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Revisin tributaria y jurisprudencial de las NIC 2 y 16CPC Rubn Del Rosario

Temario1. Reconocimiento contable de activos 2. Probabilidad de beneficios econmicos 3. Deterioro de activos 4. Reconocimiento de existencias 5. Reconocimiento posterior: Revaluacin y desvalorizacin 6. Valor Neto de Realizacin VNR 7. Intereses y Diferencia de Cambio: 8. Reconocimiento de activos fijos 9. Incrementos por inflacin o devaluacin 10.Capitalizacin de intereses: 11.Depreciacin: Uso, desuso, obsolescencia, etc. 12.Vida til y valor residual 13.Control contable de la depreciacin y sus exigencias tributarias 14.Revaluacin voluntaria y control de las diferencias temporales 15.Impuesto a la renta y participaciones laborales diferidas

Reconocimiento contable de activos - MC, prrafos 82 al 98 Probabilidad de obtener beneficios econmicos futuros (La LIR no la toma encuenta en no pocas circunstancias)

Fiabilidad de la medicin (La LIR tiene Reconocimiento de: Activos Pasivos Ingresos Gastos

parmetros de medicin distintos en casos especficos)

ActivosMC, prrafos 53 al 59 Beneficios econmicos futuros Potencial para la generacin de efectivo Manifestacin material o inmaterial Derecho de propiedad no esencial Origen: Acontecimiento pasado

Medicin de los elementosMC, prrafos 99 al 101 Proceso de determinacin de los importes monetarios de los elementos de los E.F. Para su inclusin en ellos. Bases de medicin: Costo histrico (Tomado tambin en cuenta parapropsitos tributarios con determinadas excepciones)

Costo corriente Valor realizable (o de liquidacin) Valor presente

La probabilidad de obtener beneficios econmicos futuros (BEF)Marco Conceptual ..., prrafo 85

El concepto de probabilidad se utiliza, en las condiciones para su reconocimiento, con referencia al grado de incertidumbre con que los BEF asociados al mismo llegarn a, o saldrn de, la empresa. El concepto tiene en cuenta la incertidumbre que caracteriza el entorno en que opera la empresa. La medicin del grado de incertidumbre, correspondiente al flujo de BEF, se hace a partir de la evidencia disponible cuando se prepara los estados financieros. ...

Deterioro de activos Si existe cualquier indicio de que el activo puede haber perdido valor por deterioro, esto podra indicar que la vida til restante, el mtodo de depreciacin (amortizacin) utilizado o el valor residual del activo, necesitan ser revisados y ajustados, siguiendo la NIC aplicable a tal activo, incluso si no se llega finalmente a reconocer ningn deterioro del valor para el activo considerado.

Reconocimiento de ExistenciasNIC 2 (MODIFICADA EN 1993)

Tratamiento contable: Costo histrico Pautas prcticas: Determinacin del costo Posterior reconocimiento: Gasto Castigos: VNR

Lineamientos bsicos: Frmulas de costeo

Definicin de existenciasNIC 2 , p.4

Mantenidos para su venta en el curso ordinario de los negocios. En proceso de produccin para su venta Materiales o suministros que sern consumidos en: El proceso de produccin, o La prestacin de servicios

Para el caso de proveedores de servicios Costo del servicio por el cual an no se ha reconocido el correspondiente ingreso. Mano de obra: Costos de personal directamente encargado de proporcionar el servicio Personal de supervisin Gastos directos atribuiblesNIC 2, ps. 5 y 16

Valuacin y CostoNIC 2, ps. 6 Y 7

Costo o VNR, lo que resulte menor Costo: Costos de compra, Costos de transformacin, Otros costos en que se ha incurrido para poner las existencias en su ubicacin y condicin actual

Costo de compraNIC 2, p. 8

Precio de compra Derechos de importacin Impuestos no recuperables Costos de transporte Manipuleo Otros directamente atribuibles Descuentos y bonificaciones mercantles: Se deducen al determinar el costo de compra

Capitalizacin de diferencias de cambio Orgen de las diferencias de cambio: Severa depreciacin o devaluacin de la moneda Inexistencia de medios prcticos de proteccin Obligaciones con dificutad financiera de liquidacin Reciente adquisicin de existencias.NIC 2, p. 9 y NIC 21

Diferencias de cambioTRATAMIENTO TRIBUTARIO, LIR, Art. 61, inc. e)

Las diferencias de cambio originadas por pasivos en moneda extranjera relacionados y plenamente identificables, ya sea que se encuentren en existencia o en trnsito a la fecha del balance general, debern afectar el valor neto de los inventarios correspondientes.

Diferencias de cambioTRATAMIENTO TRIBUTARIO, LIR, Art. 61, inc. e)

... Cuando no sea posible identificar los inventarios con el pasivo en moneda extranjera, la diferencia de cambio deber afectar los resultados del ejercicio.

Valor Neto de Realizacin (VNR) (2) La prctica de reducir el costo de las existencias por debajo del costo a su valor neto de realizacin es congruente con el criterio de que el valor contable de los activos no debe ser superior al que se espera obtener de ellos al venderlos o usarlos.NIC 2, p. 25

Valor Neto de Realizacin (VNR) (3) Las estimaciones del VNR se basan en la evidencia ms confiable disponible al momento de estimar el monto al que se espera realizar las existenciasNIC 2, p. 25

Valor Neto de Realizacin (VNR) (4) Precio de venta estimado para el curso ordinario de los negocios, menos los costos estimados de terminacin y los costos estimados necesarios para realizar la venta.NIC 2, p. 4

VNR = P.V.

-

Costos de Terminacin

-

Costos Necesarios para la Venta

Reconocimiento como gastoNIC 2, p. 31

Las reducciones de valor de las existencias para ponerlas a su valor neto de realizacin y las prdidas de existencias deben ser reconocidas como gasto en el periodo en que tales reducciones o prdidas ocurran. ...

Reversin de los castigosNIC 2, p. 31

... Las reversiones de los castigos que se originen por un aumento en el VNR, deben ser reconocidas como una reduccin en el monto de las existencias reconocidas como gasto en el periodo en que ocurra la reversin.

Mermas y desmedros de existencias LIR, Art.37, inc.f). Rgto., Art.21, inc.c). Jurisprudencia: RTF 199-4-2000 (07.03.2000). RTF 16274 (16.12.1980).

MERMASACREDITACION REGLAMENTARIA

Requerimiento de la SUNAT Acreditacin mediante informe tcnico Profesional, independiente, competente y colegiado Organismo tcnico competente Metodologa empleada Pruebas realizadas Caso contrario: Deduccin inadmisible

DESMEDROCLASES DE DESMEDRO TOTAL: Imposibilidad de recuperacin econmica de la inversin. Inexistencia de un mercado activo para la venta de mercaderas. Inutilidad de las materias primas e insumos para su uso o consumo. PARCIAL: Expectativa parcial de la eventual recuperacin econmica de la inversin en la venta o uso de los activos. Estimacin del valor de mercado (VNR).

DESMEDROSACREDITACION REGLAMENTARIA

Prueba del desmedro Destruccin de los bienes involucrados Testimonio notarial Comunicacin previa a la SUNAT Gasto en el ejercicio de la provisin contable o en el ejercicio de la destruccin?

Inmuebles, maquinaria y equipoNIC 16

Tangibilidad (expresin fsica y material) Posesin Utilizados en la produccin o suministro de bienes y servicios Alquiler a terceros Servicios de administracin Expectativa de uso que excede el periodo corriente (vida til larga) No existe nimo de enajenacin inmediata

Valuacin inicial: Elementos del Costo Costo de adquisicin (Precio de compra) Desembolsos necesarios para su uso Derechos de importacin Impuestos no reembolsables Costos directos para su operatividad Preparacin del lugar de emplazamiento Costos iniciales de despacho y manipuleo Costos de instalacin Honorarios de arquitectos e ingeniros

NIC 16, p. 16

Descuentos y rebajas comerciales (Deduccin)

Valuacin posteriorNIC 16, p. 29 NIC 16, p. 30

Tratamiento Preferencial Una partida debe llevarse, con posterioridad a su reconocimiento inicial como activo, a su costo menos cualquier depreciacin acumulada,

Tratamiento Alternativo Permitido Una partida debe llevarse, con posterioridad a su reconocimiento inicial como activo, a su monto revaluado, siendo ste su valor razonable a la fecha de revaluacin menos cualquier depreciacin acumulada subsiguiente

Costo computable para fines tributariosPrimer prrafo: Las depreciaciones se calcularn sobre el valor de adquisicin o produccin de los bienes o sobre los valores que resulten del ajuste por inflacin del balance efectuado conforme a las disposiciones legales en vigencia. ...LIR, Artculo 41, primer prrafo

Elementos del costo computableSegundo prrafo ... incluye los gastos incurridos con motivo de su compra tales como: fletes, seguros, gastos de despacho, derechos aduaneros, instalacin, montaje, comisiones normales y otros similares que resulten necesarios para colocar a los bienes en condiciones de ser usados, ...LIR, Artculo 41, segundo prrafo

DESEMBOLSO COSTO DEL O COMPROMISO ACTIVO TOTAL VALOR DE I.G.V. 19% OMPRA : /.

GASTO DEDUCIBLE

CREDITO ISCAL

100,000 19,000 119,000 24,000 4,560 28,560 52,000 5,600 1,064 25,100 4,769 88,533 236,093

100,000 19,000 24,000 4,560

PRE IO DEI.G.V. 19%

OMPRA

N/D . POR IN ERESES

OTAL N/D . GASTOS SEGN /.ADUANAS TRANSPORTE IGV DE TRANSPORTE INSTALACION IGV DE INSTALACION

52,000 5,600 1,064 25,100 4,769 182,700 24,000 29,393

TOTAL GRAN TOTAL

Tratamiento del IGV Crdito FiscalLey del IGV, Artculo 69 El Impuesto General a Nota: ste es el caso del impuesto las Ventas no reembolsable por la constituye gasto ni va del reconocimiento legal costo para efectos de la del crdito fiscal; aplicacin del Impuesto cuando el crdito no a la Renta, cuando se puede ser ejercido, el I V adquiere la tenga derecho a aplicar naturaleza de no como crdito fiscal reembolsable a que se refiere el prrafo de la NIC

Mejoras, gastos de mantenimiento y de reparacinMEJORAS - NIC 16, prr. 25: Los desembolsos posteriores slo se reconocen como un activo cuando mejoran la condicin del activo mas all del rendimiento estndar originalmente evaluado. Ejemplos: a) Modificacin de maquinarias para extender su vida til incrementando su capacidad; b) Mejoramiento parcial de las mquinas para lograr un mejoramiento sustancial en la calidad de su produccin c) Adopcin de nuevos procesos de produccin (Reduccin sustancial de costos de produccin)

Mejoras: Gasto no deducibleLIR, Artculo 44, inciso e)

No son deducibles para la determinacin de la renta imponible de tercera categora: Las sumas invertidas en la aduisicin de bienes o mejoras de carcter permanente.

Valor computable de los activosLIR, Artculo 41, primer prrafo

Las depreciaciones se calcularan sobre el valor de adquisicin o produccin de los bienes o sobre los valores que resulten del ajuste por inflacin del balance efectuado conforme a las disposiciones legales en vigencia. A dicho valor se agregar, en su caso, el de las mejoras incorporadas con carcter permanente.

PERIO OS

COSTO ORI INAL ,

EPRECIACION ANUAL , , , , , , , , , , , , , , ( ( ( ACUM. ( ( ( ( ( ( ( ( ( ( ( , , , , , , , , , , , , , , ) ) ) ) ) ) ) ) ) ) ) ) ) )

MEJORA INCORP.

VALOR NETO , , ,

VI A UTIL ORI INAL

,

, , , , , , , , , , -

AUMENTO E VI A UTIL

Gastos de reparacin y de mantenimientoNIC 16, prrafo 26

Los desembolsos por reparaciones o mantenimiento son efectuados para restaurar o mantener los futuros beneficios econmicos que una empresa puede esperar del rendimiento estandar originalmente evaluado para un activo. Como tales, estos desembolsos son generalmente reconocidos como gastos cuando se incurre en ellos.

Concepto de vida tilNIC 16, prrafo 7, Definiciones

(a) Periodo de tiempo durante el cual la empresa espera usar un activo

(b) Cantidad de produccin unidades similares que la empresa espera obtener del activo

Vida til estimadaGUIA MILLER DE PCGA / 1998-1999 / 11.05 La vida til de un activo depreciable es el periodo durante el cual se espera que el activo preste servicio (ARB-43, cap.9C, prrafo 5). La vida til estimada de un activo puede diferir entre empresas o entre sectores industriales. La poltica de mantenimiento de una empresa puede afectar a la longevidad de un activo depreciable. OBSERVACIN: La utilidad de un activo, expresada en tiempo, se conoce como la vida fsica. La utilidad de un activo para un propietario en particular, expresada en tiempo, se denomina vida de servicio.

GUIA MILLER DE PCGA / 1998-1999 / 11.10

Tipos de depreciacin

Depreciacin Fsica: Relaciona el uso de un activo depreciable con su deterioro a lo largo de un periodo.

Depreciacin Funcional: Nace de la obsolescencia o inadecuacin del activo para ejercer su funcin con eficacia.

ObsolescenciaLa obsolescencia surge cuando se origina una significativa disminucin o ausencia de la demanda del producto que produce el activo fijo, o cuando el mercado ofrece nuevos activos depreciables con capacidad para efectuar la misma funcin o produccin por un costo sustancialmente menor.

Concepto de depreciacinDiccionario Para Contadores, Kohler

Costo de la perdida por uso Utilidad de servicio expirada Disminucin del rendimiento o servicio Proceso de estimacin y contabilizacin de la prdida por uso de un activo fijo

Causas de la depreciacinDiccionario Para Contadores, Kohler

Uso Falta de uso Mantenimiento Cambio en la produccin Restriccin de la produccin Disminucin de la demanda Progreso de la tcnica Obsolescencia Insuficiencia

Mtodos de depreciacin Mtodo de lnea recta: Uso regular o falta de conocimiento objetivo sobre la disminucin del potencial de servisio Mtodo de las unidades de produccin: Relacin entre la depreciacin y la capacidad de produccin Mtodo de la suma de las cifras de los aos: Aceleracin de la depreciacin, ms alta en los primeros aos y menor en las ltimas Mtodo de los saldos decrecientes: Desaceleracin de la depreciacin

Requisitos tributarios para la deduccin del gastoDeduccin de la depreciacin LIR, Art. : El desgaste o agotamiento que sufran los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilicen en negocios, industrias, profesin u otras actividades productoras de rentas de tercera categora, se compensar mediante la deduccin por las depreciaciones admitidas en esta ley.

Computo anual e imposibilidad de depreciaciones de aos anteriores LIR, Art. , segundo prrafo:Las depreciaciones se aplicarn a los fines de la determinacin del impuesto y para los demas efectos previstos en normas tributarias, debiendo computarse anualmente y sin que en ningn caso puedan hacerse incidir en un ejercicio gravable depreciaciones correspondiente a ejercicios anteriores

Porcentajes AutorizadosLIR, Art. 39 y 40, Rgto., Art.22, incs. a) y b)Edificios y construcciones: 3%

MAXIMO Ganado de trabajo y reproduccin, redes de pesca: % Vehculos de transporte terrestre; hornos en general: 20% Maquinaria y equipo utilizados por las actividades mineras, petroleras y de construccin: 20% 25% Equipos de procesamiento de datos: Maquinaria y equipo adquirido a partir del 1.1.91: 10% Otros bienes del activo fijo: 10%

ContabilizacinRgto., Art.22, incs. b), segundo prrafo

La depreciacin aceptada tributariamente ser aquella que se encuentre contabilizada dentro del ejercicio gravable en los libros y registros contables, siempre que no exceda el porcentaje mximo establecido , sin tener en cuenta el mtodo de depreciacin

Contabilidad Administrativa y FinancieraCasi toda empresa tiene un sistema contable, es decir, un medio para recolectar, sumarizar, analizar y presentar, en signos monetarios, informacin relativa al negocio. En el estudio de esos sistemas, es til considerarlos compuestos en dos partes, contabilidad financiera y contabilidad administrativa, no obstante que las dos no se encuentran en la prctica separadas de modo evidente.LA CONTABILIDAD EN LA ADMINISTRACION DE EMPRESAS, Robert N. Anthony, D.C.S

Plan Contable General RevisadoRESOLUCION CONASEV 6-84-EFC/94.10 SEGUNDA PARTE, TITULO V, CUENTAS DE ORDEN CLASE 0

Cuentas de Orden: Agrupa las cuentas que representan compromisos o contingencias que dan origen a una relacin jurdica con terceros sin aumentar ni disminuir el patrimonio de la empresa ni gravitar en sus resultados; sin embargo su ejecucin eventual podra significar una modificacin en la situacin financiera de la empresa.

Gastos de FinanciamientoTratamiento Preferencial NIC 16, p. 17

Cuando el pago... se difiere mas all de los trminos normales del crdito, su costo es equivalente al precio en efectivo; la diferencia entre ese monto y los pagos totales se reconocen como gasto de intereses durante el periodo de crdito, a menos que sea capitalizada de acuerdo con el tratamiento alternativo permitido por la NIC 23, Costos de Financiamiento.

Gastos de FinanciamientoTratamiento Preferencial NIC 23, ps. 7 y 8

Los costos de financiamiento deben reconocerse como gastos en el periodo en el que se incurren. , los costos de financiamiento son reconocidos como gastos en el periodo en el que se incurren sin importar en que se utilizan los prstamos.

Gastos de FinanciamientoTratamiento Alternativo NIC 23, ps. 11

Los costos de financiamiento que se pueden atribuir directamente a la adquisicin, construccin o produccin de un activo calificado deben capitalizarse como parte del costo de dicho activo Activo calificado: Es un activo que necesariamente toma un tiempo considerable para estar listo para la venta o su uso esperado (NIC 23, prrafo 4, Definiciones)

PERI D

DE FINAN IAMIENT ACTIV SUB T TAL 28 140 146 Jun-01 D -01 7 35 037 Ene-02 1 5 005 PERATIV T TAL U TAS 36 180 188 100 997 281 185

ACTIVFeb-99 D -99 11 V.C. NTS. T TAL 55 057 30 860 85 917

CALIFICADE e-01 M y-01 5 25 026 14 027 39 053

E e-00 D -00 12 60 063 33 666 93 729

78 553 19 639 218 699 54 676

2 8057 810

ST

DEL ACTIV

180 188 78 553 258 741

INTS. CAPITALIZAD S VAL R DEPRE IABLE ST REDIT DE FINAN IAMIENT T TAL

22 444281 185

Cse de la capitalizacinNIC 23, ps. 25 y 27

La capitalizacin de los costos de financiamiento debe cesar cuando se completan todas las actividades necesarias de preparacin del activo calificado para su uso planeado o su venta.

Cuando la construccin se avanza por etapas cada etapa est apta para ser usada mientras que contina la construccin de las otras etapas, la capitalizacin debe cesar cuando se completen todas las actividades necesarias para la preparacin de esa etapa para su uso planeado o su venta.

Interpretacn literal (LIR, Art. 41) DIFERENCIAS EN EL CARGO A RESULTADOSGASTO CONTABLEAO 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 Tot les DEPREC. 0 0 INTS. 0 0

GASTO TRIBUTARIOINTS. 30,860 33,666 14,027 19,639 2,805 0 0 0 100,997 TOTAL 30,860 33,666 35,049 55,677 38,843 36,038 36,038 15,014 281,185

AJUSTE DD.JJ. (30,860) (33,666) 14,776 (1,124) 12,905 15,710 15,710 6,549 0

TOTAL DEPREC. 0 0 49,825 54,553 51,748 51,748 51,748 21,563 281,185 0 0 21,022 36,038 36,038 36,038 36,038 15,014 180,188

30,186 19,639 51,748 51,748 51,748 51,748 21,563

2,8050 0 0 0

258,741 22,444

Interpretacin SistemticaAPLICACIN DEL PRINCIPIO DE CAUSALIDADLIR, Art. 37:

A fin de establecer la renta neta de tercera categora se deducir de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente,

Considerando el texto legal citado, podra sostenerse que los intereses de financiamiento de activos que no estn en operatividad, no son deducibles por su falta de relacin con la generacin de renta gravada en los periodos en que ello ocurra.

Efectos temporales de las Diferencias Contables y TributariasEl reconocimiento contable y tributario en periodos distintos sobre el costo (intereses) y la depreciacin acumulada (porcentajes diferentes) origina normalmente la anticipacin del pago del Impuesto a la Renta o la postergacin del mismos hacia periodos futuros, en menor cantidad de casos.

Activo Fijo: Medicin posterior a la inicial Tratamiento Alternativo PermitidoNIC 16, prrafo 29: Con posterioridad al reconocimiento inicial como activo, todo elemento de las propiedades, planta y equipo, debe ser contabilizado a su valor revaluado, que viene dado por su valor razonable, en el momento de la reevaluacin, menos la depreciacin acumulada practicada posteriormente y el importe acumulado de las prdidas por deterioro de valor que haya sufrido el elemento.

Activo Fijo: Medicin posterior a la inicial Tratamiento Alternativo Permitido (2)NIC 16, prrafo 29: . Las revaluaciones deben ser hechas con suficiente regularidad, de manera que el importe en libros, en todo momento, no difiera significativamente del que podr determinarse utilizando el valor razonable en la fecha del balance. ()

NIC 16, p.33 (a): Reexpresin proporcional: Reexpresada proporcionalmente al cambio en el importe en libros bruto del activo, de manera que el importe en libros neto del mismo sea igual a su importe revaluado. Este mtodo es frecuentemente usado cuando el activo es revaluado mediante un ndice hasta su costo de reposicin

Revaluacin de Activos Fijos Tratamiento de la Depreciacin Acumulada

Tratamiento de la Depreciacin AcumuladaREEXPRESION PROPORCIONALVALOR HISTORICO COSTODEPRECIACION ACUMUALDA PROPORCION

VALOR REVALUADO

EXCEDENTE DE REVALUACION

% % %

VALOR NETO

1.600

Tratamiento de la Depreciacin AcumuladaASIENTO CONTABLE POR LA REEXPRESION PROPORCIONALCOSTO DE ACTIVO FIJO DEPRECIACION ACUMULADA

1.000 .000 5.000

600 2. 00 3.000

EXCEDENTE DE REVALUACION

1.600

Revaluacin de Activos Fijos Tratamiento de la Depreciacin Acumulada (2)NIC 16, p.33 (b): Compensacin Compensada con el importe en libros bruto del activo, de manera que el valor neto resultante se reexprese hasta alcanzar el importe revaluado del elemento. Tal mtodo, se utiliza, por ejemplo, para edificios que se revalan utilizando su valor de mercado.

Tratamiento de la Depreciacin AcumuladaCOMPENSACIONVALOR HISTORICO COSTODEPRECIACION ACUMUALDA

VALOR REVALUADO

E CEDENTE DE REVALUACION

.

2.000-

.

VALOR NETO

2.000

1.600

Tratamiento de la Depreciacin AcumuladaASIENTO CONTABLE POR LA COMPENSACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADAC ST DE ACTIV IJ DEPRECIACI N ACUMULADA

1.000 1.000 .000

600

600

EXCEDENTE DE REVALUACI N

1.600

La LIR y el Excedente de RevaluacinTratndose de reorganizacin de sociedades o empresas, las partes intervinientes podrn optar, en forma excluyente, por cualquiera de los siguientes regmenes: 1. Si las sociedades o empresas acordaran la revaluacin voluntaria de sus activos, la diferencia entre el mayor valor pactado y el costo computable estar gravado con el Impuesto a la Renta. En este caso, los bienes transferidos, as como los del adquirente, tendrn como costo computable el valor al que fueron revaluados.LIR, Artculo 104

La LIR y el Excedente de Revaluacin (2)LIR, Artculo 104 Tratndose de reorganizacin de sociedades o empresas, las partes intervinientes podrn optar, en forma excluyente, por cualquiera de los siguientes regmenes: 2. Si las sociedades o empresas acordaran la revaluacin voluntaria de sus activos, la diferencia entre el mayor valor pactado y el costo computable no estar gravado con el Impuesto a la Renta, siempre que no se distribuya. En este caso, el mayor valor atribuido con motivo de la revaluacin voluntaria no tendr efecto tributario. En tal sentido, no ser considerado para efecto de determinar el costo computable de los bienes ni su depreciacin.

La LIR y el Excedente de Revaluacin (3)LIR, Artculo 104

Tratndose de reorganizacin de sociedades o empresas, las partes intervinientes podrn optar, en forma excluyente, por cualquiera de los siguientes regmenes: 3. En caso que las sociedades o empresas no acordaran la revaluacin voluntaria de sus activos, los bienes transferidos tendrn para la adquirente el mismo costo computable que hubiere correspondido atribuirle en poder de la transferente, incluido nicamente el ajuste por inflacin En este caso no resultar de aplicacin lo dispuesto en el Artculo 32 de la presente Ley.