MANUAL DE FISCALIZACIÓN DEL ORIGEN DE LAS...

download MANUAL DE FISCALIZACIÓN DEL ORIGEN DE LAS …mineco.gob.gt/sites/default/files/manual_de_verificacion_de_origen... · 1 “MANUAL DE FISCALIZACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS

If you can't read please download the document

Transcript of MANUAL DE FISCALIZACIÓN DEL ORIGEN DE LAS...

  • 1

    MANUAL DE FISCALIZACIN DEL ORIGEN DE LAS

    MERCANCAS IMPORTADAS BAJO TRATO

    ARANCELARIO PREFERENCIAL

    Mayo de 2009

    Este documento ha sido elaborado por Rafael Isunza con base en el Manual Bsico de Fiscalizacin de Origen de las mercancas en el marco del CAFTA-DR que elabor Juan Luis Ziga en el 2008 para Chemonics International Inc. y el Manual de Verificacin de Origen que elabor Rafael Isunza en el 2007 para Booz Allen Hamilton, ambos bajo el patrocinio de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).

  • 2

    CONTENIDO

    ACRNIMOS Y SIGLAS ..................................................................................................................... 6

    1. INTRODUCCIN. ......................................................................................................................... 8

    2. OBJETIVOS .................................................................................................................................. 10

    2.1 Objetivo general. ............................................................................................................... 10

    2.2 Objetivos especficos. ....................................................................................................... 10

    3. CONSIDERACIONES ACERCA DEL CONTROL ADUANERO Y LA FISCALIZACIN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCAS ..................................................................................................... 14

    3.1 Tipos de control aduanero y sus implicaciones en el origen de las mercancas. ................... 14

    3.2 La funcin de las Aduanas en materia de origen de las mercancas. .................................. 16

    3.3 Actuaciones sobre origen del funcionario aduanero que realiza el control inmediato. ......... 17

    4. ELEMENTOS CLAVE PARA REALIZAR UNA FISCALIZACIN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCAS EN EL MARCO DEL CAFTA-DR ............................................................................. 21

    4.1 Cundo se puede iniciar un procedimiento de fiscalizacin de origen? ............................... 22

    4.2 Fuentes de informacin para la fiscalizacin de origen. ....................................................... 25

    4.3Criterios a considerar antes de iniciar un proceso de fiscalizacin de origen. ......................... 28

    4.4 Lugares para realizar las fiscalizaciones de origen a posteriori. ........................................... 30

    4.5 Otros temas a considerar en materia de fiscalizacin de origen........................................... 31

    5. LINEAMIENTOS BSICOS PARA FISCALIZAR ORIGEN; UNA GUA RPIDA DE LOS PASOS A SEGUIR. ........................................................................................................................... 32

    5.1 Fiscalizacin de origen de mercancas no textiles. ............................................................... 32

    5.2 Fiscalizacin de origen de mercancas textiles y del vestido. ............................................... 49

    5.3 Procedimiento para la determinacin de origen. ................................................................... 56

    5.3.1 Elaboracin y notificacin del requerimiento de informacin a todos los

    importadores involucrados en el proceso de verificacin de origen. ....................................... 57

    5.3.2 Determinacin y notificacin de los impuestos omitidos por negacin de origen

    (funcin a cargo de la SAT). ....................................................................................................... 58

    5.3.3 Gestin de cobro al importador para que subsane los derechos e impuestos

    omitidos (funcin a cargo de la SAT). ........................................................................................ 59

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    3

    5.3.4 Monitoreo de los pagos efectuados (funcin a cargo de la SAT). ............................. 59

    6 HERRAMIENTAS TCNICAS PARA LA VERIFICACIN. ........................................................... 60

    6.1 Normas y procedimientos de auditora.............................................................................. 60

    6.2. Normas de auditora generalmente aceptadas. ................................................................ 60

    6.2.1 Normas de auditora.................................................................................................. 60

    6.2.2 Papeles de trabajo. ................................................................................................... 64

    6.2.3 Alcance y cobertura de la verificacin. ..................................................................... 71

    6.2.4 Formularios de control. ............................................................................................. 72

    6.3 Alcance de las verificaciones. ........................................................................................... 73

    6.3.1 Perodo de verificacin. ............................................................................................. 73

    6.3.2 Cobertura. ................................................................................................................. 74

    6.4 Programas de verificacin. ................................................................................................ 74

    6.4.1 Programa de verificacin para operaciones que no confieren origen.................... 77

    6.4.2 Programa de verificacin de clasificaciones arancelarias. ...................................... 80

    6.4.3 Programa de verificacin del clculo del valor de contenido regional. .................. 83

    6.5 Creacin de grupos de trabajo. ................................................................................... 140

    6.5.1 Equipo de verificadores. ......................................................................................... 141

    7. ANLISIS DE RIESGOS Y PLANEACIN DE VERIFICACIONES. .......................................... 142

    7.1 Identificacin de sucesos, que pueden conducir a la materializacin de una verificacin de origen. ............................................................................................................... 142

    7.2 Anlisis de las causas por las que estos sucesos tienen lugar. ............................. 144

    7.3 Valoracin de las consecuencias que pueden producirse. ...................................... 145

    7.4 Valoracin del costo beneficio de practicar una verificacin de origen. ......................... 146

    8. OTRAS RECOMENDACIONES SOBRE LA FISCALIZACIN DE ORIGEN. ............................ 148

    8.1 De poltica aduanera. ............................................................................................................ 148

    8.2 En aspectos operativos. ....................................................................................................... 149

    9. CONFIDENCIALIDAD. ................................................................................................................ 151

    9.1 Confidencialidad respecto a las verificaciones de origen. .............................................. 151

    9.2 Confidencialidad respecto al intercambio de informacin. .............................................. 151

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    4

    Anexo 1 ........................................................................................................................................... 153

    Ficha de Origen ........................................................................................................................... 153

    Anexo 2 ........................................................................................................................................... 156

    Formulario para presentacin de denuncias por dudas de origen. ............................................. 156

    Anexo 3 ........................................................................................................................................... 158

    Modelo de Cuestionario de Verificacin de Origen caso de regla de cambio de clasificacin arancelaria ................................................................................................................................... 158

    Anexo 4 ........................................................................................................................................... 167

    Modelo de Cuestionario de Verificacin de Origen caso de regla de origen de cambio en clasificacin arancelaria ms un requisito de valor de contenido regional ................................. 167

    Anexo 5 ........................................................................................................................................... 178

    Flujo de operacin ....................................................................................................................... 178

    Anexo 6 ........................................................................................................................................... 179

    Acta de Notificacin ..................................................................................................................... 179

    Anexo 7 ........................................................................................................................................... 180

    Modelo de Resolucin Inicial de Verificacin de Origen ............................................................. 180

    Anexo 8 ........................................................................................................................................... 183

    Modelo de Resolucin Final de Verificacin de Origen ............................................................... 183

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    5

    RESUMEN EJECUTIVO.

    La proliferacin de acuerdos comerciales incrementa significativamente la participacin del comercio preferencial, generando consecuentemente una mayor necesidad de mecanismos para el control y verificacin del origen posterior al despacho de las mercancas.

    La verificacin posterior, es la manera ms eficaz de controlar el funcionamiento adecuado de los regmenes preferenciales de origen, cuyo objetivo es evitar el otorgamiento de beneficios arancelarios a aquellos productos que no renen los requisitos de origen exigidos por el CAFTA-DR y los dems Tratados Comerciales, esta funcin la lleva a cabo la Direccin de Administracin del Comercio Exterior del Ministerio de Economa -DACE-.

    Las preferencias arancelarias buscan la eliminacin total de los aranceles entre sus pases signatarios, por consiguiente, los efectos de una incorrecta aplicacin del rgimen de origen, impactan directamente a la industria nacional y a la recaudacin aduanera. Esto ha sido de gran importancia para la Direccin de Administracin del Comercio Exterior de Guatemala, por lo que se ha desarrollado un rea responsable de la verificacin de origen, cuyas funciones sean claramente establecidas en el presente manual.

    El propsito de este documento, es establecer una gua bsica para que los verificadores de origen cuenten con el marco tcnico para la planeacin y verificacin de las mercancas importadas bajo trato arancelario preferencial.

    El presente manual est estructurado en nueve secciones: en la primera y segunda seccin se encuentra la introduccin y los objetivos del manual, en la seccin tres se establecen los tipos de control aduanero, la funcin de la aduanas en materia de origen y las actuaciones del funcionario aduanero que realiza el control inmediato, en la seccin cuatro se detallan los elementos clave para realizar una fiscalizacin del origen de las mercancas, incluyendo las fuentes de informacin de la fiscalizacin y los criterios para iniciar un proceso, en la seccin cinco se proporciona una gua rpida de los lineamientos para fiscalizar el origen de mercancas textiles y no textiles, en la seccin seis se mencionan algunas tcnicas para la verificacin incluyendo las normas y procedimientos de auditora as como los programas de verificacin, en la seccin siete y en la ocho, se dan algunos consejos para el anlisis de riesgos, la planeacin de auditoras y otras recomendaciones para la fiscalizacin, y por ltimo, en la seccin nueve, se hace nfasis de la confidencialidad que deben guardar las autoridades.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    6

    ACRNIMOS Y SIGLAS

    AVA Acuerdo de Valoracin Aduanera, relativo a la aplicacin del Artculo

    VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.

    B/L Gua de Embarque (siglas en ingls).

    CAFTA-DR Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos de Amrica,

    Centroamrica y la Repblica Dominicana (siglas en ingls).

    CCI Cmara de Comercio Internacional.

    CIF Costo, seguro y flete (siglas en ingls).

    CN Costo Neto.

    CRT CAFTA-DR Regional Trade (siglas en ingls).

    DACE Direccin de Administracin del Comercio Exterior del Ministerio de

    Economa de Guatemala.

    FAO Organizacin de las Naciones Unidas para la Agricultura y la

    Alimentacin (siglas en ingls).

    FOB Libre a bordo (siglas en ingls).

    INCOTERMS Trminos Comerciales Internacionales (acrnimo en ingls).

    IVA Impuesto al Valor Agregado.

    IA Intendencia de Aduanas de Guatemala.

    OMA Organizacin Mundial de Aduanas.

    OMC Organizacin Mundial del Comercio.

    PEPS Primeras Entradas, Primeras Salidas.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    7

    SA Sistema Armonizado.

    SAT Superintendencia de Administracin Tributaria.

    SIAG Sistema Integrado Aduanero Guatemalteco.

    UEPS ltimas Entradas, Primeras Salidas.

    UNCTAD Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo

    (siglas en ingls).

    USAID Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

    (siglas en ingls).

    VA Valor Ajustado.

    VCR Valor de Contenido Regional.

    VMO Valor de Materiales Originarios.

    VMN Valor de Materiales No Originarios.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    8

    1. INTRODUCCIN.

    La prctica internacional ha demostrado que conforme los pases suscriben ms

    tratados o acuerdos comerciales internacionales, especialmente con sus principales

    socios, deviene necesario que los Gobiernos estructuren o reestructuren las

    unidades de fiscalizacin para que incorporen el control del origen de las

    mercancas.

    No cabe duda que para pases en desarrollo, tales como, los de Centroamrica y la

    Repblica Dominicana, altamente dependientes de los aranceles aduaneros a la

    importacin, hay un importante sacrificio recaudatorio cuando se comprometen a

    eliminar o desmontar dichos impuestos en el marco de los tratados comerciales.

    Sin embargo, las obligaciones de liberalizacin arancelaria se limitan exclusivamente

    a las mercancas que se consideran legalmente como originarias. Las dems

    mercancas, procedentes de pases CAFTA-DR o de otros pases del mundo, que no

    cumplan las reglas de origen del CAFTA-DR deben continuar pagando los aranceles

    aduaneros que existen para productos provenientes de pases que no reciben los

    beneficios arancelarios del acuerdo comercial.

    Si a lo anterior, sumamos los crecientes flujos comerciales de mercancas de

    importacin que reciben estos pases y las grandes limitaciones presupuestarias que

    normalmente tienen para poder atender la gestin aduanera, estamos en frente de

    una situacin compleja que debe ser abordada con soluciones pragmticas cuya

    relacin costo-beneficio sea positiva para los Estados.

    En este contexto, una fiscalizacin del origen de las mercancas, eficaz y eficiente,

    resulta fundamental para cumplir, entre otros, los siguientes objetivos de poltica de

    revisin:

    a. Asegurar el cumplimiento de las normas de comercio internacional, por

    ejemplo las del CAFTA-DR, aplicando cuando sea necesario las sanciones

    administrativas, civiles y penales correspondientes a los operadores de

    comercio que irrespeten las normas.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    9

    b. Garantizar una exacta y justa recoleccin de los impuestos.

    c. Facilitar, mediante medidas concretas, el flujo de mercancas, evitando al

    mximo los cuellos de botella, tiempos muertos y el exceso de trmites y

    documentos (burocracia excesiva). Colateralmente, estas medidas derivan

    en una reduccin drstica de los tiempos para realizar el despacho aduanero

    y en ahorros de costos para los operadores de comercio, por ejemplo en

    almacenaje, movilizacin de las cargas, entre otros.

    La combinacin de ms comercio sujeto a nuevas normas, recursos limitados y

    mayores exigencia de facilitacin del comercio y de control, obliga a las

    administraciones de aduanas a utilizar tcnicas de fiscalizacin ms selectivas

    aplicadas bsicamente post despacho aduanero o de forma posterior al levante

    de las mercancas, las cuales por un lado deben garantizar el control del

    cumplimiento, pero al mismo tiempo, deben procurar una mayor fluidez de los

    flujos de mercancas de importacin y de exportacin.

    El CAFTA-DR es un Tratado, que por sus dimensiones y alcance, ha venido a

    poner a flote esa realidad, por lo que en la actualidad ms que antes, la

    fiscalizacin aduanera, y en este caso, la de origen de las mercancas, debe ser

    apoyada, mediante instrumentos que le permitan funcionar de una manera

    ordenada y sin mayor dilacin.

    Es as, como este Manual de Fiscalizacin de Origen pretende convertirse en

    una gua para los auditores encargados de la verificacin a posteriori del origen

    de las mercancas importadas bajo trato arancelario preferencial, con el

    propsito de establecer el marco tcnico para la planeacin y verificacin, por lo

    que es recomendable que la aplicacin de las disposiciones incluidas, sean

    tomadas en consideracin y aplicadas segn corresponda.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    10

    2. OBJETIVOS

    2.1 Objetivo general.

    Especificar el proceso de auditora de origen y los pasos recomendados para la

    revisin del cumplimiento de las reglas de origen, en los cuales el verificador debe

    basar su revisin para que sus tareas sean realizadas de manera uniforme,

    conforme a las polticas y procedimientos establecidos.

    2.2 Objetivos especficos.

    Las verificaciones de origen deben desarrollarse con base en el objetivo general de

    la verificacin, la informacin recopilada, los riesgos identificados durante la fase de

    planeacin y la preparacin de la verificacin.

    A continuacin se encuentran enunciados los objetivos especficos de la verificacin:

    a) Consideraciones acerca del control aduanero y la fiscalizacin del origen de

    las mercancas.

    Establecer los criterios que fundamenten la recoleccin y anlisis de datos e

    informacin disponibles a nivel local y fuera del pas, acerca de las transacciones de

    importacin y/o exportacin, con el fin de comprobar datos para realizar

    inspecciones en plantas de produccin, bodegas de materiales y plantaciones de

    productos.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    11

    b) Elementos clave para realizar una fiscalizacin del origen de las mercancas

    en el marco del CAFTA-DR.

    Establecer los criterios que la autoridad competente debe conocer para iniciar una

    verificacin de origen por medio de solicitudes escritas de informacin al importador,

    exportador o productor, practicar verificaciones de origen por medio cuestionarios

    escritos dirigidos al importador, exportador o productor, o bien, llevar a cabo visitas

    en las instalaciones de un exportador o productor en el territorio de la otra Parte, con

    el propsito de examinar los registros que demuestren el origen e inspeccionar las

    instalaciones utilizadas en la produccin de los bienes.

    c) Lineamientos bsicos para fiscalizar origen.

    Proporcionar una gua bsica que les permita seguir los pasos necesarios para

    ejecutar correctamente una verificacin de origen tanto para mercancas textiles y de

    la industria del vestido, como para cualquier otro tipo de mercanca.

    d) Operaciones que no confieren origen.

    Comprobar que el bien no califica como originario por una simple disolucin de agua

    u otra sustancia o por una prctica de produccin o de precios diseada para evadir

    las normas de origen.

    e) Cambio de clasificacin arancelaria.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    12

    Comprobar que todos los materiales no originarios empleados en la produccin del

    bien, han sufrido una transformacin suficiente para conseguir el cambio de

    clasificacin arancelaria requerido por la regla de origen especfica, aplicable al bien

    exportado, asegurndose que el bien y los materiales no originarios estn

    correctamente clasificados.

    f) Requisito del valor del contenido regional.

    Mtodo basado en el Valor de los Materiales No Originarios (en adelante

    Mtodo de Reduccin del Valor).

    Asegurar que un bien sujeto a un requisito de valor de contenido regional (VCR),

    segn lo establecido en las reglas de origen especficas, ha cumplido con el

    porcentaje requerido de conformidad con los lineamientos del Mtodo de Reduccin

    de Valor.

    Mtodo basado en el Valor de los Materiales Originarios (en adelante Mtodo

    de Aumento del Valor).

    Asegurar que un bien sujeto a un requisito de valor de contenido regional, segn lo

    establecido en las reglas de origen especficas, ha cumplido con el porcentaje

    requerido de conformidad con los lineamientos del Mtodo de Aumento del Valor.

    Mtodo del Costo Neto.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    13

    Asegurar que un bien sujeto a un requisito de valor de contenido regional, segn lo

    establecido en las reglas de origen especficas, ha cumplido con el porcentaje

    requerido de conformidad con los lineamientos del Mtodo del Costo Neto.

    g) Trnsito y Transbordo.

    Verificar que un bien originario no ha sido retirado del control de aduanas fuera de

    los territorios de los pases parte y no ha experimentado algn proceso de

    produccin o cualquier otra operacin posterior fuera de los territorios de las Partes,

    con excepcin de carga, descargar, limpieza o cualquier otra operacin necesaria

    para preservarlo en buenas condiciones o transportarlo al territorio de una Parte.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    14

    3. CONSIDERACIONES ACERCA DEL CONTROL ADUANERO Y LA FISCALIZACIN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCAS

    3.1 Tipos de control aduanero y sus implicaciones en el origen de las mercancas.

    El control aduanero comprende todas las medidas adoptadas por una

    Administracin Aduanera con el fin de verificar, comprobar, supervisar, evaluar y

    fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y de comercio exterior que

    regulan el ingreso, permanencia y salida de las personas, medios de transporte y

    mercancas del territorio de un pas.

    El control aduanero puede ser inmediato, permanente o a posteriori. Este Manual se

    enfocar en el Control a Posteriori o Control Post Despacho de Aduanas, el cual se

    ejerce sobre: las operaciones y regmenes aduaneros, los actos derivados de ellos,

    las declaraciones aduaneras, la determinacin de las obligaciones aduaneras, el

    pago de tributos y la actuacin de las personas naturales y jurdicas que intervienen

    en las operaciones de comercio internacional.

    Debido a la necesidad imperiosa de facilitar los flujos de comercio de mercancas y

    desahogar los puertos, aeropuertos y fronteras terrestres, cada da toma ms fuerza

    la idea de fortalecer y promover el control a posteriori. Los otros tipos de control

    deben dejarse para aquellos casos donde el nivel de riesgo es considerado como

    alto y donde esperar para la ejecucin de un control posteriori puede implicar mayor

    riesgo para el Estado, las empresas y los ciudadanos.

    El control a posteriori se fundamenta en la recoleccin y anlisis de datos e

    informacin disponibles a nivel local y fuera del pas, acerca de las transacciones de

    importacin y/o exportacin, as como sobre los operadores de comercio que las han

    realizado. En muchos casos, los fiscalizadores debern auditar los libros y registros

    mercantiles y contables, con el fin de comprobar datos, pero tambin debern estar

    preparados para realizar inspecciones en plantas de produccin, bodegas de

    materiales y plantaciones de productos.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    15

    El origen de las mercancas es una de las tcnicas de aduanas y comercio exterior

    ms complejas. La determinacin o verificacin del origen es una tarea que requiere

    de un estudio profundo y pormenorizado de las mercancas, procesos de

    produccin, insumos utilizados, costos de mano de obra y materiales, operaciones

    de transporte y logstica, etc., lo cual, en la gran mayora de casos, no es factible

    realizarlo en un control inmediato al momento de pasar las mercancas por la lnea

    aduanera. Por esa razn, los funcionarios de aduanas localizados en primera lnea

    deben tener los conocimientos y elementos de juicio suficientes para ser capaces de

    trasladar aquellos asuntos relacionados con el origen de las mercancas que les

    generen dudas a fin de que sean objeto de un control ms riguroso y metdico post

    despacho de aduanas.

    Normalmente este control a posteriori debe ser hecho por una unidad especializada

    en verificacin de origen, donde auditores, contadores y expertos en aduanas y

    comercio exterior, con el apoyo de abogados especialistas en derecho procesal,

    desarrollen acciones especficas cuyo objetivo es verificar y comprobar si las

    declaraciones de aduanas fueron presentadas conforme a las normas aduaneras y

    comerciales vigentes. Esta labor, en lo que respecta al origen de las mercancas,

    puede implicar el desarrollo de largos procesos administrativos durante los cuales la

    administracin debe considerar y respetar fielmente las normas procesales y los

    derechos de los administrados, sin perder de vista la eficacia y la eficiencia de sus

    actuaciones.

    Es recomendable que todo proceso de control a posteriori est enmarcado dentro de

    un Plan o Programa Nacional de Fiscalizacin, a fin de evitar la improvisacin y el

    desperdicio de recursos humanos y materiales. En este contexto, los controles

    pueden afectar a una sola operacin aduanera de importacin o abarcar una serie

    de importaciones llevadas a cabo durante un periodo determinado.

    En materia de origen, cuando se ejecuta un control a posteriori, en general, no es

    factible hacer un control fsico a las mercancas, salvo que se haya dejado durante el

    proceso de despacho aduanero una muestra para ese propsito. Ahora bien, pese a

    esa limitacin, las autoridades revisoras deben tomar las precauciones necesarias

    para asegurarse que, durante el control inmediato, se recopil la mayor cantidad de

    informacin para alimentar el control a posteriori.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    16

    En este documento se har mencin a ciertos elementos que los funcionarios de la

    primera lnea deben considerar al momento de realizar el control inmediato.

    3.2 La funcin de las Aduanas en materia de origen de las mercancas.

    Este Manual es una Gua Bsica para los fiscalizadores que realizan el control y

    verificacin del origen de las mercancas a posteriori, sin embargo, debe tomarse en

    cuenta que quienes tienen el primer contacto con los documentos y, en particular,

    con las mercancas, son los funcionarios de aduanas que se localizan en los

    puertos, aeropuertos, fronteras, almacenes, depsitos, bodegas, zonas francas, etc.,

    donde usualmente se realizan las inspecciones documentales y fsicas de las

    mercancas objeto de importacin. Este primer control se desarrolla antes del retiro

    (levante) de las mercancas de los recintos aduaneros.

    Por lo anterior, es de suma importancia que los tcnicos aduaneros que se

    encuentren en esos lugares conozcan bien las reglas de origen, sus alcances y las

    implicaciones de una correcta declaracin del origen. Por ese motivo, estos

    funcionarios deben ser tomados en cuenta durante la planificacin de los procesos

    de creacin de capacidades, pues mal haramos en tener funcionarios a nivel central

    bien capacitados, si los oficiales aduaneros de la primera lnea conocen poco o

    nada sobre origen de mercancas.

    No obstante ello, en trminos generales, es muy difcil, y, en la mayora de casos,

    prcticamente imposible, que un funcionario del control inmediato (vista, revisor,

    aforador, inspector, etc.) tenga toda la informacin y disponga de los elementos

    suficientes para determinar que una mercanca NO califica como originaria, a travs

    de la simple revisin de rutina de los documentos de importacin y/o mediante la

    realizacin de una inspeccin fsica de las mercancas. Adems, como se ha dicho y

    se analizar a lo largo de este Manual, existe una creciente presin hacia las

    aduanas, en el sentido de realizar controles ms expeditos al momento del levante,

    permitiendo el retiro de las cargas de forma ms rpida y con la menor cantidad de

    atrasos posibles.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    17

    Por ese motivo, los funcionarios de aduanas que realizan el control inmediato deben

    estar capacitados e informados de cmo proceder, en aquellos casos en que haya

    duda acerca del pas de origen declarado por el importador.

    3.3 Actuaciones sobre origen del funcionario aduanero que realiza el control inmediato.

    Seguidamente se mencionan una lista de actuaciones, sobre el origen de las

    mercancas, que debe realizar un funcionario aduanero encargado de aplicar el

    control inmediato al momento de tener el primer contacto con los documentos y las

    mercancas. Se hace la aclaracin, que dichas actuaciones no son exhaustivas ni

    taxativas, y tienen simplemente el carcter de recomendacin. Cada Administracin

    de Aduanas puede utilizar estas recomendaciones en la elaboracin de sus

    manuales de funciones o puestos, eliminando o adicionando lo que estime oportuno.

    1. El funcionario aduanero realiza la verificacin documental y/o fsica de los

    documentos y/o mercancas correspondientes a la importacin amparada a los

    beneficios arancelarios del CAFTA-DR, de acuerdo con los criterios de seleccin

    que cada aduana aplique para tales casos.

    2. En casos de verificacin documental, el funcionario debe asegurarse de verificar

    que los documentos de importacin, en especial la certificacin de origen rena

    todos los requisitos y cumpla con las formalidades establecidas en el CAFTA-DR

    y las reglamentaciones de aplicacin. Para poder hacerlo, los funcionarios deben

    haber recibido capacitacin especializada.

    3. Durante la revisin documental el funcionario de aduanas debe poner especial

    atencin a cualquier mencin al origen y procedencia de las mercancas, a fin de

    compararla con el origen y procedencia que haya sido declarado en los restantes

    documentos de importacin.

    En caso de detectar diferencias entre el origen declarado y el sealado en los

    embalajes o en las mercancas, debe comunicarlo a la DACE para que esta

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    18

    evale si procede o no realizar un control a posteriori. En esos casos, si el

    funcionario de aduanas no cuenta con todos los elementos de hecho que

    permitan fundamentar una resolucin de determinacin de origen, debe autorizar

    el levante de las mercancas bajo preferencia arancelaria, y limitarse a remitir el

    expediente a la autoridad fiscalizadora.

    4. Cuando, de conformidad con los procedimientos internos, tenga la obligacin de

    realizar una revisin fsica de las mercancas, el funcionario debe:

    a. Revisar marcas, etiquetas, embalajes, placas, calcomanas y cualquier

    otra seal o indicacin acerca del origen de las mercancas a fin de tener

    ms elementos sobre el origen declarado o, encontrar elementos

    adicionales, que permitan fundamentar o descartar cualquier duda sobre

    el origen de las mercancas, por ejemplo, la existencia de re-etiquetado o

    re-marcado de origen.

    b. Extraer catlogos, hojas de instrucciones de uso y manejo de las

    mercancas, con el mismo propsito antes sealado.

    c. Tomar fotos y/o videos de las mercancas y de los documentos que las

    amparan.

    d. Extraer muestras, cuando ello sea materialmente factible y en

    conformidad con los procedimientos aduaneros vigentes en el pas de

    que se trate

    e. Recolectar cualquier otro tipo de indicio o prueba (fotografas, videos,

    catlogos, instructivos, etc.) que le permita a los fiscalizadores, apoyar y

    dar soporte al proceso de verificacin de origen a posteriori de las

    mercancas.

    En trminos generales, se considera muy riesgoso que un funcionario aduanero

    proceda a denegar el origen solamente con la revisin de las marcas de origen,

    debido a que las normas de marcado de pas de origen de un pas pueden ser

    sustancialmente diferentes a las normas de origen de un Tratado de Libre

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    19

    Comercio, como el CAFTA-DR, y en ciertos casos, pueden conducir a error al

    funcionario aduanero al momento de constatar el origen de una mercanca.

    5. Toda informacin sobre marcado de origen que sea incongruente, antagnica,

    diferente y se preste a confusin sobre el origen declarado en los documentos de

    importacin, podra resultar bsica y fundamental para las actuaciones de los

    fiscalizadores durante el control a posteriori, en el marco de un proceso de

    investigacin de origen.

    6. Para que haya un mejor aprovechamiento del trabajo realizado durante el control

    inmediato, los funcionarios de aduanas que no tengan los elementos suficientes

    y las pruebas fehacientes para denegar y fundamentar legalmente la negacin

    de origen de las mercancas, mediante una resolucin de determinacin de

    origen, se recomienda que preparen una Ficha de Origen en la cual incluyan

    las referencias de la importacin, las actuaciones realizadas y las dudas

    especficas surgidas durante el control inmediato en lo que respecta al origen de

    las mercancas declaradas. Ver sugerencia de Ficha de Origen en el Anexo 1 de

    este Manual. Lo mejor sera que este formulario se automatizarse y que sea de

    carcter obligatorio para que los revisores de las aduanas, de manera que el

    sistema de la aduana lo remita de manera automtica a la DACE para su

    anlisis. Cabe mencionar que la ficha de origen podra complementarse con

    documentos escaneados y con fotos y/o videos digitales anexos.

    7. En los casos donde la IA solicite especficamente una revisin de origen, la

    Ficha de Origen debe ser notificada junto con una copia del expediente de la

    importacin a la DACE, con el fin de que ah sea evaluado el caso, y se

    determine, si de acuerdo a las polticas y procedimientos internos, procede

    considerarse o desestimarse la duda de origen.

    8. La actuacin subsiguiente y su justificacin (inicio de verificacin de origen o

    archivo de la solicitud), debe quedar plasmada en el expediente, mediante la

    firma o autorizacin expresa del Director de la DACE.

    9. La DACE deben retroalimentar constantemente a la IA, mediante el envi de

    comunicaciones, aclaraciones o recomendaciones respecto a las mejores

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    20

    prcticas para recolectar indicios, para detectar posibles fraudes de origen,

    subsanar las deficiencias en los avisos de posibles fraudes, entre otros.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    21

    4. ELEMENTOS CLAVE PARA REALIZAR UNA FISCALIZACIN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCAS EN EL MARCO DEL CAFTA-DR

    En los captulos de Procedimientos Aduaneros o Procedimientos de Origen, de

    los diferentes Tratados de Libre Comercio, se especifica que los pases deben

    establecer e implementar a travs de sus respectivas leyes, los procedimientos

    necesarios para lograr un marco legal adecuado que respalde las verificaciones de

    origen que se pretendan realizar.

    Dentro de los captulos de Procedimientos Aduaneros o Procedimientos de

    Origen de los Tratados, se establece que la Parte importadora, por conducto de su

    autoridad competente, podr verificar el origen de los bienes importados a su

    territorio aplicando trato arancelario preferencial, para lo cual, la Parte importadora

    podr:

    a). Enviar solicitudes escritas de informacin al importador, exportador o

    productor,

    b). Practicar verificaciones de origen por medio cuestionarios escritos dirigidos al

    importador, exportador o productor,

    c). Llevar a cabo visitas en las instalaciones de un exportador o productor en el

    territorio de la otra Parte, con el propsito de examinar los registros que

    demuestren el origen e inspeccionar las instalaciones utilizadas en la

    produccin de los bienes,

    d). Llevar a cabo la verificacin por otros procedimientos que la autoridad de la

    Parte importadora y la autoridad de la Parte exportadora puedan acordar.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    22

    Para dar validez a las verificaciones de origen, la condicin legal es que en la

    legislacin correspondiente, se faculte expresamente a una autoridad

    gubernamental como la responsable de la verificacin del origen. De conformidad

    con las disposiciones de los Tratados, slo la autoridad competente puede exigir a

    los exportadores, productores, despachantes aduanales e importadores, que

    proporcionen la informacin con respecto del origen de los bienes importados

    sujetos a verificacin.

    Para efectos de lo anterior, el Reglamento Interno del Ministerio de Economa de

    Guatemala establece la estructura orgnica, funciones y mecanismos de

    coordinacin del propio Ministerio, facultando en su Artculo 15 a la Direccin de

    Administracin del Comercio Exterior a administrar los instrumentos econmico-

    comerciales de carcter internacional vigentes para Guatemala.

    El artculo 3 del Acuerdo Gubernativo No.245-2006, publicado en el Diario de Centro

    Amrica el da jueves 18 de mayo de 2006, establece que el Ministerio de Economa

    a travs de la Direccin de Administracin del Comercio Exterior, es el rgano

    responsable de aplicar el normativo de reglas de origen y procedimientos de origen

    en el marco del CAFTA-DR y se coordinar con la Superintendencia de

    Administracin Tributaria en los temas de su competencia.

    4.1 Cundo se puede iniciar un procedimiento de fiscalizacin de origen?

    Una de las mayores ventajas del control a posteriori radica en que los funcionarios

    cuentan con ms espacio y tiempo para realizar las auditorias. En el control

    tradicional ello normalmente es imposible, debido a que los funcionarios estn

    sujetos a la presin por llevarse la mercanca que normalmente ejercen los

    importadores y sus Agentes de Aduanas.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    23

    En un ambiente ms distendido, es factible realizar controles ms efectivos,

    pudiendo recopilar y analizar datos, informaciones y pruebas antes de tomar una

    decisin final. Asimismo, se cuenta con la ventaja de poder planificar, estructurar y

    ejecutar los procesos de fiscalizacin de manera ms ordenada y metdica, a la luz

    de un enfoque basado en prioridades, en el cual es factible hacer un monitoreo

    sosegado de las operaciones de importacin y de operadores de comercio

    sospechosos o considerados como de alto riesgo, e incluso se tiene la posibilidad

    de iniciar verificacin o auditoras para varias transacciones realizadas durante un

    perodo previamente definido por la propia administracin.

    En este ltimo aspecto, es importante focalizar la fiscalizacin en grupos de

    transacciones y no en transacciones particulares. Esa manera de operar reduce

    costos y provoca que los resultados sean ms visibles, desde un punto de vista de

    impuestos recuperados y, en especial, por el impacto y carcter ejemplarizante que

    pudiera tener para el operador de comercio investigado y para los dems

    operadores de comercio del mismo sector o de otros sectores de productos.

    No obstante, siempre surge la pregunta Cundo debo iniciar una verificacin de

    origen? Es muy difcil dar una receta como respuesta a esa pregunta. La decisin

    final debe ser el resultado del anlisis y ponderacin de varios factores. Lo que s es

    posible afirmar es que todo inicio de fiscalizacin de origen puede tener su gnesis

    en alguno de los siguientes elementos:

    Programa Nacional de Fiscalizacin: las mejores prcticas a nivel

    internacional recomiendan que las autoridades fundamenten sus actuaciones

    de control de origen en un Plan o Programa Nacional de Auditoras o

    Fiscalizaciones, normalmente con una vigencia de un ao. En este Plan se

    incluyen una serie de variables y criterios basados en perfiles de riesgo, los

    cuales deberan ser tomados en consideracin antes de desarrollar las

    fiscalizaciones. Sin duda, este tipo de instrumento ayuda a realizar controles

    planificados y ordenados a lo largo de un perodo, sin caer en la

    improvisacin. En materia de origen de las mercancas deben incluirse los

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    24

    criterios necesarios que sirvan de gua a los tomadores de decisiones de

    fiscalizacin.

    Denuncias y quejas: la DACE siempre debe estar abierta a recibir, procesar

    y responder las denuncias sobre aparentes certificaciones o declaraciones

    falsas de origen. Todo funcionario aduanero debe tener claro que sus

    actuaciones deben estar guiadas por los intereses de la colectividad y deben

    estar dirigidas al logro del cumplimiento cabal de la legislacin de aduanas y

    de comercio exterior de parte de los operadores de comercio y al resguardo

    del comercio leal. Una denuncia mal atendida o desatendida por aparente

    origen falso o tendencioso puede poner en peligro la reputacin del pas, de

    la propia institucin y afectar gravemente a una industria o empresa nacional,

    pudiendo llevarla incluso a la quiebra. La DACE debe estar preparada para

    atender de forma eficiente y expedita todas las denuncias que se presenten

    en materia de origen. Para recibir denuncias sera til y transparente informar

    a los usuarios la mecnica para recibir denuncias de origen. Adems sera

    muy importante incluir un hipervnculo para Denuncias en las pginas de

    Internet del Ministerio de Economa y la IA.

    Una manera de ordenar y encauzar las denuncias, de forma tal que estn

    basadas en un formato similar y que incluyan informacin bsica, podra ser

    a travs de la creacin y divulgacin de un Formulario o Forma para

    denuncias de origen. Este formulario debera estar disponible en formato

    papel y tambin en formato electrnico para que los usuarios lo puedan

    completar y remitir va electrnica a la direccin que la DACE haya dispuesto

    para ese propsito. En el Anexo 2 de este Manual se aporta el formato del

    formulario de denuncias sobre dudas de origen que ha estado manejando la

    DACE.

    Actas, fichas de origen (FO) y avisos de potencial fraude de origen

    (AFO): provenientes de funcionarios localizados en las Aduanas, puestos

    aduaneros, o Delegaciones de Aduanas. Este tipo de documentos pueden

    dar lugar al inicio de un proceso de fiscalizacin de origen. Por ello, es crucial

    que los funcionarios de la primera lnea tengan los conocimientos sobre la

    materia y puedan completar ese tipo de documentos con el mayor rigor y

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    25

    calidad. En el Anexo 1 a este Manual se propone una Ficha de Origen para

    los funcionarios del control inmediato que puede ser la base de posibles

    decisiones de fiscalizacin de origen.

    4.2 Fuentes de informacin para la fiscalizacin de origen.

    Las mejores prcticas aduaneras recomiendan que el control a posteriori no implica

    grandes erogaciones de recursos del presupuesto.

    Lo que s es medular es invertir en la formacin y especializacin del personal. Los

    procesos de creacin de capacidades y la formacin continua de los funcionarios

    relacionados con el control del origen de las mercancas deben formar parte de la

    poltica fiscalizadora de los Gobiernos. Los revisores deben entender las ventajas de

    la labor que ellos ejecutan, deben conocer a profundidad sobre el origen y acerca de

    las tcnicas de fiscalizacin y auditora, as como poseer habilidades de anlisis,

    procesamiento y sntesis de informacin y datos. Tambin deben acceso al sistema

    de informacin de aduanas y tener los suficientes conocimientos en informtica para

    sacarle el mximo provecho a este sistema, as como navegar con facilidad en la red

    Internet, una fuente inagotable de informacin para las fiscalizaciones de origen.

    A continuacin se mencionan algunas fuentes de informacin que podran ser

    utilizadas en las auditoras de origen:

    1. Documentos de importacin, principalmente las Declaraciones de Aduanas, sean

    estas en formato papel o electrnico, y todos aquellos documentos que la

    acompaan o que deriven de ellas, entre otros, facturas comerciales,

    documentos de embarque (Bill of Lading- B/L-; Guas Areas Air Waybill-

    cartas de porte), permisos sanitarios o de otros tipos, certificados de contingente,

    certificados de anlisis de laboratorio, aduanlisis, certificados de libre venta y

    consumo, listas de empaque, hojas de datos de seguridad, certificados de

    origen, declaraciones de valor aduanero, Declaraciones Aduaneras de

    Importacin, Documentos de Trnsito, Documentos In Bond, Documentos de

    Ingreso en Almacenes, Zonas Francas, zonas portuarias, entre otros).

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    26

    Se recomienda en esta materia que peridicamente los funcionarios

    fiscalizadores y de las aduanas reciban capacitacin especializada sobre los

    diferentes documentos que se utilizan en el comercio internacional, incluyendo

    cmo leerlos correctamente, cules son las ltimas innovaciones, cmo

    consultarlos electrnicamente, etc.

    2. Datos, cifras y estadsticas de importacin y exportacin de mercancas

    disponibles en los Programas informticos de aduanas o en Bases de Datos que

    se hayan adquirido para ese propsito. En algunos pases es posible utilizar

    herramientas de anlisis y consultas de datos, tales como, los sistemas Data

    Ware House, que permiten almacenar y consultar grandes cantidades de datos y

    transformar informacin bruta en informacin til para la toma de decisiones de

    control aduanero.

    3. Documentos presentados por las empresas importadoras o sus intermediarios

    ante otras instituciones, tales como, solicitudes de autorizacin de permisos o

    autorizaciones de importacin, dossier en departamentos de registros de

    alimentos, cosmticos o qumicos presentados ante Ministerios o Departamentos

    de Agricultura, Salud u otras oficinas.

    4. Informacin y documentos en poder de la autoridad nacional responsable de la

    administracin de la tributacin interna, por ejemplo, la Superintendencia de

    Administracin Tributaria. Con esta entidad es conveniente que el Ministerio de

    Economa tenga convenios de intercambio de informacin para fines de control y

    que realice acciones coordinadas de beneficio mutuo para ambas instituciones.

    5. Informacin derivada de contratos de compraventa, seguros o de transporte,

    cartas de crdito o cualquier otro acuerdo de pago, en poder del importador.

    6. Noticias y reportajes sobre localizacin de empresas, fraudes, contrabandos,

    movimientos de capitales, compras, recompras, fusiones y adquisiciones de

    empresas, que hayan sido publicadas en Revistas, Diarios, Peridicos y

    Semanarios, nacionales e internacionales.

    7. Informacin recabada producto de entrevistas personales o comunicaciones

    telefnicas o va internet con personas de negocios de la misma rama de la

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    27

    industria o manufactura de la mercanca que est siendo objeto de la

    fiscalizacin de origen, por ejemplo, productores locales o comercializadores del

    producto en el pas. Lo mismo se podra hacer con proveedoras de esa misma

    mercanca o de mercancas similares de otros mercados y de funcionarios

    bancarios que conozcan de transacciones comerciales de la empresa objeto de

    investigacin. En ciertos casos, si existen plantas de fabricacin del mismo

    producto o de un producto similar a nivel local, podra ser valioso para el auditor

    visitar alguna de esas fbricas para observar y conocer de cerca el proceso de

    manufactura de las mercancas y de esa manera tener mayor claridad al

    momento de realizar la verificacin de origen de la mercanca importada.

    8. En ciertos casos, si las circunstancias lo permiten, sera til que los auditores de

    origen tengan encuentros con los Agentes de Aduanas que realizan la gestin

    aduanal en nombre del importador, y con las personas de la empresa

    importadora que se encargan de administrar las importaciones (Gerente de

    Comercio Exterior, Gerente de Importaciones, Gerente de Compras, o alguno de

    sus subalternos). Este tipo de contacto tiene como finalidad constatar el nivel de

    conocimiento de estas personas acerca del origen de las mercancas y de sus

    regulaciones en el marco del CAFTA-DR. Tambin servira para cerciorarse si la

    temtica la manejan a nivel interno o, si por el contrario, delegan la asesora en

    ese tema en consultores o especialistas externos a la empresa.

    9. Puede resultar muy valiosa, la informacin derivada de acuerdos con Cmaras,

    Asociaciones Empresariales o Importadores individuales, para que en ciertos

    casos presenten estudios, informes o anlisis sobre potenciales fraudes de

    origen. Para ello, la administracin aduanera podra incluso suscribir convenios

    de cooperacin y apoyo para la fiscalizacin.

    10. Informacin disponible en la red Internet, por ejemplo en pginas WEB de:

    - Empresas exportadoras, proveedoras, productoras, fabricantes,

    comercializadoras, localizadas dentro o fuera de la Zona CAFTA-DR,

    - Oficinas de Gobierno (Ministerios, Secretaras, Coaliciones o Unidades de

    Apoyo a la Inversin o la Promocin del Comercio),

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    28

    - Asociaciones, cmaras, gremiales, ONGs que renan o asocien a empresas

    de sectores industriales, agrcolas, qumicos, tecnolgicos, agroalimentaria,

    textiles, metalmecnicos, etc.,

    - Organizaciones de Zonas Francas (Asociaciones, Corporaciones,

    Departamentos, Unidades, etc.), u

    - Organismos Especializados a nivel Mundial, por ejemplo, la Organizacin

    Mundial de Aduanas OMA-; la Organizacin Mundial del Comercio OMC-;

    la Organizacin de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacin

    FAO-; la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y

    Desarrollo UNCTAD-, la Cmara de Comercio Internacional CCI- etc.).

    11. Solicitudes de informacin dirigidas a las autoridades aduaneras de otros pases,

    en el marco de Programas o Convenios de Asistencia Aduanera Mutua que se

    hayan suscrito en el pasado.

    4.3Criterios a considerar antes de iniciar un proceso de fiscalizacin de origen.

    La administracin de aduanas o la autoridad competente de la fiscalizacin del

    origen en los pases de Centroamrica y la Repblica Dominicana debe asumir el

    control a posteriori utilizando las mejores prcticas en tcnicas de control que

    existen a nivel internacional. Para lograrlo, las decisiones de fiscalizacin deben ser

    organizadas, coherentes y ajustadas a las prioridades nacionales de control

    aduanero.

    En primer trmino, es bsico que la administracin cuente con un sistema de

    administracin del riesgo, y dentro de l, un apartado para la gestin del riesgo

    relacionada con el origen. Ah est la clave de una buena gestin de fiscalizacin,

    tanto en el control inmediato, como en el control a posteriori. Por ejemplo, no tiene el

    mismo nivel de riesgo un producto cuyo arancel preferencial sea de un 2%, si se

    compara con otro producto cuyo arancel preferencial (beneficio arancelario) al

    amparo del CAFTA-DR asciende a un 50%. Tampoco puede compararse el nivel de

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    29

    riesgo, entre una mercanca sujeta a una regla de origen muy estricta, por ejemplo,

    la regla del caf tostado que exige que el pas de origen sea el pas de cosecha y

    cultivo del caf (alto riesgo), con una mercanca cuya regla de origen es sumamente

    laxa, por ejemplo, la regla de origen del jugo de melocotn, que le permite al

    fabricante utilizar frutas frescas no originarias, e incluso concentrados de la fruta

    importados de cualquier pas del mundo (bajo riesgo). Tambin, varia el riesgo en

    origen, cuando en el pas existen productores de la mercanca importada que

    pudieran verse afectados seriamente por las importaciones de productos sujetos a

    una eventual triangulacin ilegal de origen (alto riesgo), al compararlo con el

    riesgo-pas que tendra importar productos con falso origen que no se producen

    localmente. En este ltimo caso el riesgo sera nicamente de naturaleza fiscal sin

    afectacin de los productores locales.

    En este contexto los criterios que determinan cundo fiscalizar origen o cundo no

    hacerlo representan una gua para la decisin final. Algunos de los principales

    criterios son los siguientes:

    - Empresas o personas importadoras,

    - Categora de riesgo de las personas o empresas, segn la clasificacin que

    la administracin aduanera tenga en aplicacin,

    - Procedimientos Aduaneros y Regmenes Aduaneros utilizados,

    - Actividades de las empresas (giro comercial),

    - Aduanas utilizadas para realizar las importaciones (concentracin vs.

    dispersin),

    - Volumen de importaciones (consideradas en peso y valor CIF importacin),

    - Tipos de mercancas,

    - Clasificacin arancelaria de las mercancas,

    - Reglas de origen especficas que afectan a las mercancas (basado en

    nivel de exigencia),

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    30

    - Pas de origen,

    - Pas de procedencia,

    - Operaciones de trnsito, transbordo o almacenamiento de las mercancas,

    - Valor CIF importacin (patrones / comportamientos),

    - Tratamiento arancelario preferencial,

    - Diferencia entre los impuestos NMF aplicados y los desgravados,

    - Agente de Aduanas u operadores de comercio involucrados, y

    - Proveedores (localizacin en el mundo y su actividad comercial).

    4.4 Lugares para realizar las fiscalizaciones de origen a posteriori.

    La DACE debe tener la posibilidad de realizar verificaciones del origen en el pas de

    importacin, pero tambin, de acuerdo al CAFTA-DR, pueden hacerlo en el pas de

    exportacin de las mercancas, donde se localiza el productor y/o exportador.

    Algunos sitios donde se pueden ejercer estas labores son:

    Locales de las empresas exportadoras y/o productoras situadas en el

    pas de exportacin de las mercancas, por ejemplo, oficinas, plantas de

    produccin, bodegas de materiales y productos terminados, plantaciones,

    reas de cultivo, estanques de acuicultura, bodegas de producto para

    comercializacin, etc.

    Locales de las empresas importadoras, tales como, bodegas de

    productos para fines de comercializacin, almacenes, tiendas, etc.

    Zonas portuarias de almacenamiento de carga, patios, bodegas,

    almacenes de depsito, pistas de aterrizaje, andenes de carga, etc.

    Zonas Francas, Parques de Servicios y Parques Industriales.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    31

    4.5 Otros temas a considerar en materia de fiscalizacin de origen.

    Recepcin de pruebas provenientes del exterior.

    o En caso de que no se tenga contemplado en la legislacin

    correspondiente (legislacin aduanera, ley orgnica, etc.), es

    recomendable que se autorice en la legislacin correspondiente a

    las unidades de verificacin de origen a contactar a proveedores,

    exportadores o fabricantes localizados en el extranjero, con el

    propsito de fundamentar sus actuaciones en el extranjero, como

    la recoleccin de pruebas, notificaciones y visitas.

    o Tambin las unidades fiscalizadoras debern poder hacer lo anterior

    con otras autoridades aduaneras (importancia de los Convenios

    de Asistencia Administrativa Mutua) y de la cooperacin inter

    aduanas.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    32

    5. LINEAMIENTOS BSICOS PARA FISCALIZAR ORIGEN; UNA GUA RPIDA DE LOS PASOS A SEGUIR.

    Tal y como se ha mencionado antes en este Manual, una de las mayores

    dificultades que enfrentan los funcionarios fiscalizadores del origen de las

    mercancas es quizs el no contar con una gua bsica que les permita seguir los

    pasos necesarios para ejecutar correctamente une verificacin de origen, cuando se

    haya optado por ese mecanismo de control. No se debe olvidar que no toda duda de

    origen debe necesariamente desencadenar en una fiscalizacin de origen, sin

    embargo, cuando se haya tomado la decisin de fiscalizar, los funcionarios

    encargados de la tarea deben saber cmo iniciar el proceso, cmo conducirlo, pero

    sobre todo cmo finalizarlo con xito.

    Una de las mayores crticas que reciben algunas unidades de verificacin de origen

    es que, en muchos casos, comienzan procesos administrativos que no finalizan, o

    que deben archivar o reiniciar por errores administrativos y procesales durante

    alguna de las fases del procedimiento.

    El desarrollo del proceso de fiscalizacin de origen a posteriori tiene como propsito

    determinar la verdad real acerca del origen declarado para las mercancas

    importadas. Durante todo el proceso las autoridades responsables deben investigar

    y verificar el cumplimiento de las disposiciones de origen del CAFTA-DR.

    Seguidamente se presenta una propuesta de secuencia de pasos que un

    fiscalizador debera tener en cuenta al momento de realizar una verificacin de

    origen. La idea bsica del Manual es que esta lista no taxativa de lineamientos se

    constituya en una base que puede ser modificada, adaptada o enriquecida por la

    administracin aduanera que haga uso de ella. Nunca debe verse como una norma

    a la cual no se le pueden cambiar los ingredientes.

    5.1 Fiscalizacin de origen de mercancas no textiles.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    33

    De acuerdo al CAFTA-DR las mercancas no textiles pueden ser objeto de

    verificaciones de origen por parte de las autoridades aduaneras u otras autoridades

    competentes del pas importador. Estas verificaciones pueden ser practicadas al

    importador, exportador o al productor de las mercancas (Artculo 4.20.1 del CAFTA-

    DR). Se hace la distincin con respecto a las mercancas textiles o del vestido, pues

    el origen de estas ltimas debe ser verificado de conformidad con los

    procedimientos que para ese fin establece el Artculo 3.24 del CAFTA-DR. Ms

    adelante en este Manual en el apartado 4.2 tambin se desarrollarn los pasos para

    llevar a cabo una verificacin de origen de mercancas textiles y del vestido.

    En el CAFTA-DR, a diferencia de otros tratados de libre comercio que los pases de

    Centroamrica y Repblica Dominicana tienen en vigencia, es posible aplicrselos a

    los importadores, quienes son los responsables de demostrar el cumplimiento de

    origen preferencial declarado para acogerse al trato arancelario.

    Pasos para llevar a cabo una fiscalizacin de origen de mercancas no textiles.

    Fase 1: Investigacin previa de informacin de la empresa y de los datos

    disponibles relacionados con la importacin de las mercancas.

    Anlisis de la empresa.

    1. Los fiscalizadores deben conocer la empresa que ser investigada, iniciando

    con un estudio de los antecedentes de cumplimiento dentro de la propia

    administracin aduanera. Estos datos son relevantes en el tanto permiten conocer si

    la empresa ha sido objeto de controles de origen en el pasado, y de ser as, interesa

    conocer los resultados de tales controles. En esta fase debe recopilarse toda la

    informacin posible acerca de la compaa, por ejemplo, localizacin, giro comercial,

    calificacin de riesgo aduanero, tiempo de existencia en el mercado, Agentes de

    Aduanas que utiliza, antecedentes de controles aduaneros en otros temas diferentes

    al origen, etc.

    Anlisis de la normativa aduanera y de comercio exterior sobre origen de

    mercancas.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    34

    2. Los fiscalizadores de origen, a partir de ciertos datos de la mercanca,

    especficamente de la descripcin y la clasificacin arancelaria, deben realizar un

    estudio sobre las reglas de origen aplicables, haciendo hincapi en los siguientes

    elementos: el tipo de regla que afecta a la mercanca y las alternativas que tiene el

    productor para acceder a insumos no originarios; el nivel de exigencia (a mayor

    complejidad de la regla, mayor riesgo) y el anlisis de posibles huecos que ofrecen

    las reglas. Entender las reglas de origen especficas que afectan al producto y sus

    alcances e implicaciones es un requisito necesario para el anlisis de las

    importaciones que se debera realizar seguidamente.

    Anlisis de la mercanca y de las importaciones realizadas durante el

    periodo definido para la fiscalizacin.

    3. Antes de realizar el anlisis documental de las mercancas importadas

    declaradas como originarias al amparo de alguno de los regmenes preferenciales

    incorporados en el CAFTA-DR, es necesario que los fiscalizadores definan el

    periodo de investigacin. Este lapso debe estar dentro del plazo legal de

    prescripcin de las obligaciones tributario-aduaneras que establece la legislacin

    nacional, con el fin de evitar el inicio de investigaciones que estn prescritas o muy

    cercanas a la prescripcin. Una vez definido el periodo para realizar las

    investigaciones los auditores deben determinar cules seran las declaraciones

    aduaneras de importacin que estaran cubiertas por el proceso de fiscalizacin de

    origen y cuantificar cul sera el probable monto de impuestos a recuperar en caso

    de hallazgos de fraude o de incorrectas declaraciones de origen que conduzcan al

    xito del proceso de fiscalizacin. En esta tarea, la Unidad de Verificacin de Origen

    puede optar por incluir al proceso nicamente a las declaraciones de aduanas cuyo

    valor en aduanas tenga de un monto mnimo, a fin de evitar incluir declaraciones de

    aduanas con valores muy bajos que no sean relevantes.

    4. Una vez determinado el conjunto de declaraciones se deber recolectar y

    procesar toda la informacin para cada tipo de mercanca sujeta a la verificacin,

    entre otras, clasificacin arancelaria, volmenes de mercancas en trminos de

    peso, cantidad de bultos, valor CIF importacin, tipo o tasa de cambio utilizada,

    impuestos pagados, impuestos reducidos o desgravados, pas de origen, pas de

    procedencia, proveedor, agentes de aduanas, etc. Sera til comparar los datos de

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    35

    las importaciones de mercancas amparadas a preferencias arancelarias bajo

    CAFTA-DR ingresadas durante el periodo seleccionado con las importaciones de la

    misma mercanca en un periodo similar anterior, con el fin de detectar probables

    cambios abruptos en los patrones de importacin. El anlisis de estos datos puede

    ayudar a constatar posibles desviaciones de las declaraciones del origen, va

    triangulacin, de una mercanca nicamente con el propsito de acogerse a las

    preferencia arancelarias.

    5. Para las declaraciones aduaneras seleccionadas dentro del perodo de

    investigacin, los fiscalizadores verificarn la existencia, en el expediente de

    importacin de cada una de las declaraciones, de los documentos de origen

    necesarios para cumplir con las disposiciones del CAFTA-DR y de las

    reglamentaciones de aduanas y comercio exterior vigentes en el pas. El fiscalizador

    debe asegurarse que en el expediente fsico o electrnico, segn sea caso, se

    encuentren documentos, tales como:

    Certificacin de origen en formato fsico o electrnico utilizada por el

    importador para demostrar el cumplimiento del origen de las mercancas

    objeto de importacin. Este documento debe cumplir a cabalidad con los

    requisitos y formalidades establecidas en el CAFTA-DR y las

    reglamentaciones nacionales;

    Documentos de origen (oficios, cartas, solicitudes, etc.), que durante el

    control inmediato, los funcionarios de aduanas pudieron haber solicitado al

    importador, productor o exportador de las mercancas, por ejemplo,

    documentos de embarque, certificaciones o documentos de ingreso y

    salida de aduanas en pases de trnsito de las mercancas, informacin

    acerca de la localizacin de la planta de produccin o las plantaciones

    donde se encuentran los cultivos, informacin acerca del proceso

    productivo, origen de materiales primas, entre otras.

    Fichas de origen, avisos de fraude, actas y cualquiera comunicacin

    preparadas y remitidas por los revisores, aforadores u oficiales de aduanas

    localizados en la primera lnea de control aduanero.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    36

    Certificados de contingente de importacin utilizado para acceder a un

    beneficio arancelario bajo ese sistema en el que se mencione el origen de

    las mercancas declaradas bajo contingente.

    6. Analizar y corroborar la informacin sobre el origen de las mercancas en los

    siguientes documentos aduaneros y comerciales.

    Factura comercial:

    Determinar el valor de las mercancas y el trmino INCOTERM, declarado en

    la factura comercial.

    Constatar si el valor aduanero total, es decir, el valor de la factura,

    adicionado del costo del flete y del seguro, cuando no estn incluidos en

    factura, suman ms de US$1.500,00, asegurndose de analizar valor total,

    valor por unidad o unitario, etc. Lo anterior, con el fin de descartar el anlisis

    de certificaciones de origen en formato fsico o electrnico, debido a que para

    las importaciones con un valor en aduanas inferior o igual a ese monto, no

    requieren la presentacin de certificacin de origen o de informacin que

    demuestre documentalmente el cumplimiento del origen, segn el Artculo

    4.17 del CAFTA-DR.

    Verificar el lugar y fecha de emisin de la factura comercial, con el fin de

    conocer si las mercancas fueron facturadas en un pas CAFTA-DR o en un

    tercer pas fuera de la zona de libre comercio.

    Verificar la descripcin de las mercancas y compararla con la incluida en la

    certificacin de origen y la declaracin aduanera de importacin.

    Revisar si la factura comercial incluye cdigos arancelarios basados en

    Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designacin y Codificacin de

    mercancas, conocido como SA, por sus siglas en espaol o HS por sus

    siglas en ingls. En el caso de Estados Unidos estos cdigos estn

    normalmente precedidos de las siglas HTS. En caso de encontrarse

    informacin al respecto puede ser utilizada con fines de comparacin

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    37

    respecto a la clasificacin arancelaria que sea declarada en la certificacin

    de origen y en la declaracin aduanera de importacin.

    Verificar nmero de factura, cantidad de bultos, peso neto y bruto y clase de

    bultos y compararla con los datos de la certificacin de origen, cuando estos

    datos se hayan agregado en esta ltima.

    Verificar el pas de origen o pas de procedencia declarado en la factura y

    cualquier otra seal o indicacin que pueda hacer referencia al origen de las

    mercancas, por ejemplo, menciones de operaciones productivas o logsticas,

    tales como, embalaje, envasado, almacenamiento, ensamble, distribucin,

    manufactura, cosecha, entre otras.

    Verificar la existencia de frases que hagan pensar en la presencia de

    insumos de terceros pases, por ejemplo, vino espaol envasado en Costa

    Rica, esprragos canadienses empacados en los Estados Unidos.

    Nota importante: el fiscalizador debe confrontar, cotejar y comparar los datos de la

    factura comercial antes constatados con los datos e informacin contenida en las

    certificaciones de origen y declaraciones de aduanas. En caso de encontrar

    diferencias que pudieran afectar el origen de las mercancas declarado debe tomar

    nota de las diferencias e incluirlas en el expediente de la investigacin.

    Documento de embarque (conocimiento de embarque, carta de porte o gua

    area):

    El anlisis de los siguientes elementos en muchos casos tiene como fin verificar el

    cumplimiento de la regla de Transito y Trasbordo del CAFTA-DR.

    Verificar el nombre de de la compaa de transporte.

    Constatar el nombre del exportador y/o embarcador y del consignatario.

    Verificar el puerto de embarque y puerto de destino del barco (buque) que

    transporta las mercancas. En caso de duda sobre la ruta del viaje,

    asegurarse de contar con esta informacin, incluyendo puertos de trnsito y

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    38

    trasbordo de las mercancas contenidas en el buque y los tiempos de la

    travesa total.

    Verificar la fecha de salida del puerto de embarque y la fecha de llegada al

    puerto de destino.

    Revisar indicaciones sobre el pas de origen o de procedencia de las

    mercancas que pudiera contener el documento de transporte.

    Revisar descripcin de las mercancas a fin de buscar posibles diferencias

    respecto a lo declarado en facturas, certificados de origen y declaraciones de

    importacin.

    Constatar los nmeros de los contenedores (containers) en los que se

    transportaron las mercancas.

    Revisar el peso bruto, peso neto y la tara (diferencia entre peso bruto y neto)

    de las mercancas transportadas y compararlas con los dems documentos

    de la importacin.

    Utilizar los datos de costos de transporte y seguros que pudiera contener el

    documento de embarque para construir el valor aduanero de las mercancas

    de importacin, tomando en cuenta la base imponible establecida en la

    legislacin interna del pas de que se trate.

    Certificacin de origen CAFTA-DR:

    Constatar que la certificacin contiene los elementos (datos) mnimos

    exigibles en el CAFTA-DR y sus reglamentaciones de aplicacin.

    Verificar que la empresa exportadora y/o productora se encuentra localizada

    en un pas CAFTA-DR.

    Verificar si la certificacin de origen ampara mercancas de un solo

    embarque o, por el contrario, incluye mercancas idnticas que podran

    importarse en varios embarques durante el perodo sealado en la propia

    certificacin.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    39

    Revisar y comparar con los dems documentos de importacin, los

    siguientes datos:

    o Descripcin (designacin) de las mercancas, incluyendo nombre

    comercial, nombre segn patente);

    o Clasificacin arancelaria a 6 dgitos del Sistema Armonizado de

    Designacin y Codificacin de Mercancas (SA), salvo que la regla de

    origen del CAFTA-DR incorpore una clasificacin arancelaria a un

    nivel de 8 dgitos;

    o Criterio para trato arancelario preferencial, mtodo utilizado para

    determinar el valor de contenido regional o referencia a los otros

    mtodos accesorios para determinar origen, etc. Esta informacin es

    importante que tambin de confronte con la regla de origen especifica

    a la cual est sujeta la mercanca que estuviere siendo objeto de la

    importacin.

    o Peso Bruto y Neto de las mercancas, cuando haya sido incluido en la

    certificacin de origen;

    o Nmero de factura, orden de compra, lote, etc., cuando alguno de

    estos datos haya sido incluido en la certificacin de origen;

    o Cantidad de bultos, unidades y tipo de bultos, cuando hayan sido

    incluidos en la certificacin de origen.

    Otros documentos de importacin:

    Se incluyen en este rubro, los permisos o autorizaciones sanitarias y fitosanitarias,

    permisos de salud, declaracin de valor aduanero, certificados de seguros,

    certificados de contingente, listas de empaque, manifiestos de embarque,

    documentos de ingreso y salida de puertos y aeropuertos, etc. Para cada uno de

    ellos se debe:

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    40

    Constatar cualquier informacin que haga referencia al pas de origen o

    procedencia de las mercancas, incluyendo informacin sobre pas de

    produccin, cosecha, cultivo, manufactura, procesamiento o ensamble de la

    mercanca.

    En el caso de productos agrcolas la informacin presente en los Certificados

    Sanitarios y Fitosanitarios acerca del lugar de cosecha o cultivo puede incluir

    datos relevantes para los fiscalizadores de origen. Igualmente, los certificados de

    anlisis, los certificados de libre venta y consumo, las hojas de datos de

    seguridad y los catlogos de las mercancas pueden tener un valor incalculable.

    Es posible que mucha de esta informacin est disponible en la red Internet.

    Fase 2: Anlisis de la informacin disponible y adopcin de la decisin de

    remisin de cuestionarios o solicitudes de informacin y anlisis de los

    resultados obtenidos.

    El CAFTA-DR establece diferentes mtodos o criterios para la determinacin del

    origen de una mercanca, y consecuentemente, la administracin de aduanas debe

    estar preparada para la verificacin del origen declarado con cualquiera de dichos

    mtodos. El proceso de fiscalizacin debe desarrollarse teniendo en cuenta dos

    elementos bsicos:

    1. El criterio de origen declarado por el importador en la certificacin de origen

    en papel o va electrnica, o la simple declaracin del importador, basada en

    su propio conocimiento o en la confianza razonable, acerca del origen

    declarado y

    2. La regla de origen aplicable a la mercanca objeto de la fiscalizacin (criterios

    de origen susceptibles de aplicarse, exigencias, formalidades documentales,

    etc.).

    Para una mayor comprensin de los lectores, los criterios de origen se pueden

    subdividir en criterios principales y criterios secundarios.

    Los criterios principales son los siguientes:

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    41

    a. mercancas totalmente obtenidas o completamente producidas;

    b. mercancas producidas a partir de mercancas que califican como

    originarias;

    c. cambio en la clasificacin arancelaria o salto arancelario;

    d. valor agregado regional o de Valor de Contenido Regional;

    e. las combinaciones de salto arancelario con requisitos de valor de

    contenido regional (reglas mixtas); y

    f. los requisitos tcnicos, por ejemplo, exigencia de aplicacin de un proceso

    productivo especfico.

    Los criterios secundarios son los siguientes:

    a. De minimis;

    b. Materiales Fungibles;

    c. Juegos o surtidos de mercancas;

    d. accesorios, repuestos y herramientas;

    e. Materiales indirectos;

    f. Envases y materiales de empaque para la venta al por menor; y

    g. Contenedores y materiales de embalaje para embarque;

    Tambin, debe tomarse muy en consideracin, la demostracin de la norma de

    trnsito y trasbordo contemplada en el Artculo 4.12 del CAFTA-DR, la cual

    encierra el principio de expedicin directa.

    Algunos elementos a tomar en cuenta al momento de la fiscalizacin se esbozan a

    continuacin:

    1. Una vez finalizado el desarrollo de la Fase 1, los fiscalizadores ya deberan

    estar en capacidad de desechar la idea de avanzar ms all en el proceso de

    fiscalizacin de origen, o por el contrario, es posible que hayan decidido continuar el

    proceso hasta el final. Es justamente aqu donde los auditores deben estar

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    42

    preparados para analizar con cuidadoso detalle las disposiciones sobre reglas de

    origen a fin de saber cul es el mejor camino a tomar a partir de este momento. En

    ciertos casos, una solicitud de informacin puntual puede ser suficiente. En otros

    casos, es muy probable que se requiera la remisin de uno o ms oficios o

    cuestionarios de verificacin a los importadores, exportadores y/o productores de la

    mercanca. E incluso, como ltima instancia, en casos excepcionales, puede que

    sea necesaria la realizacin de una visita de verificacin de origen en las

    instalaciones del exportador en el pas de exportacin. Esta ltima opcin es de

    carcter excepcional, y debe verse como una especie de auditora de cierre de

    grandes fiscalizaciones cuya rentabilidad para la DACE es muy superior a los

    costos administrativos que entraara su realizacin.

    2. Tomando en cuenta los criterios de origen antes expuestos, los fiscalizadores

    deben analizar el caso concreto y decidir que mtodo de solicitud de pruebas

    utilizarn. En ese aspecto es muy difcil dar una receta mgica de carcter procesal,

    pues cada caso es diferente. Lo que se presentar a continuacin son los aspectos

    bsicos que para cada criterio el auditor debe conocer, y si no cuenta con la

    informacin debe tratar de obtenerla de los diferentes operadores de comercio

    (productores, exportadores y/o importadores) que, en ciertos casos, estn

    legalmente obligados a proporcionarla a la administracin aduanera (importadores),

    y en otros casos, son quienes tienen la informacin, y pese a que no existe una

    obligacin legal para proporcionarla, podran estar interesados en hacerlo para

    asegurar que sus mercancas sigan recibiendo las preferencias arancelarias del

    CAFTA-DR.

    3. En el Anexo 3 a este Manual se presenta un ejemplo de cuestionario de

    verificacin que puede servir de base para verificar el origen de una mercanca que

    fue declarada como originaria bajo el criterio de cambio en la clasificacin

    arancelaria. Como puede notarse en el Anexo, se trata de un cuestionario que una

    administracin aduanera le estara notificando, por ejemplo a un importador,

    exportador y/o productor de concentrado de tomate clasificado en la subpartida

    arancelaria 2002.90. Como se dijo anteriormente, cada producto debe analizarse

    caso por caso, sin embargo este modelo de cuestionario puede ser adaptado a

    fiscalizaciones de otras mercancas sujetas a reglas de cambio en la clasificacin

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    43

    arancelaria. En el Anexo 4, se presenta un modelo de cuestionario mediante el cual

    la DACE busca informacin y datos para verificar el origen de una mercanca cuya

    regla de origen est basada en un criterio de cambio de clasificacin arancelaria

    ms un requisito de valor de contenido regional. Sea cual sea el tipo de cuestionario

    que se utilice es fundamental respetar todas las normas del debido proceso (plazos,

    notificaciones, claridad en cuanto a quien investiga, qu se investiga, medios de

    notificacin, entre otros). Recuerde un error procesal puede tirar por la borda el

    trabajo de mucho tiempo y de muchas personas.

    4. Un aspecto que debe resaltarse es el tema de la clasificacin arancelaria de la

    mercanca objeto de verificacin y de los insumos que de acuerdo al importador,

    exportador o productor fueron utilizados en su produccin. Este dato es clave para

    saber cul es la regla de origen aplicable a la mercanca y para determinar el

    cumplimiento de la misma, en particular cuando la regla de origen especfica es de

    cambio en la clasificacin arancelaria. Por esas razones, debe tenerse especial

    cuidado en asegurarse que los cdigos arancelarios declarados sean los correctos.

    De encontrarse diferencias entre la opinin del auditor y lo declarado por los

    interesados, debe recurrirse a un criterio experto dentro de la misma administracin,

    a fin de apoyar una decisin de origen que incluya un rechazo a informacin relativa

    a la clasificacin arancelaria.

    5. Una vez recibido el cuestionario contestado los auditores deben cotejar los datos

    contenidos en el mismo, con la informacin analizada en la Fase 1. Producto de este

    anlisis debe redactarse un reporte que incluya las inconsistencias, diferencias o

    puntos que aun requieren ser aclarados, sea mediante el envo de notas, oficios o

    cuestionarios subsecuentes, o, en ltima instancia, mediante la realizacin de una

    visita de verificacin de origen. Un resumen de los asuntos que despiertan

    preocupacin es muy valioso para las etapas subsiguientes, en especial, para la

    visita de verificacin, en los casos en que se llegue a decidir la realizacin de la

    misma.

    6. Hay que tomar en cuenta que un cuestionario mal respondido o incompleto

    podra generar ms dudas de las que se tenan en un principio, por lo que se debe

    tener presente la posibilidad de elaborar un cuestionario subsecuente donde se

    hagan preguntas ms concretas sobre dudas especficas. El cuestionario

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    44

    subsecuente es muy til en aquellos casos donde no se tienen todos los elementos

    para asegurar que la mercanca cumple o no cumple con el origen o para decidir

    hacer una vista al extranjero.

    7. El anlisis del(os) cuestionario(s) y la documentacin anexa a ste(os), es

    prcticamente una revisin de escritorio donde puede concluir la revisin, por lo que

    es necesario que los auditores expongan claramente sus preguntas en los

    cuestionarios, tratando de no utilizar modismos o lenguaje tpico de su pas, porque

    el exportador o productor podra no entender las preguntas y por consecuencia

    responder de manera incorrecta o incompleta.

    8. Se debe pensar muy detenidamente que es lo que se va a solicitar en los

    cuestionarios, tratando de pedir solamente lo que se requiere para determinar el

    origen y las pruebas que demuestren que el productor o exportador se est

    conduciendo con verdad.

    9. La verificacin de escritorio se basar en el anlisis documental de las

    respuestas obtenidas en los cuestionarios y las pruebas aportadas, tratando de

    aplicar las tcnicas de auditora necesarias para lograr un resultado satisfactorio.

    Cabe mencionar que una revisin de escritorio al igual que la verificacin en el

    extranjero, implica la elaboracin de papeles de trabajo y la aplicacin de las

    herramientas tcnicas descritas en la Seccin 6 de este manual.

    Fase 3: Toma de decisin de solicitud de visita de verificacin de origen y

    desarrollo de la visita.

    1. Una vez finalizada la Fase 2, y con toda la informacin recopilada, los

    fiscalizadores deben hacer un anlisis minucioso y metdico de toda la informacin,

    documentos y datos disponibles. Si estiman que debe solicitarse ms informacin

    que aclare aristas que estn descubiertas o que permita fortalecer la investigacin

    pueden hacerlo an dentro de la propia Fase 2, a travs de la remisin de oficios,

    notas u otro cuestionario.

    No obstante en ciertos casos, aun con la informacin a mano, resulta determinante

    la realizacin de una visita in situ en las instalaciones, plantas de manufactura,

    plantaciones, bodegas y oficinas del exportador y/o productor de las mercancas.

  • Programa Regional de USAID de Comercio para CAFTA-DR

    45

    2. Por tratarse de una visita de verificacin que normalmente representa un alto

    costo para la administracin, la utilizacin de esta herramienta de fiscalizacin de

    origen se recomienda dejarla para casos especiales donde la relacin costo-

    beneficio tiene un balance muy positivo para la administracin aduanera. Adems,

    es aconsejable que se aplique solamente en casos en que se estn investigando

    una cantidad importante de transacciones de importacin que fueron hechas durante

    un largo perodo. Utilizarla para transacciones individuales podra no resultar de

    inters para la administracin.

    Normalmente la aprobacin de la visita de verificacin inicia en un proceso interno,

    donde la Unidad de Verificacin de Origen debe exponer el caso a sus superiores

    para obtener el consentimiento. Es recomendable que se prepare un documento que

    contenga la explicacin detallada del caso, conforme a lo siguiente:

    Antecedentes.

    Detalle de la presuncin del no cumplimiento de la regla de origen.

    Pruebas documentales o fsicas.

    Beneficios de la verificacin, incluyendo la posible recaudacin.

    Costo de la verificacin.

    Tiempo estimado y auditores que participarn.

    Si se acepta practicar la verificacin en las instalaciones del Productor, es necesario

    notificar por algn medio que establezca la leg