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¿QUE ES UNA CLINICA JURIDICA?

La Clínica Jurídica constituye una innovadora alternativapara la enseñanza del Derecho en la Argentina.

Entre algunos de sus objetivos podemos mencionar:estrechar los vínculos entre la academia legal y/o las organi-zaciones civiles, y la comunidad en la que éstas se insertan,modificar los parámetros con que jueces, abogados, políti-cos y otros actores sociales encaran los problemas rela-cionados con la protección de los Derechos Humanos yotras materias públicas.

Desde la Cl ínica, los estudiantes y graduados en Derechol levan adelante casos judiciales reales que involucran lamodi f icación de práct icas que l imitan, obstruyen, orestr ingen la protección de derechos fundamentales delas personas.

Para obtener más información sobre clínica jurídica consultar:w w w. c e d h a . o r g . a r / e s / i n i c i a t i v a s / c l i n i c a _ j u r i d i c a s

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¿QUE ES UNA CLINICA TEMATICA ?

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente es unlaboratorio de práctica de litigio de interés público y reflexiónjurídica que trabaja sobre casos reales de violaciones deDerechos Humanos producto de la degradación ambiental o lagestión no sustentable de los recursos naturales.

Su fin primordial es el de promover en los abogados y estudiantes que laintegran conciencia social en su labor cooperadores del derecho.

Mediante la práctica en litigio de interés público no sólo seprocura proveer acceso a la justicia a víctimas en estado deindefensión sino que también se pretende que el clínicoadquiera destreza profesional y entienda al derecho como unaherramienta de cambio social y generador de políticas públicas.

PARTICIPACION DE LOS CLINICOS

Los miembros de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos yAmbiente, trabajan sobre casos reales que vinculan ambiente yDerechos Humanos, bajo la dirección y supervisión de un grupode abogados expertos en litigio de interés público. Dentro demuchas actividades, los clínicos presencian, en calidad deobservadores, entrevistas con los diferentes actores y organis-mos involucrados en el caso, ensayan escritos judiciales yadministrativos, desarrollan diferentes estrategias en equipo, yacompañan todo el procedimiento del caso, que es llevado porlos abogados de la clínica, hasta la resolución definitiva.

El siguiente gráfico demuestra las distintas actividades que realizan losintegrantes de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente:

Nota aclaratoria:

(1) La variable asesoramiento se refiere al asesoramiento quela Clínica provee a los casos que reúnen los requisitos deadmisión y que no requieren litigio; como así también, alasesoramiento que se provee a los casos que no reúnen losrequisitos de admisión, que siempre reciben una orientación y/osolución institucional.

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Gráfico - Ejes temáticos año 2005 / 2006

Nota aclaratoria:

Los ejes temáticos están relacionados con las problemáticasambientales y sociales que involucran los casos reales que tra-baja Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente.

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(2) La variable litigio comprende las causas tramitadas tantoen sede Administrativa como en sede Judicial; y toda la laborque implica litigar el caso como por ejemplo: confección deescritos jurídicos, procuración de las causas, documentación delas causas, preparación de pruebas etc.

(3) La variable investigación y capacitación comprenden tantola labor investigativa que los clínicos llevan a cabo para aseso-rar o para litigar un caso, como la actualización de los mismosen materia legislativa, doctrinaria y jurisprudencial.

(4) En la variable otras se incluyen las siguientes actividades:participación y/o organización de eventos y capacitaciones,logística de la clínica, redacción y edición del boletín informativo,ensayos, comunicados de prensa, actualización del sitio web,participación en foros, reuniones, comisiones legislativos sobrela temática, organización de biblioteca, confección de informescon detalle y estimación de gastos a nuestros donantes, etc.

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CASO RESIDUOS PATOGENOS EN BASURALESA CIELO ABIERTO (SIERRAS DE CORDOBA).

Punilla, Sierras de Córdoba HECHOS - ESTRATEGIA JURIDICA:

ANTECEDENTES DEL CASO:

La localidad de Santa María se encuentra ubicada en el Valle dePunilla, al noroeste de la Provincia de Córdoba, en ella se asien-tan dos de los más importantes centros de salud con que cuen-ta la provincia, los hospitales "Domingo Funes" y el HospitalPsiquiátrico "Colonia Santa María".

Los residuos patógenos fueron depositados en forma clandesti-na, en zonas próximas a los nosocomios mencionados y sintener un proceso previo de gestión tal como lo prevén las leyesconstituyendo una importante fuente de contaminación ambien-tal y de riesgo de afectación de la salud de la población.

La Clínica jurídica de Derechos Humanos y Ambiente comienzaa trabajar en el caso, a petición de vecinos que habitan la zonacercana al basural, y, ante la detección de que se infringía la Leynacional 24.051, realizó junto con los afectados una denunciapenal en el fuero federal para que se investigue a los responsablesde la mala gestión de estos residuos y para que se le de a losmismos una disposición final adecuada. La Fiscalía Penal inter-viniente admitió la denuncia y realizó pruebas periciales paracomprobar los hechos. Los resultados de las pericias confir-maron efectivamente la existencia en el lugar de residuospatógenos pertenecientes a hospitales y/o clínicas.

RESULTADOS DEL CASO:

Como resultado de la investigación la Fiscalía imputó a la direc-tora del hospital más cercano al basural, basándose en la fuertepresunción de que la institución es la responsable de los vol-camientos de residuos patógenos. Luego, la imputación fiscalfue confirmada por el Juez Penal, quien, además ordenó que setomen muestras de suelo y de agua ampliándose así el objetode la exitosa pericia ya realizada por orden del fiscal.

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Basurales clandestinos y a cielo abierto, de residuospatógenos localizados entre dos hospitales de propiedad delEstado Provincial en la localidad de Santa María de Punilla,Sierras de Córdoba.

El Juez impuso a la Agencia Córdoba Ambiente de la Provinciade Córdoba que retire los residuos de la zona y les diera la dis-posición final pertinente, también, ordenó que en lugar donde seencontraba localizado el basural siembre árboles autóctonos.

Fue exitoso el resultado de las estrategias utilizadas, ya que laClínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente logró ladeterminación de la responsabilidad penal de los funcionariosestatales, y la recomposición del ambiente afectado, lo queimplica la cesación de los efectos del delito de contaminación.En la misma causa, también se logró que la Fundación CEDHAsea admitida como querellante particular, esto permitió tenerpleno acceso al expediente de la causa y poder colaborar conla investigación penal.

1 “ Aran Miriam- infracción de la ley 24.2051”

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CASO CHACRAS DE LA MERCED

La Estación Depuradora de Aguas Residuales de la Ciudad deCórdoba ¨EDAR Bajo Grande¨ controlada por la Municipalidad dela ciudad, es la principal responsable de la contaminación de unsector del Río Suquía, a causa del insuficiente tratamiento que leprovee a los líquidos cloacales, los que son arrojados al recursohídrico inadecuadamente.

Los vecinos de Chacras de la Merced, comunidad situada a laribera del Río Suquía y a 2 Km. de distancia de la Planta men-cionada, desde hace años venían solicitando a las autoridades elcese de la contaminación del río y el acceso al agua potable.Estos reclamos no recibieron respuesta estatal.

ESTRATEGIA JURIDICA:

ACCION DE AMPARO:

Luego de un análisis profundo e integral de la problemática, laClínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, decidió inter-poner una acción de amparo contra el estado provincial y munic-ipal, obteniendo una sentencia ejemplar que obliga a la provinciade Córdoba a proveer el servicio de agua potable a los amparis-

ACCESO AL AGUA POTABLE - CONTAMINACIÓN DERECURSOS HIDRICOS: Consumo de agua contaminadacon coliformes fecales extraída de pozos domiciliarios:violación de Derecho Humanos. Degradación ambientalpor el volcamiento de líquidos cloacales hacia el RíoSuquía, insuficiente tratamiento de la planta depurado-ra, amparo, ejecución de sentencia.

tas y por otro lado exige al Municipio la minimización del impactoambiental ocasionado al río por la planta de tratamiento.

SENTENCIA :

Por su importancia transcribimos parte de la resolución:“…Ordenar a la Municipalidad de Córdoba adoptar todas lasmedidas necesarias relativas al funcionamiento de la EDAR BajoGrande a efectos de minimizar el impacto ambiental producidopor la misma hasta tanto se arribe a una solución definitivarespecto a su funcionamiento; y a la Provincia de Córdoba aasegurar a los amparistas una provisión mínima de 200 litrosdiarios de agua potable hasta tanto se realicen las obras perti-nentes que posibiliten el pleno acceso al servicio público deagua en los términos del decreto 529/94”.

EJECUCION DE LA SENTENCIA - INCIDENCIA EN LAS POLITICASPUBLICAS:

La sentencia produce una significativa incidencia en las políticaspúblicas provinciales y municipales, entre ellas se destacan:

I- En lo que respecta al cese de la contaminación del río, selogró que la autoridad municipal diseñe un proyecto parareestructurar la planta de tratamiento.

II- En relación a la falta de agua potable, la Provincia deCórdoba, a través de la Dirección de Aguas y Saneamiento(DIPAS), está ejecutando una obra a fin de proveer este servicioa toda la comunidad de Chacras de la Merced y zonas aledañasa la misma.

III- El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Córdoba,sancionó una ordenanza que dispone, que los recursoseconómicos recolectados por el municipio en concepto de cloa-cas, -que anteriormente eran de gasto discrecional por parte delPoder Ejecutivo Municipal-, se destinen, exclusivamente al manten-imiento y extensión de este servicio público de cloacas.

Jurisprudencia que sienta el fallo: “el acceso al agua potablecomo Derecho Humano” y la anticipación de la tutela alordenar con carácter cautelar la provisión de agua potable alos amparistas durante el transcurso del proceso judicial.

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CASO CIUDAD DE CORDOBA - DDT Y OTROSPLAGUICIDAS PROHIBIDOS EN DEPOSITO REGIONALDEL SENASA:

Acopio irregular por más de 30 años de plaguicidasprohibidos en el depósito regional del Servicio Nacional deCalidad Agroalimentaria (SENASA) en la Ciudad deCórdoba -Impacto en el ambiente - Efectos en la salud -Acción de recomposición ambiental - Denuncia penal.

ANTECEDENTES DEL CASO

El caso DDT, se hace público en el mes de enero de 2005 através del periódico cordobés “La Voz del Interior”. Dichoperiódico informó que el Servicio Nacional de Sanidad y CalidadAgroalimentaria (SENASA), conservaba desde hace 30 años, enun depósito regional de su propiedad más de 12 toneladas deplaguicidas prohibidos, -entre ellos DDT-, en irregulares condi-ciones de almacenamiento y a tan sólo veinte cuadras del cen-tro de la Ciudad.

La existencia, calidad y tipo de agroquímicos almacenados enel depósito fue admitida por SENASA.

INTERVENCION DE LA CLINICA JURIDICA DE DERECHOSHUMANOS Y AMBIENTE - ESTRATEGIA JURIDICA:

RECOMPOSICIÓN AMBIENTAL DEL SITIO - ESTUDIOEPIDEMIOLOGICO:

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, tomaintervención en el caso, a solicitud, de vecinos de las inmedia

ciones del depósito. Los vecinos requerían el saneamiento delpredio que subsistía contaminado no obstante el retiro de losplaguicidas del lugar por orden de las autoridades.

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, decidió alos efectos de dar respuesta a lo requerido por los vecinos inter-poner una demanda de remediación ambiental contra elSENASA, reclamando la recomposición ambiental del lugar.Dicho reclamo, fundado en la Ley General del Ambiente (L.G.A.Ley 25.675), tiene por objeto que la Justicia ordene al SENASArecomponer, a su costa, el lugar donde funcionaba el depósitoregional de plaguicidas. Además, solicitó al tribunal, quedisponga la clausura y custodia permanente del lugar a fin deque no se retiren del lugar elementos que puedan ser válidoscomo medios de prueba; y peticionó que se imponga alSENASA, la realización de un estudio epidemiológico a los veci-nos de las inmediaciones que pudieran estar afectados en susalud por contacto con plaguicidas prohibidos.

RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS ESTATALES:

Existe una causa penal iniciada por denuncia fundada en la Ley deResiduos Peligrosos 24.051. En la causa se investiga a funcionariosque pudieran resultar responsables; la Clínica Jurídica de DerechosHumanos y Ambiente se constituyó en querellante particular paracoadyuvar en la investigación.

1 “Fundación CEDHA c/ SENASA- Ordinario” Juzgado Federal N 1, Córdoba.2 “Montenegro Raul s/ denuncia”

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CASO RECOMPOSICION AMBIENTAL – SITIOS DONDESE DESARROLLAN ACTIVIDADES DE LA MINERIA DEL URANIO.

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CASO LA PAZ – CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

ANTECEDENTES - ESTRATEGIA JURIDICA:

Un grupo de vecinos de La Paz, -localidad ubicada en elDepartamento San Javier de la Provincia de Córdoba-, solicitóasesoramiento a la Clínica Jurídica de Derechos Humanos yAmbiente, por el excesivo ruido que padecían a causa del alto volu-men empleado en los espectáculos públicos de la zona, en particulardurante la temporada de vacaciones.

Los afectados pretendían la adecuación de los mismos decibeles alos niveles permitidos por las normas y las reglas de una sana con-vivencia, y no el cierre de locales bailables.

Luego del diálogo mantenido con el Intendente del Municipio y convecinos afectados, la Clínica Jurídica de Derechos Humanos yAmbiente, decidió someter a un proceso de una mediación volun-taria comunitaria. La estrategia seleccionada fue la más idónea,atento la predisposición de las partes involucradas para arribar a unacuerdo que posibilite la convivencia armónica y una conciliación deenfrentados intereses entre vecinos y empresarios.

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente presentó elcaso ante La defensoría del pueblo de la Provincia de Córdoba.Dicho organismo, a través de su Centro Comunitario de Mediación,instauró un proceso en el que participaron los afectados conpatrocinio de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente,las autoridades municipales y los empresarios. El proceso concluyócon la celebración de un “Acuerdo de Compromiso Comunitario”,que resolvió en forma positiva el conflicto social derivado de la con-taminación sonora.

Se resaltan los siguientes puntos del “Acuerdo de CompromisoComunitario”: minimización del ruido mediante la instalación de barrerasacústicas naturales y de otra índole; inclusión de cláusulas regulado-ras de volúmenes y horarios en los permisos otorgados, instrucciónsobre la práctica de la mediación como alternativa para la solución deconflictos a través del dictado de cursos; ejercicio de una solidaridadresponsable en materia del ruido; cooperación en el control del

Conflicto Social derivado de la contaminación sonora, enla localidad de La Paz, situada en el departamento de SanJavier de la Provincia de Córdoba. Local bailable -Mediación Comunitaria.

cumplimiento de las normas, educación sobre la problemática y susefectos en la salud y calidad de vida; entrega de bibliografía rela-cionada con la temática sobre Derechos Humanos y Ambiente.

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, es miembrodel foro social que tendrá a su cargo el contralor del Proyecto deRestitución Ambiental de la Minería del Uranio (PRAMU) que ejecutaráen la Provincia de Córdoba la Comisión Nacional de Energía Atómica(CNEA) con financiamiento del Banco Mundial.

Este foro social es un espacio de participación de la sociedad civil, enel marco del proyecto de la CNEA que procura remediar o al menosminimizar los pasivos ambientales. El foro social es un ejemplo dedemocracia participativa y un intento de mejorar la gobernabilidad ytransparencia de las actividades Estatales.

La CNEA y el grupo técnico que la misma constituya a los efectos deldiseño y ejecución de los proyectos de remediación someterán susactividades al contralor de este foro.

Los sitios a remediar en la Provincia de Córdoba, son la planta fabril de producción de UO2 ubicada en la Ciudad de Córdoba, y lamina de uranio, ubicada en Los Gigantes.

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, referente jurídi-co dentro de este foro social, tuvo una inten-sa participación en la elaboración del estatu-to constitutivo del mismo. Asimismo, laClínica Jurídica de Derechos Humanos yAmbiente fiscalizará el cumplimiento de lanormativa relacionada con DerechosHumanos y ambiente, y exigirá que duranteel proceso se asegure la participación, elacceso a la información y la real incidenciade lo decidido por el foro social a lo largo dela ejecución del proyecto.

Uranio - Residuo Peligroso - Serio Impacto AmbientalRemediación Ambiental.

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de Obras Públicas de la Provincia y la DIPAS (Dirección Provincialde Aguas y Saneamiento) conocían desde mucho antes de que elcaso se haga público entre los ciudadanos, que el agua queproveían las cooperativas concesionarias de pozos estabacontaminada con nitratos, y que debían planificar acciones inmediatasya que estaba en riesgo la salud de la población. En consecuencia,las autoridades ocultaron que el agua provista estaba contaminadacon nitratos y nitritos.

INTERVENCION DE LA CLINICA JURIDICA DE DDHHY AMBIENTE EN EL CASO - ESTRATEGIAS

La demanda de intervención de la Clínica Jurídica de DerechosHumanos y Ambiente en el caso es efectuada por los vecinos afec-tados de barrio Patricios de la ciudad de Córdoba.

Las estrategias jurídicas diseñadas frente al hecho de la provisiónde agua contaminada con nitratos se agrupan en dos:

A- En sede Judicial - en el Fuero Penal: Constitución en QuerellanteParticular:

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente se constituyóen querellante particular en la causa penal iniciada contraFuncionarios públicos del Ente Regulador de Servicios públicos dela Provincia de Córdoba (ERSEP), de la Dirección Provincial deAguas y Saneamiento (DIPAS) y del Ministerio de Obras Públicas dela Provincia.

En la causa, están imputados titulares y ex titulares de los organismospúblicos mencionados por el delito de incumplimiento de los deberesde funcionario público. El fundamento de dicha imputación por parte delMinisterio Público Fiscal fue el conocimiento por parte de tales fun-cionarios de la provisión de agua con niveles de nitratos muy superioresa los permitidos por el Código Alimentario Nacional (45mg/l).

En la referida causa penal, también están imputados, los titularesde las cooperativas prestatarias del servicio de agua de trece de losdieciseis barrios de la ciudad por el delito de venta de mercaderíaspeligrosas para la salud en forma culposa.

SITUACION ACTUAL DE LA CAUSA PENAL

La causa ac tua lmen te se encuen t r a en l a e t apa dei n ves t i gac i ón f i s ca l . La cons t i t uc i ón en que re l l a n t e

CASO NITRATOS:

¿QUE SON LOS NITRATOS?

Nitratos es una forma de nitrógeno. Los nitratos aparecen enel suelo y en las aguas superficiales y profundas como elresultado de la descomposición natural por acción demicroorganismos.

ANTECEDENTES DEL CASO:

El gobierno de Córdoba en la década del noventa privatizó el servi-cio de agua potable, por contrato de concesión celebrado con laempresa Aguas Cordobesas. Sólo 10.000 cordobeses no recibenel suministro de Aguas Cordobesas y son provistos del servicio porcooperativas vecinales y empresas familiares concesionarias depozos de agua.

En el marco de las privatizaciones el Gobierno Provincial crea el EnteRegulador de los Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba(ERSEP). El ERSEP es un organismo autárquico, creado por la LeyProvincial 8835, conocida como Carta del Ciudadano.

Su función es regular y controlar los siguientes servicios públicosprovinciales: de agua potable, energía eléctrica, transporte entreotros. Quedan excluidos de la órbita del ERSEP los servicios públi-cos de carácter nacional o municipal.

A su vez, el Ente Regulador de los Servicios Públicos recepta ytramita los reclamos de los usuarios. Las resoluciones del ERSEPcausan estado y agotan la vía administrativa.

El caso nitratos se hace público entre los ciudadanos de Córdoba,cuando el periódico “La Voz del Interior” interpone una acción deamparo fundada en el derecho de la información dirigida a obtenerlas actas de reunión del directorio del organismo. Las mencionadasactas fueron prueba dirimente en este caso, ya que las mismasacreditan fehacientemente que los titulares del ERSEP, el Ministro

Provisión de agua contaminada con Nitratos en dieciseisbarrios de la ciudad de Córdoba por cooperativas y empresasfamiliares concesionarias de pozos.

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente traba-ja en este caso donde hay una afectación al Derecho Humanofundamental al acceso de agua potable, el que, permite cubrirlas necesidades vitales básicas de las personas.

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particular le ha permitido a la Clínica Jurídica de Derechos yAmbiente, la posibilidad de acceder a las actuaciones durante lainvestigación penal preparatoria, intervenir en la sustanciación delproceso, como contralor de la actividad judicial y como colabo-rador de la investigación.

B- En sede administrativa: reclamos administrativos:

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente interpuso porante el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia deCórdoba (ERSEP) reclamos administrativos con la finalidad de queel Ente dicte resoluciones con efectos extensivos a todos aquellosafectados por la provisión del servicio de agua contaminada que seencuentren en idéntica situación fáctica y/o jurídica. Los reclamos administrativos incoados pueden clasificarse por suobjeto en los siguientes:

(1) Los que persiguen la repetición de los importes pagados enperíodos en que el agua estuvo contaminada con altos niveles denitratos. Estos reclamos se efectuaron con fundamento en el dere-cho de repetir lo que se pagó sin causa y en el incumplimiento con-tractual de la prestataria que proveyó agua contaminada en lugarde la prestación contratada (agua potable).

(2) Los reclamos que persiguen la exención de pago de los montoscorrespondientes a los períodos en que el agua estuvo contamina-da. Estos reclamos se realizaron con fundamento en que los afec-tados no pueden ser intimados a pagar y menos aún sus viviendassubastadas por el no pago de la tarifa correspondiente a los perío-dos en que se les proveía agua con valores de nitratos muy porencima de los permitidos.

(3) Y por último, los reclamos efectuados a fin de que el EnteRegulador de Servicios Públicos instaure un régimen de tarifasocial para todos aquellos que no pueden afrontar el pago de latarifa normal por escasez de recursos. Asimismo, se le reclamó alEnte Regulador un suministro mínimo de agua potable en loscasos de falta de pago de la tarifa por imposibilidad económica.Este reclamo fue realizado con fundamento en que las prestatariasdel servicio proceden efectúan el corte total del suministro de aguaen los casos de no pago, incumpliendo la normativa vigente queobliga a proveer al menos doscientos litros diarios. Además, confundamento en que el acceso al agua potable es un derechohumano básico y que debe estar plenamente asegurado porEstado, la Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente reclamó para los casos de excepción (familias

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numerosas, enfermos, embarazadas, mayores de setenta años,etc.), la provisión de agua potable en cantidades superiores a esemínimo vital de doscientos litros diarios que impone la normativa.

ESTADO ACTUAL DE LOS RECLAMOS INCOADOS:

Los reclamos administrativos fueron realizados con fecha 6 de sep-tiembre de 2005. En agosto de 2006, luego de haber presentadopronto despacho de los reclamos y de haber denunciado la falta derespuesta a los medios de prensa, la Clínica Jurídica de DerechosHumanos y Ambiente fue notificada de la resolución recaída en losreclamos.

El ERSEP, resolvió hacer lugar parcialmente al reclamo:

(1) Ordenó la reducción de la facturación por los meses en que seprobó que el agua se proveyó con nitratos.

(2) Invitó a las partes: vecinos reclamantes - patrocinados por laClínica jurídica de Derechos Humanos y Ambiente - y la cooperati-va concesionaria del servicio a celebrar una audiencia a esos fines.

Cuestionamiento de lo resuelto:

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente cuestionó loresuelto a través de un Recurso de Reposición. El fin perseguido es queel ERSEP reconsidere la resolución emitida y la revoque disponiendo laexención de pago y/o la devolución de lo pagado, y no una reducción

TANQUE DE AGUA DE LA COOPERATIVA DE BARRIO PATRICIOS - CORDOBA

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CASO VILLA ALLENDE, INCINERADORDE RESIDUOS PELIGROSOS Y CREMATORIO

ANTECEDENTES DEL CASO:

Ante las inmisiones irregulares de un establecimiento localizadoen un barrio de la localidad de Villa Allende, sita a cercanías deCórdoba Capital, los vecinos del lugar exigieron a las autori-dades provinciales y municipales el cierre del establecimientoante los posibles impactos en el ambiente y en la salud que elmismo pudiera estar produciéndose.

Los vecinos se agruparon en lo que se llamó la asamblea de losvecinos de Villa Allende, contra la incineración y el crematorio.Esta asamblea solicitó asesoramiento a la Clínica Jurídica deDerechos Humanos y Ambiente para evaluar los posibles dañosal ambiente y la salud producidos en la zona.

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente acudió acolaboración técnica e interdisciplinaria del Centro de QuímicaAplicada de la Universidad Nacional de Córdoba (CEQUIMAP), y

Funcionamiento de un incinerador de residuos peligrososy un crematorio en zona urbana. Reclamo Social. Cierredel establecimiento. Posibles impactos en el ambiente yen la salud de los vecinos.

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de la facturación, atento a que los endebles fundamentos del enteencargado del contralor de los servicios públicos son:

(1) Que los usuarios han recibido una provisión por parte de la conce-sionaria, aunque deficitaria.

(2) Que la presencia de nitratos se ubicó apenas por encima de los nive-les permitidos por la normativa vigente.

A la fecha de este informe está pendiente de resolución el reclamode tarifa social para el servicio público de agua y de garantía de unabastecimiento mínimo vital para los individuos imposibilitados decostear el servicio.

de la Red E-LAW, constituída por expertos que asesoran aabogados que litigan en material ambiental. El objetivo fue larealización de un diagnóstico del impacto socio-ambiental pro-ducido por el establecimiento mencionado.

En la actualidad el caso se encuentra en etapa de diagnós-tico en cuanto a los posibles daños ocasionados, encon-trándose sustancias tóxicas en la sangre de niños y mujeresque viven en la zona, entre ellas: mercurio, plomo y cadmio.

El dueño del establecimiento ha impugnado judicialmente laresolución de las autoridades por la que se dispuso delcierre de su empresa, e intenta por esa vía lograr la reaper-tura de la misma. La decisión estatal de cerrar el establecimiento esuna consecuencia de la aplicación del principio precautorio,en la que se priorizó la salud de los vecinos y el ambienteante la realización de una actividad productiva que poten-cialmente pudiera dañarlos.

TOMA DE MUESTRA DE SUELO DEL CREMATORIO- VILLA ALLENDE- CORDOBA

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También se intenta, a través de la Clinica Jurídica, que se cuentecon un adecuado seguimiento de las obras de provisión de aguapotable a los fines de que no afecte otros sectores de la zona, esdecir, que fruto de las construcciones no se lesione el acceso alagua potable de sectores que carecen del recurso o que tienen unservicio insuficiente.

A estos fines se comenzó con una investigación exhaustivay se solicitó a través de notas dirigidas a la DIPAS y a laAgencia Córdoba Ambiente que se informe si habían otorga-do las certificaciones y habilitaciones pertinentes.

Se está trabajando con la Asociación de amigos del Río SanAntonio (ADARSA), en forma conjunta. ADARSA es unaorganización no gubernamental, ambientalista sin fines delucro, que trabaja en todo lo relacionado con el cuidado yprotección de la Cuenca del Río San Antonio, para un buenuso de este recurso vital para todos. Está formada por veci-nos de las cinco comunas del Sur de Punilla: San Antonio deArredondo, Mayú Sumaj, Icho Cruz, Tala Huasi y CuestaBlanca y abierta a todas aquellas personas e institucionesinteresadas.

HECHOS- ESTRATEGIA:

Existen tres zonas afectadas con la construcción de estosmegaemprendimientos en la Provincia de Córdoba: la zonade La Calera, la zona de San Antonio y la zona de laautopista Córdoba-Carlos Paz.

En esos sectores se están construyendo más de una dece-na de countries aproximadamente que tienen los siguientesinconvenientes:

(1) No cuentan con la debida prefactibilidad de la DIPAS,organismo provincial de aguas y saneamiento que debeotorgar la autorización correspondiente respecto de losrecursos hídricos.

(2) Tampoco con la licencia de la evaluación del impactoambiental, otorgado por la Agencia Córdoba Ambiente,obligatorio en estos casos.

La situación se encuentra agravada por la venta previa de los lotespor parte de las empresas constructoras, no contando con seguri-dad del suministro mínimo de agua potable. Asimismo, estas con-strucciones son emplazadas previo desmonte de flora nati-va, y en algunos casos en las laderas de los cerros, modifi-cando notablemente el paisaje autóctono.

La estrategia de la Clínica Jurídica de CEDHA consiste enmonitorear, controlar y exigir que se otorguen las autoriza-ciones pertinentes y que se cuente con un plan de construcciónconforme a las normativas, previéndose un plan de miti-gación de los impactos negativos que pudiere ocasionardicho emprendimiento.

MEGAEMPRENDIMIENTOS

El caso megaemprendimientos consiste en la proliferaciónde construcciones de barrios cerrados, o barrios privados,también llamados Countries, sin la debida previsión delsuministro de agua potable y otros servicios que losabastezca.

Otro aspecto que presenta el caso es la realización deestas obras sin previa evaluación del impacto ambiental.

CONSTRUCCIÓN DE MEGAEMPRENDIMIENTOS HABITACIONALES - CORDOBA

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PROYECTO DE LEY DE AMPARO COLECTIVO:

La Clínica Legislativa con el fin de proteger a los derechos deincidencia colectiva, y ante un vacío legislativo en la Provincia deCórdoba sobre el tema, ha estado trabajando en un proyecto deLey provincial de Amparo colectivo.

Este proyecto consta de tres etapas:

En la primera etapa, se recopiló información en cuanto a legis-lación internacional, específicamente se centralizó el estudiosobre “class actions”, su surgimiento, y su recepción por partede los países americanos.

CLINICA LEGISLATIVA

La clínica legislativa, lleva adelante un permanente moni-toreo de la agenda legislativa provincial y de los distintosmunicipios de la Provincia de Córdoba.

Elabora y promueve proyectos de leyes y ordenanzas enmateria de ambiente. Asimismo, trabaja para la insersión delos proyectos de las leyes y ordenanzas ambientales en lalegislatura local y en los concejos deliberantes, municipales yen la investigación y desarrollo de estrategias para difundirlas leyes ambientales y exigir su cumplimiento.

Realiza dictámenes consultivos ante requerimientos de lasociedad civil con la finalidad de mejorar la legislación exis-tente para una mejor protección del medioambiente y lasalud de la población. Los integrantes de la Clínica Jurídicade Derechos Humanos y Ambiente son a la vez integrantesde la Clínica Legislativa.

Durante los años 2005/2006 se trabajó en la conforma-ción del staff de la Cl ínica Legislat iva y en la redacción desu agenda de trabajo.Desde su inicio la Cl ínica Legislat ivaha asesorado a municipios y legisladores sobre temasdonde intervengan derechos de intereses colect ivos,medioambiente y salud.

Luego, se investigó, la legislación y doctrina Latinoamericana, ydel MERCOSUR.

Después, se sistematizó un mapa legislativo argentino en el cualse determinaron las provincias que ya poseen esta legislación endefensa de los intereses colectivos. Se confeccionó un estudiopor detallado sobre el tema, el cual sirvió para acceder a unpanorama sobre la realidad Argentina en materia de defensa alos intereses colectivos.

Como tercera medida, se investigó y se estudió la doctrinanacional e internacional referida al tema.

En la segunda etapa, en diferentes reuniones, abordamos loscasos jurídicos de la clínica jurídica de CEDHA, y los problemasprocedimentales a los cuales se habían enfrentado al momentode litigar en defensa de los derechos de incidencia colectiva.

Esto fue de un gran aporte, debido a que se pudo lograr elencuentro de la teoría y la práctica, de esta manera se alcanzaráuna ley clara, expedita, brindando seguridad jurídica y sin olvidarla defensa de los principios jurídicos que están inmersos en ladefensa de causas donde se encuentran vulnerados los dere-chos de incidencia colectiva.En cuanto a la tercera etapa, estamos trabajando específica-mente en la redacción de la Ley de Amparo Colectivo, sin dejarde tener en cuenta las diferentes leyes de procedimientosprovinciales.

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CASO MENDIOLAZA – AGROQUIMICOS.

Un grupo de vecinos de la localidad de Mendiolaza sita en cercaníasde la Ciudad de Córdoba, le solicitó asesoramiento a la ClínicaJurídica de Derechos Humanos y Ambiente por la intensa aplicaciónde agroquímicos en campos aledaños a sus viviendas.

La preocupación central de los vecinos era los impactos en lasalud que podían ocasionar estos químicos que eran aplicadosa escasos metros de sus hogares, por medio de fumigaciones,aspersiones, riegos o pulverizaciones, etc; que invariable einevitablemente, sea por acción del viento, método de apli-cación o por su volatilidad, se disipaban hasta las viviendascolindantes y consecuentemente sobre sus habitantes.

La Clínica de Derechos Humanos y Ambiente, trabajó junto alPoder Ejecutivo local y los vecinos profesionales conconocimientos técnicos etc., y elaboró el proyecto de ordenan-za sancionada con Nº 417/2005, promulgada con fecha03/10/05 por Decreto Nº 079/2005 del Poder EjecutivoMunicipal.

El objetivo principal de la norma fue expresado en su art. 1. “pro-teger la salud humana y recursos naturales, contra los daños quepudieran ocasionarse por la aplicación de productos agroquími-cos y de aquellos productos biológicos no compatibles con laproducción orgánica, en toda práctica agropecuaria.”

En la actualidad, a raíz de la ordenanza se ha logrado el ejerci-cio del poder de policía más efectivo por el municipio local, yen consecuencia, cese de la aplicación de químicos nocivosdentro del municipio de Mendiolaza.

Empleo de productos químicos en la actividadagrícola colindante en zona urbana.

CASO AGROQUIMICOS SAN FRANCISCO

Un grupo de vecinos se acercó a la Clínica Legislativa del Centrode Derechos Humanos y Ambiente a los fines de solicitar suintervención en el proceso de sanción de la ordenanza que regula laactividad de los agroquímicos en San Francisco.El grupo de vecinos estaba organizado en una ONG llamada VozCiudadana, y participaba activamente en la presión para que loslegisladores de aquella localidad sancionaran una ley que evitaraque los productores rurales utilizaran cualquier agroquímico enun radio de 500 metros de la ciudad, para evitar que los habi-

tantes tuvieran contacto con dichos productos.El problema se planteaba en que había una fuerte oposición dela Sociedad Rural del lugar y ya existía una ley provincial queregulaba la materia.

ESTRATEGIAS:

La actividad de la Clínica Legislativa del CEDHA se dirigió haciadiversos puntos. En primer lugar debía investigar exhaustiva-mente los efectos de la utilización de los mentados productosen la salud de la población, para poder evaluar con certeza queacción tomar.En segundo lugar debía analizar la legislación existente parapoder definir la posibilidad real de que dicho municipio dictarauna ley de tal característica. Es decir, debía evaluar si el munici-pio podía dictar la ley, y en caso afirmativo, cual debería ser elalcance de la misma.

ACTIVIDADES:

En base a lo planteado en las estrategias, la Clínica Legislativamantuvo un fluído contacto con los posibles afectados por lasanción de la ordenanza, ellos son: los legisladores que debíanevaluarla, la población y Voz Ciudadana específicamente, y tambiénlos productores y la Sociedad Rural, fuertes opositores de laordenanza. También respecto a lo analizado en las estrategias en cuanto alestudio de los efectos de dichos productos, recurrimos tanto atécnicos locales (como Argelia Lenardon del CONICET) como acientíficos internacionales (E-LAW), obteniendo importantesestudios que fueron esenciales para la población y los legis-ladores conocieran la problemática de los agroquímicos y susconsecuencias.En lo que respecta a la materia legal, emitimos un dictámendetallado y profundo que analizaba toda la legislación nacional,provincial y municipal, y respondía a los cuestionamientos de lalocalidad en cuanto a la posibilidad o no de dictar dicha orde-nanza, y los alcances que podía tener.

ESTADO ACTUAL:

Actualmente la Ordenanza ya está en vigencia y fue sancionada porlos legisladores y promulga por el poder ejecutivo.Por lo tanto podemos decir que colaboramos activamente para queuna entidad municipal sancionara una ordenanza que protegiera lasalud de la utilización de agroquímicos en San Francisco. Estatemática tiene su antecedente en Mendiolaza, donde CEDHA par-ticipó en un proyecto de similares características.

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RELACIONES INSTITUCIONALES Y VINCULOS DE LACLINICA JURIDICA DE DERECHOS HUMANOS Y AMBIENTE.

La Clínica Jurídica en el marco de las actividades que desarrolla serelaciona con un sinnúmero de instituciones entre ellas las siguientes:

INSTITUCIONES ACADEMICAS:

• La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, desdesu creación ha estado integrada por pasantes y por profesionalesegresados la Universidad Nacional de Córdoba, la UniversidadBlas Pascal y la Universidad Empresarial Siglo XXI., laUniversidad de Palermo, la Universidad de Buenos Aires, laAmericam University (USA), la Universidad Diego Portales(Chile), entre otras.

OTRAS INSTITUCIONES:

• El Centro de Capacitación Ricardo C. Nuñez del PoderJudicial de la Provincia de Córdoba.

• El Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, especial-mente, con la Sala de Derecho Ambiental.

INSTITUCIONES PUBLICAS:

• Municipio de la Ciudad de Córdoba y municipios del interior dela Provincia, comunas y comisiones vecinales. La Clínica deDerechos Humanos y Ambiente, ha brindado asesoramientotécnico y emitido opiniones consultivas, a solicitud de los men-cionados organismos cuando encaran proyectos legislativosque vinculan la temática Derechos Humanos y Ambiente.

• Agencia Córdoba Ambiente, DIPAS y otros organismos de laProvincia, con los que la Clínica de Derechos Humanos yAmbiente habitualmente integra mesas de diálogo que involu-cran la temática o a los que asesora.

• Defensoría del Pueblo de la Nación y de la Provincia de Córdoba.

• Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

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ONGs y GRUPOS DE VECINOS:

La Clínica de Derechos Humanos y Ambiente trabaja en formapermanente con organizaciones no gubernamentales interna-cionales como la RED E-LAW (La Alianza de Ley Ambiental delMundo) que da a los abogados de interés público y científicosdel mundo las habilidades y los recursos que necesitan paraproteger el medio ambiente, también AIDA (AsociaciónInteramericana para la Defensa del Ambiente).

La Clínica de Derechos Humanos y Ambiente, también formaparte de la Red Latinoamericana de Clínicas Jurídicas, y asisteen forma periódica a los seminarios y debates que se generanen ese marco. Además, es parte del “Proyecto de Restitución de lasMinas de Uranio” (PRAMU), en el marco de la CNEA, promovido porel Banco Mundial, que tiene como objetivo localizar los sitios deminas de Uranio y realizar las labores necesarias para la remediación.

Los abogados de la Clínica de Derechos Humanos y Ambienteson miembros de la Red RADA (Red Argentina de Abogadospara la Defensa del Ambiente), organización no gubernamentalde orden nacional integrada por abogados de toda Argentina.La Red RADA constituye una importante herramienta de comu-nicación e intercambio, capacitación, asesoramiento y actualizaciónde la legislación ambiental.

La Clínica de Derechos Humanos y Ambiente también, trabajaen forma permanente con diferentes grupos de vecinos enmesas de diálogo creadas para el tratamiento de problemáticasde la materia y en foros o espacios de participación que abor-dan temas ambientales.

Asimismo, muchos de los casos que lleva la Clínica deDerechos Humanos y Ambiente son traídos por otras ONGs ogrupos de vecinos que demandan asesoramiento jurídico.

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EVENTOS – CAPACITACIONES – SEMINARIOS:

La Clínica de Derechos Humanos y Ambiente a fin de capacitara sus miembros y a terceros en materia de Derechos Humanosy ambiente ha organizado diferentes eventos como:

• “Seminario Nacional sobre Acceso a la Justicia Ambiental”,organizado por la red RADA junto con la Sala de DerechoAmbiental, Agrario y Minero del Colegio de Abogados deCórdoba y La Clínica de Derechos Humanos y Ambiente. Elevento estuvo dirigido a magistrados, juristas, estudiantes, veci-nos y profesionales comprometidos en la defensa del ambiente.Contó con la adhesión de la Universidad Nacional de Córdoba,Universidad Blas Pascal, Asociación de Magistrados de laProvincia de Córdoba, Centro de Perfeccionamiento Ricardo C.Nuñez del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y AIDA.

• La Clínica del Centro de Derechos Humanos y Ambiente, par-ticipó en el “Seminario internacional sobre Clínicas legales deDerechos Humanos”, realizado en la Universidad Diego Portalesde Santiago de Chile, en el mes de agosto de 2006. CEDHAestuvo presente exponiendo el caso Nitratos, uno de los másimportantes que actualmente está trabajando la ClínicaJurídica. Asistieron en representación Pablo Ibáñez, ex coordi-nador de la Clínica, Romina Tabarelli actual coordinadora ySebastián Monjo, Monitor de la Clínica jurídica. El evento sig-nificó un enriquecedor intercambio de prácticas y experienciasya que contó con la participación de Clínicas provenientes deColombia, Ecuador, Chile, Perú, México, profesores de presti-giosas Universidades de Estados Unidos, y de la UniversidadCarlos III de España. Así también posibilitó profundizar y ampliarvínculos institucionales que permitirán obtener una activacooperación entre las Clínicas Jurídicas involucradas.

PUBLICIDAD DE LAS ACTIVIDADES:

Las actividades que la Clínica de Derechos Humanos y Ambientedesarrolla pueden ser conocidas a través de los siguientes medios:

• Boletín de la Clínica Jurídica de Derechos y Ambiente.

Los boletines informativos que redactan y editan sus miembros,informan sobre el avance de los distintos casos, traen noticiassobre la temática, incluyen notas sobre doctrina y jurispruden-cia, eventos, publicaciones y la opinión de reconocidos espe-cialistas en DDHH y Ambiente.

Los boletines son distribuidos trimestralmente en TribunalesProvinciales, Federales, los Colegios Profesionales, lasUniversidades y entre ONGs, grupos de vecinos y profesionalesdedicados a la temática.

Cada boletín se edita en papel y se envía en formato digital.

Los distintos ejemplares pueden ser consultados en:www.cedha.org.ar/es/ in ic iat ivas/bolet in_cl in ica_ jur id ica

Contenido:

1- Recomposición por contaminación de residuos peligrosos, Mediaciónambiental, Beneficio de litigar sin gastos, El nuevo rol de los jueces.Número 4, agosto de 2005.

2 - Irregularidad en la disposición final de residuos patógenos, Competenciafederal, La problemática de los basurales, Cambios en las Políticas Publicas.Número 3, abril de 2005.

3 - El agua como derecho humano, Desactivación de antena celular porirregularidades en su autorización, Residuos Peligrosos: Presupuestos Mínimos.Numero 2, noviembre 2005.

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PA G I N A W E B :

En la página web de la fundación Centro de DerechosHumanos y Ambiente: www.cedha.org.ar, La Cl ín icaJurídica de Derechos Humanos y Ambiente cuenta con elsitio http://www.cedha.org.ar/es/iniciativas/clinica_juridica/, dondese puede acceder a una descripción detallada de loscasos, a los boletines y demás publicaciones, conocer asus integrantes y hacerles consultas sobre la temática através del correo electrónico. El sitio web es actualizado enforma periódica.

P R E N S A :

En el sitio http://www.cedha.org.ar/es/comunicados_de_prensa/ sepuede acceder a los comunicados de prensa realizados porlos miembros de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos yAmbiente ante hechos relevantes que se suscitan en cadauna de las causas que trabajan.

La labor de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos yAmbiente en reiteradas oportunidades ha sido reflejada enlos medios de comunicación, a continuación de noticias dela prensa local:

CCóórrddoobbaa

NNiittrraattooss:: vveecciinnooss ddee bbaarrrriiooPPaattrriicciiooss ssiinn rreessppuueessttaa ddeellEERRSSEEPP

Barrio Patricios, es uno de los trece barrios de la ciu-dad de Córdoba, en los cuales, en el año 2004,encontraron en el suministro de agua corriente domi-ciliaria niveles de nitratos por encima de los permiti-dos. Tal situación provocó que los vecinos del lugarrecurrieran al ERSEP en septiembre de 2005,patrocinados por la Clínica Jurídica del CENTRO DEDERECHOS HUMANOS Y AMBIENTE (CEDHA), aefectos de que este dictamine, como ente de control,si la cooperativa que presta el servicio de agua corri-ente debe devolver el dinero cobrado a los usuariospor los períodos en los cuales el agua estuvo conta-minada, o si en caso de no haber abonado talesperíodos, la prestataria del servicio pierde el derechoa reclamarlos.

En abril de 2006, ante la falta de respuesta del men-cionado organismo provincial, se interpusieron, conla asistencia de la Clínica Jurídica del CEDHA, loscorrespondientes “pronto despacho”, con el objetivode que el ente se pronuncie. Pese a ello, el ERSEP noha dado respuesta aún a los vecinos, lo que demues-tra que aún con el cambio de autoridades, el enteregulador repite la conducta de no responder cuandose lo consulta en materia de nitratos.

Cabe recordar que en el año de 2004, ante un pedi-do de información del diario “La Voz del Interior”,que se encontraba realizando una investigaciónsobre agua potable contaminada con nitratos, elERSEP se negó a entregar las actas del directorio almedio, quien debió luego recurrir a la justicia, recla-mando su legítimo derecho de acceso de la informa-ción pública.

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SOBRE CEDHA

El Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA), creadoen 1999, es una organización no gubernamental sin fines delucro cuyo objetivo es construir una relación más armoniosaentre el ambiente y las personas. Su trabajo se centra en mejo-rar el acceso a la justicia de víctimas de violaciones deDerechos Humanos producto de la degradación ambiental o acausa de la gestión no sustentable de los recursos naturales, yprevenir futuras violaciones. Para ello impulsa la generación depolíticas públicas que promuevan el desarrollo social y ambien-talmente sustentable e incluyente a través de la participacióncomunitaria, el litigio de interés público, el fortalecimiento deinstituciones democráticas y la capacitación de actores claves.

LLaass aaccttiivviiddaaddeess ddee CCEEDDHHAA iinncclluuyyeenn::

• Litigio y asesoramiento legal

• Cabildeo

• Capacitación

• Empoderamiento de Víctimas y Sociedad Civil

• Investigaciones y Publicaciones

• Enfoques Temáticos

• Participación y Acceso a la Información

• Derecho Humano al Agua

• Instituciones Financieras Internacionales

• Derechos Humanos y Empresas

• Pobreza, Derechos Humanos y Ambiente

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S T A F F D E L A C L I N I C A J U R I D I C A Y L E G I S L A T I V A 2 0 0 6

AABBOOGGAADDOOSS

Romina TabarelliAbogada – Coordinadora de la Clínica Jurídica y [email protected]

Sebastian MonjoAbogado, estudiante en tercer año dela carrera de ciencias de la información.Monitor de la Clínica Jurídica y [email protected]

Silvia BlarasinAbogada, Secretaria de la sala de agrario, minería del Colegio de Abogados de la Provincia de Có[email protected]

EESSTTUUDDIIAANNTTEESS

Natalia PerettiEstudiante en sexto año de la carrerade abogacía en la [email protected]

Marcos VenierLicenciado en comunicación, estudiante en segundo año de la carrera de abogacía en la [email protected]

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Lorena NúñezEstudiante en segundo año de lacarrera de abogacia en la UNC.Coordinadora de la Red de Abogados para la Defensa del Ambiente (RADA)[email protected]

Sandra CuneoEstudiante en quinto año de la carrera abogacía en la Universidad Siglo [email protected]

BBEECCAARRIIAA

Rachel GoldFulbright FellowJuris Doctor [email protected]

PPRRAACCTTIICCAASS PPRROOFFEESSIIOONNAALLEESS

Guillermo BellerEstudiante en quinto año de la carrera de abogacía en la Universidad Siglo XXI

Analia AnastasíaEstudiante en quinto año de la carrera de abogacía en la Universidad Siglo XXI

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I N T E G R A N T E S D E L A C L I N I C A J U R I D I C A D ED E R E C H S H U M A N O S Y A M B I E N T E A Ñ O 2 0 0 5

Coordinador

Abogados

Estudiantes

Juan Miguel PIcolotti 2005-2006Pablo Ibañez 2006

Romina TabarelliMariela BiancucciSilvia Blarasin

Gabriel AndradaAlejandra BiancucciSebastián Monjo

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