N° 275-2019 1 ACTA DE SESIÓN ORDINARIA N° 275-2019 · 17 ya que un compañero regidor presentó...
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N° 275-2019
ACTA DE SESIÓN ORDINARIA 1
N° 275-2019 2
Sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de Cartago, en el salón de 3
sesiones municipal, a las dieciséis horas del cinco de noviembre del dos mil 4
diecinueve. Asisten las señoras y los señores regidores propietarios: Rodrigo 5
Muñoz Azofeifa quien preside, Adrián Leandro Marín, Anabelle González 6
Rodríguez, Caleb Pichardo Aguilar, Coto Fernández, Danny Ovares Ramírez, 7
Marcos Brenes Figueroa y Vera Cecilia Céspedes Quesada. Las regidoras y 8
regidores suplentes: Andrea Granados Acuña, Wilberth Madriz Jiménez, Jonathan 9
Arce Moya, Rebeca Brenes Garro, Arnoldo Navarro Calvo, Raúl Ernesto González 10
Aguilar, Carmen Navarro Rossi, Guillermo Lizano Gutiérrez y Heidy Amador Ruiz. 11
Asisten también las síndicas y síndicos propietarios y suplentes, en ese orden, del 12
distrito Oriental Flora Araya Coto Franklin Morano Solano; del distrito Occidental 13
Marlene Fernández González y Rodolfo González Valverde; del distrito El Carmen 14
Manuel Ángel Rivera Guzmán y Lorena Masis Rivera; del distrito de San Nicolás 15
Norma Arley Gómez y Pedro Villalobos Peralta, del distrito de San Francisco 16
Melissa Campos Brenes y Juan Aragón Quesada; del distrito de Guadalupe Martín 17
Martínez Rojas y María Fernanda Navarro Masis; del distrito de Corralillo José 18
Morales Valverde y Hellen Castro Navarro; del distrito de Tierra Blanca Erick 19
Ramírez Ramírez, del distrito de Dulce Nombre Milagro Solano Arce y Carlos 20
Alberto Céspedes Benavides; del distrito de Llano Grande Greivin Fernández 21
Monge y Wendy Monge Quirós; del distrito de Quebradilla Víctor Raúl Arias Artavia 22
y Ana Ligia Alvarado Brenes. Ausente la regidora propietaria Teresita Cubero 23
Maroto. Se encuentran en la sala la Secretaria a.i. del Concejo Gabriela Peralta 24
Quirós, el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal y la asesora legal 25
Shirley Sánchez Garita. ----------------------------------------------------------------------------26
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N° 275-2019
ARTÍCULO I. -APROBACIÓN DEL ACTA Nº 272-2019. --------------------------------1
El presidente a.i. somete a discusión el acta 272-2019, se somete a votación el 2
acta N°272-2019, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de 3
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 4
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 5
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se 6
aprueba el acta 272-2019. --------------------------------------------------------------------- 7
ARTÍCULO II. –APROBACIÓN DEL ACTA Nº 273-2019. -------------------------------8
El presidente a.i. somete a discusión el acta 273-2019, se somete a votación el 9
acta N°273-2019, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de 10
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 11
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 12
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se 13
aprueba el acta 273-2019. ----------------------------------------------------------------------- 14
ARTÍCULO III. –APROBACIÓN DEL ACTA Nº 274-2019. ------------------------------15
El presidente a.i. somete a discusión el acta 274-2019, se somete a votación el 16
acta N°274-2019, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de 17
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 18
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 19
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se 20
aprueba el acta 274-2019. ----------------------------------------------------------------------- 21
El presidente a.i. otorga un receso de hasta cinco minutos. Se reanuda la sesión. 22
ARTÍCULO IV. –DOCUMENTO CONFIDENCIAL AEP-1466-2019 DE LA 23
PROCURADURÍA DE LA ÉTICA. --------------------------------------------------------------24
-----------El presidente a.i. indica que se va a solicitar la alteración del orden del día 25
para conocer un asunto confidencial de la Procuraduría de la Ética, solicitado por 26
el regidor Guillermo Lizano, se somete a votación la alteración del orden del día, 27
quedando la misma nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez 28
en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 29
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 30
N° 275-2019
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba la alteración del 1
orden del día. El presidente a.i. indica que se decreta un receso de hasta por 2
diez minutos, y se le cede la conducción de la sesión al regidor Guillermo Lizano. 3
El presidente a.i. Guillermo Lizano indica que para darle continuidad al tema 4
confidencial que el Concejo a.i. ha tenido a cargo, les solicita con el mayor de los 5
respetos a los compañeros regidores propietarios que dada su condición de 6
inhibición, se retiren de su curul y del espacio de sesión para que el Concejo a.i. 7
pueda sesionar. El presidente a.i. Guillermo Lizano, indica que se reanuda la 8
sesión. El presidente a.i. Guillermo Lizano, indica que va a leer el documento que 9
el señor Alcalde les remitió referente a la designación del asesor legal, para 10
proceder con el trámite del caso en mención, da lectura al documento, de este 11
documento se procede a tomar nota.- El presidente a.i. Guillermo Lizano, otorga 12
la palabra al regidor Arce Moya, quien manifiesta que cuando son cosas 13
confidenciales se tiene que tener mucho cuidado con el manejo que se le da, ya 14
que la alteración de este término confidencial puede llevar a muchas situaciones, 15
quiere expresar hoy en este Concejo Municipal el malestar de su representación, 16
ya que un compañero regidor presentó un documento redactado por una asesora 17
de su fracción, y esta misma realizó una consulta a una tercera persona fuera de 18
este Concejo Municipal, para los compañeros regidores se está perdiendo la 19
confidencialidad del proceso, por lo tanto presenta la siguiente moción: uno, para 20
que éste Concejo Municipal acuerde solicitar a la Procuraduría de la Ética una 21
prórroga, para el nombramiento del órgano director que ellos han solicitado en el 22
oficio; dos, delegar en la secretaria del Concejo Municipal que se realicen las 23
consultas necesarias ante la Procuraduría de la Ética, con respecto a qué pasa 24
con este proceso al perderse la confidencialidad del documento; igualmente se le 25
comunica también a la Procuraduría de la Ética que en este día se está recibiendo 26
el oficio por parte de la administración, donde les están designando un abogado 27
para el presente caso; presenta la moción con dispensa de trámite de comisión 28
para que se comunique inmediatamente a la Procuraduría.- El presidente a.i. 29
Guillermo Lizano, somete a votación la moción presentada por el regidor Arce 30
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Moya, se acuerda por unanimidad y con dispensa de trámite de comisión de 1
nueve votos afirmativos de los regidores Lizano Gutiérrez, Arce Moya, 2
Granados Acuña, Madriz Jiménez, Brenes Garro, Amador Ruiz, Navarro 3
Rossi y González Aguilar, aprobar la moción por lo tanto: 1. Solicitar a la 4
Procuraduría de la Ética una prórroga, para el nombramiento del órgano 5
director que ellos han solicitado en el oficio. 2. Delegar en la secretaria del 6
Concejo Municipal que se realicen las consultas necesarias ante la 7
Procuraduría de la Ética, con respecto a qué pasa con este proceso al 8
perderse la confidencialidad del documento. 3. Se le comunica también a la 9
Procuraduría de la Ética que en este día se está recibiendo el oficio por parte 10
de la administración, donde les están designando un abogado para el 11
presente caso. El presidente a.i. somete a votación la firmeza, se acuerda por 12
unanimidad y con dispensa de trámite de comisión de nueve votos 13
afirmativos de los regidores nueve votos afirmativos de los regidores Lizano 14
Gutiérrez, Arce Moya, Granados Acuña, Madriz Jiménez, Brenes Garro, 15
Amador Ruiz, Navarro Rossi y González Aguilar, aprobar la firmeza. 16
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Licda. Vera solano 17
Torres, Procuradora del Área de la Ética Pública, a la Licda. Gabriela Peralta 18
Quirós Secretaria a.i. del Concejo Municipal y al Alcalde Municipal. Acuerdo 19
definitivamente aprobado. ---------------------------------------------------------------------- 20
El presidente a.i. Guillermo Lizano, solicita a los regidores propietarios pasar a sus 21
curules; le cede la conducción de la sesión al presidente a.i. Rodrigo Muñoz. ----- 22
ARTÍCULO V. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 23
Nº 21.350 “LEY DE REFORMA AL ARTÍCULO XLIV DE LA LEY N°9036, DEL 24
11 DE MAYO DEL 2012”. ------------------------------------------------------------------------25
Se conoce oficio Nº 20936-204-2019 de fecha 23 de setiembre del 2019, suscrito 26
por la señora Flor Sánchez Rodríguez Jefe de Área Comisiones Legislativas VI, 27
Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea Legislativa, y que dice: 28
“…Con instrucciones de la señora diputada Aida Montiel Héctor, Presidenta de la 29
Comisión Especial de Guanacaste, le remito la consulta obligatoria a todas las 30
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Municipalidades del país, para que rindan criterio sobre el proyecto: 21.350, “LEY 1
DE REFORMA AL ARTÍCULO 44 DE LA LEY N° 9036, DEL 11 DE MAYO DE 2
2012”, el cual le adjunto. Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de 3
ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento 4
de la Asamblea Legislativa. Si requiere información adicional, por favor diríjase a 5
la Secretaría Técnica de la Comisión, a los teléfonos: 2243-2418, 2243-2257, 6
2243-2258, o a las direcciones electrónicas: [email protected]; 7
[email protected]…”. –Visto el documento, se acuerda por unanimidad 8
de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 9
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 10
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 11
Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y 12
fecha de recibo al Alcalde Municipal. ---------------------------------------------------------- 13
ARTÍCULO VI. -CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE Nº 21.350 14
“LEY DE REFORMA AL ARTÍCULO XLIV DE LA LEY N°9036, DEL 11 DE 15
MAYO DEL 2012”. ---------------------------------------------------------------------------------16
Se conoce oficio AM-IN-0305-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por 17
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 18
AJ-OF-170-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. Julio Monge 19
Gutiérrez Encargado del Área Jurídica, y que dice: “…El suscrito Encargado del 20
Área Jurídica Municipal, en relación con oficio AM-TCI-2471-2019 de fecha 21
Cartago, 15 de octubre 2019, recibido a las 11:27 a.m. del día 15 de octubre 2019 22
en la oficina municipal que el suscrito atiende, donde consta: “…para los efectos 23
que corresponda, me permito remitir el oficio 20936-204-2019, suscrito por la 24
señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefe de Área Comisiones Legislativas VI, referido 25
a criterio sobre proyecto de ley Expediente No. 21.350 “LEY DE REFORMA AL 26
ARTÍCULO 44 DE LA LEY No 9036, DEL 11 DE MAYO DE 2012”(Fin de 27
transcripción); me permito manifestar lo siguiente: El proyecto de ley en referencia 28
se debe a que en Costa Rica desde la entrada en vigencia de la Ley N.° 9036, el 29
Inder ha ido consolidándose a través de diferentes acciones de gran relevancia, 30
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que ha permitido impactar la calidad de vida de las poblaciones rurales. Uno de 1
los aspectos importantes que establece dicha ley es que cuando hay fincas rurales 2
con aptitud para el desarrollo rural y de fomento agrícola que son adquiridas por 3
los bancos del Sistema Bancario Nacional, el Banco Popular de Desarrollo 4
Comunal y las instituciones del Estado y que resuelvan vender en remate se le 5
debe dar prioridad al Instituto de Desarrollo Rural (Inder). Dicha ley es un enorme 6
paso para generar riqueza en nuestro país, es de las excepcionales leyes que 7
está construida para distribuir riqueza, para ser solidaria y que la ruralidad del país 8
tenga mejores condiciones de vida. Aunado a lo anterior, y con el fin de contribuir 9
más con el desarrollo rural, comunal y agrario del país es de suma importancia 10
extender esta prioridad a las asociaciones de desarrollo y a las municipalidades 11
del país, siempre y cuando el orden de prioridad lo tenga primero el Inder y 12
posteriormente, las asociaciones de desarrollo y los gobiernos locales, con el fin 13
de que obtengan dichas fincas lo menos onerosa posible dado que persigue un 14
fin social. Muchos bancos estatales venden en remate propiedades que pueden 15
ser de gran vocación productiva y a veces por falta de oferentes se le vende a 16
personas privadas a precios muy bajos, de ahí que debe priorizarse la 17
recuperación de esos terrenos. Cuando se establece el derecho de prelación esto 18
es obligatorio, de manera tal que si el banco vende un terreno estaría violando el 19
derecho de prelación del Instituto y este podría reclamarlo eventualmente, de ahí 20
que los juzgados deberían de velar para que este derecho de prelación se cumpla. 21
Por tal razón, es prioritario asegurar el cumplimiento de dicha norma a nivel judicial 22
y que la autoridad judicial correspondiente vele para que en todos los remates que 23
se vayan a hacer se incluya como tercero interesado al Inder, a las asociaciones 24
y a las municipalidades respectivas, con el fin de que estas manifiesten su interés 25
en comprar o no dicha propiedad que se rematará. Sin embargo, también es 26
menester promover más dicho artículo a nivel bancario y asegurar su 27
cumplimiento. Con fundamento en lo expuesto, en criterio del suscrito, es 28
jurídicamente viable que la Municipalidad de Cartago avale el proyecto de ley No 29
21.350, “LEY DE REFORMA AL ARTÍCULO 44 DE LA LEY No 9036, DEL 11 DE 30
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MAYO DE 2012”…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone dispensar de 1
trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, 2
somete a votación la dispensa, dando como resultado ocho votos afirmativos 3
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 4
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 5
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 6
Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa de trámite de Comisión. El 7
presidente a.i. propone aprobar el informe AJ-OF-170-2019, somete a discusión 8
la propuesta, suficientemente discutido, somete a votación la propuesta. El 9
presidente a.i. somete a discusión la propuesta, suficientemente discutida, se 10
somete a votación, dando como resultado ocho votos afirmativos de los 11
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 12
Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 13
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 14
Brenes Figueroa, se aprueba el informe AJ-OF-170-2019 y que se remita a la 15
Asamblea Legislativa para lo que corresponda. El presidente a.i. solicita la 16
firmeza, somete a discusión, sufrientemente discutido, somete a votación, se 17
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 18
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 19
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 20
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese 21
este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la señora Flor Sánchez Rodríguez 22
Jefe de Área Comisiones Legislativas VI, Departamento de Comisiones 23
Legislativas Asamblea Legislativa las direcciones electrónicas: 24
[email protected]; [email protected] y al Alcalde Municipal. 25
Acuerdo definitivamente aprobado. --------------------------------------------------------- 26
ARTÍCULO VII. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 27
Nº 21.220 “LEY DE TRANSPARENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS 28
EMPRÉSTITOS PÚBLICOS”. -------------------------------------------------------------------29
Se conoce oficio AL-CJ 21220-0382-2019 de fecha 23 de julio del 2019, suscrito 30
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por la señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área de Comisiones 1
Legislativas VII, Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea Legislativa, 2
y que dice: “…La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio 3
el proyecto: N.° 21.220: “LEY DE TRANSPARENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE 4
LOS EMPRÉSTITOS PÚBLICOS”. De acuerdo con lo que establece el Artículo 5
126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se determinó consultar el texto 6
base a su representada, publicado en el Alcance N° 139, en La Gaceta 116, del 7
21 de junio de 2019; el cual se adjunta. De conformidad con lo que establece el 8
artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea 9
Legislativa, que indica: “…Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere 10
respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que 11
el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”. El criterio 12
puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, al siguiente correo electrónico: 13
[email protected]/[email protected] o bien, el original, 14
puede ser entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del 15
edificio central (Comisión de Asuntos Jurídicos) …”. –Visto el documento, se 16
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 17
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 18
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 19
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este 20
acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. ------------------------------ 21
ARTÍCULO VIII. -CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE Nº 21.220 22
“LEY DE TRANSPARENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS EMPRÉSTITOS 23
PÚBLICOS”. -----------------------------------------------------------------------------------------24
Se conoce oficio AM-IN-0307-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por 25
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 26
PROV-OF-2627-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por la Licda. 27
Gabriela Redondo Cordero Subproveedora Municipal, y que dice: “…En atención 28
al Oficio N° AM-TCI-2475-2019, del 15 de octubre del 2019, mediante el cual 29
remite solicitud de consulta por parte de la señora Daniela Agüero Bermúdez Jefe 30
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de Área Comisiones Legislativas VII, Expediente N° 21.220 PROYECTO DE LEY 1
DE TRANSPARENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS EMPRÉSTITOS 2
PÚBLICOS, Artículo 1- (Reforma del numeral 2, contenido en el artículo 2 de la 3
Ley N° 9074, Ley de Contratación Administrativa del 02 de mayo de 1995 y sus 4
reformas), que reza de la siguiente manera: Artículo 2- Excepciones {…} Quedan 5
fuera del alcance de la presente ley las siguientes actividades: 2- Los empréstitos 6
públicos, cuando así lo condiciones los prestadores en sus políticas de 7
otorgamiento de recursos, o se establezca en el empréstito. Sin excepción, las 8
contrataciones deberán efectuarse conforme a los principios establecidos en la 9
presente ley. Me permito señalar, que en el texto propuesto se indica que se 10
Reforma el numeral 2, contenido en el artículo 2 de la Ley N° 9074 de la “Ley de 11
Contratación Administrativa”, cuando lo correcto es Ley N° 7494. Con respecto a 12
la consulta planteada recomiendo la modificación propuesta, con la siguiente 13
observación, que los empréstitos públicos, cuando ciertas condiciones lo 14
permitan, puedan ser sometidos no solo a los principios establecidos en la Ley de 15
Contratación administrativa como se indica, sino también a los procedimientos de 16
contratación. Que el espíritu del proyecto según lo plasmado por el Legislador es 17
que al igual que los recursos ordinarios de las Instituciones, los empréstitos 18
públicos sean sujetos de una mayor fiscalización, sometiéndolos cuando las 19
condiciones lo permitan a la normativa que rige la contratación administrativa, a 20
efecto de trasparentar la ejecución. Que la recomendación deberá ser enviada en 21
forma digital, en texto abierto, al correo electrónico: comision-22
[email protected]/ [email protected] o bien, el original, puede ser 23
entregado en la Secretará de la Comisión, ubicada en el tercer piso del edificio 24
central(Comisión de Asuntos Jurídicos)…”. –Visto el documento, el presidente a.i. 25
propone dispensar de trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, 26
suficientemente discutido, somete a votación la dispensa, dando como resultado 27
ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 28
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro 29
Marín, Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares 30
N° 275-2019
Ramírez, vota negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa 1
de trámite de Comisión. El presidente a.i. propone aprobar el informe PROV-2
OF-2627-2019, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, 3
somete a votación la propuesta. El presidente a.i. somete a discusión la 4
propuesta, suficientemente discutida, se somete a votación, dando como 5
resultado ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar 6
de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 7
Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y 8
Ovares Ramírez, vota negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba el 9
informe PROV-OF-2627-2019 y que se remita a la Asamblea Legislativa para 10
lo que corresponda. El presidente a.i. solicita la firmeza, somete a discusión, 11
sufrientemente discutido, somete a votación, se acuerda por unanimidad de 12
nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 13
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 14
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 15
Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese este acuerdo con 16
acuse y fecha de recibo a la señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área 17
de Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones Legislativas 18
Asamblea Legislativa a los correos electrónicos comision-19
[email protected] / [email protected] y al Alcalde Municipal. 20
Acuerdo definitivamente aprobado. --------------------------------------------------------- 21
ARTÍCULO IX. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 22
N°21.555 “ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 201 BIS Y UN ARTÍCULO 205 BIS AL 23
CÓDIGO ELECTORAL, LEY N°8765 DEL 10 DE AGOSTO DEL 2009.- LEY 24
PARA ESTABLECER EL VOTO PREFERENTE”. ----------------------------------------25
Se conoce oficio AL-CJ-21555-OFI-1478-2019 de fecha 09 de octubre del 2019, 26
suscrito por la señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área de 27
Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea 28
Legislativa, y que dice: “…La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene 29
para su estudio el proyecto: Expediente N° 21.555, “ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 30
N° 275-2019
201 BIS Y UN ARTÍCULO 205 BIS AL CÓDIGO ELECTORAL, LEY N°8765 DE 1
10 DE AGOSTO DE 2009.LEY PARA ESTABLECER EL VOTO PREFERENTE”. 2
De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea 3
Legislativa, se procede a realizar la consulta obligatoria a la institución que usted 4
representa. De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas 5
institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …” Si 6
transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se 7
refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene 8
objeción que hacer al proyecto”. El criterio puede remitirlo en versión digital, en 9
texto abierto, al siguiente correo electrónico: comision-10
[email protected]/[email protected] o bien, el original, puede ser 11
entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del edificio 12
central (Comisión de Asuntos Jurídicos) …”. –Visto el documento, se acuerda por 13
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 14
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 15
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 16
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con 17
acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. ----------------------------------------------- 18
ARTÍCULO X. -CRITERIO AL TEXTO SUSTITUTIVO PROYECTO DE LEY 19
EXPEDIENTE Nº 21.555 “ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 201 BIS Y UN 20
ARTÍCULO 205 BIS AL CÓDIGO ELECTORAL, LEY N°8765 DEL 10 DE 21
AGOSTO DEL 2009.- LEY PARA ESTABLECER EL VOTO PREFERENTE”. ---22
Se conoce oficio AM-IN-0311-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por 23
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 24
AJ-OF-171-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. Julio Monge 25
Gutiérrez Encargado del Área Jurídica, y que dice: “…El suscrito Encargado del 26
Área Jurídica Municipal, en relación con oficio AM-TCI-2472-2019 de fecha 27
Cartago, 15 de octubre 2019, recibido a las 11:27 a.m. del día 15 de octubre 2019 28
en la oficina municipal que el suscrito atiende, donde consta: “…para los efectos 29
que corresponda, me permito remitir el oficio AL-CJ-21555-OFI-1478-2019, 30
N° 275-2019
suscrito por la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefe de Área Comisiones 1
Legislativas VII, referido a criterio sobre proyecto de ley Expediente No. 21.555 2
“ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 201 BIS Y UN ARTÍCULO 205 BIS AL CODIGO 3
ELECTORAL, LEY No8765 DE 10 DE AGOSTO DE 2009. LEY PARA 4
ESTABLECER EL VOTO PREFERENTE” (Fin de transcripción); me permito 5
manifestar lo siguiente: El proyecto de ley en referencia se debe a que El Tribunal 6
Supremo de Elecciones (TSE) en el año 1999, inició un proceso de consulta y 7
análisis de la normativa electoral que culminó con el envío de una propuesta de 8
reforma integral del Código Electoral que fue remitida a la Asamblea Legislativa 9
dos años después (Expediente N°14.268). El proceso de discusión parlamentaria 10
culminó varios años después, en el año 2009, cuando se promulgó la legislación 11
actualmente vigente (Ley N°8765). Sin embargo, la Asamblea Legislativa sólo 12
aceptó parcialmente las propuestas provenientes de la autoridad electoral, debido 13
a la ausencia de consenso político quedaron excluidas dos modificaciones que 14
fortalecerían la democracia costarricense: el voto preferente y la eliminación de la 15
barrera del subcociente. El establecimiento del voto preferente busca 16
desbloquear la lista que presenta el partido político que actualmente es cerrada, 17
petición ampliamente demandada por la opinión pública en los últimos tiempos. 18
Es decir la ciudadanía quiere votar por personas y no únicamente por la lista que 19
le proponen los partidos. Mediante la presente iniciativa se pretende retomar esta 20
propuesta fundamental. Al planteamiento original del TSE en este proyecto de ley 21
se le hicieron cambios para garantizar la paridad de género y la alternancia vertical 22
y horizontal. De esta manera se propone que dentro de la lista del partido de 23
preferencia la persona electora pueda votar por dos candidaturas, la de una mujer 24
y la de un hombre. Al momento de realizar el cómputo de los votos preferentes y 25
la declaración de las personas electas por cada partido, la lista será reordenada, 26
pasando a ocupar los candidatos y las candidatas con mayor número de votos 27
preferentes los primeros lugares de la lista, en orden decreciente. Acto seguido, 28
la lista de nuevo será reordenada para hacer la declaratoria de elección a fin de 29
que el TSE garantice los principios de paridad y de alternancia de género vertical 30
N° 275-2019
y horizontal establecidos en el Código Electoral, respetando las decisiones de la 1
Asamblea Superior de cada partido sobre el encabezamiento de hombre o mujer, 2
según corresponda, y luego garantizando que sean declaradas las personas 3
electas de acuerdo a los votos de manera alterna. Si bien en otros países han 4
surgido críticas al sistema de voto preferente en virtud de que se establecería una 5
competencia doble entre candidaturas de la misma agrupación y de estas con las 6
de los otros partidos, lo que algunos (as) consideran debilitaría la institucionalidad 7
partidaria y encarecería las campañas electorales, pareciera que otros elementos 8
de la normativa costarricense permitirían evitar tales efectos nocivos, tales como 9
los controles en el financiamiento de los partidos y la obligación de que todas las 10
contribuciones privadas sean depositadas en la cuenta única de la agrupación 11
política. En todo caso, sin menospreciar dichas preocupaciones, es mucho mayor 12
el beneficio que obtendría nuestro sistema democrático al romperse la prevalencia 13
de listas cerradas definidas por los partidos y permitirse un aumento significativo 14
del poder de decisión de la ciudadanía que así lo viene reclamando. Al ponderar 15
los riesgos de esta propuesta y la opción de no introducir cambios al caduco 16
sistema de listas cerradas es viable indudablemente la opción de permitir a la 17
ciudadanía elegir las candidaturas de su preferencia dentro de los nombres 18
propuestos de los partidos políticos sin afectar los principios de paridad y 19
alternancia de género. Este cambio no solo permitiría incrementar la 20
representatividad de la Asamblea Legislativa y los demás órganos de elección 21
popular de integración proporcional, sino que, además, permitiría fortalecer la 22
rendición de cuentas y la responsabilidad frente al electorado de los cargos 23
electos. Las personas aspirantes a diputados y diputadas sabrían que no bastaría 24
con controlar las asambleas de sus partidos o tener el favor de las cúpulas y el 25
poder económico para ubicarse en los primeros lugares de las listas de su partido. 26
Adicionalmente, tendrán que haber desempeñado un buen trabajo y haber 27
cumplido a su electorado para obtener una votación preferente. Con fundamento 28
en lo expuesto, en criterio del suscrito, es jurídicamente viable que la 29
Municipalidad de Cartago avale el proyecto de ley No 21.555, “ADICIÓN DE UN 30
N° 275-2019
ARTÍCULO 201 BIS Y UN ARTÍCULO 205 BIS AL CODIGO ELECTORAL, LEY 1
No8765 DE 10 DE AGOSTO DE 2009. LEY PARA ESTABLECER EL VOTO 2
PREFERENTE”…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone dispensar de 3
trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, 4
somete a votación la dispensa, dando como resultado ocho votos afirmativos 5
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 6
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 7
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 8
Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa de trámite de Comisión. El 9
presidente a.i. propone aprobar el informe AJ-OF-171-2019, somete a discusión 10
la propuesta, suficientemente discutido, somete a votación la propuesta. El 11
presidente a.i. somete a discusión la propuesta, suficientemente discutida, se 12
somete a votación, dando como resultado ocho votos afirmativos de los 13
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 14
Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 15
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 16
Brenes Figueroa, se aprueba el informe AJ-OF-171-2019 y que se remita a la 17
Asamblea Legislativa para lo que corresponda. El presidente a.i. solicita la 18
firmeza, somete a discusión, sufrientemente discutido, somete a votación, se 19
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 20
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 21
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 22
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese 23
este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la señora Daniella Agüero Bermúdez 24
Jefe de Área, Área de Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones 25
Legislativas Asamblea Legislativa a los correos electrónicos comision-26
[email protected] / [email protected] y al Alcalde Municipal. 27
Acuerdo definitivamente aprobado. --------------------------------------------------------- 28
ARTÍCULO XI. -SOLICITUD CRITERIO AL EXPEDIENTE Nº 21.546 “COMISIÓN 29
ESPECIAL ENCARGADA DE ANALIZAR, ESTUDIAR, PROPONER Y 30
N° 275-2019
DICTAMINAR EL EXPEDIENTE N°21.546 “LEY GENERAL DE 1
CONTRATACIÓN PÚBLICA”. ------------------------------------------------------------------2
Se conoce oficio CE-21563-011-2019 de fecha 18 de setiembre del 2019, suscrito 3
por la señora Noemy Montero Guerrero Jefe Área, Comisiones Legislativas, 4
Asamblea Legislativa, y que dice: “…En la sesión N°1 del 16 de setiembre del 5
2019 de la “COMISIÓN ESPECIAL ENCARGADA DE ANALIZAR, ESTUDIAR, 6
PROPONER Y DICTAMINAR EL EXPEDIENTE N° 21.546 “LEY GENARAL DE 7
CONTRATACIÓN PÚBLICA”, se aprobó una moción para consultar a la institución 8
que usted representa, del proyecto de ley: Expediente N° 21.546 “LEY GENERAL 9
DE CONTRATACIÓN PÚBLICAL”. SE ADJUNTA EL TEXTO DEL PROYECTO 10
N°21.546. Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, 11
de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea 12
Legislativa. Si requiere información adicional, por favor diríjase a la Secretaría 13
Técnica de la Comisión, a los teléfonos: 2243-2441, 2243-2442, 2243-2916, Fax 14
N.° 2243-2444 o a las direcciones electrónicas: [email protected], 15
[email protected]…”. –Visto el documento, se acuerda por unanimidad 16
de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 17
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 18
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 19
Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y 20
fecha de recibo al Alcalde Municipal. ---------------------------------------------------------- 21
ARTÍCULO XII. -CRITERIO AL EXPEDIENTE Nº 21.546 “COMISIÓN ESPECIAL 22
ENCARGADA DE ANALIZAR, ESTUDIAR, PROPONER Y DICTAMINAR EL 23
EXPEDIENTE N°21.546 “LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA”. ----24
Se conoce oficio AM-IN-0314-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por 25
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 26
PROV-OF-2627-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por la Licda. 27
Gabriela Redondo Cordero Subproveedora Municipal, y que dice: “…En atención 28
al Oficio N° AM-TCI-2476-2019, del 15 de octubre del 2019, mediante el cual 29
remite Oficio CE-21563-011-2019, de fecha 18 de setiembre del 2019, referente a 30
N° 275-2019
solicitud de consulta por parte de la señora Noemy Montero Guerrero, Jefe de 1
Área COMISIÓN ESPECIAL, Expediente N° 21.546 Proyecto de “Ley General de 2
Contratación Pública”. Procedo a manifestar que dicho Proyecto es una nueva ley 3
y no una Reforma a la actual, que viene a reintegrar bajo un único régimen a todas 4
las Administraciones (Órganos o Entes, ya sean públicos o privados), que en su 5
actividad contractual empleen total o parcialmente fondos públicos, brindando 6
seguridad jurídica respecto a la norma legal a aplicar; además propone simplificar 7
los procedimientos, pero haciéndolos más eficaces y busca maximizar la 8
transparencia de las actuaciones en cada una de las etapas del proceso de 9
contratación, utilizando el Sistema Digital Unificado. Asimismo, apuesta a una 10
robusta planificación de los proyectos y fomenta la integración de compras, para 11
gozar de los beneficios que generan las economías de escala. Este proyecto 12
reduce el número de supuestos de excepción contenidos en la actual normativa a 13
los procedimientos ordinarios de contratación, con el fin de garantizar la existencia 14
de competencia, introduciendo y ajustando algunos de los requisitos para su 15
utilización. Un aspecto a destacar es que se elimina la autorización de las 16
Contrataciones Directas a cargo de la Contraloría General de la República, pues 17
se considera que, al apostarse a la planificación, dicho mecanismo resulta 18
innecesario; que en supuestos de Urgencia la Administración válidamente puede 19
recurrir a esa vía, sin que requiera para ello el aval del Órgano Contralor. Que, 20
con el afán de simplificar la gestión de compras públicas, se contempla en el 21
proyecto únicamente dos tipos de procedimientos ordinarios (Licitación mayor LM 22
y Licitación menor lm). La Licitación mayor se utilizará en el caso de las 23
contrataciones de bienes, servicios y obras de mayor monto, mientras que la 24
licitación menor, concentrará los procedimientos que en la actualidad se tramitan 25
como licitación abreviada y contratación directa. Que los plazos utilizados para 26
desarrollar dichos procedimientos son más cortos. Se eliminan las contrataciones 27
de escasa cuantía. En relación al régimen Recursivo, el proyecto mantiene los 28
tipos de recursos que actualmente se utilizan, con la diferencia que las 29
impugnaciones ante el Órgano Contralor, serán en cuanto al pliego de condiciones 30
N° 275-2019
y con respecto al acto final, en el caso de las licitaciones mayores, mientras que, 1
en las licitaciones menores, el conocimiento de las impugnaciones corresponde 2
directamente a la Entidad Licitante. Entendiéndose que la competencia de los 3
recursos de revocatoria y apelación viene dada por el tipo procedimiento y no 4
como en la actualidad que es dada por la tabla de estratos económicos, asimismo 5
se establece un plazo fijo para objetar. Que de esta forma se pone de manifiesto 6
una meta del proyecto de ley como lo es la simplificación de la actividad de 7
contratación pública. Además, el proyecto regula que todas las impugnaciones se 8
deben presentar ante la Entidad licitante, a través del Sistema Unificado de 9
compras públicas. En el caso de recursos de objeción en licitaciones mayores y 10
apelación, la Administración deberá brindar las audiencias correspondientes y 11
rendir un informe ante el Órgano Contralor. Que, si bien estos recursos se 12
presentan en la Administración, la competencia para conocer de los mismos y 13
emitir las Resoluciones finales le corresponde a la Contraloría General de la 14
República. Que con dicho procedimiento se procura que la Administración tenga 15
una mayor participación y mejor valoración de los elementos probatorios 16
sometidos a discusión y la posibilidad de efectuar un análisis integral de los 17
argumentos en disputa. Que es relevante indicar que, ante la interposición 18
oportuna del recurso de objeción, se da la suspensión del procedimiento 19
(recepción de ofertas y acto de apertura). Asimismo, el proyecto plantea la 20
optimización en los tiempos de respuesta de los recursos que deba conocer tanto 21
la Contraloría General de la República como la Administración licitante. Que en 22
los casos que se emplee el ejercicio del derecho a recurrir de manera indebida y 23
arbitraria en clara violación al interés público (Impugnaciones temerarias) se 24
propone el establecimiento de multas. El presente proyecto solo contempla la 25
rendición de la garantía de cumplimiento y su procedimiento de ejecución, no la 26
garantía de participación. Asimismo, el proyecto establece la posibilidad de que 27
se realicen modificaciones unilaterales a los contratos, sin superar bajo ningún 28
concepto el veinte por ciento del monto y plazo del contrato original, (salvo que se 29
trate de modificaciones que se deriven de circunstancias que con una adecuada 30
N° 275-2019
planificación no se hubieren podido prever al momento de iniciar el 1
procedimiento). Con respecto a la figura del contrato adicional, esta no es 2
contemplada en el proyecto de marras. El proyecto contempla la contratación 3
pública no sólo como el procedimiento de concurso, sino como un mecanismo 4
estratégico para el fortalecimiento de oportunidades y planteamiento de políticas 5
que permita aprovechar el posicionamiento de variables ambientales, de 6
innovación, Pymes y sociales (inclusión de adultos mayores, personas con 7
discapacidad entre otros). Se plantea en el Proyecto de ley un capitulo referente 8
a Relaciones Público Privadas, en donde se estipula el Contrato de asociación 9
público privada, que se da entre un tercero que será una persona física o jurídica 10
privada y la Administración Pública, en ese sentido se proyecta impulsar la 11
inversión en proyectos de infraestructura pública. Que el proyecto de ley incluye 12
diferentes formas y modalidades de contratos, que, si bien se encuentran en el 13
actual reglamento a la ley de contratación administrativa, como lo es el contrato 14
de suministros en la modalidad de la entrega por demanda y la ejecución por 15
consignación, así como la figura del convenio marco, se propone en el proyecto 16
darles un respaldo en normas de rango de ley y como novedad en el Convenio 17
marco se da la posibilidad de su uso para obra pública. El proyecto establece que 18
el Concejo Nacional de Contratación Pública, Órgano de desconcentración 19
máxima adscrito al Ministerio de Hacienda, es a quien le corresponde la rectoría 20
en la materia de Contratación pública, para toda la Administración, según las 21
competencias que establezca la ley. En conclusión, dicha normativa propone 22
mejorar y facilitar la gestión en las administraciones contratantes, sin dejar de lado 23
las garantías de los oferentes, toda a partir de postulados básicos como la 24
transparencia, la ética, la participación ciudadana, la rendición de cuentas, la 25
seguridad jurídica, la simplicidad y la adecuada y oportuna planificación. Que el 26
proyecto de Ley viene a derogar la Ley de Contratación Administrativa (N° 7494 27
del 02 de mayo de 1995) y su Reglamento (Decreto Ejecutivo N° 33411 del 27 de 28
setiembre de 2006). Que la Ley General de Contratación Pública regirá dieciocho 29
meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Que el Poder 30
N° 275-2019
Ejecutivo Reglamentará dicha ley, dentro de los dieciocho meses siguientes a su 1
publicación. Con base en lo antes expuesto el proyecto en consulta, merece un 2
criterio positivo a excepción de los plazos otorgados a la Administración en los 3
procedimientos en general, y en específico en la atención y tramitología de los 4
Recursos de Revocatoria y apelación, que, si bien se persigue la simplificación en 5
los plazos en los procedimientos, los mismos resultan muy cortos. Aunado a esto 6
es relevante señalar que en el caso de los recursos de revocatoria que deben ser 7
interpuestos ante el órgano que dicto el acto de adjudicación, en este caso el 8
Concejo Municipal, el plazo para tramitarlo es demasiado corto ya que dicho 9
órgano debe conocerlo y trasladarlo para análisis técnico y legal, a efecto de que 10
se valore si es admisible o es rechazado por improcedencia manifiesta. Asimismo, 11
se respeta el criterio rendido en el proyecto, cuando se le transfiere a la 12
Administración la recepción, el trámite de audiencias e informe con respecto a los 13
Recursos de Objeción y apelación en las Licitaciones Mayores, alegando que se 14
procura una mayor participación de la Administración y valoración de los 15
elementos probatorios sometidos a discusión, pero no resulta de recibo dicho 16
criterio pues se le está asignando a las Administraciones, un procedimiento que 17
le correspondería al Ente Contralor dirigir, pues en la actualidad como está 18
definido, la Administración siempre participa en el procedimiento de manera 19
integral, coadyuvando en la Resolución final. Asimismo, se considera en el 20
proyecto que eliminando algunas excepciones de aplicación de los procedimientos 21
ordinarios se logra fomentar la competencia, pero se considera que la utilización 22
de algunas de ellas facilita a la Administración su gestión a efecto de alcanzar el 23
objeto a contratar de manera directa, de forma más eficiente y simplificando 24
trámites y tiempos. Esto en las excepciones que evidentemente se demuestre que 25
no son compatibles con el concurso. Que se considera que el plazo otorgado por 26
la Asamblea Legislativa, (a pesar de que así esta reglamentado), para referirse a 27
un instrumento normativo de rango de ley de suma importancia en materia de 28
contratación pública, como el que se somete a consulta resulta insuficiente. Para 29
consulta de envió de la respuesta dirigirse a la Secretaría Técnica de la Comisión, 30
N° 275-2019
Teléfonos: 2243-2441,2243-2442,2243-2916, Fax N° 2243-2444 o a las 1
direcciones electrónicas: [email protected] 2
/[email protected]…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone 3
dispensar de trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, 4
suficientemente discutido, somete a votación la dispensa, dando como resultado 5
ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 6
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro 7
Marín, Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares 8
Ramírez, vota negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa 9
de trámite de Comisión. El presidente a.i. propone aprobar el informe PROV-10
OF-2639-2019, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, 11
somete a votación la propuesta. El presidente a.i. somete a discusión la 12
propuesta, suficientemente discutida, se somete a votación, dando como 13
resultado ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar 14
de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 15
Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y 16
Ovares Ramírez, vota negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba el 17
informe PROV-OF-2639-2019 y que se remita a la Asamblea Legislativa para 18
lo que corresponda. El presidente a.i. solicita la firmeza, somete a discusión, 19
sufrientemente discutido, somete a votación, se acuerda por unanimidad de 20
nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 21
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 22
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 23
Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese este acuerdo con 24
acuse y fecha de recibo a la señora Noemy Montero Guerrero Jefe Área, 25
Comisiones Legislativas, Asamblea Legislativa a las direcciones electrónicas: 26
[email protected], [email protected] y al Alcalde Municipal. 27
Acuerdo definitivamente aprobado. --------------------------------------------------------- 28
ARTÍCULO XIII. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 29
Nº 21.339 “REFORMA A LOS ARTÍCULOS 26 Y 27 DE LA LEY PARA EL 30
N° 275-2019
EQUILIBRIO FINANCIERO N°6955 DEL 24 DE FEBRERO DE 1984 Y SUS 1
REFORMAS”. ----------------------------------------------------------------------------------------2
Se conoce oficio HAC-204-2019 de fecha 24 de julio del 2019, suscrito por la 3
señora Flor Sánchez Rodríguez Jefe de Área Comisiones Legislativas VI, 4
Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea Legislativa, y que dice: 5
“…Con instrucciones de la señora Presidenta de la Comisión Permanente 6
Ordinaria de Asuntos Hacendarios, diputada Ana Lucía Delgado Orozco, le 7
comunico que la Comisión aprobó remitir la consulta a las Municipalidades del 8
Expediente N.° 21.339, “REFORMA DE LOS ARTICULOS 26 Y 27 DE LA LEY 9
PARA EL EQUILIBRIO FINANCIERO N° 6955 DE 24 DE FEBRERO DE 1984 Y 10
SUS REFORMAS”, el cual adjunto. Le ruego evacuar la anterior consulta en el 11
plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del 12
Reglamento de la Asamblea Legislativa. Si requiere información adicional, por 13
favor diríjase a la Secretaría Técnica de la Comisión, a los teléfonos: 2243-2418, 14
2243-2257, 2243-2258, o a las direcciones electrónicas: 15
[email protected]; [email protected]…”. –Visto el 16
documento, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 17
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 18
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 19
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar 20
nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. 21
ARTÍCULO XIV. -CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE Nº 21.339 22
“REFORMA A LOS ARTÍCULOS 26 Y 27 DE LA LEY PARA EL EQUILIBRIO 23
FINANCIERO N°6955 DEL 24 DE FEBRERO DE 1984 Y SUS REFORMAS”. ---24
Se conoce oficio AM-IN-0316-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por 25
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 26
AJ-OF-172-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. Julio Monge 27
Gutiérrez Encargado del Área Jurídica, y que dice: “…El suscrito Encargado del 28
Área Jurídica Municipal, en relación con oficio AM-TCI-2484-2019 de fecha 29
Cartago, 15 de octubre 2019, recibido a las 02:51 p.m. del día 15 de octubre 2019 30
N° 275-2019
en la oficina municipal que el suscrito atiende, donde consta: “…para los efectos 1
que corresponda, me permito remitir el oficio HAC-204-2019, suscrito por la 2
señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefe de Área Comisiones Legislativas VI, 3
referido a criterio sobre proyecto de ley Expediente No. 21.339 “REFORMA DE 4
LOS ARTÍCULOS 26 Y 27 DE LA LEY PARA EL EQUILIBRIO FINANCIERO 5
No6955 DE 24 DE FEBRERO DE 1984 Y SUS REFORMAS” (Fin de 6
transcripción); me permito manifestar lo siguiente: El proyecto de ley en referencia 7
tiene como objetivo modificar los artículos 26 y 27 de la Ley para el Equilibrio 8
Financiero No. 6955, de 24 de febrero de 1984 y sus reformas, con el fin de 9
corregir las disposiciones respecto a la posibilidad que tienen los funcionarios 10
públicos para cogerse a los planes de movilidad laboral en el sector público. 11
Actualmente la ley establece que, si un funcionario público en algún momento se 12
acogió o recibió prestaciones de cualquier institución del sector público, no puede 13
tomar nuevamente dicho beneficio. Esa disposición si bien se enmarca en el 14
objetivo esencial de la Ley No. 6955 de ordenar, sanear y mantener fortalecida la 15
Hacienda Pública, dificulta la posibilidad de que el Estado reduzca su panilla y 16
limite a que muchos funcionarios busquen la opción de dedicarse a actividades 17
productivas en el ámbito privado. Esta limitación se convierte en una pena de por 18
vida para los funcionarios que alguna vez recibieron esas prestaciones legales o 19
se acogieron a la movilidad laboral. Si bien, se deben eliminar las trabas para que 20
una persona se acoja a la movilidad laboral también es cierto que el objetivo es 21
que quienes se acojan a este beneficio, no reingresen a la función pública en un 22
periodo de tiempo muy corto, siendo el objetivo esencial que logren 23
emprendimientos productivos para que no tengan que depender del Estado. Esta 24
reforma pretende contribuir a la reforma del empleo público en nuestro país, por 25
lo que es necesario flexibizar las normas de este sector en aras de la 26
modernización del Estado. Con fundamento en lo expuesto, en criterio del 27
suscrito, es jurídicamente viable que la Municipalidad de Cartago avale el proyecto 28
de ley No 21.339, “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 26 Y 27 DE LA LEY PARA 29
EL EQUILIBRIO FINANCIERO No6955 DE 24 DE FEBRERO DE 1984 Y SUS 30
N° 275-2019
REFORMAS”…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone dispensar de 1
trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, 2
somete a votación la dispensa, dando como resultado ocho votos afirmativos 3
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 4
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 5
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 6
Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa de trámite de Comisión. El 7
presidente a.i. propone aprobar el informe AJ-OF-172-2019, somete a discusión 8
la propuesta, suficientemente discutido, somete a votación la propuesta. El 9
presidente a.i. somete a discusión la propuesta, suficientemente discutida, se 10
somete a votación, dando como resultado ocho votos afirmativos de los 11
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 12
Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 13
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 14
Brenes Figueroa, se aprueba el informe AJ-OF-172-2019 y que se remita a la 15
Asamblea Legislativa para lo que corresponda. El presidente a.i. solicita la 16
firmeza, somete a discusión, sufrientemente discutido, somete a votación, se 17
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 18
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 19
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 20
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese 21
este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la señora Flor Sánchez Rodríguez 22
Jefe de Área Comisiones Legislativas VI, Departamento de Comisiones 23
Legislativas Asamblea Legislativa las direcciones electrónicas: 24
[email protected]; [email protected] y al Alcalde 25
Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ------------------------------------------ 26
ARTÍCULO XV. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 27
Nº 21.506 “REFORMA AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE NOTIFICACIONES, 28
N°8687 DEL 29 DE ENERO DEL 2009”. -----------------------------------------------------29
Se conoce oficio AL-CJ-21506-1667-2019 de fecha 16 de octubre del 2019, 30
N° 275-2019
suscrito por la señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área de 1
Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea 2
Legislativa, y que dice: “…La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene 3
para su estudio el proyecto: N.° 21.506: “REFORMA AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY 4
DE NOTIFICACIONES, N° 8687 DEL 29 DE ENERO DEL 2009.”. En sesión No. 5
14 del 10 de septiembre de 2019, se aprobó consultar el texto base a su 6
representada, publicado en el Alcance N° 176, en La Gaceta 147, del 07 de agosto 7
de 2019; el cual se adjunta. De conformidad con lo que establece el artículo 157 8
(consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: 9
…”Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que 10
se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no 11
tiene objeción que hacer al proyecto” El criterio puede remitirlo en versión digital, 12
en texto abierto, al siguiente correo electrónico: comision-13
[email protected]/[email protected] o bien, el original, puede ser 14
entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del edificio 15
central (Comisión de Asuntos Jurídicos) …”. –Visto el documento, se acuerda por 16
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 17
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 18
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 19
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con 20
acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. ----------------------------------------------- 21
ARTÍCULO XVI. -CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE Nº 21.506 22
“REFORMA AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE NOTIFICACIONES, N°8687 DEL 23
29 DE ENERO DEL 2009”. -----------------------------------------------------------------------24
Se conoce oficio AM-IN-0318-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por 25
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 26
AJ-OF-173-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. Julio Monge 27
Gutiérrez Encargado del Área Jurídica, y que dice: “…El suscrito Encargado del 28
Área Jurídica Municipal, en relación con oficio AM-TCI-2500-2019 de fecha 29
Cartago, 16 de octubre 2019, recibido a las 9:19 horas del día 17 de octubre 2019 30
N° 275-2019
en la oficina municipal que el suscrito atiende, donde consta: “…para los efectos 1
que corresponda, me permito remitir el oficio AL-CJ-21506-1667-2019, suscrito 2
por la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefe de Área de Comisiones Legislativas 3
VII, referido a solicitud de criterio sobre proyecto de ley Expediente No. 21.506 4
“REFORMA AL ARTICULO 3 DE LA LEY DE NOTIFICACIONES, No8687 DEL 29 5
DE ENERO DEL 2009” (Fin de transcripción); me permito manifestar lo siguiente: 6
El artículo No. 3 de la Ley de Notificaciones No. 8687 del 29 de enero del 2009, 7
establece: ARTÍCULO 3.- Fijación de domicilio electrónico Las personas físicas y 8
jurídicas interesadas podrán señalar al Poder Judicial, una dirección única de 9
correo electrónico para recibir el emplazamiento y cualquier otra resolución, en 10
cualquier asunto judicial en que deban intervenir. Esta fijación podrá ser 11
modificada o revocada en cualquier tiempo, por la persona interesada. El texto 12
del proyecto de ley en referencia pretende establecer en el artículo 3.2 lo siguiente: 13
“3.2. Domicilio electrónico obligatorio: Tendrán la obligación de señalar, una 14
dirección electrónica única para recibir la notificación del emplazamiento, 15
resolución inicial y cualquier otra notificación o comunicación personal que se 16
deba realizar, las siguientes personas físicas y jurídicas: 1. Los poderes del 17
Estado, ministerios, instituciones autónomas, semiautónomas, gobiernos locales 18
y en general el Estado. 2. Trabajadores, funcionarios y servidores de los poderes 19
del Estado, ministerios, instituciones autónomas, semiautónomas y en general, 20
todos los servidores públicos. 3.Trabajadores y patronos de la empresa privada 21
cuando se realice el contrato laboral por escrito. 4. Contribuyentes ante el 22
Ministerio de Hacienda o la Dirección General de Tributación Directa. 5. 23
Contribuyentes y administrados con bienes sujetos al pago del impuesto de bienes 24
inmuebles, recolección de basura u otra obligación con algún gobierno local. 6. 25
Personas obligadas al pago de obligaciones patronales o de trabajador 26
independiente con la Caja Costarricense de Seguro Social. 7. Sociedades 27
anónimas. 8 Sociedades de responsabilidad limitada. 9. Sociedades en 28
comandita. 10. Sociedades colectivas. 11. Sociedades de capital variable. 12. 29
Sociedades de oferta pública de valores. 13. Sociedades deportivas. 14. 30
N° 275-2019
Sucursales de empresas extranjeras inscritas en el Registro Público. 15. 1
Fundaciones. 16. Asociaciones. 17. Sindicatos. 18. Cooperativas. 19. Personas 2
físicas o jurídicas que mantengan relación directa ante el Consejo de Seguridad 3
Vial (Cosevi). 20. Universidades públicas y privadas. 21. Centros educativos 4
privados de primaria y secundaria. 22. Contratantes con la Administración 5
Pública. 23. Arrendante y arrendatarios en contratos escritos de arrendamiento. 6
24. Entidades bancarias. 25. Deudores, fiadores, avalistas y garantes al momento 7
de firmarse el contrato de préstamo o bien, al emitir el título valor. 26. Personas 8
beneficiarias, deudores, o fiadores de tarjetas de crédito, cuentas bancarias o 9
depósitos de valores. 27. Personas inscritas en la bolsa nacional de valores. 28. 10
En general, los intervinientes de los contratos privados escritos, caso en el cual, 11
se deberá indicar en el contrato el domicilio electrónico. 29. Ministros y quienes 12
ejerzan su cargo con ocasión de una elección popular. Esta fijación deberá ser 13
utilizada en cualquier asunto judicial, administrativo o incluso privado donde se 14
requiera la notificación o comunicación personal al interesado. El domicilio 15
electrónico obligatorio se utilizará aun cuando la notificación o comunicación se 16
ordene con motivo diverso del que originalmente requirió la inscripción del 17
domicilio electrónico por parte del aquí obligado.” (Fin de transcripción.) Uno de 18
los valores tutelados por el derecho, es la seguridad jurídica. La seguridad jurídica 19
es un principio del derecho, universalmente reconocido, que se basa en la 20
«certeza del derecho», tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, 21
y que significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto 22
como prohibido, ordenado o permitido por el poder público. La palabra seguridad 23
proviene de la palabra latina, la cual deriva del adjetivo (de secura) que significa 24
estar seguros de algo y libres de cuidados. El Estado, como máximo exponente 25
del poder público y primer regulador de las relaciones en sociedad, no sólo 26
establece (o debe establecer) las disposiciones legales a seguir, sino que en un 27
sentido más amplio tiene la obligación de crear un ámbito general de "seguridad 28
jurídica" al ejercer el poder político, jurídico y legislativo. La seguridad jurídica es, 29
en el fondo, la garantía dada al individuo por el Estado de que su persona, sus 30
N° 275-2019
bienes y sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a 1
producirse, le serán asegurados por la sociedad, la protección y reparación de 2
aquellos. En resumen, la seguridad jurídica es la «certeza del derecho» que tiene 3
el individuo de modo que su situación jurídica no será modificada más que por 4
procedimientos regulares y conductos legales establecidos, previa y debidamente 5
publicados. (Tomado de Wikipedia La Enciclopedia Libre.) Pretender establecer 6
un domicilio electrónico obligatorio como lo hace el proyecto de ley en referencia 7
y que dicho domicilio electrónico obligatorio sea utilizado para recibir la notificación 8
del emplazamiento, resolución inicial y cualquier otra notificación o comunicación 9
personal que se deba realizar a las personas físicas y jurídicas indicadas en el 10
proyecto de ley, atenta contra la seguridad jurídica de dichas personas. Esta 11
circunstancia se ve agravada cuando en el proyecto de ley que nos ocupa, se 12
pretende también que el domicilio electrónico obligatorio sea utilizado también aun 13
cuando la notificación o comunicación se ordene con motivo diverso del que 14
originalmente requirió la inscripción del domicilio electrónico por parte del 15
obligado. En los casos de notificación del emplazamiento, resolución inicial y 16
cualquier otra notificación o comunicación personal que se deba realizar a las 17
personas físicas y jurídicas indicadas en el proyecto de ley, únicamente la 18
notificación en el domicilio o en forma personal, garantizan los derechos 19
constitucionales de defensa y debido proceso. Ello sin dejar de lado la tutela a la 20
seguridad jurídica. Con fundamento en lo expuesto, en criterio del suscrito, no es 21
jurídicamente viable que la Municipalidad de Cartago avale el proyecto de ley No 22
21.506, “REFORMA AL ARTICULO 3 DE LA LEY DE NOTIFICACIONES, No8687 23
DEL 29 DE ENERO DEL 2009”…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone 24
dispensar de trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, 25
suficientemente discutido, somete a votación la dispensa, dando como resultado 26
ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 27
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro 28
Marín, Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares 29
Ramírez, vota negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa 30
N° 275-2019
de trámite de Comisión. El presidente a.i. propone aprobar el informe AJ-OF-1
173-2019, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, somete a 2
votación la propuesta. El presidente a.i. somete a discusión la propuesta, 3
suficientemente discutida, se somete a votación, dando como resultado ocho 4
votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora 5
Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, 6
Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota 7
negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba el informe AJ-OF-173-2019 8
y que se remita a la Asamblea Legislativa para lo que corresponda. El 9
presidente a.i. solicita la firmeza, somete a discusión, sufrientemente discutido, 10
somete a votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de 11
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 12
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 13
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, 14
aprobar la firmeza. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la 15
señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área de Comisiones Legislativas 16
VII, Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea Legislativa a los correos 17
electrónicos [email protected] / [email protected] y al 18
Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ------------------------------- 19
ARTÍCULO XVII. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY 20
EXPEDIENTE Nº 21.122 “DEROGATORIA DE LEYES CADUCADAS O 21
HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL 22
ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTA PARTE IMPUESTOS)”. --------------------23
Se conoce oficio AL-CJ-21122-OFI-1787-2019 de fecha 23 de octubre del 2019, 24
suscrito por la señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área de 25
Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea 26
Legislativa, y que dice: “…La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene 27
para su estudio el proyecto N° 21.122 “DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O 28
HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL 29
ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTA PARTE IMPUESTOS)”, publicado en el 30
N° 275-2019
Alcance N° 220, La Gaceta 237, del 20 de diciembre de 2018. De acuerdo con lo 1
que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se 2
procede a realizar la consulta obligatoria a la institución que usted representa; 3
para lo cual se adjunta el texto base. De conformidad con lo que establece el 4
artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea 5
Legislativa, que indica: … “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere 6
respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que 7
el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto” El criterio puede 8
remitirlo en versión digital, en texto abierto, al siguiente correo electrónico: 9
[email protected]/[email protected] o bien, el original, 10
puede ser entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del 11
edificio central (Comisión de Asuntos Jurídicos) …”. –Visto el documento, se 12
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 13
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 14
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 15
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este 16
acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. ------------------------------ 17
ARTÍCULO XVIII. -CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE Nº 21.122 18
“DEROGATORIA DE LEYES CADUCADAS O HISTÓRICAMENTE 19
OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO 20
(CUARTA PARTE IMPUESTOS)”. -------------------------------------------------------------21
Se conoce oficio AM-IN-0319-2019 de fecha 31 de octubre del 2019, suscrito por 22
el señor Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº 23
AJ-OF-174-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. Julio Monge 24
Gutiérrez Encargado del Área Jurídica, y que dice: “…El suscrito Encargado del 25
Área Jurídica Municipal, en relación con oficio AM-TCI-2569-2019 de fecha 26
Cartago, 23 de octubre 2019, recibido a las 3:15 p.m. del día 23 de octubre 2019 27
en la oficina municipal que el suscrito atiende, donde consta: “…para los efectos 28
que corresponda, me permito remitir el oficio AL-CJ-21122-OFI-1787-2019, 29
suscrito por la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefe de Área de Comisiones 30
N° 275-2019
Legislativas VII, referido a solicitud de criterio sobre Proyecto de Ley Expediente 1
No. 21.122 “ DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O HISTÓRICAMENTE 2
OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO 3
(CUARTA PARTE IMPUESTOS)” (Fin de transcripción); me permito manifestar lo 4
siguiente: El proyecto de ley en referencia se debe a que el 23 de abril del 2014, 5
la diputada Gloria Bejarano Almada presentó en la corriente legislativa el 6
expediente 19083 denominado “DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O 7
HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL 8
ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTA PARTE IMPUESTOS).” Este proyecto 9
fue el resultado de un arduo trabajo multidisciplinario de diferentes departamentos 10
de varias instituciones del país como: el Centro de Investigación Legislativa (Cedil) 11
y el Departamento de Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información del 12
Congreso, Sistema Nacional de Legislación Vigente (Sinalevi) de la Procuraduría 13
General de la República, Universidad de Costa Rica y el Colegio de Abogados. A 14
pesar de todo el esfuerzo realizado por las citadas instituciones, este fue 15
archivado el 17 de febrero del 2018 por vencimiento del plazo cuatrienal de 16
acuerdo con lo establecido en el artículo 119 del Reglamento de la Asamblea 17
Legislativa. Por ese motivo se vuelve a presentar el proyecto de ley, para de esta 18
manera dar continuidad a un proceso de depuración de nuestra legislación, el cual 19
permita eliminar normativa obsoleta o en desuso, con el fin de mejorar la calidad 20
del ordenamiento jurídico como un todo, para que se convierta en un instrumento 21
adecuado al servicio de la sociedad y no en un obstáculo. El proyecto de ley en 22
referencia está motivado en la necesidad de continuar con la promoción de los 23
cambios necesarios que fomenten la depuración del ordenamiento jurídico 24
nacional, garantice la seguridad jurídica de las normas y le permita a las personas 25
contar con normas claramente identificadas. El equipo de expertos de la 26
Procuraduría General de la República presentó ante la comisión específica una 27
segunda propuesta para derogar 178 leyes caducas o históricamente obsoletas 28
en materia de impuestos y que conforman el presente proyecto. Con fundamento 29
en lo expuesto, en criterio del suscrito, es jurídicamente viable que la 30
N° 275-2019
Municipalidad de Cartago avale el proyecto de ley No 21.122, “DEROGATORIA 1
DE LEYES CADUCAS O HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA 2
DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTA PARTE 3
IMPUESTOS)”…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone dispensar de 4
trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, 5
somete a votación la dispensa, dando como resultado ocho votos afirmativos 6
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 7
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 8
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 9
Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa de trámite de Comisión. El 10
presidente a.i. propone aprobar el informe AJ-OF-174-2019, somete a discusión 11
la propuesta, suficientemente discutido, somete a votación la propuesta. El 12
presidente a.i. somete a discusión la propuesta, suficientemente discutida, se 13
somete a votación, dando como resultado ocho votos afirmativos de los 14
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 15
Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Coto 16
Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota negativo el regidor 17
Brenes Figueroa, se aprueba el informe AJ-OF-174-2019 y que se remita a la 18
Asamblea Legislativa para lo que corresponda. El presidente a.i. solicita la 19
firmeza, somete a discusión, sufrientemente discutido, somete a votación, se 20
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 21
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 22
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 23
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese 24
este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la señora Daniella Agüero Bermúdez 25
Jefe de Área, Área de Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones 26
Legislativas Asamblea Legislativa a los correos electrónicos comision-27
[email protected] / [email protected] y al Alcalde Municipal. 28
Acuerdo definitivamente aprobado. --------------------------------------------------------- 29
N° 275-2019
ARTÍCULO XIX. -SOLICITUD CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 1
Nº 21.114 “REFORMA AL ARTÍCULO 25 Y CREACIÓN DE UN ARTÍCULO 25 2
BIS, A LA LEY N°3503, LEY REGULADORA TRANSPORTE REMUNERADO 3
PERSONAS VEHÍCULOS AUTOMOTORES, DEL 10 DE MAYO DE 1965, Y SUS 4
REFORMAS”. ----------------------------------------------------------------------------------------5
Se conoce oficio AL-CPETUR-118-2019 de fecha 22 de octubre del 2019, suscrito 6
por la señora Nancy Vilchez Obando Jefe Área Comisiones Legislativas V, 7
Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea Legislativa, y que dice: “…La 8
Comisión Permanente Especial de Turismo, ha dispuesto consultar su criterio 9
sobre el proyecto de Ley, Expediente N° 21114, “REFORMA AL ARTÍCULO 25 Y 10
CREACIÓN DE UN ARTÍCULO 25 BIS, A LA LEY N° 3503, LEY REGULADORA 11
TRANSPORTE REMUNERADO PERSONAS VEHÍCULOS AUTOMOTORES, DE 12
10 DE MAYO DE 1965, Y SUS REFORMAS, el cual me permito copiar de forma 13
adjunta. Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles de 14
conformidad con lo establecido por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea 15
Legislativa y enviar el criterio de forma digital al correo comision-16
[email protected]. Si necesita información adicional, le ruego 17
comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2422, 2243-2423…”. –Visto el 18
documento, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 19
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 20
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 21
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar 22
nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. 23
ARTÍCULO XX. -CRITERIO AL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE Nº 21.114 24
“REFORMA AL ARTÍCULO 25 Y CREACIÓN DE UN ARTÍCULO 25 BIS, A LA 25
LEY N°3503, LEY REGULADORA TRANSPORTE REMUNERADO PERSONAS 26
VEHÍCULOS AUTOMOTORES, DEL 10 DE MAYO DE 1965, Y SUS 27
REFORMAS”. ----------------------------------------------------------------------------------------28
Se conoce oficio AM-IN-0320-2019 de fecha 31 de octubre del 2019, suscrito por 29
el señor Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº 30
N° 275-2019
AJ-OF-175-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. Julio Monge 1
Gutiérrez Encargado del Área Jurídica, y que dice: “…El suscrito Encargado del 2
Área Jurídica Municipal, en relación con oficio AM-TCI-2570-2019 de fecha 3
Cartago, 23 de octubre 2019, recibido a las 3:15 p.m. del día 23 de octubre 2019 4
en la oficina municipal que el suscrito atiende, donde consta: “…para los efectos 5
que corresponda, me permito remitir el oficio AL-CPETUR-118-2019, suscrito por 6
la señora Nancy Vílchez Obando, Jefe de Área de Comisiones Legislativas V, 7
referido a solicitud de criterio sobre Proyecto de Ley Expediente No. 21.114 “ 8
REFORMA AL ARTÍCULO 25 Y CREACIÓN DE UN ARTÍCULO 25 BIS, A LA LEY 9
No3503, LEY REGULADORA TRANSPORTE REMUNERADO PERSONAS 10
VEHÍCULOS AUTOMOTORES, DE 10 DE MAYO DE 1965, Y SUS REFORMAS” 11
(Fin de transcripción); me permito manifestar lo siguiente: El proyecto de ley en 12
referencia se debe a que el turismo en Costa Rica es uno de los principales 13
sectores económicos y de más rápido crecimiento, y desde 1995 representa la 14
primera fuente de divisas de la economía nacional. Solamente como muestra de 15
ese crecimiento, durante el primer trimestre del 2017, en el acumulado de los 16
últimos 12 meses, los servicios turísticos generaron $3.941 millones al país. Dicha 17
cantidad es un 26% superior a los $3.128 millones acumulado en los últimos 12 18
meses al primer trimestre del 2015. El crecimiento del sector turístico es notorio 19
y fundamental para la economía nacional, de ahí la obligación de tomar medidas 20
responsables, sostenibles en el tiempo y que permitan continuar con la línea 21
ascendente del sector, en beneficio de la estabilidad económica costarricense. 22
Para poder mantener ese patrón de crecimiento, es necesario promover normas 23
que garanticen seguridad y respaldo en el servicio que se brinde a los turistas, 24
para que su paso por el país sea placentero, y cumpla con los estándares de 25
calidad que promuevan el incremento de visitaciones. En ese sentido, Costa Rica 26
presenta deficiencias normativas y estructurales, las cuales se deben corregir de 27
una manera equilibrada para garantizar una proyección turística positiva. Se ha 28
intentado cubrir las deficiencias actuales con algunas reformas a la legislación 29
vigente, sin embargo, aún hay problemas importantes en términos de seguridad 30
N° 275-2019
jurídica y estándares de calidad. La informalidad en alojamientos, transporte y en 1
las diferentes actividades que integran la cadena de servicios turísticos, son una 2
de las principales causas de la pérdida de confianza, inseguridad y deficientes 3
estándares de calidad; lo cual es contraproducente en aras de buscar mejores 4
condiciones para el visitante, y promover a Costa Rica como destino turístico por 5
excelencia. En el caso de los alojamientos, existe una propuesta de ley en trámite 6
para formalizar el hospedaje no tradicional, es decir, el hospedaje que no 7
corresponde al sector de hotelería, lo cual representa un avance positivo que no 8
solamente permitirá combatir la informalidad, sino que, el Estado incrementará la 9
recaudación, aunado a eso, al ser regulados, también garantiza una mejor calidad 10
en el servicio que reciben los turistas. En el caso del transporte turístico, resulta 11
indispensable exigir los más altos estándares de calidad en el servicio, debido a 12
que son los que reciben, trasladan por todo el territorio nacional, y finalmente, los 13
que despiden a los turistas internacionales, acarreando consigo una gran 14
responsabilidad no solamente con el sector turismo, sino, con el país en general. 15
En la Ley N° 3503, “Ley Reguladora Transporte Remunerado Personas Vehículos 16
Automotores”, de 10 de mayo de 1965, y sus reformas, los servicios de transporte 17
de turismo, se encuentran incluidos y regulados como servicios especiales de 18
transporte colectivo, modalidad que se refiere a aquellos autorizados por el 19
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y que se prestan de forma temporal, 20
que no tienen un itinerario fijo, se contratan por viaje, por tiempo o en ambas 21
formas, que no se realizan a través de una línea establecida y que satisfacen una 22
necesidad colectiva y específica de transporte, por lo que no se ofrecen al público 23
en general. De esta forma, el transporte de turismo se ve vinculado y regulado en 24
conjunto con el transporte de trabajadores y estudiantes, todos catalogados como 25
una sola modalidad de servicios especiales, lo cual, considerando la relevancia 26
del transporte turístico para el país, es fundamental establecerlo como una 27
modalidad con regulación independiente, para así definir mayores exigencias y 28
estándares de calidad, garantizando seguridad y comodidad a los turistas. 29
Precisamente con esa intención nace el presente proyecto de ley, el cual pretende 30
N° 275-2019
hacer una especialización entre las modalidades de servicio terrestre de 1
transporte remunerado de personas en vehículos automotores, modalidad 2
autobús, buseta o microbús, con parámetros y estándares de calidad acordes a 3
su actividad comercial, procurando mayor rigidez al sector turístico, sin afectar las 4
condiciones actuales de los prestatarios del servicio de transporte en otras 5
modalidades. Además, el proyecto de ley insta a las autoridades 6
correspondientes para hacer una diferenciación visual entre las unidades del 7
servicio de transporte, según su modalidad o especialización, y que se facilite la 8
fiscalización para el cumplimiento de las normas establecidas. Por otra parte, es 9
importante definir sanciones en caso de incumplimiento por parte de los 10
prestadores del servicio terrestre de transporte remunerado de personas en 11
vehículos automotores, modalidad autobús, buseta o microbús, en cualquiera de 12
las 3 modalidades definidas, lo que representa una herramienta administrativa 13
fundamental para el control, fiscalización y eventuales sanciones a los prestatarios 14
del servicio. Con lo anterior se estaría promoviendo el respeto a cada una de las 15
modalidades de transporte, pero fundamentalmente, promoviendo mayores 16
estándares de calidad para el sector turístico, y garantizar un servicio 17
especializado a los turistas, como principal fuente de ingresos para Costa Rica. 18
Las modificaciones planteadas, se dan en el marco de la ley N° 3503, “Ley 19
Reguladora Transporte Remunerado Personas Vehículos Automotores”, de 10 de 20
mayo de 1965, y sus reformas. Mantener a Costa Rica como uno de los principales 21
destinos turísticos a nivel mundial, debe ser prioridad en el actuar legislativo, y en 22
ese sentido, la presente iniciativa pretende independizar la modalidad de servicio 23
de transporte turístico, y así exigir a los prestatarios del servicio mayores 24
estándares de calidad y capacitación para desarrollar una actividad que es 25
prioritaria para la economía nacional. Con fundamento en lo expuesto, en criterio 26
del suscrito, es jurídicamente viable que la Municipalidad de Cartago avale el 27
proyecto de ley No 21.114, “REFORMA AL ARTÍCULO 25 Y CREACIÓN DE UN 28
ARTÍCULO 25 BIS, A LA LEY No3503, LEY REGULADORA TRANSPORTE 29
REMUNERADO PERSONAS VEHÍCULOS AUTOMOTORES, DE 10 DE MAYO 30
N° 275-2019
DE 1965, Y SUS REFORMAS”…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone 1
dispensar de trámite de comisión, somete a discusión la propuesta, 2
suficientemente discutido, somete a votación la dispensa, dando como resultado 3
ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 4
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro 5
Marín, Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares 6
Ramírez, vota negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba la dispensa 7
de trámite de Comisión. El presidente a.i. propone aprobar el informe AJ-OF-8
175-2019, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, somete a 9
votación la propuesta. El presidente a.i. somete a discusión la propuesta, 10
suficientemente discutida, se somete a votación, dando como resultado ocho 11
votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora 12
Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Leandro Marín, 13
Muñoz Azofeifa, Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, vota 14
negativo el regidor Brenes Figueroa, se aprueba el informe AJ-OF-175-2019 15
y que se remita a la Asamblea Legislativa para lo que corresponda. El 16
presidente a.i. solicita la firmeza, somete a discusión, sufrientemente discutido, 17
somete a votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de 18
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 19
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 20
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, 21
aprobar la firmeza. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la 22
señora Daniella Agüero Bermúdez Jefe de Área, Área de Comisiones Legislativas 23
VII, Departamento de Comisiones Legislativas Asamblea Legislativa a los correos 24
electrónicos [email protected] / [email protected] y al 25
Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ------------------------------- 26
ARTÍCULO XXI. -INFORME CONOCIMIENTO DOCUMENTOS DE LA 27
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, SE DESIGNA AL LIC. JULIO 28
MONGE GUTIÉRREZ, ENCARGADO DEL ÁREA JURÍDICA, COMO ASESOR 29
PARA EL ÓRGANO DIRECTOR. --------------------------------------------------------------30
N° 275-2019
Se conoce oficio AM-IN-0297-2019 de fecha 24 de octubre del 2019, suscrito por 1
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, y que dice: “…Después de 2
saludarlos muy respetuosamente, en atención al acuerdo contenido en Acta No. 3
267-2019, Artículo XXVII INFORME CONOCIMIENTO DOCUMENTOS DE LA 4
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA No. 13529-2019 DEL 05-09-5
2019, me permito indicar que se designa al Lic. Julio Monge Gutiérrez, Encargado 6
del Área Jurídica, como asesor para el órgano director…”. –Visto el documento, 7
se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores 8
Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, 9
González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, 10
Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota y que se 11
comunique al Órgano Director. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de 12
recibo a los miembros del Órgano Director los regidores Danny Ovares Ramírez, 13
Vera Céspedes Quesada, Gonzalo Coto Fernández y al Alcalde Municipal. -------- 14
ARTÍCULO XXII. -OFICIO DFOE-SD-2005, SUSCRITO POR LA LICDA. GRACE 15
MADRIGAL CASTRO, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, 16
EMISIÓN DEL INFORME N°DFOE-SD-SGP-01-2019 “ÍNDICE INSTITUCIONAL 17
DE CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES Y RECOMENDACIONES (IDR)”. ----18
Se conoce oficio AM-IN-0317-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por 19
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 20
16428 DFOE-SD-2005 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por la Licda. 21
Grace Madrigal Castro Gerente de Área, Área de Seguimiento de Disposiciones, 22
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la 23
República, y que dice: “…Para su información y fines consiguientes, y con la 24
solicitud de que se haga del conocimiento de los miembros del Concejo Municipal, 25
me permito comunicarle la emisión del Informe No. DFOE-SGP-lF-01-2019 "índice 26
Institucional de Cumplimiento de Disposiciones y Recomendaciones (IDR)", 27
preparado por la Contraloría General de la República. El IDR tiene como propósito 28
medir la eficacia, eficiencia y gestión de los sujetos fiscalizados, respecto a la 29
atención de las disposiciones y recomendaciones contenidas en los informes de 30
N° 275-2019
auditoría del periodo 2017-2018, según los avances logrados al 31 de julio de 1
2019. A efecto de dar a conocer los principales resultados del IDR 2019, se 2
adjunta una infografía en donde se visualizan tales resultados, así como el detalle 3
de la calificación obtenida por esa Municipalidad. También se ha puesto a 4
disposición un sitio web, en el cual se podrá descargar la versión digital del citado 5
Informe y visualizar la calificación para cada una de las instituciones objeto de 6
medición. Puede ingresar a dicho sitio en el siguiente enlace: 7
https://sites.google.com/cqr.qo.cr/idrl9. Finalmente, se insta a esa Municipalidad 8
a considerar los resultados del IDR, a efectos de identificar en su caso particular, 9
las circunstancias que prevalecieron, dar continuidad a las acciones que han 10
impactado positivamente en sus avances, y definir y ejecutar estrategias que le 11
permitan instaurar mejoras en su gestión y en los servicios públicos que presta. 12
Así también, se recomienda valorar los resultados de otras instituciones, con el 13
propósito de articular esfuerzos que favorezcan la transferencia de aprendizajes y 14
de prácticas exitosas…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone tomar 15
nota. El presidente a.i. somete a discusión el oficio y le otorga la palabra al regidor 16
Coto Fernández, quien manifiesta que le parece que es un tema que merece ser 17
discutido y analizado en este Concejo, en virtud de que se refiere al índice de 18
cumplimiento, disposiciones y recomendaciones; propone que se posponga el 19
conocimiento para que en una próxima sesión donde existan menos asuntos, sea 20
conocido, y que la señora secretaria y la presidencia lo tomen en cuenta para que 21
lo incorporen en la próxima sesión. El presidente a.i. somete a votación la 22
propuesta del regidor Coto, se acuerda por unanimidad de nueve votos 23
afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero 24
Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Brenes 25
Garro en lugar del regidor Leandro Marín quien se acoge al artículo 31 del 26
Código Municipal, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y 27
Ovares Ramírez, aprobar la propuesta del regidor Coto Fernández, por lo 28
tanto, se pospone el conocimiento para que en una próxima sesión donde 29
existan menos asuntos, sea conocido, y que la señora secretaria y la 30
N° 275-2019
presidencia lo tomen en cuenta para que lo incorporen en la próxima sesión. 1
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. ------- 2
ARTÍCULO XXIII. -REMISIÓN DE CONVENIO MODELO DE COLABORACIÓN 3
SUSCRITO POR EL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL, LA SECRETARIA 4
TÉCNICA DE LA RED NACIONAL DE CUIDO Y DESARROLLO INFANTIL Y LA 5
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO. -------------------------------------------------------------6
Se conoce oficio AM-IN-0325-2019 de fecha 05 de noviembre del 2019, suscrito 7
por el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio 8
Nº OEGDS-TCI-166-2019 de fecha 31 de octubre del 2019, suscrito por la señora 9
Karla Monge Chacón Encargada Unidad CECUDI, y que dice: “…En atención al 10
correo del martes 30 de octubre de 2019 al ser las 11:36 am y a la notificación 11
AM-TCl-2619-2019, con relación al oficio IMAS-PE-1083-2019 referente a 12
"Solicitud de información para suscripción de convenio de colaboración entre el 13
IMAS, la Secretaría Técnica de la REDCUDI y las Municipalidades que 14
administran CECUDI Municipales.", me permito solicitar la remisión de esta última 15
versión del convenio del IMAS-MUNICIPALIDADES, para nueva aprobación del 16
Consejo Municipal, en razón de una consulta realizada en el ANAI en vista de que 17
IMAS y la Secretaria Técnica realizaron un contrato diferenciado a los municipios 18
por sus alcances como sector público. Anteriormente se había aprobado en el 19
Consejo Municipal con el Acta 236-2019 del 07 de mayo…”. –Visto el documento, 20
el presidente a.i. propone valorar la posibilidad de la dispensa para aprobación en 21
razón de que es un convenio de adhesión.- Se somete a discusión, se le otorga 22
la palabra al regidor Coto Fernández, quien indica que lamentablemente no tuvo 23
oportunidad de verlo dado que estaba en comisión cuando fue remitido, por lo 24
que propone trasladarlo a una comisión para su análisis. El presidente otorga la 25
palabra al regidor Brenes Figueroa, quien indica que en la misma línea, ya que se 26
remitió tarde, quisiera solicitar que se traslade a la comisión de Gobierno y 27
Administración, para poder analizar el tema. El presidente a.i. indica que con la 28
propuesta de los regidores Coto Fernández y Brenes Figueroa para que se 29
traslade a la comisión de Gobierno y Administración, se somete a votación la 30
N° 275-2019
propuesta, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 1
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 2
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 3
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar 4
a estudio e informe de la Comisión Permanente de Gobierno y 5
Administración. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la 6
Comisión Permanente de Gobierno y Administración y al Alcalde Municipal. -------7
ARTÍCULO XXIV. –INFORME SOBRE PROPUESTA DE NUEVO 8
REGLAMENTO ARRENDAMIENTO LOCALES FIJOS DEL MERCADO 9
MUNICIPAL Y DERECHOS DE PISO. --------------------------------------------------------10
Se conoce oficio AM-IN-0296-2019 de fecha 23 de octubre del 2019, suscrito por 11
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 12
AT-OF-113-2019/UR-231-2019/MER-OF-131-2019 de fecha 22 de octubre del 13
2019, suscrito por la MAF. Paulina Ramírez Portuguez Encargada del Área 14
Tributaria, el Lic. Wilberth quesada Garita encargado de la Unidad Resolutora y el 15
Lic. Guillermo Rodríguez Hernández Administrador del Mercado, y que dice: “…En 16
respuesta a su oficio AM-TCl-2443-2019 por el que remite lo dispuesto por el 17
Concejo Municipal en el artículo XXIV del Acta N O Acta N 0 268-2019 de la sesión 18
del 08 de octubre del 2019, informamos: En relacionado acuerdo consta que nos 19
interesa "se solicita a la Administración elaborar un nuevo reglamento acorde con 20
las condiciones actuales, para que se subsane el tema del traspaso de los locales 21
fijos y lo derechos de piso. Al respecto los escritos manifestamos que desde hace 22
varios meses los suscritos Encargado de la Unidad Resolutora y la Administración 23
del Mercado, hemos estado trabajando en una propuesta de reglamento qué 24
cabalmente ajuste el cuerpo normativo actual a las exigencias actuales y reales 25
del Mercado. De hecho, esa propuesta se ha trabajado de consumo con las 26
organizaciones del mercado (tanto la Asociación de Inquilinos como el SIVEFAC), 27
mediante el cruce de información y cruce de proyectos, y la propuesta se 28
encuentra bastante avanzada. "Se aclara que esa propuesta no incluye 29
únicamente el tema de los traspasos de los derechos de piso, sino que es integral: 30
N° 275-2019
comprende la revisión integral del reglamento actual. Asimismo. se han 1
considerado otros cuerpos normativos vigentes en otros mercados municipales". 2
De esta forma, se espera que en el corto plazo se pueda presentar al Concejo un 3
proyecto debidamente integral del reglamento de mercado…”. –Visto el 4
documento, el presidente a.i. propone tomar nota y quedar a la espera de la 5
remisión del nuevo reglamento, somete a discusión, suficientemente discutido, en 6
votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 7
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 8
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 9
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota 10
y quedar a la espera de la remisión del nuevo reglamento. Notifíquese este 11
acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. Guillermo Rodríguez Brenes 12
Administrador del Mercado y al Alcalde Municipal. ----------------------------------------- 13
ARTÍCULO XXV. -SOLICITUD DE ADQUISICIÓN DE INMUEBLE VÍA 14
EXPROPIACIÓN. -----------------------------------------------------------------------------------15
Se conoce oficio AM-IN-0321-2019 de fecha 01 de noviembre del 2019, suscrito 16
por el señor Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio 17
Nº UR-OF-236-2019/URB-OF-1288-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, 18
suscrito por el MSc. Wilberth Quesada Garita Encargado de la Unidad Resolutora 19
y el Ing. Cristian Solano Orozco Subdirector de Urbanismo, y que dice: “…Con 20
base en Io anterior, se recomienda que la Alcaldía eleve al Conocimiento del 21
Concejo el presente informe para que esa cámara, en sesión del Gobierno 22
Municipal, disponga emitir acuerdo en el sentido de declarar de interés público, 23
mediante acto debidamente motivado, la adquisición del relacionado fundo, por el 24
precio que indica el avalúo Nº de fecha 14 de junio de 2019, proceder a la 25
notificación del acuerdo de rigor al Registro Nacional para la anotación 26
correspondiente, así como al Diario Oficial La Gaceta para la publicación de rigor 27
y al propietario registral, y autorizar al Alcalde Municipal para que continúe con el 28
procedimiento hasta su debida finalización…”. –Visto el documento, el presidente 29
a.i. propone trasladar a estudio e informe de la comisión de Obras Públicas.- Se 30
N° 275-2019
somete a discusión, suficientemente discutido, se somete a votación, se acuerda 1
por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez 2
en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 3
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 4
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe 5
de la Comisión Permanente de Obras Públicas. El presidente a.i. se somete a 6
votación la firmeza, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de 7
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 8
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 9
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, 10
aprobar la firmeza. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la 11
Comisión Permanente de Obras Públicas y al Alcalde Municipal. Acuerdo 12
definitivamente aprobado. ---------------------------------------------------------------------- 13
ARTÍCULO XXVI. –REMISIÓN ESTUDIO DE COSTOS Y CÁLCULO DEL 14
VALOR POR PÁGINA FOTOCOPIADA. -----------------------------------------------------15
Se conoce oficio AM-IN-0306-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por 16
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº 17
AAF-OF-371-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el señor Edgardo 18
Chacón Agüero Analista de Costos, y que dice: “…Le remito Estudio de Costos y 19
Calculo del Valor por Página Fotocopiada para someterlo a aprobación del 20
Concejo Municipal…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a 21
estudio e informe de la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, somete 22
a discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 23
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 24
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 25
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 26
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 27
Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto. Notifíquese este acuerdo 28
con acuse y fecha de recibo a la trasladar a estudio e informe de la Comisión 29
Permanente de Hacienda y Presupuesto y al Alcalde Municipal. ----------------------- 30
N° 275-2019
ARTÍCULO XXVII. -REMISIÓN INFORME MENSUAL CORRESPONDIENTE A 1
LOS AVANCES DE LAS OBRAS CONTEMPLADAS EN EL CONVENIO Nº 443-2
11-2018 ENTRE EL INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y 3
RECREACIÓN Y LA MUNICIPALIDAD DE CARTAGO PARA EL MES DE 4
OCTUBRE 2019. ------------------------------------------------------------------------------------5
Se conoce oficio AM-IN-0322-2019 de fecha 01 de noviembre del 2019, suscrito 6
por el señor Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio 7
Nº AAF-OF-377-2019 de fecha 01 de noviembre del 2019 suscrito por la Licda. 8
Jeannette Navarro Jiménez Encargada del Área Administrativa Financiera, el Lic. 9
Adrián Rivera Loria Asistente Financiero y el señor Bernal Mullins Campbell 10
Encargado de Deporte y Recreación, y que dice: “…En atención al convenio No. 11
443-11-2018 suscrito entre el Instituto Costarricense del Deporte y Recreación y 12
la Municipalidad de Cartago Transferencia de Capital Ley del Cemento, y en 13
cumplimiento de la cláusula decima cuarta: "La Municipalidad se compromete a 14
entregar ante el Departamento de Obras a más tardar los días cinco de cada mes: 15
Informes mensuales para el seguimiento y control en el que se incluya al menos: 16
tabla de pagos actualizada con los respectivos porcentajes de avance, fotografías 17
del proyecto y descripción de los trabajos realizados (con inconvenientes 18
encontrados y la solución planteada). La presentación del informe mensual no 19
dependerá del avance de la obra, por lo que la Municipalidad deberá de informar 20
en todo momento el avance del proyecto a pesar de que no se haya iniciado con 21
la ejecución de la obra". De esta manera nos permitimos remitir Informe mensual 22
correspondiente a setiembre 2019, de los Proyectos para Infraestructura 23
Deportiva en Distritos por la suma de (ciento seis millones trescientos noventa y 24
cuatro mil seiscientos treinta y dos colones exactos), para lo cual procedemos a 25
informar lo siguiente: 1. Los recursos económicos de los Proyectos para 26
Infraestructura Deportiva en Distritos fueron transferidos por parte del ICODER e 27
ingresaron a las Arcas Municipales el pasado 20 de diciembre del 2018. 2. Los 28
recursos económicos fueron incluidos en la liquidación presupuestaria año 2018, 29
Esta Liquidación ya fue de conocimiento y aprobación del Concejo Municipal, en 30
N° 275-2019
su artículo N 06, del acta No 214-2019 de sesión celebrada el día 05 de febrero 1
2019. 3. Se dio la aprobación del Presupuesto Extraordinario No 1-2019 por parte 2
de la Contraloría General de la República mediante el oficio DFOE-DL-0784 del 3 3
de junio del 2019, y aprobado por el Concejo Municipal mediante el Artículo XIII 4
del Acta No. 228-2019 donde fueron incluidos estos recursos para su ejecución. 5
4. Ya se realizó la gestión de los pedidos para atender el convenio N P 443-6
112018: Compra de máquinas de hacer ejercicio para La Guaria, Santa Elena se 7
encuentra en proceso de adjudicación para ser enviado al Concejo Municipal. 8
Construcción de un muro de contención al costado este de la cancha de futbol del 9
distrito de Quebradilla, monto ¢ 8.166.935,21, se encuentra en proceso de 10
adjudicación para ser enviado al Concejo Municipal. Construcción de SKATE 11
PARK EN DULCE NOMBRE, en el distrito Dulce Nombre, Cantón Cartago, 12
provincia Cartago, ¢10.650.937,22, este proceso presentó el inconveniente de que 13
no participó ningún oferente en el proceso licitatorio por lo que fue declarado 14
desierto. La solución planteada es realizar el pedido nuevamente. Estructuración 15
y techado de la cancha de multiuso situada costado oeste plaza de deportes en el 16
distrito de Llano Grande, cantón central de Cartago ¢ 8.193.028,63, este proyecto 17
presentó el inconveniente de que no participó ningún oferente en el proceso 18
licitatorio por lo que fue declarado desierto. La solución planteada es realizar el 19
pedido nuevamente. Estructuración y techado de la cancha de basquetbol situada 20
costado sur de la escuela en el distrito de Tierra Blanca, cantón central de Cartago, 21
À 7.327.175,29, este proyecto presentó el inconveniente de que no participó 22
ningún oferente en el proceso licitatorio por lo que fue declarado desierto. La 23
solución planteada es realizar el pedido nuevamente. Remodelación de los 24
vestidores de la cancha de futbol de los Ángeles, distrito de Llano Grande, ¢ 25
7.000.000,00, este proyecto presentó el inconveniente de que no participó ningún 26
oferente en el proceso licitatorio por lo que fue declarado desierto. La solución 27
planteada es realizar el pedido nuevamente. Compra de máquinas de hacer 28
ejercicio al aire libre en las siguientes comunidades: Tierra Blanca, 29
¢6.981.412,35 Quebradilla, ¢8.466.129, 72 Agua Caliente, ¢26.627.343,06 30
N° 275-2019
La Guaria, distrito Corralillo, ¢3.845.278 42 Rio Conejo, distrito Corralillo- 1
¢3.845.278,42 El Alumbre, distrito Corralillo. ¢3.845.278,42 San Joaquín, 2
distrito Corralillo. ¢3.845.278,42 San Antonio, distrito Corralillo. ¢3.845.278A2 3
Santa Elena, distrito Corralillo. ¢3.845.278,42. 5. Actualmente, los proyectos se 4
encuentran en el proceso licitatorio según el detalle: a. LICITACION ABREVIADA 5
No. 2019LA-000012-0022030101 "CONTRATACIÓN PARA EL SUMINSITRO, 6
INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE MAQUINAS PARA HACER 7
EJERCICIOS AL AIRE LIBRE, LAS MISMAS DEBEN SER INSTALADAS EN 8
DIFERENTES COMUNIDADES DE LOS DISTRITOS DEL CANTON CENTRAL 9
DE CARTAGO" FECHA DE APERTURA 08-10-2019 A LAS 10:00 A.M. b.10
LICITACION ABREVIADA No. 2019LA-000013-0022030101 11
"CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA, EQUPO Y MATERIALES 12
NECESARIOS PARA REALIZAR LA CONSTRUCCIÓN Y MEJORAS DE 13
INSTALACIONES DEPORTIVAS EN EL CANTON CENTRAL DE CARTAGO" 14
FECHA DE APERTURA EL 08-10-2019 12:00 MD. Este proceso se encuentra en 15
adjudicación para ser enviado al Concejo Municipal. Esta información debe 16
hacerse del conocimiento y aprobación del Concejo Municipal, para su remisión 17
al ICODER…”. –Visto el documento, El presidente a.i. propone dispensar de 18
trámite de comisión, se somete a discusión, suficientemente discutido, se somete 19
a votación quedando la misma cinco votos afirmativos de los regidores Madriz 20
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 21
Rodríguez, Leandro Marín y Muñoz Azofeifa, votan negativo los regidores 22
Coto Fernández, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y ovares Ramírez, se 23
rechaza la dispensa. El presidente a.i. indica que al no haber dispensa, se 24
propone trasladar a la comisión de Hacienda y Presupuesto, se acuerda por 25
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 26
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 27
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 28
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 29
Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto. Notifíquese este acuerdo 30
N° 275-2019
con acuse y fecha de recibo a la trasladar a estudio e informe de la Comisión 1
Permanente de Hacienda y Presupuesto y al Alcalde Municipal. ----------------------- 2
ARTÍCULO XXVIII. -INFORME MOCIÓN RELACIONADA CON EL PUENTE 3
QUE LA COMUNICA DE COCORÍ CON SAN FRANCISCO Y EL QUE 4
COMUNICA LA URBANIZACIÓN MANUEL DE JESÚS POR LOS PINARES. ---5
Se conoce oficio AM-IN-0323-2019 de fecha 04 de noviembre del 2019, suscrito 6
por el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio 7
Nº UTGV-OF-489-2019/CMO-OF-100-2019/OGR-086-2019 de fecha 30 de 8
octubre del 2019, suscrito por el Ing. Dennis Aparicio rivera encargado de la 9
Unidad Técnica de Gestión Vial, el Ing. Andrés Fernández Solano Coordinador de 10
Obras Varias y la Ing. Paula Sanabria Mata Encargada Oficina de Gestión del 11
Riesgo, y que dice: “…Mediante el oficio que se cita en el asunto- nos remite el 12
oficio FM-ADC„46-2019 con fecha Cartago, 16 de octubre del 2019: suscrito por 13
el señor Marco Brenes Figueroa. Regidor Propietario de la Fracción Alianza 14
Demócrata Cristiana. en relación al acuerdo del Acta Nº 264-2019 artículo XXII 15
del Concejo Municipal. Por medio de su oficio el señor Regidor. solicita que se 16
brinde un informe de los avances y resultados obtenidos durante la reunión 17
realizada el pasado 03/10/2019. en compañía de funcionarias de la Comisión 18
Nacional de Emergencias, para dar atención y continuidad a los planes de 19
inversión de las estructuras de paso vehicular en los sectores de Manuel de Jesús 20
v urbanización Cocorí. De esta manera. procedemos de inmediato a mencionar 21
las actividades desarrollas durante dicha sesión de trabajo. tomando acciones y 22
acuerdos entre las partes debidamente establecidas en la respectiva agenda 23
minuta de la sesión. La sesión de trabajo se realizó con la participación de la Ing. 24
Alicia Barrera Morales y la señora Nieves Chaves Fonseca, ambas Funcionarias 25
de la CNE: por parte de la Administración Municipal (OGR y UGTV) asistieron los 26
Funcionarios Ing. Paula Sanabria e Ing. Carlos Leiva Meza. El lema central de la 27
sesión fue la continuidad de los Planes de inversión para dar atención a los 28
desperfectos sufridos en la infraestructura vial a raíz de la Torrmenta Nate, 29
específicamente sobre las estructuras de paso vehicular en el sector de Manuel 30
N° 275-2019
de Jesús y Cocori. De esta manera. se analizan las principales observaciones 1
señaladas por la Ing. Alicia Barrantes Morales, las cuales fueron: 1. Debido a la 2
naturaleza: de los proyectos, recomiendan gestionar los planes de inversión de 3
manera separada. Es decir, presentar un plan de inversión para los estudios 4
básicos y diseño, y otro plan de inversión para la construcción de obras. Una vez 5
que sea aprobado el Plan de Inversión para los estudios básicos y diseño por parte 6
de la Junta Directiva de la CNE, y se ejecuten los mismos, se procederá con la 7
presentación del Plan de Inversión para la construcción de las estructuras. 2. 8
Realizar ampliaciones de contenido en el documento previamente presentado, de 9
maneca que se gestione primero el plan de inversión para estudios y diseños. Una 10
vez aprobado este plan de inversión, se podrá continuar con la formulación del 11
plan de inversión para la construcción. Las ampliaciones requeridas son las 12
siguientes: Los estudios previos deberán justificar técnicamente el tipo de 13
estructura requerida, razón por cual el Plan de Inversión de construcción no se 14
puede anticipar. Cabe mencionar que en alguna oportunidad el Departamento de 15
Construcción y Mejora de Obras, aporto los resultados de trabajo de graduación 16
como insumo para el diseño de una de las estructuras. Sin embargo, la Unidad de 17
Procesos de Reconstrucción de la CNE no aceptó como válidos dichos insumos- 18
para efecto de justificar inversiones por emergencia, estudios realizados por 19
estudiantes. La estimación de costo se debe aportar posterior a la aprobación del 20
Plan de Inversión para estudios y diseños. esta estimación de costos debe 21
indicarse por etapas, de acuerdo, al tipo de estructura que deberá construirse 22
según los estudios previos. Fortalecer las evidencias que justifican e! nexo de 23
causalidad. esto es mediante registros fotográficos, antes. durante v después del 24
evento. Una vez efectuados log estudios v determinado el tipo de estructura 25
requerida, se debe describir con precisión el provecto a desarrollar por etapas y 26
actividades. El diseño y memoria de cálculo debe estar cargo de un profesional 27
responsable, quien además deberá suministrar toda la información técnica 28
necesaria para garantizar la no reconstrucción de la vulnerabilidad. La 29
información técnica de respaldo consiste en anteproyecto, planos, croquis, cortes 30
N° 275-2019
transversales. perfiles, memorias de cálculo (estructural. hidráulica e hidrológica). 1
cronograma de obras por etapas. estudio de tráfico v metodología empleada„ 2
clasificación de vehículos usuarios de la obra. cantidad de vehículos por sentido. 3
ubicación del conteo. distancia del poblado más cercano y cantidad de 4
beneficiarios. El Plan de Inversión debe presentarse refrendado por la Alcaldía. 5
los presupuestos por proyecto por separado, el profesional responsable debe 6
estar acreditado y habilitado por Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos. 7
Cuadro de reporte de daños asociado al decreto de emergencia correspondiente. 8
De acuerdo a estas observaciones. se establecieron los siguientes acuerdos: 1. 9
Los funcionarios de la CNE enviarán vía correo electrónico un documento con el 10
formato requerido para tomarlo en consideración para las acciones correctivas. 11
Este documento enviado recibido según el acuerdo establecido. 2. Las unidades 12
de la Administración Municipal participantes (UTGV OGR), enviaran los avances 13
vía correo electrónico. para verificar el estado por parte de las funcionarias de la 14
CNE, y posterior enviar el documento final y definitivo. Como parte del proceso 15
de seguimiento de los planes de inversión, se detallan las siguientes acciones 16
realizadas. 1. La Unidad Técnica de Gestión Vial procedió a realizar la re-17
formulación del plan de inversión para estudios básicos y diseños. tomando en 18
cuenta lo acotado por las funcionarias de la CNE. El documento fue remitido vía 19
correo electrónico el día 08/10/2019 a la Oficina de Gestión del Riesgo, para que 20
sea remitido a la CNE para el respectivo análisis preliminar. Siendo que en este 21
momento el Plan de Inversión para estudios y diseño se encuentra en revisión 22
preliminar en la Unidad de Procesos de Reconstrucción de la CNE. Lo anterior 23
según los acuerdos citados anteriormente. 2. El mismo día de la sesión de trabajo, 24
se realizó una visita a los sitios de interés con todos los participantes. para verificar 25
el nexo de causalidad mediante la toma de fotografías para el respetivo registro. 26
De acuerdo a Io antes expuesto, podemos indicar que. por parte de ambas 27
Unidades Municipales (UTGV y OGR) se han dispuesto los recursos necesarios 28
para atender y dar seguimiento al tema de interés, lo anterior de manera diligente 29
y paralela respecto a las funciones asignadas por rol dentro de esta Corporación 30
N° 275-2019
Municipal. Respecto a la disposición del señor Regidor de la Fracción Alianza 1
Democrática Cristiana: don Marcos Brenes Figueroa. sobre contribuir para el 2
avance de los planes de reconstrucción de los puentes de marras que tanto 3
necesitan las comunidades afectadas por los daños causados por la tormenta 4
Nate: con todo respeto y consideración le sugerimos revisar los requerimientos 5
técnicos pendientes y detallados en el presente informes a fin de que proceda a 6
facilitar o aportar la información requerida que le sea posible de acuerdo a sus 7
competencias. Así las cosas, esta Unidades continuaran los respectivos 8
procedimientos orientados a materializar las obras. de acuerdo a los lineamientos 9
vigentes por parte de la CNE…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone 10
tomar nota y remitir al regidor proponente de la moción el regidor Brenes Figueroa, 11
para su conocimiento; el presidente somete a discusión la propuesta, se le otorga 12
la palabra al regidor Pichardo Aguilar, quien indica que quisiera tener un tiempo 13
más, por si hay alguna propuesta que se pueda hacer posterior a la moción que 14
había presentado el compañero don Marcos Brenes, quizás del estudio que arroja 15
la administración pueda hacerse alguna propuesta desde este Concejo Municipal, 16
por lo que les solicitaría a los compañeros si tienen anuencia dejarlo en estudio 17
para eventualmente tener el punto en discusión y que sea más fácil hacer una 18
moción sobre el tema. El presidente a.i. otorga la palabra al regidor Brenes 19
Figueroa, quien indica que en esa línea la moción, la solicitud concreta era 20
información de la reunión obtenida el tres de octubre con la administración y la 21
Comisión Nacional de Emergencias, de los avances que se ha tenido, por eso 22
más bien consideraba que se traslade a la administración para generar esta 23
información, porque la misma Comisión de Emergencias ha dicho que la 24
Municipalidad es la que está atrasando con algunos informes, y requisitos para 25
ellos poder programar la construcción; la solicitud es que se traslade a la 26
administración para que les informe de los avances que ha tenido la Municipalidad 27
con la Comisión, y les informen sobre la reunión del pasado tres de octubre.- El 28
presidente a.i. indica que la propuesta de los regidores es que se traslade a la 29
administración para que informe de la reunión obtenida el tres de octubre con la 30
N° 275-2019
administración y la Comisión Nacional de Emergencias, se somete a votación la 1
propuesta, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 2
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 3
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 4
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar 5
a la administración para que informe de la reunión obtenida el tres de 6
octubre con la administración y la Comisión Nacional de Emergencias. 7
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. -------8
ARTÍCULO XXIX. -REFERENTE A SOLICITUD DE CAPACITACIÓN 9
FUNDAMENTOS DE COBIT 2019. ------------------------------------------------------------10
El oficio AI-OF-195-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. 11
Alfredo Araya Leandro Auditor Interno, y que dice: “…Con fundamento en las 12
potestades, deberes v prohibiciones que le confiere la Ley General de Control 13
Interno, Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna, 14
disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, Ley Contra la 15
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, se solicita la 16
participación de un funcionario de la Auditoria Interna, sea el Asistente de 17
Auditoria en Informática, (conforme al plan de capacitación institucional), al curso 18
denominado: "FUNDAMENTOS DE COBIT@ 2019" obteniendo resultados según 19
sus objetivos: "1) Reconocer el contexto, los beneficios y las razones clave por las 20
que COBIT@ se utiliza como marco de gobierno de la tecnología de la 21
información, 2) Reconocer el propósito de la arquitectura de productos COBIT@; 22
3) Reconocer la alineación de COBIT@ con otros marcos, estándares y 23
organismos aplicables de conocimiento, entre otros": Lo anterior conforme al 24
artículo 27 de la Ley General de Control Interno y a la escasez de recursos 25
asignados a esta Unidad de Control y Fiscalización para el ejercicio económico 26
asignado para el presente año. Se adjunta invitación al evento de actualización: 27
costo de inversión $545.oo (quinientos cuarenta y cinco dolores estadounidenses) 28
por persona, más impuestos…”. –Visto el documento, se acuerda por 29
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 30
N° 275-2019
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 1
Coto Fernández, Brenes Garro en lugar del regidor Leandro Marín quien se 2
acoge al artículo 31 del Código Municipal, Muñoz Azofeifa, Céspedes 3
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este 4
acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. Alfredo Araya Leandro Auditor Interno 5
y al Alcalde Municipal. ----------------------------------------------------------------------------- 6
ARTÍCULO XXX. -REFERENTE A SOLICITUD DE CAPACITACIÓN Y 7
ACTUALIZACIÓN EN NIC SP. ------------------------------------------------------------------8
El oficio AI-OF-196-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. 9
Alfredo Araya Leandro Auditor Interno, y que dice: “…Con fundamento en las 10
potestades. deberes v prohibiciones que le confiere la Ley General de Control 11
Interno, Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna, 12
disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, Ley Contra la 13
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, se solicita la 14
participación de al menos tres compañeros de la Auditoria Interna, (conforme al 15
plan de capacitación institucional), en el taller denominado: "CÓMO AUDITAR EL 16
PROCESO DE IMPLEMNETACION DE NICSP" cuyo objetivo general consiste 17
en: "Lograr que el participante desarrolle un programa de auditoría del proceso de 18
implementación de NICSP en el sector Público Costarricense". Lo anterior 19
conforme al artículo 27 de la Ley General de Control Interno y a los escasos 20
recursos asignados al Despacho Auditor, para el ejercicio económico del año 21
2019. Se adjunta invitación al evento de actualización y costo de inversión…”. –22
Visto el documento, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos 23
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 24
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Brenes Garro en 25
lugar del regidor Leandro Marín quien se acoge al artículo 31 del Código 26
Municipal, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares 27
Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al 28
Lic. Alfredo Araya Leandro Auditor Interno y al Alcalde Municipal. --------------------- 29
N° 275-2019
ARTÍCULO XXXI. -REFERENTE A SOLICITUD DE CAPACITACIÓN EN 1
AUDITORÍA DE CALIDAD. ----------------------------------------------------------------------2
El oficio AI-OF-197-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. 3
Alfredo Araya Leandro Auditor Interno, y que dice: “…Con fundamento en las 4
potestades. deberes v prohibiciones que le confiere la Ley General de Control 5
Interno, Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna, 6
disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, Ley Contra la 7
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, se solicita la 8
participación de al menos tres compañeros de la Auditoria Interna, (conforme al 9
plan de capacitación institucional), al seminario denominado: "EVALUACIONES 10
DE CALIDAD DE AUDITORIA INTERNA" siendo uno de sus objetivos: "Dotar a 11
los participantes en el curso de los conocimientos y herramientas para diseñar e 12
implantar en sus organizaciones un programa de aseguramiento y mejora de la 13
calidad que cubra todos los aspectos de la actividad de Auditoria Interna, 14
cumpliendo con la leyes y considerando las mejores prácticas internacionales. " 15
Lo anterior conforme al artículo 27 de la Ley General de Control Interno y a la 16
escasez de recursos asignados al Despacho Auditor para el ejercicio económico 17
del año 2019. Se adjunta invitación al evento de actualización: costo de inversión 18
$525.00 (quinientos veinticinco dolores estadounidenses) por persona, más 19
impuestos…”. –Visto el documento, se acuerda por unanimidad de nueve votos 20
afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero 21
Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Brenes 22
Garro en lugar del regidor Leandro Marín quien se acoge al artículo 31 del 23
Código Municipal, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y 24
Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de 25
recibo al Lic. Alfredo Araya Leandro Auditor Interno y al Alcalde Municipal. ------ 26
ARTÍCULO XXXII. -REFERENTE A SOLICITUD DE CAPACITACIÓN PLAN DE 27
AUDITORÍA BASADO EN RIESGOS COSO ERM 2017. -------------------------------28
El oficio AI-OF-198-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por el Lic. 29
Alfredo Araya Leandro Auditor Interno, y que dice: “…Con fundamento en las 30
N° 275-2019
potestades. deberes v prohibiciones que le confiere la Ley General de Control 1
Interno, Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna, 2
disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, Ley Contra la 3
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, se solicita la 4
participación de al menos tres funcionarios de la Auditoria Interna, (conforme al 5
plan de capacitación institucional), al curso denominado: "PLAN DE AUDITORIA 6
BASADO EN RIESGOS COSO ERM 2017" obteniendo resultados según sus 7
objetivos: "1) Facilitar a los participantes en el seminario, los conocimientos y 8
herramientas necesarias, que les permitan diseñar y elaborar en sus 9
organizaciones, un Plan de Auditoria basado en Riesgos; 2) Conocer las mejores 10
prácticas a la hora de trabajar con Riesgos, considerando COSO — Marco 11
Integrado y ERM 2017; 3) Transmitir los fundamentos de los Planes de Auditoria 12
y los elementos o componentes críticos que deben considerarse en este tipo de 13
planificación; 4) Realizar un Plan de Auditoria basado en Riesgos con el método 14
del caso, entre otros". Se adjunta invitación al evento de actualización: costo de 15
inversión $525.oo (quinientos veinticinco dolores estadounidenses) por persona, 16
más impuestos. Lo anterior conforme al artículo 27 de la Ley General de Control 17
Interno y a la escasez de recursos asignados a esta Unidad de Control y 18
Fiscalización para el ejercicio económico asignado para el presente año…”. –Visto 19
el documento, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 20
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 21
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Brenes Garro en lugar del 22
regidor Leandro Marín quien se acoge al artículo 31 del Código Municipal, 23
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, 24
tomar nota. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. Alfredo 25
Araya Leandro Auditor Interno y al Alcalde Municipal. ------------------------------------ 26
ARTÍCULO XXXIII. -SOLICITUD DE NOMBRAMIENTO DE LOS MIEMBROS DE 27
LA JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CTP DE DULCE NOMBRE. ----------------------- 28
Se conoce oficio de fecha 03 de octubre del 2019, suscrito por el MSc. Edgar 29
Evans Meza Director del CTP Dulce Nombre, ubicado en el distrito Dulce Nombre, 30
N° 275-2019
circuito 02, por el cual solicita el nombramiento de los miembros para la junta 1
administrativa de dicha institución., debido al vencimiento de la junta actual el 14 2
de noviembre del 2019. Se adjuntan las ternas correspondientes. Visto el 3
documento, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e informe de la Comisión 4
Permanente de Gobierno y Administración, somete a discusión, suficientemente 5
discutido, somete a votación, quedando la misma siete votos afirmativos de los 6
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 7
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Brenes Garro en lugar del 8
regidor Leandro Marín quien se acoge al artículo 31 del Código Municipal, 9
Muñoz Azofeifa y Brenes Figueroa, votan negativo los regidores Céspedes 10
Quesada y Ovares Ramírez, se acuerda trasladar a estudio e informe de la 11
Comisión Permanente de Gobierno y Administración. Notifíquese este 12
acuerdo con acuse y fecha de recibo a Comisión Permanente de Gobierno y 13
Administración y al Alcalde Municipal. --------------------------------------------------------- 14
ARTÍCULO XXXIV. -RESPUESTA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA 15
REPÚBLICA, EN RESPUESTA A CONSULTA SOBRE LA POTESTAD QUE 16
TIENEN REGIDORES PARA SOLICITAR QUE SUS INTERVENCIONES 17
CONSTEN LITERALMENTE EN EL ACTA Y LA OBLIGACIÓN DE LA 18
SECRETARÍA DICHA TRANSCRIPCIÓN. ---------------------------------------------------19
Se conoce oficio C-301-2019 de fecha 22 de octubre del 2019, suscrito por el 20
señor Jorge Andrés Oviedo Alvarez Procurador Adjunto y el señor Roberth William 21
Ramírez solano Abogado Asistente, ambos de la Procuraduría General de la 22
República, por el cual emiten criterio a la consulta realizada por el Concejo 23
Municipal en su artículo XIII acta 223-2019, sobre la potestad que tienen regidores 24
para solicitar que sus intervenciones consten literalmente en el acta y la obligación 25
de la secretaría dicha transcripción. Visto el documento, se acuerda por 26
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 27
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 28
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 29
N° 275-2019
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, tomar nota. Notifíquese este acuerdo con 1
acuse y fecha de recibo al Alcalde Municipal. ---------------------------------------------- 2
ARTÍCULO XXXV. -INFORME MOCIÓN RELACIONADA A QUE SE REALICE 3
UN ESTUDIO DEL COSTO REQUERIDO PARA PAVIMENTAR LA CALLE 4
SECUNDARIA DE LA URBANIZACIÓN COOPERROSALES EN QUIRCOT. ----5
Se conoce dictamen CPOP-88-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, presentado 6
por la Comisión Permanente de Obras Públicas, y que dice: “…Para su 7
información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo II, del Acta 8
N°52-2019, sesión ordinaria el 28 de octubre del 2019. ARTÍCULO II- SOBRE 9
UTGV-OF-447-19, EN RESPUESTA AL OFICO CPOP-85-2019.-REFERENTE 10
AL ARTÍCULO XLIII.-MOCION RELACIONADA A QUE SE REALICE UN 11
ESTUDIO DEL COSTO REQUERIDO PARA PAVIMENTAR LA CALLE 12
SECUNDARIA DE LA URBANIZACIÓN COOPEROSALES EN QUIRCOT. Se 13
conoce oficio UTGV-OF-447-19, suscrito por el técnico Dennis Aparicio Rivera, 14
encargado de la Unidad Técnica de Gestión Vial, en respuesta al CPOP-85-2019. 15
Visto el documento, esta comisión por unanimidad acuerda: 1. Informar al 16
Concejo Municipal del costo de la obra el cual se detalla en el oficio UTGV-OF-17
447-19. 18
19
20
21
22
23
24
25
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27
28
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N° 275-2019
2. Que se traslade a la Comisión correspondiente para que determine la 1
factibilidad del tema presupuestario. 3. Acuerdo definitivamente…”. –Visto el 2
dictamen, el presidente a.i. somete a discusión, suficiente discutido, somete a 3
votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 4
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 5
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 6
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba 7
el dictamen CPOP-88-2019 por lo tanto, se traslade a la comisión pertinente 8
para que determine la factibilidad del tema presupuestario. El presidente a.i. 9
solicita la firmeza, en discusión, suficientemente discutido, somete a votación, 10
quedando la misma ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez 11
en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 12
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Brenes 13
Figueroa y Ovares Ramírez, vota negativo la regidora Céspedes Quesada, se 14
aprueba la firmeza. El presidente a.i. otorga la palabra al regidor Ovares Ramírez, 15
quien indica que al aprobarse que se traslade a una comisión, propone que se 16
traslade a la comisión de Hacienda, se somete a votación, se acuerda por 17
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 18
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 19
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 20
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 21
Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto. Notifíquese este acuerdo 22
con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente de Hacienda y 23
Presupuesto y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. -------- 24
ARTÍCULO XXXVI. -INFORME SOLICITUD DE AUDIENCIA PRESENTADA 25
POR EL LIC. JOSÉ JOAQUÍN EDUARDO GARCÍA LUNA DE ALBA. -------------26
Se conoce dictamen CPOP-96-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, presentado 27
por la Comisión Permanente de Obras Públicas, y que dice: “…Para su 28
información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo VI, del Acta N 29
0 52 2019, sesión ordinaria el 28 de octubre del 2019. ARTICULO VI. SOBRE 30
N° 275-2019
INFORME UTGV-OF491-1910PU-189-2019, EN RESPUESTA A LOS OFICIOS 1
CPOP-39-2019.CPOP-62-2019, REFERENTE AL ARTÍCULO XXIII. ACTA N 0 2
240-2019.-SOLlClTUD DE AUDIENCIA PRESENTADA POR EL SEÑOR LIC. 3
JOSÉ JOAQUÍN EDUARDO GARCÍA LUNA DE ALBA. En atención a la solicitud 4
de audiencia presentada por el señor Lic. José Joaquín Eduardo García Luna de 5
Alba y en atención a lo estipulado en el informe UTGV-OF-491-19/OPU-189-2019, 6
después de haber escuchado a los técnicos cuyas intervenciones quedarán 7
constando en el acta respectiva, esta comisión por unanimidad acuerda: 1. Visto 8
el oficio UTGV-OF-491-19/OPU-189-2019, suscrito por los técnicos Dennis 9
Aparicio Rivera, encargado de la Unidad Técnica de Gestión Vial y Oscar López 10
Valverde, encargado de la Oficina de Planificación Urbana, donde recomiendan 11
que se concluyan las diligencias, que hay un proceso instaurado por la Dirección 12
de Urbanismo, se recomienda al Concejo Municipal, rechazar la solicitud de 13
audiencia presentada por Lic. José Joaquín Eduardo García Luna de Alba. 2- 14
Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, el presidente a.i. 15
somete a discusión, suficiente discutido, somete a votación, se acuerda por 16
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 17
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 18
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 19
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba el dictamen CPOP-96-2019 20
por lo tanto, visto el oficio UTGV-OF-491-19/OPU-189-2019, suscrito por los 21
técnicos Dennis Aparicio Rivera, encargado de la Unidad Técnica de 22
Gestión Vial y Oscar López Valverde, encargado de la Oficina de 23
Planificación Urbana, donde recomiendan que se concluyan las diligencias, 24
que hay un proceso instaurado por la Dirección de Urbanismo, se rechaza la 25
solicitud de audiencia presentada por Lic. José Joaquín Eduardo García 26
Luna de Alba. El presidente a.i. solicita la firmeza, en discusión, suficientemente 27
discutido, somete a votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos 28
afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero 29
Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro 30
N° 275-2019
Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares 1
Ramírez, se aprueba la firmeza. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de 2
recibo al Lic. José Joaquín Eduardo García Luna de Alba al correo electrónico 3
[email protected] y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente 4
aprobado. --------------------------------------------------------------------------------------------- 5
ARTÍCULO XXXVII. -INFORME SOLICITUD DE AUDIENCIA PRESENTADA 6
POR EL SEÑOR RAÚL LÓPEZ RETANA, PRESIDENTE COMITÉ 7
RESIDENCIAL VILLA BONITA. ----------------------------------------------------------------8
Se conoce dictamen CPOP-97-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, presentado 9
por la Comisión Permanente de Obras Públicas, y que dice: “…Para su 10
información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo VII, del Acta 11
N°52-2019, sesión ordinaria el 28 de octubre del 2019. ARTICULO VII- SOBRE 12
OFICIO URB-OF-1186-2019/UR-OF-191-2019/UTGV-OF-444-19, EN 13
RESPUESTA AL OFICIO CPOP-57-2019, REFERENTE AL ARTÍCULO XXV.-14
ACTA N°250-2019.-SOLICITUD DE AUDIENCIA ANTE LA COMISIÓN 15
PERMANENTE DE OBRAS, PRESENTADA POR EL SEÑOR RAÚL LÓPEZ 16
RETANA, PRESIDENTE COMITÉ DE RESIDENCIAL VILLA BONITA. En 17
atención a la solicitud de audiencia presentada por el señor Raúl López Retana, 18
presidente Comité de Residencial Villa Bonita, después de haber escuchado a los 19
técnicos cuyas intervenciones quedarán constando en el acta respectiva, esta 20
comisión por unanimidad acuerda: 1. Visto el oficio URB-OF-1186-2019/UR-OF-21
191-2019/UTGV-OF-444-19, suscrito por los técnicos Juan Carlos Guzmán 22
Víquez, Jefe de la Dirección de Urbanismo, Dennis Aparicio Rivera, encargado de 23
la Unidad Técnica de Gestión Vial, y Wilberth Quesada Garita, Unidad Resolutora, 24
en virtud de que ya hay una resolución de la Sala Constitucional, no vemos como 25
ir en contra de una resolución de la Sala Constitucional, en consecuencia se le 26
recomienda al Concejo Municipal denegar la audiencia solicitada por el presidente 27
Comité Residencial Villa Bonita, señor Raúl López Retana. 2. Acuerdo 28
definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, el presidente a.i. somete a 29
discusión, suficiente discutido, somete a votación, se acuerda por unanimidad 30
N° 275-2019
de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 1
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 2
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 3
Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba el dictamen CPOP-97-2019 por lo 4
tanto, visto el oficio URB-OF-1186-2019/UR-OF-191-2019/UTGV-OF-444-19, 5
suscrito por los técnicos Juan Carlos Guzmán Víquez, Jefe de la Dirección 6
de Urbanismo, Dennis Aparicio Rivera, encargado de la Unidad Técnica de 7
Gestión Vial, y Wilberth Quesada Garita, Unidad Resolutora, en virtud de 8
que ya hay una resolución de la Sala Constitucional, no vemos como ir en 9
contra de una resolución de la Sala Constitucional, en consecuencia se 10
deniega la audiencia solicitada por el presidente Comité Residencial Villa 11
Bonita, señor Raúl López Retana. El presidente a.i. solicita la firmeza, en 12
discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 13
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 14
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 15
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 16
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba la firmeza. Notifíquese este 17
acuerdo con acuse y fecha de recibo al señor Raúl López Retana Presidente 18
Comité de Residencial Villa Bonita al correo electrónico 19
[email protected] y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente 20
aprobado. --------------------------------------------------------------------------------------------- 21
ARTÍCULO XXXVIII. -RECOMENDACIÓN SOLICITUD MODIFICACIÓN 22
UNILATERAL DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2019LA-23
000003-MUNIPROV PARA EL “ALQUILER DE MAQUINARIA” ADJUDICADA 24
A LA EMPRESA TRANSPORTES MANUEL ARAYA S.A. -----------------------------25
Se conoce dictamen CPHP-64-2019 de fecha 04 de noviembre del 2019, 26
presentado por la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: 27
“…Para su información y fines consiguientes, remitimos el artículo I del Acta 28
N°121-2019, de la sesión ordinaria celebrada el 04 de noviembre del 2019. 29
ARTÍCULO I. -SOLICITUD MODIFICACIÓN UNILATERAL DE CONTRATO DE 30
N° 275-2019
LA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2019LA-000003-MUNIPROV PARA EL 1
“ALQUILER DE MAQUINARIA” ADJUDICADA A LA EMPRESA 2
TRANSPORTES MANUEL ARAYA S.A. Se conoce oficio de fecha 04 de 3
noviembre del 1019, suscrito por la Licda. Gabriela Peralta Quirós Secretaria a.i. 4
del Concejo Municipal, por el cual remite el artículo VII acta 274-2019 sesión 5
extraordinaria celebrada el día 01 de noviembre del 2019, en el cual se conoce 6
oficio AM-IN-0313-2019 de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por el señor 7
Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio Nº PROV-8
OF-2643-2019 de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por suscrito por el Lic. 9
Christian Corrales Jiménez Proveedor Municipal, y que dice: “…Los suscritos nos 10
permitimos dirigirnos a usted con el fin de solicitarle se sirva someter a 11
conocimiento y consideración del Honorable Concejo Municipal, que en base a lo 12
que se establece el Artículo No. 208 del Reglamento a la Ley de Contratación 13
Administrativa, se lleve a cabo la modificación unilateral del contrato de la 14
LICITACION ABREVIADA No. 2019LA-000003-MUNlPROV, para el "ALQUILER 15
DE MAQUINARIA", adjudicada a la empresa TRANSPORTES MANUEL ARAYA 16
S.A. CEDULA JURIDICA 3-101-127761, por el Concejo Municipal según consta 17
en Acta No. 236-2019, Artículo No. XX de Sesión Ordinaria celebrada el 07 de 18
Mayo del 2019. La modificación unilateral se recomienda según informe técnico 19
AS-OF-368 suscrito por el Ing. Franklin Barboza Gonzalez, Jefe de Alcantarillado 20
Sanitario, que se de en los siguientes términos: OFERENTE: TRANSPORTES 21
MANUEL ARAYA S.A. CEDULA JURIDICA 3-101-127761. Línea Única: Alquiler 22
de 290 horas de vagoneta Tándem de 2 ejes, con una capacidad de 12 M3. Monto 23
recomendado para adjudicar hasta por: ¢ 3.275.550,00 (Tres millones, doscientos 24
setenta y cinco mil, quinientos cincuenta de colones exactos). Plazo de ejecución: 25
Inmediata a partir de la Orden de Inicio. Forma de pago: Acepta la indicada en el 26
cartel. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DE LA OFERTA 27
Y EL CARTEL. La presente solicitud se realiza con base en el pedido No. 14083 28
(16579) del Departamento de Alcantarillado Sanitario. El pago se hará con cargo 29
al Programa ll (Inversiones). La responsabilidad de los firmantes es bajo cada una 30
N° 275-2019
de sus respectivas competencias, según hubieran intervenido en el proceso de 1
licitación, en el caso de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio 2
presentado para tal fin, el cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente 3
informe. Se anexa a éste, el expediente administrativo original de (350) folios y el 4
expediente de modificación de (37) folios de la licitación antes indicada…”. –Vistos 5
los documentos, el presidente somete a discusión, le cede la palabra al Lic. 6
Christian Corrales Jiménez Proveedor Municipal, quien hace una explicación de 7
la modificación, la cual quedará constando en el acta respectivamente. El Ing. 8
Franklin Barboza técnico encargado de la ejecución realiza una explicación 9
igualmente quedará constando en el acta respectiva. El regidor Gonzalo Coto 10
realiza algunas consultas que son respondidas por la parte técnica y quedarán 11
constando en el acta. El regidor Marcos Brenes igualmente realiza algunas 12
consultas que son evacuadas y quedarán constando en el acta. Finalizada la 13
discusión, el presidente somete a votación la aprobación de solicitud de 14
modificación unilateral de contrato, dando como resultado cuatro votos 15
afirmativos, esta comisión acuerda por unanimidad: 1. Recomendar al 16
Concejo Municipal, con fundamento en la recomendación del área técnica y del 17
proveedor municipal, aprobar la modificación unilateral del contrato de la Licitación 18
Abreviada Nº 2019LA-000003-MUNlPROV, para el "ALQUILER DE 19
MAQUINARIA", adjudicada a la empresa TRANSPORTES MANUEL ARAYA S.A. 20
CEDULA JURIDICA 3-101-127761, por el Concejo Municipal según consta en 21
Acta No. 236-2019, Artículo No. XX de Sesión Ordinaria celebrada el 07 de mayo 22
del 2019. La modificación unilateral se recomienda según informe técnico AS-OF-23
368 suscrito por el Ing. Franklin Barboza Gonzalez, Jefe de Alcantarillado 24
Sanitario, que se de en los siguientes términos: “OFERENTE: TRANSPORTES 25
MANUEL ARAYA S.A. CEDULA JURIDICA 3-101-127761. Línea Única: Alquiler 26
de 290 horas de vagoneta Tándem de 2 ejes, con una capacidad de 12 M3. Monto 27
recomendado para adjudicar hasta por: ¢ 3.275.550,00 (Tres millones, doscientos 28
setenta y cinco mil, quinientos cincuenta de colones exactos). Plazo de ejecución: 29
Inmediata a partir de la Orden de Inicio. Forma de pago: Acepta la indicada en el 30
N° 275-2019
cartel. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DE LA OFERTA 1
Y EL CARTEL. La presente solicitud se realiza con base en el pedido No. 14083 2
(16579) del Departamento de Alcantarillado Sanitario. El pago se hará con cargo 3
al Programa ll (Inversiones). La responsabilidad de los firmantes es bajo cada una 4
de sus respectivas competencias, según hubieran intervenido en el proceso de 5
licitación, en el caso de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio 6
presentado para tal fin, el cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente 7
informe.” 2. Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, el 8
presidente a.i. somete a discusión, suficiente discutido, somete a votación, se 9
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 10
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 11
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 12
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba el dictamen CPHP-13
64-2019 por lo tanto, con fundamento en la recomendación del área técnica 14
y del proveedor municipal, se aprueba la modificación unilateral del contrato 15
de la Licitación Abreviada Nº 2019LA-000003-MUNlPROV, para el "ALQUILER 16
DE MAQUINARIA", adjudicada a la empresa TRANSPORTES MANUEL 17
ARAYA S.A. CEDULA JURIDICA 3-101-127761, por el Concejo Municipal 18
según consta en Acta No. 236-2019, Artículo No. XX de Sesión Ordinaria 19
celebrada el 07 de mayo del 2019. La modificación unilateral se recomienda 20
según informe técnico AS-OF-368 suscrito por el Ing. Franklin Barboza 21
Gonzalez, Jefe de Alcantarillado Sanitario, que se de en los siguientes 22
términos: “OFERENTE: TRANSPORTES MANUEL ARAYA S.A. CEDULA 23
JURIDICA 3-101-127761. Línea Única: Alquiler de 290 horas de vagoneta 24
Tándem de 2 ejes, con una capacidad de 12 M3. Monto recomendado para 25
adjudicar hasta por: ¢ 3.275.550,00 (Tres millones, doscientos setenta y 26
cinco mil, quinientos cincuenta de colones exactos). Plazo de ejecución: 27
Inmediata a partir de la Orden de Inicio. Forma de pago: Acepta la indicada 28
en el cartel. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DE LA 29
OFERTA Y EL CARTEL. La presente solicitud se realiza con base en el 30
N° 275-2019
pedido No. 14083 (16579) del Departamento de Alcantarillado Sanitario. El 1
pago se hará con cargo al Programa ll (Inversiones). La responsabilidad de 2
los firmantes es bajo cada una de sus respectivas competencias, según 3
hubieran intervenido en el proceso de licitación, en el caso de la parte 4
técnica la misma es asumida bajo el criterio presentado para tal fin, el cual 5
se adjunta y con el que se fundamenta el presente informe. El presidente a.i. 6
solicita la firmeza, en discusión, suficientemente discutido, somete a votación, 7
quedando la misma ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez 8
en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 9
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 10
Quesada y Brenes Figueroa, vota negativo el regidor Ovares Ramírez, se 11
aprueba la firmeza. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. 12
Christian Corrales Jiménez Proveedor Municipal y al Alcalde Municipal. Acuerdo 13
definitivamente aprobado. ---------------------------------------------------------------------- 14
ARTÍCULO XXXIX. -RECOMENDACIÓN SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE LA 15
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2019LA-000009-0022030101 PARA COMPRA DE 16
SOLUCIÓN INTEGRADA HAND HELD E IMPRESORA TÉRMICA. -----------------17
Se conoce dictamen CPHP-65-2019 de fecha 04 de noviembre del 2019, 18
presentado por la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: 19
“…Para su información y fines consiguientes, remitimos el artículo II del Acta 20
N°121-2019, de la sesión ordinaria celebrada el 04 de noviembre del 2019. 21
ARTÍCULO II. - SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN ABREVIADA 22
Nº 2019LA-000009-0022030101 PARA COMPRA DE SOLUCIÓN INTEGRADA 23
HAND HELD E IMPRESORA TÉRMICA. En atención al artículo XXXVIII acta 271-24
2019 sesión ordinaria celebrada el día 22 de octubre del 2019, en el cual se 25
conoce solicitud adjudicación de la licitación abreviada Nº 2019LA-000009-26
0022030101 para compra de solución integrada Hand Held e Impresora Térmica 27
y de acuerdo al análisis técnico emitido mediante el oficio ASC-OF-398-2019, 28
suscrito por la Licda. Giovanna Siles Pérez, Directora del Área de Seguridad 29
Comunitaria y el señor Ignacio Olivares Fuentes, del Área de Seguridad 30
N° 275-2019
Comunitaria, el análisis legal de la oferta concursante; aplicada la metodología de 1
evaluación y a la partida presupuestaria, se recomienda adjudicar este proceso 2
licitatorio según se indica: OFERENTE: GEOTECNOLOGÍAS S. A., Cédula 3
Jurídica Nº 3-101-178512. OBJETO DEL CONTRATO: Lo constituye el brindar 4
al departamento los equipos necesarios para la realización de infracciones y el 5
control vial del Cantón de Cartago por medio de equipo de punta (hardware) y sus 6
respectivos sistemas informáticos (software) que permitan la ejecución y 7
aplicación de las infracciones en forma automatizada, contando a su vez con 8
información que acceda a la toma de decisiones oportuna. Todo de conformidad 9
con los términos de este cartel y de las características y especificaciones técnicas. 10
Línea única: Adquisición de soluciones de Hand Held e impresoras con sus 11
respectivos accesorios y papel térmico adecuado. MONTO PRESUPUESTADO 12
PARA ESTE PROCESO: ¢35.000.000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES DE 13
COLONES EXACTOS). Precio unitario de las Hand Held: $1.396,00 (Mil, 14
trescientos noventa y seis dólares americanos exactos), para un precio total 15
por 20 unidades de: $27.920, 00 (Veintisiete mil, novecientos veinte dólares 16
americanos exactos). Precio unitario por las impresoras: $585,00 17
(Quinientos ochenta y cinco dólares americanos exactos), para un precio 18
total por 20 Unidades: $11.700,00 (Once mil, setecientos dólares americanos 19
exactos). MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR $39.620 20
(Treinta y nueve mil, seiscientos veinte dólares con 00/100). Lugar de 21
entrega: Almacén Municipal. Plazo de entrega: (15) días hábiles posteriores a 22
la entrega de la Orden de Compra. Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 23
días mediante transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que las 24
Unidades Solicitantes hayan recibido a entera satisfacción el objeto de esta 25
licitación. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DEL 26
CARTEL Y LA OFERTA. Para esta contratación se cuenta con los recursos 27
presupuestarios suficientes para este periodo presupuestario, según consta en las 28
certificaciones del CPA William Cerdas Garro, en su condición de Contador 29
N° 275-2019
Municipal de fecha 06 de agosto del 2019. El pago por dicho concepto se hará 1
con cargo al Programa II “Servicios Comunales”. 2
Es importante indicar que la fecha límite para la adjudicación de este proceso 3
licitatorio es el día 07 de noviembre del 2019 (Prorrogado mediante resolución 4
PROV-20-2019). El oferente recomendado para la adjudicación, no ha sido 5
sancionado por incumplimiento contractual con la Municipalidad de Cartago, ni se 6
le ha ejecutado ningún tipo de garantía. El monto recomendado para adjudicar, 7
se establece con base en el Presupuesto disponible 8
9
La responsabilidad de los firmantes es bajo cada una de sus respectivas 10
competencias, según hubieran intervenido en el proceso de licitación, en el caso 11
de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio presentado para tal fin, el 12
cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente informe. El presidente 13
somete a discusión, le cede la palabra al Lic. Christian Corrales Jiménez 14
Proveedor Municipal, quien hace una explicación, la cual quedará constando en 15
el acta respectivamente. El presidente realiza algunas consultas que son 16
evacuadas y quedarán constando en el acta. El señor Ignacio Olivares funcionario 17
del Área de Seguridad igualmente realiza una explicación quedará constando en 18
el acta respectiva. El regidor Gonzalo Coto realiza algunas consultas que son 19
respondidas por la parte técnica y quedarán constando en el acta. El regidor 20
Marcos Brenes igualmente realiza algunas consultas que son evacuadas y 21
quedarán constando en el acta. El regidor Rodrigo Muñoz realiza algunas 22
consultas que son evacuadas y quedarán constando en el acta. Finalizada la 23
discusión, el presidente somete a votación la aprobación de solicitud de 24
modificación unilateral de contrato, dando como resultado cinco votos 25
afirmativos, esta comisión acuerda por unanimidad: 1. Recomendar al 26
Concejo Municipal, con fundamento en la recomendación del área técnica y del 27
proveedor municipal, aprobar la adjudicación de la licitación abreviada Nº 2019LA-28
000009-0022030101 para compra de solución integrada Hand Held e Impresora 29
N° 275-2019
Térmica a la empresa GEOTECNOLOGÍAS S. A., Cédula Jurídica Nº 3-101-1
178512. Precio unitario de las Hand Held: $1.396,00 (Mil, trescientos noventa y 2
seis dólares americanos exactos), para un precio total por 20 unidades de: 3
$27.920, 00 (Veintisiete mil, novecientos veinte dólares americanos exactos). 4
Precio unitario por las impresoras: $585,00 (Quinientos ochenta y cinco dólares 5
americanos exactos), para un precio total por 20 Unidades: $11.700,00 (Once mil, 6
setecientos dólares americanos exactos). MONTO TOTAL RECOMENDADO 7
PARA ADJUDICAR $39.620 (Treinta y nueve mil, seiscientos veinte dólares con 8
00/100). Lugar de entrega: Almacén Municipal. Plazo de entrega: (15) días 9
hábiles posteriores a la entrega de la Orden de Compra. 2. Acuerdo 10
definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, el presidente a.i. somete a 11
discusión, suficiente discutido, somete a votación, quedando la misma siete 12
votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora 13
Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, 14
Leandro Marín, Muñoz Azofeifa y Céspedes Quesada, votan negativo los 15
regidores Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba el dictamen CPHP-16
65-2019 por lo tanto, con fundamento en la recomendación del área técnica 17
y del proveedor municipal, se aprueba la adjudicación de la licitación 18
abreviada Nº 2019LA-000009-0022030101 para compra de solución integrada 19
Hand Held e Impresora Térmica a la empresa GEOTECNOLOGÍAS S. A., 20
Cédula Jurídica Nº 3-101-178512. Precio unitario de las Hand Held: $1.396,00 21
(Mil, trescientos noventa y seis dólares americanos exactos), para un precio 22
total por 20 unidades de: $27.920, 00 (Veintisiete mil, novecientos veinte 23
dólares americanos exactos). Precio unitario por las impresoras: $585,00 24
(Quinientos ochenta y cinco dólares americanos exactos), para un precio 25
total por 20 Unidades: $11.700,00 (Once mil, setecientos dólares americanos 26
exactos). MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR $39.620 27
(Treinta y nueve mil, seiscientos veinte dólares con 00/100). Lugar de 28
entrega: Almacén Municipal. Plazo de entrega: (15) días hábiles posteriores 29
a la entrega de la Orden de Compra. El presidente a.i. solicita la firmeza, en 30
N° 275-2019
discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 1
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 2
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 3
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 4
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba la firmeza. Notifíquese este 5
acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. Christian Corrales Jiménez Proveedor 6
Municipal y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ------------7
El presidente a.i. decreta un receso de dos minutos. Se reanuda la sesión.-8
ARTÍCULO XL. -RECHAZO SOLICITUD ADJUDICACIÓN LICITACIÓN 9
ABREVIADA 2019LA-000011-0022030101 PARA ADQUISICIÓN DE 10
SUMINISTROS PARA LA SOLUCIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE 11
VIDEO VIGILANCIA Y COMUNICACIÓN. ---------------------------------------------------12
Se conoce dictamen CPHP-66-2019 negativo de mayoría de fecha 04 de 13
noviembre del 2019, presentado por la Comisión Permanente de Hacienda y 14
Presupuesto, y que dice: “…Para su información y fines consiguientes, remitimos 15
el artículo III del Acta N°121-2019, de la sesión ordinaria celebrada el 04 de 16
noviembre del 2019. ARTÍCULO III. -SOLICITUD ADJUDICACIÓN LICITACIÓN 17
ABREVIADA 2019LA-000011-0022030101 PARA ADQUISICIÓN DE 18
SUMINISTROS PARA LA SOLUCIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE 19
VÍDEO VIGILANCIA Y COMUNICACIÓN. En atención al artículo IV acta 274-20
2019 sesión extraordinaria celebrada el día 01 de noviembre del 2019, en el cual 21
se conoce solicitud adjudicación licitación abreviada 2019LA-000011-22
0022030101 para Adquisición de Suministros para la Solución Integral para el 23
Centro de Video Vigilancia y Comunicación y de acuerdo al análisis técnico 24
emitido mediante oficio ASC-OF-455-2019 subido al sistema SICOP el 25 de 25
Octubre del 2019, suscrito por el Msc. Eduardo Jiménez González, Director Área 26
de Tics, Licda Giovanna Siles Pérez, Directora Área Seguridad Comunitaria, Ing. 27
Daniel Ramirez Gonzalez, Área de Tics, Sr. Ignacio Olivares Fuentes, área 28
Seguridad Comunitaria, el análisis legal de las ofertas concursantes; aplicada la 29
metodología de evaluación y a la partida presupuestaria, se recomienda adjudicar 30
N° 275-2019
este proceso licitatorio según se indica: NORTEC CONSULTING S.A. Cédula 1
Jurídica N° 3-101-402651. OBJETO DEL CONTRATO: Lo constituye el Adquirir 2
equipo tecnológico y de comunicación para instaurar un centro innovación en el 3
gobierno abierto y acceso a la Información (participación, colaboración y 4
transparencia en la gestión pública), que permita la gestión de conocimiento 5
orientada a mejorar las capacidades de planificación institucional bajo criterios de 6
anticipación y prevención frente a amenazas a la seguridad y convivencia 7
ciudadana; bajo criterios de orden regional y local que permitan mejorar la 8
implementación de la política pública de seguridad y convivencia ciudadana a 9
través de un servicio de policía diferencial. Asimismo, promover la sinergia inter-10
institucional con otras entidades y agencias de seguridad del Estado. Según el 11
siguiente detalle 12
13
14
15
MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR $1.629.42 (Mil 16
Seiscientos veintinueve dólares americanos con 42/100). Lugar de entrega: 17
Almacén Municipal. Plazo de Entrega: 30 días hábiles posteriores a la 18
notificación del Contrato. Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 días 19
mediante transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que la Unidad 20
Solicitante haya recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. 21
SONIVISION S.A., Cédula Jurídica N° 3-101-034067: OBJETO DEL 22
CONTRATO: Adquisición de solución integrada para el proyecto denominado 23
modernización y transformación del centro de video vigilancia y comunicación en 24
el centro integrado de información de inteligencia para la convivencia y seguridad 25
ciudadana. Según el siguiente detalle 26
27
28
N° 275-2019
1
MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR $16.551,37 (Dieciséis 2
mil, quinientos cincuenta y un dólares americanos con 37/100) Lugar de 3
entrega: Almacén Municipal. Plazo de Entrega: 30 días hábiles posteriores a la 4
notificación del Contrato. Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 días 5
mediante transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que la Unidad 6
Solicitante haya recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. 7
EUGRESA S.A, Cédula Jurídica N° 3-101-192575: OBJETO DEL CONTRATO: 8
Adquisición de solución integrada para el proyecto denominado modernización y 9
transformación del centro de video vigilancia y comunicación en el centro 10
integrado de información de inteligencia para la convivencia y seguridad 11
ciudadana. Según el siguiente detalle 12
13
14
15
MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR ¢2.654.000,00 (Dos 16
Millones, Seiscientos cincuenta y cuatro mil colones exactos) Lugar de 17
entrega: Almacén Municipal. Plazo de Entrega: 30 días hábiles posteriores a la 18
entrega del Contrato. Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 días mediante 19
transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que la Unidad Solicitante haya 20
recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. Es importante indicar 21
que las líneas N° 1 y 7 se declaran infructuosas ya que en el caso de la línea N°1 22
la única empresa que cotizo dicha línea presento dos precios diferentes en la 23
oferta y al indicarle que se tomaría el más favorable para la administración, 24
manifestó que dicho precio le perjudicaría. En el caso de la línea 7, no se 25
presentaron ofertas por dicho ítem. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS 26
TÉRMINOS DEL CARTEL Y LA OFERTA. Para esta contratación se cuenta con 27
los recursos presupuestarios suficientes para este periodo presupuestario, según 28
consta en las certificaciones del licenciado CPA William Cerdas Garro, en su 29
N° 275-2019
condición de Contador Municipal de fecha 14 de agosto del 2019. El pago por 1
dicho concepto se hará con cargo al Programa II “Servicios Comunales”. 2
Es importante indicar que la fecha límite para la adjudicación de este 3
proceso licitatorio es el día 27 de Noviembre del 2019, ya prorrogado 4
mediante Resolución N° PRORV- 023-2019. Los oferentes recomendados 5
para la adjudicación, no han sido sancionados por incumplimiento 6
contractual con la Municipalidad de Cartago, ni se les ha ejecutado ningún 7
tipo de garantía. El monto recomendado para adjudicar, se establece con 8
base en el Presupuesto disponible. 9
10
La responsabilidad de los firmantes es bajo cada una de sus respectivas 11
competencias, según hubieran intervenido en el proceso de licitación, en el caso 12
de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio presentado para tal fin, el 13
cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente informe. El presidente 14
somete a discusión, le cede la palabra al Lic. Christian Corrales Jiménez 15
Proveedor Municipal, quien hace una explicación, la cual quedará constando en 16
el acta respectivamente. El señor Ignacio Olivares funcionario del Área de 17
Seguridad igualmente realiza una explicación quedará constando en el acta 18
respectiva. El regidor Gonzalo Coto realiza algunas consultas que son 19
respondidas por la parte técnica y quedarán constando en el acta. El presidente 20
realiza algunas consultas que son evacuadas y quedarán constando en el acta. El 21
regidor Marcos Brenes igualmente realiza algunas consultas que son evacuadas 22
y quedarán constando en el acta. El regidor Caleb Pichardo realiza algunas 23
consultas que son evacuadas y quedarán constando en el acta. Señala el regidor 24
Coto Fernández cuál es la razón del porqué documentación de uno de los 25
oferentes se encuentra como confidencial siendo que es información que la misma 26
debe ser de conocimiento para todas las partes. El señor Corrales indica que los 27
oferentes tienen la opción cuando suben la información colocarla como 28
confidencial. El regidor Coto indica si ello es correcto, pues en su criterio ello 29
N° 275-2019
podría eventualmente dar alguna ventaja indebida a un oferente. La presidencia 1
consulta a la asesora Gabriela Redondo quien indica que ella sí logró revisar toda 2
la información pues su acceso le permite revisar ese tipo de información como 3
administración, no obstante el regidor Coto lleva razónn de que esa información 4
debe ser pública. Finalizada la discusión, el presidente somete a votación la 5
aprobación de solicitud de modificación unilateral de contrato, dando como 6
resultado dos votos afirmativos, el presidente indica que su voto afirmativo a la 7
misma es en razón de las explicaciones brindadas por la Licda. Gabriela Redondo 8
que ha expuesto confía en que ella los revisó y en su palabra. El regidor Gonzalo 9
Coto indica que justifica su voto negativo ya que no fue posible para esa 10
representación revisar los documentos de uno de los oferentes que estaban en el 11
sistema como confidenciales, lo cual es inaceptable pues entre ellos está la 12
personería y oferta económica, y además hace la observación a la administración 13
de que ellos como regidores deben tener acceso irrestricto a la información en 14
virtud de que son quienes finalmente tiene la responsabilidad de adjudicar. El 15
presidente indica que saldrán dos dictámenes para el Concejo. Esta comisión 16
acuerda: 1. Recomendar al Concejo Municipal rechazar la adjudicación de la 17
licitación abreviada 2019LA-000011-0022030101 para Adquisición de Suministros 18
para la Solución Integral para el Centro de Vídeo Vigilancia y Comunicación, dado 19
que no se tuvo acceso a toda la información para revisar y valorar la 20
recomendación de adjudicación, lo cual constituye una limitación para resolver en 21
forma adecuada. 2. Acuerdo definitivamente aprobado…”. Se conoce dictamen 22
CPHP-66-2019 positivo de minoría de fecha 04 de noviembre del 2019, 23
presentado por la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: 24
“…Para su información y fines consiguientes, remitimos el artículo III del Acta 25
N°121-2019, de la sesión ordinaria celebrada el 04 de noviembre del 2019. 26
ARTICULO III. -SOLICITUD ADJUDICACIÓN LICITACIÓN ABREVIADA 27
2019LA-000011-0022030101 PARA ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS PARA 28
LA SOLUCIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE VIDEO VIGILANCIA Y 29
COMUNICACIÓN. En atención al artículo IV acta 274-2019 sesión extraordinaria 30
N° 275-2019
celebrada el día 01 de noviembre del 2019, en el cual se conoce solicitud 1
adjudicación licitación abreviada 2019LA-000011-0022030101 para Adquisición 2
de Suministros para la Solución Integral para el Centro de Video Vigilancia y 3
Comunicación y de acuerdo al análisis técnico emitido mediante oficio ASC-OF-4
455-2019 subido al sistema SICOP el 25 de Octubre del 2019, suscrito por el Msc. 5
Eduardo Jiménez González, Director Área de Tics, Licda Giovanna Siles Pérez, 6
Directora Área Seguridad Comunitaria, Ing. Daniel Ramirez Gonzalez, Área de 7
Tics, Sr. Ignacio Olivares Fuentes, área Seguridad Comunitaria, el análisis legal 8
de las ofertas concursantes; aplicada la metodología de evaluación y a la partida 9
presupuestaria, se recomienda adjudicar este proceso licitatorio según se indica: 10
NORTEC CONSULTING S.A. Cédula Jurídica N° 3-101-402651. OBJETO DEL 11
CONTRATO: Lo constituye el Adquirir equipo tecnológico y de comunicación para 12
instaurar un centro innovación en el gobierno abierto y acceso a la Información 13
(participación, colaboración y transparencia en la gestión pública), que permita la 14
gestión de conocimiento orientada a mejorar las capacidades de planificación 15
institucional bajo criterios de anticipación y prevención frente a amenazas a la 16
seguridad y convivencia ciudadana; bajo criterios de orden regional y local que 17
permitan mejorar la implementación de la política pública de seguridad y 18
convivencia ciudadana a través de un servicio de policía diferencial. Asimismo, 19
promover la sinergia inter-institucional con otras entidades y agencias de 20
seguridad del Estado. Según el siguiente detalle 21
22
23
24
MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR $1.629.42 (Mil 25
Seiscientos veintinueve dólares americanos con 42/100) Lugar de entrega: 26
Almacén Municipal. Plazo de Entrega: 30 días hábiles posteriores a la 27
notificación del Contrato. Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 días 28
mediante transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que la Unidad 29
N° 275-2019
Solicitante haya recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. 1
SONIVISION S.A., Cédula Jurídica N° 3-101-034067: OBJETO DEL 2
CONTRATO: Adquisición de solución integrada para el proyecto denominado 3
modernización y transformación del centro de video vigilancia y comunicación en 4
el centro integrado de información de inteligencia para la convivencia y seguridad 5
ciudadana. Según el siguiente detalle 6
7
8
9
10
MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR $16.551,37 (Dieciséis 11
mil, quinientos cincuenta y un dólares americanos con 37/100) Lugar de 12
entrega: Almacén Municipal. Plazo de Entrega: 30 días hábiles posteriores a la 13
notificación del Contrato. Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 días 14
mediante transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que la Unidad 15
Solicitante haya recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. 16
EUGRESA S.A, Cédula Jurídica N° 3-101-192575: OBJETO DEL CONTRATO: 17
Adquisición de solución integrada para el proyecto denominado modernización y 18
transformación del centro de video vigilancia y comunicación en el centro 19
integrado de información de inteligencia para la convivencia y seguridad 20
ciudadana. Según el siguiente detalle 21
22
23
24
MONTO TOTAL RECOMENDADO PARA ADJUDICAR ¢2.654.000,00 (Dos 25
Millones, Seiscientos cincuenta y cuatro mil colones exactos) Lugar de 26
entrega: Almacén Municipal. Plazo de Entrega: 30 días hábiles posteriores a la 27
entrega del Contrato Forma de pago: El pago se hará a giro a 30 días mediante 28
N° 275-2019
transferencia electrónica, en un solo tracto, una vez que la Unidad Solicitante haya 1
recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. Es importante indicar 2
que las líneas N° 1 y 7 se declaran infructuosas ya que en el caso de la línea N°1 3
la única empresa que cotizo dicha línea presento dos precios diferentes en la 4
oferta y al indicarle que se tomaría el más favorable para la administración, 5
manifestó que dicho precio le perjudicaría. En el caso de la línea 7, no se 6
presentaron ofertas por dicho ítem. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS 7
TÉRMINOS DEL CARTEL Y LA OFERTA. Para esta contratación se cuenta con 8
los recursos presupuestarios suficientes para este periodo presupuestario, según 9
consta en las certificaciones del licenciado CPA William Cerdas Garro, en su 10
condición de Contador Municipal de fecha 14 de agosto del 2019. El pago por 11
dicho concepto se hará con cargo al Programa II “Servicios Comunales”. 12
Es importante indicar que la fecha límite para la adjudicación de este 13
proceso licitatorio es el día 27 de Noviembre del 2019, ya prorrogado 14
mediante Resolución N° PRORV- 023-2019. Los oferentes recomendados 15
para la adjudicación, no han sido sancionados por incumplimiento 16
contractual con la Municipalidad de Cartago, ni se les ha ejecutado ningún 17
tipo de garantía. El monto recomendado para adjudicar, se establece con 18
base en el Presupuesto disponible. 19
La responsabilidad de los firmantes es bajo cada una de sus respectivas 20
competencias, según hubieran intervenido en el proceso de licitación, en el caso 21
de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio presentado para tal fin, el 22
cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente informe. El presidente 23
somete a discusión, le cede la palabra al Lic. Christian Corrales Jiménez 24
Proveedor Municipal, quien hace una explicación, la cual quedará constando en 25
el acta respectivamente. El señor Ignacio Olivares funcionario del Área de 26
Seguridad igualmente realiza una explicación quedará constando en el acta 27
respectiva. El regidor Gonzalo Coto realiza algunas consultas que son aclaradas 28
por la parte técnica y quedarán constando en el acta. El presidente realiza 29
N° 275-2019
algunas consultas que son evacuadas y quedaran constando en el acta. El regidor 1
Marcos Brenes igualmente realiza algunas consultas que son evacuadas y 2
quedaran constando en el acta. El regidor Caleb Pichardo realiza algunas 3
consultas que son evacuadas y quedaran constando en el acta. Finalizada la 4
discusión, el presidente somete a votación la aprobación de solicitud de 5
modificación unilateral de contrato, dando como resultado dos votos afirmativos, 6
el presidente indica que su voto afirmativo a la misma es en razón de las 7
explicaciones brindadas por la Licda. Gabriela Redondo que ha expuesto confía 8
en que ella los revisó y en su palabra. Señala el regidor Coto Fernández cuál es 9
la razón del porqué documentación de uno de los oferentes se encuentra como 10
confidencial siendo que es información que la misma debe ser de conocimiento 11
para todas las partes. El señor Corrales indica que los oferentes tienen la opción 12
cuando suben la información colocarla como confidencial. El regidor Coto indica 13
si ello es correcto, pues en su criterio ello podría eventualmente dar alguna ventaja 14
indebida a un oferente. La presidencia consulta a la asesora Gabriela Redondo 15
quien indica que ella sí logró revisar toda la información pues su acceso le permite 16
revisar ese tipo de información como administración, no obstante el regidor Coto 17
lleva razón de que esa información debe ser pública. El regidor Gonzalo Coto 18
indica que justifica su voto negativo ya que no fue posible para esa representación 19
revisar los documentos de uno de los oferentes que estaban como confidenciales, 20
y además hace la observación a la administración de que ellos como regidores 21
deben tener acceso irrestricto a la información en virtud de que son quienes 22
finalmente tiene la responsabilidad de adjudicar. El presidente indica que saldrán 23
dos dictámenes para el Concejo. Esta comisión acuerda: 1. Recomendar al 24
Concejo Municipal, con fundamento en la recomendación del área técnica y del 25
proveedor municipal, aprobar la adjudicación de la licitación 2019LA-000011-26
0022030101 para Adquisición de Suministros para la Solución Integral para el 27
Centro de Vídeo Vigilancia y Comunicación, según se detalla: a. NORTEC 28
CONSULTING S.A. Cédula Jurídica N° 3-101-402651 29
30
N° 275-2019
1
b. SONIVISION S.A., Cédula Jurídica N° 3-101-034067 2
3
4
c. EUGRESA S.A, Cédula Jurídica N° 3-101-192575 5
6
7
8
Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, el presidente a.i. 9
somete a discusión, el presidente a.i. somete a discusión el dictamen CPHP-66-10
2019 Negativo de Mayoría, se le otorga la palabra al regidor Coto Fernández, 11
quien manifiesta que hay dos dictámenes, uno negativo mayoría, que la mayoría 12
de los miembros de la comisión lo votaron negativo en virtud de las diferentes 13
situaciones que encontraron en el proceso de revisión de la licitación, como consta 14
en el dictamen hubo procesos que no permitieron la revisión a través del SICOP, 15
y en razón de ello han votado en forma negativa; quiere señalar con una gran 16
preocupación lo que viene sucediendo en algunos procesos de contratación, y 17
aquí tienen algunas licitaciones como lo externó en la comisión que a hoy es el 18
último día de adjudicación o mañana, a pesar de haber ampliado los plazos, y con 19
todo el respeto quisiera señalar, y señalarle al señor Alcalde que en el tema de la 20
Proveeduría en los últimos meses ve un retroceso del avance que habían tenido, 21
y eso lo ha externado y lo externa acá señor Alcalde, con todo respeto y cree que 22
algunos aspectos de eficiencia, de trámite, y de proceso, que personalmente cree 23
que han venido retrocediendo en el avance significativo que llevaban, y el avance 24
significativo lo ha señalado en varias oportunidades y así como criticado o 25
señalado los aspectos que no están bien, y cree que eso corresponde a la 26
administración tomar nota de ello, y algunas observaciones que han realizado, en 27
N° 275-2019
razón de eso y fundamentalmente en este proceso había una información que 1
estaba en el sistema como confidencial que inclusive hoy todavía permanecía 2
como confidencial al momento de la revisión, y por ello su voto es negativo al 3
adjudicación de la licitación, y por la tanto el voto afirmativo al dictamen negativo 4
de mayoría.- El presidente a.i. otorga la palabra al señor Alcalde, quien manifiesta 5
que un poco leyendo los dictámenes y escuchando a don Gonzalo lógicamente 6
que todos los sistemas tienen complicaciones y éste no es la excepción el SICOP, 7
él se lo decía al señor Presidente de la República el 14 de septiembre y el mismo 8
era consciente que como cualquier herramienta está sujeta a mejoras, de igual 9
manera tienen que decir que un cambio de este tipo genera toda una serie de 10
circunstancias y cambios porque no es la costumbre, y con esto desde ningún 11
punto de vista quiere desmeritar algunas cosas que el regidor Coto Fernández ha 12
indicado, lo que se cree es que en esta licitación el proceso se ha llevado bien si 13
bien, si bien es cierto ayer había dos archivos que la empresa los había puesto 14
como confidencial también los mismos archivos ayer el señor proveedor los trató 15
de enseñar, entiende por un correo electrónico que vio hace unos minutos que 16
también se le facilitaron a los señores regidores por parte del departamento de 17
Seguridad Comunitaria, Doña Giovanna Siles dio orden y los envío, precisamente 18
para demostrar que no había absolutamente nada de fondo que existiera motivo 19
para no aprobar dicha solicitud, si bien entiende la circunstancia que señala el 20
regidor Coto Fernández en el fondo están hablando de un proyecto de seguridad 21
ciudadana, están hablando de la necesidad de poder mejorar el sistema de 22
cámaras de la Municipalidad, tiene que decirle a los señores regidores que esto 23
es también un aporte que hacen al mobiliario que la embajada Americana ya dio, 24
creen que es importante poderlo hacer, y por el fondo con todo respeto cree que 25
no hay mérito para no poder votar la licitación, por supuesto que hay que hacer 26
ajustes, por supuesto que a lo han hablado, por supuesto que siempre hay cosas 27
que mejorar, la cantidad de trabajo que se genera en la proveeduría es bastante 28
alto, sabe que se está tratando de hacer un gran esfuerzo, y reitera no quiere decir 29
esto que no se tenga que mejorar, respetuosamente solicita a los señores 30
N° 275-2019
regidores teniendo en cuenta de que hay que hacer mejoras en la proveeduría y 1
cosas que mejorar por supuesto que no es base para no aprobar por el fondo la 2
licitación, de ahí que les pide respetuosamente reconsiderar la posición y no 3
perjudicar a la ciudadanía cartaginesa con un proyecto, y no sólo a la ciudadanía 4
cartaginesa sino también indicar que tampoco quieren estropear un poco la 5
relación con la embajada Americana a raíz de esta colaboración que les dio de los 6
muebles donde se colocarán estos equipos, esto lo dice porque cree que tampoco 7
los señores regidores lo conocían y le parece que es un dato importante que lo 8
manejen.- El presidente a.i. otorga la palabra al regidor Brenes Figueroa, quien 9
indica que en la misma línea quiere justificar el voto que va dar positivo a lo 10
negativo, porque ha defendido y ha luchado por las cámaras, por la seguridad, 11
que es un problema que se tiene ahorita a nivel del cantón, pero la situación es 12
que ellos son los que tienen la responsabilidad de votar no pueden consultar en 13
el momento para estudiar como vienen las cosas, e inclusive salen nuevas 14
sorpresas como este convenio con la embajada, y no es la primera vez, ya han 15
venido con algunas situaciones extemporáneas de las licitaciones, cree que es la 16
forma de decir que se ordenen, lleven las cosas lo más transparentes que se 17
puedan, no dice que no sean transparentes, pero al no poder ellos revisar algunos 18
archivos no tienen claro cómo van a votar, al final el mismo señor Alcalde ha dicho 19
que él no vota, entonces en esa línea sí tienen que cuidarse ellos, por eso tratan 20
de revisar todo bien, todos los archivos, y al no tener acceso al final tienen que 21
tomar estas decisiones y tienen que cuidarse la espalda de lo que están votando.- 22
El presidente a.i. otorga la palabra al señor Alcalde, quien manifiesta que quiere 23
indicar que el sistema SICOP no permite desde ningún punto de vista que se 24
pueda observar ese tipo de cosas, e inclusive el día hoy ante la insistencia de la 25
posibilidad de que fuera de esa manera, se le consultó a la técnica del Ministerio 26
de Hacienda y dijo que todos tienen un rol y en este caso no se podría, lo 27
importante aquí y quiere que quede constando en actas, es que claramente por 28
una instrucción de él se le dijo al señor proveedor que cuando iban a presentar 29
licitaciones en la comisión que llevaran el sistema por si tenían algo que ver, 30
N° 275-2019
además han dicho reiteradamente que si las asesoras de la fracción tienen algo 1
que vayan a la proveeduría y puedan ver el expediente, entonces venir a decir que 2
es que no se puede ver, y efectivamente los regidores por el sistema no lo pueden 3
ver, y hoy lo ratifican con la llamada que hicieron en horas de la tarde a la 4
encargada del Ministerio de Hacienda, porque ya don Gonzalo en algún otro 5
momento lo había dicho, y la imposibilidad no es de la administración, sino del 6
mismo sistema, reitera que los documentos que al fin y al cabo estaban ocultos 7
son documentos que se les envió, de los tres documentos habían dos que fueron 8
públicos porque era el precio y ese tipo de especificaciones, y al fin y al cabo no 9
se está escondiendo nada, reitera que eso no dice de cosas que se deben de 10
mejorar, pero perjudicar un proyecto de seguridad del cantón, y cuál es el 11
problema, porque como dice don Marcos que hay que menear la rama, cree que 12
no es justo, y lo señala de esa manera, por el fondo el proyecto no tiene 13
absolutamente nada, por la forma la que ustedes están señalando, y cree que un 14
proyecto de seguridad ciudadana debe de pesar el fondo, en estos momentos cree 15
que don Marcos no es la manera de menear la rama, de hecho que él ya ha 16
reconocido por las palabras de don Gonzalo Coto de que ya han conversado con 17
la proveeduría algunas cosas de mejora, reitera que ojalá puedan pensar el voto, 18
sino este proyecto de cámaras de la Municipalidad de Cartago no se podrían 19
remozar, eventualmente si el Concejo se atrasaría meses, hasta la liquidación del 20
año entrante, porque por tiempo no les daría, y sería este Concejo Municipal el 21
que al final decidiría si se presupuesta o no, reitera que el proyecto sí se atrasaría 22
y el proceso de seguridad ciudadana merece poder tomar una acción inmediata. 23
El presidente a.i. indica que suficientemente discutido, se somete a votación, 24
quedando la misma cinco votos afirmativos de los regidores Pichardo 25
Aguilar, Brenes Figueroa, Coto Fernández, Céspdes Quesada y Ovares 26
Ramírez, votan negativo los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora 27
Cubero Maroto, González Rodríguez, Leandro Marín y Muñoz Azofeifa, se 28
aprueba el dictamen CPHP-66-2019 negativo de mayoría por lo tanto, se 29
rechaza la adjudicación de la licitación abreviada 2019LA-000011-30
N° 275-2019
0022030101 para Adquisición de Suministros para la Solución Integral para 1
el Centro de Vídeo Vigilancia y Comunicación, dado que no se tuvo acceso 2
a toda la información para revisar y valorar la recomendación de 3
adjudicación, lo cual constituye una limitación para resolver en forma 4
adecuada. El presidente a.i. somete a votación la firmeza, quedando la misma 5
cinco votos afirmativos de los regidores Pichardo Aguilar, Brenes Figueroa, 6
Coto Fernández, Céspedes Quesada y Ovares Ramírez, votan negativo los 7
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, González 8
Rodríguez, Leandro Marín y Muñoz Azofeifa, no procede la firmeza. 9
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. Christian Corrales 10
Proveedor Municipal y al Alcalde Municipal. -------------------------------------------------11
ARTÍCULO XLI. -RECOMENDACIÓN SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE LA 12
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000012-0022030101 PARA COMPRA DE 13
MÁQUINAS DE HACER EJERCICIO AL AIRE LIBRE PARA INSTALAR EN 14
DIFERENTES COMUNIDADES DE LOS DISTRITOS DEL CANTÓN CENTRAL 15
DE CARTAGO. --------------------------------------------------------------------------------------16
Se conoce dictamen CPHP-67-2019 de fecha 04 de noviembre del 2019, 17
presentado por la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: 18
“…Para su información y fines consiguientes, remitimos el artículo IV del Acta 19
N°121-2019, de la sesión ordinaria celebrada el 04 de noviembre del 2019. 20
ARTÍCULO IV. - SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN ABREVIADA 21
2019LA-000012-0022030101 PARA COMPRA DE MÁQUINAS DE HACER 22
EJERCICIO AL AIRE LIBRE PARA INSTALAR EN DIFERENTES 23
COMUNIDADES DE LOS DISTRITOS DEL CANTÓN CENTRAL DE CARTAGO. 24
En atención al artículo V acta 274-2019 sesión extraordinaria celebrada el día 01 25
de noviembre del 2019, en el cual se conoce solicitud adjudicación de la licitación 26
abreviada 2019LA-000012-0022030101 para Compra de máquinas de hacer 27
ejercicio al aire libre para instalar en diferentes comunidades de los distritos del 28
Cantón Central de Cartago y de acuerdo al análisis técnico emitido mediante el 29
oficio DR-OF-187-2019 subido al sistema SICOP el 27 de octubre del 2019, 30
N° 275-2019
suscrito por el Bach. Bernald Mullins Campbell, encargado de Deportes y 1
Recreación, el análisis legal de las ofertas concursantes; aplicada la metodología 2
de evaluación y a la partida presupuestaria, se recomienda adjudicar este proceso 3
licitatorio según se indica: CONSORCIO INTERAMERICANO CARIBE DE 4
EXPORTACIÓN S.A. Cédula Jurídica N° 3-101-053546. OBJETO DEL 5
CONTRATO: Lo constituye la compra máquinas de hacer ejercicios al aire libre, 6
para ser instalados en diferentes comunidades de los distritos del Cantón Central 7
de Cartago, el cual busca crear espacios idóneos y seguros para que la 8
ciudadanía pueda realizar actividad deportiva. Uno de los principales objetivos de 9
esta compra de máquinas es hacer como hábito, las prácticas deportivas 10
asociadas a mejorar la calidad de vida de niños, jóvenes, adultos, como una forma 11
de evitar los problemas de salud en la población según el siguiente detalle: 12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
MONTO PRESUPUESTADO: ¢88.790.000,00 (Ochenta y ocho millones, 22
setecientos noventa mil colones exactos) MONTO TOTAL RECOMENDADO 23
PARA ADJUDICAR ¢88.734.834.00 (Ochenta y ocho millones, setecientos 24
treinta y cuatro mil ochocientos treinta y cuatro colones exactos) Lugar de 25
entrega: Dentro de la adjudicación esta la instalación de las maquinas, por lo 26
tanto, la entrega se realizará en cada una de las localidades de los diferentes 27
N° 275-2019
Distritos del Cantón Central de Cartago. Plazo de Entrega: 15 días hábiles 1
posteriores a la entrega de la Orden de Compra. Forma de pago: El pago se 2
hará a giro a 30 días mediante transferencia electrónica, una vez que la Unidad 3
Solicitante haya recibido a entera satisfacción el objeto de esta licitación. TODO 4
LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DEL CARTEL Y LA OFERTA. 5
Para esta contratación se cuenta con los recursos presupuestarios suficientes 6
para este periodo presupuestario, según consta en las certificaciones del 7
licenciado CPA William Cerdas Garro, en su condición de Contador Municipal de 8
fecha 14 de agosto del 2019. El pago por dicho concepto se hará con cargo a los 9
Programa: III “Inversiones”, IV “Partidas Específicas” y con Fondos del ICODER. 10
Es importante indicar que la fecha límite para la adjudicación de este 11
proceso licitatorio es el día 05 de noviembre del 2019. 12
13
El Oferente recomendado para la adjudicación, no ha sido sancionado por 14
incumplimiento contractual con la Municipalidad de Cartago, ni se le ha 15
ejecutado ningún tipo de garantía. 16
17
El monto recomendado para adjudicar, se establece con base en el 18
Presupuesto disponible 19
20
La responsabilidad de los firmantes es bajo cada una de sus respectivas 21
competencias, según hubieran intervenido en el proceso de licitación, en el caso 22
de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio presentado para tal fin, el 23
cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente informe. El presidente 24
somete a discusión, le cede la palabra al Lic. Christian Corrales Jiménez 25
Proveedor Municipal, quien hace una explicación, la cual quedará constando en 26
el acta respectivamente. El señor Bernald Mullins igualmente realiza una 27
explicación quedará constando en el acta respectiva. El regidor Caleb Pichardo 28
N° 275-2019
realiza algunas consultas que son evacuadas y quedarán constando en el acta. 1
El regidor Gonzalo Coto realiza algunas consultas que son aclaradas por la parte 2
técnica y quedarán constando en el acta. El regidor Marcos Brenes igualmente 3
realiza algunas consultas que son evacuadas y quedarán constando en el acta. 4
Finalizada la discusión, el presidente somete a votación la aprobación de solicitud 5
de modificación unilateral de contrato, dando como resultado cinco votos 6
afirmativos, esta comisión acuerda por unanimidad: 1. Recomendar al 7
Concejo Municipal, con fundamento en la recomendación del área técnica y del 8
proveedor municipal, aprobar la adjudicación de la licitación 2019LA-000012-9
0022030101 para compra de máquinas de hacer ejercicio al aire libre para instalar 10
en diferentes comunidades de los distritos del Cantón Central de Cartago a la 11
empresa CONSORCIO INTERAMERICANO CARIBE DE EXPORTACIÓN S.A. 12
cédula jurídica N° 3-101-053546. 2. Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto 13
el dictamen, el presidente a.i. somete a discusión, suficiente discutido, somete a 14
votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 15
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 16
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 17
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se 18
aprueba el dictamen CPHP-67-2019 por lo tanto, con fundamento en la 19
recomendación del área técnica y del proveedor municipal, se aprueba la 20
adjudicación de la licitación 2019LA-000012-0022030101 para compra de 21
máquinas de hacer ejercicio al aire libre para instalar en diferentes 22
comunidades de los distritos del Cantón Central de Cartago a la empresa 23
CONSORCIO INTERAMERICANO CARIBE DE EXPORTACIÓN S.A. cédula 24
jurídica N° 3-101-053546. El presidente a.i. solicita la firmeza, en discusión, 25
suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por unanimidad de 26
nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 27
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 28
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 29
Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese este acuerdo con 30
N° 275-2019
acuse y fecha de recibo al Lic. Christian Corrales Proveedor Municipal y al Alcalde 1
Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ----------------------------------------- 2
ARTÍCULO XLII. -RECOMENDACIÓN SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE LA 3
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000013-0022030101 PARA 4
CONSTRUCCIONES Y MEJORAS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL 5
CANTÓN CENTRAL. ------------------------------------------------------------------------------6
Se conoce dictamen CPHP-68-2019 de fecha 04 de noviembre del 2019, 7
presentado por la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: 8
“…Para su información y fines consiguientes, remitimos el artículo V del Acta 9
N°121-2019, de la sesión ordinaria celebrada el 04 de noviembre del 2019. 10
ARTÍCULO V. - SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN ABREVIADA 11
2019LA-000013-0022030101 PARA CONSTRUCCIONES Y MEJORAS DE 12
INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL CANTÓN CENTRAL. En atención al 13
artículo VI acta 274-2019 sesión extraordinaria celebrada el día 01 de noviembre 14
del 2019, en el cual se conoce solicitud adjudicación de la licitación abreviada 15
2019LA-000013-0022030101 para construcciones y mejoras de instalaciones 16
deportivas del Cantón Central y de acuerdo al análisis técnico emitido mediante el 17
oficio DR-OF-193-2019 ingresado al sistema SICOP el 28 de octubre del 2019, 18
suscrito por el Bach. Bernald Mullins Campbell, encargado de Deportes y 19
Recreación, el análisis legal de la oferta (s) concursante (s); aplicada la 20
metodología de evaluación y a la partida presupuestaria, se recomienda adjudicar 21
de forma parcial (67 metros lineales) este proceso licitatorio según se indica: IVAN 22
GARITA SOLANO. Cédula Física. 3-0346-0502. OBJETO DEL CONTRATO: Lo 23
constituye la construcción y remodelación de la infraestructura deportiva de las 24
comunidades de los Distritos de Llano Grande, Tierra Blanca, Dulce Nombre y 25
Quebradilla, el cual busca crear espacios idóneos y seguros para que la 26
ciudadanía pueda realizar actividad deportiva. Uno de los principales objetivos de 27
estas obras es hacer como hábito, que los ciudadanos (niños, jóvenes, adultos, 28
adultos mayores) realicen prácticas deportivas y recreativas que les ayudarán a 29
mejorar su calidad de vida, logrando de esta manera la prevención a los problemas 30
N° 275-2019
de salud que afecta nuestra población como enfermedades cardiovasculares, 1
circulatorios, obesidad, así como problemas sociales como la drogadicción, 2
desintegración familiar. Proyecto #5: Suministro de materiales, equipo, 3
herramientas y mano de obra para la construcción de un muro de contención al 4
costado Este de la Cancha de futbol del Distrito de Quebradilla. 5
6
7
8
9
Monto Presupuestado: ¢8.166.935,21 (Ocho millones, ciento sesenta y seis 10
mil, novecientos treinta y cinco colones con 21/100). Monto de la Oferta: 11
¢10.900.643.72 (Diez Millones, Novecientos mil, seiscientos cuarenta y tres 12
colones con 72/100) Para esta licitación según el informe técnico solo se 13
adjudicarán 67 metros lineales del muro. MONTO TOTAL RECOMENDADO 14
PARA ADJUDICAR ¢8.166.935,21 (Ocho millones, ciento sesenta y seis mil, 15
novecientos treinta y cinco colones con 21/100). Lugar de entrega: Costado 16
este de la cancha de futbol del Distrito de Quebradilla. Plazo de Entrega: 40 días 17
hábiles posteriores a la notificación del Contrato. Forma de pago: El pago se 18
hará a giro a 30 días mediante transferencia electrónica, por avance de obra, una 19
vez que se haya recibido a entera satisfacción, el objeto de esta licitación, por 20
parte de la Unidad Solicitante. Para este proceso licitatorio se declaran 21
Infructuosas los proyectos del 1 al 4, ya que no se presentaron ofertas para ellos. 22
Lo anterior basado en el articulado 86 del RLCA. TODO LO DEMÁS DE 23
ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DEL CARTEL Y LA OFERTA. Para esta 24
contratación se cuenta con los recursos presupuestarios suficientes para este 25
periodo presupuestario, según consta en la certificación del licenciado CPA 26
William Cerdas Garro, en su condición de Contador Municipal de fecha 13 de 27
agosto del 2019. El pago por dicho concepto se hará con cargo al Programa III 28
“Inversiones “con Fondos del ICODER. 29
N° 275-2019
Es importante indicar que la fecha límite para la adjudicación de este 1
proceso licitatorio es el día 05 de noviembre del 2019. 2
3
El Oferente recomendado para la adjudicación, no ha sido sancionado por 4
incumplimiento contractual con la Municipalidad de Cartago, ni se le ha 5
ejecutado ningún tipo de garantía. 6
7
El monto recomendado para adjudicar, se establece con base en el 8
Presupuesto disponible 9
La responsabilidad de firmante es bajo cada una de sus respectivas 10
competencias, según hubieran intervenido en el proceso de licitación, en el caso 11
de la parte técnica la misma es asumida bajo el criterio presentado para tal fin, el 12
cual se adjunta y con el que se fundamenta el presente informe. El presidente 13
somete a discusión, le cede la palabra al Lic. Christian Corrales Jiménez 14
Proveedor Municipal, quien hace una explicación, la cual quedará constando en 15
el acta respectivamente. El señor Bernald Mullins igualmente realiza una 16
explicación quedará constando en el acta respectiva. El regidor Gonzalo Coto 17
realiza algunas consultas que son aclaradas por la parte técnica y quedarán 18
constando en el acta. El Ing. Oscar Fernández aclara algunas consultas que 19
quedarán constando en el acta. El presidente realiza algunas consultas las cuales 20
son evacuadas y quedarán constando en el acta. El regidor Marcos Brenes 21
igualmente realiza algunas consultas que son evacuadas y quedarán constando 22
en el acta. Finalizada la discusión, el presidente somete a votación la aprobación 23
de solicitud de modificación unilateral de contrato, dando como resultado cinco 24
votos afirmativos, esta comisión acuerda por unanimidad: 1. Recomendar al 25
Concejo Municipal, con fundamento en la recomendación del área técnica y del 26
proveedor municipal, aprobar la adjudicación de la licitación 2019LA-000013-27
0022030101 para construcciones y mejoras de instalaciones deportivas del 28
N° 275-2019
Cantón Central al señor IVAN GARITA SOLANO. Cédula física. 3-0346-0502, el 1
Proyecto #5: Suministro de materiales, equipo, herramientas y mano de obra para 2
la construcción de un muro de contención al costado Este de la cancha de fútbol 3
del Distrito de Quebradilla. Monto total recomendado para adjudicar 4
¢8.166.935,21 (Ocho millones, ciento sesenta y seis mil, novecientos treinta y 5
cinco colones con 21/100). Lugar de entrega: Costado este de la cancha de 6
futbol del Distrito de Quebradilla. Plazo de entrega: 40 días hábiles posteriores a 7
la notificación del contrato. 2. Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto el 8
dictamen, el presidente a.i. somete a discusión, suficiente discutido, somete a 9
votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 10
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 11
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 12
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, se 13
aprueba el dictamen CPHP-68-2019 por lo tanto, con fundamento en la 14
recomendación del área técnica y del proveedor municipal, se aprueba la 15
adjudicación de la licitación 2019LA-000013-0022030101 para 16
construcciones y mejoras de instalaciones deportivas del Cantón Central al 17
señor IVAN GARITA SOLANO. Cédula física. 3-0346-0502, el Proyecto #5: 18
Suministro de materiales, equipo, herramientas y mano de obra para la 19
construcción de un muro de contención al costado Este de la cancha de 20
fútbol del Distrito de Quebradilla. Monto total recomendado para adjudicar 21
¢8.166.935,21 (Ocho millones, ciento sesenta y seis mil, novecientos treinta 22
y cinco colones con 21/100). Lugar de entrega: Costado este de la cancha 23
de futbol del Distrito de Quebradilla. Plazo de entrega: 40 días hábiles 24
posteriores a la notificación del contrato. El presidente a.i. solicita la firmeza, 25
en discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 26
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 27
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 28
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 29
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese este 30
N° 275-2019
acuerdo con acuse y fecha de recibo al Lic. Christian Corrales Proveedor 1
Municipal y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ------------ 2
ARTÍCULO XLIII. -SOLICITUD AUTORIZACIÓN PARA QUE EL SEÑOR 3
ALCALDE FIRME LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE DESHIPOTECAS, 4
PRESENTADA POR EL SEÑOR FRANKLIN BRENES DAVIDSON. ----------------5
Se conoce oficio de fecha 18 de octubre del 2019, suscrito por el señor Franklin 6
Brenes Davidson, y que dice: “…Muy honorable consejo municipal de Cartago, 7
me dirijo a ustedes, con mucho respeto y con muy buenos deseos de progreso y 8
bienestar, para el cantón de Cartago. El motivo del presente oficio es para 9
comunicarles formalmente, que mi representada Inmobiliaria Brenes Davidson 10
S.A, ha concluido la totalidad de la construcción de las obras faltantes en la quinta 11
área de juegos infantiles, parque y facilidades comunales en el Residencial Villa 12
Bonita, específicamente frente a la calle de las Cóncavas y contiguo al Jardín 13
Botánico Lankester de la UCR. En vista de lo expuesto anteriormente, es que les 14
solicito de una manera muy respetuosa, que autoricen al Sr. Alcalde Municipal 15
para que firme las escrituras públicas de deshipotecas, que pesan sobre las 16
siguientes propiedades todas del partido de Cartago, números de finca 251591, 17
251092 y 251093, según cita 2015-1 19940-01-0009-001, del 26 de mayo del año 18
2015…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e 19
informe de la Comisión Permanente de Obras Públicas y al Departamento de 20
urbanismo, el informe de urbanismo debe ser remitido a dicha comisión, somete 21
a discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 22
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 23
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 24
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 25
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 26
Comisión Permanente de Obras Públicas y al Departamento de urbanismo, 27
el informe de urbanismo debe ser remitido a dicha comisión. Notifíquese este 28
acuerdo con acuse y fecha de recibo al señor Franklin Brenes Davidson al correo 29
electrónico [email protected], al Arq. Juan Carlos Guzmán Víquez Jefe 30
N° 275-2019
Departamento de Urbanismo, a la Comisión Permanente de Obras Públicas y al 1
Alcalde Municipal. ----------------------------------------------------------------------------------- 2
ARTÍCULO XLIV. -SOLICITUD EXONERACIÓN DEL ÁREA DE ANTEJARDÍN 3
PRESENTADA POR EL SEÑOR VERNER RIVERA CAMPOS. -----------------------4
Se conoce oficio de fecha 24 de octubre del 2019, suscrito por el señor Verner 5
Rivera Campos, y que dice: “…Sirva la presente para saludarles y a la vez hacer 6
solicitud formal de exoneración del área de antejardín de mi propiedad, misma 7
ubicada en Barrio La Pitahaya, costado Sur de La Plaza de Deportes. Propiedad 8
en la que siempre ha existido un bar. El área de antejardín, actualmente está 9
ocupado por el bar y por el estado de su estructura se desea realizar mejoras al 10
techo y fachada. Como darle protección a su frente, que por encontrarse justo 11
detrás del marco Sur de la Plaza de Deportes de la Pitahaya, sufre de muchas 12
abatidas de balones. Así las cosas le solicito la exoneración del antejardín, según 13
es marcado en plano de Catastro C-4779941998, el I0 de octubre del año en curso 14
(adjunto copia del mismo), por el Departamento de Urbanismo…”. –Visto el 15
documento, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e informe del 16
Departamento de urbanismo, suficientemente discutido, somete a votación, se 17
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 18
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 19
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 20
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe 21
del Departamento de urbanismo. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha 22
de recibo al señor Verner Rivera Campos al correo electrónico 23
[email protected], al Arq. Juan Carlos Guzmán Víquez Jefe 24
Departamento de Urbanismo y al Alcalde Municipal. -------------------------------------- 25
ARTÍCULO XLV. -SOLICITUD DE PUESTO NAVIDEÑO PRESENTADO POR LA 26
SEÑORA KARLA GONZÁLEZ AGUILAR. --------------------------------------------------27
Se conoce oficio de fecha 25 de octubre del 2019, suscrito por la señora Karla 28
González Aguilar, por el cual solicita un puesto navideño para este año y poderse 29
ayudar económicamente, como otros años que le ha sido dada esta oportunidad. 30
N° 275-2019
–Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e informe del 1
Departamento de Patentes, suficientemente discutido, somete a votación, se 2
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 3
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 4
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 5
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe 6
del Departamento de Patentes. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de 7
recibo a la señora Karla González Aguilar al teléfono 6191-5750, al Lic. Marvin 8
Molina Cordero Jefe a.i. Departamento de Patentes y al Alcalde Municipal. -------- 9
ARTÍCULO XLVI. -SOLICITUD DEL SEÑOR RODNY CHACÓN JIMÉNEZ, 10
PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA BANCO NACIONAL, SUCURSAL 11
CARTAGO, REFERENTE A FINANCIAMIENTO ESPECIAL PARA 12
PROYECTOS MUNICIPALES QUE SE ENFOQUEN EN LA ADECUADA 13
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS REUTILIZABLES. ------14
Se conoce oficio de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por el señor Rodny 15
Chacón Jiménez Presidente Junta Directiva Local del Banco Nacional, Sucursal 16
Cartago, y que dice: “…Miembros del Concejo Municipal del Cantón Central de 17
Cartago, sirva la presente para enviarles un cordial saludo y a la vez para hacer 18
de su conocimiento y consideración como órgano colegiado de la Municipalidad 19
la siguiente propuesta. Conocedores de: La necesidad de mecanismos efectivos 20
que garanticen el adecuado tratamiento de los residuos re utilizables que 21
desechan tanto los comercios como los habitantes de las viviendas del cantón. La 22
necesidad imperante del cuido del medio ambiente. El beneficio económico que 23
se puede obtener al dar el adecuado tratamiento de residuos re utilizables tanto 24
para la municipalidad como para los otros agentes que puedan incluirse en la 25
cadena de valor. Es que de parte de la Junta Directiva local del Banco Nacional, 26
Sucursal Cartago queremos proponer la posibilidad de un financiamiento especial 27
para proyectos municipales que se enfoquen en la adecuada recolección y 28
tratamiento de los residuos re utilizables que desechan los habitantes del 29
Cantón…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e 30
N° 275-2019
informe del Área Administrativa Financiera en conjunto con el Área de 1
Operaciones, somete a discusión, suficientemente discutido, somete a votación, 2
se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores 3
Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, 4
González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, 5
Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio 6
e informe del Área Administrativa Financiera en conjunto con el Área de 7
Operaciones. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo señor Rodny 8
Chacón Jiménez Presidente Junta Directiva Local del Banco Nacional, Sucursal 9
Cartago al correo electrónico [email protected] o [email protected] , 10
al Ing. Jorge Araya Serrano Encargado del Área de Operaciones, a la Licda. 11
Jeannette Navarro Jiménez Encargada del Área Administrativa Financiera y al 12
Alcalde Municipal. ----------------------------------------------------------------------------------- 13
ARTÍCULO XLVII. -SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA USO DE 14
CARRETERA, PRESENTADA POR EL PBRO. HERMER GONZALO QUIRÓS 15
COTO CURA PÁRROCO DE LA PARROQUIA SAN JOSÉ DE LLANO 16
GRANDE. ---------------------------------------------------------------------------------------------17
Se conoce oficio AM-IN-0315-2019 de fecha 30 de octubre del 2019, suscrito por 18
el señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite oficio de 19
fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por el Pbro. Hermer Gonzalo Quirós Coto 20
Cura Párroco Parroquia San José de Llano Grande, y que dice: “…Reciba un 21
cordial saludo de parte de su servidor y del equipo de trabajo de la organización 22
del Primer Festival de la Luz Llano Grande, Cartago. Como servidor parroquial y 23
en conjunto al equipo de trabajo, hemos reflexionado sobre la propuesta de varios 24
miembros de la comunidad y el deseo de vivir las fiestas navideñas de una forma 25
diferente, es por esto que con el fin de ofrecer a las familias y los visitantes del 26
Distrito de Llano Grande, un espectáculo de fantasía con ocasión a estas 27
festividades, hemos decido hacer varias actividades propias de esta época. Una 28
de ellas el Primer Festival de la luz, Llano Grande de Cartago a llevarse a cabo el 29
22 de diciembre a partir de las 5:30 p.m, saliendo de la escuela de Llano Grande 30
N° 275-2019
hacia el Templo Parroquial, es por esta razón que solicitamos su autorización para 1
el uso de la carretera al sur del Centro Parroquial y la del Norte de la Mucap, para 2
llevar a cabo de una forma ordenada dicha actividad. Se le agradece 3
anticipadamente su deferencia, para poder llevar a cabo dicho proyecto que 4
servirá de impulso para beneficios futuros de nuestro Distrito. Dios nuestro Padre 5
por medio de su Hijo Jesucristo con la protección de la Santísima Madre bajo la 6
advocación de nuestra Señora de los Ángeles y San José su castísimo esposo, 7
bendiga sus hogares y sus actividades diarias. Si desea alguna información 8
adicional por favor no dude en comunicarse al 2530-01-51 0 al 890541-14 con 9
Richard Aguilar…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a 10
estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Culturales, somete a 11
discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 12
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 13
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 14
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 15
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 16
Comisión Permanente de Asuntos Culturales. Notifíquese este acuerdo con 17
acuse y fecha de recibo al señor Pbro. Hermer Gonzalo Quirós Coto Cura Párroco 18
Parroquia San José de Llano Grande al teléfono 25300451, a la Comisión 19
Permanente de Asuntos Culturales y al Alcalde Municipal. ------------------------------ 20
ARTÍCULO XLVIII. -SOLICITUD PERMISOS RESPECTIVOS PARA EL 21
SEGUNDO FESTIVAL NAVIDEÑO CORRALILLO 2019. -------------------------------22
Se conoce oficio suscrito por la señora Marlene Monestel del Comité de la Banda 23
Municipal de Corralillo, y que dice: “…Somos el Comité de la Banda Municipal del 24
Distrito de Corralillo. Luego de saludarles y desearles que se encuentren muy 25
bien de salud, nos dirigimos a ustedes con todo respeto para solicitarles muy 26
amablemente los permisos respectivos para el segundo Festival Navideño 27
Corralillo 2019 a realizarse el día 15 de diciembre del presente año. Sera un 28
festival con 3 bandas y un grupito de niños que van a participar en canto y bailes, 29
en la plaza de deportes. Dicho recorrido será saliendo del súper Los Pinares 30
N° 275-2019
pasando frente al templo católico y entrando a la plaza, será un recorrido de 500 1
metros y tardará como una hora hasta entrar a la plaza, por eso necesitamos 2
cerrar la carretera distrital por un tiempo de 30 minutos, ya que esta la calle de la 3
escuela aledaña mientras se pasa por el templo y se entra a la plaza, la actividad 4
está programada de 6.a 8:30pm. Acudimos a ustedes siendo conocedor de su 5
espíritu de colaboración para este tipo de actividades, más aún por el bienestar y 6
desarrollo del distrito, estas son actividades que no debemos dejar que 7
desaparezcan, ellas representan la cultura, las tradiciones y la alegría de celebrar 8
juntos la época más linda del año la llegada de la Navidad. La Banda Municipal 9
del Distrito de Corralillo tiene como finalidad ofrecer a los niños, jóvenes y adultos 10
de estas comunidades, la posibilidad de desarrollar habilidades y destrezas por 11
medio de la práctica de un instrumento musical ya su vez propiciar el sentimiento 12
de pertenencia a un grupo de personas con el objetivo de desarrollar habilidades 13
comunicativas…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a 14
estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Culturales, somete a 15
discusión, suficientemente discutido, somete a votación, se acuerda por 16
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 17
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 18
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 19
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 20
Comisión Permanente de Asuntos Culturales. Notifíquese este acuerdo con 21
acuse y fecha de recibo a la señora Marlene Monestel del Comité de la Banda 22
Municipal de Corralillo al teléfono 8648-3789, a la Comisión Permanente de 23
Asuntos Culturales y al Alcalde Municipal. --------------------------------------------------- 24
ARTÍCULO XLIX. -SOLICITUD DE LA FUNDACIÓN COSTA RICA- CANADÁ DE 25
AUTORIZACIÓN Y AVAL DE QUE SE AUTORICE EXPRESAMENTE LA 26
UTILIZACIÓN DEL TERRENO DESTINADO ORIGINALMENTE A 27
FACILIDADES COMUNALES, PARA CONSTRUIR UNA PLANTA DE 28
TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN EL PROYECTO 29
HABITACIONAL VALLE DEL SOL EN TIERRA BLANCA. ----------------------------30
N° 275-2019
Se conoce oficio FVR-GG-226-2019 de fecha 31 de octubre del 2019, suscrito por 1
el señor Juan José Umaña Vargas Gerente General Fundación para la Vivienda 2
Rural Costa Rica- Canadá, y que dice: “…Petición: Previo a solicitar al BANHVI 3
los recursos necesarios para el financiamiento del nuevo sistema de tratamiento 4
propuesto, es necesario obtenerla autorización y el aval de la Municipalidad de 5
Cartago para efectos de que se autorice expresamente la utilización del terreno 6
destinado originalmente a facilidades comunales para construir ahora una planta 7
de tratamiento de aguas residuales, todo ello con el fin de poder solventar 8
técnicamente el problema descrito en el presente oficio, lo cual permitirá beneficiar 9
no solo a las familias que ocupan actualmente las viviendas afectadas sino 10
también a todas las familias que conforman la totalidad del proyecto. Con la 11
autorización citada se podrá continuar con los trámites y acciones necesarias para 12
factibilizar la construcción de dicha planta de tratamiento, Io cual impactará 13
positivamente la salud y el ambiente de las familias que conforman el proyecto 14
habitacional Valle del Sol…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone 15
trasladar a estudio e informe de la Comisión Permanente de Obras Públicas y en 16
informe conjunto de los departamentos de Operaciones y el departamento de 17
Urbanismo, informe el cual debe ser remitido a la comisión, se somete a discusión, 18
suficientemente discutido, se acuerda por unanimidad de nueve votos 19
afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero 20
Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro 21
Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares 22
Ramírez, trasladar a estudio e informe de la Comisión Permanente de Obras 23
Públicas y en informe conjunto de los departamentos de Operaciones y el 24
departamento de Urbanismo, informe el cual debe ser remitido a la comisión. 25
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al señor Juan José Umaña 26
Vargas Gerente General Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica- Canadá 27
teléfono 2207-8400, a la Comisión Permanente de Obras Públicas, al Ing. Jorge 28
Araya Serrano Encargado del Área de Operaciones, al Arq. Juan Carlos Guzmán 29
Víquez Jefe Departamento de Urbanismo y al Alcalde Municipal. --------------------- 30
N° 275-2019
ARTÍCULO L. -SOLICITUD PERMISO ESPECIAL POR PARTE DEL SIVEFAC 1
PARA LABORAR LOS DÍAS NO DE FERIA EN EL MES DE DICIEMBRE. -------2
Se conoce oficio de fecha 31 de octubre del 2019, suscrito por el señor Gustavo 3
Montoya Ramírez Secretario General SIVEFAC, y que dice: “…Me permito 4
saludarles muy cordialmente así como brindarles los mejores deseos para las 5
festividades del mes de diciembre, además en referencia al ya conocido y 6
tradicional permiso especial para laborar los días 2, 3, 4, 9, 10, 11, 16, 17, 18, 23, 7
24, 30 y 31 de diciembre del año en curso(días no de feria), así como ampliar el 8
horario los días domingos 8 y 15 de diciembre hasta las 3:00 pm y domingos 22 9
y 29 de diciembre hasta las 5:00 pm, para que se realicen las ventas de productos 10
navideños y otros durante todo el mes de diciembre, como ya ha sido tradición, a 11
petición de los afiliados al SIVEFAC, en vista de que no se cuenta con ningún tipo 12
de prestación (llámese aguinaldo), como el caso contrario al sector trabajador 13
público, privado y gubernamental. Es así que les solicitamos con mucho respeto 14
se apruebe el permiso para laborar el mes de diciembre completo, para que los 15
inquilinos afiliados tengan más oportunidad de realizar su pequeño aguinaldo, 16
para así poder solventar las necesidades de sus familias en las vísperas 17
navideñas, regalos de sus hijos y los tamalitos. También les solicitamos al 18
honorable Consejo Municipal, se apruebe el permiso con un cobro adicional solo 19
del 50% y no del 100% como en años anteriores, ya que por la estructura de la 20
feria nosotros pagamos el mes completo y laboramos 16 días al mes, ya que los 21
gastos devengados de estos días están más que cubiertos por los días que no se 22
trabajan y que se pagan mes a mes durante todo el año, además de que se 23
trabajan con el mismo horario del Mercado que permanece abierto durante estos 24
días. Así como también contemplando que el reglamento en su artículo 8 dice 25
textualmente: Artículo 8. Horario extraordinario. En las festividades indicadas por 26
ley o en los respectivos contratos de arrendamiento o en ocasiones especiales 27
debidamente justificadas, el Mercado podrá prestar sus servicios en forma 28
extraordinaria, siempre y cuando el interés por laborar alcance un mínimo del 75% 29
de los arrendatarios del Mercado según se indique al administrador del Mercado. 30
N° 275-2019
Los gastos administrativos que ocasione el funcionamiento extraordinario del 1
Mercado, determinados por el proceso de contabilidad municipal, serán 2
cancelados en forma proporcional y previa por los inquilinos que lo hayan 3
solicitado, en las cajas recaudadoras de la Municipalidad. El pago de horas extras 4
a los funcionarios municipales destacados en el Mercado el día en que su horario 5
se vea ampliado en conformidad con este artículo, se realizará de acuerdo con las 6
disposiciones reglamentarias vigentes en esa Municipalidad. No dice este 7
reglamento que deba cobrarse un 100%; además se debe contemplar que ya se 8
cubre en los costos de servicios personales más de 000 000 al año para horas 9
extras del personal. Se debe contemplar además que se trabaja con el horario 10
normal los días entre semana, solo el caso de los domingos que se extendería el 11
horario…”. –Visto el documento, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e 12
informe de la administración del Mercado, se somete a discusión, suficientemente 13
discutido, se somete a votación quedando la misma ocho votos afirmativos de 14
los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 15
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 16
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada y Brenes Figueroa, vota negativo el 17
regidor Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la administración 18
del Mercado. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al señor 19
Gustavo Montoya Ramírez Secretario General SIVEFAC al correo 20
[email protected], al Lic. Guillermo Rodríguez Hernández Administrador del 21
Mercado Municipal y al Alcalde Municipal. --------------------------------------------------- 22
ARTÍCULO LI. -MOCIÓN RELACIONADA A LA APROBACIÓN DE UN 23
REGLAMENTE DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DE 24
CARTAGO. -------------------------------------------------------------------------------------------25
Se conoce moción firmada y presentada por el regidor Pichardo Aguilar, y que 26
dice: “…Considerando que: 1. el Reglamento Interior de Orden, Dirección y 27
Debates del Concejo Municipal de Cantón Central de Cartago y sus Comisiones 28
establece en su CAPÍTULO IV sobre la asistencia de particulares ala sesiones 29
del Concejo con motivo de audiencia ante el cuerpo colegiado. 2. de conformidad 30
N° 275-2019
con lo establecido en el Artículo 5 del Código Municipal, las municipalidades 1
apoyarán la realización de consultas populares. 3. de conformidad con el Artículo 2
13 inciso k del Código Municipal, los mecanismos para la celebración de dichas 3
consultas que puede organizar la Municipalidad son cabildo, plebiscito y 4
referendo. 4. la participación ciudadana constituye un mecanismo para que los 5
munícipes del Cantón accedan a las decisiones del gobierno local, siendo pieza 6
fundamental del sistema democrático. 5. el concejo municipal debe contar con un 7
reglamento con profundidad que permita el acceso de la ciudadanía al gobierno 8
local, entendido este último como Concejo municipal y Alcaldía. Dicho reglamento 9
debe ser mayor que el capítulo IV en el reglamento de Orden, Dirección y Debates. 10
Por ejemplo este debe asegurar, que la incorporación de la ciudadanía en la 11
gestión pública se fundamente mediante un enfoque de derechos, además de 12
inclusión y fortalecimiento de la sociedad civil. 6. el artículo 27 del Código 13
Municipal indica que será facultad de los regidores formular mociones y 14
proposiciones. Se mociona para que: 1. el Concejo municipal elabore para 15
aprobación un Reglamento de Participación Ciudadana de la Municipalidad de 16
Cartago, mediante el cual se reflejen los espacios de dialogo desde una base 17
distrital por medio de Concejos de distrito hasta la base cantonal en el seno del 18
Concejo municipal. 2. dicho reglamento aborde las audiencias públicas ante el 19
Concejo Municipal de Cartago como una instancia de participación ciudadana en 20
la cual la ciudadanía tiene la posibilidad de proponer acuerdos al Concejo, como 21
también la discusión de asuntos de interés. 3. dicho reglamento a diferencia del 22
Reglamento de Orden, Dirección y Debates en su artículo 67, conceda las 23
audiencias de conformidad con el orden cronológico estricto de presentación para 24
que el Concejo fije los días de cada mes. 4. el reglamento que debe ser remitido 25
por la comisión de jurídicos al concejo municipal, debe contener los 26
procedimientos y formas para la realización de las audiencias públicas solicitadas 27
por parte de los vecinos y vecinas de Cartago. 5. otras generalidades que surjan 28
mediante proposición de los regidores (as) y órganos de consulta como Concejos 29
de distrito, puedan ser construidas desde la colectividad para ser incorporadas en 30
N° 275-2019
el Reglamento de Participación Ciudadana de la Municipalidad de Cartago. 6. se 1
haga dispensa de trámite de comisión para esta moción presentada. 7. se tome 2
como acuerdo definitivamente aprobado…”. –Vista la moción, el presidente a.i. 3
propone trasladar a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos 4
Jurídicos, suficientemente discutido, se somete a votación quedando la misma 5
ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 6
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 7
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada y Brenes 8
Figueroa, vota negativo el regidor Ovares Ramírez, trasladar a estudio e 9
informe de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos. Notifíquese este 10
acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente de Asuntos 11
Jurídicos y al Alcalde Municipal. ----------------------------------------------------------------- 12
ARTÍCULO LII. -MOCIÓN RELACIONADA CON LA PROBLEMÁTICA DE LOS 13
VECINOS DE SAN PABLO DE LA PITAHAYA DEL DISTRITO DE AGUA 14
CALIENTE. -------------------------------------------------------------------------------------------15
Se conoce moción firmada y presentada por el regidor Pichardo Aguilar, y que 16
dice: “…Considerando que: 1. según oficio UTGV-OF-439-17, suscrito por el Sr. 17
Dennis Aparicio en relación a mantenimiento de vía ubicada 350 metros este de 18
la Escuela de la Asunción en Distrito de Agua Caliente. Dicho oficio lo remite el 19
despacho del Alcalde mediante oficio AM-OF-1054-2017, en respuesta a una 20
vecina del Comité de Vecinos de San Pablo y menciona sobre una revisión técnica 21
para determinar la atención correspondiente del área a cargo y obras que deben 22
ejecutar en conjunto con la Municipalidad de El Guarco. 2. resulta necesario 23
avances para mejorar una acequia en la calle que une Pinares con Asunción, 24
como sus dos tramos, y una alcantarilla dañada que afecta el tránsito de los 25
vecinos que utilizan dicha vía. Se mociona para: 1. se solicite a la administración 26
toda la información técnica y legal sobre lo determinado para atender la 27
problemática por los vecinos de San Pablo de Pitahaya, Distrito de Agua Caliente. 28
2. se rinda un informe sobre la coordinación que la municipalidad puede establecer 29
en conjunto con la Municipalidad de El Guarco para el mantenimiento de vía y 30
N° 275-2019
paso de la alcantarilla en la zona antes mencionada. 3. se tome con dispensa de 1
trámite de comisión y acuerdo definitivamente aprobado…”. –Vista la moción, el 2
presidente a.i. propone trasladar a estudio e informe de la Comisión Permanente 3
de Obras Públicas, se somete a discusión, suficientemente discutido, se somete 4
a votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 5
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 6
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 7
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar 8
a estudio e informe de la Comisión Permanente de Obras Públicas. 9
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente 10
de Obras Públicas y al Alcalde Municipal. ---------------------------------------------------- 11
ARTÍCULO LIII. -MOCIÓN RELACIONADA A SOLICITUD AL SEÑOR 12
ALCALDE ROLANDO RODRÍGUEZ BRENES, SOBRE ACTUALIZACIONES 13
DEL MANUAL DESCRIPTIVO DE PUESTOS Y EL MANUAL DE 14
ORGANIZACIÓN DE FUNCIONES, EN LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS. ---------------15
Se conoce moción firmada y presentada por el regidor Coto Fernández, y que 16
dice: “…El suscrito regidor del Partido Acción Ciudadana, Gonzalo Coto 17
Fernández, considerando que: 1. En la sesión extraordinaria del Concejo 18
Municipal celebrada el pasado 24 de octubre de 2019, en la cual se conoció el 19
resultado de los índices de Gestión Municipal, cuya exposición estuvo a cargo de 20
los técnicos de la administración Marcela Quesada, José Villalobos Chan y Miguel 21
Sánchez, se mostraron algunos resultados que llaman la atención, ya sea por su 22
baja calificación como es el caso de la sostenibilidad de la operación de los 23
servicios de parques y ornato, el depósito y tratamiento de residuos, el 24
presupuesto participativo, la condición de la superficie de ruedo de la red vial 25
cantonal, y en la calificación de excelente llama la atención el puntaje obtenido 26
en el área de contratación administrativa y recursos humanos. 2. El suscrito 27
señaló como hallazgos que en el caso de la contratación administrativa en la 28
evaluación, hay dos aspectos que ante la respuesta de que si se tiene, se obtiene 29
una calificación de 100% el primero de que se da seguimiento de la ejecución de 30
N° 275-2019
contratos y la segunda, están formalmente definidas las responsabilidades de las 1
funciones asignadas a las diferentes actividades relacionadas para el proceso de 2
contratación administrativa. Se señala como hallazgo de que no se cumple en 3
virtud, de que la Fracción del Partido Acción Ciudadana cuando revisa 4
expedientes de contratación ha evidenciado una carencia parcial o total de los 5
expedientes de ejecución y control de los contratos y en otros casos hay evidencia 6
de que entre unidades se responsabilizan unas a otras de quien es el responsable, 7
lo cual evidencia que la respuesta otorgada por la administración para la 8
calificación no corresponde a la realidad. (ver detalle 1.3.4. Aspectos básicos del 9
proceso de contratación. IGM-2018, de la CGR) 10
11
12
13
14
15
3.En cuanto al eje de Recursos Humanos, como se muestra en el detalle obtenido 16
del sistema de evaluación de la CGR, se indica que el manual descriptivo de 17
puestos fue actualizado en el 2017, lo cual hasta donde recuerdo el Concejo 18
Municipal no ha aprobado en los dos últimos dos años una actualización. De igual 19
manera se presenta la situación respecto al Manual de organización y 20
funcionamiento actualizado, el cual se indica que fue actualizado en el 2016, lo 21
cual hasta donde recuerdo no existe un acuerdo del Concejo Municipal que haya 22
aprobado alguna modificación, todo lo contrario en la última exposición del 23
presupuesto 2020 y su plan anual operativo, quedó demostrado en reuniones y 24
sesiones de la Comisión de Hacienda y Presupuesto que la estructura 25
organizativa vigente no corresponde a la realidad en su operación. (ver detalle 26
1.5.2. Administración de Recursos Humanos. IGM-2018, de la CGR) 27
28
29
30
N° 275-2019
1
4.Ante el señalamiento de los anteriores hallazgos el señor José Miguel Villalobos 2
Chan, técnico a cargo del proceso de evaluación y exposición por parte de la 3
Alcaldía Municipal, en forma irrespetuosa, califica mi intervención como temeraria, 4
y que diga (el suscrito) que el equipo técnico de la municipalidad está tratando de 5
montar información falseada a la Contraloría. 5. Tal y como consta en los 6
extractos de la evaluación, obtenidos de sitio web de la CGR, el suscrito no ha 7
realizado otra cosa que mostrar con evidencia documental lo dicho, ahora bien si 8
el señor Villalobos Chan, respaldado por el área de Planificación y el señor 9
alcalde, consideran que lo indicado por esta representación no es cierto, es a 10
ellos a quien le corresponde demostrarlo. 6. Que dado que el Índice de Gestión 11
Municipal, es un instrumento de evaluación tanto interno como externo y que el 12
mismo debe reflejar fielmente lo que acontece en el municipio, y que cualquier 13
duda se debe aclarar y evidenciar y no solamente descalificar irrespetuosamente 14
las observaciones que se realizan, es de LA MAYOR IMPORTANCIA, a la luz de 15
la Ley General de Control Interno, que la administración aclare las observaciones 16
y reacciones que se presentaron en la sesión del 24 de octubre de 2019, donde 17
el IGM fue expuesto y discutido. PRUEBA: 1. Índice de Gestión Municipal y 18
detalle de cada eje que consta en el sitio web de la Contraloría General de la 19
República 2018, y audio de la sesión del Concejo Municipal del 24 de octubre de 20
2019. MOCIONO PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL, CON DISPENSA DE 21
TRÁMITE DE COMISIÓN Y COMO ACUERDO DEFINITIVAMENTE 22
APROBADO, ACUERDE: 1. Solicitar al señor alcalde municipal Rolando 23
Rodríguez Brenes, para que en el plazo máximo de diez días naturales, presente 24
a este Concejo Municipal los acuerdos donde conste que este órgano aprobó las 25
actualizaciones del manual descriptivo de puestos y el manual de organización de 26
funciones, en los dos últimos años. Explique y evidencie que sí existe una 27
asignación de funciones para la ejecución y seguimiento de todas las 28
contrataciones y los responsables de elaborar, actualizar y custodiar los 29
expedientes de ejecución de las contrataciones…”. –Vista la moción, el presidente 30
N° 275-2019
a.i. propone trasladar a estudio e informe de la comisión de Gobierno y 1
Administración, se somete a discusión, se le otorga la palabra al regidor Coto 2
Fernández, quien manifiesta que es una moción que está presentando, que lo 3
anunció en la exposición que realizó el Área de Planificación de los Índices de 4
Gestión Municipal, que es una información que tendrá que dar el señor Alcalde y 5
lo dijo aquí, le parece que es innecesario que vaya a una comisión porque es 6
solicitarle al señor Alcalde que aclare algo que uno de los funcionarios encargados 7
del sistema dijo que él estaba falseando la información, entonces simplemente 8
que se aclare, salvo que quieran ampliar esto y que se vaya a comisión, le parece 9
que no es el objetivo de la moción, la moción es que dado que el funcionario dijo 10
que lo que estaba diciendo él no es cierto, que lo aclara el señor Alcalde y les 11
brinde la información; la propuesta es que se dispense de trámite de comisión y 12
se le solicite la información al señor Alcalde; el presidente a.i. indica que somete 13
a votación la propuesta del regidor Coto Fernández, suficientemente discutido, se 14
somete a votación quedando la misma cinco votos afirmativos de los regidores 15
Coto Fernández, Pichardo Aguilar, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y 16
Ovares Ramírez, votan negativo los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 17
regidora Cubero Maroto, González Rodríguez, Leandro Marín y Muñoz 18
Azofeifa, se rechaza la dispensa de trámite de comisión. El presidente a.i. 19
indica que al no aprobarse la dispensa, se somete a votación el traslado para 20
estudio e informe de la comisión de Gobierno y Administración, se acuerda por 21
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 22
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 23
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 24
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar a estudio e informe de la 25
Comisión Permanente de Gobierno y Administración. Notifíquese este 26
acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente de Gobierno y 27
Administración y al Alcalde Municipal. --------------------------------------------------------- 28
ARTÍCULO LIV. -MOCIÓN REFERENTE A SOLICITUD DE POSIBLE 29
NEGOCIACIÓN, DONACIÓN O COMPRA DE UNA FINCA, CON EL FIN DE QUE 30
N° 275-2019
SE PUEDA DAR LA CONECTIVIDAD ENTRE CUADRANTE URBANO DE 1
COCORÍ Y AGUA CALIENTE. ------------------------------------------------------------------2
Se conoce moción firmada y presentada por el regidor Brenes Figueroa, y que 3
dice: “…CONSIDERANDO: Existe una finca libre de gravámenes hipotecarios y 4
anotaciones, inscrita en el Registro Público, matricula NO 175342—-000, que es 5
parte del eje metropolitano sur Cocorí —Linda Vista, entre el cuadrante urbano de 6
Cocorí y Agua Caliente que presenta condiciones de accesibilidad y conectividad. 7
Que es un área que presenta influencia directa que beneficia la comunidad Cocorí 8
y Agua Caliente desde el punto de vista de circulación vial hacia Agua Caliente, la 9
feria del agricultor, el Ebais, la escuela, la iglesia, transporte público entre otros 10
servicios que son necesarios en ambas comunidades. MOCIONO Y SOMETO A 11
CONSIDERACIÓN DEL HONORABLE CONCEJO, LO SIGUIENTE: Este Concejo 12
Municipal, envié a estudio de la Comisión del Plan Vial de la Cuidad de Cartago, 13
a fin de que se pueda aprobar la posible negociación donación o compra de una 14
parte de la Finca con los respectivos dueños ,indicando que dicha finca se 15
encuentra libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, inscrita en el Registro 16
Público, matricula No. 175342-—000,situada en el distrito cinco, Aguacaliente, 17
Cantón Central, provincia de Cartago, frente a la salida principal de Cocorí y que 18
sale al frente de la escuela Juan Vásquez de Coronado, plano catastrado N OC-19
15230012011 , con en el fin de que se puede dar la conectividad entre cuadrante 20
urbano…”. –Vista la moción, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e 21
informe de la comisión de Obras Públicas, se somete a discusión, suficientemente 22
discutido, se somete a votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos 23
afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero 24
Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro 25
Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares 26
Ramírez, trasladar a estudio e informe de la Comisión Permanente de Obras 27
Públicas. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión 28
Permanente de Obras Públicas y al Alcalde Municipal. ----------------------------------- 29
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ARTÍCULO LV. -MOCIÓN RELACIONADA A SOLICITUD A LA DIRECCIÓN DE 1
INGENIERÍA DE TRÁNSITO DEL MOPT, UN ESTUDIO DE VIALIDAD PARA LA 2
COLOCACIÓN DE UN SEMÁFORO VEHICULAR FRENTE A LA SALIDA 3
PRINCIPAL DE COCORÍ. ------------------------------------------------------------------------4
Se conoce moción firmada y presentada por el regidor Brenes Figueroa, y que 5
dice: “…CONSIDERANDO: Según lo contemplado en la Ley de Administración 6
Vial en el "Artículo 14.- La Dirección de Ingeniería de Tránsito tiene como 7
funciones: a) Estudiar y analizar los problemas de tránsito y formular las políticas 8
de administración de tránsito. b) Elaborar políticas, normas y procedimientos 9
sobre educación vial para todo el país, e implantar el ordenamiento del tránsito 10
que sea necesario con el fin de que haya una reducción de los accidentes. 11
MOCIONO Y SOMETO A CONSIDERACIÓN DEL HONORABLE CONCEJO, LO 12
SIGUIENTE: Este Concejo Municipal solicite a la Administración de la 13
Municipalidad de Cartago, interponga de sus buenos oficios, para que solicite a 14
La Dirección de Ingeniería de Transito del Ministerio de Obras Públicas y 15
Transportes un estudio de vialidad para la colocación de un semáforo vehicular 16
frente a la salida principal de Cocori, porque es un intersección muy conflictiva y 17
circulan muchos estudiantes que se dirigen hacia la escuela , y los ciudadanos 18
que se desplaza a diferentes puntos como el ebais y la iglesia. Con dispensa de 19
trámite de comisión se declare definitivamente aprobado y en firme…”. –Vista la 20
moción, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e informe de la comisión de 21
Obras Públicas, se somete a discusión, suficientemente discutido, se somete a 22
votación, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los 23
regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo 24
Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz 25
Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, trasladar 26
a estudio e informe de la Comisión Permanente de Obras Públicas. 27
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente 28
de Obras Públicas y al Alcalde Municipal. ---------------------------------------------------- 29
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ARTÍCULO LVI. -MOCIÓN RELACIONADA LA CONTRATACIÓN DIRECTA NO. 1
2019CD-000025-0022030101 “SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA 2
AUDITORÍA DE CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE CALIDAD MUNICIPAL”. –3
Se conoce moción firmada y presentada por el regidor Coto Fernández, y que 4
dice: “…El suscrito regidor del Partido Acción Ciudadana, Gonzalo Coto 5
Fernández, considerando que: 1. La Municipalidad de Cartago promovió el 6
procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA No.2019CD-000025-0022030101 7
“SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA AUDITORÍA DE CERTIFICACIÓN 8
DEL SISTEMA DE CALIDAD MUNIICIPAL”, cuyo objeto del contrato es: 9
“Realización de auditoría de Certificación del Sistema de Gestión de Calidad 10
Municipal de Cartago bajo la Norma ISO 9001-2015, para cumplir con los 11
requerimientos que exige la normativa internacional y la conformidad del sistema, 12
lo que implica la prestación de los servicios de evaluación del Sistema de Gestión 13
de Calidad de la Municipalidad de Cartago, y en su caso, la certificación del 14
Sistema de Gestión.” 2. Que el día 08 de octubre del año 2019, mediante 15
plataforma electrónica SICOP, se publica el cartel del proceso de Contratación 16
Directa No.2019CD-000025-0022030101. 3. Que en fecha 14 de octubre del año 17
2019 a las 13:00 horas se cerró la recepción de ofertas del concurso que a las 18
13:05 se procede a hacer apertura de las ofertas presentadas mediante la 19
plataforma electrónica SICOP. 4. Que al momento de la apertura ingresaron al 20
concurso dos ofertas, presentadas por las empresas Global Certification Bureau 21
CA Sociedad de Responsabilidad Limitada y por INSTITUTO DE NORMAS 22
TÉCNICAS DE COSTA RICA. 5. Que al 26 de octubre 2019, los anexos de la 23
oferta de Global Certification Bureau CA Sociedad de Responsabilidad Limitada, 24
que correspondían a las evidencias de experiencia, que estaban catalogados por 25
la Proveeduría Municipal como confidenciales en el SICOP, lo cual no permitía la 26
revisión, no fue si no después de diversas gestiones y cuestionamientos que la 27
Proveeduría los clasificó como públicos para que cualquier interesado pudiera 28
revisarlos. 6. Que según consta en la certificación de personería presentada por 29
la empresa Global Certification Bureau CA Sociedad de Responsabilidad Limitada 30
N° 275-2019
y que consta en el expediente electrónico, dicha sociedad fue inscrita el veintidós 1
de junio de dos mil dieciocho (un año y tres meses antes de la apertura de las 2
ofertas) 7. Que mediante el oficio de análisis técnico aportado por el Ingeniero 3
José Miguel Villalobos Chan, se indican los parámetros de calificación de las 4
ofertas y detalles técnicos de cumplimiento de estas del cual se desprende la 5
calificación de las ofertas presentadas: GLOBAL CERTIFICATION BUREAU CA 6
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: 100%, INSTITUTO DE 7
NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA: 74.93%. 8. En dicha recomendación 8
técnica se encuentran los siguientes aspectos (no conformidades) que no se 9
ajustan a derecho: 8.1 Se califica experiencia de la empresa Global Certification 10
Bureau CA Sociedad de Responsabilidad Limitada obtenida antes de su 11
constitución, lo cual es materialmente imposible que una entidad obtenga 12
experiencia antes de su nacimiento a la vía jurídica. Acreditan experiencia de la 13
empresa Global Certification Bureau S.A., cuando la oferente es Global 14
Certification Bureau CA Sociedad de Responsabilidad Limitada. 15
Coincidentemente esta es la información que estaba clasificada en el SICOP 16
como confidencial según se mencionó en el punto 5 anterior. 8.2 Se califica 17
experiencia del consultor principal David Bejarano sin estar inscrito en el Colegio 18
profesional respectivo. Si bien posteriormente el técnico Villalobos Chan señala 19
un pronunciamiento de la Contraloría General de la República que indica que la 20
obligación de la colegiatura es para el desempeño, por lo cual puede incorporarse 21
una vez adjudicado, también es cierto, y esto lo omite, posiblemente a propósito 22
para mantener la adjudicación, que en resolución de la División de Contratación 23
Administrativa del 19 de diciembre, 2014 DCA-3432 del mismo ente contralor 24
señala que la experiencia que se puede tomar en cuenta y por tanto calificar es a 25
partir de la incorporación al colegio profesional. Para mayor abundancia ver 26
resolución R-DCA-0169-2019 Contraloría General de la República, División de 27
Contratación Administrativa de las diez horas treinta y nueve minutos del veintiuno 28
de febrero del dos mil diecinueve. 7.3. Es notorio el descuido e incluso se podría 29
estar ante un eventual y presunto interés de favorecer indebidamente a la 30
N° 275-2019
empresa Global Certification Bureau CA Sociedad de Responsabilidad Limitada, 1
por parte del técnico Villalobos Chan y del señor proveedor Christian Corrales, al 2
acreditarle a este oferente, la experiencia obtenida por la Global Certification 3
Bureau S.A. incluyendo la brindada por esta última a la Municipalidad de Cartago. 4
7.3 No existe evidencia en el sistema de que haya acreditado títulos y registro 5
profesional del director de la auditoría en el extranjero. 9. La evaluación de 6
carácter administrativa la realiza la señora Génesis Bermúdez Campos, y en 7
general de acuerdo con los registros del SICOP, es quien tiene a cargo esa 8
contratación y no consta que advierta de incumplimientos legales ni 9
administrativos. 10. Consta en el expediente que Ing. Randall E. Dorado Ureña, 10
MBA en su condición de representante legal de GLOBAL CERTIFICATION 11
BUREAU CA S.R.L. hace una declaración jurada de que dicha empresa posee la 12
siguiente experiencia “declaro bajo fe de juramento que hemos realizado las 13
siguientes auditorias para el sector público o Gobierno local, con base en la Norma 14
ISO-9001-2015: (…) 15
Secretaria de Seguridad Publica, Ciudad de México 19 y 20 de diciembre 201616
ISO 9001:2015 17
Secretaria de Seguridad Publica, Ciudad de México 20 de Enero 2017 ISO 18
9001:2015 19
Secretaria de Seguridad Publica, Ciudad de México 29 y 30 Agosto 201720
ISO 9001:2015 21
Secretaria de Seguridad Publica, Ciudad de México 15 de Marzo 2018 ISO 22
9001:2015 23
Municipalidad de Cartago, Costa Rica 21 al 24 Noviembre 2016 ISO 24
9001:2015 25
Municipalidad de Cartago, Costa Rica 4 al 6 Diciembre 2017 ISO 26
9001:2015 27
Municipalidad de Cartago, Costa Rica 26 al 28 de Noviembre 2017 ISO 28
9001:2015” 29
N° 275-2019
Fuente: documento que aporta como “experiencia en el sector.” Se indican solo 1
las que corresponden a antes de junio 2018. Lo anterior es contradictorio con la 2
fecha de constitución de la empresa GLOBAL CERTIFICATION BUREAU CA 3
S.R.L. cédula jurídica 3-102-762039 que de acuerdo con la certificación de 4
personería (ver anexo 1) es el 22 de junio de 2018. Pero adicionalmente las 5
constancias que adjunta como prueba lo son de otra empresa. Por lo que 6
podríamos estar ante una eventual y presunta declaración jurada falsa, con el 7
agravante de que se trata de una empresa auditora de calidad, aspecto que 8
además del eventual delito, constituye una duda más allá de lo razonable sobre la 9
calidad ética y moral de la empresa y sus directores, en los cuales la Municipalidad 10
de Cartago no podría, sin incurrir en responsabilidades, confiar la auditoría de su 11
sistema de calidad, pues ello comprometería interna y externamente la calidad, 12
validez y veracidad de la certificación. 11. Que el día 24 de octubre del 2019, se 13
procede a dictar acto de adjudicación del proceso de la Contratación Directa N° 14
2019CD-000025-0022030101-, “SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA 15
AUDITORIA DE CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD 16
MUNICIPAL”, el cual se recae a la empresa GLOBAL CERTIFICATION BUREAU 17
CA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por obtener la calificación 18
más alta en el cuadro de calificación. 12. Que el día lunes 28 de octubre del 2019, 19
ingresa mediante la plataforma de SICOP, recurso interpuesto por la empresa 20
INTECO, en contra de acto de adjudicación. El proveedor municipal señor 21
Christian Corrales Jiménez, mediante resolución de 31 de octubre de 2019 que 22
consta en el oficio Nº PROV-OF-2647-2019, declara sin lugar el recurso 23
presentado por INTECO, en contra del acto de adjudicación de la Contratación 24
Directa N° 2019CD-000025-0022030101, tramitado mediante la plataforma de 25
SICOP, y se rechaza de plano por improcedencia manifiesta, esto con base en el 26
artículo 88 de la Ley de Contratación Administrativa y articulo 188 incisos A), B) y 27
D), por ende se mantiene invariable el acto de adjudicación tramitado en la 28
plataforma de SICOP el día 24 de octubre del 2019. 13. La adjudicación realizada 29
con los anteriores aspectos que no se ajustan a derecho podrían constituir 30
N° 275-2019
eventuales responsabilidades para quienes: Hayan recomendado técnicamente la 1
calificación, hayan ordenado la adjudicación y quienes hayan firmado la resolución 2
de adjudicación y su ejecución mediante la orden de compra. FUNDAMENTO DE 3
DERECHO: 1. La Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito dispone: 4
“Artículo 57.Influencia en contra de la Hacienda Pública. Serán penados con 5
prisión de dos a ocho años, el funcionario público y los demás sujetos equiparados 6
que, al intervenir en razón de su cargo, influyan, dirijan o condicionen, en cualquier 7
forma, para que se produzca un resultado determinado, lesivo a los intereses 8
patrimoniales de la Hacienda Pública o al interés público, o se utilice cualquier 9
maniobra o artificio tendiente a ese fin. Artículo 58. Fraude de ley en la función 10
administrativa. Será penado con prisión de uno a cinco años, el funcionario público 11
que ejerza una función administrativa en fraude de ley, de conformidad con la 12
definición del Artículo 5 de la presente Ley. Igual pena se aplicará al particular 13
que, a sabiendas de la inconformidad del resultado con el ordenamiento jurídico, 14
se vea favorecido o preste su concurso para este delito. Artículo 59. Inhabilitación. 15
A quien incurra en los delitos señalados en esta Ley, además de la pena principal 16
se le podrá inhabilitar para el desempeño de empleo, cargo o comisiones públicas 17
que ejerza, incluso los de elección popular, por un período de uno a diez años. 18
Igual pena podrá imponerse a quienes se tengan como coautores o cómplices de 19
este delito.” “Artículo 44 bis. Sanciones administrativas a personas jurídicas. En 20
los casos previstos en el inciso m) del artículo 38 y el artículo 55 de esta Ley, y en 21
los artículos del 340 al 345 bis del Código Penal, cuando la retribución, dádiva o 22
ventaja indebida la dé, prometa u ofrezca el director, administrador, gerente, 23
apoderado o empleado de una persona jurídica, en relación con el ejercicio de las 24
funciones propias de su cargo o utilizando bienes o medios de esa persona 25
jurídica, a la persona jurídica le será impuesta una multa de veinte a mil salarios 26
base, sin perjuicio e independientemente de las responsabilidades penales y 27
civiles que sean exigibles y de la responsabilidad administrativa del funcionario, 28
conforme a esta y otras leyes aplicables. // Si la retribución, dádiva o ventaja 29
indebida está relacionada con un procedimiento de contratación administrativa, a 30
N° 275-2019
la persona jurídica responsable se le aplicará la multa anterior o hasta un diez por 1
ciento (10%) del monto de su oferta o de la adjudicación, el que resulte ser mayor; 2
además, se le impondrá la inhabilitación a que se refiere el inciso c) del artículo 3
100 de la Ley N° 7494, Contratación Administrativa. // Sin perjuicio de las 4
potestades de la Contraloría General de la República, será competente para iniciar 5
el procedimiento administrativo e imponer las sanciones previstas en este artículo, 6
cada ministerio o institución que forme parte de la Administración Pública, central 7
o descentralizada, a nombre de la cual o por cuenta de la cual actúe, o a la que le 8
preste servicios el funcionario a quien se le haya dado, ofrecido o prometido la 9
retribución, dádiva o ventaja indebida, de acuerdo con las reglamentaciones 10
aplicables. En los casos a que se refiere el artículo 55 de esta Ley, será 11
competente el Ministerio de Justicia y Paz(*), el cual contará, para esos efectos, 12
con el asesoramiento de la Procuraduría General de la República, en lo 13
pertinente.” 2. En resolución R-DCA-0169-2019 de la Contraloría General de la 14
República, División de Contratación Administrativa de las diez horas treinta y 15
nueve minutos del veintiuno de febrero del dos mil diecinueve, indica: “Elegibilidad 16
de las ofertas, que la experiencia tanto de las empresas Constructoras como del 17
Personal Técnico,(sic) se considerará a partir de la incorporación a Colegio 18
Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), (folio 059 y 729 del expediente 19
administrativo), por lo que en efecto la experiencia del profesional solo puede ser 20
reconocida a partir de la fecha en que se incorporó al CFIA, regulación que se 21
ajusta a la normativa legal existente que habilita el ejercicio profesional a partir de 22
la incorporación a ese Colegio Profesional.” Lo resaltado no es del original. 23
PRUEBA: 1. Expediente de la CONTRATACIÓN DIRECTA No.2019CD-000025-24
0022030101 “SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA AUDITORÍA DE 25
CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE CALIDAD MUNIICIPAL” en poder de la 26
Proveeduría Municipal dentro del sistema de compras SICOP, donde constan, 27
entre otros, los siguientes documentos: 28
1.1. Certificación de personería de GLOBAL CERTIFICATION BUREAU CA 29
S.R.L. cédula jurídica 3-102-762039. (Ver anexo 1) 30
N° 275-2019
1.2. Oferta del GLOBAL CERTIFICATION BUREAU CA S.R.L. y sus 1
documentos. (Ver anexo 2 constancias de experiencia) 2
1.3. Declaración jurada del señor que Randall E. Dorado Ureña, en su condición 3
de representante legal de GLOBAL CERTIFICATION BUREAU CA S.R.L. donde 4
indica que la empresa ha realizado trabajos antes de junio de 2018, fecha de su 5
constitución, y trabajos de esa empresa después, que en sus evidencia consta 6
que corresponden a otro empresa. (Ver anexo 3) 7
1.4 Informe técnico del señor José Miguel Villalobos Chan, en que califica 8
técnicamente, omitiendo aspectos formales y legales a la empresa GLOBAL 9
CERTIFICATION BUREAU CA S.R.L., y le otorga el 100% de los puntos. 10
1.5 Resolución de adjudicación. 11
1.6 Resolución de recurso y confirmación de adjudicación del señor Christian 12
Corrales, Proveedor Municipal. 13
1.7 Orden de compra emitida, que da inicio a la ejecución de la contratación. 14
CON FUNDAMENTO EN LO ANTERIOR y ANTE LA GRAVEDAD DE LOS 15
HECHOS EXPUESTOS MOCIONO, PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL, 16
CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN Y COMO ACUERDO 17
DEFINITIVAMENTE APROBADO, ACUERDE: 1.Solicitar al señor alcalde 18
municipal Rolando Rodríguez Brenes, determine la posibilidad de detener, y 19
eventualmente dejar sin efecto, por los vicios de legalidad señalados, la 20
CONTRATACIÓN DIRECTA No.2019CD-000025-0022030101 “SERVICIOS 21
PROFESIONALES PARA LA AUDITORÍA DE CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA 22
DE CALIDAD MUNIICIPAL” 2. Solicitar al señor alcalde municipal Rolando 23
Rodríguez Brenes ordene la investigación preliminar para que determine las 24
eventuales responsabilidades de los señores José Miguel Villalobos Chan, 25
Encargado Optimizar Recursos Operativos de la Municipalidad de Cartago, por el 26
análisis y recomendación técnica de adjudicar; a la señora Génesis Bermúdez 27
Campos, responsable de la evaluación administrativa y legal en la proveeduría 28
(ver expediente de SICOP); el señor Christian Corrales Jiménez, proveedor 29
municipal, quien confirma la adjudicación, y se determine quién fue el funcionario 30
N° 275-2019
que giró la instrucción de adjudicar a la empresa GLOBAL CERTIFICATION 1
BUREAU CA S.R.L. cédula jurídica 3-102-762039, así como aquellos que hayan 2
ordenado la ejecución mediante la firma de la orden de compra, para lo cual 3
deberá realizarse el procedimiento administrativo a fin de que determine la verdad 4
real de los hechos y realice la recomendación de las eventuales sanciones si ello 5
es procedente, a la luz de lo dispuesto por la Ley de Control Interno, Ley Contra 6
la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito y la Ley de Contratación Administrativa. 7
3.Solicitar al señor alcalde municipal Rolando Rodríguez Brenes nombre un 8
órgano director para que determine la responsabilidad y eventuales sanciones a 9
la empresa GLOBAL CERTIFICATION BUREAU CA S.R.L. cédula jurídica 3-102-10
762039, y de su representante legal Randall Dorado Ureña en la declaración 11
jurada en la que manifiesta que esta empresa posee experiencia y realizó trabajos 12
cuando en realidad, según las evidencias presentadas, lo fue GLOBAL 13
CERTIFICATION BUREAU S. A. según consta en los mismos documentos por 14
ellos aportados en la oferta, lo que podría constituir una declaración falsa. Dicho 15
órgano deberá determinar la verdad real de los hechos y realizar la 16
recomendación de las eventuales sanciones si ello es procedente. 4. Dado que 17
el personal de la Proveeduría Municipal es parte del proceso y que en este caso, 18
el jefe del departamento está involucrado, se recomienda que en las acciones de 19
revisión, investigación y los eventuales órganos no participe ningún funcionario de 20
esa dependencia. 5. Solicitar al alcalde informe al Concejo Municipal el resultado 21
de cada una de las acciones realizadas con las solicitudes anteriores…”. –Vista la 22
moción, el presidente a.i. propone trasladar a estudio e informe de la comisión de 23
Asuntos Jurídicos, se somete a discusión; el presidente a.i. otorga la palabra al 24
regidor Leandro Marín, quien indica que quiere solicitar la dispensa de trámite de 25
comisión, el presidente a.i. somete a votación la dispensa de trámite de comisión, 26
suficientemente discutido, se somete a votación quedando la misma aprobada con 27
ocho votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 28
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 29
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 30
N° 275-2019
Figueroa y Ovares Ramírez, se aprueba la dispensa de trámite de comisión. 1
El presidente a.i. otorga la palabra al regidor Coto Fernández, quien manifiesta 2
que la moción tiene el propósito que la administración genere una serie de 3
acciones o invalide la información que ahí contiene, en relación con la contratación 4
relacionada con la auditoría de certificación del sistema de calidad, lo cual su 5
representación ha encontrado claramente falencias importantes en la acreditación 6
de la experiencia de la empresa a la cual se le está adjudicando la auditoría de la 7
certificación del sistema de calidad, que en criterio de su representación son 8
sumamente graves de acuerdo con la información que poseen y dado que la 9
adjudicación está en firme debe la administración valorar las acciones que 10
correspondan en forma oportuna; por lo que solicita que se le dé el voto positivo 11
a la moción y la firmeza para que pueda la administración proceder según 12
corresponde.- El presidente a.i. indica que somete a votación la moción 13
presentada por el regidor Coto Fernández, se acuerda por unanimidad de 14
nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la 15
regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto 16
Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes 17
Figueroa y Ovares Ramírez, probar la moción por lo tanto. 1.Solicitar al señor 18
alcalde municipal Rolando Rodríguez Brenes, determine la posibilidad de 19
detener, y eventualmente dejar sin efecto, por los vicios de legalidad 20
señalados, la CONTRATACIÓN DIRECTA No.2019CD-000025-0022030101 21
“SERVICIOS PROFESIONALES PARA LA AUDITORÍA DE CERTIFICACIÓN 22
DEL SISTEMA DE CALIDAD MUNIICIPAL” 2. Solicitar al señor alcalde 23
municipal Rolando Rodríguez Brenes ordene la investigación preliminar 24
para que determine las eventuales responsabilidades de los señores José 25
Miguel Villalobos Chan, Encargado Optimizar Recursos Operativos de la 26
Municipalidad de Cartago, por el análisis y recomendación técnica de 27
adjudicar; a la señora Génesis Bermúdez Campos, responsable de la 28
evaluación administrativa y legal en la proveeduría (ver expediente de 29
SICOP); el señor Christian Corrales Jiménez, proveedor municipal, quien 30
N° 275-2019
confirma la adjudicación, y se determine quién fue el funcionario que giró la 1
instrucción de adjudicar a la empresa GLOBAL CERTIFICATION BUREAU 2
CA S.R.L. cédula jurídica 3-102-762039, así como aquellos que hayan 3
ordenado la ejecución mediante la firma de la orden de compra, para lo cual 4
deberá realizarse el procedimiento administrativo a fin de que determine la 5
verdad real de los hechos y realice la recomendación de las eventuales 6
sanciones si ello es procedente, a la luz de lo dispuesto por la Ley de Control 7
Interno, Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito y la Ley de 8
Contratación Administrativa. 3.Solicitar al señor alcalde municipal Rolando 9
Rodríguez Brenes nombre un órgano director para que determine la 10
responsabilidad y eventuales sanciones a la empresa GLOBAL 11
CERTIFICATION BUREAU CA S.R.L. cédula jurídica 3-102-762039, y de su 12
representante legal Randall Dorado Ureña en la declaración jurada en la que 13
manifiesta que esta empresa posee experiencia y realizó trabajos cuando en 14
realidad, según las evidencias presentadas, lo fue GLOBAL CERTIFICATION 15
BUREAU S. A. según consta en los mismos documentos por ellos aportados 16
en la oferta, lo que podría constituir una declaración falsa. Dicho órgano 17
deberá determinar la verdad real de los hechos y realizar la recomendación 18
de las eventuales sanciones si ello es procedente. 4. Dado que el personal 19
de la Proveeduría Municipal es parte del proceso y que en este caso, el jefe 20
del departamento está involucrado, se recomienda que en las acciones de 21
revisión, investigación y los eventuales órganos no participe ningún 22
funcionario de esa dependencia. 5. Solicitar al alcalde informe al Concejo 23
Municipal el resultado de cada una de las acciones realizadas con las 24
solicitudes anteriores. El presiente a.i. solicita la firmeza, somete a votación, se 25
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 26
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 27
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 28
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la firmeza. Notifíquese 29
N° 275-2019
este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente de Obras 1
Públicas y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado. ------------- 2
ARTÍCULO LVII. –ALTERACIÓN ORDEN DEL DÍA. -------------------------------------3
El presidente a.i. somete a votación la alteración del orden del día para incluir los 4
tres dictámenes de la comisión de Gobierno y Administración, se acuerda por 5
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 6
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 7
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 8
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la alteración del orden del día. - 9
ARTÍCULO LVIII. –NOMBRAMIENTO MIEMBROS JUNTA DE EDUCACIÓN 10
ESCUELA CORRALILLO. -----------------------------------------------------------------------11
Se conoce dictamen CPGyA-119-2019 de fecha 05 de noviembre del 2019, 12
presentado por la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, y que dice: 13
“…Para su información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo V, 14
del Acta N° 90-2019, sesión ordinaria celebrada el 05 de noviembre del 2019. 15
ARTÍCULO V. –SOLICITUD NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA JUNTA 16
EDUCATIVA DE LA ESCUELA CORRALILLO. -Se conoce oficio de fecha 28 de 17
octubre del 2019, suscrito por la Licda. Gabriela Peralta Quirós Secretaria a.i. del 18
Concejo Municipal, por el cual remite el artículo XLI acta 271-2019 sesión ordinaria 19
celebrada el día 22 de octubre del 2019, en el cual se conoce oficio de fecha 16 20
de octubre del 2019, suscrito por la MSc. Silvia Garita Mora Directora de la 21
Escuela Corralillo, ubicada en el distrito de Corralillo, circuito 07, por el cual solicita 22
el nombramiento de los miembros para la junta de educación de dicha institución, 23
debido a que la junta actual venció el 16 de octubre del 2019. Se adjuntan las 24
ternas correspondientes. Vistos los documentos, esta comisión acuerda por 25
unanimidad: 1. Recomendar al Concejo Municipal nombrar a los señores: 26
27
28
29
30
N° 275-2019
1
Como miembros de la Junta Educativa de la Escuela Corralillo, para el período de 2
ley correspondiente a partir del 17 de octubre del 2019 al 16 de octubre del 2022, 3
nombramiento que será efectivo a partir de la aprobación por parte del Concejo 4
Municipal. 2. Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, el 5
presidente a.i. somete a discusión el dictamen, suficientemente discutido, somete 6
a votación el dictamen, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos 7
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 8
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 9
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, 10
aprobar el dictamen CPGyA-119-2019 por lo tanto, se nombra a los señores 11
Erika Ortega Salmerón cédula 108650675, María del Carmen Brenes 12
Camacho CC Eleacner María Brenes Camacho cédula 302940459, Carlos 13
Brenes Castillo CC Carlos Alberto Brenes Castillo cédula 302860824, Juan 14
Carlos Brenes Valverde cédula 109600347 y Yendri Alejandra Vargas Umaña 15
cédula 112360867, como miembros de la Junta Educativa de la Escuela 16
Corralillo, para el período de ley correspondiente a partir del 17 de octubre 17
del 2019 al 16 de octubre del 2022, nombramiento que será efectivo a partir 18
del 05 de noviembre del 2019. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de 19
recibo a la MSc. Silvia Garita Mora Directora de la Escuela Corralillo, al Lic. 20
Alejandro Arrieta Sánchez Jefe del Departamento Administrativo Financiero 21
Dirección Regional de Cartago y al Alcalde Municipal. ------------------------------------ 22
ARTÍCULO LIX. –NOMBRAMIENTO MIEMBROS JUNTA ADMINISTRATIVA 23
LICEO BILINGÜE SAN NICOLÁS TOLENTINO. ------------------------------------------24
Se conoce dictamen CPGyA-119-2019 de fecha 05 de noviembre del 2019, 25
presentado por la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, y que dice: 26
“…Para su información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo III, 27
del Acta N° 90-2019, sesión ordinaria celebrada el 05 de noviembre del 2019. 28
ARTÍCULO III. –SOLICITUD NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA JUNTA 29
ADMINISTRATIVA DEL LICEO BILINGÜE SAN NICOLÁS TOLENTINO. -Se 30
N° 275-2019
conoce oficio de fecha 28 de octubre del 2019, suscrito por la Licda. Gabriela 1
Peralta Quirós Secretaria a.i. del Concejo Municipal, por el cual remite el artículo 2
XXXVIII acta 271-2019 sesión ordinaria celebrada el día 22 de octubre del 2019, 3
en el cual se conoce oficio 003516-10-2019 de fecha 16 de octubre del 2019, 4
suscrito por el Dr. Guido Zárate Sánchez Director Liceo Bilingüe San Nicolás 5
Tolentino, ubicado en el distrito San Nicolás, circuito 02, por el cual solicita el 6
nombramiento de los miembros para la junta administrativa de dicha institución, 7
debido al vencimiento de la junta actual el 25 de octubre del 2019. Se adjuntan 8
las ternas correspondientes. Vistos los documentos, esta comisión acuerda por 9
unanimidad: 1. Recomendar al Concejo Municipal nombrar a los señores: 10
11
12
13
14
Como miembros de la Junta Administrativa del Liceo Bilingüe San Nicolás 15
Tolentino, para el período de ley correspondiente a partir del 26 de octubre del 16
2019 al 25 de octubre del 2022, nombramiento que será efectivo a partir de la 17
aprobación por parte del Concejo Municipal. 2. Acuerdo definitivamente 18
aprobado…”. –Visto el dictamen, el presidente a.i. somete a discusión el dictamen, 19
suficientemente discutido, somete a votación el dictamen, se acuerda por 20
unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en 21
lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, 22
Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, 23
Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar el dictamen CPGyA-117-2019 24
por lo tanto, se nombra a los señores Silvia Marjorie Mata Cruz cédula 25
105880607, Sonia María Salazar Garita cédula 302380124, Edwin Hernán 26
Granados Quesada cédula 301971429, Hugo Carpio Quirós cédula 27
301931070 y Elizabeth Guzmán Ortiz cédula 302890305, como miembros de 28
la Junta Administrativa del Liceo Bilingüe San Nicolás Tolentino, para el 29
período de ley correspondiente a partir del 26 de octubre del 2019 al 25 de 30
N° 275-2019
octubre del 2022, nombramiento que será efectivo a partir del 05 de 1
noviembre del 2019. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al el 2
Dr. Guido Zárate Sánchez Director Liceo Bilingüe San Nicolás Tolentino, al Lic. 3
Alejandro Arrieta Sánchez Jefe del Departamento Administrativo Financiero 4
Dirección Regional de Cartago y al Alcalde Municipal. ------------------------------------ 5
ARTÍCULO LX. -NOMBRAMIENTO MIEMBROS JUNTA DE EDUCACIÓN 6
ESCUELA LA GUARIA. --------------------------------------------------------------------------7
Se conoce dictamen CPGyA-117-2019 de fecha 05 de noviembre del 2019, 8
presentado por la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, y que dice: 9
“…Para su información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo IV, 10
del Acta N° 90-2019, sesión ordinaria celebrada el 05 de noviembre del 2019. 11
ARTÍCULO IV. –SOLICITUD NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA JUNTA 12
EDUCATIVA DE LA ESCUELA LA GUARIA. -Se conoce oficio de fecha 28 de 13
octubre del 2019, suscrito por la Licda. Gabriela Peralta Quirós Secretaria a.i. del 14
Concejo Municipal, por el cual remite el artículo XL acta 271-2019 sesión ordinaria 15
celebrada el día 22 de octubre del 2019, en el cual se conoce oficio de fecha 17 16
de octubre del 2019, suscrito por la M.A. Educ. Virginia Corrales Pereira Directora 17
de la Escuela La Guaria, ubicada en el distrito de Corralillo, circuito 07, por el cual 18
solicita el nombramiento de los miembros para la junta de educación de dicha 19
institución, debido a que la junta actual venció el 11 de octubre del 2019. Se 20
adjuntan las ternas correspondientes. Vistos los documentos, esta comisión 21
acuerda por unanimidad: 1. Recomendar al Concejo Municipal nombrar a los 22
señores: 23
24
25
26
27
Como miembros de la Junta Educativa de la Escuela La Guaria, para el período 28
de ley correspondiente a partir del 12 de octubre del 2019 al 11 de octubre del 29
2022, nombramiento que será efectivo a partir de la aprobación por parte del 30
N° 275-2019
Concejo Municipal. 2. Acuerdo definitivamente aprobado…”. –Visto el dictamen, 1
el presidente a.i. somete a discusión el dictamen, suficientemente discutido, 2
somete a votación el dictamen, se acuerda por unanimidad de nueve votos 3
afirmativos de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero 4
Maroto, Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro 5
Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares 6
Ramírez, aprobar el dictamen CPGyA-117-2019 por lo tanto, se nombra a los 7
señores Sonia Mayela Navarro Abarca cédula 304480157, Aron Josué Arroyo 8
Quesada cédula 117160182, Idania Picado Hernández cédula 303270168, 9
Alonso Castillo Ureña cédula 305300237 y German Picado Castillo cédula 10
106850858, como miembros de la Junta Educativa de la Escuela La Guaria, 11
para el período de ley correspondiente a partir del 12 de octubre del 2019 al 12
11 de octubre del 2022, nombramiento que será efectivo a partir del 05 de 13
noviembre del 2019. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la 14
M.A. Educ. Virginia Corrales Pereira Directora de la Escuela La Guaria, al Lic. 15
Alejandro Arrieta Sánchez Jefe del Departamento Administrativo Financiero 16
Dirección Regional de Cartago y al Alcalde Municipal. ------------------------------------ 17
ARTÍCULO LXI. –CONDOLENCIAS. ----------------------------------------------------------18
El presidente a.i. indica que se presenta una moción de la fracción del Partido 19
Acción Ciudadana y los regidores firmantes Céspedes Quesada, Coto Fernández, 20
González Aguilar, Navarro Rossi y Brenes Figueroa, y que dice: “… La fracción 21
del Partido Acción ciudadana y los regidores firmantes, considerando que: el 22
pasado 4 de noviembre falleció la señora María Elena Herrera lobo, quien en vida 23
fue cuñada del compañero regidor Guillermo Lizano. Mocionamos para que con 24
dispensa de trámite de comisión y como acuerdo definitivamente aprobado y en 25
firme y se acuerde: guardar un minuto de silencio en su honor y hacer llegar las 26
condolencias a la familia de don Guillermo Lizano…”. –Vista moción, el presidente 27
a.i. indica que solicita la votación para la dispensa de trámite de comisión, se 28
acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos de los regidores Madriz 29
Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, Pichardo Aguilar, González 30
N° 275-2019
Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, Muñoz Azofeifa, Céspedes 1
Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, aprobar la dispensa de trámite 2
de comisión. El presidente a.i. propone aprobar la moción en conjunto con su 3
firmeza, somete a discusión la propuesta, suficientemente discutido, somete a 4
votación la dispensa, se acuerda por unanimidad de nueve votos afirmativos 5
de los regidores Madriz Jiménez en lugar de la regidora Cubero Maroto, 6
Pichardo Aguilar, González Rodríguez, Coto Fernández, Leandro Marín, 7
Muñoz Azofeifa, Céspedes Quesada, Brenes Figueroa y Ovares Ramírez, 8
aprobar la moción en conjunto con su firmeza. Seguidamente se procede a 9
realizar el minuto de silencio. Envíese las condolencias a la Familia Lizano 10
Gutiérrez y Familia Lizano Herrera. Acuerdo definitivamente aprobado. -------- 11
12
Al ser las veinte horas con cincuenta y cinco minutos, el presidente a.i. levanta la 13
sesión. -------------------------------------------------------------------------------------------------- 14
15
16
Rodrigo Muñoz Azofeifa Gabriela Peralta Quirós 17
Presidente Municipal a.i. Secretaria a.i. Concejo Municipal 18
19
20
Rolando Rodríguez Brenes 21
Alcalde Municipal 22
23
24