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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Manual Publicado en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, el lunes 20 de julio de 2020
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con
fundamento en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36
fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de
Aguascalientes; artículos 78 y 79 y demás relativos y aplicables del Código Municipal de
Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el
Honorable Ayuntamiento Constitucional 2019-2021, tuvo a bien aprobar el decreto del
Manual de Procedimientos 2020-2021 de la Secretaría de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable del Municipio de Aguascalientes, para quedar como sigue:
Manual de Procedimientos de la Secretaria de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
1.0 PRESENTACIÓN
El presente Manual de Procedimientos contiene de forma clara y sistemática, la
información y/o las instrucciones necesarias para hacer referencia a su marco jurídico-
administrativo, atribuciones, estructura orgánica, objetivos y funciones de acuerdo a lo
que marca el código municipal vigente y el Reglamento de Protección del Medio
Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del Municipio de Aguascalientes.
2.0 OBJETIVO DEL MANUAL
Establecer los lineamientos, normas y mecanismos para el desarrollo de las actividades
de las diferentes áreas que conforman la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable, bajo el l Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021.
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3.0 ESTRUCTURA ORGÁNICA
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Sarahi Macias Alicea
Secretaria
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
Liliana Guadalupe Díaz Bárcenas
Jefa de Departamento
DEPARTAMENTO DE RECURSOS
NATURALES Y BIODIVERSIDAD
Carlos Armando Armas López
Jefe de Departamento
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN
AMBIENTAL
José Manuel Díaz de León de la
Rosa
Jefe de Departamento
DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y
CAMBIO CLIMÁTICO
Omar Alejandro Plesent Sánchez
Director
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
Jessica Diana González AlvaJefa de Departamento
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4.0 SIMBOLOGÍA
Nombre DescripciónSímbolo
Inicio o términoSeñala dónde inicia o termina la secuencia
del procedimiento
Indica las opciones que se puedan seguir
en caso de que sea necesario tomar
caminos alternativos
Decisión
Mediante el símbolo se pueden unir, dentro
de la misma hoja, dos o más tareas
separadas físicamente en el diagrama de
flujo, utilizando para su conexión el número
arábigo; indicando la tarea con la que se
debe continuar.
Conector
Mediante el símbolo se pueden unir,
cuando las tareas quedan separadas en
diferentes páginas; dentro del símbolo se
utilizará un número arábigo que indicará la
tarea a la cual continúa el diagrama.
Conector de
página
Conecta símbolos, señalando la secuencia
en que deben realizarse las tareas.Conectores
Representa la ejecución de una o más
tareas de un procedimiento.Actividad
Documento
Representa un documento, formato o
cualquier escrito que se recibe, elabora o
envía.
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5.0 DETALLE DE PROCEDIMIENTOS Y DIAGRAMAS DE FLUJO
5.1 Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad
5.1.1 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES ORDINARIAS DE
DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN.
1.0.Objetivo:
1.1.Atender la solicitud de derribo, reubicación y remoción de vegetación que presenta
el/la usuario/a, mediante el análisis de los argumentos, necesidades o la
problemática descrita en el documento y la evidencia recabada en campo, con la
finalidad de expedir la autorización correspondiente y dar respuesta al caso
particular; tomando en cuenta la protección y conservación de las áreas verdes y
especies prioritarias en concordancia con la normatividad ambiental aplicable de los
tres órdenes de gobierno, que permita garantizar la prevalencia de los recursos
naturales y la biodiversidad del municipio de Aguascalientes para las próximas
generaciones.
2.0.Alcance:
2.1 Este procedimiento aplica para las Solicitudes de Derribo, Reubicación y Remoción
de Vegetación que presente la ciudadanía del Municipio de Aguascalientes y
relacionadas con situaciones de alto riesgo o daños causados por los árboles a la
ciudadanía o la infraestructura particular y/o urbana.
3.0 Fundamento Jurídico:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no
Discriminación.
Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 4,
fracción III; 10 fracciones I, II, III, IV, XII; 11 fracciones 11, fracciones I, II, III,
IV, VI, VII, VIII y IX; 111 A, 111 B, 111 C, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII,
VIII, IX, X, XI y XIII; 111 D, 111 E, fracciones I, II, III y IV; 111 G, 111 H; 111 I
fracciones I, II y III; 111 J fracciones I y II; 111 K, fracciones I, II y III.
Código Municipal de Aguascalientes. (Art. 476 fracción IV).
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes Artículos 141, 192, 213, 214; 219, fracción IV; 220,
221, 222, 223 y 225.
Plan de Desarrollo Municipal.
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
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4.0 Descripción del proceso:
4.1 El/la Recepcionista o el/la Auxiliar Administrativo del Departamento de Recursos
Naturales y Biodiversidad recibe al/la Usuario/a, le informa de los requisitos y le
entrega el formato de Solicitud de Derribo, Reubicación y Remoción de Vegetación
(SDRRV) para que el/la interesado/a recabe e integre la información necesaria para
ingresar la petición:
Formato de solicitud debidamente llenado.
Copia de Identificación personal de propietario y/o Representante Legal (INE o
Pasaporte)
Copia de acreditación de la propiedad del predio (predial, o recibo del agua).
4.2 Una vez que el/la Usuario/a entrega al/la Recepcionista o al Auxiliar Administrativo
del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad la Solicitud de Derribo,
Reubicación y Remoción de Vegetación (SDRRV), junto con la documentación
requerida, éste/a le comunica al usuario/a, el tiempo que llevará el proceso de la
solicitud para recibir respuesta en un término no mayor a 10 días hábiles, la
SEMADESU revisara la información y si esta no se encuentra completa, requerirá al
interesado para que exhiba dicha información en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
En caso de que la SDRRV no cuente con la documentación o información completa
será improcedente, debiendo informar al/la Solicitante en ese momento de la
atención o a la mayor brevedad, exhortándole a completar los requisitos. Si la/el
solicitante no responde a los llamados será considerada Improcedente dicha
solicitud.
4.3 Cuando la SDRRV se considera Improcedente, el/la Auxiliar Administrativo
canaliza la SDRRV con anexos al/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos para
generar oficio de Improcedencia y gestione la firma del/la Jefe/a de Departamento
de Recursos Naturales y Biodiversidad, hecho esto archiva oficio de Improcedencia
al expediente.
4.4 Para el caso de las SDRRV recibidas por el/la Recepcionista, éste/a relaciona en
base de datos “Tramites de Derribo” y entrega o gestiona el envío de las Solicitudes
de Derribo, Reubicación y Remoción de Vegetación al/la Auxiliar Administrativo
del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad para continuar con el
proceso de atención.
4.5 El/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad revisa las
SDRRV, posteriormente entrega al/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos y
éste/a las hace llegar al/la Inspector/a para que asigne un número de oficio y
registre en la bitácora de SDRRV la información debida, así como organizar y
programar la visita de campo de los/las Inspectores/as, de acuerdo a la
documentación recibida.
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4.6 El/la Inspector/a realiza la visita de Inspección de campo y al término del
levantamiento de datos e imágenes fotográficas, le indica al/la usuario/a que se
comunique al octavo día hábil para saber el estatus de su solicitud. Durante la
inspección registra en su totalidad el Formato de Campo con la información
requerida. Y deberá capturar digitalmente e integrar el expediente con la
documentación requerida.
4.7 El/la Inspectora entrega el/los expediente/s (SDRRV con anexos, formato de campo
y fotografías impresas) a el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos, En caso de
requerirse información adicional o aclaraciones sobre el/los expediente/s recibido/s,
el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos, le solicitará a el/la Inspector/a que se
contacte con el/la usuario/a para que complemente la información y/o los requisitos.
4.8 Una vez que el expediente está completo el/la Coordinador/a de Proyectos
Estratégicos analiza la documentación recibida para dar seguimiento, califica y
elabora oficio de resolución o autorización correspondiente.
4.9 Elaborado el oficio de autorización, revisado y rubricado por el/la Coordinador/a de
Proyectos Estratégicos, revisa en conjunto con el/la Jefe/a del Departamento de
Recursos Naturales y Biodiversidad la Resolución propuesta a la Solicitud en
particular; en caso de ser procedente el derribo el/la Coordinador/a de Proyectos
Estratégicos, gestiona la rúbrica de Visto. Bueno., del/la Director/a de Medio
Ambiente y Cambio Climático, para que revise, rubrique la autorización. De igual
forma el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos gestiona la firma de el/la Jefe/a
del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y por último/a canaliza
con el/la Auxiliar Administrativo para su posterior entrega. En caso de ser
improcedente, el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos gestiona con la
Jefatura del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad la firma del oficio
de Improcedencia y canaliza con Auxiliar Administrativo para su posterior entrega.
4.10 El/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos y/o el/la Auxiliar
Administrativo del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad,
resguardan los expedientes para entregar la autorización a el/la usuario/a cuando lo
requiera, o bien, éste/a haga contacto vía telefónica, solicite información y se le
notifique el tipo de Autorización otorgada a su Solicitud, de acuerdo al caso
particular.
4.11 El/la usuario/a acude a recibir la Autorización correspondiente, a las
instalaciones donde está ubicado el Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad, con el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos y/o Auxiliar
Administrativa y firmará el acuse de recibido. Si la autorización es de No
Procedencia, se le informará al/a la solicitante, el por qué, de la No Procedencia y se
le entregará el documento para que firme el acuse como enterado.
4.12 El/la Auxiliar Administrativa archiva el acuse de los documentos entregados
al/la solicitante en expediente y carpeta que corresponda.
NOTA:
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Si se presentan situaciones con una problemática mayor, se podrá convocar a
reunión a el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Jefe/a del
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad e interesado/a, para dar las
atenciones y acciones necesarias que el caso requiera.
SEMADESU podrá solicitar al/a la usuario/a, la documentación y/o información
adicional que requiera o considere necesario para la atención de la solicitud.
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Diagrama de flujo
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES ORDINARIAS DE DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN
Recepcionista (SEMADESU) / Auxiliar
admivo. Del Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad
Coordinador de Proyectos Estratégicos
Jefe/a del Departamento de
Recursos Naturales y Biodiversidad
Inspector/aUsuario/aDirector/a de Medio Ambiente y Cambio
Climático
Integra la información necesaria para ingresar la petición. Y la entrega al
recepcionista/aux admivo.
¿Está completa la información?
Se informar al/la solicitante en ese momento de la atención o a la mayor
brevedad, exhortándole a completar los requisitos.
NO
¿Complementó la información?
Generar oficio de Improcedencia y gestione la firma del/la Jefe/a de
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad.
Firma y archiva oficio de improcedencia.
Recibe y revisa la SDRRV. SI
Turna la SDRRV al área de inspección. Asigna un número de oficio y registra en la bitácora de SDRRV la
información debida, así como organiza y programa la visita de
campo.
Realiza la visita de campo registra en su totalidad el Formato de Campo
con la información requerida e imágenes fotográficas. Y deberá
capturar digitalmente e integrar el expediente con la documentación
requerida.
Inicio
Recibe el expediente completo para su análisis y seguimiento. Califica y
elabora oficio de resolución o autorización correspondiente.
Revisa y rubrica el oficio de autorización.
¿Procede la autorización?
Firma oficio de improcedencia.NO
Entrega oficio al/la usuario/a y archiva acuse del oficio de improcedencia.
Firma oficio de autorización.
SI
Entrega oficio al/la usuario/a y archiva acuse del oficio de autorización.
FIn
Recibe oficio de improcedencia.
Recibe oficio de autorización.
Recibe al/la usuario/a y le entrega el formato SDRRV, necesario para
ingresar la solicitud.
Acude a las instalaciones de la SEMADESU para
presentar solicitud.
A
A
NO
SI
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5.1.2 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE
DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y
URBANIZACIÓN PARA DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE
VEGETACIÓN.
1.0. Objetivo:
1.1 Atender la solicitud de derribo, reubicación y remoción de vegetación que presenta
el/la usuario/a, mediante el análisis de los argumentos, necesidades o la
problemática descrita en el documento y la evidencia recabada en campo, con la
finalidad de expedir la autorización correspondiente y dar respuesta al caso
particular; tomando en cuenta la protección y conservación de las áreas verdes y
especies prioritarias en concordancia con la normatividad ambiental aplicable de los
tres órdenes de gobierno, que permita garantizar la prevalencia de los recursos
naturales y la biodiversidad del municipio de Aguascalientes para las próximas
generaciones.
2.0.Alcance:
2.1 Este procedimiento aplica para el Derribo, Reubicación y Remoción de Vegetación
que presente la ciudadanía, personas físicas, personas morales y entidades
gubernamentales y relacionadas con proyectos de construcción y urbanización.
3.0. Fundamento Jurídico:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no
Discriminación.
Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 4,
fracción III; 10 fracciones I, II, III, IV, XII; 11 fracciones 11, fracciones I, II, III,
IV, VI, VII, VIII y IX; 111 A, 111 B, 111 C, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII,
VIII, IX, X, XI y XIII; 111 D, 111 E, fracciones I, II, III y IV; 111 G, 111 H; 111 I
fracciones I, II y III; 111 J fracciones I y II; 111 K, fracciones I, II y III.
Código Municipal de Aguascalientes. (Art. 476 fracción IV).
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes Artículos 141, 192, 213, 214; 219, fracción IV; 220,
221, 222, 223 y 225.
Plan de Desarrollo Municipal.
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
4.0 Descripción del proceso:
4.1 El/la Recepcionista atiende al/la ciudadano/a recibe proyecto donde solicita Derribo,
Reubicación y Remoción de Vegetación. para que el/la interesado/a recabe e integre
la información necesaria para ingresar la petición.
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4.2 En caso de que la solicitud no cuente con los requisitos solicitados que son los
siguientes: formato de la Solicitud de Derribo, Reubicación y Remoción de
Vegetación llenado en su totalidad, copia Comprobante de domicilio o acreditación
de propiedad del predio (a nombre del propietario, Identificación Oficial del
Propietario o Representante Legal por ambos lados, Dictamen de Impacto
Ambiental aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente de Gobierno del Estado
y/o la Federación, según sea el caso (en caso de que aplique), Plano del Proyecto
Arquitectónico con la ubicación de los árboles a derribar o reubicar, con
coordenadas métricas UTM (georreferenciado, GW84 UTM) en formato dwg o
shape., se podrán solicitar documentos adicionales, según sea el caso, será
improcedente debiendo informar al/la solicitante en ese momento de la atención o a
la mayor brevedad, exhortándole a completar los requisitos. Si la/el solicitante no
responde a los llamados en un término, no mayor a 5 días hábiles será considerada
Improcedente dicha solicitud.
Nota:
Cuando la solicitud se considera Improcedente, el/la Analista de Áreas Naturales
Protegidas canaliza la misma con anexos al/la Coordinador/a de Áreas Naturales
Protegidas para generar oficio de Improcedencia, gestionar rubrica del mismo y
firma de él/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, hecho
esto archiva oficio de Improcedencia al expediente.
4.3 Entrega a el/la Asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable las Solicitudes consideradas como “Proyectos Especiales”.
4.4 El/la Asistente de él/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable
canaliza al/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable las
Solicitudes consideradas como “Proyectos Especiales”, para su conocimiento y dar
instrucciones de atención, según sea el caso. Posteriormente, el/la Asistente de él/la
Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable entrega los documentos a
él/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático, quien revisa que cumpla
con los requisitos y canaliza a él/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad lo conducente para la atención de la solicitud.
4.5 El/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad recibe y
canaliza al/la Coordinadora de Áreas Naturales y Protegidas las solicitudes y ésta a
su vez revisa, registra en bitácora de Proyectos Especiales y hace llegar la
información esencial al/la Inspector/a para organizar y programar la visita de
campo.
4.6 Una vez recibida la solicitud el/la Inspector/a realizara la visita de inspección de
campo en un plazo no mayor a 10 días hábiles y al término del levantamiento de
datos e imágenes fotográficas, le indica a el/la usuario/a es necesario se comunique
al Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad para dar seguimiento a su
solicitud. Durante la inspección registra en su totalidad el Formato de Campo con la
información requerida. De igual forma deberá capturarlo digitalmente y entregar
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el/los expediente/s (formato de campo y fotografías impresas) a el/la Analista de
Áreas Naturales Protegidas.
4.7 Una vez que el expediente está completo el/la Coordinador/a de Áreas Naturales y
Protegidas revisa la solicitud de Proyecto Especial y analiza la documentación
recibida, elabora la certificación del contenido digital solicitado, la opinión técnica
sobre la viabilidad del proyecto, el cálculo de cobro en base al Tabulador de Daños
a Especies Vegetales publicado en la Ley de Ingresos vigente. Dicha propuesta será
integrada al oficio de notificación de cobro dirigido a la Secretaría de Finanzas del
Municipio y al oficio de requerimiento para el pago en especie sobre la
compensación ambiental correspondiente. Los oficios llevaran número de control
que deberá solicitar al/la Asistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
4.8 Elaborado el oficio de cobro y el requerimiento en especie, el/la Coordinadora de
Áreas Naturales y Protegidas, entrega la propuesta para su revisión y/o aprobación a
el/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad; el/la Jefe/a del
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, rubrica el documento y lo
entrega a el/la Analista de Áreas Naturales Protegidas para que gestione y dé
seguimiento a las rúbricas del/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático
y del/la Auxiliar Jurídico/a, así como a la firma del/la Secretario/a de Medio
Ambiente y Desarrollo Sustentable.
4.9 El/la Asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable
regresa oficio firmado a el/la Analista de Áreas Naturales Protegidas del
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, para cuando se contacte vía
telefónica o acuda físicamente el/la usuario/a, se le entregue la autorización o se le
notifique el estatus: de Procedencia, No Procedencia o Cobro.
4.10 El/la Analista de Áreas Naturales Protegidas entrega al/la solicitante el oficio
de requerimiento en especie y cobro económico para que acuda a realizar el pago
correspondiente a las cajas de la Secretaría de Finanzas del Municipio, así como el
oficio de Requerimiento de Compensación Ambiental para el pago en especie, dicho
pago en especie deberá entregarlo al Vivero Municipal o donde se le indique. Así
mismo le informa, que deberá entregar copia del pago económico y en especie, para
recibir la Autorización a la Solicitud realizada por el/la interesado/a. El/la Analista
de Áreas Naturales Protegidas archiva el acuse de los documentos entregados al/a la
solicitante en expediente y carpeta que corresponda, lo anterior en cumplimiento del
artículo 220 y 221 del citado Reglamento.
4.11 El/la Coordinador de Áreas Naturales y Protegidas, revisa copia del recibo
de pago económico y/o en especie; elabora y rubrica el Oficio de Liberación; lo
canaliza para revisiones, rúbricas y/o firmas correspondientes de el/la Jefe del
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, Director/a de Medio
Ambiente y Cambio Climático, Auxiliar Jurídico/a y Secretario de Medio Ambiente
y Desarrollo Sustentable, según sea el caso.
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4.12 El/la Analista de Áreas Naturales Protegidas resguarda el Oficio de
Autorización, para hacer la entrega al/la interesado/a.
4.13 El/la usuario/a acude a las instalaciones del Departamento Recursos
Naturales y Biodiversidad y firma de recibido en acuse de la Autorización
correspondiente.
NOTA:
Si se presentan situaciones con una problemática mayor, se podrá convocar a
reunión al/a la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Jefe/a
del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad e interesado/a, para
dar las atenciones y acciones necesarias que el caso requiera.
SEMADESU podrá solicitar al/a la usuario/a, la documentación y/o información
adicional que requiera o considere necesario para la atención de la Solicitud de
Proyecto Especial, según sea el caso.
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Diagrama de flujo
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y URBANIZACIÓN PARA DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN.
Recepcionista (SEMADESU)Analista de Áreas
Naturales Protegidas
Coordinador/a de Áreas
Naturales Protegidas
Jefe/a del Departamento de
Recursos Naturales y Biodiversidad
Ciudadano/aDirector/a de Medio Ambiente y Cambio
ClimáticoInspector/a Auxiliar Jurídico/a
Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Inicio
Atiende al/la Usuario/a, recibe proyecto donde solicita Derribo, Reubicación y Remoción de
Vegetación. para que éste/a recabe e integre la información necesaria para ingresar la petición.
Integra la información necesaria para ingresar la petición. Y la
entrega al recepcionista.
¿Está completa la información?
Se informar al/la solicitante en ese momento de la atención o a la mayor brevedad, exhortándole
a completar los requisitos.
¿Complementó la información?
Canaliza la petición con los anexos disponibles.
Generar oficio de Improcedencia y lo rubrica.
Firma el oficio de improcedencia y se
archiva.NO
NOSI
Recibe la solicitud para su conocimiento.
SIRevisa que cumpla con los
requisitos.
Recibe la solicitud.Revisa la solicitud y la registra en bitácora de Proyectos Especiales.
Recibe y organiza la información esencial y
programa la visita de campo.
Realiza la visita de campo registra en su totalidad el Formato de Campo con la información requerida e imágenes fotográficas. Y
deberá capturar digitalmente e integrar el expediente con la
documentación requerida.
Recibe el/los expediente/s (formato de campo y
fotografías impresas y revisa que esté completo.
Revisa analiza la solicitud, elabora la certificación del contenido digital
solicitado, la opinión técnica sobre la viabilidad del proyecto, el cálculo de
cobro en base al Tabulador de Daños a Especies Vegetales publicado en la Ley de
Ingresos vigente. Dicha propuesta será integrada al oficio de notificación de
cobro dirigido a la Secretaría de Finanzas del Municipio y al oficio de requerimiento
para el pago en especie sobre la compensación ambiental
correspondiente.
Recibe la propuesta para su revisión y/o aprobación, así
como anexar rúbrica.
Recibe la propuesta para su revisión y/o aprobación, así
como anexar rúbrica.
Recibe la propuesta para su revisión y/o aprobación, así
como anexar rúbrica.
Firma los oficios de autorización y/o cobro y de requerimiento
para el pago en especie sobre la compensación ambiental correspondiente, según
corresponda.Se contacte vía telefónica o acuda físicamente el/la usuario/
a, se le entregue la autorización o se le notifique el estatus: de
Procedencia, No Procedencia o Cobro.
¿El oficio es de autorización?
A
Recibe el oficio de requerimiento en especie y cobro económico para que
acuda a realizar el pago correspondiente a las cajas de la
Secretaría de Finanzas del Municipio, así como el oficio de
Requerimiento de Compensación Ambiental para
el pago en especie, dicho pago
en especie deberá entregarlo al Vivero Municipal o donde se le
indique.
Revisa copia del recibo de pago económico y/o en especie; elabora y
rubrica el Oficio de Liberación.
Recibe la propuesta para su revisión y rúbrica.
Recibe la propuesta para su revisión y rúbrica.
Recibe la propuesta para su revisión y rúbrica.
Firma el oficio de liberación. Entrega el oficio de liberación al/la Usuario/a.
NO
Recibe el oficio de liberación y concluye el procedimiento.
Fin A
Acude a las instalaciones de la SEMADESU para presentar solicitud.
Recibe oficio SI
A
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5.1.3 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A DENUNCIAS
DE DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN
1.0.Objetivo:
1.1 Atender la Denuncia Popular ciudadana, derivada de todo hecho, acto u omisión
que produzca daño o deterioro al arbolado urbano o a las áreas verdes públicas, de
forma ilícita, que contravengan las disposiciones legales aplicables que regulen
materias relacionadas con la protección al medio ambiente, la preservación y
restauración del equilibrio ecológico, mediante escrito con veracidad legal; así como
correo electrónico o vía telefónica misma que deberá corroborarse por escrito ante la
autoridad municipal
2.0.Alcance:
2.1 Este procedimiento se ejecutara de manera simultánea en el departamento de gestión
ambiental así como en el departamento de recursos naturales y biodiversidad,
únicamente en el tema de la ¨denuncia popular¨ recibidas, debidamente
fundamentadas y relacionadas con el derribo, reubicación o remoción de vegetación
realizadas de forma ilícita dentro del Municipio de Aguascalientes.
3.0.Fundamento Jurídico:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes, Artículos 10 fracciones VI, VIII, IX, XIV, XXXVI,
XXXVII, XXXVIII encisos a, b, c, d, e y f; XXXIX y XLI; 353, 354 Fracciones I, II,
III y IV; 355 Fracciones I, II, III, IV y V; 356, 357, 358, 359 y 360 Fracciones I, II,
III, IV, V, VI y VII.
Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes Artículos 4, 10; 111
M, Fracciones I, II, III y IV.
Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, Artículos 37
fracciones I, II, III y IV; 38, 39, 40, 41, 44, 55, 56 Fracciones I, II, III, IV, V y VI;
60, 61, 62, 63, 64, 65 fracciones de la I a la VIII; 66, 68, 69, 70 fracciones I, II, III,
IV, V y VI; 71, 72, 73 fracciones I, II, III y IV; 74, 75, 76, 79 y 80.
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no Discriminación.
Plan de Desarrollo Municipal.
4.0.Descripción del proceso:
4.1 Si la denuncia fue recibida por el Departamento de Gestión Ambiental el/la
Coordinador/a de Control Ambiental entregara la Cedula de solicitud de apoyo en
donde vienen los datos de la denuncia junto con hoja viajera al Departamento de
Recursos Naturales y Biodiversidad, así mismo la Coordinador/a de Control
Ambiental subirá al SIAC la respuesta de canalización que realizó a dicho
Departamento y posteriormente por parte del Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad anexaran la respuesta correspondiente en la hoja viajera y la entregan
a el/la Coordinadora de Control Ambiental para la conformación del expediente.
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4.2 El/la Inspector/a designado/a registra en bitácora interna para el seguimiento y
canaliza la Cédula de Solicitud de Apoyo o Subsidio y hoja viajera (pasa al punto
4.4).
4.3 Si la denuncia es recibida en el Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad el/la Inspector/a designado registra en bitácora interna para el
seguimiento.
4.4 El/la Inspector/a designado/a verificar con la Coordinación de Proyectos
Estratégicos si el domicilio reportado cuenta con la autorización correspondiente, e
informa a el/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, el/la
cual ordena supervisión.
4.4 De ser así, el/la Inspector/a designado/a acude al lugar para verifica la autorización
otorgada y llena el Acta de Verificación e Inspección.
4.4 Se le informa a el/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad
esta verifica la información obtenida en la visita de campo y ordena el/la Inspector/a
designado/a acude que se abra expediente y se archive; de cumplir con la
autorización correspondiente se da fin al procedimiento de NO cumplir con la
autorización correspondiente o en caso de no tenerla, se elabora y se entrega un
citatorio en ese mismo momento, para que acuda a su derecho de audiencia el
supuesto infractor con el/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad y/o el/la persona designada, el día que se le señale para su
comparecencia.
4. El/la Inspector/a designado/a realiza cálculo económico en base a lo que dictamina la
Ley de Ingresos vigente, del daño que fue ocasionado al/los árbol/es y/o vegetación.
La cantidad resultante será la multa que deberá aplicarse al/la infractor/a.
4.7 El/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y/o El/la
Inspector/a designado/a, atienden al ciudadano y se le hace saber el costo de la
multa, se da su derecho de audiencia para alegatos y que exhiba las pruebas a su
favor en caso de existir o no se levanta Acta de Hechos Circunstanciada por parte de
la persona designada, con Vo. Bo. De el/la Jefe/a del Departamento de Recursos
Naturales y Biodiversidad.
4.8 El/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad hace del
conocimiento de manera económica el/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio
Climático y al Secretario de Medio ambiente y Desarrollo Sustentable y estos en
conjunto dan Vo.Bo. De las multas a ejecutarse.
4.9 El/la Inspector/a designado/a elabora oficio de multa, lo pasa al/a la Jefe/a del
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, para su revisión y/o antefirma
de visto bueno; si hay que modificar dicho oficio, se le regresa al/la persona
designada para su corrección.
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4.10 El/la Inspector/a designado/a pasa el oficio de multa a revisión y/o antefirma del o
el/la Directora de Medio Ambiente y Cambio Climático si hay que modificar el
oficio, se le regresa al/la persona designada para su corrección, y retomar el
procedimiento.
4.11 El/la Inspector/a designado/a entrega oficio de multa al/la Asistente del/la
Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, para recabar la firma
del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
4.12 Una vez firmado el oficio de multa, se le entrega el mismo El/la Inspector/a
designado/a.
4.13 El/la Inspector/a designado/a llevan el oficio al domicilio de la o el ciudadano
multado, el cual firma de recibido el acuse del oficio de multa, notificándole bajo el
formato de Cedula de notificación.
4.14 En dado caso que el/la ciudadano/a no se encontrara, se le hará una visita más y de
no encontrarlo nuevamente, el oficio se fijara en puerta.
4.15 El/la ciudadano/a multado tiene un plazo de diez días hábiles para realizar el pago
correspondiente en las cajas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas Municipales
ubicadas en Plaza de la Patria y calle Colon S/N, Zona Centro en el Palacio del
Municipio de Aguascalientes, acto seguido a la brevedad deberá presentar copia de
dicho pago en el Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad así como el
pago en especie que será especificado en el oficio de multa y no excederá de cinco
días hábiles para cumplir con este requisito, lo anterior para dar cumplimento a
dicha sanción y a su vez dar por concluido el expediente. En caso de que el
ciudadano NO realice el pago de la multa, el expediente se canalizara al área
jurídica de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para su
seguimiento, este último deberá informar el estatus final de dicha multa al
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, mediante oficio.
4.16 Terminando el procedimiento si la denuncia recibida es por el Departamento de
Gestión Ambiental se entrega Cedula de solicitud de apoyo en donde vienen los
datos de la denuncia junto con hoja viajera a el/la Coordinador/a de Control
Ambiental para conformación del expediente .
4.17 Si la denuncia es recibida en el Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad el/la Inspector/a designado/a lo archiva en su expediente
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Diagrama de flujo
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE DENUNCIAS DE DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN
Inspector/a designado/aJefe/a de Departamento de Recursos Naturales y
BiodiversidadPersona Infractora
Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático
Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Inicio
Denuncia recibida en Recursos naturales
Registra en bitácora interna para el seguimiento y canaliza la Cédula de Solicitud de Apoyo o Subsidio y
hoja viajera
NO
La registra en bitácora interna para el seguimiento
SI
Verifica con la Coordinación de Proyectos Estratégicos si el domicilio reportado cuenta con la autorización correspondiente e informa al/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad.
Ordena la supervisión del domicilio reportado.
Acude al lugar para verificar la autorización otorgada y llena el acta de hechos.
Verifica la información obtenida en la visita de campo y ordena que se abra expediente.
¿Cuenta con la autorización correspondiente?
Se elabora y se entrega un citatorio para que acuda a su derecho de audiencia el supuesto infractor con el/la Jefe/a
del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y/o el/la persona designada.
NO
¿Cumple con la autorización correspondiente?
SI
NO
Abre expediente de la denuncia y lo archiva.
A
Realiza cálculo económico en base a lo que dictamina la Ley de Ingresos vigente, del daño que fue ocasionado al/los árbol/
es y/o vegetación. La cantidad resultante será la multa que deberá aplicarse al/la infractor/a.
Recibe citatorio para acudir con el/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y/o
el/la persona designada.
Atienden al ciudadano y se le hace saber el costo de la multa, se da su derecho de audiencia para que señale lo que a su derecho convenga y exhiba las pruebas a su favor en caso de
existir.
Hace del conocimiento de manera económica al/la Directora/a de Medio Ambiente y Cambio Climático y al/la Secretario/a de
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable la resolución respecto a la multa.
Hace del conocimiento de manera económica al/la Directora/a de Medio Ambiente y Cambio Climático y al/la Secretario/a de
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable la resolución respecto a la multa.
Otorgan el visto bueno de manera conjunta sobre la resolución de la multa.
Elabora el oficio de multa.
Revisia y/o antefirma de visto bueno el oficio de multa.Revisia y/o antefirma de visto bueno el oficio de
multa.
Firma el oficio de multa.
Llevan el oficio al domicilio de la o el ciudadano multado.
¿Encontró al ciudadano multado en su domicilio?
Realiza una visita más y de no encontrarlo nuevamente, el
oficio se fijara en puerta.
NO
Obtiene el acuse del oficio de multa entregado al ciudadano.
SI
Recibe el oficio , y cuenta con un plazo de diez días hábiles para realizar el pago correspondiente en las
cajas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas Municipales.
Presenta copia de dicho pago en el Departamento de
Recursos Naturales y Biodiversidad así como el pago en especie que será
especificado en el oficio de multa y no excederá de cinco días hábiles para cumplir con
este requisito, lo anterior para dar cumplimento a dicha
sanción y a su vez dar por concluido el expediente.
¿Realizó el pago de la multa?
SI
Se canaliza el expediente al área jurídica de la SEMADESU
para su seguimiento, este último deberá informar el
estatus final de dicha multa al Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad,
mediante oficio.
NO
FinA
B
Terminando el proceso de la denuncia
RNBGA
Se entrega Cedula de
solicitud de apoyo en
donde vienen los datos de
la denuncia junto con hoja
viajera a el/la
Coordinador/a de Control
Ambiental para
conformación del
expediente
El/la Inspector/a
designado/a lo
archiva en su
expediente
B
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5.1.4 PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN A SOLICITUDES DE USO DE
SUELO EN BASE A LAS UNIDADES DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL
PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL (POEL)
1.0.Objetivo:
1.1 Atender las solicitudes y/o dictámenes de Uso de Suelo en base a las Unidades de
Gestión Ambiental (UGA), a sus políticas y lineamientos ecológicos para regular o
inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la
protección del Medio Ambiente y la preservación y aprovechamiento sustentable de
los recursos naturales.
2.0.Alcance:
2.1 Este procedimiento aplica para dar opinión y dictamen a las solicitudes de Uso de
Suelo presentadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT), la Secretaría de Sustentabilidad Medio Ambiente y Agua (SSMA) y
demás dependencias de los tres Niveles de Gobierno, así como de personas físicas y
morales, esto para minimizar los conflictos ambientales derivados del uso suelo del
territorio municipal y los recursos naturales, a través de su incidencia en la
planificación territorial.
3.0 Fundamento Jurídico:
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no
Discriminación.
Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 111 A,
111 B, 111 C, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XIII; 111 D,
111 E, fracciones I, II, III y IV; 111 G, 111 H; 111 I fracciones I, II y III; 111 J
fracciones I y II; 111 K, fracciones I, II y III.
Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes, Ags., para el Ejercicio Fiscal del
Año en curso.
Ley General de Protección al Medio Ambiente. (Art. 38).
Código Municipal de Aguascalientes. (Art. 476 fracción IV).
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes Artículos : 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100,
101, 102 y 103.
Plan de Desarrollo Municipal.
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
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4.0.Descripción del Proceso:
4.1 La dependencia gubernamental solicita mediante Oficio, la opinión de
compatibilidad de uso de suelo propuesto a la Secretaria de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
4.2 La/s persona/s física/s o moral/es solicitan mediante oficio en donde se indica el uso
de suelo propuesto y la documentación (CD con información georreferenciada en
formato SHP y/o DWG, Recibo de pago realizado en cajas municipales,
Identificación Oficial con Fotografía (INE, Pasaporte o Postilla) de quien realiza el
trámite, referente a la solicitud de Dictamen de Uso de Suelo a la Secretaria de
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
4.3 El/la Recepcionista recibe el oficio y la información referente a la solicitud de Uso
de Suelo de cualquiera de los tres niveles de Gobierno y/o del Dictamen de Uso de
Suelo con la documentación requerida y el pago correspondiente de las persona/s
física/s o moral/es, lo turna el/la asistente del Secretario/a de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
4.4 El/la asistente del Secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable recibe el
expediente para registrarlo y turnarlo el/la Secretario/a de Medio Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
4.5 El/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable revisa y canaliza el
expediente a el/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio del
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad.
4.6 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio recibe el oficio y la
información referente a la solicitud de Opinión de Uso de Suelo, revisa el
expediente y determina el lapso de contestación de 10 a 15 días naturales
dependiendo de lo solicitado. En caso de Dictamen de Uso de Suelo, El/la
Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio recibe el oficio y la
información referente a la solicitud de Dictamen de Uso de Suelo y revisa el
expediente y determina el lapso de contestación de 15 a 20 días naturales
dependiendo de lo solicitado.
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4.7 En caso de que la solicitud de opinión de uso de suelo de cualquiera de los tres
niveles de gobierno requiera de un análisis y opinión del Departamento de Gestión
Ambiental, El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio entregará
la carpeta con la información, para su análisis a el/la Jefe/a de Departamento de
Gestión Ambiental, debidamente relacionada para que emita su opinión y otorgue su
Visto Bueno.
4.8 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental revisa la carpeta con la
información y otorga Visto Bueno de la solicitud de opinión de uso de suelo de
cualquiera de los tres niveles de Gobierno y lo envía a el/la Coordinador/a de
Ordenamiento Ecológico del Territorio del Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad.
4.9 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio revisa el expediente
para determinar el uso propuesto y ubicarlo en los Sistemas de Información
Geográfico (SIG- ARC GIS) y (DWG-AUTOCAD) y determinar la ubicación
geográfica con respecto a las Unidades de Gestión Ambiental (UGA), la política
ambiental, lineamientos ecológicos y su compatibilidad de acuerdo a la política de
uso del suelo de la Unidad de Gestión Ambiental, para llevar a cabo la elaboración
de la cartografía correspondiente. En el caso de Dictamen de Uso de Suelo, El/la
Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio revisa y analiza la opinión
técnica y/o el Dictamen de acuerdo a las políticas y lineamientos ecológicos para
emitir el oficio Positivo o Negativo del uso propuesto, antefirma el mismo y lo turna
a El/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, para su firma.
4.10 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio envía el oficio de
opinión técnica a la Dependencia gubernamental que solicito dicha Opinión. En el
caso de las personas físicas o morales, las antes mencionadas deberán acudir en el
tiempo establecido por el Dictamen solicitado.
4.11 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio archiva el acuse y
da cierre al expediente.
NOTA:
1. Para la Solicitud de Dictamen Uso de Suelo para persona/s física/s o Moral/es.
Deberá incluir los siguientes requisitos:
Solicitud por escrito solicitando Dictamen de Uso de Suelo con Respecto al
Programa de Ordenamiento Ecológico.
Copia de Identificación Oficial con Fotografía (INE, Pasaporte o Postilla) de quien
tramita la solicitud
CD con información georreferenciada en formato SHP y/o DWG
Pago por emisión de Dictamen de Uso de Suelo propuesto ante las cajas
recaudadoras de la Secretaria de Finanzas Municipales, dicho costo se encuentra en
la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal vigente.
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2. Para la Solicitud de opinión de uso de suelo de cualquiera de los 3 niveles de
gobierno se llevara en base al Artículo 38 de la Ley de Protección al Medio
Ambiente del Estado de Aguascalientes.
Diagrama de flujo
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE OPINIÓN DE USO DE SUELO EN BASE A LAS UNIDADES DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL (POEL)
Recepcionista Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del
Territorio
Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental
Usuario/aAsistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Inicio
Recibe oficio, la documentación requerida y el pago correspondiente
Revisa Expediente y canaliza
Revisa y determinar el lapso de contestación si es opinión de Uso de suelo que va de 10 días naturales a 15
días dependiendo de solicitado.
¿Requiere análisis y opinión del Departamento de Gestión
Ambiental?
Recibe el expediente para su análisis.
Elabora oficio con su opinión.
SI
Revisa el expediente para determinar el uso propuesto y ubicarlo en el Sistema de Información Geográfico (SIG) (ARC
GIS) y determinar la ubicación geográfica con respecto a las Unidades
de Gestión Ambiental, la política ambiental, lineamientos ecológicos y su compatibilidad de acuerdo a la política
de uso del suelo de la unidad de Gestión Ambiental, para llevar a cabo la
elaboración de la cartografía correspondiente.
NO
Revisa y analiza la opinión técnica de acuerdo a las políticas y lineamientos
ecológicos para emitir el oficio Positivo o negativo del uso propuesto,
rubricando el mismo.
Firma oficio con la opinión técnica en positivo o negativo del uso de suelo propuesto.
Entrega el oficio, archiva el acuse a la dependencia gubernamental y/o
personal física y moral y cierra el expediente.
Fin
Solicita mediante oficio, la opinión de compatibilidad de uso de suelo propuesto y/0 Dictamen de uso de suelo
Recibe el oficio de opinión técnica.
Recibe expediente lo registra y lo turna al titular de la
SEMADESU.
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5.1.5 PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE
PROPUESTA PARA DECLARATORIAS DE ÁREAS NATURALES
PROTEGIDAS Y ÁRBOLES PATRIMONIALES
1.0.Objetivo:
1.1 Atender las solicitudes de propuestas de Áreas Naturales Protegidas o bien proponer
las áreas a proteger prioritarias dentro del territorio municipal, en concordancia con
la normatividad ambiental aplicable de los tres órdenes de gobierno, cuyo fin es
conservar la biodiversidad representativa de los ecosistemas para asegurar el
equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos y cuyas
características no han sido esencialmente modificadas.
2.0.Alcance:
2.1 Este procedimiento aplica para para declarar y decretar Áreas Naturales Protegidas
como fin vigilar que el aprovechamiento de los recursos Naturales dentro de la
zona se realice de manera sustentable, preservando la flora y fauna particular del
ecosistema, permitir y propiciar la investigación y estudio de los ecosistemas con el
fin para generar conocimiento y transmitir aquellas prácticas o tecnologías que
permitan el aprovechamiento sustentable de los mismos y, a su vez, proteger el
entorno de las zonas históricas, arqueológicas y turísticas de valor e importancia
cultural y recreativa.
3.0 Fundamento Jurídico:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no
Discriminación.
Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 4,
fracción III 10 fracciones I, II, III, IV, VI, XI, XII, XVII,XVIII, XIX, XX, XXI,
XXII, XXIII y XXVI; 11, fracciones I, II, III, IV, VI, VII, IX
Código Municipal de Aguascalientes. Art. 476 fracciones I y VI.
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Artículo 13
fracciones I, II, X, XII, XIV, XX y XXI; 28; 71, 72 y 73.
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes Artículos 10, fracción III, IV y VI, XXXIII; 87, 88,
89, 90, 91, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103. 141.
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Artículo 13
fracciones I, II, X, XII, XIV, XX y XXI; 28; 71 y 73.
4.0 Descripción del Proceso:
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4.1 La dependencia gubernamental, persona física o moral solicita mediante escrito
libre y acompañado de Proyecto en el cual se justifica la petición para llevar a cabo
la Declaratoria del Área propuesta a la Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección
General de Gobierno.
4.2 La Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, lo sube como
punto de acuerdo al Cabildo en sesión ordinaria y/o extraordinaria realiza el
procedimiento administrativo correspondiente para dictaminar la propuesta y en su
caso determina y ordena a la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable realice los estudios pertinentes para decretar la Declaratoria del Área
Natural Protegida..
4.3 El/la Director de Medio Ambiente y Cambio Climático recibe oficio y dictamen
de la Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, para llevar a
cabo los estudios pertinentes para la Declaratoria del Área Natural Protegida.
4.4 La SEMADESU a través de el/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio
Climático realizara los estudios correspondientes con el personal responsable o a
través de terceros y elabora el estudio previo justificativo del Área Natural y
Protegida a decretar y lo entregará al Área Jurídica para la elaboración de la
propuesta de decreto.
4.5 Una vez integrado debidamente el estudio previo justificativo el/la Director/a de
Medio Ambiente y Cambio Climático lo pondrá a disposición del Público en
general, para su consulta en las oficinas de la SEMADESU por un plazo de 30 días
naturales, tiempo en el que las personas interesadas podrán presentar por escrito sus
opiniones.
4.6 El Área Jurídica realiza la propuesta de declaratoria del Área Natural y Protegida,
una vez integrado el estudio y este a su vez lo antefirma y lo canaliza a el/la
Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático para su Visto Bueno.
4.7 El/la Director de Medio Ambiente y Cambio Climático en el término de 20 días
naturales deberá remitir el expediente que contenga el estudio previo justificativo,
las opiniones derivadas de las consulta pública y el proyecto de declaratoria y
mediante oficio lo canaliza a el/la asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente
y Desarrollo Sustentable para su firma.
4.8 Una vez firmado el área Jurídica entrega expediente a la Secretaría del H.
Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno para que lo remita a la Comisión
conducente.
4.9 El/la Área Jurídica archiva acuse del oficio junto con el expediente.
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Diagrama de Flujo
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE PROPUESTA PARA DECLARATORIAS DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Y ÁRBOLES PATRIMONIALES
Secretaria/o del H.
Ayuntamiento y Dirección
General de Gobierno
Asistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático
Área JurídicaUsuario/aSecretario/a de Medio
Ambiente y Desarrollo
Sustentable
inicio
Sube la solicitud como punto de acuerdo al Cabildo en sesión ordinaria o
extraordinaria para dictaminar su aprobación.
Registra dictamen y oficio.Recibe el dictamen y oficio para
su conocimiento.Reciben el dictamen y oficio para su revisión.
Realiza los estudios correspondientes y elabora el estudio previo justificativo del Área
Natural y Protegida a decretar.
Recibe el estudio previo justificativo del Área Natural y
Protegida a decretar para que de inicio a la propuesta de decreto.
Realiza la propuesta de decreto del Área Natural y Protegida,
elabora oficio y este a su vez lo antefirma.
Recibe propuesta de decreto para otorgar su visto bueno.
Firma el oficio de propuesta de decreto del Área Natural
y Protegida.
Recibe oficio y carpeta del estudio justificativo del Área Natural y
Protegida a declarar para entregarlo al H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno.
Recibe el oficio y carpeta del estudio justificativo del Área Natural y Protegida a
declarar
FIn
Determina y ordena mediante dictamen a la SEMADESU realice los estudios
pertinentes para decretar la Declaratoria del Área Natural y Protegida.
Solicita mediante escrito libre y acompañado de Proyecto en el cual se justifica la petición para llevar a cabo la Declaratoria del
Área propuesta.
Archiva el acuse del oficio junto con el expediente. Y
finaliza el proceso.
En el Término de 20 días naturales deberá remitir el expediente que contenga el
estudio previo justificativo, las opiniones derivadas de las consultas públicas y el
proyecto de declaratoria y mediante oficio el cual lo canaliza para firma
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5.2 Departamento de Gestión Ambiental
5.2.1 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A DENUNCIAS
Y/O REPORTES CIUDADANOS EN MATERIA AMBIENTALES
1.0.Objetivo:
1.1 Atender a toda persona física o moral que denuncie ante la autoridad municipal,
todo hecho, acto u omisión que produzca daño o deterioro al ambiente, incluyendo
el derribo, reubicación o remoción de vegetación o por entregar o suministrar bolsas
de plástico para carga, envoltura o empaque; popotes plásticos, vasos, contenedores,
charolas, u utensilio de poliestireno expandido que contravengan a las disposiciones
legales aplicables que regulen materias relacionadas con la protección al medio
ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
2.0 Alcance:
2.1 Este procedimiento aplica a todas las denuncias ciudadanas debidamente
fundamentadas y/o reportes ciudadanos relacionadas con el derribo, reubicación o
remoción de vegetación, así como a los domicilios, comercios y/o servicios, ya sean
fijos, semifijos ambulantes o de temporada por fiestas patronales, centros
comerciales, restaurantes, tiendas de autoservicio y/o conveniencia localizados
dentro del Municipio de Aguascalientes.
3.0 Fundamento Jurídico:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo
quinto.
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes
del Municipio de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción VI, XV, XVI, XVI,
XXXVIII incisos a, b, c, d, e y f y Artículo 278, 279, 280, 296, 353, 354,
355, 356, 357,358, 359, 360 Fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII Y VIII, 361,
377.
Ley de Protección Ambiental del Estado de Aguascalientes. Artículo 4, 10,
111, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207,208,
209, 210, 211, 212, 213, 214, 222, 223.
Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo
182, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200.
Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes,
Artículo 37 fracciones I, II, III y IV; 38, 39,40,41,44,55,56 Fracciones I, II,
III, IV, V Y VI;71,72,73 Fracciones de la I a la VIII; 66,68. 69. 70
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Fracciones I, II, II, IV, V Y VI; 71, 72, 73 Fracciones I, II, III y IV; 74,75,
76,79 Y 80
Norma Oficial Mexicana NOM 081 SEMARNAT 1994 Actualizada al 2013.
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No
Discriminación.
Plan de Desarrollo Municipal.
4.0 Descripción del Proceso:
Este procedimiento tiene las siguientes políticas:
Se reciben las denuncias ciudadanas de personas físicas y/o morales en los
siguientes situaciones ambientales: que realicen actividades comerciales y de
servicios de competencia municipal que por su naturaleza generen olores, ruido,
vibraciones, energía térmica, residuos, emisiones a la atmosfera, que rebasen los
límites permitidos por los reglamentos y Normas Oficiales, así como derribo de
árboles y de forma ilícita que se estén realizando o se realizaron que estén
afectando a la población y la entrega y suministro de popotes, bolsas y poliestireno
expandido.
La denuncia que se obtiene a través de vía telefónica, correo electrónico, atención
personal en la SEMADESU, deberá de utilizar el Formato de denuncia y/o reporte
correspondiente donde se asiente.
Bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
-El nombre o denominación, razón social, domicilio, teléfono si lo tiene y en su caso,
de su representante legal (De quien denuncia).
-Los actos, hechos u omisiones denunciados.
-Los datos que permitan identificar el probable infractor o localizar la fuente
contaminante.
-Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante, las cuales serán valoradas por la
SEMADESU (Si contara con ellas).
En caso que la denuncia no contenga lo anterior, solo se atenderá como un reporte
ciudadano.
En caso de que si cumpla con lo anterior también deberá de hacerse del
conocimiento de el/la denunciante que tiene que ratificarla por escrito en un
término no mayor a 3 días hábiles en cumplimiento al art. 354 del Reglamento de
Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del Municipio de
Aguascalientes. En caso de no ratificar la denuncia en el término aludido se tendrá
por no presentada y de igual manera solo queda asentada como reporte ciudadano.
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Si la denuncia no fue ratificada la SEMADESU aun así dará el seguimiento a través
de la visita de verificación para validar la veracidad del reporte ciudadano.
Se le deberá de informar a el/la ciudadano/a que al no presentar su denuncia por
escrito y ratificarla, solo será un reporte ciudadano y en caso de que solicite una
respuesta solo será que se atendió a través de una verificación, en el caso de que la
presente por escrito y ratifique, se le notificara a través del medio que el señale
sobre el seguimiento y resolución de su denuncia.
Las denuncias canalizadas mediante oficios por otras Dependencias ya sean
Municipales, Estatales y Federales; para su atención, así como las provenientes de
la Dirección de Atención ciudadana por medio del Sistema Integral de Atención
Ciudadana en donde se dan de alta las provenientes de: programa Miércoles
Ciudadano, 072, Comunicación social, no llevaran este formato de denuncia, pero
si se deberá de hablar con el/la interesado/a para que acuda a SEMADESU a
presentar su denuncia por escrito y ratificarla.
4.1 El/la Coordinador/a de Control Ambiental recibe denuncia vía SIAC, de ser
telefónica, atención personal en la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable, o si la denuncia fue recibida por medio de Oficio Turnado por alguna
Dependencia Federal, Estatal o Municipal la tendrá que registrar en SIAC (Sistema
Integral de Atención Ciudadana), y de acuerdo a su naturaleza serán atendidas por la
SEMADESU, o deberán ser canalizadas por su competencia federal, estatal o
municipal según correspondan junto con la cédula de solicitud de apoyo y/o subsidio,
además de reporte de verificación y fotográfico.
4.2 El/la Coordinador/a de Control Ambiental entrega formato para verificación y
seguimiento de denuncias junto con cédula de solicitud de apoyo o subsidio a el/la
Jefe/a de Departamento de Gestión ambiental.
4.3 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental recibe formato y entrega a
inspector/a para que realice visita de verificación.
4.4 El/la Inspector/a recibe instrucción de el/la Jefe/a de Departamento de Gestión
Ambiental y acude a realizar visita de verificación, generando reporte fotográfico y
reporte general de verificación, posteriormente entrega a Coordinador/a de control
ambiental.
4.5 El/la Coordinador/a de Control Ambiental recibe reporte y registra como respuesta
en SIAC.
4.6 Requiere ser canalizada o es atendida por la SEMADESU.
4.7 Si la SEMADESU atiende la denuncia y/o reporte ciudadano, identifica si
corresponde al Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad o para el
Departamento de Gestión Ambiental.
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4.8 Si la Denuncia corresponde al Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad el/la Coordinador/a de Control Ambiental entregara la Cedula de
solicitud de apoyo en donde vienen los datos de la denuncia junto con hoja viajera al
Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, así mismo la Coordinador/a
de Control Ambiental subirá al SIAC la respuesta de canalización que realizó a dicho
Departamento y posteriormente por parte del Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad anexaran la respuesta correspondiente en la hoja viajera y la entregan
a el/la Coordinadora de Control Ambiental para la conformación del expediente.
4.9 En caso de canalización se elabora el oficio de canalización a las dependencias
correspondientes y entrega para Visto Bueno del/la Jefe/a de Departamento de
Gestión Ambiental.
4.10 El/la Jefe/a de Departamento Gestión Ambiental recibe oficio de canalización y da
VoBo, para posteriormente entregarlo al/la Asistente del/la Secretario/a de Medio
Ambiente y Desarrollo Sustentable.
4.11 El/la Asistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable,
recibe oficio y entrega para firma correspondiente, una vez firmado lo regresa al/la
Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental.
4.12 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, recibe el oficio de canalización
firmado por el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, y lo
pasa a al/la Coordinador/a de Control Ambiental para que prepare las copias para
el/los acuses de recibido.
4.13 Hecho lo anterior, al/la Coordinador/a de Control Ambiental entrega oficios de
canalización a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental.
4.14 La entrega de estos oficios podrá hacerse con el apoyo del/la Coordinador/a de
Control Ambiental y el/la inspector/a del Departamento de Gestión Ambiental,
mediante instrucción de el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental. Si los
oficios de canalización se pueden entregar en miércoles ciudadano, el/la Jefe/a de
Departamento de Gestión Ambiental se los entrega al/la Coordinadora de Control
Ambiental para su entrega, quien solicita firma de recibido y archiva el acuse en
expediente.
4.15 Si no se pueden entregar en miércoles ciudadano, el/la Jefe/a de Departamento de
Gestión Ambiental, pasa oficios a inspector/a del Departamento de Gestión
Ambiental, quien acude a entregar y posteriormente da los acuses a Coordinador/a
de Control Ambiental para su archivo.
4.16 En caso de que la denuncia y/o reporte ciudadano sea competencia del
Departamento de Gestión Ambiental, el/la Coordinador/a de Control Ambiental le
entrega al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental el Formato para
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Solicitud de Verificación y Seguimiento de Denuncias, y la Cédula de Solicitud de
Apoyo o Subsidio.
4.17 El Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental recibe formatos, revisa y entrega
al/la inspector/a para que el realice la visita en el domicilio denunciado.
4.18 El/la Inspector/a recibe formatos y acude al sitio de la denuncia y/o reporte
ciudadano, al iniciar la visita deberá exhibir credencial vigente con fotografía
expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha
función.
4.19 Si se encuentra el/la propietario/a procede a realizar la verificación mediante el
formato general de verificación, de la cual deberá dejar copia al/la propietario/a
responsable y/o encargado para realizar la verificación del comercio o servicio de
competencia municipal.
4.20 En caso que No se encontrara el/la propietario/a el Inspector/a, dejará el citatorio
correspondiente dejándolo en poder de quien en ese momento se encuentre o
pegado en estrado, para que se presente en el lugar de la inspección, dentro del
plazo correspondiente. El/la inspector/a acude nuevamente y en caso de que el/la
propietario/a del comercio o servicio de competencia municipal que no se presente,
éste/a procederá a realizar la verificación al comercio o servicio con quien se
encuentre en ese momento a cargo.
4.21 En caso de que no cuenta con Constancia de Alineamiento y Compatibilidad
Urbanística y por encontrarse en vía pública haciendo sus actividades, el/la
inspector/a lo redacta dentro del Formato General de Verificación y posteriormente
entrega al/la Coordinador/a de Control Ambiental junto con el Formato para
Solicitud de Inspección y Seguimiento de Denuncias.
4.22 El/la Coordinador/a de Control Ambiental canaliza de inmediato vía oficio firmado
por el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a SEDUM y
sube la respuesta al SIAC y se da por concluida la denuncia y/o reporte ciudadano.
4.23 En el caso de que el lugar cuente con Constancia de Alineamiento y
Compatibilidad Urbanística y cumpla con condiciones ambientales necesarias para
el funcionamiento y no ponga en riesgo a terceros por el asunto de la denuncia el/la
inspector/a asienta en el reporte general de Verificación, mismo que entrega a
Coordinador/a de Control Ambiental, quien sube la respuesta al SIAC y archiva
dando por concluido el reporte ciudadano y/o la denuncia.
4.24 Si la denuncia y/o reporte ciudadano es para verificar que se cumplan con las
condiciones ambientales incluyendo que en el establecimiento se están ofreciendo
bolsas de plástico para carga, envoltura o empaque, popotes plásticos o poliestireno
expandido; el/la Inspector/a realizará un reporte general de verificación al
establecimiento para corroborar el incumplimiento y lo entrega a la Coordinador/a
de Control Ambiental para su expediente y seguimiento.
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4.25 El/la Coordinador/a de Control Ambiental analiza los reportes generales de
verificación y determina en conjunto con el/la Jefe/a de Departamento de Gestión
Ambiental con cuales comercios y/o servicios hay incumplimiento y los agenda
para una segunda visita por parte de el/la inspector/a mediante una Orden de visita.
4.26 El/la Inspector Si encuentra el/la propietario/a procede a entregar copia de la orden
de visita y realizar el acta de verificación e inspección, de la cual deberá dejar
copia al/la propietario/a responsable y/o encargado para realizar la verificación del
comercio o servicio.
4.27 En caso que No se encontrara el/la propietario/a el Inspector/a, dejará el citatorio
correspondiente dejándolo en poder de quien en ese momento se encuentre o
pegado en estrado, para que se presente en el lugar de la inspección, dentro del
plazo correspondiente. El/la Inspector/a acude nuevamente y en caso de que el/la
propietario/a del comercio o servicio no se presente, éste/a procederá a realizar la
verificación al comercio o servicio con quien se encuentre en ese momento a cargo.
4.28 E/la l Inspector/a en esta segunda visita levanta acta de verificación e inspección,
en caso de que encuentre nuevamente el incumplimiento el/la Inspector/a dejara un
apercibimiento con 10 días hábiles para subsanar la anomalía detectada y en caso
de que ya no se encuentre incumplimiento, se cierra la visita, ambas situaciones se
le reportan a el/la coordinador/a de control ambiental para que de ser necesaria
agende una tercera visita. Posteriormente entrega a Coordinador/a de Control
Ambiental, para la integración del expediente y seguimiento.
4.29 Transcurrido el plazo de los 10 días hábiles Coordinador/a de Control Ambiental, le
informa a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, sobre la tercera visita que
deberá de realizarse para que instruya a el/la inspector/a para que este acuda y
levante el acta de verificación e inspección, en caso de que encuentre nuevamente
el incumplimiento el/la Inspector dejara una amonestación con 5 días hábiles para
subsanar la anomalía detectada. De lo contrario y al haber cumplido con lo que ya
se le había observado, solo se levantara el acta de verificación e inspección ambas
situaciones se le reportan a el/la coordinador/a de control ambiental para que de ser
necesaria agende una cuarta visita. Posteriormente entrega a Coordinador/a de
Control Ambiental, para la integración del expediente y su conclusión.
4.30 Transcurrido el plazo de los 5 días hábiles Coordinador/a de Control Ambiental, le
informa a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, sobre la cuarta visita que
deberá de realizarse para que instruya a el/la inspector/a para que este acuda y
levante el acta de verificación e inspección en caso de que encuentre nuevamente el
incumplimiento el/la inspector dejara la multa correspondiente por la anomalía
detectada. De lo contrario y al haber cumplido con lo que ya se le había observado,
solo se levantara el acta de verificación e inspección ambas situaciones se le
reportan a el/la Coordinador/a de Control Ambiental. Posteriormente entrega a
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Coordinador/a de Control Ambiental, para la integración del expediente y su
conclusión.
4.31 Para entregar la respetiva multa, el/la inspector/a dejara, un citatorio al propietario
para que comparezca a la SEMADESU y notificarle mediante Cedula de
Notificación y una vez que se presente con el/la Coordinador/a de Control
Ambiental le entrega la respetiva multa por el incumplimiento que se detectó, en
caso de no presentarse, se le notificara en el domicilio donde se llevó a cabo la
verificación e inspección.
4.32 De no encontrarse ningún incumplimiento de las condiciones ambientales o por
bolsas de plástico para carga, envoltura o empaque, popotes plásticos o poliestireno
expandido, levanta el reporte general de verificación y entrega a Coordinador/a de
Control Ambiental, para la integración del expediente y actualiza respuesta en
SIAC y archiva en expediente.
4.33 Una vez que el/la propietario/a se presenta con el/la Coordinador/a de Control
Ambiental generará Acta de Hechos Circunstanciada, esta comparecencia deberá de
notificarse al Área Jurídica para su vo.bo.
4.34 El/la Coordinador/a de Control Ambiental informa a propietario/a que se emitirá
resolución dentro de los siguientes diez días hábiles.
4.35 Una vez que se lleva a cabo todo el proceso y la audiencia, el/la Coordinador/a de
Control Ambiental con el vo.bo. Del área jurídica y de el/la jefe/a de departamento
de gestión ambiental ratifica o se deja sin efecto la multa de acuerdo a la resolución
emitida y se sube la respuesta de conclusión al SIAC.
4.36 De resultar procedente la multa el/la Coordinador/a de Control Ambiental, elabora
oficio a la Secretaría de Finanzas, el cual deberá de ser firmado por el/la
Secretario/a de SEMADESU, con la finalidad de que Finanzas pueda cobrar dicha
multa.
4.37 El/la Coordinador/a de Control Ambiental elabora el Informe Mensual de
Denuncias recibidas, dirigido al órgano interno de control municipal, el/la Jefe/a de
Departamento de Gestión Ambiental lo revisa y rúbrica con el visto bueno,
posteriormente se le pasa al/la asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente y
Desarrollo sustentable, para recabar la firma de el/la Secretario/a de Medio
Ambiente y Desarrollo Sustentable para finalmente entregarlo, con el apoyo del
inspector/a, una vez entregado, se le da el acuse a el/la Coordinador/a de Control
Ambiental para archivarlo en la carpeta correspondiente y mostrarlo ante cualquier
Auditoria.
4.38El/la Coordinador/a de Control Ambiental realiza en los primeros 5 días de cada
mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos en base al
SIAC para verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo
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planeado, el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe
de Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.
Diagrama de flujo
ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A DENUNCIAS Y/O REPORTE CIUDADANO EN MATERIA AMBIENTAL
Coordinador/a de Control Ambiental Jefe/a de Departamento de Gestión AmbientalAsistente de Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable
Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo
SustentableInspector/a
Auxiliar Administrativo (Dpto. de Recursos
Naturales y Biodiversidad)
Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad
Recibe denuncia ciudadana
¿La denuncia se recibió via SIAC?
Se registra en el SIAC y se asigna folio.
Imprime cédulas y se agrega formato para verificación de denuncias y se pasa a jefe/a Depto.
NO SI
Elabora oficio de canalización y lo entrega para visto bueno
Prepara las copias de acuse de recibido y entrega a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental
SI
Inicio
Recibe formato y cedula canaliza para que realice visita de verificación
Recibe oficio de canalización y lo entrega
Recibe oficio de canalización firmado y lo entrega
Recibe, revisa y firma oficio de canalización, y entrega
NO
¿Entrega en miércoles ciudadano?
Canaliza oficios a Coordinador/a de Control Ambiental para su entrega
SI
Recibe oficios
Recibe oficios, entrega en miércoles ciudadano
FIN
Canaliza oficios a Inspector/a para su entrega
NO
Recibe oficios y entrega, posteriormente pasa acuses a Coordinador/a de Control Ambiental
Recibe y archiva acuse
Se atiende en SEMADESU por el
Depto.
Elabora oficio de canalización, anexando la Cédula de solicitud
de apoyo con su folio
RNyB
Recibe, revisa y firma oficio de canalización y lo pasa para su entrega Recibe y entrega oficio Recibe oficio
Entrega acuse a Coordinador/a de Control Ambiental
Entrega a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental Formato de
solicitud de verificación y seguimiento de denuncias y la cedula de solicitud de apoyo
Recibe y archiva acuse
GA
¿Tiene respuesta en tiempo?
Elabora y envía oficio de prórroga de dos días adicionales para
respuesta para Jefe/a de Dpto. de Gestión Ambiental
Elabora y envía oficio de respuesta con Cédula de solicitud de apoyo a
Coordinador/a de Control Ambiental SI
NOSube al SIAC la respuesta correspondiente
Recibe formatos revisa y entrega a inspector para que realice la visita en el domicilio denunciado
Recibe formatos y acude al sitio
¿Se encuentra propietario?
Realiza la inspección, orden de visita entregándole copia al propietario
Realiza la inspección, orden de visita entregándole copia al propietario
SI
Deja citatorio para que se presente en el lugar de la inspección
NO
Acude nuevamente a realizar la inspección este o no el/la propietario/a
¿Es denuncia por ofrecer plasticos ?
Realiza un reporte general verificación para corroborar el incumplimiento y lo entrega
SI
Entrega documentación de la inspección
Recibe documentación de la inspección y sube respuesta al
SIAC y archiva expediente
Realizará un reporte general de verificación al establecimiento para
corroborar el incumplimiento
NO
¿Cuenta con constancia de alineamiento y
compatibilidad urbanística ?
Redacta dentro del formato general de verificación junto con el formato solicitud de inspección y seguimiento de denuncias
y lo entrega
NO
Canaliza vía oficio firmado por el titular de SEMADESU a titular de SEDUM y Sube respuesta al SIAC y se de por concluida la denuncia
Redacta en Acta de verificación e inspección
entrega a el coordinador/a de Control Ambiental
SI
Transcurrido el plazo de 10 días notifica a el/la Jefa/a de Departamento de Gestión Ambiental para que instruya a el/la inspector/a
¿Esta presente el/la propietario ?
SINo
Recibe al propietario y levanta el acta de hechos circunstanciada y notifica al área jurídica ára su visto bueno
Informa al propietario que se emita resolución mediante los díez días hábiles
¿Procede el cobro ?
Se da por concluida la denuncia y sube respuesta
al siac
Se captura la multa en el Sistema de cobros y multas ambientales para que se pueda hacer
el cobro en cajas de Finanzas Municipales
Si No
Verifica en el Sistema de cobros y multas ambientales e imprime comprobante de
pago y anexa en expediente
Elabora informe mensual de denuncias recibidas para el titular de Órgano Interno
de Control Firmado por el titular de la SEMADESU
Elabora análisis grafico dentro de los primeros 5 días y se lo entrega a el/la
Jefe/a de Departamento y Coordinador/a de calidad
Recibe, revisa y antefirma de visto bueno el oficio de canalización y lo entrega para su firma
Recibe y acude a realizar la verificación generando reporte fotográfico y genera de verificación
Entrega el reporte Recibe reporte y registra como respuesta en el SIAC
Se canaliza
El/la Coordinador/a de Control Ambiental analiza los reportes generales de verificación y determina en conjunto con el/la jefe/a de departamento de gestión ambiental con Cuales comercios y/o servicios hay incumplimiento y los agenda para una segunda visita por parte de el/la inspector
Realizar el acta de verificación e inspección, de la cual deberá dejar
copia al/la propietario/a responsable y/o encargado para realizar la
verificación del comercio o servicio
Dejará el citatorio correspondiente dejándolo en poder de quien en ese momento se encuentre o
pegado en estrado, para que se presente en el lugar de la inspección, dentro del plazo correspondiente.
Acude nuevamente y en caso de que el/la propietario/a del comercio o servicio no se
presente, éste/a procederá a realizar la verificación al comercio o servicio con quien se encuentre
en ese momento a cargo
No se presentó el propietario No
Si
En esta segunda visita levanta acta de verificación e inspección
Se encuentre nuevamente el incumplimiento
Dejara un apercibimiento con 10 días hábiles para subsanar
la anomalía detectada Se cierra la visita
Ambas situaciones se le reportan para que de ser necesaria agende una tercera visita. Posteriormente entrega a Coordinador/a de Control
Ambiental, para la integración del expediente y seguimiento o cierre
Si No
Se encuentre nuevamente el incumplimiento
En esta tercera visita levanta acta de verificación e inspección
Dejara una amonestación con 5 días hábiles para subsanar
la anomalía detectada.
No
Si Transcurrido el plazo de 5 días notifica a el/la Jefa/a de Departamento de Gestión Ambiental para que instruya a el/la inspector/a
Se encuentre nuevamente el incumplimiento
En esta cuarta visita levanta acta de verificación e inspección
Dejara la multa correspondiente y citatorio para que comparezca
a la SEMADESU
Ambas situaciones se le reportan para la integración del expediente y seguimiento o cierre
Se cierra la visita
Si No
1
1
1
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5.2.2 PROCEDIMIENTO PARA PERMISO AMBIENTAL DE
FUNCIONAMIENTO
1.0. Objetivo:
1.1 Prevenir y crear una cultura de protección al ambiente a través de las acciones que
permitan orientar, prevenir y mitigar el daño al medio ambiente y a la población en
general generado por actividades comerciales y de servicios, así como
microindustrias.
2.0. Alcance:
2.1 El trámite se aplica a toda la población en general que desee iniciar una actividad
comercial (Servicio/Comercios) de competencia municipal.
3.0.Fundamento Jurídico:
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XLVI y Artículo 67, Artículo
86 BIS, TER, QUATER, QUINQUIES, SEXIES, SEPTIES, OCTIES, NOVIES,
DECIES, UNDECIES, DUODECIES, TER DECIES, QUATER DECIES,
QUINQUIES DECIES, SEXIES DECIES, SEPTIES DECIES, OCTIES
DECIES, NOVIES DECIES y VICIES; Artículo 256, 256 BIS y TER; Artículo
393 Fracc. XXIII.
Ley de ingresos del Municipio de Aguascalientes, Ags; Artículo, 86 Fracción I y
IV para el ejercicio Fiscal del año en curso.
Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no
Discriminación.
Plan de Desarrollo Municipal vigente.
4.0.Descripción del Proceso:
4.1 El/La interesado/a solicita un Cuestionario de Información Básica Ambiental, el
Listado de Requerimientos del “Trámite de Permiso Ambiental de
Funcionamiento” y se le informa sobre el pago que habrá de realizarse antes de
ingresar el trámite, ya que de lo contrario solo se le reciben sus documentos pero no
se le dan trámite. O bien se presenta con el Cuestionario de Información básica
debidamente llenado y con los requisitos solicitados según el comercio o servicio
que se desea aperturar y su copia de recibo de pago.
4.2 El/la Recepcionista y/o el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental verifica que la
documentación esté completa, y el formato del Cuestionario de Información Básica
Ambiental debidamente llenado. Le comenta que queda sujeto a revisión y en caso
de que falte algo se le hará el requerimiento los primeros 10 días hábiles posteriores
a su recepción mediante un oficio.
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4.3 El/la interesado/a tendrá 5 días hábiles una vez que reciba la notificación para
presentar la información que se le solicita, una vez presentada, la respuesta del
permiso ambiental de funcionamiento no deberá de exceder 20 días hábiles. En
caso de que el/la Interesado/a no presente la información respectiva, se desecha el
trámite y se archiva como tramite cancelado por falta de documentación.
4.4 El/la Coordinador/a de Impacto Ambiental canaliza el trámite recibido al/la
Recepcionista para colocarle la hoja viajera, así como registrarlo en Base de Datos
de Control de Recepción y los turna a el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental al
final del día.
4.5 El/la Recepcionista al final de la semana entrega la relación de los tramites que
ingresaron a el/la Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para su control y
seguimiento.
4.6 El/la Coordinador/a de Impacto Ambiental, llena la hoja viajera y entrega la
Solicitud de Inspección de Cuestionario de Información Básica Ambiental y
expediente a el/la Jefe de Departamento de Gestión Ambiental para la visita de
verificación al sitio a través de el/la inspector/a.
4.7 El/la Inspector/a recibe el expediente, llena la hoja viajera y organiza su ruta de
visitas.
4.8 El/la inspector/a una vez realizada la visita, entrega al/la Coordinador/a de Impacto
Ambiental, la información recabada, se realiza nuevamente el llenado de la hoja
viajera, el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental elabora el Permiso Ambiental de
Funcionamiento y/o oficio de respuesta y llena el formato de control de
documentación del expediente y lo turna el/la Jefe del Departamento de Gestión
Ambiental.
4.9 En caso de que el/la inspector/a no localice a los solicitantes en su visita física
después de acudir en dos ocasiones o no conteste el teléfono que dejo para
notificaciones, se dejará un aviso de visita para que se presente o llame a la
SEMADESU en un plazo de 1 día hábil para re-agendar su visita de verificación. En
caso de no hacerlo en el plazo establecido se cancela la solicitud.
4.10 El/la Jefe del Departamento de Gestión Ambiental recibe expediente y Permiso
Ambiental de Funcionamiento, llena la hoja viajera, revisa el permiso, los requisitos
y si toda la información coincide, firma y certifica mediante el sello respectivo, en
caso de que exista alguna modificación en el permiso el/la Jefe del Departamento de
Gestión Ambiental., lo regresara a el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental para
que se hagan las modificaciones correspondientes las cuales tendrán que realizarse a
la brevedad.
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4.11 El/la Jefe del Departamento de Gestión Ambiental una vez firmado y certificado el
permiso lo entrega al/la Coordinador/a de Impacto Ambiental para que acopie
permisos firmados y transcurrido el plazo acordado para su entrega, el/la solicitante/a
acude nuevamente para recoger su permiso.
4.12 En caso de que no se presente el/la interesado/a en 30 días naturales a recoger su
trámite, el/la Coordinador/a de Impacto le notificará telefónicamente y se registrará
en bitácora quien recibió la notificación telefónica y de no acudir en 5 días hábiles
después de la notificación, se procederá a cancelar el trámite.
4.13 El/la Coordinador/a de Impacto Ambiental realiza en los primeros 5 días de cada
mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para
verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado,
el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de
Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calida
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Diagrama de flujo
PROCEDIMIENTO DEL PERMISO AMBIENTAL DE FUNCIONAMIENTO
RecepcionistaSolicitante Coordinador/a de Impacto AmbientalJefe/a de Departamento de Gestión
AmbientalInspector/a
Fa
se
Inicio
Solicita un cuestionario de información básica ambiental y el listado de requerimientos.
Entrega un cuestionario y el listado al solicitante, y se le informa sobre el pago que habrá de realizarse antes de ingresar el trámite, ya que de lo contrario solo se le reciben sus documentos pero no se le dan trámite..
.
Acude con el cuestionario y la documentación requerida.
Llama a el/la Coordinador/a de impacto ambiental para atender al solicitante.
Verifica que la documentación esté completa y el cuestionario correctamente llenado, en caso de que falte algo el solicitante tendrá 5 días hábiles para completar.
Falta algún Requerimiento
Genera estado de cuenta para que el solicitante realice pago.
NO
Registra los trámites del permiso ambiental de funcionamiento en la base de datos, llena hoja viajera y lo turna a el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental al final del día. Al final de la semana entrega la relación de los tramites que ingresaron a el/la Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para
su control y seguimiento
Canaliza trámite para su registro.
Llena hoja viajera y entrega la solicitud de inspeccíón y expediente a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental
Recibe documentos, llena hoja viajera, entrega la solicitud de inspección a el/la inspector/a.
Recibe información, llena hoja viajera y organiza ruta.
¿Se localizó a el/los solicitantes?
Toma evidencias y realiza reporte general de inspección.
NO
Agenda nueva visita.
Llena hoja viajera , elabora permiso ambiental de funcionamiento y llena formato para expediente.
Recibe expediente y Permiso Ambiental de Funcionamiento, llena la hoja viajera, revisa y si
toda la información coincide.
Existe una modificación.
Firma y certifica mediante el sello respectivo.
NO
Acopia permisos firmados y transcurrido el plazo acordado para su entrega.
¿Acude usuario por su permiso a los 30 días hábiles ?
Presenta recibo de pago para recoger el permiso
SI
El/la Coordinador/a notifica vía telefónica, informando que cuenta con 5 días hábiles para recogerlo.
NO
Cancela Trámite.
¿Acude usuario por su permiso?
Recibe la copia y entrega permiso.
Fin
C
SI
NO
Se le notifica que dentro de los primeros 10 días a su recepción, el solicitante tiene 5 días para
presentar informaciónSI
¿El solicitante llevó información requerida?
NOSe cancela el trámite
C
SI
¿Se localizó a el/la solicitante/a?
NO
SI
Se deja aviso para reagendar su visita, el/la solicitante/a tendrán un plazo de 1 día habil
¿Se re agendó la visita?
NO
SI
Se cancela la solicitud. C
Realiza las modificaciones a la brevedad
SI
SI
Realiza dentro de los primeros 5 días de cada mes el Análisis Gráfico, lo entrega a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental y el/la Coordinador/a de Calidad
C
B
B
A
A
5.2.3 PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE INGRESO AL RELLENO
SANITARIO
1.0.Objetivo:
1.1 Regular el ingreso de los prestadores de servicios y particulares para la disposición
final en el Relleno Sanitario de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial.
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2.0.Alcance:
2.1 Todas aquellas personas que soliciten el ingreso con residuos sólidos urbanos y de
Manejo Especial al Relleno Sanitario en operación.
3.0.Fundamento Jurídico:
Código Municipal Aguascalientes. Artículo 491-4 491-6, 491-7, 1508, 1518.
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Áreas Verdes del Municipio
de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX,
XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXVII, XXIX; Artículo 72, 195, 250 Fracción III,
270, 271, 273 Fracción I, II, VI, VII, XI, XII, XIII, XIV, 275, 377 Fracción
VIII, IX, 393 Fracción I, 394 Fracción XIII, 395 Fracción IV Inciso a, f & g,
409.
Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes 2019. Artículo 86 Fracción
II y III para el ejercicio Fiscal del año en curso.
Ley de Protección Ambiental. Artículo 7 Fracción XVII, XVIII, XXVII y
XXXI, Artículo 10 Fracción XIV, XVI, XXVII y XXVIII, Artículo 11
Fracción XI, Artículo 31 Fracción VI, Artículo 123 Fracción VII, Artículo
132, Artículo 133, Artículo 141 Fracción X, Artículo 163, Artículo 166,
Artículo 167, Artículo 168, Artículo 169, Artículo 170, Artículo 171, Artículo
174.
Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de
Protección Ambiental para la selección de sitio, diseño, construcción,
operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de
disposición final de residuos sólidos, urbanos y de manejo especial, Punto 5.1
y 8.3.
Reglamento de la Ley de Protección Ambiental para el Estado de
Aguascalientes en Materia de Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Artículo 2, 9, 10 Fracción II, V, VI, VII, X y XI, 18, 22, 38, 39, 42, 43, 44,
49, 50, 51, 53, 56, 76, 77 y 78.
Norma Oficial Mexicana NOM-161-SEMARNAT-2011, Que establece los
criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial y determinar
cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, el
procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los
elementos y procedimientos para la formulación de los planes de manejo.
Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las
características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados
de los residuos peligrosos.
Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes. Artículo 74 BIS Fracción
III.
Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo 8
Fracción IV, Artículo 134 Fracción III, Artículo 135 Fracción II y III,
Artículo 137, Artículo 139, Artículo 140, Artículo 142, Artículo 150, Artículo
151, Artículo 151 BIS, Artículo 153 Fracción III.
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Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos. Artículo 2
Fracción VIII, Artículo 9 Fracción III, IV, V y VI, Artículo 10 Fracción III,
V, VI, VII, VIII, X y XI, Artículo 19, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 96, 97, 98, 99
Y 100.
Norma Mexicana en la Igualdad Laboral y No Discriminación NMX-R-025-
SCFI-2015.
Plan de Desarrollo Municipal 2017-2019.
4.0. Descripción del Proceso:
4.1 Cuando el/la solicitante acude a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo
acude a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para pedir
información para ingresar su trámite, es atendido/a por el/la Recepcionista para saber
que trámite desea realizar (PRIMERA AUTORIZACION DEL AÑO, SEGUNDA
AUTORIZACION DEL AÑO, UNICA OCASION, DISPOSICION DE
LLANTAS, EXTRACCION DE LLANTAS), asimismo le proporciona el Formato
de Solicitud para la Autorización para la Disposición Final de Residuos Sólidos
Urbanos y de Manejo Especial, y los requisitos para la documentación necesaria
misma que se encuentra establecida y le comenta el costo del trámite, así como que
deberá de hacer el pago para poder darle trámite a su solicitud y requisitos. En caso
de que el/la solicitante tuviera más dudas sobre el trámite o alguna particularidad lo
canaliza a el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental, quien le informará al
respecto.
4.2 El/la solicitante acude nuevamente con los requisitos del trámite a realizarse y con
el Formato de Solicitud, el/la Recepcionista o el/la Coordinador/a de Normatividad
Ambiental verifica el llenado completo del Formato de Solicitud para la
Autorización para la Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo
Especial que se encuentre firmado, verifica la entrega completa de los
requerimientos solicitados mediante un Formato de Control de Documentación y su
copia de recibo de pago, los sella de recibido, asimismo le informa a el/la
solicitante que queda la documentación sujeta a revisión, pidiéndole que en 5 días
hábiles de la fecha de entrega se presente nuevamente en la SEMADESU para
información complementaria si se requiere o bien alguna observación en su trámite;
asimismo en el formato se establecen los días que se autoriza ingresar al Relleno
Sanitario para la disposición final. Con la restricción que de los residuos que
solicita, alguno podrá no ser autorizado a ingresar al Relleno Sanitario.
El/la Recepcionista registra los trámites de autorizaciones recibidos en Base de
Datos de Control de Recepción, coloca la hoja viajera y los turna al final del día
al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de
autorización. Al final de la semana el/la Recepcionista entrega relación a el/la
Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para su control.
4.3 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental recibe trámites, llena hoja viajera,
lo registra en la Base de Datos, le asigna el número correspondiente según número
consecutivo de bitácora de trámites, elabora el oficio de la autorización, si la
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información se presentara en cd o memoria USB, se deberá llenar el formato para
revisión de documentación electrónica recibida, donde el/la Coordinador/a de
Normatividad Ambiental acredite y coteje mediante sello la información
proporcionada por el/la solicitante.
4.4 En el caso de que en el trámite se tenga duda sobre algún residuo para ingresar a un
sitio de disposición final, el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara
el expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental para que a su vez
se lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los
datos que el/la solicitante referenció en su oficio de solicitud. En caso de que el
residuo no sea compatible por su clasificación para ingresar al Relleno Sanitario y/o
sea un residuo no permitido, se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o
PROESPA para que tengan conocimiento y se aseguren de la disposición de ese
residuo. Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la información y le
entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el
oficio de correspondiente.
4.5 La información deberá ser revisada y analizada a la brevedad, por el/la
Coordinador/a de Normatividad Ambiental, de existir alguna anomalía, observación
o falta de requisitos, se deberá informar por escrito al/la solicitante mediante oficio,
donde se le señalaran los días hábiles para solventar el requerimiento.
4.6 En algunos casos se valorará si solo falta algún requisito y se le dará una
autorización condicionada con el objetivo que se haga una disposición correcta de
los residuos en el Relleno, informándole en esa misma autorización lo faltante para
que lo presente a la brevedad y con esto aseguramos que los residuos al menos
tendrán una disposición correcta y estaremos cuidando el medio ambiente.
4.7 En caso de cumplir con todos los requerimientos se elabora la Autorización
correspondiente. Sin embargo, aun y cuando se cumplan con los requisitos
establecidos, la SEMADESU se reserva la autorización de algún residuo o de las
toneladas que el solicitante pide ingresar al Relleno, lo anterior con el cuidado de la
vida útil del mismo y de cumplir con la revalorización y minimización de residuos.
4.9 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, revisa el oficio de autorización,
y el expediente, llena la hoja viajera y de ser procedente firma y certifica mediante
sello la Autorización. De lo contrario, si hubiera alguna observación se regresa al/la
Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que se realicen las modificaciones a
la brevedad.
4.10 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental una vez firmada la
autorización u oficio entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para
que controle y resguarde las autorizaciones y oficios firmados, y transcurrido el
plazo, acude nuevamente el/la usuario/a para recoger su autorización u oficio y
firma de recibido en el acuse copia de la autorización u oficio y se archiva para
completar el expediente.
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4.11 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental realiza en los primeros 5 días de
cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para
verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado,
el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de
Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.
4.12 Al final del mes Coordinador/a de Normatividad Ambiental deberá de elaborar un
listado de las autorizaciones emitidas para ingresar a Relleno Sanitario por la
SEMADESU el cual se enviará mediante oficio a la Secretaría de Servicios Públicos
para informar el ingreso al Relleno y para el cotejo de los manifiestos que se
deberán de sellar por parte de esa Secretaría.
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Diagrama de flujo
AUTORIZACIÓN DE INGRESO AL RELLENO SANITARIO
Recepcionista Coordinador/a de Normatividad AmbientalJefe/a de Departamento de Gestión
AmbientalInspector/aSolicitante
Fa
se
Inicio
Atiende al solicitante cuando acude por información para ingresar su trámite le proporciona el Formato de Solicitud para la Autorización y los requisitos para la documentación, le comenta el costo del trámite, así como que deberá de hacer el pago para poder darle
trámite
Acude nuevamente con los requisitos del trámite a realizarse y con el Formato
de Solicitud.Verifica el llenado completo del Formato de Solicitud,
verifica la entrega completa de los requerimientos, los sella de recibido, pidiéndole al solicitante que en 5 días hábiles de la fecha de entrega se presente nuevamente en la SEMADESU para información complementaria u observación, y su copia de recibo de pago, los sella de
recibido
El/la Recepcionista registra los trámites en Base de Datos de Control de Recepción, coloca la hoja viajera y
los turna al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de
autorización.
Recibe trámites, llena hoja viajera, lo registra en la Base de Datos, le asigna número De acuerdo a bitácora, elabora el oficio de la autorización. Y si la información es digital se realiza cotejo
En el caso de que en el trámite se tenga duda sobre algún residuo para ingresar el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara el expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental para
que a su vez se lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los datos.
Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la
información y le entrega al/la Coordinador/a de Normatividad
Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente.
Recibe expediente y entrega para visita de el/la inspector/a.
¿Falta algún requisito?
NO
SI
Se elabora el oficio de autorización correspondiente.
Se le dará una autorización condicionada con el objetivo que se haga una disposición correcta de los residuos.
Revisa el oficio de autorización correspondiente, y el expediente, llena la hoja viajera, firma y certifica mediante sello la Autorización. De lo contrario, si
hubiera alguna observación se regresa al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que
se realicen las modificaciones.
Una vez firmada la autorización u oficio entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental.
Realiza en los primeros 5 días de cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a
de Calidad.
Al final del mes, deberá de elaborar un listado de las autorizaciones emitidas para ingresar a Relleno Sanitario por la SEMADESU el cual se enviará mediante oficio a la Secretaría de Servicios
Públicos para su control
Fin
Acude a la SEMADESU para pedir información para ingresar su trámite.
Da información al respecto para despejar dudas. ¿Persisten dudas en el
solicitante?SI
NO
¿El residuo es compatible por su clasificación para ingresar al Relleno
Sanitario?
Se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o PROESPA para que tengan conocimiento y se
aseguren de la disposición de ese residuo.
NO
Revisa la información del reporte generada por el/la inspector/a.
SI
A
¿Es necesaria alguna modificación?
NO
Se regresa al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que se realicen las modificaciones a la brevedad.
B
B
B
A
CC SI
Recibe expediente y oficio de autorización firmado, transcurrido el plazo, acude nuevamente el/la usuario/a para recoger su autorización u oficio y firma de recibido en el acuse copia de la autorización u oficio y se archiva para completar el expediente.
5.2.4 PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DEL RELLENO SANITARIO
1.0.Objetivo:
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1.1 Verificar el cumplimiento de la Autorización emitida por SEMADESU para la
entrada de residuos de los prestadores de servicios y particulares para la disposición
final en el Relleno Sanitario de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial.
2.0.Alcance:
2.1 Todas aquellas personas que soliciten el ingreso con residuos sólidos urbanos y de
manejo especial al Relleno Sanitario en operación.
3.0.Fundamento Jurídico:
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XXIV, XXVII.
4.0.Descripción del Proceso
4.1 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental elabora un Programa de
Supervisión Mensual en el cual se indica fechas y lugares a supervisar como
patio y/o puerta y lo entrega el/la Jefe/a de Departamento de Gestión
Ambiental para revisión y autorización.
4.2 Una vez revisado el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental planea los
recursos humanos y materiales para su aplicación, y le da a conocer a el/la
inspector/a sobre las actividades, días y hora en que se ejecutará el programa de
supervisión.
4.3 El/la Inspector/a llega al Relleno Sanitario según el día programado, registra su
ingreso y comienza a llenar su formato de supervisión donde verifica que el/la
inspector/a de Relleno Sanitario cumpla con la revisión de los datos más
importantes de la Autorización como son: datos del generador, placa de transporte,
no. de autorización, vigencia y residuos. De igual manera esta inspección también
será en el patio de tiro para verificar que efectivamente solo este disponiendo los
residuos autorizados como menciona su permiso.
4.4 Si el/la inspector/a encuentra alguna anomalía de las antes mencionadas deberá de
notificarle a el/la inspector/a de puerta del Relleno Sanitario adscrito a Servicios
Públicos para que se levante el acta de rechazo respectiva. De lo contrario se le
permite el acceso para la disposición respectiva.
4.5 El/la inspector/a al llegar a su área de trabajo, informa mediante un reporte de los
hallazgos encontrados para que el/la Jefa de Depto. de Gestión Ambiental, gire
instrucciones a el/la Coordinador/a de Normatividad ambiental sobre alguna
autorización que se está incumpliendo o bien sobre las posibles observaciones que
se detectaron en el actuar de el/la inspector/a de Relleno Sanitario. Para que se emita
el oficio de notificación a quien corresponda por la irregularidad encontrada y
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tendrá que ser solventada a la brevedad para evitar cualquier sanción y/o bien dar
inicio a cualquier procedimiento administrativo que dé lugar.
4.6 El/la inspector/a archiva el formato de supervisión junto con el reporte fotográfico si
lo hubiera, para generar la evidencia de sus visitas al Relleno Sanitario.
4.7 Dentro de los primeros 5 días del mes el/la inspector/a entrega a el/la Jefe/a de
Departamento de Gestión Ambiental el número de verificaciones en puerta o patio
que se realizaron para evaluar el cumplimiento de la meta mensual planteada. En
caso de no cumplir con la meta se deberá de evaluar cuáles fueron los motivos para
tomar acciones preventivas para el mes siguiente.
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Diagrama de Flujo
SUPERVISIÓN DEL RELLENO SANITARIO
Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental
Coordinador/a de Normatividad Ambiental
Inspector/a
Inicio
Elabora un programa de Supervisión Mensual y lo entrega a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental.
Revisa y planea los recursos humanos y materiales para su aplicación.
Llega al relleno según el día programado se registra, y llena el formato de supervisión, así como evidencia
fotográfica.
¿Encontró alguna anomalía? NOSI
Se le permite el acceso para la disposición
respectiva.
Deberá notificarle a el/la Inspector/a de puerta del
Relleno Sanitario para levantar acta de rechazo.
El/la inspector/a informa mediante un reporte los hallazgos.
Gira instrucciones a el/la Coordinador/a de Normatividad
Ambiental sobre algún incumplimiento u observaciones.
Emite oficio de notificación por la irregularidad y será solventada de lo contrario dará inicio a procedimiento
administrativo y/o sancion.
El/la inspector/a archiva el formato de supervisión junto con el reporte fotográfico si lo
hubiera, para generar la evidencIa.
Dentro de los primeros 5 días del mes el/la inspector/a entrega a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental el número de verificaciones en puerta o patio que se realizaron para evaluar el
cumplimiento de la meta mensual planteada.
Fin
Verifica que el/la inspector/a de Relleno Sanitario cumpla con la revisión de los datos más importantes
de la Autorización.
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5.2.5 PROCEDIMIENTO DE MONITOREO EN POZOS DE VENTEO DEL
TIRADERO “CUMBRES”
1.0.Objetivo:
1.1 Contar con los registros de los niveles de gas metano que se detecta en los pozos de
venteo del Tiradero Cumbres.
2.0.Alcance:
2.1 Población aledaña al sitio.
3.0.Fundamento Jurídico:
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes, Artículo 10 Fracc. VI, XV, XVI.
4.0. Descripción del Proceso:
4.1 El/la Coordinador/a de Control Ambiental elabora un Programa de Monitoreo
Mensual en el cual se indica fechas y día a supervisar los pozos de venteo el tiradero
clausurado “las cumbres” y lo entrega el/la Jefe/a de Departamento de Gestión
Ambiental para revisión y autorización.
4.2 Una vez revisado el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental planea los
recursos humanos y materiales para su aplicación, y le da a conocer a el/la
inspector/a sobre las actividades, días y hora en que se ejecutará el programa de
monitoreo.
4.3 Antes de iniciar la verificación programada al Tiradero Clausurado “Cumbres”, el/la
inspector/a revisa el explosímetro para verificar el adecuado funcionamiento y
prepara los formatos de “Registro de Monitoreo de Nivel de Explosividad en
Alcantarillas Aledañas” y “Monitoreos” Internos en los Pozos de Migración de
Biogás del Tiradero Clausurado “Las Cumbres”.
4.4 El/la inspector/a toma en cuenta las condiciones medio ambientales como dirección
del viento, humedad, punto de rocío, etc., ya que influyen en la medición del
metano. Estas condiciones deberán de asentarse en el formato de mediciones
4.5 El/la inspector/a revisa si es posible localizar los pozos internos por la maleza del
lugar, para tomar las mediciones en cada uno de ellos dentro del Tiradero, y
registrarlo en el formato correspondiente, así como las observaciones.
4.6 Hecho lo anterior, el/la inspector/a sale a efectuar el recorrido en las alcantarillas
aledañas al Tiradero Clausurado “Las Cumbres” para de igual manera tomar las
mediciones y observaciones correspondientes.
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4.7 Concluida la jornada el/la inspector/a apaga el exposímetro, revisa el nivel de
batería y de ser necesario lo recarga para la siguiente jornada, archiva los registros y
los prepara para que cuando se solicite información para el reporte mensual
generado por el/la coordinador/a de Control Ambiental.
Diagrama de flujo
MONITOREO EN POZOS DE VENTEO DEL TIRADERO “CUMBRES”
Coordinador/a de Control de Ambiental
Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental
Inspector/a
Elabora un programa de Monitoreo Mensual en el cual se indican fechas y día a supervisar
los pozos de venteo el tiradero clausurado “cumbres”.
Revisa el programa de monitoreo y autoriza y planea los recursos humanos y materiales para su aplicación.
Revisa el explosimetro para verificar el adecuado funcionamiento y prepara los formatos de “Registro
de Monitoreo de nivel de Explosividad en alcantarillas aledañas” y “Monitoreos internos en los
pozos de Migración de Biogás del Tiradero Clausurado Las Cumbre”.
El inspector toma en cuenta las condiciones medio ambientales como viento, humedad, punto de roció, etc. Ya que influyen en la medición del metano. Estas condiciones deberán de asentarse en el formato de
mediciones.
El inspector revisa si es posible localizar los pozos internos por la maleza del lugar, para tomar las
mediciones en cada uno de ellos dentro del Tiradero.
Registra en el formato correspondiente, asi como las observaciones.
El inspector sale a efectuar el recorrido en las alcantarillas aledañas al “Tiradero Clausurado Las
Cumbres”.
Tomas las mediciones y observaciones correspondientes.
Concluida la jornada e/la inspector/a apaga el explosimetro, revisa el nivel de batería y de ser necesario lo recarga para la siguiente jornada.
Archiva los registros y los prepara para cuando se solicite información para el reporte mensual generado por el /la coordinadora de Control
Ambiental.
Fin
Inicio.
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5.2.6 PROCEDIMIENTO DE SIMULACRO DE INCENDIO
1.0.Objetivo:
1.1 Otorgar el permiso para realizar simulacros de incendio con la realización de
quemas con combustibles autorizados con fines de enseñanza, conforme a los
lineamientos establecidos por la Legislación Ambiental aplicable.
2.0.Alcance:
2.1 El permiso para simulacros de incendio se otorga a las empresas, dependencias
gubernamentales, instituciones y comercios que se encuentran dentro del Municipio
de Aguascalientes.
3.0.Fundamento Jurídico:
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes, Artículos 177 Fracción I, 260, 261, 262, 263,
273 Fracción XIII y 325.
Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes 2019. Artículo 86 Fracción
VI para el ejercicio Fiscal del año en curso.
Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes. Artículo 148
Fracción I.
NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad-Prevención y protección
contra incendios en los centros de trabajo.
4.0.Descripción del Proceso
4.1 El/la Recepcionista recibe al solicitante y le entrega el listado de requisitos en donde
se le especifica que los meses de ENERO, FEBRERO; NOVIEMBRE Y
DICIEMBRE no se autorizan simulacros en cumplimiento al reglamento de
Protección Ambiental, asimismo le entrega la solicitud para permiso de simulacro.
4.2 El/la solicitante deberá presentarse 10 días hábiles antes de la fecha que se tenga
programada para solicitar la autorización de simulacro de incendio, justificándose
debidamente la necesidad de lo solicitado y cumpliendo con los requisitos
establecidos, así como con la copia de su pago para darle tramite a sus requisitos.
4.3 El/la Recepcionista revisa que la solicitud esté debidamente llena y que este
acompañada por los requisitos y su copia de pago, sella de recibido la solicitud, la
registra en su base de datos de trámites recibidos para ser revisada por el/la
Coordinador/a de Control Ambiental para conceder o negar la autorización dentro
del término de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud.
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4.4 El/la Coordinador/a de control ambiental elabora el permiso para simulacro de
incendio, una vez elaborado entrega el permiso para que el/la Jefe/a de
Departamento de Gestión Ambiental lo firme y certifique con el sello respectivo, en
caso de alguna modificación lo regresa a el/la Coordinador/a de Control Ambiental
para que a la brevedad haga el cambio respectivo.
4.5 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental una vez que haya firmado se lo
entrega el/la Coordinador/a de control ambiental quien deberá entregarlo al
solicitante.
4.6 Una vez entregado el permiso de simulacro de incendio podrá ser entregado a el/la
solicitante, por el/la recepcionista y/o el/la Coordinador/a Control Ambiental,
archivando el acuse en su respectivo expediente.
NOTA:
La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable podrá suspender
temporal o definitivamente la autorización de Simulacro de Incendio sin previa
notificación, siempre y cuando se presente alguna causa imprevista por la cual no
debe llevarse a cabo la combustión.
Si la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable no emitiera la
resolución correspondiente dentro de los cinco días hábiles, la autorización se
entenderá como negada.
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Diagrama de Flujo
Autorización para de simulacro de incendio
RecepcionistaUsuario/aCoordinador/a de Control Ambiental
Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental
INICIO
Entrega solicitud para permiso de simulacro de incendio
Recibe solicitud y entrega el listado de requeridos
Deberá presentarse 10 días hábiles antes de la fecha que se tenga programada para solicitar la autorización de simulacro de
incendio, justificándose debidamente la necesidad de lo solicitado y cumpliendo con los
requisitos establecidos, así con la copia de su pago para darle
tramite a sus requisitos
Revisa que la solicitud esté debidamente llena y que esté
acompañada por los requisitos y su copia de pago
¿Se encuentran con los requisitos y copia
de pago? NO
Sella de recibido la solicitud, la registra en su base de datos de
trámites recibidos para ser revisada por el/la Coordinador/a
de Control Ambiental
SI
Revisa la solicitud para autorizar dentro del término de cinco días hábiles a partir de la echa de recepción de la
misma
Elabora permiso para simulacro de incendio y lo entrega al/la jefe/a de departamento de
gestión ambiental
Revisa el permiso elaborado por el/la coordinador/a de control
ambiental
¿Requiere corrección?
Firma y certifica con el sello respectivo el permiso para
simulacro de incendio
NO
Entrega oficio firmado y sellado del permiso al/la coordinador/a
de control ambiental quien deberá entregarlo al solicitante
Recibe y Entrega el oficio de autorización a usuario/a y
archiva el acuse en expediente
Recibe el permiso de simulacro de incendio
FIN
SI
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5.2.7 PROCEDIMIENTO DE VISTO.BUENO. PARA EL INGRESO DE
RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL EN TIRADEROS DE ESCOMBRO
1.0. Objetivo
1.1 Regular el ingreso de los prestadores de servicio y particulares para la disposición
final en los Tiraderos de Escombro que se encuentran en operación.
2.0. Alcance
2.1 Todas aquellas personas que soliciten el ingreso de escombro, material de azolve,
tierra, materiales pétreos, lodos provenientes del sistema de tratamiento de aguas
residuales que no sean residuos peligrosos y que desean disponer a alguno de los
Tiraderos de Escombro que se encuentra en operación.
3.0 Fundamento Jurídico
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Áreas Verdes del Municipio
de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XXIV.
Plan de Desarrollo Municipal.
4.0. Descripción del Proceso
4.1 El/la solicitante acude a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable
para pedir información para ingresar su trámite, es atendido/a por el/la
Recepcionista para saber que trámite desea realizar (PRIMERA
AUTORIZACION DEL AÑO, SEGUNDA AUTORIZACION DEL AÑO,
UNICA OCASIÓN), asimismo le proporciona el Formato de Solicitud para Visto.
Bueno. de ingreso de Residuos de Manejo Especial a Tiraderos de Escombro en
operación y los requisitos para la documentación necesaria misma que se encuentra
establecida. En caso de que el/la solicitante tuviera más dudas sobre el trámite o
alguna particularidad lo canaliza el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental,
quien le informará al respecto.
4.2 El/la solicitante acude nuevamente con los requisitos del trámite a realizarse y con
el Formato de Solicitud, el/la Recepcionista o el/la Coordinador/a de Normatividad
Ambiental verifica el llenado completo del Formato de Solicitud para Visto. Bueno.
de ingreso de Residuos de Manejo Especial a Tiraderos de Escombro y que se
encuentre firmado, verifica la entrega completa de los requerimientos solicitados
mediante un Formato de Control de Documentación, los sella de recibido,
asimismo le informa a el/la solicitante que queda la documentación sujeta a
revisión, pidiéndole que en 5 días hábiles de la fecha de entrega se presente
nuevamente en la SEMADESU para información complementaria si se requiere o
bien alguna observación en su trámite; asimismo en el formato se establecen los días
que se autoriza ingresar al tiradero de escombro para la disposición final. Con la
restricción que de los residuos que solicita, alguno podrá no ser autorizado a
ingresar al Tiradero de Escombro.
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4.3 El/la Recepcionista registra los trámites recibidos en Base de Datos de Control de
Recepción, coloca la hoja viajera y los turna al final del día al/la Coordinador/a de
Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de visto bueno. Al final de la
semana el/la Recepcionista entrega relación a el/la Jefe/a del Departamento de
Gestión Ambiental para su control.
4.4 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental recibe trámites, llena hoja viajera,
lo registra en la Base de Datos, le asigna el número correspondiente según número
consecutivo de bitácora de trámites, elabora el oficio Visto. Bueno.
4.5 En el caso de que se tenga duda sobre algún residuo para ingresar a un sitio de
disposición final, el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara el
expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental para que a su vez se
lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los datos
que el/la solicitante referenció en su oficio de solicitud. Una vez realizada la visita
el/la Inspector/a regresa con la información y le entrega al/la Coordinador/a de
Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente. En
caso de que el residuo no sea compatible por su clasificación para ingresar al
Tiradero de Escombro por afectar el suelo del mismo y/o sea un residuo no
permitido, se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o PROESPA para que
tengan conocimiento y se aseguren de la disposición de ese residuo.
4.6 La información deberá ser revisada y analizada a la brevedad, por el/la
Coordinador/a de Normatividad Ambiental, de existir alguna anomalía y
observación, se deberá informar por escrito al/la solicitante mediante oficio, donde
se le señalaran los días hábiles para solventar el requerimiento. Sin embargo, aun y
cuando se cumplan con los requisitos establecidos, la SEMADESU se reserva la
autorización de algún residuo o de las toneladas que el solicitante pide ingresar al
Tiradero. Lo anterior en el cuidado del suelo de este y de cumplir con la
revalorización y minimización de residuos.
4.7 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, revisa el oficio de Visto.
Bueno. y el expediente, llena la hoja viajera y de ser procedente firma y certifica
con el sello correspondiente el oficio. De lo contrario, si hubiera alguna observación
se regresa al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que se realicen las
modificaciones a la brevedad.
4.8 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental una vez firmado el oficio de
Visto. Bueno. entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que
controle y resguarde los oficios firmados, y transcurrido el plazo, acude nuevamente
el/la usuario/a para recoger el oficio y firma de recibido en el acuse copia del oficio
y se archiva para completar el expediente.
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4.9 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental realiza en los primeros 5 días de
cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para
verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado,
el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de
Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.
4.10 Al final del mes Coordinador/a de Normatividad Ambiental deberá de
elaborar un listado de los oficios de Visto. Bueno. emitidos para ingresar a
Tiraderos de Escombro por la SEMADESU los cuales se envían a Secretaría de
Obras Públicas Municipales para su control.
NOTA:
Cabe hacer mención que este procedimiento es como actualmente el
Departamento de Gestión Ambiental lo lleva a cabo, ya que solo podrá vigilar la
disposición final y correcta de los residuos que se dispondrán en los tiraderos de
escombro hasta que no se cuente con la certeza Jurídica del procedimiento.
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Diagrama de Flujo
PROCEDIMIENTO DE VO.BO PARA EL INGRESO DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL EN TIRADEROS DE ESCOMBRO
Coordinador/a de Normatividad Ambiental
RecepcionistaJefe/a de Departamento de Gestión
AmbientalInspector/aSolicitante
Inicio Inicio
Le proporciona el Formato de Solicitud para Vo.Bo. de ingreso de Residuos de Manejo Especial a Tiraderos de
Escombro en operación y los requisitos para la documentación necesaria.
Acude nuevamente con los requisitos del trámite y con el
formato de solicitud lleno y firmado.
Recibe la documentación completa, los sella, le informa a el/la solicitante que queda la documentación sujeta a revisión, pidiéndole que en 5 días hábiles de la fecha de entrega se presente nuevamente en la SEMADESU para
información complementaria u observación.
Registra los trámites recibidos en Base de Datos de Control de Recepción, coloca la hoja viajera y los turna al final del
día al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de visto bueno Al final de la semana
entrega relación a el/la Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para su control.
Recibe trámites, llena hoja viajera, lo registra en la Base de Datos, le asigna el número correspondiente según número consecutivo de bitácora de trámites, elabora el oficio Vo.Bo.
En el caso de que se tenga duda sobre algún residuo el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara el expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental
para que a su vez se lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los datos.
Debe de informar por escrito al/la solicitante donde se le señalaran los días hábiles para solventar el requerimiento.
Revisa el oficio de Vo.Bo. y el expediente, llena la hoja viajera, firma y certifica con el sello.
Controla y resguarda los oficios firmados, y transcurrido el plazo entrega al/la usuario/a el oficio y Resguarda el acuse y se archiva
para completar el expediente.
Realiza en los primeros 5 días de cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para verificar que el
cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado.
Fin
Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la información y le entrega al/la Coordinador/a de
Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente.
Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la información y le entrega al/la Coordinador/a de
Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente.
Acude a la SEMADESU para pedir información para ingresar su trámite.
¿Persisten dudas en el solicitante?
Da información al respecto para despejar dudas.
SI
NO
¿El residuo es compatible por su clasificación para ingresar al Tiradero de Escombro?
Se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o PROESPA para que tengan conocimiento y se aseguren de la disposición de ese residuo.
A
NO
Revisa la información del reporte generada por el/la inspector/a.
SI
¿Existe alguna anomalía?
¿Es necesaria alguna modificación?
Se regresa al/la Coordinador/a de
Normatividad Ambiental para que
se realicen las modificaciones a la
brevedad.
Firmado el oficio de Vo.Bo. entrega al/la Coordinador/
a de Normatividad Ambiental.
NO
Acude para recoger el oficio y firma de recibido en el acuse
copia del oficio.
El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entrega análisis a el/la Jefe de Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.
Al final del mes Coordinador/a de Normatividad Ambiental deberá de elaborar un listado de los oficios de Vo.Bo. emitidos para ingresar a
Tiraderos de Escombro por la SEMADESU los cuales se envían a Secretaría de Obras Públicas Municipales para su control
A
NO
SI SI
Realiza la modificación
B
B
5.3 Departamento de Educación Ambiental y Participación Ciudadana
5.3.1 PROCEDIMIENTO PARA ATENCIONES A GRUPOS
1.0.Objetivo
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1.1 Proporcionar la atención debida de acuerdo a las necesidades de los centros
escolares, grupos organizados y ciudadanía en general sobre la problemática
ambiental y sus alternativas de solución, mediante actividades diversas.
2.0.Alcance
2.1 Aplica para la población escolar, ciudadanía organizada y ciudadanía en general.
3.0.Fundamento Jurídico:
-Plan Municipal de Desarrollo (PMD)
-Ley General de Protección al Ambiente.
-Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes vigente.
-NOM-25
4.0.Descripción del Proceso
4.1 Las Coordinaciones de Educación Ambiental y Participación Ciudadana,
promueven el Programa de Educación Ambiental para atención de grupos, mediante
Redes sociales, Cartel y Cuadernillo de Programas Interinstitucionales, de manera
directa en las escuelas o personal.
4.2 Cuando la solicitud de atención la reciben los/las Instructores de Educación
Ambiental o Participación Ciudadana, estos/as dan aviso a las coordinaciones
correspondientes para agendar la misma; si la solicitud de atención la recibe e/la
Coordinador/a de Educación Ambiental o el/la Coordinador/a de Participación
Ciudadana revisa disponibilidad y registra la atención, cada una en sus respectivas
agendas.
4.3 Cuando la solicitud de atención es para grupos escolares serán atendidas por la
Coordinación de Educación Ambiental en las instalaciones de CEREBIO, y cuando
son para grupos organizados y la ciudadanía en general son atendidas por la
Coordinación de Participación Ciudadana, en el lugar que se asigne el/la solicitante.
4.4 Los/las Coordinadores/as de Educación Ambiental o Participación Ciudadana, giran
instrucciones a los/las Instructores de Educación Ambiental o Participación
Ciudadana para que informen al/la solicitante de la atención, sobre las necesidades
así como las recomendaciones para dar inicio a su solicitud, vía telefónica, las/los
instructores realizan el llenado del formato de planeación para la atención de
grupos correspondiente , organización de grupos y de las actividades a llevarse a
cabo en dicha atención.
4.5 Los/las Instructores de Educación Ambiental y Participación Ciudadana entregan
formato de planeación y atención de grupos a el/la Coordinador/a de Educación
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Ambiental y/o a el/la Coordinador/a de Participación Ciudadana para su revisión y
firma.
4.6 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y el/la Coordinador/a de Participación
Ciudadana revisa el formato de planeación para la atención de grupos
correspondiente de ser correcto lo firma, de lo contrario regresa a los/las Instructores
ambientales para realizar modificaciones, de ser correcto informa a los/las
Instructores ambientales.
4.7 Los/las Instructores de Educación Ambiental y Participación Ciudadana, elaboran
material didáctico para la atención de la solicitud de acuerdo al tema requerido.
4.8 Los/las Instructores de Educación Ambiental y Participación Ciudadana, confirman
la asistencia de los grupos programados a atender con dos días hábiles de
anticipación e informan a el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y a el/la
Coordinador/a de Participación Ciudadana.
4.9 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y el/la Coordinador/a de Participación
Ciudadana el día de la atención recibe al grupo programado y presenta a los/las
Instructores/as de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana, de no contar
con la presencia de el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la
Coordinador/a de Participación Ciudadana, la recepción del grupo programado la
realizan los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana.
4.10 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana
durante la recepción del grupo realizan diagnóstico del grado de conocimiento del
mismo.
4.11 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana
durante la atención entregan formato a el/la encargado/a del grupo de lista de
asistencia correspondiente, a efecto de que realice el llenado del mismo.
4.12 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana
durante la atención tomarán evidencia fotográfica para el expediente.
4.13 Al finalizar el/la encargado/a del grupo calificará a los/las Instructores de
Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana, en el formato de evaluación
mismo que se le proporcionará al inicio de la atención al grupo, esto con la
finalidad de mejora en la atención al servicio brindado.
4.14 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la Coordinador/a de
Participación Ciudadana al término de la atención al grupo lleva a cabo el cierre de
la actividad agradeciendo a los presentes, de no contar con la presencia de el/la
Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la Coordinador/a de Participación
Ciudadana en el cierre de la actividad, los/las Instructores de Educación Ambiental
y/o de Participación Ciudadana lo efectuaran.
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4.15 Posteriormente el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la
Coordinador/a de Participación Ciudadana lleva a cabo retroalimentación con
los/las Instructores de Educación Ambiental y/o el/la Coordinador/a de
Participación Ciudadana, de lo acontecido durante la atención.
4.16 Los/las Instructores de Participación Ciudadana realizan Minuta en digita y la
archiva.
4.17 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana
después de la retroalimentación archivan documentación
4.18 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana,
entregan reporte Mensual (a el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y a el/la
Coordinador/a de Participación Ciudadana.
4.19 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y el/la Coordinador/a de
Participación Ciudadana, entregan reporte Mensual a el/la Jefe/a de Educación
Ambiental y Participación Ciudadana vía digital.
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Diagrama de Flujo
ATENCIÓN DE GRUPOS
Coordinador/a de Educación Ambiental
Instructores/as de Educación Ambiental o
Participación Ciudadana
Coordinador/a de Participación Ciudadana
Coordinación de educación ambiental y
participación ciudadana
INICIO
Reciben solicitudes de atención, dan a viso a su
respectiva coordinación para que realice la agenda para su
atención
¿Petición para atención a grupos
escolares u organizados?
Atiende a grupo escolar
ESC.
Atiende a grupo organizado
ORG.
Giran ordenes a instructores para dar a conocer las políticas para la atención y para el llenado del formato de
planeación para la atención a grupos
Realizar el llenado del formato de
planeación para la atención a grupos para la revisión y
firma a sus respectivos
coordinadores
Reciben, revisan y firman formato de planeación
Elaboran material didáctico
Confirman asistencia dos días antes e informan a
Coordinadores/asReciben al grupo y presentan a instructores/as
Durante la recepción del grupo, realizan diagnóstico del grado de conocimiento
Entregan formato de lista de asistencia encargado/a de
grupo
Durante la atención al grupo, toman evidencia fotográfica
para el expediente
Al finalizar, solicitan a encargado/a de grupo
realizar evaluación
Llevan a cabo el cierre de la actividad agradeciendo la presencia de los/as
asistentes
Reunión con sus respectivos coordinadores/as para
realizar retroalimentación de la actividad
Archivan documentación
generada
Elaboran y entregan reporte mensual
Según corresponda, entregan de manera digital reporte mensual a Jefe/a de Departamento de Educación Ambiental y Participación Ciudadana
FIN
Promueven el Programa municipal de educación
ambiental para la atención a grupos
¿Petición recibida por parte del personal
instructor o coordinador
Checa disponibilidad de
fecha y de ser viable agenda
Coordinador
Instructor
Realizan Minuta en Digital y la archiva
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5.3.2 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL CURSO DE VERANO
1.0.Objetivo:
1.1 Proporcionar valores y experiencias cognitivas que fortalezcan el ámbito escolar,
familiar y comunitario de las/os participantes a partir de actividades artísticas,
tecnológicas, recreativas, reflexivas y de convivencia, en el marco de los “Principios
y Valores de la Carta de la Tierra” para Niñas y Niños.
2.0.Alcance:
2.1 Niños y Niñas de 6 a 12 años.
3.0.Fundamento Jurídico:
Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del
Municipio de Aguascalientes, Artículos 348, Fracciones I, II, III Artículos 349,350 y
351
Plan de Desarrollo Municipa.
4.0.Descripción del Proceso
4.1 La persona interesada acude a las instalaciones de CEREBIO o llama por teléfono
para solicitar información relacionada al Curso de Verano.
4.2 El personal de CEREBIO atiende a la persona interesada y da la información
correspondiente del curso de verano, así como la documentación requerida, días y
horarios, además los costos en caso de permitir a su hijo/a asistir a la excursión
organizada, una vez enterada presenta los documentos (Copia de Acta de
nacimiento, CURP, dos fotografías tamaño infantil del participante, INE de Padre
madre o Tutor y de las personas autorizadas para recoger al participante, Original y
Copia de Comprobante de Domicilio) y llena un formato de Ficha de inscripción
al curso, así como firmar un reglamento y una carta responsiva.
4.3 El personal de CEREBIO entrega un recibo de pago con motivo de la excursión a la
persona interesada, y copia del reglamento interno para el Curso de Verano, así
como las indicaciones generales.
4.4 El personal de CEREBIO elabora los expedientes, así como las listas de asistencia
para el control de la cantidad de cada grupo de los participantes inscritos al Curso
de Verano.
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NOTA: Al inicio del Curso de Verano se entregará al participante su kit y se le indica
que lo marque con su nombre para evitar extravío.
Diagrama de flujo
PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL CURSO DE VERANO
Persona Interesada Personal de CEREBIO
Acude a las instalaciones de CEREBIO o llama por teléfono
para solicitar información relacionada al Curso de Verano.
Inicio
Una vez enterada presenta los documentos
Entrega un recibo de pago con motivo de la excursión a la persona interesada, y copia del reglamento interno para el
Curso de Verano, así como las indicaciones generales.
Atiende a la persona interesada y da la información correspondiente del curso de verano, así como la documentación requerida, días y horarios, además los costos en caso de permitir a su hijo/a
asistir a la excursión organizada.
Recibe (Copia de Acta de nacimiento, CURP, dos fotografías tamaño infantil
del participante, INE de Padre madre o Tutor y de las personas autorizadas
para recoger al participante, Original y Copia de Comprobante de Domicilio)
y llena un formato de Ficha de inscripción al curso, así como firmar un
reglamento y una carta responsiva. .
Elabora los expedientes, así como las listas de asistencia para el control de la
cantidad de cada grupo de los participantes inscritos al Curso de
Verano.
Al inicio del Curso de Verano se entregará al participante su kit y se le indica que lo marque con su nombre
para evitar extravío.
Fin
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6.0 DIRECTORIO
Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable.
LIC. Sarahi Macias Alicea
Dirección de Medio Ambiente y Cambio Climático
C.P. Omar Alejandro Plesent
Sánchez
Departamento Administrativo C. Jessica Diana González Alva
Departamento de Gestión Ambiental
ING. José Manuel Díaz de León de
la Rosa
Departamento de Recursos Naturales y
Biodiversidad
C. Carlos Armando Armas López
Departamento de Educación Ambiental y
Participación Ciudadana
C. Liliana Guadalupe Díaz Bárcenas
------------------------------------------ RESOLUTIVOS ------------------------------------------
PRIMERO: La Comisión Permanente de Ecología, Parques, Jardines y Panteones;
conforme a las facultades y atribuciones conferidas por los artículos 17, 36 fracción V,
43 y 63 fracción VIII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 18, 36
fracción I, 71, 82 Apartado A) fracción I, 83, 84, 85, 87 y 88 del código Municipal de
Aguascalientes, es la encargada y facultada de analizar y dictaminar la propuesta para el
proyecto “Iniciativa con proyecto de decreto del Manual de Procedimientos 2020 –
2021 de la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Municipio
de Aguascalientes”. --------------------------
SEGUNDO: De conformidad por lo dispuesto en los artículos 1, 4 párrafo quinto, 115
fracción II inciso B), III inciso B) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 2, 3, 7, 27 fracción XXXIV, 30 fracción IV, 66, 68, 69 fracción II, III XI,
XXVIII inciso B), XLVII, LIV, 36 fracción V, 37, 38 fracción XVII, 63 VII y 74 BIS
fracción III de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 6 fracción III, 16, 71
fracción I, 97, 98, 411 fracción I, y demás relativos y aplicables del Código Municipal
de Aguascalientes, resulta procedente y se aprueba por unanimidad de votos la
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realización del proyecto “Iniciativa con proyecto de decreto del Manual de
Procedimientos 2020 – 2021 de la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable del Municipio de Aguascalientes”, el día martes 26 de Mayo del 2020. ---
--------------------------------------------------------------
TERCERO: Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de
Gobierno para que de conformidad por los dispuesto en los artículos 42, 46, 58, 76, 84,
85, 87 y 88 del Código Municipal de Aguascalientes; se someta a consideración,
análisis, discusión y en su caso aprobación del Honorable Ayuntamiento Constitucional
del Municipio de Aguascalientes, el presente Dictamen. --------------------------------------
----------------------------------------------------------
Sin otro particular por el momento y agotada la deliberación del tema; se levanta el
presente dictamen para constancia con firma autógrafa de la Regidora Presidente de la
Comisión Permanente de Ecología, Parques, Jardines y Panteones, así como de los
regidores colegiados de la Comisión. -------------------------------------------
----------------------------------------- TRANSITORIOS ------------------------------------------
ÚNICO: El presente Manual de Procedimientos iniciará su vigencia, al día siguiente de
su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes. –
Lo anterior para el conocimiento de la ciudadanía. Dado por el Honorable Ayuntamiento
Constitucional del Municipio de Aguascalientes, en la sesión ordinaria celebrada el día diez
de julio del año dos mil veinte, con la presencia de la Licenciada María Teresa Jiménez
Esquivel, Presidente Municipal de Aguascalientes; los Regidores Edson Rubén Camarillo
Rodríguez, Mirna Rubiela Medina Ruvalcaba, Edgar Dueñas Macías, Reyna Cristina
Espinoza Vázquez, Miguel Ángel Muñoz de Luna, María Cristina Villaseñor Díaz,
Christian Salvador Gutiérrez Márquez, Berenice Anahí Romo Tapia, Oscar Salvador
Estrada Escobedo, Israel Tagosam Salazar Imamura López, Francisco Javier Quezada
Loera, Irma Karola Macías Martínez, Sanjuana Martínez Meléndez, Edith Citlalli
Rodríguez González, el Síndico Procurador Juan Alberto Pérez de Loera, la Síndico de
Hacienda Ma de Jesús Ramírez Castro; así como el Secretario del H. Ayuntamiento y
Director General de Gobierno, Licenciado Jaime Gerardo Beltrán Martínez.- En
consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, fracción I de la Ley
Municipal para el Estado de Aguascalientes, promulgo y ordeno se dé publicidad para su
debido cumplimiento y efectos legales conducentes.- Aguascalientes, Ags., a 10 de julio de
2020.- Lic. María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente Municipal de Aguascalientes.-
Rúbrica.- Lic. Jaime Gerardo Beltrán Martínez, Secretario del H. Ayuntamiento y Director
General de Gobierno, quien valida con su firma en términos del artículo 107 fracción VIII,
del Código Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.