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MANUAL DE TITULACIÓN LICENCIATURA EN DERECHO Comisión de Titulación del Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales Septiembre, 2017

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MANUALDETITULACIÓNLICENCIATURAENDERECHO

ComisióndeTitulacióndelColegiodeHumanidadesyCienciasSociales

Septiembre,2017

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Índice PRESENTACIÓN............................................................................................................................3

PERFILDEEGRESO......................................................................................................................6

OPCIONESDETITULACIÓN.......................................................................................................7

DISPOSICIONESGENERALES....................................................................................................8

TRABAJORECEPCIONAL............................................................................................................9

TESIS..................................................................................................................................................................9

DEFINICIÓN............................................................................................................................................................9

CARACTERÍSTICAS................................................................................................................................................10

REQUISITOSYDISPOSICIONES.............................................................................................................................12

PRÁCTICASPROFESIONALES................................................................................................18

DEFINICIÓN..........................................................................................................................................................18

CARACTERÍSTICAS................................................................................................................................................20

REQUISITOSYDISPOSICIONES.............................................................................................................................22

PUBLICACIÓNARBITRADA....................................................................................................26

DEFINICIÓN..........................................................................................................................................................26

CARACTERÍSTICAS................................................................................................................................................26

REQUISITOSYDISPOSICIONES.............................................................................................................................31

MEMORIADEEXPERIENCIAPROFESIONAL.....................................................................34

DEFINICIÓN..........................................................................................................................................................34

CARACTERÍSTICAS................................................................................................................................................34

REQUISITOSYDISPOSICIONES.............................................................................................................................36

DIPLOMADO 40

DEFINICIÓN..........................................................................................................................................................41

REQUISITOSYDISPOSICIONES.............................................................................................................................42

ANEXO 45

GLOSARIO:DEFINICIÓNDECONCEPTOS..........................................................................45

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PRESENTACIÓN

La Leyde laUniversidadAutónomade la CiudaddeMéxico estableceprincipios y normaspara

lograrelproyectodeUniversidadpúblicaquenecesita laCiudaddeMéxico.Entre losprincipios

concernientes al presente Manual de Titulación, están aquellos que garantizan la libertad

académica y la pluralidadde pensamiento y obligan a la institución aasegurar un alto nivel en

todas sus actividades académicas y la plena confiabilidad en los certificados, títulos y grados

otorgados yel cual tambiénseexpresaenelartículo14de laLeyquedice:Elotorgamientode

certificados,diplomas,títulos,gradosyreconocimientostendrácomocondiciónineludibleyúnica

lademostracióndelosconocimientosycompetenciasquedichosinstrumentosamparen.

ElTercerConsejoUniversitario,ensufacultaddeaprobaryexpedirreglamentosynormas

necesariasparael cumplimientode los finesyprincipiosde laUniversidad,elaboróyaprobóel

Reglamento de Titulación de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México que abroga la

circular de Procesos y Procedimientos para la Obtención del Título o Grado Académico de la

UACM,emitidaporlaCoordinacióndeCertificaciónyRegistro.

ElReglamentovigentefueaprobadoel24de juliodel2014,modificadoel29deoctubre

delmismoaño,constade165artículosytreceartículostransitorios;susdisposicionesregulanlos

procesosyprocedimientosenmateriadetitulaciónenlosnivelesdelicenciaturayposgradoenla

Universidad en cumplimiento de las disposiciones aplicables en la materia en la Ley de la

UniversidadyelEstatutoOrgánicovigentes.

Deacuerdoconelartículo8delReglamentosecrealaComisióndeTitulacióndelColegio

deHumanidadesyCienciasSociales, lacualseintegraconunrepresentanteporcadaunadelas

licenciaturas y posgrados delmismo.Algunas de las atribuciones y funciones de esta Comisión,

establecidasenelartículo10delReglamentoson:

1. Definirlosparámetrosparalaelaboracióndetesis,trabajosrecepcionales,diplomadosde

titulaciónyotrasopcionesdetrabajorecepcionalquecomoComisióndeterminenfactibles

paralaobtencióndeltítuloprofesionalogradoyconello,integrarelManualdeTitulación

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porcada licenciaturayposgrado;dichoManualdeberáhacersepúbicoa travésdelÁrea

Responsabley su formulaciónnodeberácontravenir losprocedimientosexpuestosenel

presenteReglamento.(FRACCIÓNII)

2. Resolver las controversias relacionadas con los dictámenes emitidos por los lectores o

jurado en la opción de tesis o trabajo recepcional, en un plazo máximo de veinte días

hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción por escrito, Para resolver

controversias, se sumarán a la Comisiónde titulación, el Coordinadordel Colegio al que

pertenecela licenciaturaoposgrado,ademásdeunrepresentantedelÁreaResponsable.

(FRACCIÓNIII)

3. Definirloscriteriosparaseleccióndedirector,codirectorylectoresexternos.(FRACCIÓN

IV)

4. Aprobaraldirector,codirectorolectoresencasodequeseanexternos.(FRACCIÓNV)

5. DefinirelCatálogodePosgradosdelaUniversidadydeinstitucionesexternasalosque

podrán optar los estudiantes que decidan ir por esta modalidad de titulación para

licenciatura.(FRACCIÓNVI)

6. Definir lasmodalidadesde trabajos recepcionales pertinentes y aplicables para cada

licenciatura y posgrado, de conformidad con el artículo tercero del Reglamento.

(FRACCIÓNVII)

7. DefiniryvalidarelCatálogodeDiplomadoscomoopcióndetitulación.(FRACCIÓNVIII)

8. Establecer loscriteriospara la realizacióndetesisy trabajosrecepcionalescolectivos

elaboradosporestudiantesdelmismocolegio,asícomolosdistintoscolegios,en

las distintas modalidades de titulación u obtención de grado en licenciatura y

posgrado,respectivamente.(FRACCIÓNIX)

A partir del marco jurídico descrito, la Comisión de Titulación elaboró losManuales de

Titulaciónde lasdiferentes licenciaturasyposgradosqueofrece laUniversidadAutónomade la

CiudaddeMéxico,atravésdelColegiodeHumanidadesyCienciasSociales.PorellocadaManual

describe las opciones y modalidades de titulación pertinentes y aplicables para cada plan de

estudiosvigente.

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El presente Manual de Titulación de la licenciatura en Derecho tiene como objetivo

establecer los criterios académicos de las opciones de titulación para obtener el título de

licenciadoolicenciadaenDerechoenlaUniversidadAutónomadelaCiudaddeMéxicosegúnlo

dispuesto por el Reglamento de Titulación vigente, los principios y el proyecto educativo

universitarios.

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PERFIL DE EGRESO

Conocimientos:

a) Conocer y aplicar demanera crítica y reflexiva los conceptos fundamentales y los aspectos

teóricosyprácticosmásactualizadosdelosprincipalesámbitosdelderechoysuejercicioen

México, América Latina, y el mundo, a la luz de sus contextos, responsabilidades e

implicacioneséticas,ydesurelaciónconlaconstruccióndeunasociedadydeunmundomás

democrático,libreyjusto,desdeunaperspectivaintegral,interdisciplinariaeintercultural.

b)Generar una conciencia y un compromiso crítico y reflexivo en cuanto a las fortalezas y

debilidades de los sistemas internacionales, regionales, nacionales y locales prevalecientes de

derecho en el mundo contemporáneo a la luz de los imperativos de la justicia universal, sus

orígenes históricos y fundamentación filosófica y ética, así como sobre el papel de las teorías,

estrategiasyherramientasjurídicasparalograrsutransformaciónaescalalocal,nacional,regional

ymundial.

c)Vincular estos conocimientos y reflexiones, así como sus expresiones prácticas con los

principales problemas y desafíos sociales actuales enfrentados cotidianamente por las grandes

mayoríasenlaCiudaddeMéxico,elpaís,AméricaLatinayelmundo.

d)Generar nuevos conocimientos en ámbitos claves del Derecho a partir de los métodos de

investigación y ejercicio de la profesión más apropiados, efectivos y coherentes con la

construccióndeunasociedadyunmundomásjustos,libresydemocráticos.

Habilidades:

a) Investigar,analizar,exponeryredactarproblemas,argumentosytextosjurídicos,incluyendo

instrumentos internacionales,constitucionales,códigos, leyes, reglamentos, libros,artículos

especializadosydocumentosdeinvestigación.

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b)Identificar,evaluar,desarrollaryaplicarestrategiasparaladefensa,promociónylitigaciónde

derechos reconocidos, y para lograr el reconocimiento de derechos aún no incorporados a los

marcosjurídicoslocales,nacionales,regionaleseinternacionales.

OPCIONES DE TITULACIÓN

EnconsecuenciaconlomandatadoenelReglamentodeTitulaciónensuTítuloTercero,Artículo

10, Fracción VII; “-la Comisión de Titulación definirá las opciones pertinentes y aplicables para

cada licenciatura y posgrado-“y de acuerdo al Artículo 4, Fracción I, que precisa que “los

estudiantespodránobteneruntítuloprofesionaleligiendoentrelasopcionesquelaComisiónde

Titulacióndetermineparacadalicenciaturaoposgrado”.Sedictaminaron,enestaprimeraetapa

(ymientras la comisiónde titulaciónno apruebeotra cosa) para la Licenciatura enDerecho las

siguientes:

a) TrabajoRecepcional:Tesis

b) PrácticasProfesionales

c) PublicaciónArbitrada

d) MemoriadeExperienciaProfesional

e) Diplomado

Lasopcionesdetitulaciónpordiplomadoyprácticasprofesionalesatenderánelprocesode

instrumentaciónestablecidoporlaComisióndeTitulacióndelColegiodeHumanidadesyCiencias

Sociales.

Lasopcionesdetitulaciónseñaladasenlosincisosa),c)yd)atenderánalasdisposicionesy

alcancesde las leyesfederalesy locales; losconveniosyacuerdosdetrabajoquerigenyquese

celebrenentreelProgramadeEducaciónSuperiorparaCentrosdeReinserciónSocialdelaCiudad

de México. UACM (PESCER) y la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, a través de la

Subsecretaría del Sistema Penitenciario en la Ciudad de México; así como a la legislación,

manualesylineamientosuniversitariosvigentesyaplicablesenlamateria.

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Seestablecequeenningún casoybajoninguna circunstancia seaceptarán trabajosque

contenganelementosqueincurranenel“plagio”(deacuerdoaloestablecidoenladefiniciónde

conceptos)encualquieradelasopcionesdetitulación,yensucasoseránlosmiembrosdeljurado

los responsables de dictaminar la invalidez de tales trabajos, así como presentarlos a las

autoridadesacadémicasdelaUniversidad

DISPOSICIONES GENERALES

1. En todas las opciones de titulación y sus modalidades en las que se señale

expresamentequenohabráréplicaoralniexamenprofesional,sedeberárealizaruna

CeremoniadeTomadeProtesta,siendoelÁreaResponsablequienfijarálafechapara

sucelebración.

2. Laceremoniadetomadeprotestapodráserindividualocolectiva.

3. Estaránpresentesdosprofesores/asinvestigadorescomomínimoydependiendodela

modalidad de que se trate, así como un integrante de la instancia responsable de

titulación.

EnelcasodeestudiantesdelPESCER, tambiénparticiparáunrepresentantededicho

programa.

4. ParaelcasodecontroversiaporaplicaciónointerpretacióndelpresenteManual,la

instanciacompetentepararesolverlasserálaComisióndeTitulación.

5. Parael casode los y las estudiantes inscritos/as al ProgramadeEducación Superior

paraCentrosdeReinserciónSocialdelaCiudaddeMéxico(PESCER),seatenderánalas

disposicionesyalcancesde las leyes federales y locales; los convenios yacuerdosde

trabajo que rigen y que se celebren entre el Programa de Educación Superior para

CentrosdeReinsercióndelaUACM(PESCER)ylaSecretaríadeGobiernodelaCiudad

deMéxico,atravésdelaSubsecretaríadelSistemaPenitenciariolaCiudaddeMéxico;

asícomoa la legislación,manualesy lineamientosuniversitariosvigentesyaplicables

enlamateria.

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Asimismo, se deberán respetar las medidas de seguridad que implementen las

autoridadesdecadacentropenitenciarioparalarealizacióndeinvestigacionesrelativas

alasopcionesdetitulación.

LainstrumentacióndecadaunadelasopcionesdetitulaciónenelPESCERinvolucrael

trabajocoordinadoentreelColegiodeHumanidadesyCienciasSociales,Comisiónde

Titulación del Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales, Coordinación de

Certificación y Registro, Coordinación Académica, Programa de Educación Superior

para Centros de Reinserción Social de la Ciudad de México (PESCER), instancia

académicacolegiadadelalicenciaturaylosprofesoresinvestigadoresdelalicenciatura

enelmarcodesusatribucionesyfunciones.

Las gestiones para la realización de los trámites ante el Área Responsable serán

realizadasporelpersonaldelPrograma,porfamiliaresdelas/losestudiantesinscritos

enlaUniversidad,atravésdelPESCERo,pormandatarioqueacreditesupersonalidad

concartapodersimpleconlosrequisitosdeestilocorrespondientes.

TRABAJO RECEPCIONAL Deacuerdocon losartículos3, fracciónXXVI,23,24y25delReglamentodeTitulación,Trabajo

recepcionalesun instrumentoendondeelestudiantedemuestraqueposee losconocimientos,

habilidades, aptitudes y destrezas necesarias para su práctica profesional, ya sea teóricamente,

metodológicamente, en el ámbito aplicado, en el ámbito artístico, tecnológico, educativo o de

innovación.

TESIS

DEFINICIÓN

Esuntrabajoescritoresultadodeunprocesodeinvestigaciónentornoaunproblemateóricoo

empíricoenelcampodeconocimientoenquesequiereobteneruntítuloogrado.

Para efectos del presentemanual, cada opción de titulación corresponde al plan de estudios y

perfildeegresodelalicenciaturaenDerecho

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Losrequisitosacadémicosaplicablesparatesissedescribenacontinuación.

CARACTERÍSTICAS

Disposicióndecontenido

Elescritodelatesisdeberácontenerunacarátulaconlasiguienteinformación:

• LogotipoynombredelaUniversidad.

• NombredelColegio.

• Nombredelalicenciatura.

• Títulodeltrabajo.

• Nombrecompletodelpostulante.

• Tipodeopciónporlaqueopta:

“Trabajo recepcional: Tesis que presenta… (nombre completo del

postulante)paraobtenereltítulodelicenciadoolicenciadaenDerecho.”

• Nombrecompletodeldirectordelatesis.

• Lugar.

• Fecha.

Elescritodeberáconteneríndice,introducción,desarrolloencapítulosdebidamenteidentificados

y subdivididos, según sea pertinente para la exposición, apartado de reflexiones finales o

conclusiones,máslapresentaciónordenadadefuentesprimariasysecundariasconsultadas

Formato

• La tesis o trabajo recepcional tendrán como mínimo una extensión de 80

cuartillas,sinincluirlistadefuentesprimariasysecundarias.

• Tamañocarta.

• Adobleespacio.

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• LetraArial,número12.

• Márgenesde2.5decadalado.

• Títulosenelsiguienteformato:

1ª.Centrado,enaltas,negritas.

2ª.Centrado,enVERSALESOVERSALITAS,negritas.

3ª.Cargadoalaizquierda,enAltasybajas,negritas.

4ª.Cargadoalaizquierda,enAltasybajas,cursivas.

5ª.Conincisoscargadosalaizquierda,enaltasybajas,cursivas.

• En el cuerpo del texto, sin doble espacio después de punto y aparte, y el

siguientepárrafoconsangría.

• Citas de cuatro renglones o menos, entrecomilladas dentro del cuerpo del

texto,enredondas.

• Citas mayores a cuatro renglones, sin comillas, a bando después de doble

espacio,enredondasde11puntos.

• Siglasenversalitas.

• Elaparatocrítico,esdecir,elconjuntodecitas,referenciasynotasaclaratorias

que dan cuenta de los aportes bibliográficos sobre los cuales se apoyó la

elaboraciónde la tesis,deberáobedecera todo lo largodel trabajoaunsólo

sistemaseaLatinooAPA.

• Lashojasdebenirnumeradas.

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• Losanexosdebenirconportadilla.

REQUISITOS Y DISPOSICIONES

EnobservanciaalasdisposicionesdelReglamentodeTitulaciónenlosartículos27al30,36,37,46

al49y52al56sonrequisitosparaobtenereltítulodelicenciadoolicenciadaenDerecho:

• Latesispodrárealizarseindividualmenteoenformacolectiva.

• Elmáximodeestudiantespermitidosportesiscolectivaserádetres.

• Enelcasodelatesiscolectiva,losestudiantesdeberánjustificarsudeterminacióny

contar con la aprobación del director. De igual modo es obligatorio notificar por

escrito a la Comisión de Titulación y al Área de Titulación de la Coordinación de

CertificaciónyRegistro(Árearesponsable).Lastesispresentadasgrupalmenteserán

defendidas por los estudiantes y valorados por el jurado de manera individual o

conjuntaasolicituddelosestudiantesyconelavaldeldirectorrespectivo.

Directorylectores

• Elestudiantedeberáelegirundirectordetesisotrabajorecepcional,deconformidad

conlosartículos39y40delReglamentodeTitulaciónvigente.

• Elestudiantepodráelegiruncodirector,segúnlodispuestoporlosartículos41y42

delReglamentodeTitulaciónvigente.

• Encasodecambiodedirectorocodirector,elestudiantedeberápresentarunescrito

firmadoporeldirectoranterioryactual,-ensucasodelcodirectoranterioryactual-,

alÁreadeTitulacióndelaCoordinacióndeCertificaciónyRegistro.Encasodequeno

secuenteconlafirmadeldirectorocodirectoranterior,laComisióndeTitulaciónles

notificaráloconducente.

• Parasurevisión,latesisotrabajorecepcionaltendráademásdeldirector,ensucaso

codirector,treslectores.(Artículos36,43y44delReglamentodeTitulación)

• Enel juradodebeparticiparalmenosunprofesor-investigadorquegestioneelplan

deestudiosdelaLicenciaturaenlaqueelestudianteaspiraatitularse.Sólounade

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estasfiguras(director,codirectorylector)puedetenerlacondicióndeexterno(art.

37delRT).

• Si el director y el estudiante quieren cambiar alguno de los lectores, deberán

justificarlo e informarlo por escrito ante el Área Responsable de Titulación de la

Coordinación de Certificación y Registro. con apego al Reglamento de Titulación

vigente,enparticularconlosartículos10fracciónIII,38y46.

• El director, codirector o lector internos deberán cumplir con los

siguientesrequisitos:

I. SerprofesorinvestigadordelaUACMdictaminadofavorablemente.

II. Poseer al menos el grado al que aspira el estudiante o la dispensa

correspondiente;

III. Poseer conocimientos y competencias relacionadas con la tesis y/o

competencias que fortalezcan el desarrollo de la tesis o del trabajo

recepcional.

• Seconsideradirector/a,codirectorylectorexternoaaquélacadémicoquenolabora

en la UACM, incluyendo a los docentes que imparten cursos por obra y tiempo

determinado.

• Eldirector/a,codirectorolectorexternodeberácumplirconlossiguientesrequisitos:

I. Ser académico (o equivalente) en alguna institución de educación

superior y poseer al menos el grado al que aspira el estudiante o la

dispensacorrespondiente;

II. Poseer conocimientos y competencias acordes con el desarrollo de la

tesis.

III. ContarconlaaprobacióndelaComisióndeTitulación.

IV. Enelcasodeldirector/a,codirectorolectorexternoparaestudiantesdel

PESCER, los interesados deberán gestionar y presentar ante la

Subsecretaría de Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, la

autorizacióndeingresocorrespondiente.

Agregarlo

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En el caso de profesores investigadores o especialistas sin dictaminación favorable y de

universitarios con un nombramiento distinto al de profesor-investigador como asesor

académicoo trabajadoresadministrativosquesehandesempeñadoen laboresdocentes

quecumplanconlosrequisitosindicadosenlosnumeralesdosytresdescritos,laComisión

deTitulaciónautorizarásuparticipacióndeconformidadconlodispuestoporelartículo41

del Reglamento de Titulación vigente, previa revisión curricular que demuestre que el

docenteposeelosconocimientosycompetenciasrelacionadasconeltemadelatesis.La

autorizaciónaplicaráparalasfigurasdedirector,codirectorolectorinterno.

Registro

El estudiante podrá registrar ante el Área de Titulación de la Coordinación de Certificación y

Registrosutesisunavezquehayacubierto80%deloscréditosdelaLicenciatura.

Encasodeexistiruntítuloigual,registradopreviamenteenelsistema,eltrámitenoprocederáy

elestudiantedeberácambiareltítulo.Lavigenciadeesteregistroesdeunañosiempreycuando

no se comprueben avances sobre la tesis o trabajo recepcional, de lo contrario el estudiante

deberárealizarunnuevoregistro.

Laampliacióndevigenciadeberáacompañarsedelosavancesyescritoqueindique

lasrazonesquehanimpedidolaconclusióndeldocumento.Elescritodeberácontar

convistobuenodeldirector.

• Encasoderequerirelcambiodel títuloregistrado,el temadeestudioregistradoo

ambos, el estudiante deberá solicitarlo por escrito al Área de Titulación de la

CoordinacióndeCertificaciónyRegistro.Lasolicituddeberácontarconelvistobueno

deldirectoryensucasocodirector.

• Para realizar el procedimiento, el estudiante deberá contar con la siguiente

documentación:

I. Registrodelaopción,eltítulodelatesisotrabajorecepcionalyelobjeto

deestudioanteelÁreadeTitulacióndelaCoordinacióndeCertificación

yRegistro;

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II. Si el director o codirector propuesto sea externo, el estudiantedeberá

adjuntarunoficioemitidoporlaComisióndeTitulacióndelColegioque

indiquelaaprobaciónrespectiva;y

III. Votoaprobatoriodeldirectoryensucaso,delcodirector.

En caso de director o codirector propuesto sea interno, el Área de Titulación de la

CoordinacióndeCertificaciónyRegistroverificarásuinscripciónenelPadróndeperfiles

académicosparalatitulacióndelColegiodeHumanidadesyCienciasSociales.

Titulaciónyexamen

• Unavezquesecuenteconladocumentaciónenunciadaanteriormente,latesisserá

dictaminadaportreslectores.

• Los lectores contarán con un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día

siguiente de recibir notificación como lector por parte del Área de Titulaciónde la

Coordinación de Certificación y Registro y tendrán la obligación de emitir

recomendacionesalescritoobien,otorgarelvotoaprobatorio.

• Elestudiantedeberáatenderlasrecomendacionesemitidasyentregaraloslectores

la relación de correcciones, o en su caso, argumentaciones relativas a las

recomendaciones no atendidas, a partir de esemomento, los lectores tendrán 15

díashábilespararevisarlascorrecciones,yensucaso,emitirelvotoaprobatorio.

• Lasrecomendacionesdeloslectoresdeberánhacersedelconocimientodeldirectory

ensucasocodirector.

• En todos los casos los lectores deberán emitir un dictamenen sentido favorable o

desfavorablesobrelatesisotrabajorecepcionalrevisado.

• Encasodequeunlectoremitaenmásdetresocasionesundictamendesfavorable,

elestudiantepodrásolicitarunaresoluciónalaComisióndeTitulacióndelColegio,la

cualseráinapelable.

• Unavezqueelestudiantecuentecontodoslosvotosaprobatoriosdeldirector,ensu

caso codirector y lectores, así como cumpla con los requerimientos documentales

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paracontinuarelprocedimientodetitulación,asaber:certificadodeterminaciónde

estudiosdelalicenciatura,cartadeliberacióndeserviciosocial,cartadenoadeudo

de material de laboratorios o biblioteca etc. (establecidos en el manual de

procedimientosrespectivo),elÁreadeTitulacióndelaCoordinacióndeCertificación

y Registro emitirá un oficio de autorización para la impresión de la tesis o trabajo

recepcional.

• El estudiante entregará por escrito al Área de Titulación de la Coordinación de

CertificaciónyRegistrolaintegracióndelJurado.

• ElJuradodeberáestarformadopor:

I. El presidente, que será unode los lectores el director, acordadoentre los

integrantes de éste. Se recomiendan como criterios de elección ser

profesor-investigadordelaUACM,mayorgradoacadémico,antigüedaden

elmismo,asícomoantigüedadensunombramientoentrelosqueintegran

elJurado.

II. Unsecretario,queseráunodeloslectoresoeldirector;y

III. Unvocal,queseráunodeloslectoresoeldirector.

IV. En caso de que se cuente con un codirector, éste podrá formar parte del

juradocomovocal.Elolosdemáslectoresfungiráncomosuplentes.

• El estudiante entregará al Área de Titulación de la Coordinación de Certificación y

Registrosieteejemplaresimpresosydoselectrónicos.

• El estudianteentregará la versión impresaa los integrantesdel Jurado con10días

hábilesdeanticipaciónalafechadelexamenprofesional.

• El director propondrá por escrito al Área de Titulación de la Coordinación de

CertificaciónyRegistrolafecha,horaylugardelexamenprofesional,previoacuerdo

conelestudianteyloslectores.

• El Área de Titulación de la Coordinación de Certificación y Registro confirmará al

Juradoyestudiante,ellugaryhoradefinitivosporlomenosconcincodíashábilesde

anticipaciónalafechadelexamenprofesional.

A

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• Lapresentaciónoraldelatesissellevaráacaboconlapresenciadelosintegrantes

delJurado,esdecirdirector,deserelcasocodirector,doslectorestitulares.Ellector

suplente sólo deberá asistir en caso de cancelación previa de uno de los lectores

titulares.

• Elexamenprofesionalsedeclararásuspendidocuandonosecumplanlascondiciones

estipuladasen ladisposiciónantes referida, esdecir inasistenciade los integrantes

delJurado.

• Los integrantes del Jurado presentes deberán notificar al Área de Titulación de la

CoordinacióndeCertificaciónyRegistrolacoyunturaysolicitarlareprogramaciónde

lapresentaciónoral.

• Al concluir la presentación oral, el Jurado deliberará en términos de: APROBADO,

APROBADOCONMENCIÓNHONORÍFICAoNOAPROBADOyasentarásudecisiónenelActade

ExamenProfesional,lacualdeberáserfirmadaporlosintegrantesdelJurado.

• En caso de que el jurado considere que la tesis deba publicarse emitirá una

recomendaciónescritaalárearesponsabledepublicacionesparaqueelegresado,si

asílodecide,solicitelostrámitescorrespondientesenapegoalosprocedimientosde

publicaciónestablecidos.Enelcasode lostituladosdelPESCER,ademásdecumplir

con lo previamente señalado, la tesis deberá contener los agradecimientos

correspondientes a la Subsecretaría de Sistema Penitenciario y a nuestra casa de

estudios en apego a las cláusulas Décima y Decimotercera del Convenio de

ColaboraciónInterinstitucionalvigente.

• ElJuradootorgarámenciónhonoríficacuandosecumplalosiguiente:

I. ElJuradomanifiestaunanimidadparaotorgarla;

II. QueelalumnotengaunmínimodeNUEVEdepromedio.

III. Laexposiciónoralhayasidoordenada,coherente,clarayconcisa,esdecir,

que se destaque la idea principal de la tesis y se sustente por medio de

argumentosdebidamentejerarquizados,suficientesypertinentes;

IV. Latesisotrabajorecepcionaldemuestrasuinnovaciónorelevanciaparael

ámbitosocialodisciplinariodelaLicenciaturaenDerecho;

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V. ElestudianterespondedemaneraadecuadaalasinterrogantesdelJurado.

• EncasodequelavaloracióndelexamenprofesionalseaNOAPROBADO,elestudiante

podrá inconformarse o solicitar otra oportunidad mediante un oficio dirigido a la

ComisióndeTitulacióndelColegio.LaComisióndeliberaráyemitirásurespuestaen

unplazodediezdíashábiles.

• Encasodequenuevamenteno seaaprobadoelexamenprofesional, el estudiante

podrá inconformarse o solicitar otra oportunidad vía oficio a la Comisión de

Titulación,lacualdeliberaráydarárespuestaendiezdíashábiles.

• LaCoordinacióndeCertificaciónyRegistroentregaráeltítuloprofesionalenunplazo

de cuarenta días hábiles contados a partir de la recepción del acta de examen

profesionaldeconformidadconlodispuestoporelartículo57BISdelReglamentode

Titulación.

• LaComisióndeTitulacióndelColegioseráresponsablederesolverlascontroversias

relacionadascon losdictámenesemitidospor los lectoreso Juradoen laopciónde

titulaciónde tesis.Para su resolución se sumarána laComisión,elCoordinadorde

ColegiodeHumanidadesyCienciasSocialesyunrepresentantedelÁreadeTitulación

delaCoordinacióndeCertificaciónyRegistro.

LasgestionesparalarealizacióndelostrámitesanteelÁreaResponsable,seránrealizadaspor

el personal del Programa, por familiares de las/los estudiantes inscritos en la Universidad, a

travésdelPESCERo,pormandatarioqueacreditesupersonalidadconcartapodersimplecon

losrequisitosdeestilocorrespondientes.

La Comisión de Titulación, conjuntamente con la Coordinación del Colegio de Humanidades y

Ciencias Sociales yel áreade titulaciónde laCoordinacióndeCertificaciónyRegistro, serán las

encargadasderesolverlascontroversiasrelacionadasconlosdictámenesemitidosporloslectores

oeljurado,previamentealExamenprofesional.

PRÁCTICAS PROFESIONALES

DEFINICIÓN

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Estaopción seencuentranormadaenelReglamentodeTitulaciónenelCapítuloQuintoen los

artículosquevandel61al64.EnellanosecontemplaelExamenProfesionalnilaobtencióndela

menciónhonorífica

SeentiendeporPrácticasProfesionales, lasactividadestemporalescon la finalidadde insertara

los estudiantes en la realidad profesional en el área quemejor corresponda a sus aspiraciones

profesionales e intereses vocacionales, con el propósito de que apliquen los conocimientos y

habilidadesadquiridosdurantelaLicenciaturaenDerecho.

Estas prácticas son independientes de los trabajos que se relacionan con el cumplimiento del

serviciosocial.

Deconformidadconelartículo61delReglamentodeTitulaciónvigente,deberán integrarsepor

unmínimode480horas.

Dichas prácticas se relacionan directamente con los conocimientos, habilidades y actitudes

adquiridos durante la licenciatura y pueden ser desarrolladas en alguno de los programas

aprobados por la institución de conformidad con el Reglamento de Servicio Social y Prácticas

Profesionalesvigente.

Laopcióndetitulaciónporprácticasprofesionalesimplicaqueelestudiantedelalicenciaturaen

Derecho realice actividades profesionales en un área de trabajo que le permita aplicar los

conocimientos, habilidades y actitudes obtenidos durante la licenciatura, en consecuencia las

prácticas podrán versar en las áreas de derecho penal, civil, constitucional, administrativo,

indígena,mercantil, agrario, procesal, internacional público, internacional privado, internacional

de los derechos humanos, internacional de derecho humanitario, electoral, procesal aplicado a

algún área del derecho antes descrita, derechos humanos, Antropología jurídica, Sociología

jurídica,FilosofíadelDerecho,entreotrasdelasáreasafinesdescritasenelplandeestudiosdela

licenciaturavigente.

Las prácticas profesionales en las áreas descritas implicarán actividades de litigio, investigación

jurídica,creaciónlegislativa,asesoríajurídicaydocencia.Dichasactividadesestaránincluidas,una

ovarias,enelprogramadeprácticasprofesionalescorrespondienteyvigentesegúnelCatálogode

ProgramasdePrácticasProfesionalesdelaUACM.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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En consecuencia, el estudiante que elija esta opción de titulación deberá realizar sus prácticas

profesionales en el marco del Catálogo de Programas de Prácticas Profesionales vigente en la

UniversidadcuyaexistenciaseregulaenelReglamentodeServicioSocialyPrácticasProfesionales

delaUACMvigente.

La Comisión de Titulación del Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales recomienda que las

PrácticasProfesionalesseiniciencuandoelestudiantehayacursadoel80%deloscréditosdesu

respectivo Plan de Estudios, para que cuente con las herramientas suficientes para realizar sus

prácticas.

ParaelcasodelPESCER,estaopcióndetitulaciónatenderáa lasdisposicionesyalcancesde las

leyesfederalesylocales;losconveniosyacuerdosdetrabajoquerigenyquesecelebrenentreel

Programa de Educación Superior para Centros de Reinserción Social de la UACM (PESCER) y la

Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría del Sistema

Penitenciario de la Ciudad de México; así como a la legislación, manuales, lineamientos

universitariosyalosprogramasdeprácticasprofesionalesaprobadosparatalefectoconformeal

Catálogo,vigentesyaplicablesenlamateria.

CARACTERÍSTICAS En esta opción el/la estudiante deberá presentar, una constancia de acreditación de Prácticas

Profesionales,ademásdeuninformeescritodelasactividadesrealizadas

I. Elinformedeberátenerlossiguienteslineamientos:

A) Requisitosacadémicos

• Los/las estudiantes deberán desarrollar el informe de prácticas profesionales a partir de un

enfoque jurídico específico y unametodología adecuada que le permita no sólo exponer el

tema,sinoincorporartambiénreflexionespersonalesentornoadichasprácticas.

• En el informe el o la estudiante debe demostrar que posee y aplica los conocimientos,

habilidades y actitudes requeridas para su práctica en la resolución de una problemática

concreta desde el enfoque jurídico. Asimismo, debe demostrar conocimientos sobre su

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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actividadtrasconsultarlabibliografíaactualizadaypertinente,encombinaciónconelmanejo

deinformaciónapartirdefuentesprimariasdocumentalesuorales,segúnloameriteelcaso.

• Enelinformeelolaestudiantedebedemostrarrigorparaargumentar,claridadenlaescritura

ymanejocorrectodelasintaxisylaortografía.

B) Presentacióndelcontenido

• Carátula:

o LogotipoynombredelaInstitución

o ColegioyLicenciatura

o InformedePrácticasProfesionales

o Nombredelproyectodetrabajo

o Nombredelestudianteymatrícula

o Periododelasprácticasprofesionales

• Textoquecontengalossiguientesapartados:

§ Introducción

o Brevedescripcióndelainstituciónenlaqueserealizaronlasprácticas

o Brevedescripcióndelsectorendondeserealizólaactividad

o Enquéconsistiólaactividaddesarrolladaycuálfuesupropósito

§ Desarrollodelinforme

o Descripcióndecadaunadelasactividadesrealizadas.

o Análisisdelarelaciónteoría-prácticadentrodelarealizacióndelaactividadde

trabajodesarrollada,medianteunametodología,elusodeaparatocríticoylas

herramientasadquiridaseneltranscursodelaLicenciaturaenDerecho.

§ Logrosyaportaciones

o Conclusiones,sugerenciasyrecomendaciones

§ Referenciasbibliográficas

§ Anexos

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C) Formato

• El informe abarcará una extensión entre 30 y 50 cuartillas sin contar el índice, la

introducción, las conclusiones, la carátula o portadilla, las notas, las referencias y los

anexos.

• Enhojastamañocarta.

• Interlineadodobleymárgenesadecuadosparalaencuadernación

• LafuentedeberáserArialde12puntos

• Elaparato crítico,esdecir, el conjuntodecitas, referencias ynotasaclaratoriasquedan

cuenta de los aportes bibliográficos sobre los cuales se apoyó la elaboración del texto,

deberáobedeceratodololargodeltrabajoaunsólosistema,seaHarvardLatino,APAo

MLA.

• Lashojasdebenirnumeradas

• Losanexosdebenirconportadilla

REQUISITOS Y DISPOSICIONES En apego a lo dispuesto en los artículos 43 y del 61 al 64 del Reglamento en la materia, es

indispensable cumplir con los requisitos y disposiciones que enseguida se enuncian, a fin de

obtenerelcorrespondientetítulodeLicenciadoenDerecho,pormediodeestaopción:

I. Lasprácticasprofesionalesserealizaránenelcumplimientodeunprogramadeprácticas

profesionalesincluidoenelCatálogodePrácticasProfesionalesdelaUACMvigente.

II. Lasprácticasprofesionalessólosepodránregistrarparaelcómputodesuinicioapartirde

queel/laestudiantehayacubiertoel80porcientodeloscréditosdelicenciaturacomolo

señaladepreferencia.

III. SolicitarporescritoalÁreadeServicioSocialyPrácticasProfesionaleslainscripciónaesta

opción,pararegistrarelinicioyposteriorconclusióndelasprácticas.

IV. Contar con el Certificadode Terminaciónde Estudios de la Licenciatura enDerechoque

acreditacontarconel100porcientodecréditos.

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V. ContarconlaCartadeliberacióndelserviciosocial.

VI. ContarconlaconstanciadeacreditacióndePrácticasProfesionalesdealmenos480horas

enunárearelacionadaconlalicenciaturaenDerecho.

VII. Contarconlascincocartasdeaprobacióndeprofesoresinvestigadoresquecumplanconel

perfildefinidoenelartículo43delReglamentodeTitulaciónvigente.

VIII. Entregardoscopiaselectrónicasyun impresodesu informeparaquese integrea los

respectivosrepositoriosinstitucionales.

IX. La Comisión de Titulación será la encargada, conforme al Reglamento, de resolver las

controversiasrelacionadasconlasevaluaciones(cartas)emitidasporlos/laslectores/as.

En caso de que sólo se reúnan cuatro omenos cartas aprobatorias, el estudiante no podrá

titularseporestaopción.

ElÁreaResponsableseñalaráfechayhoraparaqueselleveacabolaceremoniadelatomade

protestacorrespondiente.

LasgestionesparalarealizacióndelostrámitesanteelÁreaResponsableseránrealizadaspor

el personal del Programa, por familiares de las/los estudiantes inscritos en la Universidad, a

travésdelPESCERo,pormandatarioqueacreditesupersonalidadconcartapodersimplecon

losrequisitosdeestilocorrespondientes.

DIRECTORYLECTORES

1.Paraestaopcióndetitulación,elestudiantedeberácontarconundirectorinternoinscritoen

el Padrón de Perfiles Académicos para la Titulación del Colegio de Humanidades y Ciencias

Sociales,yquegestioneelplandeestudiosdelaLicenciaturaenDerecho,quevalideyapruebe

quelasprácticasprofesionalescorrespondenalperfildeegreso.

2.Paraelloeldirector/adeberáextenderundocumentoalÁreadeCertificaciónexplicando,de

quémodolasPrácticasProfesionalesseleccionadasporelestudianteseajustanasuperfilde

egresoy/ocorrespondenalospropósitosformativosdelplandeestudios.

3.Tambiéndeberáautorizarunplandetrabajoprevioalarealizacióndelinformefinal.

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4. Para su revisión, el Informe tendrá además del director, cuatro lectores internos de

conformidadconlosartículos62y63delreglamento.Eneljuradodebeparticiparalmenosun

profesor-investigadordelaLicenciaturaenDerecho.

5.Enapegoalosartículos39,41y43delReglamentodeTitulacióndelaUniversidadAutónoma

de laCiudaddeMéxico losrequisitosacumplirparaserdirector,CodirectoroLector interno

son: I) Ser profesor-investigador de laUniversidaddictaminado favorablemente. Para el caso

delcodirector, laComisióndeTitulaciónpuedeautorizar laparticipacióndeespecialistasque

noesténdictaminados;

II)Poseerporlomenoselgradoalqueaspiraelestudianteoladispensacorrespondiente.En

casodenotener licenciaturaterminadaoseracadémicosnodictaminados,seobservarán las

disposicionesdelRTysifuereelcaso,laCTpodrásolicitardocumentaciónprobatoriayhacerla

revisióndelamisma;y

III)PoseerconocimientosycompetenciasquefortalezcaneldesarrollodelInformedePrácticas

Profesionales.

IV)Paradarcumplimientoaestosartículoslosprofesoresinvestigadoresdeberánestarinscritos

enelPadróndePerfilesAcadémicosparalaTitulacióndelColegiodeHumanidadesyCiencias

Sociales.

6. Cuando el informe escrito esté terminado los cuatro lectores procederán a emitir su voto

razonado favorable o desfavorable en el formato y de acuerdo con los procedimientos que

emitaparaellolaCCyR.

7.LoslectoresdelInformeescritodelasPrácticasProfesionalestendráncomocriterioparala

aprobacióndelaprácticaprofesionalquelamismacumplaconlaEstructuradeContenidoenel

apartado2.2yelFormatoenelapartado2.3descritosparaestaopción.

8.Loslectorestendránunplazode30díashábilescontadosapartirdeldíasiguientederecibir

lanotificacióncomolectorporpartedelaCCyRydeberánentregarsuvotorazonadojuntoasu

cartadeaprobación.Encasodenoaprobarelinformeelacadémicoentregaráalestudiantesus

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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observaciones.Elestudiante,enacuerdocon sudirector, realizará las correcciones,atenderá

lasrecomendacionesdellectoroargumentarásobrelasrecomendacionesnoatendidas,deese

modo entregará nuevamente al lector que no lo aprobó las correcciones realizadas, quién

revisaránuevamenteyenunmáximode15díashábilesemitirásuvotojuntoconlacarta.El

lector podrá argumentar hasta en dos ocasiones sobre los cambios realizados por el (los)

sustentante (s), en caso de que éstos no sean convincentes, el Lector podrá declinar y

argumentarásusrazonesporescritoantelaCCyRyelrestodelosintegrantesdeljurado.

9.Encasodequeunlectorsobrepaseelplazode30díashábilesparaemitirsuvotorazonado

favorableodesfavorable,LaCCyR,asolicituddelestudianteysudirector,haránunexhortode

manera expresa (vía oficio/correo electrónico), con copia al CHyCS, a la Coordinación

AcadémicayalaCT,parasuconocimiento)allectoryampliaráelplazocincodíashábiles.Siel

lectorsiguesincumplirsenotificaráallector(víaoficioconcopiaalasmismasinstancias)para

sustituiraeselector.

LACCYR,ÁREATITULACIÓN,ÁREADESERVICIOSOCIALYPRÁCTICASPROFESIONALES

1.ElÁreadeServicioSocialyPrácticasProfesionaleselaborarálosprocedimientosaquehaya

lugar para informar de las instituciones donde los estudiantes podrán hacer prácticas

profesionalesconpropósitosdetitulación.

2. El Área de Titulación y el Área de Servicio Social y Prácticas Profesionales acordarán lo

conducente para crear los formatos necesarios para el registro y emisión de la Carta de

AprobacióndelaPrácticaProfesionalconpropósitosdetitulación.

3. El Área de Servicio Social y Prácticas Profesionales construirá un Acta de Acreditación de

PrácticasProfesionalesconpropósitosdetitulaciónquecontendrátrescriterios:

a)Cartadeconclusióndeltrabajodelashorascomprometidasdelainstitucióndondeserealizó

laPrácticaProfesional.

b)InformequeconstruyóelestudiantedesuPrácticaProfesional.

c) Cinco votos aprobatorios emitidos por el director y los lectores asignados para evaluar el

InformeEscritodelaPrácticaProfesional.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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4.ElÁreadeServicioSocialyPrácticasProfesionalesdelaUniversidadAutónomadelaCiudad

de México diseñará las cartas de ingreso y egreso de los estudiantes a las instituciones

oferentes del programa de prácticas profesionales con propósitos de titulación, y serán

entregadas contra lapresentaciónde ladocumentaciónque certifiqueel cumplimientode lo

comprometido,tantodepartedelainstitucióncomodepartedelosestudiantesqueasílohan

elegido.

5. El Acta de Acreditación de Prácticas Profesionales con propósitos de titulación será el

documento fundamental para iniciar el proceso de titulación del estudiante en esa opción,

hasta que, él demuestre que ha concluido todos los requisitos de terminación de su

licenciatura,esdecir,cubiertoel100%decréditos, realizadoelserviciosocialycontarconel

ActadeAcreditacióndePrácticasProfesionales

PUBLICACIÓN ARBITRADA

DEFINICIÓN DeacuerdoconelReglamentodeTitulaciónvigentedelaUniversidadAutónomadelaCiudadde

México,enestaopción,elestudiantedeberápresentar:

Unproducto,ountrabajooriginalescrito(publicaciónarbitrada)comoautor,relacionadosconel

perfilacadémicodelosestudioscursadosderivadosdeunainvestigación:

CARACTERÍSTICASTrabajoOriginal(Publicaciónarbitrada)

Seentiendeporpublicaciónarbitradaun“Trabajooriginalescritoderivadodeuna investigación

relacionado con el perfil académico del estudiante o egresado, el cual debe presentarse en

formatodeartículocientíficopropiodelarevistaacadémicay/ocientíficaenlacualsepublicael

trabajo,conelpropósitodeponeralalcancedelacomunidad,estudiosdeciertostemasconsus

respectivosresultadosyhallazgos”(Art.3,incisoXXI).

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Enestaopción,elestudiantedeberápresentaruntrabajooriginalescrito,desupropiaautoríae

investigación, relacionado con el perfil académico de la licenciatura, que verse en temas de

Derecho y deDerechosHumanos. En el casode artículos publicables o publicados en revistas,

librosolibroscompletos,sólosevalidaránaquellosquetenganunprocesoderevisiónporpareso

codificaciónnuméricaISSN(InternationalStandardSerialNumber)oISBN(internationalstandard

book number, 'número estándar internacional de libro'), respectivamente, para que las dichas

publicacionespuedanidentificarsedemodoinequívoco.Eltrabajopodráconsistirenunartículo

académico de su autoría publicado en una revista arbitrada, un capítulo de libro, o un libro

completopublicadooaceptadoparasupublicación;otambién,cualquieradelosanteriores,pero

sinpublicar,yqueserádictaminadopordosprofesores-investigadoresen los términosquemás

adelantesedetallan.

Requisitosacadémicos

• El documento será el resultado original de una investigación publicada en revista de

carácteracadémico,arbitraday/oindexada(paracertificarlacalidaddelainformaciónque

contiene y garantizar la aportación de nuevo conocimiento), ya sea nacional o

internacional, afín a la disciplina de estudio, relacionada con el perfil académico de la

licenciatura,ynodeberátenermásdecincoañosdehabersepublicado.

• Larevistadondesepublicóelartículoo,ensucaso,enlaquesevaapublicar,debeestar

sujetaalasnormasquecontenganISSN(InternationalStandardSerialNumber);lomismo

para el caso del editor de libros, el ISBN (internacional standard book number, 'número

estándarinternacionaldelibro').

• Las revistas electrónicas seriadas son consideradas en el mismo nivel que las revistas

impresassicumplen lasmismasnormasycriteriosdecalidadacabadosdeexponerenel

puntoanterior.Otrotantoaplicaparaelcasodeloslibroselectrónicos.

• Enlapublicaciónelestudiantedeberáaparecercomoúnicoautor.

• Eldocumentotambiénpuedeseroriginaleinédito(publicable),delqueseespecificaráen

adelanteaquécriteriossesujetará.

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Disposicióndelcontenido

El trabajo publicado o el publicable, en caso de ser artículo, debe contener los siguientes

elementos:

1. Resumenoabstract(máximode100palabras)queincluya5palabrasclave(aplicaenelcaso

deartículos).

2. Introducción.

3. Desarrollodelaargumentacióndondeseexponeconrigorteórico-metodológicoycoherencia,

lafundamentación,elanálisisylosresultadosdelainvestigación.

4. Conclusiones.Enfatizarenloshallazgosoaportes.

5. Fuentesutilizadas.

Formato:

a. Extensión mínima de 20 (veinte) cuartillas, sin contar referencias y anexos, a 1.5 de

interlineado.

b. Formato de anotación de referencias o aparato crítico: Latino, APA, MLA o el que

especifiqueelmedioendondeelartículohayasidopublicado.Enelcasode los trabajos

inéditos, podrá optarse por cualquiera de los criterios anotados al principio de este

párrafo.

c. Carta-dictamen,emitidaporlarevistaoelmedioqueeditaráopublicóeltexto,dondese

confirmalapromesadepublicación(enelcasodequelapublicacióndeldocumentoesté

pendiente).

2copiasdelosimpresosy2copiaselectrónicasdelapublicaciónarbitrada,obien,ensucaso,del

documentoinéditodictaminado.

Criteriosparadictaminardocumentosposiblementepublicables

(Artículos,capítulosdelibro,libroscompletosuotrosproductosescritosdetipoacadémico)

1. Eldocumento inédito será sujetoaunprocesode revisiónporpares, efectuadopordos

profesores-investigadores que cumplan el perfil establecido en el artículo 43 del

Reglamento de Titulación vigente, quienes elaborarán, de manera personal e

independiente,susdictámenesacercadeltrabajo.

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2. Endichosdictámenes,seestablecerásieldocumentoinéditoesAprobadooNoAprobado

para efectos de titulación. Para ello, los dictaminadores se ajustarán a la siguiente

informaciónyformatoalefectuarsutarea:

Informaciónbásicasobrelosaspectosaconsiderar

• Originalidad y estructuración. Asegurarse de que el documento sea original y tenga la

estructurabásicadeuntrabajodeinvestigación.Aunquefueradecarácterprincipalmente

empírico,documentaloreflexivo,encualquiercaso,deberáincluira)unaintroducción,b)

desarrolloyc)conclusiones.

a) Introducción. Constituye una presentación del trabajo que expresa: las

motivaciones,elproblemaquerequiereexplicaciónosolución,asícomoelcontexto

en que tal tarea fue emprendida. Implica plantear correctamente el problema

estudiado, describir el modo en que se abordó su estudio (metodología y

perspectiva asumida), y justificar la relevancia del mismo. Es necesario que se

especifiquen la (s)hipótesis, el (los)objetivosopropósitosde la investigaciónyel

resumensobreelcontenidodeésta.

b) Desarrollo.Eslapartesustancialdelestudioendondeseexponelainvestigaciónen

símisma,enlaque,consustentoenunmarcoteóricobiendefinidoyempleado,se

describen los hechos u objeto de investigación, se presentan las evidencias y

pruebas que demuestran la validez o no de la o las hipótesis planteadas, y se

argumentaafavoroencontradeposturascoincidentesocontrariasalosostenido

en la indagación, estoes, se lleva a caboel análisis y ladiscusión críticadel tema

examinado. Todo ello, representa una descripción, explicación y/o interpretación

queaportaconocimientonovedosoacercadelaproblemáticaexaminada.

c) Conclusiones.Aunqueformapartedeldocumentointegral,noeslaindagación,sino

loqueseconcluyerespectoaésta.Porello,noesviablepresentarlasconclusiones

como un capítulo o sección del desarrollo del trabajo. Se concluye cuando se ha

terminadolalaborindagatoria.Esmanifestarparaquépuedeserútilelestudio,sise

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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comprobóonoaquelloquesepropusocomohipótesis,haciaquépuedeconducirlo

descubiertoy/opordóndeesviablecontinuarlatarea,etc.

• Aparatocrítico.Pertinenciaenelmanejoypresentacióndelaparatocríticoutilizadopara

darsustentoyprofundidadalestudio.Lascitasdetextos,referenciasynotasdebenseguir

unsistemadefinido(APA,normaISO690,Chicago,etc.).Lasreferenciasbibliográficas,de

leyes y otros documentos, deben presentarse de acuerdo con el Sistema que se haya

elegido.

• Título, subtítulos y resúmenes. En el caso de los artículos, observar que contengan un

título que sea realmente representativo del trabajo presentado, pues éste encarna la

forma más sintetizada de lo que se ha investigado. Igualmente, que los subtítulos de

apartado o, en su caso, los capítulos de libro estén correctamente estructurados y

expresen con pertinencia el contenido del cual son subtítulo de apartado o título de

capítulo(enloslibros).

• Redacción, estilo y claridad de la exposición, incluida la presentación de los resultados

(esto último en las investigaciones de campo). El documento deberá estar redactado de

maneraqueseacerquealosiguiente:

- Un máximo de claridad lingüístico-conceptual. Lo cual implica: a) una

ejecución correcta de la sintaxis, el manejo de la puntuación y la

ortografía; b) una explicación del significado de los conceptos

fundamentales empleados que resultan elementos sustanciales en la

investigación.

- Unmáximode información empírica. Supone que el trabajo, empírico o

documental, precisa fundamentarse conhechos y situacionesque sirven

debasey/oparaejemplificarloqueseafirmademodoproposicional.

- Un máximo de universalidad. Implica que los términos, ideas, reglas,

principios,teoríasyconjeturas,pertenezcanaunlenguajeaceptadoenel

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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ámbitodelaCiencia.Entalsentido,eldocumentodisminuyesucalidady

se degrada si incurre en el empleo de conceptos e ideas impregnadas

profundamentedeideologíasocreenciassinsustentoteórico.

- Unmáximodedesprejuiciamiento.Enconcordanciaconelpuntoanterior,

la calidad de las proposiciones y la argumentación debe abstenerse de

actitudes y manejo de información basada en prejuicios, esto es,

afirmacioneseideasutilizadassinfundamentoalguno.

- Coherencia.Estoquieredecirque laargumentacióndeberáestarexenta

decontradicciones.

REQUISITOS Y DISPOSICIONES EnapegoalanormatividadqueestableceelReglamentodeTitulación,ensusartículos69al72,es

importantemencionaralgunasdisposicionesyrequisitosparaobtenerel títulodeLicenciado(a)

enDerecho:

• Que él o la estudiante presente el Certificado de Terminación de la Licenciatura en

Derecho.

• SolicitarporescritoalaCoordinacióndeCertificaciónyRegistroelusodeestaopciónde

titulación.Elescritodebe incluirel temadelproducto,obiendel trabajooriginalescrito

(publicado,porpublicar,opublicableenrevistasarbitradas).

• Enelcasodepublicacionesarbitradas,paraobtenersutítuloprofesional,elolaaspirante

deberápresentardoscopiasimpresasydoselectrónicasdesupublicaciónarbitradaodel

artículoodocumentodictaminadocomopublicable.

• Enelcasodeproductos,paraobtenersutítuloprofesional,deberápresentardoscopiasde

losarchivoselectrónicosapropiadosparadocumentarlo (dependiendodesu tipopodrán

serdocumentos,grabaciones,videograbaciones,fotografíasuotras)paraqueseintegrena

losrespectivosrepositoriosinstitucionales.

• Enamboscasos,lascopiassepresentaránconbaseenelsiguienteprotocolo:

o Portadainstitucional.

o Explicaciónescrita(enelcasodeproducto).

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o Carta de aprobación plena para publicación por parte de la revista (caso de

publicaciónarbitrada).

o Portadadelarevista(casodepublicaciónarbitradaimpresa.

o Índice,segúnelcaso,delartículoodelproducto.

• En esta modalidad habrá réplica oral tanto en el caso de productos, como de las

publicacionesarbitradas,

• En el caso de los productos y en el de los trabajos dictaminados favorablemente para

efectos de titulación, la presentación de la réplica será ante el Jurado integrado por los

mismos profesores-investigadores que llevaron a cabo los dictámenes conforme a las

reglas descritas previamente para esta opción de titulación. Se presentará en el lugar,

fechayhoraprogramadoporelÁreaResponsabledeTitulación.

• Enlaréplicaoral,el juradootorgarámenciónhonoríficaalestudianteencasodeque los

dos dictámenes de su producto o trabajo original lo recomienden explícitamente en

consideración al aporte de conocimiento, la relevancia, innovación o cualidades

excepcionalesdelmismo.

• LaCoordinacióndeCertificaciónyRegistro,programarálaréplicaoral,unavezquesehayan

emitidolosdictámenesfavorablesacercadelproductoolapublicaciónarbitrada.

• Además,sedeberánhaberreunidolossiguientesrequisitosformalesdetitulación:

a. Certificadodeterminacióndeestudiosdelalicenciatura,

b. Cartadeliberacióndeserviciosocial,

c. Cartadenoadeudodematerialdelaboratoriosobiblioteca.

• Elestudiantesólopodrápresentarréplicaoral:1)enelcasodequelosdosdictámenesdesu

producto leseanfavorables;2)enelcasodeuntrabajooriginalescrito,quesusdictámenes

hayan determinado que es publicable; 3) en el caso de que se trate de un trabajo original

escritoyapublicado(conunmáximode5años),oquehayasidoautorizadasupublicación.

• Enelcasodelostrabajosoriginalesqueyahayansidopublicadosenalgunarevistaarbitradao

indexada,senombrarándoslectores,profesores-investigadoresconelperfilestablecidoenel

artículo43delReglamentodeTitulación,quienes,despuésde la lecturacorrespondientedel

trabajo,seintegraráncomojuradoparalarealizacióndelaréplicaoralcorrespondiente.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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• Enlaréplicaoral, losdos integrantesdelJuradoexaminaránalaspirantealtítuloprofesional

con objeto de que responda a los cuestionamientos dentro de la discusión crítica, según el

caso,sobresuproductootrabajooriginalarbitrado.

• La réplicaoral se llevaráa cabocon lapresenciade los integrantesdel jurado,que fungirán

como Presidente y Secretario. Se elegirá como presidente al profesor con mayor grado

académico o, en caso de contar con el mismo grado, aquél que lo posea con mayor

antigüedad.

• Laréplicaoralconstituyelaúltimafaseparaconstatarlaaptitudprofesionaldelsustentante,a

findequepuedaotorgárseleeltítulodeLicenciadoenDerecho.

• Laréplicaoralsedeclararásuspendidacuandonosecumplanlascondicionesestipuladas.Los

presentesdeberánnotificaralÁreaResponsablelareprogramacióndelapresentaciónoral.

• Alconcluirlapresentaciónoral,eljuradodeliberaráentérminosde:

Ø Aprobadoconmenciónhonorífica,sólosicuentaconlarecomendaciónexplícitaenlos

dosdictámenes.

Ø Aprobado.

Ø Noaprobado.

• Enelcasodelaréplicaoraldetrabajosoriginalespublicados,elJuradodeliberaráydecidirási

el alumno es aprobado con mención honorífica, según los méritos de su publicación y la

capacidadargumentativaqueelsustentantedemuestredurantelaréplica.

ElresultadoseasentaráenelActadeExamenProfesional,mismaquedeberáserfirmadapor

losintegrantesdeljurado.

LasgestionesparalarealizacióndelostrámitesanteelÁreaResponsableseránrealizadaspor

el personal del Programa, por familiares de las/los estudiantes inscritos en la Universidad, a

travésdelPESCERo,pormandatarioqueacreditesupersonalidadconcartapodersimplecon

losrequisitosdeestilocorrespondientes.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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MEMORIA DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

DEFINICIÓN

Deacuerdoconelartículo73delReglamentodeTitulación,laopcióndetitulaciónporMemoria

de experiencia profesional consiste en la elaboración de un informe escrito, que incluya una

reflexiónteórico-metodológicade lasactividadesprofesionalesdelegresadodurante losúltimos

tresaños,endondehayaaplicadolosconocimientosdelcampodisciplinardesulicenciatura.

Se entiende por Experiencia profesional al trabajo remunerado realizado en empresas e

instituciones públicas o privadas con relación a los campos de desarrollo profesional de la

LicenciaturaenDerecho(yaseacreación,aplicación,docenciaoinvestigación).

CARACTERÍSTICAS RequisitosAcadémicos

La Memoria de experiencia profesional es el documento que da cuenta de las actividades del

egresadodurantelosúltimostresaños,medianteunanálisisreflexivoysistemáticodesuslabores,

apoyadaseneladecuadosustento teórico-metodológicoycon la finalidadderealizarunaporte

significativoparamejorarelpropiodesempeñoprofesionaloeldeotros.

Elestudianteoegresadodeberácontarcon,almenos,tresañosdeexperienciadetrabajorelativa

alalicenciaturaenDerechodebidamentedocumentadaycomprobada.

Disposicióndelcontenido

En esta opción el estudiante deberá presentar una memoria escrita de dichas actividades

profesionalesconunmínimode50cuartillasyunmáximode80queincluyalosiguiente:

• TítulodelaMemoria

• Introducción

a. Antecedentes

b. Definicióndelostemas(teórico-metodológicos)abordados

c. Justificación

d. Objetivogeneral(describircómosedesarrollólaexperienciayanalizarlaatravésdelos

temasteórico-metodológicoselegidos.

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• Marcocontextual(Institución)

a. Descripción de las características del lugar donde se laboró. Tipo de institución,

objetivos,ubicación,etcétera.

b. Evaluacióndesudesempeño.

• Marcoteórico

a. Descripcióndelenfoqueteórico-metodológicoqueseeligiópararespaldarlamemoria.

• Memoria

a.Actividadesrealizadas.

b.Descripcióndelasactividadesrealizadas.

c. Vinculación existente entre las actividades desarrolladas y la formación académica

recibida.

d.Descripciónyanálisisdelosproblemasencontradosydelassolucionesaplicadas.(Todo

estrechamentevinculadoconelenfoqueteórico-metodológicoelegido)

• Conclusiones.

• Propuestasdemejoraparaeldesempeñoprofesionalvinculadoalalicenciatura.

• Referenciasbibliográficas.

• Anexos.

Formato

a)Extensión:entre50y80cuartillassincontarelíndice,laintroducción,lasconclusiones,

laspropuestasdemejoradeldesempeñoprofesional,lacarátulaoportadilla,lasnotas,las

referenciasylosanexos.

b) Eltrabajoescritoseentregaráenhojastamañocarta.

c) Interlineadodobleymárgenesadecuadosparalaencuadernación.

d) LafuentedeberáserdedocepuntosytipoArial.

e) Elaparatocrítico,esdecir,elconjuntodecitas,referenciasynotasaclaratoriasquedan

cuentadelosaportesbibliográficossobreloscualesseapoyólaelaboracióndeltexto

dememoria,deberáobedeceratodololargodeltrabajoaunsólosistema,seaLatino

oAPA.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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f) Lashojasdebenirnumeradas.

g) LaportadadebeincluirnombreylogotipodelaUniversidad,nombredelColegioydela

licenciatura, títulodel trabajo,opción,nombrecompletodelpostulante,gradoporel

queopta,lugaryfecha.

h) Losanexosdebenirconportadilla.

REQUISITOS Y DISPOSICIONES EnapegoalanormatividadqueestableceelReglamentodeTitulación,ensusartículos73al76,es

importantemencionaralgunasdisposicionesyrequisitosparaobteneruntítulodelicenciado(a)

enDerecho:

• La Memoria de experiencia profesional se elabora y presenta exclusivamente de manera

individual.

• El estudiante debe solicitar por escrito a la Coordinación de Certificación y Registro, la

titulaciónatravésdeestaopción.

• Elestudiantedeberáanexarasusolicitudinicial,documentosprobatoriosyun listadode las

actividadeslaboralesqueharealizadoenunaovariasinstituciones,indicandocuálesdeéstas

estánvinculadasalcampodelderecho.

• UnavezqueelestudiantepresenteelinformedememoriadeexperienciaprofesionalalÁrea

Responsable, lo hará con dos dictámenes aprobatorios por parte de dos profesores

investigadoresquedeberáncubrirlosrequisitosaqueserefiereelartículo43delReglamento.

• Elestudiantedeberáhacerunaréplicaoraldesutrabajofrenteaestosdossinodales,paralo

cual,elÁreaResponsable,designarálugar,fechayhora.

• El estudiante entregará dos copias electrónicas y dos impresas para que se integre a los

respectivosrepositoriosinstitucionales.

• ElÁreaResponsableemitiráeloficiodeautorizaciónparalaimpresióndelaMemoriaunavez

queelestudiantehayacubiertotodoslosrequisitosnecesarios.

• Eljuradodeberáestarformadoporlosmismosprofesoresinvestigadores,dictaminadoresdel

informe,yfungiráncomo:

a. Presidente

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b. Secretario

• La presentación oral de la Memoria se declarará suspendida cuando no se cumplan las

condiciones estipuladas en el punto anterior. Los presentes deberán notificar al Área

Responsablelareprogramacióndelapresentaciónoral.

• Alconcluirlapresentaciónoral,eljuradodeliberaráentérminosde:

Ø Aprobado

Ø Aprobadoconmenciónhonorífica

Ø Noaprobado

Asentándolo en el Acta de Examen Profesional, misma que deberá ser firmada por los

integrantesdeljurado.

• En caso de que la valoración del examen profesional sea no aprobada, se le concederá al

sustentante una oportunidadmás para defender suMemoria en un periodomáximo de 40

díashábilesposterioresalafechadepresentación.

• En caso de que nuevamente no sea aprobado el examen profesional, el estudiante podrá

inconformarse o solicitar otra oportunidad vía oficio a la Comisión de Titulación, la cual

deliberaráydará respuestaendiezdíashábiles.Elnúmerodevecesquepodrádefendersu

trabajoserádetres.

• LaComisióndeTitulaciónserálaencargadaderesolverlascontroversiasrelacionadasconlos

dictámenesemitidosporelJurado.

Procedimientoderegistrodelinformedememoriaprofesionalypresentacióndelaréplicaoral

Pararealizarelprocedimiento,elestudiantedeberá:

I. Registrar laopciónconel títulodel informeysuobjetodeestudioanteel

ÁreaResponsable,anexandolosdocumentosprobatoriosdelaexperiencia

profesional.

II. Presentar dosdictámenes aprobatorios deprofesores investigadoresde la

Universidad,ademásdeCertificadodeTerminacióndeEstudiosyCartade

liberacióndeserviciosocial.

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III. ElÁreaResponsableemitiráeloficiodeautorizaciónpara la impresióndel

informe una vez que el estudiante haya cubierto todos los requisitos

necesarios.

IV. ElestudianteentregaráalÁreaResponsabledosejemplaresimpresosydos

electrónicos.

V. Lapresentaciónde laréplicaseráanteel Jurado integradopor losmismos

profesores investigadores que llevaron a cabo los dictámenes conforme a

las reglas descritas previamente para esta opción de titulación. Se

presentaráenellugar,fechayhoraprogramadoporelÁreaResponsablede

Titulación.

VI. La réplica oral del informe se llevará a cabo con la presencia de los

integrantes del jurado, que fungirán como Presidente y Secretario. Se

elegirácomopresidentealprofesorconmayorgradoacadémicoo,encaso

decontarconelmismogrado,aquélqueloposeaconmayorantigüedad.

VII. El examen profesional se declarará suspendido cuando no se cumplan las

condiciones estipuladas en el punto anterior. Los presentes deberán

notificaralÁreaResponsablelareprogramacióndelapresentaciónoral.

VIII. Alconcluirlapresentaciónoral,eljuradodeliberaráentérminosde:

a)Aprobado

b)Aprobadoconmenciónhonorífica

c)Noaprobado

Asentándolo en el Acta de Examen Profesional, misma que deberá ser

firmadaporlosintegrantesdeljurado.

EncasodequeeljuradoconsiderequeMemoriadebiesepublicarse,emitirá

unarecomendaciónescritaalárearesponsabledepublicaciones,paraqueel

egresado,siasí lodecide,solicitelostrámitescorrespondientesenapegoa

losprocedimientosdepublicaciónestablecidos.

IX. Lamenciónhonoríficalaotorgaráeljuradocuandosecumplalosiguiente:

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• Eljuradomanifiestaunanimidadparaotorgarla;

• La exposición oral haya sido ordenada, coherente, clara y concisa,

sustentándolapormediodeargumentosdebidamente jerarquizados,

suficientesypertinentes;

• LaMemoriademuestrainnovaciónorelevanciaparaelámbitosocialo

disciplinario; o bien, proponemejoras asequibles para el desempeño

profesional.

• Elestudiantetengacomomínimopromedio9;

• El estudiante responda de manera adecuada a las interrogantes del

jurado.

X. EncasodequelavaloracióndelexamenprofesionalseaNoaprobada,sele

concederáalsustentanteunaoportunidadmásparadefendersuInformede

Memoriaprofesionalenunperiodomáximode40díashábilesposterioresa

lafechadepresentación.

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DIPLOMADO

EstaopciónseencuentrareguladaenelReglamentodeTitulaciónenelCapítulosegundoenlos

artículosquevandel15al22dondeenmarcasusustentolegal.Enestaopciónhayréplicaoraly

noseextiendelamenciónhonorífica.

Está sujeta al CatálogodeDiplomados, elaborado y aprobadopor la Comisiónde Titulacióndel

ColegiodeHumanidadesyCienciasSociales.Enconcordanciaconelartículo15delReglamentode

Titulación, la opción de titulación por diplomado está orientada a que los egresados puedan

obtener el título adquiriendo conocimientos, habilidades y destrezas construidas en áreas de

especializaciónparaelcampodelDerecho.

De ese modo, los Diplomados, aprobados por la Comisión de Titulación y avalados por las

instanciasacadémicascompetentesdelaUACM,deberánestarvinculadosconlasáreasytemas

deinterésyactualidadenelDerechoyconelProyectoeducativodelaUniversidadconsistenteen

la innovación, mantener su carácter público, asegurar un alto nivel en todas las actividades

académicas y plena confiabilidad de los certificados, títulos y grados otorgados, entre otras

características. Por ello, los diplomados sólo pueden ser internos y deberán cumplir con los

requisitosacadémicosymetodológicosensudiseñoquemarcaelartículo16delReglamentode

Titulación.

En el caso de los diplomados del Colegio, esta instancia académica-administrativa emitirá una

convocatoriaparaeldiseñodediplomadospertinentesyviablescomoopcióndetitulación,para

quelaComisióndeTitulaciónpuedaaprobaraquellosqueintegraránelCatálogodeDiplomados

delColegioparacadaunadelaslicenciaturas.

Deigualforma,seactualizarányevaluarálapertinenciaovigenciadelosdiplomadosaprobados,

enunplazodecincoañospor laComisióndeTitulación,tomandocomobase lodispuestoenel

artículo 16del Reglamentoen vigor, así como loquedisponga al respectoel propiodiseñodel

Diplomado.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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DEFINICIÓN Comolodisponenlosartículos15ysiguientesdelReglamento,undiplomadoesunconjuntode

módulos,unidades curricularesomateriasqueorganizancontenidos temáticosyactividadesde

aprendizajeenuncampodelconocimiento,enestecasodelderechoengeneral,áreasafinesa

ésteoproblemas socialesdesdeel enfoque jurídico. Losdiplomados comoopciónde titulación

permitirán al/la egresado/a de la licenciatura, actualizar sus conocimientos o concretar el

desarrollo de ciertas habilidades que marca el perfil de egreso del plan de estudios de la

LicenciaturaenDerecho.

Losdiplomadosqueaseguranunavinculaciónconlalicenciaturayconelproyectoeducativodela

UACM, son aquellos Diplomados internos diseñados exclusivamente como opción de titulación.

LosDiplomadoscomoopciónde titulacióndeberánsolicitaralegresado/a, laelaboracióndeun

producto terminal en el cual semuestren las evidencias necesarias que permitan certificar los

conocimientosyhabilidadesindispensablesdelprofesionalenDerecho.

CARACTERÍSTICAS

ElDiplomadocomoopciónde titulación,deberá reunir los requisitosdediseño señaladosenel

artículo16delReglamentoyquesóloseenlistanacontinuación:

1. Justificación.

2. Objetivosformativosgenerales.

3. Organizacióncurricular.

4. Enfoqueteóricometodológico.

5. Evaluacióndelosaprendizajes.

6. Certificación.

7. Describireltipoycaracterísticasdelosmaterialesdidácticos.

8. Definirelperfilylasfuncionesdelasfigurasqueparticiparáncomocoordinadores,tutores,

asesores,entreotros.

9. SeñalarlavinculaciónconlalicenciaturayconelProyectoeducativodelaUniversidad.

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Podrán ser impartidos por profesores/as investigadores/as de la Licenciatura en Derecho, del

Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales o de cualquier otro Colegio según la temática

abordada.

LaconstanciadeDiplomadotendrávalidezoficialycurricular,avaladaporlaUniversidad.

REQUISITOS Y DISPOSICIONES EnapegoalanormatividadqueestableceelReglamentodeTitulación,ensusartículos15al22,

lasdisposicionesyrequisitosparaobtenereltítulodeLicenciado/aenDerechobajoestaopción

son:

1. Haber cubierto el 100 por ciento de créditos del plan de estudios de la Licenciatura en

Derecho.

2. ElDiplomadodeberáconstardeunmínimode280horasyunmáximode480horas.

3. PresentarCertificadoTotaldeEstudios.

4. PresentarcartadeliberacióndelServicioSocial.

5. Cartadenoadeudodematerialdelaboratoriosobiblioteca

6. ElestudiantedebesolicitarporescritoaCertificaciónlatitulaciónatravésdeestaopciónde

titulación,simultáneamentealainscripciónalDiplomado.

7. Una vez concluido y certificado el Diplomado como opción de titulación, el estudiante

entregaráalaCoordinacióndeCertificaciónyRegistro(CCyR)losiguiente:

• ConstanciadeDiplomado

• Documentoescrito

• Productoterminal

• ActadedictamenemitidoporelComitédeCertificación

8. ParaevaluarelproductoterminaldelDiplomadoyeldocumentoescritoqueloacompaña,se

conformará un Comité de Certificación de tres académicos de la UACM. En este Comité

obligadamente uno será Profesor-Investigador que imparte clases en la Licenciatura en

Derecho.

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Una vez concluido y certificado el Diplomado como opción de titulación, el/la egresado/a

entregaráa laCoordinacióndeCertificaciónyRegistro losrequisitosformalesdetitulación,ésta

programará la realización de ceremonia de toma de protesta en la que estarán presentes tres

profesores/asinvestigadores/asdelaLicenciaturaenDerecho.

Enestaopcióndetitulaciónnoseotorgamenciónhonorífica.

Para el caso de esta opción terminal en el Programa de Educación Superior en Centros de

ReadaptaciónSocial(PESCER),sedeberáobservarlosiguiente:

1. Enlaevaluaciónparaaprobacióndeundiplomado,laComisiónylaInstanciacompetente,

deberánconsiderarlaopiniónsobreviabilidadocondicionesmaterialesparalaimpartición

delmismo,porpartedelPESCER.

2. Los diplomados que se impartan en los Planteles del PESCER, deberán contar con la

autorización de las autoridades de la Secretaría de Gobierno o competentes y de las

autoridadesuniversitarias.

3. LasgestionesparalarealizacióndelostrámitesanteelÁreaResponsableseránrealizadas

por el personal del Programa, por familiares de las/los estudiantes inscritos en la

Universidad,atravésdelPESCERo,pormandatarioqueacreditesupersonalidadconcarta

podersimpleconlosrequisitosdeestilocorrespondientes.

4. En la ceremonia de toma de protesta, también deberá estar presente personal de

estructuradelPESCER.

Laconstruccióndelosdiplomados(paraestamodalidad,yentodoésteapartado,seentiendeque

seofrecerácuandolosrecursosmateriales,tecnológicosyhumanosesténdisponiblesylistosenla

plataformaquelaUniversidaddisponga),estáregidaporelReglamentodeTitulaciónquedictalo

siguiente:

a) Será la Comisión de Titulación quién valide los diplomados, presenciales o en línea, que

cumplanconlosrequisitosfijadosporelReglamentodeTitulación.

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b)LosdiplomadospropuestosparalaLicenciaturaenDerechoseránde280horascomomínimoa

480horascomomáximo.

c)Losdiplomadospresencialesoenlínea,seránimpartidosporlomenosunavezporsemanaen

horariosnomayoresa5horasporjornada.

d) La Comisión de Titulación recibirá, de los académicos las propuestas de Diplomados para

Titulaciónde la Licenciatura enDerecho.Una vez que cuenten conundictamenemitidopor la

ComisióndeTitulación,seformularáelCatálogodeDiplomadosqueseentrega,formalmente,al

ColegiodeHumanidadesyCienciasSocialesya laCoordinacióndeCertificaciónyRegistropara

que,estasinstanciashagandifusiónyofertadelosmismos.PrevioaesteprocedimientoelCHyCS

emitirálaconvocatoriarespectiva.

LACOORDINACIÓNDECERTIFICACIÓNYREGISTRO,ÁREADETITULACIÓN

1.LaCoordinacióndeCertificaciónyRegistrorecibirádelaComisióndeTitulaciónydelCHyCS,el

catálogo aprobado en el que estará indicado cuáles son los diplomados aprobados para la

LicenciaturaenDerecho.

2. La Coordinación de Certificación y Registro registrará a los organizadores del diplomado de

maneraoficialparaconstruirelComitédeCertificacióndelDiplomadocontresintegrantes.

3. LaCoordinacióndeCertificación yRegistroprocederá a construir los procesos y documentos

para la inscripciónde losestudiantesa losdiplomadospertinentes,así comoeldocumentoque

oficialiceelComitédeCertificacióndelDiplomado.

4. La Coordinación de Certificación y Registro construirá los procesos y documentos para

terminaciónyexpedicióndelaConstanciadelDiplomado.

5.Haráloconducentedesdeelpuntodevistainstitucionalparaacompañarlaceremoniaoficialde

laentregadelaConstanciadelDiplomado,comoúltimoactoacadémicodelmismo.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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ANEXO

GLOSARIO:DEFINICIÓNDECONCEPTOS

Deacuerdoconartículo3yentreotrasdisposicionesdelReglamentodeTitulaciónde laUACM

vigenteylegislaciónaplicable,seentiendepor:

I. Acta de Dictamen: Documento emitido por un Comité de Certificación para acreditar la

certificacióncorrespondienteenelcasodelaopciónDiplomadocomoopcióndetitulación.

II. ActadeExamen:DocumentooficialexpedidoporlaUACM,enelcualseasientaelresultado

delexamenprofesionalodegradoparaelcasodelasopcionesdetitulacióntesisytrabajo

recepcional.

III. Área Responsable: Área responsable en materia de titulación es la Coordinación de

Certificación y Registro, la cual se encargará de llevar a cabo los procedimientos

administrativosdetitulacióndeconformidadconsusatribucionesyfuncionesprevistasen

losartículos6,CUARTO,QUINTO,NOVENO,UNDÉCIMO,DÉCIMOySEGUNDOTRANSITORIOS,entreotras

disposicionesaplicablesdelReglamentodeTitulación. LaCoordinacióndeCertificacióny

Registrodesarrollasucompetencia,atravésdelÁreadeTitulación.

IV. CatálogodeDiplomados:Documentoquelistalosdiplomadoscomoopcióndetitulación

quecumplenconloscriteriosgeneralesestablecidosenelReglamentodeTitulaciónpara

serconsideradoscomoalternativaparaobteneruntítuloprofesional.Es integradopor la

ComisióndeTitulacióndelColegiodeHumanidadesyCienciasSociales.

V. CatálogodePosgradoscomoopcióndetitulación:Documentoquelistalosposgradosque

cumplen con los criterios generales como opción de titulación que cumplen con los

criterios generales establecidos en el Reglamento de Titulación para ser considerados

como alternativa para obtener un título profesional. Es elaborado por la Comisión de

TitulacióndelColegiodeHumanidadesyCienciasSociales.

VI. Codirector: Profesor-investigador de la UACM o bien, académico externo avalado por la

ComisióndeTitulacióndelalicenciaturaoposgradoalquecorresponda,queelestudiante

yeldirectorconsiderenpertinenteyquetrabajaráencolaboraciónconeldirector,guiando

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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y orientando al estudiante en la realización de su tesis o trabajo recepcional. Esta

definiciónaplicaalafiguradecoasesor.

VII. Comisión de Titulación: Grupo integrado por un representante de cada una de las

licenciaturas y posgrados adscritos a cada Colegio. Los representantes deberán ser

profesores-investigadores dictaminados favorablemente y serán designados por la

instanciaacadémicacompetente.

VIII. Comitédecertificación:grupoconformadoporprofesores-investigadoresinternosquienes

valoran que el estudiante cumpla con los requisitos definidos en la opción de titulación

elegida.

IX. Director interno: Profesor-investigadorde laUACMqueguíayorientaalestudianteen la

realizacióndesutesiso trabajorecepcional.Estadefiniciónaplica tambiéna la figurade

asesor.

X. Directorexterno:AcadémicoexternoalaUACMavaladoporlaComisióndeTitulacióndel

Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales que guía y orienta al estudiante en la

realizacióndesutesiso trabajorecepcional.Estadefiniciónaplica tambiéna la figurade

asesor.

XI. Egresado: Estudiante de cualquier licenciatura o posgrado del Colegio que cuenta con

100% de créditos de su plan de estudios y sólo le resta realizar los procedimientos de

titulaciónvigentesparaobtenersutítulouniversitario.

XII. Examenprofesional / Réplica oral / Presentaciónoral:Acto formalmedianteelcualun

estudianteexponeydefiendeanteunjurado,sutesisotrabajorecepcional.

XIII. Informe:Documentoescritodondesereportaactividadesoexperienciaprofesional.

XIV. Instanciaacadémica competente:Órganocolegiado integradoal interiordecadaunode

lostrescolegios.

XV. Instancia académica colegiada de la licenciatura en Derecho: Grupo conformado por

profesores-investigadores o académicos y personal administrativo vinculados a la

LicenciaturaenDerecho.

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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XVI. Jurado:Grupoconformadoporprofesores-investigadoresoacadémicosexternos(director,

lectores, y en su caso codirector) que valora al sustentante y delibera al término del

examenprofesionalodegrado.

XVII. Lector: Profesor-investigador interno o académico externo especialista en alguna

disciplina,quienrealizalalecturayeldictamendeunatesis,trabajorecepcionalorevisael

productoen lasopciones respectivas; asimismo,evalúa si éste cumple con los requisitos

académicosindispensables:puedeformarparteonodelJurado.Estadefiniciónaplicaala

figuraderevisor.

XVIII. Ley:SerefierealaLeydelaUniversidadAutónomadelaCiudaddeMéxico.

XIX. Licenciatura:Nivelacadémicoqueproporcionaalestudianteunaformaciónenunáreade

conocimientoy la formaciónespecíficaenunámbitoprofesional,deconformidadcon lo

dispuestoenelartículode9delaLeydelaUniversidadAutónomadelaCiudaddeMéxico.

XX. ManualdeTitulación:DocumentoelaboradoporlaComisióndeTitulacióndelColegio,en

elcualseestablecenlasmodalidadesespecíficasdetitulación,enelcualseestablecenlas

modalidades específicas de titulación y obtención de grado de licenciatura o posgrado.

Habráunmanualparacadalicenciaturayposgrado;yenellossedeterminarán,entreotras

cosas, las modalidades de tesis, trabajos recepcionales y del resto de modalidades de

titulación.

XXI. Modalidaddetitulación:Sonlasdiferentesexpresionesdeunaopcióndetitulación.

XXII. Opción de titulación: Son las diferentes formas establecidas por el Reglamento de

Titulación. Los estudiantes podrán elegir entre las distintas opciones de titulación para

obtenerel títuloprofesionalde licenciaturaoposgradodeconformidadconelartículo4

delReglamento.

XXIII. PadróndeperfilesacadémicosparalatitulacióndelColegiodeHumanidadesyCiencias

Sociales:Registrodedatosquecontienelosgrados,títulos, líneasdeinvestigación,áreas

de especialización, publicaciones y tesis dirigidas de los profesores investigadores del

Colegio.Deigualmodo,elregistroindicaráelperfildeegresodelalicenciaturaoposgrado

de la UACM que mejor se adecua a su formación académica. El padrón tiene como

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propósitoestablecerafinidadesentrelosprofesoresyelperfildeegresodelosplanesde

estudios para observar lo dispuesto por el artículo 39, fracción III del Reglamento de

Titulación.LainscripciónenelpadrónesindispensableparasermiembrodeunJurado.

XXIV. Pescer:ProgramadeEducaciónSuperiorparaCentrosdeReinserciónSocialdelaCiudad

deMéxico.

XXV. Plagio:Apoderamientode lapropiedad literaria ajena,parahacerlapasarporpropia, es

decir,queelestudiantetranscribatotaloparcialmentetextosproducidosporotroautory

seomitanreconocerloscréditosintelectualescorrespondientes,asícomoseñalarlafuente

original de donde se obtuvo la información. Asimismo, se reconoce como plagio en un

trabajopropioelempleodetablas,datos,diseños,gráficoseimágenesquepertenecena

otros autores y se presentan como de autoría propia. Los artículos 13 y 229 de la Ley

FederaldelDerechodeAutorvigenteestablecena)losalcancesdelderechodeautorque

consisteenelreconocimientoestatalafavordetodocreadordeobrasliterariasyartísticas

queprotegeasuautoryleotorgaprerrogativasyprivilegiosexclusivosdeíndolepersonal

y patrimonial y b) las infracciones aplicables en materia de derechos de autor

respectivamente.

XXVI. Plandeestudios:Documentoelaboradodemaneracolegiadaqueorganizayordena,para

finesdeenseñanzayaprendizaje,losaspectosmásrelevantesdeunáreadeconocimiento

deacuerdoconlosprincipios,orientaciones,criteriosypropósitosgeneralesestablecidos

porlainstitución.

XXVII. Posgrado:Estudiosuniversitariosposterioresalalicenciaturaycomprendelosestudiosde

especialidad,maestríaydoctorado,deconformidadconlodispuestoenelartículo9dela

LeydelaUniversidadAutónomadelaCiudaddeMéxico.

XXVIII. Producto:Elresultadodeunprocesoacadémicoquedacuentadeunperfildeegresoyse

presentapara laobtencióndel títuloogrado, cuyas características sedeterminanen los

respectivosmanuales.

XXIX. Publicación arbitrada: Trabajooriginal escritoderivadodeuna investigación relacionado

conelperfilacadémicodelestudianteoegresado,elcualdebepresentarseenformatode

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ManualdeTitulacióndelaLicenciaturaenDerecho

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artículo científico propio de la revista académica y/o científica en la cual se publica el

trabajo,conelpropósitodeponeralalcancede lacomunidad,estudiosdeciertostemas

con sus respectivos resultados y hallazgos. En el caso de artículos en libros o libros

completos, sólo se validarán aquellos que tengan un proceso de revisión por pares y

codificaciónnuméricaISSNoISBNrespectivamente.

XXX. Reglamento:ReglamentodeTitulaciónvigentedelaUACM.

XXXI. ServicioSocial:Realizaciónobligatoriadeactividadesacadémicastemporalesqueejecuta

unestudiantedelicenciatura,inscritasyvinculadasaunprogramaoproyectotendentesa

la aplicación de los conocimientos obtenidos durante su formación profesional y que

implican el ejercicio profesional en beneficio o interés de la sociedad. El servicio social

promoverá procesos de aprendizaje y significación de los conocimientos, habilidades y

actitudes,propiosdelaslicenciaturas.

XXXII. Suplente: Lector de la tesis o trabajo recepcional que sustituye a algún integrante del

Juradoencasodeinasistencia.

XXXIII. Trabajo recepcional: instrumento en donde el estudiante demuestra que posee los

conocimientos,habilidades,aptitudesydestrezasnecesariasparasuprácticaprofesional,

ya sea teóricamente,metodológicamente, en el ámbito aplicado, en el ámbito artístico,

tecnológico,educativoodeinnovación.

XXXIV. Tesis: Trabajo escrito resultado de un proceso de investigación en torno a un problema

teóricooempíricoenelcampodeconocimientoenquesequiereobtenereltítuloogrado

cuyascaracterísticassedefinenenelpresenteManualdeTitulaciónyelperfildeegreso

establecidoenelplandeestudiosdelalicenciaturaenDerecho.

XXXV. Titulación: Procedimiento mediante el cual se obtiene un título profesional o grado

académico, una vez que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el plan de

estudios de la licenciatura o del posgrado correspondiente, y con los requisitos del

ReglamentodeTitulación.

XXXVI. Voto aprobatorio:Documentomedianteelcualel lectorexpresademanerarazonada la

aprobaciónodesaprobacióndelatesisotrabajorecepcional.

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Confundamentoenelartículo11delReglamentodeTitulación,laComisióndeTitulacióndeberárevisary,ensucaso,modificarlosmanualesdetitulacióndelicenciaturasyposgradoscuandoloconsiderenecesario,paralocuallaComisióndeberánotificarloscambiosrealizadosenunplazonomayordecincodíasalaCoordinacióndeCertificaciónyRegistro(árearesponsable).