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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN NÚCLEO EDUCATIVO: GUARNE, SAN FRANCISCO, SAN LUIS ANÁLISIS DE CASOS DISCIPLINARIOS LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018 TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido Proceso PARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo Educativo FUENTE: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/t-713- 10.htm CASO: 1 El 5 de marzo de 2010, la Rectora del Colegio -----------------, Rosana Benjumea R. , citó a los padres del menor José Alberto González a las 6:30 a.m. en su oficina, en donde les “comunica que habían creado en la red social Facebook del Internet, un grupo denominado: “los que queremos que cambien el docente de Matemáticas de la institución”, al cual se unieron más de 150 alumnos del Colegio -----------------------, y al que se unió nuestro hijo por invitación que le hiciera un amigo, alumno de otro plantel educativo, sin realizar ningún comentario.” Según la tutela, la “Rectora, muy ofendida, [les comunicó] que si no retiraban a su hijo del plantel, ella lo expulsaba, porque según ella, éste había faltado al honor y al buen nombre, que tal situación la iba a colocar en manos de la Fiscalía”. 1.2. Según los padres del menor, dado el alto grado de exaltación de la Rectora, y ante la falta de conocimiento acerca del caso, “(…) solo atinamos a decirle a ésta, que procederíamos a examinar el asunto y averiguar exactamente lo realizado por nuestro hijo, y que si la conducta a él endilgada ameritaba las amenazas de advertencia proferidas por la directora, así como el retiro de nuestro hijo de la institución.” 1.3. Sostienen los padres que una vez en casa, recapacitaron sobre la cuestión y concluyeron que la acción de la cual se acusaba a su hijo, era una conducta que no se encontraba sancionada por el reglamento y que, por tanto, no podía ser objeto de castigo alguno. Dadas las cosas, SUBREGIÓN: ORIENTE - UNIDAD ZONAL: SAN NICOLÁS - Guarne Calle 50 No. 51-71 - 2do.psio. Comisaría de Familia. Tel. 5515290 - 3113546115 San Luis Alcaldía Mpal San Francisco Alcaldía Mpal EMAIL:nucleoguarnesfl@gmail.com http://nucleoseduca.wordpress.com

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓNNÚCLEO EDUCATIVO: GUARNE, SAN FRANCISCO, SAN LUIS

Resolución No. S2017060078928 del 28-04-2017

ANÁLISIS DE CASOS DISCIPLINARIOS

LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido ProcesoPARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo EducativoFUENTE: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/t-713-10.htm

CASO: 1

El 5 de marzo de 2010, la Rectora del Colegio -----------------, Rosana Benjumea R. , citó a los padres del menor José Alberto González a las 6:30 a.m. en su oficina, en donde les “comunica que habían creado en la red social Facebook del Internet, un grupo denominado: “los que queremos que cambien el docente de Matemáticas de la institución”, al cual se unieron más de 150 alumnos del Colegio -----------------------, y al que se unió nuestro hijo por invitación que le hiciera un amigo, alumno de otro plantel educativo, sin realizar ningún comentario.” Según la tutela, la “Rectora, muy ofendida, [les comunicó] que si no retiraban a su hijo del plantel, ella lo expulsaba, porque según ella, éste había faltado al honor y al buen nombre, que tal situación la iba a colocar en manos de la Fiscalía”. 1.2. Según los padres del menor, dado el alto grado de exaltación de la Rectora, y ante la falta de conocimiento acerca del caso, “(…) solo atinamos a decirle a ésta, que procederíamos a examinar el asunto y averiguar exactamente lo realizado por nuestro hijo, y que si la conducta a él endilgada ameritaba las amenazas de advertencia proferidas por la directora, así como el retiro de nuestro hijo de la institución.” 1.3. Sostienen los padres que una vez en casa, recapacitaron sobre la cuestión y concluyeron que la acción de la cual se acusaba a su hijo, era una conducta que no se encontraba sancionada por el reglamento y que, por tanto, no podía ser objeto de castigo alguno. Dadas las cosas, los padres se dirigieron al Colegio y, luego de que la Rectora les dijera que “no se trataba de manual de convivencia alguno, sino de una decisión de apoyo de los padres hacia el docente por la ofensa recibida por parte de nuestro hijo”, comunicaron la decisión de no retirar a su hijo de la institución. La Rectora les informó que, en consecuencia, ella adelantaría el correspondiente proceso de expulsión.1.4. Afirman los padres que luego de un tiempo, se les citó para informarles que se había decidido imponerle la sanción de matrícula condicional. La decisión fue justificada por el Comité de Convivencia del Colegio en los siguientes términos, de acuerdo con la acción de tutela: “no presentarse nuestro hijo con el corte de pelo que impone el colegio”; “la mala presentación de su uniforme”, “el mal uso del internet”, sin especificar en qué consistió el mal uso, y ‘falta de respeto a sus compañeros y profesores’, por hechos ocurridos en años anteriores. Por considerar que la decisión era injusta y contraria a derecho, los padres del menor se negaron a firmar la matrícula condicional e interpusieron acción de tutela en contra de la institución educativa, en representación de su hijo y en defensa de sus derechos.

Revisando el caso. Expresen cómo lo resuelven según el Manual de Convivencia. 1. ¿Es correcta la justificación del Comité de Convivencia y la sanción aplicada? 2. ¿Tienen razón los padres al interponer la Acción de Tutela? 3. ¿Cómo aplicarían el Debido Proceso?. 4. ¿El Manual de Convivencia de la Institución está preparado para asumir un caso como estos?

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓNNÚCLEO EDUCATIVO: GUARNE, SAN FRANCISCO, SAN LUIS

Resolución No. S2017060078928 del 28-04-2017

ANÁLISIS DE CASOS DISCIPLINARIOS

LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido ProcesoPARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo EducativoFUENTE: Rectora I.E. …

CASO: 2

A la rectora de la Institución Educativa le llegó la información que un estudiante ingresó a la sala de profesores, cuando estaba cerrada y sustrajo un celular. Después se lo entregó a otro amigo, le dio la orden que contestara, cuando llamaran, les dijera que sí lo tenían, pero para devolverlo deben pagar “cincuenta mil pesos”, les diría el lugar para la entrega.

El esposo de la docente se comunicó con el amigo, acordaron el sitio y les pagó los $50.000 pesos, el joven que sustrajo el celular estaba al otro lado de la calle, observando el proceso y adicionalmente estaba armado con una navaja.

La educadora ni el esposo denunciaron formalmente ante las autoridades policiales ni educativas el caso.

La rectora, expresa que el Manual contempla en el Debido Proceso una suspensión de 10 días que se le puede aplicar, para ello convoca a la coordinadora a una reunión con la madre del joven, le informan la situación, la madre acepta porque conoce su hijo y les dice que siempre anda armado, que no sale de la casa sin un arma, así sea una tijera. La rectora le recuerda que su hijo tiene un proceso judicial en otro municipio por expendio y consumo de droga, que se le puede expulsar por días según el Manual de Convivencia. Cuando estaban en la reunión llegó el joven le llamaron, lo hicieron partícipe de la misma, el joven amenazó con unas tijeras, mas no pronunció ni una palabra, no aceptó los cargos ni los desmintió.

ANÁLISIS:

Con base en la descripción de los hechos del caso, expresen:

1. ¿El tratamiento dado por la institución educativa al caso, se ajusta al debido proceso?. Explique2. ¿Los procedimientos aplicados por la institución son los adecuados?3. ¿Cuáles delitos se cometieron en este caso y por cuáles actores?4. ¿La institución educativa es competente para asumir el caso? ¿sí o no y por qué?5. ¿Cómo lo resuelven ustedes?. Describan el proceso.

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Resolución No. S2017060078928 del 28-04-2017

ANÁLISIS DE CASOS DISCIPLINARIOS

LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido ProcesoPARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo EducativoFUENTE: Observador de la I.E. …

CASO: 3

Robo y apropiación de taller del área: ---------------------------------------------- (ROBO y FRAUDE).

En la I.E.__________________ el educador del área _________________________ puso a los estudiantes del grado _____ un trabajo individual para ser entregado el día miércoles (14 de marzo).

Un educando realizó el trabajo y lo guardó en su bolso. Otro estudiante cuando éste se descuidó, le sacó el trabajo. Luego se lo pasa a otro compañero con la intención de no ser descubierto y éste último alumno se encarga de fotocopiarlo y esconder el original.

El día 22 de maro cuando el docente solicita los trabajos, el joven a quien se lo habían sustraído, no presenta el trabajo y comenta lo que le aconteció hace 4 días, cuando el profesor colocó el trabajo y él lo hizo. Acto seguido informa que él, en otra clase descubrió quién tiene la fotocopia de su trabajo y lo sindica ante el docente y el grupo.

El último estudiante (quien lo fotocopió) asegura que el trabajo es propio, sin embargo algunas compañeras dicen haberlo visto fotocopiar el trabajo. Igualmente una estudiante asegura que quien presuntamente se apropió del taller estuvo estudiando en la elaboración de dicho trabajo con ella.El profesor solicita al estudiante el trabajo, lo revisa y encuentra:

El taller es presentado en fotocopia, está resaltada con lápiz y corregido el nombre. Se evidencia que el nombre original fue borrado.

El docente compara la caligrafía de ambos estudiantes y llega a la conclusión de que el trabajo es de propiedad del educando denunciante.

Finalmente, la estudiante cómplice y el estudiante que se apropió del taller aceptaron la falsedad de su testimonio y señalaron a quien sustrajo el trabajo del estudiante afectado, quien aceptó los cargos.

Revisando el caso. Expresen cómo lo resuelven según el Manual de Convivencia. 1. ¿Qué tipo de situaciones cometieron los estudiantes, supuestamente implicados? 2. La situación mencionada, está debidamente definida (ROBO y FRAUDE). ¿La contempla el Manual de C.?3. ¿Qué tipo de situación se le pueden imputar al estudiante que fotocopia el trabajo y asegura que es propio y a la joven que afirma, que éste lo realizó con ella?4. ¿El proceso disciplinario seguido por el educador se ajusta al debido proceso. Si o no y ¿por qué? 5. El docente no ha realizado ningún proceso disciplinario. ¿Es esto cierto o no? Justifique. 6. Si le correspondiera ¿Cómo haría usted este proceso disciplinario?

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LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido ProcesoPARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo EducativoFUENTE: Observador de la I.E. …

CASO: 4

Irrespeto en público hacia su docente.

Un estudiante recibe la evaluación realizada por la educadora. Posteriormente se acerca al escritorio de la docente y empieza a buscar en los documentos privados de la docente, las evaluaciones de los demás compañeros.

La docente llama la atención del estudiante aclarándole que él ya recibió su evaluación y que no debe estar buscando las de los demás sin autorización, ya que es indebido, además de un irrespeto ante el grupo y directamente contra ella.

Ante el llamado de atención, el estudiante es irreverente y contesta vociferando en forma agresiva y desafiante a la profesora.

La docente ya ha realizado algunas gestiones de comportamientos irrespetuosos de estudiantes ante la coordinación y/o rectoría de la institución, pero no se ha dado solución al comportamiento de los estudiantes, o si se han realizado acciones correctivas no se han socializado con la docente.Cuando la docente ha citado a los acudientes de algunos estudiantes, la actitud de ellos es de alcahuetería o de incapacidad de controlar a sus hijos.

Revisando el caso. Expresen cómo lo resuelven según el Manual de Convivencia. La falta de agresión verbal a la docente, presuntamente cometida por el estudiante se puede clasificar de: Leve, Grave o Gravísima¿Cuántas y cuáles faltas cometió el estudiante? Enúncielas – Cómo se tipifican en el Manual.Los procedimientos realizados por la docente ante otras instancias y autoridades del plantel, son los adecuados y pertinentes para el caso. Con base en lo expuesto ¿Cómo se puede hacer un proceso disciplinario?

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LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido ProcesoPARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo EducativoFUENTE: Observador de la I.E. …

CASO: 5

Los estudiantes permanecen fuera de las aulas en momentos de clase (FUGA y DESACATO A DOCENTES)

Algunos estudiantes de varios grados permanecen fuera de las aulas de clase, (fuga) interfiriendo el normal desarrollo de las clases de otros grados.

Al momento de llamado de atención de los docentes, los estudiantes se esconden, salen corriendo o simplemente ignoran al llamado de atención. En ocasiones aseguran que el profesor les permitió estar fuera del aula.

Continuamente, el Coordinador manifiesta la inconformidad por la permanencia de estudiantes fuera de las aulas de clase y les llama la atención a los docentes por esta situación.

Ante tal medida, los docentes se sienten inconformes ya que les es imposible dejar sus aulas de clase para buscar a los estudiantes que se fugan de sus clases; pueden tomar la asistencia y verificar si la excusa del estudiante es justificada o injustificada para ser tenida en cuenta en estrategias para el área y/o para los procesos de refuerzo y recuperación.

Se manifestó la necesidad que desde la directiva se realice control y seguimiento.

Revisando el caso. Expresen cómo lo resuelven según el Manual de Convivencia. 1. ¿Qué tipo de faltas se les puede imputar a los estudiantes?2. El planteamiento de la situación a la luz del Manual ¿está debidamente formulado?3. l razonamiento (inconformidad) de los educadores corresponde a la problemática planteada.4. Se aplica o no el Debido Proceso al caso descrito. Diga en qué aspectos SÍ y en qué NO5. Exprese cómo lo haría.

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ANÁLISIS DE CASOS DISCIPLINARIOS

LUGAR: Parque Educativo - Guarne FECHA: 07 de mayo de 2018TEMA: Estudio de casos disciplinarios aplicando el Debido ProcesoPARA: Comité Operativo del Núcleo ASESOR: Luis Carlos Vélez Rivera. Director de Núcleo EducativoFUENTE: Sentencia T-917/06 - Colombia Aprende

CASO: 6

Violación de la intimidad, actuación contra la moral y la autonomía de un educando

1. Hacia las 9:30 de la noche del 6 de junio, luego de que el curso 9-03 del Colegio, en una salida pedagógica, y después de retirarse a sus habitaciones, se suscitó un incidente en un pasillo, con el grupo de 15 alumnos que se hospedaba en una de las habitaciones del hogar religioso de paso que les servía de albergue.

2. Cuenta la madre del menor Santiago que éste fue derribado al suelo por iniciativa de su compañero de clase Esteban; mientras sus otros compañeros Jorge y Andrés lo sostenían por los pies, para tratar de despojarlo de las prendas de vestir con que cubría la parte inferior de su cuerpo, el menor Esteban le bajaba sus pantalones e instó a otros de sus compañeros para que utilizaran las cosquillas con el fin de lograr que el adolescente agredido soltara las piezas que sostenía para tratar de resistir quedar al desnudo, hecho que finalmente no pudo evitar y tuvo que girar su cuerpo boca abajo pretendiendo cubrir sus genitales.

3. En tal posición de indefensión le fueron arrojadas por Daniel uvas sobre la cola y otros de los participantes, intentaron aplastárselas con los pies, entre tanto los hechos eran filmados por el joven, también menor de edad, José.

4. El incidente se interrumpió gracias a que alguien alertó la presencia de un profesor y los participantes se dispersaron tratando de ocultar los hechos y la víctima. Adicionalmente, una señora del servicio doméstico, de nombre Marta quien escuchó el llanto del joven Santiago, alertó a la profesora Lilian, quien acudió inmediatamente para apersonarse de los hechos.

5. Los alumnos se dispersaron. Uno de ellos ayudó al agredido a vestirse y éste salió llorando hacia su cama. Unos de los compañeros agresores se dirigieron a donde se encontraba el agredido y trataron de persuadirlo para que no siguiera llorando y de que lo que le había pasado no era nada grave.

6. La madre del menor agredido en escrito conjunto con su hijo, presentó la queja correspondiente ante el Rector de la institución educativa el día 13 de junio del año 2005, y pidió al Colegio “la inmediata, oportuna y ejemplarizante decisión que el caso requiere”. En similar sentido actuó el docente Jesús M. Fonseca Burgos, quien conducía la excursión, en su informe sobre la salida pedagógica.

7. El relato fue ampliado con el informe de salida a San Agustín Huila, presentado por la docente Blanca Lilia González Becerra y el escrito de Miguel Ángel Fonseca Barrera, pariente del profesor, Jesús M. Fonseca, quien asistió a la excursión.

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Resolución No. S2017060078928 del 28-04-2017

El Rector del Colegio, luego de citar a los padres de cinco de los alumnos involucrados, los cuales habían sido individualizados en la reunión que tuvo lugar momentos después del incidente como partícipes activos del mismo; inició procesos disciplinarios a los alumnos Andrés, Esteban, Jorge, Daniel, y José alumnos del grado noveno.

9. Mediante comunicaciones de fecha 17 de junio del año 2005, fueron puestos en conocimiento de los padres de cada uno de los alumnos implicados el incumplimiento de deberes y las faltas en que el Colegio consideró que se encontraban incursos los alumnos:

Incumplimiento de tres de los deberes sociales de los estudiantes, establecidos en el artículo 12 del Manual de Convivencia, con el siguiente enunciado:

Estas faltas fueron cometidas el día 6 de junio entre las 9:30 y las 10:00 PM, en la Casa Religiosa Ciudad de Paso de Neiva, en el marco de la salida pedagógica que adelantaba el mencionado curso. Allí según la denuncia, participó en actos de abuso sexual, usando la fuerza, violando la integridad moral y la intimidad propia del cuerpo en sus partes genitales mediante la filmación y toma de fotos del abuso y el posterior intento de amedrentamiento y chantaje para que el estudiante agredido no denunciara el abuso»

En los mismos escritos se les informó sobre las pruebas con que contaba el Colegio y sobre el término de que disponían para presentar los descargos.

El 27 de julio del 2005 el Recto del Colegio, presentó a los integrantes del Consejo Directivo del Colegio, el informe correspondiente sobre los procesos disciplinarios. Se indicaron las faltas cometidas por los alumnos, se analizaron los descargos, se individualizó el tipo de participación que tuvo cada uno de los implicados y se hizo una propuesta de sanciones: “1. CANCELACION DE MATRICULA…” y “2. NO RENOVACION DEL CONTRATO DE MATRICULA PARA EL AÑO 2006”. Al final se indicó conforme lo señalado en el mismo artículo del Manual de Convivencia que: “se tienen tres días hábiles para resolver el caso y previamente se debe tomar el concepto de la asamblea de profesores y del comité de evaluación y promoción del grado noveno.”

Revisando el caso. Expresen cómo lo resuelven según el Manual de Convivencia. 1. El título de la falta ¿es el adecuado y está ajustado a la norma?2. ¿Qué tipo de faltas se les puede imputar a los estudiantes?3. El proceso seguido por el señor Rector, ¿fue ajustado a la norma?4. Los educandos sancionados ¿son los que son?5. La sanción corresponde a la falta cometida?6. Exprese cómo lo haría.

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