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Boletín 2008 Pueblos indígenas y tribales

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Programa para promover

el Convenio Núm. 169 de la OIT

(PRO 169)

Oficina Internacional del Trabajo

Ginebra

Tel.: + 41 (0) 22 799 7556

Fax: + 41 (0) 22 799 6344

Correo electrónico: [email protected]

www.ilo.org/indigenous

Boletín

2008

Pueblos indígenas y tribales

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BOLETÍN 2008Pueblos indígenas y tribales

Las ocupaciones tradicionales

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ÍNDICE

Introducción 3

Parte I. Noticias Generales 5

La relación entre el Convenio núm. 169 y la UNDRIP 5

Ratifi cación del Convenio núm. 169 de la OIT por Nepal 6

Aplicación del Convenio núm. 169: mecanismos de consulta y participación 9

PRO 169 en Latinoamérica: hacia una planifi cación concertada y participativa 11

Taller subregional de expertos sobre trabajo infantil indígena 13

La colaboración de la OIT con la Comisión Africana sobre los Derechos Humanos

y de los Pueblos 14

Los pueblos indígenas y el desarrollo económico local 15

Pasantes indígenas en la OIT 16

Parte II. El Convenio núm. 111 de la OIT y las ocupaciones tradicionales de los pueblos indígenas 19

Introducción: los derechos y lo que corresponde hacer 19

El cultivo rotativo: una ocupación tradicional de varios pueblos indígenas en Nepal 20

Ocupaciones tradicionales de los pigmeos Baka de Camerún: la clave para su supervivencia 24

Las ocupaciones tradicionales de los pastores Kenianos 26

Indicadores relevantes para los pueblos indígenas: condición y tendencias en la práctica

de las ocupaciones tradicionales 27

Nuevas publicaciones 30

Contactos 31

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INTRODUCCIÓN:hacia la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y tribales1

1 En 2007, la Asamblea General de la ONU

adoptó la Declaración sobre los Derechos de los

Pueblos Indígenas que reafi rma la importancia de

los principios y los enfoques establecidos en el

Convenio núm. 169 de la OIT. Su adopción, por

ende, aporta un ímpetu renovado para promover la

ratifi cación e implementación de dicho convenio.

Asimismo en 2007, España y Nepal lo ratifi caron,

aumentando así a 192 el número de países que

están legalmente vinculados a cumplirlo.

Estos acontecimientos constituyen una voz

alentadora para todos los pueblos indígenas del

mundo y han creado un impulso importantísimo

para aumentar el compromiso y la colaboración en-

tre los organismos de la ONU, los donantes y otros

socios.

Existe un consenso general en cuanto a que se

debe aprovechar este ímpetu al máximo y que el

foco debe estar puesto ahora en la implementación

de modo tal de garantizar que la adopción de la

Declaración de la ONU y la ratifi cación del Conve-

nio núm. 169 de la OIT resulten en un verdadero

impacto y en mejoras para los pueblos indígenas

en sus respectivos países.

Actualmente, la OIT continúa expandiendo su

trabajo para promover los derechos de los pueblos

indígenas y mejorar su situación socioeconómica.

Uno de los elementos clave de esta labor está

a cargo de los órganos de control de la OIT que

supervisan la implementación de los convenios

ratifi cados. A través de ellos, la OIT se embarca

en un diálogo continuo con los gobiernos en torno

al Convenio núm. 169 y otros que son relevantes

para los pueblos indígenas. Esto genera experien-

cias, lecciones aprendidas y buenas prácticas que

son relevantes para todos los actores interesados

en cerrar las brechas que existen en la implemen-

tación de los derechos de los pueblos indígenas.

1 Conforme al Convenio núm. 169, la OIT usa la terminología de pueblos indígenas y tribales para comprender la diversidad de los pue-blos y las situaciones cubiertas bajo ese convenio. Sin embargo, para fi -nes prácticas, en este boletín informativo el término “pueblos indígenas” es usado para referirse a los pueblos en cuestión.

2 Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Do-minica, Ecuador, Fiyi, Guatemala, Honduras, México, Nepal, Países Ba-jos, Noruega, Paraguay, Perú, España y Venezuela.

Asimismo, la OIT cuenta con dos programas de

cooperación técnica para apoyar a los pueblos indí-

genas: el Programa para Promover el Convenio núm.

169 de la OIT (PRO 169), y el Desarrollo Económi-

co Local de los Pueblos Indígenas (IP/LED).

Esto signifi ca que la OIT puede contar con

un gran número de puntos de entrada y enfoques

complementarios que le permiten operar en varios

niveles, en diversas regiones y países, y responder

de modo fl exible a las diferentes necesidades, exi-

gencias y oportunidades que se presentan.

Un camino es el de integrar las cuestiones de

los pueblos indígenas dentro de la OIT, incluyen-

do acciones para explorar las implicancias que los

convenios fundamentales de la OIT tienen para los

pueblos indígenas en relación con la discrimina-

ción, el trabajo infantil y el trabajo forzado.

Este año la OIT se concentra en el uso del

Convenio núm. 111 sobre la discriminación en

el empleo y la ocupación como instrumento para

proteger los derechos de los pueblos indígenas a

dedicarse a sus ocupaciones tradicionales. Entre

éstas se incluyen, por ejemplo, el cultivo rotativo,

el pastoreo como así también la caza y la reco-

lección, que son de una importancia vital para la

economía, cultura e identidad de los pueblos pero

que se encuentran amenazadas en muchos de los

166 países que ratifi caron este convenio.

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Asimismo, la OIT está colaborando con el Gru-

po de Trabajo sobre Poblaciones y Comunidades

Indígenas dependiente de la Comisión Africana de

Derechos Humanos y de los Pueblos, con el objeto

de documentar la protección legal de las comuni-

dades indígenas en una serie de países africanos.

Esto es particularmente importante ya que muchos

países africanos todavía están haciendo esfuerzos

para explorar las implicancias de la Declaración de

la ONU en el contexto específi co de sus países.

Concomitantemente, la OIT está expandiendo sus

esfuerzos de formación de capacidad y capacitación

para sus empleados y socios con el fi n de aumentar

su capacidad para el diálogo y la implementación,

incluso a través de programas de capacitación re-

gional e interregional y a través de oportunidades de

pasantías para jóvenes líderes indígenas.

Este boletín pone de relieve algunas de las ex-

periencias y acontecimientos recientes en la OIT,

pero no ofrece un relato detallado de todas sus

actividades e iniciativas actuales. Por lo tanto, es-

peramos que despierte el interés de nuestros so-

cios en continuar identifi cando oportunidades para

crear asociaciones con miras a la implementación

de los derechos de los pueblos indígenas.

Birgitte Feiring,

Asesora Técnica Principal de PRO 169.

Otra de las iniciativas importantes asumidas

por la OIT ha apuntado a incluir las cuestiones de

los pueblos indígenas en los documentos de estra-

tegia de lucha contra la pobreza (DELP) de Cambo-

ya, Camerún y Nepal3. Estos procesos de país han

resaltado las difi cultades para alcanzar los com-

promisos de las instituciones nacionales e interna-

cionales para que el desarrollo sea realmente más

inclusivo. Sin embargo, la ratifi cación del Conve-

nio núm. 169 por parte de Nepal también ilustra

como un compromiso político fi rme junto con los

esfuerzos concertados y coordinados del gobierno y

de las instituciones indígenas, en cooperación con

las contrapartes internacionales, pueden cambiar

positivamente la agenda de desarrollo de un país.

En los años venideros la OIT continuará explo-

rando, documentando y compartiendo sus expe-

riencias sobre la implementación de los derechos

de los pueblos indígenas. Para ese fi n, la OIT se

ha asociado con organizaciones de pueblos indíge-

nas de todo el mundo que en la actualidad están

realizando investigaciones para documentar casos

específi cos de buenas prácticas para la implemen-

tación de los derechos de los pueblos indígenas.

3 Sobre la base de las difi cultades y oportunidades encontradas en los procesos de estos países, la OIT publicó en marzo de 2008 la guía: “Inclusión de los pueblos indígenas en las estrategias de lucha contra la pobreza - una guía de prácticas».

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refl ejar las obligaciones de los Estados en virtud

de otras fuentes del derecho internacional, como

ser la ley consuetudinaria o los principios genera-

les de la ley1.

Las diferencias en el carácter jurídico de la UN-

DRIP y el Convenio núm. 169 no deberían tener

entidad en el trabajo práctico de la OIT y otros

organismos internacionales para promover los de-

rechos humanos de los pueblos indígenas a tra-

vés de la promoción, el desarrollo de capacidad,

la investigación u otros medios. En este sentido,

el compromiso de los gobiernos con la promoción

y protección de los derechos de los pueblos indí-

genas es fundamental para el trabajo técnico y de

promoción del sistema de las Naciones Unidas.

Implicancias de la OIT y el sistema de las Nacio-

nes Unidas

El artículo 41 de la Declaración de la ONU es-

tablece que:

“Los órganos y organismos especializados del

sistema de las Naciones Unidas contribuirán a la

plena realización de las disposiciones de la pre-

sente Declaración”.

El artículo 42 estipula que:

“Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el

Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas,

y los organismos especializados … promoverán el

respeto y la plena aplicación de las disposiciones

de la presente Declaración y velarán por la efi cacia

de la presente Declaración”.

Varios organismos de la ONU ya están promo-

viendo la Declaración y el Convenio núm. 169

como un paquete de derechos, particularmente en

el contexto de Latinoamérica.

La OIT prevé que con la adopción de la UN-

DRIP, el trabajo del sistema de las Naciones Uni-

1 Se reconoce en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Interna-cional de Justicia que las Declaraciones adoptadas por la Asamblea General pueden usarse como evidencia de la ley internacional consue-tudinaria o los principios generales de la ley. También se ha reconocido que las Declaraciones han servido para desarrollar con el tiempo nuevas normas consuetudinarias. Qué normas son vinculantes para los Estados es una cuestión a evaluarse en cada caso en particular.

La relación entre el Convenio

núm. 169 y la UNDRIP

El 13 de septiembre de 2007 la Asamblea

General de la ONU adoptó la Declaración sobre

los derechos de los pueblos indígenas de la ONU

(UNDRIP). Con la adopción de esta Declaración,

las Naciones Unidas ha dado un gran paso en la

promoción y protección de los derechos de los

pueblos indígenas a nivel mundial. La OIT reci-

bió con agrado la adopción de esta Declaración ya

que confi rma el reconocimiento internacional de

los principios y derechos de los pueblos indígenas

consagrados en el Convenio núm. 169.

A continuación explicamos algunas de las prin-

cipales consideraciones que se deben hacer al

contemplar o comparar estos dos instrumentos.

Las disposiciones del Convenio núm. 169 y

de la Declaración son compatibles y se refuerzan

mutuamente. La Declaración trata todas las áreas

cubiertas por el Convenio, y además abarca ciertos

temas que este último no cubre. Ambos constitu-

yen hitos signifi cativos en el reconocimiento y la

protección de los derechos de los pueblos indíge-

nas a nivel internacional.

El Convenio núm. 169 es un tratado interna-

cional que adoptó la Conferencia Internacional del

Trabajo en 1989 y es legalmente vinculante para

los Estados que lo ratifi caron. Los tratados vigen-

tes en un país dado deben ser implementados por

éste de buena fe y, en virtud de la Constitución

de la OIT, sus miembros deben hacer efectivas las

disposiciones de los convenios ratifi cados.

Por el contrario, la UNDRIP es una declaración

adoptada por la Asamblea General de las Nacio-

nes Unidas y este tipo de declaraciones no están

sujetas a ratifi cación y por ende no son legalmen-

te vinculantes. Una declaración adoptada por la

Asamblea General refl eja las opiniones colectivas

de las Naciones Unidas que deben ser tenidas

en cuenta por todos los miembros de buena fe. A

pesar de no tener carácter vinculante, la Decla-

ración tiene relevancia legal. Por ejemplo, puede

PARTE I. NOTICIAS GENERALESPP

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das como un todo para los pueblos indígenas cobre

ímpetu. El abordar las cuestiones de los pueblos

indígenas en forma sistemática y de modo más

coherente, en especial a nivel país, es particular-

mente importante. Con este fi n el Grupo de Apo-

yo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas

(IASG, por su sigla en inglés) se reunió el 26 y 27

de febrero de 2008 para identifi car cómo el Sis-

tema de las Naciones Unidas puede trabajar más

estrechamente de modo de promover la UNDRIP

y el Convenio núm. 169 como dos instrumentos

complementarios.

En febrero de 2008 el Grupo de las Naciones

Unidas para el Desarrollo (GNUD) emitió Guide-

lines on Indigenous Peoples’ Issues que incluye s

lineamientos para facilitar este proceso. Su obje-

tivo es asistir al sistema de las Naciones Unidas

en la integración de las cuestiones de los pueblos

indígenas en actividades y programas operativos a

nivel país. La OIT ha sido un socio activo en la

preparación de estos lineamientos que toman la

Declaración de la ONU y el Convenio núm. 169

como los principales documentos de referencia.

También se hace mención a otros instrumentos in-

ternacionales como los convenios de la OIT sobre

discriminación, trabajo forzoso y trabajo infantil.

Algunos organismos regionales y nacionales han

comenzado a usar los estándares incluidos en la

Declaración de la ONU como punto de referencia.

La Comisión Africana de Derechos Humanos y de

los Pueblos (ACHPR, por su sigla en inglés), en su

comunicado sobre la Declaración2, manifestó es-

pecífi camente que esto está en línea con la posi-

ción y el trabajo de la ACHPR y que la Declaración

servirá como punto de referencia para sus acciones

destinadas a garantizar la promoción y protección

de los derechos de los pueblos indígenas en el

continente africano. La ACHPR también se refi rió

repetidamente en su trabajo a las disposiciones

del Convenio núm. 169 de la OIT, en particular

a la cuestión de la identifi cación de los pueblos

indígenas en la región africana.

Francesca Thornberry,

Coordinadora, PRO 169.

2 Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, Com-muniqué on the UN Declaration on the Rights of Indigenous Peoples, 28 de noviembre de 2007.

Ratifi cación del Convenio

núm. 169 de la OIT por Nepal

Antecedentes

La inclusión de los pueblos indígenas en las

cuestiones de estado es hoy día uno de los princi-

pales desafíos del proceso de paz y de formulación

de la constitución en Nepal. Casi el 40% de la

población Nepalí proviene de comunidades indíge-

nas denominadas adibash janajati, pero su repre-

sentación en el sistema político y administrativo es

pasible de negligencia. El acceso de estos pueblos

a los servicios sociales como la educación, la salud

y el apoyo a la agricultura está muy por debajo

del promedio nacional. Como resultado directo de

esto, la mayoría de las comunidades indígenas en

Nepal se sienten alienadas del estado. Ello está

ampliamente reconocido como una de las causas

de raíz de los 10 años de confl icto armado desde

1996 a 2006, y la rectifi cación de las desigualda-

des históricas resulta ser un paso necesario para

crear un Nepal pacífi co y próspero.

Iniciativas en pos de la ratifi cación

El 22 de agosto de 2007, el Parlamento Interi-

no de Nepal adoptó la decisión de ratifi car el Con-

venio núm. 169 de la OIT y el 14 de septiembre

éste fue ratifi cado ofi cialmente y registrado en la

OIT. Nepal es el primer país del sur asiático en

ratifi car este Convenio. Transcurrieron tres años de

esfuerzos concertados para llegar a la ratifi cación,

y especial crédito se debe asignar a la Federación

Nepalí de Nacionalidades Indígenas (NEFIN) por

su papel proactivo. También se agradece el apoyo

demostrado en el Parlamento a Pari Thapa, Bijaya

Subba, Romi Gauchan and Prakash Gurung, ho-

norables miembros del Parlamento del NCP (UNI-

FIED), CPN (UML), Congreso Nepalí, Congreso

Nepalí (Democrático). Asimismo, agradecemos a

K. B. Gurung, Nagrenda Rai, Prithibi Subba Gu-

rung, Nagendra Chaudhari, I. B. Gurung, Nabin

Chitrakar y Gokarna Rai quienes asumieron un pa-

pel crítico para infl uir a sus respectivos líderes de

sus partidos políticos con el fi n de que apoyaran la

ratifi cación del Convenio. La organización de mu-

jeres indígenas, la organización de estudiantes, los

periodistas indígenas, los académicos y grupos de

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jóvenes también ayudaron al NEFIN para abogar

por la ratifi cación. La Ofi cina de la OIT en Nepal

aportó apoyo técnico y fi nanciero al NEFIN para

sus actividades de promoción y lobby político.

Hasta 2004, la Ofi cina de la OIT en Nepal no

había tenido ningún programa especial que se fo-

calizara en el Convenio núm. 169. Como resulta-

do de ello ni los pueblos indígenas ni el gobier-

no tenían información sobre él. En septiembre de

2003, en mi carácter de Secretario General del

NEFIN, me reuní con la que en aquel entonces

era Directora de la Ofi cina de la OIT en Nepal,

Leyla Tegmo-Reddy, para analizar posibles activi-

dades relacionadas con la ratifi cación del Conve-

nio núm. 169. En esa reunión convinimos que la

OIT apoyaría al NEFIN con un pequeño subsidio

para traducir y publicar el Convenio en Nepalí y

organizar cinco talleres regionales y uno nacional

para abogar por el Convenio núm. 169. Conforme

lo acordado, traduje el convenio al Nepalí y en

2004 el NEFIN publicó 1000 copias y las distribu-

yó entre las organizaciones de pueblos indígenas

y otros organismos interesados. NEFIN organizó

cinco programas regionales de concientización en

Jhapa, Chitwan, Pokhara, Butwal y Nepalgunj y un

programa nacional en Katmandú. Estos programas

permitieron a los activistas indígenas, asesores po-

líticos y ofi ciales gubernamentales familiarizarse

con el Convenio.

Para marcar el evento del Día Internacional de

los Pueblos Indígenas en 2004, el NEFIN organizó

un programa de una semana de duración sobre el

Convenio núm. 169 para los jóvenes y estudian-

tes indígenas, que incluyó una orientación por la

Directora de la OIT en Nepal. En esa ocasión el

principal invitado fue el entonces Primer Ministro

Sher Bahadur Deuba, quien expresó públicamente

el compromiso de ratifi car el Convenio núm. 169,

señalando que el Convenio “es un marco legal útil

para la paz y el desarrollo en un país multicultural

como Nepal”. Este compromiso público del primer

mandatario frente a miles de personas indígenas y

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los medios públicos inspiró al NEFIN para conti-

nuar luchando por su ratifi cación.

En enero de 2005, el NEFIN, en colaboración

con la Fundación Nacional para el Desarrollo de

las Nacionalidades Indígenas (NFDIN) y la Ofi cina

de la OIT, organizó una conferencia nacional de

dos días sobre el Convenio núm. 169 y la creación

de paz en Nepal. Entre sus participantes estuvie-

ron presentes ministros, ofi ciales, líderes políticos,

intelectuales, activistas indígenas, medios de co-

municación y delegados de organismos donantes.

Sobre la base de su experiencia, Ian Chambers, ex

Director de la OIT y Asesor Legal de la ONU para el

proceso de la paz en Guatemala, explicó claramen-

te la importancia del Convenio núm. 169 para la

generación de la paz en un país multicultural como

Nepal. El Primer Ministro Sher Bahadur Deuba re-

pitió su compromiso de ratifi car el Convenio.

Esta conferencia sensibilizó a los ministros,

líderes políticos y burócratas nacionales sobre el

Convenio. Pero el cambio político en el país pertur-

bó el proceso de ratifi cación, ya que poco tiempo

después de su declaración en la conferencia el Pri-

mer Ministro Deuba fue derrocado. Sin embargo,

el NEFIN no se detuvo con sus programas de pro-

moción y publicó las actas de la conferencia jun-

to con un manual de concientización que incluyó

ejemplos de derechos socioculturales, económicos

y políticos de los pueblos indígenas de otros países

amparados por el Convenio.

El proceso de ratifi cación

La situación política difícil de Nepal (2002-

2006) bajo el régimen directo del Rey Gyanendra

proporcionó a los pueblos indígenas una oportu-

nidad de tomar conciencia de sus derechos y de

organizarse mejor. Bajo los auspicios del NEFIN,

los pueblos indígenas participaron activamente en

el movimiento del pueblo y presentaron su agenda

política referente a una democracia inclusiva a tra-

vés de la reestructuración del estado.

Mediante la Proclamación Real del 24 de abril

de 2006, el Rey Gyanendra entregó sus faculta-

des políticas y administrativas al pueblo Nepalí, el

Parlamento disuelto fue reinstaurado y se formó un

gobierno de coalición que comprendía siete parti-

dos políticos. Después de establecido el gobierno

democrático, el NEFIN organizó una serie de pro-

gramas de orientación, concientización y lobby y

cerró las reuniones de consulta para infl uenciar al

gobierno, los miembros del Parlamento y los líde-

res de los partidos políticos para que se ratifi cara

el Convenio núm. 169. La Ofi cina de la OIT en Ne-

pal también estableció el diálogo con el Gobierno.

Todas estas actividades crearon una presión direc-

ta o indirecta en el Gobierno para considerar muy

seriamente la ratifi cación.

Como resultado de ello, el Ministerio de Desa-

rrollo Local elaboró la resolución de ratifi cación y la

presentó ante el Parlamento que la adoptó unáni-

memente. Luego, el Gobierno formó un Comité de

Estudio con los secretarios de todos los ministerios

de línea, para preparar un análisis exhaustivo de la

legislación nacional y del Convenio núm. 169 que

luego fue presentado ante el Gobierno.

El 15 de enero de 2007, los maoistas se incor-

poraron al Parlamento interino y el 1 de abril al

gobierno interino de Nepal. Su participación en el

parlamento interino y luego en el gobierno retrasó

el proceso ya que necesitaban tiempo para estu-

diar el Convenio. El 22 de agosto el NEFIN fi rmó

un acuerdo de 20 puntos con el gobierno y uno

de ellos hacía referencia al Convenio núm. 169.

El mismo día, el Parlamento interino sancionó la

resolución de ratifi cación y el 14 de septiembre el

Ministro de Desarrollo Local notifi có ofi cialmente a

la Ofi cina de la OIT en Nepal.

Implementación

El Gobierno de Nepal ha fi rmado muchos ins-

trumentos y convenios internacionales pero la falta

de implementación continúa siendo un problema.

Se corre el riesgo de que esto también suceda con

el Convenio núm. 169. Pero este Convenio es un

instrumento internacional legalmente vinculante.

Los países fi rmantes están obligados a implemen-

tarlo después de su ratifi cación. Es una cuestión

de orgullo que Nepal haya ratifi cado el Convenio

sin mayores dilaciones y el Gobierno lo percibe

como un marco para el desarrollo de los pueblos

indígenas de Nepal.

Teniendo en cuenta la importancia y relevancia

del Convenio, ya se ha incluido en el Plan interino

de Desarrollo trienal (DELP) de Nepal. Asimismo,

durante la última semana de enero de 2008, el Go-

bierno formó un Grupo de Trabajo de 22 miembros

para hacerse cargo de la implementación. Del 27

al 29 de febrero de 2008, el Ministerio de Desarro-

llo Local, en colaboración con la OIT y el NEFIN,

organizó un taller nacional de tres días para pre-

parar un marco lógico para la implementación del

Convenio. Los participantes del taller provinieron

de las comunidades indígenas, los ministerios de

línea, las agencias donantes y otros actores. Du-

rante esos tres días se trabajó muy intensamente

para preparar un marco lógico para un período de

tres años con un plan de acción prioritario para los

próximos seis meses (marzo-agosto).

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La estrategia de implementación es bastante

ambiciosa: uno de los indicadores de éxito es que

Nepal sea citado como una de las mejores prácti-

cas en el mundo en la implementación de los dere-

chos de los pueblos indígenas. La estrategia inclu-

ye 8 resultados esperados, entre ellos: la creación

de mecanismos de consulta y participación de los

pueblos indígenas en la toma de decisiones, el

planeamiento y el proceso de implementación en

todo nivel; la creación de una Comisión Indígena

semi-jurídica; la revisión de las políticas guberna-

mentales, los programas y el marco legal en línea

con el Convenio; la promoción de la apropiación

y el acceso a la tierra y otros recursos naturales

por parte de los pueblos indígenas; y mejorar la

información referente a la situación de las comu-

nidades indígenas en Nepal, incluído el aporte de

datos desglosados. El plan de actividades incluye

sesiones de instrucción y el desarrollo de capaci-

dad, estudios, revisión y la reforma de leyes y la

apertura de centros de información. Con el fi n de

implementar estas actividades, el Gobierno de Ne-

pal está buscando el apoyo técnico y fi nanciero de

la OIT y otros donantes internacionales.

Dr. Om Gurung,

Asesor y ex Presidente del NEFIN.

Aplicación del Convenio

núm. 169: mecanismos

de consulta y participación

Desde su ratifi cación hasta la fecha, ha habido

considerables progresos en la aplicación del Con-

venio núm. 169. La Comisión de Expertos en Apli-

cación de Convenios y Recomendaciones (CEACR)

de la OIT ha recibido comunicaciones sobre la

aplicación del Convenio y ha realizado exámenes

periódicos de los informes de los Gobiernos, que

refl ejan los principales obstáculos y desafíos para

su plena aplicación. Además, el Consejo de Admi-

nistración de la OIT ha adoptado informes sobre

reclamaciones de pueblos indígenas que conclu-

yen en recomendaciones cuyo seguimiento incum-

be a la CEACR.

Las reclamaciones y comunicaciones recibidas

refl ejan la vitalidad del Convenio y de los procedi-

mientos de control de la OIT. El seguimiento de la

aplicación del Convenio permite observar que en

los últimos años, se ha pasado de escasas disposi-

ciones legales relativas a los pueblos indígenas en

el momento de la adopción del Convenio, a la in-

troducción de los derechos indígenas en las Cons-

tituciones en la década pasada hasta llegar a la

actualidad en que la elaboración de mecanismos

y procedimientos de participación y de consulta

ha devenido un tema insoslayable. En este sen-

tido, el Convenio y los órganos de control están

contribuyendo efi cazmente a la promoción del diá-

logo como principal mecanismo de inclusión de los

pueblos indígenas en los procesos de desarrollo y

de prevención de confl ictos.

En ese contexto se inscribe el último informe

adoptado por el Consejo de Administración sobre

una reclamación relativa al Convenio, el segui-

miento de cuyas recomendaciones corresponde a

la CEACR y constituye una parte esencial y a largo

plazo de su tarea.

El referido informe, de junio de 20073, se refi e-

re a la consulta y la participación con relación a la

exploración y explotación minera, y a la consulta

con relación a la situación jurídica de las tierras.

Respecto de la consulta, el informe manifestó:

“Considerando que el establecimiento de

mecanismos efi caces de consulta y parti-

cipación4 contribuyen a prevenir y resolver 4

confl ictos mediante el diálogo, disminuyen

las tensiones sociales y son el instrumento

previsto por el Convenio para que los planes

y programas de desarrollo sean verdadera-

mente incluyentes, el Comité subraya la ne-

cesidad de desplegar esfuerzos para intentar

generar consensos en cuanto a los procedi-

mientos, de facilitar su acceso dándoles am-

plia difusión y de crear un clima de confi an-

za con los pueblos indígenas que propicie un

diálogo productivo.(…) es consustancial a

toda consulta la instauración de un clima de

confi anza mutua5”.

En cuanto a la consulta y la situación jurídica

de las tierras el informe estableció:

“Tal como lo establecen los artículos 13, 2)

y 15, 2) del Convenio y lo han aplicado de

3 Documento GB 299/6/1.4 Negrillas siempre agregada.5 Parrafo 53.

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Page 11: Mise Newletter 2008 S · que las Declaraciones han servido para desarrollar con el tiempo nuevas normas consuetudinarias. Qué normas son vinculantes para los Estados es una cuestión

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manera reiterada los órganos de control, el

Convenio no exige que los pueblos indígenas

tengan títulos de propiedad a los fi nes de la

consulta prevista en el artículo 15, 2). La

consulta prevista en el artículo 15, 2) proce-

de respecto de los recursos de propiedad del

Estado que se encuentren en las tierras que

los pueblos interesados ocupan o utilizan de

alguna manera, tengan o no, título de propie-

dad sobre los mismos6”.

Respecto de los estudios de impacto ambiental

y la consulta, el informe dejó sentado que:

“el estudio de impacto ambiental no reem-

plaza la consulta y participación previstos en

el Convenio”

En las conclusiones se tuvo en cuenta la ne-

cesidad de institucionalización de mecanismos de

consulta y participación que por otra parte era

compartida por el Gobierno y la organización re-

clamante:

El Gobierno solicitó que «el procedimiento de

examen de esta reclamación se oriente hacia el

fortalecimiento institucional «y la organización re-

clamante solicitó «la adopción de políticas para el

6 Párrafo 48.

establecimiento del mecanismo institucional de

consulta a los pueblos indígenas; (...)»a 7.

Como resultado se efectuaron las siguientes re-

comendaciones resumidas:

a) se solicitó al Gobierno que establezca consul-

tas previas en los casos de exploración y explotación

de recursos naturales y que asegure la participación

de los pueblos interesados en las diferentes etapas

del proceso, así como en los estudios de impacto

ambiental y los planes de gestión ambiental;

b) se solicitó al Gobierno que realice una eva-

luación, en consulta con los pueblos interesados,

para determinar si los intereses de esos pueblos

fueron perjudicados y en qué medida y si se deter-

mina la existencia de tal perjuicio que asegure una

indemnización equitativa,

c) se instó al Gobierno a iniciar un proceso de

consulta previa al eventual nuevo otorgamiento de

licencias de exploración y explotación en las tierras

(…) con todas las comunidades interesadas que

ocupan o utilizan de alguna manera dichas tierras,

tengan o no título de propiedad;

d) se solicitó al Gobierno que, en consulta con

los pueblos indígenas, tome las medidas necesarias

para garantizar los derechos de propiedad y pose-

sión de los pueblos indígenas sobre las tierras;

7 Párrafo 58.

Foto

: Sam

uel C

arpi

nter

o.

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Page 12: Mise Newletter 2008 S · que las Declaraciones han servido para desarrollar con el tiempo nuevas normas consuetudinarias. Qué normas son vinculantes para los Estados es una cuestión

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e) se solicitó al Gobierno que, en consulta con

los pueblos indígenas, adopte medidas transitorias

de protección de dichos derechos en tanto se com-

plete el proceso de regularización de las tierras;

f) se invitó al Gobierno a desarrollar una acción

coordinada y sistemática, con la participación de

los pueblos indígenas;

g) se invitó al Gobierno a progresar en la elabo-

ración y adopción de una Ley de Consulta a Pueblos

Indígenas y de una adecuada reglamentación de las

consultas a darse cuando se exploren o exploten los

recursos naturales (minerales, forestales, hídricos

entre otros);

h) invitó a la Ofi cina a proseguir su asistencia y

cooperación técnica con el Gobierno a fi n de facili-

tar el establecimiento del proceso de consulta y de

asistir al Gobierno en la elaboración de la legisla-

ción enunciada en el punto g) de este párrafo;

Es de subrayar que la solicitud formulada por el

Consejo de Administración, invitando a la Ofi cina

Internacional del Trabajo a proseguir su asistencia

y cooperación técnica con el Gobierno en materia

de consulta, refl eja la estrecha relación entre las

recomendaciones de los órganos de control y la co-

operación técnica brindada por la OIT a través de

PRO 169. Esto constituye un nuevo desafío para

asistir a Gobiernos y pueblos indígenas en la insti-

tucionalización de mecanismos de participación y

consulta, los que, como se señaló al principio, se

han transformado en temas insoslayables y de can-

dente actualidad en la agenda de aplicación del

Convenio, tanto para los pueblos indígenas como

para los Gobiernos.

Graciela Jolidon,

Funcionaria jurídica, Equipo de Equidad,

Trabajadores Migrantes y Pueblos Indígenas

y Tribales.

PRO 169 en Latinoamérica:

hacia una planifi cación

concertada y participativa

Luego de la ratifi cación del Convenio núm. 169,

el mayor reto que enfrentan los 13 países que han

ratifi cado dicho Convenio, es la implementación

del mismo de un modo coordinado y sistemático,

y con participación de los pueblos indígenas. Un

problema grave se presenta cuando las acciones

entre las instituciones públicas son incoherentes o

hasta contradictorias. Por ejemplo, una instancia

declara un área como zona de reserva o protegi-

da, y otra la otorga en concesión. Otro problema,

muy frecuente en Latinoamérica, es la inestabili-

dad política de las instituciones encargadas de las

políticas indígenas. De ahí que una tarea central

de PRO 169 en Latinoamérica es brindar asisten-

cia técnica a los estados para que puedan desarro-

llar dicha acción concertada, aún en medio de los

cambios político-institucionales. Un ejemplo de

planifi cación concertada en proceso, lo constituye

el caso peruano.

La instancia pública nacional encargada de las

políticas en materia indígena en Perú ha cambiado

tres veces de nombre y de estatuto jurídico en el

último año, llamándose primero Instituto Nacional

de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperúano

(INDEPA), con un estatuto de organismo público

descentralizado (OPD); luego, Dirección General

de Pueblos Originarios y Afroperuano, dependiente

del Ministerio de la Mujer y el Desarrollo. Y, fi nal-

mente, ha vuelto a recuperar el nombre de INDEPA

y su estatuto de OPD, pero adscrito a este último

ministerio. Esta institución solicitó, a mediados del

2007, la asistencia técnica de la OIT para iniciar

un proceso consultivo, a fi n de elaborar un plan

nacional de implementación de derechos indíge-

nas. Con el apoyo de la OIT se elaboró una hoja

de ruta. La hoja de ruta contempla tres tipos de

acciones, a) eventos de información y formación

para los diferentes actores; b) eventos políticos,

para los actores involucrados en la planifi cación,

esto es, encuentros sectoriales del Estado, los pue-

blos indígenas, y luego un encuentro mixto; y c)

alianzas estratégicas de los actores políticos con

actores sociales comprometidos con los derechos

indígenas, como la academia, ONGs, etc.

La primera tarea fue una jornada sobre el Conve-

nio núm. 169 con todo el personal de la institución

nacional referida, para que se apropiara del Conve-

nio y de la hoja de ruta. La segunda, con el apoyo

de las ONGs, fue un taller abierto de formación so-

bre “La aplicabilidad de los derechos indígenas en

el Perú (Convenio núm. 169 y Declaración ONU)”,

con participación de todos los sectores. Y, luego de

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consultas y coordinaciones con las organizaciones

indígenas, concluyó el año 2007 con un taller na-

cional de organizaciones de pueblos indígenas en

el que participaron aproximadamente ochenta per-

sonas de diversos puntos del país. Este taller per-

mitió hacer un diagnóstico sobre el cumplimiento

del Convenio y propuestas para el plan nacional,

desde las prioridades indígenas.

Sin embargo, los cambios de ministros de fi n

de año y una reforma legislativa que nuevamente

implicó cambios para la institución nacional men-

cionada, retrazaron el reinicio de la planifi cación

concertada este año. Felizmente, como los dife-

rentes actores quedaron motivados, siguieron in-

sistiendo por la continuidad del proceso. Luego de

un compás de espera, nuevamente, el ahora INDE-

PA, ha solicitado a la OIT continuar con la asisten-

cia técnica para retomar el plan trazado y hacer los

reajustes que correspondan.

El caso del Perú muestra que puede haber mu-

chas fl uctuaciones políticas que amenazan una

planifi cación concertada, en la medida que afec-

tan la institucionalidad encargada de las políticas

públicas en materia indígena. Sin embargo, hay

que mantener el soporte a los diferentes actores,

para que no se pierda la meta. La meta es el pro-

ceso mismo de coordinación y concertación. En

cada país, habrá que encontrar el modo y los ac-

tores para que se puedan ir impulsando procesos

de planifi cación concertados y participativos, no

obstante los cambios políticos, que son comunes

en la región.

Raquel Yrigoyen,

Consultora de PRO 169, América Latina.

Foto: J. Maillard.

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Taller subregional de expertos

sobre trabajo infantil indígena

La OIT y UNICEF han convocado conjuntamen-

te el “Taller subregional de expertos sobre trabajo

infantil indígena”, que tendrá lugar el 27 y 28 de

marzo en Lima, Perú, con el objeto de compartir

los principales hallazgos de tres estudios8 prelimi-

nares sobre trabajo infantil indígena realizados en

Bolivia, Ecuador y Perú y diseñar una estrategia

adecuada para seguir avanzando en el proceso.

En la región, por las condiciones de margina-

ción y exclusión de los pueblos indígenas, los ni-

ños y niñas indígenas están más afectados por las

peores formas de trabajo infantil, por lo cual se

hace necesario contar con enfoques específi cos

para combatir tales formas de trabajo infantil en

este sector de la población.

La Convención sobre los Derechos del Niño

(1990), los Convenios de la OIT en materia del

trabajo infantil: el Convenio núm. 138, sobre la

edad mínima de admisión al empleo (1973) y su

recomendación 146, así como el Convenio núm.

182, sobre las peores formas del trabajo infantil y

la acción inmediata para su eliminación (1999), y

su Recomendación 190, constituyen el marco le-

gal internacional para una acción de los estados

contra el trabajo infantil que desarrollan los niños,

niñas y adolescentes indígenas.

El Convenio núm.169 de la OIT sobre pueblos

indígenas y tribales en países independientes

(1989) da el marco para el cambio de las condi-

ciones en las que viven los pueblos indígenas. Y,

a su vez, este Convenio establece el derecho de

consulta y participación de tales pueblos en los

programas que les afecten. De ahí la necesidad de

consultarles sobre su visión del trabajo infantil y

de las iniciativas orientadas a prevenir y erradicar

dicho trabajo, para que las mismas sean cultural-

mente apropiadas y contribuyan con el fortaleci-

miento de sus derechos.

El taller proporcionará los insumos principales

para la elaboración de un documento de concep-

to sobre las nociones de infancia y pobreza que

tienen los pueblos indígenas y la ubicación que

tiene el trabajo infantil en su cultura. También

establecerá las líneas prioritarias de investigación

8 El Instituto de Estudios Perúanos (IEP) y el Programa de Forma-ción de Maestros Bilingües de la Amazonía Perúana (FORMABIAP) en Perú, la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) en Ecuador y el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) en Bolivia, han elaborado estudios preliminares, por encargo del Pro-grama IPEC de la OIT.

así como de consulta y participación de las organi-

zaciones indígenas. Dicha participación permitirá

profundizar en la problemática, y determinar cuál

es el “trabajo permitido”, culturalmente defi nido

por dichos pueblos, y cuáles las formas de trabajo

infantil que más bien se derivan de las condiciones

de explotación y pobreza que padecen los pueblos

indígenas y que afectan su desarrollo. Posterior-

mente, con participación de los pueblos indígenas

y de las instancias estatales correspondientes, se

buscará diseñar una estrategia y un plan de acción

que pueda ser asumido por las Comisiones Nacio-

nales de trabajo infantil de los países de la región.

Los documentos fi nales resultado del taller esta-

rán disponibles en: http://www.oit.org.pe/ipec/, una

vez concluido el proceso de elaboración de informes

fi nales. Mayor información en sirti [email protected].

La OIT también ha publicado recientemente las

Directrices para combatir el trabajo infantil entre

los pueblos indígenas y tribales (disponible en es-s

pañol, francés e inglés) con el fi n de proporcionar

una orientación práctica al personal y a los cola-

boradores de la OIT sobre cómo abordar las nece-

sidades y los derechos específi cos de los pueblos

indígenas y así combatir el trabajo infantil entre

los niños indígenas.

Rossana Angeles

Foto

: Mem

o G

arci

a.

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La colaboración de la OIT con la

Comisión Africana de Derechos

Humanos y de los Pueblos

África alberga a gran parte de los pueblos in-

dígenas del mundo. Estos pueblos se identifi can

y son identifi cados por otros de acuerdo con una

gama de criterios que pueden variar de país en país

como así también dentro de un mismo país. Sin

embargo, a pesar de la gran diversidad de situacio-

nes y características de los pueblos indígenas en la

región africana, también tienen muchas cosas en

común, como sucede con los pueblos indígenas de

todo el mundo. A la fecha, el concepto de pueblos

indígenas en la región africana ha sido relativa-

mente controversial. Sin embargo, recientemente,

un número de países en África comenzó a tratar las

cuestiones indígenas y los pueblos indígenas como

un grupo específi co con necesidades y derechos

particulares, demostrando así que las cuestiones

indígenas son altamente relevantes para este con-

tinente como los son para otras regiones. Si bien

el debate sobre la defi nición continúa en pié, mu-

chos consideran que no es necesario ni deseable

intentar defi nir a los pueblos indígenas dentro del

contexto regional9.

En mayo de 2001, se estableció el Grupo de Tra-

bajo sobre los Derechos de las Poblaciones/Comu-

nidades Indígenas (WGIP, por su sigla en inglés), s

compuesto por tres comisionados de la Comisión

Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

(ACHPR, por su sigla en inglés), tres expertos de

comunidades indígenas africanas y un experto in-

9 Report of the African Commission’s Working Group of Experts on Indigenous Populations/Communities, adoptado por la Comisión Africa-na de Derechos Humanos y de los Pueblos Indígenas en su 28o Sesión Ordinaria.

dependiente. Una de las primeras tareas del Grupo

de Trabajo fue examinar el concepto de los pueblos

indígenas en África y estudiar las implicancias de

la carta Africana de los Derechos Humanos y de

los Pueblos en cuanto a los derechos humanos y

el bienestar de los pueblos indígenas en este con-

tinente. El informe fue adoptado en la 34o Sesión

de la ACHPR en noviembre de 2003, y entre otras

cosas, enuncia los criterios para una posible iden-

tifi cación de los pueblos indígenas en África, y

describe algunas de las cuestiones referentes a los

derechos humanos que enfrentan tales pueblos. El

informe también señala que en general, la carta

Africana protege los derechos de los pueblos in-

dígenas y fi nalmente recomienda la necesidad de

una mayor investigación en este ámbito. Sobre la

base de sus recomendaciones, el Grupo de Trabajo

estableció un programa de trabajo que incluyó, en-

tre otros, la investigación sobre las constituciones

y la legislación nacionales africanas.

El informe10 del WGIP, como así también el tra-

bajo continuo de este Grupo de Trabajo, representa

un hito signifi cativo en el análisis de las cuestio-

nes indígenas en África. Recientemente se dieron

nuevos pasos con la adopción de la Declaración

sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de

las Naciones Unidas. En noviembre de 2007, la

ACHPR emitió un comunicado ofi cial sobre esta

declaración el cual reconoce que la Declaración

está en línea con la posición y el trabajo de la Co-

misión Africana sobre los derechos de los pueblos

indígenas. La Comisión expresó asimismo su con-

fi anza en que la Declaración se convertirá en una

herramienta sumamente valiosa y un punto de re-

ferencia para las acciones de la Comisión Africana

destinadas a promover y proteger los derechos de

los pueblos indígenas en el continente africano11.

En este contexto y con la fi nanciación de la

Comisión Europea, PRO 169 ha emprendido un

proyecto regional para examinar los marcos admi-

nistrativos, legislativos y constitucionales para la

protección de los derechos de los pueblos indíge-

nas en África. Este proyecto está siendo llevado a

cabo con la colaboración del WGIP de la ACHPR,

y su implementación se hace a través del Centro

para los Derechos Humanos en la Universidad de

Pretoria en Sudáfrica.

El proyecto comenzó en 2006, con un taller re-

gional en Yaoundé en el que participaron organiza-

ciones indígenas, gobiernos, ONGs e instituciones

10 Op Cit en la nota 22.t11 Comisión Africana sobre los Derechos de los Pueblos Indíge-

nas, Communiqué on the UN Declaration on the Rights of Indigenous Peoples, 28 de noviembre de 2007. Fo

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académicas con el fi n de defi nir en forma participa-

tiva los principales parámetros de la investigación

y la metodología que debería adoptarse. De los 25

países12 a ser cubiertos a través de investigación

de ofi cina, 10 fueron identifi cados de acuerdo a

criterios específi cos como países en los que se de-

bían hacer visitas para una investigación más ex-

haustiva. Estos países son Argelia, Burundi, Repú-

blica Centroafricana, Egipto, Etiopía, Kenia, Mali,

Namibia, Níger y Sudáfrica. El proyecto producirá

un informe completo de los hallazgos y establecerá

una base de datos de normas relevantes de la le-

gislación africana. Este material estará disponible

en Internet y constituirá una herramienta útil para

las organizaciones indígenas, los gobiernos y las

instituciones académicas.

La investigación se encuentra bastante avanza-

da y ya se han emprendido 15 informes de país. La

investigación inicial indica que no existe ninguna

legislación que específi ca y exclusivamente trate

los derechos de los pueblos indígenas en la región

africana (con la excepción del proyecto de ley so-

bre los derechos de los pueblos indígenas del Con-

go Brazzaville). Sin embargo, existen instrumentos

legislativos más amplios, por ejemplo sobre las

tierras y los recursos naturales, gobernanza tradi-

cional, descentralización y no discriminación, que

12 Estos países son: Argelia, Angola, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Chad, Camerún, República Centroafricana, Congo, República Democrática del Congo, Egipto, Eritrea, Etiopía, Gabón, Kenia, Mali, Ma-rruecos, Namibia, Níger, Nigeria, Ruanda, Sudáfrica, Sudán, Tanzania y Uganda.

pueden usarse como puntos de entrada y marcos

para la protección de sus derechos. Asimismo, si

bien la terminología ofi cial para hacer referencia

a los pueblos indígenas varía, se han establecido

medidas en varios países que están destinadas a

promover los derechos a la representación política,

la educación y el acceso a otros derechos básicos

de grupos específi cos que se autoidentifi can como

pueblos indígenas. Sin embargo, lo que también

resulta claro de la investigación inicial es que la

protección de los derechos de los pueblos indí-

genas en África continúa siendo un gran desafío

a todo nivel. Las leyes que pueden usarse como

puntos de entrada pueden carecer de la falta de

especifi cidades que son necesarias para que sean

de sumo benefi cio para los pueblos indígenas.

Además, sigue habiendo una ausencia general de

reconocimiento en cuanto a la necesidad de me-

didas especiales para garantizar el respeto de los

derechos de estos pueblos y para responder a sus

necesidades específi cas.

Por lo tanto, el proyecto de investigación se

prevé como un primer paso en un proceso, y no

solamente intentará documentar el marco legal

para la protección de los derechos de los pueblos

indígenas en África, sino las mejores prácticas y

proporcionar recomendaciones sobre cómo se pue-

den mejorar los marcos legales y los mecanismos

de implementación.

Francesca Thornberry,

Coordinadora, PRO 169.

Los pueblos indígenas y

el desarrollo económico local

El programa Pueblos Indígenas y Desarrollo

Económico Local (IP/LED, por su sigla en inglés)

es una parte integral de los esfuerzos generales de

la OIT para promover los derechos de los pueblos

indígenas y su desarrollo.

Antes de incursionar en las actividades del pro-

grama IP/LED, es importante resumirlo que impli-

ca el Desarrollo Económico Local o LED. En primer

lugar, las iniciativas LED tienen lugar dentro de

un territorio o o área específi co y a eso se refi ere a

en término local. El tamaño de “local” puede va-

riar de una aldea o pueblo a un área más grande

que implique una amplia gama de actores locales

y pueblos indígenas. Segundo, la palabra económi-

co en LED se refi ere al enfoque estratégico en el o

potencial económico y la movilización de recursos

y activos locales. Por último, el término desarrollo

se refi ere al proceso por el cual las comunidades

indígenas establecen las prioridades de desarrollo.

LED es un proceso de desarrollo participativo que

pertenece y es administrado localmente y se basa

en las necesidades, aspiraciones y apropiación lo-

cales.

El objetivo principal del programa IP/LED para

2008/2009 es trabajar junto con las comunidades

y organizaciones indígenas para crear localidades

indígenas sanas y emprendedoras en las que las

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16

mujeres, hombres y jóvenes contribuyan activa-

mente al desarrollo económico local. La visión es

hacerlo trabajando con la gente local y sus recur-

sos, permitiéndole así a la comunidad construir

de adentro hacia afuera, capitalizando los activos

locales, en lugar de afuera hacia dentro apoyándo-

se en intervenciones externas. Esto les permitirá a

los pueblos indígenas ir convirtiéndose en actores

de cambio y socios en el desarrollo en lugar de

receptores de ayuda y asistencia gubernamental.

Es un modo de fortalecer los territorios indígenas

y también de promover el acceso equitativo a los

mercados de trabajo y los servicios sociales.

Los países prioritarios para 2008/09 son Cam-

boya, Camerún, Indonesia, Kenia, Namibia y Nepal.

En Camboya, el programa apoyará las iniciativas

LED para las comunidades indígenas en Ratanakiri,

una provincia en el noroeste del país. En Camerún,

un importante proyecto LED asistirá a los pueblos

indígenas en la región noroeste. En Indonesia, se

apoyará un programa en marcha de la OIT para los

pueblos indígenas de Papúa para lanzar iniciativas

LED en las áreas seleccionadas. En Kenia, el pro-

grama está trabajando con las comunidades Laiki-

pia Maasai para identifi car y desarrollar estrategias

LED sobre la base de su patrimonio cultural. En

Namibia, se ha desarrollado un importante progra-

ma para el turismo cultural sustentable que incluye

asociaciones con las comunidades de los pueblos

San. En Nepal, un gran proyecto LED está siendo

implementado en los distritos de Dhanusa y Rame-

chhap donde los marginados Tamang representan

más del 20 por ciento de la población total. Los

procesos LED en estos distritos apoyarán la forma-

ción de capacidad, la reducción de la pobreza y la

creación de empleo en comunidades selectas.

Jens Dyring Christensen,

Coordinador, IP/LED.

Pasantes indígenas en la OIT

Como parte de sus esfuerzos en materia de en-

trenamiento y formación de capacidad, la OIT ha

aumentado las oportunidades de pasantías para

jóvenes indígenas, para trabajar en la sede central

de la OIT o en una de sus ofi cinas de campo por

períodos de 3 a 6 meses. Tres de los pasantes que

trabajaron en la OIT durante 2007-8 presentan

una breve reseña de su pasantía y la experiencia

que adquirieron.

Arthuso Malo-ay, de la tribu Higaonon, Filipi-

nas:

Me llamo Arthuso L. Malo-ay, y localmente me

conocen como Datu Pigananawan de la tribu Hi-

gaonon en Bukidnon, en el sudeste de las Filipi-

nas. En 2007, participé en el Programa de Becas

de la Ofi cina del Alto Comisionado de las Naciones

Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)

para capacitarme en el campo de los derechos hu-

manos internacionales en general y los derechos

indígenas en particular con el fi n de poder asistir a

estas comunidades y proteger y promover sus de-

rechos humanos. Después de cuatro meses como

becario, ingresé a un programa de pasantías de

cuatro meses en la ofi cina subregional de la OIT

para el sudeste asiático en Manila.

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17

Algunas de las tareas que desarrollé fueron las

siguientes: establecer listas de bases de datos de

organizaciones de pueblos indígenas, ONG y orga-

nismos subvencionantes; ayudar con la redacción de

artículos sobre trabajo infantil y otras cuestiones y

preocupaciones en materia indígena para los boleti-

nes informativos y el Programa de Trabajo Decente

de la OIT Manila. Además, asistí en la formulación

de las estrategias de seguimiento a nivel nacional

para promover la ratifi cación del Convenio núm. 169

de la OIT durante una reunión tripartita nacional so-

bre la protección y promoción de los derechos de los

pueblos indígenas. Durante esta reunión solicité po-

der exponer sobre la Declaración sobre los Derechos

de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas.

Durante la pasantía, también participé en reuniones

y consultas relacionadas con las cuestiones de los

pueblos indígenas y tribales e incluso fui testigo del

lanzamiento de la federación tribal de la tribu Tiboli

en en el lago Sebu, Cotabato Sur, y Mindanao. De

estas experiencias aprendí cómo trabaja la OIT para

mejorar las vidas de los pueblos indígenas.

Después de mi pasantía en la OIT, tuve nume-

rosas oportunidades para realizar actividades de

concientización sobre el Convenio núm. 169 de la

OIT en el nivel de la comunidad. Por ejemplo, ac-

tué como especialista para las actividades de de-

sarrollo de liderazgo en la comunidad Mamanwa, y

coordiné un taller para formular un Plan de Domi-

nio Ancestral y Desarrollo Sustentable y Protección

(ADSDPP, por su sigla en inglés) en varias reunio-

nes tribales. Algunos de mis logros al participar

en el programa de pasantía son hacer lobby, crear

alianzas y generar una red de contactos.

Binota Dhamai, comunidad Jumma (Tripura),

Bangladesh:

Me llamo Binota Dhamai y soy de la comuni-

dad indígena Jumma de las Colinas de Chittagong,

en el sudeste de Bangladesh. En 2007, tuve la

oportunidad de participar en el Programa de Becas

Indígenas de la OACNUDH.

Uno de los objetivos principales del programa fue

mejorar la capacidad de los pueblos indígenas así

como también asistirlos en sus respectivas comu-

nidades. Muchos de los organismos especializados

de la ONU contribuyen en el entrenamiento de los

becarios con sesiones especializadas para introdu-

cirlos a sus programas, acciones, mandatos y activi-

dades relacionadas con los pueblos y comunidades

indígenas. Entre estos organismos, la OIT cuenta

con un programa de capacitación especializada de

dos semanas de duración para los becarios.

Una vez que fi nalicé el programa de beca, tuve

la oportunidad de trabajar con PRO 169 en Gine-

bra como pasante durante seis meses. Lo que más

me entusiasmó acerca de la OIT fue que, de todo

el sistema de la ONU, solamente la OIT tiene ins-

trumentos legalmente vinculantes para la protec-

ción de los derechos de los pueblos indígenas.

Como pasante en PRO 169, desarrollé habili-

dades útiles y aprendí sobre muchos temas rele-

vantes (ej. los derechos a las tierras, territorios,

recursos, trabajos tradicionales y discriminación

de género y pueblos indígenas) que me ayudarán

signifi cativamente a medida que continúe mejo-

rando mi propia capacidad y conocimientos sobre

los temas que aquejan a los pueblos indígenas y

tribales. Asimismo, el haber trabajado en estos te-

mas me ha permitido identifi car oportunidades de

coordinación y colaboración.

También me doy cuenta que todavía existen

muchos desafíos para fortalecer la implementación

del programa y la política de PRO 169. Creo que

algunos puntos deben ser considerados a un nivel

institucional más amplio para promover la aten-

ción que se le presta a las cuestiones indígenas

dentro de la OIT. Estas son mis recomendaciones

al respecto:

1. La OIT debería dedicar más recursos humanos

como así también presupuesto para la coopera-

ción técnica con los pueblos indígenas, tanto en

la sede central como en sus ofi cinas de campo.

2. El personal de la OIT de todos los demás depar-

tamentos debería ser más conciente de la cues-

tión indígena de modo tal de estar en una mejor

posición para tratar los temas indígenas dentro

del contexto de su trabajo.

3. Los temas de los pueblos indígenas deberían ser

reconocidos como un elemento fundamental en

el trabajo de la OIT, teniendo en cuenta su man-

dato único respecto de las cuestiones indígenas.

Foto

: Bin

ota

Dha

mai

.

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John Ole Tingoi, comunidad Maasai, distrito de

Laikipia, Kenia

Mi relación con la ONU y la OIT comenzó hace

unos años cuando participé en campañas naciona-

les para fomentar el cambio de políticas y la revi-

sión constitucional en Kenia. Nuestro apoyo a nivel

comunidad nos hizo participar en varios foros in-

ternacionales y nuestro contacto con la OIT vino

de varias reuniones que ellos organizaron en Kenia,

como un taller sobre el trabajo infantil en el que

presentamos un caso sobre el sistema educativo no

formal entre la comunidad pastoral de Laikipia.

Como otros pueblos indígenas, la comunidad

Maasai enfrenta cuestiones complejas y a través

de sus organizaciones se ha comenzado a transitar

un proceso para tratar la pobreza a nivel local. Des-

pués de varias reuniones de consulta en la comu-

nidad realizadas en 2003, la comunidad Ilngwesi

Maasai identifi có su potencial y sus desafíos para

mejorar el desarrollo económico local. A través de

la fundación Maasai Cultural Heritage (MCH, por

su sigla en inglés), la comunidad invitó a dos orga-

nismos de la ONU (OIT y OMPI) para visitarlos en

octubre de 2006. De este modo la comunidad y los

organismos tuvieron la oportunidad de conocerse.

En un taller de consulta, la comunidad identifi có

un número de estrategias que deseaba explorar re-

lacionadas con la reducción de la pobreza. Esto

generó una asociación entre la comunidad, y la

OIT y el OMPI. En esta asociación, el factor clave

en el desarrollo de la comunidad es la utilización

de los recursos culturales y naturales respetando la

cultura y el estilo de vida de la comunidad.

Durante el taller se identifi có la necesidad de

que un miembro de la comunidad hiciera una pa-

santía en la OIT para que la MCH se familiarizara

con la OIT e identifi cara áreas de colaboración po-

tencial dentro de la comunidad.

Las buenas prácticas y logros hasta ahora son: •la pasantía ha sido conluida en forma exitosa y

se ha realizado un estudio del mercado para la

comunidad;

La comunidad ha establecido sus prioridades •y se está desarrollando actividades específi cas,

de acuerdo con sus prioridades; y

Un número de grupos comunitarios se han acer- •cado para mostrar su compromiso para trabajar

con miras a mejorar la economía a nivel comu-

nitario.

Algunos de los desafíos identifi cados son:

Manejar cuestiones de propiedad intelectual •para la comercialización de los recursos de

base cultural.

Las expectativas e ideas de colaboración futura

son:

Formación de capacidad para la MCH como orga-•

nización y para la comunidad, como así también

la mejora de la economía local a través de empre-

sas de pequeña escala y la diversifi cación de las

fuentes de sustento. Se prevé que la micro fi nan-

ciación es la herramienta ideal para garantizar la

apropiación, la sostenibilidad y los mecanismos

de rendición de cuentas.

Delinear un plan para facilitar el establecimien-•

to de micro empresas en la comunidad Ilngwesi,

proporcionar apoyo y hacer frente a los desafíos a

medida que surgen y generar formas para prote-

ger y desarrollar el patrimonio cultural y los dere-

chos de propiedad de los Laikipia Maasai.

Esperamos que la comunidad aumente sus ingre-•

sos al mejorar las estrategias de comercialización

y gradualmente la economía para reducir la po-

breza en el largo plazo.

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la recolección, pesca, pastoreo, cultivo rotativo, te-

jido y talla, son de base comunitaria y en muchos

casos constituyen la principal fuente de sustento.

Estas ocupaciones son la clave para la continuidad

de las culturas indígenas y su autonomía econó-

mica.

El Convenio núm. 169 de la OIT subraya la ne-

cesidad de reconocer el conocimiento, las habili-

dades y tecnologías específi cas de los pueblos in-

dígenas como base para sus economías tradiciona-

les y el proceso de desarrollo autodeterminado. El

PARTE II. EL CONVENIO NÚM. 111 DE LA OIT Y LAS OCUPACIONESPPTRADICIONALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Foto

: P. D

eloc

he.

Introducción: los derechos y

qué corresponde hacer

Las economías de los pueblos indígenas y triba-

les se basan en las ocupaciones y fuentes de sus-

tento tradicionales. Estas ocupaciones se basan en

un conocimiento especializado del medioambiente

y resultan de generaciones de experiencia en el

cuidado y el uso de sus tierras y recursos natura-

les. Las ocupaciones tradicionales, como la caza,

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20

Asimismo, pueden convertirse en fuente de nuevos

ingresos para los pueblos indígenas a través de la

comercialización de productos tradicionales más

allá de la comunidad, construyendo así un puente

entre las formas de sustento tradicionales y nuevas

y promoviendo el desarrollo con identidad. Existen

muchos ejemplos de comunidades indígenas que

exitosamente integraron sus ocupaciones tradicio-

nales con estrategias para el desarrollo innovadoras

e ideadas con vistas al futuro, incluyendo cazadores

y pescadores del Ártico, pastores en Escandinavia

y África oriental y la integración de cultivos comer-

ciales en los cultivos rotativos en América Latina y

Asia, por mencionar tan solo algunos ejemplos.

En segundo lugar, es igualmente urgente que las

ocupaciones tradicionales de los pueblos indígenas

estén genuinamente reconocidas y promovidas en

las políticas de desarrollo nacionales. Demasiado

a menudo, las estrategias de sustento tradiciona-

les son consideradas improductivas o retrasadas,

o incluso dañinas para el medioambiente, contra-

riamente a la información científi camente compro-

bada. El cultivo rotativo es un buen ejemplo. Se

debería proporcionar a los pueblos indígenas tierra

y otros recursos que necesiten para desarrollar sus

ocupaciones tradicionales. Siempre que sea posi-

ble, el Estado debería proporcionar a los pueblos

indígenas y tribales la asistencia técnica y fi nan-

ciera necesaria para permitirles mantener y desa-

rrollar sus economías tradicionales.

Martin Oelz,

Funcionario jurídico, Equipo de Equidad,

Trabajadores Migrantes y

Pueblos Indígenas y Tribales.

Convenio recalca asimismo que las economías tra-

dicionales deberían ser fortalecidas y promovidas

con la participación de los pueblos indígenas. Esto

no signifi ca que los pueblos indígenas no pueden

decidir buscar nuevas oportunidades económicas,

sino que cuando deseen dedicarse a ocupaciones

tradicionales su derecho de hacerlo debe ser res-

petado y promovido.

En virtud del Convenio núm. 111 de la OIT, que

ha sido ratifi cado por 166 Estados, los gobiernos

deben implementar una política nacional efectiva

para promover la igualdad de oportunidades y tra-

tamiento en relación con el acceso al empleo, y

ocupaciones particulares (incluso las ocupaciones

tradicionales de los pueblos indígenas)1.

¿Cómo se puede promover y proteger el dere-

cho de los pueblos indígenas a ejercer ocupaciones

tradicionales? En primer lugar, parece ser urgente

que quienes formulan políticas y toman decisiones

comprendan que el promover las ocupaciones tra-

dicionales no es solamente una cuestión de dere-

chos humanos, sino que es una acción inteligente.

Al ejercer ocupaciones y adoptar estrategias de sus-

tento tradicionales se previene la pauperización de

los pueblos y de las comunidades indígenas y ga-

rantiza la obtención asegurada de alimentos. Sal-

vaguarda el conocimiento tradicional que es crucial

para la supervivencia y es de gran interés para la

humanidad en su conjunto. Las ocupaciones tradi-

cionales se ejercen respetando el medioambiente.

1 Para más información detallada sobre el Convenio y su relevancia para los pueblos indígenas y tribales ver “Eliminación de la discrimina-ción de los pueblos indígenas y tribales en materia de empleo y ocupa-ción: Guía sobre el Convenio núm. 111 de la OIT”, 2007.

El cultivo rotativo:

una ocupación tradicional

de varios pueblos indígenas

en Nepal

Para muchos pueblos indígenas en Nepal, el

cultivo rotativo sigue siendo un componente cla-

ve para su subsistencia, a pesar de un ambiente

político adverso que desalienta su práctica y no

apoya a quienes lo practican. En este contexto, es

importante reconocer que el cultivo rotativo es un

sistema agrícola tradicional que es parte integran-

te de la trama social y la identidad cultural de las

comunidades indígenas. Por lo tanto, la conversión

forzada a otras formas de uso de la tierra pone en

peligro su estructura social2.

El cultivo rotativo, localmente conocido como

Khoria Kheti y/o i Bhasme, ha estado en uso por

2 Kerkhoff, E. and Sharma E. (2006) Debating Shifting Cultivation in the Eastern Himalayas: Farmers’ Innovations as Lessons for Policy. ICIMOD, Nepal. ISBN-10 92-9115-009-6.

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muchas generaciones y continúa siendo la práctica

dominante de uso de la tierra en ciertas partes

ubicadas en 20 de los 75 distritos de las colinas

de Nepal3. Estas áreas en general están en zonas

remotas y son marginales en la producción agrí-

cola, y no cuentan con oportunidades de genera-

ción de dinero. Quienes las practican pertenecen

a varios grupos indígenas (entre ellos Sherpa, Rai,

Limbu, Chepang, Gurung, Magar y Tamang) y en gg

general se encuentran entre los más pobres y mar-

ginados.

El cultivo rotativo se caracteriza por una breve

‘fase de cultivo’ que dura unos pocos años, segui-

da de una ‘fase de barbecho’ relativamente más

larga, que a nivel local es conocida como Lhose.

Lhose se defi nee 4 como el cultivo migratorio ‘tradi-

cional’ o ‘integral’ en que las comunidades indí-

genas limpian y cultivan los bosques secundarios,

y dejan parcelas para regenerarse naturalmente a

través del barbecho de duración mediana a larga.

Este es el tipo de cultivo rotativo común en Nepal,

y las etapas específi cas y características del ciclo

de este cultivo varían de las circunstancias locales.

Sin embargo, la mayoría de quienes lo practican

indican que la fase de cultivo consta de seis eta-

pas: (a) selección del emplazamiento y limpieza de

la tierra, desbroce; (b) secado del desbroce y que-

mado; (c) plantación y cultivo; (d) desmalezado;

(e) cosecha; y (f) sucesión.

Los campesinos cultivan de uno a dos años

hasta que la tierra se torna infértil y surgen de-

masiadas malezas. Tan pronto como decrece la

productividad del cultivo, dejan el área en barbe-

cho y limpian otro lote para cultivar. En décadas

recientes, la presión sobre estas tierras aumentó,

causando una escasez considerable en la fase de

barbecho. Dado que los bosques en barbecho son

la principal fuente de fertilidad de la tierra, tal

escasez perjudica enormemente la seguridad ali-

mentaria a corto plazo como así también la sos-

tenibilidad de largo plazo. Los factores que han

contribuido a la reducción del tiempo de barbecho

son la asignación de tierras para otros propósitos

(por ejemplo, forestación comunitaria y cultivo de

cardamomo) como así también la creciente pre-

sión de población.

3 Regmi, B.R., A. Subedi, K.P.Aryal and B. B. Tamang (2005) Shif-ting Cultivation Systems and Innovations in Nepal, LIBIRD, Pokhara (no publicado).

4 Fujisaka, S.; Hurtado, L.; Uribe, R. (1996) “A Working Classifi ca-tion of Slash-and-Burn Agricultural Systems.” In Agroforestry Systems, 34: 151-169.

La percepción ofi cial del cultivo rotativo

La percepción común del cultivo rotativo entre

quienes toman las decisiones y los profesionales

del desarrollo en Nepal es tendenciosa. El cultivo

rotativo es visto tan solo como un aspecto de la

crisis ambiental y hay poco entendimiento de las

circunstancias técnicas, ambientales y socioeconó-

micas subyacentes y mucha gente incluso niegan o

ignoran su existencia. Como resultado de ello, no

se cuenta con datos precisos sobre el estado actual

y la prevalencia del cultivo rotativo y los sistemas

de sustento de la gente involucrada. El gobierno

como así también las organizaciones de desarro-

llo han criticado el cultivo rotativo como impro-

ductivo, destructivo de bosques y fauna y fl ora y

mal uso de los recursos naturales, y han ignorado

o desalentado su uso. Se lo ve como un signo de

subdesarrollo, con el resultado de que la mayoría

de quienes formulan las políticas sostengan que

este tipo de cultivo no existe en Nepal.

Los programas y proyectos de desarrollo se han

focalizado en los campesinos que se dedican al

cultivo rotativo pero ello no produjo ningún impac-

to en sus vidas, o muy poco, dado que la mayo-

ría de los programas de desarrollo en materia de

agricultura y forestación no son adecuados para la

situación y las necesidades específi cas de quienes

practican el cultivo rotativo.

Asimismo, el hecho de que los campesinos in-

dígenas cuentan con conocimientos y destrezas

especializados que son adaptados a su propio am-

biente y que se han pasado de generación en ge-

neración, signifi ca que moverlos a nuevas áreas,

que incluso no son ecológicamente similares, hace

que mucho de ese conocimiento sea superfl uo. Por

otro lado, sus conocimientos en un nuevo hábitat

con recursos distintos nunca alcanzarán el mismo

nivel de conocimiento y experiencia. En Nepal, el

desarraigo de comunidades de sus propias tierras

tradicionales y base de recursos continúa siendo

una verdadera amenaza.

Derechos a la tierra

La pérdida de tierras es el principal problema

de los campesinos que se dedican al cultivo rota-

tivo. En Nepal, el cultivo rotativo no es una forma

ofi cialmente reconocida de uso de la tierra y los

campesinos no pueden registrar el uso de la tierra

para cultivo rotativo. Incluso se presentan ciertas

complicaciones para registrar su tierra como tierra

para cultivo permanente. Las políticas actuales de

forestación en Nepal han creado un gran problema

legal para estos campesinos. Algunos de ellos han

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usado y ocupado tierras por generaciones pero no

tienen un certifi cado de registro de la tierra. Por lo

tanto, el gobierno la considera como tierra estatal

de forestación que no puede ser otorgada como

bosque comunitario o de arrendamiento a grupos

comunitarios. En muchos casos, los miembros de

grupos de usuarios de bosques no son solamen-

te propietarios tradicionales, sino que incluyen

miembros de grupos más poderosos provenientes

de otros lugares. Las consecuencias de ello nunca

han sido analizadas desde la perspectiva específi -

ca de los pueblos indígenas5.

Los campesinos que no tienen certifi cados de

dominio enfrentan el riesgo de ser desalojados de

sus tierras que ocupaban tradicionalmente. En pri-

5 ICIMOD 2007. First International Decade of the World’s Indige-nous People in Asia, 1995-2004. Assessment Synthesis report. ICIMOD, Nepal. ISBN 978 92 9115 069 4.

mer lugar, son percibidos como invasores de tierras

estatales si las usan para agricultura o pastoreo.

Segundo, todas las tierras forestales estatales en

años recientes se han convertido en bosques comu-

nitarios, con el resultado de que, en muchos casos,

los “usuarios tradicionales” han perdido el acceso

y el control. En tercer lugar, solamente se puede

usar tierra registrada como garantía para présta-

mos bancarios, incluso en el Banco de Desarrollo

para la Agricultura. Esta situación de inseguridad

tiene un fuerte impacto en la gestión de las tierras

y la seguridad alimentaria. Por ejemplo, algunos

campesinos han informado que si pudieran obte-

ner un título de propiedad, harían terrazas donde

fuera posible. Sin embargo, dada la situación de

inseguridad de dominio imperante, una inversión

de tal magnitud sería demasiado riesgosa. En los

casos en los que los campesinos corren el riesgo

de ser desalojados de sus tierras, la inseguridad

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: K.P

. Ary

al.

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de dominio de las tierras puede también llevar a

la sobreexplotación y a una reducción en las fases

de barbecho.

El cultivo rotativo y el Convenio núm. 169 de la

OIT

El cultivo rotativo es una ocupación tradicional

protegida por los derechos consagrados por los

Convenios núm. 111 y 169 de la OIT. Esto es rele-

vante para aquellos pueblos indígenas e individuos

que todavía practican el cultivo rotativo y se ven

discriminados por ello. Sin embargo, esto también

es relevante para aquellos que ya se inclinaron a

otras ocupaciones, pero que todavía se enfrentan

con la discriminación porque en algún momento se

dedicaron al cultivo rotativo. El aumentar la con-

cientización respecto de estos derechos continuará

siendo relevante a pesar del hecho de que muchos

pueblos opten por dejar de dedicarse a sus ocupa-

ciones tradicionales en el futuro.

De acuerdo con los principios del Convenio

núm. 169, la OIT reconoce que ‘el ser trasladados

fuera de sus territorios tradicionales tiene un serio

impacto en la forma de vida y la identidad cultural

de muchos pueblos indígenas y tribales’6. En con-

secuencia, el cultivo rotativo debería estar formal-

mente reconocido como un método productivo de

uso de las tierras en las planifi caciones y registros

del gobierno, de la misma manera que se recono-

ce las khet (terrazas irrigadas) y las t bari (terrazas i

alimentadas por agua pluvial), junto con varios ti-

pos de forestación. Los muchos componentes del

cultivo rotativo que se encuentran actualmente

prohibidos o desalentados incluyen: 1) barbecho

forestal (ya que se da preferencia a la forestación

permanente); 2) quema controlada; 3) rotación de

campos de cultivo (que está limitada por cuestio-

nes de dominio de tierras); y 4) caza, caza con

trampas, pesca y recolección de alimentos salva-

jes, que son esenciales para cumplir con los ni-

veles mínimos de seguridad y calidad alimentaria

para la mayoría de los campesinos que se dedican

al cultivo rotativo. Se deben implementar medi-

das y disposiciones especiales para permitir que

estas prácticas sean permitadas por grupos selec-

tos sobre la base de su ocupación o condición de

pueblos indígenas, y al mismo tiempo asegurar la

gestión sustentable de los recursos naturales. De

acuerdo con el Convenio núm. 169 de la OIT, tales

“medidas especiales no deberán ser contrarias a

los deseos expresados libremente por los pueblos

interesados” (Artículo 4.2).

6 OIT, 2002. Convenio sobre los Pueblos Indígenas y Tribales. Un Manual.

Conclusiones y recomendaciones

En Nepal, el cultivo rotativo ha sido percibido

muy negativamente y las actitudes ofi ciales han

sido casi universalmente hostiles. Dado que este

tipo de cultivo es la ocupación tradicional y la for-

ma de sustento de los campesinos de varios gru-

pos indígenas en Nepal, debería ser visto como un

impulso importante. Cada grupo tiene sus propios

conocimientos expertos, sus ocupaciones tradicio-

nales y prácticas agrícolas, que se adecuan a las

circunstancias locales y están arraigadas en su cul-

tura e idioma. Quienes toman las decisiones deben

aprender a apreciar los benefi cios de una socie-

dad multicultural en la que los diferentes pueblos

aportan diferentes habilidades, conocimientos y

experiencia y encuentran maneras de aprovechar

esta riqueza. El requisito fundamental es que el

gobierno reconozca el cultivo rotativo como una

práctica aceptable del uso de la tierra.

Resulta importante respetar la relación que

existe entre las ocupaciones tradicionales (incluso

el cultivo rotativo) y la diversidad y supervivencia

cultural y étnica, y reconocer el papel que el culti-

vo rotativo juega en aportar seguridad alimentaria

y sustento para algunas de las partes más margi-

nales de la sociedad.

Algunas recomendaciones generales

Reconocer formalmente el cultivo rotativo y acep-•

tar que prohibir o desalentar este sistema agrícola

antiguo y bien integrado es una acción contrapro-

ductiva en términos del desarrollo, la seguridad

alimentaria y la conservación ambiental.

Reconocer los derechos colectivos de los pueblos •

indígenas a la tierra y a los recursos naturales

necesarios para el cultivo rotativo.

Fortalecer el papel de los campesinos indígenas •

que se dedican al cultivo rotativo en la toma de

decisiones en relación con su desarrollo y sus re-

cursos, a través de la participación y la consulta.

Proporcionar servicios de divulgación apropiados, •

que cuenten con el apoyo de investigaciones que

no sean tendenciosas y aprecien las bondades de

este sistema de cultivo para mejorarlo en lugar

de controlarlo.

Implementar en forma progresiva los Convenios •

Nos. 111 y 169 de la OIT, y aumentar la con-

cientización respecto de la aplicabilidad de estos

instrumentos para proteger los derechos de los

campesinos dedicados al cultivo rotativo.

K.P. Aryal y E.E. Kerkhoff,

Especialistas Agroforestales, ICIMOD

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Ocupaciones tradicionales de

los pigmeos Baka de Camerún:

la clave para su supervivencia

En Camerún, el término “pigmeo” se refi ere a

los pueblos Bagyeli, Bakola, Bedzan y Baka, pero

no los diferencia. Los Baka son el grupo más gran-

de , y según los resultados de un censo realizado

por el Padre Delhemme hace más de tres décadas7

son aproximadamente unos 40 000. Su número

exacto es desconocido, ya que desde entonces

no se produjeron estadísticas nacionales para ac-

tualizar esos datos. Los Baka viven en grupos que

7 Belmond Tchoumba, Indigenous and Tribal Peoples and Poverty Reduction Strategies in Cameroon, OIT, 2005.

constituyen clanes8, y ocupan campamentos en las

regiones forestales del sudeste de Camerún. Su es-

tilo de vida se caracteriza por su propia cultura y

actividades específi cas.

Los Baka organizan su tiempo entre el pueblo

(campamento) y el bosque. Sus ocupaciones tra-

dicionales respetan el ambiente natural que todos

comparten. La mayoría de estas ocupaciones no

son lucrativas. El trabajo se organiza y asigna de

acuerdo con ciertos parámetros relacionados con la

organización social y las variaciones estacionales.

Los Baka pueden pasar varios meses al año en

el bosque, cazando y recolectando provisiones y

realizando una amplia variedad de otras activida-

des en el bosque. Los hombres y mujeres raramen-

te trabajan juntos, y la caza es la ocupación prin-

cipal de los hombres. Se desplazan por el bosque

en función de la abundancia de los animales que

capturan solos o en manadas dependiendo del ta-

maño o según lo requieran ciertas prácticas. Na-

turalmente, entre la estación seca y las primeras

lluvias, los hombres también se dedican a la reco-

lección de la miel. Ésta es un recurso esencial para

su alimentación. Simboliza la riqueza y también

tiene una importancia particular ya que sirve para

la dote de las jóvenes9.

Como en la mayoría de las tradiciones pigmeas,

los Baka creen que las mujeres son el verdadero

motor tanto del hogar como de la comunidad. Si

bien sus acciones no son ampliamente evidentes,

su papel es fundamental10. Las mujeres recolectan

productos de la pesca (pescados, langostinos), raí-

ces, hongos, orugas, insectos y caracoles para el

consumo. También recolectan leña para calefac-

ción, hojas, bambú y lianas para construir chozas

(mungulu11), y a veces cortezas para pintura o uso

medicinal.

Cuando los Baka regresan a sus campamen-

tos, se dedican a actividades culturales y algunas

tareas secundarias. Los hombres crean objetos

de arte o herramientas de uso cotidiano (hacha,

lanza, arco, instrumento musical, mortero, pilón,

etc.), mientras que las mujeres se dedican a las

tareas domésticas, construir chozas, tejer o hacer

cestos.

8 En el idioma local “yé”. Es un grupo de familias que comparten los mismos ancestros.

9 Olivier Tegemo, “Les pygmées Baka et la gestion participative des aires protégées au sud-est Cameroun: une étude des zones d’intérêt cynégétique à gestion communautaire à la périphérie du parc de lo-béké”.

10 Luc Sindjoun, “Bibliographie du sexe: Genre, société et politique au Cameroun”. P 184.

11 Chozas pigmeas tradicionales construidas con ramas, lianas y hojas.Fo

to: J

osep

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u.

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Hoy en día, los Baka se están apartando lenta-

mente de su forma de vida tradicional. Se están

produciendo cambios profundos que afectan las

ocupaciones tradicionales de larga data. Gradual-

mente están cayendo presos de los tiempos que

corren y de los actos del Estado, sucumbiendo

a la fuerte presión política, ambiental y econó-

mica. En esta nueva era de sistemas de produc-

ción, los Baka están perdiendo su espacio. Se

están generando nuevas ocupaciones resultantes

en cambios que a menudo ponen en peligro el

equilibrio del “poder” – los papeles tradicionales

de los hombres y mujeres. Estos cambios están

rompiendo la armonía entre las diferentes gene-

raciones y clanes.

Por estas razones, los Baka se han visto for-

zados al sedentarismo, dado que el régimen de

dominio estatal de las tierras no los favorece;

asimismo, las leyes forestales les prohíben in-

gresar y limitan sus actividades en ciertos tipos

de bosques para los cuales no se les ha otorga-

do derechos de uso. El establecimiento de áreas

protegidas y la concesión para la explotación in-

dustrial de númerosas parcelas de bosque que

se encuentran en sus tierras ancestrales los han

llevado a un ecosistema forestal reducido despo-

jado de varios recursos que son esenciales para

su supervivencia. Ahora lejos de los grandes bos-

ques, no pudiendo cazar, pescar ni recolectar en

ciertos bosques, con difi cultad, los Baka se están

concentrando en actividades agrícolas embriona-

rias. La agricultura se basa esencialmente en pro-

ductos alimenticios para el consumo, pero como

estos productos no satisfacen sus necesidades,

están desarrollando nuevas fuentes de aprovisio-

namiento a través de otras actividades. Este es el

caso, por ejemplo, de “trabajos” en los que los

Baka “venden” su mano de obra a sus vecinos

Bantu. Los Baka toman los trabajos para pagar

deudas, obtener víveres, sal, jabón, vestimenta

y herramientas para cazar, o para ganar un poco

de dinero. Algunos Baka se ven forzados a traba-

jar contra su propia voluntad para evitar el abuso

físico.

En este mismo sentido, la industria maderera,

del turismo y de los safaris emplean a los hombres

Baka como guías ya que son conocidos por sus

amplios conocimientos del bosque. Los hombres,

mujeres y a veces los niños trabajan como “car-

gadores” para los turistas, visitantes y especial-

mente en los emplazamientos para explotación

forestal. Sin embargo, debido a su acceso limita-

do a la educación y la capacitación profesional, y

porque sus derechos y cultura están siendo viola-

dos, los Baka a menudo caen víctimas de la dis-

criminación en el empleo o de pobres condiciones

de trabajo. Quienes trabajan no siempre gozan de

condiciones de trabajo decentes y el pago que re-

ciben es a menudo irrisorio. El jornal que recibe

un pigmeo es menor que el de un Bantu12. Ac-

tualmente, muchos jóvenes Baka se encuentran

desempleados, y muchos de los que han podido

encontrar trabajo están lidiando con el alcoholis-

mo y la toxicomanía. Las jóvenes a menudo están

destinadas a la prostitución que las expone a los

riesgos del VIH y otras infecciones de transmisión

sexual, como lo ha demostrado una campaña de

evaluación organizada por la Fundación Chantal

Biya en la ciudad de Yokadouma en 2003, que

identifi có un 4% de seroprevalencia entre las pig-

meas13.

Estos hallazgos desafortunados nos hacen

concluir que las ocupaciones tradicionales de los

Baka parecen ser una medida elocuente de su

bienestar. Para mitigar las difi cultades que los

aquejan por su voluntad de asumir nuevas opor-

tunidades económicas y empleos externos, cree-

mos que es fundamental que se tomen medidas

especiales para proteger sus derechos, su cultura

y su modo de vida. El Convenio núm. 111 de la

OIT contempla la posibilidad de que se adopten

medidas especiales de acuerdo con lo estable-

cido en otros convenios y recomendaciones de

la OIT, como los Convenios núm. 107 y 16914,

que tratan específi camente la situación de los

pueblos indígenas y tribales15. El Convenio núm.

111 autoriza a los gobiernos que lo ratifi caron

a que tomen medidas especiales para proteger

los derechos, la cultura y el modo de vida de los

pueblos indígenas. Camerún lo ratifi có y, por lo

tanto, debe atenerse a él. Para ello, en el desa-

rrollo de las estrategias nacionales de reducción

de la pobreza, se recomienda que el país pro-

mueva y proteja las ocupaciones tradicionales de

los Baka, que constituyen un área prioritaria para

su desarrollo.

Valerie KENDO YONOU,

Pasante de PRO 169.

12 Arno Rasek and Jutta Schmidt (1997), “Analyse comparative des systèmes de production agricole Baka et Bantou de la région de Djoum”, CED, Yaoundé.

13 ILO/CED, Belmond Tchoumba, Indigenous and Tribal Peoples and Poverty Reduction Strategies in Cameroon, Ginebra, 2005.

14 Todavía no ha sido ratifi cado por Camerún.15 Eliminating discrimination against indigenous and tribal

peoples in employment and occupation. A Guide to ILO ConvenioNo. 111, PRO 169 y el Equipo de Equidad/OIT, Ginebra, 2007.

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Las ocupaciones tradicionales

de los pastores Kenianos

Los pastores Kenianos (que incluyen los Maa-

sai, Pokot, Turkana, Samburu y Somalíes) practi-

can una variada gama de sistemas de producción

que dependen de varios tipos de ganado (ganado

vacuno, ovejas, cabras y/o camellos) a menudo

mezclados con otras estrategias de subsistencia

(cultivo, caza, recolección, pesca y trabajo re-

munerado, entre otros). El pastoreo es efectivo y

equitativo en cuanto a compartir los recursos, ya

que prestar, tomar prestado, compartir la leche y

la carne y la migración de ganado garantizan que

los productos de los sistemas pastoriles estén am-

pliamente distribuidos.

Los pastores tienen el derecho de mantener sus

estrategias de subsistencia tradicionales y seguir

practicándolas como parte de su derecho de exis-

tir. Este derecho está amparado en el Convenio

núm. 111 de la OIT, que reconoce las ocupaciones

y formas de empleo tradicionales. El Gobierno de

Kenia, que es parte del Convenio núm. 111 de la

OIT desde 2003, está obligado a buscar políticas y

leyes que promuevan la práctica de las formas tra-

dicionales de ocupación y empleo. Sin embargo,

no ha logrado proporcionar protección a las tierras,

territorio y recursos naturales tradicionales de los

pastores y de los que sus ocupaciones tradiciona-

les dependen.

Quienes formulan políticas sostienen que las

ocupaciones tradicionales constituyen un peligro

para la conservación de la tierra, el agua, el pas-

toreo, y la fauna y fl ora y que estas actividades no

rinden óptimos resultados por unidad de acre de

tierra. Por el contrario, los pastores en Kenia han

estado practicando un sistema de arreo que está

diseñado para hacer frente a las fl uctuaciones en

el clima. Y son las políticas gubernamentales para

las Tierras Áridas y Semi-Áridas (ASAL, por su sigla

en inglés) que los han puesto en una posición más

vulnerable. Restringidos por fronteras y límites, ya

no pueden escapar de la sequía como solían hacer-

lo. Además, la expansión de la labranza y de otras

formas de cerramiento de tierras ha llevado a la

pérdida de muchas de las reservas para la época

de sequía16. Las tierras privadas y las que están

restringidas para la explotación no sólo les han qui-

tado a los pastores una gran extensión de tierras,

sino que han bloqueado las rutas migratorias del

16 Abkula, D.T. and Hamena, M.A.G., 2005, Rain, Prosperity and Peace: Reporting from the Global Pastoralist gathering, Turmi, Ethiopia, Addis Ababa: UN OCHA Pastoralist Communication Initiative.

ganado, debilitando así esta ocupación tradicional.

Se ha señalado claramente que “la preocupación

más urgente para los pastores es la tierra ya que es

tanto un activo como un elemento espiritual que

defi ne su patrimonio cultural e identidad”17. Los

pastores también han sido descritos como comu-

nidades indisciplinadas que causan confl ictos y

delitos transfronterizos debido a su carácter nóma-

da. En consecuencia, la naturaleza sedentaria de

las comunidades agrarias es preferida a la de los

pastores y se han sancionado leyes referentes a las

tierras que promueven la propiedad privada sobre

la tenencia comunal a fi n de promover el cultivo.

También se ha generado la idea errónea de que

la producción pastoral no es económicamente ra-

cional porque no contribuye a la economía nacio-

nal tanto como el cultivo. Sin embargo, el sector

agrícola Keniano representa entre el 20 y 30 % del

producto interno bruto (PIB) mientras que el sec-

tor ganadero sólo representa entre el 10 y el 13%.

Este sector recibe solamente 10% de los gastos

agrícolas del gobierno y menos del 1% del gasto

total. A pesar de ello, se estima que el potencial

17 Kimaiyo, T. J., Ogiek Land Cases and historical Injustices 1902 – 2004, Ogiek Welfare Council.

Foto

: M. C

roze

t.

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de Kenia para exportar productos ganaderos, en

caso de ser explotados adecuadamente, generaría

más ganancias que las provenientes del té y el café

combinados. El sector ganadero representa el 90%

del empleo y más del 95% de los ingresos de una

familia en ASAL, que alberga a un 25% de la po-

blación total de Kenia. La mayor parte del ganado

matado en las principales áreas urbanas proviene

de las áreas pastorales, con una matanza anual de

1,6 millones unidades ganaderas tropicales. El ga-

nado de Kenia proveniente de ASAL tiene un valor

de Kshs. 60.000 millones (U$S 800 millones). El

comercio interno de ganado en las áreas pastorales

solamente produce unos 6.000 millones de shi-

llings Kenianos (U$S 80 millones)18. La base de

esta discriminación contra el pastoreo no se basa,

por ende, en un argumento racional sino en ideolo-

gía y percepciones erróneas. Si se aprovecha inte-

ligentemente y se hace más efi ciente, el pastoreo

tradicional podría mejorar el sustento de los pas-

tores como así también estimular las economías

rurales de las comunidades de Kenia.

Después de muchos años de buscar políticas

erróneas para ASAL y el pastoreo, algunos formula-

dores de políticas están comenzando a darse cuen-

ta de que “una gran amenaza para el desarrollo de

ASAL es” no el pastoreo sino “la creciente conver-

sión de tierras para pastoreo a tierra para cultivo”

dado que “el número de campesinos agricultores

que pueden obtener su sustento de estas áreas

anualmente es signifi cativamente más bajo que el

número de pastores que solamente pueden usar

los recursos de pastura periódicamente19.

18 Gobierno de Kenia (GoK), Ofi cina del Presidente, Programas Es-peciales, 2006a, Draft National Policy for the Sustainable Development of Arid and Semi Arid Lands of Kenya.

19 Kenya agricultural Productivity and Sustainable Land Manage-ment Project, por Kenya Agricultural Research Institute, 2005.

Las concepciones erróneas en las políticas en

torno al pastoreo tradicional derivaron en:

Incentivo a los campesinos agricultores a inva- •dir áreas de pastoreo particularmente en panta-

nos que tradicionalmente proporcionaban áreas

para pastar en la estación seca. Las tierras de

pastoreo han sido alienadas del uso tradicional

y se concentraron en las manos de los ricos,

llevando así a la aparición de terratenientes au-

sentes que tienen poca relación con las comu-

nidades locales.

La expropiación de partes importantes de tie- •rras de pastoreo estratégicas para ser usadas

como tierras para cultivo, cotos de caza, entre-

namiento militar, tierras para forestación y mi-

nería. Esto a su vez restringe las manadas de los

pastores a territorios más pequeños, resultando

así en una degradación ambiental.

El Gobierno invierte fuertemente en áreas de •mucha precipitación donde la concentración de

población humana es alta y donde los retornos

de inversión son considerados mejores a expen-

sas del pastoreo.

Los pastores de Kenia han estado apelando a los

gobiernos para que reconozcan sus derechos colec-

tivos a la tierra y los recursos naturales ya que ello

garantiza la capacidad de estos grupos para que so-

brevivan como pueblo y para que puedan ejercer

sus derechos colectivos fundamentales como el de-

recho de ejercer su ocupación tradicional. Sin em-

bargo, esta apelación está lejos de dar sus frutos y

las organizaciones internacionales como la OIT de-

ben colaborar con ellos para que se cumpla con las

disposiciones del Convenio núm. 111.

Dr. Naomi Kipuri,

Directora Ejecutiva del Arid Lands Institute

en Kenia.

Indicadores relevantes para los

pueblos indígenas: condición

y tendencias en la práctica

de las ocupaciones tradicionales

Trabajo global en torno a los indicadores relevantes

para los pueblos indígenas

El desarrollo de los indicadores sobre el bienes-

tar de los pueblos indígenas y el desarrollo susten-

table ha sido objeto de gran atención durante los

últimos años, incluso en el seno del Foro Perma-

nente para las Cuestiones Indígenas de las Nacio-

nes Unidas (UNPFII), y en el contexto del Conve-

nio sobre la Diversidad Biológica (CDB). También

se ha reconocido que la defi nición de indicadores

culturalmente adecuados y sensibles, que descri-

ben y miden los cambios y las tendencias en la

situación general de los pueblos indígenas consti-

tuye un desafío importante. Pero las acciones re-

cientes podrían resultar en progresos signifi cativos

durante los años venideros.

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En su primera sesión en 2002, el UNPFII,

identifi có como prioridad la adecuada recolección

y desagregación de datos sobre los pueblos indí-

genas. En 2005, el UNPFII apeló al sistema de la

ONU para que redefi niera los indicadores existen-

tes para que fueran más sensibles culturalmente y

que respondieran mejor a las realidades y aspira-

ciones de los pueblos indígenas. Los informes que

llegaron al UNPFII revelaron que algunos procesos

destinados a alcanzar los Objetivos de Desarrollo

del Milenio (ODM), como los proyectos de agua in-

adecuada, podían llevar a la pérdida de tierras y

recursos para los pueblos indígenas y el aumento

de su pobreza. El informe técnico «ODM y Pueblos

Indígenas» por el Grupo Interinstitucional de Apo-

yo sobre Cuestiones Indígenas indicó que las esta-

dísticas a menudo no refl ejan la situación de los

pueblos indígenas o éstas permanecen ocultas en

los promedios nacionales. El informe de auditoría

de la OIT sobre la inclusión de pueblos indígenas

en estrategias nacionales de reducción de pobre-

za20 concluyó que la falta de indicadores que refl e-

jen las percepciones de pobreza y riqueza propias

de los pueblos indígenas es un desafío clave para

superar la pobreza étnica y la exclusión social. La

auditoría mostró también que los indicadores de

pobreza principales pueden hacer caso omiso de

las circunstancias indígenas específi cas e incluso

considerar erróneamente ciertas prácticas indíge-

nas o activos como evidencia de las privaciones

materiales.

En 2006, el UNPFII decidió organizar una se-

rie de talleres sobre los indicadores de pobreza y

bienestar de los pueblos indígenas en diferentes

regiones del mundo, y sobre cómo hacer frente a

estos desafíos y brechas en todas las áreas de su

mandato, como salud, derechos humanos, desa-

rrollo económico y social, medioambiente, educa-

ción y cultura.

20 Ilo, 2005: Ethnic Audit of Selected Poverty Reduction Strategy Papers.

CDB: mantener la diversidad sociocultural de las

comunidades indígenas y locales

El CDB identifi có una necesidad relacionada

para desarrollar Indicadores sobre la Protección

del Conocimiento, Innovaciones y Prácticas Tra-

dicionales, como parte de su marco para evaluar

el progreso hacia la implementación. En 2002,

el CDB adoptó un Plan Estratégico y un Objetivo

para 2010 para reducir signifi cativamente la tasa

de pérdida de la biodiversidad. La Meta 9 del Ob-

jetivo para 2010 es mantener la diversidad de las

comunidades indígenas y locales.

Se adoptó un indicador indirecto – Condición

y tendencias de la diversidad lingüística y la can-

tidad de hablantes de lenguas indígenas – para s

su evaluación inmediata y además el Grupo de

Trabajo Abierto sobre Artículo 8j y Disposiciones

Relacionadas del CDB (WG8j) desarrolló otros in-

dicadores.

En enero de 2006, durante la cuarta reunión

del Grupo de Trabajo Abierto sobre 8j y Disposicio-

nes Relacionadas del CDB, las organizaciones de

pueblos indígenas formaron Grupos de Trabajo so-

bre Indicadores bajo el Foro Indígena Internacional

sobre la Biodiversidad (IIFB). El Grupo de Trabajo

sobre Indicadores del IIFB propuso convocar un

Seminario Internacional de Expertos para conside-

rar de manera holística e integrada el desarrollo de

un número limitado de indicadores signifi cativos

en las siguientes áreas temáticas:

Protección del conocimiento, innovaciones y •prácticas tradicionales;

Mantenimiento del uso sostenible tradicional •(Artículo 10c);

Mantenimiento de los bienes y servicios deriva- •dos de la biodiversidad para apoyar el bienestar

humano; y

Participación efectiva de las comunidades indí- •genas y locales en los Procesos CDB.

Esta iniciativa indígena fue bien recibida por la

VIII Conferencia de Partes (COP8) del CDB en la

Decisión VIII 5G, que también invitó a las partes,

a los organismos de la ONU, los donantes y otros

organismos para apoyar este proceso técnico. Esta

decisión del CDB fue bien recibida también por el

UNPFII, que instó una coordinación más estrecha

entre los varios procesos relacionados con los indi-

cadores relevantes para los pueblos indígenas.

Talleres regionales y temáticos

Las organizaciones indígenas han respondido a

estos desafíos colaborando con la organización de Foto

: Lan

gfi a

Aye

ona.

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varios talleres regionales y temáticos sobre indica-

dores. Estos talleres usaron diferentes tecnologías,

pero todos ellos identifi caron las cuestiones priori-

tarias y destacaron las defi niciones, entendimien-

tos y visiones sobre el bienestar propias de los pue-

blos indígenas en base a los cuales se identifi carán

los indicadores. También resaltaron la importancia

de la participación plena y efectiva de los pueblos

indígenas en el desarrollo de estos indicadores. El

Seminario Internacional de Expertos sobre Indica-

dores Relevantes para los Pueblos Indígenas, el

CDB y los ODM que tuvo lugar en Banaue, Ifugao, M

Filipinas en marzo de 2007, dio como resultado

una reseña global de las áreas prioritarias para de-

fi nir el bienestar de los pueblos indígenas y para

los cuales se necesita mayor información, recolec-

ción de datos e indicadores.

1. Garantía de los derechos a territorios, tierras y

recursos naturales.

2. Integridad del patrimonio cultural indígena.

3. Respeto por la identidad y la no discrimina-

ción.

4. Educación culturalmente adecuada.

5. Control del destino o autodeterminación.

6. Participación plena, informada y efectiva.

7. Salud.

8. Acceso a la infraestructura y a los servicios bá-

sicos.

9. Alcance de las amenazas externas.

10. Bienestar material.

11. Cuestiones de género.

12. Patrones demográfi cos de los pueblos indíge-

nas.

Condición y tendencias en la práctica de las ocu-

paciones tradicionales

Un indicador que el CDB propuso adoptar es:

Condición y tendencias en la práctica de las •ocupaciones tradicionales.

Otros indicadores complementarios que se pro-

pusieron son:

Condición y tendencias en los patrones de uso •de las tierras en los territorios tradicionales indí-

genas y comunidades locales (conservación de s

la tierra, degradación, cambio en título/recono-

cimiento legal, restitución, rehabilitación, áreas

de territorios tradicionales, superfi cie de áreas

legalmente reconocidas, áreas conservadas por

la comunidad y actualmente ocupadas y áreas

indígenas protegidas), y

Tendencias demográfi cas • , (reconocimiento de la

identidad propia de los pueblos indígenas, mor-

talidad/fertilidad, migración, suicidios, benefi -

cios sociales, discriminados por edad y género).

Dado su mandato principal y el conocimiento

experto en cuanto a las cuestiones laborales, el

CDB identifi có a la OIT como un posible socio para

continuar desarrollando el indicador sobre ocupa-

ciones tradicionales, incluso la examinación de la

disponibilidad de datos, la elaboración de una me-

todología para la recolección y gestión de datos y

potencialmente para actuar como centro coordina-

dor del trabajo sobre este indicador.

El Convenio núm. 111 de la OIT sobre discri-

minación en el empleo y la ocupación junto con

el Convenio núm. 169 de la OIT sobre pueblos

indígenas y tribales, proporcionan un marco para

enfrentar la discriminación contra los pueblos in-

dígenas y tribales en el empleo y la ocupación. Los

estudios recientes que la OIT llevó a cabo indi-

can que los pueblos indígenas, ya sean “pastores,

cazadores-recolectores, habitantes de los bosques,

campesinos, trabajadores en la economía informal

o empleados formales, enfrentan altos niveles de

discriminación y pobreza. Las mujeres indígenas

enfrentan una marginación y discriminación adi-

cional basada en el género21.

El próximo año, el trabajo del PRO169 de la

OIT se concentrará en los indicadores para facilitar

el monitoreo de la implementación de los Conve-

nios núm. 111 y 169 de la OIT. Entre las activida-

des se incluirán las siguientes:

Sondeo de los datos disponibles en las estadís- •ticas laborales y conjuntos de datos;

Elaboración de posibles metodologías para la •recolección de datos y su gestión;

Exploración de proyectos pilotos nacionales so- •bre la recolección de datos y el monitoreo sobre

el estado y las tendencias en la práctica de las

ocupaciones tradicionales;

Colaboración estrecha con otros socios poten- •ciales sobre este importante trabajo sobre los

indicadores.

Joji Carino,

Tebtebba Foundation, Coordinador del Grupo

de Trabajo sobre Indicadores de IIFB.

21 PRO169 y Equipo de Equidad de la OIT, Departamento de Nor-mas Internacionales del Trabajo, Eliminating discrimination against in-digenous and tribal peoples in employment and occupation, A Guide to ILO Convention No. 111, 2007.

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NUEVAS PUBLICACIONESNN

Eliminación de la discriminación de los pueblos in-

dígenas y tribales en materia de empleo y ocupa-

ción: guía sobre el Convenio núm. 111 de la OIT.

(también disponible en ingles y francés).

El Convenio núm. 111 de la OIT sobre la Eliminación de la Discrimi-

nación en el Empleo y la Ocupación es aplica a los pueblos indígenas

y altamente relevante para ellos. Es considerado uno de los Convenios

fundamentales de la OIT y ha sido ratifi cado por 166 países. Sin em-

bargo, este instrumento es poco conocido por las organizaciones indí-

genas y la discriminación contra los pueblos indígenas es un tema que

casi no ha sido explorado. Por lo tanto, los objetivos de esta guía son

demostrar la relevancia que el Convenio núm. 111 tiene para la situa-

ción de los pueblos indígenas, facilitar su uso como instrumento para

combatir la discriminación contra los pueblos indígenas y proporcionar

un vistazo general sobre cómo la OIT supervisa su aplicación.

Inclusión de los pueblos indígenas en las estrate-

gias de lucha contra la pobreza: una guía de prácti-

cas sobre la base de las experiencias en Camboya,

Camerún y Nepal (también disponible en inglés y

francés).

Esta guía de prácticas captura las principales experiencias, conclusio-

nes, lecciones aprendidas y recomendaciones emergentes de los proce-

sos nacionales para apoyar la inclusión de las cuestiones que aquejan a

los pueblos indígenas en los documentos de estrategia de lucha contra la

pobreza (DELP) en Camboya, Camerún y Nepal. Ofrece una perspectiva

general sobre las principales implicancias y puntos de entrada para los

pueblos indígenas en la arquitectura actual de la ayuda; proporciona una

guía sobre los pasos a seguir para mejorar la participación de los pueblos

indígenas en los procesos de DELP y ofrece una breve descripción de los

casos de ciertos países sobre los cuales se elaboró la guía.

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Si necesita más información o asesoramiento sobre cualquiera de los temas tratados en este boletín o

ejemplares de nuestras publicaciones, por favor no dude en ponerse en contacto con nosotros:

Programa para promover el Convenio núm. 169 de la OIT (PRO 169)

Departamento de Normas

Ofi cina Internacional del Trabajo

4, Route des Morillons

CH - 1211 Ginebra 22

Suiza

Correo electrónico: [email protected]

Sede en Ginebra:

Birgitte Feiring

Asesora Técnica

Tel.: + 41 (0)22 799 7921

Fax: + 41 (0)22 799 6344

E-mail: [email protected]

Francesca Thornberry

Coordinadora del PRO 169

Tel.: + 41 (0)22 799 7685

Fax: + 41 (0)22 799 6344

E-mail: [email protected]

Jens Dyring Christensen

Coordinador del IP/LED

Tel.: + 41 (0)22 799 6646

Fax: + 41 (0)22 799 7978

E-mail: [email protected]

Morse Flores

Personal

del PRO 169 y IP/LED

Tel.: + 41 (0)22 799 7262

Fax: + 41 (0)22 799 6344

E-mail: [email protected]

Mangeye Terumalai

Secretaría

Tel.: + 41 (0)22 799 7556

Fax: + 41 (0)22 799 6344

E-mail: [email protected]

Emilia Cereza

Secretaría

Tel.: + 41 (0)22 799 8338

Fax: + 41 (0)22 799 6344

E-mail: [email protected]

Programas regionales y nacionales:

Sur de Asia

Sarah WebsterNew Delhi

E-mail: [email protected]

Camboya

Sophorn SekPhnom Penh

E-mail: [email protected]

Camerún

Serge BouopdaYaoundé

E-mail: [email protected]

Equipo de Equidad, Trabajadores Migrantes y Pueblos Indígenas y Tribales

(Supervisión legal de los Convenios Nos. 107, 169 y 111)

Shauna Olney

Coordinadora

E-mail: [email protected]

Graciela Jolidon

Jurista

E-mail: [email protected]

Martin Oelz

Jurista

E-mail: [email protected]

CONTACTOS

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NOTAS

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Programa para promover

el Convenio Núm. 169 de la OIT

(PRO 169)

Oficina Internacional del Trabajo

Ginebra

Tel.: + 41 (0) 22 799 7556

Fax: + 41 (0) 22 799 6344

Correo electrónico: [email protected]

www.ilo.org/indigenous

Boletín

2008

Pueblos indígenas y tribales

Cover 2008 def S.indd 1Cover 2008 def S.indd 1 2.4.2008 14:00:502.4.2008 14:00:50