Monitoreo Democratico - edicion 002

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Lea además: Entrevista con Carlos Navarro Fierro, del Instituto Federal Electoral de México. Nuestra siguiente edición será hasta el día 10 de enero de 2011. Te deseamos felices fiestas !! Año I Edición 002

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Edición 02 del Monitoreo Democrático de las elecciones Guatemala 2011

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Lea además:Entrevista con Carlos Navarro Fierro, del Instituto Federal Electoral de México.

Nuestra siguiente edición será hasta el día

10 de enero de 2011. Te deseamos felices fiestas !!

Año I Edición 002

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editorial

directorio

Previo a iniciar el descanso de fin de año los ciudada-nos de este país debemos reflexionar sobre lo ocurrido durante el mismo, la campaña anticipada nos ha demos-trado que existen organizaciones políticas interesadas en gobernar aunque para ello tengan que incumplir la Ley Electoral y de Partidos Políticos. El Tribunal Supremo Electoral, TSE, ha sancionado organizaciones y perso-nas, sin embargo, estos no han logrado cambiar la mala actuación.

Para muchos no será nada nuevo porque como bien lo señala Pedro Trujillo es una costumbre en el país que se incumplan las normas. Sin embargo, cómo es posible que ofrezcan que durante su gestión existirá un Estado de Derecho si ellos no cumplen las mínimas normas de conducta de su quehacer. Para exigir algo hay que tener solvencia. Desde este espacio de información se consi-dera que aquellas organizaciones que no cumplen la ley no podrán hacerla cumplir.

Cuando se lee el contenido del artículo 219 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos se aprecia el espíritu de la norma, propaganda electoral o campaña electoral durante un período determinado de tiempo, luego de la convocatoria a elecciones generales, lo cual ocurrirá el próximo dos de mayo del 2011. Lo más irónico es que en este incumplimiento participan partidos políticos con años de vigencia en el país, nuevas organizaciones po-líticas ofreciendo cambiar haciendo lo mismo, líderes locales, regionales y nacionales, ahora se suma hasta un expresidente de la República.

Que tendrá que ocurrir en este país para que la clase po-lítica responda a las expectativas de la población y sobre todo que sea respetuosa del marco jurídico vigente. No es tolerable aunque si permitido la realización de cam-paña anticipada.

A quién creen que engañan cuando hacen llamados ciu-dadanos, o colocan vallas con el color de su partido y mensajes en los cuales utilizan populismo porque lo ex-puesto en ellos no es parte de su plan de trabajo, si es que lo tienen. O piensan que los ciudadanos creeremos que no es campaña electoral. A lo que tienen derecho los partidos políticos todo el tiempo es a realizar proselitis-mo, indicando cuál es su ideología, seminarios y talleres, pronunciamientos en temas coyunturales, pero no pedir el voto o promover imagen de líderes.

Despedimos el año 2010 sabiendo que una de las institu-ciones con mayor prestigio está a punto de sucumbir, el TSE debe cumplir con sus funciones, aunque los magis-trados hayan sido electos por los diputados integrantes de los partidos políticos.

La democracia es una forma de gobierno, los partidos políticos son actores en este escenario, la columna verte-bral de este sistema se basa en el respeto al marco legal, pareciera que las historia de la gallina de los huevos de oro se repite.

Quienes no cumplen la ley, no podrán hacerla cumplir

Director Sergio PazEditor Byron MontenegroRedacción Álvaro Martínez, Paola Rodas, Karla AlfaroDiseñoMaría José PazFotografíaKurt Zierlein, Douglas Marroquín, Walter Peña

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coyuntura

Campaña anticipada viola la ley

Todo lo relacionado con la propaganda electoral se encuentra regulado en el ca-pítulo cuarto, de la Ley Electoral y de Partidos Políticos artículos del 219 al 223, algunas organizaciones políticas no cumplen con la legislación y deberán ser sancionados por el Tribunal Supremo Electoral.

La convocatoria a elecciones se realiza-rá posiblemente el día 2 de mayo del año 2011 y es hasta esa fecha que las orga-nizaciones políticas deben realizar pro-paganda electoral, entiéndase llamar al voto o promover la imagen de posibles candidatos a puestos de elección.

Lo observado en las distintas formas de publicidad utilizadas hasta la fecha pro-mueven figuras, hacen llamados “ciuda-danos”, las organizaciones políticas se burlan de la legislación con este tipo de mañas. La excusa argumentada por unos es que existen partidos que empezaron y por eso ellos se ven obligados a rea-lizarlo.

Monitoreo Democrático copia el con-tenido del artículo 219 de la Ley Elec-

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Campaña anticipada viola la leytoral y de Partidos Políticos para que los ciudadanos juzguen si quienes dicen que gobernarán apegados al Estado de Derecho cumplen con el mismo.

Los ejemplos más destacables de incumplimiento de la ley los proporcionan los partidos con mayores po-sibilidades de triunfo a la fecha, recuerden el refrán “caballo que corre solo va ganando”, luego saturan a la población con sus mensajes y cuando exista verda-dera competencia sus mensajes no tendrán impacto.

Se hace un llamado a las autoridades del Tribunal Supremo Electoral para que apliquen sanciones a los infractores. A mantener la credibilidad en dicha insti-tución y no ceder ante las presiones de las organiza-ciones políticas o grupos de poder.

A los partidos políticos se les insta a no fracturar más la institucionalidad del Estado, a los que actualmente ejercen cargos públicos realizar llamados a lo interno de sus organizaciones para que exista respeto por la ley. A no utilizar argumentos como el actual, “como así lo hacen otros”, si quieren distinguirse y marcar diferencia ahí hay cómo.

“Artículo 219. Requisitos de la propaganda electoral y garantía de su ejercicio. La propaganda electoral es libre, sin más limitaciones que las establecidas en esta ley y de los actos que ofendan la moral o afecten al derecho de propiedad o al orden público.

Ninguna autoridad podrá impedir las manifestaciones o reuniones públicas dispuestas con fines de propa-ganda electoral, desde la convocatoria hasta treinta y seis horas antes de la señalada para el inicio de la votación; para el efecto, las organizaciones políticas deberán dar aviso a la Gobernación Departamental

respectiva.

Durante el proceso electoral, corresponde con exclu-sividad al Tribunal Supremo Electoral la aplicación de toda disposición legal o reglamentaria aplicable a la propaganda electoral.

Desde el día de la convocatoria hasta veinticuatro ho-ras después de concluido el proceso electoral, ningu-na autoridad podrá condicionar, impedir o remover propaganda electoral en los lugares legalmente auto-rizados por el Tribunal Supremo Electoral.

En cualquier caso, el material de propaganda electo-ral que se retire de conformidad con esta ley deberá ser devuelto a sus propietarios.

Dentro de un plazo de un plazo de sesenta días de concluido un proceso electoral, los partidos políticos y comités cívicos están obligados a retirar la propa-ganda electoral a favor de ellos o de su candidatos. Vencido dicho plazo, cualquier autoridad, con autori-zación del Tribunal Supremo Electoral podrá retirar-la, en cuyo caso el costo de retiro deberá ser deducido del pago de la deuda política cuando se tenga derecho a la misma.”

Chapinlandia electoral

Pedro Trujillo, analista político, comenta que la rea-lidad rebasa la normativa actual vigente, y expone si la costumbre es fuente del derecho entonces que se regule la publicidad electoral anticipada, siempre se hace, es costumbre en Guatemala. Otras prohibiciones que no tienen sentido según Tru-jillo son: el no hacer encuestas el día de la elección, el no permitir el expendio de bebidas alcohólicas,

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siempre están tutelando al ciudadano. En el tema de la campaña anticipada existen varias formas de verlo, una es legal y otra moral.

En la legal, se debe ir al texto y observar lo que la ley indica, no se debe hacer propaganda electoral entiéndase promover imagen o llamar al voto has-ta que el Tribunal Supremo Electoral convoque a elecciones y en la parte moral, cada organización política debe ajustarse y decidir si cumplirá o no la legislación.

Por ejemplo indica, la propaganda de los partidos no muestra su ideología, están haciendo imagen, no indican cual es su posición respecto a un tema coyuntural sino que mantienen frases que pueden ser utilizadas en las campañas políticas llamando al voto. Muchas de frases responden más a un populis-mo que a un mensaje serio o plan de trabajo.

En el caso de la publicidad gubernamental, la señora Sandra Torres no debe aparecer en los canales de te-levisión entregando bolsas solidarias o bien dinero. Si es una acción gubernamental abran una oficina en los municipios en la cual se indique del cinco al diez de cada mes se entregará alimentos y ayuda económica, ahí pueden ser atendidos por un emplea-do municipal o del ejecutivo que no aspire a cargo político alguno.

Las fotografías o nombres de los posibles candida-tos del Partido Patriota no deben estar apareciendo, así mismo los del Líder. Todas las organizaciones realizan campaña anticipada. Los nuevos partidos también se suman a los viejos, entonces no hay op-ción.En los ejemplos gráficos se puede observar el abu-so de las organizaciones políticas, esto debería estar ocurriendo a partir del 2 de mayo del próximo año. El Tribunal Supremo Electoral tiene una enorme ta-rea, mantener la equidad de la competencia porque si no pierde su credibilidad.

coyuntura

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entrevista

Navarro: no sirve de mucho normar, si no se tiene capacidad de sancionar

El funcionario del Instituto Federal Electoral de México, IFE, señor Carlos Navarro Fierro visitó Guatemala para compartir algunas experiencias con el Tribunal Supremo Electoral y representantes de los partidos y comités políticos.

En entrevista con Monitoreo Democrático expuso claramente “no sirve de mucho regular con rigor o detalle si se carece de facultades y recursos para asegurar su cumplimiento” en alusión a la actividad campaña electoral anticipada. Así mismo expuso que las elecciones en América Latina tienen la caracte-rística de ser más plurales y competitivas. Cualquier ventaja marca la diferencia cuando de conquistar el voto se trata. Los actos anticipados de campaña son una práctica que busca tomar ventaja.

Monitoreo Democrático: en Guatemala ha surgi-do la duda sobre que se debe entender por cam-paña electoral y proselitismo, ¿podría dar su de-finición?

Navarro Fierro: en principio me alegra que exis-ta el debate sobre un tema complicado para toda

América Latina, la campaña anticipada, campaña electoral, pre campaña y proselitismo. Como cam-paña electoral se dirá que son todas las actividades y esfuerzos realizados para orientar, conquistar o influir en el voto, se realiza dentro de un plazo de tiempo determinado por la ley de cada país. Como pre campaña debemos entender todas aquellas que se realizan a lo interno de las organizaciones po-líticas como las elecciones primarias. En Améri-ca Latina se tiene el caso de Argentina, Honduras, México y Uruguay. El proselitismo es inherente al quehacer de los partidos políticos, lo deben realizar todo el tiempo, es lo que se denomina propaganda política, consiste básicamente en la promoción de su ideología, estatutos, filiales, pronunciamientos en torno a temas nacionales.

Monitoreo Democrático: lo que se realiza pre-vio a un proceso electoral llamando al voto o promoviendo la imagen de un posible ¿qué es?

Navarro Fierro: como bien hemos dicho la cam-paña electoral es el período en el cual las organi-zaciones políticas llaman al voto, es el período de

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Navarro: no sirve de mucho normar, si no se tiene capacidad de sancionar

tiempo en el cual deben promover la imagen de sus candidatos. Cada país tiene legislación que regula esto, abarca un período de tiempo determinado pre-vio al evento electoral. Porque las acciones implican un enorme abanico de opciones, entre ellas se puede mencionar: llamadas telefónicas, páginas web, men-sajes de texto, banners, anuncios televisivos, volantes, vallas publicitarias, y otros. Si esto se realiza fuera del período que establece la ley es ilegal y el órgano encargado deberá sancionar.

Monitoreo Democrático: ¿considera necesaria la regulación?

Navarro Fierro: si, el espíritu de la regulación es para dotar de certidumbre un proceso, tener reglas claras y aplicables a todos, son las condiciones mínimas de equidad en la competencia política. La legislación en América Latina establece un período promedio de 120 días previos al evento electoral para realizar la cam-paña, más tiempo no es aconsejable porque saturan al ciudadano. Se establecen reglas básicamente para evitar que exista un monopolio del poder público, se contiene al partido que está ejerciendo el poder y las

normas sirven para que todas las organizaciones cumplan con requisitos mínimos, así mismo, les otorga derechos o prerrogativas.

Monitoreo Democrático: ¿cómo cuáles?

Navarro Fierro: el financiamiento público, en México por ejemplo, el financiamiento privado no debe ser igual o mayor al público. Así mis-mo, el acceso a los medios de comunicación, en algunas legislaciones se tiene estipulado el tiempo utilizado en radio, televisión y los espa-cios en los medios escritos. La celebración de concentraciones o fijación de propaganda, esto le sirve mucho a las organizaciones pequeñas o regionales que no pueden competir en igualdad de condiciones con las que tienen presencia a nivel nacional. Adicionalmente se tiene fran-quicias especiales, como el correo, en época de campaña electoral los partidos pueden gozar de este servicio.

Monitoreo Democrático: ¿y en el tema de res-tricciones?

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Navarro Fierro: las restricciones van en la misma línea de los derechos, se regula para garantizar un proceso equitativo. En cuanto al origen de la propa-ganda, ninguna organización puede ocultar el origen de la misma, o los precios a los cuales la obtienen. El contenido de la propaganda debe estar regulado, porque no se debe ofender o utilizar figuras nacio-nales, para los partidos en el gobierno se establece la no utilización de recursos públicos, se establecen límites a los gastos de campaña, tiempos de trans-misión en medios de comunicación. Un tema de mucho debate en América implica el uso de la pro-paganda gubernamental. Regular implica capacidad para controlar y sancionar.

Monitoreo Democrático: ¿qué pasa con las san-ciones?

Navarro Fierro: Las organizaciones políticas están obligadas a presentar informes y controlar el con-tenido de su propaganda, no deben permitir vicios a lo interno. No sirve de mucho regular con rigor o detalle si se carece de facultades y recursos para asegurar su cumplimiento. Los países destacados en este tipo de acciones son Argentina y Brasil, en el primero se puede suspender o reducir el monto público y en el segundo cuando se comprueba una irregularidad se quita el puesto o cargo ganado en el proceso electoral. Todo acto anticipado contradice la equidad y debe evitarse.

entrevista

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