VIVIENDA DE INTERES PRIORITARIO PARA POBLACIÓN DESPLAZADA - ARTICULO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN SERVICIO DE LABORATORIO … resulta prioritario optimizar la estructura...
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Manual de Organización
Laboratorio de Patologìa Clìnica Hospital Civil
Fray Antonio Alcalde
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
SERVICIO DE LABORATORIO DE PATOLOGIA
CLINICA DEL HOSPITAL CIVIL
FRAY ANTONIO ALCALDE
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Manual de Organización
Laboratorio de Patologìa Clìnica Hospital Civil
Fray Antonio Alcalde
INDICE
I. Introducción .......................................................................................... 3,4
II. Antecedentes Históricos ....................................................................... 5,6
III. Misión, Visión, Valores Y Objetivo ...................................................7,8,9,10
IV. Marco Legal .........................................................................11, 12, 13 y 14
V. Fundamento Legal ................................................................................ 15
VI. Estructura Orgánica .............................................................................. 16
VII. Organigrama ......................................................................................... 17
VIII. Descripción de Funciones ................................................ 18, 19, 20, 21 y 22
IX. Validación ............................................................................................. 23
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INTRODUCCIÓN
El Manual de Organización General del O.P.D. Hospital Civil de
Guadalajara, es un instrumento administrativo fundamental en el proceso de
consolidar la descentralización y desconcentración de los Servicios Personales de
Salud, Salud Pública y Regulación Sanitaria, del Gobierno Federal al Estado; y
tiene como propósito fortalecer el Sistema Estatal de salud, por consiguiente
resulta prioritario optimizar la estructura organizacional y funcional del Organismo
con el objeto de proporcionar servicios con eficiencia, eficacia, calidad y equidad.
El Manual de Organización General se elabora con el fin de que el Hospital
Civil de Guadalajara, cuente con un documento que explicará la misión, estructura
orgánica, atribuciones y funciones de las Direcciones Generales, Direcciones y
Departamentos, que lo integran.
Este documento contribuye a presentar una visión global del organismo; su
misión o razón de ser; precisa las atribuciones y funciones de las Direcciones
Generales, Direcciones y Departamentos, con el objeto de delegar
responsabilidades, evitar duplicaciones y detectar omisiones; contribuye en
favorecer la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal y
propicia la uniformidad en el trabajo; permite utilizar de manera racional los
recursos humanos y materiales en la realización de sus funciones, sirve así mismo
como un instrumento para la inducción al puesto al personal de nuevo ingreso,
facilitando su incorporación a las distintas áreas del Organismo.
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El documento se conforma de ocho apartados Básicos para manuales de
Organización General y Específicos: Introducción, Antecedentes Históricos,
Misión, Atribuciones, Fundamento Legal, Estructura Orgánica, Organigrama y
Descripción de Funciones.
Por lo cual el presente manual pretende ser un instrumento administrativo
dinámico, flexible y de fácil comprensión, que optimice los sistemas
organizacionales que el Hospital Civil de Guadalajara requiera para cumplir con us
misión y objetivos estratégicos.
Por consiguiente este instrumento administrativo se deberá revisar
anualmente con el objeto de llevar a cabo las adecuaciones correspondientes, y
poder tener un documento operativo y vigente.
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ANTECEDENTES HISTÓRICOS
El 3 de Mayo de 1794, se inaugura el Hospital Civil de Guadalajara con
capacidad para 1,000 pacientes, gracias a Fray Antonio Alcalde Barriga, Obispo
de Guadalajara.
El 17 de Mayo de 1975 el Hospital Civil se adhiere al Instituto Jalisciense de
Asistencia Social.
El 24 de Mayo de 1987 en el diario Oficial del Estado de Jalisco se publica
el Reglamento del Complejo Médico Hospital Civil, quedando como una institución
pública dependiente del Gobierno del Estado de Jalisco con carácter de organismo
desconcentrado, el complejo Médico estará estructurado por las siguientes
unidades:
I. El Nuevo Hospital Civil de Guadalajara
II. El Hospital de Especialidades, mismo que incluirá:
a) La Unidad de Oftalmología
b) La Unidad de Oncología
c) La Unidad Materno–Infantil
III. El Instituto de Investigación Biomédicas
IV. El Centro Cultural de la Salud.
Por situaciones especiales no entra nunca en vigor, sin embargo es hasta el
11 de Abril de 1997 que se pública la Ley de Creación del Hospital Civil de
Guadalajara como un organismo público descentralizado de la administración
pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá por
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objeto prestar servicios de salud a la población en los términos que se establece
en el presente ordenamiento, en las Leyes General y Estatal de Salud, y se
sujetará a lo establecido en el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización
Integral de los Servicios de Salud, entre los Ejecutivos Federal y el de esta Entidad
Federativa. Así también, fungirá como hospital–escuela de la Universidad de
Guadalajara para las funciones de docencia, investigación y extensión en el área
de salud, cuyos programas académicos se desarrollarán de conformidad con la
normatividad de esta Casa de Estudios.
El organismo se conformará con dos unidades hospitalarias: El Antiguo
Hospital Civil de Guadalajara y el Nuevo Hospital Civil de Guadalajara.
En 1997 se cambia el Nombre del Nuevo Hospital Civil de Guadalajara por
el de Hospital Dr. Juan I. Menchaca.
En el año 2001 a 300 años del nacimiento de Fray Antonio Alcalde, en
sesión de cabildo el Congreso decide dar el Nombre al Antiguo Hospital Civil de
Guadalajara, el de Hospital Civil Fray Antonio Alcalde.
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MISIÓN , VISIÓN, OBJETIVO Y VALORES
Misión del Gobierno del Estado de Jalisco.
Promover, dirigir y coordinar los esfuerzos de la sociedad para lograr el bien
común, mediante el compromiso entre el pueblo y un Gobierno honesto, eficiente y
democrático.
El presente manual nace ante la necesidad de contar con un documento
que contenga la información de los procedimientos del Laboratorio de Análisis
Clínicos, y representa un instrumento útil y valioso de la acción diagnóstica y
terapéutica.
Contiene los procedimientos así como las normas estructurales y funcionales que
se llevan a cabo en ésta Unidad Médica.
El contenido esta dirigido al personal del Laboratorio de Análisis Clínicos como
son: Químicos, Laboratoristas, Patólogos Clínicos, Enfermeras, etc. Para que
aporten sugerencias y modificaciones que logren mejorar la operatividad del
Servicio. Puede ser útil a: Médicos y los interesados en el tema para su aplicación
en la práctica Clínica.
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MISION
Practicar estudios de laboratorio que contribuyan como auxiliares del
diagnóstico clínico, ya sea para ratificarlo o rectificarlo, también para la evaluación
y control del tratamiento establecido así como para formar un pronóstico de
acuerdo a los resultados obtenidos, en beneficio de los pacientes.
VISION
Brindar al paciente una rápida y eficiente atención, practicando sus estudios
con un equipo capacitado técnica y humanamente utilizando equipos de
laboratorio con tecnología de punta que nos garantice un exacto y preciso control
de calidad, tanto interno como externo, para que nuestros usuarios y médicos
obtengan resultados confiables que garanticen un correcto diagnóstico y su
adecuada atención.
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“LA SALUD DEL PUEBLO ES LA SUPREMA LEY”
Denota los valores que llevaron a este personaje a crear un hospital que a dos centurias, aún trabaja intensamente.
UNIVERSALIDAD
Las unidades hospitalarias prestaran sus servicios médico asistenciales a la población que lo demande, sin considerar su situación socioeconómica, religión, afinidad política, en respeto al derecho a la atención de la salud de todo ciudadano.
VOCACIÓN DE SERVICIO Los integrantes del OPD, mantendrán la mística de servir a la población más desprotegida.
HUMANITARISMO Atender a los pacientes con sensibilidad, calidez y respeto a su situación de enfermo.
ÉTICA La atención del paciente bajo los principios morales que no atenten contra su dignidad, integridad y pudor.
PROFESIONALISMO Todo el personal que integra el OPD, prestara sus servicios con altos niveles de competitividad, siempre pensando en recuperar y preservar la salud en bien del paciente y de la comunidad.
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CREATIVIDAD Las acciones médico asistencial y administrativa, que se desarrolle en las unidades hospitalarias, deberán contener un alto sentido de creatividad asertiva, para la resolución de problemáticas en torno a la salud.
AUTOCRÍTICA
La practica médica y administrativa, se auto evaluará en un ambiente constructivo que permita el crecimiento y el desarrollo de quienes lo integran.
EFICACIA Y EFICIENCIA Las acciones en la atención médico asistenciales desarrolladas por los diferentes grupos de trabajo del organismo, estarán encaminadas a la mejora constante, imprimiendo en ellas una relación costo efectividad, que propicie elevar los niveles de calidad en los servicios que prestamos.
CONGRUENCIA
Reflejar en los hechos, la coherencia del actuar y el pensar cotidiano ante los compromisos asumidos.
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MARCO LEGAL
El documento legal, que le otorgo una personalidad jurídica y marcó las atribuciones de nuestro hospital y consecuentemente de nuestra división, fue publicado a través del decreto 16527 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, el 27 de abril de 1997, siendo gobernador del Estado de Jalisco, el C. Ingeniero Alberto Cárdenas Jiménez.
Articulo 1. El Hospital civil de Guadalajara es un organismo publico descentralizado de la administración publica estatal, con personalidad jurídica y patrimonios propios, el cual tendrá por objeto prestar servicios de salud a la población en los términos que se establecen en el presente ordenamiento, en las Leyes General y Estatal de Salud, y se sujetara a lo establecido en el Acuerdo de coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud, entre los Ejecutivos Federal y el de esta Entidad Federativa. Así también fungirá como hospital-escuela de la Universidad de Guadalajara para las funciones de docencia, investigación y extensión en el área de salud, cuyos programas académicos se desarrollaran de conformidad con la normatividad de esta casa de estudios.
El organismo se conformara con dos unidades hospitalarias: el Antiguo Hospital civil de Guadalajara y el Nuevo Hospital Civil de Guadalajara.
Articulo 2. Para los efectos de la presente Ley, deberá entenderse por Organismo: organismo Publico Descentralizado denominado “ Hospital Civil de Guadalajara”
Acuerdo de Coordinación : Acuerdo de Coordinación para la descentralización Integral de los Servicios de salud, entre los Ejecutivos Federal y el del Estado de Jalisco.
Articulo 3. El organismo tendrá a su cargo las funciones que en la presente ley se determinan, para dar cumplimiento a su participación en la consolidación del Sistema Estatal de Salud a la Población, conforme a las disposiciones legales aplicables y al Acuerdo de Coordinación.
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Articulo 4. El Hospital Civil de Guadalajara tendrá las siguientes funciones:
I. Organizar y operar servicios de atención medica, fundamentalmente a población abierta.
II. Colaborar en la organización del Sistema Estatal de Salud en los términos
de las Leyes General y Estatal de Salud, asi como en lo que establece el Acuerdo de Coordinación.
III. Realizar todas aquellas acciones tendientes a garantizar el derecho a la
protección de la salud de los habitantes del Estado.
IV. Conocer y aplicar la normatividad general en materia de salud, tanto nacional como internacional, asi como, proponer adecuaciones a la normatividad estatal y esquemas que logren su correcto funcionamiento.
V. Establecer las políticas especificas que en materia de salud deberán llevar
a cabo las unidades hospitalarias que lo integran, para dar cumplimiento a los programas que se deriven de la Secretaria de Salud Jalisco y del acuerdo de Coordinación.
VI. Proponer las medidas, procedimientos y condiciones que se estime
necesario para mejorar la calidad en la prestación de la atención medica de las unidades hospitalarias a su cargo, y para un cumplimiento pleno de las funciones asistenciales y docentes.
VII. Apoyar los programas en materia de salud, que para tal efecto determine la
Secretaria de Salud Jalisco. VIII. Impulsar, apoyar y capacitar en materia de salud a los profesionales,
especialistas y técnicos que desempeñen sus labores en el organismo;
IX. Llevar a cabo actividades de investigación científica y docencia en el área de la salud, de conformidad con la normatividad de la Universidad de Guadalajara y los convenios que esta Casa de Estudios tenga celebrados;
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X. Integrar un acervo de información y documentación que facilite a las autoridades e instituciones competentes, en la investigación, estudio y análisis de ramas y aspectos específicos en materia de salud.
XI. Difundir en general entre la población de la Entidad y en especial entre las
autoridades correspondientes , mediante publicaciones y actos académicos , los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis y de recopilación de información, documentación e intercambio que realiza.
XII. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros que reciba de
los sectores público, social y privado, con sujeción al régimen legal que le corresponda.
XIII. Vigilar la aplicación de la normatividad en materia laboral en beneficio de
sus trabajadores. XIV. Las demas que esta Ley y otras disposiciones legales le confieran para el
cumplimiento de su objeto.
Articulo 5. El patrimonio del organismo estará constituido por: Los bienes muebles e inmuebles y recursos que le transfiera el Gobierno Estatal, en los términos del Acuerdo de Coordinación.
I. Las aportaciones que los gobiernos Federal, Estatal y Municipales le otorguen.
II. Las aportaciones, donaciones, legados y demas análogas que reciba de los
sectores social y privado.
III. Las cuotas de recuperación que reciba por los servicios que presta.
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IV. En general todos los bienes y derechos que entrañen utilidad económica o sean susceptibles de estimación pecuniaria y que obtenga por cualquier titulo legal.
Articulo 6. El organismo administrara su patrimonio con sujeción a las disposiciones legales aplicables y lo destinara al cumplimiento de su objeto, asi como lo establecido por el Acuerdo de Coordinación. Articulo 7. El organismo deberá mantener en buen estado los bienes muebles e inmuebles que la Universidad de Guadalajara autorice para uso de este, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de dicha Casa de Estudios.
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FUNDAMENTO LEGAL
Constitución política de los estados unidos Mexicanos.(5 de febrero de 1917) Reforma (diciembre 3 de 1985).
Ley general de salud (D.O. 7 de febrero de 1984)de acuerdo a lo señalado
en los artículos 3°, fracciones I y VII ,XII,XIII, apartado A, fracción II y apartado 13, fracción VII y XXV.
Ley orgánica de la administración publica federal (D.O.29 de diciembre de
1976)Reforma(D.O. 21 de enero de 1985.) Ley general de salud del estado de Jalisco.
Reglamento de la ley general de salud en materia de prestación de atención
medica artículos 4°,7 y 10 fracción y capítulos IV y V (D.O.7 de febrero de 1984.)
Reglamento interior de la secretaria de salud (D.O. 19 de agosto de 1995.)
Reglamento de la ley del organismo publico descentralizado denominado
Hospital Civil de Guadalajara (21 de octubre 1997.)
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ESTRUCTURA ORGANICA DEL
LABORATORIO DE PATOLOGIA CLINICA
Jefe del Servicio
Quimicos Farmacobiologos
Tecnicos Laboratoristas
Enfermeras
Auxliares de Laboratorio
Personal Administrativo
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ORGANIGRAMA - LABORATORIO DE PATOLOGIA CLINICA
INMUNOLOGIA
HISTOCOMPATIBILIDAD
VARIOS
QUIMICA SANGUINEA
SEROLOGIA
COAGULACION
CITOLOGIA HEMATICA
QUIMICA SANGUINEA ESPECIAL
LABORATORIO
TORRE DE ESPECIALIDADES
LABORATORIO
URGENCIAS
JEFATURA
LABORATORIO DE PATOLOGIA CLINICA
SUBDIRECCION DE SERVICIOS AUXILIARES DE
DIAGNOSTICO TRATAMIENTO Y PARAMEDICOS
DIRECCION
HOSPITAL DE BELEN
DIRECCION
OPD
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DESCRIPCION DE FUNCIONES
DESCRIPCION Y FUNCIONES DEL PERSONAL RESPONSABLE DEL LABORATORIO Descripción del puesto Dirección técnica y administrativa del laboratorio Jefe inmediato Subdirector de Servicios Auxiliares de Diagnostico Tratamiento y Paramédicos Subordinados directos Todo el personal adscrito al Laboratorio de Patología clínica Torre y Urgencias. Coordinación Con médicos y jefes de departamentos clínicos y quirúrgicos
Atención A todos los pacientes de consulta interna y externa que acuden al laboratorio. Responsabilidad De la eficiencia profesional y administrativa del servicio. Autoridad Para seleccionar equipo y materiales del Laboratorio Para programar el trabajo en el servicio a su cargo Para distribuir el personal y el trabajo dentro del servicio Para mantener el orden y la disciplina dentro del servicio. Deberes Programar el trabajo del servicio Vigilar la atención adecuada, tomando parte en ella
Supervisar la toma de muestras, práctica de exámenes y entrega oportuna de resultados
Mantener las mejores relaciones humanas con el personal a su cargo Comunicar por escrito a su jefe inmediato las faltas graves del personal Solicitar por escrito los abastos necesarios para el funcionamiento del laboratorio Valorar y adecuar la capacidad técnica de su personal Requisitos Títulos profesionales de médico Especialista en Patología Clínica
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Comprobar su capacidad técnica y su aptitud psicológica necesarias al cumplimiento del puesto de acuerdo con las normas de este manual.
QUIMICO Descripción del puesto Realización de Exámenes, Calibración de aparatos y preparación de reactivos Jefe Inmediato Jefe del servicio o Responsable del Laboratorio Coordinación Con todo el personal adscrito al servicio Atención A pacientes en general Responsabilidad De la exactitud, y corrección técnica de los exámenes Del abasto de reactivos y material necesarios para el proceso de exámenes Del correcto funcionamiento de equipos, reportando fallas oportunamente Autoridad Para orientar y supervisar la labor del personal de la sección a su cargo
Para determinar la parte técnica de la ejecución de exámenes, calibración de aparatos.
Deberes Toma de muestras Practicar los exámenes de acuerdo con las normas de este manual Registrar y reportar resultados Preparar y controlar, equipo, material y reactivos necesarios para su labor Ejecutar ordenes que le imparta su jefe inmediato superior Requisitos Titulo profesional de Químico Farmacobiologo
Comprobar su capacidad Técnica y aptitud psicológica de acuerdo a las normas establecidas
LABORATORISTAS Descripción del puesto Auxiliar en la parte técnica de exámenes de laboratorio
Jefe inmediato
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Jefe de Servicio o Responsable del laboratorio Coordinación Con Químicos y personal Administrativo Atención A pacientes en general Responsabilidad De la toma de muestras sanguìneas
Del proceso de exámenes De la disposición de material, orden y conservación del mismo Del correcto funcionamiento de equipos, reportando fallas oportunamente Deberes Toma de muestras Proceso de exámenes Ejecutar las ordenes que le imparta su jefe inmediato superior Requisitos Estudios adecuados al nivel de la plaza Práctica adecuada al nivel de la plaza
Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas
RECEPCIONISTA-SECRETARIA
Descripción del puesto y responsabilidades Recepción de pacientes de consulta externa de 7 a 10 am Captura de pacientes de consulta interna hasta el término de estas
Entrega de resultados a pacientes de consulta externa sin registro de 11am a 12pm Impresión de resultados del día Dar instrucciones y atender a los pacientes
Requisitos Los que marca el reglamento del Opd
Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas
SECRETARIA DEL JEFE DE SERVICIO Descripción del puesto De las funciones administrativas del servicio Jefe inmediato
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Jefe del Servicio Coordinación Con todo el personal del Servicio Atención Al jefe del servicio y personal del mismo Responsabilidad De pedidos de reactivos y material necesarios para el servicio De informes y estadísticas del Servicio De suplir al personal (vacaciones, ausencias) De elaboración de oficios y comunicaciones De la organización del archivo del laboratorio Autoridad
Para solicitar cooperación del personal de recepción y de intendencia par la atención adecuada de los pacientes
Requisitos Los que marca el reglamento de trabajo del OPD
Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas
AUXILIARES DE LABORATORIO Descripción del puesto Encargado de la limpieza del laboratorio Lavado de material Numeración de muestras de copros y orinas 7 a 10 AM Jefe inmediato superior Jefe o encargado del laboratorio Coordinación Con todo el personal Adscrito Atención A las instrucciones del jefe de servicio Responsabilidad Del lavado de material De la limpieza en general del servicio
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Autoridad Para sugerir mejoras del trabajo Deberes Limpieza del servicio y del material Requisitos Las que marca el reglamento del OPD Comprobar su aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas
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VALIDACIÓN
DR. RAMON SIGALA ARELLANO
JEFE DEL SERV. DE PAT. CLINICA
DR. MARTIN VARGAS MAGAÑA
SUBDIRECTOR DE SERVS AUXS DE
DIAG TRAT Y PARAMEDICOS
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