

Es el que surge durante el proceso de trabajo, ya sea de los objetos, medios detrabajo, de los insumos, de la interacción entre éstos, de la organización y divisióndel trabajo o de otras dimensiones del trabajo, como el entorno y los medios deprotección, que pueden afectar la salud de las trabajadoras o trabajadores.

4.7 Proceso de Trabajo

Conjunto de actividades humanas que, bajo una organización de trabajointeractúan con objeto y medios, formando parte del proceso productivo.

4.8 Proceso Productivo

Conjunto de actividades que transforma objetos de trabajo e insumos enproductos, bienes o servicios.

4.9 Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST)

Es el conjunto de objetivos, acciones y metodologías establecidos paraidentificar, prevenir y controlar aquellos procesos peligrosos presentes en elambiente de trabajo y minimizar el riesgo de ocurrencia de incidentes, accidentesde trabajo y enfermedades de origen ocupacional.

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4.10 Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST)Es una estructura funcional y organizacional de los patronos, patronas, y otrasformas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, que tienecomo objetivos la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad,salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechoshumanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y lastrabajadoras.

4.11 Sistema de Vigilancia de la Salud en el TrabajoEs un sistema dotado de capacidad funcional para la recopilación, análisis ydifusión de datos, vinculado a los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.Abarca todas las actividades realizadas en el plano de la persona, grupo,empresa, comunidad, región o país, para detectar y evaluar toda alteraciónsignificativa de la salud causada por las condiciones de trabajo y para supervisarel estado general de salud de las trabajadoras o trabajadores.

4.12 Sistema de Vigilancia de la Utilización del Tiempo LibreEs un proceso permanente y sistemático de recolección, registro y análisis de losdatos de la utilización del tiempo libre de los trabajadores y las trabajadoras, conel fin de formular planes y programas que permitan el descanso y recuperaciónde la jornada de trabajo.

4.13 Vigilancia EpidemiológicaEs un proceso continuo de recolección y análisis de los problemas de saludlaboral y de sus determinantes, seguidas de acciones de promoción y prevención;con la finalidad de conocer las características de las condiciones de trabajo ysalud de amplios sectores de la población laboral, sirviendo para optimizar losrecursos y prioridades en los programas de promoción, prevención y protección.

5 RESPONSABILIDADES

5.1 Del Presidente y de la Junta Directiva de PDVSA

5.1.1 El Presidente de PDVSA debe asegurar los recursos necesarios para cumplir conla Política de Seguridad, Higiene y Salud en el Trabajo y Ambiente.

5.1.2 El Presidente de PDVSA debe formular la política de SST por medio del Serviciode SST.

5.1.3 El Presidente de PDVSA debe nombrar un representante de la Junta Directivapara asegurar que el Programa de SST se establezca, implemente y mantengade acuerdo con la presente norma.

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5.1.4 La Junta Directiva de PDVSA debe solicitar rendición de cuenta a losVicepresidentes de Negocios, Directores Funcionales y Presidentes de Filialesy Negocios por la implementación, mantenimiento y mejora continua delPrograma de SST quienes deben asegurar los recursos necesarios.

5.2 De los Niveles Directivos y Gerenciales

5.2.1 Asegurar la elaboración, divulgación, promoción, puesta en práctica yfuncionamiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; así como,brindar las facilidades, técnicas, logísticas y financieras, necesarias para laconsecución de su contenido.

5.2.2 Requerir la elaboración del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo alServicio de Seguridad y Salud en el Trabajo con la participación de lostrabajadores y las trabajadoras.

5.2.3 Aprobar y firmar la carta de presentación del Programa de Seguridad y Salud enel Trabajo ante el INPSASEL para su aprobación.

5.2.4 Las demás responsabilidades establecidas en la LOPCYMAT y su reglamento.

5.3 De los Comités de Seguridad y Salud Laboral

5.3.1 Participar en la elaboración, aprobación, divulgación, promoción, puesta enpráctica, seguimiento y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo.

5.3.2 Participar en la elaboración y revisión de la política de SST.

5.3.3 Notificar al Custodio de la Instalación o Supervisor y al Servicio de Seguridad ySalud en el Trabajo cualquier desviación en el cumplimiento del Programa deSeguridad y Salud en el Trabajo.

5.3.4 Apoyar y asesorar, a los trabajadores y las trabajadoras y a los supervisores ysupervisoras, en todo lo relacionado al Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo.

5.3.5 Realizar el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones a fin de mejorarlas condiciones de los ambientes de trabajo.

5.3.6 Las demás responsabilidades establecidas en la LOPCYMAT y su Reglamento.

5.4 De los Custodios o Supervisores

5.4.1 Divulgar, implementar y mantener el Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo, según los lineamientos establecidos en esta norma y en la normativalegal vigente.

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5.4.2 Asegurar la divulgación de la Política de SST a todos los niveles.

5.4.3 Requerir asistencia del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, en laidentificación y evaluación de riesgos y procesos peligrosos asociados con lasoperaciones y puestos de trabajo.

5.4.4 Preparar y asegurar la ejecución de los planes y programas de formación de lostrabajadores y las trabajadoras a su cargo.

5.4.5 Coordinar con la Organización de Salud Ocupacional la programación de losexámenes médicos para los trabajadores y las trabajadoras a su cargo, ygarantizar su cumplimiento.

5.4.6 Asegurar la identificación de aquellos trabajadores y trabajadoras que requieranEquipos de Protección Personal en función del riesgo existente en el ambientede trabajo, con el apoyo del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.4.7 Garantizar la dotación y exigir el uso y manejo de Equipos de Protección Personala los trabajadores y las trabajadoras, en relación con el riesgo identificado.

5.4.8 Promover y motivar la participación de los trabajadores y las trabajadoras en losprogramas para la Utilización del Tiempo Libre.

5.4.9 Mantener actualizado un archivo con registros de las acciones realizadas paraevidenciar el cumplimiento del PSST.

5.4.10 Emitir a Relaciones Laborales los formatos de registro de las jornadas de trabajo.

5.4.11 Asegurar la inclusión en las especificaciones técnicas de los procesos decontratación la obligatoriedad de la empresa contratista de elaborar, implementary seguir el PSST.

5.4.12 Asegurar la participación del SSST desde las etapas tempranas de los proyectosde nuevas instalaciones y de cambios en las instalaciones y procesos existentes.

5.5 De los Servicios de Seguridad y Salud en el TrabajoAdicionales a las responsabilidades descritas en el Art. 40 de la LOPCYMAT y elArt. 21 de su Reglamento, los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo tienenlas siguientes responsabilidades:

5.5.1 Preparar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, enconcordancia con el marco regulatorio vigente.

5.5.2 Realizar la consulta de la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo a todos los trabajadores y trabajadoras, conjuntamente con el Comité deSeguridad y Salud Laboral.

5.5.3 Someter el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo a consideración delComité de Seguridad y Salud Laboral, para su aprobación.

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5.5.4 Presentar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo a consideración delINPSASEL, para su aprobación.

5.5.5 Divulgar y promover la implementación del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo.

5.5.6 Apoyar al custodio, los trabajadores y las trabajadoras en la ejecución de lasactividades relacionadas con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.5.7 Apoyar la ejecución del plan de formación e información permanente para lostrabajadores y las trabajadoras, en materia de descanso, utilización del tiempolibre, turismo social, seguridad, higiene y salud en el trabajo.

5.5.8 Elaborar y ejecutar plan de trabajo para abordar los procesos de inspección yevaluación en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo.

5.5.9 Asegurar que las organizaciones incorporen los aspectos de seguridad, higieney salud en los procedimientos y prácticas de trabajo seguro.

5.5.10 Establecer y evaluar la efectividad de las medidas de prevención y control deriesgos y procesos peligrosos (ingeniería, administrativas, Equipos de ProtecciónPersonal y Colectiva), basados en la identificación y evaluación de los mismos.

5.5.11 Informar oportunamente a las organizaciones sobre cambios en la legislación ynormativa que puedan tener impacto sobre el Programa de Seguridad y Salud enel Trabajo, de forma tal de mantener su vigencia.

5.5.12 Realizar el apoyo técnico en los procesos de procura de los equipos de protecciónpersonal y colectivos.

5.5.13 Evaluar y realizar seguimiento al uso, mantenimiento y reemplazo de los Equiposde Protección Personal y Colectivos de acuerdo con los procesos peligrososexistentes.

5.5.14 Controlar y evaluar la efectividad del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo y asegurar la mejora continua del mismo.

5.5.15 Inspeccionar, conjuntamente con el Comité de Seguridad y Salud Laboral, lasinfraestructuras destinadas a los programas de recreación, utilización del tiempolibre, descanso, turismo social y laboral.

5.5.16 Reportar trimestralmente al INPSASEL los resultados del Sistema de VigilanciaEpidemiológica de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales.

5.5.17 Participar en el proceso de investigación de accidentes, incidentes yenfermedades ocupacionales.

5.5.18 De la Organización de Higiene Ocupacional

a. Evaluar los riesgos, físicos, químicos, biológicos, disergonómicos, psicosociales,entre otros presentes en las instalaciones y puestos de trabajo.

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b. Elaborar y ejecutar el plan de monitoreo y vigilancia epidemiológica de los riesgosy procesos peligrosos en materia de higiene ocupacional.

c. Establecer los mecanismos de seguimiento al cumplimiento de lasrecomendaciones orientadas a implantar las medidas de control (ingeniería,administrativas, Equipos de Protección Personal) de los riesgos físicos, químicosbiológicos, disergonómicos, psicosociales y meteorológicos.

d. Apoyar en los programas de formación y capacitación en materia de HigieneOcupacional.

e. Participar activamente en los proyectos de infraestructura asegurando laincorporación de los aspectos de Higiene Ocupacional desde etapas tempranasde los mismos.

f. Participar activamente en los proyectos de cambios en instalaciones y procesosexistentes, asegurando la incorporación de los aspectos de Higiene Ocupacionaldesde etapas tempranas de los mismos.

g. Mantener registros de las actividades en materia de Higiene Ocupacional,indicadas en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.5.19 De la Organización de Seguridad Industrial

a. Participar activamente en la realización de los Análisis de Riesgos, cualitativosy cuantitativos, en las instalaciones y procesos nuevos y existentes.

b. Participar activamente en la realización de los planes de respuesta y control deemergencias y contingencias; y divulgarlos a todos los trabajadores y lastrabajadoras involucrados (as).

c. Apoyar en los programas de formación y capacitación en materia de seguridadindustrial.

d. Establecer los mecanismos de seguimiento al cumplimiento de lasrecomendaciones orientadas a implantar las medidas de control (ingeniería,administrativas, Equipos de Protección Personal) de los riesgos inherentes a laprevención de accidentes.

e. Mantener registros de las actividades en materia de seguridad industrial,indicadas en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

f. Participar activamente en los proyectos de, nuevas instalaciones y de cambiosen instalaciones y procesos existentes, asegurando la incorporación de losaspectos de Seguridad Industrial desde las etapas tempranas de los mismos.

5.5.20 Organización de Salud Ocupacional

a. Realizar evaluación médica continua orientada al riesgo ocupacional, según elprotocolo establecido para tal fin.

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b. Elaborar y ejecutar el plan de monitoreo y vigilancia epidemiológica de salud delos trabajadores y trabajadoras.

c. Informar a Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y al custodio de lainstalación sobre aquellos trabajadores y trabajadoras que hayan presentadocambios significativos en su salud con miras a desarrollar las investigacionescorrespondientes, manteniendo la confidencialidad dentro del marco de la leyvigente.

d. Indicar tratamiento médico y proponer reubicación, reinserción, adecuación detareas (Por un máximo de 6 meses) y rehabilitación del trabajador o trabajadora,en aquellos casos que la evaluación médica lo sugiera y realizar el seguimientode las recomendaciones emitidas.

e. Divulgar las estadísticas de morbilidad y mortalidad, tanto de enfermedadesocupacionales como de accidentes de trabajo.

f. Apoyar en los programas de formación y capacitación en los aspectos relativosa efectos en la salud y primeros auxilios.

g. Mantener registros de las acciones realizadas, desde el punto de vista de laOrganización de Salud Ocupacional.

5.5.21 De la Organización de Calidad de Vida o su equivalente

a. Desarrollar y mantener un Sistema de Información y Vigilancia de la utilización deltiempo libre.

b. Desarrollar programas y planes de recreación, utilización del tiempo libre,descanso, turismo social y laboral.

c. Promover planes para la construcción, dotación, mantenimiento y protección deinfraestructura destinadas a los programas de recreación, utilización del tiempolibre, descanso, turismo social y laboral.

d. Velar por el mantenimiento y disponibilidad de la infraestructura destinadas a losprogramas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social ylaboral.

e. Promover e incentivar la educación y divulgación en relación a la importancia dela recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social y laboral parala calidad de vida de los trabajadores y las trabajadoras.

5.5.22 De la Organización de Relaciones Laborales

a. Desarrollar e implementar, conjuntamente con el custodio, un sistema devigilancia permanente, sistemático que garantice la utilización del tiempo libre delos trabajadores y las trabajadoras.

b. Asegurar el registro de las horas extras, días compensatorios, días de descansode los trabajadores y las trabajadoras.

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c. Gestionar con recursos humanos las acciones de formación de personal ydivulgación del marco legal relacionado con la materia de seguridad y saludlaboral.

5.6 De la Organización de Recursos Humanos

5.6.1 Mantener actualizado la descripción de los puestos de trabajo.

5.6.2 Asesorar al personal gerencial y supervisorio en la planificación, el desarrollo, yla ejecución de las acciones de educación e información.

5.6.3 Consolidar con el apoyo del SSST el plan de educación e información preventiva,en materia de seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma deejecución.

5.6.4 Asesorar al personal gerencial y supervisorio en la planificación, el desarrollo, yla ejecución de las acciones para el disfute de vacaciones de cada trabajador ytrabajadora acorde con la legislación vigente en esta materia.

5.7 De los Delegados y las Delegadas de Prevención

5.7.1 Participar activamente en el diseño, implementación y seguimiento del Programade Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.7.2 Participar activamente en la identificación y evaluación de los riesgos y procesospeligrosos.

5.7.3 Garantizar que los trabajadores y las trabajadoras estén informados, participenactivamente en el diseño, implementación y evaluación del Programa deSeguridad y Salud en el Trabajo.

5.7.4 Vigilar que todas las necesidades de los trabajadores y las trabajadoras, encuanto a seguridad y salud en el trabajo, estén inmersas dentro de los planes deacción del programa de seguridad y salud en el trabajo.

5.7.5 Recibir las denuncias de las trabajadoras y trabajadores relativas alincumplimiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo para que seantramitadas al CSSL.

5.7.6 Todas las demás que se establecen en la LOPCYMAT y su Reglamento.

5.8 De los Trabajadores y las Trabajadoras

5.8.1 Participar en la identificación de los riesgos y procesos peligrosos.

5.8.2 Participar en la consulta e implementación del Programa de Seguridad y Saluden el Trabajo, políticas y los reglamentos internos relacionados con la seguridady salud en el trabajo.

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5.8.3 Notificar a los niveles respectivos (Supervisor inmediato, Delegados y Delegadasde Prevención, al CSSL o al SSST) sobre las desviaciones observadas en laimplementación del PSST.

5.8.4 Asistir a los exámenes médicos programados.

5.8.5 Garantizar el buen uso y mantenimiento de los Equipos de Protección Personal.

6 LINEAMIENTOS6.1 Los Niveles Directivos, Gerenciales y Supervisorios son los principales

responsables de la implementación del Programa de Seguridad y Salud Laboral

6.2 Los Niveles Directivos, Gerenciales y Supervisorios son los principalesresponsables del control de los procesos peligrosos existentes en los centros detrabajo.

6.3 Los Niveles Directivos deben asegurar los recursos y solicitar rendición de cuentaa los Vicepresidentes de Negocios, Directores Funcionales y Presidentes deFiliales y Negocios por la implementación, mantenimiento y mejora continua delos Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

6.4 Se debe garantizar que los trabajadores y las trabajadoras dispongan del tiempoy recursos para involucrarse activamente en los procesos de consulta,implementación, y seguimiento del Programa de Seguridad y Salud Laboral.

6.5 En todo centro de trabajo de PDVSA se debe desarrollar e implementar unPrograma de Seguridad y Salud en el Trabajo considerando la descripción de losprocesos peligrosos con un enfoque especial en la prevención.

6.6 Las acciones de prevención y control deben comenzar y ser incorporadas desdeetapas tempranas en el diseño de las instalaciones y puestos de trabajo. Se debeasegurar la aplicación de las normas, tecnologías, herramientas, metodologías,procedimientos y mejores prácticas que permitan llevar a cabo las actividades enforma segura y confiable, en cada una de las etapas del diseño, construcción,operación, mantenimiento y desmantelamiento de las instalaciones.

6.7 El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser divulgado a todos lostrabajadores y las trabajadoras, a fin de que éstos conozcan los riesgos yprocesos peligrosos asociados al trabajo y pongan en práctica las medidas dehigiene y seguridad que correspondan.

6.8 A fin de garantizar la recopilación oportuna de la información necesaria para elPrograma de Seguridad y Salud en el Trabajo, se debe tomar como base losrequisitos establecidos en la Norma PDVSA SI–S–06.

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6.9 Con el fin de asegurar el control de los registros del PSST, el custodio de lainstalación debe tener un archivo con toda la información relacionada al procesode preparación, consulta, implementación y seguimiento del PSST;adicionalmente, el SSST tendrá un archivo con copia de esta información.

6.10 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, es el responsable de elaborar lapropuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo con la participaciónactiva de los trabajadores y las trabajadoras, los Delegados y las Delegadas dePrevención, y someterlo a la consideración del Comité de Seguridad y SaludLaboral, a los fines de ser presentado al INPSASEL para su aprobación y registro.

6.11 Los contratos de obras y servicios deben incluir la exigencia de cumplimiento deesta norma por parte de la empresa contratista.

7 DISEÑO DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo debe contener:

� Descripción del Proceso Productivo y Proceso de Trabajo.� Identificación de los Procesos Peligrosos.� Política de Seguridad y Salud Laboral.� Planes de Trabajo para abordar los procesos peligrosos.

– Planes de cumplimiento e implementación de los programas preventivos.– Plan de Información y Formación en materia de seguridad y salud en el

trabajo.– Plan de Inspección.– Plan de Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de los Riesgos y Procesos

Peligrosos.– Plan de Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de la Salud de los

Trabajadores y las Trabajadoras.– Plan de Utilización del Tiempo Libre.– Reglas, normas y procedimientos de Trabajo seguro y saludable.– Dotación de Equipos de Protección Personal y Colectiva.– Atención Medica Preventiva en salud de las trabajadoras y trabajadores– Planes de Contingencia y Atención a Emergencias.– Recursos para la implementación del Programa.– Ingeniería y Ergonomía.

� Investigación de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales.� Compromiso con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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7.1 Identificación del Proceso PeligrosoEl primer paso para el diseño del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajoes la identificación de los procesos peligrosos, para ello se deben seguir lossiguientes pasos, con la participación activa de los Delegados y Delegadas dePrevención, y validada por los trabajadores y las trabajadoras del área:

7.1.1 Describir el Proceso Productivo

Para describir el proceso productivo se debe considerar como mínimo la siguienteinformación:

� Las entradas al proceso productivo (Maquinarias, Equipos, Materia prima,Sustancias utilizadas, Herramientas utilizadas)

� El proceso productivo y sus etapas (Forma de organización del trabajo,Objetos y los medios involucrados en cada una de las etapas del procesoproductivo, Organización y división técnica del trabajo, Organigrama, Tipo deactividad, Empresas contratistas y la relación entre ellos, Diagrama de flujo,División de las áreas y departamentos, Puestos de trabajo existentes)

� Las salidas del proceso (Producto, bienes y servicios; Subproductos ysobrantes; Desechos generados y disposición final de los mismos; Impactoambiental)

La identificación y descripción del proceso productivo se realizará a través demapas de procesos, flujogramas de proceso y cualquier otra herramienta quedisponga la organización.

7.1.2 Identificar el Proceso de Trabajo

El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la participación activa de lasDelegadas y Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud Laboral,debe realizar la identificación de los procesos de trabajo que forman parte delproceso productivo.

7.1.3 Identificar el Proceso Peligroso

Para ello se deben indicar las condiciones asociadas al objeto de trabajo, al mediode trabajo, a la organización y a la división del trabajo, que pueden causar dañoa las trabajadoras o trabajadores durante el desarrollo de las actividadeslaborales (Proceso de Trabajo).

En función de los procesos peligrosos detectados, se adoptarán las medidaspreventivas y de mejoras de los niveles de protección, con el fin de priorizar lasacciones a aplicar.

Se efectuará la identificación y evaluación de los procesos peligrosos siempreque:

� Se inicie el diseño del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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� Se diseñe, planifique e inicie una nueva actividad.� Se creen proyectos para la construcción, funcionamiento, mantenimiento y

reparación de instalaciones, procedimientos y puestos de trabajo.� Se efectúen cambios en los productos químicos, equipos y herramientas, se

introduzcan nuevas tecnologías o se modifique el puesto de trabajo. (VerNorma PDVSA IR–S–06).

� Se cambien las condiciones de trabajo, al modificarse de forma significativaalgún aspecto relativo a las instalaciones, organización o al método de trabajo.(Ver Norma PDVSA IR–S–06).

� Se aprecie que las actividades de prevención son inadecuadas o insuficientes.� Se identifiquen nuevos peligros y riesgos por el trabajador o la trabajadora.� Sea requerido por los Delegados y Delegadas de Prevención, el Comité de

Seguridad y Salud Laboral y los Trabajadores y las Trabajadoras en general.� Se detecten daños en la salud de los trabajadores o las trabajadoras.� Y otros donde se considere necesario o cuando el Instituto Nacional

Prevención, Salud y Seguridad Laborales, lo requiera a través de lasactuaciones de los funcionarios de inspección.

7.2 Política de Seguridad y Salud LaboralLa Política de Seguridad y Salud Laboral, está contenida en la Política deSeguridad, Higiene y Salud en el Trabajo y Ambiente vigente en PDVSA, siendoresponsabilidad de cada Filial, Negocio o Empresa adoptarla.

El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe programar estrategias quepermitan la divulgación de la política y mantener los registros que evidenciendicha actividad.

La revisión y actualización de la política debe ser realizarse anualmente por elSSST Corporativo con la participación activa de los CSSL, las trabajadoras y lostrabajadores.

La Política de Seguridad y Salud Laboral debe cumplir con lo establecido en elCapítulo II de la NT–001 del Inpsasel.

7.3 Planes de Trabajo para Evaluar y Controlar los ProcesosPeligrosos

Se deben elaborar y ejecutar planes de trabajo que permitan evaluar y controlarlos procesos peligrosos identificados, los cuales deben contemplar:

– Objetivos, metas y alcance.– Frecuencia de ejecución de las actividades.– Personal involucrado y responsabilidades en cada una de las actividades.

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– Procedimiento de ejecución de actividades previstas en el plan, especificandolas acciones a ser desarrolladas desde los puntos de vista preventivo,correctivo, predictivo y divulgativo, como consecuencia de la informacióngenerada.

– Formulario, instrumentos diseñados y recursos necesarios para la ejecuciónde las actividades.

Los planes de trabajo deben contener:

– Planes de cumplimiento e implementación de los programas preventivos.– Plan de Información y Formación.– Plan de Inspección de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.– Plan de Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de los Riesgos y Procesos

Peligrosos.– Plan de Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de la Salud de los Trabajadores

y las Trabajadoras.– Plan de Utilización del Tiempo Libre.– Reglas, normas y procedimientos de Trabajo seguro y saludable.

– Dotación de Equipos de Protección Personal y Colectiva.– Planes de Contingencia y Atención a Emergencias.– Atención preventiva en Salud de las Trabajadoras y los Trabajadores.– Recursos para la implementación del Programa.

– Ingeniería y Ergonomía.

7.3.1 Planes de Cumplimiento e Implementación de los Programas Preventivos

Se deben desarrollar planes para asegurar la implementación de programaspreventivos como los establecidos en el Manual de Higiene Ocupacional y deSeguridad Industrial de Normas Técnicas PDVSA (Programa de ConservaciónAuditiva, Programa de Protección Respiratoria, Programa de Control deDesviaciones, entre otros).

7.3.2 Planes de Información y Formación

a. En cada centro de trabajo se debe asegurar que el personal que allí labora tienela competencia para realizar las tareas que le sean asignadas, así como, para laidentificación, evaluación y control de aquellos procesos peligrosos asociados alas mismas y que puedan tener impacto sobre su salud y seguridad en el lugarde trabajo.

b. La organización de Recursos Humanos, con el apoyo del Servicio de Seguridady Salud en el Trabajo, debe diseñar, planificar, organizar y ejecutar un programade educación e información preventiva, en materia de seguridad y salud en eltrabajo con su respectivo cronograma de ejecución.

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c. Los planes de formación deben contener como mínimo 16 horas trimestrales o64 horas anuales por cada trabajador o trabajadora, y cumplir con lo establecidoen la Norma PDVSA SI–S–18 y en la Detección de Necesidades de Formación(DNF).

d. El programa de educación e información preventiva, debe responder a lasnecesidades detectadas y su número de horas aumentará de acuerdo con elproceso peligroso presente en la actividad de trabajo.

e. Los planes de formación deben cubrir:

– La formación de inducción para desarrollar la habilidad y el conocimiento parala ejecución segura de sus actividades.

– La formación periódica que integre en los procedimientos de trabajo losaspectos de prevención y control de riesgos ocupacionales, y que permitamantener los conocimientos.

– La formación técnica específica en función a las actividades que realiza concursos especializados en la materia tales como: evaluación de atmósferaspeligrosas, trabajos en caliente, trabajos en frío, excavaciones, espaciosconfinados, utilización de fuentes radiactivas, manejo de materiales,sustancias y desechos peligrosos.

f. Las acciones de formación incluyen: charlas, foros, medios interactivos, talleres,formación en el trabajo, entre otros.

g. La coordinación logística y el registro de las acciones de formación sonresponsabilidad del Custodio de la Instalación y deben ser apoyadas por elServicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y por Recursos Humanos.

h. La educación e información, dirigida a las trabajadoras y los trabajadores condiscapacidad, debe adaptarse a las características individuales de susdiscapacidades y de los procesos peligrosos inherentes a los puestos de trabajoque desempeñan, de conformidad con lo establecido en la Ley para Personas conDiscapacidad.

i. Adicional a las necesidades y demandas de educación detectada, lastrabajadoras y trabajadores deben recibir educación en las siguientes áreas:legislación en materia de seguridad y salud laboral, identificación de los procesospeligrosos y los procedimientos de acción frente a los mismos, prevención deaccidentes y enfermedades ocupacionales, primeros auxilios, equipo deprotección personal y colectiva, prevención y control de incendio, seguridad vial,Ergonomía, crecimiento personal, daños a la salud generados por el consumo detabaco y alcohol, sustancias psicotrópicas, estrés laboral y cualquier otro temarequerido de acuerdo con los procesos peligrosos a los cuales se encuentranexpuestos las trabajadoras y los trabajadores.

j. Cada acción de formación debe establecer fecha, lugar, temática, facilitador,espacio físico, tiempo de duración y grupos a formar (Dándole prioridad a las

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trabajadoras y los trabajadores que estén expuestos a mayor riesgo en el centrode trabajo).

k. La formación debe ser teórica y práctica, suficiente, adecuada y periódica, sobrelos riesgos y procesos peligrosos, así como, sobre los posibles daños a la saludque éstos podrían generar y las medidas de prevención para evitar accidentes detrabajo y enfermedades ocupacionales. La educación debe ser previa a realizarlas tareas que le sean asignadas al trabajador o trabajadora.

7.3.3 Plan de Inspección de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

a. Los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, conjuntamente con el Comitéde Seguridad y Salud Laboral, los trabajadores, las trabajadoras, Delegados yDelegadas de Prevención, deben realizar inspecciones, programadas o no, en loscentros de trabajo que permitan detectar desviaciones que evidenciencondiciones inseguras e insalubres.

b. Se debe elaborar un cronograma de inspecciones, el cual contemple comomínimo: elemento a inspeccionar, área o departamento, frecuencia, fecha,responsable, acciones a realizar, seguimiento y comprobación de eficiencia de laacción (firma y fecha).

c. Se deben diseñar las herramientas e instrumentos de recolección de información(Ejemplo: formatos, planillas) a aplicar en las inspecciones que consideremaquinarias, equipos, sustancias, herramientas manuales y eléctricas, mediosde manipulación, transporte y almacenamiento, escaleras, rampas, instalacionesciviles y eléctricas, sistema de detección, alarma y extinción de incendio colectivo,señalizaciones, servicios de saneamiento básico, equipos de protecciónpersonal, orden y limpieza y cualquier objeto o medio de trabajo susceptible deoriginar daños a la salud de las trabajadoras y los trabajadores.

d. Las desviaciones encontradas en las inspecciones deben ser discutidas yanalizadas en el Comité de Seguridad y Salud Laboral y registradas de acuerdocon lo establecido en la Norma PDVSA SI–S–19 y cargadas en el sistema demanejo de recomendaciones de la Corporación.

e. Se debe elaborar un informe de cada una de las inspecciones que se realicen.

f. Se debe comunicar y tener disponible para los trabajadores y trabajadoras tanto,el reporte de las recomendaciones como, las acciones que se hayan realizadopara corregir las desviaciones encontradas.

g. El custodio del área con el apoyo del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo,debe elaborar y ejecutar un plan de acción para cumplir con las recomendacionesgeneradas de las inspecciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.Este plan de acción debe ser entregado al Comité de Seguridad y Salud en elTrabajo, y comunicado a los trabajadores y trabajadoras, así como, losrespectivos avances que del mismo se deriven.

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7.3.4 Plan de Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de los Riesgos y ProcesosPeligrosos

a. Se deben desarrollar y ejecutar los planes para realizar las mediciones de losriesgos y procesos peligrosos en función de los resultados obtenidos en laidentificación de los mismos y posterior utilización de la Norma PDVSAHO–H–02.

b. De cada una de las actividades ejecutadas debe elaborarse un informe, el cualdebe mantenerse hasta 5 años después del cierre de la instalación.

c. Estos informes deben estar disponibles para los trabajadores, trabajadoras,Delegados de Prevención, integrantes del CSSL y entes reguladores.

7.3.5 Plan de Monitoreo y Vigilancia Epidemiológica de la Salud de losTrabajadores y las Trabajadoras

a. Se debe desarrollar y ejecutar un plan de monitoreo y vigilancia epidemiológicade la salud de los trabajadores y las trabajadoras, este plan debe comprender elregistro, análisis e interpretación de las evaluaciones de la salud, así como, losdatos derivados del registro de los accidentes y enfermedades ocupacionales. Elplan de monitoreo y vigilancia epidemiológica de la salud comprende laevaluación clínica y ocupacional, además de evaluación clínica bio–psico–socialdesde el momento del inicio de la relación laboral.

b. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe publicar, mensualmente, lasestadísticas de accidentalidad, enfermedades comunes y ocupacionales.

7.3.6 Plan de Utilización del Tiempo Libre

Los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de las organizacionesde Relaciones Laborales y Calidad de Vida, conjuntamente con el Custodio oSupervisor, el Comité de Seguridad y Salud Laboral, los Delegados y Delegadasde Prevención, deben desarrollar e implementar un sistema de vigilanciapermanente, sistemático que vele por la utilización del tiempo libre de lostrabajadores y las trabajadoras.

El Plan de Utilización el Tiempo Libre debe cumplir con lo establecido en el Art.36 del Reglamento de la LOPCYMAT y las normas técnicas que se dicten alrespecto, a través de la aplicación de los planes para la recreación y turismo comoherramientas para fortalecer el bienestar integral de los trabajadores y lastrabajadoras de manera individual, los cuales serán consignados al INPSASELtrimestralmente y deben contener la siguiente información:

1. Jornada de trabajo.

2. Horas extras laboradas.

3. Hora de descanso dentro de la jornada.

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4. Días de descanso obligatorio.

5. Días de descanso obligatorio disfrutados efectivamente.

6. Días de descanso convencionales.

7. Días de descanso convencionales disfrutados efectivamente.

8. Número de días de vacaciones.

9. Número de días de vacaciones disfrutados efectivamente.

10. Beneficios sociales en materia de descanso y utilización del tiempo libre,especialmente en materia de turismo social.

11. Lo demás que contemple las Normas Técnicas del INPSASEL.

7.3.7 Normas, Procedimientos y Guías de Trabajo Seguro y Saludable

En cada área operacional o administrativa se deben establecer, implantar ymantener normas, procedimientos y guías documentados para ejecutar lasactividades, incluyendo la operación normal, parada programada, parada deemergencia, inspección, mantenimiento, reparación, construcción, modificacióno desmantelamiento y las actividades de monitoreo, prevención, control ymitigación de los riesgos a la seguridad y salud de los trabajadores y lastrabajadoras, tal como establece la Norma PDVSA SI–S–20.

Estas normas, procedimientos y guías deben estar basadas en las NormasTécnicas PDVSA que se encuentran disponibles en la Intranet de PDVSA.

7.3.8 Dotación de Equipos de Protección Personal y Colectiva

a. La dotación de equipos de protección personal y colectiva es responsabilidad delCustodio de la Instalación.

b. Se debe desarrollar un plan de dotación, evaluación e inspección, ymantenimiento de equipos de protección personal y colectiva; de igual forma sedebe incluir en el plan de formación (Ver punto 7.3.2) acciones dirigidas al uso ymantenimiento de equipos de protección personal y colectiva.

c. Los equipos de protección personal y colectiva deben cumplir con lo establecidoen el punto 2.9.2 de la Norma Técnica de Inpsasel del Programa de Seguridady Salud en el Trabajo y en las normas técnicas PDVSA correspondientes.

d. Se debe mantener un registro de la entrega y recepción de los equipos deprotección personal para cada trabajador o trabajadora.

7.3.9 Atención Médica Preventiva

a. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de la Organización deSalud Ocupacional, debe establecer un sistema atención médica preventiva delos trabajadores y trabajadoras, contemplando los siguientes aspectos:

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1. Evaluación Médica Pre–Empleo, con la finalidad de conocer el estado desalud de los trabajadores y las trabajadoras al momento de ingresar a laempresa.

En el caso de verificar, durante una evaluación médica pre– empleo, unacondición pre– existente o discapacidad que limite al trabajador otrabajadora para realizar ciertas actividades, el médico o médica debeindicarle esta situación a la Organización solicitante, sin revelar eldiagnóstico, a fin que no sea sometido a una condición de riesgo que puedadesencadenar o agravar la condición pre–existente o su discapacidad.

2. Evaluaciones Médicas Especiales, cuya frecuencia es propia de los riesgosinherentes a cada actividad y debe regirse por los protocolos establecidospara tal fin.

3. Evaluaciones Médicas Integrales Periódicas (Examen de Control Orientadoal Riesgo, Ocupacional y No Ocupacional –ECOR–): es una evaluaciónmédica preventiva, integral y periódica que se realiza por lo menos una vezal año, que debe obedecer al tipo y magnitud de la exposición al riesgopresente en el medio ambiente de trabajo, a las características de lasactividades que los trabajadores y las trabajadoras han de ejecutar duranteel ejercicio de las funciones inherentes a su puesto de trabajo y los riesgosasociados a los antecedentes médicos, antecedentes familiares, entreotros.

4. Evaluación Médica de Egreso: con la finalidad de conocer el estado de saludde los trabajadores y las trabajadoras al momento de su egreso de laempresa.

b. Se debe entregar el original a los trabajadores y las trabajadoras de los resultadosde las evaluaciones médicas ocupacionales, dentro de las veinticuatro horassiguientes a su obtención, garantizando la confidencialidad de éstos frente aterceros, salvo autorización expedida por ellos solicitando lo contrario. Losresultados de las evaluaciones servirán de base para la planificación de accionesen la relación causa– efecto dentro del medio ambiente de trabajo.

c. La historia médica del trabajador o la trabajadora, debe permanecer en el Serviciode Seguridad y Salud de la empresa, bajo custodia de la Organización de SaludOcupacional hasta 10 años siguientes a la terminación de la relación de trabajo.

7.3.10 Planes de Contingencias y Atención de Emergencias

a. En cada área operacional o administrativa se debe asegurar que se disponga deun plan de acción específico para una efectiva respuesta y control de lasemergencias y contingencias, apropiados a la naturaleza y magnitud de susriesgos. (Ver Norma PDVSA SI–S–06).

b. Los planes de contingencia y atención de emergencias deben garantizar el auxilioinmediato, transporte y atención médica de emergencia, asegurando la

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incorporación, mantenimiento y operatividad de equipos y unidades deambulancia operadas por personal calificado en la materia.

c. Los planes de acción para el control de emergencias y contingencias deben serdocumentados, ejercitados, evaluados, actualizados y comunicados a lostrabajadores y trabajadoras, contratistas, autoridades y público clave. Losmismos deben ser coordinados con los organismos externos competentes, conroles y responsabilidades claramente definidos.

7.3.11 Personal y Recursos para la Ejecución del Programa de Seguridad y Saluden el Trabajo

a. Se debe prever el personal y los recursos financieros y tecnológicos necesariospara la implementación de los planes contenidos en el Programa de Seguridady Salud en el Trabajo.

b. La estimación y aprobación de dichos recursos debe realizarse en la etapa dePlanificación.

c. El presupuesto debe contener:

– Cantidad de profesionales, por cada especialidad requerida, en el Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

– Partidas presupuestarias, dirigidas al cumplimiento de los planes para:Movilización y Gestión, Materiales y Equipos (Inversiones y Operaciones),Formación y Contratos.

7.3.12 Ingeniería y Ergonomía

Se debe establecer y ejecutar un plan de reuniones mensuales con el personalde Proyectos e Infraestructura, esto con la finalidad de incluir los aspectos deseguridad y salud desde las etapas más tempranas de los proyectos de nuevasinstalaciones o modificaciones.

Se deben realizar evaluaciones de puestos de trabajo tomando en cuenta lascaracterísticas psicológicas, cognitivas, culturales, antropométricas de lostrabajadores y trabajadoras.

Deben elaborase programas de ergonomía que contemplen la adecuación de lospuestos de trabajo a los trabajadores y trabajadoras que laboren en los mismos.

7.4 Investigación de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales

En aquellos casos que ocurran accidentes o se sospeche la existencia de unaenfermedad ocupacional se deben llevar a cabo los procesos de Investigación deAccidentes y Enfermedades Ocupacionales según lo establecido en las NormasPDVSA SI–S–22 y PDVSA HO–H–17, respectivamente.

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7.5 Compromiso de Hacer Cumplir los Planes Establecidos en elPSST

Una vez concluido el proceso de diseño y consulta del PSST la gerencia de laorganización debe elaborar una carta compromiso dirigida al CSSL y alINPSASEL para su aprobación.

Esta Carta de Compromiso se debe elaborar siguiendo el modelo del Anexo A.

8 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOPARA CONTRATISTAS

8.1 La gerencia usuaria debe solicitar a las empresas contratistas, antes del inicio dela obra o servicio, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, bajo losprincipios contenidos en la LOPCYMAT y su Reglamento, normas técnicas alrespecto y las Normas PDVSA.

8.2 El Servicio de Seguridad y Salud de PDVSA debe poner en conocimiento, a lasempresas contratistas, la información contenida en el Programa de Seguridad ySalud en el Trabajo de la organización.

8.3 El Servicio de Seguridad y Salud de PDVSA debe auditar y vigilar el cumplimientodel Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la contratista a través de laNorma PDVSA SI–S–04.

9 CONSULTA DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO

El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo llevará a consulta ante lostrabajadores y trabajadoras, conjuntamente con el Comité de Seguridad y SaludLaboral, la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo a travésde mesas técnicas de trabajo, consulta por puesto de trabajo, consulta víaelectrónica, foros, charlas, entre otros.

Dependiendo de la complejidad de la organización, se programarán losmecanismos de consulta con la finalidad de asegurar la participación de lostrabajadores y trabajadoras y, se establecerá un plazo máximo de consulta deacuerdo al caso; se debe dejar registros de la participación y conformidad de lostrabajadores y las trabajadoras con el Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo.

Se debe asegurar que los comentarios y planteamientos acordados seanincorporados en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo antes de suaprobación y puesta en práctica.

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10 APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO

Una vez concluida la etapa de consulta, el Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo presentará la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajoante el Comité de Seguridad y Salud Laboral para su aprobación o negativa. Encaso de ser negativa deberá ser motivada, indicando aquellos aspectos quedeben ser modificados.

Una vez aprobado por el Comité de Seguridad y Salud Laboral, se presentará alNivel Directivo o Gerente General para la firma correspondiente.

Así mismo, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y quien PDVSA designecomo su representante legal deberán presentar el Programa de Seguridad ySalud en el Trabajo ante el INPSASEL para su aprobación o negativa. En casode ser negativa deberá ser motivada, indicando aquellos aspectos que deben sermodificados.

Se deben mantener los registros que avalen el cumplimiento de cada una de lasetapas de aprobación indicadas.

11 IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO

Se debe realizar la planificación de las actividades anuales necesarias para elcumplimiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo debe iniciarse enel 1er trimestre del año anterior a su implementación, asegurando de esta formaque los recursos necesarios. Un esquema de las actividades a realizar en estaetapa se encuentra en el Anexo B.

12 EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DESEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe diseñar un plan de seguimiento yevaluación periódico al cumplimiento del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo considerando para ello los planes de acción formulados.

El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe, mensualmente, facilitar a losDelegados, Delegadas de Prevención y al Comité de Seguridad y Salud Laboral,la información necesaria para que sea realizada la evaluación correspondiente.

Se debe establecer un sistema de información de resultados y recomendacionesa diferentes niveles, a fin de tomar las acciones a las que haya lugar y mejorarcontinuamente la efectividad de las acciones tomadas.

El CSSL debe ejecutar el plan de seguimiento y evaluación, reportando losresultados del mismo al INPSASEL en su informe mensual.

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Los resultados del seguimiento deben ser informados trimestralmente a lostrabajadores y trabajadoras y al Nivel Directivo o Gerente General.

13 BIBLIOGRAFÍANorma COVENIN 2266 “Guía de los Aspectos Generales a ser considerados enla Inspección de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo”.

14 ANEXOSAnexo A: Modelo de Carta de Compromiso.

Anexo B: Ejemplo de Planificación del Programa de Seguridad y Salud Laboral.

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ANEXO A MODELO DE CARTA DE COMPROMISO

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Lugar y Fecha.

Sres. Comité de Seguridad y Salud Laboral

Yo, _____________________________________, titular de la cédula deidentidad No. ______________ representante legal de la___________________, por medio de la presente dejo constancia que una vezconcluido el proceso de construcción y validación del Programa de Seguridad ySalud en el Trabajo de este centro de trabajo y cumplido con todos los requisitosexigidos en los Artículos 61 la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y MedioAmbiente de Trabajo (LOPCYMAT) y los Artículos 80, 81 y 82 de su ReglamentoParcial y su Norma Técnica, me comprometo a asumir los siguientescompromisos:

� Adoptar y desarrollar nuevas tecnologías compatibles con el respecto al medioambiente y la mejora continua de las condiciones de trabajo.

� Proporcionar información y formación teórica y práctica, suficiente, adecuaday en forma periódica a todos los trabajadores o trabajadoras en materia deseguridad y salud en el trabajo.

� Medir, controlar y perfeccionar de modo continuo los procesos productivos enlos aspectos relacionados con el medio ambiente y la salud de los trabajadoreso trabajadoras.

� Promover sistemas de comunicación interna sobre la eficacia de la política,normas y resultados en los aspectos de prevención, facilitando y fomentandola coordinación y participación de todos los trabajadores o trabajadoras.

� Revisar de forma periódica los puestos de trabajo en los aspectos que afectana la seguridad, higiene, ergonomía y psicología, utilizando los registros sobremorbilidad y accidentalidad, a fin y efecto de mejorar los métodos de trabajoy la eficacia de las medidas preventivas.

� Garantizar a las empresas contratista condiciones óptimas de seguridad ysalud en el trabajo.

� Establecer programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descansoy turismo social para el disfrute de los trabajadores y las trabajadoras.

______________________________________Firma y Sello

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ANEXO B EJEMPLO DE PLANIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD

PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO– PLAN DE HIGIENE OCUPACIONAL

CRONOGRAMA DE EJECUCIÓNGERENCIA XXXXxx

IMPLANTACIÓN PROGRAMA DE SALUD YSEGURIDAD LABORAL (EN MATERIA DE

HIGIENE) EN LA GERENCIA XXXRESPONSABLES

RECURSOSFINANCIEROS

Trabajador( Horas)

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEP

OCT

NOV

DIC

OBSERVACIONES

1IMPULSAR , ELABORAR Y DIVULGARPROGRAMA DE SST DE LA GERENCIA DEXXX

2

IMPULSAR, LIDERAR Y ASESORAR ELPROCESO DE IDENTIFICACIÓN DEPELIGROS POR INSTALACIÓN Y PUESTOSDE TRABAJO CON EL EQUIPOMULTIDISCIPLINARIO DE LA GERENCIA XXXX

3NOTIFICACIÓN DE PELIGRO Y RIESGOS PORINSTALACIÓN Y PUESTOS DE TRABAJO

4INSPECCIONES EN MATERIA DE HIGIENEOCUPACIONAL

5PROGRAMA DE EVALUACIÓN YSEGUIMIENTO DE RIESGOSOCUPACIONALES

6IMPLEMENTACIÓN SISTEMÁTICA DE LOSPROGRAMAS DE CONTROL PREVENTIVO YCORRECTIVO

7PROGRAMA DE CAPACITACIÓN YFORMACIÓN EN MATERIA DE HIGIENEOCUPACIONAL (CHARLAS)

8PROGRAMA DE EVALUACIÓN ACONTRATISTAS

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ANEXO B EJEMPLO DE PLANIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD (CONT.)

PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO– PLAN DE HIGIENE OCUPACIONAL

CRONOGRAMA DE EJECUCIÓNGERENCIA XXXXxx

IMPLANTACIÓN PROGRAMA DE SALUD YSEGURIDAD LABORAL (EN MATERIA DE

HIGIENE) EN LA GERENCIA XXXRESPONSABLES

RECURSOSFINANCIEROS

Trabajador( Horas)

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEP

OCT

NOV

DIC

OBSERVACIONES

9INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADESOCUPACIONALES

10 REVISIÓN PREARRANQUE

11

SEGUIMIENTO AL PROCESO DE ELECCIÓNDE DELEGADAS Y DELEGADOS DEPREVENCIÓN Y REGISTROS ANTE ELINPSASEL

12SEGUIMIENTO AL PROCESO DE REGISTROSANTE EL INPSASEL DE LOS CSSL

13DOTACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓNPERSONAL