¡No Olvide Anotar La Placa Del Vehiculo en La Factura!. Nuevo Requerimiento a Partir Del 1.11

4
5/11/2015 ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 | Blog de Mario Alva Matteucci chromeextension://iooicodkiihhpojmmeghjclgihfjdjhj/front/in_isolation/reformat.html 1/4 ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 11 respuestas ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 MARIO ALVA MATTEUCCI El pasado 17 de julio de 2015 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 185-2015/SUNAT, a través de la cual se realizaron modificaciones a la normatividad de la emisión de las facturas electrónicas, al igual que las facturas y tickets contenidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago. En el caso puntual de la emisión de la factura electrónica, regulado por la Resolución de Superintendencia N° 188-2010/SUNAT y modificatorias, así como en el Reglamento de Comprobantes de Pago, regulado por la Resolución de Superintendencia N° 007- 99/SUNAT y modificatorias, se ha incorporado la obligatoriedad de la consignación del número de placa del vehículo en los siguientes supuestos: Cuando exista la cesión en uso de vehículos automotores, si al momento de la emisión del comprobante de pago, se conoce ese dato. En la venta al público de combustible para vehículos automotores, cuando se despache el combustible directamente al tanque de dicho vehículo. En la prestación de servicios de mantenimiento, seguros, reparación y similares para vehículos automotores, se debe consignar el número de placa del vehículo automotor respectivo. Lo antes indicado debe figurar en las facturas electrónicas que se emitan al amparo de lo señalado por la regulación del numeral 1 del artículo 9° de la Resolución de Superintendencia N° 188-2010/SUNAT, al igual que en las facturas físicas y los tickets emitidos por cintas o máquinas registradoras, conforme lo determinan los numerales 1.8, 1.17, 1.18, 5.4, 5.9 y 5.10 contenidos en el artículo 8° del Reglamento de

description

Noticia

Transcript of ¡No Olvide Anotar La Placa Del Vehiculo en La Factura!. Nuevo Requerimiento a Partir Del 1.11

5/11/2015 ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 | Blog de Mario Alva Matteucci

chrome­extension://iooicodkiihhpojmmeghjclgihfjdjhj/front/in_isolation/reformat.html 1/4

¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DELVEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevorequerimiento a partir del 1.11.2015

11 respuestas

¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevorequerimiento a partir del 1.11.2015

MARIO ALVA MATTEUCCI

El pasado 17 de julio de 2015 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resoluciónde Superintendencia N° 185-2015/SUNAT, a través de la cual se realizaronmodificaciones a la normatividad de la emisión de las facturas electrónicas, al igualque las facturas y tickets contenidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

En el caso puntual de la emisión de la factura electrónica, regulado por la Resoluciónde Superintendencia N° 188-2010/SUNAT y modificatorias, así como en el Reglamentode Comprobantes de Pago, regulado por la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y modificatorias, se ha incorporado la obligatoriedad de la consignacióndel número de placa del vehículo en los siguientes supuestos:

Cuando exista la cesión en uso de vehículos automotores, si al momento de laemisión del comprobante de pago, se conoce ese dato.En la venta al público de combustible para vehículos automotores, cuando sedespache el combustible directamente al tanque de dicho vehículo.En la prestación de servicios de mantenimiento, seguros, reparación ysimilares para vehículos automotores, se debe consignar el número de placa delvehículo automotor respectivo.

Lo antes indicado debe figurar en las facturas electrónicas que se emitan al amparo delo señalado por la regulación del numeral 1 del artículo 9° de la Resolución deSuperintendencia N° 188-2010/SUNAT, al igual que en las facturas físicas y los ticketsemitidos por cintas o máquinas registradoras, conforme lo determinan los numerales1.8, 1.17, 1.18, 5.4, 5.9 y 5.10 contenidos en el artículo 8° del Reglamento de

5/11/2015 ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 | Blog de Mario Alva Matteucci

chrome­extension://iooicodkiihhpojmmeghjclgihfjdjhj/front/in_isolation/reformat.html 2/4

Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT.

Se observa que con esta modificación normativa el fisco tendrá mayores datos, parapoder analizar el gasto que los contribuyentes consideran en la determinación de larenta neta de tercera categoría para el Impuesto a la Renta, relacionado con elmantenimiento y/o funcionamiento de los vehículos, sean estos cedidos en uso o quefiguren como de propiedad del contribuyente generador de rentas empresariales.

En este sentido, la SUNAT tendrá una mayor herramienta de fiscalización para poderefectuar reparos a los gastos que las empresas deducen respecto de los vehículos, todavez que al consignarse el número de placa del mismo en el comprobante de pago, sereducen las posibilidades que tenía el contribuyente para deducir gastos que pudieranser personales respecto de vehículos que no figuran en el activo de la empresa ohabiendo sido cedidos en uso reflejen un gasto no acorde con las actividades. Este esun indicador que el fisco está verificando, de un mejor modo, la causalidad del gastopara efectos del Impuesto a la Renta, el cual tendrá también influencia en lautilización del crédito fiscal del IGV.

Cabe referir que conforme lo indica el literal b) de la Única DisposiciónComplementaria Final de la Resolución de Superintendencia N° 185-2015/SUNAT, laobligatoriedad de consignar la información indicada en los párrafos anteriores opera apartir del 1 de noviembre de 2015, por lo que desde ese momento se deberá consignarel número de placa del vehículo de manera obligatoria en la factura electrónica, en lafactura física y en el ticket emitido por máquina registradora.

En caso de incumplimiento a esta normatividad se configura la infracción tipificada enel numeral 2) del artículo 174° del Código Tributario, por emitir y/u otorgardocumentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados comocomprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a laguía de remisión.

Evitemos contingencias consignando la información obligatoria mencionada en lanormatividad antes indicada.

Puntuación: / Votos:

Esta entrada se publicó en Comprobantes de Pago[1] y está etiquetada con CESION EN

USO[2], FACTURAS ELECTRONICAS[3], mantenimiento[4], PLACA DEL VEHICULO[5],

reparacion[6], Resolución de Superintendencia N° 185-2015/SUNAT[7], SEGUROS[8],

5/11/2015 ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 | Blog de Mario Alva Matteucci

chrome­extension://iooicodkiihhpojmmeghjclgihfjdjhj/front/in_isolation/reformat.html 3/4

1. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/category/comprobantes-de-pago/

2. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/cesion-en-uso/

3. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/facturas-electronicas/

4. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/mantenimiento/

5. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/placa-del-vehiculo/

6. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/reparacion/

7. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/resolucion-de-superintendencia-n-185-2015sunat/

Tickets[9] en 15 septiembre, 2015[10] por JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI[11]. Visto:680 veces

Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría enContabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la UniversidadNacional Mayor de San Marcos. Profesor del Curso de Especialización Avanzada enTributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del curso"Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho yCiencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Profesor delPrograma en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Profesor de los cursos"Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHOCORPORATIVO en ESAN. Coautor del Libro "Infracciones y Sanciones del CódigoTributario. Tomo I y II", del Libro "Detracciones, Retenciones y Percepciones", del"Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller", del "Libro Homenaje a Luis HernándezBerenguel", del "Libro Homenaje a Francisco Escribano” y del "Libro Homenaje aVictor Vargas Calderón". Coautor del libro "Guia de Operaciones Societarias yComerciales", del "Manual de Detraciones, Retenciones y Percepciones", del libro"Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2013 - 2014". Autor del libro"Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". Autor del libro "Análisis práctico delImpuesto General a las Ventas". Autor de artículos para revistas universitarias yprofesionales sobre diversos temas tributarios. Actualmente ocupa el cargo deDirector de la Revista Actualidad Empresarial.

Ver todas las entradas por JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI [12]

Links

5/11/2015 ¡NO OLVIDE ANOTAR LA PLACA DEL VEHICULO EN LA FACTURA!. Nuevo requerimiento a partir del 1.11.2015 | Blog de Mario Alva Matteucci

chrome­extension://iooicodkiihhpojmmeghjclgihfjdjhj/front/in_isolation/reformat.html 4/4

8. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/seguros/

9. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/tag/tickets/

10. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/2015/09/15/no-olvide-anotar-la-placa-del-vehiculo-en-la-factura-nuevo-requerimiento-a-partir-del-1-11-2015/

11. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/author/alva-jm/

12. http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/author/alva-jm/

Consigue una cuenta gratuita de Evernote paraguardar este artículo y verlo más tarde desde

cualquier dispositivo.

Crear cuenta