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    MARCO LEGAL - PIRAMIDE DE KELSEN

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    A.E.A. I.R.A.M

    MARCO LEGAL - PIRAMIDE DE KELSEN

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    Referencia del Marco legal

    Nacional: Ley nº 19 587- 1972 de Seguridad e

    Higiene en el Trabajo y Decretos Reglamentarios

    Provinciales:

    - Córdoba Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica –

    D.R. 1022/2015 // Ley nº 10.270 Sistema Provincial

    de Protección Contra Descargas Eléctricas

    Atmosférica – Decreto 269/2015

    - Santa Cruz Ley nº 3247 de Seg. Eléctrica - 2012

    - Salta Ley nº 7469 de Seg. Eléctrica - 2007

    Municipal: Ordenanza 11.387 / 11.843 - 2010

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    Ley Nacional de Seguridad e Higiene en el

    trabajo nº 19.587 del año 1972

    Se aplica a todos los establecimientos y

    explotaciones, persigan o no fines de lucro,

    la índole de la maquinaria, elementos,

    dispositivos o procedimientos que se

    utilicen o adopten, y sus medidas de

    seguridad personal y laboral (EPP, EPC).

    Decretos reglamentarios 351/79,

    911/96, 617/97, 249/07

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    Seguridad

    Evalúa el grado de aceptabilidad del Riesgo.

    Tiene como objetivo: Preservar la integridad psicofísica de

    las personas que desarrollan actividades en una empresa y

    de los bienes de la misma.

    Higiene

    Identifica, evalúa y controla aquellos factores del medio

    ambiente laboral que pueden afectar la salud de los

    individuas o de la comunidad.

    Objetivos de la Seguridad e higiene del trabajo

    • Preservar la integridad psicofísica y la salud de los

    trabajadores (incluyendo personal propio, contratado,

    visitas, proveedores, etc.)

    • Preservar los bienes de la empresa

    • Evitar daños a la comunidad y medio ambiente

    derivados de la actividad de la empresa

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    D.R. 351/79 de Seguridad e Higiene en el

    trabajo. En el art.3. Condiciones de Seguridad

    de las Instalaciones Eléctricas del Anexo VI,

    se indica en características constructivas

    (3.1.):

    «Se cumplimentara lo dispuesto en la

    Reglamentación para la ejecución de

    instalaciones eléctricas en inmuebles,

    de la Asociación Electrotécnica

    Argentina»

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    En el art. 3.1. indica también que

    «para la instalación de líneas aéreas

    y subterráneas, se seguirán las

    directivas de las reglamentaciones

    para líneas eléctricas aéreas y

    exteriores en general de la citada

    asociación»

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    D.R. 911/96 Industria de la Construcción.

    Capitulo 6. Normas Generales de Aplicables

    en Obra Instalaciones Eléctricas

    ARTICULO 86. — Toda instalación deberá

    proyectarse como instalación permanente,

    siguiendo las disposiciones de la

    ASOCIACION ARGENTINA DE

    ELECTROTECNICA (AEA), utilizando

    materiales que se seleccionarán de acuerdo

    a la tensión, a las condiciones particulares

    del medio ambiente y que respondan a las

    normas de validez internacional…

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    D.R. 617/97 Actividad Agraria Titulo V.

    Riesgos Electricos, Art. 18:

    «Las instalaciones eléctricas deben

    cumplir con la reglamentación de la

    Asociación Electrotécnica Argentina.

    Será de aplicación supletoria la

    normativa establecida por el ENTE

    NACIONAL REGULADOR DE LA

    ELECTRICIDAD.»

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    D.R. 249/07 Actividad Minera Capitulo

    8. Electricidad – Instalaciones

    Eléctricas, Art. 99:

    «Las instalaciones eléctricas deben

    cumplir con la reglamentación de la

    ASOCIACION ELECTROTECNICA

    ARGENTINA y con carácter

    supletorio, las emitidas por el ENTE

    NACIONAL REGULADOR DE LA

    ELECTRICIDAD.»

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    JERARQUÍA LEGAL

    • LA LEY NACIONAL DE HySL SE APLICA

    EN EL AMBITO LABORAL.

    • LA LEY PROVINCIAL DE SEGURIDAD

    ELECTRICA SE APLICA EN EL AMBITO

    PRIVADO PÚBLICO Y VÍA PÚBLICA.

    • LA LEY PROVINCIAL DE PARARRAYOS SE

    APLICA EN LOS ESPACIOS CERRADOS Y

    ABIERTOS,

    PUBLICOS Y PRIVADOS.

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    LEY PROVINCIAL DE SEGURIDAD ELECTRICA

    • DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1022

    • ERSEP – Autoridad de Aplicación

    • RESOLUCION Nº 26/15, ANEXOS I, II, III, IV y V

    y RESOLUCION Nº 5/16, ANEXOS I, II, III, IV y V

    -Instaladores Categoría I: matriculado Colegio de

    Profesionales, sin límite de potencia

    -Instaladores Categoría II: matriculado Colegio de

    Técnicos, hasta 2.000 KVA dependiendo del título

    -Instaladores Categoría III: Ersep – Registro de

    Habilitación, hasta 10 KW

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    LEY PROVINCIAL DE PARARRAYOS

    • REQUIRE PROYECTO, DISEÑO Y

    REGISTRO CREADO A TAL FIN

    • SOLO PUEDEN REALIZARLO

    INSTALADORES CATEGORIA I y II

    • INSTALADORES CATEGORIA III «NO

    PUEDEN REALIZAR DISEÑO PROYECTO

    Y REGISTRO», PUEDEN EJECUTARLO

    BAJO LA DIRECCION DE OBRA DE

    INSTALADOR DE LAS OTRAS

    CATEGORIAS (protección primaria,

    secundaria y perimetral)

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    INTERRELACION DE LEYES:

    • CUANDO SE TRABAJA EN RELACION DE

    DEPENDENCIA EL AMBITO LEGAL ES LA

    LEY NACIONAL Nº 19.587 DE H. y S. L.

    • CUANDO SE TRABAJA EN FORMA

    INDEPENDIENTE EL AMBITO LEGAL ES LA

    LEY PROVINCIAL Nº 10.281 DE S. E.

    • SIN PERJUICIO DE QUE SE PUEDAN

    SUPERPONERSE AMBAS Y DEBEN SER

    CUMPLIDAS EN ESE ORDEN POR TODAS

    LAS CATEGORÍAS DE INSTALADORES

    SEGÚN SU INCUMBENCIA.

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    SRT, Resoluciones 84 /2012

    Protocolo para la Medición de la Iluminación en el Ambiente Laboral.

    Planilla de mediciones mediante luxómetro calibrado y certificado.

    Firmado por un especialista y/o técnico en Seg. E Higiene.

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    SRT, Resolución 3068/14 “Trabajo con tensión en baja tensión” Anexo

    Planilla con procedimiento de trabajo seguro supervisado.

    Confeccionada por IE, IEE, IME.

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    SRT, Resolución 900/15 “Protocolo de medición de puesta a tierra y

    continuidad de las masas”. Planilla de mediciones mediante

    telurímetro calibrado y certificado. Firmado por IE, IEE, IME.

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    Resolución ENRE 207/95

    ARTICULO 1.- Determinar que resultan aplicables a la construcción

    y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en inmuebles, la

    reglamentación dictada a tales efectos por la Asociación

    Electrotécnica Argentina, (según su versión aprobada el

    30.11.1987) la que como Anexo I integra el presente acto.

    Resolución ENRE 225/11 REGLAMENTO PARA LA CONEXIÓN DE

    NUEVOS SUMINISTROS

    «El presente reglamento establece las condiciones relativas al

    resguardo de la seguridad pública que deben cumplir los usuarios

    de electricidad vinculados a las redes de distribución ubicadas en

    el área de concesión correspondiente a las distribuidoras EDENOR

    S.A., EDESUR S.A. y EDELAP S.A..»

    Resolución ENRE 269/12 – Anexo en Xl. “Declaración de

    Conformidad de Instalaciones Eléctricas” (DCI) para ser

    presentado ante las distribuidoras.

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    Resolución 92/98 de la ex Secretaria de Industria, Comercio y Minería

    “Que es necesario garantizar a los consumidores la seguridad en la

    utilización del equipamiento eléctrico de baja tensión en condiciones

    previsibles o normales de uso.”

    “Que para alcanzar este objetivo de seguridad es practica

    internacional reconocida hacer referencia a normas técnicas

    nacionales tales como las elaboradas por el Instituto Argentino de

    Normalización (IRAM) e internacionales como las del Comité

    Electrotécnico Internacional (IEC), ya que esta metodología permite la

    adaptación y actualización al progreso de la técnica.”

    - Alcance del equipamiento eléctrico de baja tensión: los artefactos,

    aparatos o materiales eléctricos destinados a una instalación eléctrica

    o formando parte de ella, que tenga una tensión nominal de hasta MIL

    (1000) Volt en corriente alterna eficaz o hasta MIL QUINIENTOS (1500)

    Volt en corriente continua, potencia hasta 5 KVA. (Materiales

    eléctricos y electr0domésticos).

    - Debe asegurarse la protección a las personas, animales domésticos

    y los bienes contra los peligros de naturaleza eléctrica y no eléctrica

    causados por el equipamiento eléctrico.

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    Resolución 508/2015 de Seguridad Eléctrica

    Los productos alcanzados por la nueva resolución deben

    cumplir los requisitos de seguridad establecidos por la Norma

    IRAM correspondiente. En caso de inexistencia de Norma

    IRAM, o de no encontrarse ésta vigente, la Norma IEC

    aplicable.

    Las certificaciones de productos deberán ser otorgadas por

    un organismo de certificación reconocido, de acuerdo a lo

    dispuesto por la Resolución N° 404/2015.

    Los productos certificados deberán exhibir un sello indeleble

    que permita identificar inequívocamente el tipo de

    certificación. En los certificados de marca incluirán el logo de

    la certificadora y en los de tipo y lote el nombre de la misma.

    Entra en vigencia en julio de 2016.

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    A.E.A. Asociación Electrotécnica Argentina

    Fundada en 1913 por el ing. Newbery.

    ONG sin fines de lucro.

    Reconocida por ley nacional nº 19.587

    A partir del año 1.972.

    Confecciona reglamentaciones y

    normas.

  • A través del Decreto 13573/38, el Estado Nacional reconoce al IRAM como organismo centralizador para mantener la uniformidad de criterios técnicos y científicos en el estudio de normas.

    En el año 1994, fue ratificado en su función por el Decreto PEN N.º 1474/1994, en el marco del Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación.

  • IRAM crea y publica normas de fabricación de productos, ensayos, instalaciones y servicios en distintos tipos de productos en general, una de las áreas es la eléctrica.

    ONG sin fines de lucro.

  • IRAM es representante argentino ante las organizaciones regionales de normalización, como la Asociación Mercosur de Normalización (AMN) y la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT), y ante las organizaciones internacionales: International Organization for Standardization (ISO) e International Electrontechnical Comission (IEC), en este caso, en conjunto con la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA).

  • IEEE

    NFPA

    NEMA

    Disposiciones de Bomberos

    Disposiciones Municipales

    ET compañía de Energía local

  • «LAS INSTALACIONES ELECTRICAS DEBEN SER EJECUTADAS CON LA MAYOR SEGURIDAD POSIBLE, DENTRO DEL LLAMADO RIESGO TOLERABLE. ESTO SE APLICA TAMBIEN AL ALUMBRADO PUBLICO Y A LA DISTRIBUCION PUBLICA.»

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    «NINGUN TRABAJO, NI NINGUNA

    TAREA, ES TAN IMPORTANTE PARA

    QUE NO SE PUEDA TOMAR EL TIEMPO

    NECESARIO NI DEJEMOS DE UTILIZAR

    LOS ELEMENTOS DE PROTECCION

    OBLIGATORIOS, PARA QUE ASI

    REALICEMOS UN TRABAJO CON

    SEGURIDAD, NO SOLO PARA LOS

    PRIMEROS ACTORES SINO PARA

    SEGUNDOS Y TERCEROS.»

  • Los Accidentes pueden ocurrir por:

    Actos inseguros

    Condiciones inseguras

    Ambos

    Actos Inseguros

    Mantenimiento de equipos en movimiento o presurizados

    El no uso de los equipos de protección Personal

    Juegos/ peleas. Posición insegura

    Falta de señalizaciones

    Uso indebido de herramientas

    Violación de normas o procedimientos

    Condiciones inseguras

    Instalaciones inadecuadas

    Procedimiento inadecuado

    Señalización deficiente. Falta de espacio

    Herramientas en mal estado

    Iluminación inadecuada

    Ventilación inadecuada

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    «El fin principal de la seguridad

    tiende a eliminar las causas de los

    accidentes y evitar las posibles

    lesiones producidas por estos.»

    «No debería existir ningún motivo

    para exponer a un ser humano ante

    peligros tan graves que puedan

    provocarle la muerte.»

    «El conocimiento es inversamente

    proporcional al riesgo que se corre.»

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    Debemos tener en cuenta:

    •Protección contra los choques

    eléctricos

    •Protección contra sobrecargas y

    cortocircuitos

    •Protección contra los incendios de

    origen eléctrico

    •Protección contra sobretensiones

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    Uso obligatorio por ley de:

    • Interruptor automático

    • Interruptor Diferencial

    • Puesta a tierra

    • Pararrayos

    • Cableados en ductos

    seguros

    • Tomacorrientes, fichas,

    tableros, etc., seguros

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    Teniendo en cuenta

    estos conceptos se logrará

    brindar protección a:

    •Personas

    •Bienes

    •Animales

    •Medio Ambiente

  • Instalaciones Peligrosas

  • Trabajo Inseguro

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