Mapa conceptual modos de extincion de la obligacion tributaria
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Integrante: María Angélica Sivira Ovalles
C.I V-24.162.654Año:2017/AI
Sección: SAIA ACátedra: Derecho Tributario
Docente: Emily Ramírez
Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho
Modos de extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Este debe efectuarse en ellugar y formacorrespondiente, según loestablecido en la Ley(cuando sea presentada ladeclaración).
Se pone de manifiesto cuandoen la misma persona recae lafigura de acreedor y deudor.
Establece el supuesto de quedos personas que al mismotiempo poseen la calidad dedeudor y acreedor compensendicha obligación, es decir, queambas deudas se cancelenautomáticamente hasta elmonto concurrente.
Es el modo de terminaciónnormal de la relaciónobligatoria tributaria y se vesatisfecho una vez que elcontribuyente efectúa laentrega de la cantidad debida.
La Confusión
La Compensación
El pago
Modos de extinción de la Relación Jurídica
Tributaria
Son los medios a través de loscuales, el sujeto pasivo ocontribuyente se libera dela relación tributaria, esdecir de la obligacióncontraída con el Estado(sujeto activo).
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Clasificación :
Según el Art. 39 del C.O.T
Art. 40 al 48 C.O.T
Art. 49 al 51 C.O.T
Art. 52 C.O.T
Función: Extinguir la obligación tributaria
Modo de Proceder:
• De oficio• A solicitud de la parte
interesada
Modo de Proceder: La decisión debe ser tomada
por parte de laAdministración Pública
Modo de Proceder:
Liberación del deudor ynacimiento de un derechopatrimonial adquirido delimpuesto satisfecho
Efectos
Extinción de las dos deudas,y en el caso de que una seamayor a otra, subsistirá elsaldo restante de la primera
Efectos La obligación desaparece porconfusión, como consecuenciadel traspaso de bienes oderechos objeto del tributo
Efectos
Por la administración públicaen los casos:
Es emanada de laadministración pública yconsiste en declararincobrables las obligacionestributarias y susaccesorios y multas conexas.
También conocida comocondonación, no es más que elperdón en todo o en parte, dela deuda u obligación.
Declaratoria de
incobrabilidadLa Remisión4 5
Art. 54 C.O.T
Art. 53 C.O.T
De deudas no mayoresde 50 U.T cuando hayantranscurridos 5 años
En caso de fallecimientodel sujeto pasivo.
En caso del sujetopasivo fallido
Que el sujeto pasivo se encuentre fuera del país,
siempre que hayan transcurrido 5 años
Solo puede ser dictaminadapor el legislador, quien demanera unilateral y confundamento en la Ley Especialemite el perdón de las deudastributarias del contribuyente
Modo de Proceder:
Condonación de la deuda
Efectos
Modo de Proceder:
Bibliografía.
• Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial De la República Bolivariana deVenezuela N° 37.305 de fecha 17 de Octubre de 2001.
• SAIA (S/F). Modos de extinción de la obligación tributaria. [Documento enlínea] Disponible:http://saia.uft.edu.ve/ead/pluginfile.php/1220538/mod_resource/content/1/Modos_de_Extincion_de_la_Obligacion_Tributaria.pdf. [Consulta: 17 deMayo de 2017].
• Santiago E. (2010). Medios de Extinción de la obligación tributaria.[Documento en línea] Disponible:http://eduardosantiagom.blogspot.com/2010/08/medios-de-extincion-de-la-obligacion.html. [Consulta: 17 de Mayo de 2017].
• Moreno D. (2015). Medios de extinción tributaria. [Documento en línea]Disponible: https://es.slideshare.net/DiyersonMoreno/medios-de-extincin-tributaria. [Consulta: 17 de Mayo de 2017]