MANUAL DE ORGANIZACIÓN y PROCEDIMIENTOS ÁREA: JUEZ...
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Manual de Organización y procedimientos del área del
Juzgado Calificador
CLAVE: MZAC1821/MOP/JUZGCALF/008
Fecha de elaboración: 1 de abril de 2019
Fecha de aprobación: 22 de abril de 2019
Núm. de revisión: 1
JUEZ CALIFICADOR
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y
PROCEDIMIENTOS
DEL ÁREA DE JUEZ CALIFICADOR
CLAVE: MZAC1821/MOP/JUZGCALF/008
Lic. Bartolo Montiel Miranda Juez Calificador
AUTORIZACIONES
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JUEZ CALIFICADOR
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN .............................................................................................................. 3
MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO .......................................................................... 4
MISIÓN, VISIÓN, VALORES ........................................................................................... 5
ESTRUCTURA ORGÁNICA............................................................................................. 6
ORGANIGRAMA GENERAL ............................................................................................ 7
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL JUZGADO CALIFICADOR .......................................... 8
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO ........................................................................................ 9
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS ......................................................... 10
PROCEDIMIENTO PARA INFRACTORES ................................................................... 13
DIAGRAMA DE FLUJO .................................................................................................. 15
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Fecha de elaboración: 1 de abril de 2019
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Núm. de revisión: 1
JUEZ CALIFICADOR
INTRODUCCIÓN
El manual de organización y procedimientos (MOP) tiene por objeto principal integrar en una sola guía
la información básica relativa al marco jurídico-administrativo, así como las principales atribuciones,
estructura orgánica, funciones y procedimientos de la entidad.
También el MOP es un documento que continente de forma ordenada y sistemática, la información
y/o las instrucciones sobre sus, atribuciones, organización, objetivo, funciones y procedimientos de la
dependencia, constituyéndose, además, en un instrumento de apoyo administrativo, que describe las
relaciones orgánicas que se dan entre las unidades administrativas, siendo ello, un elemento de apoyo
a su funcionamiento.
El motivo de la elaboración del manual de organización y procedimientos es dar a conocer un marco
de referencia para llevar a cabo las labores que corresponden al área, para que lleve a cabo la
maximización del beneficio social mediante una gestión municipal eficiente.
La implementación del manual de organización y procedimientos contiene ventajas para el desempeño
de la administración pública en curso, como lo son precisar las funciones encomendadas, evitar la
duplicidad y detectar omisiones, colaborar a la correcta ejecución de las responsabilidades y la
uniformidad en su desarrollo, ahorro de tiempo y esfuerzos, ahorro de recursos económicos, e
información clave para llevar a cabo la planeación, y finalmente como un instrumento útil de
orientación sobre las labores de las unidades responsables.
El presente manual pretende garantizar la óptima operación y la ejecución de diversas actividades del
H. Ayuntamiento de Zacapoaxtla 2018-2021, que explican temas como la organización, el objetivo, y
funciones de información básica para el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de las
funciones encomendadas.
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JUEZ CALIFICADOR
MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO
Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Federal del Trabajo
Estatal
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Estatal y Municipal
Municipal
Ley Orgánica Municipal
Interna
Lineamientos
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JUEZ CALIFICADOR
MISIÓN, VISIÓN, VALORES
MISIÓN
Somos una Administración Pública Municipal de gobierno abierto, incluyente de su ciudadanía, que
fomenta el desarrollo de sus localidades, para así fortalecer la calidad de vida de los habitantes.
VISIÓN
Ser un gobierno eficiente y eficaz con capacidad de atención óptima de las demandas sociales,
aplicando procesos de gestión transparentes que nos posicionen como un municipio líder en la región.
VALORES
Honestidad, transparencia, responsabilidad, respeto y compromiso.
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JUEZ CALIFICADOR
ESTRUCTURA ORGÁNICA
NIVEL OFICINA DEL JUZGADO CALIFICADOR NÚMERO DE PLAZAS
Juez Calificador 1
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JUEZ CALIFICADOR
ORGANIGRAMA GENERAL
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JUEZ CALIFICADOR
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL JUZGADO CALIFICADOR
OBJETIVO GENERAL
Atención a los asuntos que tengan que ver con las infracciones a los Reglamentos Municipales y
actuar en consecuencia.
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JUEZ CALIFICADOR
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO
ESPECIFICACIONES DEL PUESTO
Escolaridad: Licenciatura en Derecho
Conocimientos: Atención a la Ciudadanía, Bando de Policía, Medios Alternos de Solución de Conflictos, labores del Ministerio Público
Habilidades: Responsabilidad, tolerancia, imparcialidad, toma de decisiones, discrecionalidad
Nombre del puesto: Juez Calificador
Nombre de la dependencia: Juzgado Calificador
Área de adscripción: Juzgado Calificador
A quien reporta: Presidente Municipal
A quien supervisa: N/A
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JUEZ CALIFICADOR
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS
Conocer, calificar y sancionar las faltas al presente Bando de Policía y Gobierno, que se
cometan y surtan efectos en el municipio;
Determinar la responsabilidad o no responsabilidad de la comisión de conductas que atenten
en contra del presente bando;
Para el caso de que las conductas sancionadas por el presente bando sean cometidas por
personas mayores de doce años y menores de dieciocho años de edad, ordenar la
incorporación de los infractores a la dependencia o institución, que para tal efecto se
establezca, a fin de lograr su reinserción familiar y social;
Fungir como órgano conciliador ante problemas de particulares en los cuales no atenten
contra derechos irreparables; cuando por la falta cometida se ocasionen daños y perjuicios
que deban reclamarse por la vía civil o cuando un particular cometa actos presumibles de
delitos en contra de otra persona física o moral siempre y cuando no sean delitos graves y su
reparación no exceda de ciento cincuenta días de Unidad de Medida y Actualización (UMA);
Coordinar el trabajo de la Policía Municipal en caso de que de manera oficiosa tenga
conocimiento que una o más personas realizan alguna conducta que contravenga las
disposiciones reguladas en el presente Bando de Policía y Gobierno;
Solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando sea necesaria su actuación para hacer efectivo
el cumplimiento de sus determinaciones en el ejercicio de sus atribuciones;
Poner inmediatamente a disposición del Agente del Ministerio Público local o federal según
su competencia, aquellas personas que hayan sido detenidas en la comisión de un delito en
flagrancia, así como dar conocimiento de los actos que a su criterio configuran la comisión de
delito;
Solicitar el auxilio del médico legista adscrito al Juzgado Calificador para la emisión de los
dictámenes correspondientes, para determinar si una persona se encuentra en estado de
ebriedad en el supuesto que haya sido remitido por encontrarse en ese posible estado, así
como para determinar las lesiones físicas cometidas en contra de uno o más individuos;
Determinar las sanciones impuestas a las personas que cometan actos sancionados en el
presente bando y en su caso ordenar el arresto correspondiente.
Rendir informes a las autoridades que así lo requieran referente a los actos realizados por
personal de las áreas de Policía Municipal, Vialidad, Protección Civil y Parquímetros.
Dirigir funciones administrativas del Juzgado Calificador;
Realizar por escrito un informe semanal al Regidor de Gobernación, Justicia y Seguridad
Pública y al Síndico Municipal, sobre los asuntos tratados y las resoluciones dictadas;
Ser órgano de atención ciudadana en materia de asesoría legal.
Fomentar el respeto a los derechos humanos y las garantías que tienen las personas para el
adecuado ejercicio de los mismos.
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JUEZ CALIFICADOR
Llevar ordenadamente el libro de expedientes sobre personas infractoras, las actas de hechos
o convenios que se realicen en el juzgado calificador, así como llevar el control de toda
evidencia de los expedientes, actas de hechos levantadas y citatorios enviados.
Las demás que se desprendan del presente Bando y demás leyes aplicables.
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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
DEL ÁREA DEL
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PROCEDIMIENTO PARA INFRACTORES
PROCEDIMIENTO
NOMBRE: Procedimiento para infractores
ÁREA: JUZGADO CALIFICADOR
ACTIVIDAD DETALLE
1 El procedimiento sancionador del presente Bando será oral y se desahogará en una audiencia la cual será pública. La audiencia se desarrollara de forma inmediata salvo los casos establecidos en el presente ordenamiento la cual seguirá las formalidades señaladas en el presente Bando, de todas las actuaciones realizadas se levantara acta respectiva la cual será firmada por todas las personas que en ellas intervinieron.
2 Cuando el individuo infractor sea sorprendido cometiendo la conducta atípica en flagrancia, los elementos de Seguridad Pública o Seguridad Vial deberán inmediatamente poner a disposición del Juez Calificador al individuo infractor.
3 Cuando el Juez Calificador conozca la conducta antisocial a través de una denuncia, procederá a buscar los medios necesarios para mandar a citar al infractor. En primer lugar debe girar citatorio para llamar a la persona acusada y en caso de negativa, el Juez podrá ordenar su presentación a través de los elementos de seguridad pública.
4 El acusado tendrá derecho a solicitar el apoyo de cualquier persona de su confianza que lo represente o apoye durante el desarrollo del procedimiento, para tal efecto el proceso iniciará hasta el momento en que se encuentre presente la persona solicitada por el infractor que en todo momento no podrá exceder de tres horas.
5 Cuando se advierta que la persona puesta a disposición del Juzgado Calificador bajo el influjo de alcohol, ordenara que se realice prueba de alcoholímetro o dictamen pericial correspondiente. Para el efecto de que el individuo puesto a disposición se encuentre bajo el influjo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, el Juez Calificador solicitara el auxilio del médico legista adscrito al Juzgado Calificador a fin de que emita dictamen médico y señale el probable periodo de recuperación del individuo para iniciar el procedimiento sancionador señalado en el presente ordenamiento.
6 A criterio del Juez Calificador se ordenará el resguardo de los infractores que representen un riesgo, peligrosidad, alteren el orden de las instalaciones del Juzgado o pretendan evadirse. En caso de que el detenido tenga en su poder objetos que pongan en riesgo la integridad física del personal del Juzgado y/o de los elementos de seguridad pública, le serán retirados para su resguardo y se dará vista al Ministerio Público en los casos en que resulte necesario.
7 Tan pronto sea radicado el asunto al Juez Calificador, procederá a cerciorar el estado físico del infractor y cuando a su criterio, el individuo se encuentre en pleno uso y goce de sus facultades, iniciara el procedimiento sancionador. En primer lugar informara al infractor de los actos que se le imputan así mismo le hará del conocimiento sobre los derechos que tiene durante el procedimiento.
8 Una vez que le sean leídos al infractor los hechos por los cuales fue remitido al Juez Calificador, se dará oportunidad al probable responsable o a su defensor de aportar las probanzas necesarias tendientes demostrar excluyentes de su responsabilidad.
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En caso de que hubiera persona ofendida se dará oportunidad de ofrecer las probanzas que sean necesarias.
9 Concluido el periodo de prueba el Juez Calificador, se dará oportunidad al acusado o a su representante de desarrollar alegatos y posteriormente se procederá a determinar la responsabilidad o no responsabilidad de la conducta atribuida al acusado. En caso de que se demuestre su responsabilidad se determinará la sanción correspondiente y se le dará la oportunidad de elegir: • Si pagar multa, • Cumplir con el arresto establecido en el correspondiente reglamento • Realizar trabajo a favor de la comunidad. Si solo estuviera en posibilidad de pagar parte de la multa, se le recibirá el pago parcial y se le conmutará la diferencia por un arresto o trabajo a favor de la comunidad en la proporción que corresponda a la parte no cubierta.
10 Para el caso de que no se demuestre su responsabilidad será puesto en libertad de forma inmediata.
11 En todo el tiempo que dure el procedimiento estará presente el acusado y su representante en caso de que lo hubiera solicitado; cuando se desarrolle la audiencia sin la presencia del representante que hubiere solicitado el acusado, todo lo actuado en ella será nulo.
12 En caso de que un menor de edad sea puesto a disposición del Juez Calificador y se advierta que ha cometido una conducta presumible de delito, de forma inmediata se dará informe mediante oficio al Centro de Internamiento Especializado, conforme a lo establecido por el Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla. Para tal efecto se registrara en los libros correspondientes los datos del menor remitido así como de los padres o tutores que lo representen.
13 Cuando se ponga a disposición del Juez Calificador una persona y se advierta que su conducta es constitutiva de un delito se pondrá de forma inmediata a disposición del Ministerio Público para los efectos legales a los que haya lugar.
14 Durante el desarrollo del procedimiento se procurará mantener el orden, en caso de que alguna persona presente contravenga lo anterior será retirado de las instalaciones del juzgado y cuando el acusado sea el que altere el orden se suspenderá el procedimiento y será arrestado por el tiempo que determine el Juez Calificador.
15 Los recibos o boletas oficiales que se expidan con motivo de la imposición de una multa, deberán contener la fecha, causa de la infracción, cantidad pagada, nombre y dirección del infractor, así como la firma del Juez Calificador.
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DIAGRAMA DE FLUJO
INICIO
Arrestar al infractor
Depositar sus pertenencias
personales ante la policía
encargada de recepción
Determinar el estado Físico y
mental del infractor
Disponer al infractor al centro de
internamiento especializado del Estado de
Puebla,
Informar al infractor sobre las
acusaciones que se imputan
y los derechos que tiene.
Llevar a cabo la audiencia
Determinar la responsabilidad
por parte del juez
PROCEDIMIENTOS PARA INFRACTORES
¿Es mayor
de 18
años? 1
Sí
No
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Fijar la multa de acuerdo a la
responsabilidad
Realizar la multa en Tesorería
Municipal
Anexar el recibo del pago de
la multa al expediente
Entregar pertenencias
Quedar bajo libertad
¿Hay
responsab
ilidad?
Sí
No
FIN 1
1