MINUTA Nº 16/2006 DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA ...

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MINUTA Nº 16/2006 DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 31 DE AGOSTO DE 2006. Sres. Asistentes: Presidente: D. JESÚS MARTÍN RODRÍGUEZ Concejales: D. FELIPE RODRÍGUEZ AGUILAR DÑA. JOSEFA RUIZ LOPEZ. D. MANUEL MARTINEZ LOPEZ ALCOROCHO. D. JOSE SERRANO ROMERO. D. MANUEL LOPEZ RODRÍGUEZ. Secretario: D. SALVADOR GALAN RUBIO. En la Casa Consistorial de la ciudad de Valdepeñas, siendo las diecisiete horas, del día treinta y uno de agosto de dos mil seis, se ha reunido la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria y en primera convocatoria en la Sala de Comisiones de este Ayuntamiento Actúa como Secretario, por vacaciones del titular, D. SALVADOR GALAN RUBIO, TAG, Jefe de Sección. Una vez comprobada la existencia del quórum necesario para la válida celebración de la sesión, El Sr. Presidente la declara abierta procediéndose a tratar, a continuación, de los siguientes asuntos: I.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Aprobar la Minuta 15/2006 de la sesión ordinaria celebrada por esta Junta de Gobierno Local el día 27 de julio de 2006, con las siguientes correcciones: En el acuerdo 06JG2082, donde dice “en el periodo comprendido entre el 11 de agosto y el 7 de septiembre de 2006”, debe decir “en el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2006”. En el acuerdo 06JG2149, donde dice “reducción del 30% de la cuota mensual a pagar por importe de 140€ mensuales” debe decir “reducción del 30% de la cuota mensual a pagar por importe de 120€ mensuales”. II.- CORRESPONDENCIA OFICIAL. 06JG2192.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””Dada cuenta del auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 1 de Ciudad Real en la Demanda nº 537/2006 sobre reclamación por derechos, interpuesto por ROSA MARIA JUÁREZ FERNÁNDEZ, JUANA CARMEN MARIN MADRID, ALIZA ANTONIA VALERA PAULINO, CONSOLACIÓN ABAD MONTORO Y

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MINUTA Nº 16/2006 DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 31 DE AGOSTO DE 2006. Sres. Asistentes: Presidente: D. JESÚS MARTÍN RODRÍGUEZ Concejales: D. FELIPE RODRÍGUEZ AGUILAR DÑA. JOSEFA RUIZ LOPEZ. D. MANUEL MARTINEZ LOPEZ ALCOROCHO. D. JOSE SERRANO ROMERO. D. MANUEL LOPEZ RODRÍGUEZ. Secretario: D. SALVADOR GALAN RUBIO.

En la Casa Consistorial de la

ciudad de Valdepeñas, siendo las diecisiete horas, del día treinta y uno de agosto de dos mil seis, se ha reunido la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria y en primera convocatoria en la Sala de Comisiones de este Ayuntamiento Actúa como Secretario, por vacaciones del titular, D. SALVADOR GALAN RUBIO, TAG, Jefe de Sección.

Una vez comprobada la existencia del quórum necesario para la válida celebración de la sesión, El Sr. Presidente la declara abierta procediéndose a tratar, a continuación, de los siguientes asuntos: I.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Aprobar la Minuta 15/2006 de la sesión ordinaria celebrada por esta Junta de Gobierno Local el día 27 de julio de 2006, con las siguientes correcciones: En el acuerdo 06JG2082, donde dice “en el periodo comprendido entre el 11 de agosto y el 7 de septiembre de 2006”, debe decir “en el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2006”. En el acuerdo 06JG2149, donde dice “reducción del 30% de la cuota mensual a pagar por importe de 140€ mensuales” debe decir “reducción del 30% de la cuota mensual a pagar por importe de 120€ mensuales”. II.- CORRESPONDENCIA OFICIAL. 06JG2192.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””Dada cuenta del auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 1 de Ciudad Real en la Demanda nº 537/2006 sobre reclamación por derechos, interpuesto por ROSA MARIA JUÁREZ FERNÁNDEZ, JUANA CARMEN MARIN MADRID, ALIZA ANTONIA VALERA PAULINO, CONSOLACIÓN ABAD MONTORO Y

NURIA HURTADO LOPEZ, por el que se admite a trámite la demanda y se emplaza para el acto del juicio que tendrá lugar el 19 de Octubre de 2006 a las 9,30 horas, a este Ayuntamiento. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Remitir los documentos relacionados con diez días de antelación a la celebración de la vista. 2º.- Designar letrado para que defienda los intereses de esta Corporación en el siguiente procedimiento a SAGARDOY ABOGADOS.””””””””" 06JG2193.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, queda enterada de un escrito remitido por la Diputación Provincial comunicando que ha sido incluida en el Presupuesto Ordinario de 2006 la subvención nominativa a favor de este Ayuntamiento por importe de 60.000 € y con la finalidad de “Construcción de 2 frontones”. Solicitando el envío de la documentación que relaciona. 06JG2194.- La Junta de Gobierno Local queda enterada de un escrito remitido por la Dirección General de Cooperación Local comunicando que ha sido desestimada la solicitud de ayuda formulada por este Ayuntamiento para la financiación del Plan de Modernización del ayuntamiento de Valdepeñas. 06JG2195.- La Junta de Gobierno Local queda enterada de un escrito remitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Ciudad Real acompañando la sentencia dictada en los Autos de Procedimiento Ordinario 366/04, tramitados a instancias de D. AGUSTIN CIFUENTES DE LA TORRE, en reclamación de daños sufridos por su hija menor Dña. Mª del Carmen Cifuentes Hurtado, en cuyo fallo se desestima la demanda. III.- ASUNTOS EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD. 06JG2196.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””El Excelentísimo Ayuntamiento de Valdepeñas y el Instituto de Estudios Manchegos (CECEL-CSIC) convocan el I Congreso de la Cultura de la Vid, a celebrar en Valdepeñas los días 25 al 28 de octubre de 2006. Pensando en la importancia que la viña y el vino tiene tanto desde el punto de vista cultural como para el desarrollo de este territorio. El congreso tiene carácter multidisciplinar, con ponencias que tratarán de aspectos geográficos, históricos, artísticos, sanitarios, técnicos y económicos.

Por ello se propone a esa Junta de Gobierno apruebe las cuotas que a continuación se relaciona en concepto de tasa de inscripción: Normal (Con derecho a acta)....................................................................................... 50 € Reducida (Estudiantes, Jubilados, Asistentes, sin derecho a acta).............................. 10 € “””” 06JG2197.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “”””””””””Aprobar los pagos que a continuación se relacionan correspondiente a los premios de la 67 Exposición Internacional de Artes Plásticas.

- A D. CHRISTOPHE OLIVIER PRAT la cantidad de TREINTA MIL EUROS (30.000 EUROS) por el premio PRIMERA MEDALLA DE LA EXPOSICIÓN.

- A Dª SARA QUINTERO POMARES la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS (7.200 €) por el premio PÁMPANA DE ORO.”””””””””””””” 06JG2198.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “”””””””””””””Aprobar el pago de NOVECIENTOS QUINCE EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (915,43 €) más gastos de envío, a la empresa CEJALVO, S.A. con N.I.F. nº A-28.848.232, en concepto de la realización de los galardones de la 67 Exposición Internacional de Artes Plásticas. (Se adjunta copia de la factura). “”””””””””””””””””””

06JG2199.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””””””En la Junta de Gobierno de fecha 15 de junio se aprobó el pago de CIEN EUROS (100 €) a Gloria Sánchez Megía con D.N.I. 52138719-L por impartir 2 sesiones de cuentacuentos en las bibliotecas de Valdepeñas durante el verano de 2006. Dado que las citadas sesiones fueron impartidas por otras personas, se propone a esa Junta de Gobierno, apruebe la siguiente propuesta: 1.- Aprobar el pago de 50 € a Rosa Mª Alcaide Garrido con D.N.I. 71216801-S por impartir una sesión de cuentacuentos en la Biblioteca Municipal el día 17 de agosto de 2006. 2.- Aprobar el pago de 50 € a David Alcaide López con D.N.I. 71217122-Z por impartir una sesión de cuentacuentos en la Biblioteca Municipal el día 24 de agosto de 2006.””””

06JG2200.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””””””Dada la necesidad de contratar personal con motivo del montaje de los espectáculos “FESTIVAL FLAMENCO” y “ENCUENTRO DE BANDAS”, se propone a esa Junta de Gobierno, la contratación de un oficial de la Bolsa de Trabajo de Oficial de Servicios Culturales para el Auditorio Municipal, los días 7, 8, 16 y 17 de septiembre.”””””””””” 06JG2201.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””””Aprobar el ingreso de SETECIENTOS EUROS (700 €) correspondiente a la venta de 70 ejemplares a 10 € c/u del libro titulado “LA GENEALOGÍA DE LAS BODEGAS EN VALDEPEÑAS”.”””””””””””””””” 06JG2202.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””Aprobar el ingreso de CIENTO DIEZ CON CUARENTA EUROS (110,40 €) correspondiente a la venta de productos realizada en el Molino Gregorio Prieto, según la siguiente liquidación: 2 Ejemplares “Los Niños Expósitos” a 10 € 20,00 € 2 Ejemplar “Vida y obra de Juan Alcaide” a 10 € 20,00 € 5 Ejemplares “La Riada” a 6 € 30,00 € 1 Ejemplar “Cuaderno Estudio Manchego” a 10 € 10,00 € 1 Lapicero a 0.20 € 0,20 € 19 Pins a 1 € 19,00 € 1 Camiseta Cerro Cabezas a 5 € 5,00 € 2 Caja de Colores Pequeñas a 0,60 € 1,20 € 1 gorra a 5 € 5,00 € “”””””” 06JG2203.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “”””””””””La Concejalía de Cultura y Educación del Ayuntamiento de Valdepeñas, con motivo de la 67 Exposición Internacional de Artes Plásticas, desarrollará durante el mes de septiembre el I CICLO DE ACTIVIDADES “VALDEPEÑAS EN EL ARTE” que constará de un CURSO DE PINTURA y un CICLO DE CONFERENCIAS relacionadas con nuestra exposición.

El CURSO DE PINTURA se desarrollará del 18 al 22 de septiembre y será impartido por el pintor PEDRO CASTRORTEGA, ganador de edición, así como de innumerables premios en España y en el extranjero. El curso constará de dos secciones: Dibujo. Procedimientos pictóricos. Por ello se propone a esa Junta de Gobierno apruebe la cuota de 20 € en concepto de Inscripción para el citado curso. “”””””””””” 06JG2204.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “”””””””Aprobar el pago de SETECIENTOS VEINTE EUROS (720 €) a Dª Gabriela Maroto Moreno con C.I.F. nº 70.726.460-B, por los servicios prestados en el Albergue de Consolación con motivo de la apertura y estancia de los estudiantes que realizaron un curso de Arqueología en la Ciudad Ibérica del Cerro de las Cabezas organizado conjuntamente por el Ayuntamiento de Valdepeñas y la UNED.””””””””””””””””” 06JG2205.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””Aprobar la modificación del periodo vacacional de D. Julián Vélez Rivas, Arqueólogo Municipal, a disfrutar de la siguiente forma: Del 4 al 15 de septiembre. 9 días laborables Del 1 al 12 de diciembre. 5 días laborables. El resto del periodo vacacional ya lo ha disfrutado.””””””” 06JG2206.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Cultura: “””””””””””””Dada cuenta del acuerdo alcanzado entre la Consejería de Cultura y este Ayuntamiento para concertar actividades teatrales del Programa Escenarios de Primavera’06, se propone a esa Junta de Gobierno aprobar la consignación presupuestaria para asumir compromisos de gastos, dentro del Presupuesto de 2006 por un importe de 45.392,85 Euros.”””””””””””””””””” 06JG2207.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Juventud:

“””””””””””””””El Concejal de Juventud, D. Antonio González Villafranca, PROPONE a Junta Local de Gobierno la aprobación de mandamiento de pago a favor de la empresa Ungría Rodríguez, S.L. con CIF número B-13332960 y con domicilio en C/ Garcilaso de la Vega, 1 ent.B 13500 Puertollano, Ciudad Real. El importe a pagar será de 4408 euros a pagar 2204 por la Concejalía de Juventud y 2204 por la Concejalía de Festejos en dos cheques bancarios. La actuación será el día 3 de septiembre, por lo que se ruega se hagan las diligencias precisas para que dicha empresa pueda cobrar según lo estipulado en contrato.”””””””””””” 06JG2208.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Deportes: “”””””””””””””Con el fin de poder mantener el agua de la piscina de los Baños del Peral durante la temporada invernal en las mejores condiciones, y que ésta pueda ser reutilizada para el próximo verano, es necesario la adquisición de una lona para cubrir dicha piscina.””””””””””””””” 06JG2209.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Deportes: “”””””””””””Dada cuenta de un escrito de fecha 8 de Agosto de 2006 (registro entrada 2006E14562), por el que Dª Manuela Cejudo Mateos, adjudicataria de la concesión administrativa para la gestión indirecta del servicio público de cafetería de las instalaciones deportivas del Polideportivo Municipal, durante la temporada de invierno, por el que comunica a esta Corporación que a partir del mes de septiembre próximo no podrá prestar el citado servicio. A la vista de los nuevos Pliegos para la adjudicación del servicio citado, y ante el inminente inicio de la temporada de invierno del Polideportivo Municipal. Se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente Acuerdo: PRIMERO.- Aprobar el expediente para la adjudicación de la citada concesión, por trámite de urgencia, mediante procedimiento abierto y por la forma de concurso. SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir el procedimiento de contratación citado. TERCERO.- Continuar con los trámites pertinentes hasta la adjudicación de la concesión citada.””””””””””””” 06JG2210.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Deportes:

“””””””””””””Dada cuenta de un escrito de fecha 8 de Agosto de 2006 (registro entrada 2006E14561), por el que Dª Manuela Cejudo Mateos, adjudicataria de la concesión administrativa para la gestión indirecta del servicio público de cafetería de las instalaciones deportivas del Pabellón Cubierto Avda. del Sur y del Complejo de Piscinas “Ciudad de valdepeñas”, por el que comunica a esta Corporación que a partir del mes de septiembre próximo no podrá prestar el citado servicio. A la vista de los nuevos Pliegos para la adjudicación del servicio citado, y ante el inminente inicio de la temporada de invierno de las Instalaciones. Se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente Acuerdo: PRIMERO.- Aprobar el expediente para la adjudicación de la citada concesión, por trámite de urgencia, mediante procedimiento abierto y por la forma de concurso. SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir el procedimiento de contratación citado. TERCERO.- Continuar con los trámites pertinentes hasta la adjudicación de la concesión citada.””””””””” IV.- ASUNTOS COORDINACIÓN GENERAL Y BARRIOS. 06JG2211.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Coordinación General y Barrios: “””””””””””Dª Josefa Ruiz López, Tte-Alcalde Delegada del Área de Festejos, solicita de esa Junta de Gobierno Local, se apruebe la autorización de instalación de mostradores durante las Fiestas del vino a los siguientes establecimientos, e igualmente se les giren al cobro el importe correspondiente a la tasa por dicha ocupación, debiendo descontar este periodo de tiempo de la tasa de ocupación de la campaña de veladores 2006 que tengan adjudicado. BAR REPRESENTANTE D.N.I.

PENALTI

JOSÉ LUIS ÁLVAREZ PASCUAL 70641364-S 12 METROS

LA CROISANTERIE ROSA MARIA ANTEQUERA MARTÍNEZ

52130640-J 6 METROS

D’LUCA

GLORIA CAMACHO GARCÍA 06179871-R 6 METROS

CASA DE GAVILLA JUAN ANTEQUERA MAROTO

52130898-H 5 METROS

LA VEREDA

NARCISO GONZÁLEZ YÉBENES 70636143-D 10 METROS

CARPERTO

JOSÉ MERLO RUIZ 706421123-M 6 METROS

SEBASTIÁN

CARLOS LOPEZ RUIZ 5609387-D 8 METROS

CHIRINGUE

CARMELO DONADO GALERA 52132428-F 9 METROS

MOBY DICK

PEDRO ANTEQUERA TERCER0 52135740-F 4.05 METROS

BAR MIGUEL

MIGUEL DONADO PINES 6181 226-E 5 METROS

BAR LA PLAZA

ANTONIO ARIAS LÓPEZ 70730553-X 4.05 METROS

CASA LUCAS

DOMINGO PINES SEVILLA 70637550-L 7.05 METROS

EL COJO

JESÚS COLLADO ESPADAS 70642346-P 6 METROS

LA VIÑA

ISIDRO ÁLVAREZ CIDFUENTES 4 METROS

“””””””””””””””””””””””””””” 06JG2212.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Coordinación General y Barrios: “””””””””””“”””” Dada cuenta del expediente de inscripción en el Registro de Parejas de hecho a instancia de D. DOMINGO TOLEDO RUIZ Y Dª. VICENTA AGUILAR LOPEZ. La Concejal que suscribe propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Aprobar la inscripción en el Registro de Parejas de hecho de esta Corporación de la siguiente pareja: D. Domingo Toledo Ruiz, titular del DNI 70.642.801-A y Dña. Vicenta Aguilar López, titular del DNI 70.639.627-A.””””””””””””””” 06JG2213.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Coordinación General y Barrios: “”””” Dada cuenta del expediente de inscripción en el Registro de Parejas de hecho a instancia de D. JAVIER ANTONAYA SANCHEZ y DÑA. RAQUEL MUELA DEL CAMPO. La Concejal que suscribe propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO:

Aprobar la inscripción en el Registro de Parejas de hecho de esta Corporación de la siguiente pareja: D. Javier Antonaya Sanchez, titular del DNI 52.389.842-M y Dña. Raquel Muela del Campo, titular del DNI 71.219.635-C.”””””””””””””””””””””””””” V.- ASUNTOS SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL. 06JG2214.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Sanidad y Bienestar Social: “”””””””””””””Visto el Informe presentado por la Directora del CAI “Nuestra Sra. Del Carmen” se informa a esa Junta de Gobierno Local de la baja definitiva de la menor ROSA QUINTANA LOPEZ, desde el 1 de julio de 2006 en el Centro de Atención a la Infancia “Nuestra Sra. Del Carmen”, así como se propone anular a su vez el recibo correspondiente a la tasa del mes de julio de ROSA QUINTANA LOPEZ.””””””””””””” 06JG2215.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Sanidad y Bienestar Social: Se propone a esa Junta de Gobierno Local la aprobación del pago del recibí presentado por EL CLUB DEPORTIVO DE PESCA “CIUDAD DEL VINO por un importe de 700 € en concepto de la realización de un Curso de Pesca, con cargo al Programa “Comunidad, Escuela de Salud”, durante los meses de junio y julio del 2006. Actividad aprobada en Junta de Gobierno Local de fecha 11-05-06.””””””””””””””””” 06JG2216.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Sanidad y Bienestar Social: Se propone a esa Junta de Gobierno Local la aprobación del pago de los recibís presentados por CLUB DE BALONCESTO “EL CANDIL” por un importe de 910 € en concepto de la realización de los talleres de Baloncesto, durante los meses de Junio y Julio del 2006. Actividad aprobada en Junta de Gobierno Local de fecha 04-05-06 CLUB DE ATLETISMO “VALDEPEÑAS ATHLETICS CLUB” por un importe de 1040 € en concepto de la realización de los Talleres de Atletismo. Actividad realizada durante los meses de junio y julio de 2006. Actividad aprobada en Junta de Gobierno Local de fecha 04-05-06.”””””””””””””””””””””” 06JG2217.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Sanidad y Bienestar Social: “””””””””””””””Con motivo de la celebración del Homenaje a Nuestros Mayores, que el Excmo. Ayuntamiento ofrecerá el próximo día 4 de septiembre en el Parque del Este de nuestra localidad, se requiere la aprobación de:

Gasto que supone el alquiler, instalación y apoyo a la actuación musical de Victor Vivar (actuación aprobada en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 27 de Julio del corriente; para lo cual se han solicitado los siguientes presupuestos: - SONARTE: 2.800 € - PEDRO CAMPILLO: No presenta presupuesto - DANUBIO AZUL, S.L.: 1.300 € (IVA no incluido) Contratación de: Dª JOSEFA TORRES GARCÍA, con D.N.I. 52.131.159 A para la limpieza y mantenimiento de aseos del Parque del Este, el día 4 de Septiembre, con un horario de las 17,00 horas, hasta la finalización del Acto el día 5 de septiembre del corriente. Contratación de dos operarios para carga y descarga del Equipo de Iluminación y Sonido, el día 4 de Septiembre, cuyos datos son los siguientes: D. JULIO GARCÍA VÁZQUEZ, con D.N.I. nº 71.228.422 y D. BERNARDO ABEL CEDEÑO VELOZ, con N.I.E. X-1612231-T. La finalización de la contratación será el 5 de septiembre. Por todo lo anteriormente expuesto se propone la aprobación del gasto que supone el equipamiento necesario para iluminación y sonido que requiere el cantante contratado para el día 4 de Septiembre “Victor Vivar” a la empresa DANUBIO AZUL, S.L. por un importe de 1.300 € más IVA; así como la contratación de Dª JOSEFA TORRES GARCÍA, para limpieza de aseos del Parque del Este, D. JULIO GARCÍA VÁZQUEZ Y D. BERNARDO ABEL CEDEÑO VELOZ como operarios para carga y descarga del Equipo de iluminación y sonido todo ello con motivo de la celebración del “Homenaje a Nuestros Mayores”. “””””””””””””””””” 06JG2218.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Sanidad y Bienestar Social: “”””””””””””En base a la Orden de la Convocatoria de la Consejería de fecha 25 de noviembre de 2005 donde se convocan Ayudas de Participación en Programas de Integración Social del Sistema Regional de Servicios Sociales para el 2006 y en su corrección de errores publicado en el DOCM de fecha 25 de julio de 2006, se pone en conocimiento de la Junta de Gobierno Local, la presentación de solicitud de ampliación del periodo de ejecución del Plan Local de Integración Social de Valdepeñas hasta el próximo 31 de diciembre del 2006, con la correspondiente asunción de la totalidad de los gastos de personal derivados de dicha ampliación por parte de la entidad convocante de la subvención: Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, Consejería de Bienestar Social.”””””””””””””””

VI.- ASUNTOS URBANISMO, OBRAS, MEDIO AMBIENTE Y AGRICULTURA. 06JG2219.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras: “”””””””””””Dada cuenta de la certificación de obras nº 13 por importe de 113.370,07 € I.V.A. incluido, ejecutadas por U.T.E. URIEL, referente a la construcción del Centro de Educación Especial, se propone a la Junta de Gobierno Local su aprobación y remisión a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que procedan a su abono. “”””””””””””””” 06JG2220.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Medio Ambiente: “””””””””””””Dado que el contrato firmado por D. Luis Gallego Torres, DNI 70641663 S, con alta el 22 de mayor y término el 10 de octubre, y éste renuncia el 23 de agosto, el Concejal Delegado de Medio Ambiente, PROPONE: Se le paguen los 6 días de vacaciones que no ha disfrutado de dicho contrato según le corresponde a su parte proporcional.””””””””””””””””””””” 06JG2221.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Medio Ambiente: “””””””””””””””””Vista la solicitud presentada por D. JUAN ANTONIO SÁNCHEZ RAMOS, con domicilio en calle San Nicasio 50, en el que expone su malestar por las aves de corral que posee su vecino en la calle Cruces 78 por la presencia de las aves en su patio interior, ya que éstas se elevan hasta la medianería de la casa y se pasean por la cubierta del patio, depositando sus excrementos y molestándoles con su actividad y visto el informe técnico adjunto, el Concejal Delegado de Medio Ambiente: PROPONE: se notifique a D. VICENTE GILABERT JIMÉNEZ y DÑA. ANTONIA LOPEZ DE LERMA QUINTNA, propietarios del inmueble sito en cruces 78 que, en el plazo de 1 mes desde que reciba la notificación: Debe establecer medidas para evitar que sus aves pasen de su vivienda al patio de su vecino, ya que ocasiona molestias. En este sentido se puede disponer una red o malla que haga de límite entre los inmuebles. Asimismo, debe mantener el cercado en buenas condiciones higiénico sanitarias. De no cumplir con lo estipulado, le podrá ser incoado expediente sancionador, que será cuantitativo (multa de hasta de 1000 euros) y cualitativo (retirada de las aves por las autoridades competentes).””””””””””” 06JG2222.- Dada cuenta del informe emitido por el Técnico de Medio ambiente en relación a la avería sufrida en la Bomba de impulsión del bombeo norte el pasado 7 de

agosto. La Junta de gobierno por unanimidad acuerda, dar traslado de dicho informe a la Confederación Hidrográfica del Guadiana para su conocimiento y efectos. 06JG2223.- Dada cuenta del escrito presentado por la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en Paseo Luis Palacios, nº 15, en relación con las quejas por la acumulación de cajas de cartón que se amontonan junto al contenedor soterrado existente en la fachada del inmueble que linda con la Avenida 1º de Julio, por el riesgo que supone para los vecinos de dicha comunidad. La Junta de Gobierno por unanimidad acuerda comunicar a los interesados que este Ayuntamiento ejecutó las obras del soterramiento de contenedores para dar mejor servicio a dicho barrio, y que no es posible controlar a todos los titulares de viviendas y establecimientos para el adecuado uso de dichos contenedores. Solicitando a dicha comunidad su colaboración para la prevención de actos vandálicos que puedan producirse, comunicando la identidad de los autores a la Policía Local. 06JG2224.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura:

”””””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe. PROPONE: A la Junta Local de Gobierno dejar sin efecto los acuerdo Nº 05C0391, 05C0203 aprobado en Comisión Local de Gobierno de fecha, 27 – 01 – 05, en el que se sanciona a D. Juan José García García y D. Manuel Lara Serrano, por labrar o levantar parte de la calzada de un camino publicó sin previa autorización, al no haber seguido los plazos y procedimientos según el Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto, por el que se aprobaba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, ya que en Comisión Local de Gobierno de fecha 06 – 04 – 06, según acuerdo 06JG0855 y 06JG0856, se acordó dejar sin efectos los acuerdos 05C0292 y 05C988. Así como D. Manuel Lara Serrano con domicilio en calle Esperanza, Nº 21 de Valdepeñas y DNI 06179891 – K, y a D. Juan José García García con domicilio en calle Pintor Mendoza, Nº 3, 3º A de Valdepeñas y DNI 05602286 – S que se anulara la mencionada sanción.”””””””””””””””””””””””””” 06JG2225.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “”””””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. JOSÉ PALENCIA AGUILAR, como propietario de la parcela 63 del polígono 139, en el que solicita la mediación para el esclarecimiento de la linde con la parcela 142 del citado polígono, así como el informe Nº 424 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. José Palencia Aguilar con DNI 05.597.774 – B y domicilio en calle Cruces, Nº 53 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se fija la linde a 3 metros de la ultima cepa de D. José Palencia Aguilar. Como consecuencia de esto, D. Francisco Miguel García García se ve obligado a arrancar una hilada de olivas por no estar plantadas a la distancia mínima reglamentaria de 4 metros desde la linde. Se acuerda proceder al arranque durante el invierno aprovechando la inactividad de la sabia a fin de no causar daño a la planta. Así como comunicar a D. Francisco Miguel García García con DNI 52138101 – E y domicilio en travesía Tejera, Nº 4 de Valdepeñas, que respete el compromiso adquirido.”””””””””” 06JG2226.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. MARCIAL ÁLVAREZ HURTADO, como propietario de la parcela 175 del polígono 96, en el que solicita la mediación para el esclarecimiento de la linde con la parcela 62 del citado polígono, así como el informe Nº 426 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento. PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Marcial Álvarez Hurtado con DNI 05.799.822 – G y domicilio en calle Mediodía, Nº 18 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se fija la linde de la parte Norte de la parcela 175 a 1,25 metros de la ultima cepa de D. José Santos Olmos Romero y la linde Este a 1,25 del brote (muerto) de D. Marcial Álvarez Hurtado, quedando de esta forma todas las partes de acuerdo. Así como comunicar a D. José Santos Olmo Romero con DNI 52.383.905 – W y domicilio en Calle Antonia Cortés, Nº 10 de La Solana, que respete el compromiso adquirido.””””””””””” 06JG2227.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. Juan García Molina con DNI 5621623 – D y domicilio en Avda. 1º de Julio, 76 de Valdepeñas, en el que expone que recibe las cartas de pago de la parcela 40 del polígono 98 del catastro de rústica, y que no son de su propiedad, solicitando se comprueben los registros catastrales para que se le giren a sus legítimos propietarios, así como el informe Nº 430 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento. PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Juan García Molina con DNI 5621623 – D y domicilio en Avda. 1º de Julio, 76 de Valdepeñas, que ha sido atendida

su petición, y que hechas las gestiones oportunas resultando que los verdaderos propietarios de la parcela mencionada son D. Manuel Martín Camacho Alcaide con DNI: 05597768-M y Domicilio en la C/ Castellanos, 35 de Valdepeñas y Dª Consolación Crespo Fernández con DNI: 70714597-Q y Domicilio en C/ Cervantes Nº 22 1º-D, de Valdepeñas, lo que se remitirá a catastro para su modificación.”””””””””””” 06JG2228.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. Fernando Verdejo García con DNI: 05.801.577-B y domicilio en C/ Verónica, 28 de Valdepeñas, en el que nos informa que el propietario de la parcela 107 del mismo polígono ha colocado un gran número de piedras impidiéndole la entrada a su parcela, así como que ha hecho los agujeros para proceder al vallado en la misma linde, y el informe Nº 433 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Fernando Verdejo García con DNI: 05.801.577-B y domicilio en C/ Verónica, 28 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se fija la linde a 1.25 m del brote de cepa de D. Ángel y quedando éste totalmente de acuerdo en el lugar donde se está instalando la valla.

Así como comunicar a D. Ángel Fernández Calvillo con domicilio en la C/ Francisco Abad, 16, 4º-Iz. de Valdepeñas y D.N.I.: 70.988.413-V, que respete el compromiso adquirido.”””””””””””””””””” 06JG2229.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. Onofre Merlo Izquierdo con domicilio en Feria del Vino, 5-B de Valdepeñas y D.N.I.: 70.714.994-E, en el que como propietario de la parcela 134 del polígono 101 en el que nos informa que ha sido arado el camino catastrado con el Nº 9007, y el informe Nº 435 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Onofre Merlo Izquierdo con domicilio en Feria del Vino, 5-B de Valdepeñas y D.N.I.: 70.714.994-E, que ha sido atendida su petición y se va a proceder por parte de este Ayuntamiento a reponer el camino a su estado originario en un plazo de tiempo lo más corto posible entre las parcelas 133 y 135 en su margen derecho y 166,165,132 y 164 en su margen izquierdo, quedando así según figura en los planos actuales.”””””””””””””””” 06JG2230.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura:

“”””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. FRANCISCO LÓPEZ LEÓN, en el que como propietario de la parcela 80, 81, 82, 87 y 88 del polígono 18, en el que nos informa que las parcelas anteriormente mencionadas están separadas entre sí por el camino catastrado con el número 9005 del polígono 18, por el que circulan toda cilindrada a gran velocidad, por lo que solicita se instalen unas señales de trafico que impidan la circulación de vehículos de gran tonelaje y de limitación de velocidad, con el fin de evitar posibles accidentes y atropellos, y el informe Nº 435 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Francisco López León con DNI 06184586 – R y domicilio en calle Triana, 88 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se ha procedido a la colocación de una señal que incluye limitación de velocidad y limitación de peso, con lo que se ha dado solución al problema planteado.””””””””” 06JG2231.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “”””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. LUCAS LUIS SÁNCHEZ LÓPEZ con DNI 52136656 – A y domicilio en calle Princesa, Nº 41 de Valdepeñas, como propietario de la parcela 142 del polígono 147, en el que nos informa que tras el arreglo de carreteras realizado por la Consejería de Obras Publicas de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, han dejado sin acceso su parcela, y el informe Nº 435 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Lucas Luis Sánchez López con DNI 52136656 – A y domicilio en calle Princesa, Nº 41 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se ha procedido a la construcción de una entrada y la colocación de una señal de STOP en el camino catastrado con el Nº 9014 del polígono 147 para dar acceso a las parcelas afectadas, con lo que se ha dado solución al problema.”””””””””””””””””””” 06JG2232.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. MARIO ÁLVAREZ CELIS, como propietario de las parcelas 26 y 27 del polígono 19, en el que nos informa que el propietario de la parcela 25 del citado polígono ha tapado el tubo de canalización de agua de la cuneta entre las parcelas 25 y 26 no dejando que discurran las aguas pluviales, y el informe Nº 442 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Mario Álvarez Celis con DNI 15884437 – Q y domicilio en calle San Miguel, Nº 30 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y que respete el siguiente acuerdo: D. Mario Álvarez Celis procederá a colocar un tubo desde la parcela 26, en las lindes de las parcelas 25 y 27 para que de esta forma no inunde la parcela de D. Antonio del Fresno Fernández, que se compromete a restituir la correspondiente cuneta desde la parcela 26 y a lo largo de la parcela 25 de su propiedad, así como a limpiar la tierra el tubo de canalización de la cuneta. Ambas partes quedan de esta forma de acuerdo, comprometiéndose a realizar estos trabajos en el menor tiempo posible. Así como comunicar a D. Antonio del Fresno Fernández con DNI 52131782 – M y domicilio en calle San Miguel, Nº 14 de Valdepeñas, que respete el compromiso anteriormente citado.””””””””””””””” 06JG2233.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, DÑA. JOSEFA GEA PATÓN, en el que manifiesta no estar conforme con el informe de la Guardería Rural, debido a que no se le comunico que se fuese a determinar la situación de la linde y además no estaba presente, y el informe Nº 444 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a Dña. Josefa Gea Patón con DNI 15801858 – F y domicilio en calle Mutilva, Nº 15, 3º D de Pamplona (Navarra), que si bien es cierto que ella no asistió a la reunión de fecha 2 de Junio, si lo hizo su esposo D. Tomás Nieto, esposo de ella, el cual dijo actuar en representación de la misma y dijo estar de acuerdo con lo que allí se decidió. Así como comunicar que una vez fijada la linde, cada propietario esta en su perfecto derecho de plantar, vallar o realizar cualquier modificación en su finca siempre y cuando no incumpla la ley.”””””””””””””””””””” 06JG2234.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “”””””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. RAFAEL VIVAR BARBA, como propietario de la parcela 100 del polígono 40, en el que nos solicita que se revise el acuerdo en el deslinde con D. Antonio Cornejo Megia por considerar que no refleja a la vista de un brote aparecido con posterioridad, la situación por donde se trazo la linde en su día, y el informe Nº 445 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Rafael Vivar Barba

con DNI 06179752 – C y domicilio en calle Bataneros, Nº 65 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y que ha sido atendida su petición y de la negativa de D. Antonio Cornejo Megía a realizar un nuevo deslinde, a pesar de haber intentado hacerle ver que cabe la posibilidad de modificar la linde, a la vista del brote de cepa aparecido.””””””””””””””””””””” 06JG2235.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del recurso de reposición presentado por, D. TOMASA PEREZ TRUJILLO, y el informe Nº 446 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a Dña. Tomasa Pérez Trujillo con DNI 6178970 – C y domicilio en la Travesía Cruces, Nº 4 de Valdepeñas, que el recurso de reposición presentado en registro con Nº 2006E09133 y fecha 22/05/06, queda desestimado por no ser presentado en el plazo establecido. Así como comunicar, con el plano que se adjunta, a Dña. Tomasa Pérez Trujillo con DNI 6178970 – C y domicilio en la Travesía Cruces, Nº 4 de Valdepeñas y a Dña. Isabel Merlo Pérez con DNI 52380057 – H y domicilio en Travesía Cruces, Nº 4 de Valdepeñas, que deben restituir y dejar expedito para su circulación el camino Nº 9003 del polígono 99 según figura en los planos actuales, en un plazo de 15 días hábiles, de conformidad con la dispuesto en los arts. 70 a 73 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado mediante R.D. 1372/86, de 13 de junio. Si transcurrido dicho plazo sin que el afectado haya restituido el mencionado camino, el Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 97 y 98 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de Noviembre, realizará el acto por sí, a consta del obligado.””””””””” 06JG2236.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “”””””””””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. ESTANISLAO NÚÑEZ ARÉVALO, como propietario de la parcela 34 del polígono 156, en el que solicita la mediación para el esclarecimiento de la linde con la parcela 36 del citado polígono, y el informe Nº 447 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Estanislao Núñez Arévalo con DNI 01.808.046 – Q y domicilio en calle Obanos, Nº 24, 2º B de Madrid,

que ha sido atendida su petición en la medida de lo posible y puesto que es un asunto entre particulares, solo cabe dirigirse a los Tribunales Ordinarios.”””””””””””””””””””” 06JG2237.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “”””””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del escrito presentado por, D. RAMÓN RUIZ DÍAZ, como propietario de la parcela 82 del polígono 14, en el que solicita la mediación para el esclarecimiento de la linde con la parcela 7 del citado polígono, y el informe Nº 448 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar a D. Ramón Ruiz Díaz con DNI 05.799.036 – T y domicilio en calle Veracruz, Nº 117 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se fija la linde a 1,25 metros desde la ultima cepa de D. Ramón Ruiz Díaz, por lo que D. Jose Manuel Camacho Robledo debe retranquear las olivas a 4 metros de donde se ha fijado la linde, comprometiéndose a realizarlo en los meses de invierno, coincidiendo con la paralización de la savia, quedando así todas las partes de acuerdo. Así como comunicar a D. Jose Manuel Camacho Robledo con DNI 70628331 – T y domicilio en calle Limón, Nº 5 de Valdepeñas, que respete el compromiso adquirido.””””””””””” 06JG2238.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del informe Nº 449 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento.

PROPONE: A la Junta Local de Gobierno comunicar D. Cándido Rubio Aldavero con domicilio en calle Altillo, Nº 30 de Valdepeñas y DNI 70637282 – G, que ha sido atendida su petición y que se ha procedido a la limpieza de la Cañada Romero en una longitud aproximada de 1000 metros, ya que la mencionada cañada recoge las aguas pluviales de la zona Norte del casco urbano de Valdepeñas que comprende 4 Km2 aproximadamente, dando una solución al problema planteado.”””””””””””””””””””””” 06JG2239.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Agricultura: “””””””””””El Concejal Delegado de Agricultura que suscribe, a la vista del informe nº 427 de la Guardería Rural de este Ayuntamiento

PROPONE: A la Junta Local de gobierno comunicar a D. JESÚS MERLO GARCIA, con DNI 70637183 C y domicilio en Avda Vino, nº 35 de Valdepeñas, que ha sido atendida su petición y se fija la linde a 1,25 metros de la última cepa de D. Francisco Laderas Martín, quedando así todas las partes de acuerdo. En cuanto a la colocación del vallado y dado que toda la parcela está delimitada por una cerca de olivas, se le indica a D. Jesús Merlo García puede efectuarlo junto al pie de la oliva, siempre y cuando no sean arrancadas las olivas, en cuyo caso deberá retranquearse a 6 metros del eje del camino como marcan las Ordenanzas Municipales. Así como comunicar a D. Francisco Laderas Martín con DNI 70714668 H y domicilio en calle General Margallo, 47 de Valdepeñas, que respete el compromiso adquirido.””””””””””””” 06JG2240.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””Dada cuenta del Expediente nº 06OB0801, instruido a instancia de PANCORONA S.L., DNI/NIF: B13231436, por el que solicita licencia para la actividad de PASTELERIA BOMBONERIA, con emplazamiento en CALLE TORERO MANUEL CARO 8 de esta Ciudad; vistos los informes Técnicos y Jurídicos que obran en el citado Expediente, se propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Conceder al antes especificado, licencia de apertura del establecimiento citado, cuya actividad está calificada como MOLESTA, por producción de ruidos, vibraciones, olores y humos. Segundo.- Imponer a la citada actividad las siguientes medidas correctoras: - Que en viviendas y locales de estancia afectados el nivel de ruido transmitido por el desarrollo de la actividad no supere los 30 dB(A), o cualquier límite inferior establecido por las ordenanzas municipales. - Que motores y máquinas no portátiles se instalen sobre bancadas de masa adecuada debidamente aisladas de suelo, pilares, paredes, etc. y de no ser posible se instalen sobre bancadas elásticas que absorban eficazmente las vibraciones. - Que se instalen equipos de extinción de incendios suficientes en número, y de eficacia, acorde con las características de la actividad. - El agua potable procederá de la red municipal. En caso de abastecimiento propio se precisa certificado de potabilidad de la Delegación de Sanidad (dirigirse al Farmaceutico Titular) y la instalación de clorador automático. - Las aguas residuales tendrán como destino la red de alcantarillado. En su defecto, se dotará de sistema depurador eficaz, antes del vertido final. - Las paredes y suelos serán de fácil limpieza e impermeable - Los servicios higiénicos serán los adecuados a la capacidad del local. - Mostrador, mesas, bandejas etc. serán de superficie lisa, impermeable de fácil limpieza y material anticorrosivo. - Se dotará de vitrinas y cámaras frigoríficas en cantidad suficiente.

- Los alimentos expuestos al público se encontrarán debidamente protegidos y en condiciones de temperatura adecuada. - Dispondrá de locales de almacenamiento con perfecta separación entre los productos alimenticios y los de cualquier otra naturaleza. - Los residuos sólidos serán tratados o recogidos en recipientes de cierre hermético de retirada diaria. - Se efectuará limpieza con la periodicidad necesaria para evitar los malos olores. Barrido húmedo o aspiración - Se practicarán operaciones periódicas de desinfección, desinsectación y desratización. - La cocina, si dispusiese de ella, reunirá las siguientes condiciones generales: a) Se encontrará perfectamente separada del resto de las dependencias (vestuarios, aseos, almacenes, etc.). Sin que, en ningún caso, los servicios higiénicos tengan acceso directo a esta. b) Las paredes y techos tendrán superficies lisas, no absorbentes y de fácil limpieza. c) Los desagües poseerán cierres hidráulicos y estarán protegidos con placas o rejillas perforadas. d) Se dispondrá de iluminación suficiente para la actividad a realizar, encontrándose protegida adecuadamente. e) Ventilación suficiente. f) Agua potable caliente y fría. g) Mesas de trabajo de material liso, anticorrosivo y de fácil limpieza y desinfección. h ) Los aparatos y utensilios en contacto con los alimentos serán de materiales idóneos y, en ningún caso, susceptibles de modificar sus características o ser alterados. i) Campana con extractor de humos. j) Dispondrá de un lavamanos con apertura de pedal. k) Se contará con los dispositivos precisos para que la limpieza con agua pueda realizarse con la presión precisa. l) Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente. - Que la instalación electrica cumpla el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante "Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión", sellado por la Delegación de Industria y Tecnología. - Que los gases, humos, vapores y olores salgan al exterior de forma que no incidan sobre viviendas y lugares de estancia, sobresaliendo 1 m. por encima de cumbreras de los tejados en un radio de 10 m., y siempre por encima de la parte superior del hueco más alto de viviendas situadas en un radio de 50 m. (I) - Que la instalación de Climatización, si dispusiese de ella, cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificado de la instalación sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenado, sellado y firmada por el técnico competente. - Que la instalación de cafetera cumpla con el Reglamento de Aparatos a Presión acreditando la autorización de puesta en servicio mediante ficha técnica sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenada, sellad y firmada, por el Instalador Autorizado y por el fabricante de la misma.

- Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente. - Se cumplirá el horario oficial. Tercero.- La actividad no podrá comenzar a funcionar hasta que se efectúe visita de comprobación por Técnico Municipal y con levantamiento de acta favorable por parte del mismo, visita que deberá ser solicitada por el interesado. Cuarto.- Deberá obtener la oportuna licencia de obras, en su caso. Quinto.- Aprobar la liquidación pertinente de la tasa por licencia de Actividades Clasificadas. “”””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2241.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””Dada cuenta del Expediente nº 06OB0629, instruido a instancia de MAG DISTRIBUCION Y ALIMENTACION, por el que solicita licencia para la actividad de PREPARACION, ELABORACION Y VENTA DE PIZZA, con emplazamiento en AVENIDA PRIMERO DE JULIO 53 de esta Ciudad; vistos los informes Técnicos y Jurídicos que obran en el citado Expediente, se propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Conceder al antes especificado, licencia de apertura del establecimiento citado, cuya actividad está calificada como MOLESTA, por produccion de ruidos y vibracionmes, emsion de humos y vapores . Segundo.- Imponer a la citada actividad las siguientes medidas correctoras: - Que en viviendas y locales de estancia afectados el nivel de ruido transmitido por el desarrollo de la actividad no supere los 30 dB(A), o cualquier límite inferior establecido por las ordenanzas municipales. - Que motores y máquinas no portátiles se instalen sobre bancadas de masa adecuada debidamente aisladas de suelo, pilares, paredes, etc. y de no ser posible se instalen sobre bancadas elásticas que absorban eficazmente las vibraciones. - Que se instalen equipos de extinción de incendios suficientes en número, y de eficacia, acorde con las características de la actividad. - El agua potable procederá de la red municipal. En caso de abastecimiento propio se precisa certificado de potabilidad de la Delegación de Sanidad (dirigirse al Farmaceutico Titular) y la instalación de clorador automático. - Las aguas residuales tendrán como destino la red de alcantarillado. En su defecto, se dotará de sistema depurador eficaz, antes del vertido final. - Las paredes y suelos serán de fácil limpieza e impermeable - Los servicios higiénicos serán los adecuados a la capacidad del local. - Mostrador, mesas, bandejas etc. serán de superficie lisa, impermeable de fácil limpieza y material anticorrosivo. - Se dotará de vitrinas y cámaras frigoríficas en cantidad suficiente. - Los alimentos expuestos al público se encontrarán debidamente protegidos y en condiciones de temperatura adecuada.

- Dispondrá de locales de almacenamiento con perfecta separación entre los productos alimenticios y los de cualquier otra naturaleza. - Los residuos sólidos serán tratados o recogidos en recipientes de cierre hermético de retirada diaria. - Se efectuará limpieza con la periodicidad necesaria para evitar los malos olores. Barrido húmedo o aspiración - Se practicarán operaciones periódicas de desinfección, desinsectación y desratización. - La cocina, si dispusiese de ella, reunirá las siguientes condiciones generales: a) Se encontrará perfectamente separada del resto de las dependencias (vestuarios, aseos, almacenes, etc.). Sin que, en ningún caso, los servicios higiénicos tengan acceso directo a esta. b) Las paredes y techos tendrán superficies lisas, no absorbentes y de fácil limpieza. c) Los desagües poseerán cierres hidráulicos y estarán protegidos con placas o rejillas perforadas. d) Se dispondrá de iluminación suficiente para la actividad a realizar, encontrándose protegida adecuadamente. e) Ventilación suficiente. f) Agua potable caliente y fría. g) Mesas de trabajo de material liso, anticorrosivo y de fácil limpieza y desinfección. h ) Los aparatos y utensilios en contacto con los alimentos serán de materiales idóneos y, en ningún caso, susceptibles de modificar sus características o ser alterados. i) Campana con extractor de humos. j) Dispondrá de un lavamanos con apertura de pedal. k) Se contará con los dispositivos precisos para que la limpieza con agua pueda realizarse con la presión precisa. l) Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente. - Que la instalación eléctrica cumpla el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, acreditándose la autorización de puesta en servicio mediante Certificación visada, expedida por técnico competente, poniendo de manifiesto la adaptación de la obra al proyecto y el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias. - Que los gases, humos, vapores y olores salgan al exterior de forma que no incidan sobre viviendas y lugares de estancia, sobresaliendo 1 m. por encima de cumbreras de los tejados en un radio de 10 m., y siempre por encima de la parte superior del hueco más alto de viviendas situadas en un radio de 50 m. - Que la instalación de Climatización, si dispusiese de ella, cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificado de la instalación sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenado, sellado y firmada por el técnico competente. - Que la instalación de cafetera cumpla con el Reglamento de Aparatos a Presión acreditando la autorización de puesta en servicio mediante ficha técnica sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenada, sellad y firmada, por el Instalador Autorizado y por el fabricante de la misma. - Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente.

- Se cumplirá el horario oficial. Tercero.- La actividad no podrá comenzar a funcionar hasta que se efectúe visita de comprobación por Técnico Municipal y con levantamiento de acta favorable por parte del mismo, visita que deberá ser solicitada por el interesado. Cuarto.- Deberá obtener la oportuna licencia de obras, en su caso. Quinto.- Aprobar la liquidación pertinente de la tasa por licencia de Actividades Clasificadas”””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2242.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””Dada cuenta del Expediente nº 04OB1208, instruido a instancia de FELIX TORRES RODRIGUEZ, representada por , por el que solicita licencia para la actividad de CAFE-BAR, con emplazamiento en CALLE ARPA 17 de esta Ciudad; vistos los informes Técnicos y Jurídicos que obran en el citado Expediente, se propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Conceder al antes especificado, licencia de apertura del establecimiento citado, cuya actividad está calificada como MOLESTA por producción de ruidos, vibraciones, vahos, humos, vapores y olores. Segundo.- Imponer a la citada actividad las siguientes medidas correctoras: Que en viviendas y locales de estancia afectados el nivel de ruido transmitido por el desarrollo de la actividad no supere los 30 dB (A), o cualquier límite inferior establecido por las ordenanzas municipales Que motores y máquinas no portátiles se instalen sobre bancadas de masa adecuada debidamente aisladas de suelo, pilares, paredes, etc. Y de no se posible se instalen sobre bancadas elásticas que absorban eficazmente las vibraciones. Que se instalen equipos de extinción de incendios suficientes en número, y de eficacia, acorde con las características de la actividad. El agua potable procederá de la red municipal. En caso de abastecimiento propios se precisa certificado de potabilidad de la Delegación de Sanidad (dirigirse al Farmacéutico Titular) y la instalación de clorador automático. Las Aguas residuales tendrán como destino la red de alcantarillado. En su defecto, se dotará de sistema depurador eficaz, antes del vertido final. Las paredes y suelos serán de fácil limpieza e impermeables. Los servicios higiénicos serán los adecuados a la capacidad del local. Mostrador, mesas, bandejas, etc. Serán de superficie lisa, impermeable, de fácil limpieza y material anticorrosivo. Se dotará de vitrinas y cámaras frigoríficas en cantidad suficiente. Los alimentos expuestos al público se encontrarán debidamente protegidos y en condiciones de temperatura adecuada. Dispondrá de locales de almacenamiento con perfecta separación entre los productos alimenticios y los de cualquier otra naturaleza. Los residuos sólidos serán tratados o recogidos en recipientes de cierre hermético de retirada diaria.

Se efectuará limpieza con periodicidad necesaria para evitar los malos olores. Barrido húmero o aspiración. Se practicarán operaciones periódicas de desinfección, desinsectación y desratización. La cocina, si dispusiese de ella, deberá reunir las siguientes condiciones generales: Se encontrará perfectamente separada del resto de las dependencias (vestuarios, aseos, almacenes, etc) sin que, en ningún caso, los servicios higiénicos tengan acceso directo a esta. Las paredes y techos tendrán superficies lisas, no absorbentes y de fácil limpieza. Los desagües poseerán cierres hidráulicos y estarán protegidos con placas o rejillas perforadas. Se dispondrá de iluminación suficiente para la actividad a realizar, encontrándose protegida adecuadamente. Ventilación suficiente. Agua potable caliente y fría. Mesas de trabajo de material liso, anticorrosivo y de fácil limpieza y desinfección. Los aparatos y utensilios en contacto con los alimentos serán de materiales idóneos y, en ningún caso, susceptibles de modificar sus características o ser alterados. Campana con extractor de humos. Dispondrá de un lavamanos con apertura de pedal. Se contará con los dispositivos precisos para que la limpieza con agua pueda realizarse con la presión precisa. Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente. Que la instalación eléctrica cumpla el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificación, expedida por técnico competente en la que se ponga de manifiesto la adaptación de la obra al proyecto y el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias. (I) Que la instalación de cafetera cumpla con el Reglamento de Aparatos a Presión acreditando la autorización de puesta en servicio mediante ficha técnica sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenada, sellada y firmada, por el Instalador Autorizado y por el fabricante de la misma. Que la instalación de Climatización, en caso de que exista, cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificado de la instalación sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenado, sellado y firmada por el técnico competente. Que los gases, humos, vapores y olores salgan al exterior de forma que no incidan sobre viviendas y lugares de estancia, sobresaliendo 1 m. por encima de cumbreras de los tejados en un radio de 10 m., y siempre por encima de la parte superior del hueco más alto de viviendas situadas en un radio de 50 m. Tercero.- La actividad no podrá comenzar a funcionar hasta que se efectúe visita de comprobación por Técnico Municipal y con levantamiento de acta favorable por parte del mismo, visita que deberá ser solicitada por el interesado. Cuarto.- Deberá obtener la oportuna licencia de obras, en su caso. Quinto.- Aprobar la liquidación pertinente de la tasa por licencia de Actividades Clasificadas.”””””””””””””””””””””””””””””

06JG2243.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””Dada cuenta del Expediente nº 06OB0665, instruido a instancia de MANUFACTURAS TEXTILES MANCHEGAS S.L., por el que solicita licencia para la actividad de CONFECCION A MEDIDA Y VENTA, con emplazamiento en CALLE COSO 37 de esta Ciudad; vistos los informes Técnicos y Jurídicos que obran en el citado Expediente, se propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Conceder al antes especificado, licencia de apertura del establecimiento citado, cuya actividad está calificada como MOLESTA, por ruidos y vibraciones. Segundo.- Imponer a la citada actividad las siguientes medidas correctoras: - Que en viviendas y locales de estancia afectados el nivel de ruido transmitido por el desarrollo de la actividad no supere los 30 dB(A), o cualquier límite inferior establecido por las ordenanzas municipales. - Que motores y máquinas no portátiles se instalen sobre bancadas de masa adecuada debidamente aisladas de suelo, pilares, paredes, etc. y de no ser posible se instalen sobre bancadas elásticas que absorban eficazmente las vibraciones. - Que se instalen equipos de extinción de incendios suficientes en número, y de eficacia, acorde con las características de la actividad. - El agua potable procederá de la red municipal. En caso de abastecimiento propio se precisa certificado de potabilidad de la Delegación de Sanidad (dirigirse al Farmaceutico Titular) y la instalación de clorador automático. - Las aguas residuales tendrán como destino la red de alcantarillado. En su defecto, se dotará de sistema depurador eficaz, antes del vertido final. - Las paredes y suelos serán de fácil limpieza e impermeable - Los servicios higiénicos serán los adecuados a la capacidad del local. - Se efectuará limpieza con la periodicidad necesaria para evitar los malos olores. Barrido húmedo o aspiración - Que la instalación eléctrica cumpla el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, acreditándose la autorización de puesta en servicio mediante Certificación visada, expedida por técnico competente, poniendo de manifiesto la adaptación de la obra al proyecto y el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias. - Que la instalación de Climatización, si dispusiese de ella, cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificado de la instalación sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenado, sellado y firmada por el técnico competente. Tercero.- La actividad no podrá comenzar a funcionar hasta que se efectúe visita de comprobación por Técnico Municipal y con levantamiento de acta favorable por parte del mismo, visita que deberá ser solicitada por el interesado. Cuarto.- Deberá obtener la oportuna licencia de obras, en su caso. Quinto.- Aprobar la liquidación pertinente de la tasa por licencia de Actividades Clasificadas.””””””””””””””””””””

06JG2244.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””Dada cuenta del Expediente nº 06OB0666, instruido a instancia de INDUSTRIAS CARNICAS FRIGASA SL, por el que solicita licencia para la actividad de CARNICERIA Y CHARCUTERIA, con emplazamiento en CALLE VIRGEN 18 de esta Ciudad; vistos los informes Técnicos y Jurídicos que obran en el citado Expediente, se propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Conceder al antes especificado, licencia de apertura del establecimiento citado, cuya actividad está calificada como MOLESTA, por ruidos, vibraciones y malos olores. Segundo.- Imponer a la citada actividad las siguientes medidas correctoras: - Que en viviendas y locales de estancia afectados el nivel de ruido transmitido por el desarrollo de la actividad no supere los 30 dB(A), o cualquier límite inferior establecido por las ordenanzas municipales. - Que se instalen equipos de extinción de incendios suficientes en número, y de eficacia, acorde con las características de la actividad. - El agua potable procederá de la red municipal. En caso de abastecimiento propio se precisa certificado de potabilidad de la Delegación de Sanidad (dirigirse al Farmaceutico Titular) y la instalación de clorador automático. - Las aguas residuales tendrán como destino la red de alcantarillado. En su defecto, se dotará de sistema depurador eficaz, antes del vertido final. - Las paredes y suelos serán de fácil limpieza e impermeable - Los servicios higiénicos serán los adecuados a la capacidad del local. - Mostrador, mesas, bandejas etc. serán de superficie lisa, impermeable de fácil limpieza y material anticorrosivo. - Se dotará de vitrinas y cámaras frigoríficas en cantidad suficiente. - Los alimentos expuestos al público se encontrarán debidamente protegidos y en condiciones de temperatura adecuada. - Dispondrá de locales de almacenamiento con perfecta separación entre los productos alimenticios y los de cualquier otra naturaleza. - Los residuos sólidos serán tratados o recogidos en recipientes de cierre hermético de retirada diaria. - Se efectuará limpieza con la periodicidad necesaria para evitar los malos olores. Barrido húmedo o aspiración - Se practicarán operaciones periódicas de desinfección, desinsectación y desratización. - Que la instalación electrica cumpla el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, acreditando la autorizaciónde puesta en servicio mediante "Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión", sellado por la Delegación de Industria y Tecnología. - Que los gases, humos, vapores y olores salgan al exterior de forma que no incidan sobre viviendas y lugares de estancia, sobresaliendo 1 m. por encima de cumbreras de los tejados en un radio de 10 m., y siempre por encima de la parte superior del hueco más alto de viviendas situadas en un radio de 50 m.

- Que la instalación de Climatización, si dispusiese de ella, cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificado de la instalación sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenado, sellado y firmada por el técnico competente. - Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente. - Que la zona denominada como obrador en la documentación no puede ser destinada a tal fin ya que los obradores no pueden tener acceso directo a los servicios higiénicos. Tercero.- La actividad no podrá comenzar a funcionar hasta que se efectúe visita de comprobación por Técnico Municipal y con levantamiento de acta favorable por parte del mismo, visita que deberá ser solicitada por el interesado. Cuarto.- Deberá obtener la oportuna licencia de obras, en su caso. Quinto.- Aprobar la liquidación pertinente de la tasa por licencia de Actividades Clasificadas.”””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2245.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Dada cuenta del Expediente nº 06OB0146, instruido a instancia de MORTEN 07, por el que solicita licencia para la actividad de DISCO BAR, con emplazamiento en AVENIDA PRIMERO DE JULIO 75 BAJO de esta Ciudad; vistos los informes Técnicos y Jurídicos que obran en el citado Expediente, se propone a la Comisión de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Conceder al antes especificado, licencia de apertura del establecimiento citado, cuya actividad está calificada como MOLESTA por produccion de ruidos, vibraciones y humos y vapores . Segundo.- Imponer a la citada actividad las siguientes medidas correctoras: - Que en viviendas y locales de estancia afectados el nivel de ruido transmitido por el desarrollo de la actividad no supere los 30 dB(A), o cualquier límite inferior establecido por las ordenanzas municipales. - Que motores y máquinas no portátiles se instalen sobre bancadas de masa adecuada debidamente aisladas de suelo, pilares, paredes, etc. y de no ser posible se instalen sobre bancadas elásticas que absorban eficazmente las vibraciones. - Que se instalen equipos de extinción de incendios suficientes en número, y de eficacia, acorde con las características de la actividad. - El agua potable procederá de la red municipal. En caso de abastecimiento propio se precisa certificado de potabilidad de la Delegación de Sanidad (dirigirse al Farmaceutico Titular) y la instalación de clorador automático. - Las aguas residuales tendrán como destino la red de alcantarillado. En su defecto, se dotará de sistema depurador eficaz, antes del vertido final. - Las paredes y suelos serán de fácil limpieza e impermeable - Los servicios higiénicos serán los adecuados a la capacidad del local.

- Dispondrá de locales de almacenamiento con perfecta separación entre los productos alimenticios y los de cualquier otra naturaleza. - Se efectuará limpieza con la periodicidad necesaria para evitar los malos olores. Barrido húmedo o aspiración - Se practicarán operaciones periódicas de desinfección, desinsectación y desratización. - La cocina, si dispusiese de ella, reunirá las siguientes condiciones generales: a) Se encontrará perfectamente separada del resto de las dependencias (vestuarios, aseos, almacenes, etc.). Sin que, en ningún caso, los servicios higiénicos tengan acceso directo a esta. b) Las paredes y techos tendrán superficies lisas, no absorbentes y de fácil limpieza. c) Los desagües poseerán cierres hidráulicos y estarán protegidos con placas o rejillas perforadas. d) Se dispondrá de iluminación suficiente para la actividad a realizar, encontrándose protegida adecuadamente. e) Ventilación suficiente. f) Agua potable caliente y fría. g) Mesas de trabajo de material liso, anticorrosivo y de fácil limpieza y desinfección. h ) Los aparatos y utensilios en contacto con los alimentos serán de materiales idóneos y, en ningún caso, susceptibles de modificar sus características o ser alterados. i) Campana con extractor de humos. j) Dispondrá de un lavamanos con apertura de pedal. k) Se contará con los dispositivos precisos para que la limpieza con agua pueda realizarse con la presión precisa. l) Las personas que manipulen alimentos lo harán en las condiciones higiénico-sanitarias precisas, de acuerdo con la legislación vigente. - Que la instalación eléctrica cumpla el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, acreditándose la autorización de puesta en servicio mediante Certificación visada, expedida por técnico competente, poniendo de manifiesto la adaptación de la obra al proyecto y el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias.(I) - Que los gases, humos, vapores y olores salgan al exterior de forma que no incidan sobre viviendas y lugares de estancia, sobresaliendo 1 m. por encima de cumbreras de los tejados en un radio de 10 m., y siempre por encima de la parte superior del hueco más alto de viviendas situadas en un radio de 50 m. (I) - Que la instalación de Climatización, si dispusiese de ella, cumpla con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, acreditando la autorización de puesta en servicio mediante certificado de la instalación sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenado, sellado y firmada por el técnico competente. - Que la instalación de cafetera cumpla con el Reglamento de Aparatos a Presión acreditando la autorización de puesta en servicio mediante ficha técnica sellada por la Delegación Provincial de Industria y rellenada, sellad y firmada, por el Instalador Autorizado y por el fabricante de la misma. - Se cumplirá el horario oficial.

Tercero.- La actividad no podrá comenzar a funcionar hasta que se efectúe visita de comprobación por Técnico Municipal y con levantamiento de acta favorable por parte del mismo, visita que deberá ser solicitada por el interesado. Cuarto.- Deberá obtener la oportuna licencia de obras, en su caso. Quinto.- Aprobar la liquidación pertinente de la tasa por licencia de Actividades Clasificadas.”””””””””””””””””””””””””” 06JG2246.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0235, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de VIÑARESOL S L; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a VIÑARESOL S.L para la apertura de la actividad de PARQUE SOLAR PARA PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA MEDIANTE FUENTES DE ORIGEN RENOVABLE (SOLAR FOTOVOLTAICA) Y POSTERIOR VERTIDO A LA RED PUBLICA DE DISTRIBUCION, con emplazamiento en POLIGONO 4 PARCELAS 36/37 POLIGONO 5 PARCELA 48 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: Se contará con autorización de la consejería de industria para su instalación. El vallado de la finca se establecerá como mínimo a 6 m del eje del camino. Para la línea de evacuación eléctrica de dicho parque se solicitara la correspondiente licencia de obras. 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos”””””””””””””””””” 06JG2247.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 05OB1293, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de LAFISJUR, SL; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a,LAFISJUR, S.L para la apertura de la actividad de ASESORIA FISCAL, con emplazamiento en C/ SOR CANDIDA 30 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””

06JG2248.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0716, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de D. ANTONIO SANCHEZ RAMIREZ, DNI/NIF: 5597859-G; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, D. ANTONIO SANCHEZ RAMIREZ para la apertura de la actividad de CABALLOS, con emplazamiento en POLIGONO 153 PARCELA 69 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2249.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0343, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de NICOFARMA Y MACAFARMA S L; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, NICOFARMA Y MACAFARMA S L, para la apertura de la actividad de PARAFARMACIA, con emplazamiento en PINTOR MENDOZA 60 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2250.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0655, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de D. JOSE MARIA CAMACHO HURTADO, DNI/NIF: 50859451B; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

1º.- Conceder licencia a, D. JOSE MARIA CAMACHO HURTADO, para la apertura de la actividad de PELUQUERIA DE CABALLEROS, con emplazamiento en CASTELLANOS 22 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.”””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2251.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0501, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de QUESERIA PATRIMONIOS S L; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, QUESERIA PATRIMONIOS S L para la apertura de la actividad de DESPACHO PARA PROMOCION INMOBILIARIA, con emplazamiento en UNION 4 BAJO de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2252.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0741, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de APLICACIONES Y AISLAMIENTOS INTETORRES S L; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a APLICACIONES Y AISLAMIENTOS INTETORRES S L, para la apertura de la actividad de COMERCIO DE DECORACION, con emplazamiento en PINTOR MENDOZA 33 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.”””””””””””””””””” 06JG2253.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0817, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de IMO GESTION

DE PREVENCION Y CALIDAD J L; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, IMO GESTION DE PREVENCION Y CALIDAD J L para la apertura de la actividad de PREVENCION DE RIESGOS LABORALES CALIDAD Y MEDIO AMBIENTE, con emplazamiento en CRISTO 61 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2254.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0200, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de JESUS COLLADO ESPADAS, DNI/NIF: 70642346P, para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: BAR Emplazamiento: CALLE CAPITAN FILLOL 11 Titular de la licencia: GUSTAVO DRADA SERNA Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2255.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0944, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de SANTIAGO GOMEZ MARTIN-LLORENTE, DNI/NIF: 06238844W, para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: BAR Emplazamiento: BAÑOS DEL PERAL Titular de la licencia: EULOGIO BARBERAN CAMACHO Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes:

2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.””””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2256.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0846, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de JOSE MIGUEL RODRIGUEZ GUTIERREZ, DNI/NIF: 52380336K, para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: CARNICERIA Emplazamiento: VALCENTRO PUESTO Nº 9 Titular de la licencia: JOSE MARIA LOPEZ HURTADO Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes: Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.”””””””””””””””” 06JG2257.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0602, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de REALTUR S.A., para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: MOTEL-RESTAURANTE-CAFETERIA-PISCINA Emplazamiento: AUTOVIA DE ANDALUCIA KM 194 Titular de la licencia: MOTELES DE LAS GRANDES RUTAS ESPAÑOLAS S.L. Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes: Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.”””””””””””””””” 06JG2258.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0255, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de LOSON C.B, para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: COMERCIO MENOR DE PRODUCTOS DIETETICOS Emplazamiento: CALLE ESCUELAS 28 Titular de la licencia: HOUSEDIET SL Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes: Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.””””””””””””””” 06JG2259.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0637, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de LA CROISSANTERIE CB, para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: CROISANTERIA Y VENTA DE PRODUCTOS DE BOLLERIA PASTELERIA Y HELADERIA Emplazamiento: PLAZA ESPAÑA, 6 Titular de la licencia: EUGENIO SÁNCHEZ RÚIZ Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes: Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.”””””””””””””” 06JG2260.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0802, de solicitud de traspaso de licencia de apertura de establecimiento, incoado a instancia de LORENZO MOLINERO MONCADA, DNI/NIF: 70728929L, para traspasar a su favor la siguiente licencia: Tipo de actividad: SALON DE PELUQUERIA DE SRAS Y CABALLEROS Emplazamiento: CALLE PINTOR MENDOZA, ESQ UNION, 59 Titular de la licencia: L & M MOLINERO CB Vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

Conceder licencia de traspaso de la actividad antes mencionada, con los siguientes condicionantes: Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Traspaso de Establecimientos.”””””””””””””” 06JG2261.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0393, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de D. JOSE CELEDONIO PRETEL MERLO, DNI/NIF: 52381532K; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, D. JOSE CELEDONIO PRETEL MERLO para la apertura de la actividad de FLORISTERIA , con emplazamiento en PINTOR MENDOZA 28 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.””””””””””””” 06JG2262.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0490, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de CREA CONSULTORES C. B.; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, CREA CONSULTORES C. B para la apertura de la actividad de CONSULTORIA DE SELECCION Y FORMACION DE PERSONAL, con emplazamiento en AMAPOLA 34 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.”””””””””””””” 06JG2263.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0380, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de DÑA. MARIA

ISABEL GOMEZ POZO, DNI/NIF: 6192061R; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, DÑA. MARIA ISABEL GOMEZ POZO para la apertura de la actividad de COMERCIO MENOR PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO, con emplazamiento en PINTOR MENDOZA 50 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.”””””””””””””” 06JG2264.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el Expediente nº. 06OB0216, de solicitud de licencia de apertura de establecimiento de Actividad No Clasificada, incoado a instancia de D. RAFAEL RIOPEREZ ALVAREZ , DNI/NIF: 52133602P; vistos los informes Técnicos y Sanitarios unidos al Expediente, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: 1º.- Conceder licencia a, D. RAFAEL RIOPEREZ ALVAREZ para la apertura de la actividad de COMERCIO MENOR MAQUINAS EXPENDEDORAS, con emplazamiento en VERACRUZ 18 de esta localidad, con los siguientes condicionantes: 2º.- Aprobar la correspondiente liquidación de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.””””””””””””” 06JG2265.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Dada cuenta del proyecto (06ge1080) presentado por la Junta de Compensación de los Polígonos “A” , “B” y “C” del Sector S-4, de fecha 17 de julio del 2006, para la ejecución de las zonas verdes del Sector S-4 Visto el informe emitido por el Arquitecto municipal El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Acceder a la aprobación del citado proyecto.”””””””

06JG2266.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Dada cuenta del escrito (06ge1194) presentado por la de fecha 2 de agosto de 2006, por el que expone “ que por motivos personales no va poder continuar con la tramitación de la licencia de apertura 05ob945” y solicita “la finalización del expediente y el archivo del mismo. Visto el informe emitido por el Ingeniero Técnico Industrial El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Acceder a lo solicitado.”””””””””””””””””””””” 06JG2267.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 05c0496 (05ge685), en relación a la devolución de garantía sobre el Proyecto de Climatización y su ejecución material en el Museo-Centro de Interpretación del parque Arqueológico “Cerro de las Cabezas” por importe de 711,85€, de fecha 10 de marzo de 2005, así como el informe del Servicio de Cultura. Visto asimismo el informe emitido por el Arquitecto municipal. El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Acceder a los solicitado, procediendo a la devolución de la garantía provisional constituida para participación en el concurso de adjudicación de las obras: Proyecto de Climatización y su ejecución material en el Museo Centro de Interpretación del parque arqueológico “Cerro de las Cabezas” .”””””””””””””””””””””” 06JG2268.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “”””””””””El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar la certificación número 12 de las obras de “ampliación de la casa consistorial de Valdepeñas” presentada por BANASA por un importe de 285.135,88 euros y remitirla a la Consejería de Administraciones Públicas para que proceda al abono correspondiente en materia del convenio firmado.””””””””””””””””””””””

06JG2269.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””RESULTANDO que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se ha concedido licencia de a CEPSA, representada por RAMON GUERRA ESCAMILLA, para la instalación de INSTALACION DE GLP EN EDIFICIO DE 7 VIVIENDAS MAS 5 VIVIENDAS ADOSADAS, con emplazamiento en C/ VIRGEN DE LOS LLANOS S/N, Expediente nº 98OB763 y RESULTANDO que se ha girado por la Oficina Técnica inspección de las medidas correctoras, habiéndose levantado acta favorable, el Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local: Informar favorablemente dicho Expediente y conceder licencia de funcionamiento para la actividad mencionada.””””””””””””””””””””””””””” 06JG2270.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””RESULTANDO que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se ha concedido licencia de CLASIFICADA a ENAGAS, S.A., representada por MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ ARAGON, para la instalación de INSTALACION GASODUCTO ALCAZAR DE SAN JUAN SANTA CRUZ DE MUDELA, con emplazamiento en TERMINO MUNICIPAL VALDEPEÑAS, Expediente nº 02OB229 y RESULTANDO que se ha girado por la Oficina Técnica inspección de las medidas correctoras, habiéndose levantado acta favorable, el Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local: Informar favorablemente dicho Expediente y conceder licencia de funcionamiento para la actividad mencionada.””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2271.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar la segunda certificación de la obras de construcción de centro ocupacional de Valdepeñas por importe de 66.820,13 euros y remitirla a la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social para proceder a su abono.”””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2272.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por D. José Luis Antequera Díaz, de fecha 25 de agosto de 2006 por el que solicita la devolución de parte del importe pagado en concepto de tasa en el expediente 06ob0433. Resultando que, efectivamente, en la liquidación correspondiente se establece una diferencia de valoración de presupuesto de 7471,28€ (pagando en concepto de tasa el 1%, es decir 74,71€), debiendo haber sido esta de 1440,28€ (86990€ - 85549,72€) El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Acceder a los solicitado, procediendo a la devolución correspondiente al interesado (74,71€ - 14,40€ = 60,31€)”””””””””””””””” 06JG2273.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Dada cuenta del escrito (06ge1197) de fecha 3 de agosto de 2006, por el que expone que no le ha sido concedida licencia a causa del Plan de Ordenación Municipal, solicita devolución de tasa pagada (1% presupuesto = 90€ ) El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Acceder a lo solicitado.””””””””””” 06JG2274.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Dada cuenta del escrito (06ge1243) de fecha 9 de agosto de 2006, por el que expone “que según la notificación de cobro de la oficina de Recaudación Municipal de este Excmo. Ayuntamiento con nº de salida 2006s10091 de fecha 1/08/2006, se le gira a esta entidad un recibo por tasas del mes de Mayo de O.V.P. con mercancías, escombre y materia en C/ Torrecillas, por valor de 108,50” y solicita “que habiendo retirado los escombros y pagado las tasas por los escombros durante los meses de Marzo y Abril, se anule la tasa por O.V.P. por escombros, ya que la retirada de los escombros se produjo durante el mes de Abril de 2006 por parte de esta empresa y no pertenece pagar el mes de Mayo, puesto que en ese ya no había escombros. Visto el informe emitido por el Inspector de Obras en el que consta que fue ocupada la vía publica en el mes de mayo del presente año. El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo:

No acceder a lo solicitado.””””””””””””””””””””” 06JG2275.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar la adquisición de un horno DALI D4/FRAGUA PROPANO 4 quemadores por valor de 1.845,42 euros para el servicio de obras (herrero).””””””””””””””””””””””” 06JG2276.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar la minuta presentada por el Arquitecto Técnico D. Jerónimo García de Jaime por valor de 9.039,50 por la redacción del proyecto de construcción de la primera fase del campo de tiro.”””””””””””””””””””””””””””” 06JG2277.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo: “””””””””””””Visto el escrito (06GE0863) de Mª del Carmen Carrasco Delgado como representante de la comunidad de vecinos de la Plaza de San Nicasio, Bloque 2, Portal 1, solicitando se anule el recibo girado por los trabajos realizados por limpieza de la red de saneamiento, ya que se le informó que el presupuesto sería de 80,00 Euros y que el recibo asciende a 154,00 Euros y que además no se retiraron los residuos. Visto el informe emitido por el Arquitecto Tecnico Municipal, en el consta: “he de decir que realizadas las comprobaciones oportunas con el personal de este servicio, se desprende que el recibo es correcto, pues la cantidad es la resultante del tiempo real empleado en el trabajo que se realizó y por otro lado en ningún momento se presupuestó en 80,00 Euros a efectos de la realización de las obras, ya que no es una practica que se haya utilizado nunca y no es posible hacerlo ya que son trabajos que se facturan por tiempo real empleado.” El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: No acceder a lo solicitado.”””””””””””””””””””

06JG2278.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 06JG1510, de fecha 1 de junio del 2006, cuyo contenido es el siguiente: “06JG1510.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Aprobar la siguiente Propuesta de la Concejalía de Hacienda: """"" Dada cuenta del escrito por el que la entidad "PROYECTOS Y CONTRATAS ERGOCAN, S.L.", solicita la devolución la garantía definitiva constituida como adjudicataria del contrato de Obras de "Edificio destinado a Vestuarios en Pistas Polideportivas del Polígono Industrial". Examinado el correspondiente expediente, de conformidad con el contrato celebrado al efecto y con el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen el mismo. Se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Solicitar informe de la Oficina Técnica de Obras sobre Acta de recepción satisfactoria de las obras mencionadas. Segundo.- Emitido informe al respecto, se someterá de nuevo la solicitud a la Junta de Gobierno Local. """""""""""""""" Visto el informe (06ge1252) remitido por el Presidente del Club de tenis Valdepeñas en relación al estado de las obras. El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Dar traslado del referido informe a la Junta de Gobierno Local.”””””””” 06JG2279.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del escrito (06ge1267) remitido por el Excmo. Ayuntamiento de Manzanares, de fecha 10 de agosto de 2006, por el que se comunica que dicho Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 28 de julio de 2006, ha otorgado la aprobación inicial a nueva propuesta de Catalogo de Bienes y Ámbitos protegidos de Manzanares, y se solicita la emisión de dictamen en relación a tal instrumento de planeamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 36.2.c) en relación con el Art. 10 ambos del D.L/2004, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Ordenación de Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla la Mancha. El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Comunicar al Excmo. Ayuntamiento de Manzanares que no existe objeción legal alguna en relación con la tramitación para la aprobación del referido instrumento de planeamiento.””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2280.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del recibo por obra:”acometida con hormigón”, girado a nombre de Tomas Rodríguez Moya. Advertido error en el nombre del propietario al que debe ser girado. El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Anular el recibo referido, girando un nuevo recibo a nombre de Ángel Ruiz Jiménez, con domicilio en Calle Clavel, 3, DNI 70642643-Y.””””””””””””””””””” 06JG2281.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del recibo por obra:”acometida con hormigón”, de fecha 26 de mayo de 2006, girado a nombre de Rosa Maria de la Hoz Martín. Advertido error en el nombre del propietario al que debe ser girado. El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Anular el recibo referido, girando un nuevo recibo a nombre de Félix Bernalte Marques, con domicilio en Calle Ramón y Cajal, 2, DNI 52383968L.”””””””””””””””” 06JG2282.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por D. Antonio Prieto García por el que solicita se abone el importe correspondiente a la instalación de rejilla en la calle Angosta número 5.

El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar el pago a D. Antonio Prieto García, con DNI 5.808239-A y domicilio en calle Mesta 2 de 203,82 euros correspondientes a los gastos que ha supuesto colocar una rejilla en la fachada de su vivienda sita en calle Angosta 5, tras el arreglo de la misma.”””””””””””””””””””””””””””” 06JG2283.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Visto el escrito del Cuerpo de Policía Local (06GE1092), sobre las deficientes condiciones de señalización de las obras existentes en la calle Constitución c/ v Princesa por existir huecos en el vallado. Visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, en el que consta: “he de decir que personado en el lugar se observó que el vallado estaba cerrado por todos lados, sin facilidad de caída de personas al interior de la excavación, no obstante, es posible que en algún otro momento quedaran huecos que posibilitaran dicha situación. Por tanto, si bien no se encuentran motivos para denunciar un hecho concreto, si que se debería recordar va la empresa constructora un mayor cuidado en el cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales ya que el escrito del Cuerpo de Policía pone de manifiesto que en algún momento no se cumplió la normativa citada. “ El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Recordar a la empresa un mayor cuidado en el cumplimiento de la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales a fin de evitar posibles daños a las personas.”””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2284.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Obras y Urbanismo:

“””””””””””””Dada cuenta del acuerdo (06ge1186) de la Junta de Gobierno Local nº 06JG1077, de fecha 20 de abril del 2006, por el que se solicita informe de la Oficina de Obras en relación a Reclamación de D. José Valentín Rodríguez de Lamo Galán por daños causados el 15 de marzo del 2006 en Calle Virgen esquina Avda. 1º de julio, al tropezar su vehículo con una rejilla de las aguas.

Visto el informe emitido por el Arquitecto, en el que consta: “En relación al expediente de reclamación previa a la Administración a instancias de D. Jose Valentín Rodríguez de Lamo Galán, por los daños sufridos como consecuencia de los hechos

ocurridos el día 15 de Marzo del 2006, en la calle Virgen, esquina a avenida 1º de Julio, al tropezar su vehículo con una rejilla sumidero, he de decir que realizadas las indagaciones oportunas, en este servicio de Obras no se tiene constancia de tal hecho, si bien si es cierto que hubo una rejilla sumidero levantada que hubo que volver a colocar.” El Concejal Delegado de Obras y Urbanismo propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: Dar traslado del referido informe a la Junta de Gobierno Local.””””””””””””””” 06JG2285.- Dada cuenta del oficio remitido por la Excma. Diputación Provincial, comunicando que ha sido resuelta la convocatoria del Plan Provincial de Apoyo a Obras municipales para 2006, habiendo sido asignada a este Ayuntamiento la cantidad de 191.707,97 € con destino a la financiación de las siguientes obras de titularidad municipal: Realización de saneamiento entre calle Sta. Teresa Jornet y Parque el Este. Reformas en varias zonas de juegos infantiles Climatización del Pabellón Deportivo de la Avda. del Sur. La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda Darse por enterada de dicho escrito dando traslado del mismo a Obras y Urbanismo, Tesorería e Intervención. 06JG2286.- Dada cuenta del escrito remitido por UNIÓN FENOSA comunicando que en relación con el expediente 341105040224 de retranqueo de línea de media tensión en calle de nueva apertura con vuelta a Salida de los Llanos, para proceder a la ejecución de la misma es preciso abonar la cantidad de 35.242,15 €. Visto el informe emitido por el Ingeniero Técnico Industrial de este Ayuntamiento. La Junta de Gobierno Local por unanimidad Acuerda: Acceder a lo solicitado, procediendo al ingreso de 35.242,15 € a favor de UNIÓN FENOSA S.A. 06JG2287.- Dada cuenta del escrito remitido por la Asociación Provincial de Empresarios de Construcción de Ciudad Real solicitando la remisión de copia de las Ordenanzas Fiscales provisionales o definitivas para el año 2007, relativas al sector de la Construcción.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Comunicar a dicha Asociación Empresarial que hasta la fecha no existe borrador de las Ordenanzas Fiscales para el 2007, pero que pueden consultar las Ordenanzas Vigentes en la página Web de este Ayuntamiento. 06JG2288.- Dada cuenta del escrito remitido por la Defensora del pueblo de Castilla la Mancha en relación con el expediente Q-06/0420, relativo a la queja presentada por D. MIGUEL GUTIERREZ FERNANDEZ. La Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda: Comunicar a la Defensora del Pueblo de Castilla la Mancha que ante este Ayuntamiento no se ha presentado reclamación alguna por parte de D. Miguel Gutiérrez Fernández; y que debe referirse a la reclamación presentada por el interesado ante la OMIC de MANSERJA, que es la única existente en esta Ciudad, debiendo dirigirse a dicha Mancomunidad, solicitando los informes que alude en su escrito. VII.- ASUNTOS HACIENDA, PERSONAL, RÉGIMEN INTERIOR, SEGURIDAD, TRANSPORTES Y PROTECCION CIVIL. 06JG2289.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Aprobar la Relación nº 17/2006 de facturas presentadas por diversos suministros y servicios prestados a este Ayuntamiento, cuyo importe total asciende a la cantidad de 834.037,41 Euros. 06JG2290.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Hacienda: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DÑA ANA BELEN RIAZA TERCERO, manifestando que es arrendataria de una vivienda municipal en la Calle Antonio María Vasco, 6 2º y que ha sufrido una avería consistente en que se le ha quemado el calentador del agua, solicitando que el Ayuntamiento se lo repare. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Comunicar a la interesada que no existiendo constancia de que este Ayuntamiento sea el responsable de dicha avería, no es posible atender a su reclamación.””””””””””” 06JG2291.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal:

“””””””””””””Dada cuenta de la cédula de citación remitida por el Juzgado de lo Social Nº 2 de Ciudad Real por la que se cita a este Ayuntamiento para que comparezca en la Sala de Audiencias de ese Juzgado a fin de celebrar la vista de los Autos de Demanda 592/2006, en materia de tutela de derechos fundamentales, interpuesta por D. JOSE LUIS ALARCÓN UTRERA, contra este Ayuntamiento, que se celebrará el próximo día 26 de Septiembre de 2006 a las 11,45 horas, en calidad de demandado. El Tte. de Alcalde que suscribe propone la adopción del siguiente ACUERDO: Designar para que se haga cargo de la defensa de este Ayuntamiento en el citado procedimiento a SAGARDOY ABOGADOS”””””””””””””””””””””” 06JG2292.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DON CARLOS JAIME GONZALEZ, por el que Solicita se le autorice a retirar su vehículo CR-1241-H del depósito municipal, eximiéndole de las tasas, debido a su situación económica. Visto el informe emitido por la Policía Local. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Desestimar su solicitud, comunicándole que podrá retirar el vehículo del Depósito Municipal abonando las tasas de grúa y depósito, antes del 31 de Octubre de 2.006.""""""""""""" 06JG2293.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta de un escrito de Dª María Ángeles Encinas Lorente, funcionaria de este Ayuntamiento, en virtud del cual solicita una reducción del 30 por ciento de la cuota mensual a pagar por importe de 140 € mensuales al C.A.I. Ntra. Sra. Del Carmen, correspondiente a su hijo Carlos Fernández Encinas. Visto lo dispuesto en el Artº 17 del Acuerdo Marco de este Ayuntamiento, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo solicitado."""""""""""""""""""""""""""" 06JG2294.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal:

“””””””””””””Dada cuenta de un escrito presentado por Dª. Laura Tell Busquet, Auxiliar administrativo contratado por este Ayuntamiento por el que solicita le sea concedida ayuda por natalidad de 200 euros, conforme al Convenio Colectivo en vigor, por el nacimiento el pasado día 22 de Julio 2006 de su hijo Jaime Bejarano Tell, así como la ampliación del permiso de gestación hasta 20 semanas. Vistos los artículos 14.b) y 19 del Convenio Colectivo. Se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo solicitado. """"""""""" 06JG2295.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta de la necesidad de seguir llevando a cabo los trabajos de pintura para continuación del libro blanco de tráfico; se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: Proceder a la contratación como Peones Pintores de Tráfico de D. FELIPE CEJUDO HERAS, Dª. Mª CARMEN GARCIA-BELLO PEÑASCO, D. DOROTEO NAVARRO AUÑON, D. FRANCISCO NIETO PEINADO y D. EUSEBIO OJEDA GONZALEZ , según orden de la Bolsa de Trabajo correspondiente, por obra o servicio determinado para el objeto indicado, a partir del día 21 de septiembre y hasta fin de la temporada de primavera 2007.”””””””””””””””””””””””””””” 06JG2296.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DOÑA ROSA MARIA SÁNCHEZ DEL VALLE, Auxiliar de Administración General de este Ayuntamiento, solicitando el reintegro de la reducción del 30% de las cuotas abonadas por la estancia de su hija Carla Cenjor Sánchez en el CAI Nª Sra. del Carmen durante los meses de Febrero a junio de 2006. Visto el art. 17 del vigente Acuerdo Marco. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo interesado"""""""""""""""""""""" 06JG2297.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal:

“””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por D. DANIEL MUÑOZ SAAVEDRA, Operario de Instalaciones Deportivas Municipales, solicitando la concesión de un anticipo reintegrable, de 1.200 €, a devolver en 24 mensualidades; para atender urgentes necesidades domesticas. Visto en informe emitido por el Sr. Interventor. Visto el art. 22 del vigente Convenio Colectivo. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo interesado"""""""""""""""""""""" 06JG2298.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DÑA. BENITA MARQUES GARCIA solicitando la revisión de la puntuación que se le ha concedido por el Tribunal en la Bolsa de Trabajo de Limpiadoras del CAI, adjuntando vida laboral El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Comunicar a la interesada que revisada la puntuación y la vida laboral aportada, los días que estuvo de alta son 518 (17,26 meses x 0,05 = 0,86 puntos), por lo que no procede su reclamación.”””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2299.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta del acta de las pruebas de selección para la constitución de Bolsa de Trabajo de PROFESORES PARA EL CONSERVATORIO MUNICIPAL ELEMENTAL DE MUSICA Y DANZA Y LA ESCUELA DE MUSICA Y DANZA “IGNACIO MORALES NIEVA” DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS, celebradas el día 20 de julio de 2006. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno, la adopción del siguiente ACUERDO: Constituir bolsa de trabajo de PROFESORES PARA EL CONSERVATORIO MUNICIPAL ELEMENTAL DE MUSICA Y DANZA Y LA ESCUELA DE MUSICA Y DANZA “IGNACIO MORALES NIEVA” DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS, la cual se regirá por el siguiente orden:

PROFESORES DE GUITARRA Dª. Gema María Fernández Maroto BOLSA DE PROFESORES DE VIOLÍN Dª. Jennifer Salamanca Guijarro BOLSA DE PROFESORES DE VIOLONCHELO Desierta. BOLSA DE PROFESORES DE MÚSICA Y MOVIMIENTO Desierta. BOLSA DE PROFESORES DE TROMBÓN Desierta. BOLSA DE PROFESORES DE TROMPA Desierta.”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2300.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DÑA. VICTORIA PACHECO ROMERO solicitando se le conceda permiso por lactancia una vez finalizado el permiso por maternidad que está disfrutando, por periodo de un mes. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo solicitado”””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2301.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Personal: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DÑA. MARIA JESÚS PERALBO PONTE solicitando se le abonen los atrasos que le correspondan por haber trabajado en el Ayuntamiento durante los años 2004 y 2005. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO:

Remitir dicha instancia a los Negociados de Personal y Tesorería solicitando informes al respecto.”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””” 06JG2302.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta de los escritos presentados por D. MICHEL STROKAY y VICTOR SOLNICHA, formulando recurso de reposición contra el acuerdo de Junta de Gobierno Local 06JG1876, por el que se les imponía una sanción de 250 euros por los hechos ocurridos el 27 de mayo de 2006. Considerando que del informe emitido por la Policía Local se desprende que ambos se encontraban causando molestias a las personas que en aquel momento se encontraban en el Parque del Este, debido al estado de embriaguez en que se encontraban. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Desestimar el recurso presentado”””””””””””””””””” 06JG2303.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DON CARLOS JAIME GONZALEZ, por el que Solicita se le autorice a retirar su vehículo CR-1241-H del depósito municipal, eximiéndole de las tasas, debido a su situación económica. Visto el informe emitido por la Policía Local. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Desestimar su solicitud, comunicándole que podrá retirar el vehículo del Depósito Municipal abonando las tasas de grúa y depósito, antes del 31 de Octubre de 2.006””””””””””””” 06JG2304.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por DON ISRAEL GUTIERREZ MARTÍN, por el que solicita se suspenda el expediente sancionador Nº 06JG1533, hasta

que recaiga sentencia en el procedimiento penal que se tramita por los mismos hechos. (Procedimiento Abreviado 413/2006 del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Valdepeñas). Visto el informe emitido por la Policía Local, y la documentación aportada por el interesado. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo interesado"""""""""""""""""""""" 06JG2305.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con los hechos ocurridos el día 12 de agosto de 2006 sobre las 1.30 horas en la zona de la calle Cristo c/v Virgen, al encontrarse la patrulla un individuo agrediendo a otro en estado de alteración y despreciando a los agentes, identificado como D. SAMBA GAGNY. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 23.N de la Ley 1/92, por originar desórdenes graves en vía pública. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a D. SAMBA GAGNY una sanción de 250 euros como responsable de dicha infracción"""""””””””””””” 06JG2306.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con los hechos ocurridos el día 11 de agosto de 2006 sobre las 8.20 horas en la zona de la Avda 1º de julio a la altura del número 117, al encontrarse la patrulla dos camiones descargando ladrillos ocupando la vía pública sin autorización, identificándose a la empresa URAZCA CONSTRUCCIONES, como responsable de dichos hechos. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 10.3 de las Ordenanzas Municipales, por ocupación de vía pública sin autorización. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO:

Imponer a URAZCA CONSTRUCCIONES una sanción de 250 euros como responsable de dicha infracción"""""””””””””””” 06JG2307.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con los hechos ocurridos el día 11 de agosto de 2006 sobre las 18,45 horas en la zona de la calle Seis de Junio a la altura del número 26, al encontrarse la patrulla que un camión había dejado un reguero de hormigón desde la Plaza de San Marcos hasta el número 26 de la calle Seis de Junio, identificándose a la empresa JOSE MATEO CONSTRUCCIONES S.L., como responsable de dichos hechos. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 26.I de la Ley 1/92, por originar desórdenes en vía pública. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a JOSE MATEO CONSTRUCCIONES, S.L. una sanción de 200 euros como responsable de dicha infracción"""""”””””” 06JG2308.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con los hechos ocurridos el día 27 de julio de 2006 sobre las 20,52 horas en la zona de la calle Virgen a la altura del número 40, al comprobar la patrulla que un local destinado a venta de ropa se encontraba abierto al público careciendo de la receptiva licencia de apertura y funcionamiento, identificándose a DÑA. AICHA BOUCHOUKA, como responsable de dicho local. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Comunicar dichos hechos a la Oficina Técnica, para comprobar si tiene solicitado Licencia de Apertura, y en caso contrario iniciar expediente sancionador por la apertura al público de un local careciendo de la preceptiva licencia .”””””””””””””””””””” 06JG2309.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía:

“””””””””””””Dada cuenta de los informes presentados por la Policía Local en relación con los siguientes hechos ocurridos el día 29 de julio de 2006: - Sobre las 5,00 horas en la zona de la calle Avda 1º Julio c/v calle Tomás de Antequera, al comprobar la patrulla que estaba realizando aguas menores en la vía pública un individuo que resultó ser D. PEDRO ESPADAS NIETO. - Sobre las 5,40 horas en la zona de la calle Cristo, 62, al comprobar la patrulla que estaba realizando aguas menores en la vía pública un individuo que resultó ser D. CARLOS GONZALEZ GONZALEZ. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 3 de las Ordenanzas Municipales. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a D. PEDRO ESPADAS NIETO y D. CARLOS GONZALEZ GONZALEZ, una sanción de 50 euros a cada uno como autores de dicha infracción.”””””””””””””””””””””””””” 06JG2310.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con los siguientes hechos ocurridos el día 24 de julio de 2006: Sobre las 8,30 horas en la zona de la calle Balbuena en el tramo comprendido entre Sor Cándida y Dolores al comprobar la patrulla como se encontraba cortada la calle en dicho tramo sin autorización, identificándose a la empresa infractora que resultó ser: PROMOCIONES Y CONTRATAS PASEO LUIS PALACIOS, S.L. Sobre las 11.10 horas en la zona de la calle Picadero, al comprobar la patrulla como se encontraba cortada la calle sin autorización, identificándose a la empresa infractora que resultó ser: D. ANGEL SÁNCHEZ BAUTISTA. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 10.3 de las Ordenanzas Municipales, por corte de vía pública sin autorización. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a ambas empresas, una sanción de 250 euros a cada una como responsables de dicha infracción.””””””””””””””””” 06JG2311.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía:

“””””””””””””Dada cuenta de los informes presentados por la Policía Local en relación con los siguientes hechos por ruidos ocasionados al vecindario: El día 11 de agosto a las 5.00 horas, en la zona del Camino de la Casa Pañero, al observar que del local denominado JARDÍN DE OPALE, se emitían ruidos procedentes de música muy alta, ocasionando molestias al vecindario, identificándose al encargado del local que resultó ser D. JUAN RAMON CIDFUENTES LOPEZ, siendo titular de local D. FRANCISCO JIMÉNEZ ANDUJAR, quien no acreditó estar en posesión de la preceptiva licencia de apertura. - El día 25 de julio a las 4,40 horas, en la zona de la Avda Estudiantes c/v calle Madrilas, al observar que del cercado propiedad de D. HUMBERTO GARRIDO SÁNCHEZ, se estaban produciendo ladridos por un perro, ocasionando molestias al vecindario. - El día 12 de agosto a las 2.25 horas en la zona de la calle Cristo, al observar que del local denominado BAR EL DISPARATE, se emitían ruidos procedentes de música muy alta ocasionando molestias al vecindario, identificando al titular de dicho local a DÑA. DAMIANA DE JESÚS MERLO CASTILLO. - El día 12 de agosto a las 5,00 horas en la zona de la calle Camino Casa Pañero, al observar que del local denominado REBELIÓN, se emitían ruidos procedentes de música muy alta, ocasionando molestias al vecindario, siendo titular de dicho local D. DANIEL BALLESTEROS GARCIA. - El día 28 de julio a las 12.40 horas en la zona de la calle Molineta, al observar que en el domicilio situado en el número 1 A de dicha calle se emitían ruidos procedentes de música muy alta que ocasionaba molestias al vecindario, identificándose al inquilino del domicilio que resultó ser D. VICTOR MANUEL DELGADO MORENO. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 34 de las Ordenanzas Municipales de Protección del Medio Ambiente y del art. 22 del Reglamento de Servicios por carecer de licencia. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO:

1º.- Imponer a D. FRANCISCO FERNANDEZ ANDUJAR, DÑA. DAMIANA DE JESUS MERLO CASTILLO, D. DANIEL BALLESTEROS GARCIA, Y D. VICTOR MANUEL DELGADO MORENO, la sanción de 150 euros como responsables de dichas infracciones.

2º.- Requerir a D. FRANCISCO JIMÉNEZ ANDUJAR para que aporte la licencia municipal de apertura de su establecimiento en el plazo de un mes contado a partir de la notificación del presente acuerdo.

3º.- Imponer a D. HUMBERTO GARRIDO SANCHEZ la sanción de 50 €, comunicando al mismo que debe de poner el correspondiente bozal al perro en cumplimiento de la normativa vigente.””””””””””””””””””””””””””””

06JG2312.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hechos ocurrido el día 26 de julio a las 2.40 horas en la zona de la calle Alegría, al comprobar que una mujer iba pidiendo auxilio desde un coche, identificando al conductor del mismo que resultó ser D. ALEJANDRO PEREZ LOPEZ y a la ocupante que resultó ser DÑA. DELSY EVA GARCETE ORTIZ. Considerando que los hechos son constitutivos de una infracción del art. 26.I de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a cada uno de ellos una sanción de 500 euros como responsables y autores de dicha infracción””””””””””””””” 06JG2313.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 30 de julio a las 2,35 horas en la zona de la calle Avda del Sur, al comprobar que un joven se encontraba encaramado a un árbol siendo invitado a que bajase, rompiendo dos ramas en el descenso, identificado resulto ser D. FRANCISCO JOSE ZOPEQUE ZABALA. Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 26 de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a D. FRANCISCO JOSE ZOPEQUE ZABALA una sanción de 50 euros como responsable y autor de dicha infracción”””””””””””””” 06JG2314.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 5 de agosto a las 13,00 horas en la zona de la calle Seis de Junio c/v calle Arpa, al comprobar que unos menores se encontraban lanzando globos llenos de agua a los vehículos y transeúntes que por allí pasaban, ocasionando molestias, siendo identificados como nietos de DÑA. FRANCISCA NOCEDAL RODRÍGUEZ.

Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 26 de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Advertir a DÑA. FRANCISCA NOCEDAL RODRÍGUEZ que si dichos hechos vuelven a producirse será denunciada como responsable de la conducta de dichos menores. “”””””””””””””””” 06JG2315.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 22 de julio a las 4,25 horas en la zona de la calle Bataneros c/v a calle Correderas, al comprobar que cuatro jóvenes estaban enzarzados en una pelea, que resultaron ser CARLOS JAVIER SÁNCHEZ LADERAS, ENRIQUE SÁNCHEZ LADERAS, JUAN CARLOS CHACON MORALES y FRANCISCO JIMÉNEZ MARIN. Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 26.I de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a cada uno de ellos una sanción de 100 euros como responsables de dicha infracción.”””””””””””””””””” 06JG2316.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 25 de julio a las 8,50 horas en la zona de la Plaza de España, al comprobar que un individuo se encontraba dando voces y golpeando cristales y puertas de los edificios y locales y que resultó ser D. LUIS CANO VAZQUEZ. Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 26.I de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO:

Imponer a cada uno de ellos una sanción de 50 euros como responsables de dicha infracción.”””””””””””””””” 06JG2317.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 6 de agosto a las 4,32 horas en la zona del recinto ferial, al comprobar que una pareja se encontraba peleando y resultando ser D. DAVID CHINCHILLA DIAZ y DÑA. MARIA DEL CARMEN PEREZ MARTIN. Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 26.I de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a cada uno de ellos una sanción de 50 euros como responsables de dicha infracción.”””””””””””””””””””””””” 06JG2318.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 8 de agosto a las 3,40 horas en la calle Paquita Baeza, al comprobar que se estaba produciendo una pelea entre dos hombres y una mujer que resultaron ser: IVAN HINAREJOS ROJO, VASILE POPESCU y ANA POPESCU. Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 23.N de la Ley 1/92, por desordenes graves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a cada uno de ellos una sanción de 200 euros como responsables de dicha infracción.”””””””””””””””””””” 06JG2319.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del informe presentado por la Policía Local en relación con el hecho ocurrido el día 14 de agosto a las 13,50 horas en la ZONA DEL Hostal Tu Casa, al comprobar que se estaba produciendo una pelea entre tres hombres, que

resultaron ser: LARBI BOUCHOUKA MOHAMED, HAJJA BOUCHOUKA y ABDELKBIR AMAL. Considerando que el hecho es constitutivo de una infracción del art. 26.I de la Ley 1/92, por desordenes leves en las vías públicas. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Imponer a cada uno de ellos una sanción de 100 euros como responsables de dicha infracción.””””””””””””””””” 06JG2320.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del escrito presentado por CONSTRUCCIONES RAMARMI, S.L., exponiendo que han tenido conocimiento de que se les ha impuesto una sanción por importe 250 euros a la empresa patrimonial LOS GRILLOS, S.L. por corte de calle sin autorización en calle Pintor Mendoza, solicitando se dirija la sanción contra Construcciones Ramarmi, por ser la empresa subcontratada por el promotor y la titular de la licencia de obras. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Acceder a lo solicitado, subrogándose a la empresa CONSTRUCCIONES RAMARMI, S.L. en el expte sancionador que se sigue contra la Patrimonial Los Grillos, S.L, continuando el trámite del expte contra esta empresa.””””””””””””””””” 06JG2321.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta de los escritos presentados por: - D. JUAN LEON PEREZ, solicitando copia de los avisos que consten en el expte en relación con los ruidos, vibraciones y molestias que produce el Bar denominado El Chaleco - DÑA. CRISTIAN BELTRÁN CORTES y D. EMILIO MORA LOPEZ, solicitando informe de actuaciones de la Policía Local referentes a los días 8 de septiembre de 2004, 6 y 16 de junio de 2005 y 19 de mayo de 2006 en los que son parte implicada junto con D. Andrés Moreno Castaño y D. Juan Antonio Megía Guzmán. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO:

Comunicar a los interesados que podrán ver los expedientes y tomar las notas que considere oportunas en relación con los documentos que obren en las Dependencias de la Policía Local.”””””””””””””””””””””””” 06JG2322.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Aprobar la siguiente propuesta de la Concejalía de Policía: “””””””””””””Dada cuenta del escrito remitido por la Policía Local adjuntando denuncia presentada ante la Comisaría de Policía Nacional por DÑA. MARIA GONZALEZ CAMPOY, en relación con las lesiones sufridas tras la caída en la vía pública el día 19 de agosto de 2006, sobre las 13.00 horas en la calle Seis de Junio número 50. El Tte. De Alcalde que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente ACUERDO: Remitir la denuncia a la Oficina Técnica de Obras solicitando informe al respecto.””””””””””””””””””””””” 06JG2323.- Dada cuenta del escrito remitido por correo electrónico formulando queja por la mala situación en que se encuentra la fachada de un cercado sita en la calle Unión frente al número 94. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Dar traslado de dicho escrito a la Oficina Técnica para la realización de informe sobre el estado de dicha finca. 06JG2324.- Dada cuenta de la conveniencia de la producción de un video documental para la promoción de esta Ciudad, y considerando que el objeto del contrato es de unas características especiales, que no permiten concurso público. La Junta de Gobierno por unanimidad ACUERDA: Aprobar el contrato de prestación de servicios con la entidad PUBLIKE S.L., representada por D. Jesús Alarcón Soler, para la producción de un video de promoción de Valdepeñas, por un importe de 34.974 € IVA incluido. 06JG2325.- Dada cuenta del informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal en relación a la posibilidad de eliminar un peldaño existente en el acerado de la calle Seis de Junio esquina a 1º de Julio. La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA:

Comunicar a la Comunidad de vecinos de dicho inmueble que deberán adoptar los acuerdos necesarios para poder modificar el portal de acceso al inmueble, que permita eliminar el peldaño en el acerado junto a la puerta de entrada de dicho edificio. 06JG2326.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, como delegado de la sección sindical de CSI-CSIF solicitando se le haga entrega del material de uniformidad para la Policía consistente en cartuchera especial antirrobo y cinturón doble sujeto por velcro, así como gafas y cascos protectores para ejercicios de tiro, y chaleco reflectante, al igual que a los demás Policías en activo, para no crearles discriminación. La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Comunicar al Sr. Pérez Núñez, que el material relacionado forma parte del equipamiento anexo al uso de arma y le recuerda que su arma reglamentaria le fue retirada a petición propia, debido a un estado de ansiedad, en el que según el mismo manifestaba se encontraba, estando pendiente de que presente informe psicológico, que acredite su aptitud para portar armas. 06JG2327.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, como delegado de la sección sindical de CSI-CSIF en el que solicita se le reconsidere la instrucción de servicio nº 8 referida a la inspección de los armeros y la nº 7 referida al uso de los vehículos de la Policía Local.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Comunicar al Sr. Pérez Núñez, lo siguiente: 1º.- Recordar al mismo que el Jefe de la Policía Local, según la normativa vigente es el Alcalde-Presidente, y el Inspector Jefe actúa en ejecución de las ordenes expresas del Sr. Alcalde. 2º.- Que su función como Oficial de la Policía Local no es el de espiar donde se encuentran estacionados los vehículos, pudiendo comportar una conducta antirreglamentaria. 3º.- Que en cuanto al uso de los armeros la ley no prohíbe lo establecido en la instrucción del servicio nº 8; sin que dicha instrucción vulnere ninguna normativa al respecto. 06JG2328.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, Oficial de la Policía Local, en el que solicita copia del informe emitido por el Jefe de Policía Local en cumplimiento del acuerdo 04C2736.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: 1º.- Contestar al Sr. Pérez Núñez que dicho informe fue solicitado para conocimiento de esta Alcaldía; y que no se le puede facilitar. 2º.- Recordar al mismo que en cumplimiento de dicho acuerdo este Ayuntamiento se encuentra a la espera de recibir el informe psicológico sobre su estado y sobre su adecuación para portar armas. 06JG2329.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, como delegado de la sección sindical de CSI-CSIF, en relación al estado de las taquillas y vestuarios de la Policía Local. La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Comunicar al Sr. Pérez Núñez que ya se hizo recientemente una ampliación de los vestuarios, y que cuando se termine de completar la plantilla se acometerán las reformas que procedan, sin considerar por ahora prioritario este tema. 06JG2330.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, Oficial de la Policía Local, solicitando se le dote de chaleco reflectante, como al resto de los Policías.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Solicitar informe al respecto al Inspector Jefe de la Policía Local. 06JG2331.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, Oficial de la Policía Local, solicitando se le adjudiquen las vacaciones tal y como las pidió. La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: Comunicar al Sr. Pérez Núñez que los cuadrantes de vacaciones, se realizan teniendo en cuenta las necesidades del servicio, y son supervisados por el Concejal Delegado. 06JG2332.- Dada cuenta del escrito presentado por D. MANUEL ALFONSO PEREZ NUÑEZ, Oficial de la Policía Local, por el que solicita se le facilite copia de las felicitaciones que obren en los distintos archivos desde su toma de posesión. La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA:

Comunicar al Sr. Pérez Núñez que especifique a que felicitaciones se refiere y a quienes iban referidas. 06JG2333.- Dada cuenta de la sentencia dictada por el Juzgado e lo Social nº 1 de4 ciudad Real en autos de demanda 420/2006 interpuesta por D. FRANCISCO DIAGO GUERRERO en cuyo fallo se estima la demanda declarando la improcedencia del despido, condenando a este Ayuntamiento a que opte entre la readmisión o la indemnización en la cantidad de 6.178,19 Euros. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Quedar enterada de la sentencia, optando por la indemnización a dicho trabajador. 06JG2334.- La Junta de Gobierno queda entrada del Auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 1 de3 Ciudad real en los autos de Demanda 646/2005 interpuesto por D. TOMAS PEREZ PASCUAL en relación a la ejecución de dicha sentencia. 06JG2335.- Al objeto de desarrollar el curso de Estética del P.R.I.S, de apoyo a minorías Étnicas, aprobado por resolución con número de expediente 13/PRIS-42/2005 y al no existir bolsa vigente de desempleados para cubrir este puesto. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Aprobar las bases para la creación y contratación de Bolsa de Trabajo para Monitor de Estética, cuyo requisito es Graduado Escolar y méritos a valorar cursos relacionados con Estética y experiencia laboral. 06JG2336.- Visto el escrito presentado por D. JUAN GARCIA SAAVEDRA MORENO, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca PEUGEOT, matrícula L-5350-L, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando:

-Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación:

-Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de D. Dionisio Astasio del Fresno.-. -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 36 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 17-07-06.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Requerir al interesado para que aporte el Dictamen Médico. 06JG2337.- Visto el escrito presentado por D. JUAN GARCIA SAAVEDRA MORENO, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-0910-K , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 20-07-2006 , así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 58,61 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA:

Acceder a lo interesado, devolviendo a D. JUAN GARCIA SAAVEDRA MORENO la cantidad de 14.65 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2338.- Visto el escrito presentado por D. JOSE MANUEL ARIAS PEREZ, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-1182-H , al haber causado baja definitiva.

Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 11-07-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 58,61 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA:

Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. JOSE MANUEL ARIAS PEREZ la cantidad de 14,65 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2339.- Visto el escrito presentado por D. JESÚS GARCIA AGUILAR, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca PEUGEOT (Vehículo mixto adaptado), matrícula 1709-BPY, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello

aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre del anterior titular D. Francisco López Manzanara Sánchez Migallón, de la localidad de Manzanares (Ciudad Real).- -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 33 %.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 15-02-2006.- -Copia del permiso de conducción a nombre del interesado.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA:

Requerir al solicitante para que aporte Dictamen Médico. 06JG2340.- Visto el escrito presentado por D. RAMON MORENO HURTADO , solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca PEUGEOT 407 , matrícula 7736-FFB, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes:

1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 38 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 18-08-2006.-

La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Requerir al solicitante para que aporte Dictamen Médico. 06JG2341.- Visto el escrito presentado por D. ANTONIO BONIFACIO LOPEZ DIAZ, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca VOLVO , matrícula 2310-BPT, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.-

b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de Julián Serrano e Hijos S.L: -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social,

por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 38 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 08-05-2006.- -Copia del permiso de conducción a nombre del solicitante.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado 06JG2342.- Visto el escrito presentado por D. JUAN GARCIA MAROTO, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca MERCEDES VANEO, matrícula 0851-DGG, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de D. Juan García Maroto.- -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 87 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo, en la que consta la reforma autorizada al vehículo para instalar una plaza para silla de ruedas.-

La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Requerir al solicitante para que aporte Dictamen Médico. 06JG2343.- Visto el escrito presentado por D. CECILIO DEL FRESNO VILLALBA , solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca RENAULT MEGANE, matrícula CR-3928-V, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece:

A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.-

5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre D. Cecilio del Fresno Villalba.- -Copia del documento expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía de “INVALIDEZ PERMANENTE”.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 31-01-1997.-

- Copia del permiso de conducción a nombre del interesado.-

La Junta de Gobierno por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo interesado.

06JG2344.- Visto el escrito presentado por D. CANDIDO RUBIO TORRES , solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca CITROEN , matrícula 0064-FDF, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello

aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de D. Cándido Rubio Torres.- -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 41 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 24-07-06.- -Copia del permiso de conducción a nombre del interesado.-

La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA:

Requerir al solicitante para que aporte Dictamen Médico. 06JG2345.- Visto el escrito presentado por la CONFRATERNIDAD SACERDOTAL DE OPERARIOS DEL REINO DE CRISTO, solicitando que el recibo de Contribuciones Especiales por obras de Pavimentación calle Tonel, S-3, manzana 6, sea anulado y se sustituya por los que den lugar en función de la relación detallada de copropietarios que adjunta, según lo que en su día se les solicitó por acuerdo de J.G.L. de 04-05-06, número 06JG1195.- Esta Administración de Tributos estima procede la anulación del recibo de Contribuciones Especiales descrito anteriormente, por un importe de 416,14 euros, contabilizado con el número de operación 120060001690, cuyo sujeto pasivo es la Entidad reclamante, procediendo así mismo a girar los siguientes, en función de la relación detallada que acompaña a su escrito: SUJETO PASIVO PORCENTAJE IMPORTE Operarios de Reino de Cristo......48,310%.............201,05 € Marcela Moreno García..... .......17,370 %.............. 72,30 € Pedro Fillol López Tello... ....... 2,320 %................ 9,67 € Cristina Fillol López Tello....... 2,320 %................ 9,67 € Paz Fillol López Tello......... 2,320 %.................... 9,67 € Mariana Fillol López Tello..... 2,320 %.............. 9,67 € Pilar Fillol López Tello......... 2,320 %................. 9,67 € Manuel Velasco Lobo......... 1,735 %.................. 7,24 € Ernesto Gómez Huertas......... 3,870 %............... 16,12 € Jesús Gómez Huertas......... 3,870 %................... 16,12 € Julia Gómez Huertas ....... 3,870 %..................... 16,12 € Ayuntamiento de Valdepeñas..... 9,327 %.......... 38,84 € (Exento) TOTAL ..... 100 % ......... 416,14 € La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo interesado. 06JG2346.- Vistos sendos escritos presentados por D. FERMIN LOPEZ DONADO, solicitando que los recibos girados por el concepto de Impuesto Incremento Valor de los Terrenos de dos inmuebles urbanos que él adquirió por compra a D. Francisco Aguilar Ruiz (finca en c/ Espiga nº 10) y a Dª Juana Aguilar Gallego (finca en c/ Francisco Quevedo nº 10), sean girados a su nombre, debido a que en la escritura pública firmada ante el Notario de Valdepeñas con fecha 24-03-06, se estipuló en su punto CUARTO que todos los gastos e impuestos originados por dicha transmisión serían a cargo de D.

Fermín López Donado, para que al proceder al pago de dicho impuesto, la Carta de Pago figure a nombre de la persona que verdaderamente hará efectivo dicho pago.- La Ordenanza reguladora de este Impuesto, en su artículo 6º, establece lo siguiente: “ 1.- Es sujeto pasivo del Impuesto a título de contribuyente: a)En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos realices de goce limitativos del dominio a título lucrativo, la persona física o jurídica o la entidad a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que adquiera el terreno a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate. b)En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 33 de la ley General Tributaria, que transmita el terreno, o que constituya o transmita el derecho real de que se trate. 2.- En los supuestos a que se refiere la letra b) del apartado anterior, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que adquiera el terreno a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate, cuando el contribuyente sea una persona física no residente en España.- “ La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo interesado. 06JG2347.- Visto el escrito presentado por Dª MANUELA MARTINEZ VILCHES, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca CITROEN ZX, matrícula CR-9431-T, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.-

b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de Dª Manuela Martínez Vilches.-

-Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 51 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 08-01-1996.- -Copia del permiso de conducción a nombre de la interesada.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo interesado.

06JG2348.- Visto el escrito presentado por D. TOMAS CRUZ GARCIA, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-9565-S , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 28-07-2006 , así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 136,69 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. TOMAS CRUZ GARCIA la cantidad de 34,17 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2349.- Visto el escrito presentado por Dª MARIA JESÚS FERNÁNDEZ FERNANDEZ, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-9694-K , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 17-07-2006 , así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 58,61 euros.-

El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a Dª Mª Jesús Fernández Fernández la cantidad de 14,65 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2350.- Visto el escrito presentado por D. JOSE MANUEL FERNÁNDEZ MARTIN, solicitando la exención o bonificación por antigüedad del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al vehículo de su propiedad marca VOLKSWAGEN modelo BUGGY , cuya matrícula es H-5445-BBB -. El solicitante presenta en apoyo de su solicitud copia del permiso de circulación expedido por la Jefatura de Tráfico de Ciudad Real mediante el cual se acredita que el vehículo H-5445-BBB fue matriculado por primera vez con fecha 09-06-1952 .- La Ordenanza Fiscal que regula el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en su artículo 5º punto 1), dice lo siguiente: “Se establece una bonificación de hasta el noventa por ciento de la cuota total del Impuesto para vehículos históricos, entendiéndose por tales los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de la fabricación o si no se conociera, la de su matriculación, y hasta del cien por cien para los de más de cuarenta años. En su caso, la bonificación tendrá efectos a partir del día uno de enero siguiente a la fecha de su concesión.” La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, aplicándole a partir del día 1 de Enero de 2007 la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, todo ello conforme a lo dispuesto en la vigente Ordenanza Fiscal que regula dicho Impuesto.- 06JG2351.- Visto el escrito presentado por D. JOSE LOPEZ DE LERMA CIUDAD, solicitando la exención o bonificación por antigüedad del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al vehículo de su propiedad marca RENAULT modelo 6 GTL , cuya matrícula es CR-7619-F -.

El solicitante presenta en apoyo de su solicitud copia del permiso de circulación expedido por la Jefatura de Tráfico de Ciudad Real mediante el cual se acredita que el vehículo CR-7619-F fue matriculado por primera vez con fecha 13-07-1981.- La Ordenanza Fiscal que regula el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en su artículo 5º punto 1), dice lo siguiente: “Se establece una bonificación de hasta el noventa por ciento de la cuota total del Impuesto para vehículos históricos, entendiéndose por tales los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de la fabricación o si no se conociera, la de su matriculación, y hasta del cien por cien para los de más de cuarenta años. En su caso, la bonificación tendrá efectos a partir del día uno de enero siguiente a la fecha de su concesión.” Acceder a lo solicitado, aplicándole a partir del día 1 de Enero de 2007 una bonificación del noventa por ciento en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, todo ello conforme a lo dispuesto en la vigente Ordenanza Fiscal que regula dicho Impuesto.- 06JG2352.- Visto el escrito presentado por D. IBAN PATRICIO HIDALGO BARRERA, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula T-7452-AK , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 26-07-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 136,69 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. IBAN PATRICIO HIDALGO BARRERA la cantidad de 34,17 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.-

06JG2353.- Visto el escrito presentado por Dª ENCARNACIÓN GARCIA CAMACHO, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-4575-L , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 10-03-2006 , así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 58,61 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA:

Acceder a lo solicitado, devolviendo a Dª ENCARNACIÓN GARCIA CAMACHO la cantidad de 43,95 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2354.- Visto el escrito presentado por D. RICARDO MARTINEZ GONZALEZ y D. ALEJANDRO SÁNCHEZ RAMÍREZ, titulares de AUTOESCUELA SAN MIGUEL Y AUTOESCUELA MANZANARES, respectivamente, actuando ambos en representación de todas las Autoescuelas que examinan en Valdepeñas y tienen como sede otra localidad, manifestando estar en desacuerdo con la “Tasa por utilización de la pista de educación vial” ejercicio 2006, por un importe de 312 € cada una de ellas, alegando lo siguiente: -La obligatoriedad de tener pista de educación vial para examen, es exigencia de Tráfico.- -Existe agravio comparativo respecto otros colectivos a los que no se les exige el pago de ningún impuesto, incluidas las autoescuelas de Valdepeñas.- -El recinto no reúne condiciones sanitarias y humanas.- -No han tenido constancia por escrito del acuerdo impositivo de esta Tasa.- -No se tiene en cuenta el número de vehículos de cada autoescuela.- -Otros centros de examen no exigen el pago de esta Tasa.- -Aporte de beneficios económicos para Valdepeñas, al estar obligados a impartir clase y examinar en esta localidad, etc..- Respecto a lo anterior, la Ordenanza reguladora de esta Tasa establece lo siguiente:

“””””” 1.- Se establece la siguiente tarifa, que afectará a los vehículos utilizados por las Autoescuelas, y como excepción a los demás particulares que sean autorizados expresamente por este Ayuntamiento: -Por cada año o fracción de año: Trescientos doce euros (312€) por sujeto pasivo.- 2.- El devengo de tal cuota se producirá en el momento de la concesión de la licencia de utilización, y para años sucesivos el día primero de cada año, siendo tal cuota irreducible.- 3.- A los efectos oportunos, la Policía Municipal llevará el correspondiente Registro de sujetos pasivos autorizados, donde al menos ha de constar el nombre o razón social completos, Código de Identificación Fiscal, domicilio social y, en su caso, nombres, DNI y direcciones de sus representantes o apoderados.-“”””””” El Expediente para la Modificación de Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2006, fue aprobado por el Pleno de la Corporación el día 27 de Septiembre de 2005, y expuesto al público mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 150, de 16-12-05.- Con fecha 17 de abril de 2006, se recibe informe de la Policía Municipal en este Negociado de Tributos, adjuntando relación de Autoescuelas que utilizan la pista de Educación Vial, en la que se incluyen, por supuesto, las Autoescuelas con sede en Valdepeñas.- Esta Administración de Tributos, en virtud del informe recibido de Policía Local, procede a realizar el correspondiente cargo por el concepto de “Tasa por utilización de la pista de educación vial”, incluyendo las Autoescuelas con sede en Valdepeñas.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No acceder a lo interesado. 06JG2355.- Visto el escrito presentado por D. JESÚS MAROTO BARATO, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-8842-I, al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 25-07-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 58,61 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente:

“El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. JESÚS MAROTO BARATO la cantidad de 14,65 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2356.- Vista la reclamación presentada por Dª GLORIA RIO-PEREZ MADERO, solicitando que la liquidación de la Tasa por Ocupación de la Vía Pública por corte de calle obra c/ Balbuena, mes de febrero de 2006, sea girada a nombre de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, que es el sujeto pasivo que realizó dichas obras.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Procede la anulación de la liquidación indicada, con número de operación 120060007174 por un importe de 15 €, emitida a nombre de la reclamante, y girar una nueva a nombre de la Comunidad de Propietarios de c/ Balbuena nº 29, con CIF H-13182258, por los mismos conceptos e importes que la liquidación a anular.- 06JG2357.- Visto el escrito presentado por D. ANGEL ANTEQUERA DIAZ, solicitando la exención o bonificación por antigüedad del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al vehículo de su propiedad marca MERCEDES modelo 300D, cuya matrícula es Z-6886-N -. El solicitante presenta en apoyo de su solicitud copia del permiso de circulación expedido por la Jefatura de Tráfico de Ciudad Real mediante el cual se acredita que el vehículo Z-6886-N fue matriculado por primera vez con fecha 11-08-1981 .- La Ordenanza Fiscal que regula el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en su artículo 5º punto 1), dice lo siguiente: “Se establece una bonificación de hasta el noventa por ciento de la cuota total del Impuesto para vehículos históricos, entendiéndose por tales los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de la fabricación o si no se conociera, la de su matriculación, y hasta del cien por cien para los de más de cuarenta años. En su caso, la bonificación tendrá efectos a partir del día uno de enero siguiente a la fecha de su concesión.” La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA:

Acceder a lo solicitado, aplicándole a partir del día 1 de Enero de 2007 una bonificación del noventa por ciento en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, todo ello conforme a lo dispuesto en la vigente Ordenanza Fiscal que regula dicho Impuesto.- 06JG2358.- Visto el escrito presentado por D. ANGEL ANTEQUERA DIAZ, solicitando la exención o bonificación por antigüedad del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al vehículo de su propiedad marca MERCEDES modelo 300D, cuya matrícula es Z-6886-N -. El solicitante presenta en apoyo de su solicitud copia del permiso de circulación expedido por la Jefatura de Tráfico de Ciudad Real mediante el cual se acredita que el vehículo Z-6886-N fue matriculado por primera vez con fecha 11-08-1981 .- La Ordenanza Fiscal que regula el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en su artículo 5º punto 1), dice lo siguiente: “Se establece una bonificación de hasta el noventa por ciento de la cuota total del Impuesto para vehículos históricos, entendiéndose por tales los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de la fabricación o si no se conociera, la de su matriculación, y hasta del cien por cien para los de más de cuarenta años. En su caso, la bonificación tendrá efectos a partir del día uno de enero siguiente a la fecha de su concesión.” La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, aplicándole a partir del día 1 de Enero de 2007 una bonificación del noventa por ciento en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, todo ello conforme a lo dispuesto en la vigente Ordenanza Fiscal que regula dicho Impuesto.- 06JG2359.- Visto el escrito presentado por D. FRANCISCO MEDINA ASTASIO, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula M-8931-SX , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 09-08-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 136,69 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente:

“El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. FRANCISCO MEDINA ASTASIO la cantidad de 34,17 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2360.- Visto el escrito presentado por JOSE TEBAR GARCIA, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-9479-L, al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 28-06-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 58,61 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente: “El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. JOSE TEBAR GARCIA la cantidad de 29,30 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2361.- Ante la reclamación verbal formulada por D. FELIX UTRILLA ESCRIBANO y hermanos, solicitando nueva liquidación del Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza urbana, debido a que la liquidación nº 237/06, contabilizada con númro de operación 120060008125 por un importe de 2721,33 euros, se basa en un valor catastral del suelo que ha sido rectificado por la Delegación de Hacienda de Ciudad Real, Gerencia del Catastro de Urbana, como se puede comprobar en el certificado que adjunto a este informe, obtenido mediante consulta con la Oficina Virtual del Catastro.-

En dicho certificado, se puede comprobar que el valor del suelo asignado a la finca objeto de gravamen, es de 18.199,08 euros, frente a los 26.997,42 euros que tenía anteriormente.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Procede la anulación de la operación 120060008125 por un importe de 2721,33 euros, así como realizar nueva liquidación por un nuevo importe de 1.834,46 euros.- 06JG2362.- Ante la reclamación verbal formulada por Dª MARIA SÁNCHEZ DIAZ Y OTROS, solicitando nuevas liquidaciones del Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, contabilizada con número de operación 120060010522 por un importe de 2.305,36 euros, alegando que cada copropietario de la finca objeto de gravamen tiene un coeficiente de participación respecto del total de la finca.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Procede anular la liquidación antes mencionada, y girar nuevas en función del siguiente desglose: TITULAR COEFICIENTE PARTICIPACIÓN IMPORTE MARIA SÁNCHEZ DIAZ 44,78% 1.032,35 € VICTORIA RUBIO SAAVEDRA 55,22% 1.273,02 € _____________ TOTAL .............. 2.305,36 € 06JG2363.- Visto el escrito presentado por D. JESÚS MARQUEZ AGUILAR, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-7798-O , al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 21-07-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 136,69 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente:

“El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. JESÚS MARQUEZ AGUILAR la cantidad de 34,17 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2364.- Visto el escrito presentado por D. JOSE LUIS SÁNCHEZ GARCIA, solicitando la devolución del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, ejercicio 2006, del vehículo de su propiedad matrícula CR-8418-T, alegando que con fecha 10-05-2005 cambió el domicilio del mismo de Valdepeñas a Benidorm (Alicante) ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real.- Que por error, con fecha 27-04-06 procedió a pagar en este Ayuntamiento el importe de 136,69 € correspondientes al IVTM de dicho vehículo, con número de operación de ingreso 120060004093.- Que el Ayuntamiento de Benidorm, le ha girado el Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica, ejercicio 2006, correspondiente al mismo vehículo, ya que le corresponde pagarlo en dicho Municipio.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Procede la devolución a D. José Luis Sánchez García de la cantidad pagada por error en este Ayuntamiento, es decir, 136,69 €, al número de cuenta corriente indicado en el escrito del interesado.- 06JG2365.- Visto el escrito presentado por D. ANTONIO HERNÁNDEZ CUENCA, mediante el cual solicita la devolución de la parte proporcional del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2006, correspondiente al vehículo de su propiedad matrícula CR-8584-O, al haber causado baja definitiva. Presenta en apoyo de su solicitud fotocopia del documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Ciudad Real, por el que se comprueba que el mismo ha causado baja definitiva el día 02-01-2006, así como del recibo abonado por el concepto de I.V.T.M., ejercicio 2006, y cuyo importe asciende a 210,53 euros.- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 96, apartado 3, establece lo siguiente:

“El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, devolviendo a D. ANTONIO HERNÁNDEZ CUENCA la cantidad de 157,89 euros, importe de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo, haciendo constar que para que dicha devolución se lleve a efecto, deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- 06JG2366.- Visto el escrito presentado por SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA AGRARIA “LA VALDEPEÑERA”, solicitando nueva liquidación del Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana, debido a que la liquidación nº 227/06, contabilizada con número de operación 120060007441 por un importe de 209.693,93 €, se basa en un valor del suelo que ha sido rectificado por la Delegación de Hacienda de Ciudad Real con fecha 14-07-2006, en virtud del recurso presentado por dicha entidad a la ponencia realizada por el Catastro de fecha 16-06-2004.- Aporta en apoyo a su solicitud, hoja informativa del Catastro de Urbana donde se determina el nuevo valor del suelo adjudicado por la Delegación de Hacienda de Ciudad Real, y que asciende a un importe para el ejercicio 2006 de 707.300,96 €, en sustitución de los 2.080.296,96 € que asignaron a la finca objeto de reclamación en la ponencia de valores del año 2004.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Procede la anulación de la liquidación nº 227/06, número de operación 120060007441, por un importe de 209.693,93 €, así como realizar nueva liquidación por un importe de 69.870,01 €.- 06JG2367.- Visto el escrito presentado por D. VICTORIO SALINAS PELAEZ , solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca FORD, matrícula 8798-BFH, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando:

-Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación:

-Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de D. Victorio Salinas Peláez.- -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 33% con carácter “ope legis”.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 31-01-2001.- -Copia del permiso de conducción a nombre del interesado.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA:

No acceder a lo interesado, ya que según el dictamen médico el porcentaje de minusvalía es del 17 % no alcanzando el mínimo del 33%, previsto en la Ordenanza. 06JG2368.- Visto el escrito presentado por D. JUAN VICENTE GUERRA GARRIGOS, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca AUDI , matrícula 3401-DXG, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 34 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 15-03-06.- La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACUERDA: No acceder a lo interesado, ya que según el dictamen médico el porcentaje de minusvalía es del 25 % no alcanzando el mínimo del 33%, previsto en la Ordenanza. 06JG2369.- Visto el escrito presentado por Dª MANUELA ARROYO NUÑEZ, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca OPEL , matrícula 0750-BLN, según

lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.-

3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de Dª Manuela Arroyo Núñez. -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 53 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 18-07-2001.- -Copia del permiso de conducción a nombre de la interesada.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado. 06JG2370.- Visto el escrito presentado por D. JULIAN VERDEJO CAMARA, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad marca RENAULT, matrícula CR-6626-X, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.-

c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su

concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de D. Julián Verdejo Cámara.- -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 16 % con carácter definitivo, si bien se considera “ope legis” afectado por una minusvalía del 33 %.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.-

-Copia del permiso de circulación, en la que consta transferencia a nombre del solicitante el día 28-05-1999.- -Copia del permiso de conducción a nombre del interesado.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No acceder a lo interesado, ya que según el dictamen médico el porcentaje de minusvalía es del 16 % no alcanzando el mínimo del 33%, previsto en la Ordenanza. 06JG2371.- Visto el escrito presentado por D. RAMON VIVEROS DIAZ, solicitando la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para el vehículo de su propiedad matrícula 6905-DGV, según lo previsto el la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002 de 27 de diciembre; en base a ello, se dice: La Ordenanza que regula el I.V.T.M., en su artículo 5º.2, establece: A los efectos previstos en la letra e) del apartado 1 y el apartado 2, ambos del artículo 94 de la Ley 39/88 de Haciendas Locales, y en su nueva redacción dada por la Ley 51/2002, se establece exención para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos, para su uso exclusivo, y con las siguientes condiciones: a.- Deberá pedirse expresamente la concesión, indicando: -Características del vehículo. -Matrícula. -Causa del beneficio pedido.- b.- Ha de acreditarse una minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento, mediante certificado expedido por el Órgano competente.- c.- La exención no será aplicable a sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente.-

d.- Ha de justificarse adecuadamente el destino del vehículo, a fin de garantizar en todo momento su uso exclusivo por la persona minusválida beneficiaria, y ello aportando cuantos medios de prueba, etc., se consideren oportunos y sin perjuicio de los medios de control de cualquier índole que pueda establecer esta Administración Municipal.-

e.- Su concesión por este Ayuntamiento se hará de modo discrecional atendiendo

y ponderando las diversas circunstancias que concurran en el peticionario para garantizar en todo momento el fin perseguido por la norma legal, que es facilitar y mejorar el nivel de vida del minusválido mediante la utilización del vehículo, que lo ha de ser para uso exclusivo del mismo.-

f.- Caso de declararse la exención, se expedirá un documento que acredite su concesión y surtirá efectos fiscales a partir del día uno de Enero siguiente a la fecha de la misma.-

Para ello, esta Administración tendrá en consideración, y entre otras posibles circunstancias, las siguientes: 1.- Si en conducido o no por la persona minusválida, aportando, en su caso, copia del permiso de conducir, o por el contrario, quien o quienes son las personas que habitualmente realizan la conducción para el transporte del mismo.- 2.- Tipo, características, etc., de la minusvalía, a fin de apreciar la mayor o menor movilidad, visión, etc., del solicitante.- 3.- En su caso, tipo de adaptación del vehículo, aportando certificado de características técnicas.- 4.- Necesidades laborales, familiares u otras que hagan necesario o muy conveniente el uso del mismo.- 5.- Circunstancias económicas (rentas, patrimonio, etc.), familiares (que convivan o no con el solicitante), sociales, sanitarias u otras.- Adjunta a su solicitud la siguiente documentación: -Declaración jurada haciendo constar que el vehículo es utilizado para uso particular. -Copia del recibo de I.V.T.M. del año 2006, abonado a nombre de D. Ramón Viveros Díaz.- -Copia del documento expedido por la Consejería de Bienestar Social, por el que acredita tener reconocido un grado de minusvalía del 44 % con carácter definitivo.- -Copia de la ficha técnica del vehículo.- -Copia del permiso de conducción a nombre del interesado.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No acceder a lo interesado, ya que según el dictamen médico el porcentaje de minusvalía es del 30 % no alcanzando el mínimo del 33%, previsto en la Ordenanza. 06JG2372.- Visto el escrito presentado por D. CARMELO DONADO PEINADO, solicitando la exención de la Tasa por Recogida de Basura de la vivienda de su propiedad sita en c/ Rocinante nº 75 de la localidad, ya que se trata de una segunda residencia, aportando copia del Impuesto de Bienes Inmuebles de la vivienda habitual sita en la provincia de Madrid.- Por esta Administración de Tributos, se comprueba que el reclamante no figura empadronado en este municipio.-

La Ordenanza Fiscal reguladora de este Impuesto, establece lo siguiente: “”””” Son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las entidades a que refiere el art. 33 de la Ley General Tributaria, propietarios o que ocupen o utilicen las viviendas y locales ubicados en los lugares, calles o vías públicas en que se preste el servicio.- Estarán exentos de esta Tasa las viviendas deshabitadas.- “”””” Solicita así mismo la devolución por este mismo concepto, pero correspondiente al ejercicio 2005, por un importe de 54,60 euros, debiendo advertir al interesado, en el caso de que esa Junta de Gobierno apruebe dicha devolución, que deberá presentar en la Intervención Municipal el original del recibo abonado.- La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No acceder a lo solicitado, debiendo abonar la tasa de acuerdo con la Ordenanza anteriormente citada. 06JG2373.- Visto el escrito presentado por D. MARIANO SANCHO BATANERO, solicitando que la liquidación del Impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana de la finca sita en calle Empedrada nº 3-2º B, sea girado a nombre de la parte compradora, como se estipula en la escritura pública de fecha 24-03-2006, apartado B, informando el reclamante que ni él ni su esposa han firmado el documento público mencionado.- En este sentido, la Ordenanza Fiscal reguladora de este impuesto, dice lo siguiente: “””””” 1.- Es sujeto pasivo del impuesto a título de contribuyente: a)En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, la persona física o jurídica o la entidad a que se refiere el Art. 33 de la Ley General Tributaria, que adquiera el terreno o a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.- b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el Art. 33 de la Ley General Tributaria, que transmita el terreno, o que constituya o transmita el derecho real de que se trate.- 2.- En los supuestos anteriores a que se refiere la letra b) del apartado anterior, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el Art. 33 de la ley General Tributaria, que adquiera el terreno a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate, cuando el contribuyente sea una persona física no residente en España.-“””””””

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Comunicar a D. Mariano Sancho Batanero, que la liquidación del impuesto se giró correctamente a la persona que adquiere el terreno como sustituto del contribuyente. 06JG2374.- Visto el escrito presentado por la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, remitiéndonos la documentación relativa a la reclamación presentada por D. ANTONIO TENA VALERO solicitando la baja del recibo de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, ejercicio 2006, del vehículo de su propiedad matrícula M-2593-HY por haber causado baja en Tráfico.- Realizadas las averiguaciones oportunas por esta Administración de Tributos, se comprueba que dicho vehículo causó Baja Definitiva en la Jefatura de Tráfico con fecha 15-02-2006. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a la baja en dicho impuesto para el ejercicio 2007, informando al interesado que puede solicitar la devolución de los trimestres restantes posteriores a la baja definitiva del vehículo ante este Ayuntamiento (Administración de Tributos), según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículo 96, apartado 3, acompañando a dicha solicitud copia del recibo abonado del ejercicio 2006, y copia de la baja definitiva sellada por Tráfico.- 06JG2375.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de multas, correspondiente a DÑA. VICENTA CARRERO PLANA, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, concediendo el fraccionamiento en 3 mensualidades. 06JG2376.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de Plus Valia, correspondiente a D. JOSE MEDIERO ALMENDROS, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No Acceder a lo solicitado. 06JG2377.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de multas, correspondiente a D. HILARIO LARA JIMENO, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, concediendo el fraccionamiento en 3 mensualidades.

06JG2378.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de PLUS VALIA, correspondiente a DÑA. CARMEN GOMEZ RUIZ, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No Acceder a lo solicitado. 06JG2379.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de Licencia de Obras, correspondiente a DÑA. YOLANDA RUIZ ARAUJO, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, concediendo el fraccionamiento en 3 mensualidades. 06JG2380.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de multas, correspondiente a D. VICENTE CALVILLO ARAQUE, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: Acceder a lo solicitado, concediendo el fraccionamiento en 2 mensualidades. 06JG2381.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de PLUS VALIA, correspondiente a DÑA. CELIA CEA CRUZ, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No Acceder a lo solicitado. 06JG2382.- Dada cuenta del informe emitido por la Tesorería Municipal en relación a la solicitud de fraccionamiento de multas, correspondiente a D. JOSE MAYA MONTOYA, visto el informe emitido por la Tesorería Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad ACUERDA: No Acceder a lo solicitado, comunicando al mismo que si continúa con el impago puede perder el puesto. 06JG2383.- Dada cuenta de la comparecencia efectuada por D. PABLO JIMENEZ TERCERO, concesionario de la caseta nº 5 de la Planta Baja de Valcentro, por la que comunica su renuncia a la concesión, y hace entrega de la posesión de la caseta devolviendo las llaves de la misma. La Junta de Gobierno por unanimidad ACUERDA: Aceptar la renuncia a la concesión, con fecha 31 de Julio de 2006, siendo por tanto el mes de julio de 2006, el último que se le deben girar las correspondientes tasas por dicha caseta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se dio por terminada la presente sesión siendo las diecinueve horas, redactándose la presente Acta, de todo lo cual como Secretario CERTIFICO.-