MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE … · modificaciÓn al contrato de suministro de...
Transcript of MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE … · modificaciÓn al contrato de suministro de...
MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
1
Entre los suscritos, MÓNICA ANDRADE VALENCIA, identificada con la cédula de
ciudadanía No. 41.788.398 de Bogotá, actuando en calidad de Secretario General
de la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA, facultada para suscribir este contrato de
conformidad con la delegación que para el efecto le confiere la Resolución No. No.
0040 del 11 de enero del 2006, expedida por el Superintendente Financiero, y quien
se denominará la SUPERINTENDENCIA de una parte, y de otra, SIERVO MORALES RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 17.161.611, de
Bogotá, quien declara no encontrarse ni él ni la sociedad que representa incursos en
las causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en el artículo 8o. de la
Ley 80 de 1993, así como en las demás consagradas en la Constitución y la Ley,
actuando como Representante Legal en su calidad de Gerente General de la
sociedad SELCOMP INGENIERÍA LTDA, con domicilio principal en la ciudad de
Bogotá D.C., NIT. 800.071.819-0, facultado para contratar de conformidad con el
certificado expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá de fecha 21 de junio
2007, quien se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar la
presente modificación al contrato de suministro SF-7.005-2006 consistente en
adicionar su valor y su plazo, previas las siguientes consideraciones: 1) La
SUPERINTENDENCIA y el CONTRATISTA suscribieron el contrato SF-7.005-2006
el día veintiuno (21) de julio del dos mil seis (2006), cuyo objeto lo constituye el
suministro del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo y de mesa de ayuda
de los equipos de cómputo de propiedad de la Superintendencia; 2) De conformidad
con la cláusula quinta, del contrato SF-7.005-2006, el plazo de ejecución del
presente contrato es de un (1) año contado a partir del día 27 de julio del 2006,
previa aprobación de la garantía única por parte de la SUPERINTENDENCIA; 3) En
MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
2
la cláusula séptima del contrato SF-7.005-2006 se estableció el valor del mismo en
la suma de de CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS UN MIL
NOVECIENTOS VEINTE PESOS ($167’401.920.00) incluido IVA; 4) Mediante
memorando de fecha junio ocho (8) del 2007, el doctor Helman René Jaramillo,
Subdirector de operaciones manifestó: “En ejecución de la actividad ACTUALIZACIÓN Y
CONSERVACIÓN DE LOS NIEVELES DE SERVICIO DE LA INFRAESTRUCTURA
TECNOLOGICA E IMPLEMENTACIÓN DE PLANES DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO,
programada para el presente año dentro del proyecto de inversión para la Ampliación,
Renovación e Implementación de Tecnologías de Información en la Superintendencia, de
manera atenta solicito adelantar los trámites correspondientes para prorrogar, por el
términos de un (1) mes, el plazo de ejecución al contrato SF.7.005-2006 suscrito con
Selcomp Ingeniería Ltda., para la prestación del servicio de Suministro de mantenimiento
preventivo y correctivo y de mesa de ayuda para los equipos de cómputo de propiedad de la
Entidad de la Superintendencia Financiera, el cual vence el 26 de julio de 2007; 5) Con el
memorando mencionado anteriormente, se acompaña comunicación recibida el
veintitrés (23) de abril del 2007, del CONTRATISTA, por conducto de su
representante legal en la cual informa “Por medio de la presente nos permitimos informar
que si la Superintendencia Financiera está interesada en prorrogar el contrato vigente de
mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computo con nuestra compañía
mantendremos las condiciones técnicas y económicas actuales por el término de dos (2)
meses Valor total IVA incluido por dos (2) Meses: VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS
MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS ($27.900.320)M/CTE; 6) El doctor Carlos Ramón
Bernal, Ingeniero de la Subdirección de Operaciones con visto bueno del Subdirector
de Operaciones, justifican la modificación del contrato mediante documento de fecha
ocho (8) de junio del 2007, en la cual manifiestan: “Para el cumplimiento de sus
MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
3
funciones de inspección, vigilancia y control de las actividades financieras, bursátil y
aseguradora, así como de las administrativas inherentes a su naturaleza, la
Superintendencia Financiera de Colombia dispone de equipos de cómputo, tales como
microcomputadores de escritorio y portátiles e impresoras, a través de los cuales se
desarrollan las labores diarias de la entidad. Teniendo en cuenta que entre las funciones
asignadas a la Subdirección de Operaciones de la Superintendencia, está el desarrollo el
mantenimiento al hardware y el software que soportan los sistemas de información de la
entidad, se encuentra vigente el contrato SF.7.005-200, suscrito con la firma SELCOMP
INGENIERÍA LTDA., para la prestación del servicio de mantenimiento, preventivo correctivo
y de mesa de ayuda para los PC´s, portátiles, impresoras y demás elementos informáticos
de oficina en uso en la entidad. El servicio de mantenimiento preventivo para los equipos de
cómputo asegura su permanente funcionalidad, ya que disminuye la periodicidad de las
fallas y permite las detección temprana de problemas, mientras que el mantenimiento
correctivo garantiza la reparación rápida y oportuna de los daños que puedan presentarse
en los equipos. A través de los servicios de mesa de ayuda se efectúa el diagnóstico y se
brinda asistencia técnica al software de automatización de oficina y a los diferentes servicios
soportados en los recursos tecnológicos, utilizados por todos los funcionarios de la entidad. Teniendo en cuenta la fecha de vencimiento del contrato ya mencionado, se adelantaron,
desde el mes de febrero del presente año, las etapas de estudio de mercado, así como el
trámite de autorización de vigencias futuras ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
y el Departamento Nacional de Planeación (éstas últimas fueron autorizadas el pasado 15
de mayo de 2007), con el fin de adelantarlos trámites de contratación de los servicios
incluidos en el contrato SF.7.005-2006 por un periodo de un año. De acuerdo a lo
manifestado por el Grupo de Contratos de la entidad (se anexa copia del correo electrónico),
el cronograma establecido para dicho proceso de contratación, sin contemplar ninguna
eventualidad que se pudiera presentar en el desarrollo del proceso licitatorio, se extiende
MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
4
más allá de la fecha de finalización del contrato vigente lo cual significa que la entidad se
quedaría un tiempo sin mantenimiento. Lo recomendado por dicha área es prorrogaren un
(1) mes el plazo de ejecución del contrato vigente y recortar en el mismo período el tiempo a
contratar en la licitación en curso. De acuerdo a lo anterior, se considera necesario efectuar
la prórroga sugerida, con el fin de disponer del tiempo necesario para culminar el respectivo
proceso de licitación pública, con el fin de asegurar el correcto funcionamiento de los
elementos cubiertos por el contrato ya mencionado y minimizar los traumatismos que las
fallas en hardware y/o software acarrearían en el desempeño de las funciones a cargo de la
Superintendencia.” ; 7) Mediante documento de fecha catorce (14) de junio del 2007,
el Secretario General de la SUPERINTENDENCIA justifica la adición del citado
contrato; 8) El parágrafo del artículo 40, de la Ley 80 de 1993, establece que los
contratos podrán adicionarse hasta el cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial,
expresado éste en salarios mínimos legales mensuales, y en el presente caso no se
excede dicho porcentaje; 9) Con fundamento en lo anterior, la Junta de
Adquisiciones y Licitaciones en sesión celebrada el día veinte (20) de junio del 2007,
realizó el análisis correspondiente y recomendó por unanimidad prorrogar el plazo
de ejecución del contrato por el término de un (1) mes y adicionar el contrato SF-
7.005-2006, en la suma de TRECE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL
CIENTO SESENTA PESOS ($13.950.160.00) Incluido IVA; 10) Existe disponibilidad
presupuestal para atender en debida forma este compromiso, por valor de TRECE
MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SESENTA PESOS
($13.950.160.00) Incluido IVA, de conformidad con el certificado No. 658 del
veintinueve (29) de junio del 2007, expedido por el Coordinador del Grupo
Financiero y de Presupuesto de la SUPERINTENDENCIA. En consecuencia, las
partes acuerdan lo siguiente: PRIMERO.- Modificar la cláusula quinta del contrato
MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
5
SF-7.005-2006 en el sentido de prorrogar el plazo de ejecución en un (1) mes
contado a partir del vencimiento del plazo de ejecución del contrato SF7.005-2006. SEGUNDO.- Adicionar el valor del contrato en la suma de TRECE MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SESENTA PESOS ($13.950.160.00)
Incluido IVA en las mismas condiciones pactadas en el contrato principal. TERCERO.- GARANTIA ÚNICA.- El CONTRATISTA deberá ampliar la garantía
única por el valor adicionado y extender su vigencia por el término de un (1) mes; CUARTO.- PUBLICACIÓN.- El CONTRATISTA deberá publicar la presente
modificación en el Diario Único de Contratación Pública. QUINTO.- VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES.- En lo demás continúan vigentes en todas sus partes, las
cláusulas y estipulaciones del contrato de suministro SF-7.005-2006. SEXTO.- PERFECCIONAMIENTO.- La presente modificación se perfecciona con la firma de
las partes y el registro presupuestal. En constancia se firma en la ciudad de Bogotá
D.C., a los veinticinco (25) días del mes de julio del 2007.
MÓNICA ANDRADE VALENCIA Secretaria General
Superintendencia Financiera
SIERVO MORALES RODRÍGUEZ
Representante Legal Contratista
LSW
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
1
Entre los suscritos, MÓNICA ANDRADE VALENCIA, identificada con la
cédula de ciudadanía No. 41.788.398 de Bogotá, actuando en calidad de
Secretario General de la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA, facultada
para suscribir este contrato de conformidad con la delegación que para el
efecto le confiere la Resolución No. No. 0040 del 11 de enero del 2006,
expedida por el Superintendente Financiero, y quien se denominará la SUPERINTENDENCIA de una parte, y de otra, SIERVO MORALES RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 17.161.611, de
Bogotá, quien declara no encontrarse ni él ni la sociedad que representa
incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en
el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993, así como en las demás consagradas en
la Constitución y la Ley, actuando como Representante Legal en su calidad
de Gerente General de la sociedad SELCOMP INGENIERÍA LTDA, con
domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., NIT. 800.071.819-0, facultado
para contratar de conformidad con el certificado expedido por la Cámara de
Comercio de Bogotá de fecha 9 de mayo de 2006, quien se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de
suministro contenido en las siguientes cláusulas, previas estas
consideraciones: 1) La SUPERINTENDENCIA tiene necesidad de contratar
el suministro de mantenimiento preventivo correctivo, y de mesa de ayuda
para los equipos de cómputo de la Entidad; 2) De conformidad con lo
preceptuado en la Ley 80 de 1993, dicho suministro se tramitó como licitación
pública bajo el código LP.008-2006; 3) En desarrollo del proceso de
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
2
selección del contratista presentaron propuesta las sociedades: SELCOMP INGENIERÍA LTDA., INFORMÁTICA DATAPOINT DE COLOMBIA LTDA EN REESTRUCTURACIÓN., y TECNIMICROS INGENIERÍA LTDA; 4) La
evaluación de las propuestas estuvo a disposición de los oferentes del treinta
(30) de mayo al cinco (5) de junio de 2006, término dentro del cual las
sociedades INFORMÁTICA DATAPOINT DE COLOMBIA LTDA EN
REESTRUCTURACIÓN, y TECNIMICROS INGENIERÍA LTDA presentaron
observaciones; 5) La Junta de Adquisiciones y Licitaciones de la
SUPERINTENDENCIA en sesión celebrada el día veinte (20) de junio del
2006, teniendo en cuenta la evaluación técnica, jurídica y económica
financiera de las propuestas, realizada por la SUPERINTENDENCIA, recomendó por unanimidad adjudicar la licitación pública 008 del 2006 y
celebrar el respectivo contrato con la sociedad SELCOMP INGENIERÍA LTDA, por ocupar el primer lugar en el orden de elegibilidad, ser propuesta
hábil, cumplir con las condiciones mínimas requeridas, y ser conveniente
para los intereses de la Entidad; 6) La SUPERINTENDENCIA adjudicó la
licitación pública 008 del 2006 mediante Resolución No. 1038 de fecha
veintiuno (21) de junio del 2006, a la sociedad SELCOMP INGENIERÍA LTDA; en este acto administrativo se dió respuesta a las observaciones
formuladas a la evaluación; 7) Existe la correspondiente disponibilidad
presupuestal para atender el gasto de conformidad con el certificado No. 248
del 30 de marzo del 2006, por valor de CIENTO SESENTA Y OCHO
MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
3
TRES PESOS ($168’326.693.00) para la vigencia fiscal del 2006, expedido
por el Coordinador del Grupo Financiero y de Presupuesto de la
SUPERINTENDENCIA; 8) La partida para atender el gasto y la celebración
del presente contrato se rigen por lo dispuesto en la Ley 998 del 2005 y el
Decreto 4757 del mismo año; en consecuencia, las partes acordamos las
siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO.- El presente contrato tiene por
objeto el suministro de mantenimiento preventivo correctivo, y de mesa de
ayuda para los equipos de cómputo de la SUPERINTNENDENCIA. SEGUNDA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- Además de las
obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato, el CONTRATISTA se
obliga a: 1) Prestar, por un período de un (1) año, el servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo con aprovisionamiento de repuestos,
para los equipos de cómputo de propiedad de la SUPERINTENDENCIA cuyas características se describen en el grupo 1 del Anexo No. 1 del pliego
de condiciones “Relación de equipos de cómputo” del pliego de condiciones;
2) Para aquellos equipos cuyas garantías vencen en fechas posteriores al
inicio del respectivo contrato, relacionados en el grupo 2 del Anexo No. 1 del
pliego de condiciones, se requiere: 2.1) Prestar el mantenimiento preventivo
y correctivo, con aprovisionamiento de repuestos, a partir de la fecha de
expiración de la garantía la cual se especifica en el anexo No 1 relación de
equipos de cómputo, hasta la fecha de terminación del contrato; 2.2.) Realizar el diagnóstico y soporte en software para este grupo de elementos,
desde la fecha de inicio del contrato. El mantenimiento correctivo de
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
4
hardware se prestará a partir del vencimiento de la garantía; 3.) Para
aquellos equipos que se encuentran en garantía, relacionados en el grupo 3
del anexo No 1 del pliego de condiciones “Relación de equipos de computo”
se requiere realizar el diagnóstico y soporte en software durante el tiempo de
ejecución del contrato; 4) Para las impresoras que se encuentran en
garantía, relacionadas en el grupo 4 del anexo No 1 del pliego de
condiciones relación de equipos de cómputo” se requiere prestar el servicio
de mesa de ayuda ( diagnóstico, soporte de software y de la operación),
durante el tiempo de ejecución del contrato; 5) El personal asignado, tanto a
los mantenimientos preventivos como correctivos, debe permanecer
uniformado e identificado con su correspondiente Carné; 6) Dentro del
MANTENIMIENTO PREVENTIVO se obliga a: 6.1) Realizar dos (2) visitas
durante la ejecución del contrato, en las instalaciones de la
SUPERINTENDENCIA las cuales se destinarán a las labores
específicamente de revisión y limpieza del hardware de los equipos
relacionados en el anexo No 1 del pliego de condiciones Grupo 1 y Grupo 2
(una vez finalizada la respectiva garantía). Dichas visitas serán programadas
al momento de dar inicio al contrato; 6.2) Realizar una visita bimensual para
el caso específico de las impresoras para las labores de revisión y limpieza
de sus partes; 6.3) Cada visita de revisión y limpieza de hardware debe
incluir, al menos, las siguientes actividades: a) Limpieza externa de los
elementos utilizando los materiales y productos recomendados para realizar
esta labor; b) Limpieza interna de las unidades de drive y CD-ROM
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
5
( mediante la utilización de CDS y disquete de limpieza); c) Destape y
soplado de las CPU y teclados; d) Pruebas de operación ante el usuario del
equipo; e) Levantamiento del inventario de las máquinas, relacionando:
ubicación física (número de oficina), seriales y número de placa de inventario
de cada uno de sus componentes (CPU, monitor, teclado y mouse), nombre
del usuario y área a la que pertenece; f) La información recolectada en cada
mantenimiento será entregada al supervisor del contrato, en medio
magnético, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la
finalización del respectivo mantenimiento; 6.4) Proveer y diligenciar las
planillas de control de los mantenimientos efectuados a los equipos
relacionados en el anexo No 1 del pliego de condiciones; 6.5.) Asignar al
menos cinco (5) personas para el mantenimiento preventivo. NOTA: Deben
presentar, al inicio de cada visita, las hojas de vida con las certificaciones de
los cursos afines realizados para una mejor prestación del servicio. Esta
documentación se exigirá durante la ejecución del contrato. 7) MANTENIMIENTO CORRECTIVO se obliga a: 7.1) Mantener en las
instalaciones de la SUPERINTENDENCIA siete (7) personas de lunes a
Viernes, en el siguiente horario: Una persona de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. Una
persona de 9 a.m. a 7:00 p.m. Las restantes personas de 8:00 a.m. 6:00 p.m.
Los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m, deben permanecer al menos dos (2)
personas. Dicho personal atenderá los problemas presentados en los
equipos relacionados en el anexo No. 1, del pliego de condiciones tanto en
hardware como en software de oficina, Windows Xp, Windows 9x, Office Xp,
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
6
Windows 2003, Antivirus, correo, Java, cliente de Oracle, de Humminbird,
Aceeso a Web, entre otros; 7.2) El personal asignado para el mantenimiento
correctivo estará conformado por siete (7) ingenieros que acrediten: como
mínimo un (1) año de experiencia en este tipo de servicio objeto del contrato.
Título de Ingeniero relacionado con el área de Informática,
Telecomunicaciones o electrónica. Tener conocimientos en Windows 95,
2000, y XP, instalación cliente para conexión de Base de Datos Oracle, para
lo cual el CONTRATISTA debe certificar los conocimientos correspondientes
a cada persona. Dos (2) personas estarán certificadas en impresoras láser.
Una (1) persona certificada en clientes Outlook para prestar soporte para el
correo. Un (1) administrador de la plataforma de correo Exchange,
profesional con experiencia certificada de al menos (1) año y curso de
capacitación de mínimo ochenta (80) horas en Exchange Server. Prestar
soporte, con una persona adicional, a los funcionarios que se encuentran en
visita en las diferentes entidades vigiladas por esta Superintendencia, con
sede en la ciudad de Bogotá. Todos los costos en que se incurra por este
concepto, tales como desplazamiento, seguros de herramientas o equipos,
serán cubiertos por el CONTRATISTA. Para el personal asignado se
deberán anexar las certificaciones que permitan verificar la información
relacionada con la experiencia, así como fotocopia del título o acta de grado
correspondiente, desde el inicio y durante toda la ejecución del contrato por
el supervisor del mismo y la SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de
solicitar cambios de personal destinado al cumplimiento del objeto
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
7
contractual; 7.3) Suministrar tres (3) equipos (CPU, monitor teclado, mouse,
al menos Pentium IV de 2.8 Ghz, 80 GB en disco, serial/ATA, 1GB RAM) los
cuales durante la ejecución del contrato serán utilizados para el manejo de
una herramienta de control remoto que provee la SUPERINTENDENCIA.
Estos equipos serán retirados por el CONTRATISTA una vez finalice el
contrato; 7.4) Cuando los equipos fallen, y los daños no puedan ser
corregidos por las personas que permanecen en la SUPERINTENDENCIA, deberán dar solución al menos dentro de las ocho (8) horas hábiles
siguientes a la notificación del daño presentado y suministrar los repuestos
necesarios para el normal funcionamiento de los equipos, o en su defecto,
suministrar en calidad de soporte un equipo de igual o superior configuración
técnica; 7.5) Incluir la totalidad de partes y/o repuestos necesarios para el
correcto funcionamiento de los equipos relacionados en el Anexo 1 grupo 1 y
grupo 2 del pliego de condiciones, (una vez finalice la respectiva garantía),
sobre la base del canje y garantizar que éstos sean originales y de primera
calidad. Nota: En el caso en que el fabricante de los equipos haya dejado de
vender los repuestos para determinados modelos (debido a la obsolescencia
tecnológica de los mismos), el cambio se permitirá por repuestos y/o partes
que ofrezcan la misma funcionalidad, previa presentación de un documento
escrito expedido por el fabricante o su representante en Colombia, en el cual
indique dicha situación; 7.6) Cuando un elemento sea retirado por el personal
del CONTRATISTA, se debe diligenciar el formato expedido por el Grupo de
Almacén e Inventarios que sirva al usuario como respaldo del retiro de dicho
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
8
elemento; 7.7) Prestar el servicio en las instalaciones de la
SUPERINTENDENCIA, salvo que sea necesario el traslado de los elementos
a los centros de servicio para hacer la reparación, caso en el cual éste
correrá por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, debiendo diligenciar el
formato que permita al usuario tener soporte del servicio de reparación; 7.8) En caso que se requiera retirar un equipo o parte de éste, el CONTRATISTA deberá suministrar, en calidad de soporte y al momento del retiro, un equipo
de igual o superior configuración, previo visto bueno de la Subdirección de
Operaciones de la SUPERINTENDENCIA, o en su defecto del Subdirector de
Sistemas de Información. Se debe realizar el trámite requerido en la Entidad
(con una duración aproximada de 30 minutos), diligenciando la proforma
establecida para ese fin, previa autorización del (los) funcionarios (s) de la
SUPERINTENDENCIA; 7.9) Una vez retirados los equipos o parte de éstos,
de las instalaciones de la SUPERINTENDENCIA se dispondrá como máximo
de treinta (30) días calendario para devolver el equipo o sus partes reparadas
y en perfecto estado de funcionamiento o remplazarlo en forma definitiva por
un equipo original de igual o superior configuración, sin costo adicional. Nota: En el caso en que el fabricante de los equipos haya dejado de vender los
repuestos para determinados modelos (debido a la obsolescencia
tecnológica de los mismos), el cambio se permitirá por partes y/o equipos
que ofrezcan la misma funcionalidad, previa presentación de un documento
expedido por el fabricante o su representante en Colombia, en el cual indique
dicha situación; 7.10) El personal asignado en la SUPERINTENDENCIA
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
9
debe contar con las herramientas requeridas para diagnóstico y reparaciones
menores, tales como: destornilladores, multímetro, pinzas, equipo de
soldadura y demás elementos requeridos para una adecuada prestación del
servicio; 7.11) Dotar a cada una de las personas de planta de radios que
permitan su fácil ubicación y una rápida y oportuna comunicación entre ellos
y/o con la empresa contratista. Adicionalmente el CONTRATISTA debe dotar
a dos (2) funcionarios de la SUPERINTENDENCIA del mismo dispositivo de
comunicación del personal de planta para tener comunicación inmediata con
ellos; 7.12) Mantener en las instalaciones de la SUPERINTENDENCIA, en
calidad de soporte, al menos los siguientes elementos compatibles con los
equipos relacionados en el anexo No. 1 del pliego de condiciones: a) Tres (3)
discos duros de marca Quantum, Seagate, o equivalente serial, con
capacidad mínima de 40 GB; b) Dos (2) discos duros de marca quantum,
Seagate, o equivalente serial, con capacidad mínima de 40 GB; c) Cinco (5)
mouse PS/2 marca Microsoft o equivalente; d) Dos (2) teclados ergonómicos
PS/2 marca Microsoft o equivalente; e) Tres (3) tarjetas de red Ethernet
10/100, marca 3COM o equivalente, con conector RJ45, suministrando los
respectivos drivers de instalación y configuración; f) Un (1) microcomputador
de escritorio, de cualquiera de las marcas de los equipos relacionados en el
anexo No. 1, del pliego de condiciones, con la siguiente configuración:
Pentium IV de al menos 2.8 Ghz, Disco duro 80 GB, 1 MB en RAM, tarjeta de
red, unidad de CD-ROM; g) Una (1) impresora láser, de al menos 32 páginas
por minuto, con su respectiva tarjeta de red, cuyos suministros (cartucho de
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
10
tóner) sean compatibles con los utilizados por alguna (s) de las marcas de
impresora relacionadas en el anexo No 1 del pliego de condiciones. h) Un (1)
Equipo Pentium IV de 2.8 Ghz, D.D. 40 Gb 512 Ram, Tarjeta de red 10/100.
i) Dos (2) monitores SVGA 14”. j) Una (1) impresora láser con tarjeta de red.
K) Una (1) Impresora Lexmark departamental suministrada en el stock de
repuestos para reemplazo en caso de daño de una de las impresoras
relacionadas en el anexo 1 Grupo 4. Los elementos requeridos como soporte
estarán bajo custodia del CONTRATISTA durante el tiempo de ejecución del
contrato y serán retirados al finalizar el mismo; 7.13) Cada vez que usen
elementos del inventario suministrado por el CONTRATISTA como soporte,
se remplazarán en el inventario inicial; 7.14) Llevar control de los problemas
presentados con los equipos relacionados en el anexo No. 1 del pliego de
condiciones, así como la solución dada a cada caso, mediante la herramienta
de Help Desk suministrada por esta SUPERINTENDENCIA; 7.15) Elaborar y
entregar mensualmente estadísticas del servicio de mantenimiento correctivo
prestado a los equipos objeto de la presente contratación los cuales deben
suministrar la siguiente información: a) Estadísticas diarias del servicio, b) Estadísticas mensuales de las fallas de hardware más comunes, c) Estadísticas de las fallas distribuidas en las diferentes marcas plataformas,
d) Estadísticas quincenales de los elementos retirados y pendientes de
devolución; 8) Cumplir con los pagos de sus obligaciones con los sistemas
de salud, riesgos profesionales, y aportes a las Cajas de Compensación
Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
11
Aprendizaje SENA, cuando a ello haya lugar, de conformidad con el artículo
50 de la Ley 789 del 2002, cuyo parágrafo 2° fue modificado por el articulo
1° de la Ley 828 del 2003; 9) Publicar el presente contrato en el Diario Único
de Contratación Pública, dentro de los dos (2) días siguientes a la solicitud
efectuada por la SUPERINTENDENCIA en tal sentido; 10) No ceder ni
subcontratar el presente contrato, sin la previa autorización escrita de la
SUPERINTENDENCIA; 11) Cancelar el monto del impuesto de timbre
nacional que se cause con ocasión del presente contrato en la Pagaduría de
la SUPERINTENDENCIA de acuerdo con las normas vigentes TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA.- Esta se obliga a: 1) Pagar
al CONTRATISTA el valor del presente contrato en los términos establecidos
en la cláusula séptima, previo cumplimiento de las obligaciones
contractuales; y 2) Colaborar con el CONTRATISTA para el cumplimiento del
contrato y de las obligaciones a su cargo. CUARTA.- DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN.- La SUPERINTENDENCIA ejercerá la supervisión de la
ejecución del presente contrato a través del Subdirector de Operaciones de
la Entidad o la persona que el designe, quien será responsable de: 1) Velar
porque el objeto del presente contrato cumpla con las condiciones,
características y valores ofrecidos por el CONTRATISTA en su propuesta; 2) Velar porque se cumplan las obligaciones surgidas del presente contrato por
las partes; 3) Verificar que la calidad del objeto contractual sea óptima; 4) Expedir oportunamente las constancias de recibo a satisfacción para efecto
de los pagos; y 5) Presentar en forma oportuna informes al Grupo de
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
12
Contratos de la Entidad, según lo indicado en el Manual Interno de
Contratación de la SUPERINTENDENCIA, que esté vigente, atendiendo a la
modalidad del contrato. QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.- El plazo de
ejecución del presente contrato es de un (1) año, contado a partir del día 27
de julio del 2006 previa aprobación de la garantía única por parte de la
SUPERINTENDENCIA. SEXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- El presente
contrato tendrá una vigencia igual a la ejecución del contrato y seis (6)
meses mas, contados a partir de su perfeccionamiento. CONTRATISTA. SÉPTIMA.- VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.- El valor total
del contrato es de CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS
($167’401.920.00), de los cuales CIENTO CUARENTA Y CUATRO
MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL PESOS ($144.312.000.00)
corresponden al valor del suministro objeto del presente contrato y
VEINTITRES MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTE
PESOS ($23.089.920.00) al IVA. Dicho valor la SUPERINTENDENCIA lo pagará al CONTRATISTA mediante pagos mensuales vencidos, a través de
la Tesorería de la Entidad, dentro de los treinta (30) días siguientes a la
presentación en debida forma de la respectiva factura del periodo mensual
respectivo, ante el Grupo de Contabilidad de la SUPERINTNEDENCIA PARÁGRAFO 1°.- Para efecto del trámite del pago el CONTRATISTA deberá presentarse la correspondiente factura, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes a la expedición del certificado de cumplimiento otorgado
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
13
por el supervisor del contrato. PARÁGRAFO 2°.- Para efectos de cada pago
mensual, el CONTRATISTA deberá acreditar documentalmente el
cumplimiento de sus obligaciones, frente al Sistema de Seguridad Social
Integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) y parafiscales (Cajas de
Compensación familiar Sena, e ICBF) durante la ejecución del contrato.
PARÁGRAFO 3°.- El valor correspondiente a los pagos será consignado en
la cuenta de corriente No. 043-071819-02 del Bancolombia sucursal Puente
Aranda de la ciudad de Bogotá a nombre de la sociedad SELCOMP
INGENIERÍA LTDA. o en caso de modificación de ésta, la que indique por
escrito el CONTRATISTA, en comunicación dirigida a la Tesorería de la
Superintendencia. PARÁGRAFO 4°.- La factura deberá indicar, para efectos
del impuesto de Industria y Comercio, la actividad económica, industrial o
profesional del CONTRATISTA. OCTAVA.- SUJECIÓN AL PLAN ANUAL DE CAJA: El valor que la SUPERINTENDENCIA se compromete a pagar por
este contrato se hará con sujeción al Plan Anual de Caja. NOVENA.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA FRENTE A TERCEROS Y AL PERSONAL CONTRATADO.- El CONTRATISTA se hace responsable por
los daños y perjuicios que se causen a terceros en desarrollo y cumplimiento
del presente contrato. Además, entre el personal escogido para el suministro
del mantenimiento objeto del contrato y la SUPERINTENDENCIA no existirá
vínculo jurídico o laboral alguno. En consecuencia, el CONTRATISTA será
responsable exclusivo del pago de los salarios y prestaciones sociales e
indemnizaciones a que haya lugar. DÉCIMA.- GARANTÍA ÚNICA.- El
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
14
CONTRATISTA garantizará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del
presente contrato, mediante la constitución de garantía única a favor de la
SUPERINTENDENCIA dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la
fecha de solicitud, con un banco o compañía de seguros legalmente
establecida en Colombia cuya póliza matriz se encuentre legalmente
autorizada, la cual amparará: 1) El cumplimiento de las obligaciones por un
monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, cuya
vigencia será igual a la del contrato y dos (2) meses más; 2) La calidad de los
servicios suministrados por un monto equivalente al treinta por ciento (30%)
del valor del contrato, cuya vigencia será igual a la de este; .3) El pago de
salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal
vinculado por el CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato por
un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con
una vigencia igual a la del contrato y tres (3) años más; y 4) En póliza anexa,
el CONTRATISTA deberá constituir póliza de responsabilidad civil que frente
a terceros pueda derivarse de la ejecución del presente contrato por un
monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una
vigencia igual a la del contrato. UNDÉCIMA.- MULTAS.- MULTAS: En caso
de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA, este incurrirá en multas sucesivas, de la siguiente manera:
a) Multas por mora en el cumplimiento del plazo de ejecución: Si el
CONTRATISTA no realiza el suministro objeto del contrato dentro del
término establecido en la cláusula quinta del presente contrato, deberá pagar
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
15
a la SUPERINTENDENCIA por cada día calendario de atraso, el uno por
ciento (1%) del valor del contrato, sin que dichas sanciones sumadas
superen el diez por ciento (10%) del valor del mismo; b) Multas por
incumplimiento parcial: Si durante la vigencia del contrato el CONTRATISTA incumple alguna otra de las obligaciones contractuales diferentes al plazo
establecido, incurrirá en multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor
del contrato por cada incumplimiento, sin que en total sobrepasen el diez por
ciento (10%) del valor del mismo. Esta multa será acumulable con la indicada
en el literal a) antes referida. PARÁGRAFO Para los efectos de pago de
multas a que se refiere el literal b) de la presente cláusula, se entiende que
hay incumplimiento parcial cuando el CONTRATISTA incumpla con alguna
de las obligaciones contenidas en la cláusula segunda del presente contrato,
diferentes al plazo de ejecución del objeto contractual. DUODÉCIMA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.- En caso de incumplimiento de las
obligaciones por parte del CONTRATISTA, éste pagará a la
SUPERINTENDENCIA, a título de pena, una suma equivalente al veinte por
ciento (20%) del valor total del contrato, y su valor se imputará al de los
perjuicios que sufra la SUPERINTENDENCIA por el incumplimiento.
DÉCIMATERCERA INDEMNIDAD.- Los daños y perjuicios que el
CONTRATISTA o el personal que se utilice para ejecutar el contrato
ocasionen en desarrollo del contrato, a terceros o a la
SUPERINTENDENCIA, bien sea a las personas o a las cosas, serán
reconocidos y pagados directamente por el CONTRATISTA, totalmente a sus
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
16
expensas. Igualmente, será responsable en los términos del artículo 52 de la
Ley 80 de 1993. DÉCIMACUARTA.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES, Y CADUCIDAD.- El presente contrato se
rige por las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación y
terminación unilaterales y caducidad consagrados en el numeral segundo del
artículo 14 y artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993, y por lo dispuesto
en el artículo 50 de la Ley 789 del 2002 cuyo parágrafo 2º fue modificado por
el artículo 1º de la Ley 828 de 2003. DÉCIMAQUINTA.- NORMATIVIDAD APLICABLE Y COMPETENCIA JURISDICCIONAL.- El presente contrato
estatal se regirá por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo
en las materias reguladas particularmente en la Ley 80 de 1993 y sus normas
reglamentarias. El juez competente para conocer las controversias derivadas
de este contrato y de su ejecución y cumplimiento, será el de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa. DÉCIMASEXTA.- MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Si surgieren diferencias derivadas de la
actividad contractual, las partes podrán acudir al empleo de los mecanismos
de solución de controversias contractuales como la conciliación, amigable
composición y transacción. DÉCIMASEPTIMA.- LIQUIDACIÓN.- El presente
contrato se liquidará en forma bilateral dentro de los cuatro (4) meses
siguientes a su finalización, o dentro de los dos (2) meses siguientes al plazo
anterior, en forma unilateral por parte de la SUPERINTENDENCIA si es del
caso. DÉCIMAOCTAVA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO.- Son
documentos integrantes del presente contrato: El pliego de condiciones, la
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MESA DE AYUDA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y LA SOCIEDAD SELCOMP INGENIERÌA LTDA NIT. 800.071.819-0 SF- 7.005-2006
17
propuesta presentada por el CONTRATISTA, las comunicaciones que se
dirijan entre las partes, y demás documentos que se elaboren en la ejecución
y liquidación del presente contrato DÉCIMANOVENA .- PERFECCIONAMIENTO.- El presente contrato se perfecciona con la firma
de las partes y el registro presupuestal correspondiente. VIGÉCIMA.- EJECUCIÓN.- Para la ejecución del presente contrato se requiere de la
aprobación de la garantía única por parte de la SUPERINTENDENCIA. En
constancia se firma en la ciudad de Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del
mes de julio del 2006.
MÓNICA ANDRADE VALENCIA Secretaria General
Superintendencia Financiera
SIERVO MORALES RODRÍGUEZ Representante Legal
SELCOMP INGENIERÍA LTDA. Contratista
Lsw