MUNICIPALIDAD DE PALMARES SOMETE A … · R-DC-10-2012 y de conformidad con la tabla de viáticos...

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La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 11 de enero del 2013 ¢ 530,00 AÑO CXXXV Nº 8 - 48 páginas MUNICIPALIDAD DE PALMARES SOMETE A CONSULTA PÚBLICA REGLAMENTO DEL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Este reglamento municipal tiene por objeto regular el Plan Municipal para la Gestión de Residuos Sólidos que se generan en el cantón y que por ley son responsabilidad de esta Municipalidad. Fotografía con fines ilustrativos. Págs. 18 - 24

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La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 11 de enero del 2013

¢ 530,00 AÑO CXXXV Nº 8 - 48 páginas

MUNICIPALIDAD DE PALMARESSOMETE A CONSULTA PÚBLICA REGLAMENTO DEL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

Este reglamento municipal tiene por objeto regular el Plan Municipal para la Gestión de Residuos Sólidos que se generan en el cantón y que por ley son responsabilidad de esta Municipalidad.

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Págs. 18 - 24

Pág 2 La Gaceta Nº 8 — Viernes 11 de enero del 2013

PODER EJECUTIVO

ACUERDOSMINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº 65-2012-MGPEL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 141 de la Constitución Política, artículo 28 inciso 1 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9019 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2012, Alcance Digital N° 106 en La Gaceta N° 244 del 20 de diciembre del 2011 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos N° R-DC-10-2012 y de conformidad con la tabla de viáticos al exterior publicada en La Gaceta N° 7 del 10 de enero del 2012.

Considerando:1º—Que la participación en el: “Foro Regional de Sociedad

Civil y Gobiernos de los países del SICA sobre prevención de la violencia, así como en la reunión de puntos focales del CASAC” a realizarse en Guatemala, es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en él se tratarán temas de relevancia para esta Cartera Ministerial.

2º—Que este Foro Regional se realizará en Guatemala del 3 al 5 de diciembre del 2012. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Viceministra de Gobernación

y Policía, Lic. Marcela Chacón Castro, cédula 1-660-620, así como a Isabel Jiménez González, cédula de identidad N° 2-600-855, también funcionaria del Ministerio de Gobernación y Policía, para que participen en el “Foro Regional de Sociedad Civil y Gobiernos de los países del SICA sobre prevención de la violencia, así como en la reunión de puntos focales del CASAC” a realizarse en Guatemala del 3 al 5 de diciembre del 2012

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana. Los tributos o cánones que deban pagarse en las terminales, traslados internos, se liquidarán según lo regulado en el artículo 32 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Los gastos menores serán cubiertos con recursos de la sub-partida 1.05.04 del Programa 044, Actividad Central, todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de viáticos al exterior publicada en La Gaceta N° 7 del 10 de enero de 2012.

Artículo 3º—Se autoriza la participación de la señora Viceministra de Gobernación y Policía, Lic. Marcela Chacón Castro, cédula 1-660-620, así como de Isabel Jiménez González, cédula de identidad N° 2-600-855, a dicha actividad, saliendo del país el día 2 de diciembre y regresando el día 5 de diciembre del año en curso, por lo que en los días indicados devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Las funcionarias ceden las millas otorgadas al Ministerio de Gobernación y Policía en el viaje al exterior.

Artículo 5º—Rige a partir del 2 al 5 de diciembre del 2012.San José, a las catorce horas del día treinta de noviembre del

dos mil doce.Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía,

y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 61751.—C-19740.—(IN2012115863).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORN° 323-2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996, y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 517-2010 de fecha 20

de setiembre del 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 206 del 25 de octubre del 2010; modificado por el Informe N° 107-2011 de fecha 22 de noviembre del 2011, emitido por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER; a la empresa Congelados y Jugos del Valle Verde S. A., cédula jurídica N° 3-101-586074, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

El Alcance Digital Nº 3 a La Gaceta Nº 6 circuló el miércoles 9 de enero de 2013 y contiene decretos, directriz y acuerdos del Poder Ejecutivo y Contratación Administrativa.

CONTENIDO

PágNº

PODER EJECUTIVOAcuerdos ................................................................ 2

DOCUMENTOS VARIOS ........................................ 3TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos .................................................................. 12 Avisos .................................................................... 13CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 13REGLAMENTOS ................................................... 18INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 25RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 27AVISOS..................................................................... 27NOTIFICACIONES ................................................ 46FE DE ERRATAS .................................................... 47

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II.—Que mediante documentos presentados los días 3 de julio y 6 de agosto del 2012, en la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER, la empresa Congelados y Jugos del Valle Verde S. A., solicitó la disminución del nivel mínimo de empleo.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Congelados y Jugos del Valle Verde S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 89-2012 de fecha 7 de agosto del 2012, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministerio de Comercio Exterior, mediante el oficio DM-911-1 de 26 de setiembre del 2001, señaló lo siguiente:

“(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa (...)”.V.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias

que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.

VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 517-2010 de fecha 20

de setiembre del 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 206 del 25 de octubre del 2010 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas sexta y sétima se lea de la siguiente manera:

“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 55 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $500.000,00 (quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de enero del 2012, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US $2.366.567,00 (dos millones trescientos sesenta y seis mil quinientos sesenta y siete dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de agosto del 2012; dadas las circunstancias bajo las cuales la empresa justifica su solicitud de disminución, el compromiso asumido con el nivel mínimo de empleo, deberá ser revisado por ella dentro de los veinticuatro meses siguientes a la comunicación de este acuerdo, con el fin de valorar el eventual incremento del mismo. De igual forma, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 97,65%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo

Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

“7. Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 22 de noviembre del 2011. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de área de techo industrial consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.”2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se

mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 517-2010 de fecha 20 de setiembre del 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 206 del 25 de octubre del 2010 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.Comuníquese y publíquese.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los

treinta y un días del mes de agosto del dos mil doce.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de

Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.—(IN2012115260).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDARES-STE-03-2012.—El Ministerio de Hacienda y el

Ministerio de Agricultura y Ganadería. Con fundamento en los artículos 27 y 28 de la Ley General de la Administración Pública, la Ley N° 7293 del 31 de marzo de 1992, Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, Derogatorias y Excepciones, Decreto Ejecutivo N° 34706 MAG-H-MEIC, publicado 29 de agosto del 2008 La Gaceta Nº 167, y;

Considerando:1°—Que el artículo 5 de la Ley N° 7293 del 31 de marzo

de 1992, denominada “Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, Derogatorias y Excepciones”, publicada en La Gaceta N° 66 del 3 de abril de 1992, dispone: “Exonérese de todo tributo y sobretasas, la importación de maquinaria, equipo, insumos para la actividad agropecuaria, así como las mercancías que requiera la actividad pesquera, excepto la pesca deportiva. Asimismo, exonérese de todo tributo y sobretasas, excepto de los derechos arancelarios, las materias primas para la elaboración de los insumos para la actividad agropecuaria y para el empaque de banano. Lo anterior se regulará conforme a las listas que al efecto elaborará el Poder Ejecutivo. Este beneficio será extensivo para el combustible, en el caso de la actividad pesquera antes mencionada”.

2°—Que es voluntad del Estado el promover en forma expedita el acceso por parte de los productores agropecuarios y acuícolas a la maquinaria, equipo y a todos aquellos insumos necesarios para sus actividades productivas, de manera tal que puedan ser adquiridos a un menor costo y contribuir con ello a una mayor competitividad de dichos sectores productivos.

3°—Que el continuo avance de la tecnología aplicada a los procesos productivos, da como resultado la creación de nuevos equipos, de insumes y maquinaria de uso agropecuario, por lo que el marco regulatorio de las exoneraciones que por ley son establecidas, debe ser lo suficientemente flexible a efectos de ajustarse a dicha evolución tecnológica.

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4°—Que el artículo 16 del Decreto Ejecutivo 34706 MAG-H-MEIC dispone la actualización de la lista de bienes contemplados en los anexos I y II, se hará mediante resolución administrativa suscrita por Dirección General de Hacienda y la Dirección de Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura y Ganadería previa recomendación de la Comisión Técnica de Exoneraciones.

5°—El yute es un tejido de alta densidad y se fabrica de fibras naturales también llamadas yute, es una de las fibras de más alta resistencia aun conservando su flexibilidad, razón por la que puede soportar altos pesos, utilizado principalmente para empacar café.

6°—Que según oficio DEJ/1068/2012 suscrito por el Director Ejecutivo del Instituto del Café , así como el sector cooperativo de café, señalan la necesidad de incluir de los sacos de yute para el empaque de café en grano, en el Anexo I del Decreto Ejecutivo N° 34706 MAG-H-MEIC.

7°—Que mediante Sesión Ordinaria N° 05, celebrada el día 2 de octubre del 2012, la Comisión Técnica de Exoneraciones, realizó el análisis correspondientes para la ampliación de la lista taxativa de bienes contemplados en los anexos I y II , y acordó recomendar a la Dirección General de Hacienda y la Dirección de Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, adicionar a la lista taxativa el producto descrito como “Sacos de yute para el empaque de café en grano con las siguientes medidas: 71.12 cm x 101.6 cm con peso de 740 gramos, 720 gramos, 700 gramos y 500 gramos, todos con ruedo en la boca”.

8°—Que la exoneración prevista en el artículo 5° de la precitada Ley es de tipo objetiva, entendiéndose como tal que el beneficio está orientado a las mercancías propiamente dichas y no al importador, sea este persona física o jurídica, con la condición que la mercancía será exonerada solo cuando sea para fines agropecuarios como indica la ley en mención, misma que faculta para que pueda estar sujeta a la fiscalización del uso y destino que se le otorgue.

9°—Que la Dirección General de Hacienda y la Dirección de Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, acogen la recomendación dada por la Comisión Técnica de Exoneraciones de adicionar la lista taxativa actual el producto “Sacos de yute para el empaque de café en grano con las siguientes medidas: 71.12 cm x 101.6 cm con peso de 740 gramos, 720 gramos, 700 gramos y 500 gramos, todos con ruedo en la boca”. Por tanto,

ACUERDAN:Artículo 1º—Se amplía la lista taxativa del Decreto Ejecutivo

34706 MAG-H-MEIC, incorporando en el Anexo I, el ítem:“Sacos de yute para el empaque de café en grano con las

siguientes medidas: 71.12 cm x 101.6 cm con peso de 740 gramos, 720 gramos, 700 gramos y 500 gramos, todos con ruedo en la boca”.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en San José, a los siete días del mes de noviembre del

dos mil doce.Carole Quesada Rodríguez, Subdirectora General de

Hacienda.—Erick Quirós Quirós, Director Superior de Operaciones Regionales y Extensión Agropecuaria.—1 vez.—(IN2012115844).

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIOS FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOSEDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAE-REG-E-418/2012.—El señor Marco A. Verdesia Solano,

cédula de identidad: 1-397-244, en calidad de Representante Legal de la compañía Kaiser S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción de la Abonadora, marca: SOLÁ, modelo: D-903 PLUS/1200, País de origen: España. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las quince horas con veinticinco minutos del siete de diciembre del dos mil doce.— Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012114618).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

AE-REG-E-423/2012.—La señora Cinthia Valverde Gómez, cédula N° 2-0483-0826, en calidad de representante legal de la compañía Agrofertilizantes Nerkin S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Los Chiles de Aguas Zarcas, solicita inscripción del acondicionador de suelo de nombre comercial ECO-ZIME, compuesto a base de proteína cruda, lípidos, fibra y ceniza. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012115251).

AE-REG-E-421/2012.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula N° 3-0144-0187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del bioestimulante de nombre comercial BIOFULL L, compuesto a base de polisacáridos, aminoácidos, extracto de algas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:00 horas del 10 de diciembre del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012115253).

AE-REG-E-422/2012.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula N° 3-0144-0187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del bioestimulante de nombre comercial ECOFULL L, compuesto a base de polisacáridos, flavonoides, aminoácidos, extracto de algas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:00 horas del 10 de diciembre del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012115254).

AE-REG-E-425/2012.—El señor Roberto Flores Gamboa, cédula N° 4-109-459, en calidad de representante legal de la compañía Agrocafé de Occidente S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial IDAI K PLUS, compuesto a base de potasio (1.5%p/p). Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:45 horas del 12 de diciembre del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012115255).

AE-REG-E-424/2012.—El señor Roberto Flores Gamboa, cédula N° 4-109-459, en calidad de representante legal de la compañía Agrocafé de Occidente S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial IDAI CUAJE, compuesto a base de nitrógeno (1.5%), fósforo (8%), boro (1.5%) y molibdeno (3%), todos declarados en peso/peso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:45 horas del 12 de diciembre del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012115256).

La Gaceta Nº 8 — Viernes 11 de enero del 2013 Pág 5

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMALDIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOEl doctor Jorge Umaña Barquero número de cédula 1-1213-

0059, vecino de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Corporación Agropecuaria Corpeco S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Bioanemín Oro, fabricado por Laboratorio Quimtia S. A., de Perú, con los siguientes principios activos: cada 1 ml contiene: cacodilato de sodio 30 mg, glicerofosfato de sodio 20 mg, hierro (citrato amoniacal) 20 mg, cobalto (acetato) 0.5 mg, histidina HCL 5 mg, triptófano 2.5 mg, tiamina clorhidrato 5 mg, DL metionina 10 mg, riboflavina 5 fosfato sódico 2 mg, nicotinamida 50 mg, piridoxina clorhidrato 10 mg, Vit. B12 (cianocobalamina) 0.012 mg, ácido cítrico 5 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la prevención y tratamiento de desórdenes de hematopoyesis, anemias y estimulante del crecimiento. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14 horas del día 19 de junio del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012115850).

EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOSEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZAnte este Departamento se ha presentado la solicitud de

reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, asiento N° 340, emitido por el Colegio Santa Margarita, en el año dos mil cinco, a nombre de Mena Briceño Daniella. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de diciembre de1 dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012114287).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 84, título N° 4869, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga, en el año dos mil cuatro, a nombre de Ortiz Jiménez Carlos David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Brenes Ortiz Carlos David. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012332311.—(IN2012114423).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 28, título N° 537, emitido por el Colegio Nocturno Osa, en el año dos mil ocho, a nombre de Arias Mora Tony David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012114729).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 07, título N° 06, emitido por el Liceo de Aguas Claras, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de García

Araya Omar Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012114856).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, asiento 25, título N° 1055, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí, en el año dos mil siete, a nombre de Corrales Morales Lady Amalia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012114860).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, título N° 1080, emitido por el Liceo de Moravia, en el año dos mil, a nombre de Curco Hernández Norma Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de octubre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012332565.—(IN2012115008).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAnte este Departamento se ha presentado la solicitud de

reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título Nº 431, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Esquivel Sánchez Paola María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115231).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 22, título N° 338, emitido por el Colegio Cristiano Centro Evangelístico, en el año dos mil siete, a nombre de Calderón Chinchilla Luana Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115605).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 34, título N° 779, emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Juárez Briceño Kattia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos son: Cárdenas Briceño Katty María. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115625).

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Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 68, emitido por el Liceo Nocturno José Martí, en el año mil novecientos setenta, a nombre de Quirós Salas Carlos Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115667).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 93, título N° 1511, emitido por el Liceo San José de Alajuela, en el año dos mil diez, a nombre de Valverde Núñez Luis Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115723).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 132, título N° 2481, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año dos mil seis, a nombre de Bermúdez Gutiérrez Katherine. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de noviembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115725).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Técnica, Modalidad Servicios con Especialidad en Secretariado, inscrito en el tomo 33, folio 1, título N° 13, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Vargas Rivera Mery Cecilia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115843).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 244, título N° 1540, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil nueve, a nombre de Calderón Acuña Jorge Lenin. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012115859).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALREGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDe conformidad con la autorización extendida por la

señora Ministra de Trabajo y Seguridad social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la Organización Social denominada: Cooperativa de Servicios Funerarios de Jesús de Santa Bárbara de Heredia R. L., siglas COOPESEFUJE R. L., acordada en asamblea celebrada el 21 de octubre del 2012. Resolución 790. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas

y 49 de la ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 1, 8 y 9 del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varía el nombre de la organización y en adelante se denominará: Cooperativa de Servicios Múltiples Funerarios de Jesús de Santa Bárbara de Heredia R. L., siglas COOPESEFUJE R.L.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2012114616)

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUALCambio de nombre por fusión Nº 79824

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Schering Corporation, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Merck Sharp & Dohme Corp, por el de Schering Corporation, presentada el día 24 de julio de 2012 bajo expediente 79824. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1845805 registro Nº 18458 MSD en clase 5 marca mixto, 1900-2369405 registro Nº 23694 TRYPTANOL en clase 5 marca denominativa, 1900-3863805 registro Nº 38638 ATTENUVAX en clase 5 marca denominativa, 1900-3982810 registro Nº 39828 OCUMETRO en clase 10 marca denominativa, 1900-4232705 registro Nº 42327 BIAVAX en clase 5 marca denominativa, 1900-4354205 registro Nº 43542 M-M-R en clase 5 marca denominativa, 1900-4391805 registro Nº 43918 M-R-VAX en clase 5 marca denominativa, 1900-4437705 registro Nº 44377 MSD en clase 5 marca denominativa, 1900-4590505 registro Nº 45905 SINEMET en clase 5 marca denominativa, 1900-5135116 registro Nº 51351 COMPENDIO MEDICO en clase 16 marca denominativa, 1900-5256005 registro Nº 52560 DONOBID en clase 5 marca denominativa, 1900-5343805 registro Nº 53438 TIMOPTOL en clase 5 marca denominativa, 1900-5696205 registro Nº 56962 H - B - VAX en clase 5 marca denominativa, 1900-6274703 registro Nº 62747 MSD MERCK SHARP & DOHME en clase 3 marca denominativa, 1900-6274705 registro Nº 62747 MSD MERCK SHARP & DOHME en clase 5 marca denominativa, 1900-6276005 registro Nº 62760 ZOROXIN en clase 5 marca denominativa, 1900-6356205 registro Nº 63562 MODURETIC en clase 5 marca denominativa, 1900-6374105 registro Nº 63741 RENITEC en clase 5 marca denominativa, 1900-6426405 registro Nº 64264 en clase 5 marca figurativa, 1900-6474005 registro Nº 64740 TIENAM en clase 5 marca denominativa, 1900-6523905 registro Nº 65239 CO-RENITEC en clase 5 marca denominativa, 1900-6609105 registro Nº 66091 PNEUMOVAX en clase 5 marca denominativa, 1900-6655705 registro Nº 66557 CLOBOPTIC en clase 5 marca denominativa, 1900-6684505 registro Nº 66845 PRINIVIL en clase 5 marca denominativa, 1900-6684605 registro Nº 66846 MEVINACOR en clase 5 marca denominativa, 1900-6856605 registro Nº 68566 ZOCOR en clase 5 marca denominativa, 1900-6896605 registro Nº 68966 PEPCID en clase 5 marca denominativa, 1900-7766705 registro Nº 77667 PROSCAR en clase 5 marca denominativa, 1900-8036905 registro Nº 80369 CRIXIVAN en clase 5 marca denominativa, 1900-8072505 registro Nº 80725 OSAMAX en clase 5 marca denominativa, 1991-0000550 registro Nº 76909 TRUSOPT en clase 5 marca denominativa, 1992-0002170 registro Nº 81829 COZAAR en clase 5 marca denominativa, 1992-0002821 registro Nº 81880 MERCK SHARP & DOHME en clase 5 marca mixto, 1992-0002822 registro Nº 81323 MERCK SHARP & DOHME en clase 16 marca mixto, 1992-0002823 registro Nº 81322 MERCK SHARP & DOHME en clase 1 marca mixto, 1992-0003792 registro Nº 81343 PEDVAXHIB en clase 5 marca denominativa, 1992-0005548 registro Nº 97387 LORTAN en clase. 5 marca denominativa, 1993-0000523 registro Nº 83233 TIMOPTOL-XE en clase 5 marca denominativa, 1993-0007559 registro Nº 86940 RENITEC RPD en clase 5 marca denominativa, 1995-0001351 registro Nº 92460 SINGULAIR en clase 5 marca denominativa, 1995-0004684 registro Nº 94155 CANDEAN en clase 16 marca denominativa, 1995-0004685 registro Nº 94156 COMVAX en clase 5 marca denominativa, 1995-0004686 registro Nº 94287 VARIVAX en clase 5 marca denominativa, 1995-0006389 registro Nº 95233

La Gaceta Nº 8 — Viernes 11 de enero del 2013 Pág 7

PROPECIA en clase 5 marca denominativa, 1995-0006390 registro Nº 95931 XYNERTEC en clase 5 marca denominativa, 1995-0006978 registro Nº 95284 COSOPT en clase 5 marca denominativa, 1995-0006981 registro Nº 95796 OCUGRIP en clase 5 marca denominativa, 1995-0008240 registro Nº 97026 VAQTA en clase 5 marca denominativa, 1996-0003140 registro Nº 98312 PEPCID AC en clase 5 marca denominativa, 1996-0006249 registro Nº 100175 en clase 5 marca figurativa, 1996-0006284 registro Nº 100184 MAXALT en clase 5 marca denominativa, 1997-0003431 registro Nº 104224 FOSAMAX en clase 5 marca mixto, 1997-0007909 registro Nº 107581 P en clase 5 marca mixto, 1997-0007911 registro Nº 107565 INVANZ en clase 5 marca denominativa, 1997-0007912 registro Nº 107564 EMEND en clase 5 marca denominativa, 1997-0007917 registro Nº 107561 RPD en clase 5 marca denominativa, 1997-0008886 registro Nº 108147 CRESCENDO en clase 5 marca denominativa, 1998-0001290 registro Nº 109636 CANCIDAS en clase 5 marca denominativa, 1998-0002153 registro Nº 114039 HEART CARE NETWORK en clase 41 marca mixto, 1998-0002154 registro Nº 110440 en clase 41 marca figurativa, 1998-0003413 registro Nº 112709 OCUMETER PLUS en clase 5 marca denominativa, 1998-0005375 registro Nº 111929 en clase 16 marca figurativa, 1998-0005376 registro Nº 111605 STOCRIN MSD en clase 5 marca denominativa, 2000-0002210 registro Nº 122084 AIRATHON en clase 5 marca denominativa, 2000-0004023 registro Nº 124796 PROQUAD en clase 5 marca denominativa, 2000-0004321 registro Nº 126561 FOSAMAX en clase 5 marca mixto, 2000-0005941 registro Nº 124857 ROTATEQ en clase 5 marca denominativa, 2000-0009596 registro Nº 126424 EFFICIB en clase 5 marca denominativa, 2000-0009597 registro Nº 126401 EXINEF en clase 5 marca denominativa, 2001-0001367 registro Nº 127739 ARCOXIA en clase 5 marca denominativa, 2001-0004779 registro Nº 130674 EMEND en clase 5 marca denominativa, 2001-0005339 registro Nº 131252 INVANZ en clase 5 marca mixto, 2002-0003315 registro Nº 137376 SOLSENSIA en clase 5 marca denominativa, 2002-0007082 registro Nº 138875 ALTESPA en clase 5 marca denominativa, 2002-0007083 registro Nº 138874 SPALEVIA en clase 5 marca denominativa, 2002-0007084 Registro Nº 138873 BRINAVESS en clase 5 marca denominativa, 2002-0008213 registro Nº 139966 DUVEPRA en clase 5 marca denominativa, 2002-0008217 registro Nº 139964 DUTOSA en clase 5 marca denominativa, 2003-0008944 registro Nº 148159 GARDASIL en clase 5 marca denominativa, 2003-0008945 registro Nº 148160 ZOSTIGARD en clase 5 marca denominativa, 2004-0003543 registro Nº 150592 FOSAVANCE en clase 5 marca denominativa, 2004-0003544 registro Nº 150591 FOSAPLUS en clase 5 marca denominativa, 2004-0003546 registro Nº 150590 FOSAMAXPLUS en clase 5 marca denominativa, 2004-0009347 registro Nº 154126 SYMONY en clase 5 marca denominativa, 2005-0000552 registro Nº 158962 ZOSTAVAX en clase 5 marca denominativa, 2005-0002842 registro Nº 157622 JANUVIA en clase 5 marca denominativa, 2005-0002843 registro Nº 157621 JANUVEL en clase 5 marca denominativa, 2005-0005052 registro Nº 160983 en clase 5 marca figurativa, 2005-0005841 registro Nº 159972 ZOLINZA en clase 5 marca denominativa, 2005-0005842 registro Nº 157465 ODACTRA en clase 5 marca denominativa, 2005-0007912 registro Nº 161359 en clase 5 marca figurativa, 2006-0003136 registro Nº 162579 JANUMET en clase 5 marca denominativa, 2006-0003531 registro Nº 162805 JANUVIMET en clase 5 marca denominativa, 2006-0004297 registro Nº 165301 24SPORT en clase 41 marca mixto, 2006-0006012 registro Nº 178450 Programa SALUD ES VIDA ¡Vívela con calidad! en clase 44 marca mixto, 2006-0006980 registro Nº 170025 FYNUVIS en clase 5 marca denominativa, 2006-0008004 registro Nº 165751 en clase 44 marca figurativa, 2006-0008005 registro Nº 165753 UNIVADIS en clase 44 marca denominativa, 2006-0008194 registro Nº 166436 ISENTRESS en clase 5 marca denominativa, 2006-0008195 registro Nº 166437 INROCADE en clase 5 marca denominativa, 2006-0009239 registro Nº 168396 TREDAPTIVE en clase 5 marca denominativa, 2006-0009240 registro Nº 168395 CORDAPTIVE en clase 5 marca denominativa, 2006-0009241 registro Nº 168457 CORVANTAGE en clase 5 marca denominativa, 2006-0009242 registro Nº 168380 IMPROLIP en clase 5 marca denominativa,

2006-0011521 registro Nº 196666 MSD Donde los pacientes son lo primero en clase 16 marca mixto, 2006-0011522 registro Nº 196662 MSD Donde los pacientes son lo primero en clase 44 marca mixto, 2007-0000614 registro Nº 169346 TRIVOLVE en clase 5 marca denominativa, 2007-0004027 registro Nº 171140 ALEZOS en clase 5 marca denominativa, 2007-0004028 registro Nº 171847 ONVARA en clase 5 marca denominativa, 2007-0009993 registro Nº 172867 en clase 5 marca figurativa, 2007-0012146 registro Nº 174129 AIROSO en clase 16 marca denominativa, 2007-0012147 registro Nº 174130 AIROSO en clase 5 marca denominativa, 2008-0000615 registro Nº 179020 PRELITA en clase 5 marca denominativa, 2008-0011023 registro Nº 189503 Donde los pacientes están primero MSD en clase 16 marca mixto, 2008-0011024 registro Nº 189486 Donde los pacientes están primero MSD en clase 44 marca mixto, 2009-0001224 registro Nº 193267 UMBRENA en clase 5 marca denominativa, 2009-0001225 registro Nº 193257 PRECIFYL en clase 5 marca denominativa, 2009-0001228 registro Nº 191134 TYVANTRA en clase 5 marca denominativa, 2010-0000284 registro Nº 201147 IVEMEND en clase 5 marca denominativa, 2010-0003790 registro Nº 205196 SAFLUTAN en clase 5 marca denominativa, 2010-0006241 registro Nº 204661 XQ en clase 5 marca denominativa, 2010-0007689 registro Nº 206824 en clase 5 marca figurativa, 2010-0007983 registro Nº 206394 JENZYL en clase 5 marca denominativa, 2010-0009501 registro Nº 207774 ZIOPZAN en clase 5 marca denominativa, 2010-0009503 registro Nº 207692 ZIOPTAN en clase 5 marca denominativa, 2010-0009504 registro Nº 207715 OPTOGLAN en clase 5 marca denominativa, 2010-0009701 registro Nº 207412 VELMETIA en clase 5 marca denominativa, 2010-0009702 registro Nº 207414 EFFICIB en clase 5 marca denominativa, 2010-0009703 registro Nº 207413 TESAVEL en clase 5 marca denominativa, 2010-0009704 registro Nº 207411 RISTFOR en clase 5 marca denominativa, 2010-0009705 registro Nº 207415 RISTABEN en clase 5 marca denominativa, 2010-0010010 registro Nº 207297 ATOZET en clase 5 marca denominativa, 2011-0003423 registro Nº 212278 TYVANTRA en clase 5 marca mixto, 2011-0004972 registro Nº 213002 MITILAY en clase 5 marca denominativa, 2011-0004973 registro Nº 213003 ABRELLIAN en clase 5 marca denominativa, 2011-0004974 registro Nº 213004 ABRACEDE en clase 5 marca denominativa, 2011-0006745 registro Nº 214452 VEZMOR en clase 5 marca denominativa, 2011-0006749 registro Nº 214339 SEMREZAL en clase 5 marca denominativa, 2011-0006750 registro Nº 214340 RIVULEY en clase 5 marca denominativa, 2011-0009892 registro Nº 215003 DANZITRUS en clase 5 marca denominativa, 2011-0009893 registro Nº 215004 SENCLUVE en clase 5 marca denominativa, 2011-0009894 registro Nº 215002 VIMBRAY en clase 5 marca denominativa, 2011-0010253 registro Nº 215101 RISTASIM en clase 5 marca denominativa, 2011-0010255 registro Nº 216398 TESOZOR en clase 5 marca denominativa, 2011-0010263 registro Nº 216252 RISTOCOR en clase 5 marca denominativa, 2011-0010412 registro Nº 216253 JUVICOR en clase 5 marca denominativa, 2011-0012394 registro Nº 217575 REVGASIL en clase 5 marca denominativa y 2011-0012395 registro Nº 217602 GARIXEDE en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—22 de agosto del 2012.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2012115808).

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZEl señor Juan Carlos Pardo Vargas, de Costa Rica, solicita el

Diseño Industrial denominada SILLA PORTÁTIL PARA COMEDOR PARA BEBÉS Y NIÑOS MENORES.

La silla para bebés y niños menores es una silla elaborada en materiales resistentes y de alta calidad. Su diseño ergonómico permite que sea adaptable a niños de diferentes tamaños y pesos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 06/01;

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cuyo inventor son Pardo Vargas, Juan Carlos. La solicitud correspondiente lleva el número 20120537, y fue presentada a las 11:00:00 del 19 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de noviembre del 2012.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012332249.—(IN2012114417).

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, en condición de apoderado de Wolfe, Karl, G., de E.U.A., Mastro, Ryan, C., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada MÉTODOS Y SISTEMAS PARA RECONOCER LA MANIPULACIÓN CUANTITATIVA DE PRECIOS DE LOS MARCADORES DE APUESTAS. Se describen métodos para reconocer y evaluar la manipulación cuantitativa de precios de marcadores de juego. Un método incluye los pasos de definir por lo menos dos entidades, definir un marcador medido, definir un período acumulativo de eventos de las dos entidades, cada evento teniendo el marcador medido, asignar un valor al marcador medido basándose en la obtención o falta de al menos las dos entidades para obtener el marcador medido para cada evento durante el período acumulativo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G06Q 50/00; cuyos inventores son Wolfe, Karl, G., Mastro, Ryan, C. La solicitud correspondiente lleva el número 20120446, y fue presentada a las 12:19:28 del 29 de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de noviembre del 2012.—José Castro Marín, Registrador.—RP2012332284.—(IN2012114418).

El señor José Pablo Sánchez Hernández, cédula 1-0895-0867, en condición de apoderado de H.J. Heinz Company, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada BANDEJA PARA CALENTAMIENTO POR MICROONDAS DE ALIMENTOS CONGELADOS PARA MÚLTIPLES TEMPERATURAS Y MÚLTIPLES TEXTURAS.

Una bandeja para calentamiento por microondas de alimentos congelados para múltiples temperaturas y múltiples texturas incluye un primer compartimento integral definido por al menos una pared lateral y un fondo convexo hacia arriba, y un segundo compartimento integral definido por al

menos una pared lateral y un fondo que incluye un medio para limitar el acceso de energía de las microondas que entra al segundo compartimento integral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: F24C 15/14; F24C 7/02; cuyos inventores es son Jackson, Daniel C., Rowoth, Christopher, P., Ritchey, Beth, A., Rodgers, William, J., Koehler, Amber, Fisher. La solicitud correspondiente lleva el número 20120379, y fue presentada a las 13:12:10 del 17 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de noviembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012332320.—(IN2012114419).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, en condición de apoderado de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES AUTOINMUNES.

Se describe el uso de un compuesto de la fórmula I, en la cual X es O, S, SO ó SO2; Rl es halógeno, trihalogenometilo,-OH, alquilo de C1-7, alcoxi de C1-4, trifluorometoxi, fenoxi, ciclohexilmetiloxi, piridilmetoxi, cinamiloxi, naftilmetoxi, fenoximetilo,-CH2-OH,-CH2-CH2-OH, alquil (C1-4)-tio, alquil (C1-4) sulfinilo,

alquil (Cl-4) sulfonilo, benciltio, acetilo, nitro o ciano, o fenilo, fenil-alquilo de C1-4 o fenil-alcoxi de C1-4 estando cada grupo fenilo de los mismos opcionalmente sustituido con halógeno, CF3, alquilo de C1-4 o alcoxi de C1-4; R2 es H, halógeno, trihalogenometilo, alcoxi de C1-4, alquilo de C1-7, fenetilo o benciloxi; R3 H, halógeno, CF3, OH, alquilo de C1-7, alcoxi de C1-4, benciloxi, fenilo o alcoxi (C1-4)-metilo; cada uno de R4 y R5. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/00; A61K 31/137; A61K 31/661; A61P 37/06; cuyos inventores son Gergely, Peter, Wallstroem, Erik. La solicitud correspondiente lleva el número 20120566, y fue presentada a las 12:25:18 del 06 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de noviembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012114714).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, Ablynx NV, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada POLIPÉPTIDOS AGONISTAS QUE SE ENLAZAN A DR5.

La presente invención se refiere a las secuencias de aminoácidos que se dirigen contra el receptor de superficie celular 2 de TRAIL (en la presente también “DR5”), así como a los compuestos o construcciones de las mismas, y en particular a las proteínas y los

polipéptidos y los nucleótidos que las codifican (referidos en la presente en su totalidad como “agentes NB”), y a los fragmentos de las mismas, y a las variantes farmacéuticamente efectivas de las mismas, y a su uso en el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades y los trastornos asociados con el DR5. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07K 16/28; A61K 39/395; cuyos inventores son Cromie, Karen, Dombrecht, Bruno, Ettenberg, Seth, Kolkman, Joost, LI, Jing, Meerschaert, Kris, Stover, David Raymond, Zhang, Jingxin. La solicitud correspondiente lleva el número 20120415, y fue presentada a las 12:27:19 del 10 de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de noviembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012114715).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, Abogado, cédula 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de St Jude Medical Systems AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE MEDICIÓN.

Se divulga un sistema de medición que puede constar de un cable sensor y una unidad transceptora. El cable sensor puede constar de una porción insertable configurada para ser insertada en un vaso sanguíneo del cuerpo de un paciente y un primer

sensor y un segundo sensor colocados dentro de la porción insertable en un extremo distal del cable sensor. Los sensores se configuran para medir parámetros cuando se insertan dentro del paciente. La unidad transceptora puede constar de una carcasa adaptada para ser conectada a un extremo proximal del cable sensor y un primer módulo de comunicación dentro de la carcasa adaptado para comunicarse de manera inalámbrica mediante una señal de comunicación con un segundo módulo de comunicación externo con el fin de transferir información hacia el segundo módulo de

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comunicación externo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61B 5/021; A61B 19/00; cuyos inventores son Samuelsson, Magnus, Tulkki, Sauli. La solicitud correspondiente lleva el número 20120567, y fue presentada a las 12:25:19 del 6 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de noviembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012114716).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, Abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Merck Canadá Inc., de Canadá, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES NO NUCLEOSÍDICOS DE LA TRANSCRIPTASA INVERSA.

Los compuestos heteroaromáticos de Fórmula I. Son inhibidores de la transcriptasa inversa del vih, en la que r1, r2, r3, r4 y r5 se definen en este documento. Los compuestos de fórmula i y sus sales farmacéuticamente aceptables son útiles en la inhibición de la

transcriptasa inversa del vih, la profilaxis y el tratamiento de la infección por vih y en la profilaxis, retraso en la aparición o porgresión, y tratamiento del sida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07D 401/06; A61K 31/443; A61P 31/18; cuyos inventores son Burch, Jason, Cote, Bernard, Nguyen, Natalie, Li, Chun, Sing, St-Onge, Miguel, Gauvreau, Danny. La solicitud correspondiente lleva el número 20120503, y fue presentada a las 12:49:22 del 01 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012114718).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, en condición de apoderado de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMAS DE DOSIFICACIÓN SÓLIDAS ORALES CON DOSIS MUY BAJAS PARA LA HRT. Una forma de dosificación con una dosis muy baja para la terapia de reemplazo de hormonas (HRT), más particularmente una forma de dosificación sólida oral que comprende aproximadamente 0,5 mg de estradiol (que se abrevia “E2”) y aproximadamente 0,25 mg de drospirenona (que se abrevia “DRSP”), así como al menos un excipiente farmacéuticamente aceptable. A pesar de las dosis muy bajas de E2 y de DRSP, sorprendentemente se ha descubierto que una proporción elevada de las mujeres que sufren calores moderados a severos de hecho responden a este tratamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; A61K 9/20; A61K 9/14; A61K 31/565; A61K 9/16; A61K 31/57; A61K 9/19; A61P 15/12; cuyos inventores son Mletzko, Stephan, Schürmann, Rolf, Gude, Kerstin. La solicitud correspondiente lleva el número 20120523, y fue presentada a las 11:36:20 del 16 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012114719).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES QUE CONTIENEN 2, 3-DIHIDROIMIDAZO [1,2-C] QUINAZOLINA SUSTITUIDA. La presente invención se refiere a: combinaciones de: componente A: uno o más compuestos 2, 3-dihidroimidazo [1,2-c] quinazolina con la fórmula general (Al) o (A2), o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero de los mismos fisiológicamente aceptable; componente B: uno o más compuestos N-(2-arilamino) aril sulfonamida con la fórmula general (B), o Lapatinib, o Paclitaxel, o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero de los mismos fisiológicamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación

Internacional de Patentes es: A6lK 45/06; A61K 31/18; A61K 31/440; A61K 31/519; A61K 31/537; cuyo inventor es Liu, Ningshu. La solicitud correspondiente lleva el número 20120524, y fue presentada a las 11:36:30 del 16 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012114720).

El señor Aarón Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Rubber Tech S. A., de Guatemala, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA RECITIFICAR EL CRECIMIENTO DEL FRUTO DE LAS PLANTAS MUSACEAS Y DISPOSITIVO PARA EL MISMO.

La presente invención se refiere a un método sobre los cultivos de plantaciones bananeras para rectificar y enderezar el crecimiento de los frutos en las manos de cada racimo en desarrollo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B32B 25/12; B32B 25/02; B32B 25/04; D04D 5/00; cuyos inventores son De La Fuente Escaler, José Luis Gabriel. La solicitud correspondiente lleva el número

20120484, y fue presentada a las 14:31:25 del 25 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de noviembre del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012114777).

El señor Aarón Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Board of Supervisors of Louisiana State University and Agricultural and Mechanical College, de E.U.A. solicita la Patente de Invención denominada CULTIVAR ARROZ DENOMINADO “CL261” Cultivares híbridos y derivados del cultivar de arroz denominado “CL261”. Semillas y plantas de arroz híbridas producidas cruzando el cultivar “CL261” otro cultivar de arroz. Otros derivados del cultivar de arroz “CL261” La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 1/02; A01H 5/00; cuyo inventor es Linscombe, Steven, D. La solicitud correspondiente lleva número 20120231, y fue presentada a las 14:17:10 del 4 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de noviembre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012114807).

El señor Luis Carlos Gómez Robleto, cédula 1-694-253, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Malaysian Palm Oil Board, de Malasia, solicita la Patente de Invención denominada UN DISPOSITIVO PARA COSECHA. La presente invención se refiere a un dispositivo de recolección. El dispositivo incluye una herramienta de corte en donde el movimiento de la herramienta de corte es guiado por una pluralidad de medios de la guía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01D 1/04; A01D 46/00; cuyo inventor es Razak Jelani Abdul. La solicitud correspondiente lleva el número 20120179, y fue presentada a las 11:59:10 del 13 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de agosto del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012332390.—(IN2012115005).

El señor Jorge Tristán Trelles, cédula 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Fishman Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DISPENSADOR DE FLUIDOS CONTROLADO REMOTAMENTE. La presente invención describe un sistema para el control a través de una red

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en forma remota de uno o muchos dispensadores de fluido que puedan estar distribuidos localmente o puedan estar distribuidos ampliamente en todo el mundo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H04L 29/08; G06Q 30/00; cuyo inventor es Beebe, Scott, W. La solicitud correspondiente lleva el número 20120472, y fue presentada a las 09:16:10 del 19 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de noviembre del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012332392.—(IN2012115006).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals Inc de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DEL ACIDO 1-AMINO-2-CICLOPROPILETILBORONICO. La presente invención proporciona nuevos compuestos útiles como inhibidores de proteasoma. La invención también proporciona composiciones farmacéuticas que comprenden los compuestos de la invención y métodos para usar las composiciones en el tratamiento de diferentes enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 55/08; cuyos inventores son Fleming, Paul, E., Li, Jing. La solicitud correspondiente lleva el número 20120529, y fue presentada a las 13:41:00 del 17 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de diciembre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012115764).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada HETEROARIL-CICLOHEXIL-TETRAAZABENZO [e] AZULENOS.

La presente invención se refiere a heteroaril-ciclo-hexil-tetraazabenzo [e] azulenos de la fórmula I en la que R1, R2 y R3 tienen los significados aquí descritos. Los compuestos de la invención actúan como moduladores del receptor de la V1a y en particular como antagonistas del receptor de la V1a; la invención se refiere también a su obtención, a composiciones farmacéuticas que los contienen

y a su utilización como medicamentos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resurten y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/551; A61P 25/00; A61P 25/18; cuyos inventores son Dolente, Cosimo, Schnider, Patrick. La solicitud correspondiente lleva el número 20120542, y fue presentada a las 13:34:00 del 23 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de diciembre del 2012.—José Castro Marín, Registrador.—(IN2012115765).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, Abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE AMINOPIRIMIDINA COMO MODULADORES DE LA LRRK2.

Compuestos de la fórmula I: o sales farmacéuticamente aceptables de los mismos, en la que m, n, X, R1, R2, R3, R5, R6 y R7 tienen los significados ya definidos antes. Se describen también método para la obtención de estos

compuestos y para el uso de dichos compuestos en el tratamiento de enfermedades asociadas con el receptor de la LRRK2, por ejemplo la enfermedad de Parkinson. La memoria descriptiva, reivindicaciones,

resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 403/14; C07D 473/16; A61K 31/52; cuyos inventores son Baker-Glenn, Charles, Burdick, Daniel Jon, Chambers, Mark, Chan, Bryan K., Chen, Huifen, Estrada, Anthony, Gunzner, Janet L., Shore, Daniel, Sweeney, Zachary Kevin, Wang, Shumei, Zhao, Guiling. La solicitud correspondiente lleva el número 20120591, y fue presentada a las 13:53:00 del 22 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de diciembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012115766).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE AMINO-TROPANO.

La presente invención, se refiere a compuestos de la fórmula general I, en donde, R1, R2 y R3, son, de una forma independiente la una con respecto a la otra, hidrógeno, alquilo inferior, alcoxi inferior, cicloalquilo, alquilo inferior sustituido por halógeno, ó S-alquilo

inferior; o a sales de adición de ácidos, farmacéuticamente aceptables, a una mezcla racémica, o sus correspondientes enantiómeros y/o isómeros ópticos de ésta. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 451/02; A61P 25/00; A61K 31/46; cuyos inventores son Kolczewski, Sabine, Pinard, Emmanuel. La solicitud correspondiente lleva el número 20120614, y fue presentada a las 13:34:10 del 5 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de diciembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012115767).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-194, en condición de apoderado de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO DE SÍSTESIS Y FORMA CRISTALINA DEL HIDROCLORURO DE 4-{3 [CIS- HEXAHIDROCICLO PENTA[C]PIRROL-2-(1H)-IL]PROPOXI} BENZAMIDA ASÍ COMO LAS COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LA CONTIENEN.

Procedimiento de síntesis industrial y forma cristalina I del compuesto de fórmula (I), así como la forma cristalina I de la base

libre asociada La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/00; A61P 25/00; cuyos inventores son Robert, Nicolas, Lerestif, Jean-Michel, Lecouve, Jean-Pierre, Gaillard, Marina, Meunier, Loic, Letellier, Philippe, Boiret, Mathieu. La solicitud correspondiente lleva el número 20120274, y fue presentada a las 13:59:10 del 23 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 13 de diciembre del 2012.—José Castro Marín, Registrador.—(IN2012115768).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Meiji Seika Pharma Co., Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO PARA PRODUCIR DERIVADOS DE PIRIPIROPENO.

Un procedimiento para producir de manera eficiente derivados de piripiropeno que tienen aciloxi en la posición 1 y en la posición 11 e hidroxilo en la posición 7. El procedimiento comprende la acilación selectiva de hidroxilo en la posición 1 y en la posición 11 de un compuesto representado por la fórmula B1, en uno a tres pasos con un

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agente acilante, en presencia o ausencia de una base. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 493/04; cuyos inventores son Fukuda, Yoshimasa, Ando, Takashi, Goto, Kimihiko, Nakanishi, Nozomu, Watanabe, Takashi, Kurihara, Kenichi, Minowa, Nobuto, Mitomi, Masaaki. La solicitud correspondiente lleva el número 20120487, y fue presentada a las 13:34:00 del 26 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de diciembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012115769).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Sanofi, de Francia, solicita el Diseño Industrial denominado EMPAQUE BLISTER EN FORMA DE CONCHA.

Un diseño ornamental para un empaque blister en forma de concha según los dibujos del modelo reivindicado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuyos inventores son Nancy Gail,

Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20120497, y fue presentada a las 14:30:00 del 27 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de diciembre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012115770).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sanofi, de Francia, solicita el modelo de utilidad denominado EMPAQUE BLISTER EN FORMA DE CONCHA Nº 1.

El diseño ornamental para un empaque blíster triangular en forma de concha tal y como se muestra en las figuras correspondientes al modelo reivindicado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuyos inventores son Nancy Gail, Limback. La solicitud

correspondiente lleva el número 20120496, y fue presentada a las 14:29:20 del 27 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de diciembre del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012115771).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi, de Francia, solicita el Diseño Industrial denominada EMPAQUE BLISTER EN FORMA DE OVALO QUE TIENE BURBUJAS QUE LO RECIBEN EN SU INTERIOR.

Un diseño ornamental para un empaque de blister en forma de óvalo según los dibujos del modelo reivindicado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/05; cuyos inventores son Nancy Gail, Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20120495, y fue presentada a las 14:29:00 del 27 de setiembre del

2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de diciembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012115772).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Sanofi, de Francia, solicita el Diseño Industrial denominada EMPAQUE BLISTER PARA PRODUCTO.

Un diseño ornamental para empaque blíster para producto según los dibujos del modelo reivindicado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuyos inventores son Nancy Gail Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20120494, y fue presentada a las 14:27:00 del 27 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la

tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de diciembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012115773).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Sanofi, de Francia, solicita el modelo de utilidad denominada LÁMINA DE BLISTER EN FORMA DE A.

Un diseño ornamental para una lámina de blíster en forma de A, según los dibujos del modelo reivindicado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuyo inventor es Nancy Gail, Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20120498, y fue presentada a las

14:31:00 del 27 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de diciembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012115774).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Tecogen Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada MONTAJE Y MÉTODO PARA REDUCIR LOS ÓXIDOS DE NITRÓGENO, MONÓXIDO DE CARBONO E HIDROCARBUROS EN LOS GASES DE ESCAPE DE LOS MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA.

Un montaje y un método para reducir los óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono e hidrocarburos en los gases de escape de los motores de combustión interna, en donde los gases de escape actúan en un convertidor catalítico de la primera etapa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: F01N 3/00;

cuyos inventores son Gehret, Joseph, B., Panora, Robert, A., Roser, Ranson. La solicitud correspondiente lleva el número 20120533, y fue presentada a las 14:11:00 del 18 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 3 de diciembre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales Registrador.—(IN2012115775).

El señor Luis Pal Hegedus, cédula 1-558-219, en condición de apoderado de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIPERIDIN-4-IL AZETIDINA COMO INHIBIDORES DE JAK1. La presente invención proporciona derivados de piperidin-4-il azetidina, como también sus composiciones y métodos de uso, que modulan la actividad de Janus Quinasa (JAK1) y son útiles en el tratamiento de las enfermedades relacionadas con la actividad de JAK1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:C07D 401/14; A61K 31/415; A61K 31/437, A61K 31/446; A61P 29/00; C07D 405/14; cuyos inventores son Huang, Taisheng, Xue, Chu-

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Biao, Wang, Anlai, Kong, Ling, Ye, Hai Fen, Yao, Wenqing, Rodgers, James D., Shepard, Stacey, Wang, Haisheng, Shao, Lixin, Li, Hui-Yin, Li, Qun. La solicitud correspondiente lleva el número 20120510, y fue presentada a las 14:59:00 del 8 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2012.Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012115787).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Merial Limited, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES PARASITICIDAS QUE COMPRENDEN AGENTES ACTIVOS MÚLTIPLES, MÉTODOS Y USOS DE LOS MISMOS. Esta invención se refiere a composiciones para combatir ectoparásitos y endoparásitos en animales, las cuales contienen por lo menos una 1-arilpirazola, por lo menos una lactona macrocíclica, por lo menos un regulador del crecimiento de insectos y por lo menos un compuesto antihelmíntico en combinación con un vehículo aceptable en el campo farmacéutico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/00; A61P 33/00; cuyos inventores son Rosentel Jr., Joseph K., Tejwani, Monica, Das-Nandy, Arima. La solicitud correspondiente lleva el número 20120483, y fue presentada a las 14:40:10 del 24 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012115788).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que el Licenciado Luis Diego Castro Chavarría en calidad de apoderado especial de Purina Animal Nutrition sociedad organizada y existente bajo las leyes de Estados Unidos de América, solicita a este Registro se inscriba el cambio de nombre de titular de Land O’lakes Purina Feed LLC, compañía titular de la solicitud de Patente de Invención denominada SISTEMA MEJORADO DE LACTOPEROXIDASA PARA EL TRATAMIENTO DE PRODUCTOS LÁCTEOS, expediente número 2012-0499, a favor de la empresa Purina Animal Nutrition de conformidad con el documento de cambio de nombre de titular aportado el veintiuno de noviembre de dos mil doce.—San José, a las nueve horas cincuenta y un minutos del cuatro de diciembre de dos mil doce.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—(IN2012115798).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes, hace saber que por resolución de las trece horas once minutos del dieciséis de octubre de dos mil doce, fue inscrita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE AMINOHETEROARILO O SUSTITUIDOS CON PIRAZOL COMO INHIBIDORES DE PROTEINA QUINASA a favor de la compañía Pfizer Inc., domiciliada en los Estados Unidos; cuyos inventores son: Jingrong Jean Cui; Lee Andrew Funk; Lei Jia; Pei-Pei Kung; Jerry Jialun, Meng; Mitchell David Nambu; Mason Allan Pairish; Michelle Bich Tran-Dube; todos de nacionalidad estadounidense y Hong Shen, de nacionalidad china; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2879, estará vigente hasta el quince de agosto de dos mil veinticinco, la Clasificación Internacional de Patentes C07D 401/14, 401/04, A61K 31/4439, A61P 35/00.—San José, a las ocho horas treinta y ocho minutos del veintidós de noviembre del dos mil doce.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—(IN2012115799).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

AVISOSEl Registro de Personas Jurídicas, Departamento de

Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-358490, denominación: Asociación Artística Para Niños en Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece

la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento: 350969).—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 1 minuto y 49 segundos, del 12 de diciembre del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012115807).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOComunica que ante este Despacho Administrativo el

licenciado Alberto Chamorro Umaña, cédula de identidad número 5-0233-0411, carné profesional número 15012, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. (Expediente Administrativo N° 12-000282-0624-NO).—San José, Curridabat, veintiocho de agosto del dos mil doce.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012114625).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONESDIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 14503P.—J Y E Arrecife del Pacífico S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo TS-15, efectuando la captación en finca de Las Acacias de las Nubes S. A. en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 187.150 / 464.325 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2012332333.—(IN2012114432).

Exp. 14504P.—J Y E Arrecife del Pacífico S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo TS-15, efectuando la captación en finca de Las Acacias de las Nubes S. A. en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 187.150 / 464.325 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2012332335.—(IN2012114433).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil -Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Angie Dayane Tomas Patterson, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1402-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil nueve. Exp. Nº 18249-09. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo: ... Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Angie Dayane Tomas Patterson... en el sentido que el primer apellido del padre... es “Thomas” .—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefe.—1 vez.—(IN2012115689).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Douglas Meléndez Ramos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3137-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del veintinueve de agosto del dos mil doce. Exp. Nº 15129-2012. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto:

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rectifíquese el asiento de matrimonio de Douglas Esteban Meléndez Ramos con Denia María Álvarez Ramírez..., en el sentido que el apellido del padre y el apellido de la madre del cónyuge son “Meléndez no indica segundo apellido” y “Ramos no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012115737).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Raymunda Dolores Vanegas Hernández, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2854-04.—Registro Civil de Costa Rica.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil cuatro. Exp. Nº 27611-04. Resultando: 1... 2…; Considerando: 1.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el fondo…; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Fabricio Alonso Gómez Hernández, que lleva el número... en el sentido que el primer nombre y los apellidos de la madre... son “Raymunda” y “Vanegas Hernández”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2012115812).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Dolores Vanegas Hernández, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1302-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta y cinco minutos del seis de julio del dos mil cinco. Exp. Nº 3384-05. Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Joshep Daniela Fernández Hernández, que lleva el número…,, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Vanegas Hernández”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2012115813).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Justina Espinoza, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1913-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y seis minutos del cuatro de junio del dos mil doce. Exp. Nº 0134-2012. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Justina Isaura Espinoza Zelaya, Francisca Membreño Espinoza, Eliécer Membreño Espinoza, Vismar Membreño Espinoza y Juan Noel Espinoza Zelaya,..., en el sentido que el apellido de la madre... es “Espinoza, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012115830).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónLeonardo Antonio Manzanarez Herrera, mayor, soltero,

estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155800682431, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 657-2012.—San José, 23 de febrero del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012115330).

Lenin de los Ángeles Ortiz Silva, mayor, comerciante, soltero, nicaragüense, cédula de residencia 155803453305, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4279-2012.—San José, once de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012115358).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

SALUD

INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO Y FARMACODEPENDENCIA

PLAN DE COMPRAS ORDINARIO 2013El IAFA comunica que a partir de la presente publicación se

encuentra disponible en nuestra página Web el Plan de Compras institucional para el año 2013. Los interesados podrán accederlo en la siguiente dirección electrónica www.iafa.go.cr.

San José, 7 de enero del 2013.—Subproceso de Adquisición de Bienes y Servicios.—Leonidas Ramírez V.—1 vez.—(IN2013000585).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD MORA PALMICHALPROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2013

Para cumplir con lo establecido en el artículo N° 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo N° 7 de su Reglamento, se informa que el Programa de Compras para el año 2013 y sus modificaciones, correspondiente al Área de Salud Mora Palmichal, se encuentra publicado en la página Web de la Institución http://www.ccss.sa.cr en el apartado de Planes de Compras.

San José, Ciudad Colón, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Mauricio Mendoza Villalobos, Administrador a. í.—1 vez.—(IN2012115690).

ÁREA DE SALUD FLORENCIAREGION HUETAR NORTE

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS 2013De conformidad con el artículo 6º de la Ley de Contratación

Administrativa y artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el programa de adquisiciones para el período 2013 y sus posibles modificaciones, correspondiente al Área de Salud Florencia, Unidad Ejecutora 2481, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro social, en la dirección electrónica:http://www.ccss.sa.cr/html/transparencia/carteles/carteles/a.html.

Florencia, 7 de enero del 2013.—Lic. Lidia Paniagua Jiménez, Administradora.—1 vez.—(IN2013000404).

ÁREA DE SALUD SANTA ROSA, POCOSOLPROGRAMA DE COMPRAS 2013

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el programa de adquisiciones 2013 y sus modificaciones, correspondiente a nuestra unidad, se encuentra publicado en la página Web de la CCSS. Vea detalles en: http://www.ccss.sa.cr/planes_de_compra.

7 de enero del 2013.—M.S.c. Georginella Baldi Solís, Administradora.—1 vez.—(IN2013000406).

ÁREA DE SALUD Nº 8, PARRITAPLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2013

Unidad Programática 2351Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Programa de

Adquisiciones y sus respectivas modificaciones del Área de Salud N° 8, Parrita para el año 2013 se encuentra a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr, teléfonos N° 2779-9432, 2779-5502, Telefax N. 2779-9906.

Parrita, 2 de enero del 2013.—Lic. Hazel Arana Vega, Departamento de Administración.—1 vez.—(IN2013000432).

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REGIÓN HUETAR NORTE ÁREA DE SALUD PITALPROGRAMA DE ADQUISICIONES 2013

En cumplimiento del artículo 6° de la “Ley de Contratación Administrativa”, y artículo 7° de su Reglamento, se informa que el Programa de Adquisiciones para el período 2013 y sus posibles modificaciones, correspondiente al Área de Salud Pital, Unidad Ejecutora 2475, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr sección de “Contratación y otros servicios”.

Pital, 2 de enero del 2013.—Lic. Ronny Monge Sandí, Administrador.—1 vez.—(IN2013000557).

DIRECCIÓN DE BIENESTAR LABORAL U.E. 1117PLAN DE COMPRAS 2013

En cumplimiento con lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento esta Dirección informa el Plan de Compras y sus respectivas modificaciones correspondiente al presente año 2013, se encuentra en el sitio Web de la C.C.S.S. http://portal.ccss.sa.cr/planes de compra

7 de enero del 2013.—Dirección de Bienestar Laboral.—Lic. Luis Guillermo Abarca Agüero, Director.—1 vez.—(IN2013000564).

ÁREA DE SALUD PARAÍSO-CERVANTESPLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2013

Y SUS MODIFICACIONESUNIDAD PROGRAMÁTICA: 2332

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones del Área de Salud Paraíso-Cervantes para el año 2013, se encuentra a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7º de su Reglamento.

Para ver detalles y mayor información ingrese a http://www.ccss.sa.cr o a los telefax: 2574-6060 ó 2575-0342.

Paraíso, 2 de enero del 2012.—Dra. Natalia Medina Montero, Directora Médico a. í.—1 vez.—(IN2013000606).

ÁREA DE SALUD CIUDAD QUESADAUNIDAD EJECUTORA 2483

ADMINISTRACIÓNPROGRAMA DE ADQUISICIONES 2013

Se les recuerda a los interesados (proveedores y otros) que la presente publicación refleja las necesidades proyectadas para el año 2013 de la Unidad Ejecutora 2483, Área de Salud Ciudad Quesada, misma que puede ser modificada (disminuida, ampliada o suprimida), de conformidad con las necesidades reales que representen el interés público y disposiciones de las autoridades en la materia y superiores.

Ciudad Quesada, San Carlos, 2 de enero del 2013.—Lic. Carlos R. Millón Muñoz, Administrador.—1 vez.—(IN2013000624).

ÁREA DE SALUD CIUDAD QUESADAUNIDAD EJECUTORA 2483

ADMINISTRACIÓNPROGRAMA DE ADQUISICIONES 2013

En cumplimiento con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Programa de Adquisiciones para el período 2013 de la Unidad Ejecutora 2483 Área de Salud Ciudad Quesada, se encuentra disponible en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social: www.ccss.sa.cr en el enlace “Transparencia”, “Contratación y Otros Servicios”, Programas Anuales de Compras 2013”.

Ciudad Quesada, San Carlos, 2 de enero del 2013.—Lic. Carlos R. Millón Muñoz, Administrador.—1 vez.—(IN2013000625).

LICITACIONESPODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIADIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍAEl Departamento de Proveeduría, invita a participar en el

siguiente procedimiento de contratación:LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000073-PROV

Compra de combustible para los vehículos y motocicletasde la Delegación Regional del OIJ de Pococí y Guácimo,

Subdelegación del OIJ de Siquirres, Fiscalíade Siquirres y la Administración Regional del

II Circuito Judicial de la Zona AtlánticaFecha y hora de apertura: 8 de febrero del 2013, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o solicitarlo al correo electrónico [email protected].

San José, 8 de enero del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013000411).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD

REGIÓN BRUNCALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-2799

Traslado de pacientes, equipo e instrumentos víamarítima entre Puerto Jiménez y Golfito

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que ya se encuentra disponible el cartel de Licitación Abreviada Nº 2013LA-000001-2799, por el traslado de pacientes, equipo e instrumentos vía marítima entre Puerto Jiménez y Golfito, para mayor información ingresar al link: http://foros.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799 de la página Web www.ccss.sa.cr.

La fecha límite para recibir las propuestas será el 21 de enero del 2013, al ser las 14:00 horas.

San Isidro de El General, 7 de enero del 2013.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013000407).

HOSPITAL DE LA ANEXIÓNÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000001-2503Gas licuado

Se informa a los interesados que está disponible la adjudicación de la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000001-2503, por gas licuado ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

Nicoya, 7 de enero del 2013.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Eric Gutiérrez Alvarado, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013000424).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAULLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONSIGNACIÓN SEGÚN

DEMANDA N° 2013LN-000001-2208Reactivos para pruebas especiales de inmunología

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los oferentes interesados en participar en la presente Licitación, que se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 8 de febrero del 2013.

Las especificaciones técnicas exclusivas para este concurso se encuentran a disposición en la Subárea de Contratación Administrativa de este Nosocomio.

Heredia, 7 de enero del 2013.— Subárea de Contratación Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2013000563).

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HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.SUBÁREA DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T., de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y la Dirección Administrativa Financiera, les invita a participar en el siguiente concurso:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000003-2307Suministro de pan para el Hospital William Allen T.Fecha y hora máxima de recepción y apertura de ofertas: 8 de

febrero del 2013.Hora de apertura: 10:00 horas.El cartel de especificaciones de este concurso se encuentra a

la venta en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital William Allen de Turrialba, ubicado calle al Cattie, frente a entrada principal Colegio Dr. Clodomiro Picado T. Turrialba.

Valor del cartel: ¢500,00 (quinientos colones).Turrialba, 3 de enero del 2013.—Gestión de Bienes y

Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(IN2013000612).

ADJUDICACIONESBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2012LN-000002-BNCSAlquiler de cinco (5) equipos multifuncionales (impresión,

fotocopiado, escáner y fax) de alto y medianovolumen para las oficinas de BN

Corredora de SegurosSe comunica a los interesados de esta Licitación Pública, que

el Comité de Licitaciones BN Corredora de Seguros, en el artículo 2 de la Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de diciembre del 2012 acordó:

Adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000002-BNCS, promovida para el “Alquiler de cinco (5) equipos multifuncionales (impresión, fotocopiado, escáner y fax) de alto y mediano volumen para las oficinas de BN Corredora de Seguros” a la empresa RICOH Costa Rica S. A.; según el siguiente detalle:

RICOH Costa Rica S. A.

Precio:Línea 1: b/n $ 0.0145 color $ 0.09Línea 2: b/n $ 0.0441 color $ 0.1086Plazo de Entrega de los equipos. 22 días naturales, contados a partir del día hábil siguiente al aviso que hará el Banco al adjudicatario, por cualquier medio expedito, de que el contrato se encuentra debidamente refrendado.

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la contratación.

La Uruca, 11 de enero del 2013.—Proveeduría General.—Licda. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00071.—Crédito.—(IN2013000427).

CONTRATACIÓN DIRECTA N°2012CD-003836-01Compra e instalación de una Maquina Dispensadora de Café

para la Subgerencia de Banca Corporativa y NegociosSe comunica a los interesados en esta Contratación Directa,

que la Proveeduría General del Banco Nacional, acordó:Declarar infructuosa dicha contratación, por cuanto no se

recibieron ofertas.La Uruca, 11 de enero del 2013.—Proveeduría General.—Lic.

Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00070.—Crédito.—(IN2013000435).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOSLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000034-2101

Agujas de KirschnerLa Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr.

R. A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar los 10 ítems de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Biotec Biotecnología de Centroamérica S. A. Monto total adjudicado $28.850,00. Monto en letras veintiocho mil ochocientos cincuenta dólares exactos. Tiempo de entrega 15 días hábiles después de notificada la disponibilidad de retiro de la orden de compra o puesta en vigencia del contrato. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr

San José, 7 de enero del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013000413).

HOSPITAL MÉXICOLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000065-2104

Adquisición de bolsas de polietilenopara desechos sólidos

Empresa adjudicada: Corporación Inyco S. A.San José, 2 de enero del 2013.—Subárea de Contratación

Administración.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013000437).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000056-2104Adquisición de formula enteral elemental

Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A., y Nutricare S. A.

San José, 2 de enero del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013000438).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000050-2104Adquisición de Café Molido

Empresa adjudicada: Comercializadora Valley S. A.San José, 2 de enero del 2013.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013000439).

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000013-2104Adquisición de Acetato de Leuprorelina

Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A.San José, 2 de enero del 2013.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013000440).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000069-2104Adquisición de Piperacilina 4g/ Tazobactam 0.5g

Empresa adjudicada: Farmacias EOS S. A.San José, 7 de enero del 2013.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013000441).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000062-2104Adquisición de Talidomida 100 Mg

Empresa adjudicada: Medical Center M C C S. A.San José, 2 de enero del 2013.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013000442).

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GERENCIA DE PENSIONESContratación de profesionales externos para realizar la labor

de supervisión de obras de construcción en el sistemade préstamos hipotecarios del Régimende Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja

Costarricense del Seguro SocialLa Caja Costarricense de Seguro Social, comunica a los oferentes

que participaron en el concurso contratación de profesionales externos para realizar la labor de supervisión de obras de construcción en el sistema de préstamos hipotecarios del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social, que la Dirección Financiera Administrativa, mediante Resolución DFA-2467-2012 declaró Desierto, el presente concurso. El expediente correspondiente está disponible en la Dirección Financiera Administrativa de la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, ubicada segundo piso del Edificio Jorge Debravo, costado sureste, de la Corte Suprema de Justicia, Barrio González Lahman, avenida 8, calle 21, en el horario de lunes a viernes, de las 8:00 a las 16:00 horas, jornada continua.

San José, 8 de enero del 2013.—Dirección Financiera Administrativa.—Lic. Roy Alexánder Retana Mora, Jefe Área de Crédito y Cobro.—1 vez.—(IN2012000601).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000007-99999Construcción y diseño estructural, eléctrico y mecánico

de la Imprenta Municipal. Diseño estructural,eléctrico y mecánico del Almacén Municipal

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el Sótano del Edificio Municipal José Figueres Ferrer, Avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, lo siguiente:

“En base al oficio GAF-683-2012, de la Gerencia Administrativa Financiera manifiesta: “Que el proyecto Licitación Pública Nº 2012LN-000007-99999 “Construcción y diseño estructural, eléctrico y mecánico de la Imprenta Municipal. Diseño estructural, eléctrico y mecánico del Almacén Municipal”, queda suspendido hasta que el mismo se busque financiamiento de nuevo.

Debido a que este proyecto iba a ser financiado por medio de Bonos Municipales…”

Por lo anterior, se deja sin efecto dicho procedimiento hasta nuevo aviso.

San José, 7 de enero del 2013.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 130036.—Solicitud Nº 50-020.—Crédito.—(IN2012000626).

MUNICIPALIDAD DE ACOSTALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-01

Compra de equipo y programas de cómputopara la Gestión Municipal

La Municipalidad de Acosta, ubicada al costado norte, del Templo Católico, comunica a los proveedores que participaron en esta contratación, que se dispuso adjudicar el concurso en mención, de la siguiente manera:

Artículo Oferente Precio

7 Computadoras de escritorio Conisa S.A ¢3.472.829,99

2 portátiles (alcaldía y TI) Grupo SM Internacional ¢1.051.311,802 portátiles (sesiones) Grupo SM Internacional ¢933.605,12Servidor para filtro web Grupo SM Internacional ¢400.906,94Servidor para base de datos Soluciones Técnicas JYJ S. A ¢894.800,00Impresora Grupo SM Internacional ¢59.356,36Licencias Windows 7 Espectrum Multimedia ¢2.012.080,00Software antivirus Espectrum Multimedia ¢384.810,302 proyectores Componentes El Orbe S. A ¢943.313,41

Luis Durán Gamboa, Alcalde.—1 vez.—O. C. Nº 299-2012.—Solicitud Nº 72-000001.—Crédito.—(IN2013000620).

REMATESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOSHOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

REMATE Nº 01-2013Venta de bienes en desuso (equipos dados de baja)

La Subárea de Contratación Administrativa con fundamento en el artículo 49 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 101 del Reglamento, los invita a participar en el Remate Nº 01-2013. El mismo se llevará a cabo en la oficina del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios, ubicada contiguo al Ministerio de Salud, al final de la rampa del edificio de Rehabilitación, a las 10:00 horas del día 1º de febrero del 2013.

El precio base del remate es de ¢2.812.900,00.Las condiciones generales podrán retirarse en la recepción del

Área de Gestión de Bienes y Servicios, con un horario de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.

Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Andrés Araya Jiménez, Coordinador.—1 vez.—(IN2013000428).

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMOPOLICITACIÓN Nº 01-2012

Venta bienes inmueblesEl Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la Policitación Nº 01-2012, “Ventas de

bienes inmuebles”; que recibirá ofertas hasta las diez horas del día 1º de febrero del 2013.

Nº Localización Plano de Catastro Área Valor Base de Venta (en colones)

1 Lote Nº 20 Urbanización Hatillo 7, calle Joaquín Bdo Calvo SJ-1417569-2010 255,0 m2 8.733.750,002 Lote Nº 1-4 Urbanización Korobo Ipís Goicoechea San José SJ-1267807-2008 210,95 m2 10.863.925,003 Lote Nº 2-4 Urbanización Korobo Ipís Goicoechea San José SJ-1267808-2008 155,92 m2 8.170.208,004 Lote Nº 3-4 Urbanización Korobo Ipís Goicoechea San José SJ-1267809-2008 212,71 m2 10.380.248,005 Lote Nº 4-4 Urbanización Korobo Ipís Goicoechea San José SJ-1267813-2008 197,98 m2 10.176.172,006 Lote Nº 5-2 Urbanización Korobo Ipís Goicoechea San José SJ-1267812-2008 212,94 m2 10.987.704,007 Lote Nº 352 Ubanización Iztaru Cartago C-738357-88 262,67 m2 28.420.894,008 Lote Nº 112 Ubanización Iztaru Cartago C-0738606-88 221,23 m2 23.229.150,009 Lote Nº 200 Ubanización Iztaru Cartago C-154976-1993 209,91 m2 24.412.533,0010 Lote Nº 265 Ubanización Iztaru Cartago C-738485-88 252,87 m2 23.870.928,0011 Lote Nº 2 Urbanización Hatillo 8 avenida Nosara alameda 27 San José SJ-0650081-1986 429,20 m2 19.786.120,0012 Lote Nº 21 Ak-Urbanización Manuel Jiménez Cartago C-728787-01 321,50 m2 13.631.600,0013 Lote Nº 8-L Urbanización Manuel Jiménez Cartago C-728783-2001 130,89 m2 6.282.720,00

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REGISTRO DE PROVEEDORRESBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONESDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

Invitación para integrar y actualizarRegistro de Proveedores

La Proveeduría del Banco Nacional de Costa Rica, de conformidad con el artículo 116 y 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, con el propósito de ampliar y actualizar el Registro de Proveedores potenciales de bienes y servicios que se mantiene en ésta oficina, invita a las personas físicas y jurídicas que deseen ser consideradas para futuras contrataciones, a que proporcionen por escrito la información necesaria, todo según lo dispuesto en Capítulo VIII del mismo Reglamento, relacionado con el Registro de Proveedores.

Los interesados pueden solicitar el formulario con los requisitos para tal propósito, en la página www.bncr.fi.cr, en la dirección electrónica [email protected] o retirarlo en las oficinas del Banco Nacional, Proveeduría General, en La Uruca, frente a las instalaciones de la Mercedes Benz (Auto Star).

En adición a lo anterior, se recuerda a proveedores que desean incorporarse por primera vez, que en apego a lo dispuesto en el artículo 117 del mismo Reglamento, para los bienes y servicios que se pretende ofrecer, deberán demostrar la afinidad de su giro comercial, siendo requerido por el Banco Nacional, sean presentadas tres (3) cartas de referencia de instituciones públicas o privadas sobre trabajos realizados con éstas. Las cartas deben estar firmadas por el personero facultado en la institución o empresa, siendo indispensable como mínimo que se anote el tipo de bien o servicio que le brindó, así como la indicación expresa sobre la calidad y tiempo en que fueron suministrados los mismos. No deben tener más de seis meses de emitidas, no siendo requeridos los originales, pudiendo ser fotocopias.

La información presentada para el registro de proveedores, tiene como vigencia (2) años, la Administración prevendrá al proveedor del vencimiento de su inscripción, un mes de antes de que ello ocurra. Si durante ese plazo el proveedor manifiesta su interés de mantenerse en el Registro e indica que la información registrada se encuentra actualizada, automáticamente se le tendrá como proveedor activo por un período igual. Caso contrario se aplicará lo dispuesto en el artículo 124 del mismo Reglamento, en relación a la exclusión del Registro por vencimiento o expiración del plazo de inscripción.

La Uruca, 7 de enero del 2013.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00069.—Crédito.—(IN2013000433).

FE DE ERRATASSALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOSLICITACION PÚBLICA Nº 2012LN-000008-UPIMS

Mobiliario, Equipo y Maquinaria para Comedor ConsejoTécnico de Asistencia Médico Social con Fondos

del Fideicomiso 872 BNCR-MSLa Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional)

del Ministerio de Salud, suspende la recepción de oferta publicada en La Gaceta Nº 229 del 27 de noviembre del 2012, para la

Licitación Pública Nº 2012LN-000008-UPIMS, debido a que las especificaciones técnicas y la metodología de evaluación han variado.

El Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con Fondos del Fideicomiso 872 BNCR-MS a través de la Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, comunica que la nueva fecha para la recepción de propuestas para la Licitación Pública Nº 2012LN-000008-UPIMS será hasta las 11:00 horas del 1º de febrero del 2013.

Compra de Mobiliario, Equipo y Maquinaria para Comedor. Todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas elaboradas por la Dirección Nacional de CEN CINAI.

El Cartel con las nuevas especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha Contratación Administrativa, podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de este Ministerio, sita Tercer Piso del Edificio Sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8. Portar llave maya.

San José, 8 de enero del 2013.—Proveeduría.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 114-600-00090.—Crédito.—(IN2013000568).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALLICITACIÓN PÚBLICA N°2012LN-0000040-PCAD

Contratación de Peritos ExternosPrórroga Nº 1

Se les comunica a los interesados que se prorroga por la atención de recurso de objeción interpuesto ante la Contraloría General de la República, la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 14 de febrero del 2013, a las 10:00 horas. Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013000567).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOSLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000011-2101

Compra de reactivos para determinaciónde agentes infecciosos

Se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2012LN-000011-2101. Compra de reactivos para determinación de agentes infecciosos, que: Se realizan modificaciones y aclaraciones al cartel de compra, mismas que podrán ser obtenidas en la Administración del Hospital, sin costo alguno. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 7 de enero del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013000412).w

Nº Localización Plano de Catastro Área Valor Base de Venta (en colones)

14 Lote Nº 8A-L Urbanización Manuel Jiménez Cartago C-728788-2001 270,44 m2 11.358.480,0015 Terreno Juntas Abangares Guanacaste G-1342284-2009 2,048,00 m2 21.504.000,0016 Terreno Junta Abangares Guanacaste G-1342285-2009 1.695,00 m2 17.797.500,00

17 Apartamento 7-41 Condominio Abrevadero Condominios Hacienda Vieja Curridabat SJ-880236-2003 60,13 m2 26.205.717,00

18 Lote Comercial Hojancha, Hojancha, Guanacaste G-335140-1979 698,65 m2 19.143.010,00

19 Lote Nº 10 Urbanización Casa de Campo, San Miguel, Desamparados, San José SJ-494667-1998 136,12 m2 7.894.960,00

El pliego de condiciones está a la disposición de los interesados en el tercer piso Edifico Jutsini Oficinas Centrales INVU, Proceso de Proveeduría, previo el pago de ¢2.000,00 (dos mil colones).

San José, 7 de enero del 2013.—Proceso de Proveeduría.—Lic. Myrna Montejo Merino.—1 vez.—(IN2013000419).

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REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE PALMARES

El Concejo Municipal del cantón de Palmares de Alajuela, mediante acuerdo ACM-08-133-12 aprobado en la sesión ordinaria Nº133, Cap. VI, Art. 10, de fecha 13-11-2012 y con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y artículo 169 de la Constitución Política, el artículo 28, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, los artículos 60, inciso c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente y el artículo 8º, inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos y el artículo 13, inciso c) del Código Municipal, se aprobó la publicación del reglamento: Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, Municipalidad de Palmares.

REGLAMENTO PLAN MUNICIPAL PARA LA GESTIÓNINTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALIDAD

DE PALMARESConsiderando:

a) Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y preservar dicho derecho.

b) Que de conformidad con el artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad, la administración de los intereses y servicios locales.

c) Que de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos, corresponde a las municipalidades la gestión integral de residuos sólidos en su cantón.

d) Que de conformidad con el Código Municipal, el Concejo puede organizar mediante reglamento, la prestación de los servicios públicos municipales.

e) Que el Plan Nacional de Residuos Sólidos (PRESOL), orienta las acciones en material de gestión integral de residuos sólidos y promueve los planes y reglamentos municipales en la materia.

f) Que el cantón cuenta con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos como instrumento para la planificación y ejecución del manejo de los residuos a nivel cantonal.

g) Que se hace necesario regular los diferentes aspectos de la gestión de los residuos sólidos con el fin de promover su gestión integral en el cantón.Se Decreta:

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA REGULACIÓN DELPLAN PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS

SÓLIDOS DEL CANTÓN PALMARESCAPÍTULO I

Disposiciones generalesArtículo 1º—Objeto general. Este reglamento municipal

tiene por objeto regular el Plan Municipal para la Gestión de Residuos Sólidos que se generan en el cantón y que por ley son responsabilidad de esta Municipalidad.

Por tanto, define las responsabilidades de los diferentes actores y generadores de residuos del cantón; regula los procesos de la recolección, el transporte, almacenamiento temporal, valorización, tratamiento y disposición final, correcta, de los residuos sólidos, en el cantón; define y establece la estructura institucional y operativa, necesaria para cumplir la gestión integral de residuos sólidos en el cantón y complementa las regulaciones nacionales en materia de gestión de residuos.

Artículo 2º—Alcance. Este reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos ordinarios, de competencia municipal, que se encuentren localizados dentro en el ámbito territorial del cantón de Palmares y para quienes estén fuera del territorio, pero utilicen los sistemas de tratamiento o disposición final del cantón.

Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos de este reglamento se entiende por:

a) Almacenamiento: Acción de retener temporalmente residuos mientras se entregan al servicio de recolección, se procesan para su aprovechamiento o cambio de sus características o su disposición.

b) Centro de acopio comunal: Instalación comunal, con el equipamiento necesario, para el almacenamiento de residuos sólidos, valorizables, generados por los vecinos, previo a la recolección segregada por parte de los vehículos respectivos, para su transporte a un centro de recuperación de materiales.

c) Centro de recuperación de materiales: Es un sitio permanente de recepción y almacenamiento temporal de residuos para su valorización, donde los materiales recuperables pueden ser pesados, clasificados, separados y preparados de acuerdo con su naturaleza (p.ej. plástico, cartón, papel, vidrio y metales), para su posterior comercialización.

d) Compostaje: Técnica que permite la descomposición de la materia orgánica biodegradable, en forma controlada, para lograr un producto utilizable como mejorador de suelo.

e) Contenedor: Recipiente destinado al almacenamiento temporal de residuos sólidos, no peligrosos, de origen doméstico, comercial o industrial.

f) Disposición final: Ordenada y definitiva colocación, distribución y confinamiento de los residuos ordinarios, en un sitio diseñado para este fin.

g) Fuente de generación: Lugar donde se generan los residuos.h) Generador: Persona física o jurídica, pública o privada, que

genera residuos sólidos, a través del desarrollo de procesos productivos, de servicios, de comercialización o de consumo, que son de competencia municipal.

i) Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS): Conjunto articulado e interrelacionado de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y evaluación, para el manejo de los residuos sólidos, desde su generación hasta la disposición final.

j) Gestor: Persona física o jurídica, pública o privada, encargada de la gestión total o parcial de los residuos sólidos y debidamente autorizada, al efecto, por esta municipalidad.

k) Manejo de residuos: Conjunto de actividades técnicas y operativas de la gestión de residuos que incluye: almacenamiento, recolección, transporte, valorización, tratamiento y disposición final.

l) Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PMGIRS): Instrumento que define la política cantonal en la materia y orienta las acciones municipales y/o cantonales, en el tema, dentro del área de su competencia. Es resultado de un proceso de planificación que se elabora, de preferencia de forma participativa, por la municipalidad y se incorpora a los diversos actores del cantón.

m) Recolección: Acción de recolectar los residuos sólidos de competencia municipal, en la fuente de generación o recipientes, de acuerdo con lo establecido en este reglamento, para ser trasladados a las estaciones de acopio comunal, centros de recuperación, instalaciones de tratamiento o disposición final.

n) Recolección segregada: Servicio de recolección separada de residuos sólidos previamente clasificados en la fuente de generación, según el tipo de material que permite que puedan ser valorizados.

ñ) Relleno Sanitario: Método de ingeniería para la disposición final de los residuos sólidos que se generan en el cantón, de acuerdo con el Reglamento de Rellenos Sanitarios.

o) Residuos de construcción y demolición: aquellos residuos sólidos generados en faenas, tales como: la construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales.

p) Residuo de manejo especial: Aquellos residuos ordinarios que, por su volumen, su cantidad, sus riesgos potenciales, sus necesidades de transporte, sus condiciones de almacenaje o su valor de recuperación, requieren salir de la corriente normal de residuos.

La Gaceta Nº 8 — Viernes 11 de enero del 2013 Pág 19

q) Residuo orgánico: Residuo fácilmente biodegradable, sólido o semisólido, de origen animal o vegetal, que puede ser descompuesto y aprovechado por medio del compostaje.

r) Residuo peligroso: Aquel que por sus características corrosivas, explosivas, radioactivas, tóxicas, infecciosas, biológicas, inflamables, combustibles, punzo- cortantes o la combinación de ellas, pueden causar daños a la salud de las personas y al ambiente. Se considerará como residuos peligrosos originados en las unidades habitacionales, entre otros, los siguientes: medicinas vencidas, termómetros de vidrio, lámparas fluorescentes, luminarias, baterías, sustancias inflamables (restos de pinturas y disolventes), aceites usados, equipos electrónicos y agujas para inyectar u otros objetos punzo-cortantes, toallas sanitarias y tampones, papel higiénico usado, pañales desechables, entre otros.

s) Residuo sólido: Material sólido o semi-sólido, post-consumo cuyo generador o poseedor debe o requiere deshacerse de él.

t) Residuo sólido ordinario: Residuo de origen principalmente domiciliario o que proviene de cualquier otra actividad comercial, de servicios, industrial, limpieza de vías y áreas públicas, que tengan características similares a los domiciliarios.

u) Residuo sólido valorizable: Residuo que se puede reusar o tiene potencial de ser valorizado a través de procesos de reciclaje o compostaje.

v) Residuo sólido voluminoso o no tradicional: Aquellos objetos dispuestos por sus propietarios en forma esporádica, al haber terminado su vida útil, los cuales por su tamaño, peso o características no son aptos para la recolección ordinaria y requieran de un servicio especial de recolección, como: refrigeradores, calentadores de agua, estufas, colchones, lavadoras o cualquier mueble de características similares.

w) Separación de los residuos: Procedimiento mediante el cual se evita, desde la fuente de generación, que se mezclen los residuos sólidos; esto permite que se dispongan de forma clasificada y separada, con fines de recolección.

x) Tratamiento: Transformación de los residuos o partes específicas a nuevos productos o al cambio de las características, como son el reciclaje, compostaje, tratamiento mecánico-biológico, tratamiento térmico, entre otros. Usuario: Tiene la categoría de usuario para los efectos de la prestación de los servicios aquí regulados, toda persona física y jurídica, que resulte afectada o beneficiada de los servicios de la GIRS.

z) Valorización: Conjunto de acciones asociadas cuyo objetivo es dar un valor agregado a los residuos para los procesos productivos mediante la recuperación de materiales y/o el aprovechamiento energético y el uso racional de los recursos.Artículo 4º—Propiedad de los residuos. Los residuos

sólidos ordinarios generados serán propiedad y responsabilidad de la Municipalidad, en el momento en que los usuarios del servicio público sitúan o entregan los residuos para su gestión integral y disposición final, de conformidad con el reglamento respectivo. Sin embargo, la Municipalidad puede convenir el derecho de la recolección y la valorización a terceros, calificados previamente.

CAPÍTULO IIDe las atribuciones y obligaciones municipales

Artículo 5º—Responsable de la Gestión Integral de Residuos Sólidos. Para el cumplimiento e implementación de este reglamento y de otra legislación nacional vigente, en la materia, la Municipalidad de Palmares, por medio de su Departamento de Servicios municipales, con la colaboración y la asesoría del Departamento de Gestión Ambiental, será la entidad responsable de la gestión integral de los residuos sólidos, en el cantón. La Administración y el Concejo Municipal, según su competencia, dotarán a estas dependencias del personal técnico y profesional necesario, así como del presupuesto adecuado para cumplir con sus funciones, según la disponibilidad de recursos.

Artículo 6º—De las competencias municipales en la GIRS. De conformidad con la legislación vigente, La Municipalidad de Palmares es responsable, en materia de gestión integral de residuos sólidos, de las siguientes competencias:

a) Prestar los servicios de recolección, separación, tratamiento (reciclaje, compostaje, otros), transporte y disposición final de residuos sólidos ordinarios.

b) Realizar la limpieza de caños, acequias, alcantarillas, vías, plazas y parajes públicos.

c) Concertar convenios o contratos con personas o entidades para la prestación de dichos servicios, en su totalidad o parte de estos, así como garantizar el cumplimiento de sus funciones.

d) Establecer convenios con otras municipalidades para prestar los servicios de gestión integral de residuos sólidos o parte de estos.

e) Aprobar y aplicar las tasas correspondientes por dichos servicios.

f) Aplicar sanciones e incentivos, definidos por la ley, en caso de no cumplimiento del reglamento.

g) Acoger los reglamentos y directrices que, en la materia, dicte el Ministerio de Salud, sin perjuicio de la autonomía municipal.Artículo 7º—Atribuciones del Departamento de Servicios

Municipales.Es atribución y deber del Departamento de Servicios Municipales, en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos, a través de su personal y en coordinación con otras unidades municipales, de conformidad con su competencia, lo siguiente:

a) Planear, diseñar, instrumentar e implementar el servicio público de gestión integral de residuos sólidos de competencia municipal.

b) Elaborar, instrumentar y operar un área de atención de denuncias de los usuarios. En ella se atienden y procesan denuncias en relación con los derechos y obligaciones establecidas por este Reglamento, para las autoridades municipales y para los habitantes y visitantes del cantón. Esta labor se debe hacer en coordinación con los inspectores municipales o la policía municipal, cuando proceda.

c) Establecer el registro de empresas y particulares, autorizados para la prestación de cualquier servicio dentro del proceso de gestión integral de residuos sólidos, de competencia municipal, a que se refiere este reglamento.

d) Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos de competencia municipal.

e) Emitir los dictámenes técnicos correspondientes para la prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos, de competencia municipal, a los propietarios y/o responsables de fraccionamientos y conjuntos habitacionales de cualquier tipo.

f) Organizar administrativamente y operativamente el servicio público de aseo urbano y recolección de residuos de competencia municipal. Formular el programa anual, de acuerdo con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

g) Implementar acciones y mecanismos preventivos a efecto de evitar que se arrojen, derramen, depositen o acumulen residuos, en espacios públicos y privados, que pudieran causar daño a la salud, al medio ambiente o que perjudiquen la imagen urbana.

h) Vigilar permanentemente la correcta separación de los residuos sólidos, de competencia municipal, en las fuentes de generación.

i) Vigilar permanentemente la no presencia de residuos peligrosos, en los residuos sólidos de competencia municipal.

j) Dar aviso a las autoridades competentes de la presencia de residuos peligrosos y de manejo especial, durante la prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos, de competencia municipal.

k) Establecer e informar, a la población, las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio público de aseo urbano, de competencia municipal.

l) Calcular y proponer en conjunto con el Administrador tributario municipal, el monto de las tasas por el servicio a que estará sujeta la prestación del servicio público de aseo urbano.

m) Procurar la utilización de instrumentos y maquinaria, de forma tal que permita la optimización de sus funciones y recursos.

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n) Prohibir el trabajo de separación de los residuos en los camiones de recolección o transporte, de residuos sólidos; dichos residuos deben venir separados desde la fuente.

o) Rendir informe mensual a la alcaldía y al área rectora del Ministerio Salud de Palmares, sobre la cantidad de residuos que se generaron en ese tiempo.

p) Verificar que los vehículos públicos y privados, utilizados para el transporte de residuos, reúnan las condiciones exigidas por el Ministerio de Salud, para evitar la dispersión de lixiviados y residuos, en el camino.

q) Supervisar y monitorear la correcta prestación de los servicios públicos de manejo integral de residuos sólidos, ya sea ejecutado de mano o por convenio o contratación.

r) Elaborar un informe trimestral sobre el monitoreo y supervisión, mencionado en el artículo r, con copia al Concejo Municipal.

s) Las demás facultades y atribuciones que otorga el presente ordenamiento y las disposiciones legales aplicables.Artículo 8º—Atribuciones del Departamento de Gestión

Ambiental.Es atribución y deber del Departamento de Gestión Ambiental, en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos, a través de su personal y en coordinación con otras unidades municipales, de conformidad con su competencia, lo siguiente:

a) Elaborar, instrumentar y operar las campañas de educación ambiental e información necesarias, para la correcta implementación del manejo integral de los residuos sólidos de competencia municipal.

b) Observar y vigilar el cumplimiento de la normativa para el servicio público de manejo integral de residuos sólidos, de competencia municipal.

c) Supervisar y monitorear la correcta prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos, de competencia municipal, materia del presente reglamento, ya sea ejecutado de propia mano o por concesión.

d) Realizar campañas de prevención y minimización, acopio, re-uso, recuperación y separación de los residuos valorizables, contenidos en los residuos sólidos, de competencia municipal.

e) Estimular y promover, con la población, las actividades necesarias para la vigilancia y cumplimiento del presente reglamento.

f) Coordinar con las autoridades nacionales, en la vigilancia del cumplimiento de la normativa vigente y ejecución, de las disposiciones legales, aplicables en materia de residuos, especialmente sobre residuos de manejo especial y peligroso.

g) Promover el establecimiento de centros de recuperación en diferentes centros públicos y privados.

h) Apoyar y fortalecer a los centros de recuperación de materiales que cuentan con espacio físico, infraestructura y equipo, según la figura legal establecida; se le da prioridad a los centros de recuperación que ya operan.

i) Mantener sistemas de datos detallados que integren el Sistema de Información, sobre la Gestión Integral de Residuos, donde se contenga la información relativa a la situación local, los inventarios de residuos generados, la infraestructura disponible para su manejo, las disposiciones jurídicas aplicables a su regulación y control y otros aspectos que faciliten el logro de los objetivos de la Ley y los ordenamientos que de ella emanen.

j) Coordinar con otras autoridades municipales, para la aplicación de acciones conjuntas, sobre la prevención y gestión integral de residuos sólidos, de competencia municipal.

k) Supervisar las labores del Departamento de Servicios Municipales y dar asesoría técnica en el desarrollo e implementación de proyectos y actividades de la Gestión Integral de los residuos sólidos.

l) Coordinar las acciones de la Comisión Institucional del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos para la implementación de dicho Plan.

m) Las demás facultades y atribuciones que otorga el presente ordenamiento y las disposiciones legales, aplicables en esta materia.

CAPÍTULO IIIImplementación, seguimiento y mejora del PMGIRSArtículo 9º—Comisión Interinstitucional del Plan Municipal

de Residuos Sólidos. Es una comisión conformada por:- Un regidor integrante de la Comisión de Ambiente.- Un síndico propietario.- Coordinador de Servicios Públicos Municipales.- Departamento de Gestión Ambiental Municipal.- Representante de la Dirección de Planificación Municipal.- Se solicitará el acompañamiento, en caso que se requieran, de

un representante del Área Rectora de Salud, para que brinde un criterio técnico.

- Un representante del Área de Conservación del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

- Un representante del Ministerio de Educación Pública, de Palmares, de la Dirección Regional de Occidente.

- Dos representantes de la sociedad civil.- Dos representantes de la empresa privada.

Artículo 10.—Funciones de la Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos. El cumplimiento de las responsabilidades municipales, establecidas en la legislación y los reglamentos vigentes, deben ser cumplidos y ejecutados por las entidades municipales correspondientes, con la colaboración y asesoría de la Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos. Son responsabilidades de la Comisión Interinstitucional del Plan Municipal de Residuos Sólidos las siguientes:

a) Dar seguimiento al Plan Municipal de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos.

b) Apoyar los planes, proyectos y programas que se estén implementando.

c) Articular y coordinar las acciones con las instituciones representadas en la Comisión y con todas aquellas que durante el proceso se vayan integrando, para alcanzar los resultados esperados.

d) Promover el establecimiento de alianzas, convenios y cartas de intenciones, entre instituciones públicas y privadas, que intervienen en el corto, mediano y largo plazo, en la implementación del PMGIRS.

e) Promover la consecución de fondos públicos, privados, de cooperación internacional y organizaciones multilaterales, que permitan el desarrollo de los programas y proyectos del PMGIRS.

f) Documentar los cambios detectados según la sistematización y monitoreo del proceso, con el propósito de garantizar los resultados requeridos.

g) Mantener informado, de forma escrita, al Concejo Municipal, Alcalde y autoridades institucionales, representadas en la Comisión, sobre los avances, logros y limitaciones del proceso de implementación y ejecución, del PMGIRS por medio de informes elaborados por su coordinador.

h) Promover las actividades de intercambio de experiencias que se convoquen a nivel nacional e internacional, que permita la divulgación del trabajo realizado, así como designar la participación.

i) Realizar autoevaluaciones permanentes del proceso de implementación y ejecución del PMGIRS.

j) Asesorar a la Comisión de Ambiente en la toma de decisiones respecto a la GIRS.

CAPÍTULO IVParticipación civil y comunal

Artículo 11.—Centros de acopio comunal.a) Los barrios, comunidades, asociaciones o cualquier tipo de

organización comunal, pueden constituir centros de acopio comunal para almacenar los residuos sólidos valorizables en su fuente de generación y para recibir el servicio de recolección segregada de residuos sólidos reciclables.

b) Los centros comunales de acopio, que trabajen eficientemente y acojan lo estipulado en este reglamento, pueden recibir incentivos que impulsen el funcionamiento del centro y ayuden a mejorar su gestión.

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c) Los centros comunales de acopio deben tener al menos una persona debidamente capacitada, con la certificación correspondiente en manejo adecuado de los residuos sólidos y valorizables, encargada de la organización, el orden de las instalaciones y de informar de sus gestiones a la municipalidad.

d) Los centros de acopio comunal deben localizarse en áreas a las cuales tengan acceso los vecinos del sector, pero que sean de carácter privado (salón comunal, oficina del acueducto, plaza de deportes cerrada, pulpería, escuela, entre otros), para evitar el mal uso de las zonas de almacenamiento. Además, los centros comunales de acopio, deben tener acceso para el camión recolector.

e) Se pueden establecer convenios con los centros de acopio comunal para crear mecanismos de cooperación educativos- financieros, en la gestión integral de los residuos sólidos, en el sector.

f) La Municipalidad, en coordinación con otros actores sociales, realizará actividades de educación que permitan a las comunidades adquirir las destrezas para clasificar sus residuos sólidos valorizables e instalar centros comunales de acopio o colectores de material reciclable. Al mismo tiempo sensibilizarlos sobre las ventajas que esto trae, la importancia de un buen manejo de los residuos sólidos y las responsabilidades de las comunidades, como generadoras.

g) Los centros de acopio comunal deben cumplir con los requisitos establecidos por el Departamento de Gestión Ambiental, las leyes conexas y registrarse ante el mismo, para iniciar sus actividades.Artículo 12.—Gestores de residuos sólidos.

a) Establecer convenios con gestores de residuos sólidos legalmente establecidos y registrados ante el Ministerio de Salud, capaces de certificar el tratamiento correcto de los residuos sólidos y su trazabilidad.

b) Los gestores de residuos sólidos que tengan convenios con la Municipalidad deben brindar un informe trimestral de sus funciones donde se describa: cantidad de material acopiado y valorizado, lista de ciudadanos, organizaciones o empresas colaboradoras, la forma de ejecución del servicio, las certificaciones o comprobantes vigentes, emitidos por las empresas a las que venden los residuos y cualquier otra información que se considere pertinente.Artículo 13.—Supervisión vecinal. Todos los usuarios deben

cumplir y velar porque sus vecinos cumplan con las disposiciones de este Reglamento. En el caso de que algún usuario requiera denunciar algún incumplimiento de sus vecinos, puede hacerlo en el Departamento de Servicios Municipales, por los medios establecidos y publicitados previamente por la Municipalidad para tal efecto.

CAPÍTULO VSobre la responsabilidad ambiental

de las industrias y del comercioArtículo 14.—Programas de residuos por parte de los

generadores. a) Los generadores deben elaborar e implementar un programa

o plan de manejo integral de residuos para sus instalaciones y procesos; debe incluir la jerarquización de los residuos sólidos (rechazar, reducir, reutilizar y valorizar a través del reciclaje) y su entrega a gestores autorizados para su tratamiento en apego a la guía establecida en el anexo 5 del Decreto N° 34728-S MS.Artículo 15.—Reconocimiento municipal al desempeño en

PMGIRS. Una vez al año, la Municipalidad hará un reconocimiento a las empresas, instituciones, comercios u organizaciones que realicen una labor sobresaliente en materia de protección y conservación del ambiente. La comisión será encargada de regular y otorgar, según las directrices.

CAPÍTULO VIDel manejo integral de los residuos sólidos

Artículo 16.—De las responsabilidades. Tanto los generadores, los usuarios del servicio, así como las entidades autorizadas por la Municipalidad, para el manejo de algunas de las etapas de la gestión de los residuos sólidos, en el cantón, son responsables de acatar las disposiciones establecidas en este reglamento.

Artículo 17.—Responsabilidades del generador.a) Almacenar temporalmente y de manera adecuada, los

residuos generados en su casa o terreno, de tal forma, que no causen ningún impacto ambiental y/o riesgo a su salud o de otras personas de la comunidad.

b) Colocar los residuos sólidos generados, en el horario establecido y comunicado por la Municipalidad, para el sector donde estén ubicados, el día de la recolección, de tal forma que no causen impacto ambiental o de salud.

c) Entregar los residuos sólidos en bolsas o recipientes cerrados.

d) Obtener los recipientes desechables para entregar los residuos; pueden ser bolsas plásticas o de características similares. Estas deberán tener las siguientes características:1. Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por los

residuos contenidos y por la manipulación.2. Su capacidad, color y transparencia deben estar de acuerdo

con lo que establezca, al respecto, la Municipalidad, para cada tipo de residuo.

3. Deberán cerrarse adecuadamente, de tal forma que no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos.

4. Los recipientes reutilizables deberán ser de tal forma que al estar cerrados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos. Estarán hechos de material liso e impermeable que permitan su lavado y limpieza; asimismo, su volumen y peso no deberán afectar la salud ni la seguridad de los trabajadores que los manipulen.

e) Colocar los residuos en el suelo o en una canasta metálica de baja altura, al frente de su propiedad o en un contenedor colectivo, preferiblemente con techo, en los condominios que dan a vía pública, de forma que no puedan ser alcanzados por animales.

f) Para el caso de los usuarios con propiedades ubicadas en urbanizaciones con canastas, condominios, edificios de dos pisos o más, callejones y alamedas donde el vehículo recolector no pueda transitar, los residuos se deberán depositar en la entrada de estos, en un contenedor de uso colectivo, a la orilla de la calle principal. Este debe tener tapas superiores de un material duradero que resguarden los residuos de las inclemencias del tiempo y/o puertas laterales para que los operarios recolectores puedan extraer fácilmente los residuos. La limpieza de estos contenedores es responsabilidad de los usuarios del servicio.

g) En las zonas, donde la Municipalidad ofrece el servicio de recolección, segregada de materiales valorizables, estos tienen que ser separados desde su generación y puestos aparte para su recolección. En lugares como urbanizaciones, condominios, hoteles, centros educativos, empresas y barrios organizados, etc. debe existir un contenedor específico para el almacenamiento y posterior recolección de los residuos valorizables.

h) En zonas donde se ofrecen recipientes colectivos, el generador tiene que depositar sus residuos sólidos dentro de estos y garantizar que los colectores serán cerrados después de su uso y en el horario de recolección establecido por la municipalidad. La limpieza y el mantenimiento de estos contenedores es responsabilidad de los usuarios del servicio.

i) En función de la separación de los desechos sólidos, se deberá realizar de la siguiente manera:Los residuos ordinarios (orgánicos e inorgánicos) deberán estar asegurados con un nudo, en una bolsa por aparte, preferiblemente de color negro, que no sobrepase las dos terceras partes de su capacidad de peso. Los residuos valorizables se deben entregar en una bolsa plástica transparente, para facilitar al recolector su identificación.Los residuos peligrosos deberán ser empacados individualmente en bolsas rojas para reducir al máximo el riesgo para el personal recolector.

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j) Los residuos valorizables, tales como: vidrio, papel, cartón, plástico y aluminio, entre otros, deben ser entregados en el horario y lugar establecidos, secos y libres de residuos orgánicos y tóxicos, dispuestos de manera que se garantice su buen estado, para su posterior tratamiento. El ente recolector podrá establecer otras o nuevas condiciones para su separación, embalaje y recolección, que serán comunicadas previamente a los usuarios, en forma escrita.

k) Entregar sus residuos sólidos separados en diferentes recipientes. El recipiente de los residuos puede ser desechable o reutilizable. Durante la generación, separación y almacenamiento, el generador deberá evitar que los residuos sólidos se mojen y entregarlos al recolector separados por categoría de residuos.

l) Mantener limpios los sitios con los contenedores o los recipientes en donde se disponen los residuos sólidos, en espera de su recolección.

m) En caso de que los residuos sean esparcidos en la vía pública, por el recolector, antes de ser recolectados, el generador y el dueño del inmueble están en la obligación de recogerlos y depositarlos nuevamente en un recipiente adecuado.

n) El usuario no debe colocar sus residuos directamente en el camión recolector; esta labor debe ser realizada únicamente por los funcionarios encargados del servicio de recolección.

o) Si los residuos sólidos no fueron recolectados, por incumplimiento en el horario, por su peligrosidad, por no corresponder a la categoría de residuos recolectados en ese día o por alguna infracción a lo establecido en este reglamento y la legislación vigente, el usuario deberá retirarlos de la vía pública de forma inmediata y mantenerlos dentro de su propiedad y disponer de ellos, correctamente, en la siguiente recolección.

p) Si la Municipalidad no ha establecido una ruta de recolección segregada de residuos valorizables periódico y cantonal, los usuarios deberán participar de las campañas de recolección de este tipo de residuos, llevarlos al centro de acopio comunal más cercano o a los centros de recuperación de materiales que la Municipalidad esté publicitando.

q) El conocimiento y acatamiento del presente reglamento son obligatorios para todos los usuarios del servicio de recolección de cualquier tipo de residuos, de manera que su desconocimiento nunca podrá ser utilizado como excusa para su incumplimiento o evitar las sanciones respectivas.Artículo 18.—Responsabilidades del Recolector

a) Prestar el servicio de la recolección de residuos sólidos en forma accesible, periódica y eficiente, para todos los usuarios.

b) Los vehículos utilizados para la recolección de residuos deben ser los adecuados para el tipo de residuo que recolecten y estar debidamente identificados. Los vehículos deben tener las siguientes características:1. Para la recolección de residuos valorizables, residuos

no tradicionales o voluminosos, residuos electrónicos, chatarra y residuos metálicos: El camión no compactador, con cajón de carga cubierto, capacidad de carga adecuada con la necesidad de transporte, sellado para evitar la fuga de sólidos y líquidos en la vía pública y cumplir con otros requisitos establecidos en la legislación vigente.

2. Para los residuos no valorizables y los peligrosos (separados y empacados debidamente): Camión compactador con capacidad de carga adecuada con la necesidad de transporte, deberán garantizar la correcta prestación del servicio y no permitir el vertido de líquidos y lixiviados o residuos sólidos y cumplir con lo establecido por la legislación vigente.

c) Los funcionarios de la recolección deben tener implementos adecuados de seguridad ocupacional tales como: guantes, zapatos cómodos antideslizantes, pantalón largo y tener disponible en el vehículo un extintor de incendios y botiquín para primeros auxilios apropiados y cumplir con lo establecido en la legislación vigente.

d) Garantizar la recolección en el área, bajo su responsabilidad. La frecuencia de la recolección es decidida de común acuerdo con los responsables municipales. El recolector puede ser municipal, empresa privada o convenio; para esto se le dará preferencia a organizaciones sociales y de beneficencia que

califiquen como una organización con capacidad empresarial. Sin embargo, la responsabilidad frente al usuario sigue siendo de la Municipalidad.

e) Si el recolector es una empresa privada, pública o mixta debe:1. Acoger el sistema Municipal de recolección separada; esto

debe quedar contemplado en el contrato, cumplir con los requisitos de los vehículos y de seguridad ocupacional y todo lo estipulado en el presente reglamento y en la legislación vigente.

2. Estar debidamente inscrito y autorizado por el Ministerio de Salud.

3. Todo recolector, sin excepción, para desarrollar estas labores en el cantón, deberá estar inscrito y autorizado por la Municipalidad. El registro tendrá una vigencia de doce meses.

4. Para inscribirse como recolector o renovarse como recolector, debe solicitarse por escrito con un mes de antelación los acuerdos de recolección con los usuarios, un plan del servicio de recolección, líneas de comunicación disponibles para los usuarios y el municipio y una copia certificada por notario público, del destino de los reciclables valorizados, en los doce meses de servicio previo, respaldada con facturas de venta.

5. Brindar informes mensuales sobre la forma de ejecución del servicio, indicar los pesos de los materiales recolectados, la dirección exacta para el tratamiento o la disposición final de los residuos colectados y entregar documentos que certifiquen lo anterior.

6. Cumplir con los siguientes requisitos: póliza de riesgos del trabajo, predio o edificación, vehículos de transporte y centro de operación con permiso sanitario de funcionamiento al día, estar patentado y al día con los impuestos municipales, estar al día con las obligaciones obrero-patronales ante la CCSS.

f) El recolector privado perderá la autorización para brindar el servicio sin responsabilidad legal o económica para la Municipalidad si: cambia de domicilio sin reportarlo, no mantiene una línea de comunicación eficiente con la Municipalidad y con los usuarios, deja de estar al día con el Ministerio de Salud, la Municipalidad, la CCSS o el INS, se reciben tres denuncias comprobadas y justificadas de una incorrecta gestión de los residuos recolectados, desatención o malos tratos a los usuarios, el o los camiones recolectores registrados no mantienen las características exigidas para su operación; se actuará de acuerdo con el debido proceso.

g) En caso de quedar residuos esparcidos por la vía pública en el momento de la recolección, la Municipalidad o la empresa responsable, debe recogerlos y depositarlos en el camión recolector, así como tomar cualquier otro medio adecuado para evitar la contaminación.Artículo 19.—Responsabilidades de los encargados del

tratamiento. La Municipalidad debe ofrecer y gestionar los siguientes tratamientos de residuos en su cantón:

a) Recuperación de residuos valorizables: La Municipalidad instalará un centro de recuperación de materiales propios y promoverá la instalación de centros privados. El funcionamiento y las condiciones de estos centros se definen en un convenio/contrato separado, sus resultados referentes a los horarios de funcionamiento y de los materiales por recibir; se ponen en conocimiento de la población, por parte de la Municipalidad.

b) Compostaje: La Municipalidad instalará plantas de compostaje propias y promoverá la instalación de plantas privadas. El funcionamiento y las condiciones de estas plantas se definen en un convenio/contrato separado. La información referente a los horarios de funcionamiento y de los materiales por recibir, se pone en conocimiento de la población, por parte de la Municipalidad, en coordinación con el Ministerio de Salud, SENASA y MAG.

c) Operador del relleno sanitario: El operador del relleno sanitario puede ser la Municipalidad, un tercero del sector privado u otra persona jurídica, que cumpla con los requisitos

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para hacerlo, con base en la legislación vigente. El operador tiene que garantizar el funcionamiento del relleno sanitario de acuerdo con el permiso para su funcionamiento. En caso de incumplimiento, la Municipalidad puede tomar las medidas que considere necesarias.

d) Limpieza: La Municipalidad se encargará de ejecutar los servicios de barrido y limpieza de caños, acequias, alcantarillas, vías y espacios públicos, así como el manejo sanitario de animales muertos en la vía pública. Le corresponde también prevenir y eliminar los vertederos de residuos en todo el territorio del cantón y el acopio no autorizado de residuos sólidos.

e) Cualquier otro tipo de tratamiento o tecnología que coadyuve a la GIRS y que sea factible utilizar en el cantón.Artículo 20.—Categorías de residuos sólidos por separar

a) Los generadores deberán separar los residuos de acuerdo con las medidas establecidas y comunicadas previamente por la Municipalidad:VALORIZABLES 1. Papel y cartón: entregar limpio y seco. Excepto: papel

higiénico, servilletas, cartón de huevos o similar, usados.2. Vidrio: de botellas de todo color, sin quebrar. No se acepta

vidrio plano de ventanas, parabrisas, pírex o espejos.3. Plástico: duro o suave dividido en sus diferentes categorías,

empaques de alimentos, botellas y sus tapas, bolsas plásticas, plástico de paletizar o melcocha, envases de cualquier sustancia que no contenga residuos peligrosos.

4. Aluminio: latas de bebidas enjuagadas y aplastadas, papel aluminio sin residuos de comida y cualquier otro material elaborado con este metal.

5. Envases tetrabrik: cajas de jugos, lácteos y bebidas, bien limpias.

6. Hojalata: latas de alimentos lavadas y sin residuos de comida, tarros de pintura, piezas de hojalata, entre otras.

7. Residuos electrónicos.8. Residuos metálicos.RESIDUOS NO VALORIZABLES

b) Residuos peligrosos domiciliarios: baterías, vidrio quebrado, navajillas, jeringas, agujas, pañales usados, toallas sanitarias, etc.

c) Residuos no tradicionales o voluminosos.Las categorías pueden variar dependiendo de la capacidad que exista para su valorización, de la producción de material o de la adquisición de nueva tecnología, para el tratamiento de residuos sólidos no considerados hasta el momento. La Municipalidad debe proveer la información necesaria y oportuna a los generadores. Artículo 21.—Frecuencia. La frecuencia de recolección es la

siguiente:a) Residuos valorizables: una vez por semana.b) Residuos no valorizables: dos veces por semana.c) Residuos no tradicionales o voluminosos: cada seis meses.d) Electrónicos: dos veces por añoe) Chatarra y metales: una vez por año

La Municipalidad determina el día, zona y el tipo de residuos por recolectar, en cada ruta de recolección y publicar dicha información a través de distintos medios de comunicación: nacional o local, radio, circulares, internet (página web), perifoneo, entre otros. En caso de cambios necesarios, los usuarios serán informados, previamente, con 15 días de anticipación.Artículo 22.—Centros de recuperación de materiales

valorizablesa) La Municipalidad tiene la facultad de instalar y operar centros

de recuperación de materiales valorizables o autorizar a terceros, previamente calificados, para su acumulación, clasificación, preparación y comercialización.

b) Los centros de recuperación de materiales deben, de previo a iniciar labores, cumplir con la normativa vigente para Centros de Recuperación de Residuos Sólidos Valorizables, contar con los permisos respectivos del Ministerio de Salud, de la Municipalidad y con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente.

c) Estos centros deben contar con adecuadas condiciones higiénicas, laborales y sanitarias. La operación del centro tiene que evitar molestias a las personas vecinas o trabajadoras.

d) Solamente se permite el desensamblaje, la mezcla, la transformación y el tratamiento de los residuos si las instalaciones están expresamente autorizadas para ello, por el Ministerio de Salud y si el uso del suelo se haya de conformidad con el Plan Regulador Municipal, cuando exista. Artículo 23.—Centros de recuperación de materiales

orgánicos o compostajea) El Municipio tiene la facultad de instalar y operar centros

de recuperación de materiales orgánicos o de compostaje, o autorizar a terceros, previamente calificados, para la acumulación, tratamiento y comercialización del producto final.

b) Estos centros deben contar, previo a iniciar labores, con los permisos respectivos del Ministerio de Salud y de la Municipalidad, cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente, contar con adecuadas condiciones higiénicas, laborales y sanitarias. La operación del centro no debe provocar molestias a las personas que en ellos trabajan o a las personas vecinas.

CAPÍTULO VIIDisposición final de los residuos sólidos

Artículo 24.—Sitios de disposición final. Los residuos no valorizados solamente pueden ser depositados en rellenos sanitarios que cumplen con la normativa vigente y debidamente autorizados por las autoridades correspondientes.

Los horarios para la recepción de los residuos serán los establecidos por el operador del relleno y debe ser debidamente comunicado a los usuarios y a las autoridades públicas.

CAPÍTULO VIIIManejo integral de residuos de manejo especial

Artículo 25.—Escombros y residuos de construcción y demolición. La responsabilidad por el manejo de los residuos provenientes de la construcción o demolición, corresponde al dueño de la propiedad, quien debe garantizar su recolección, transporte y disposición final en forma directa o mediante un gestor autorizado. El sitio de disposición debe cumplir con los requisitos legales y evitar ser una molestia para los vecinos y los trabajadores.

Artículo 26.—Residuos sólidos no tradicionales o voluminosos, electrónicos, chatarra y metales. Los residuos sólidos no tradicionales deben ser acumulados por el generador en su espacio privado hasta el día que corresponda la recolección por parte de la Municipalidad, de conformidad con los días de recolección y horarios establecidos y debidamente comunicados a los usuarios.

Artículo 27.—Ferias u otras actividades públicas. Los encargados de ferias, conciertos u otras actividades públicas que se efectúen en el cantón, a la hora de obtener los respectivos permisos municipales, deben garantizar que se harán cargo de todos los residuos sólidos de dicha actividad y presentar una copia del plan de gestión de residuos sólidos para el sitio, con el recibido del Ministerio de Salud, según el protocolo establecido por el Ministerio de Salud sobre planes de manejo de residuos sólidos vigente, máximo 24 horas después.

CAPÍTULO IXManejo de residuos peligrosos, biológicos e infecciososArtículo 28.—Manejo de residuos peligrosos.Los residuos

peligrosos que se generen en las actividades industriales y de servicios, deben ser manejados de conformidad con el Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales vigente y ser entregados por sus generadores industriales y comerciales, a un gestor autorizado.

Artículo 29.—Residuos peligrosos domiciliares. Los residuos peligrosos que se producen en los hogares, manejo de envases de insecticidas, jeringas, medicamentos vencidos, deben ser separados de los residuos ordinarios en la fuente de generación y entregados al servicio de recolección debidamente identificados, en recipientes seguros y apropiados, según el tipo de residuos.

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Artículo 30.—Residuos infectocontagiosos. (Infecciosos). Para el tratamiento de los residuos infectocontagiosos se deben seguir los lineamientos vigentes para la gestión de los residuos infectocontagiosos (Decreto Nº 30965-S) que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines y cualquier otra indicación del Ministerio de Salud.

CAPÍTULO XTarifa por la gestión de residuos sólidos

Artículo 31.—Fijación. La Municipalidad fijará las tasas por el servicio municipal de gestión de residuos sólidos, que incluya e integre todos los costos asociados al servicio municipal de gestión y manejo de residuos sólidos.

Dicha tasa puede ser adaptada semestralmente, conforme con la tasa de inflación y las necesidades del servicio.

Artículo 32.—Tarifas diferenciadas. La Municipalidad puede establecer tasas diferenciadas por la recolección, tratamiento y disposición final de los residuos generados en el cantón, ya sean actividades comerciales, de servicios y domiciliares o según la cantidad generada. A las familias y empresas que separan los residuos se darán incentivos por el adecuado manejo. Las tasas serán definidas y adaptadas periódicamente, conforme con la inflación y según cambios o mejoras del servicio en el sector. Los usuarios serán informados con mínimo dos meses de anterioridad sobre los cambios, antes de entrada en vigor, así como reconocimientos a quienes hagan manejo adecuado y puntual, según los requerimientos establecidos.

CAPÍTULO XIProhibiciones

Artículo 33.—Prohibiciones para los usuarios.a) Queda prohibido a los usuarios depositar en cualquiera de

las rutas de recolección o cualquier lugar público o privado, no autorizado, lo siguiente:1) Residuos peligrosos industriales y comerciales.2) Sustancias líquidas y excretas.3) Animales muertos, excretas de animales provenientes

de fincas, granjas, locales comerciales o criaderos de cualquier tipo.

4) Lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas negras, industriales, biodigestores o tanques sépticos.

5) Baterías de ácido, plomo, litio y similares.6) Llantas de cualquier tipo de vehículo motorizado.7) Residuos de demolición y construcción, escombros.

b) Colocar los residuos en el sitio de recolección con más de ocho horas de antelación al horario que establezca la Municipalidad.

c) Colocar sobre el caño los residuos sólidos para ser recolectados por el sistema municipal.

d) Incinerar residuos sólidos de cualquier clase.e) Depositar residuos sólidos en los cuerpos de agua, sus zonas

de protección, terrenos desocupados, en la vía pública o en sitios públicos.

f) Se prohíbe el ingreso de desechos provenientes de otros cantones, sin la autorización expresa de la Municipalidad Y Ministerio de Salud, sean estos valorizables o no.

h) Se le prohíbe a los ciudadanos, acumular desechos en los alrededores de las viviendas y lotes vacíos.Artículo 34.—Prohibición para los recolectores. Se prohíbe

a la entidad recolectora mezclar, para su transporte, los residuos sólidos valorizables que han sido separados por los generadores y puestos para su recolección de forma separada, con cualquiera de las otras categorías de residuos sólidos establecidas. En caso de ser una entidad autorizada, esto será causal para la rescisión del contrato, previo seguimiento del debido proceso.

Artículo 35.—Prohibición de ingreso del funcionario a propiedad privada. Los funcionarios de recolección tienen terminantemente prohibido ingresar en propiedad privada con el fin de recoger residuos de cualquier tipo, sin importar que haya acceso libre a la propiedad. Se prohíbe a los funcionarios de las empresas solicitar regalías.

CAPÍTULO XIIFiscalización y sanciones

Artículo 36.—Sanciones. La aplicación de multas y sanciones será de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos; sus reglamentos (Capítulo I. Infracciones administrativas y sanciones. Artículos del 47 al 54), en caso de detectarse incumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento en cuanto al adecuado manejo, incluyendo: separación, recolección, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos.

La Municipalidad podrá establecer multas por atrasos en el pago del servicio de recolección, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos.

Artículo 37.—Medidas especiales. La Municipalidad, ante la violación de este reglamento, debe aplicar las siguientes medidas protectoras, de conformidad con el artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente:

a) Advertencia, mediante un comunicado o notificación, que existe un reclamo específico.

b) Amonestación, acorde con la gravedad de los hechos violatorios detectados y comprobados.

c) Restricciones parciales o totales u orden de paralización inmediata de los actos que provocan la denuncia.

d) Cancelación parcial, total, permanente o temporal de los permisos, las patentes los locales o las empresas que provocan la denuncia, el acto o la actividad contaminante o destructiva.

e) Imposición de las medidas compensatorias o estabilizadoras de ambiente o la diversidad biológica, elevar denuncia ante el MINAET.

f) Modificación o demolición de las instalaciones o construcciones que no cumplan las leyes conexas en la protección del ambiente.

g) Alternativas de compensación de la sanción y por una sola vez, a recibir cursos educativos oficiales en materia ambiental; además, trabajar en obras comunales en el área del ambiente (Coordinar con la casa de Justicia).Artículo 38.—Inspecciones. Los funcionarios municipales

del Departamento de Servicios Públicos, debidamente identificados, deben realizar las inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento de este reglamento. Para ingresar a inmuebles deben solicitar permiso a los propietarios o pueden hacerse acompañar de autoridades de policía.

En caso de encontrarse indicios de incumplimiento de este reglamento o la Ley GIRS, se le notificará al responsable para el inicio del procedimiento respectivo.

Artículo 39.—Denuncias. En caso de que existan indicios de la infracción o delito, los inspectores municipales presentarán la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental o MINAET administrativo o en la Fiscalía correspondiente.

Artículo 40.—Cancelación de permisos y licencias.La Municipalidad puede solicitar a las autoridades que los hubieren otorgado, la suspensión, revocación o cancelación de las licencias, permisos y registros necesarios para la realización de las actividades.

CAPÍTULO XIIIDisposiciones finales

Artículo 41.—Divulgación y publicación. La Municipalidad tiene la responsabilidad de divulgar adecuadamente el presente reglamento una vez aprobado. Cualquier modificación posterior debe seguir un procedimiento de consulta a la ciudadanía, publicación y difusión.

Artículo 42.—Consulta. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, para la correspondiente consulta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, este proyecto de Reglamento se somete a consulta pública por un lapso de diez días hábiles; vencido se pronunciará sobre el fondo.

Cinthia Céspedes García, Secretaria del Concejo a. í.— 1 vez.—(IN2012114626).

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INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIAVICERRECTORÍA EJECUTIVA

AVISOSPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en Docencia a nombre de Rodolfo Echandi Pacheco, cédula de identidad 1-766-580. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación: tomo: VIII, folio: 1151, asiento: 12. Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en San José, a los doce días del mes de diciembre del dos mil doce, por la Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada del Área de Graduación y Certificaciones de la Oficina de Registro y Administración Estudiantil.

Oficina de Registro.—Lic. Tatyana Bermúdez Vargas.—(IN2012115369).

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Bachillerato Universitario en Enseñanza de las Ciencias Naturales a nombre de Mauricio Brenes Vargas, cédula de identidad 6-228-775. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación: tomo: VI folio: 846 asiento: 31. Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en San José, a los diez días del mes de diciembre del dos mil doce, por la Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada del Área de Graduación y Certificaciones de la Oficina de Registro y Administración Estudiantil.

Oficina de Registro.—Lic. Tatyana Bermúdez Vargas.—(IN2012115642).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADCONSEJO DIRECTIVO

Considerando:La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación

forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre, para el paso de la línea de transmisión eléctrica, denominada SIEPAC (Tramo Parrita-Palmar Norte ) e instalar un sitio de torre, sobre la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula 31.256-000, la cual se describe como terreno para agricultura, lote 207-2-1, sita en el distrito 3º Naranjito, del cantón 6º, Aguirre, de la provincia de Puntarenas; tiene una medida de 359.000 metros cuadrados y linda así: norte, María Marta Rodríguez, sur, Vicente Porras y Santana Fallas, este, Lizanías Aguilar y oeste, Rodolfo Jara, Vicente Porras y otro. No posee plano inscrito en el catastro que la identifique en la materialidad.

ØLa propietaria registral de la finca es la empresa denominada Inversiones Heráclito S. A. cédula jurídica 3-101-057.542.

ØQue a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S.A, se valoró el derecho de servidumbre y la instalación de un sitio de torre, en la suma de ¢10.409.480,10 (Diez millones cuatrocientos nueve mil cuatrocientos ochenta colones con diez céntimos), según avalúo administrativo Nº 305 del año 2012.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢10.409.480,10 (Diez millones cuatrocientos nueve mil cuatrocientos ochenta colones con diez céntimos).

2º—De no ser aceptado por el propietario el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre de líneas eléctricas y de paso y un sitio de torre, sobre una franja de terreno propiedad de Inversiones Heráclito S.A, inscrito en el Folio real 6-31.256-000; la longitud total sobre la línea centro es de 333,95 metros, para un área de afectación de 10.033,31 metros cuadrados, lo cual representa un 2,79% del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30 metros; afecta la propiedad en la parte intermedia, atravesándola en sentido de noroeste a sureste.- La servidumbre ingresa por el colindante norte, con Charles Thompson, con un azimut de 146º 52’ 23” el cual mantiene hasta salir por el lindero sur, con Inversiones Heráclito S. A. Al llevar a cabo la construcción de la línea de transmisión se hace necesario establecer un sitio de torre para el soporte y elevación de los conductores. En este caso se establecerá el sitio de torre número Z63B-Rev, el cual se ubica a una distancia de 206,26 metros del lindero norte.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá consultársele al I.C.E. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

3º—Continúese con los trámites de rigor.4º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión

número 6003 celebrada el 7 de setiembre de 2012.6º—Publíquese en el Diario Oficial.San José, 17 de diciembre de 2012.—Lic Claudio Zeledón

Rovira Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2012115845).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZA Arlen Requenes Hernández y Mario Alberto Sánchez

Espinoza, se les comunica la resolución de las ocho horas del dieciséis de noviembre del dos mil doce, mediante la cual la Oficina Local de San José Oeste, ordena dejar sin efecto la medida de protección de cuido provisional en familia sustituta, en relación con las personas menores de edad María de los Ángeles Sánchez Requenes. Además de declararse incompetente en razón del territorio para seguir conociendo el presente asunto. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente. 111-00253-2012.—Oficina Local de San José Oeste, diciembre 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 62220.—C-10730.—(IN2012114765).

A Silvio Camilo Gutiérrez González, se les comunica la resolución de las ocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil doce, mediante la cual la Oficina Local de San José Oeste ordena

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la modificación de abrigo temporal a cuido provisional en familia sustituta, en relación con la persona menor de edad Kembly Nayara Gutiérrez Cruz. Además de declararse incompetente en razón del territorio para seguir conociendo el presente asunto. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente. 112-00157-2004.—Oficina Local de San José Oeste.—diciembre 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 62220.—C-10730.—(IN2012114770).

A Yamileth Martínez Martínez y William Pastrán Padila, se les comunica la resolución de las nueve horas del veintiocho de noviembre del dos mil doce, mediante la cual la Oficina Local de San José Oeste ordena medida de protección de cuido provisional en familia sustituta, en relación con las personas menores de edad Milton Antonio Martínez y William Pastrán Martínez. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente. 111-00326-2012.—Oficina Local de San José Oeste, diciembre 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 62220.—C-10730.—(IN2012114776).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExpediente administrativo N° 111-0090-2008 por desconocerse,

su residencia, y ubicación habitual, se le comunica al señor Luis Feliciano Abarca Hidalgo, que la oficina local de Santa Ana, con sede en Escazú del Patronato Nacional de la Infancia, dictó la resolución administrativa de las quince horas quince minutos del día trece de noviembre del dos mil doce, mediante la cual se ordena el internamiento con fines terapéuticos del joven José Manuel Abarca Vargas, en la Organización Comunidad Encuentro en San Vito de Coto Brus. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, mismo que podrá ser expuesto en forma verbal o por escrito cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación del presente edicto, ante la oficina local de Santa Ana, sita en San Rafael de Escazú, detrás de Mc Donald’s, para que lo eleve a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, debiendo señalar, para recibir notificaciones dirección exacta dentro del perímetro judicial de esta oficina, fax o medio electrónico donde atender notificaciones, con la advertencia de que si el medio señalado no existiere, fuere impreciso o inexacto las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de haber sido dictadas.—Oficina Local de Santa Ana, 28 de noviembre del 2012.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. N° 35342.—(Solicitud N° 62218).—C-13200.—(IN2012115280).

A Elidio Sanjur Gálvez se le comunica la resolución administrativa de las siete horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil doce, de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida especial de protección de abrigo temporal a favor de su hijo Yordyn Steven Sanjur Saavedra, en el hogarcito de Palmares. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso. Expediente administrativo N° 441-00019-2007.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62218.—C-5280.—(IN2012115345).

A María del Carmen Espinoza Espinoza y Jesús de Nazareno Jarquín Núñez se les comunica la resolución administrativa de las nueve horas cincuenta y tres minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida especial de protección de cuido provisional a favor de su hijo Erlin Eliécer Jarquín Espinoza, en el hogar de su tío materno

Pablo Vicente Granja Espinoza. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso. Expediente administrativo N° 441-00027-2012.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62218.—C-5280.—(IN2012115346).

A Delia del Carmen González Bello y Félix Antonio Rodríguez Espinoza, se les comunica la resolución administrativa de las ocho horas treinta y tres minutos del siete de diciembre del dos mil doce de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida especial de protección de abrigo temporal a favor de su hija Karina Dayana Rodríguez González, en el Hogar Divina Providencia. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso. Expediente administrativo N° 243-00039-2000.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62218.—C-5280.—(IN2012115347).

A Agustín Gatica Ríos se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil doce de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida especial de protección de abrigo temporal a favor de su hija Keren Daybeliz Gatica López, en la Asociación Mariano Juvenil. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso. Expediente administrativo N° 441-00027-2012.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62218.—C-5280.—(IN2012115350).

A Leidy Yuriani Loaiza y Anhelo Noel Cordero Cerdas, se les comunica la resolución de este despacho de las nueve horas del once de diciembre del dos mil doce, por medio de la cual se ordenó cuido provisional de: Katherin Liceth Reina Loaiza y Michael Steven Cordero Loaiza, con la señora: María Melba Loaiza Osorio, abuela materna, como medida de protección, seguridad y estabilidad. Ordenó seguimiento institucional a la situación familiar. Esta medida tiene una vigencia de seis meses. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, o bien señalando número de fax. Expediente N° 331-225-09.—Oficina Local de San Ramón, 11 de diciembre del 2012.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62222.—C-11220.—(IN2012115574).

Expediente administrativo número 741-00065-1999. Por desconocerse, su residencia, y ubicación habitual, se le comunica a la señora Andrea Quirós Castillo, que la oficina local de Santa Ana, con sede en Escazú del Patronato Nacional de la Infancia, dictó la resolución administrativa de las doce horas con quince minutos del ocho de agosto del dos mil doce, mediante la cual se ordenó el cuido provisional de la persona menor de edad Ian Quirós Castillo en el hogar recurso de los señores Cincthia Solano Fernández y Ricardo Vargas Maliaños, así mismo por resolución de las catorce horas del cuatro de diciembre del do mil doce se modificó la resolución supra citada únicamente en cuanto a la ubicación de esta persona menor de edad, ordenando su cuido provisional en el hogar de su abuelo paterno señor Alexander Quirós Murillo, quedando incólume la en lo demás la resolución citada. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, mismo que podrá ser expuesto en forma verbal o por escrito cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación del presente edicto, ante la oficina local de Santa Ana, sita en San Rafael de Escazú, detrás de McDonald’s, para que lo eleve a la Presidencia Ejecutiva de la institución, debiendo señalar, para recibir notificaciones dirección exacta dentro del perímetro judicial de esta oficina, fax o medio electrónico donde atender notificaciones, con la advertencia de que si el medio señalado no existiere, fuere impreciso o inexacto las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de haber sido dictadas.—Oficina Local de Santa Ana, Escazú,

La Gaceta Nº 8 — Viernes 11 de enero del 2013 Pág 27

Mora, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62224.—C-14540.—(IN2012115579).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONESEDICTO

La Superintendencia de Telecomunicaciones, hace saber que de conformidad con el expediente número SUTEL-OT-056-2012, ha sido admitida la solicitud de autorización de Cable Costa S. A. cédula jurídica número 3-101-340854, para la prestación de servicios de televisión por cable. De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nº 34765-MINAET, se otorga a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos y presentar las objeciones que consideren pertinentes.

San José, 13 de diciembre del 2012.—Carlos Raúl Gutiérrez, Presidente del Consejo.—1 vez.—RP2013334154.—(IN2013000559).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE OROTINAADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

La Municipalidad de Orotina informa:1. Que en Sesión ordinaria N° 213. Artículo 7, inciso 2,4

celebrada el día 6 de noviembre de 2012, se aprueba la tarifa de parques y obras de ornato.

2. Que en La Gaceta N° 221 del noviembre de 2012, se ha publicado por primera vez la tarifa de parques y obras de ornato, misma que se establece en una retribución de 288 colones por metro lineal de frente de propiedad.

3. Por tanto se procede a publicar por segunda vez la tarifa para su ratificación y vigencia 30 días después de publicada.Orotina, 18 de diciembre del 2012.—MBA. Margot Montero

Jiménez, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(IN2012115758).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIAAcuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 0211-2012 del

19 de noviembre del 2012, en el Artículo V, segúnOficio SCM-3039-2012 del 22-11-2012

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central, existe un derecho, en el cual la actual arrendataria es fallecida, dicha señora según solicitud de traspaso indica que es la única heredera de la sucesión de su difunta madre doña Alicia Solera de Sánchez, quien se comprometió a traspasarme el derecho según consta en el documento que le adjunto firmado y autenticado, dicho señor ha venido cancelando puntualmente el servicio de mantenimiento de nichos, por lo que en vista que no se ha realizado dicho traspaso solicita que se traspase en mismo como nuevo arrendatario, nombrando así a: Arrendatario: Óscar Chaves Chaves, cédula Nº 4-092-737, lote Nº 75-A, bloque M, con una medida de 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud Nº 2322, recibo Nº 20471, inscrito en folio Nº 71, libro 1, el cual fue adquirido el 25 de abril de 1978. El mismo se encuentra a nombre de Alicia de Sánchez, (fallecida). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 9-12-2012.

Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre del petente.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(IN2012115821).

Acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 0126-2011del 14-11-2011, en el Artículo V, según Oficio

SCM-2814-2011 del 17-11-2011La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que

en el Cementerio Central, existe un derecho en el cual la actual arrendataria es fallecida, dicha señora según solicitud de traspaso

indica que es la única heredera de la sucesión de su difunta madre Sra. Alicia Solera de Sánchez, quien se comprometió a traspasarme el derecho según consta en el documento que le adjunto firmado y autenticado, dicho señor ha venido cancelando puntualmente el servicio de mantenimiento de nichos, por lo que en vista que no se ha realizado dicho traspaso solicita que se traspase el mismo como nuevo arrendatario nombrando así a: Arrendatario: Óscar Chaves Chaves, cédula Nº 4-092-737. Derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 75, bloque M, con una medida de 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitud Nº 2322, recibo Nº 20471, inscrito en el folio 71, libro 1, el cual fue adquirido el 25 de abril de 1978. El mismo se encuentra a nombre de Alicia de Sánchez (Fallecida). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 9 de diciembre del 2010.

Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(IN2012115824).

AVISOSCONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO DE PROFESIONALES EN QUIROPRÁCTICA DE COSTA RICA

El Colegio de Profesionales en Quiropráctica de Costa Rica, convoca a asamblea general extraordinaria:

Fecha: sábado 19 de enero del 2013.Lugar: San José, Barrio Escalante, avenida 13, calle 35,

Consultorio Dr. Capri.Hora: 15:00 horas.

AGENDA:Comprobación de quórum.Lectura y aprobación del orden del día.Elección de los miembros de junta directiva por periodo de dos años.Los cargos a elegir son presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal I, vocal II, vocal III.Elección de fiscalJuramentación de los nuevos miembros de la junta directiva y el fiscal.Elección del tribunal de honor.Juramentación del tribunal de honor.Elección del comité consultivo.Juramentación del comité consultivo.Cierre de cesión.La elección se hará por simple mayoría de los presentes.

Asamblea será presidida por el presidente.Dr. Scott Trescott, Presidente.—Dr. Ronnie Capri, Secretario.—

(IN2012117222).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZMONTE ROSIL HB S. A.

Se convoca a los accionistas de Monte Rosil HB S. A., cédula jurídica 3-101-306092 a asamblea general ordinaria que se celebrará en primera convocatoria a las 9:00 horas del día 03 de febrero del 2013 y en segunda convocatoria a las 10:00 horas del mismo día cualquiera que sea el número de acciones representadas a las 9:00 horas del día 03 de febrero del 2013 en el domicilio social; Barrantes de Flores, de la Ermita San Lorenzo, 300 metros sureste, casa esquinera de una sola planta, color blanco, a mano izquierda, para discutir y votar los siguientes asuntos: 1. Conocer el informe anual de estados y resultados que presente el Consejo.—Héctor Barrantes, Presidente.—1 vez.—(IN2012117550).

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CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIALCOMERCIAL COCOMARINDO

Por este medio, se convoca a una asamblea anual de propietarios del Condominio Vertical Residencial Comercial Cocomarindo, número de cédula jurídica 3-109-487800, finca matriz de la provincia de Guanacaste número 2466-M-000 a celebrar el día 28 de enero de 2013, en primera convocatoria a las 2:00 p.m., en las instalaciones de dicho condominio, en El Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste.

Si no se lograre el quórum requerido para la primera convocatoria, se procederá con una segunda convocatoria a las 3:00 p.m. del mismo día y en el mismo lugar.

AGENDA:1- Comprobación del quórum.2- Designación de presidente y secretario para la celebración

de la asamblea.3- Discusión y aprobación de los informes contables y

administrativos presentados por la administración del condominio y del presupuesto para el periodo siguiente.

4- Postulación para los puestos de presidente, secretario y tesorero de la junta de administración.

5- Elección de los nuevos presidente, secretario y tesorero de la junta de administración.

6- Discusión de temas varios relacionados con el condominio.7- Declaración de firmeza de los acuerdos tomados.8- Autorización para la protocolización del acta de asamblea. 9- Conclusión de la sesión.

Guanacaste, 17 de diciembre de 2012.—Pierrette Roberge, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—RP2012333692.—(IN2012117560).

CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIALVALLE GRANDE Y CONDOMINIOVERTICAL RESIDENCIAL JADE

A los propietarios de inmuebles del Condominio Vertical Residencial Valle Grande, cédula de persona jurídica tres-ciento nueve-cuatrocientos trece mil trescientos setenta y siete, por este medio se les convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de los propietarios de Condominio Vertical Residencial Jade, a celebrarse el día lunes cuatro de febrero del año dos mil trece, en las instalaciones de este condominio ubicado exactamente en Playas del Coco, Guanacaste, en la urbanización Las Palmas, a las once horas en primera convocatoria y a las trece horas en segunda convocatoria. La agenda tratará los siguientes temas: Uno) Comprobación de proxy y del quórum. Dos) Designación de presidente y secretario para la celebración de la asamblea. Tres) Revisión de agenda. Cuatro) Presentar nombres de posibles nominados para nueva junta administradora a elegir. Cinco) Elección de nueva junta administradora (presidente, secretario and tesorero). Seis) Aclarar artículos del reglamento existente y aclarar. A)-Que cada propietario tiene que ser responsable para pagar impuestos de la propiedad y recolección de basura y cuotas de mantenimiento por cuenta propia. B)-La junta administradora se autoriza para tomar acción contra propietarios que no pagan cuotas de mantenimiento y fondo de reserva. C)-Autorización para abrir una cuenta para guardar el dinero del fondo de reservas. La persona designada puede disponer de estos fondos una vez aprobado el monto por correo electrónico por la mayoría de los propietarios. D)-Decidir cuándo se debe pagar la primera cuota para el fondo de reservas, las cuales no son reembolsables en caso de venta de una de las fincas filiales. E)-Se aprueba la posibilidad de pedir cuota adicional en caso de algún evento especial como reposición de lavadora o secadora, terremoto, inundación, tormenta o huracán si está aprobado por la mayoría de los propietarios por correo electrónico, para asegurar el rápido arreglo de eventuales daños. Siete) Aprobar los puntos que se vieron en el punto seis. Ocho) Presentar y discutir reporte de la Municipalidad de Carrillo sobre deficiencias en los permisos de construcción del Condominio Valle Grande. Nueve) Presentar moción para tomar acción de poner en orden los documentos con la municipalidad y presentar presupuesto de los mismos. Diez) Presentar moción respecto fondo de reservas, requerimientos y propuestos montos de las cuotas anuales. Once) Presentar información de seguros y costos

estimados. Doce) Presentar moción acerca de una póliza de seguro. Trece) Revisar y discutir propuestas de contratos de mantenimiento para áreas comunes de varias compañías. Catorce) Elegir compañía de mantenimiento y autorizar firmar contrato. Quince) Asuntos varios por ver en próxima asamblea. Dieciséis) Comisionar una persona que comparezca ante notario público para protocolizar acta. Diecisiete) Conclusión de la sesión. Esta convocatoria se realiza de conformidad con lo establecido por su Reglamento de copropietarios de este condominio.—Playas del Coco, Guanacaste, 18 de diciembre del dos mil doce.—Junta Administradora del Condominio Vertical Residencial Valle Grande.—Responsable: Lic. José Manuel Arias González, Presidente.—1 vez.—RP2012333679.—(IN2012117562).

TECNOLOGÍA DE AGUA TDA S. A.El suscrito, Maurizio Costa, de único apellido en razón de

su nacionalidad italiana, casado una vez, empresario, vecino de Santo Domingo de Heredia, trescientos metros al este de la iglesia y portador del pasaporte de su país número AA uno dos ocho siete siete nueve nueve, En mi condición de presidente de la sociedad denominada “Tecnología de Agua TDA S. A.”, cédula jurídica número 3-101-571398, convoco a asamblea general extraordinaria de accionistas, la cual se celebrará a las 10:00 horas del 4 de febrero del 2013, en bufete Muñoz y Asociados, sita San José, Costa Rica, barrio Naciones Unidas, para conocer el siguiente orden del día: 1.—Renuncias y nombramientos. 2.—Modificación del domicilio social. 3.—Modificación a la cláusula undécima relativa a la representación. 4.—Otros. Caso de no haber quórum en la primera convocatoria, se convoca para una segunda una hora después, la que se realizará válidamente con los accionistas presentes.—San José, Costa Rica, 21 de diciembre del 2012.—Maurizio Costa, Presidente.—1 vez.—(IN2012117653).

CONDOMINIO RESIDENCIAL HORIZONTALVILLAS DEL SOL

Cordialmente se les convoca a una asamblea anual de Condóminos a celebrarse el día miércoles 30 de enero del 2013, en la zona social del condominio. Las convocatorias son las siguientes: Primera convocatoria: 6:00 p. m. (se requiere presencia de las dos terceras partes de los propietarios del Condominio para dar inicio, según el artículo 24 de La Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y artículo octavo del Reglamento del Condominio. Segunda convocatoria: 7:00 p. m. (se dará inicio con quienes estén presentes, según el artículo 24 de La Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y artículo octavo del Reglamento del Condominio. Nota importante: En vista de que algunas de las filiales están a nombre de personas jurídicas: se les recuerda que se hará una verificación de los documentos que lo acreditan como propietario o representante de algún propietario (se debe aportar personería jurídica vigente con no menos de un mes de expedida o bien poder especial debidamente autenticado). El orden del día será el siguiente 1-Corroboración del quórum y comprobación de los documentos que lo acreditan como propietario. 2-Elección de presidente y secretario de la asamblea. 3-Informe del Administrador y rendición de cuentas, aprobación Informe Financiero Anual 2012. 4-Presentación y aprobación de presupuesto para el año 2013. 5-Aprobación de proyectos y cuota extraordinaria para: a-Compra de pistones portones de entrada y salida del condominio. b-Pintura de fachada principal del condominio (barandas, columnas, caseta). c-Pintura de portones casas, y cambio de color de los mismos. d-Pintura de “pechos de paloma” (2)- en fachada casas- reborde gris. e-Enchapado en piedra- sócalo inferior -en fachada casas-(área cuarto servicio y tendido) f-Jardín en área de fachada casas. Reforzar diseño y color. 6-Aprobación de rediseño integral de área común (al fondo del condominio): área de piscina, play, área de juegos, parqueo interno de visitas. 7-Aprobación de habilitación de espacios de parqueo en calle interna del condominio. 8-Asuntos varios: quejas y sugerencias de los vecinos y la Administración.

Santa Ana, 18 de diciembre del 2012.—Alejandro Saenz Rodriguez, Representante Legal.—1 vez.—(IN2012117696).

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CONDOMINIO VILLA LINDA ESCAZÚSe convoca la asamblea general de condóminos del Condominio

Villa Linda a celebrarse en la casa número 5 del Condominio Villa Linda el día domingo 3 de febrero del 2013 a las 10:00 horas en primera convocatoria. En caso de no existir el quórum necesario se hará en segunda convocatoria una hora después para la que fue citada la primera. De no existir el quórum necesario en esta segunda convocatoria se hará en tercera convocatoria dos horas después para la que fue citada la primera y se realizará con el número de condóminos presentes.

Puntos a Tratar:1. Conclusión de los puntos de la asamblea anterior llevada a cabo

el 4 de febrero del 2012.2. Revisión y aprobación del estado financiero de enero 2012 a

diciembre 2012.3. Discusión de los medidores de agua.

Alice Newcomb C., Administradora.—1 vez.—(IN2013000026).

ASOCIACIÓN CULTURAL DANTE ALIGHIERIAsociación Cultural Dante Alighieri cita a sus asociados en

primera convocatoria a la asamblea general anual ordinaria a celebrarse el 16 de febrero del 2013 a las 16:00 horas en primera convocatoria en la Casa Italia. Una hora después se sesionará con el número de asociados presentes. Agenda: Verificación del quórum. Aprobación del orden del día. Lectura y aprobación del acta anterior. Informe del presidente. Informe del tesorero. Informe del fiscal. Asuntos varios.—Francesca Jiménez Corneli, Presidenta.—1 vez.—(IN2013000056).

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOSDE COSTA RICA

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, convoca a asamblea general extraordinaria N° 134-2013, que se celebrará el día 27 de enero de 2013, la cual dará inicio en primera convocatoria a partir de las 8:00 a. m. De no haber quórum a la hora indicada, se celebrará una hora después con los miembros presentes, de conformidad con el artículo N° 10 de la Ley 1269 y 9 del Reglamento respectivo. La asamblea se llevará a cabo en el Auditorio San Mateo, en la sede Central del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Calle Fallas de Desamparados, con el siguiente orden del día.

ORDEN DEL DÍA1. Verificación del quórum.2. Lectura y aprobación del orden del día.3. Himno Nacional de Costa Rica.4. Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.5. Palabras del Presidente del Colegio de Contadores Privados de

Costa Rica. Máster José Antonio Corrales Chacón.6. Elección de la Comisión Electoral 2013.7. Cierre de Asamblea.

NOTAS:A. De conformidad con el artículo 10 de nuestra Ley Orgánica y sus

reformas, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fueron convocadas las asambleas.

B. Conforme lo establece el Reglamento de Asambleas en su artículo N° 6, sólo se permitirá la participación en las asambleas a aquellos Contadores Privados incorporados que se encuentren al día en el pago de las cuotas de colegiatura al mes de diciembre 2012.

C. Los Colegiados que deseen integrarse a las asambleas encontrándose en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en nuestra sede.

D. Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal C), deberán presentar su carné de colegiado o cédula de identidad, a efecto de otorgarles el derecho de voz y voto.

E. Para la permanencia en el recinto de la asamblea, una vez iniciada ésta, se aplicará para todos los presentes el artículo 7 del Reglamento de Asambleas.San José, 7 de enero del 2013.—CPI. José Antonio Corrales

Chacón, Presidente.—CPI Edwin Antonio Fallas Hidalgo, Primer Secretario.—1 vez.—(IN2013000328).

J.F.M. PINTO SOCIEDAD ANÓNIMASe convoca a los socios de J.F.M. Pinto Sociedad Anónima,

cédula de persona jurídica número 3-101-432.625, a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse en sus oficinas en Santa Ana, Grupo Pelón, detrás de MATRA a las 11:00 horas del 28 de enero de 2013 en primera convocatoria. De no estar presente el quórum de ley la asamblea se celebrará una hora después en segunda convocatoria con cualquier número de asistentes. Puntos de la agenda:

1. Comprobación del quórum.2. Presentación de los estados financieros para aprobación.3. División o segregación de lotes de la finca 2-118965-000

propiedad de la sociedad.4. División o segregación de lotes de la finca 2-228697-000

propiedad de la sociedad.5. Autorizar que se tomen las medidas necesarias para recuperar

la salida a calle pública de las fincas indicadas en los puntos anteriores, autorizando a la persona que se decida para que ejerza las acciones legales necesarias a tal efecto.Carlos Enrique González Pinto, cédula 1-376-913.—1 vez.—

RP2013333986.—(IN2013000341).

HERMANAS PINTO GONZÁLEZJ.F.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Hermanas Pinto González J.F.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-371127, a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse en sus oficinas en Santa Ana, Grupo Pelón, detrás de Matra a las 9:00 horas del 28 de enero de 2013 en primera convocatoria. De no estar presente el quórum de ley la asamblea se celebrará una hora después en segunda convocatoria con cualquier número de asistentes. Puntos de la agenda:

1. Comprobación del quórum.2. Presentación de los estados financieros para aprobación.3. Reforma a las cláusulas segunda y sexta de los estatutos

sociales.4. Nombramiento de directores y fiscal,5. División o segregación de lotes de la finca 2-416514-000

propiedad de la sociedad.Carlos Enrique González, cédula 1-376-913.—1 vez.—

RP2013333987.—(IN2013000342).

FIJATEVOS ONLINE SOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA

La sociedad Fijatevos Online Sociedad de Responsabilidad Limitada, convoca a todos sus socios cuotistas a la asamblea general extraordinaria, a realizarse el miércoles veinticinco de enero del 2013, en el domicilio social en San José, Vázquez de Coronado, San Pedro, de la escuela 2 kilómetros norte y 500 metros oeste. La primera convocatoria está pactada para las 10:00 horas y a las 11:00 horas se estará realizando la segunda convocatoria. La agenda para la asamblea será la siguiente: 1. Aprobación de autorización de consentimiento en dos acuerdos. 2. Aprobación de disolución de sociedad.—San José, 20 de diciembre del 2012.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—RP2013333819.—(IN2013000345).

FUNDACIÓN PACIENTES CON CÁNCERHOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

La Fundación para el Paciente con Cáncer Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, convoca a todos sus patrocinadores con derecho a voz y voto, a la asamblea general extraordinaria, a celebrarse el día 23 de enero del 2013, a las 17:30 horas, en primera convocatoria, y de no mediar quórum a la hora prevista, lo formará cualquier número de asambleístas a las 18:30 horas, sitio: Oficina del Lic. Gerardo Echeverría Hernández, San José, avenida 10, frente al Banco Nacional de Costa Rica, Bufete 1771. Los temas de la agenda serán: 1) Ratificación de la elección de los tres miembros a la Junta Administrativa y ratificación de los cinco puestos de Junta Directiva. 2) Reforma parcial a la cláusula sétima de los estatutos. 3) Asuntos varios.—Lic. Patrick Alejandro Wang Muñoz, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013000550).

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CÁMARA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICAY DE REPRESENTANTES DE CASAS EXTRANJERAS

La Junta Directiva de la Asociación Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de Representantes de Casas Extranjeras (CRECEX), en cumplimiento de lo dispuesto en los estatutos, convoca a las personas y empresas asociadas a la Cámara, a la asamblea general ordinaria que se celebrará en nuestra sede, ubicada en Zapote, del Archivo Nacional 25 metros al este y 25 metros al sur, Edificio CRECEX, el jueves 24 de enero del 2013, a las 18:30 horas en primera convocatoria, y en caso de no haber quórum a la hora indicada, en segunda convocatoria a las 19:00 horas, sesión que se llevará a cabo con los miembros presentes. La agenda fijada para esta asamblea es la siguiente:

1. Lectura del acta de la asamblea general anterior.2. Informe de la presidencia.3. Informe de la tesorería.4. Informe de la fiscalía.5. Correspondencia que deba conocer la asamblea.6. Elección de los miembros de la Junta Directiva y fiscal para

el período 2013-2014.7. Aprobación del acta de la asamblea.

Se recuerda a todas las personas y empresas asociadas a la Cámara, que para participar en esta asamblea, deben estar al día en el pago de sus cuotas y cumplir con los requisitos establecidos en los estatutos de la Cámara, los cuales se encuentran a disposición de todos los interesados en nuestra página Web: www.crecex.com o bien en nuestras instalaciones.—Helga Céspedes Vargas, Secretaria.—1 vez.—(IN2013000596).

COLEGIO MÉDICOS VETERINARIOSAsamblea general, agenda sesión ordinaria N° 51-

2013 viernes 25 de enero del 2013, Hotel Radisson. Primera convocatoria: 6:30 p. m. (mitad más uno de los colegiados activos). Segunda convocatoria: 7:00 p. m. (miembros presentes).

1. Comprobación del quórum.2. Himno Nacional.3. Aprobación del orden del día.4. Lectura y aprobación del acta anterior de sesión ordinaria

de asamblea general N° 50-2012 (*).5. Informes (*).

5.1 Informe de la Presidencia.5.2 Informe de la Dirección Ejecutiva.5.3 Informe de Fiscalía Ejecutiva.5.4 Informe de Tesorería.

5.4.1 Análisis y liquidación del presupuesto febrero 2012 - noviembre 2012.

5.4.2 Análisis y aprobación de presupuesto febrero 2013 - enero 2014.

6. Informe de Auditoría febrero 2011 - enero 2012 (*).7. Carta de Gerencia de Auditoría (cierre contable al 30 de

noviembre 2012) (*).8. Ratificación del resultado elecciones del viernes 11 de

enero del 2013.9. Juramentación de los nuevos miembros de la Junta

Directiva.10. Nombramientos y juramentación de cargos de Asamblea

General.11. Asuntos varios.

11.1 Creación del Departamento de Educación Continua.11.2 Diseño y construcción zona recreativa Colegio de

Médicos Veterinarios.NOTA: Al terminar la asamblea se brindará un refrigerio. (*) Disponibles en la página Web: www.veterinarios.

or.crTres Ríos, 8 de enero del 2013.—Dr. German E. Rojas

Hidalgo, Presidente Junta Directiva.—Dr. Federico Chaverri Suárez, Secretario Junta Directiva.—1 vez.—(IN2013000639).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZOEl Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana

Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de Bachillerato en Administración de Negocios con énfasis en Recursos Humanos, registrado en el control de emisiones de título tomo 3, folio 53, asiento 18553, con fecha del 15 de junio de 2012, a nombre de Carmen Griseida Acevedo Carazo, cédula número seis cero tres seis cinco cero cinco ocho cero, se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 10 de diciembre del 2012.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora.—(IN2012113825).

DESARROLLO LA COSTA S. A.Desarrollo La Costa S. A. comunica a los interesados y

público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital número 2559 correspondiente a la semana número 70 documentos registrados a nombre: Édgar Jiménez Marín, cédula N° 1-603-016, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Departamento Crédito y Cobro.—Melvin Mora Gamboa, Jefe.—(IN2012114262).

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICASPor medio de la presente la Universidad Internacional de las

Américas, certifica que ante esta, la Oficina de Registro de nuestra Institución, se ha presentado la solicitud de reposición de título de Licenciatura en la carrera de Relaciones Internacionales con énfasis en Comercio Exterior, por nuestra Universidad a nombre de Linda Vega Báez, cédula de identidad: 201-131179-0007Y, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 1, folio 140, asiento 2365; con fecha 24 de agosto del año 2002. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de julio del 2012.—Oficina de Rectoría.—Doctor Máximo Sequeira Alemán, Rector.—(IN2012114332).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDADe conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709

del Código de Comercio, el señor Aníbal Madrigal González cédula 101500058 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su Certificado CII Nº 140-302-803301271070 por ¢5.727.051,43 y con fecha de vencimiento del 28 de febrero del 2013, así como su único cupón Nº 140-302-803301271070 por ¢254.853,78 con fecha de vencimiento del 28 de febrero del 2013.—Escazú, 10 de diciembre del 2012.—Keylor Ruiz Chavarría, Jefe del Centro de Negocios Escazú.—(IN2012114603).

BRITANNICA REAL S. A.La suscrita Hilda María Oreamuno Castro, Presidenta de la

Junta Directiva de Britannica Real S. A., cédula jurídica Nº 3-101-536811, hace constar que Bernard-Graham White, y Chandrika-Babubhai White, son dueños de la totalidad de las acciones que representan el cien por ciento del capital social de la compañía Britannica Real S. A., cédula jurídica Nº 3-101-536811, quienes solicitan la reposición de los certificados de acciones; que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la tercera y última publicación de este aviso.—Hilda María Oreamuno Castro.—(IN2012114806).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZGRUPO MUTUAL ALAJUELA- LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor José Vicente Rodríguez Amador ha presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su Certificado (CPH) N° 118-301-803301119029 por ¢438.105,344

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y su respectivo cupón número 1 ambos con fecha de vencimiento del 18-11-2010.—Heredia, 11 de diciembre del 2012.—Ivannia Sibaja Sandí, Gerente del Centro de Negocios.—RP2012332721.—(IN2012115438).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZPor escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del

ocho de octubre del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de San Ramón de Alajuela, denominada Dimar Sociedad Anónima en la que se reformó la cláusula décima, del pacto constitutivo, disminuyéndose su capital social.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—RP2012332728.—(IN2012115513).

En mi notaría, al ser las 12:00 horas del 15 de diciembre del año 2012, se otorgó escritura de compra-venta mercantil del establecimiento comercial denominado Farmacia Rodríguez y Arguedas, sita en Clínica Phillips, San Ramón de Alajuela. Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación de este edicto para hacer valer sus derechos.—San Ramón, 17 de diciembre del año 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—RP2012332928.—(IN2012116188).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZMediante escritura número 106-5 otorgada a las 8:00 horas

del 13 de diciembre del 2012; en el tomo cinco del notario Carlos Madrigal Mora, se aumentó el capital social de la sociedad Ticomotor Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-76800, en la suma de doce millones quinientos mil colones.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2012332725.—(IN2012115510).

Mediante escritura número 107-5 otorgada a las 8:30 horas del 13 de diciembre del 2012, en el tomo cinco del notario Carlos Madrigal Mora, se aumentó el capital social de la sociedad Estación de Servicio Zurquí Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-102858, en la suma de doce millones quinientos mil colones.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—RP2012332726.—(IN2012115511).

Por escritura número ciento treinta y ocho del tomo ocho, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diez de noviembre del dos mil doce, se constituye la sociedad denominada Evila Suplidora Universal Sociedad Anónima, con plazo social de noventa y nueve años. Capital social de cien mil colones. Presidente: Roberto Evila De León, panameño, pasaporte número uno nueve dos uno cuatro cinco cuatro, tesorero: Miguel Roberto Evila Salazar, panameño, cédula de residencia uno cinco nueve uno cero cero dos tres siete tres uno cinco, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Guápiles, doce de diciembre de dos mil doce.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—RP2012332727.—(IN2012115512).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el catorce de diciembre del dos mil doce a las ocho horas en la ciudad de San José se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Galloping Orchard Stables Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo tesorero.—Atenas, catorce de diciembre del 2012.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2012332730.—(IN2012115514).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Aurora Development Corporation Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Administración: Presidente. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, Escazú, San Rafael, Edificio Terraforte, primer piso, Oficinas Istmo Law. Es todo.—San José, 12 de diciembre de 2012.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—RP2012332732.—(IN2012115515).

Por acuerdo unánime de socios de la sociedad Taller Elizondo SRL, cédula jurídica 3-102-173669, se procede a realizar la disolución de la misma, a partir del 7 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012332737.—(IN2012115516).

Mediante asamblea extraordinaria de socios, celebrada a las diez horas del veinticuatro de noviembre de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Burmu Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento

uno-quinientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y siete, domiciliada en San Ramón de Alajuela, cien metros norte de La Paceñita.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012332738.—(IN2012115517).

A las 10:30 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría acta de asambleas de socios de la compañía Condominio Nueva Orleans S. A. Se reforma cláusula IV del pacto social.—San José, 23 de noviembre del 2012.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2012332740.—(IN2012115518).

Por escritura número sesenta y uno-siete del tomo siete de mi protocolo, otorgada el día siete de noviembre del dos mil doce, ante la suscrita notaria, se aumenta el capital social y se reforman estatutos de la sociedad de esta plaza denominada Com del Cu Sociedad Anónima.—San José, veintidós de noviembre del dos mil doce.—Lic. Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—RP2012332744.—(IN2012115519).

Alerta Seguridad Privada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-353638, modifica pacto social constitutivo, y nombra nueva junta directiva, en San Pedro de Poás, Alajuela, a las dieciocho horas del tres de diciembre de dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012332745.—(IN2012115520).

Roy Franklin Esquivel González, Alexander Parra Acosta y Miguel Ángel Mora Herrera, constituyen Ram Corporación Sociedad Anónima, en San Pedro de Poás, Alajuela a las nueve horas veinte minutos del veintinueve de noviembre de dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012332746.—(IN2012115521).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del día cuatro de diciembre del dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Nimbus Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se: 1. modifica la cláusula segunda del pacto social; 2. revocan nombramientos en la junta directiva y fiscal, se realizan nuevos nombramientos en dichos cargos; 3. agregó una cláusula décimo primera al pacto social y se nombra agente residente para la empresa. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de diciembre del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012332747.—(IN2012115522).

Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 14 de diciembre del 2012, se disolvió la sociedad Comunicación Estratégica Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-164676. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012332748.—(IN2012115523).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Barva de Heredia al ser las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día trece de diciembre del año dos mil doce, se constituyó la sociedad que se denominará, Importadora Rodandi Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 14 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2012332749.—(IN2012115524).

En mi notaría, mediante escritura número 84-26 otorgada a las 12:45 horas del 13 de diciembre del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Farmaestancia S. A., cédula jurídica número 3-101-626607.—San Ramón, Alajuela, 13 de diciembre del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012332750.—(IN2012115525).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del 11 de diciembre del 2012, Isaac Quirós Mora y Alejandro García Godínez, constituyeron al amparo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, Sociedad Anónima que como denominación social establezca el Registro el número de cédula de persona jurídica que les sea asignado al momento de su inscripción. Domicilio social: San José, San Gerardo de Dota, del kilómetro ochenta de la ruta Interamericana Sur, nueve kilómetros camino a San Gerardo. Plazo:

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99 años. Capital social: diez mil colones.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012332752.—(IN2012115526).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del 5 de diciembre del 2012, Rafael Andrés Romero Serrano, Andrea Pérez Monge; Susana Goyez Rojas, y Tatiana Guzmán Durán, constituyeron al amparo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, Sociedad Anónima que como denominación social establezca el Registro el número de cédula de persona jurídica que les sea asignado al momento de su inscripción. Domicilio social: provincia de San José, cantón Curridabat de la Heladería Pop’s, 400 metros al sur. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—San José, 7 de diciembre del 2012.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012332754.—(IN2012115527).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las diecisiete horas del trece de diciembre de dos mil doce, se tomó el acuerdo de liquidar y disolver la sociedad Corporación MF San Juan Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre de 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012332755.—(IN2012115528).

Ante la notaria Patricia Cordero Cajiao, a las trece horas del catorce de diciembre del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Suplijoyas S. A., con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y un mil ochenta, precediéndose transformar a sociedad anónima y reforma total de estatutos.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1 vez.—RP2012332756.—(IN2012115529).

Por escritura ochenta y cuatro, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Jochabeth Mejía y Venegas Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-doscientos setenta mil setecientos setenta y tres.—Lic. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012332757.—(IN2012115530).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 14 de diciembre del 2012 se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la compañía Inversiones Montes Claros S. A.—Lic. Marco Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.—RP2012332758.—(IN2012115531).

Por escritura otorgada ante mi notaría las diez horas del día trece de diciembre del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Gestora Inmobiliaria Valle del Río S. A. mediante la cual se reforma su pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 13 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—RP2012332759.—(IN2012115532).

Por escritura otorgada número treinta y nueve otorgada ante la notaria pública Elizabeth Chan Chan en San José, a las diecisiete horas del trece de diciembre del dos mil doce, se reforma las cláusulas número segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Los Chubesquis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil trescientos nueve, y se nombran nuevos miembros de administración.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1 vez.—RP2012332760.—(IN2012115533).

Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 10:00 horas del 13 de diciembre del 2012, se modificó la cláusula quinta del pacto social de Eñe S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Fernando José Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012115547).

En esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Café Estrella de la Avenida Sociedad Anónima, en la que se modificó la junta directiva de la sociedad y la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2012115550).

En escritura número nueve-doscientos veintiuno, otorgada a las 18:30 horas del 13 de diciembre de 2012, tomo 9 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Panavet S. A.—San José, 14 de diciembre de 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012115551).

En esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Grupo Breybo Sociedad Anónima, en la que se modificó la junta directiva de la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2012115552).

Por medio de escritura número veinticuatro del tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Columbus Heights Number One Hundred and Seventy Nine Mariwall Ltda., con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatro tres cuatro cuatro siete uno.—Alajuela, quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012115554).

En esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Café Estrella del Tostador Sociedad Anónima, en la que se modificó la junta directiva de la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2012115555).

En esta notaría se protocolizó et acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Café Estrella de Grecia Sociedad Anónima, en la que se modificó la junta directiva de la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2012115556).

En esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Café Estrella del Norte Sociedad Anónima, en la que se modificó la junta directiva de la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2012115557).

Ante mí, Celina Alvarado Badilla, notaria pública Liván Javier Ravelo Ramos, cédula de residencia uno uno nueve dos cero cero dos cinco tres nueve uno siete y Jossell Salomón Hurtado Orozco, pasaporte C uno cuatro seis dos dos seis cinco, constituyen Compañía de Seguridad Hurtado y Ravelo Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre den dos mil doce.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012115558).

En esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Café Estrella del Bulevar Sociedad Anónima, en la que se modificó la junta directiva de la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2012115560).

Por escritura otorgada ante Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, bajo escritura 13, en protocolo 6 del notario Ernesto Azofeifa Cedeño, a las 15 horas del 14-12-2012, se constituyó la sociedad anónima denominada igual a su cédula jurídica según Decreto Nº 33171-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Presidente: Róger Araica Rodríguez.—17 de diciembre del 2012.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—(IN2012115561).

Por escritura otorgada ante esta notaría número veintiocho del día ocho de noviembre del dos mil doce Rebeca Arguedas Rodríguez vende la Farmacia Andalucía a Carmen Arce Zúñiga y se impone gravamen prendario sobre equipos de la misma.—San José, a las ocho horas del día ocho de noviembre del dos mil doce.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2012115566).

Por escritura 106 30 otorgada a las 17 horas 30 minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce Alianza Campesina Flora Nueva Sociedad Anónima modificó cláusula novena de su pacto constitutivo.—Heredia, tres de diciembre del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012115578).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dos de octubre del dos mil doce, se modifica cláusula quinta del acta constitutiva de la sociedad denominada Urbanización La Paz SC S. A., cédula jurídica 3-101-231049, el capital de la sociedad será la suma de seiscientos diez millones de colones representada por veinte acciones de treinta millones quinientos mil colones cada una.—Lic. Giovanni Paniagua Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012115583).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dos de octubre del dos mil doce, se modifica cláusula quinta del acta constitutiva de la sociedad denominada El Sol Chorotega SC S. A.,

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cédula jurídica 3-101-249152, el capital de la sociedad será la suma de cuatrocientos millones de colones representada por diez acciones de cuarenta millones de colones cada una.—Lic. Giovanni Paniagua Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012115584).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil doce, se modifica la junta directiva nombrando nuevo presidente y secretario de la sociedad denominada Gabial Marino, cédula jurídica número tres-ciento uno-438900.—Lic. Giovanni Paniagua Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012115585).

A las doce horas del día catorce de diciembre del dos mil doce, protocolicé el acta de Decomueblesd S. A. donde se acepta la renuncia del secretario y se nombra a Luis Gerardo Salazar Carpio.—San José, quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012115586).

A las once horas del día catorce de diciembre del año dos mil doce, protocolicé el acta de Mundo de Cristales S. A. donde se acepta la renuncia del secretario y se nombra a Stanley Rodríguez Murillo.—San José, quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012115587).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día diez de diciembre del dos mil doce se disuelve y Favola Internacional (F.I.) Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil trescientos ochenta y cinco, se nombra como liquidador con facultades de apoderado generalísimo al señor Jimmy Callejas Stearns, mayor, casado una vez, empresario, de los Estados Unidos de América, con pasaporte de su país número cuatro nueve cuatro seis uno cinco siete siete cinco, vecino de San José.—San José, 10 de diciembre del 2012.—Lic. Ingrid Heyden Cordero, Notaria.—1 vez.—(IN2012115588).

A las nueve horas del día catorce de diciembre del dos mil doce, protocolicé el acta de B.C. Flor de Ciruela S. A. donde se acepta la renuncia del secretario y se nombra a Kathya Hernández Guevara.—San José, quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012115589).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:45 horas del 12 de diciembre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Consulmar Internacional Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula segunda, cambio de domicilio social, y reforma plazo nombramiento junta directiva.—San José, 12 de diciembre del 2012.—Msc. Sugeily Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—(IN2012115597).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Arguedas y Rodríguez Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-407908, mediante escritura 90, otorgada el día 19 de noviembre del 2012, ante el suscrito notario, mediante la cual se disolvió dicha sociedad, con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza a terceros interesados para que dentro de 30 días naturales, contados a partir de la publicación del presente aviso, procedan a hacer valer sus derechos de manera judicial.—Lic. Juan Carlos Quesada Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012115600).

En la sociedad Inversiones Agrícolas y Afines Maqui S. A., cédula jurídica número 3-101-436150 se reforma cláusula sétima del pacto social. De la administración: donde el presidente y el secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma separada. Escritura 141-3 del notario Carlos Humberto Rojas Venegas: otorgada a las 9:00 horas del 7 de diciembre del 2012.—Lic. Carlos Humberto Rojas Venegas, Notario.—1 vez.—(IN2012115617).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las doce horas del día quince de diciembre del dos mil doce, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de sociedad anónima denominada Construcciones Glenda Sociedad Anónima, en la que se modifica se nombra presidente de la junta directiva. Es todo.—San José, quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—(IN2012115626).

Por escritura otorgada ante esta notaría número doscientos, de las veinte horas del veintiuno de noviembre del dos mil doce, se protocolizó el acta número seis de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Grey Pilgrim Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos tres mil seiscientos sesenta, mediante la cual se cambia la razón social por In Situ MV Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombran nuevos gerentes.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ximena Rodríguez Yamasaki, Notaria.—1 vez.—(IN2012115629).

Por escritura otorgada ante esta notaría número sesenta y tres, de las ocho horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Casa de Negocios de Mono Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y ocho, mediante la cual disuelve la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. Daniel Muñoz Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012115630).

Por escritura otorgada ante esta notaría número sesenta y dos, de las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se protocolizó el acta número siete de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Kitty One E.C.U. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y cinco, mediante la cual disuelve la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Daniel Muñoz Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012115631).

Por escritura otorgada ante esta notaría número sesenta, de las siete horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se protocolizó el acta número nueve de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Bianca Chica of Samara B.C.S. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos ochenta y ocho, mediante la cual disuelve la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Daniel Muñoz Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012115633).

Por escritura otorgada ante esta notaría número sesenta y uno, de las siete horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Dicey Girl Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y nueve mil cuarenta y nueve, mediante la cual disuelve la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre de del dos mil doce.—Lic. Daniel Muñoz Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012115634).

Mediante escritura cincuenta y ocho-uno otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de diciembre de 2012, se constituyó una sociedad anónima cuyo nombre es Sakapps, con domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Condominio Hacienda Lindora, casa treinta y uno y doce mil colones de capital social. El presidente y secretario de la junta directiva cuenta con poder generalísimo.—San José, doce de diciembre de dos mil doce.—Lic. Krissia Alejandra Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012115635).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas 7 de diciembre del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Consultoría Médico Jurídica S. A., en donde se disuelve la compañía.—San José, 11 de diciembre del 2012.—Lic. Moisés Fachler Grunspan, Notario.—1 vez.—(IN2012115637).

En mi notaría he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jopema de la Pampa Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, costado norte de la Plaza de Barrio Los Ángeles, sito en distrito primero Liberia y cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil novecientos noventa y dos, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido de nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo quinientos dos, asiento cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, consecutivo uno.—Liberia, cinco de diciembre del dos mil doce.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2012115638).

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En mí notaría he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Jiménez y Jiménez de Liberia Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, Barrio Guadalupe de la escuela doscientos metros al norte, sito en distrito primero Liberia y cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diecinueve mil setecientos diez, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido de nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo dos mil diez, asiento cero cero doscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco, consecutivo uno.—Liberia, siete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2012115639).

Por escritura número trescientos cuarenta y dos otorgada a las diecisiete horas del diez de diciembre del dos mil doce, se modificó la cláusula quinta de D.CH.R Desarrollos Chaves Rojas Sociedad Anónima.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012115645).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del día tres de diciembre de dos mil doce, se declaró bajo fe de juramento la disolución de sociedad de la sociedad denominada Plata sobre Gelatina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos nueve mil ciento cuarenta, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, diez de diciembre de dos mil doce.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012115648).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 14 de diciembre del 2012, se constituyó la sociedad denominada Kryon the Teachings Limitada. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El Gerente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2012115651).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:05 horas del 12 de diciembre de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Cuarto Limpio S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012115655).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:00 horas del 12 de diciembre de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Monte Lagos Las Hortensias Catorce S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012115656).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:25 horas del 12 de diciembre de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Paisajes Coloniales de Escazú S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012115657).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:20 horas del 12 de diciembre de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Proservicios Especiales de San José S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012115658).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:15 horas del 12 de diciembre de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Distribuidora Mayo Noventa y Cinco de Costa Rica S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012115659).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 11:10 horas del 12 de diciembre de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Acabados Hegosa S. A.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012115660).

Por escritura otorgada ante mí, Luis Javier Blandino Herrera, notario público con oficina en Alajuela, el día de hoy se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inalca de Centroamérica Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela. Se nombra secretario de la junta directiva y se modifica

poder generalísimo con límite de suma.—Alajuela, diez de diciembre de dos mil doce.—Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012115662).

Por escritura otorgada ante mí, Luis Javier Blandino Herrera, notario público con oficina en Alajuela, el día de hoy se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corimex Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela. Se nombra secretario de la junta directiva y se modifica poder generalísimo con límite de suma.—Alajuela, diez de diciembre de dos mil doce.—Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012115664).

Por escritura número noventa-diez otorgada ante los notarios públicos Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas treinta minutos del diecisiete del dos mil doce, se procede a fusionar por absorción las sociedades: i) L.J.K. Investing Group S.R.L, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veintidós mil cuatrocientos diecisiete; ii) J.H.K. Investing Group S.R.L, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veintidós mil cuatrocientos dieciocho; y iii) J.R.E.K. Investing Group S.R.L, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veintidós mil cuatrocientos diecinueve, siendo L.J.K. Investing Group S.R.L la sociedad prevaleciente.—San José, diecisiete de diciembre del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012115665).

Ante esta notaría, se ha modificado la cláusula sétima del pacto constitutivo de Olmo Blanco S. A., cédula jurídica 3-101-338909, la cual establece que los negocios sociales serán administrados por una junta directiva de tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero, correspondiéndole al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Escrituras de las 15 horas del 26 setiembre del 2012 y de las 15 horas del 13 de diciembre del 2012. Presidente: Marco Antonio González Alfaro, cédula de identidad 1-1072-592.—Lic. Gerardo Mora Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012115666).

La suscrita, Lic. Mónica Arroyo Herrera informa que mediante escritura número diecinueve-tres, otorgada ante esta notaría a las nueve horas cincuenta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se reformó el pacto social de la empresa denominada Osteotest Sociedad Anónima.—Alajuela, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012115673).

La suscrita, Lic. Mónica Arroyo Herrera informa que mediante escritura número dieciocho-tres, otorgada ante esta notaría a las nueve horas cuarenta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se reformó el pacto social de la empresa denominada Osteotest Sociedad Anónima.—Alajuela, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012115674).

La suscrita, Lic. Mónica Arroyo Herrera informa que mediante escritura número dieciséis-tres, otorgada ante esta notaría a las nueve horas quince minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se reformó el pacto social de la empresa denominada Desamvillas Sociedad Anónima.—Alajuela, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012115675).

La suscrita, Lic. Mónica Arroyo Herrera informa que mediante escritura número doce-tres, otorgada ante esta notaría a las catorce horas diez minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, se reformó el pacto social de la empresa denominada Tres-uno cero uno-seis tres cinco tres dos seis Sociedad Anónima.—Alajuela, 16 de diciembre del 2012.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012115676).

La suscrita, Lic. Mónica Arroyo Herrera informa que mediante escritura número quince-tres, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del diecisiete de diciembre del año dos mil doce, se reformó el pacto social de la empresa denominada Tres-uno cero uno-dos seis nueve cuatro cuatro ocho Sociedad Anónima.—Alajuela, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012115677).

La suscrita, Lic. Mónica Arroyo Herrera informa que mediante escritura número doce-tres, otorgada ante esta notaría a las catorce horas diez minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, se

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reformó el pacto social de la empresa denominada Tres-uno cero uno-cinco cinco dos cuatro tres uno Sociedad Anónima.—Alajuela, 16 de diciembre del 2012.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012115678).

Por escritura pública número 27, tomo 5, otorgada en Grecia, se protocoliza el acta número tres, donde se acuerda disolver la sociedad denominada: Finca Solbakken Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 11 horas del día 26 de noviembre del 2012. Ante notario: Marvin Gerardo Quesada Castro. Cualquier interesado puede comunicarse al fax: 2-444-0601.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012115681).

Por escritura pública número 31, tomo 5, otorgada en Grecia, se protocoliza el acta número uno, donde se acuerda disolver la sociedad denominada: María Francisca Rodríguez Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 12 horas del día 03 de diciembre del 2012. Ante notario: Marvin Gerardo Quesada Castro. Cualquier interesado puede comunicarse al fax: 2-444-0601.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012115683).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy protocolicé reforma del pacto constitutivo, nombramiento de nueva junta directiva, fiscal y agente residente, de la empresa denominada Hidalgo Brothers Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintinueve mil quinientos noventa.—San Ramón, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Victoria Jiménez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012115685).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 47 otorgada a las 13: 00 horas del 17 de diciembre del 2012, se modificaron las cláusulas segunda y octava, del pacto constitutivo de la sociedad 3-101-521.074 Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-521.074.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2012115691).

Por escritura otorgada hoy, a las 13:30 horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Centro de Seguridad Josuhar S. A., mediante la cual modifica su estatuto, denominándose en lo sucesivo como Distribuidora Dos Jota S. A., traslada su domicilio en San isidro de Pérez Zeledón, y se dedicará específicamente a la comercialización de prendas de vestir. Se nombra nuevo tesorero.—Alajuela, 17 de diciembre del 2012.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2012115728).

Por escritura otorgada hoy, a las 15:10 horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Grupo Vimosa S. A., se modifica la cláusula novena del estatuto referente a la administración, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—Alajuela, 13 de diciembre del 2012.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2012115729).

Ante mi notaría por escritura número cuarenta y nueve a las quince horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, visible al folio ciento noventa frente del tomo uno se modificó la cláusula número dos y sétima del acta constitutiva de la Compañía Rampani S. A., su domicilio será en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, diagonal al Banco Nacional, cláusula sétima: corresponderá al presidente, secretario y tesorero de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial quienes podrán actuar separadamente.—Lic. Gerardo Enrique Picón Chávez, Notario.—1 vez.—(IN2012115732).

Por escritura otorgada ante mí, el día veintiocho de noviembre del dos mil doce, se disolvió Grupo Guva Interamericano Veintiuno Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y tres.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. José Alexander Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2012115734).

Por escritura otorgada ante mí, el día veintiocho de noviembre del dos mil doce, se disolvió Alimentos Guztaco GV Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos ochenta mil ochocientos treinta y cuatro.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. José Alexander Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2012115735).

Por escritura otorgada ante mí, el día veintiocho de noviembre del dos mil doce, se constituyó Viveros Holanda Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de Heredia, cantón noveno San Pablo, distrito primero San Pablo, de la Fábrica Mabe ciento cincuenta metros al sur objeto amplio. Plazo: noventa y nueve años. Capital social de cien mil colones, totalmente pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Juan Elías Guzmán Vargas.—San José, dieciocho de diciembre de dos mil doce.—Lic. José Alexánder Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2012115736).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las once horas del día siete de diciembre del dos ml doce Tecnología Literaria T.L Sociedad Anónima nombra nueva junta directiva, reforma clausula sexta, revoca poder generalísimo y nombra nuevo agente residente.—San José, siete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Gustavo Adolfo Ortiz Barrionuevo, Notario.—1 vez.—(IN2012115738).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las trece horas y treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil doce Compufax Internacional de Santa Ana C I D Sociedad Anónima, disuelve sociedad.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115739).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las doce horas del día catorce de diciembre del dos mil doce Calco Realty Sociedad Anónima disuelve sociedad.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115740).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las trece horas del día catorce de diciembre del dos mil doce Compufax Paseo de las Flores Sociedad Anónima, disuelve sociedad.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115741).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las once horas y treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil doce Compufax El Pueblo Sociedad Anónima disuelve sociedad.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115742).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las once horas del día catorce de diciembre del dos ml doce Representaciones Compufax Internacional Sociedad Anónima disuelve sociedad.—San José, catorce de diciembre del doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115743).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las diez horas y treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil doce Inversiones Cordeca del Oriente Sociedad Anónima disuelve sociedad.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115744).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas del día trece de diciembre del dos ml doce Corporación Marifamar Sociedad Anónima disuelve sociedad.—San José, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012115745).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Laetitiam Agitare Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil ciento treinta y cuatro, de las doce horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012115748).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del veintiocho de noviembre de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Sounds of a Magic Shell Limitada de las quince horas del veintidós de noviembre de dos mil doce, mediante la cual por acuerdo unánime de socios se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2012115749).

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Mediante escritura número ciento setenta y cinco otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, a las doce horas del trece de diciembre del dos mil doce, constituyen sociedad limitada denominada Kabaz Gourmet Limitada.—San José, doce horas del trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012115750).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres ciento uno seiscientos sesenta y dos mil ciento diecinueve sociedad anónima, se reforma cláusula primera del nombre. Es todo.—San José, 17 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012115755).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria Gegubo Sociedad Anónima, se reforma cláusula primera del nombre. Es todo.—San José, 17 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012115756).

Por escritura número 49-75 otorgada ante el suscrito notario a las 9:00 horas del 13 de diciembre del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos treinta y cuatro s. a., en los que se reforma la cláusula del domicilio: Heredia, Santo Domingo, San Miguel Barrio El Socorro, costado oeste del colegio Lincoln, Condominio Oasis Tournón, lote 43.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. José Miguel Fonseca Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012115759).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del diecisiete de diciembre de dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Corporación de Transportes Belén Cotrabe S. A., en donde se modifica la cláusula octava de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, 17 de diciembre de 2012.—Lic. Liliana Villalobos Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012115761).

Por escritura otorgada ante esta notaría del 14 de diciembre del dos mil doce, reformó las cláusulas, primera, y quinta del pacto constitutivo de Auro Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2012115803).

Por escritura otorgada ante esta notaría del 14 de diciembre del dos mil doce, reformó las cláusulas, segunda, sexta, y décima del pacto constitutivo de Administración y Asesoría Hotelera A.C.L. Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2012115804).

Mediante escritura otorgada en San José, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Varcli Pinares Sociedad Anónima, en la que se acordó aumento del capital social.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012115810).

La suscrita notaria hace constar que en mi notaría, al ser las quince horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se modificó la cláusula quinta, del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Industrial Equilab Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Marisol Marín Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012115825).

Mediante escritura número ciento noventa y ocho-cuatro, visible al folio ciento cuarenta y nueve frente del tomo cuarto de la notaria María de los Ángeles González Hidalgo, carné siete mil seiscientos setenta y ocho, se solicitó disolución de sociedad Tori de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y ocho.—San José, catorce de diciembre de dos mil dos.—Lic. María de los Ángeles González Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2012115827).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría se reformó la cláusula segunda de Las Posadas de la Torre Sociedad Anónima.—San José, trece de diciembre de dos mil doce.—Lic. Christopher Pirie Gil, Notario.—1 vez.—(IN2012115828).

Mediante escritura número 91-2, otorgada a las 10:00 horas del 14 de diciembre de 2012 se acordó: protocolización de disolución de la sociedad denominada 3-101-539045 s. a., domicilio: Heredia.—San José, 17 de diciembre de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012115834).

Mediante escritura número 93-2 otorgada a las 15:53 horas del 17 de diciembre del 2012 se acordó: modificaciones al reglamento, cambio del nombre del Condominio denominado Condominio Mixto Residencial de Edificaciones y Lotes Calle del Moral, domicilio: San José.—San José, 18 de noviembre del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012115835).

Mediante escritura número 90-2, otorgada a las 9:00 horas del 14 de diciembre de 2012, se acordó: protocolización de disolución de la sociedad denominada The Best Hut Burger S. A., Domicilio: Heredia.—San José, 17 de diciembre de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012115836).

Mediante escritura número 94-2, otorgada a las 8:00 horas del 18 de diciembre de 2012 se acordó: constitución de la sociedad denominada Grupo Lapa Azul de Centroamérica S. A; capital social: diez mil colones, domicilio: San José.—San José, 18 de diciembre de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012115837).

Mediante escritura número 95-2, otorgada a las 9:00 horas del 18 de diciembre de 2012 se acordó: aumento de capital social de la sociedad denominada Rivera Guzmán Servicios Especiales S. A.; domicilio: Cartago.—San José, 18 de diciembre de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012115839).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del trece de diciembre del dos mil doce se reformó la cláusula del capital social de la sociedad PL Móvil Exteriores de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—(IN2012115840).

Por escritura otorgada, a las quince horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce se constituyó la sociedad MFT XVIII Limitada. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Pacheco Flores, Notario.—1 vez.—(IN2012115841).

Por escrituras 42-32, 43-32 y 44-32 autorizadas en mi notaría a las 14:00 horas, 14:30 horas y 15:00 horas del 17 de diciembre del año 2012, protocolicé actas de asamblea de socios de las compañías: English Landscape S. A., Livebox Solutions S.R.L. y 3-101-498076, mediante las cuales se modificaron las cláusulas del domicilio, administración, se revocaron nombramientos y se nombraron sustitutos.—San José, 18 de diciembre de 2012.—Lic. Noé Kawer Dymantztein, Notario.—1 vez.—(IN2012115848).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas y treinta minutos del doce de diciembre del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Palma Real Cinco Terracota S. A., en la cual se modificó la cláusula novena de los estatutos y se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. Eugenia María Sánchez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012115856).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de diciembre del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Impopartes Globales J y O S. A., en la cual se modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. Eugenia María Sánchez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012115857).

Por escritura número doscientos veintiuno, otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas treinta y cinco minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Muebles y Resortes M K Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012115860).

Por escritura número doscientos veinte, otorgada ante mi notaría, al ser las ocho horas treinta minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Nexus de los Ángeles P.J.S. Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012115862).

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Que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Coco Plaza Setenta y Cinco Pargo Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social 8:00 horas del 25 de octubre del 2012, se acordó modificar las cláusulas primera, cuarta, del pacto constitutivo.—San José, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012115898).

Luz Annia Mora Arias, Jenny Gabriela Chinchilla Mora, y Jacqueline María Chinchilla Mora, disuelven la sociedad anónima denominada Jacjen S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 14:15 horas del día 21 de noviembre del año 2012.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012333017.—(IN2012116075).

Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Distribuciones Comerciales e Industriales Jope Limitada, mediante escritura número ciento treinta y siete de las catorce horas del doce de diciembre de dos mil doce, en la cual se reforma el domicilio, y nombra nuevo gerente. Gerente: Jenny María Campos Estrada.—Santo Domingo de Heredia.—Lic. Luis E. Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012332766.—(IN2012116077).

Por acuerdo de socios se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Healthy Food Services Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve a partir del diecisiete de noviembre del dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012332767.—(IN2012116078).

Por escritura número diecisiete-tres, otorgada a las nueve horas del diecisiete de noviembre de dos mil doce, compareció el cien por ciento del capital social de la empresa Los Tres Reyes Magos Sociedad Anónima, para solicitar la disolución de la empresa.—Liberia, diecinueve de noviembre de dos mil doce.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012332768.—(IN2012116079).

Por escritura número veintiuno-tres, otorgada a las once horas quince minutos del trece de diciembre de dos mil doce, se constituyó la empresa Plaza Viva Sociedad Anónima, ante la notaria Alejandra Larios Trejos. Presidente: Víctor Julio Héctor Cerdas.—Liberia, trece de diciembre de dos mil doce.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012332769.—(IN2012116080).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, nombramiento de directorio y órgano fiscal de la junta directiva de la sociedad BCR Sociedad Corredora de Seguros Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Douglas López Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012332770.—(IN2012116081).

Por la escritura número 29-11 se constituye sociedad denominada Siquirres Kraziest Vibez S. A., con un capital social de 10.000.00 colones.—San José, seis de diciembre del 2012.—Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—RP2012332771.—(IN2012116082).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 12 de diciembre del dos mil doce de Consuldesa Consultores para el Desarrollo Sociedad Anónima, en donde se procedió a disolver la sociedad.—San José, 13 de diciembre de 2012.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2012332773.—(IN2012116083).

Ante esta notaría al ser las ocho horas con quince minutos del día catorce de diciembre del año dos mil doce, se protocoliza acuerdo de socio de la sociedad denominada Agrícola R C A Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-516599, mediante la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios. Tel. 2470-0143, al fax 2470-2021.—Upala, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012332775.—(IN2012116084).

Ante esta notaría al ser las trece horas con veinticinco minutos del día doce de diciembre del año dos mil doce, se protocoliza el acuerdo de socios de la sociedad denominada 3-101-598111 Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-598111, mediante la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios. Tel. 2470-0143, al fax 2466-2021.—Upala, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012332776.—(IN2012116085).

La suscrita Licda. Ana Marcela Picado Vásquez, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Consultores Castro Jiménez & Sansores Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno - cuatrocientos treinta y siete mil novecientos cincuenta y dos, para realizar nombramiento de liquidador. Es todo.—San Ramón, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012115865).

La suscrita Ana Marcela Picado Vásquez, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Comercializadora de Autos El Nuevo Siglo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil trescientos veintiocho, para disolver dicha sociedad por no haber activos ni pasivos. Es todo.—San Ramón, diecisiete de diciembre del año dos mil doce.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012115866).

En mi notaría el día diecisiete de diciembre del dos mil doce, se constituyó la empresa denominada Famorz Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Apoderados generalísimos sin límite de suma Wilberth Jhony Mora Mora y Vera Virginia Ramírez Vásquez.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Sara Montero Castrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012115871).

Laura Robles Sánchez, Priscila María Ordóñez Robles y Luis Diego Ordóñez Robles, constituyen la sociedad anónima Sarola S. A. Plazo noventa y nueve años, capital social diez mil colones, objeto comercio en general, presidenta: Laura Robles Sánchez apoderada generalísima sin límite de suma. Otorgada: 31-08-2011.—Lic. Ana María Pérez Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2012115872).

Ante esta notaría se protocolizó acta que reformó la cláusula segunda y undécima del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta y dos sociedad anónima.—Carrillos de Poás, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012115873).

Ante esta notaría se protocolizó acta que reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada GS Les Rois Sociedad Anónima.—Carrillos de Poás, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012115875).

Ante mí Ademar Soto Alpízar, notario público con oficina en San Pedro de Poás Alajuela, doscientos metros sur de la escuela, a las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil doce, se presentó acuerdo de disolución de la sociedad Fracaneme S. A., con domicilio en San Pedro de Poás, Alajuela, quinientos metros norte del Liceo.—Alajuela, once de diciembre de 2012.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012115883).

Que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Coco Plaza Veintitrés W.X. Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social 8:00 horas del 27 de setiembre del 2012, se acordó modificar las cláusulas primera, cuarta, del pacto constitutivo.—San José, 18 de diciembre de 2012.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012115893).

Que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad KR Ohana Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social 9:00 horas del 25 de octubre del 2012, se acordó modificar las cláusulas primera, cuarta, del pacto constitutivo.—San José, 18 de diciembre de dos mil doce.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012115894).

Se acuerda la disolución anticipada de la sociedad The Marbella Beauty T.M.B Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil cuatrocientos ochenta, no existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 12 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012115895).

Se acuerda la disolución anticipada de la sociedad Rain Forest Products Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y tres, no existen activos ni pasivos quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 17:00 horas del 7 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012115897).

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y ocho mil ciento cuarenta y nueve inscrita al tomo quinientos treinta y uno. Acta número dos. En la cual se nombra a dos: por todo el plazo social, en la siguiente forma: secretaria Joyce Quirós Esquivel, mayor, casada una vez, vecina de Santa Rosa, Palmera, San Carlos, Alajuela, cédula dos seiscientos ocho quinientos noventa y nueve, tesorero: Helmer Gerardo Quirós Esquivel, mayor, soltero, comerciante, cédula dos seiscientos veintiséis novecientos noventa y dos, vecino de Aguas Zarcas, seiscientos metros este y cincuenta metros norte del templo católico, fiscal: Víctor Hugo Quirós Esquivel, mayor, soltero, dependiente, vecino del mismo domicilio del señor Quirós Esquivel, cédula número dos seiscientos setenta y dos doscientos treinta y cinco, vocal: Faynnier Quirós Esquivel, mayor, enfermero, cédula número dos seiscientos cuarenta y uno dieciocho, vecino de Ciudad Quesada, de la catedral ochocientos metros al norte.—Aguas Zarcas, 13 de noviembre del 2012.—Lic. Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012332798.—(IN2012116096).

Por escritura número ochocientos sesenta y nueve-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del catorce de diciembre del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad: RTM Insurance Services S. A., cédula jurídica número 3-101-306848. Nombramiento junta directiva, fiscal, agente residente y modificación cláusulas segunda y sexta del estatuto social.—Monterrey, Montes de Oca, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Gerardo Ulises Alfaro Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2012332799.—(IN2012116097).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las diez horas del catorce de diciembre de dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Araybol Sociedad Anónima. Se modificaron las cláusulas, sétima, octava del pacto constitutivo. Se nombró presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 17 de diciembre de 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012332800.—(IN2012116098).

Asamblea general ordinaria extraordinaria de socios de Agrícola Industrial Río Mastate Sociedad Anónima. Titular de la cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos dos, reforma acta constitutiva y nombra nueva junta directiva, otorgado ante la licenciada María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2012332801.—(IN2012116099).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día siete de diciembre del año dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Urbanizadora Domo S. A., en la cual se reformó la cláusula sétima, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 12 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012332802.—(IN2012116100).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Mucha Suerte Sociedad Anónima. Objeto: comercio, gestión constructora, asesoramiento, actividad turística, comercio, industria, agricultura y ganadería. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—RP2012332804.—(IN2012116101).

En mi notaría por escritura número 21 del tomo 79 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de limón a las 12:00 horas del 14 de diciembre del 2012, se constituye Wo Sheng Li Limón S. A.. Domicilio: Limón centro, capital: suscrito y pagado. Objeto: comidas de restaurant. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, 14 de diciembre del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012332807.—(IN2012116102).

La suscrita notaria hago constar que a las 15:00 horas del día 13 de diciembre del año 2012, en la escritura número 204-5, del tomo 5, se protocolizo acta extraordinaria de socios del ente jurídico Club Maeva Miramar Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-297348, en la cual se reforman la cláusulas 2 y 6 del pacto constitutivo y se nombra nueva tesorero y agente residente.—San José, 13 de diciembre del 2012.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012332809.—(IN2012116103).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 13 de diciembre del 2012, se reforma cláusulas segunda y sétima de la sociedad Platinum Coast S. A. Domicilio: San José. Presidente y secretaria, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012332777.—(IN2012116086).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios de escritura cincuenta y seis-siete, se constituyó Nezzy Dos Mil Doce SRL, capital suscrito y pago, se nombra gerentes y subgerente por el resto del plazo social.—Catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Fabiola López González, Notaria.—1 vez.—RP2012332783.—(IN2012116087).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada: Grupo Sibei Sociedad Anónima; representada por su presidente y secretario, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 29 de noviembre de 2012.—Lic. Freddy Abarca Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2012332784.—(IN2012116088).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: Inmobiliaria Ramasa Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, catorce de diciembre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012332787.—(IN201216089).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Daki Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, catorce de diciembre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012332788.—(IN2012116090).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Bosskar Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, catorce de diciembre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012332789.—(IN2012116091).

Se acuerda la disolución de la empresa Retire CRC S. A., protocolizada bajo escritura tres-catorce de las trece horas del dieciséis de diciembre del año dos mil doce, visible folio dos frente, tomo quince.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012332793.—(IN2012116092).

Se acuerda la disolución de la empresa Villa Avellanas S. A., protocolizada bajo escritura cuatro-catorce de las trece horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil doce, visible folio dos vuelto, tomo quince.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012332794.—(IN2012116093).

El suscrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, hace constar que se cambio el nombre de la compañía denominada Tres Inversiones Draunir Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno -tres nueve cinco dos cero siete, cédula, por la nueva denominación: Hotelería Mare Nostrum C. R. Sociedad Anónima, se cambió el agente residente y la junta directiva de la sociedad, que dichos cambios se realizaron por la escritura otorgada en Playas del Coco a las nueve horas del quince de diciembre de dos mil doce, por escritura número trescientos treinta y dos visible al folio ciento noventa y nueve vuelto del tomo quinto de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, quince de diciembre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012332796.—(IN2012116094).

Por escritura número doscientos cuarenta otorgada ante la notaria Vilma María Guevara Mora, a las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la firma Monte Plateado E y A Sociedad Anónima, en la que se acordó: disolver la sociedad.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012332797.—(IN2012116095).

Yo, Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, notario público con oficina en Aguas Zarcas, debidamente autorizado; en escritura de las diecisiete horas quince minutos del doce de noviembre del dos mil doce, procedí a protocolizar acta de la sociedad de esta plaza Empresa Maderera Hermanos Brenes y Quirós Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta

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Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 16:00 horas, de la compañía de esta plaza denominada Corporación Crear de San José S. A., en la que se reforman estatuto.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012332824.—(IN2012116115).

Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 16:15 horas, de la compañía de esta plaza denominada Comercializadora Regional de Costa Rica S. A., en la que se reforman estatuto.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012332825.—(IN2012116116).

Por escritura otorgado hoy ante esta notaría se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Horizontes Verdes E.C.B. Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital íntegramente suscrito y pagado, plazo cincuenta años, domicilio San José.—14 de diciembre del 2012.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012332826.—(IN2012116117).

Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública, con oficina en San José, hace contar que mediante la escritura número treinta y siete, del tomo seis otorgada al ser las quince horas del catorce de diciembre del dos mil doce, las sociedades Namurio Com S. A., Topp Gellan S. A. y Cyber Magnesio S. A., se fusionaron, prevaleciendo la primera.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012332829.—(IN2012116118).

Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública, con oficina en San José, hace contar que mediante la escritura número treinta y seis, del tomo seis otorgada al ser las catorce horas del catorce de diciembre del dos mil doce, la sociedad Villa Turquesa LJ S. A., se transformó a sociedad civil.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012332830.—(IN2012116119).

Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública, con oficina en San José, hace contar que mediante la escritura número veintisiete, del tomo seis otorgada al ser las quince horas del once de diciembre del dos mil doce, las sociedades Motocicletas La Castellana S. A. y Accurate Sys S. A. se fusionaron prevaleciendo la última.—San José, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012332831.—(IN2012116120).

La suscrita notaria hace constar y da fe de que en esta notaría se protocolizó asamblea general ordinaria de la asociación denominada Asociación Costarricense de Padres y Amigos de Personas con Autismo, donde se realizó el nombramiento de la nueva junta directiva. Asimismo se protocolizó acta de asamblea general de la asociación antes denominada Tres-Cero Cero Dos-Ciento Setenta y Ocho Mil Seiscientos Cuarenta, donde se realizó el cambio de toda la junta directiva.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Ana Patricia Gómez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012332833.—(IN2012116121).

Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Comercializadora Brunca Sociedad Anónima, otorgada a las catorce y cincuenta horas del veintidós de noviembre del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012332834.—(IN2012116122).

Por escritura número cincuenta y tres, se protocolizo acta de la sociedad denominada Vijoso Cuatro B Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres, ciento uno, doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y siete, del día veintiséis de febrero del año dos mil siete, nombrando a Víctor Hugo Bolaños Herrera como tesorero de la junta directiva. Notario: Luis Ángel Arias González Escritura otorgada en Alajuela a las doce horas del día catorce de diciembre del año dos mil doce.—Lic. Luis Ángel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2012332835.—(IN2012116123).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 12 de diciembre del 2012, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y Ocho S. A.—Ciudad Quesada, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012332837.—(IN2012116124).

Hoy autoricé escritura de constitución de la sociedad Davasar Sociedad Anónima. Presidente, apoderado generalísimo: Norman Rodríguez Madrigal.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012332810.—(IN2012116104).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría de las diez horas del doce de diciembre del dos mil doce, los socios convienen disolver la sociedad denominada Limpiatica S. A., cédula jurídica 3-101-270852.—San José, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Emilia Sancho Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012332814.—(IN2012116105).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituye la empresa Grupo Asomed R Y R Sociedad Anónima. Objeto: servicios médicos en general. Domicilio: Guápiles, Limón. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Junta directiva: Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, quince horas del doce de noviembre del año dos mil doce.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012332815.—(IN2012116106).

Ante este notario, mediante escritura número noventa y nueve de las ocho horas con treinta y nueve minutos del día diecinueve de noviembre de dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Andric S. A. Es todo.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012332816.—(IN2012116107).

Ante este notario, mediante escritura número cien de las ocho horas con cincuenta y cuatro minutos del día diecinueve de noviembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Barur S. A. Es todo.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012332817.—(IN2012116108).

Eliette Montero Jiménez, Adriana y Carolina ambas Santos Montero, constituyen la sociedad Santidad de Drat S. A. Domicilio: San Blas, Moravia, San José, Urbanización Girasoles, casa 24. Presidente: Eliette Montero Jiménez. Plazo: 99 años. Escritura 29, de las 15:40 horas, del 08-12-2012. Escritura: 29, tomo: 28.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012332818.—(IN2012116109).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día veintisiete de noviembre del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Contaldia S. A..—San José, 27 de noviembre del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012332819.—(IN2012116110).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada JYD Finca Lagartillo Limitada mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio social. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal a las doce horas con treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil doce.—Lic. Alejandro Pignatario Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012332820.—(IN2012116111).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Caras Galadón Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio social. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal a las doce horas del cinco de diciembre del dos mil doce.—Lic. Alejandro Pignatario Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012332821.—(IN2012116112).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Kennedy Real Estate Sociedad Anónima mediante la cual se procede a disolver y liquidar la sociedad. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre a las quince horas del cinco de diciembre del dos mil doce.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2012332822.—(IN2012116113).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas veinte minutos del día trece de diciembre del dos mil doce, la empresa Playa Dulce Vida S. A., protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. Charlotte Brom Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012332823.—(IN2012116114).

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Ante esta notaría han comparecido Antonio Retana Valverde, Billy Antonio Retana Peña y Marco Antonio Retana Peña, a constituir la sociedad denominada Fibra de Vidrio Retana Valverde S. A., capital social: mil colones; plazo social: noventa y nueve años; representación del presidente. Presidente: Antonio Retana Valverde.—San José, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—RP2012332851.—(IN2012116136).

Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del día diez de diciembre del 2012, se constituye la sociedad denominada Lanzar Perros Limitada. Objeto: ejercicio amplio de la actividad turística, bienes raíces, agrícola, comercial, etc. Capital social: doce mil colones exactos, íntegramente suscritos y pagados. Plazo: 99 años.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—RP2012332852.—(IN2012116137).

A las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas número uno de la sociedad Preciosos Momentos de Bebé Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012332853.—(IN2012116138).

A las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas número dos de la sociedad Inversiones Jomi Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012332854.—(IN2012116139).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Desarrollo de Nuevas Ideas Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo frente a Zulimar. Andrea Verónica Casin y Cristian Ariel Rivas López, como apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente pero para vender bienes se requiere estar mancomunados. El capital social será cien mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una.—Liberia, siete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012332856.—(IN2012116140).

Por escritura pública número 446 de las 17:00 horas del 16 de noviembre del año 2012 otorgada en conotariado en el protocolo del notario Ernesto Tulio Perlaza Rojas, se protocoliza acta de la sociedad 3-101-598985 S. A., reformándose las clausulas 3° y 6° del pacto social y nombrando nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Jessica María Hernández Quesada, Conotaria.—1 vez.—RP2012332860.—(IN2012116141).

Mediante escritura pública número 125-9 autorizada por el suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Davcon Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-167615, mediante la que se aprobó el balance general de liquidación, no existiendo activos ni pasivos que repartir, y se decretó la total y absoluta liquidación de la empresa.—Santa Ana, cinco de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.—1 vez.—RP2012332861.—(IN2012116142).

Mediante la escritura número 49-7, autorizada en mi notaría al ser las 13:30 horas del día 13 de diciembre del 2012, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Urbanización Bosques de Santa Ana casa número seis, denominada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el decreto Ejecutivo 33171-J, publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006, con un capital suscrito y pagado de ¢ 10.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 13 de diciembre del 2012.—Lic. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2012332865.—(IN2012116143).

Por escritura número 9-223 otorgada a las catorce horas del 14 de diciembre del 2012, se constituye la compañía Corporación Hermanos Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2012332866.—(IN2012116144).

Que ante esta notaría, mediante escritura pública número doscientos cincuenta y ocho cuatro, visible a folio ciento cincuenta vuelto del tomo quinto de mi protocolo y otorgada en Nicoya, a las diez

Por escritura otorgada ante esta notaria el día trece de diciembre del dos mil doce, fue disuelta la sociedad Golden Stream Valley Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil doscientos ochenta y nueve.—Bagaces, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2012332838.—(IN2012116125).

Por escritura otorgada ante esta notaria el día trece de diciembre del dos mil doce, fue disuelta la sociedad Green Drop In The Ocean X Y Z Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil trescientos doce.—Bagaces, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2012332839.—(IN2012116126).

Por otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 14 de diciembre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sotcas Distribuidores Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1 vez.—RP2012332840.—(IN2012116127).

En mi notaría, Andrey Gerardo Cordero Navarro, costarricense, casado dos veces, cédula seis-dos seis cero-ocho dos tres, vecino de Golfito, Puntarenas en su calidad de presidente de la sociedad Seguricord Sociedad Anónima constituyen sociedad anónima.—Golfito, 8 de diciembre del 2012.—Lic. Noemis Zapata Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012332842.—(IN2012116128).

Por escritura otorgada a las doce horas del doce de diciembre del dos mil doce, se reformó la cláusula del capital social de la sociedad Publicarteles Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012332843.—(IN2012116129).

Por escritura ante esta notaria de las 11:00 horas del 6 de diciembre del 2012, se disuelve la sociedad Servicios de Autodiagostico C Y F Sociedad Anónima.—San José, 12 de diciembre del 2012.—Lic. María Isabel Blanco morales, Notaria.—1 vez.—RP2012332845.—(IN2012116130).

Por escritura pública otorgada ante la notaria, los socios de la empresa El Sol de la Mañana APHC Sociedad Anónima, acuerdan la disolución de la empresa.—San José, tres de diciembre del dos mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012332846.—(IN2012116131).

Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bratia Capital Group S. A. Se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, 13 de diciembre del 2012.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2012332847.—(IN2012116132).

Por escritura número doscientos treinta y tres-cinco, otorgada en San José, a las catorce horas del once de diciembre del año dos mil doce .constituyo la firma: Sociedad Inversiones Majofa JC Sociedad Anónima, domiciliada San José, Moravia, La Trinidad, Urbanización La Fabiola, propiedad trece, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta y separadamente, efectuada ante la notaria: Giovanna Ajun Murillo.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Giovanna Ajun Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012332848.—(IN2012116133).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Hermanos Potosme del Pacífico Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Carrillo, Playas del Coco del cruce a Ocotal doscientos metros al este. Wilmer Israel Castillo Potosme, como apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social será cien mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una.—Liberia, veintiuno de noviembre del dos mil doce.—Lic. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012332849.—(IN2012116134).

La suscrita hace constar que al ser las veinte horas del día quince de diciembre del año dos mil doce, se modificó ante esta notaria la junta directiva la empresa Ecoflor de Costa Rica Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012332850.—(IN2012116135).

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Ante este notario mediante escritura número: trescientos quince, del tomo cuarenta de las quince horas del catorce de diciembre del dos mil doce, se disuelve la sociedad Dasacha de Fatima Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—Cartago, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. José Ángel Piedra Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012332883.—(IN2012116154).

Ante este notario mediante escritura número: trescientos dieciséis, del tomo cuarenta de las quince horas quince minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, se constituye la sociedad Inversiones RRS Sociedad Anónima. Es todo.—Cartago, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. José Ángel Piedra Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012332884.—(IN2012116155).

Que en mi Notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Acuanta del Sur S. A., donde se acuerda disolver la misma.—Puntarenas, 16 de diciembre del 2012.—Lic. Sandra Alvarado Mondol conocida como Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012332885.—(IN2012116156).

En mi notaría, al ser las ocho horas treinta minutos del día cuatro de diciembre del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios, se aprobó desinscribir la sociedad con número de cédula jurídica 3-101-569344 sociedad anónima, domiciliada en Nicoya, Guanacaste, según artículo 201 inciso d del Código de Comercio.—Nicoya, diez de diciembre del dos mil doce.—Lic. Olman Flavio Aguirre Vidaurre, Notario.—1 vez.—RP2012332886.—(IN2012116157).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Corporación Luis Arturo Murillo Salas y Asociados S. A., en la cual se nombra nuevo Presidente.—San José, veinticinco de octubre del dos mil doce.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012332887.—(IN2012116158).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría se acordó disolver la sociedad de esta plaza denominada Centro Integral Energía es Belleza Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2012.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012332888.—(IN2012116159).

Por escritura pública otorgada en San José, a las 15:00 horas del 14 de diciembre del 2012 se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada: Plantation Estates Owners Association S. A. Se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012332889.—(IN2012116160).

Mediante escritura pública número noventa y cinco del seis de octubre del dos mil diez, otorgada ante la notaria Jazmín Sánchez Salas, se constituye la sociedad: Saneve S. A., domiciliada en Cartago, La Unión, con un capital de cien mil colones.—San José, diecinueve de noviembre del dos mil doce.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012332891.—(IN2012116161).

Ante esta notaría en escritura número noventa y tres-tres del tomo tres, otorgada a las diez horas el día doce de diciembre del dos mil doce, se acuerda por decisión unánime de socios disolver la sociedad Fernandez & Fernandez F & F S. A. Se prescinde del nombramiento de liquidador por no existir activos ni pasivos pendientes.—San José, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1 vez.—RP2012332893.—(IN2012116162).

Por escritura número doscientos cuarenta y seis del tomo doce del protocolo del suscrito notario, otorgada a las doce horas del catorce de diciembre del dos mil doce, ante ésta notaría, se protocoliza el acta número dos de la sociedad Strategic Partners (Spar S. A.) Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinticuatro mil ochocientos dieciocho, por la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—RP2012332894.—(IN2012116163).

Escritura dieciocho otorgada ante la notaria Gladys Rozo Quevedo a las diez horas del trece de diciembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad Inversiones Inver-More S. A., presidente: Marco Andreo Lombana Moreno, mayor, divorciado, empresario, cédula de residencia ciento diecisiete cero cero quince ochenta y ocho

horas del quince de diciembre del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad anónima denominada A.R.D. Inversiones Vegaro, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil cuatrocientos cincuenta y cuatro mediante la cual se solicita disolver la sociedad de marras, la cual no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Lic. Marianela Ruiz Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012332871.—(IN2012116145).

Que ante esta notaría, mediante escritura pública número doscientos cincuenta y ocho, visible a folio ciento cincuenta y dos vuelto del tomo quinto de mi protocolo y otorgada en Nicoya, a las diecisiete horas del quince de diciembre del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad anónima denominada Alex de la Península, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ocho mil quinientos noventa y nueve mediante la cual se solicita disolver la sociedad de marras, la cual no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Lic. Marianela Ruiz Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012332872.—(IN2012116146).

Wang & Zúñiga Internacional S. A. solicito disolución. Escritura protocolizada ante la notaria Arlhene Pradella Balladares al ser las once horas del catorce de diciembre del dos mil doce.—San José, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—RP2012332873.—(IN2012116147).

Mediante escritura 80 otorgada ante este notario a las 15:00 horas del 11 de diciembre del 2012, se modifica la cláusula primera de la sociedad Vista States Eleven K Sociedad Anónima, además se nombra una nueva junta directiva, siendo nombrado el señor Daniel Bruce Schlosser como su presidente. Es todo.—San José, 11 de diciembre del 2012.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012332875.—(IN2012116148).

En escritura trescientos veintiséis del veintinueve de junio de dos mil doce, en tomo cinco de la notaria Paula Durán Quirós, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Grurovi Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil ciento setenta y cuatro y se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012332878.—(IN2012116149).

En escritura trescientos veintitrés del veinticinco de junio del dos mil doce, en tomo cinco de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Flamers Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil seiscientos veintiséis y se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012332879.—(IN2012116150).

En escritura trescientos veinticuatro del veinticinco de junio del dos mil doce, en tomo cinco de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Propiedad Acevedo-Parruás Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y tres mil setecientos quince y se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012332880.—(IN2012116151).

En escritura trescientos veintidós del veinticinco de junio del dos mil doce, en tomo cinco de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Propiedad Acevedo Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cuatro mil quinientos nueve, se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012332881.—(IN2012116152).

En escritura trescientos veinticinco del veinticinco de junio del dos mil doce, en tomo cinco de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Mata Rodríguez Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos cincuenta y cinco mil cincuenta y nueve, se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012332882.—(IN2012116153).

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treinta y dos mil setecientos veintitrés. Es todo.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012332908.—(IN2012116174).

El día trece de diciembre del dos mil doce, en esta notaría se protocoliza acta de Friogama Equipo Especial Sociedad Anónima, en la que se acuerda disolverla. Es todo.—San José, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—RP2012332909.—(IN2012116175).

Por este medio el suscrito notario hace constar que a las catorce horas del trece de diciembre del dos mil doce, mediante escritura número ciento noventa y dos-dos otorgada en el tomo segundo del protocolo del suscrito notario, se constituyó una sociedad denominada: Prestige World Wide Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Puerto Viejo, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012332912.—(IN2012116176).

En escritura pública número ciento noventa y dos del protocolo de la suscrita notaria otorgada a las diecinueve horas del día catorce de diciembre del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada O & MP Generación S. A., con cédula jurídica tres ciento uno cinco dos siete ocho seis ocho.—Lic. Vera María Sancho Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012332914.—(IN2012116177).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría a las 10:00 horas del día 17 de diciembre del 2012, se constituyó la sociedad, que su denominación social será Sombreros y Libros S.A., capital: cincuenta mil colones suscritos y pagados. Plazo: cien años. Presidente: Luis Gerardo Umaña Sáenz.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Jorge Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—RP2012332915.—(IN2012116178).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de compañía denominada: Inversiones Vesiverio Sociedad Anónima. Mediante los cuales se reforma la cláusula sexta y modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Lic. Eugenia Saborío Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012332916.—(IN2012116179).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de compañía denominada: The Money Route Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Eugenia Saborío Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012332917.—(IN2012116180).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: Más Vida Servises S. A., a las 17:00 horas del 23 de noviembre del 2012. Presidente: Ezequiel Bonnet Serret, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Lupita Angulo Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012332918.—(IN2012116181).

Mediante escritura pública número veintitrés-tres, del primero de noviembre del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad denominada Q E C R Ingeniería de Calidad S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil seiscientos sesenta y tres, con domicilio social en San José, entre avenidas segunda y cuarta, calle once, casa número doscientos treinta y nueve.—San José, trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Kendall Ruiz Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012332920.—(IN2012116182).

Mediante escritura pública número 128, tomo 34 del protocolo de la notaria Ana Rosa Aguilar González otorgada a las 8:00 horas del 17 de diciembre del 2012, los socios fundadores de la sociedad Tes Morgan Sociedad Anónima, la disuelven, de conformidad con artículo 201 incido d) del Código de Comercio.—Alajuela, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—RP2012332922.—(IN2012116183).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Vista del Lago Número Sesenta y Cuatro S. A. Se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo, se nombra presidente al Sr. Andrés Cubero Martínez, escritura otorgada ante la notaria Mayra Zamora Espinoza, a las 15 horas del 12 de diciembre del 2012.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mayra Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2012332923.—(IN2012116184).

quinientos nueve, vecino de Quesada Durán, de la segunda entrada de Las Luisas quinientos metros al sur y cinco metros al oeste. Dada en San José a las trece horas del catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—RP2012332896.—(IN2012116164).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día 21 de noviembre del 2012, se constituyó Led Solutions Sociedad Anónima, representación presidente, secretario y tesorero.—San José, 21 de noviembre del 2012.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012332897.—(IN2012116165).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día 22 de noviembre del 2012, se constituyó la empresa Verde Verde Sociedad Anónima, representación presidente y tesorero.—San José, 22 de noviembre del 2012.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012332898.—(IN2012116166).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día 20 de noviembre del 2012, se constituyó Siliezar & Cruickshank Limitada. Representación gerente y subgerente.—San José, 21 de noviembre del 2012.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012332899.—(IN2012116167).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada El Tronco de Sarapiqui G.B. SRL., domicilio San José, plazo cincuenta años.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012332901.—(IN2012116168).

Por escritura número ciento quince, ante esta notaría se reforma las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Quinta Campanilla de Invierno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil novecientos noventa y nueve. Así mismo, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2012332902.—(IN2012116169).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las quince horas del nueve de diciembre del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno, inciso D, del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Ramy del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y ocho mil ciento dieciocho, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Pocora, nueve horas del catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Amable Azofeifa Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012332903.—(IN2012116170).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del día de hoy, Herminia Rosa Fuentes Osuna y Deyanira Mora Barboza, constituyen sociedad anónima cuyo nombre será el número de cédula jurídica que se le asigne.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—RP2012332904.—(IN2012116171).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del 29 de noviembre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Dieciséis de Marzo de Mil Novecientos Setenta y Siete S. A., en la que se modifican las cláusulas del domicilio y de la administración del pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 30 de noviembre del 2012.—Lic. William Santamaría Monge, Notario.—1 vez.—RP2012332906.—(IN2012116172).

Ante esta notaría a las dieciséis horas del catorce de diciembre del dos mil doce, se protocoliza acta de disolución de sociedad Inversiones New Castle Inc Sociedad Anónima cédula jurídica tres ciento uno cuatrocientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y cuatro. Es todo.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012332907.—(IN2012116173).

Ante esta notaría a las quince horas del catorce de diciembre del dos mil doce, se protocoliza acta de disolución de sociedad Solano y Sánchez Sociedad Anónima cédula jurídica tres ciento uno doscientos

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Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de diciembre del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad Paradiso Domun Uno S. A., nombrándose como presidente al señor Carlos Alberto Salas Araya. Es todo.—San José, diecisiete de diciembre del año dos mil doce.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012332940.—(IN2012116195).

Por escritura otorgada ante mí a las 18:00 horas del 15 de diciembre del 2012, se constituyó la compañía denominada Francisco Mas Seis S. A., con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 15 de diciembre del 2012.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012332991.—(IN2012116196).

Por medio de escritura número treinta y seis-dos otorgada a las once horas del dieciséis de diciembre del dos mil doce, visible al folio veintiuno vuelto del tomo número dos del protocolo de ésta notaría, se llevó a cabo la disolución de la sociedad denominada JJA Agricultura Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y tres mil novecientos sesenta y cinco.—San Isidro de Pérez Zeledón, 16 de diciembre del 2012.—Lic. María José Sánchez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012332949.—(IN2012116197).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón a las veinte horas del día quince de diciembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Valkirias Inversiones de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: treinta años. Domicilio social: San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, cien metros norte de la estación de buses Musoc. Gerente: Nathan Jiménez León. San Isidro de El General, Pérez Zeledón, quince de diciembre de dos mil doce.—Lic. Jonathan Montenegro Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012332953.—(IN2012116198).

Por escritura número veintiséis-trece, se realizó acuerdo mediante el cual por asamblea general extraordinaria se decide liquidar la sociedad Inversiones Dylarecy Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-381605. Es todo. Siete horas del dieciocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012332954.—(IN2012116199).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las siete horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil doce, se modifican cláusulas del pacto constitutivo y se nombran nuevos miembros de junta directiva y fiscalía.—Cartago, siete horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil doce.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—RP2012332955.—(IN2012116200).

Ante esta notaría a las quince horas del diez de diciembre del dos mil doce, se procedió a protocolizar asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Caducus Maderas C.F. Sociedad Anónima, por medio de la cual se solicita la disolución de la presente compañía.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012332965.—(IN2012116201).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Bioland Verd Sociedad Anónima cuyo presidente es el señor José Antonio González Miranda, con cédula de identidad número nueve-cero siete seis-cinco nueve nueve.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012332967.—(IN2012116202).

Por escritura número catorce-cuatro otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día catorce de diciembre de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Flexipark Treinta y Cuatro Heracles Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil cuatrocientos cuatro, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, catorce de diciembre de dos mil doce.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012332968.—(IN2012116203).

Por escritura número trece-cuatro otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día catorce de diciembre de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Flexipark Treinta Ganimedes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta

Ante ésta notaría, en escritura número 354-6, con fecha del 17 de diciembre del 2012 a las 8:00 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Mondeca Equipos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y seis, en la que se reforma la cláusula primera de los estatutos. Es todo.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Alexander Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012332925.—(IN2012116185).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del día quince de diciembre del año dos mil doce. Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres, del tomo segundo del protocolo del Lic. Michael Bejarano Loáiciga, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hoffnug Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete de diciembre del año dos mil doce.—Lic. Michael Bejarano Loáiciga, Notario.—1 vez.—RP2012332926.—(IN2012116186).

Por escritura otorgada el día diecisiete de diciembre del año dos mil doce, se protocoliza acta número tres de asamblea extraordinaria de Socios de Wesport Sociedad Anónima Sociedad Anónima, llevada a cabo el día trece de diciembre del año dos mil doce. Se modifica cláusula decimosexta.—Cartago, dieciséis de diciembre del año dos mil doce.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—RP2012332927.—(IN2012116187).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10:00 horas del 17 de diciembre del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Lag Legal Counseling Sociedad Anónima, de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil ciento noventa y cuatro, mediante la cual se acuerda su disolución y liquidación.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—RP2012332929.—(IN2012116189).

Erick Tenorio Lanza, con cédula de residencia número dos-trescientos setenta y cuatro-novecientos treinta y seis, y Rommy Morales Mora, con cédula número uno-novecientos sesenta-setecientos cinco, comunican la disolución de la empresa Llantas y Servicios TM de San José S. A., jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta mil trescientos sesenta y ocho, para que cualquiera que tenga interés sobre este asunto, pueda comunicarse con el Licenciado José Villanave Solano, Ave, 8 y 10, calle 25, número 855, tel. 2223-8604.—San José, 19 de noviembre del 2012.—Lic. José Villanave Solano, Notario.—1 vez.—RP2012332930.—(IN2012116190).

Sirva la presente, para solicitar publicación de edicto en el Diario La Gaceta, de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima El Sueño del Momento S. A. Se sustituye secretario y en su lugar se nombra a Yardnapa Chanabin.—Pérez Zeledón, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Edgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012332931.—(IN2012116191).

Que por escritura número 150, visible a folio 143 vuelto, se modificó la cláusula sexta del pacto social, se nombró nuevo gerente y gerente operativo de El Orégano Floreado SRL, cédula jurídica 3-102-664497. Visible en el tomo 20 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 17 de diciembre del año 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012332934.—(IN2012116192).

Que por escritura número 151, visible a folio 145 frente, se modificó la cláusula sexta del pacto social, se nombró nuevo gerente y gerente operativo de Un Atardecer Navideño SRL, cédula jurídica 3-102-664537. Visible en el tomo 20 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 17 de diciembre del año 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012332935.—(IN2012116193).

Por escritura autorizada a las catorce horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Trejos-Zelaya Asociados Sociedad Anónima, en que reforma la cláusula octava de sus estatutos, en cuanto a la representación de la sociedad.—San José, diecisiete de diciembre del año dos mil doce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012332937.—(IN2012116194).

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un mil novecientos siete.—San José, 12 de diciembre de 2012.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—RP2012332987.—(IN2012116214).

Por escritura número dieciséis-cuatro otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Flexipark Cuarenta y Cinco Melegaro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012332988.—(IN2012116215).

Por escritura número ciento noventa y nueve otorgada en San José a las diez horas del nueve de diciembre de dos mil doce, se constituye Fundación de bienestar social denominada Nuevo Amanecer, a plazo perpetuo, cuyo presidente tendrá la facultades de representante legal con facultades de apoderado general.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. Marjorie Romero Cajina, Notaria.—1 vez.—RP2012332991.—(IN2012116216).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día doce de diciembre del dos mil doce, se disuelve la empresa Maya Ingeniería Sociedad Anónima.—San José doce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012332992.—(IN2012116217).

Se publica edicto de liquidación de la sociedad denominada Ganadera Eduvara Dos Mil Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos once mil ciento cincuenta y ocho. Cualquier interesado, o terceras personas, que se opongan a la liquidación de esta, o tenga algún alegato al respecto favor hacerlo mediante comunicado al domicilio de la empresa ubicado en Puntarenas, Buenos Aires, Changuena, La Bonga, doscientos metros al este de la iglesia católica. Es todo.—San José, veintiséis de noviembre de dos mil doce.—Lic. Cintya Bustos Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012332994.—(IN2012116218).

Por escritura número sesenta y cinco, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se modifica la cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva, del pacto constitutivo de la sociedad Residencial Los Encinos Lote Diez BEH Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-516957.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1 vez.—RP2012332995.—(IN2012116219).

Por escritura número ciento setenta y dos, otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad Importaciones Arian Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-349740.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1 vez.—RP2012332996.—(IN2012116220).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Happy Licious Company Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, suscrito y pagado. Se designa a la presidenta como apoderada generalísima sin límite de suma a la señora Mariana Guzmán Gómez.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012332997.—(IN2012116221).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15 horas 30 minutos del día 19 de noviembre del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Producciones Pinkay Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia.—Treinta de noviembre del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012332998.—(IN2012116222).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 18 horas 00 minutos del día 17 de diciembre del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Compras y Ventas en Línea de Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia.—Diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012332999.—(IN2012116223).

y ocho mil trescientos setenta y dos, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, catorce de diciembre de dos mil doce.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012332969.—(IN2012116204).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Jaguar de Osa S.A.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—RP2012332972.—(IN2012116205).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Osa-Eco Development S. A.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—RP2012332973.—(IN2012116206).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Forestal de Quebrada Coyunga S. A.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—RP2012332974.—(IN2012116207).

Ante ésta notaría a las dieciocho horas del cuatro de diciembre del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Agropecuaria Upala Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-treinta y un mil ciento treinta y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula del domicilio social, para quede así: domicilio Upala centro, contiguo al Mercado Municipal de Upala, distrito primero, cantón trece de la provincia de Alajuela.—Upala, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012332976.—(IN2012116208).

Que por escritura ante esta notaría a las dieciséis horas del día once de diciembre del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Costa Esterillos Estates Galanga Trescientos Cuatro Sociedad Anónima, mediante el cual se acordó la reforma de las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva.—San José, once de diciembre del dos mil doce.—Lic. Norman de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012332977.—(IN2012116209).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del dos mil seis. Escritura otorgada en San José a las nueve horas del día trece de diciembre de dos mil doce.—Lic. Gustavo Adolfo Ortiz Barrionuevo, Notario.—1 vez.—RP2012332979.—(IN2012116210).

A las 17:00 horas del 7 de diciembre del 2012, se constituyó la sucursal de la sociedad extranjera denominada Ingenia Actividades de Ingeniería y Obra Civil S.L., y se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca, Notario.—1 vez.—RP2012332980.—(IN2012116211).

A las 18:00 horas del 7 de diciembre del 2012 se constituyó la Sucursal de la sociedad extranjera denominada Proyecta Actividades Profesionales de la Construcción S.L., y se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de diciembre del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca, Notario.—1 vez.—RP2012332981.—(IN2012116212).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 75 de las 17 horas con 13 minutos del 17 de diciembre del 2012; el único accionista de la empresa Desarrollos Turísticos Playa Brava Sociedad Anónima, señor Francisco Enrique Curling Findlay, acordó su respectiva disolución a partir del día 17 de diciembre de 2012.—San José, 18 de diciembre de 2012.—Lic. Jorge Arturo Soto Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012332986.—(IN2012116213).

Por escritura número uno otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del doce de diciembre del dos mil doce, se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Würth Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y

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Por escritura otorgada ante mi notaría a las 17 horas 15 minutos del día 17 de diciembre del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Hans Auto Service Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia.—Diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012333000.—(IN2012116224).

Se constituye sociedad anónima denominada Grupo MKS Consultores de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento ochenta y uno-dos de fecha tres de diciembre del dos mil doce a las diecinueve horas y diez minutos ante la notaria pública Analive Azofeifa Monge, carné quince mil ciento setenta y cuatro. Teléfono: ocho tres seis cero-cinco dos cinco cuatro, teléfono oficina: dos dos cuatro cero-dos cero uno siete. Es todo.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012333001.—(IN2012116225).

En esta notaría, mediante escritura número 35-18 del tomo dieciocho del protocolo del suscrito notario, de las 15:30 horas del 17 de diciembre del 2012, se constituyó la sociedad MaxWill S. A. Capital social suscrito y pagado. Domicilio en San José. Plazo social: 99 años.—San José, 17 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012333006.—(IN2012116226).

Por escritura número veinticinco-once, de las ocho horas con cincuenta y siete minutos del día diez de diciembre del dos mil doce, visible al folio doce vuelto al folio trece vuelto del tomo once del protocolo del Lic. Ricardo Suárez Badilla, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Regenbogen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil seiscientos cincuenta, donde se disuelve la misma.—Nicoya, doce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012333009.—(IN2012116227).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Servicios Asistenciales de Salud Casa Gurri Sociedad Anónima. Objeto: la provisión y comercialización de medicamentos, implementos médicos, despacho de recetas médicas y el servicio de farmacia; así como todo tipo de actividades comerciales e industriales en general. Domicilio: Pital de San Carlos de Alajuela, costado sur de la plaza, en altos de Farmacia Pital. Capital social: diez mil colones netos. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Pital, catorce de diciembre del dos mil doce.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012333010.—(IN2012116228).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro de las catorce horas con cuarenta minutos del día once de diciembre del dos mil doce, otorgada ante el notario público Rodrigo Jiménez Salazar, se disolvió y liquidó la sociedad anónima denominada La Fontana Di San Pietro F.S.P. S. A.—Puriscal, 15 de diciembre del 2012.—Lic. Rodrigo Jiménez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012333012.—(IN2012116229).

Por escritura número ciento ochenta y nueve de las dieciséis horas con veinte minutos del día quince de diciembre del año dos mil doce, otorgada ante el notario público Rodrigo Jiménez Salazar, se disolvió y liquidó la sociedad anónima denominada Alternativas Agrícolas y Comerciales del Oeste S. A.—Puriscal, 15 de diciembre del 2012.—Lic. Rodrigo Jiménez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012333013.—(IN2012116230).

Bernardo Enrique Carranza Castillo y Rocío Melissa Loría Jiménez, constituyen Bercacasti Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada en San José a las ocho horas del día diecisiete de diciembre de dos mil doce.—Lic. Anna Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—RP2012333018.—(IN2012116231).

Los señores Arlin Karina González Pizarro, cédula cinco-trescientos cuarenta y cinco-cuatrocientos cuarenta y ocho, Marlon Antonio Retana Molina, cédula dos-seiscientos dos-setecientos cincuenta, constituyen sociedad denominada Kamar de Huacas Ltda., a las a las diez horas del treinta de noviembre del dos mil doce, ante la notaria Olga Martha Cascante Sandoval. Telefax 2680-1694.—Lic. Olga Martha Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012333019.—(IN2012116232).

Por escritura otorgada por esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de disolución de la sociedad Mi Abuela Consuelo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos tres cinco ciento treinta y cuatro. Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en el domicilio de la empresa ubicado en provincia de San José avenida central, calle cuarenta, ciento veinticinco metros al norte del Banco de Costa Rica, o al fax dos dos dos dos nueve seis cinco tres.—San José, a las once horas del doce de diciembre de dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—RP2012333020.—(IN2012116233).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se disuelve la sociedad Corvalan de Osa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos once mil setecientos diecinueve con domicilio social en Turrúcares de Alajuela costado oeste de la plaza de deportes.—Lic. Julián Elizondo Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012333021.—(IN2012116234).

Por escritura número doscientos veintiuno, del tomo número cinco de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas del día quince de noviembre del dos mil doce, se reformaron las cláusulas segunda, sexta y sétima de los estatutos de la compañía Sitcorp Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—RP2012333022.—(IN2012116235).

Por escritura número doscientos treinta del tomo número cinco de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día siete de diciembre del dos mil doce, se reformó la junta directiva de la compañía Seanda Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—RP2012333023.—(IN2012116236).

Yo la suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hago constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades anónimas: Scarlet Macaws at Sunset S. A.; With a Taste of Summer S. A., ambas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaia, Ciudad Cortés, Osa.—Puntarenas, veintinueve de octubre de dos mil doce.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2012333024.—(IN2012116237).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Arpa Internacional S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 17 de diciembre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012333025.—(IN2012116238).

Por escritura de quince horas de hoy, en esta ciudad los señores: Sergio Kellermann Dachner y Marlene Guterman Szyller, constituyeron una sociedad anónima de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno J. Presidente: don Sergio. Domicilio: San José, Escazú.—San José, 17 de diciembre de 2012.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2012333027.—(IN2012116239).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las once horas del día de hoy se constituyó la sociedad Stamkos Noire Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. y que traducido al idioma español significa Stamkos Negro Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012333028.—(IN2012116240).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las doce horas del día de hoy se constituyó la sociedad Soluciones Dentales Integrales Carqui Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente salvo en el caso de que alguno de los dos miembros que ostenten la representación se encuentre fuera del país, en cuyo caso bastará la actuación de solo uno de los representantes.—San José, 17 de diciembre del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012333029.—(IN2012116241).

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Ante esta notaría, se modificaron de la sociedad Seguridad, Instalaciones y Protección R.A.B. S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil ochocientos noventa y ocho las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: primera: se denominará Global Security Managment G.S.M. S. A., tercera: el domicilio social será: San José, cantón San José, distrito Hatillo, del Rancho Guanacaste cincuenta este, sobre calle paralela. Quinta: el capital social será de treinta mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de trescientos colones cada una. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Ramón Ramírez Segura, cédula tres-dos tres tres-cuatro nueve cinco, Secretario: Gustavo Pacheco Olsen, cédula uno-cinco dos seis-cuatro cuatro cinco, Tesorero: Guillermo González Valladares, cédula tres-tres cero uno-cinco siete dos, Fiscal: José Chaverri Vásquez; cédula uno-uno uno siete dos-cero cuatro seis ocho. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado general limitado a cinco millones de colones. Nombramientos por todo el plazo social. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Kerly Masís Beita, Notaria.—1 vez.—RP2012333040.—(IN2012116242).

En la notaría de la notaria pública Paula Arroyo Rojas, se presentaron los señores de la sociedad Lucas Electro Hidráulica S. A. con el fin de realizar un aumento de capital por dos millones de colones, quedando un capital social de dos millones noventa mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Paula Marcela Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012333041.—(IN2012116243).

Por escritura pública otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas en San José, a las quince horas del catorce de noviembre del dos mil doce. Se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Bilbaia Investors Group S. A., donde se nombra junta directiva y se acuerda reformar la cláusula novena de la administración.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012333042.—(IN2012116244).

El suscrito Salvador Orozco Trejos, hace constar que el quince diciembre dos mil doce, se ha constituido la sociedad Empresa Saldaña y Caseres S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio: provincia Limón, cantón Talamanca, distrito Bratsi, caserío Bribrí, ochocientos metros sureste de Escuela de Bribrí, siendo su presidente: Enos William Saldaña Fernández, quien es representante judicial y extrajudicial de la sociedad, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012333043.—(IN2012116245).

Que por escritura número ciento tres otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad: Inversiones Jvega S. A. Presidente: José Joaquín Vega Soto.—San José, 17 de diciembre de 2012.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—RP2012333045.—(IN2012116246).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del dieciocho de diciembre del dos mil doce, protocolicé acta de Trestiks Sociedad Anónima, se reforma la cláusula cuarta del plazo.—Lic. Ronny García González, Notario.—1 vez.—RP2012333047.—(IN2012116247).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Industrias Rótulos Plásticos Armas Sociedad Anónima, mediante la que se reforman las cláusulas primera y sexta del pacto social de esa sociedad.—San José, quince horas del trece de diciembre del dos mil doce.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012333049.—(IN2012116248).

Por escritura número trescientos treinta y cuatro se disuelve sociedad denominada Hermanas D.A.Z. Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2012333050.—(IN2012116249).

Por escritura número trescientos treinta y nueve se disuelve sociedad denominada Inmobiliaria Condam Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2012333051.—(IN2012116250).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día siete de diciembre del dos mil doce, se constituyó: CZ Ingenieros y Consultores Sociedad Anónima. Representación judicial: presidente y secretario en forma individual o conjunta. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 13 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012333052.—(IN2012116251).

En mi notaría el día de hoy, se constituyó Eduardo y Rolando Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones. Presidente: Eduardo Jiménez Artavia. Es todo.—San Ramón de Alajuela, a las doce horas del quince de diciembre del dos mil doce.—Lic. José Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012333053.—(IN2012116252).

Elia Martínez Alcocer, notaria pública de Puntarenas, hace constar que en el día de hoy se constituya la sociedad denominada Frutopia, Batidos y Comida Rápida Sociedad Anónima. Presidenta Andrea Hidalgo Monge.—Puntarenas, diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Elia Martínez Alcocer, Notaria.—1 vez.—RP2012333054.—(IN2012116253).

Mediante escritura Nº 320, de 16:00 horas del 13 noviembre del 2012; se sustituyen Consejo de Administración, Fiscal y Agente Residente de 3-101-569174 Sociedad Anónima. Presidente Braulio Tate Monge, cédula 1-1099-436.—Lic. Jorge Luis Porras Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012333055.—(IN20121116254).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecisiete de diciembre del año en curso, se protocoliza el acta de la sociedad denominada New World Hindu Sociedad Anónima, donde se reforman las clausulas: segunda del domicilio social, décima tercera de la administración, decima sétima de la representación y se agrega la vigésima primera del agente residente.—San José, a las quince horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—RP2012333058.—(IN2012116255).

Por escritura número 143, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 25 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Bellavista del Noreste IBENESA S. A.; con domicilio social en Cartago, La Unión, Residencial Montserrat, 400 metros este de la iglesia católica, casa 3. Capital social: cien mil colones. Plazo: 99 años. Presidente Carlos Luis Villarreal Méndez.—Heredia, 18 de diciembre del 2012.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012333059.—(IN2012116256).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las nueve horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Agrovet del Sur Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de El General, Pérez Zeledón. Presidente y secretario: representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 21 de noviembre del 2012.—Lic. Nuria Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012333062.—(IN2012116257).

NOTIFICACIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA FINANCIERASUCURSAL DE PALMAR NORTEUNIDAD GESTIÓN DE COBRO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja

Costarricense del Seguro Social de Palmar Norte y Ciudad Cortés, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede cinco días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a las fechas indicadas en los recuadros y pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

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SUCURSAL DE PALMAR NORTE

MONTO ADEUDADO AL 11/12/2012

N° N° identificación Nombre Monto

01 2-03101448232-001-001 El Tranquilo Sierpe Sociedad Anónima

180.435,00

02 2-03101276130-001-001 Finca Cansot Sociedad Anónima 249.865,00

03 2-03101054408-001-002 Veterinaria Agropalmar Sociedad Anónima

378.494,00

04 0-00800870041-999-001 Wang Gao Yeduo 179.430,00

05 0-00800870041-001-001 Wang Gao Yeduo 195.318,00

06 0-00900430185-999-001 Blanco Chaves Carlos Luis 123.096,00

07 0-00600710771-999-001 Morales Mejía Juan 103.374,00

08 0-00106840374-999-001 Fuentes Marín Javier 182.104,00

09 7-00017614358-999-001 Ramos Ramírez Denis José 223.613,00

10 0-00603060019-999-001 Sánchez Guerrero Floribeth 267.826,00

11 0-00602920961-999-001 Torres Gómez Giovanni 431.168,00

12 0-00603440118-999-001 Cuadra Jenkins Kerlin Adriana 600.066,00

13 0-00603450486-999-001 Ramírez Badilla Carlos Antonio 493.779,00

14 0-00602140412-999-001 Chavarría Chavarría Santos 405.034,00

15 0-00109000059-999-001 Saborío Solís Walter Francisco 349.612,00

16 0-00603470660-999-001 Barrantes Acuña Norberto 473.338,00

17 0-00112160712-999-001 Cascante Pérez David 62.536,00

18 0-00107810490-999-001 Gómez Brenes Roger 387.071,00

19 0-00112890589-999-001 Alfaro González Fabián 360.417,00

20 0-00014412831-999-001 Quesada Lastre Rafael Enrique 178.194,00

21 0-00105320340-999-001 Cole Chacón Adolfo 113.122,00

22 7-00025053988-999-001 Luick Noindicaotro Vickie Linn 67.628,00

23 7-00016269875-999-001 Pomare Duarte Eduardo 403.768,00

24 0-00604470833-999-001 Méndez Sánchez Carlos Eduardo 220.609,00

25 7-00026630264-999-001 Gutiérrez Bedoya Nubia del Socorro

204.915,00

26 0-00205190669-999-001 Vega Rodríguez Cristian 158.045,00

27 0-00602300345-999-001 Martínez Arias William 143.925,00

28 0-00203040483-999-001 Sánchez Sequeira Carlos Luis 111.822,00

29 0-00602870766-999-001 Herrera Fernández Yeni 254.478,00

30 0-00601870852-999-001 Mora Lázaro Jorge Enrique 141.399,00

31 0-00602540573-999-001 Sánchez Centeno Ana Yanci 94.827,00

32 0-00601670123-999-001 Centeno Sosa Alfredo 137.643,00

33 0-00108870003-999-001 Godínez Arias Allan 158.342,00

34 7-00016024916-999-001 Castillo Rocha Francisco 230.153,00

AGENCIA DE CIUDAD CORTÉS

MONTO ADEUDADO AL 11/12/2012

N° N° patronal Nombre patrono Monto

01 0-00600820840-999-001 López Espinoza German 700.720,00

02 0-00602140444-999-001 Bendaña Núñez Randall 169.927,00

03 0-00601340796-999-001 Méndez Alfaro Carlos Francisco 397.478,00

04 0-00603460453-999-001 Navarro Umaña Jairo 22.219,00

05 0-00107680680-999-001 Montero Barquero Álvaro 218.991,00

06 0-00503290195-999-001 García Lobo Alan 121.242,00

07 0-00109710624-999-001 Zúñiga Ureña Mauro Luis 258.842,00

08 0-00602620227-999-001 Cordero Mora Ovidio 292.801,00

AGENCIA DE CIUDAD CORTÉS

MONTO ADEUDADO AL 11/12/2012

N° N° patronal Nombre patrono Monto

09 0-00108650877-999-001 Campos Díaz Jorge Alejandro 157.014,00

10 0-00108430960-999-001 Picado Valverde Félix 277.483,00

11 0-00601940084-999-001 Porras Bolívar José Ángel 247.432,00

12 0-00900730648-999-001 Leitón Carranza Geovanny 237.461,00

13 0-00110070546-999-001 Grajal Gamboa Allan Mauricio 183.697,00

14 7-00016561460-999-001 Belanger Noindicaotro Marco 188.936,00

Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—(IN2012115245).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURALDIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZSe hace saber a los señores Óscar Manuel Rodríguez González,

cédula de identidad N° 1-0461-0895, y Juana María Hidalgo Navarro, cédula de identidad N° 2-0254-0676, que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario.—Dirección Región Central, Cartago.—Asesoría Legal, a las 12:40 horas del 21 de noviembre del 2012. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas, la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735 de 29 de marzo de 1982, el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras, publicado en La Gaceta Nº 32 del 15 de febrero de 1994, se inicia el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, según expediente administrativo RV-00011-12, en su contra, como asignatarios y propietarios registrales de la Parcela N° 32 del Asentamiento San Gabriel, sito en el distrito Carara, cantón Turrubares, de la provincia de San José. En vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono injustificado de la parcela...”, el domicilio de los adjudicados es desconocido al no localizarse ni en la zona ni en el predio, se procede a notificarles esta resolución mediante publicación de dos edictos en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será menor a quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la segunda publicación. Se ha fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 08:30 horas del día 25 de enero del 2013, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias legales que se derivan de la extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Puriscal, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Para consulta y estudio se informa que el expediente, por medio del cual se instruye este proceso, se encuentra en la Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Asesoría Legal.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo.—O. C. Nº 7297.—Solicitud Nº 3813.—C-90260.—(IN2012115780).

FE DE ERRATASMUNICIPALIDADESFEDERACIÓN METROPOLITANA DE MUNICIPALIDADES

REGLAMENTO SOBRE LICENCIAS DE EXPENDIO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

En relación con la publicación del día martes 18 de diciembre de 2012, Gaceta número 244, se aclara que la misma se formuló otorgando un plazo de diez días hábiles de consulta a los interesados para los efectos del artículo 43 del Código Municipal, plazo que rige a partir de esta publicación.

Juan Antonio Vargas Guillén, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012117559).