Mercancias restringidas
-
Upload
miguel-paico -
Category
Business
-
view
250 -
download
1
description
Transcript of Mercancias restringidas
COMERCIO EXTERIOR
MARCO NORMATIVO NACIONAL SOBRE LAS
MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS
Son mercancías que no se
pueden importar bajo ninguna
circunstanciaMERCANCÍA
PROHIBIDA
MARCO NORMATIVO NACIONAL SOBRE LAS
MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS
Son mercancías que requieren
necesariamente autorizaciones
y/o certificaciones especiales
para ser importadas
MERCANCÍA
RESTRINGIDA
MERCANCIAS PROHIBIDAS
• Textos, láminas videos y cualquier material en el cual aparezca mutilado el territorio nacional o diferente a los límites del Perú
• Bebidas fabricadas en el extranjero con la denominación Pisco
Por decoro nacional y
moral
• Residuos o desechos, cualquiera sea su origen o estado material que por su naturaleza, uso o fines, resultaren peligrosos o radioactivos. Etc.
Por prevención de salud Pública
MERCANCIAS PROHIBIDAS
• Diamantes en bruto originarios de sierra leona (resolución N°1306-2000 del consejo de seguridad de la ONU)
Por razones políticas
ENTIDADES COMPETENTES EN EL CONTROL DE MERCANCIAS
RESTRINGIDAS
DISCAMEC
• Armas, municiones, accesorios y repuestos de uso particular
• Explosivos e insumos conexos de uso civil
DIGEMID
• Productos farmacéuticos
• Sustancias estupefacientes, psicotrópicas
MERCANCIAS RESTRINGIDAS
• Alimentos y bebidas industrializados para consumo humanoDIGESA
SENASA• Plaguicidas agrícolas y/o
sustancias afines
MERCANCIAS RESTRINGIDAS
• Especímenes de flora y fauna en silvestres en peligro de extinciónCITES
• Cetáceos menores (delfines, chanchos marinos, marsopas bufeos y otros)
MINISTERIO DE
PESQUERÍA
MERCANCIAS RESTRINGIDAS
• Ingreso de restos humanos
Ministerio de
salud
• Equipos para estaciones transmisoras radioeléctricas en general
Ministerio de Transportes y
comunicaciones
MERCANCIAS RESTRINGIDAS
• Publicaciones cartográficasMinisterio de
relaciones exteriores
• Productos e insumos químicos para la elaboración de pasta básica de cocaína
MINCETUR
Decreto Legislativo 1053
Artículo 62º.- Mercancía prohibida o restringida
La exportación definitiva no procederá para las mercancías
que sean patrimonio cultural y/o histórico de la nación,
mercancías de exportación prohibida y para las mercancías
restringidas que no cuenten con la autorización del sector
competente a la fecha de su embarque.