Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley...

54
LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000007-CL “CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA PARA QUE REALICE EL DISEÑO Y LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO MUNICIPAL #2”. Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría Heredia Costa Rica

Transcript of Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley...

Page 1: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000007-CL

“CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA PARA QUE REALICE EL DISEÑO Y LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO MUNICIPAL #2”.

Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría

Heredia ● Costa Rica

Page 2: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 2 de 54

Contenido 1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO .................................................................................................. 3

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS .................................................................................................. 5

3. CONSIDERACIONES GENERALES ............................................................................................ 12

4. REQUISITOS GENERALES ........................................................................................................ 14

5. CONDICIONES LEGALES ......................................................................................................... 28

6. DE LAS OFERTAS .................................................................................................................... 30

7. DEL CONTRATO ...................................................................................................................... 33

8. PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL. ................................................ 39

9. FORMA DE PAGO ................................................................................................................... 39

10. DE LA EJECUCIÓN ............................................................................................................... 40

11. CONTROL DE TRABAJO ...................................................................................................... 41

12. CAMBIOS EN LA OBRA ....................................................................................................... 44

13. PRESUPUESTO Tabla N° 1 .................................................................................................. 46

14. CRITERIOS DE EVALUACIÓN............................................................................................... 50

Page 3: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 3 de 54

El Departamento de Proveeduría de La Municipalidad de Santa Bárbara cita en Santa Bárbara frente al Banco de Costa Rica de Santa Bárbara, estará recibiendo ofertas por escrito para la compra de estos Servicios hasta las 14:00 horas del 15 de octubre del dos mil dieciocho (2018).

1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

Objetivo La contratación tiene como objetivo disponer de una empresa que diseñe y elabore VARIAS PROPUESTAS DONDE LA ALCALDIA MUNICIPAL PUEDA SELECCIONAR EL DISEÑO DEFINITIVO para que se proceda con la elaboración de los planos constructivos, así como un documento con las respectivas especificaciones técnicas para que posteriormente ejecute la construcción según las necesidades que la Municipalidad establezca en el cartel de licitación. De la misma manera deberá presentar un plan de demolición con la propuesta de ponerla en marcha, esta propuesta debe contemplar los ajustes de construcción que se deban realizar al edificio que ocupa el CEN CINAI, y las paredes que queden descubiertas con todo lo que implica la construcción del nuevo edificio del ayuntamiento. Justificación La construcción de un segundo edificio municipal al costado oeste de edificio principal obedece a una necesidad real de espacio para ubicar de manera adecuada el departamento de Acueductos, el Archivo Municipal, el comedor para los empleados, así como espacio para una sala de juntas, redes, cuarto eléctrico, además se dispondrá de las condiciones para ubicar oficinas administrativas que actualmente están en áreas sobrecargadas con problemas de hacinamiento. También debe cumplir con la medida sanitaria interpuesta por el Ministerio de Salud por las condiciones en que se encuentra el edificio actual, el cual constituye un peligro por el mal estado de la estructura. Esta inversión significa una oportunidad de mejora para la municipalidad de Santa Bárbara, porque se podrá disponer de un edificio adecuado para la atención del cliente tanto interno como externo en diferentes áreas de trabajo. Ubicación del proyecto: El proyecto se encuentra entre la avenida central y calle 2, al costado oeste de la municipalidad de Santa Bárbara de Heredia. (Figura 1)

Page 4: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 4 de 54

Figura 1 Ubicación del proyecto: googlemaps.com

Alcance Diseño, confección de los planos constructivos y las especificaciones técnicas del edificio con las características que en el documento del cartel se mencionan. Además de la construcción con la modalidad de llave en mano. Los equipos y acabados serán seleccionados por la inspección. El mobiliario y equipo no está dentro de los alcances. La empresa debe de aportar los siguientes insumos en su oferta: Cronograma de Actividades del proyecto, este deberá incluir hitos de control donde

se indique el avance de obra esperado para los desembolsos: una copia en digital. Se debe adjuntar tabla de desglose de costos Planos constructivos del proyecto: una copia planos 90x60 y en digital autocad o revit

(CD) según lo solicite la inspección. La empresa debe aportar dos propuestas de distribución arquitectónica a la

municipalidad dentro de su oferta. Prevista (con criterio estructural estructural) para construir un puente que una los dos

edificios (Edificio principal con el nuevo, el punto específico se definirá en campo) para está prevista se debe de colocar un ventanal de piso a viga corona.

El diseño estructural deberá calcularse para un 3 nivel. En la obra se dejará prevista para continuar con un piso más en el futuro. La prevista deberá contemplar una futura instalación de paneles solares en el techo en un sector del edificio. El techo del segundo nivel se debe de construir con sistema prefabricado de viguetas y bloques de concreto.

Page 5: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 5 de 54

Prevista del sistema de recolección, almacenamiento y distribución de agua pluvial para segundo uso (servicios sanitarios, lavado de instrumentos, maquinaria con un rebalse al sistema de alcantarillados. Se deberá de contemplar dentro del diseño el tanque de almacenamiento, se debe incluir bomba de agua, su capacidad deberá ser justificada con los cálculos respectivos.

El edifico deberá estar diseñado para el uso de generador eléctrico, se debe incluir el generador, su capacidad deberá ser justificada con los cálculos respectivos.

El diseño eléctrico deberá contemplar previstas para la instalación de paneles solares. Especificaciones Técnicas en digital en formato Word y PDF. Presupuesto detallado formato Excel y PDF. Listado de los equipos y fichas técnicas. Carta que certifique la calidad de los trabajos. Carta que certifique la calidad de la pintura del edificio, mínimo 3 años de garantía. Tramitología del proyecto ante el CFIA y otras instituciones como Bomberos, M. Salud,

etc. (incluido SETENA de ser necesario). El contratista debe de tramitar los permisos con sus respectivos profesionales.

Tramitología del proyecto ante el INS. Tramitología del proyecto ante la Municipalidad. Plan de salud ocupacional por escrito impreso y en digital. Plan de manejo de los residuos sólidos y líquidos de la obra. Impreso y en digital. Completar la Tabla N° 1 de actividades. Nota 1: Una vez adjudicado el proyecto, la empresa adjudicada realizará con el visto bueno de la municipalidad la propuesta final del diseño arquitectónico, estructural, electromecánico y otras del edificio, para la elaboración de los planos y los permisos correspondientes. Además deberá de facilitar a la Municipalidad los planos en digital en formato DWG y formato PDF. Nota 2: La tabla N° 1 debe de contemplar todas las actividades constructivas que se desarrollarían en la obra. Si en la tabla 1 faltan actividades se deben de completar agregándolas.

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS El proyecto consiste en la construcción de un edificio con un área de 216 metros cuadrados por piso para un total de 432 m2 de construcción, edificio de dos niveles. Debe de contemplar los siguientes aposentos (ver cuadro de áreas base para la distribución). Nota: En el Cuadro 1 se muestra las áreas aproximadas que se exponen a continuación, se debe de contemplar el reglamento de construcciones vigente en el país para poder

Page 6: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 6 de 54

diseñar las dimensiones de los aposentos conforme al cumplimiento de la ley y las necesidades básicas de la municipalidad, además se debe de tener presente los reglamentos de accesibilidad, entre otros. Cuadro 1 de aposentos a considerar en el diseño:

PRIMER NIVEL

Aposentos Uso Cantidad Área Aproximada

Unidad

Archivo 1 25 m2

Servicio Sanitario

Público 1 12 m2

Servicio Sanitario

Privado 1 7 m2

Sala Espera Uso común, espacio de escaleras, pasillos y elevador

1

60

m2

Recepción Uso común 1 Oficina 1 Ingeniera

Acueducto 1 10 m2

Oficina 2 Contador 1 10

m2 Oficina 3 Auxiliar

Contador y otro espacio adicional

2

Oficina 4 Responsable Obras

1 6 m2

Oficina 5 Administrador del Acueducto

1 15 m2

Área de Limpieza

Limpieza 1 4 m2

Área cuarto de cuarto eléctrico

Cuarto eléctrico

1 4 m2

Cuarto de maquinas

Cuarto de máquinas de bombas

1 8 m2

Comedor Comedor empelados

1 55 m2

Sub total:

216 m2

Page 7: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 7 de 54

SEGUNDO NIVEL

Aposentos Uso Cantidad Área Aproximada

Unidad

Oficina Principal

Alcaldía 1 25

m2

Servicio Sanitario

Alcaldía 1

Sala de reuniones

Alcaldía 1 30 m2

Oficina 1 Secretaria 1 8 m2

Oficina 2 Abogado 1 15 m2

Oficina 3 Abogado 1 m2 Oficina 4 Asesor 1 15 m2 Oficina 5 Asesor 1 m2 Servicio Sanitario Mujeres

Empleados 1

15

m2

Servicio Sanitario Hombres

Empleados 1

15

m2

Área de redes Cuarto Redes 1 4 m2 Pasillos Pasillo 1 15 m2

Área de limpieza

Cuarto de limpieza

1 4 m2

Áreas comunes

Escalera del piso 1, escalera de la azotea, área de descanso, elevador

1

35

m2

Balcón Balcón para ventilación natural

1 25 m2

Bodega Bodega 1 10 m2 Sub total: 216 m2

CENCINAI

Aposentos Uso Cantidad Área Aproximada

Unidad

Paredes nuevas

Salones 1 Variable m2

Page 8: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 8 de 54

La empresa adjudicada realizará en conjunto con la municipalidad la propuesta final del diseño arquitectónico, estructural, electromecánico y otras del edificio. NOTAS CONSTRUCTIVAS: La empresa adjudicada para la obra, deberá construir las paredes divisorias necesarias que tiene el edificio en la actualidad. El proyecto debe de cumplir con las normativas nacionales para poder verificar los accesos y espacios mínimos de trabajo. Además de la ventilación e iluminación. Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos deberán ser de alta calidad y serán escogidos por la inspección (deberá aportar dos opciones mínimo) y se deberán de presentar con el formato que la inspección designe. La estructura de techo deberá ser de sistema prefabricado de viguetas y bloques de concreto. En la sección de concreto se deberá dejar las previstas para colocar tanque de agua potable y equipos de aires acondicionados, paneles solares, entre otros. Los diseños estructurales deben de cumplir con la normativa nacional del CSCR-2010. Los diseños electromecánicos deben de cumplir con la normativa nacional, Código Eléctrico vigente en el país, Código de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias en edificaciones 2017. Las paredes perimetrales deben de ser de concreto de mampostería clase A y las paredes internas pueden ser livianas con aislamiento acústico para la oficina de la alcaldía y sala de reuniones pero que sean resistentes y que cumplan con los estándares de calidad. El tipo de pared liviana interna será seleccionada por la inspección de la municipalidad. La empresa deberá conectarse al cuarto de comunicación principal de redes existente del edifico principal. Y el cuarto nuevo debe de cumplir con toda la normativa. Debe de contemplar con las previstas del sistema de aire acondicionado (equipo). Las aguas pluviales serán depositadas al colector pluvial, en el costado sur del edificio. Pero se debe contemplar además la construcción de un tanque de agua pluvial que cumpliría la función de tanque de almacenamiento pluvial para reutilizar el agua dentro del edificio. Se debe de contemplar las previstas para el sistema de reutilización de las aguas de lluvia dentro del edificio.

Page 9: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 9 de 54

Las aguas sanitarias serán colocadas en un nuevo sistema de aguas negras tipo fosa biológica con prevista para conectarse en el futuro a la red de alcantarillado sanitario, su ubicación será en el espacio del jardín del actual Cen-Cinai, este edificio y el predio es municipal. Los diseños y estudios del sistema lo deben de hacer la empresa contratada. Se debe dejar todas las previstas para la colocación de las redes (telecomunicaciones, internet) del proyecto y otras sean necesarias, como energía solar. La bodega de la obra puede ser móvil y la ubicación de la misma se acordará junto a la inspección. O también la inspección designará un espacio para la construcción de la misma. Las ventanas a colocar deben de tener cedazo mosquitero. Y también pueden ser parte de la fachada del edificio para aprovechar la luz natural. Dentro del diseño en las fachadas se debe contemplar la colocación de punto de anclaje para futuros mantenimientos, este apartado se define con la inspección. La demolición, acarreo y disposición final debe de correr por cuenta del contratista, se debe presentar documentación del sitio oficial de la disposición final. La azotea se debe de impermeabilizar y además se debe de construir un espacio para las gradas que llevan a la azotea, de tal forma que se proteja de la lluvia. Las puertas de acceso deben ser con sistemas de barras anti pánico, y resistentes al fuego. Los accesorios deben ser de muy buena calidad. La cerrajería debe ser de muy buena calidad y la inspección será la que defina el tipo de cerraduras y accesorios, igual o superior a Stanley K2. La grifería debe ser de muy buena calidad igual o superior a Helvex. La losa sanitaria debe ser aprobada por la inspección para su colocación. Igual o superior a Incesa Estándar. Las escaleras deben tener barras en las barandas según indica la legislación vigente. La puerta principal debe tener un sistema de acceso electrónico y una cortina metálica. En la primera planta se debe tener dos accesos, el principal y un secundario. En las fachadas se puede contemplar parasoles.

Page 10: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 10 de 54

Los pisos deben ser de porcelanato de alto tránsito, igual o superior a la marca MIRAGE. Dentro de los alcances de la obra está la reconstrucción de la acera y caño perimetral de la obra, debe incluir loseta guía según la Ley 7600. Las escaleras pueden ser de concreto o de estructura de acero. El ducto del elevador puede ser de concreto o de estructura de acero. El estudio de suelos y pruebas de infiltración, y otros adicionales lo debe hacer la empresa que gane la licitación. Debe contemplar sistema de extracción y aire acondicionado o sistema de ventilación natural. La oficina del alcalde y la sala de reuniones si debe tener aire acondicionado. En el comedor se puede contemplar ventiladores. OBRAS PROVISIONALES Este capítulo se refiere a las instalaciones provisionales para el buen desarrollo de la obra, las cuales deben ser realizadas previamente a la iniciación de la construcción propiamente dicha. La localización y disposición de todas las construcciones provisionales, deberá contar con la aprobación expresa del Inspector de la obra. CIERRE PROVISIONAL DE ACERAS El Contratista se ajustará a las disposiciones municipales locales sobre el cierre provisional de aceras y caminos, y cubrirá los costos del mismo. Además, tomará por su cuenta medidas de protección para los peatones, incluyendo barandas, tablas, letreros, cintas de seguridad, etc. CERRAMIENTO DE LA ZONA DE TRABAJO El contratista deberá habilitar una entrada exclusiva al sitio para que la obra que cuente con las facilidades de acceso tanto para el personal, como para equipos y material de la construcción. Se deberá realizar un acceso peatonal de forma independiente del acceso vehicular el cual debe contar con la debida señalización. Dicho acceso, con su respectivo cerramiento, es de gran importancia ya que es necesario para el inicio del proyecto y su utilidad es exclusivamente durante el período de construcción y debe ser retirado una vez

Page 11: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 11 de 54

que la obra finalice, dejando el lugar en iguales o mejores condiciones de cómo se encontró. Descripción de actividades del cerramiento temporal: Materiales: El cerramiento se hará en láminas metálicas HG 28 (en buen estado), o bien con malla electrosoldada y un recubrimiento de zarán (en buenas condiciones) en toda la periferia del proyecto con una altura de cerramiento no menor a 2.5 metros según lo determine la inspección. Proceso de cerramiento provisional: Previamente limpiar el terreno de obstáculos e irregularidades. El cerramiento será sobre la acera y calzada (costado sur, y costado este de ser

necesario), previa autorización de la inspección. Los postes deben ser anclados y no permitir perforar la calzada para las cimentaciones de los postes.

La distancia entre cada poste será de 2.00mts. C.A.C. y @ 3 postes (6 metros) un arriostre anclado al piso.

A continuación, se colocará concreto a la cimentación y se colocará el poste nivelándolo y aplomándolo adecuadamente.

Finalizada la colocación de postes y antes de colocar la malla o lámina, se debe limpiar el área.

La instalación de la malla debe quedar en contacto con el terreno o apenas enterrada para evitar que pueda ser desinstalada por animales.

BODEGA Y OTRAS CONSTRUCCIONES PROVISIONALES El Contratista deberá proveer todas las construcciones provisionales para asegurar el buen desarrollo de la obra, tales como bodegas, cercas, habitación para el guarda, servicios sanitarios, comedores y oficina. Esta última deberá contar con las comodidades necesarias para realizar la labor de reuniones de coordinación e Inspección, archivos ordenados de planos, especificaciones y bitácora de la obra. Dentro de las instalaciones deberá proveerse un sitio adecuado para la protección y curado de muestras de concreto. USO Y PRESERVACIÓN DE LA PROPIEDAD Y DE LA OBRA Cuando se trate de obras en espacio abierto, el Contratista estará obligado, de acuerdo con las indicaciones de la Inspección, a construir una cerca que delimite bien el área de las obras, cuyas características en cuanto a altura, tipo, etc. serán a convenir por ambas partes, tomando como base el criterio del inspector de la obra.

Page 12: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 12 de 54

El Contratista mantendrá sus equipos y herramientas, el almacenamiento de materiales y las actividades de sus trabajadores, dentro del límite de terrenos o espacios que le sean señalados por medio de los inspectores y no acumulará innecesariamente en otros sitios del cantón sus materiales o equipos. El sitio se pone a disposición del Contratista únicamente para los fines específicos derivados del contrato. El Contratista no podrá ejecutar, dentro del sitio asignado, otras obras o actividades que las relacionadas con el objeto del contrato. Hasta la Inspección final de la obra y su recepción provisional, ésta se hallará bajo el cuidado y responsabilidad del Contratista, quien deberá tomar las precauciones necesarias para evitarle cualquier daño, ya fuera por la acción de los elementos naturales, vandalismo o por otra razón cualquiera. También como parte del control durante el proceso constructivo el contratista deberá emitir dentro de las posibilidades la menor cantidad de contaminación sónica posible así como de polvo, en caso de presencia de polvo constante durante el proceso la inspección estará en la posibilidad de solicitar sin costo para la institución que las zonas aledañas (dentro del cerramiento) al proyecto sean regadas con agua potable para disminuir la presencia del mismo, lo anterior deberá de realizarse por medio de un camión cisterna para una distribución más rápida del agua en las zonas que se vean afectadas. En caso que la presencia de polvo persista se solicitará que en el sector afectado el contratista de más altura al cerramiento de modo que el bloqueo sea mayor. Esto sin generar costo adicional en la contratación.

3. CONSIDERACIONES GENERALES

Antes de iniciar los trabajos se valorará, junto con la inspección, la adecuación del lote o espacio a edificar los espacios existentes cerca del edificio para colocar las cabinas sanitarias, la bodega de materiales y el cerramiento temporal del sitio el cual, se debe ejecutar antes de la cimentación.

Las instalaciones provisionales que tienen que ver con agua potable y energía los

tramitará el contratista una vez que la inspección le entregue los planos debidamente visados; para efectos constructivos el contratista de la obra solicitará un servicio provisional de abasto de agua y electricidad (el consumo generado por la construcción debe ser cancelado por el contratista), y será a partir del momento que la institución reciba de modo provisional la obra, que se procederá a cancelar los debidos consumos generados en cada sistema.

Todos los costos asociados a estos rubros deben ser cubiertos por el contratista.

Page 13: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 13 de 54

El contratista deberá considerar en su oferta, los posibles tiempos y costos de importación de materiales y equipos específicos del proyecto.

La demolición del edifico es responsabilidad del contratista. El contratista deberá garantizar, en todo momento, la limpieza del espacio a construir.

Para ello, se exigirá siempre la limpieza periódica, en el sitio y zonas adyacentes. También será responsabilidad del contratista la recolección periódica y así como la disposición de los escombros y otros desechos que se generen durante el proceso constructivo con una frecuencia no superior a siete (7) días; según sea la necesidad. No se permitirán acumulaciones de desechos en las cercanías del edificio, ni en las zonas públicas.

Todos los trabajadores deberán cumplir con las condiciones de salud laboral exigidas

por la reglamentación vigente a nivel nacional e indicado en estas especificaciones y deberán permanecer siempre debidamente identificados.

El contratista deberá presentar un plan de Salud y Seguridad Ocupacional y de

Residuos Sólidos y Líquidos a implementar durante la ejecución de las obras, los equipos de seguridad deberán cumplir con la normativa vigente para cada uso. El plan a presentar no solo debe contemplar los aspectos de seguridad y comportamiento de los trabajadores, sino definir con claridad las políticas y lineamientos de almacenaje de materiales peligrosos y disposición de los desechos del proceso constructivo. Deberá notificar de forma oportuna la persona encargada de la gestión de prevención de riesgo laboral. La persona debe de estar en el proyecto un mínimo una vez a la semana y podrá asumir la parte ambiental y salud ocupacional. La empresa deberá presentar a la persona para su respectiva aprobación por parte de la municipalidad.

El contratista mantendrá en todo tiempo y según lo requieran las condiciones y

progreso del trabajo, todas las medidas de seguridad necesarias para protección del público y sus trabajadores. Las medidas de seguridad serán extensivas para el cuido de las construcciones existentes cerca del sitio donde se realizarán los trabajos. Cualquier daño a éstas será reparado bajo su responsabilidad y costo.

El contratista adjudicatario deberá asegurar por su propia cuenta a los trabajadores

conforme la legislación nacional. El contratista adjudicatario deberá hacer limpiezas periódicas según solicitudes de la

inspección de la Municipalidad de Santa Bárbara y deberá dejar el sitio de trabajo libre de escombros y desechos al finalizar las obras y como requisito para la recepción provisional.

Page 14: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 14 de 54

El contratista deberá suministrar un juego de planos taller de la construcción (as built) y remodelación, en forma digital (formato de dibujo dwg) e impresos, un manual de operación y mantenimiento de cada equipo en idioma español, el cual deberá ser presentados junto con la firma del Acta Provisional, junto con el plano de ubicación de equipos y la tabla de información de equipos.

Igualmente, el Contratista deberá realizar una inducción de los equipos y sistemas

instalados, en coordinación con el Inspector del Área Técnica dirigida a los usuarios del servicio y otra capacitación en forma exclusiva a los funcionarios de la Municipalidad de Santa Bárbara y demás instancias técnicas. Según corresponda, ambas antes de firmar el Acta de Recepción Provisional.

El hecho de que el Inspector hubiere aprobado la calidad de la obra realizada, no

releva al Contratista de la obligación de corregirla si se encuentran defectos posteriormente. Ni el acta de recepción definitiva, ni el pago ni estipulación alguna del contrato, relevará al Contratista de responsabilidad por razón de materiales o mano de obra defectuosos y deberá, en tal caso, compensar cualesquiera defectos y pagará cualesquiera daños resultantes dentro del plazo de un año a partir de la fecha de la terminación real de la obra con la firma del Acta de Recepción Definitiva.

4. REQUISITOS GENERALES

SEGUROS Y CARGAS SOCIALES Para la mano de obra, el contratista deberá contemplar todos los seguros requeridos según la legislación nacional. En el caso de la póliza de riesgos del trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros (INS) se debe indicar los siguientes datos:

El nombre del proyecto. Su número de licitación y orden de compra. Indicar que el contrato es entre el adjudicatario y la Municipalidad de Santa Bárbara. Así como la ubicación de la obra y el monto contratado.

Además, el contratista debe presentar la planilla con los nombres de los trabajadores en la póliza de riesgos del trabajo. Este documento se deberá de presentar en forma mensual (como mínimo) o según lo amerite el inspector de la obra. El contratista también deberá presentar mensualmente, la certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social donde se indique que la empresa se encuentra al día con sus pagos correspondientes. Se aclara que toda la documentación descrita anteriormente, es previa a la presentación del avance de obra para la tramitación de cada factura correspondiente.

Page 15: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 15 de 54

Será obligación y responsabilidad del contratista velar por que los subcontratistas de la obra tengan los seguros correspondientes del caso de riesgos del trabajo; por lo cual el Director Municipal del Proyecto podrá consultar de ser necesario tales documentos.

El Contratista deberá mantener vigentes y al día los pagos por seguros de riesgo en construcción y de responsabilidad civil por lesión o muerte a terceras personas. El comprobante de pago y certificación de la póliza respectiva deberán ser presentados a la Municipalidad previo al inicio de la obra. Dicha certificación deberá indicar la relación contractual del contratista con la Municipalidad, para ello será necesario que la certificación indique que la póliza cubre este proyecto, indique el número de licitación y orden de compra, el monto contratado y la ubicación de los trabajos.

El contratista y no la Municipalidad, será el responsable de cualquier accidente de tipo profesional que ocurra durante la construcción de la obra. El contratista está obligado a asegurar contra riesgos profesionales a todo el personal que participe en la obra.

El contratista debe cumplir con el Reglamento de Seguridad en Construcciones del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social en vigencia y también con todos los reglamentos adicionales del citado Ministerio que sean aplicables a esta obra. PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL El Contratista indemnizará como corresponda en caso de daños y perjuicios a los bienes de la Municipalidad, y en caso de cualquier reclamo y sentencia a que, por lesiones o muerte de personas o daños a la propiedad (incluidos los de litigio y los honorarios de abogado), que se establezcan o se dicten contra la Municipalidad por parte de terceras personas, los cuales se funden en daños a las personas o a la propiedad, en cualquier forma en que estos sean causados, ya sea que resulten conexos o surjan del cumplimiento del contrato de construcción o de la presencia de empleados o agentes del contratista en los dominios de la Municipalidad. El Contratista deberá obtener y suministrar una copia a la Municipalidad los siguientes documentos para su custodia:

Certificado de Seguro de Riesgos del Trabajo para todo su personal. Póliza del Seguro Social, de conformidad con los reglamentos de la Caja Costarricense de

Seguro Social. Póliza contra todo riesgo de construcción, que incluya todas las coberturas para proteger

satisfactoriamente la obra. Póliza de responsabilidad civil.

Page 16: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 16 de 54

OTRAS RESPONSABILIDADES El Contratista deberá asumir en forma amplia, total y general, todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono, derivados del Código de Trabajo, o legislaciones conexas.

Cualquier eventual accidente laboral ocurrido en el proceso del trabajo, exime a la municipalidad de responsabilidad alguna. Por tal motivo es indispensable presentar las pólizas respectivas, y los seguros respectivos antes de iniciar el trabajo, una vez adjudicado el servicio. Para ello, el oferente deberá demostrar que ha contratado un seguro contra riesgos laborales para sus empleados conforme se requiere en el Código de Trabajo.

El oferente deberá demostrar que ha iniciado el trámite para contratar un seguro contra todo riesgo de construcción, por el ciento por ciento del monto de la adjudicación, con todas las coberturas necesarias para asegurar satisfactoriamente la obra que deberá estar vigente hasta la recepción provisional de la misma.

El oferente deberá demostrar que ha contratado un seguro por Responsabilidad Civil por lesión o muerte de terceras personas, otorgado por un ente asegurador. De previo al inicio de la obra, el oferente deberá presentar a la Municipalidad los comprobantes de pago y las pólizas respectivas.

El oferente deberá presentar una declaración jurada, en la cual conste que se encuentra al día con las obligaciones relativas al régimen de impuestos.

El oferente deberá presentar certificación de encontrarse al día en el pago de las cuotas obreras y patronales de la Caja Costarricense de Seguro Social corresponde también al Contratista cumplir con las obligaciones de Seguridad Social y de conformidad con el artículo 74, párrafo tercero, inciso tercero de la Ley Orgánica la Caja Costarricense de Seguro Social, para ello la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia está facultada para rescindir el contrato si se determina que la empresa no se encuentra al día con el pago de estas obligaciones. Así mismo, se obliga a asumir las prestaciones y obligaciones que establece el Código de Trabajo.

PLANOS, ESPECIFICACIONES Y MODIFICACIONES Los planos de la obra los diseña la empresa junto con las especificaciones técnicas con base a las notas que anteriormente se mencionaron. La Municipalidad dentro del cartel detalla generalidades, pero la empresa debe de complementar con toda la información necesaria, las especificaciones del proyecto deben ser entregadas a la Municipalidad en su oferta. Se puede ofrecer otras marcas y modelos, siempre y cuando cumpla con el estándar de calidad y que la municipalidad lo apruebe.

Page 17: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 17 de 54

La empresa adjudicada debe de tramitar los permisos ante el CFIA y realizar todos los trámites correspondientes ante las instituciones involucradas. Así como los pagos correspondientes por ley.

El Contratista deberá consultar los planos para todas las dimensiones, las que serán comprobadas antes de comenzar con el trabajo definido por éstas. Si las obras que se tiene por objeto describir o cualesquiera, aspectos relativos a ellas no está suficientemente detallados o explicados en los planos o en las especificaciones, el Contratista solicitará al Inspector, los planos y explicaciones adicionales que puedan ser necesarios y se ajustará a ellos siempre que correspondan con los planos originales.

El Contratista no podrá aprovecharse de los errores u omisiones que existan en los planos y especificaciones. En caso de que el Contratista advierta un error u omisión deberá notificar de inmediato al Ingeniero Inspector, quién hará las correcciones y dará las interpretaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del propósito de los documentos mencionados.

El Contratista deberá mantener en el sitio de la obra, un juego completo de los planos sellados y de las especificaciones, para uso de los inspectores y otro donde irá anotando las modificaciones y adiciones que se vayan realizando. Dichos planos se mantendrán en un sitio idóneo, resguardado y con una mesa de trabajo apropiada. Si el Contratista propusiera cambio de materiales o de equipos respecto de los indicados en los planos o en las especificaciones, deberá indicar con toda claridad a los inspectores la naturaleza de su proposición, para su estudio y decisión. Si dichos cambios implican el rediseño estructural, arquitectónico, eléctrico o mecánico. El rediseño y los nuevos planos que se requieren, serán preparados por el Contratista sin costo extra para la administración y sujetos a la aprobación de los Inspectores. La administración no reconocerá aumentos en el costo de la obra por concepto de cambios que el Contratista propusiere y que no le fuesen aceptados. En el caso de que la proposición implique reducción en el costo de la obra, el Contratista deberá reconocer a la administración la diferencia.

LABORES PELIGROSAS Y DAÑOS Cuando el Contratista deba efectuar trabajos que signifiquen riesgo y daño a sus empleados, a otras personas, a la propiedad de terceros o a la propiedad y a la obra a él encomendadas, deberá tomar todas las precauciones y las medidas de seguridad que fueren necesarias, de acuerdo con el Reglamento de Seguridad Social y de las demás Leyes, Decretos y Reglamentos aplicables a nivel nacional.

Page 18: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 18 de 54

Cualquier daño que surja como resultado de las obras efectuadas bajo este contrato, será reparado hasta dejar las propiedades u objetos dañados en las condiciones que tenían antes de los trabajos.

El contratista será el único responsable por los daños, deterioros y perjuicios que pueda sufrir la obra, cualquiera que sea la causa de su origen, dentro del plazo comprendido entre la orden de inicio y la formal aceptación de la obra completamente terminada y a entera satisfacción de la administración.

En cualquier emergencia que afecte la seguridad de vidas, de la obra o de propiedades vecinas, el Contratista, sin instrucciones o autorización especial del inspector, podrá según aquí se le permite, actuar a su juicio para evitar tales pérdidas o daños y actuará así sin apelación, si así se lo mandan o autorizan. Cualquier indemnización reclamada por el Contratista a causa de una emergencia será determinada por acuerdo o arbitraje.

En caso de ocurrir daños a terceros durante la realización de los trabajos objeto del contrato, la responsabilidad que se derivare de esos daños corresponderá en su totalidad al Contratista. EMPRESAS SUBCONTRATADAS El contratista podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado, salvo que la Administración autorice un monto mayor. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.

Junto con la propuesta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las empresas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. En el caso de que cambie alguno de los proveedores de dicho listado, deberá ser comunicado, antes al inspector.

No se considera subcontratación, la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados; sin embargo, a solicitud del inspector el oferente deberán incorporar un listado de sus proveedores de suministros que intervendrán junto con el contratista en la ejecución de la obra.

GARANTÍA DEL PROYECTO El oferente deberá ofrecer una garantía general de 1 año en la obra civil y 3 años en pintura, todo a partir de la recepción provisional de las obras. El oferente deberá presentar (junto

Page 19: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 19 de 54

con su oferta) una co-garantía con el fabricante de la pintura por un periodo de al menos 3 años.

Igualmente, el oferente indicará la aplicación de toda garantía parcial que otorgue un fabricante, distribuidor y/o importador sobre un producto, material o sistema en específico. En cuanto a los equipos y materiales que se coloquen en la obra, la garantía regirá a partir de la recepción provisional de la obra, una vez que los equipos y materiales hayan sido probados y recibidos. En el caso de la pintura, si las superficies sufren un deterioro mayor al normal, a criterio de los inspectores durante el periodo de garantía, será obligación del contratista pintar de nuevo todas las superficies que lo requieran, cuantas veces sea necesario. Durante la vigencia de las garantías cualquier daño que sufra la obra, o cualquiera de sus componentes, por mala fabricación o mal funcionamiento, por materiales inadecuados empleados en su construcción, partes o componentes dañados por cualquier otra causa que sea responsabilidad del fabricante, suplidor o instalador obligará al oferente a sustituir (no reparar) por su cuenta y riesgo todos los componentes dañados. Dichas garantías no eximen al contratista por incumplimientos o vicios ocultos en la obra según la legislación vigente y regirán a partir de la recepción definitiva de la obra.

OBRA CIVIL En caso de daños o averías en obra civil, el tiempo de respuesta una vez que el inspector comunique dicho daño al proveedor, para valorar la complejidad técnica y estrategia de reparación a seguir, será de 24 horas naturales y 72 horas como máximo para la reparación correspondiente a excepción de otras consideraciones que se tomen en cuenta en el momento de la revisión; sin embargo cuando el contratista considere un plazo mayor al establecido deberá de presentar un documento oficial de la empresa donde someta a consideración de la inspección el plazo de entrega de la reparación con los respaldos que el inspector considere necesarios. ACTIVIDADES NECESARIAS NO MENCIONADAS Es claro que, aunque en el desglose de la oferta no se citen expresamente, el contratista está en la obligación de aportar todos los elementos o actividades necesarios para entregar a satisfacción de la inspección, el proyecto debidamente terminado y en óptimo estado de funcionamiento, de acuerdo con el mejor propósito de las especificaciones.

Se aclara que el contratista deberá realizar la visita al sitio y analizar las condicionantes del proyecto en su entorno. No se considerará trabajo extra ni se considerará pago adicional por

Page 20: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 20 de 54

aquellas condiciones no expresamente indicadas, pero fácilmente visibles o razonablemente previsibles como resultado de un examen cuidadoso del sitio de la construcción.

Será responsabilidad exclusiva del Contratista tramitar el servicio temporal y definitivo de agua y electricidad ante la empresa correspondiente.

Todos los accesos, carriles, vías, andamios, productos, encofrados, cimbras, puntales, anclajes u otras estructuras o elementos de construcción o estructurales de carácter temporal que sean necesarios para la obra, serán suministrados por cuenta del Contratista y bajo su entera responsabilidad. La Inspección podrá ordenar, a costa del Contratista, la remoción, modificación, refuerzo, cambio o alteración de cualquier construcción temporal usada por el Contratista, siempre que lo juzgue conveniente para el mejor desarrollo de las actividades de construcción.

El Adjudicatario deberá ejecutar los trabajos de estructura en forma continua y ordenada, de acuerdo con las instrucciones.

Correrá por cuenta del Adjudicatario el suministro de todos los materiales, equipo, herramientas e ingenio debiendo tomar todas las previsiones del caso con el fin de evitar atrasos en la entrega de los servicios.

El Adjudicatario deberá suministrar todos los materiales, equipos, accesorios, mano de servicio, identificación del personal, equipo y/o implementos de seguridad y protección, tanto del personal como de los visitantes (mascarilla, anteojos, guantes, calzado, casco, chaleco, etc.

El contratista mantendrá en todo el tiempo y según lo requieren las condiciones y progreso de la obra, todas las medidas de seguridad necesarias para la protección del público, trabajadores, vehículos, equipos y edificios aledaños. Las medidas de seguridad serán extensivas para el cuido de las construcciones existentes cerca del sitio donde se realizarán los trabajos. Cualquier daño a estás será reparado bajo su responsabilidad y costo.

El material de corte del suelo, debe depositarse en un sitio con la aprobación de la Municipalidad correspondiente y se deberán presentar los documentos al Inspector para su aprobación.

Todos los daños que produzca el contratista durante la ejecución del contrato, deberán ser cubiertos y repuestos por el contratista antes de que finalice el servicio. No se reconocerá tiempo adicional por esta situación.

Identificación del personal: El adjudicatario estará obligado a mantener debidamente identificado su personal ya sea con vestimenta o identificaciones colgantes, de tal forma que

Page 21: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 21 de 54

sean fácilmente reconocidas las personas que pueden tener acceso a las instalaciones donde se efectúa el servicio.

Vigilancia: Será suministrada por el Adjudicatario mientras duren los trabajos. La seguridad y vigilancia de los materiales corresponde al contratista, la Municipalidad no asume ningún tipo de responsabilidad por robo o daño a los materiales, maquinaria o equipo que se almacenen en predios de la Municipalidad durante la ejecución de los trabajos. Durante el proceso constructivo el contratista de la obra, tendrá su propio personal de vigilancia.

Horario de trabajo: La empresa adjudicada definirá los horarios de trabajo a su conveniencia con el fin de concluir lo antes posible la obra.

La administración se reserva el derecho de solicitarle al adjudicatario que realice algunas obras especiales en días no hábiles como feriados o fines de semana sin que esto signifique un costo adicional para el proyecto y por ende para la administración.

Cualquier trabajo defectuoso por la calidad de los materiales, por descuido o por deficiencia de la mano de obra a juicio del Inspector, deberá ser repuesto por su cuenta y de inmediato por el Adjudicatario. El hecho de que el Inspector hubiera aprobado la calidad de los materiales antes de ser usados, no releva al Adjudicatario de la obligación de reponerlos si se encuentran defectuosos posteriormente o que se compruebe que, aun habiendo sido autorizados, a continuación, se determine que no cumplen con las especificaciones técnicas. Cualquier parte del servicio que no estuviera de acuerdo a las especificaciones o instrucciones de la inspección, será considerado también como trabajo defectuoso.

Todo el material que se elimine deberá ser trasladado por el contratista a depósitos autorizados por su cuenta. No se permitirá amontonamientos de desechos en aceras, pasillos, áreas verdes o cerca de los depósitos de material de reciclaje. La ubicación de los desechos será definida por la inspección antes de iniciar las obras y bajo ninguna circunstancia se permitirá la acumulación de desechos por un período superior a tres (3) días hábiles. Es responsabilidad del Contratista el desecho de todos los escombros, pero bajo la supervisión directa de la Municipalidad, a fin de que sean eliminados de conformidad con las normas de control ambiental, para ello deberá presentar los permisos oficiales de los centros receptores de desechos autorizados según la Normativa Nacional. La inspección podrá verificar en cualquier momento el sitio donde se depositarán los desechos de la obra. En caso de los materiales existentes en el lugar de la obra que son recuperables, se depositarán en las instalaciones de la Municipalidad (donde la inspección lo indique). Los costos de carga, traslado y demás que correspondan corren por cuenta del contratista. Al finalizar el proyecto será un requisito para recepción provisional de la obra, el realizar un recorrido con el inspector por los sitios donde se ubicaron los desechos, esto para verificar que dichas zonas se entregan limpias y sin afectaciones. Lo anterior significa que si al momento de recibirse la obra en forma provisional la inspección detecta que el contratista

Page 22: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 22 de 54

mantiene escombros o basura producto de los trabajos realizados, ya sea dentro o cerca del área del proyecto, el inspector tendrá la potestad de no recibir la obra hasta que dichos materiales sean dispuestos adecuadamente por el contratista y sean reparadas por este cualquier área exterior (zonas verdes, aceras, etc.) que se hayan visto dañadas, para lo cual el contratista no tendrá tiempo adicional al que estipula el contrato.

Almacenamiento: El contratista almacenará sus materiales en un solo lugar en el edificio o zona circundante, previa aprobación de la inspección, el cual deberá llenar los requisitos mínimos indispensables para ese uso, a prueba de humedad, con buena ventilación y acceso adecuado, dicho lugar será mantenido nítido y limpio por el contratista. No se permitirá el almacenamiento de materiales innecesarios.

Errores, discrepancias y omisiones: El contratista no podrá aprovecharse de los errores u omisiones que hubiese en los planos o en las especificaciones. Si durante el curso de los trabajos el contratista hallare errores, discrepancia u omisión, lo notificará inmediatamente por escrito a los inspectores. Para resolver cualquier discrepancia se seguirá las reglas indicadas en esta sección.

Responsabilidad sobre las obras existentes en el sitio de los trabajos: Si como consecuencia de la ejecución del trabajo comprendido en esta licitación el contratista causara algún daño o perjuicio a otras propiedades u obras de la Municipalidad, este deberá reparar el daño en cuestión dentro del plazo y condiciones que fije el inspector, asumiendo el contratista el costo total por los daños ocasionados. Instalaciones provisionales y servicios: Correrán por cuenta del Contratista las construcciones, instalaciones y servicios provisionales o temporales que puedan necesitarse para la debida conducción e inspección del trabajo. Específicamente proveerá lo siguiente: 1. Oficinas, patios y bodegas para conservación, protección y almacenamiento de equipo,

materiales y mercadería, con las facilidades adecuadas para que la inspección pueda controlarlos, examinarlos o inspeccionarlos en cualquier momento de acuerdo con el contrato. Salvo cuando la inspección lo solicite por escrito, el contratista no tendrá que someter planos o informaciones detalladas de tales instalaciones.

2. Energía eléctrica y luz apropiadas para la construcción de la obra y para su personal, incluidas las necesidades de la inspección. En ningún caso podrá efectuar cargo alguno por los servicios prestado a la inspección.

3. Caminos de acceso y de acarreo que puedan necesitarse para la debida complementación del trabajo contratado. La localización, pendiente, anchura y alineamiento de estos caminos estará sujeta a la aprobación de la inspección.

4. Desagües y eliminación de desperdicios. 5. Será responsabilidad exclusiva del contratista el suministro del agua necesaria para la

obra.

Page 23: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 23 de 54

Medidas sanitarias: El Contratista facilitará la provisión del agua potable que requieran los trabajadores a su servicio. El contratista deberá colocar servicios sanitarios provisionales para uso del personal que tenga en la construcción. Estos servicios sanitarios serán del tipo y modelo autorizados por de Ministerio de Salud Pública y deberán ubicarse según indicados en la inspección.

El contratista deberá limpiar, periódicamente y al final de la ejecución de la obra a satisfacción de la inspección y eliminar todos los desperdicios y basura que se acumulen en el sitio destinado a la construcción de la obra con lo que se garantice que el sitio estará en perfecto estado de limpieza y perfecta condición que se garantice que el sitio estará en perfecto estado de limpieza y perfecta condición estética.

Rótulos propaganda: Los rótulos de propaganda de la empresa constructora serán regulados por la Municipalidad en cuanto a su contenido, tamaño y número. Es necesaria la aprobación por escrito del inspector para la colocación de cualquier rótulo.

Mano de obra: Toda la mano de obra deberá ser suficientemente calificada y el trabajo que ejecute de primera calidad, a juicio de los inspectores.

La Inspección podrá exigir al contratista la separación de la obra, de cualquiera de sus empleados que juzgue incompetente, descuidado, insubordinado u objetable en cualquier aspecto que vaya en detrimento o cualquier aspecto que vaya en perjuicio del trabajo y no se le reasignará de nuevo en parte alguna de la obra. Adicionalmente podrá separar a aquellos empleados que incurran en alguna situación de irrespeto, como piropos o cualquier tipo de actuación contraria a la moral, orden público o buenas costumbres.

Materiales y labores peligrosas: Cuando el contratista deba efectuar trabajos que signifiquen riesgo de daño a sus empleados, a otras personas, a la propiedad de terceros o a la propiedad y obra a él encomendadas deberá tomar todas las precauciones y las medidas de seguridad que fueren necesarias de acuerdo con el Reglamento de Seguridad de las Construcciones del Ministerio de Trabajo y reglamentos aplicables, así como de acuerdo con las normas de seguridad de esta licitación.

Vigilancia durante la construcción: El contratista deberá suministrar por su cuenta y riesgo el número de guardas o vigilantes, requeridos en este caso particular, a satisfacción de la inspección, para llevar a cabo una vigilancia cuidadosa y eficiente de la obra.

Recibo del servicio: Una vez concluido el servicio, el contratista dará aviso a la Municipalidad para que establezca fecha y hora para la recepción provisional. La Municipalidad dispondrá de quince días hábiles para fijar esta fecha.

Page 24: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 24 de 54

Será requisito para la recepción provisional de la obra que el contratista incluya un plano en formato DWG, digital e impreso, donde se indique la ubicación final de cada equipo instalado y probado con una simbología que los identifique, además de una hoja electrónica, digital e impresa, donde incluya la siguiente información:

El Contratista deberá realizar una inducción de los equipos y sistemas instalados, en coordinación con el Inspector del Área Técnica dirigida a los usuarios del servicio y otra capacitación en forma exclusiva a los funcionarios de la Municipalidad según corresponda, ambas antes de firmar el Acta de Recepción Provisional.

De esta recepción provisional se levantará un acta que suscribirán el funcionario de la Municipalidad y el contratista en donde se consignarán todas las circunstancias pertinentes en orden al estado del servicio, si el recibo es a plena satisfacción de la Municipalidad o si se hace bajo protesta y toda la observación relativa al cumplimiento de las partes. Una vez efectuada la recepción provisional no correrán multas por atraso en la entrega. La Administración dispondrá de un plazo de hasta que lo defina la municipalidad contado a partir de la recepción provisional para efectuar la recepción definitiva. Esta recepción puede realizarse antes si la Municipalidad lo desea. La Municipalidad solo recibirá definitivamente el servicio después de contar con los estudios técnicos que acrediten el cumplimiento de los términos de la contratación, sin perjuicio de las responsabilidades correspondientes a las partes en general y en particular las que se originen en vicios ocultos del servicio. Dicho estudio deberá ser remitido por el inspector, para que forme parte del expediente, lo mismo que el acta que se suscribiría entre la Municipalidad y el contratista.

Recepción Definitiva: Se realizará la recepción definitiva seis (6) meses después de la fecha de recepción provisional o cuando la Municipalidad lo defina antes de esa fecha. Esta fecha la Municipalidad la puede adelantar si lo desea.

Limpieza: El contratista mantendrá la propiedad en todo momento libre de acumulación de desperdicios o basura causada por sus empleados o por sus subcontratistas, y al finalizar la obra retirará sus herramientas, andamiajes sobrantes de su pertenencia y dejará la obra en un estado de limpieza “a escoba” a satisfacción de los inspectores. En caso de disputa, la Municipalidad podrá retirarle la basura y cobrar el costo al contratista conforme a las justificaciones que aparten los inspectores.

Licitación

Orden de

Compra

Línea Orden

de Compra Cantidad Descripción Marca Modelo Serial

Ubicación

Exacta

Page 25: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 25 de 54

Cómputo del plazo contractual para terminar la obra: El contratista deberá efectuar la obra objeto del contrato en su totalidad, dentro del plazo estipulado para ello en la documentación contractual.

Para determinar el lapso que el contratista haya consumido hasta la terminación de la obra, el cómputo se hará incluyendo todas aquellas prórrogas que se hubiesen concedido en este apartado.

Si la expiración del plazo original, después de contadas todas las modificaciones del plazo inicial, incluidas las disminuciones y extensiones acordadas, cayere en domingo o día feriado en Costa Rica el vencimiento del plazo se considerará como ocurrido el primer día hábil siguiente al de la fecha de su vencimiento natural.

Cronograma de ejecución de la obra: En caso de que este cronograma de trabajo no satisficiese a los inspectores de la Municipalidad será reformado de manera que disponga el uso de equipo y personal adecuado de tal forma que asegure la terminación de la obra dentro del plazo estipulado en el contrato. El cronograma físico-financiero impreso y aceptado, deberá mantenerse en la oficina de supervisión de la obra. El programa descrito anteriormente constituye el “cronograma inicial “de la obra y deberá ser actualizado cada vez que se concede un aumento o disminución en el plazo de ejecución.

El contratista deberá realizar durante la ejecución de los trabajos un control o “corte” mensual del avance y mientras éste no se hubiere hecho a satisfacción de los inspectores no se tramitará para su pago factura al contratista.

MEDICIONES Y PAGOS Pagos parciales y cronograma físico-financiero: Con cada factura de cobro parcial deberá acompañarse una actualización del cronograma físico-financiero que refleje el avance físico en cada renglón de pago objeto de la factura y el correspondiente monto.

Queda estipulado que las partidas del cronograma físico-financiero, representan el costo de la totalidad de la mano de obra y de los servicios que se incorporarán a la obra objeto del contrato, así como la utilidad del contratista.

Toda la obra ejecutada cuyo valor se cancele con los pagos parciales pasará a ser propiedad exclusiva de la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, sin que esto sea motivo que releve al contratista de su responsabilidad en cuanto a restaurar cualquier trabajo que sufriere deterioros, ni a su debido mantenimiento y cuido hasta la recepción provisional de la obra.

Page 26: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 26 de 54

Si se descubrieren defectos, o surgiere una duda razonable, antes de la aceptación provisional de la obra en relación a la calidad de cualquier parte del trabajo terminado o si se sospecha que este no se ajusta a lo estipulado, no se realizará el pago de dicho trabajo defectuoso, o dudoso, hasta que el defecto no hubiere sido debidamente reparado o las causas dudosas aclaradas.

Suspensión temporal de la obra: La Municipalidad tendrá la autoridad para suspender la obra en todo o en parte y por el período que considere necesario, ya fuere debido a condiciones que justifiquen tal medida o por incumplimiento del contrato por parte del contratista. Dicha suspensión se ordenará por escrito con un detalle de las razones que la justifican.

Si fuese necesario suspender la obra, el contratista almacenará todos sus materiales de modo que no obstruyan ni impida innecesariamente el tránsito del público, ni sufran deterioro alguno.

A la vez, tomará la debida precaución para impedir daños o deterioros a la obra ejecutada; proveerá drenaje adecuado al terreno y construirá estructuras temporales donde le fuere ordenado. El contratista no suspenderá la obra sin permiso previo, expreso y escrito a que se hace referencia en esta sección.

Los procedimientos relativos a la suspensión serán los siguientes: 1. Cuando el trabajo fuere suspendido, total o parcialmente, por orden de la Municipalidad,

debido al incumplimiento de las cláusulas del contrato por parte del contratista previo seguimiento del debido proceso no se reconocerá prórroga en el plazo de ejecución de la obra ni se indemnizará por los gastos adicionales en que incurra por esa suspensión.

2. Cuando fuere necesario suspender los trabajos parcialmente porque la calidad del terreno difiera sustancialmente de lo previsto en el proyecto, o por otras circunstancias de similar justificación a juicio del propietario, el contratista tendrá derecho a una prórroga en el plazo de ejecución que corresponda.

3. Cuando el trabajo fuere suspendido, total o parcialmente, por orden de la Municipalidad, debido a causas ajenas al contratista, éste tendrá derecho a una indemnización por los gastos justificados y comprobados en que incurriere y a la prórroga en el plazo de ejecución normal de la obra.

4. En los casos 2 y 3 supra citados el aumento del plazo que se concediere al contratista será mayor que la demora causada. Ninguna de las disposiciones contenidas en el contrato firmado exonerará al contratista de su responsabilidad en cuanto al progreso del trabajo de manera segura durante la ejecución normal de la obra.

Derecho de la Municipalidad de ejecutar la obra: Si el contratista deja de ejecutar la obra como es debido o no cumple o ha dejado de cumplir alguna disposición del contrato firmado,

Page 27: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 27 de 54

la Municipalidad podrá sin perjuicio de cualquier otra solución al diferendo, remediar esas deficiencias y deducir el costo de éstas del pago que en ese entonces se le deba al contratista. En caso de que la Municipalidad determinará esos montos conjuntamente con el contratista.

Determinación del costo de los trabajos adicionales: El costo de los trabajos será determinado mediante el siguiente procedimiento:

Tomando como base los precios unitarios que hubiere en la oferta. Para efectos de la determinación de estas variaciones, se deberá presentar como mínimo la lista de costos unitarios que se indica a continuación:

Si al momento de producirse la variación por aumento de obra, se determina que el costo unitario reportado en la oferta, es excesivo, la inspección del proyecto tendrá la potestad de solicitar al contratista un recalculo del costo unitario o en su defecto dejarlo sin efecto y aplicar los costos de mercado al momento de darse la orden de ejecución. De la misma forma se procederá en caso de que el monto de la variación por disminución de obra sea insuficiente y no cubra el costo del trabajo.

Se entiende que el costo unitario del cualquier elemento debe incluir todos los costos relacionados con este, a saber: costos directos (materiales, mano de obra, subcontratados), costos indirectos, imprevistos y utilidad. También debe de contemplarse los costos inherentes para su funcionamiento, ejemplo: el costo unitario de la placa de fundación debe de contemplar los siguientes aspectos: trazado, excavación, formaleta si lo requiere, preparación y colocación de concreto de sello, preparación y colocación de armadura, preparación y colocación de concreto, desencofrado si lo requiere, curado, relleno compactado hasta nivel inferior de lastre compactado de pisos, etc.

Si en la oferta no hubiese precios unitarios, aplicables al trabajo por realizar, o si los indicados en la oferta, a juicio de los inspectores no fuesen los de su costo real el contratista deberá cotizar el costo del trabajo extra, desglosado en los conceptos de obra, cantidades y precios unitarios que corresponda. El contratista deberá obtener antes de empezar a realizar el trabajo, la aprobación expresa de la Municipalidad.

Si por circunstancias especiales, a juicio de la Municipalidad no se pudiere proceder de acuerdo con los incisos 1 y 2 anteriores el costo del trabajo se determinará de la siguiente manera:

a. El trabajo será ejecutado por el mismo personal del Contratista empleado en los trabajos regulares, incluido el capataz.

b. Los salarios, incluido el del maestro de obras, serán los mismos que se hubieren pagado en los trabajos ordinarios, incluidos los seguros, las vacaciones y las demás obligaciones del Código de Trabajo.

c. Todos los materiales, los combustibles y los lubricantes necesarios, los suministrará el contratista el precio de costo en plaza, incluidos los acarreos.

Page 28: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 28 de 54

d. El uso de las herramientas estará comprendido dentro del costo de la mano de obra.

e. La utilidad y la administración del contratista serán hasta de un máximo de un 10% (diez por ciento) del costo del trabajo extra aprobado.

f. El contratista llevará un registro separado para el trabajo extra de los costos de los materiales de la mano de obra, del equipo especial, de las cargas sociales y de los acarreos el cual deberá presentar a los inspectores una vez aceptado el trabajo realizado para su aprobación y pago.

En caso de que hubiese más trabajos adicionales, queda a juicio de la Municipalidad, otorgar o denegar una extensión en el plazo de ejecución de la obra que se estipuló.

La presentación de las cuentas y los pagos por concepto de trabajos adicionales, se efectuará conforme a lo especificado.

Responsabilidad por daños a terceros: La responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista.

Actuación de funcionarios: Los funcionarios del proyecto que actuaren en cumplimiento de las disposiciones de este contrato y en el ejercicio de las funciones que les fueren encomendadas, lo harán como representantes de la Municipalidad, y por el ejercicio de ese poder no pasará sobre ellos responsabilidad personal ni para el contratista ni para terceros.

Todas las controversias o diferencias que se deriven de la interpretación o ejecución del presente contrato se resolverán en un procedimiento de arbitraje “de derecho” o de "equidad” en el Centro de Resolución de Conflictos (CRC) del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), de conformidad con el Reglamento interno de CRC, a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria. El lugar del arbitraje será el CRC, ubicado en la sede del CFIA en San José, República de Costa Rica.

5. CONDICIONES LEGALES DEL OFERENTE Naturaleza Jurídica del Oferente: Los participantes deberán estar legalmente capacitados para trabajar en el país, de acuerdo con las disposiciones correspondientes contenidas en el Código de Comercio de Costa Rica. De resultar adjudicataria una o varias empresas extranjeras, una vez que el

Page 29: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 29 de 54

acto de adjudicación quede en firme, cada una de ellas deberá proceder a inscribirse en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica. El presente procedimiento de licitación va dirigido a personas jurídicas, en cuyo caso el oferente, sea nacional o extranjero, deberá adjuntar las siguientes certificaciones: Certificación de fecha de constitución de la empresa emitida por Notario Público. Certificación registral o por notario de la personería jurídica del oferente o de su

representante legal. Certificación notarial sobre la naturaleza y propiedad de sus cuotas o acciones. Si las

cuotas o acciones fueren nominativas y éstas pertenecieran a otra sociedad, deberá igualmente aportar certificación notarial respecto de esta última en cuanto a la naturaleza y propiedad de sus propias acciones.

Ofertas en Consorcio Cuando la propuesta sea de un consorcio, se deberá presentar copia certificada del acuerdo consorcial, en el que se establezca los términos que regulan las relaciones entre las empresas del consorcio, así como la indicación de que son responsables solidariamente por las obligaciones derivadas de la oferta, de la eventual adjudicación y su ejecución, así como el señalamiento del representante(s) autorizado(s) para contraer obligaciones, recibir instrucciones y tratar todo lo relacionado con la ejecución del contrato. Cada una de las empresas del consorcio deberá presentar las certificaciones solicitadas en este apartado. Obligaciones de los Oferentes Deberán estar inscritas ante el CFIA.

Cada participante se entiende sometido a las leyes y tribunales de Costa Rica, en todo

lo concerniente a los trámites y ejecución del contrato, por el solo hecho de presentar su oferta a concurso y sin necesidad de manifestación expresa de su parte.

Los oferentes estarán obligados a darse por informados y cumplir con lo establecido

por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, y demás disposiciones establecidas en los documentos incluidos en el presente cartel.

Los documentos solicitados emitidos en el exterior tales como certificaciones,

declaraciones juradas y dictámenes, deben, además, ser legalizados de conformidad con la Ley Orgánica del Servicio Consular y Arancel Consular Nº 46.

Page 30: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 30 de 54

Para la elaboración de la oferta, se deberán considerar todas las características del

proyecto e incluir, todas aquellas condiciones generales que puedan afectar la construcción del objeto del contrato. Para ello, igualmente contemplarán las condiciones imperantes en el país sobre la disponibilidad de mano de obra y materiales, facilidades de transporte, clima, tributos aplicables, trámites aduaneros, aspectos migratorios y todas las demás condiciones y disposiciones legales que puedan afectar el costo y la ejecución del contrato, en el entendido de que todos ellos correrán por cuenta del Adjudicatario.

6. DE LAS OFERTAS Visita de Pre oferta Se realizará una visita al sitio del proyecto con el propósito de aclarar dudas referentes a los documentos del concurso y al sitio de construcción. La reunión pre oferta se realizará miércoles 26 de setiembre del 2018 a las 10:00 am, la misma se efectuará en la sala de sesiones del Concejo Municipal, segundo piso, de la Municipalidad de Santa Bárbara. Se levantará un listado de los asistentes a la visita al sitio. Aclaraciones al Cartel Todo oferente puede solicitar aclaraciones respecto a los documentos de Licitación mediante comunicación por escrito dentro del primer tercio del plazo designado para la recepción de ofertas. Estas consultas deberán ser cursadas a la Proveeduría de la Municipalidad. Todas las modificaciones y aclaraciones al Cartel se ajustarán a lo establecido en el Artículo 60 Modificaciones, prórrogas y aclaraciones del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, las cuales constituyen parte de los documentos de Licitación. Forma de Cotizar Salvo en lo que el cartel de licitación, los planos o las especificaciones indiquen lo contrario, deberá cotizarse la totalidad de las obras comprendidas en los planos y documentos de licitación. Para determinar el monto de su cotización, el oferente deberá llenar los “Cuadros de Cantidades de Obra y Costos” que se suministran (Tabla N°1) de este cartel de licitación. En la tabla N° 1 se puede agregar actividades.

Page 31: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 31 de 54

Los precios unitarios y los costos totales de cada concepto de obra se indicarán en números que sean perfectamente legibles. Cuando la obra esté en construcción cualquier diferencia que exista entre las cantidades, supuestamente, reales de obra indicadas en los cuadros y las cantidades medidas en sitio serán debitadas o acreditadas al Contratista que resulte adjudicatario, a los precios unitarios correspondientes. Vigencia de las Ofertas Las propuestas de los oferentes deben indicar que sus ofertas tienen una vigencia de por lo menos noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. Apertura de Ofertas Las ofertas se abrirán en la fecha indicada en la invitación a participar de la licitación. Podrán presenciar el acto de apertura, los interesados debidamente acreditados por los oferentes en la licitación o sus apoderados. Se levantará un acta de apertura de las ofertas en el libro debidamente legalizado que posee la Proveeduría Institucional. Se dejará constancia en el acta indicada, del nombre de las firmas concursantes, del monto de las cotizaciones y de las observaciones que los interesados soliciten que consten en el acta, estando por ello en la obligación de suscribirla. Finalmente, se cerrará el acta con la firma de los funcionarios designados en representación de la Municipalidad, así como la de los asistentes acreditados para presenciar el acto de apertura que deban o desearen hacerlo. Análisis de Ofertas La Municipalidad tomará un plazo de hasta 20 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas para efectuar el estudio completo de las mismas, para solicitar las aclaraciones que fueren necesarias y para proceder a la adjudicación o para declarar desierto o infructuoso el concurso. Este plazo será prorrogado en resultar insuficiente para resolver la evaluación y calificación de las ofertas. En estos casos la Proveeduría, solicitará oportunamente la ampliación del plazo de la garantía de participación y del plazo de vigencia de las ofertas, de ser necesario.

Page 32: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 32 de 54

En el análisis de los aspectos formales de las ofertas, la Municipalidad podrá pedir aclaraciones o información adicional, paro lo cual se concederá un plazo de cinco días hábiles para que los oferentes subsanen los defectos formales o suplan información pertinente omitida, pero en ningún caso las ofertas podrán ser modificadas sobre aspectos sustantivos. Esta etapa se conducirá conforme con lo dispuesto en el Artículo 81 del Reglamento a la Ley de la Contratación Administrativa. Una vez que se haya determinado cuáles ofertas son elegibles legal, y técnicamente, se procederá a la evaluación de las ofertas. Adjudicación La adjudicación de esta contratación recaerá sobre la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones; será por el 100% y recaerá en la oferta más ventajosa para la administración o no se adjudicará si se considera que lo ofrecido es ruinoso para la Institución. La Municipalidad tendrá como máximo veinte (20) días hábiles para la adjudicación de dicho concurso. La adjudicación se hará a la oferta que cumpla con los requisitos de las bases de licitación y de conformidad de los requisitos establecidos en el cartel. La Municipalidad podrá rechazar cualquiera o todas las ofertas, si éstas no se ajustaren a los requisitos establecidos en la licitación, o no convinieren a sus intereses. Información a incluirse en la oferta El desglose de la oferta, con indicación de la estructura de costos, el cual se deberá presentar de la siguiente manera: COSTOS DIRECTOS, COSTOS INDIRECTOS, UTILIDAD E IMPREVISTOS. Costos Directos de materiales Costos Directos de mano de obra Costos Indirectos de mano de obra Imprevistos Utilidad No se aceptarán estructuras de precio que contengan un margen de utilidad menor al 10% y un margen de costos imprevistos menores al 5%. Se debe de presentar: Certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S) de encontrarse al día en el pago de las cuotas obrero patronales, vigente el día de la recepción de ofertas.

Page 33: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 33 de 54

De conformidad con el Artículo 20 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa los oferentes deben presentar una declaración jurada que indique que no les afectan las prohibiciones establecidas en el Artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa. Deben presentar una declaración jurada de que deben estar al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. (Artículo 65 inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa). Deben presentar una declaración jurada de que no se encuentra inhabilitado para contratar con la Administración Pública, por alguna de las causales que establecen los artículos 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa. Deben presentar una declaración jurada de que no se encuentra inhabilitado para el ejercicio del comercio o se encuentre declarada en estado de insolvencia o quiebra. Presentar un Programa de Trabajo preliminar en Microsoft Project (Cronograma de actividades en Diagrama Gantt), que contemple las actividades principales, señalando claramente el plazo de entrega, la duración de actividades y la Ruta Crítica, hitos de control. Presentar una lista de todos los materiales y equipo de origen nacional y extranjero que se proponga incorporar directamente a la obra, que estén sujetos al pago de impuestos, en la que se detallará la cantidad y el precio de cada uno de ellos. La lista de la empresa que resulte adjudicataria, será analizada por la Municipalidad para su aprobación. Esta exoneración es únicamente para aquellos materiales o equipos que serán incorporados directamente a la obra, no así para los equipos que utilice el contratista durante el proceso constructivo. Información adicional a juicio del oferente o requerimiento de la Proveeduría de la Municipalidad.

7. DEL CONTRATO Formalización del Contrato Después de quedar en firme la adjudicación deberá formalizarse la negociación mediante contrato entre la Municipalidad y el Adjudicatario, extendido en tres tantos, no protocolizable, conforme con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Contratación Administrativa.

Page 34: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 34 de 54

Dicho contrato será firmado una vez que el Contratista haya presentado y la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia haya recibido a satisfacción, la documentación previa a la formalización del Contrato. La firma de los contratos los gestionará la Proveeduría de la Municipalidad. El Adjudicatario deberá cancelar el “Impuesto del Timbre” a favor del Gobierno de la República, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Código Fiscal. Condiciones previas a la formalización del Contrato Una vez realizada la declaratoria de firmeza del acto de adjudicación, el adjudicatario deberá cumplir ante la Proveeduría con lo siguiente: a) Presentar la garantía de cumplimiento. b) Entregar las especies fiscales que corresponden por Ley. c) Demostrar que ha contratado un seguro contra riesgos Profesionales (para sus

empleados) conforme se requiere en el Código de Trabajo. d) Demostrar que ha iniciado el trámite para contratar un seguro contra todo riesgo de

construcción, por el ciento por ciento del monto de la adjudicación, con todas las coberturas necesarias para asegurar satisfactoriamente la obra, el que deberá estar vigente hasta la recepción provisional de la obra.

e) Demostrar que ha contratado un seguro por Responsabilidad Civil por lesión o muerte de terceras personas, otorgado por el Instituto Nacional de Seguros.

f) Presentar declaración jurada, en la cual conste que se encuentra al día en las obligaciones relativas al régimen de impuestos.

g) Presentar certificación de encontrarse al día en el pago de las cuotas obreras y patronales de la Caja Costarricense de Seguro Social.

h) Presentar un cronograma físico-financiero.

Plazo del Contrato El plazo del Contrato será el plazo de ejecución propuesto por el oferente que resulte adjudicatario, que en ningún caso debe ser mayor a 6 meses. En la oferta se deberá indicar el plazo en meses, en caso fracciones de mes se deberá indicar meses y días calendario, por ejemplo 5 meses y 20 días calendario. Garantía de Participación El monto de la garantía de participación será del 1% del monto presupuestado por la Municipalidad de Santa Bárbara.

Page 35: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 35 de 54

Monto presupuestado según certificación presupuestaria vista en expediente administrativo es por ¢210.000.000,00 Garantía de Cumplimiento En el plazo de los diez días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, y antes del vencimiento de la garantía de participación, el adjudicatario de la licitación deberá presentar una garantía de cumplimiento por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del total adjudicado. La garantía de cumplimiento deberá rendirse de conformidad con lo que establecen los numerales 40 y siguientes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y estar vigente, por un plazo de seis meses posterior a la fecha probable en la que el adjudicatario hará la entrega definitiva de la obra. El Contratista podrá presentar una garantía de cumplimiento con una vigencia menor al plazo contractual antes indicado, la cual, en todo caso, no podrá ser inferior a 12 meses, bajo la condición de que dos meses antes de su vencimiento, aporte la nueva garantía por los doce meses adicionales, a riesgo de la ejecución de la anterior en caso de incumplimiento, esto de conformidad con el párrafo tercero del artículo 40 antes citado. En caso de que la obra sufriere atrasos por cualquier motivo, el contratista deberá prorrogar o revalidar dicha garantía, en el momento y hasta por el término que la Proveeduría indique, sin que corra entre el vencimiento y la prórroga ni un solo día de insubsistencia. Asimismo, en caso de incremento del monto del contrato, se deberá ajustar el valor de la garantía de cumplimiento presentada, manteniendo en todo momento el 10% del total contratado. La garantía de cumplimiento será devuelta a petición del Contratista después de cumplidos seis meses desde la recepción definitiva de la obra, salvo que se presentaren algunas circunstancias. Las garantías de cumplimiento deberán ser rendidas según lo indica el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Programa de Trabajo Previo al inicio de la obra el contratista deberá presentar el programa de trabajo contractual a la Municipalidad. Reajuste de Precios Se aplicará la fórmula y criterios establecidos mediante Decreto Ejecutivo Nº 33218-MEIC sobre la base de la estructura porcentual de la oferta. Para estos efectos es obligación del

Page 36: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 36 de 54

oferente presentar el precio de la oferta desglosado porcentualmente en Costos Directos, Indirectos, Imprevistos y Utilidad, de la siguiente manera: PC=CDm+CDI+CIm+CII+ΣCE+U+I=1 Donde: CDM = Representa la ponderación del total de costos de mano de obra directa. CDI = Representa la ponderación del total de costos de insumos directos. CIM = Representa la ponderación del total de costos de mano de obra indirecta. CII = Representa la ponderación del total de costos de insumos indirectos. CE = Representa la ponderación del costo de los insumos y servicios específicos. U = Representa la ponderación de la utilidad. I = Representa la ponderación dispuesta para el rubro de imprevistos. No se aceptarán estructuras de precio que contengan un margen de utilidad menor al 10% y un margen de costos imprevistos menores al 5%. La fórmula que se utilizará para el reajuste de precios en colones será la establecida en el artículo 18 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento publicado en la gaceta Nº 94 del 17 de mayo del 2006 D33114 y su reforma mediante la Gaceta Nº 20 del viernes 27 de enero del 2012 (D36943).

Page 37: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 37 de 54

El contratista deberá presentar su solicitud de reajuste de precios después de presentada la factura por cada avance de obra. Asimismo, junto con su solicitud deberá presentar los cálculos correspondientes, tabla de avance de obra de la factura a reajustar, el cronograma físico – financiero de la factura a reajustar preferiblemente en Project, una factura por cada reajuste, los índices que se utilizaron, la certificación de estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social y copia de la Orden de Compra. No se tramitarán solicitudes de reajuste de precios que vengan incompletas o mal calculadas. La Administración empleará para el cálculo del reajuste de precios cuando los precios hayan sido contratados en colones costarricenses, la fórmula de reajuste de precios de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los contratos de Obra, publicado en la gaceta Nº 94 del 17 de mayo del 2006 D33114 y su reforma mediante la Gaceta Nº 20 del viernes 27 de enero del 2012 (D36943). Reajuste de los Equipos De acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento para el Reajuste de precios en las contrataciones de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento para el reajuste de los insumos específicos (equipos parte de esta contratación), deberá realizarse por el método analítico para lo cual los proveedores deberán adjuntar en su oferta documentación fidedigna procedente del proveedor de cada uno de los insumos específicos (proformas de equipos) al momento de la presentación de la oferta. Impuestos Los oferentes deben tener presente que por disposición de la Ley Nº 7293 la adquisición de equipo, maquinaria y otros bienes que finalmente quedarán incorporados a las obras licitadas están exentos de pago de todo tipo de impuestos, tasas, sobretasas, timbres y derechos aduaneros y de muellaje. Por lo tanto, los PRECIOS UNITARIOS Y TOTALES manifestados en la oferta NO DEBEN INCLUIR IMPUESTOS ni otros cargos indicados supra, en este párrafo.

Page 38: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 38 de 54

Cláusula Penal De conformidad con el numeral 47 del Reglamento a la Ley Contratación Administrativa, se aplicará una deducción del 3% a un máximo de 30 días, sobre el monto de la adjudicación de la obra, por cada día natural de atraso en la finalización completa de la misma hasta un máximo del 25% del monto total del contrato. La Municipalidad ejecutará el cobro de las sumas que surjan con motivo de la aplicación de las cláusulas penales, de las facturas pendientes de pago que tenga el contratista o en caso que sea necesario de la garantía de cumplimiento. Multas Además, se aplicará una multa del 0.15% del valor de la obra si el contratista no presenta (al momento de la recepción provisional) los planos de modificaciones del proyecto (conocidos como “As built”), debidamente actualizados. Finalmente, se aplicará una multa por las actividades no finalizadas al momento de la recepción provisional del proyecto (la cual corresponderá al 35% del costo de la actividad según la oferta). Dicho porcentaje se desglosa de la siguiente manera: a) Valoración: 3% del costo de la actividad no finalizada b) Trámites administrativos: 5% del costo de la actividad no finalizada c) Trámites legales: 7% del costo de la actividad no finalizada d) Imprevistos: 15% del costo de la actividad no finalizada

Seguros y Seguridad Social El Contratista adjudicatario deberá contratar los seguros indicados, cuyo comprobante de pago y póliza respectiva, deberán ser presentados a la Municipalidad, de previo al inicio de la obra. El Contratista y no la Municipalidad será el responsable de cualquier accidente de tipo profesional que ocurra durante la construcción de la obra. El Contratista está obligado a asegurar contra riesgos profesionales a todo el personal. Corresponde también al Contratista cumplir con las obligaciones de Seguridad Social y de conformidad con el artículo 74, párrafo tercero, inciso tercero de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense de Seguro Social, la Municipalidad está facultada para rescindir el contrato si se determina que la empresa, no se encuentra al día con el pago de estas obligaciones. Asimismo, se obliga a asumir las prestaciones y obligaciones que establece el Código de Trabajo. El Contratista debe cumplir con el Reglamento de Seguridad en Construcciones del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social en vigencia y también con todos los reglamentos adicionales del citado Ministerio que sean aplicables a esta obra.

Page 39: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 39 de 54

8. PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL. Otras responsabilidades La Municipalidad podrá retener, de las facturas que presente el Contratista, la suma que estime necesaria para esos efectos, de acuerdo con la Ley. Corresponde asimismo al Contratista, en forma, total y general, todas las obligaciones y responsabilidades del Patrono, derivadas del Código de Trabajo y leyes conexas. Adicionalmente, es responsabilidad del contratista velar y garantizar que los trabajadores que se encuentren en el sitio de la obra, cumplan con las normas morales, orden público y las buenas costumbres, para lo cual se debe evitar cualquier tipo de irrespeto hacia personal docente, administrativo, estudiantado y público en general que se encuentre en las instalaciones de la Municipalidad. En caso de que se llegara a presentar alguna situación de irrespeto, como piropos o cualquier tipo de actuación contraria a la moral, orden público o buenas costumbres, la inspección podrá exigir al contratista que sustituya a los trabajadores que incurran en dichas acciones, los cuales no podrán ser utilizados nuevamente en la ejecución del presente contrato.

9. FORMA DE PAGO La forma de pago será en tractos de acuerdo al avance de la obra, contra entrega de facturas debidamente autorizadas por el encargado de la municipalidad o en su defecto, quien ostente el cargo de director de ese departamento, en la parte técnica quien estará a cargo del proyecto, y del Alcalde Municipal por parte de la Administración, quienes deberán recibir el proyecto, previo cumplimiento de las cláusulas establecidas en el presente cartel. El Encargado del proyecto deberá rendir un informe con el visto bueno ante el Alcalde Municipal sobre cada avance de obra, indicando que se ajustaron a las especificaciones técnicas, el alcalde autorizará cada pago. En la etapa constructiva, se efectuarán pagos parciales contra estimaciones de obra debidamente ejecutada y aprobada por el Arquitecto Municipal, conforme al avance de las obras y al programa de trabajo vigente y aprobado. Se pagarán solo actividades terminadas al 100%. El pago se realizará de la siguiente forma: 25% del monto contratado, previa inspección del 25% de avance de obra.

Page 40: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 40 de 54

25% del monto contratado, previa inspección del 50% de avance de obra. 25% del monto contratado, previa inspección del 75% de avance de obra. 25% del monto contratado, previa inspección del 100% de avance de obra. NOTA: Se debe de indicar la propuesta de los desembolsos de pagos según el avance de obra con los porcentajes indicados anteriormente. Antes de proceder a realizar la cancelación definitiva de este proyecto, se debe llevar a la Comisión de Adjudicaciones el informe del profesional encargado de las obras indicando en la recepción provisional que las mismas se han recibido en forma definitiva y a cabalidad, por haberse realizado dichas obras en total apego a las especificaciones técnicas establecidas en el cartel de licitación y deberá el profesional a cargo, adjuntar a dicho informe la copia del cronograma, donde se acredite el seguimiento que se le dio a la construcción de dichas obras con fotos de respaldo donde conste fecha y hora en que se fueron tomadas y en donde se aprecie al profesional inspeccionando, una vez recibido el informe. Las facturas se presentan en el Departamento de Proveeduría Municipal para el trámite del respectivo. Se realizará por medio de transferencia electrónica previa presentación del original de la Factura Comercial en forma digital y certificación de cuenta cliente emitida por el banco.

10. DE LA EJECUCIÓN Inspección y Supervisión La inspección y supervisión de las obras estará a cargo de la Municipalidad, liderada por el Director Municipal del Proyecto. Pruebas de Laboratorio El contratista deberá certificar en cada facturación, cuando así lo solicite el Director Municipal del Proyecto, la calidad de los materiales incorporados en la obra y compactaciones de suelos o materiales, con ensayos de laboratorio realizados por firmas particulares reconocidas por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos; el costo de estos servicios lo asumirá el contratista y deberá ser contemplado en su oferta. La Municipalidad determinará los laboratorios en los que se deben realizar dichas pruebas, así como el proceso de coordinación con los respectivos laboratorios.

Page 41: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 41 de 54

11. CONTROL DE TRABAJO INSPECCIÓN La inspección recaerá sobre el Director Municipal del Proyecto, quien tendrá como función la de aprobar o rechazar la calidad de los trabajos realizados, decidir cualquier duda en la interpretación de los planos y especificaciones, vigilar que los trabajos se desarrollen como en esos documentos se indica y velar por el fiel cumplimiento del contrato. El Director Municipal del Proyecto tendrá libre acceso a todos los sitios de la obra en todo momento, sin embargo, se limitará el acceso a cualquier otra persona sea funcionario o no de la Municipalidad. FACULTADES DEL DIRECTOR MUNICIPAL DEL PROYECTO Facultad de la inspección: La inspección estará integrada por profesionales de las diferentes ramas de ingeniería y arquitectura y por los auxiliares de estos profesionales que sean necesarios. Estará dirigido por el Director Municipal del Proyecto y por el Director del Proyecto asignado por el Contratista. 1) Solicitar al contratista la presentación oportuna de muestras auténticas de materiales

que fueran necesarias, de previo a su incorporación a la obra, para su aprobación. Bajo ninguna circunstancia se aceptarán materiales instalados que no fuesen previamente aprobados por el inspector correspondiente.

2) Recibir y revisar los documentos necesarios para la exención de impuestos, que el Contratista presente, y aprobar sus montos y las cantidades en ellos indicadas, en los proyectos que contemplen dicha exención.

3) Inspeccionar, aceptar o rechazar cualquier trabajo total o parcialmente. 4) Recibir, revisar y avalar las facturas que el Contratista presente, las cuales deberán

corresponder al avance real de la obra. 5) Solicitar al contratista que la cuadrilla usada en la obra sea sustituida o aumentada, si

la obra no avanzare satisfactoriamente debido a esta circunstancia. 6) Solicitar que el personal empleado en la obra sea aumentado y exigir el reemplazo de

aquel trabajador que se considere evidentemente incapaz, ineficiente, descuidado, insubordinado u objetable en cualquier aspecto que vaya en detrimento o perjuicio del trabajo.

7) Coordinar y vigilar que la toma de muestras, que se usarán en los ensayos de materiales, sea hecha correcta y oportunamente por los laboratorios autorizados.

8) Solicitar el descubrimiento de alguna parte del trabajo para verificar su corrección. Si al inspeccionarlo no resultare aceptable a juicio del Inspector, el descubrimiento, la restauración y el retiro de las partes residuales correrá por cuenta del contratista.

Page 42: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 42 de 54

9) Evacuar las consultas que fueren necesarias para la correcta ejecución de los trabajos. 10) Interpretar los planos y las especificaciones, en caso de discrepancia entre ellos, real

o aparente, se les consultara a los inspectores quienes harán la aclaración respectiva. 11) Realizar la recepción de la obra (provisional y definitiva). 12) Aceptar al Profesional Residente de la obra o exigir al Contratista su remoción. 13) Examinar las facturas que el contratista presente y aprobar sus montos, los cuales

deberá corresponder a las mediciones efectuadas en sitio. 14) Examinar los documentos necesarios para la exención de los impuestos que el

contratista presente y aprobar los montos y las cantidades allí indicados. 15) Recibir informes en relación con las eventualidades a que se refiere el apartado para

decisión correspondiente. 16) Recibir y atender informes en relación con cualquier circunstancia que fuere motivo

suficiente para suspender la obra. 17) Recibir con carácter oficial y para efectos legales los escritos del contratista, que

tengan carácter de reclamo contra la Municipalidad. 18) Comunicar a la administración la necesidad de autorizar aumentos o reducciones en

el monto del contrato por trabajos adicionales no previstos en los planos o en las especificaciones, indispensables para la prosecución y terminación satisfactoria de la obra

19) Comunicar a la administración cualquier circunstancia que fuera motivo suficiente para suspender la obra, de acuerdo con lo estipulado en el capítulo de "requisitos Generales", en el artículo referente a "Suspensión Temporal de la obra".

20) Otras. El Contratista estará obligado a acatar todas las instrucciones y disposiciones del Director Municipal del Proyecto. Cualquier desacuerdo que surgiere, entre el Contratista y el Director Municipal del Proyecto, sobre la interpretación de los planos o de las especificaciones, sobre la ejecución o valoración de cualquier trabajo ejecutado, o sobre la decisión que el Director Municipal del Proyecto tomare respecto de cualquier conflicto que surgiere entre el Contratista y el Director Municipal del Proyecto será sometido, por escrito, a la administración para su resolución definitiva, a propuesta de cualquiera de las partes o por mutuo acuerdo. La inspección o fiscalización comprenderá todo el trabajo contratado, incluida la reparación o la fabricación de los materiales que serán usados, a juicio del Director Municipal del Proyecto. Cuando por razones imprevisibles transcurra un lapso prolongado de tiempo entre la solicitud de inspección de materiales y obra construida y el dictamen de los inspectores, el contratista procederá a proteger la obra para evitar la acción degradante especialmente de la lluvia.

Page 43: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 43 de 54

La aceptación de cualquier material o trabajo que resultare defectuoso, en ninguna forma impedirá el rechazo del mismo al descubrirse algún defecto o vicio oculto, ni obligará al propietario a su aceptación final. La Municipalidad mantendrá en el sitio de la obra, bajo la custodia inmediata del contratista, un libro (bitácora) debidamente autorizado, en el que se anotarán las instrucciones que se den al contratista por los inspectores, sobre la ejecución de las obras. El contratista deberá indicar en cada caso, que se da por enterado de las instrucciones y podrá usar el mismo libro para hacer las observaciones (a través de los profesionales inscritos en el CFIA) y consultas que estime necesarias, de las cuales se darán por enterados los inspectores. Los asientos efectuados en el libro mencionado se considerarán conocidos por ambas partes. Facilidades que deben prestarse a la Inspección: La inspección de la obra a cargo de la Municipalidad. Además de los requisitos que se pueden establecer en las Condiciones Generales, el contratista deberá facilitar a la inspección un lugar en el que se conservarán los planos de la obra y se podrán consultar y efectuar anotaciones de cambios. También se conservará el folleto de especificaciones y el libro de registro de la obra. Este lugar no podrá ser usado por el Contratista para otros fines que no sean los indicados en el párrafo anterior. Inspección final y recepción provisional: El contratista deberá notificar la terminación de la obra por escrito al Director Municipal del Proyecto dentro del plazo contractual. La inspección dispondrá de quince 15 días hábiles para efectuar la inspección final y fijar fecha de recepción provisional. Durante esos 15 días hábiles previos a la recepción provisional, el Director Municipal del Proyecto podrá solicitar al contratista las correcciones necesarias. El contratista contará con plazo hasta la fecha señalada para la recepción provisional concluir lo indicado por la Inspección. Si en este plazo se realizan las correcciones solicitadas se hará la recepción provisional de la obra y hasta esa fecha se contará el plazo de ejecución, en caso contrario, cuando no se haga la correcciones solicitadas, se empezará aplicar el cobro de la clásula penal que corresponda y se postergará la recepción provisional hasta que se concluyan los trabajos. La recepción provisional únicamente se realizará cuando la inspección considere que la obra se encuentra en un estado de finalización adecuado para realizarla, quedando pendiente como un máximo detalles mínimos.

Page 44: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 44 de 54

La Municipalidad dejará constancia de la recepción provisional en un Acta de Recepción Provisional que será suscrita en el sitio de la construcción por el contratista, el Director del Proyecto y un representante, usuarios u otros funcionarios de la Municipalidad, así como del Director Municipal del Proyecto. LIBRO DE REGISTRO El Contratista mantendrá en el sitio de la obra, bajo su custodia inmediata, un libro (bitácora), debidamente autorizado, en el que se anotarán las instrucciones que se den al Contratista por los inspectores, sobre la ejecución de las obras. El Contratista deberá indicar, en cada caso, que se da por enterado de las instrucciones y podrá usar el mismo libro para hacer las observaciones y consultas que estime necesarias, de las cuales se darán por enterados los inspectores. Los asientos efectuados en el libro mencionado se considerarán conocidos por ambas partes.

12. CAMBIOS EN LA OBRA CAMBIOS MÍNIMOS SIN VARIACIÓN DEL COSTO La Administración, por medio del Director Municipal del Proyecto, se reserva el derecho de hacer en la obra cualquier variación que estime necesaria, siempre que esto no signifique aumento o reducción del precio contratado. VARIACIÓN DEL VOLUMEN O DEL COSTO DE LA OBRA La administración podrá ordenar o autorizar aumentos o reducciones en el monto del contrato, modificando los planos o especificaciones de la obra contratada, en razón de un interés justificado a juicio de él mismo. En todos los casos de variaciones la orden de modificación corresponderá darla al funcionario de la administración que tenga autoridad para tal compromiso, quien lo notificará por escrito al Contratista a través de los inspectores. La disminución o el aumento del precio por modificación del contrato se determinarán proporcionalmente sobre las mismas bases del contrato original sin que proceda acreditar el lucro cesante.

Page 45: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 45 de 54

Podrán ser objeto de incremento, sólo aspectos que no sean susceptibles de contratación independiente sin alterar, perjudicar o entorpecer la uniformidad, la secuencia, la coordinación y otros intereses igualmente importantes. En los casos en que se incremente o reduzca el monto del contrato, podrá revisarse el monto de las garantías establecidas, a juicio de la administración. RECLAMACIÓN POR OBRAS ADICIONALES Si el Contratista estima que cualesquiera instrucciones dadas por medio de planos adicionales o de otro modo representan costo adicional a este contrato lo notificará por escrito al inspector municipal dentro de un período razonable después de recibir esas instrucciones y en cualquier caso antes de efectuar el trabajo solicitado caso contrario perderá el todo derecho a reclamos posteriores; excepto en caso de emergencia en que peligren vidas o la propiedad a criterio de la inspección. En caso de que tal notificación no se hiciere según lo anteriormente descrito y antes de dar comienzo a la labor o de que no proveyera el Contratista al inspector de medios adecuados y completos para llevar cuenta escrita del costo verdadero, el Contratista por la presente conviene en que no cobrará tal obra adicional. CONDICIONES PARA EXTRAS Toda obra de esta índole se llevará a cabo bajo las condiciones del contrato original, excepto que cualquier demanda de extensión de tiempo que resulte de estos cambios, se ajustará en el momento que se ordenó el cambio. Al dar instrucciones, el inspector tendrá autoridad para hacer algunos cambios menores, en la obra, que no representan gastos adicionales y que no estén en conflicto con los fines de la obra. Cuando se autoricen cambios que impliquen variación del costo de la obra, la ejecución se realizará por una suma alzada de haber acuerdo entre las partes o en su defecto por administración. El valor de una obra o cambio se basará en los costos reales del Contratista, sujetos a las siguientes bases: 1) Será ejecutado por el mismo personal del Contratista, empleado en los trabajos

regulares incluyendo el capataz. 2) Los salarios, incluido el del capataz, serán los mismos que se hubieran pagado en los

trabajos ordinarios incluidos los seguros, las vacaciones y las demás obligaciones del código del trabajo.

3) Todos los materiales, los combustibles y los lubricantes, necesarios, los suministrarán el Contratista al precio de costo en plaza, incluidos los acarreos.

4) El uso de herramientas estará comprendido dentro del costo de la mano de obra.

Page 46: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 46 de 54

5) La utilidad y la administración del Contratista serán hasta de un máximo de un 15% (quince por ciento) del costo del trabajo extra aprobado. O el reportado en su oferta prevaleciendo el menor.

6) El Contratista llevará un registro separado, para el trabajo extra, de los costos de los materiales, de la mano de obra, del equipo especial, de las cargas sociales y de los acarreos, el cual deberá presentar a los inspectores, una vez aceptado el trabajo realizado, para su aprobación y pago.

7) Al convenir la realización de una extra o reducción se acordará, si implicare, aumento o disminución en el plazo de entrega de la obra. En caso de aumento en el plazo de entrega el Contratista deberá actualizar la vigencia de su garantía de cumplimiento.

Si el Contratista no estuviere de acuerdo con el monto que apruebe la Inspección, podrá apelar, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de la fecha de su comunicación, ante la administración. En contra de lo resuelto no cabrá recurso administrativo alguno. Queda a juicio de la Inspección, previo refrendo de la administración, otorgar o denegar en caso en que hubiese trabajos adicionales una extensión en el plazo de entrega estipulado. En todo caso de aumento en el plazo se deberá contar con la aprobación de la administración. Salvo variación expresa de éstas, el Contratista ejecutará las obras adicionales de conformidad con el propósito de las especificaciones y según las indicaciones de la Inspección. La presentación de las cuentas y los pagos por concepto de trabajos adicionales, se efectuarán conforme se especifica para los trabajos normales.

13. PRESUPUESTO Tabla N° 1 En la Tabla N° 1 se puede modificar, esta tabla es como una base para contemplar en los pagos y el control de obra.

Page 47: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 47 de 54

ACTIVIDAD CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

DEMOLICIÓN 1 global

TRABAJOS PRELIMINARES CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Bodega , instalaciones preliminares, cerramiento global

Movimiento de tierras General Edificio m3

Trazado general m2

FUNDACION PLACA AISLADA P1 28un CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Fundación placa aislada P1 un

PLACA CORRIDA PAREDES BLOCK 253.12ml CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Placa corrida ml

Columnas CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Columnas un

Columnas CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Columnas un

VIGAS DE ENTREPISO CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Viga de entrepiso ml

Pared de bloques CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Pared de block N1 m2

Pared de Livanas N1 m2

Viga corona ml

Pared de bloques CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Pared de block N2 m2

Pared de Livanas N2 m2

Viga corona ml

PROYECTO: EDIFICIO MUNICIPAL # 2

FUNDACIONES

PRIMER NIVEL

COLUMNAS

SEGUNDO NIVEL

SEGUNDO NIVEL

VIGAS DE ENTREPISO

DEMOLICIÓN

DEMOLICIÓN

PAREDES DE BLOCK Y VIGAS CORONA

PRIMER NIVEL

SEGUNDO NIVEL

Tabla N° 1

Page 48: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 48 de 54

ESCALERA PRINCIPAL Y EMERG. 1ER N CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Escaleras internas un

BARANDAS Y PASAMANOS global

OBRA EXTERNA CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Acera m2

Caño ml

ACABADOS 1ER N CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Pintura m2

Repellos m2

Rodapie ml

Corniza ml

Enchapes de baños m2

Pisos m2

Aabado de sobres de baño

ACABADOS 2DO N CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Pintura m2

Repellos m2

Rodapie ml

Corniza ml

Enchapes de baños m2

Pisos m2

Aabado de sobres de baño

VENTANAS GENERAL CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Venta tipo (para cada ventana) un

PUERTAS GENERAL CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Puerta tipo (para cada puerta) un

ESTRUCTURA DE TECHOS CANTIDAD global PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Estructura de techos global

ESTRUCTURA DE TECHOS

ACABADO DE PAREDES

PRIMER NIVEL

VENTANAS GENERAL

SEGUNDO NIVEL

PUERTAS GENERAL

ESCALERAS INTERNAS

PRIMER NIVEL

OBRA EXTERNA

Page 49: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 49 de 54

CUBIERTAS DE TECHOS CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Cubierta de techos m2

Canoas global

Bajantes global

Otra hojalatería global

SISTEMA DE EVACUACION PLUVIAL CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Cajas de registro un

SEÑALETICA CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Rotulos de seguridad global

Rotulos de ubicación de oficinas global

Extintores global

General CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Cerrajeria puerta tipo ( para cada puerta) un

MUEBLES SANITARIOS CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO P.TOTAL

Inodoros

Migitorios

Lavamanos

Barras para discapacitados

Papeleras

Dispensador de jabón

Ducha

Ganchos para ropa

SISTEMA DE AGUA POTABLE GENERAL CANTIDAD Global PRECIO UNITARIO P.TOTAL

SISTEMA DE AGUAS NEGRAS GENERAL CANTIDAD global PRECIO UNITARIO P.TOTAL

SISTEMA PLUVIAL

SISTEMA DE AGUAS NEGRAS

SEÑALIZACION

MUEBLES SANITARIOS GENERALES

SISTEMA DE AGUA POTABLE

INSTALACION SANITARIA Y POTABLE

Cerrajeria

CUBIERTA Y EVACUACION PLUVIAL

Page 50: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 50 de 54

La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia se reserva el derecho de confirmar esa información, y de anular la calificación que corresponda si se comprueba información fraudulenta.

14. CRITERIOS DE EVALUACIÓN La adjudicación de esta contratación recaerá en aquella oferta que resultase más ventajosa para la Municipalidad y que cumpla con todos los requisitos y condiciones del presente cartel de contratación. El sistema de evaluación de las ofertas consistirá de 100 puntos. Las ofertas que cumplan con los aspectos legales y con las especificaciones técnicas del presente cartel, serán evaluados de acuerdo al sistema de valoración y comparación que se presentan a continuación: Los elementos a calificar en esta contratación serán:

CRITERIO PUNTAJE

A Precio 50 puntos

B Experiencia en obras similares 20 puntos

C Diseño 20 puntos

D Tiempo de Entrega 10 puntos TOTAL 100 puntos

INSTALACION ELECTRICA GENERAL CANTIDAD global PRECIO UNITARIO P.TOTAL

SISTEMA CONTRA INCENDIOS GENERAL CANTIDAD global PRECIO UNITARIO P.TOTAL

SISTEMA DE PARARRAYOS GENERAL CANTIDAD global PRECIO UNITARIO P.TOTAL

SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO GENERAL CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO

un

SISTEMA DE EXTRACCION GENERAL CANTIDAD UN PRECIO UNITARIO

un

TOTAL ₡0

INSTALACION ELECTRICA GENERAL

INSTALACION ELECTRICA

Page 51: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 51 de 54

Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y especificaciones técnicas requeridas, se les aplicarán varios criterios de evaluación conforme al siguiente detalle:

A. PRECIO. (50 puntos) Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, de las ofertas que resulten elegibles, se seleccionará la más conveniente para los intereses de la Administración utilizando el siguiente criterio:

PP= MOP

X 50 MOEA

Dónde:

PP: Puntos asignados por precio.

MOP: Monto de la oferta con menor precio.

MOEA: Monto de la oferta económica en estudio.

B. EXPERIENCIA DEL EN OBRAS SIMILARES (20 puntos) La empresa debe tener experiencia en obras similares, ya que es uno de los requisitos que necesita aportar para poder ser calificada. La experiencia previa del oferente debe considerarse como mínimo haber construido 1,000 m² de construcción nueva en obras similares a las del objeto de la presente licitación obtenida en los últimos 10 años. La oferta de empresas que tengan menos área que la indicada no será considerada. Y que al menos hubiera construido un edificio con las características similares de este proyecto. Debe de demostrar por medio de una tabla N° 2 la siguiente descripción de las obras realizadas:

Tabla N°2 Experiencia en obras

N° Mes/Año de inicio

Me/Año de terminación

Meses Identificación del

Contrato

Función del

Licitante

1

Nombre del Contrato: Descripción de Obra:

Niveles:

Page 52: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 52 de 54

Área: Acabados estructurales y

arquitectónicos: Información

electromecánica: Nombre del Contratante:

Dirección:

2

Nombre del Contrato: Descripción de Obra: Niveles: Área: Acabados estructurales y arquitectónicos: Información electromecánica: Nombre del Contratante: Dirección:

El criterio de diseño utilizado en los edificios objeto de esta contratación, considera los aspectos que se indican en la Tabla 4.1, Sección 4.3 y tabla 6.1 del Código Sísmico de Costa Rica 2010. Además del capítulo 17 del CSCR 2010. Dentro de los 1.000 m² que se solicitan como experiencia mínima, el oferente deberá demostrar experiencia en al menos 1 edificio que cumpla con los siguientes requisitos: Edificio con 2 niveles o más con un área mínima de 400 m² de construcción. Edificio construido con las instalaciones electromecánicas detalladas a continuación:

o Sistemas de aire acondicionado y extracción. o Sistemas contra incendios (detección y supresión). o Sistemas de bombeo para agua potable.

Los anteriores son requisitos mínimos. Todos ellos deberán contar con al menos 2 niveles de construcción cada uno y haber sido construidos con los siguientes requisitos mínimos: con estructura metálica para cubiertas, losas de concreto para cubiertas, losas para entrepiso, paredes de block de concreto, instalación de fachadas con ventanales de aluminio y vidrio, con elevadores y/o montacargas y con instalaciones electromecánicas como iluminación, tomacorrientes, red de datos y sistemas de vigilancia. Los anteriores son requisitos mínimos.

Nota: Además la empresa debe de adjuntar al director del proyecto debidamente inscrito en el CFIA y con experticia en la construcción de obra similar. Deberá presentar la Adjuntar la

Page 53: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 53 de 54

información necesaria que indique la experiencia en proyectos similares. Certificación del CFIA y constancia de obras indicando el área de los proyectos en los últimos 10 años.

C. DISEÑO. (20 puntos) Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, la Administración realizara el estudio de los diseños propuestos, otorgando el siguiente puntaje:

Diseño Excelente 10 Puntos

Diseño Muy Bueno 07 Puntos

Diseño Bueno 03 Puntos

Diseño excelente: es el diseño que cumpla a satisfacción con las necesidades establecidas en el cuadro de indicaciones en el cartel, además que presente originalidad y funcionalidad.

Diseño muy bueno: es el diseño que cumple con lo básico establecido en las necesidades indicadas en el cartel.

Diseño bueno: es el diseño que cumple con lo básico establecido en las necesidades indicadas en el cartel. Pero además es muy sencilla la propuesta y carece de visión en la funcionalidad del edificio.

D. TIEMPO DE ENTREGA. (10 puntos) Muy anticipado: Es la entrega que se realiza con más de un mes de anticipación. Bastante anticipado Es la entrega que se realiza con menos de un mes de anticipación. A tiempo Es la entrega que se realiza justo a tiempo.

15. ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN. El estimado de la contratación es de ¢210.000.000,00 (DOSCIENTOS DIEZ millones de colones con 00/100). DIEZ MILLONES PARA LOS PLANOS Y DISEO Y 200 MILLONES PARA LAS OBRAS DE DEMOLICION Y CONSTRUCCION. 16. INSPECCIÓN Y FISCALIZACIÓN La inspección y fiscalización de los servicios será efectuada por el Arq. Marío Loría, del Departamento de Ingeniería, en la parte técnica quien estará a cargo del proyecto, y del Alcalde Municipal por parte de la Administración, quienes deberán recibir el proyecto, previo cumplimiento de las cláusulas establecidas en el presente cartel. Las observaciones y órdenes que formule el encargado serán de obligatorio cumplimiento para el contratista. El encargado será el responsable de que el contratista cumpla con las especificaciones y detalles del servicio contratado.

Page 54: Municipalidad de Santa Bárbara Departamento de Proveeduría · Reglamento de Construcción y ley 7600, Código sísmico de Costa Rica 2010, entre otros. Los acabados arquitectónicos

Municipalidad de Santa Bárbara Licitación Abreviada No. 2018LA-000007-CL Departamento de Proveeduría

Página 54 de 54

Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, de las ofertas que resulten elegibles, se seleccionará la más conveniente para los intereses de la Administración. La Administración advierte que la tabla de Valoración, que en este cartel se indica, es un parámetro de análisis de las ofertas del oferente que servirá como elemento de justificación para la resolución de adjudicación. La Administración verificará y estudiará los documentos presentados por los oferentes, a fin de determinar la veracidad de los mismos y se reserva el derecho de elevar a las instancias correspondientes a alguna persona, o empresas que suministre falsa información.

Licda. Cynthia Salas Ch. Proveedora Municipal