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+ VERTEDEROS CONTROLADOS VS. VERTIDOS ILEGALES Prof. Dra. Elisa Moreu Universidad de Zaragoza APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS MINEROS

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VERTEDEROS CONTROLADOS VS. VERTIDOS ILEGALES

Prof. Dra. Elisa MoreuUniversidad de Zaragoza

APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS

MINEROS

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1Panorama general de la legislación minera: problemas actuales.

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+Características del Derecho minero español Dominio público minero

Necesidad de título habilitante, según sección Problema competencial

Estado: bases+desarrollo Complejidad e indefinición normativa Tradicional desidia en gestión residuos mineros y restauración

Cuestiones extrajurídicas: Repercusión mediática ("mala prensa") Preocupación ambiental (ambientalización del Derecho de minas) Crisis económica del sector de la construcción

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+Heterogeneidad de explotaciones mineras

Clasificación legal industria minera

Productos de cantera, sección A

Aguas minerales y termales, sección B

Estructuras-"residuos" mineros, sección B

Minería metálica y no metálica, sección C

Minería energética, sección D

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+Coordinación con otras Administraciones no mineras Concepto de "gestión minera

sostenible" La LMi contiene algunas

previsiones sobre la protección ambiental [arts. 5.3, 17.2, 20.2.a), 33.2, 66, 69 y 110].

Coordinación con otras competencias ambientales, urbanísticas, montes, etc. Licencias "mineras",

"ambientales" y "urbanísticas"

Intervienen TODAS las Administraciones con competencias: arts. 116 LMi. y 84.3 LRBRL

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2Los RCDs. ante la legislación minera

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+Residuos mineros y RCDs en minas. Marco normativo.

Ley 22/1973, de Minas

RD. 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras

I PNRIE 2007-2015 (Anexo 10 PNIR)

Normas de seguridad minera

Legislación estatal: Ley 10/1998, de residuos RD. 1481/2001, reglamento de

vertederos RD. 105/2008, reglamento de RCDs.

(art. 3 1 b) excluye residuos mineros) II PNRCD 2007-2015 (Anexo 6

PNIR)

Legislación autonómica LAr. 7/2006, de protección

ambiental DAr. 262/2006, de RCDs. (reforma

2009) Plan GIRA (2009-2015)

Órgano ambiental: INAGA (Aragón)

(1) Derecho minero (2) Derecho ambiental

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+(1) Los residuos mineros Carácter contingente y variable de

la definición de residuo: elementos objetivo y subjetivo Heterogeneidad de residuos

mineros Volumen: aprox. el 30% del

volumen total de residuos en la UE.

Distinción básica-relevante: Residuos mineros: eliminación

o valorización Subproductos: reutilización sin

transformación No son residuos si se utilizan

para relleno galerías (restauración)

Depósito de residuos mineros (criterios): Excluido ámbito aplicación si son

inertes (art. 3.2 RD.1481) Lo habitual en el sector minero

es que el depósito se haga en la propia instalación (art. 2 j) RD.1481)

Valorización (art. 3 LR): aprovechamiento de residuos para un fin útil (reciclaje+valorización energética) Yacimientos de origen

no natural (sección B): "acumulaciones constituidas por residuos de actividades reguladas por esta Ley que resulten útiles para el aprovechamiento de alguno o algunos de sus componentes" (art. 23.4 LMi.)

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+(2) Los residuos RCDs. y su conexión con la minería

Régimen jurídico RCDs. según procedencia: RCDs. urbanos: gestión

municipal (arts. 3 e) y 16 DAr. 262)

Resto de RCDs: competencia autonómica En Aragón: servicio público

de titularidad autonómica (Ley 26/2003 y DAr. 262).

Derechos adquiridos de gestores autorizados (DT.1 DAr. 262)

Depósito de RCDs: Excluido ámbito aplicación si son

inertes y se usan para relleno (arts. 3.2 RD.1481 y 28.2 DAr. 262)

Criterios temporales (art. 2 j)-k) RD. 1481 y 3 DAr. 262)

Supuestos: (a) Uso para restauración minera (b) Depósito en minas abandonadas

Factores y condicionantes técnicos (diagnóstico II PNRCD y GIRA): Imprescindible proximidad Características del hueco minero

(morfología, filtraciones...) Características del residuo: inerte y no

peligroso

En todo caso, sometidos a normas mineras de seguridad (DA.5 DAr. 262/2006). Prohibición de abandono o vertidos

incontrolados (art. 8 DAr. 262/2006)

Criterios generales Depósito de RCDs. en huecos mineros

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+(a) Restauración de minas con RCDs. Posibilidad expresamente prevista en la normativa ambiental:

Derogada la prohibición anterior (art. 28.1 a) DAr. 262) para fomentar su valorización, con requisitos y sin perjuicio de las normas mineras (art. 13 RD. 105/2008).

Fomento de la "bolsa de tierras" (arts. 23-26 DAr.262)

Pero prohibición de vertidos no controlados (art. 8 DAr. 262)

Calcular las posibilidades reales de emplear "residuos intertes adecuados"

Tiene que estar previsto en Plan de Restauración minera: El plan de gestión de los residuos es una parte del

Plan de restauración (art. 3.4 RD. 975/2009) DT.2 DAr. 262/2006: para los planes aprobados antes

de la entrada en vigor del reglamento

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+(b) Huecos mineros: minas abandonadas y estructuras subterráneas

Cuándo se considera abandonada Necesaria autorización de

la autoridad minera (art. 15 RD. 975/2009)

La puesta en marcha de la Bolsa de tierras asume el objetivo de identificar minas abandonadas (art. 24 DAr. 262) necesaria colaboración de autoridad minera

Sección B) LMi. Depósito geológico, natural o artificialmente producido como consecuencia de actividades reguladas por la Ley de Minas, "cuyas características permitan retener naturalmente y en profundidad cualquier producto o residuo que en él se invierta o inyecte" (art. 23.3 LMi.).

Su explotación requiere autorización del Departamento de Minas

Minas abandonadas Estructuras subterráneas

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+Tabla-resumen de requisitos legales para gestión de RCDs

Autorización de la autoridad minera, que tiene que aprobar el Plan de Restauración (arts. 16 ss. RD. 975)

Autorización de abandono de la actividad extractiva (art. 15 RD. 975), en su caso

Normas de seguridad minera (DA.5ª DAr. 262)

Licencias municipales: Licencia de actividad clasificada

(arts. 60 ss. LAr. 7/2006) Licencia de inicio de actividad

(art. 72 LAr. 7/2006)

Obligaciones como productor//gestor de RCDs (arts. 9-14 DAr. 262), incluida Memoria anual y otras

Autorización para la utilización de residuos inertes adecuados (arts. 29-30 DAr. 262)

En su caso, autorización para actividad de eliminación de RCDs en vertedero, si no se usan para restauración (arts. 6 ss. RD. 1481) Plan de acondicionamiento de

vertederos (medida transitoria, art. 15 RD.1481)

En su caso, evaluación de impacto ambiental (EIA), Anexo II, grupo 8, LAr. 7/2006, o autorización ambiental integrada

Condiciones planeamiento y clasificación suelo (rural, protegido, etc).

Normas mineras Normas ambientales-urbanísticas

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3.Vías de reacción frente a vertidos ilegales

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+Reacción frente a vertidos ilegales

Delito ecológico (art. 325 CP)

Inspección y medidas cautelares: suspensión de la actividad (art. 85 LAr. 7/2006)

Medidas sancionadoras: Caducidad de los derechos mineros

(art. DA.5ª DAr. 262 y 121 LMi.). Multas (arts. 32 ss. LR)

El problema del titular responsable

Con independencia de las responsabilidades de naturaleza civil y penal que en su caso puedan exigirse. Non bis in idem

Responsabilidad penalResponsabilidad administrativa

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Gracias por su atención