Mecanismos de participacion ciudadana

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MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA PRESENTACION DE: DANIEL BOTERO MONICA SIERRA

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MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA

PRESENTACION DE:

DANIEL BOTERO

MONICA SIERRA

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QUE SON MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA

Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de herramientas establecidas en la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la población colombiana. Todos los individuos de nuestra sociedad con capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el uso de los mecanismos de participación para asegurar su participación en la toma de decisiones y la resolución de los problemas que afectan el bien común. El objetivo de los mecanismos de participación ciudadana es brindar garantías y beneficios para que el pueblo colombiano pueda incidir en cambios dentro de los sistemas judicial, ejecutivo y legislativo. 

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CUALES SON LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA

De acuerdo con el artículo 103 de la Constitución Colombiana, “son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: El voto El plebiscito El referendo, la consulta popular El cabildo abierto La iniciativa legislativa La revocatoria del mandato La Acción de Tutela

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EL VOTOEl voto es un mecanismo de participación ciudadana, mediante el cual las personas ejercen su derecho a elegir a los mandatarios que los representarán por un periodo de cuatro años, en las corporaciones públicas como la Presidencia, Gobernación, Alcaldía, Asamblea, Concejo y Juntas Administradoras Locales (JAL).

El articulo 258 de la Constitución política de Colombia dice:

El voto es un derecho y un deber ciudadano. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos. En las elecciones de candidatos podrán emplearse tarjetas electorales numeradas e impresas en papel que ofrezca seguridad, las cuales serán distribuidas oficialmente. La Organización Electoral suministrará igualitariamente a los votantes instrumentos en los cuales deben aparecer identificados con claridad y en iguales condiciones los movimientos y partidos políticos con personería jurídica y los candidatos. La ley podrá implantar mecanismos de votación que otorguen más y mejores garantías para el libre ejercicio de este derecho de los ciudadanos.

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EL PLEBISCITO

El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.

En el plebiscito sólo se pueden someter a votación, las políticas que no requieren de la aprobación previa del Congreso de la República, a excepción de las relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes correspondientes.

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INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA La iniciativa popular legislativa se refiere a la posibilidad amparada

en la Constitución, de que las personas puedan presentar iniciativas de ley ante el Congreso, de ordenanzas ante las Asambleas Departamentales, de acuerdos ante el Concejo Municipal o Distrital y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales y demás Corporaciones de las Entidades Territoriales, sin ser representantes populares. Estas iniciativas deberán ser debatidas y ser aprobadas, modificadas o negadas por la respectiva corporación ante la cual fue presentada.

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EL REFERENDO Es la convocatoria que se hace al pueblo para que se apruebe o rechace un

proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. Debe ser avalado al menos por el 5% del censo electoral, y la Registraduría avalara las firmas y pasara a la aprobación del legislativo si es aprobado se convoca a elecciones sobre el Referendo a nivel nacional, departamental o local según sea el caso.

El referendo puede ser aprobatorio o derogatorio El referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto

legislativo o de ley a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.

El referendo derogatorio consiste en el sometimiento de una norma que fue aprobada por el Congreso, la Asamblea Departamental o el Concejo Municipal a consideración del pueblo para que éste decida si se deroga la respectiva ley, ordenanza o acuerdo.

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REVOCATORIA DEL MANDATO La Revocatoria del Mandato consiste en el derecho político que

tienen todos los colombianos, por medio del cual dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

Un grupo de ciudadanos, en número no inferior al 40% de los votos que obtuvo el gobernador o el alcalde, según el caso, solicita ante la Registraduría que convoque a votaciones para revocar el mandato del funcionario, mediante un formulario de firmas que además contiene las razones que fundamentan la revocatoria, una vez la Registraduria avala las firmas se procede a realizar la votación.

Para que quede en firme la revocatoria deberá ser aprobada por la mitad mas uno de los votos participantes en la votación , esto siempre y cuando los votos totales sean al menos el 55% del total de votantes que eligieron al respectivo mandatario.

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CABILDO ABIERTO Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las

juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

Podrá ser materia del cabildo abierto cualquier asunto de interés para la comunidad. Sin embargo, no se podrán presentar proyectos de ordenanza, acuerdo o cualquier otro acto administrativo.

La solicitud deberá ser presentada ante la secretaria de la respectiva corporación con no menos de quince(15) días de anticipación al inicio del periodo sesiones y debe ser avalada por el 5% del censo electoral del Municipio, Distrito, Localidad, Comuna o Corregimiento.

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CONSULTA POPULAR La consulta popular es un mecanismo mediante el cual se convoca al pueblo

para decida acerca de algún aspecto de vital importancia. La consulta popular puede ser tanto nacional como departamental, municipal, distrital o local.

En el caso de una consulta de carácter nacional, el Presidente de la República, con el previo aval del Congreso y respaldado por las firmas de todos los Ministros, es el encargado de consultar al pueblo cuando crea que una decisión próxima a ser tomada es de trascendencia nacional; es decir, que afecta a todos los Departamentos del país.

En el caso de las consultas populares a nivel distrital, departamental, municipal o local, la decisión de convocarlas es tomada por los Gobernadores y Alcaldes, según sea el caso, para lo cual se debe acudir los Gobernadores o Alcaldes para que estos la respalden previo cumplimiento de requisitos claramente definidos en el Estatuto general de la organización territorial.

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ACCION DE TUTELA

La Tutela es un mecanismo creado por el Articulo 86 de la Constitución de 1,991 Es un mecanismo para la defensa de los derechos fundamentales, mediante un procedimiento preferente y sumario. Procede para la protección inmediata de derechos constitucionales fundamentales cuando éstos resulten vulnerados o amenazados ya sea por autoridad pública o particulares. No procede cuando existan otros medios de defensa judicial.

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IMPORTANCIA DE SER PARTICIPES DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA

En Colombia a raíz de la Constitución de 1,991, los ciudadanos tenemos derechos y deberes y nuestras actuaciones están en función de intereses sociales y de bien común (Salud, educación, medio ambiente, vivienda, infraestructura física etc.), además tenemos el derecho de ejercer el control social, este control permite prevenir, verificar, vigilar, proponer y sancionar la gestión del Ejecutivo y de particulares lo que garantiza el servicio a la comunidad.

La participación ciudadana debe ser vista como un logro político de las dos últimas décadas en Colombia.

La Constitución del 1,991 ha generado en los ciudadanos conciencia sobre la importancia de asumir roles en las responsabilidades publicas, e intervenir en la definición de iniciativas de beneficio publico.

Hoy podemos ver una Colombia participativa y empoderada de sus problemáticas con el fin de construir una nueva Colombia en armonía y paz.