Manual- Organización de La Seguridad y Salud en El Trabajo 15 Junio 2015

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    Manual del participante

    MANUAL DEL PARTICIPANTE

    DIRECCIN GENERAL DE INSPECCIN

    FEDERAL DEL TRABAJO.

    ORGANIZACIN DE LA SEGURIDAD

    SALUD EN EL TRABAJO

    DGIFT/DVersin Junio 2015

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    Manual del participante

    LIC. ALFONSO NAVARRETE PRIDASecretario del Ramo

    MTRO. RAFAEL ADRIN AVANTE JUREZSubsecretario del Trabajo

    MTRO. JOS ADN IGNACIO RUB SALAZARSubsecretario de Previsin Social

    LIC. FLORA PATRICIA MARTNEZ CRANSSSubsecretaria de Empleo y Productividad Laboral

    ING. MANUEL CADENA MORALESOficial Mayor

    LIC. VCTOR MANUEL TORRES MORENOTitular de la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo

    MTRO. SALVADOR HERRERA TOLEDANODirector General del Capacitacin, Adiestramiento y Productividad Laboral

    DR. ROGELIO MIGUEL FIGUEROA VELZQUEZDirector General de Inspeccin Federal del Trabajo

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    http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&frm=1&source=images&cd=&cad=rja&docid=8RvN5EKViCv3QM&tbnid=8q7Lm8VLRR64YM:&ved=0CAUQjRw&url=http%3A%2F%2Fwww.isl.gob.cl%2F%3Fp%3D934&ei=BPduUsuLJYfP2QWOrYE4&psig=AFQjCNGm7W7twTzGJzf0IuPKUoQ13tDVaQ&ust=1383090286032297
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    ndice

    Introduccin ...................................................................................................................... 7

    conos. .............................................................................................................................. 9

    Gua Visual. .................................................................................................................... 11

    Objetivo General. ........................................................................................................... 13

    Unidad 1 ......................................................................................................................... 15

    Organismos Nacionales y Estatales de Seguridad y Salud en el Trabajo. ..................... 15

    1.1. Comisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    (COCONASST)... ........................................................................................................... 18

    1.1.1. Marco Legal. ......................................................................................................... 18

    1.1.2. Integrantes de la Comisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el

    Trabajo (COCONASST). ................................................................................................ 18

    1.1.3. Programa de Actividades. .................................................................................... 20

    1.2. Comisiones Consultivas Estatales de Seguridad y Salud en el Trabajo

    (COCOESST). ................................................................................................................ 22

    1.2.1. Marco Legal. ......................................................................................................... 22

    1.2.2. Integrantes de la Comisin Consultiva Estatal de Seguridad y Salud en el Trabajo

    (COCOESST) ................................................................................................................. 22

    1.2.3. Programas de Actividades .................................................................................... 23

    1.3. Comisin Nacional de Normalizacin (CNN). .......................................................... 23

    1.3.1. Marco Legal .......................................................................................................... 23

    1.3.2. Integracin de la Comisin Nacional de Normalizacin........................................ 24

    1.3.3. Integracin del Comit Consultivo Nacional de Normalizacin en Seguridad ySalud en el Trabajo ........................................................................................................ 25

    Actividad 1. ..................................................................................................................... 27

    Unidad 2 ......................................................................................................................... 28

    Comisiones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo. ................................... 28

    2.1. Antecedentes. ......................................................................................................... 31

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    2.1.1. Marco Legal. ......................................................................................................... 33

    2.2. Integracin de la Comisin de Seguridad e Higiene. ............................................... 35

    2.2.1. Nmero de Integrantes de la Comisin de Seguridad e Higiene. ......................... 35

    2.2.2. Requisitos de los Trabajadores que conforman la Comisin de Seguridad eHigiene ........................................................................................................................... 36

    2.2.3.Proceso para Designar a los Representantes en la Comisin .............................. 36

    2.3. Funciones de los Integrantes de la Comisin de Seguridad e Higiene. .................. 39

    2.4. Documentos para Acreditar el Cumplimiento de la NOM-019-STPS-2011. ............ 42

    2.4.1. Acta de la Constitucin de la Comisin de Seguridad e Higiene. ......................... 42

    2.4.2. Programa Anual de Recorridos de Verificacin de la Comisin de Seguridad e

    Higiene. .......................................................................................................................... 43

    2.4.3.Programa de Capacitacin de la Comisin de Seguridad e Higiene. ................... 43

    2.4.4. Acta de los Recorridos de Verificacin de la Comisin de Seguridad e Higiene. . 44

    2.5. Funcionamiento de la Comisin de Seguridad e Higiene. ....................................... 45

    2.5.1.Tipos de verificacin. ............................................................................................ 45

    Actividad 2. ..................................................................................................................... 47

    Unidad 3 ......................................................................................................................... 48

    Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo ............................................ 48

    3.1. Marco Legal. ............................................................................................................ 51

    3.1.1. Integracin de Servicios Preventivos.................................................................... 53

    3.1.2. Disposicin de la Ley Federal del Trabajo ........................................................... 54

    3.1.3. Funciones de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo. ..... 55

    3.2. Diagnstico de Seguridad y Salud en el Trabajo. .................................................... 57

    3.2.1. Programa de Seguridad y Salud en el Centro de Trabajo y Relacin de

    Medidas..... ..................................................................................................................... 58

    Actividad 3. ..................................................................................................................... 60

    Unidad 4 ......................................................................................................................... 62

    Sistemas para la administracin del trabajo - Seguridad en los procesos y equipos

    crticos que manejen sustancias qumicas peligrosas .................................................... 62

    4.1. Antecedentes y Marco Legal. .................................................................................. 65

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    4.1.1. Elementos que Integran el Sistema para la Administracin del trabajo de la

    Seguridad en los Procesos y equipos crticos que manejen Sustancias Qumicas

    peligrosas. ...................................................................................................................... 67

    Actividad 4. ..................................................................................................................... 70

    Anexo. ............................................................................................................................ 71

    Glosario .......................................................................................................................... 75

    Abreviaturas. .................................................................................................................. 81

    Bibliografa. .................................................................................................................... 83

    Agradecimientos. ............................................................................................................ 85

    Apndice. ....................................................................................................................... 86

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    Este manual se elabor con la finalidad de que el participante conozca la organizacinde la seguridad en el trabajo desde la cpula hasta la parte operativa, entendiendo elsignificado de la Comisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo(COCONASST) y las Comisiones Estatales de Seguridad y Salud en el Trabajo(COCOESST), su integracin, as como la Comisin Nacional de Normalizacin (CNN)y el Comit Consultivo Nacional de Normalizacin de Seguridad y Salud en el Trabajo(CNNSST).

    Con este documento conocers la forma en que se constituyen las Comisiones de

    Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo y cul es la documentacin que debemostrar el Representante del Centro de Trabajo cuando la autoridad laboral lo requiera.

    El tema de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo forma parte dela unidad 3 de este manual, donde nos hace referencia al Reglamento Federal deSeguridad y Salud en el Trabajo, dejando claro que estos servicios pueden ser externoso internos prestados por personal de la misma empresa o bien, mixtos al ser unacombinacin de los mismos.

    Finalmente, se abordarn tambin los elementos de un sistema de administracin de laseguridad para las empresas que manejan sustancias qumicas peligrosas encantidades iguales o mayores a las establecidas en el umbral de la normatividadvigente.

    Introduccin

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    conos.

    Los smbolos grficos utilizados en este manual para identificar los puntosimportantes son:

    Concepto Smbolo

    ndice

    Introduccin

    Objetivo

    Tema

    Glosario y abreviaturas

    Bibliografa

    Actividad

    Resumen

    Anexo

    C

    A

    B

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    Gua Visual.

    La siguiente gua visual, muestra las unidades y los temas que integran el curso: ORGANIZACIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    Unidad 1. Unidad 2.

    Unidad 4. Unidad 3.

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    Objetivo General

    El participante identificar el funcionamiento de los OrganismosNacionales y Estatales de Seguridad y Salud en el Trabajo, la

    Comisin Nacional de Normalizacin y el Comit ConsultivoNacional de Normalizacin Seguridad y Salud en el Trabajo.

    De igual manera, identificar cmo se integran las Comisionesde Seguridad e Higiene, los Servicios Preventivos de Seguridady Salud en el Trabajo y las funciones que llevan a cabo.

    Conocer los elementos de los que se compone un Sistema deAdministracin de Seguridad y Salud en el Trabajo con lafinalidad de que aquellas empresas que manejen sustanciasqumicas peligrosas cumplan con lo sealado en la NOM-028-

    STPS-2012.

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    Piensa como piensan los sabios,mas habla como habla la gente sencilla.

    ARISTTELES

    Unidad 1

    Organismos Nacionales yEstatales de Seguridad y Salud en

    el Trabajo.

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    Objetivo de la unidad

    El participante reconocer cmo se integran y operan lasComisiones Nacionales y Estatales de Seguridad y Salud en elTrabajo, el Comit Consultivo Nacional de Normalizacin deSeguridad y Salud en el Trabajo, con el fin de contemplarloscomo un apoyo en la organizacin de la seguridad.

    Resultados de Aprendizaje

    Una vez concluida la unidad, el participante podr:

    Reconocer el marco legal aplicable para las Comisiones Consultivas Nacionales

    y Estatales de Seguridad y Salud en el Trabajo (COCONASST y COCOESST),

    (CNN) Comisin Nacional de Normalizacin y el Comit Consultivo Nacional de

    Normalizacin en Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNNSST).

    Distinguir las funciones de los integrantes de estos organismos.

    En esta primera unidad se describen los siguientes temas:

    Marco Legal. Programas de Actividades. Integrantes de la COCONASST, COCOESST, CNN y CCNNSST.

    Estudia, analiza y pon nfasis en:

    La Integracin y funcionamiento de la COCONASST, COCOESST y CCNNSST.

    Los objetivos y el alcance de estas Comisiones.

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    Introduccin.

    En esta unidad veremos cul es la integracin de la Comisin Consultiva Nacional, las

    Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el

    Trabajo, que se encuentran conformadas por representantes de organizaciones de

    trabajadores, empleadores, y del Gobierno tanto federal como local segn corresponda,

    que tienen por objeto estudiar, elaborar y recomendar medidas preventivas para abatir

    los riesgos en los centros de trabajo.

    Por otra parte, segn el artculo 96 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el

    Trabajo, el Comit Consultivo Nacional de Normalizacin de Seguridad y salud en el

    trabajo es el rgano facultado para la elaboracin de los proyectos de Normas y la

    promocin de su cumplimiento. Este se encuentra integrado por personal de las

    dependencias competentes, segn la materia que corresponda, organizaciones de

    industriales, trabajadores, centros de investigacin cientfica o tecnolgica, colegios de

    profesionales, consumidores e interesados.

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    1.1. Comisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    (COCONASST)

    1.1.1. Marco Legal

    De conformidad con lo dispuesto por el artculo 512-A de la Ley Federal del Trabajoyel artculo 87 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, laComisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene por objetocontribuir en el diseo de la poltica pblica nacional en materia de seguridad, salud ymedio ambiente de trabajo; proponer reformas y adiciones a los reglamentos y normasoficiales mexicanas en la materia, as como estudiar y recomendar medidas preventivaspara abatir los riesgos de trabajo.

    1.1.2. Integrantes de la Comisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el

    Trabajo (COCONASST)

    Se compone por los siguientes sectores:

    REPRESENTANTES DEL GOBIERNO:2 representantes de la Secretara del Trabajo y

    Previsin Social

    1 representante de la Secretara de Salud.

    1 representante de la Secretara de Gobernacin.

    1 representante de la Secretara de Medio Ambiente yRecursos Naturales.1 representante del Instituto Mexicano del Seguro

    Social.

    Se suma a esta la integracin en su carcter de Presidente aquellas organizacionesnacionales de trabajadores y de patrones convocadas por el titular de la Secretara delTrabajo y Previsin Social, quin adems mantiene comunicacin permanente con lasautoridades de proteccin civil, a efecto de disear las acciones que contribuyan areducir o eliminar los riesgos de trabajo, la prdida de vida de los trabajadores, laafectacin de la planta productiva, la destruccin de bienes materiales, el dao a lanaturaleza y la interrupcin de las funciones esenciales de la sociedad, ante laeventualidad de un desastre provocado por agentes naturales o humanos.

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    Representantes de Organizaciones Nacionales de los Trabajadores

    Confederacin de Trabajadores de

    Mxico (C.T.M.).

    Confederacin Regional Obrera Mexicana

    (C.R.O.M.).

    Confederacin Revolucionaria de Obreros

    y Campesinos (C.R.O.C.).

    Confederacin Obrera Revolucionaria

    (COR).

    Confederacin Mexicana de Sindicatos de

    Alianza Sindical Mexicana (CMSASM).

    Representantes de OrganizacionesNacionales de los Patrones

    Consejo Coordinador Empresarial (CCE).Confederacin de Cmaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos

    (CONCAMIN).

    Confederacin de Cmaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo

    (CONCANACO SERVYTUR).

    Cmara Nacional de la Industria de Transformacin (CANACINTRA).

    Confederacin Patronal de la Repblica Mexicana (COPARMEX).

    Cmara Minera de Mxico (CAMIMEX).

    El presidente de la

    COCONASST es el

    Secretario del

    Trabajo y Previsin

    Social y el Secretario

    Tcnico es el

    Director General de

    Seguridad y Salud

    en el Traba o.

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    De abril de 2007 a

    noviembre de 2012 la

    COCONASST sesion

    27 veces.

    1.1.3. Programa de Actividades

    La Comisin Consultiva Nacional de Seguridad y Salud

    en el Trabajo elabora un programa anual deactividades en el seno de la sesiones considerando laspropuestas del pleno, las necesidades y elcumplimiento de la poltica pblica en la materia,considerando a los responsables de llevar a cabodichas actividades, las metas anuales y tomando comobase el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cualdespliega las siguientes metas:

    Figura 1.Integrantes de la COCONASST.

    GOBIERNOSTPSSALUDGOBERNACINSEMARNAT IMSS

    PATRONES

    CCECONCAMINCONCANACO-SERVYTURCANACINTRACOPARMEXCAMIMEX

    TRABAJADORE

    CTMCROMCROCCORCMSASM

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    1.Alcanzar un Mxico en Paz.2. Lograr un Mxico Incluyente.

    3. Construir un Mxico con Educacin de Calidad.4. Impulsar un Mxico Prspero.5. Consolidar un Mxico con Responsabilidad Global.

    Basados en tres de los cinco ejes citados, los cuales son: Mxico en Paz, MxicoIncluyente yMxico Prsperoesdonde incide directamente la participacin de todos lossectores de la produccin.

    La siguiente figura ejemplifica la estructuracin de un programa anual de actividades.

    Figura 2. Programa Anual de Actividades 2012

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    1.2. Comisiones Consultivas Estatales de Seguridad y Salud en el Trabajo

    (COCOESST)

    1.2.1. Marco Legal.

    De acuerdo al Artculo 512-B de la Ley Federal del Trabajo y el artculo 93 delReglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo , en cada entidad federativay en el Distrito Federal se encuentra constituida una Comisin Consultiva Estatal deSeguridad y Salud en el Trabajo, cuya finalidad es coadyuvar en la definicin de lapoltica pblica estatal en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo,proponer reformas y adiciones a los reglamentos y a las normas oficiales mexicanas enla materia, as como estudiar y proponer medidas preventivas para abatir los riesgos enlos centros de trabajo establecidos en su jurisdiccin.

    1.2.2. Integrantes de la Comisin Consultiva Estatal de Seguridad y Salud en el

    Trabajo (COCOESST)

    Al igual que la COCONASST, la COCOESST est integrada por las siguientesrepresentaciones:

    Presidente: Ejecutivos Estatales (Jefe de Gobierno en el D.F.).

    Secretario Tcnico: Delegado Federal del Trabajo Estatal.

    Secretara de Salud.

    Secretara de Gobernacin.

    Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

    Adems de integrarse por representantes de organizaciones de trabajadores y de

    patrones que sean convocados, por el ejecutivo local.

    En el caso del Distrito Federal con fundamento en el artculo 6 del Reglamento Interiorde la Comisin Consultiva del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. ElSector Gubernamental estara integrado por:

    Presidente: Secretario de Trabajo y Fomento al empleo (Gobierno del D.F.)

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    Secretario Tcnico en el Distrito Federal:Delegado Federal del Trabajo en elD.F.

    Figura 3. Integrantes de la COCOESST.

    1.2.3. Programas de Actividades

    Al igual que la COCONASST, las Comisiones Consultivas Estatales de Seguridad ySalud en el Trabajo, deben disear un programa anual de actividades donde se enlistenlas operaciones a realizar para lograr su objetivo, los responsables de ejecutar dichasacciones y las metas propuestas, de acuerdo a los reglamentos establecidos en cada

    entidad federativa. El responsable de la informacin es el Secretario Tcnico, en estoscasos el Delegado Federal del Trabajo de la entidad.

    1.3. Comisin Nacional de Normalizacin (CNN)

    1.3.1. Marco Legal

    GOBIERNO

    EJECUTIVO ESTATALSTPSSALUD IMSSGOBERNACINSEMARNAT

    TRABAJADORES

    ORGANIZACIONES DETRABAJADORES QUESEAN CONVOCADOS.

    PATRONES

    ORGANIZACIONES DEPATRONES QUE SEAN

    CONVOCADOS.

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    A partir de la entrada en vigor de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin(LFMN) el 1 de julio de 1992, se crea la Comisin Nacional de Normalizacin; cuyoobjetivo es elaborar y revisar las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y las NormasMexicanas (NMX).

    En esta Ley el funcionamiento de dicha comisin se sustenta en los siguientesartculos:

    ARTCULO2o.-Esta Ley tiene por objeto

    II. En materia de normalizacin, certificacin, acreditamiento y verificacin

    b) Instituir la Comisin Nacional de Normalizacin para que coadyuve en lasactividades que sobre normalizacin corresponde realizar a las distintasdependencias de la administracin pblica federal;

    ARTCULO38.-Corresponde a las dependencias segn su mbito de competencia:

    IV.Constituir y presidir los comits consultivos nacionales de normalizacin.

    ARTCULO39.-Corresponde a la Secretara Economa, adems de lo establecido enel artculo anterior:

    III. Fungir como Secretario Tcnico de la Comisin Nacional de Normalizacin y delos Comits Nacionales de Normalizacin, salvo que los propios comits decidannombrar al secretario tcnico de los mismos.

    1.3.2. Integracin de la Comisin Nacional de Normalizacin

    Para las actividades de normalizacin, la Comisin Nacional de Normalizacin seapoya en los Comits Consultivos Nacionales deNormalizacin que son rganos creados para la elaboracin yactualizacin de las Normas Oficiales Mexicanas.

    Los Comits Consultivos Nacionales de Normalizacin son:

    1. De Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).2. Del Sector Agua (SEMARNAT).3. Para la Preservacin y uso Racional de los RecursosEnergticos (SENER).

    En la

    actualidad hay

    21 CCNN

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    4. De Instalaciones Elctricas (SENER).5. De Seguridad Nuclear y Salvaguardias (SENER).6. En Materia de Hidrocarburos (SENER).7. De Derivados del Petrleo, del Gas y Bioenergticos (SENER).

    8. De Seguridad al Usuario, Informacin Comercial y Prcticas de Comercio (SE).9. Agroalimentaria (SAGARPA).10. De Telecomunicaciones (SCT).11. De Transporte Terrestre (SCT).

    12. De Transporte Areo (SCT).13. De Transporte Martimo y Puertos (SCT).14. De Prevencin y Control de Enfermedades (SALUD).15. De Regulacin y Fomento Sanitario (SALUD).16. De Innovacin, Desarrollo, Tecnologas e Informacin en Salud(SALUD).17. De Seguridad y Salud en el Trabajo (STPS).18. Turstica (SECTUR).19. Sobre Proteccin Civil y Prevencin de Desastres (SEGOB)20. De Petrleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (PEMEX).21. De CFE (CFE).

    La STPS preside el Comit Consultivo Nacional de Normalizacin de Seguridad y Saluden el Trabajo, a travs del Director General de Seguridad y Salud en el Trabajo de laSTPS.

    1.3.3. Integracin del Comit Consultivo Nacional deNormalizacin en Seguridad y Salud en el Trabajo

    Los representantes del comit que preside la STPS son:

    Presidente.- Director General de Seguridad ySalud en el Trabajo (STPS).

    Secretario Tcnico.- Director de Normalizacin enSeguridad y Salud Laborales (STPS).

    SECRETARA DE ECONOMA. SECRETARA DE SALUD. SEMARNAT. SENER. CONCANACO SERVYTUR. CTM. CROC. CROM.

    El acuerdo por el

    que se crea las

    reglas de

    operacin delCCNNSST se

    public el 17 de

    abril de 2006 en

    el DOF.

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    CONCAMIN. COPARMEX. CANACINTRA. IMSS.

    IPN.

    Estructura de los Comits Consultivos Nacionales de Normalizacin.

    Figura 4. Comits Consultivos Nacionales de Normalizacin.

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    Actividad 1.

    Instrucciones:

    Une con una lnea los conceptos que corresponden a su respectiva definicin.

    Se encargada de elaborar

    polticas estatales

    estrategias y adiccionespreventivas en materia de

    seguridad y salud en el

    trabajo

    Se organiz con el objeto

    de la realizacin de diseo

    de la Poltica Nacional en

    de Seguridad y Salud y

    Medio Ambiente de

    Traba o.

    Se encarga de lo

    establecido la planificacin

    y coordinacin de lostrabajos de normalizacin

    encargados a los Comits

    Tcnicos.

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    Todo lo que somos es el resultado de lo que hemos pensado; est fundado ennuestros pensamientos y est hecho de nuestros pensamientos.

    BUDA

    Unidad 2

    Comisiones de Seguridad e

    Higiene en los Centros de Trabajo.

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    Objetivo de la unidadEl participante identificar la integracin,funcionamiento y operacin de las Comisionesde Seguridad e Higiene en los Centros deTrabajo como elemento fundamental en laorganizacin de la seguridad, para contribuir enla prevencin y disminucin de los riesgoslaborales.

    Comisiones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo

    Resultados de Aprendizaje:

    Una vez concluido la unidad, podrs:

    Conocer la legislacin aplicable para la integracin y funcionamiento de lasComisiones de Seguridad e Higiene.

    Identificar quines integran la Comisin de Seguridad e Higiene.

    Reconocer las funciones de los integrantes de las Comisin.

    En esta unidad se describen los temas relacionados con las Comisiones de Seguridade Higiene de los Centros de Trabajo como:

    Antecedentes Marco Legal. Integracin. Funciones de los Integrantes.

    Documentacin para Acreditar el Cumplimiento y Funcionamiento de la NOM-019-STPS-2011

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    Introduccin.

    En esta unidad, se abordarn los antecedentes histricos, tanto nacionales como

    internacionales, que dieron origen a la integracin de las Comisiones de Seguridad e

    Higieneen los centros de trabajo.

    Tambin se describir el marco legal que sustenta la constitucin, organizacin y el

    funcionamiento de dichas comisiones, en nuestro pas.

    Finalmente revisaremos la documentacin que necesitan las Comisiones de Seguridad

    e Higiene para acreditar el cumplimiento en la normatividad vigente.

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    2.1. Antecedentes

    A principios del siglo XIX en Londonderry, Irlanda, se registr un suceso en un barriodonde existan instalados talleres de confeccin de ropa, que por causa de un incendio,

    cobrara la vida de ms de 600 personas, razn por la cual el gobierno de Inglaterrapuso especial nfasis en las condiciones de higiene laboral, as mismo, con motivo deeste lamentable hecho el Parlamento Ingls nombr una Comisin investigadora paraconocer y evaluar las causas que lo ocasionaron, con lo anterior se deduce que conesta accin se dio pie a la creacin de lo que conocemos hoy como Comisin deSeguridad e Higiene.

    Mientras tanto en Mxico, a consecuencia del movimiento armadorevolucionario de 1910 y en ese entonces Presidente de la Repblica

    Mexicana Francisco I. Madero, decret el 18 de diciembre de 1911, lacreacin del Departamento del Trabajo, dependiente de la hoy extintaSecretara de Fomento, Colonizacin e Industria.

    Las primeras dependencias gubernamentales surgieron en la dcada de los aostreinta, entre las que se encontraban las encargadas de vigilar las condiciones detrabajo y salud existentes en las industrias, entre las que se encontraba la Secretara deSalubridad y Asistencia con su direccin de Higiene Industrial, el Departamento delDistrito Federal, con su Direccin de Trabajo y ste, a su vez, con una Oficina Mdicadel Trabajo.

    El 27 de agosto de 1931, se promulg y se decret, en el artculo 324 de la primera LeyFederal del Trabajo, donde se menciona que en cada empresa se establecern lascomisiones de seguridad que se juzguen necesarias, compuestas por igual nmero derepresentantes del patrn y de los obreros, para investigar las causas de los accidentes,proponer medidas para prevenirlos y vigilar que las mismas se cumplan. Estascomisiones sern desempeadas gratuitamente dentro de las horas de trabajo.

    En 1934 entra en vigor el Reglamento de Medidas Preventivas deAccidentes de Trabajo , en el cual se mencionaba la constitucin yfuncionamiento de las comisiones, y para julio de 1935, ya se habanconstituido 1600 Comisiones Permanentes de Seguridad en lasempresas.

    En 1940, el Presidente Manuel vila Camacho public una nueva Ley de Secretaras deEstado, por lo que se estableci que el Departamento del Trabajo se converta en la

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    Secretara del Trabajo y Previs in So cial, puesto que al paso de los aos ya noresponda a las caractersticas y a la complejidad propia del sector laboral.

    En febrero de 1946, se dispuso la fusin de las comisiones de seguridad y las de

    higiene, a fin de organizar las Comisiones Permanentes de Seguridad e Higiene,derivado del Nuevo Reglamento de Higiene en el Trabajo.

    Con la publicacin de la Ley Federal del Trabajo en el ao de 1970, en sus artculos132 fraccin XXVIII; 134 fraccin IX; 509 y 510, se sustenta la Constitucin,Organizacin y Funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene.

    En 1978 se publica el Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y conbase a sus artculos 3 y 5, se elabor el Instructivo nmero 19 relativo a laConstitucin, Registro y Funcionamiento de lasComisiones Mixtas de Seguridad e Higiene en elTrabajo, expedido en 1981.

    La Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin fuepublicada en 1992, y se encarga de regular laelaboracin de las Normas Oficiales Mexicanas, a finde homogeneizar su expedicin, por lasdependencias de la Administracin Pblica Federal,de acuerdo a la materia de su competencia, por lo

    que la Secretaria del Trabajo y Previsin Social,en apego a dicha ley reestructura el instructivo 19referente a Comisiones de Seguridad e Higiene,convirtindolo en la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993 Relativa a la Constitucin, Registro y Funcionamiento de lasComisiones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo, publicado en el DiarioOficial de la Federacin el 5 de diciembre de 1994.

    Finalmente, para dar cumplimiento con los tiempos de vigencia de las normas, el 13 dejulio de 2011, entra en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011

    Constitucin, Integracin, Organizacin y Funcionamiento de las Comisiones deSeguridad e Higiene.

    No es obligatorio el

    registro de las

    comisiones ante la

    autoridad laboral.

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    2.1.1. Marco Legal

    Las Comisiones de Seguridad e Higiene en Mxico encuentran sustento en:

    La Ley Federal del Trabajo; publicada el 1 de abril de 1970 y su reformapublicada el 30 de noviembre de 2012.

    Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo; publicado en el DOF el13 de noviembre de 2014, entrando en vigor el 13 de febrero de 2015.

    Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011: Constitucin, Integracin,Organizacin y Funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene.Publicada en el DOF el 13 de abril del 2011.

    Los artculos que sustentan la constitucin, organizacin y funcionamiento de dichas

    comisiones son:

    a) Ley Federal del Trabajo

    Artculo 509.- "En cada empresa o establecimiento seorganizarn las Comisiones de Seguridad e Higiene que se

    juzguen necesarias, compuestas por igual nmero derepresentantes de los trabajadores y del patrn, para investigarlas causas de los accidentes y enfermedades; proponermedidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan".

    Artculo 510.- "Las Comisiones a que se refiere el artculo anterior serndesempeadas gratuitamente dentro de las horas de trabajo".

    b) Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Artculo 7. Son obligaciones de los patrones:

    IV.Constituir e integrar la Comisin de Seguridad e Higiene, as como dar facilidadespara su operacin;

    XIII. Capacitar al personal del Centro de Trabajo que forme parte de la Comisin deSeguridad e Higiene y de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajoy, en su caso, apoyar la actualizacin de los responsables de los Servicios Preventivosde Medicina del Trabajo de carcter interno;

    Artculo 8.Son obligaciones de los trabajadores:

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    II. Designar a sus representantes para participar en la Comisin de Seguridad eHigiene;III. Dar aviso inmediato al patrn y a la Comisin de Seguridad e Higiene, sobre lasCondiciones Inseguras que adviertan y de los Accidentes de Trabajo que ocurran, y

    colaborar en la investigacin de los mismos;

    Artculo 9. Los integrantes de las Comisiones de Seguridad e Higiene, as como losresponsables de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo y deMedicina del Trabajo, promovern la observancia de las disposiciones en materia deSeguridad y Salud en el Trabajo sealadas en este Reglamento y en las Normas.

    Artculo 44.En el presente Captulo se establecen las disposiciones organizacionalespara la Seguridad y Salud en el Trabajo de carcter general, que debern observarseen los temas siguientes:

    I.Comisiones de Seguridad e Higiene;

    Artculo 45.Respecto de la constitucin, integracin, organizacin y funcionamiento delas Comisiones de Seguridad e Higiene, los patrones debern:

    I.Constituir e integrar al menos una Comisin de Seguridad e Higiene en el Centro deTrabajoII. Designar a su representante o representantes para participar en la Comisin de

    Seguridad e HigieneIII.Solicitar al sindicato o a los trabajadores, si no hubiera sindicato, la designacin desus representantes para participar en la Comisin de Seguridad e HigieneIV.Proporcionar a la Comisin de Seguridad e Higiene el Diagnstico de Seguridad ySalud en el TrabajoV.Contar con el programa y las actas de los recorridos de verificacin de la Comisinde Seguridad e HigieneVI.Apoyar la investigacin de los Accidentes y Enfermedades de Trabajo que lleve acabo la Comisin de Seguridad e HigieneVII. Dar facilidades a los trabajadores para el desempeo de sus funciones como

    integrantes de la Comisin de Seguridad e HigieneVIII.Atender y dar seguimiento a las medidas propuestas por la Comisin de Seguridade Higiene para prevenir losAccidentes y Enfermedades de TrabajoIX.Difundir entre los trabajadores del Centro de Trabajo, por cualquier medio:a)La relacin actualizada de los integrantes de la Comisin de Seguridad e Higiene b) Los resultados de las investigaciones sobre los Accidentes y Enfermedades deTrabajo, y

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    c)Las medidas propuestas por la Comisin de Seguridad e Higiene relacionadas con laprevencin de Accidentes y Enfermedades de Trabajo, yX.Proporcionar capacitacin a los integrantes de la Comisin de Seguridad e Higienepara la adecuada realizacin de sus funciones.

    Artculo 46.La Secretara, con la participacin de los patrones y de los trabajadores osus representantes, promover la constitucin y funcionamiento de las Comisiones deSeguridad e Higiene.Para cumplir con lo sealado en el prrafo anterior, la Secretara podr solicitar elauxilio de las Autoridades Laborales de las entidades federativas.Artculo 47.Las Comisiones de Seguridad e Higiene debern constituirse en un plazono mayor de noventa das naturales, contados a partir de la fecha de inicio deoperaciones del Centro de Trabajo.

    c) NOM-019-STPS-2011.- Constitucin, Integracin, Organizacin yFuncionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene.

    Siendo la norma que contempla las funciones y obligaciones de las Comisiones deSeguridad e Higiene, y de igual manera, especifica la forma de su constitucin,organizacin y funcionamiento.

    2.2. Integracin de la Comisin de Seguridad e Higiene

    2.2.1. Nmero de Integrantes de la Comisin de Seguridad e Higiene

    Para constituir a la Comisin de Seguridad e Higiene (CSH), se debe considerar elnmero de trabajadores con los que cuenta el centro de trabajo, asimismo se deberconstituir en un plazo no mayor de noventa das naturales, contados a partir de lafecha de inicio de operaciones del Centro de Trabajo de acuerdo al artculo 47 del

    Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Si el centro de trabajo se compone de menos de 15 trabajadores, la comisin serintegrada por:

    Un trabajador; y

    El patrn o su representante.

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    Pero si el centro de trabajo cuenta con quince o ms trabajadores, entonces dichacomisin se integrar de la siguiente manera:

    Un Coordinador Un Secretario

    Vocales

    El nmero de vocales se acordar mutuamente, y tendrn que ser siempre la mismacantidad por parte del patrn y de los trabajadores.

    Cada uno de los personajes mencionados tienen funciones y responsabilidades dentrode la Comisin, y todos los integrantes son de vital importancia en la vigilancia de laSeguridad y Salud, independientemente de la jerarqua o el puesto que desarrollen enel centro de trabajo.

    2.2.2. Requisitos de los Trabajadores que conforman la Comisin de Seguridad e

    Higiene

    Requisitos para ser integrante de la CSH:

    Desempear sus labores directamente en el centro de trabajo.

    Preferentemente, tener conocimientos o experiencia en materia deseguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, lo cual no esindispensable.

    2.2.3.Proceso para Designar a los Representantes en la Comisin

    Se debe llevar a cabo una sesin de integracin para determinar qu personas son las

    que integrarn la Comisin de Seguridad e Higiene, en la que se nombrar alcoordinador, secretario y, en su caso, los vocales que acuerden las partes, tal como semuestra en la figura 5.

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    Figura 5. Proceso para designar a los representantes en la comisin.

    Siempre en la sesin de integracin, debern participar:

    El patrn o su representante.

    El sindicato, pero en caso de no existir sindicato el patrn deber convocar atodos los trabajadores para que mediante consulta y por mayora, nombren a susrepresentantes durante la sesin.

    Al finalizar la sesin, se levantar el Acta de Constitucin.

    En la Comisin de Seguridad e Higiene, participan igual nmero de representantes delos trabajadores y del patrn.

    A. Integracin de la Comisin:

    El puesto de Coordinador lo ocupar elrepresentante que designe el patrn.

    El Secretario ser el representante de lostrabajadores designado por el sindicato. En caso de

    no existir la figura sindical, ser designado por lostrabajadores.

    Los Vocales se elegirn en igual cantidad, por parte de la representacinpatronal y sindical. En caso de no existir esta ltima, se seleccionarn porconsulta y mayora entre los trabajadores.

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    B. Vigencia de los nombramientos

    La vigencia de los nombramientos del coordinador, secretario y vocales ser de dos

    aos a partir de la fecha de constitucin

    Derivado de lo anterior, deber efectuarse nuevamente una sesin de integracin, paranombrar a quienes ocuparn el cargo de coordinador, secretario y en su caso, losvocales para los siguientes dos aos.

    Es necesario hacer nfasis que ni el coordinador ni el secretario, debern continuar consus nombramientos por ms de dos aos, debido a que estas designaciones sealternan entre los integrantes de ambas representaciones, mientras que los vocalespueden permanecer con sus nombramientos siempre y cuando esto se haga constar enel acta que para tal efecto se levante.

    C. Alternancia entre los puestos de Coordinador y Secretario

    Conservando el equilibrio en la representacin de las comisiones, los puestos decoordinador y secretario se alternarn entre los representantes patronal y obrero.Posibilitando el intercambio de las responsabilidades para el siguiente periodo.

    Al constituir la Comisin, el coordinador es elegido por el patrn y el secretario esseleccionado por los trabajadores; una vez transcurridos dos aos de vigencia de losnombramientos, el coordinador es elegido por los trabajadores y el secretario esseleccionado por el patrn, como se muestra:

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    Figura 6. Alternancia entre puestos

    2.3. Funciones de los Integrantes de la Comisin de Seguridad e Higiene.

    Una vez integrada la Comisin de Seguridad e Higiene, es necesario definir cada unade las acciones que tendrn que desarrollar los integrantes de la misma, a fin de que selogre el propsito de mantener vigiladas las condiciones de seguridad en los centros detrabajo, as como de los trabajadores, siempre y cuando stos verdaderamente lasejecuten como lo prev la norma aplicable.

    A continuacin se enlistan las respectivas funciones de los integrantes de laComisiones:

    A. Coordinador:

    Presidir las reuniones de trabajo de la comisin. Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisin. Promover la participacin de los integrantes de la comisin y constatar que cada

    uno de ellos cumpla con las tareas asignadas. Integrar el programa anual de los recorridos de verificacin de la comisin y

    presentarlos al patrn. Consignar en las actas de los recorridos de verificacin de la comisin:

    a) Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados.

    b) Los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes yenfermedades de trabajo.

    c) Las medidas para prevenirlos, con base en lodispuesto por el Reglamento y las normas que

    resulten aplicables.

    Coordinar las investigaciones sobre las causas delos accidentes y enfermedades de trabajo.

    Elaborar al trmino de cada recorrido deverificacin, conjuntamente con el secretario de la comisin, el actacorrespondiente.

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    Entregar al patrn las actas de los recorridos de verificacin y analizarconjuntamente con l las medidas propuestas para prevenir los accidentes yenfermedades de trabajo.

    Dar seguimiento a la instauracin de las medidas propuestas por la comisin

    relacionadas con la prevencin de riesgos de trabajo. Asesorar a los vocales de la comisin y al personal del centro de trabajo, en la

    identificacin de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros enel medio ambiente laboral.

    Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad ehigiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso.

    Proponer al patrn el programa anual de capacitacin de los integrantes de lacomisin.

    B. Secretario:

    Convocar a los integrantes de la comisin a las reuniones de trabajo de sta. Organizar y apoyar de comn acuerdo con el coordinador, el desarrollo de las

    reuniones de trabajo de la comisin. Convocar a los integrantes de la comisin para realizar los recorridos de

    verificacin programados. Apoyar la realizacin de investigaciones sobre las causas de los accidentes y

    enfermedades de trabajo. Elaborar al trmino de cada recorrido de verificacin, conjuntamente con el

    coordinador de la comisin, el acta correspondiente. Recabar las firmas de los integrantes de la comisin en las actas de los recorridos

    de verificacin. Presentar y entregar las actas de recorridos de verificacin al patrn,

    conjuntamente con el coordinador de la comisin. Mantener bajo custodia copia de:

    a) Las actas de constitucin y su actualizacin.b) Las actas de los recorridos de verificacin que

    correspondan al programa anual de recorridos de

    verificacin del ejercicio en curso y del ao inmediatoanterior.

    c) La evidencia documental sobre la capacitacin impartida elejercicio en curso y el ao inmediato anterior a los integrantes de la propiacomisin.

    d) La documentacin que se relacione con la comisin.

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    Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad ehigiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso.

    Integrar el programa anual de capacitacin de los integrantes de la comisin.

    C. Vocales:

    Participar en las reuniones de trabajo de la comisin; Participar en los recorridos de verificacin. Detectar y recabar informacin sobre los agentes, condiciones peligrosas o

    inseguras y actos inseguros identificados en sus reas de trabajo. Colaborar en la realizacin de investigaciones sobre las causas de los accidentes

    y enfermedades de trabajo. Revisar las actas de los recorridos de verificacin. Participar del seguimiento a la instauracin de las medidas propuestas por la

    comisin relacionadas con la prevencin de riesgos de trabajo. Apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores para la identificacin

    de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en su rea detrabajo.

    Identificar temas de seguridad y salud en el trabajo para su incorporacin en elprograma anual de capacitacin de los integrantes de la comisin.

    Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad ehigiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso.

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    Si no tiene Acta de

    Constitucin Inicial porque

    es de aos atrs, es necesario

    que te muestre la ms

    reciente, ya que cada dos

    aos se tiene que actualizar y

    cambiar al coordinador y

    secretario.

    2.4. Documentos para Acreditar el Cumplimiento de la NOM-019-STPS-2011.

    Para acreditar documentalmente que la CSH est funcionando, se debe contar con lasiguiente informacin:

    2.4.1. Acta de la Constitucin de la Comisin de Seguridad e Higiene.

    El contenido del acta debe ser el siguiente:

    a. Datos del centro de trabajo

    1) El nombre, denominacin o raznsocial.2) El domicilio completo (calle,

    nmero, colonia, municipio odelegacin, ciudad, entidadfederativa, cdigo postal).

    3) El Registro Federal deContribuyentes.

    4) El Registro Patronal otorgado porel Instituto Mexicano del Seguro

    Social.5) La rama industrial o actividad

    econmica.6) La fecha de inicio de actividades.7) El nmero de trabajadores del

    centro de trabajo.8) El nmero de turnos.

    b. Datos de la Comisin

    1) La fecha de integracin de la comisin (da, mes y ao).2) El nombre y firma del patrn o de su representante, y del representante de

    los trabajadores, tratndose de centros de trabajo con menos de 15trabajadores.

    3) El nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso decentros de trabajo con 15 trabajadores o ms

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    2.4.2. Programa Anual de Recorridos de Verificacin de la Comisin de Seguridad

    e Higiene

    Este Programa debe elaborarse dentro de los treinta das naturales siguientes a laconstitucin de la comisin o dentro de los 30 das naturales de cada ao (mximo 30de enero), a efecto de establecer las fechas en que se realizan los recorridos de lacomisin.

    2.4.3.Programa de Capacitacin de la Comisin de Seguridad e Higiene

    Los centros de trabajo debern disponer de un programa anual de capacitacin para losintegrantes de la comisin, que considere al menos lo siguiente:

    a. Los integrantes de la comisin involucrados en la capacitacin;b. Los temas de la capacitacin de acuerdo con el numeral 10.2 de la NOM-019-

    STPS-2011, los cuales son:

    1. Las obligaciones del patrn y de los trabajadores respecto delfuncionamiento de la comisin.

    2. La forma cmo debe constituirse e integrarse la comisin.

    3. Las responsabilidades del coordinador, del secretario y de los vocales de lacomisin.

    4. Las funciones que tiene encomendadas la comisin.

    5. Los temas en materia de seguridad y salud en el trabajo aplicables al centrode trabajo.

    6. Las medidas de seguridad y salud que se deben observar en el centro detrabajo, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas queresulten aplicables;

    7. La metodologa para la identificacin de condiciones peligrosas o insegurasy actos inseguros en el centro de trabajo.

    8. El procedimiento para la investigacin sobre las causas de los accidentes yenfermedades de trabajo que ocurran.

    c. Los tiempos de duracin de los cursos y su perodo de ejecucin, y el nombredel responsable del programa.

    Cuando se incorpore a un nuevo integrante o integrantes a la comisin, se deberproporcionar de inmediato un curso de induccin, al menos sobre los aspectosconsiderados a continuacin.

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    a. Las obligaciones del patrn y de los trabajadores respecto del funcionamientode la comisin.

    b. La forma cmo debe constituirse e integrarse la comisin.c. Las responsabilidades del coordinador, del secretario y de los vocales de la

    comisin.d. Las funciones que tiene encomendadas la comisin.

    2.4.4. Acta de los Recorridos de Verificacin de la Comisin de Seguridad e

    Higiene.

    Una vez realizado el recorrido de verificacin, se debe levantar un acta, la cualcontendr la siguiente informacin:

    a. El nombre, denominacin o razn social del centro de trabajo.b. El domicilio completo (calle, nmero, colonia, municipio o delegacin, ciudad,

    entidad federativa, cdigo postal).

    c. El nmero de trabajadores del centro de trabajo.

    d. El tipo de recorrido de verificacin: ordinario (conforme al programa anual) o

    extraordinario;

    e. Las fechas y horas de inicio y trmino del recorrido de verificacin.

    f. El rea o reas del centro de trabajo en las que se realiz el recorrido deverificacin.

    g. Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros

    identificados durante el recorrido de verificacin.

    h. Las causas que, en su caso, se hayan identificado

    sobre los accidentes y enfermedades de trabajo que

    ocurran.

    i. Las medidas para prevenir los riesgos de trabajo

    detectados, con base en lo dispuesto por el Reglamento

    y las normas que resulten aplicables.

    j. Las recomendaciones que por consenso se determinen en el seno de la

    comisin para prevenir, reducir o eliminar condiciones peligrosas o inseguras,

    as como la prioridad con la que debern atenderse.

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    k. El seguimiento a las recomendaciones formuladas en los recorridos de

    verificacin anteriores.

    l. El lugar y fecha de conclusin del acta.

    m. El nombre y firma de los integrantes de la comisin que participaron en elrecorrido de verificacin.

    2.5. Funcionamiento de la Comisin de Seguridad e Higiene.

    2.5.1.Tipos de verificacin

    La NOM-019-STPS-2011define la palabra verificacin como: la constatacin ocular y

    documental del cumplimento del reglamento y de las normas que resulten aplicables alcentro de trabajo.

    Para realizar un recorrido por las instalaciones y revisar que se cuente con losdocumentos de seguridad e higiene del centro de trabajo, se renen los integrantes dela Comisin de Seguridad e Higiene. El objetivo de las verificaciones es detectarvisualmente aquellas condiciones de riesgo que puedan generar accidentes oenfermedades a los trabajadores.

    Cules son los tipos de verificaciones?

    Las verificaciones que realiza la Comisin de Seguridad e Higiene puede ser decarcter programado y extraordinario.

    a) Verificaciones programadas.- Son aquellas quemediante consenso se realizan en las fechasestablecidas y contempladas en el programaanual de verificaciones. Las verificacionesprogramadas se pueden realizar de manera

    mensual, bimestral o trimestral.

    b) Verificaciones extraordinarias.- Son aqullas que se llevan a cabo cuandoocurren accidentes o se detectan enfermedades de trabajo que hayan generadodefunciones o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo, ocuando los trabajadores lo soliciten al reportar condiciones peligrosas.

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    Siempre que se lleve a cabo una verificacin por parte de la Comisin de Seguridad eHigiene, se deber levantar un acta de verificacin, documento en el cual seencontrarn plasmados y descritos todos los datos, elementos y hechos sucedidos en eldesarrollo de sta.

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    Actividad 2.

    Instrucciones:

    Segn los conceptos manejados en esta unidad, responde a las siguientes preguntas.

    1. Cmo se integra la Comisin de Seguridad e Higiene en el Centro de Trabajocon ms de 15 trabajadores?

    2. Qu Norma Oficial Mexicana regula la Constitucin, Integracin, Organizaciny Funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene?

    3. Cmo se llama al documento que se elabora cuando se realizan los recorridosde verificacin en el cual se asientan las condiciones peligrosas y las posiblesviolaciones que existan?

    4. Cmo se llama al documento dnde se establece las fechas en que debernrealizarse las verificaciones por parte de la Comisin de Seguridad e Higiene?

    5. Menciona 3 documentos que requiere el centro de trabajo para acreditar que

    funciona la CSH conforme lo establece la NOM-019-STPS-2011

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    Algn da en cualquier parte, en cualquier lugar indefectiblemente te encontrars a timismo, y sa, slo sa puede ser la ms feliz o la ms amarga de tus horas .

    PABLO NERUDA

    Unidad 3

    Servicios Preventivos deSeguridad y Salud en el Trabajo

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    Objetivo de la unidad

    El participante conocer cmo estn integrados y cul esla funcin de los Servicios Preventivos de Seguridad ySalud en el Trabajo, e identificar tambin cual es elcontenido del Diagnstico y el Programa de Seguridad ySalud en el Trabajo o en su caso la Relacin de Medidaspreventivas y correctivas, a fin de verificar sucumplimiento durante los recorridos a los centros detrabajo.

    Resultados de Aprendizaje:

    Una vez concluida la unidad, podrs:

    Conocer la normatividad que regula los Servicios Preventivos de Seguridad ySalud en los Centros de Trabajo.

    Identificar el contenido mnimo del Diagnstico y el Programa de Seguridad ySalud en el Centro de Trabajo o la Relacin de Medidas.

    En esta primera unidad se describen los temas:

    Antecedentes. Marco Legal. Integracin de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud. Funciones. Diagnstico de Seguridad y Salud en el Trabajo. Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo o la Relacin de Medidas.

    Estudia, analiza y pon nfasis en:

    Como se integran los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Que funciones desempean los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en elTrabajo.

    El contenido mnimo del Diagnstico de Seguridad y Salud en el Trabajo. El contenido del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo o la Relacin de

    Medidas.

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    Introduccin.

    En esta unidad estudiaremos en dnde se fundamenta la creacin de los ServiciosPreventivos de Seguridad y Saluden el Trabajo.

    Asimismo, revisaremos cmo se integran y cules son las funciones que debendesarrollar estos servicios.

    Finalmente, abordaremos el contenido de los documentos que son la base paraestablecer las actividades de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el

    Trabajo, tales como:

    Diagnstico de Seguridad y Salud en el Trabajo. Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo o la Relacin de Medidas.

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    3.1. Marco Legal.

    Los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo tienen su fundamentolegal en los siguientes documentos:

    a) Convenio 161 sobre los Servicios de Salud en el Trabajo.-

    Segn el Convenio Nmero 161 de la OIT, sobre los Servicios de Salud en el Trabajofirmado en el ao 1985 y ratificado por Mxico el 17 de febrero de 1987, se definen losservicios bsicos de salud ocupacional como servicios preventivos, asesoramiento delempleador, trabajador y sus representantes sobre los requisitos necesarios paraestablecer y conservar un medio ambiente de trabajo seguro y saludable, que favorezcauna salud fsica y mental ptima en relacin con el trabajo y de la adaptacin de ste a

    las capacidades de los trabajadores, teniendo en cuenta su estado de salud fsica ymental. La misin de los servicios de salud en el trabajo debe tener como meta el poderaportar a los trabajadores las herramientas y los recursosnecesarios para crear, mantener y mejorar el ambiente ptimoen la relacin persona-trabajo, garantizando un nivel ptimode bienestar y salud integral del individuo, dentro del contextosocial en el cual se desenvuelve.

    La visin es que los servicios bsicos de salud ocupacionaldeben ser accesibles, estar a disposicin de cualquier

    trabajador o empresa, responder a las solicitudes del interesado, que tengan capacidadde control, retroalimentacin del proceso y resultado del servicio prestado. Los recursosy herramientas necesarios deben mantenerse en cambio constante, adaptndose a lasexigencias del momento y del lugar donde se apliquen. Debe procurarse que laspersonas que presten el servicio tengan la habilidad y la capacidad necesarias para larealizacin del servicio, y se mantengan en constante formacin sobre cada uno de lostemas a tratar. Asimismo, debe existir la posibilidad de crear uno o varios centros queintegren la capacitacin, la investigacin y la asesora tcnica-legal necesarias.

    *Este convenio al ser celebrado por el Presidente de la Repblica Mexicana yaprobado por el senado tendr en carcter de Ley Suprema de toda la Unin.

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    El diagnstico de seguridad

    y salud en los centros de

    trabajo que cuenten con

    menos de cien trabajadores,

    podr ser integral y

    contener al menos los

    requerimientos normativos

    en materia de seguridad y

    salud en el trabajo.

    b) Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST).

    En los artculos 17, 44, 48 y 49 se menciona que esobligacin del patrn proporcionar los servicios

    preventivos de seguridad y salud y de medicina deltrabajo que se requieran, de acuerdo a la naturaleza delas actividades realizadas en el centro de trabajo ya quees responsabilidad del patrn contar con un diagnsticode seguridad y salud y elaborar, evaluar y, en su caso,actualizar peridicamente, por lo menos una vez al ao,el programa o la relacin de medidas de seguridad ehigiene del centro de trabajo donde se debern deconsiderar los riesgos potenciales, de acuerdo a lanaturaleza de las actividades de la empresa oestablecimiento, as como las acciones y programas depromocin a la salud de los trabajadores y deprevencin de adicciones y presentarlos a la Secretaracuando sta as lo requiera.

    En el caso de que se modifiquen los procesos productivos, procedimientos de trabajo,instalaciones, distribucin de planta y con ello los puestos de trabajo, o se empleennuevos materiales, el programa o la relacin de medidas de seguridad e higiene en elcentro de trabajo debern modificarse y adecuarse a las nuevas condiciones y riesgos

    existentes.

    Los mdicos que presten servicios de medicina del trabajo, debern gozar de plenaautonoma para emitir opinin sobre el grado de incapacidad y el origen de laenfermedad o accidente de trabajo, as como asesorar al patrn en materia de salud enel trabajo adems, estarn obligados a comunicar al patrn los resultados de losexmenes mdicos en cuanto a la aptitud laboral de los trabajadores, respetando entodo momento a la que siempre obliga la tica mdica.

    El RFSST establece que los servicios preventivos de seguridad e higiene en el trabajo,

    pueden ser externos, internos que son prestados dentro de la propia empresa o mixtos.Dichos servicios coadyuvarn a la capacitacin de los trabajadores en materia deprevencin de riesgos. Sin olvidar que el patrn deber capacitar a los responsables delos servicios preventivos de seguridad e higiene en el trabajo, cuando stos se prestenen forma interna.

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    Tambin establece la obligacin del patrn de definir polticas para la promocin de unentorno organizacional favorable y la prevencin de la Violencia Laboral, disponer demecanismos seguros y confidenciales para la recepcin de quejas por prcticasopuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral

    y adoptar las medidas preventivas pertinentes para combatir las prcticas opuestas alentorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.

    c) NOM-030-STPS-2009.- Servicios preventivos de seguridad y salud en eltrabajo-funciones y actividades.

    Esta norma tiene por objeto establecer las funciones y actividades que debern realizarlos servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir accidentes yenfermedades de trabajo, su campo de aplicacin es en todo el territorio nacional yaplica a todos los centros de trabajo,

    3.1.1. Integracin de Servicios Preventivos.

    La NOM-030-STPS-2009define a los SERVICIOS PREVENTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO como aquellos prestados por personal capacitado interno, externo omix to,cuyo propsito principal es prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo,mediante el cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el

    trabajo.

    Se entiende por internos los prestados por el patrn opersonal del centro de trabajo; externos, los prestados porpersonal independiente al centro de trabajo, y mixtos, losprestados tanto por personal interno como por personalindependiente al centro de trabajo.

    La integracin de los Servicios Preventivos de Salud depende de los siguientes

    elementos:

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    1. Disponer de materiales de curacin y personal entrenado en primerosauxilios para proporcionarlos en caso necesario.

    Esta es una obligacin universal: los botiquines deprimeros auxilios y personal entrenado en los mismos,deben existir en cualquier centro de trabajo. Hoy en dano existe una ley o norma que marque cuntosbotiquines deben existir en un centro de trabajo, seacepta como conveniente la existencia de al menosun botiqun porttil por cada 50 trabajadores.

    2. Cuando los centros de trabajo disponen a su servicio de 100 o mstrabajadores, la Ley Federal del Trabajo, en su artculo 504 fraccin II prevdisponer de una enfermera equipada adecuadamente con todo el material decuracin suficiente o necesario, que estar a cargo de un mdico cirujano.

    En primer lugar, las enfermeras referidas en la Ley, deben entenderse comoServicios Preventivos de Medicina del Trabajo, es decir, sus funciones son decarcter preventivo mediante la integracin de programas de conservacin de lasalud de los trabajadores y en los casos que las condiciones de trabajo lo exijan

    establecer la vigilancia del personal ocupacionalmente expuesto a agentes deriesgo.

    3.1.2. Disposicin de la Ley Federal del Trabajo

    Cuando se cuenta con 300 o ms trabajadores, establece disponer de un hospitalprovisto con la cantidad apropiada de equipo y el personal requeridos para laatencin de los trabajadores.

    Esta obligacin, evidentemente, presupone una inversin poco viable para lamayora de las empresas existentes incluso, las muy grandes, por lo quenuevamente se debe sealar que es una obligacin de la que no queda relevado elpatrn al estar inscrito al rgimen obligatorio del Seguro Social. No obstante, estono impide que la empresa pueda contratar servicios adicionales mediante convenioso seguros de gastos mdicos, cuando los centros de trabajo se encuentran distantesde los sitios de atencin hospitalaria que proporciona el Seguro Social.

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    3.1.3. Funciones de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    La funcin de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajodeben ser esencialmente preventivos, por lo que deben establecer un programade actividades adaptado a las empresas a las que sirven, principalmente en funcinde los riesgos laborales que se presentan en los lugares de trabajo y de losproblemas especficos que se plantean en las respectivas ramasde actividad econmica.

    Las acciones de los Servicios Preventivos de Seguridad y Saluden el Trabajo estn orientadas a los siguientes fines:

    A. Vigilancia del Medio Ambiente de Trabajo. - La

    identificacin y evaluacin de las condiciones de Salud delTrabajo y de los factores del medio ambiente as como deorganizacin en el trabajo que puedan afectar a la salud y derivar en riesgos alos trabajadores, mediante la elaboracin de un mapa de riesgosbasado en ladistribucin funcional del centro de trabajo o el proceso industrial de la misma, sinolvidar que se deben establecer las obligaciones patronales marcadas por lasNormas Oficiales Mexicanas, y una vez definidas stas, integrar un programa deacciones que permitan la elaboracin de los anlisis de r iesgo y los estudiosambientales requeridos para la tipificacin y cuantificacin de los agentes deriesgo y con los resultados integrar un plan global de accin basado en

    prioridades.

    B. Vigilancia de la Salud de los Trabajadores.- La vigilancia de la salud de lostrabajadores comprende un ejercicio que es desarrollada pormdicos del trabajo debidamente entrenados capacitados,en el caso de Mxico, el RFSST establece que estos,deben ser los responsables de los Servicios Preventivosde Medicina del Trabajo, los cuales pueden sertrabajadores propios de la empresa o externos, en todoslos casos se requiere que sean calificados, entendiendo

    esto ltimo como capaces de desarrollar cualquierdisposicin preventiva que sea sealada por las NormasOficiales Mexicanas en materia de Seguridad e Higiene yque establezcan la vigilancia del personal ocupacionalmenteexpuesto como una obligacin patronal.

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    C. Capacitacin y Adiestramiento en Seguridad y Salud.-

    Los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en eltrabajo deben participar en la elaboracin y aplicacin

    de programas de informacin, difusin, capacitaciny adiestramiento destinados al personal de laempresa, sobre cuestiones de salud, seguridad ehigiene relacionadas con el trabajo, esta disposicindeber ser integrada al sistema general o programageneral de capacitacin de la empresa, mismo quedeber contar con su registro ante la Secretara delTrabajo y Previsin Social.

    D. Planes de Emergencia.- De manera directa, los Servicios Preventivos deSeguridad y Salud en el trabajo, son responsables de la instrumentacin de lasobligaciones patronales relativas a las medidas de emergencia para la atencin

    de accidentes o situaciones de alto riesgo quepongan en peligro la vida o integridad de lostrabajadores en el cualquier centro de trabajo. En elcaso particular de Mxico, los planes de emergenciason requeridos al menos por tres instanciasgubernamentales, la STPS, bajo la denominacin dePrograma de Prevencin y Combate de Incendiosde

    conformidad a lo establecido en la NOM-002-STPS-2010, la Secretaria del Medio Ambiente en los casos que la empresa este obliga adisponer de autorizaciones Federales o Locales en materia ambiental el cualse denomina Programa de Prevencin de Accidentes (PPA), y finalmente lasautoridades locales de Proteccin Civil en los Estados, a los cuales se les dandiferentes denominaciones como Programa Interno de Proteccin Civil, Plan deContingencia o Programa Especfico de Proteccin Civil.

    E. Acciones de Atencin Primaria a la Salud. - Los Servicios Preventivos deMedicina del Trabajo en particular, deben participar en las acciones de atencin

    primaria siguientes:

    1. Proporcionar atencin mdica de primer contacto altrabajador cuando est sufra algn accidente oenfermedades de ndole general.

    2. En los casos previstos a solicitud del patrn,proporcionar atencin mdica de primer contacto a losfamiliares de trabajadores o personas que sin ser

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    trabajadores sea solicitado el auxilio por enfermedad o accidente en lacomunidad que se encuentre el centro de trabajo.

    3. Colaborar en accidentes mayores cuando a solicitud del patrn searequerida para su intervencin en problemas que no afectan al centro de

    trabajo, pero que entraen un riesgo potencial a la comunidad.4. Aplicar inmunizaciones en relacin con los riesgos biolgicos que se presentan

    en el lugar de trabajo.5. Participar en campaas de proteccin de la salud.6. Colaborar con las autoridades sanitarias en el marco de programas de salud

    pblica.

    F. Funciones Administrativas.- Los servicios preventivos de seguridad y salud enel trabajo deben elaborar planes y programas de trabajo, de los cuales aintervalos apropiados emitirn informes sobre sus actividades y lascondiciones de salud en la empresa. Estos informes deben ponerse a disposicindel patrn y de los representantes de los trabajadores, de la Comisin deSeguridad e Higiene y la autoridad competente cuando sean solicitados alpatrn. Todas las acciones de prevencin deben ser registradas por escrito y en loscasos que lo amerite se podr hacer uso de medios electrnicos para facilitar lastareas, teniendo la previsin de disponer los estudios, anlisis y documentoslegales sealados por las autoridades en medios impresos cuando no se aceptela informacin electrnica.

    G. Investigacin de Accidentes.- Como funcinsustantiva de los servicios preventivos, estos sonresponsables de ejecutar las investigaciones deaccidentes de trabajo, que ocurran en el centro detrabajo, proporcionando en su caso los medios de auxilionecesarios al trabajador de manera inicial. De todainvestigacin se deber elaborar un informe porescrito, en el que se asienten las conclusiones yrecomendaciones que eviten la ocurrencia de un nuevoaccidente, estos informes debern ser entregados al

    patrn y a la comisin de seguridad e higiene y dar el aviso en los tableros decomunicacin respectivos guardando la confidencialidad del o los trabajadoresinvolucrados.

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    3.2. Diagnstico de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Para realizar un anlisis completo del centro de trabajo es necesario realizar undiagnstico integral o por rea de trabajo tomando como lneas directrices lascondiciones de Seguridad y Salud en el centro laboral y que deber considerar, almenos, la identificacin de los siguientes aspectos:

    a) Las condiciones fsicas peligrosas o inseguras quepuedan representar un riesgo en las instalaciones,procesos, maquinaria, equipo, herramientas, medios detransporte, materiales y energa.

    b) Los agentes fsicos, qumicos y biolgicos capaces demodificar las condiciones del medio ambiente del centro

    de trabajo que, por sus propiedades, concentracin, nively tiempo de exposicin o accin, pueden alterar la saludde los trabajadores, as como las fuentes que los generan.

    c) Los peligros circundantes al centro de trabajo que lo puedan afectar, cuando seaposible.

    d) Los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo queresulten aplicables.

    El diagnstico de seguridad y salud en los centros de trabajo que cuenten con menosde cien trabajadores, podr ser integral y contener al menos: Los requerimientosnormativos en materia de seguridad y salud en el trabajo que resulten aplicables.

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    3.2.1. Programa de Seguridad y Salud en el Centro de Trabajo y Relacin de

    Medidas.

    Considerando el punto anterior, se realiza un Programa de Seguridad y Salud en elTrabajopara analizar las posibles soluciones al problema que se haya encontrado en eldiagnstico. Por lo tanto, el mencionado programa deber contener al menos:

    a) La accin preventiva o correctiva por instrumentar por cada aspecto identificado.b) Las acciones y programas de promocin para la salud de los trabajadores y para la

    prevencin integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridadescompetentes.

    c) Las acciones para la atencin de emergencias y contingencias sanitarias querecomienden o dicten las autoridades competentes.

    d) Las fechas de inicio y trmino programadas para instrumentar las accionespreventivas o correctivas y para la atencin de emergencias.e) El responsable de la ejecucin de cada accin preventiva o correctiva y para la

    atencin de emergencias.

    En caso de que la empresa cuente con menos de 100 trabajadores, debern elaboraruna relacin de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo elcual deber contener al menos la informacin requerida en los incisos a) al d), antescitados.

    Si cuentan con

    menos de 100

    trabajadores la

    relacin de accionespreventivas y

    correctivas no es

    obligada a colocar al

    responsable de la

    ejecucin de estas.

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    Actividad 3.

    Instrucciones:

    Responde las preguntas utilizando las siguientes opciones:

    1. Establecer los ,instructivos, guas o registros necesarios para dar cumplimiento al

    programa de seguridad y salud en el trabajo o a la relacin de acciones preventivas y

    correctivas de seguridad y salud en el trabajo.

    2. Registrar los resultados del o de la relacin de acciones

    preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo

    3. Cuando el Centro de trabajo cuente con ms de 100 trabajadores el diagnstico que seelabore tiene la opcin de ser integral o , de acuerdo a las Condiciones

    de Seguridad y Salud en el Centro de Trabajo.

    4. El diagnstico de Seguridad y Salud en los Centros de Trabajo que cuenten con menos de

    100 trabajadores, podr ser y contener por lo menos los requerimientos normativos

    en materia de seguridad y salud en el trabajo que resulten aplicables.

    5. El , es el que promueve que las empresas

    instauren y operen los sistemas de administracin en materia de seguridad y salud en eltrabajo con base en los estndares de nacionales e internacionales, a fin de favorecer el

    funcionamiento de centros de trabajos seguros e higinicos.

    6. _______________preventivas y correctivas de seguridad y salud en los centros de trabajo

    que cuenten con menos de cien trabajadores, deber contener al menos lo previsto en el

    inciso anterior exceptuando el responsable de la ejecucin de cada accin.

    PROCEDIMIENTOS

    LA RELACINDE ACCIONES

    PROGRAMA DE SEGURIDADY SALUD EN EL TRABAJO

    INTEGRAL

    POR READE TRABAJO

    SEGUIMIENTODEL PROGRAMA

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    Por qu esta magnfica tecnologacientfica, que ahorra trabajo y nos hace lavida ms fcil, nos aporta tan pocafelicidad? La repuesta es sta: simplemente

    porque an no hemos aprendido a usarlacon tino.

    ALBERT EINSTEIN

    Unidad 4

    Sistema para la administracin del

    trabajo - Seguridad en los procesosy equipos crticos que manejensustancias qumicas peligrosas

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    Objetivo de la unidad

    El participante identificar los elementos requeridospara la administracin del trabajo donde se lleven acabo procesos y se tengan equipos crticos quemanejen sustancias qumicas peligrosas, a fin deprevenir accidentes mayores y proteger de daos alos trabajadores, poblacin, instalaciones y reas

    alrededor del centro de trabajo.

    Sistemas para la - Seguridad en los procesos y

    Resultados de Aprendizaje:

    Una vez concluida la unidad, podrs:

    Revisar la normatividad aplicable en Seguridad en los procesos y equipos crticosque manejen sustancias qumicas peligrosas. Elementos que se deben considerar para la Administracin del trabajo.

    En esta unidad se describen los temas:

    Antecedentes.Marco LegalElementos que integran un Sistemas para la administracin del trabajo en donde se

    tengan procesos y equipos crticos que manejen sustancias qumicas peligrosas.

    Estudia, analiza y pon nfasis en:

    La Norma Oficial Mexicana que relacionada con los Sistemas para la administracin deltrabajo- Seguridad en los procesos y equipos crticos que manejen sustancias qumicaspeligrosas.

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    Introduccin.

    En esta unidad, se abordarn los antecedentes nacionales e internacionales de la falta

    de Organizacin de la Seguridad y Salud en los Procesos de Sustancias Qumicas, y

    como estos fueron tomando importancia mediante la aparicin de la normatividad

    laboral

    Finalmente, se describe con ms detalle cules son los elementos que integran el

    Sistema para la Adm inistracin del trabajo de la Segur idad en los Procesos y

    equ ipo s crtic os qu e man ejen Sus tanc ias Qum icas pelig ros as.

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    Se estima que entre 6,000 y

    8,000 personas murieron

    en la primera semana tras

    el escape txico y al menos

    otras 12,000 fallecieron

    como consecuencia directa

    de la catstrofe.

    4.1. Antecedentes y Marco Legal.

    El 3 de diciembre de 1984 en la India ocurri un desastre en la

    regin de Bhopal, el cual se origin al producirse una fuga de45 toneladas de BUFES (isocianato de metilo) en una fbricade pesticidas propiedad en un 51% de la compaaestadounidense Unin Carbide (parte de cuyos activos fueronposteriormente adquiridos por Dow Chemical) y el restante49%, del gobierno de la India.

    Existen al respecto diferentes teoras, que se desprenden de las investigacionesrealizadas por la misma empresa y por la justicia. Una de ellas dice que el accidente se

    produjo al no tomarse las debidas precauciones durante las tareas de limpieza ymantenimiento de la planta, lo que hizo que el aguaa presin utilizada y los cristales de cloruro sdico,restos metlicos y otras impurezas que la mismaarrastraba, entrasen en contacto con el gasalmacenado, iniciando una reaccin exotrmicaqueprovoc la apertura por sobrepresin de lasvlvulas de seguridad de los tanques y, con ello, laliberacin a la atmsfera del gas txico; con elagravante de que el sistema de refrigeracin de los

    tanques y el catalizador de gases previo a la salidaa la atmsfera, ambos se haban desactivado porahorro de costos.

    Al entrar en contacto con la atmsfera, elcompuesto liberado comenz a descomponerse en varios gases txicos (fosgeno,monometilamina y especialmente cido cianhdrico, tambin conocido como cidoprsico o cianuro de hidrgeno, entre otros), que formaron una nube letal que debido ala diferencia de densidades de los gases que la formaban con el aire atmosfrico,recorri a ras de suelo toda la ciudad. Miles de personas murieron de forma casi

    inmediata asfixiadas por la nube txica y otras muchas fallecieron en accidentes alintentar huir de ella durante la desesperada y catica evacuacin de la ciudad.

    Debido al accidente ocurrido en la India y otros ms a nivel mundial fue necesario quelas naciones voltearan a encontrar la forma de regular la Seguridad de los ProcesosQumicos, por lo cual en Mxico para estos casos se public la NOM-028-STPS-2012,Organizar la Seguridad en los Procesos que manejan Sustancias Qumicas, y en la

  • 7/23/2019 Manual- Organizacin de La Seguridad y Salud en El Trabajo 15 Junio 2015

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    Manual del participante

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    actualidad la norma oficial mexicana que nos rige es la NOM-028-STPS-2012, relativa alos Sistemas para la administracin del trabajo- Seguridad en los procesos y equiposcrticos que manejen sustancias qumicas peligrosas, con la finalidad de preveniraccidentes mayores y proteger de daos a los trabajadores e instalaciones de los

    centros de trabajo. Siendo publicada en el DOF el 6 de septiembre de 2012.

    La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica a loscentros de trabajo que:

    a) Realicen procesos especficos de:1) Extraccin de petrleo;2) Extraccin de gas natural;3) Almacenamiento y distribucin de gas natural;

    4) Produccin de gas licuado de petrleo (gas L.P.);5) Almacenamiento y distribucin de gas licuado de petrleo (gas L.P.);6) Produccin de petroqumicos, o7) Refinacin del petrleo crudo y petroqumica bsica, o

    b) Manejen sustancias qumicas peligrosas en procesos y equipos crticos, envolmenes iguales o mayores a las cantidades umbrales sealadas en el Apndice Ade esta Norma.

    Quedan excluidos del cumplimiento de la presente Norma los centros de trabajo que:

    a) Manejen sustancias qumicas peligrosas en procesos y equipos crticos, encantidades menores a