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Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2013 Última reforma publicada DOF 23-12-2015 Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14, 64 y 79 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 se emite la: Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas Objeto 1. Establecer la estructura del formato que los entes obligados deben observar para informarla difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados para que la información financiera que generen y publiquen los entes obligados sea con base en estructuras y formatos armonizados. Ámbito de aplicación 2. Las presentes disposiciones serán de observancia para la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Normas 3. En apego al artículo 79 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los entes obligados deberán publicar a más tardar a los 30 días posteriores a la conclusión de las evaluaciones, los resultados de las mismas. Precisiones al formato 4. Esquema para la integración de la información relativa difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados, para la estructura de la información, los entes obligados deberán observar los criterios e instrumentos siguientes: Disposiciones generales 5. Los presentes lineamientos tienen por objeto homologar y estandarizar la evaluación de los programas coordinados por los entes obligados y determinar los formatos para la difusión de resultados de las evaluaciones. 6. Estos lineamientos son de observancia obligatoria para los entes obligados responsables de coordinar programas y que no se encuentran contemplados en los Lineamientos generales para la evaluación de los programas federales de la Administración Pública Federal publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007. Para los efectos de los presentes lineamientos, se entenderá por: I. Aspectos susceptibles de mejora: a los hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas identificadas en las evaluaciones externas y/o informes, que pueden ser atendidos por el programa; II. Consejo: al Consejo Nacional de Armonización Contable; III. CONEVAL: al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; IV. Convenios: a los que hace referencia el artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; V. Entes Públicos: a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales;

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Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los

recursos federales ministrados a las entidades federativas

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2013

Última reforma publicada DOF 23-12-2015

Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14, 64 y 79 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación

de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12

de noviembre de 2012 se emite la:

Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los

recursos federales ministrados a las entidades federativas

Objeto

1. Establecer la estructura del formato que los entes obligados deben observar para informarla difusión

de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados para que la información

financiera que generen y publiquen los entes obligados sea con base en estructuras y formatos

armonizados.

Ámbito de aplicación

2. Las presentes disposiciones serán de observancia para la Federación, las entidades federativas, los

municipios, y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Normas

3. En apego al artículo 79 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los entes obligados

deberán publicar a más tardar a los 30 días posteriores a la conclusión de las evaluaciones, los

resultados de las mismas.

Precisiones al formato

4. Esquema para la integración de la información relativa difusión de los resultados de las evaluaciones

de los recursos federales ministrados, para la estructura de la información, los entes obligados

deberán observar los criterios e instrumentos siguientes:

Disposiciones generales

5. Los presentes lineamientos tienen por objeto homologar y estandarizar la evaluación de los

programas coordinados por los entes obligados y determinar los formatos para la difusión de

resultados de las evaluaciones.

6. Estos lineamientos son de observancia obligatoria para los entes obligados responsables de

coordinar programas y que no se encuentran contemplados en los Lineamientos generales para la

evaluación de los programas federales de la Administración Pública Federal publicados en el Diario

Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007.

Para los efectos de los presentes lineamientos, se entenderá por:

I. Aspectos susceptibles de mejora: a los hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas

identificadas en las evaluaciones externas y/o informes, que pueden ser atendidos por el

programa;

II. Consejo: al Consejo Nacional de Armonización Contable;

III. CONEVAL: al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social;

IV. Convenios: a los que hace referencia el artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y

Responsabilidad Hacendaria;

V. Entes Públicos: a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las

entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas;

los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las

demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y las entidades de la administración pública

paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales;

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VI. Entidades federativas: a los estados de la Federación y el Distrito Federal;

VII. Evaluación: al análisis sistemático y objetivo de los programas coordinados por los entes

públicos y que tienen como finalidad determinar la pertinencia y el logro de sus objetivos y

metas, así como su eficiencia, eficacia, calidad, resultados, impacto y sostenibilidad;

VIII. Función Pública: a la Secretaría de la Función Pública;

IX. Indicadores: a la expresión cuantitativa o, en su caso, cualitativa que proporciona un medio

sencillo y fiable para medir logros, reflejar los cambios vinculados con las acciones del

programa, monitorear y evaluar sus resultados;

X. Lineamientos de Evaluación de la APF: a los Lineamientos generales para la evaluación de

los programas federales de la Administración Pública Federal publicados en el Diario Oficial

de la Federación el 30 de marzo de 2007;

XI. Mecanismo para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora: al Mecanismo para el

seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora derivado de informes y evaluaciones a los

programas presupuestarios de la Administración Pública Federal;

XII. PAE: al Programa Anual de Evaluaciones;

XIII. Planeación de Desarrollo: al Plan Nacional de Desarrollo, así como a los planes de desarrollo

de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones del Distrito Federal o

documentos que determinen su orientación estratégica;

XIV. Programas: a los programas aprobados conforme a los ordenamientos de los entes públicos,

con base en los cuales se ejecutan las acciones para el ejercicio de los recursos de los entes

públicos; asimismo se considerarán en este rubro las estrategias que integran a un conjunto

de programas;

XV. Secretaría: a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

XVI. SED: al Sistema de Evaluación del Desempeño previsto en los artículos 2, fracción LI y 111

de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y

XVII. TdR: al modelo de Términos de Referencia.

7. Las disposiciones aplicables en materia de monitoreo y evaluación a los convenios, serán las

señaladas en cada uno de los acuerdos concertados con cada uno de los entes públicos,

respectivamente. Para el caso de los convenios en los que se concerte programas federales, les

aplicará los Lineamientos de Evaluación de la APF.

De los objetivos estratégicos

8. Los objetivos estratégicos de los entes públicos deberán ser una expresión de los fines últimos que

se fijen en el marco de los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en la Planeación del

Desarrollo, por lo que los entes públicos deberán elaborar dichos objetivos estratégicos alineándolos

y vinculándolos con sus respectivos planes de desarrollo o documentos que determinen su

orientación estratégica.

El fin y los objetivos de los programas deberán contribuir al cumplimiento de los objetivos estratégicos de

los entes públicos.

Del programa anual de evaluación

9. El Programa Anual de Evaluaciones tiene por objeto establecer los programas de los entes públicos

sujetos a evaluación, los tipos de evaluaciones que se aplicarán a estos programas y el calendario de

ejecución de las evaluaciones.

Para los entes públicos de la Administración Pública Federal, el Programa Anual de Evaluación que

deberán publicar en sus páginas electrónicas a más tardar el último día hábil de abril de cada ejercicio fiscal,

será el emitido por la Secretaría, la Función Pública y el CONEVAL.

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Los entes públicos no considerados en la Administración Pública Federal deberán emitir su programa

anual de evaluaciones, tomando como referencia los presentes lineamientos así como los Lineamientos de

Evaluación de la APF.

De las evaluaciones, el seguimiento a los resultados y la difusión de las evaluaciones

Del diagnóstico de los programas nuevos

10. En caso que los entes públicos planeen la implementación de un programa público nuevo, deberán,

en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la implementación del programa, elaborar un diagnóstico

que justifique la creación del programa nuevo, o en su caso, que justifique la ampliación o

modificación sustantiva de los programas existentes, precisando su impacto presupuestario y las

fuentes de financiamiento. Para tal efecto, podrán utilizar como referencia los elementos mínimos

para el diagnóstico de programas nuevos del CONEVAL.

Para el caso de programas de inversión a cargo de los entes públicos no les aplicará este numeral y

deberán considerar lo establecido en la normatividad aplicable.

Asimismo, los entes públicos deberán elaborar indicadores del programa propuesto, de conformidad con

los Lineamientos para la generación, homologación, actualización y publicación de los indicadores de

desempeño de los programas operados por entes públicos emitidos por el Consejo.

Los entes públicos deberán difundir a través de sus páginas de Internet dicho diagnóstico, así como los

indicadores, antes de que inicie la ejecución del programa y durante el primer año de implementación o si

existen modificaciones sustantivas.

De los tipos de evaluación

11. Para garantizar la evaluación orientada a resultados y retroalimentar el SED, los entes públicos

podrán aplicar los tipos de evaluación determinados en el numeral Décimo Sexto de los Lineamientos

de Evaluación de la APF.

12. Las evaluaciones de los programas de los entes públicos se llevarán a cabo por instituciones

académicas y de investigación, personas físicas o morales especializadas en la materia u

organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y

experiencia en la materia, en términos de las disposiciones aplicables y con cargo al presupuesto del

Ente Público de que se trate, o del CONEVAL cuando éste así lo determine.

De la organización y coordinación

13. La contratación, operación y supervisión de la evaluación, deberá ser objetiva, imparcial,

transparente e independiente.

14. Los entes públicos deberán registrar de manera específica para su plena transparencia y rendición

de cuentas, el total de las erogaciones que se lleven a cabo para realizar las diferentes etapas de las

evaluaciones.

De los TdR de las evaluaciones

15. Para cada evaluación se deberán elaborar TdR conforme a las características particulares de cada

evaluación que incluyan al menos el objetivo de la evaluación, los alcances, metodología, perfil del

equipo evaluador y productos esperados. Los TdR serán elaborados por la unidad administrativa

responsable de la evaluación.

El informe de evaluación que elabore el evaluador externo deberá incluir un apartado en el que se

expongan, de forma breve y resumida, las fortalezas y oportunidades, debilidades y amenazas, así como las

recomendaciones de cada uno de los temas de la evaluación que hayan sido analizados.

A efectos de determinar los TdR, los entes públicos podrán considerar los elaborados por el Consejo

Nacional para la Evaluación de Política de Desarrollo Social, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la

Secretaría de la Función Pública.

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De los requisitos mínimos de elegibilidad para la contratación de los evaluadores externos

16. Los entes públicos deberán solicitar a los evaluadores externos interesados en realizar las

evaluaciones a que se refieren los presentes lineamientos, los requisitos establecidos en el numeral

Trigésimo Segundo de los Lineamientos de Evaluación de la APF.

Los procedimientos de contratación para las evaluaciones a que se refieren los presentes lineamientos, se

sujetarán a las disposiciones aplicables a cada uno de los entes públicos.

Del seguimiento a los resultados y recomendaciones de las evaluaciones

17. Los entes públicos que realicen evaluaciones deberán dar seguimiento a los aspectos susceptibles

de mejora derivados de las recomendaciones emitidas en dichas evaluaciones, atendiendo los

mecanismos para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora que correspondan.

Párrafo reformado DOF 23-12-2015

De la difusión de los programas, las evaluaciones y sus resultados

18. Los entes públicos deberán publicar las evaluaciones realizadas en sus respectivas páginas de

Internet a más tardar a los 30 días posteriores a la conclusión de las mismas. Asimismo deberán

difundir en sus páginas de Internet, en un lugar visible y de fácil acceso, la información a que se

refiere el Anexo 1 de los presentes lineamientos.

Anexo 1

Formato para la Difusión de los Resultados de las Evaluaciones

1. DESCRIPCIÓN DE LA EVALUACIÓN

1.1 Nombre de la evaluación: EVALUACIÓN DE PROCESOS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO (PETC) 1.2 Fecha de inicio de la evaluación (dd/mm/aaaa): La información de los campos pendientes se está recabando con el

área responsable

1.3 Fecha de término de la evaluación (dd/mm/aaaa): La información de los campos pendientes se está recabando con

el área responsable

1.4 Nombre de la persona responsable de darle seguimiento a la evaluación y nombre de la unidad administrativa a la

que pertenece:

Nombre: Patricia Esparza Araujo Unidad administrativa: Dirección General de Educación

Básica

1.5 Objetivo general de la evaluación: Realizar un análisis sistemático de la gestión operativa de dos componentes del

PETC: propuesta pedagógica y servicios de alimentación, durante el ciclo escolar 2016-2017, el cual permita valorar si

dicha gestión cumple con lo necesario para el logro de las metas y objetivo de dichos componentes, así como realizar

recomendaciones que permitan la instrumentación de mejoras.

1.6 Objetivos específicos de la evaluación:

1. Describir los procesos del componente propuesta pedagógica, considerando al menos los siguientes

aspectos:

1.1 Organización de la jornada escolar

1.2 Tipo de actividades académicas

1.3 Desarrollo de las líneas de trabajo educativas

1.4 Autonomía de la gestión

1.5 Uso efectivo del tiempo disponible

1.6 Uso de materiales dispuestos1 (metodologías)

1.7 Integración de todos los alumnos

1 Fichero de actividades didácticas, Desafíos matemáticos y funcionamiento de la Biblioteca Escolar.

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1.8 Participación de padres de familia

2. Sobre el componente Servicio de alimentación se deberá describir la organización, el acondicionamiento y el

equipamiento para ofrecer dicho servicio en las ETC, identificando al menos los siguientes elementos:

2.1 Actores participantes

2.2 Esquemas de abasto de alimentos

2.3 Proveedores

2.4 Tipo de apoyo que aportan los padres de familia.

2.5 Horario de ingesta

2.6 Cuándo y dónde preparan los alimentos.

2.7 Porcentaje de alumnos que asisten al servicio de alimentación.

2.8 Número de ETC que cuentan con cocina y/o comedor

2.9 Forma de abasto de agua potable para el consumo y preparación de alimentos en las ETC.

2.10 Número de ETC que cuentan con bebederos funcionando.

2.11 Percepción de los actores educativos

3. Identificar y analizar los problemas o limitantes, tanto normativos como operativos, que obstaculizan la gestión de

los componentes propuesta pedagógica y servicios de alimentación del PETC, así como las fortalezas y buenas

prácticas que mejoran la capacidad de gestión de los mismos.

4. Analizar si la gestión y la articulación de los procesos contribuyen al logro de los objetivos de los componentes

propuesta pedagógica y servicios de alimentación del PETC.

5. Elaborar recomendaciones generales y específicas que el PETC pueda implementar, tanto a nivel normativo como

operativo.

1.7 Metodología utilizada en la evaluación: Esta evaluación comprendió a) un análisis de gabinete, que permitió conocer

las características de la propuesta pedagógica y del servicio de alimentación, el marco normativo que rige estos

componentes, los procesos que se deben llevar a cabo en el programa y los actores clave que intervienen en la

operación según la normatividad; y b) un estudio cualitativo que permitió conocer en detalle las actividades que llevan a

cabo distintos actores como parte del PETC y las condiciones en que operan.

Instrumentos de recolección de información:

Guía de entrevista de la coordinadora estatal del petc

Guía de entrevista coordinadora académica estatal del pect

Guía de entrevista a encargado de alimentación equipo estatal

Guía de entrevista del coordinador operativo estatal del petc

Guía de entrevista directores

Guía de entrevista a docentes

Guía de entrevista a coordinador escolar del servicio de alimentación

Guía de entrevista padres, madres y tutores, estudiantes de primaria y estudiantes de telesecundaria

Cuestionarios__ Entrevistas_X__ Formatos__ Otros__ Especifique:

Descripción de las técnicas y modelos utilizados: El estudio cualitativo que se llevó a cabo como parte de esta

evaluación de procesos incluyó entrevistas semiestructuradas al personal de la SEG responsable del Programa,

supervisores de zona, y directores, docentes, la coordinadora del servicio de alimentación (CSA), padres de familia

yalumnos en una muestra escuelas pertenecientes al PETC en Guanajuato.

2. PRINCIPALES HALLAZGOS DE LA EVALUACIÓN

2.1 Describir los hallazgos más relevantes de la evaluación:

Véase página 84 del informe final

2.2 Señalar cuáles son las principales Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (FODA), de acuerdo con los

temas del programa, estrategia o instituciones.

2.2.1 Fortalezas:

-En algunas ETC el personal docente joven está muy motivado para utilizar formas alternativas de enseñanza.

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- Las reuniones del CTE son una buena plataforma para compartir experiencias entre docentes al interior de las ETC y

entre escuelas.

2.2.2 Oportunidades:

-Otros programas de la SEP, como los Libros del rincón, proveen equipo y actividades que los/las docentes pueden

emplear para los fines pedagógicos del PETC.

- Las madres de familia tienen una alta disposición a participar en el servicio de alimentación del Programa y en otras

actividades escolares como la organización de kermeses y eventos. Esta voluntad debería de aprovecharse para

involucrarlas en las actividades didácticas.

2.2.3 Debilidades:

- La población involucrada en el Programa en las ETC (director, docentes, padres de familia, alumnos), dan menor

importancia a la propuesta pedagógica que al servicio de alimentación. Esto afecta negativamente los esfuerzos y

compromisos con el Programa.

- La normatividad no es clara en los objetivos del PETC y la forma en que debe de implementarse la propuesta

pedagógica.

- Los/las docentes que se incorporan al Programa no tienen claridad sobre sus responsabilidades.

- Alta rotación de personal en las ETC dificulta la continuidad y causa nuevas necesidades de capacitación.

- Escasa inversión en material de difusión y apoyo. Las capacitaciones podrían apoyarse con folletos y otros

materiales breves que transmitan el objetivo y propuesta pedagógica del ETC de forma clara y breve, pero no se

producen estos materiales. Algunas ETC no tienen ficheros didácticos suficientes.

- No se involucra a las madres de familia en las actividades académicas y pedagógicas.

- El personal docente de muchas escuelas tiene mucho tiempo dando clases bajo el esquema tradicional y tiene

poca disposición a innovar.

- Las capacitaciones no son lo suficientemente prácticas, no las da personal con experiencia de aula y no se dirigen

a los/las docentes. En consecuencia, los/las docentes, que son quienes deben aplicar la propuesta pedagógica, no

están suficientemente sensibilizados en ésta. La falta de capacitación apropiada impide el uso efectivo de las fichas.

- El personal docente no desea dedicar su tiempo libre a capacitarse en el Programa y sus contratos actuales no

permiten que se les paguen capacitaciones en la tarde y los fines de semana.

- El personal de las ETC no cuenta con información suficiente para decidir en qué gastar los apoyos monetarios del

Programa.

2.2.4 Amenazas:

- Muchas de las ETC no cuentan con electricidad y/o acceso a internet, y por tanto no pueden usar las TIC con un

fin pedagógico.

- En algunas escuelas la diversidad social de los alumnos y sus padres obstaculiza la integración y participación en

actividades escolares. Por ejemplo, en una primaria en Silao los alumnos provienen de tres vecindarios: dos rancherías

y un fraccionamiento nuevo. Las madres de las rancherías y la coordinadora del servicio de alimentación miran con

recelo a las madres y a los niños del fraccionamiento, diciendo que tienen otras costumbres, que no participan con ellas,

y que no comen lo mismo que los demás alumnos. En otra escuela primaria hay una división entre niños protestantes y

católicos. En esta escuela los niños protestantes no participan en las actividades culturales.

- Las familias tienen muy bajas expectativas sobre la educación de los niños y esto es un obstáculo para el

aprendizaje. Varios docentes nos explicaron que a los padres sólo les interesa que los niños aprendan a leer y a

escribir, y no que adquieran otros conocimientos.

- Las familias tienen muy bajo nivel educativo. Muchas madres no asistieron a la escuela o no terminaron la primaria y

no pueden ayudar en las tareas escolares, lo que dificulta el fomento a la lectura en casa

- La alta migración en algunas comunidades es un desincentivo para concluir la primaria y avanzar a la secundaria. Los

niños de estas comunidades tienen planeado migrar en cuanto terminan la primaria y no tienen incentivos para ir a la

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secundaria.

La violencia en las comunidades afecta al Programa de varias maneras:

o Los niños no se portan bien en clase, son violentos y agresivos entre ellos, porque la violencia es una práctica

normalizada.

o Las supervisoras de zona no visitan estas comunidades porque temen por su seguridad.

o Los robos de materiales y equipo en las escuelas son comunes. Algunas escuelas han optado por no comprar equipo.

3. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA EVALUACIÓN

3.1 Describir brevemente las conclusiones de la evaluación:

1. El servicio de alimentación tiene una visibilidad mayor que el objetivo de mejoramiento de los aprendizajes, lo que

repercute en que la comunidad escolar le otorgue mayor importancia y relevancia. Esta percepción probablemente se

deriva de la mayor visibilidad de los insumos e inversiones que se destinan para este servicio y, sobre todo, al muy

intenso involucramiento de las madres de familia en la operación del servicio diariamente y el casi nulo involucramiento

en los objetivos académicos. Es necesario que la comunicación cambie y se envíen sistemáticamente mensajes por

todos los canales y a través de todos los actores de que el objetivo principal de las ETC es el mejoramiento del

rendimiento escolar de los alumnos y, especialmente, la eliminación del rezago escolar.

2. Existe una concepción restringida de lo que es la propuesta pedagógica del PETC, que debería ampliarse y apoyarse.

En términos generales, los lineamientos para la organización y el funcionamiento de las ETC, el personal en la

coordinación estatal y los/las directores y docentes en las escuelas consideran que ésta se reduce al uso de los ficheros

y las fichas. No hay una concepción global de que la propuesta pedagógica consiste en usar el mayor tiempo disponible

de manera creativa y lúdica para propiciar aprendizajes más amplios y profundos de los contenidos curriculares.

3. En materia del servicio de alimentación, la principal conclusión es que el servicio funciona razonablemente bien y que

cumple con sus objetivos. Sin embargo, existen muchas oportunidades de mejoramiento. Entre las principales

señalamos la de a) aprovechar la oportunidad para brindar una educación alimentaria que beneficie a los alumnos el

resto de sus vidas; b) diseñar un sistema más descentralizado de toma de decisiones respecto a los alimentos que el

programa compra y entrega a las escuelas de manera que pueda ajustarse más a los gustos y preferencias de los

consumidores, al tiempo de mantener las consideraciones de buena nutrición que deben guiar al programa; y c) tener un

mejor control de inventarios de alimentos en las escuelas y reglas más estrictas sobre la disposición de los mismos.

3.2 Describir las recomendaciones de acuerdo a su relevancia:

1: véase página 110 a la 125 del informe final de la evaluación.

4. DATOS DE LA INSTANCIA EVALUADORA

4.1 Nombre del coordinador de la evaluación: José Luis Palma Cabrera

4.2 Cargo: Director General de INSAD

4.3 Institución a la que pertenece: INSAD

4.4 Principales colaboradores: Ricardo Vernon y Estela Rivera

4.5 Correo electrónico del coordinador de la evaluación: <[email protected]>

4.6 Teléfono (con clave lada): 01 55 5615 8252

5. IDENTIFICACIÓN DEL (LOS) PROGRAMA(S)

5.1 Nombre del (los) programa(s) evaluado(s): Programa Escuela de Tiempo Completo

5.2 Siglas: PETC

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5.3 Ente público coordinador del (los) programa(s): SEG

5.4 Poder público al que pertenece(n) el(los) programa(s):

Poder Ejecutivo_X_ Poder Legislativo___ Poder Judicial___ Ente Autónomo___

5.5 Ambito gubernamental al que pertenece(n) el(los) programa(s):

Federal___ Estatal_X__ Local___

5.6 Nombre de la(s) unidad(es) administrativa(s) y de (los) titular(es) a cargo del (los) programa(s): Dirección general de

Educación Básica

5.6.1 Nombre(s) de la(s) unidad(es) administrativa(s) a cargo de (los) programa(s):

Dirección de Gestión y supervisión escolar

5.6.2 Nombre(s) de (los) titular(es) de la(s) unidad(es) administrativa(s) a cargo de (los) programa(s) (nombre completo,

correo electrónico y teléfono con clave lada):

Nombre: Patricia Esparza Araujo Unidad administrativa: Jefatura de seguimiento a la autonomía

de gestión escolar

6. DATOS DE CONTRATACIÓN DE LA EVALUACIÓN

6.1 Tipo de contratación:

6.1.1 Adjudicación Directa___ 6.1.2 Invitación a tres__X_ 6.1.3 Licitación Pública Nacional___

6.1.4 Licitación Pública Internacional___ 6.1.5 Otro: (Señalar)___

6.2 Unidad administrativa responsable de contratar la evaluación: DGEB

6.3 Costo total de la evaluación: $ La información de los campos pendientes se está recabando con el área responsable

6.4 Fuente de Financiamiento : La información de los campos pendientes se está recabando con el área responsable

7. DIFUSIÓN DE LA EVALUACIÓN

7.1 Difusión en internet de la evaluación: http://www.seg.guanajuato.gob.mx/Ceducativa/SIIE/Paginas/Tdr.aspx

7.2 Difusión en internet del formato: http://www.seg.guanajuato.gob.mx/Ceducativa/SIIE/Paginas/Tdr.aspx

Instructivo para el llenado del formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones.

Objetivo

Establecer las directrices para requisitar el Formato al que hace referencia el Anexo 1 de los Lineamientos

para la homologación y estandarización de las evaluaciones de los entes públicos.

1. Descripción de la evaluación

Para cada evaluación contemplada en el programa anual de evaluaciones se deberá informar lo

siguiente:

1.1 Nombre de la evaluación

Especificar el tipo de evaluación que se aplicó, de conformidad con lo establecido en el numeral

7 “De los Tipos de Evaluación” de los Lineamientos para la homologación y estandarización de

las evaluaciones de los entes públicos.

1.2 Fecha de inicio de la evaluación (dd/mm/aaaa)

Se deberá establecer la fecha de inicio de la evaluación con independencia de la que se

establece en los TdR.

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1.3 Fecha de término de la evaluación (dd/mm/aaaa)

Se deberá establecer la fecha de término de la evaluación con independencia de la que se

establece en los TdR.

1.4 Nombre de la persona responsable de darle seguimiento a la evaluación y nombre de la

unidad administrativa a la que pertenece

Establecer los datos de la persona encargada de dar seguimiento a la evaluación, así como el

nombre de la unidad administrativa de adscripción.

1.5 Objetivo general de la evaluación

Describir de manera breve y puntual el objetivo general de la evaluación.

1.6 Objetivos específicos de la evaluación

Describir cada uno de los objetivos específicos de la evaluación.

1.7 Metodología utilizada en la evaluación

Con base en los criterios definidos y establecidos en los Términos de Referencia (TdR)

utilizados para llevar a cabo la evaluación, se debe realizar una breve descripción de la

metodología utilizada. Dicha descripción debe incluir, al menos, lo siguiente:

Instrumentos de recolección de información: seleccione uno o más de los siguientes

conceptos: cuestionarios, entrevistas, formatos, otros (especifique el instrumento).

Descripción de las técnicas y modelos utilizados: mencione las herramientas, técnicas,

símbolos, objetos, entidades, atributos, etc., y la relación entre los elementos utilizados

para la representación cualitativa y/o cuantitativa de la evaluación.

2. Principales hallazgos de la evaluación

Para articular e integrar los resultados de la evaluación de los programas, en este apartado se deben

describir los hallazgos más destacados y representativos.

2.1 Describir los hallazgos más relevantes de la evaluación

Mencionar los principales resultados de la evaluación tomando en cuenta los atributos del

programa y con base en los TdR.

2.2 Señalar cuáles son las principales Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas

(FODA), de acuerdo con los temas del programa, estrategia o instituciones.

En esta sección se deben describir e integrar los principales factores externos e internos que

afectan o coadyuvan a la operación del programa, clasificados como:

2.2.1 Fortalezas,

2.2.2 Oportunidades,

2.2.3 Debilidades y,

2.2.4 Amenazas,

3. Conclusiones y recomendaciones de la evaluación

Incluir un análisis de los resultados de las evaluaciones del programa.

3.1 Describir brevemente las conclusiones de la evaluación

En esta sección se deben establecer las conclusiones de manera precisa y concreta señalando

los aspectos y acciones de mejora.

3.2 Describir las recomendaciones de acuerdo a su relevancia

Las recomendaciones deben ser enumeradas de acuerdo a su relevancia.

4. Datos de la instancia evaluadora

En esta sección se deben especificar los datos de la instancia evaluadora:

4.1 Nombre del coordinador de la evaluación

Establecer el nombre de la persona que coordinó la evaluación.

4.2 Cargo

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Establecer el nivel jerárquico del coordinador de la evaluación

4.3 Institución a la que pertenece

En caso de que el evaluador sea una persona moral o pertenezca a alguna institución,

establecer el nombre de la consultoría o institución a la que pertenece.

4.4 Principales colaboradores

Listar los nombres de los integrantes del equipo evaluador así como sus respectivas

responsabilidades.

4.5 Correo electrónico del coordinador de la evaluación

Registrar la dirección electrónica del coordinador de la evaluación.

4.6 Teléfono (con clave lada)

Registrar el teléfono del coordinador de la evaluación con clave lada así como la extensión en

caso de contar con ella.

5. Identificación del (los) programa(s)

Esta sección deberá ser llenada para integrar los datos de (los) programa(s) evaluado(s), de acuerdo

a los siguientes atributos:

5.1 Nombre del (los) programa(s) evaluado(s)

Establecer el nombre del (los) programa(s) evaluado(s).

5.2 Siglas

Proporcionar las siglas que identifican el (los) programa(s) evaluado(s).

5.3 Ente público coordinador del (los) programa(s)

Proporcionar el nombre del ente público a cargo del (los) programa(s).

5.4 Poder público al que pertenece(n) el(los) programa(s)

Establecer el ámbito al que pertenece(n) el(los) programa(s) evaluado(s), de acuerdo a lo

siguiente:

Ejecutivo,

Legislativo,

Judicial,

Ente Autónomo.

5.5 Ambito gubernamental al que pertenece(n) el(los) programa(s)

Determinar el ámbito gubernamental al que pertenece(n) el (los) programa(s) evaluado(s):

Federal,

Estatal,

Municipal.

5.6 Nombre de la(s) unidad(es) administrativa(s) y de (los) titular(es) a cargo del (los)

programa(s)

5.6.1 Nombre(s) de la(s) unidad(es) administrativa(s) a cargo de (los) programa(s)

5.6.2 Nombre(s) de (los) titular(es) de la(s) unidad(es) administrativa(s) a cargo de (los)

programa(s) (nombre completo, correo electrónico y teléfono con clave lada).

6. Datos de contratación de la evaluación

6.1 Tipo de contratación

Page 11: Norma para establecer el formato para la difusión de …€¦ · Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales

Establecer, de conformidad con la normatividad aplicable a cada ente público, el procedimiento

de contratación de la evaluación:

6.1.1 Adjudicación Directa,

6.1.2 Invitación a tres,

6.1.3 Licitación Pública Nacional,

6.1.4 Licitación Pública Internacional,

6.1.5 Otro (señalar).

6.2 Unidad administrativa responsable de contratar la evaluación

Establecer la unidad administrativa responsable de contratar la evaluación.

6.3 Costo total de la evaluación

Establecer el monto de los recursos erogados para la evaluación en moneda nacional.

6.4 Fuente de financiamiento

Establecer la fuente de financiamiento utilizada para llevar a cabo la evaluación.

6.4.1 Recurso fiscal

6.4.2 Recurso propio

6.4.3 Créditos

6.4.4

7. Difusión de la Evaluación

7.1 Difusión en internet de la evaluación

Establecer la dirección electrónica de Internet en la que se puede consultar la evaluación

realizada.

7.2 Difusión en internet del formato

Establecer la o las direcciones electrónicas de Internet en la que esté disponible el Formato al

que hace referencia el Anexo 1 de los Lineamientos para la homologación y estandarización de

las evaluaciones de los entes públicos.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las doce horas con catorce minutos del día 27 de febrero

del año dos mil trece, con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,

12, fracción IV, y 64 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la

Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO

CONSTAR Y CERTIFICO que el documento consistente en 6 fojas útiles, impresas por anverso y reverso,

rubricadas y cotejadas, denominado Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las

evaluaciones de los recursos federales ministrados a las Entidades Federativas, corresponde con el texto

aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes

de dicho Consejo en su primera reunión celebrada, en segunda convocatoria, este 27 de febrero del presente

año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes.- El Secretario Técnico del Consejo

Nacional de Armonización Contable, Juan Manuel Alcocer Gamba.- Rúbrica.

Acuerdo por el que se Reforma Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de

las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas

Publicado en el DOF el 23-12-2015

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario

Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Las entidades federativas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7, segundo párrafo, de

la Ley General de Contabilidad Gubernamental deberán publicar el presente Acuerdo, en sus medios oficiales

Page 12: Norma para establecer el formato para la difusión de …€¦ · Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales

de difusión escritos y electrónicos, dentro de un plazo de 30 días hábiles siguientes a la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO.- En términos de los artículos 7 y 15 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el

Secretario Técnico llevará un registro público en una página de Internet de los actos que los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal realicen para la adopción e implementación del presente Acuerdo. Para tales efectos, los gobiernos de las Entidades Federativas y los ayuntamientos de los municipios remitirán a la Secretaria Técnica la información relacionada con dichos actos. Dicha información deberá ser enviada a la dirección electrónica [email protected], dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la conclusión del plazo fijado en el presente. Los municipios sujetos del presente acuerdo podrán enviar la información antes referida por correo ordinario, a la atención de la Secretaria Técnica del CONAC, en el domicilio de Constituyentes 1001, Colonia Belén de las Flores, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F., C.P. 01110.

En la Ciudad de México, siendo las catorce treinta horas del día 10 de diciembre del año dos mil quince,

con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64

del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad

Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad

de Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que

el documento consistente en 1 foja útil, rubricada y cotejada, corresponde con el texto del Acuerdo por el que

se Reforma la Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los

recursos federales ministrados a las entidades federativas, aprobado por el Consejo Nacional de

Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su cuarta reunión

celebrada, en segunda convocatoria, el 10 de diciembre del presente año, situación que se certifica para los

efectos legales conducentes. Rúbrica.

La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Armonización Contable, María Teresa Castro Corro.-

Rúbrica.