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1 Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo MANUAL 1 DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA DIFERENCIAL E-791 2018 1 El presente Manual se revisara anualmente, realizando las modificaciones que se requieran. La presente versión fue actualizada en Noviembre 2017.

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Corporación Municipal de Educación

y Salud de San Bernardo

MANUAL1 DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ESCUELA DIFERENCIAL E-791 2018

1 El presente Manual se revisara anualmente, realizando las modificaciones que se requieran. La presente versión fue actualizada en Noviembre 2017.

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INDICE

PORTADA…………………………………………………………………………………………………………………………………………….…..1 ÍNDICE………………………………………………………………………………………………………………………………………………….…2 OBJETIVO………………………………………………………………………………………………………………………………………………...2 FUNDAMENTACIÓN…………………………………………………………………………………………………………………………..…….......2-3 MARCO NORMATIVO….………………………………………………………………………………………………..………………………………5 DEFINICIONES GENERALES……………………………………………………………………………………………………...………………......6 DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA……………………………………………………………………..12 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA……………………………………………………………………………………………….15 INSTANCIAS DE APELACION………………………………………………………………………………………………………………………….15 NORMAS EN TORNO A LOS ESTUDIANTES…………………………………………………………………………………………………..……16

o NORMAS DE FUNCIONAMIENTO…………………………………………………………………………………………….……………….17 o NORMAS DE INTERACCION…………………………………………………………………………………………………..……………….26 o CIRCUNSTANCIS ATENUANTES Y AGRAVANTES……………………………………………………………………………….………..30

POLITICA FAMILIA Y ESCUELA………….………………………………………………………………………………………………...…………..31 o PRINCIPIOS Y OBJETIVOS…………………………………………………………………………………………….........………………....32 o NORMAS Y PROCEDIMIENTOS………………………………………………………………………………………………………………..33

NORMAS EN TORNO A LOS FUNCIONARIOS……………………………………………………………………………………………………….38 o NORMAS DE FUNCIONAMIENTO…………………………………………………………………………………………………..………….39 o NRMAS DE INTERACCION………………………………………………………………………………………………………………………40

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN………………………………………………………………………………………………………….…………....43 o PROTOCOLO ACOSO ESCOLAR O BULLYIG………………………………………………………………………………………………..44 o PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ESTUDIANTES EMBARAZADAS…………………………………………………….………………......47 o PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENE A SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL………………………………………………………...50 o PROTOCOLO SOBRE EL MALTRATO INFANTIL…………………………………………………………………………………………….55

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OBJETIVO

Fortalecer la convivencia escolar a través del conocimiento de las normas, de las acciones preventivas y formativas, contribuyendo al desarrollo integral de los estudiantes.

FUNDAMENTACIÓN La elaboración del Manual de Convivencia, es resultado de un proceso participativo, en donde se ha invitado a participar a los diferentes estamentos que componen la comunidad escolar, como lo es Directivos, Docentes Asistentes de la educación, Padres y Apoderados y a los Estudiantes.

Este documento contempla en su operar las especificaciones señaladas en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) tanto en su visión como en la misión. La misión de la Escuela Diferencial es brindar una atención de calidad a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con necesidades educativas especiales, con discapacidad a través de una educación con un enfoque integral, con una sólida formación valórica, sustentada en una educación humanista y democrática. En lo que respecta a la visión esta se orienta a lograr una formación integral de nuestros estudiantes, mediante aprendizajes significativos y pertinentes, que potencien al máximo sus capacidades, para que estos puedan crecer y desarrollarse felices, autónomos y responsables. Con valores, deberes y derechos claros. Que se desenvuelvan como personas críticas y reflexivas con adecuadas habilidades sociales y laborales, propiciando su integración social, escolar y laboral, cuyo fin último es que participen y aporten en nuestra sociedad.

También se adscribe a los marcos legales regulatorios contemplados por la legislación vigente, por tal razón en aquellos casos en que el

establecimiento tome conocimiento de actos constitutivos de delito ya sea al interior o no del recinto educacional se procederá según lo que la Ley establece y conforme a un procedimiento digno y respetuoso de las partes involucradas procurando el respeto al prójimo ante toda circunstancia.

Este manual tiene por objetivo establecer en su contenido las pautas que regulan el funcionamiento y la convivencia escolar, para ello se ha

considerado dentro de sus premisas fundamentales garantizar la educación de todos aquellos niños/as y jóvenes que presenten algún tipo de Discapacidad Intelectual que requieran matricularse en la escuela especial. En razón de lo anterior el establecimiento resguardará la asistencia a través de estrategias que refuercen su importancia en alumnos y apoderados e interviniendo en aquellos casos en que se produzca una inasistencia prolongada sin justificación. Además se facilitará la asistencia de alumnas embarazadas sin contraindicación médica y podrán después de ocurrido el parto reincorporarse a clases en el momento que lo necesiten. También incorpora los aspectos contenidos en la Ley de inclusión escolar que establece y consagra los derechos para todos los miembros de la Comunidad Educativa.

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Este manual como instrumento que guía nuestra convivencia escolar, da un especial énfasis a la prevención, lo cual se realizara a través de acciones preventivas que promueva la mejorara de la dinámica relacional y al abordaje de los conflictos al interior del establecimiento educacional centrando la forma de resolverlos a través de las técnicas de resolución pacífica de conflictos (Mediación entre pares, Arbitraje pedagógico y Pacificación).

El presente Manual se difundirá a toda la comunidad educativa facilitando espacios para su conocimiento a través de la Agenda escolar, la pagina de Facebook de la escuela, del trabajo del docente de aula con sus apoderados en reuniones de curso, como también con sus alumnos transversalmente en sus actividades diarias y en actividades a realizar por el Centro de estudiantes.

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MARCO NORMATIVO El presente Manual de Convivencia basa su accionar en la legalidad existente en nuestro país, que se presentara a continuación.

1.- Constitución Política de la República de Chile

2.- Declaración Universal de los Derechos Humanos

3.- Convención sobre los Derechos del Niño,

4.- Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas discapacitadas (2002)

5.- Ley General de Educación. Ley 20.370

6.- Ley n° 19.284 de integración social de personas con discapacidad

7.- Marco para la Buena Enseñanza

8.- Ley de Responsabilidad Penal Juvenil

9.- Política de participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema educativo

10.- Ley 20.536 sobre Violencia Escolar.

11.- Ley 20.609 de Antidiscriminación

12.- Ley 20.607 de Acoso Laboral

13.- Convención Internacional para los derechos de las Personas con Discapacidad.

14.- Ley N° 20422, sobre inclusión de las personas con Discapacidad.

15.- Ley de Inclusión Escolar N° 20.845

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DEFINICIONES: Acoso Laboral: Toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo (Ley Acoso Laboral 20.607).

Aprendizaje significativo: Tipo de aprendizaje caracterizado por suponer la incorporación efectiva a la estructura mental del alumno de los nuevos contenidos, que así pasan a formar parte de su memoria comprensiva. El aprendizaje significativo opera mediante el establecimiento de relaciones no arbitrarias entre los conocimientos previos del alumno y el nuevo material. Este proceso exige: que el contenido sea potencialmente significativo, tanto desde el punto de vista lógico como psicológico, y que el alumno esté motivado.

Arbitraje: Es cuando las partes involucradas en un conflicto depositan confianza en una tercera persona, con atribuciones para ello para que tome la decisión de cómo resolver la disputa o diferencia entre ambas. En este sentido el tercero actúa como un Juez y ambas partes se comprometen a aceptar su decisión. Arbitraje Pedagógico: Procedimiento dialógico de resolución de conflictos que administra un profesional educativo con atribuciones reconocidas por las partes en un establecimiento escolar. Es quien recaba información sobre el conflicto, escucha a las partes y evalúa la gravedad de la falta cometida considerando los intereses y puntos de vista de los involucrados. Bullying o Matonaje: Es cuando un(a) alumno o un grupo – más fuerte-, intimida y maltrata en forma repetida y a lo largo del tiempo, a un compañero(a) que es más débil y está indefenso. Mediante violencia física, verbal, emocional y/o psicológica o incluso a través del uso de tecnologías como celulares e internet. Esta dinámica se presenta en forma persistente y repetitiva, y sin provocación previa o motivo aparente. Autonomía: Término que proviene del griego, de autos (propio) y nomos (ley). Significa, pues, la capacidad de regirse por leyes que han sido dictadas por nuestra propia conciencia. Es decir, darse normas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas El concepto se encuentra relacionado directamente con el de independencia personal y con el de libertad. Casos Constitutivos de Delito: Eventos que transgreden las normas regidas por la legislación de la república de Chile, para efectos de este Manual de Convivencia los actos establecidos como delito figuran las lesiones, robos, hurtos, amenazas, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de drogas, abuso sexual y otros, así como las situaciones de explotación sexual, maltrato, explotación laboral y otros que afecten a los estudiantes.

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Clima escolar: un conjunto de valores que condicionan un ambiente, o mejor, un conjunto de características psicosociales determinadas por todos aquellos factores estructurales, personales y funcionales de una institución educativa” (Rodríguez Garrán, N., 2004).

Comportamiento: Es el conjunto de acciones concretas con las cuales las personas manifiestan sus opciones, criterios y actitudes frente a determinadas situaciones reales. El comportamiento humano es comportamiento social. Conflicto: Los conflictos son parte de la convivencia entre las personas, este surge cuando una de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas. Convivencia Escolar: Es una dimensión del currículo escolar que involucra a todos los actores educativos. No se trata de un ámbito aislado en la vida institucional, sino de una dimensión transversal a todas las actividades y prácticas que se desarrollan en el ámbito escolar. El estilo de convivencia que exista al interior de cada unidad educativa marcará fuertemente el carácter inclusivo o exclusivo de esta. Se entenderá como la interacción entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una comunidad educativa. Cooperación: Es obrar juntamente con otro u otros para un mismo fin u objetivo compartido, generalmente usando métodos comunes, en lugar de trabajar de forma separada en competición. Deber: Es la obligación que afecta a cada persona, impuesta por la moral, la ley, las normas sociales o la propia conciencia o la razón. Derechos Humanos: Conjunto de Normas aplicables en cualquier circunstancias, que protege la dignidad humana, en especial contra comportamientos arbitrarios de autoridades representantes del estado. Existen un conjunto de derechos y libertades civiles y políticas consustanciales a la existencia humana. Los derechos económicos, sociales y culturales tienen un carácter progresivo en el ejercicio de los mismos. Dignidad: Valía y honor de todas las personas, sea quienes sean e independiente de su nacionalidad, raza, creencias religiosas, clases sociales, opinión política o cualquiera característica personal o del grupo al que pertenezcan. Discapacidad: Fenómeno multidimensional, resultante de la interacción de las personas con el entorno, la cual se gesta bajo un enfoque biopsicosocial en el que se integran las diferentes dimensiones de la salud desde una perspectiva biológica, psicológica y social, evaluando diferentes factores relacionados con el funcionamiento y la discapacidad (funciones, estructuras corporales y deficiencias; limitaciones en la actividad y restricciones en la participación) y contextuales, partiendo del ambiente más inmediato del individuo para llegar al entorno

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general.(Definición. CIF). “La Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, ratificada por Chile en año 2002, Disciplina: Es el grado de auto posesión y autodeterminación en orden a la búsqueda de una auténtica realización personal y social. La disciplina en cuanto proceso conducente a la autonomía, contempla los referentes internos de conciencia, así como los referentes externos expresados en deberes, compromisos y normas sociales. Discriminación: Es la negación de la plena responsabilidad y derechos en un ser humano. La discriminación es la negación de su calidad de ser humano e igual, en dignidad y derechos, de una persona respecto de otro u otros. “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. Nº 1).

Diversidad: Principio educativo que se refiere a la preocupación global y a las acciones específicas que pretenden dar respuesta adaptada a las diferentes capacidades, necesidades, estilos cognitivos e intereses que muestran los alumnos. La respuesta a la diversidad puede darse a través de medidas de diferente naturaleza y generalidad. Los propios proyectos curriculares de los centros con su secuenciación curricular característica conllevan una respuesta a la diversidad. Otras respuestas son las actividades de apoyo y desarrollo en la programación de aula, la optatividad, la acción tutorial y orientadora, las adaptaciones curriculares, las diversificaciones curriculares, etc.

Faltas de comportamiento: Son las acciones que afectan al principio de libre desarrollo personal y comunitario; están sujetas al discernimiento de sus implicaciones, en cuanto lesionan los derechos fundamentales de las personas. Formación: Es la reunión, integración y entretejido de diversos saberes para posibilitar la emergencia de un ser humano, nuevo, capaz de desarrollar los cuatro estados de conciencia (de si mismo, comunidad, cultural y ambiental) Instancias de Apelación: Derecho que tiene toda persona a ser escuchada ante cualquier acusación por vulneración a una norma. Instancia que debe contemplar todo procedimiento de evaluación a una falta o vulneración a una norma. Integración: Complejo conjunto de medidas y acciones (de ordenación académica, recursos didácticos y actividades de formación y cambio de actitudes) dirigidas a hacer posible la escolarización y la educación (en el pleno sentido del término) de alumnos con necesidades educativas especiales en los centros ordinarios de las diferentes etapas.

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Manual de Convivencia: Es el conjunto organizado de disposiciones que configuran y ordenan los poderes que operan en la institución, tanto los de orden legal como los internamente constituidos. Define claramente los límites y fronteras del ejercicio del poder, las libertades, obligaciones y derechos en torno a las funciones de los distintos organismos que constituyen el gobierno escolar con el propósito de alcanzar el bienestar individual y el compartido. Mediación: Proceso informal o alternativo de resolución de conflictos en que un tercero neutral, ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo voluntario y el efecto más importante del proceso es la producción de un acuerdo voluntario de la disputa. En este proceso las partes ponen en ejercicio diversas habilidades sociales que favorecen el desarrollo de la autoestima, confianza en si mismo y confianza en el otro. Mediación entre Pares: Proceso de resolución pacífica de conflictos, mediante el cual ambos alumnos en conflicto logran dialogar, escucharse, ponerse en el lugar del otro de manera respetuosa, intentando alcanzar una solución al conflicto. Negociación: Constituye una forma alternativa de abordaje de conflictos y es cuando las personas implicadas, dialogan, cara a cara, para llegar a un acuerdo. Cada uno expone su propio punto de vista, escucha el de la otra parte y están dispuestas a ceder para llegar a un acuerdo. Norma: Regla de conducta que una comunidad o sociedad impone a sus miembros para garantizar el bien común y cuya violación estará sancionada. Las normas tienen por objeto fijar pautas para el accionar humano, así como también establecer y justificar límites y responsabilidades en la relación con los otros. Normas de Convivencia en el Aula: se refiere a aquellas normas que los docentes y/o estudiantes, definen para regular el funcionamiento e interacción en los procesos pedagógicos que se vivencian al interior del aula o sala de clases. Las normas de convivencia en el aula deben siempre estar en concordancia con las normas de convivencia explicitadas en el reglamento de convivencia. Normas de Interacción: Conjunto de normas que regulan, fijan límites y responsabilidades sobre la interrelación de los miembros de la comunidad educativa. Normas de Funcionamiento: Son aquellas normas que regulan, fijan limites y responsabilidades con respecto a aquellas situaciones que inciden en el funcionamiento regular de la comunidad educativa. Procedimientos: Proceso por el cual se realiza una serie de acciones frente a una situación particular, que en el caso que constituya falta grave o gravísima se procede a una investigación en la cual se contemplan instancias de apelación y medios de verificación (Debido Proceso).

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Procedimiento de resolución de conflictos: Conjunto de pasos y acuerdos que tienen como fin el conocimiento, análisis, evaluación de responsabilidad de las partes involucradas en un conflicto y construcción de salida o resolución de la disputa. Responsabilidad: Es la virtud o disposición habitual de asumir las consecuencias de las propias decisiones, respondiendo de ellas ante alguien. Es la capacidad de dar respuesta de los propios actos. Una persona responsable toma decisiones conscientemente permaneciendo fiel al objetivo y cumple con el deber asignado aceptando las consecuencias de sus actos. Respeto: La palabra respeto viene del latín, respectus, que significa atención o consideración. De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española el respeto está relacionado con la veneración o el acatamiento que se hace a alguien; el respeto incluye miramiento, consideración y deferencia. Es un valor que permite que el hombre pueda reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades del prójimo. Es el reconocimiento del valor inherente y de los derechos innatos de los individuos y de la sociedad. Sanción: Es la concreción de un principio que busca recuperar o restaurar la relación que ha sido afectada por una trasgresión o desconocimiento del acuerdo o pacto social legitimado por el consenso. Técnicas de resolución de conflictos: Acciones tendientes a buscar solución a un conflicto, se reconocen dos tipos; Pacificación, Arbitraje Pedagógico y Mediación entre pares. Tolerancia: capacidad de escuchar y aceptar a los demás, comprendiendo el valor de las distintas formas de entender la vida Faltas: Falta leve: Es una conducta ocasional que transgrede la convivencia en la comunidad educativa, sin provocar daño físico, psicológico, social y material. Falta Grave: Es una conducta que puede o no ser reiterativa (con o sin intencionalidad) de daño que transgrede la convivencia en la comunidad educativa y provoca daño físico y/o psicológico y/o social y/o material. Falta Gravísima: Es una conducta que puede o no ser reiterativa, que ha tenido algún tipo de intervención (pedagógica, técnica y/o profesional) que transgrede la convivencia en la comunidad educativa y provoca (con o sin intencionalidad) daño físico y/o psicológico y/o social y/o material.

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Sanciones: Sanción Administrativa: Contemplan acciones referente al normal desenvolvimiento dentro de la entidad educativa, las cuales son administradas bajo la dirección del establecimiento. Ejemplo: Suspensiones, anotaciones en hoja de vida de estudiantes y funcionarios, etc. Sanción Pedagógica: Contempla una acción en tiempo libre del estudiante el cual es asesorado por un docente en actividades como: recolectar o elaborar material para estudiantes de un curso inferior, marcar cuadernos a pre básicos, ayudar en la atención de algún curso, dirigir alguna actividad recreativa con cursos de niveles inferiores, etc. Sanción Reparatoria: Acción que tenga como fin reparar daños a terceros. Ejemplo: disculpas, reponer material dañado, copiar la materia si se rompió un cuaderno a un compañero, etc. Sanción Comunitaria: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad escolar a la que pertenece. La actividad a desarrollar por el estudiante debe tener relación con la falta e implica hacerse responsable de su infracción a través de un esfuerzo personal. Ejemplo: reparar mobiliario, hermosear jardín, ayudar por una jornada al auxiliar de patio, o en el comedor, limpiar su sala, etc.

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DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 10. (Ley General de Educación), los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes: DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

Tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral

A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales

A no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

A que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento.

A ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento

A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento

Y a asociarse entre ellos. DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa

Asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades

Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar

Cuidar la infraestructura educacional

Respetar el proyecto educativo

Respetar el reglamento interno del establecimiento. DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

Derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento,

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A ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados.

DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

Educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos

Apoyar su proceso educativo

Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional y respetar su normativa interna

Brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa. DERECHOS DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

Tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Ejercer la función docente en forma idónea y responsable; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda; actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente; investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio; respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

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DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar

A participar de las instancias colegiadas de ésta

A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna. DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Ejercer su función en forma idónea y responsable

A respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan

Y brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. DERECHO EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

A conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. DEBERES DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS

Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades y propender a elevar la calidad de éstos

Desarrollarse profesionalmente

Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas

Y cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.

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FUNCIONES DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión, conforme a las medidas que determine el Consejo Escolar.

Además es el encargado de diseñar en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de trabajo (por niveles, por

cursos, etc.) y la estrategia de implementación del Plan de Gestión.

En conjunto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión.

Y sistemáticamente informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación del Plan de Gestión

Y a la Comunidad Educativa, los avances en la promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia. INSTANCIAS DE APELACIÓN Los estudiantes y sus familias, cuentan con la instancia de apelación frente a la sanción planteada, la cual se encuentra contenida en los procedimientos del Manual de Convivencia.

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NORMAS EN TORNO A LOS ESTUDIANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

Norma Acciones

preventivas Falta a la Norma

Grado de la falta

Sanción Responsable Procedimiento

Horario de llegada al establecimiento es a las 8:00 (jornada mañana), 13:45 (jornada tarde) y la salida según nivel (tratamiento grupal y/o individual, pre-básicos, básicos y laboral)

Al inicio del año escolar se informará a los apoderados el horario de funcionamiento escolar y del transporte (Micro y Furgón Escolar)

Llegar atrasado al establecimiento.

Grave

Comunicación al apoderado. Citación del apoderado.

Primera instancia Inspector

El inspector elabora lista de atrasos diarios de cada estudiante y se le envía comunicación a los apoderados.

Asistente Encargado

Inspector

Inspector General

Inspector General revisará y actualizará “Registro de Anotaciones” de cada curso diariamente. A los estudiantes que cumplan 3 atrasos en el mes se les citara al apoderado. Si el apoderado(a) ha sido citado en dos ocasiones y la situación persiste, al igual que en el caso en el que el apoderado no se presente, será citado a dirección para acordar un compromiso y una sanción en caso de no cumplirse. Los estudiantes que incurran en atrasos reiterados a causa del transporte escolar del establecimiento, quedan justificados automáticamente.

Inspectores de pátio supervisarán que lós Estudiantes ingresen a las actividades que correspondan

No entrar a clases y deambular por el establecimiento sin justificación y conocimiento de lós docentes

Grave

Amonestación verbal de parte del docente. Anotación en hoja de vida

Docente

El profesor registra en la hoja de vida del alumno el suceso ocurrido, al mismo tiempo debe realizar una consejería.

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Encargado de puerta supervisará el ingreso y salida de los estudiantes

Retirarse antes del horario de salida, sin autorización, ni justificación.

Gravísimo

Citación al apoderado verbal y escrita, para el día siguiente de ocurrido el suceso.

Inspector(es)

Docente

Director

Funcionario que tome conocimiento de la situación dará aviso al Inspector General quien citara al apoderado para el día siguiente, quien deberá presentarse junto al estudiante al ingreso de su jornada. Quedando acordado que si esta situación vuelve a ocurrir, el estudiante firmará carta de compromiso y será amonestado con tres días de suspensión. De reiterarse la conducta se llamará al apoderado para firmar carta de condicionalidad debido al riesgo en que incurre el estudiante, debiendo el apoderado hacerse cargo de la situación.

Los alumnos deberán asistir con uniforme del Establecimiento.

Fomentar una adecuada presentación personal.

No usar uniforme

Leve

Amonestación verbal de parte del docente. Anotación en hoja de vida Comunicación al apoderado.

Docente

El profesor registra en la hoja de vida del alumno el suceso ocurrido, al mismo tiempo debe realizar una consejería y llamar la atención al alumno. La situación deberá ser comunicada al apoderado, quien deberá justificar la situación, de acuerdo a lo cual se determinará cuando el estudiante puede presentarse con su uniforme, lo cual será supervisado por inspectoría. El no cumplimiento de este acuerdo ameritará citar nuevamente al apoderado.

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Usar accesorios que no correspondan a la vestimenta escolar o maquillaje excesivo por parte de las estudiantes de nivel laboral.

Grave

Amonestación verbal del docente. Anotación en hoja de vida Comunicación al apoderado. Citación apoderado

Docentes

El profesor registra en la hoja de vida del alumno el suceso ocurrido, al mismo tiempo debe realizar una consejería y llamar la atención al alumno. La situación deberá ser comunicada al apoderado. Si la situación persiste en relación a los accesorios, estos serán guardados por el docente y entregados al apoderado.

Los alumnos beneficiarios de la locomoción del establecimiento deben cumplir normas de seguridad básicas2 y buenas costumbres3 durante los trayectos.

Socializar un protocolo de funcionamiento (normas de interacción, seguridad y organización) de la locomoción de acercamiento (Micro y Mini-bus).

No seguir instrucciones del funcionario encargado del recorrido.

Leve

Amonestación verbal de parte del Inspector General Anotación en hoja de vida (cuaderno).

Encargado de la micro y Mini-

bus

Inspector General

El funcionario encargado de la micro y Mini-bus, debe realizar la amonestación verbal al alumno y advertir que su conducta será registrada, de persistir la situación, Inspector general citará al apoderado. Según lo señala protocolo de funcionamiento

2 Normas básicas de seguridad: son aquellas reglas de conducta que una comunidad incorpora para procurar la seguridad física del alumnado, en la locomoción escolar se refiere a permanecer en el asiento durante la actividad, no correr/dejar bajar antes de subir, no dejar tiradas las mochilas en los pasillos, subir y bajar /entrar y salir con precaución, no molestar al conductor. Etc. En el comedor se debe respetar turnos, no tirar bandejas u otros objetos, etc. 3 Buenas costumbres: mantener un comportamiento respetuoso con compañeros, profesores y personal del establecimiento en general. Ej.: mantener un tono de voz adecuado, no escupir, no ensuciar, no rayar, no dañar la micro, respetar turnos, no tirar objetos/comida, devolver la bandeja, no comerse la comida de otros.

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Los alumnos beneficiarios del programa JUNAEB (alimentación) deben cumplir normas de seguridad básicas y buenas costumbres durante las actividades alimentación

Elaborar un protocolo de funcionamiento (normas de funcionamiento e interacción, orientadas a las buenas costumbres).

No seguir instrucciones de la persona encargada del comedor. Presentar problemas de conducta. No cumplir el horario de alimentación asignado para cada jornada.

Leve

Amonestación verbal de parte del encargado del comedor y anotación en bitácora diaria de comportamiento

Encargado del comedor

Inspector de patio

Asistente de aula

El encargado del comedor y asistente de aula debe realizar la amonestación verbal al alumno y advertir que su conducta será registrada en la bitácora diaria de comportamiento.

Citación al apoderado

Inspectoría

General

Si el alumno reitera la conducta en más de 3 ocasiones, el docente deberá llamar al apoderado y advertir de la situación.

Citación al apoderado

Dirección

Si luego de citar al apoderado la situación se reitera, el Inspector General debe dar aviso a dirección, quien citará al alumno y apoderado, quien asignara un horario diferido al establecido.

Los alumnos deberán traer materiales e implementos escolares básicos.

Al inicio del año escolar se registra a los estudiantes que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Articular redes internas y externas que apoyen el acceso a

No traer los útiles escolares básicos solicitados por el docente (exceptuando aquellos estudiantes que pertenezcan a los Programas sociales , y situaciones graves de

Grave

Comunicación al apoderado

Asistente de

aula

Docente

Asistente de aula mantiene un registro durante el proceso lectivo de los materiales requeridos durante el año e informa al Docente sobre los materiales pendientes. El docente debe enviar una comunicación al apoderado solicitando justificación y que se ponga al día con lo requerido.

Citación al apoderado.

Docente

Si el apoderado no envía lo requerido, contando con los medios económicos para hacerlo, el

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recursos materiales requeridos para el proceso pedagógico.

vulnerabilidad económica)

docente deberá llamarlo y advertir de la situación.

Los alumnos mantendrán y cuidarán el mobiliario, infraestructura y materiales de la escuela.

Fomentar el buen uso y el cuidado de la infraestructura, mobiliario y materiales de la Escuela. Poner carteles en las paredes con imágenes y frases que incentiven el cuidado y mobiliario de la es

Los alumnos dañan el mobiliario escolar y/o infraestructura.

Grave

Anotación en la hoja de vida Comunicación al apoderado. Citación al apoderado

Docente

Inspector

Dirección

El docente debe registrar en la hoja de vida del alumno e informar al inspector del suceso, al mismo tiempo envía comunicación al apoderado. El apoderado debe ponerse al tanto y en un plazo de una semana realizar la reparación y/o reposición del mobiliario dañado. Si ésta situación no ocurre, no presentando ninguna justificación, se debe informar a dirección quien citará al apoderado, solicitándole la reparación inmediata, en el caso de no cumplirse se tomarán medidas según la situación.

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cuela. Los alumnos dañan los documentos4.

Gravísima

Anotación en la hoja de vida Citación al apoderado.

Docente

Dirección.

El docente debe registrar en la hoja de vida del alumno e informar a dirección del suceso. Dirección debe citar al apoderado, al día siguiente, si éste no concurre se notificara al apoderado de la posible suspensión del alumno, de no presentarse a la nueva citación. El apoderado debe hacerse responsable de los daños físicos y/o materiales de lo dañado.

Los alumnos mantendrán un comportamiento que contribuya a la seguridad5 dentro del establecimiento.

Realizar Charlas de Seguridad Escolar. Inspectores de patio y profesores reforzaran comportamientos que contribuyan a la seguridad.

Los alumnos realizan comportamientos de riesgo.

Grave

Anotación en la hoja de vida.

Docente.

Inspector o

encargado de patio.

El funcionario que tome conocimiento del comportamiento de riesgo debe llamar la atención al estudiante e informar al Docente para anotar en la hoja de vida del estudiante. Si la conducta es reiterativa el docente debe dar aviso al inspector de patio quien determinará una sanción de tipo comunitaria. En caso de incurrir en una conducta que causa alarma mayor o coloqiue en riesgo a otros estudiantes se realizará una evaluación en conjunto con la dupla, dirección y profesor determinándose las medidas a tomar, las cuales serán

4 Documentos: Se refiere a escritos tanto formales e informales. Ej.: dañar el libro de clases, pruebas, etc. 5 Comportamientos inseguros: correr en las escaleras, deslizarse por las barandas, encaramarse en sitios de riesgo, usar el ascensor personas que no lo requieren, empujarse, etc. (que impliquen daños a terceros como personal).

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comunicadas al apoderado quien deberá firmar conforme y cumplir con lo solicitado.

Informar al inicio del año a apoderados y estudiantes las condiciones de uso de los objetos de valor (Celular y audífonos, solo podrán utilizarse en el recreo), bajo autorización y responsabilidad por parte del apoderado. No están permitidos otros objetos.

Traer objetos de valor al establecimiento y no respetar las condiciones de uso.

Leve

Comunicación al apoderado

Docente

El docente debe enviar una comunicación al apoderado solicitando que el estudiante respete las condiciones de uso de estos dentro del establecimiento. Si reitera la conducta, el docente retendrá el objeto de valor y será devuelto al apoderado en citación. Los padres al firmar este documento entienden que en caso de pérdida, extravío o hurto, el establecimiento NO asume responsabilidad por el objeto y serán los padres quienes deberán reponerlo.

Realizar Talleres Psicoeducativos sobre alcances de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil.

Realizar apropiación indebida de objetos que pertenecen al establecimiento, estudiantes, apoderados o

Gravísima

Anotación hoja de vida. Citación al apoderado a dirección.

Docente

Dirección

Psicólogo (a)

Docente registra en hoja de vida del alumno. Dirección citará a apoderado, se solicitara que estudiante pueda explicar lo ocurrido, luego evaluará suspensión del alumno y situación de denuncia. Estudiante y o apoderado se hacen cargo de reponer el objeto

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funcionarios de la escuela.

Asistente Social

sustraído- Sanción Reparatoria. Realiza primera intervención y evaluación de posibles derivaciones a redes de apoyo.

Realizar Talleres Psicoeducativos sobre alcances de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil.

Ingresar al establecimiento elementos corto punzantes y/o armas de fuego

Gravísima

Anotación Hoja de vida. Llamar al apoderado. Citación con dirección y docente.

Docente

Dirección

Psicólogo (a) Asistente

Social

El docente debe registrar en la hoja de vida del alumno e informar a dirección del suceso en forma inmediata, al mismo tiempo las armas de fuego o cortopunzantes serán requisadas y entregadas a instituciones como carabineros. Dirección debe citar al apoderado, el mismo día y suspender al alumno por tres días como sanción. Además se procede a firmar carta de condicionalidad y realiza primera intervención y evaluación de posibles derivaciones a redes de apoyo. El alumno deberá realizar una actividad en favor de la prevención del delito frente a sus compañeros.

Gestionar y ejecutar Charlas Preventivas a cargo de la red de apoyo comunal. Aplicar Programa SENDA durante

Ingresar al colegio drogas y/o alcohol.

Gravísimo

Anotación Hoja de vida. Requisar la droga y/o alcohol. Llamar al apoderado. Citación con dirección y docente.

Docente

Dirección

El docente debe registrar en la hoja de vida del alumno e informar a dirección del suceso, al mismo tiempo que requisa droga y/o alcohol. Dirección debe citar al apoderado, para el mismo día. y suspender al alumno por tres días como sanción. Además se procede a firmar carta

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todo el año escolar.

Psicólogo (a) Asistente

Social

de condicionalidad y realiza primera intervención y evaluación de posibles derivaciones a redes de apoyo. El alumno deberá realizar una actividad en favor de la prevención de drogas frente a sus compañeros Se procede a la entrega del elemento requisado a las autoridades correspondientes. .

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NORMAS DE INTERACCIÓN

Norma

Acciones Preventivas

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción Responsable Procedimiento

Los alumnos mantienen conductas de respeto y no violencia dentro del establecimiento6.

Implementar campaña del “Buen Trato” Los estudiantes trabajaran el manual de convivencia y aspectos relevantes del curso de acuerdo a hora asignada por el docente. Al igual que campañas de difusión realizadas por el Centro de Estudiantes Crear equipo de Monitores de convivencia, que refuerzan

El alumno agrede verbalmente a un compañero. El alumno agrede físicamente a un compañero.

Grave

Anotación en la hoja de vida Sanción Administrativa y Reparatoria

Docente

Inspector

El docente y /o inspector debe registrar en la hoja de vida del alumno, la situación ocurrida, además deberá promover instancias de resolución de conflictos como Pacificación, Arbitraje Pedagógico y mediación entre pares siguiendo el debido proceso.7 En caso de que la conducta sea reiterada, se citara al apoderado, Dirección citara al apoderado firmando carta de compromiso por parte del apoderado. Se evaluara la derivación a redes de Apoyo.

Gravísima

Anotación en la hoja de vida Citación del apoderado a dirección. Sanción Reparatoria y Comunitaria

Docente

Inspector

Dirección.

El docente y /o inspector debe registrar en la hoja de vida del alumno. Si la situación ocurre en contexto fuera de aula, dentro del aula; el inspector o el docente deberán arbitrar y/o pacificar y/o generar instancias de mediación según la situación, siguiendo el debido proceso. El hecho debe ser notificado a dirección quien citara al apoderado,

6 Establecimiento: contempla las instancias de interacción que ocurran en el aula, pasillos, patio, baño y dependencias administrativas de la escuela. 7 Debido proceso: procedimiento de investigación que garantice el respeto de las personas involucradas. (investigación de cómo sucedió, qué sucedió, etc.)

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durante los recreos, comedor y sala de clases las conductas de respeto y no violencia.

al día siguiente, y evaluará la suspensión del alumno. Dirección determinará la sanción comunitaria a seguir. En los casos que está conducta se reitera en más de dos ocasiones se evalúa la condicionalidad del alumno, remitiéndose al mismo a evaluación médica o sicológica.

Talleres Psicoeducativos sobre Bullying y Estrategias de Resolución Pacífica de conflictos, una por semestre.

El alumno agrede verbalmente a un docente y/o funcionario del establecimiento. El Estudiante agrede físicamente a un docente y/o funcionario del establecimiento. El estudiante realiza acciones

Grave Anotación en la hoja de vida Citación al apoderado Reparatoria

Docente

Inspector

El docente y /o inspector debe registrar en la hoja de vida del alumno, si la situación ocurre en contexto fuera o dentro del aula; se dialogara con el alumno analizando lo ocurrido y reparando la acción realizada.

Talleres Psicoeducativos sobre conceptualización de Bullying y Estrategias de Resolución Pacífica de conflictos y La no Discriminación.

Gravísima

Anotación en la hoja de vida Citación del apoderado a dirección. Reparatoria.

Docente

Inspector

Dirección.

El docente y /o inspector debe registrar en la hoja de vida del alumno. Se deberá garantizar el debido proceso. El hecho debe ser notificado a dirección quien citara al apoderado, el mismo día o al día siguiente, y evaluará la suspensión del alumno. Si la situación se reitera Dirección hace firmar carta de condicionalidad El docente o inspector deberán

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de menoscabo a un alumno, apoderado o funcionario del establecimiento a través de objetos tecnológicos (Redes sociales, teléfono celular u otro medio tecnológico) El estudiante realiza acciones de menoscabo a otro estudiante discriminando por razones de género, nacionalidad, religión, etnia, política, condición sexual, social, física o intelectual.

Gravísima

Gravísima

Anotación hoja de vida Citación del apoderado a dirección. Reparatoria. Comunitaria. Anotación hoja de vida Citación del apoderado a dirección. Reparatoria.

Docente

Inspector

Dirección

Docente

Inspector

Dirección

arbitrar o pacificar según la situación, siguiendo el debido proceso. El hecho debe ser notificado a dirección quien citara al apoderado, al día siguiente, y evaluara la suspensión del estudiante. Dirección determinara la sanción comunitaria a seguir por parte del estudiante infractor. El docente o inspector debe registrar en la hoja de vida del estudiante la falta. El docente o inspector deberán arbitrar o pacificar según la situación, siguiendo el debido proceso. El hecho debe ser notificado a dirección quien citara al apoderado, al día siguiente, y evaluara la suspensión del estudiante. Dirección determinara la sanción reparatoria a seguir por parte del estudiante infractor

Continuidad de Programa de

Leve (masturbación)

Sanción pedagógica

El docente debe acoger la situación (en este caso masturbación u otra

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Sexualidad El alumno realiza conductas de índole sexual8 dentro del establecimiento, menoscabando a un tercero

determinada por el docente.

Docente

similar), tendrá que conversar con el alumno en relación a la situación, realizar un trabajo de lineamiento y contextualización. Si lo amerita, en función del análisis del docente, éste deberá realizar un trabajo con la familia del menor.

Realizar Jornadas de Sexualidad para apoderados y estudiantes

Gravísimo

(tocar y rozar a otros en zonas

íntimas)

. Se actuará de acuerdo a protocolo de actuación frente a situaciones de abuso sexual.(anexo

Docente

Apoderado

. Se actuará de acuerdo a protocolo de actuación frente a situaciones de abuso sexual.(anexo)

Realizar Jornadas de Sexualidad para apoderados y estudiantes

Gravísimo (concretar acto

sexual, violaciones)

. Se actuará de acuerdo a protocolo de actuación frente a situaciones de abuso sexual.(anexo

Docente

Apoderado

Dirección

Se actuará de acuerdo a protocolo de actuación frente a situaciones de abuso sexual.(anexo)

CARTA DE CONDICIONALIDAD faculta a exponer el caso ante el consejo de profesores, quien junto a dirección revisan los antecedentes y determinan la sanción, con la posibilidad de resolver si se estima necesario, la cancelación de matrícula del estudiante.

8 Conductas explicitadas en protocolo de actuación frente al abuso sexual.

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DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Evaluando el contexto en que se enmarca una determinada situación de trasgresión, su gravedad podrá ser atenuada considerando los siguientes criterios o circunstancias:

Edad, desarrollo psicoafectivo y circunstancias personales, familiares o sociales del alumno.

Haber reconocido la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.

Haber corregido el daño o compensado el perjuicio causado, antes de que se haya determinado la medida formativa.

Haber observado buen comportamiento anterior.

Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona mayor en edad, en poder y/o madurez psicoactiva.

Cometer la falta en estado de alteración originada en circunstancias o condiciones de gravedad extrema, debidamente comprobadas. DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Del mismo modo, los siguientes criterios o circunstancias serán considerados para establecer si una determinada trasgresión reviste un mayor grado de gravedad que el asignado al hecho o conducta en sí misma:

En términos generales, mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración de una conducta o trasgresión específica.

Representatividad del alumno ante la comunidad educativa (Centro de estudiantes o delegado).

Haber actuado con premeditación.

Haber aprovechado la confianza depositada en él para cometer el hecho.

Cometer la falta para ocultar otra.

Haber aprovechado condiciones de debilidad de otros para cometer el hecho.

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POLÍTICA FAMILIA ESCUELA

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PRINCIPIOS 1.- La Familia es la primera responsable de la formación de sus hijos/as. 2.- La participación de la familia en la escuela es un valor y un derecho. 3.- El compromiso y la participación de la familia debe estar en coherencia con el Proyecto Educativo Institucional. 4.- Cuando la familia participa y se involucra en la escuela, se fortalece el aprendizaje y la formación de sus hijos e hijas, orientados a su pleno desarrollo. 5.- La comunidad escolar reconoce y valoriza que existe una diversidad de tipos de familias, con distintas necesidades, intereses y motivaciones al interior de la escuela. 6.- La relación entre la familia y la escuela, debe caracterizarse por el respeto, la colaboración mutua y la no discriminación entre los distintos integrantes de la comunidad escolar. 7.- La comunidad escolar constituye un referente afectivo y social importante para las familias y que se caracteriza por acoger y actuar como red de apoyo efectiva para todos sus actores. OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL

Fomentar una alianza de colaboración entre familia y escuela para propiciar el desarrollo integral de los estudiantes y su inclusión en

sociedad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Fortalecer las instancias de comunicación entre la familia y escuela, basadas en el diálogo y respeto mutuo. Generar espacios que promuevan la formación de los padres y apoderados en temas que contribuyan al desarrollo integral de sus hijos/as. Formar a los diferentes estamentos de la unidad educativa en relación a la Política Nacional de Familia y su implementación en nuestro

contexto escolar Gestionar y efectuar capacitaciones a docentes y asistentes de la educación, destinada a entregar herramientas que nos permitan trabajar

eficientemente con padres y apoderados. Propiciar mayores redes de apoyo y fortalecer las redes existentes en nuestra comunidad educativa, en beneficio de nuestros estudiantes y

sus familias.

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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA POLÍTICA FAMILIA- ESCUELA

ÁMBITO NORMA PROCEDIMIENTOS

COMUNICACIONES

La agenda es el instrumento de comunicación oficial entre la escuela y la familia

La agenda es presentada y entregada en la 1° reunión de apoderados El apoderado y docente deberá firmar y leer diariamente la agenda El docente será el responsable de entregar vía agenda las comunicaciones a todos sus apoderados

La información importante será publicada a través de las redes sociales

A través de la página de Facebook del colegio, la cual será visada por dirección, se informará de las actividades más importantes realizadas en el colegio (con fotografías y videos)

Diario Mural en la entrada del colegio, entregara información general

El Diario Mural se mantendrá actualizado semanalmente con la información relevante de la escuela

REUNION DE APODERADOS Las reuniones son de carácter obligatorias para los apoderados y cuentan con un horario calendarizado para el año y diferido para los cursos de retos Múltiples y Básicos/Laborales

Los apoderados inasistentes deberán justificar vía agenda. Si se repite la insistencia será citado a entrevista con el docente

Los acuerdos tomados en reunión de apoderados, serán de carácter obligatorio para todos los apoderados

La estructura de las reuniones tendrá un carácter formativo, informativo y participativo

Las reuniones de apoderados se darán en un marco de respeto y tolerancia, privilegiando el dialogo

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Se privilegiará en reunión los temas comunes, las situaciones particulares de cada estudiante serán conversados en entrevista con cada apoderado.

Las reuniones serán planificadas por el docente en conjunto con monitores PAF y delegados de cada curso.

La reunión de apoderados se realizara de acuerdo a la organización de cada curso, esta será en tres momentos: Información del Docente, Programa Aprendiendo en Familia, Información Delegado del curso.

ENTREVISTA A APODERADOS Cada docente realizará una entrevista a cada uno de los apoderados por semestre.

El apoderado podrá solicitar entrevista con el docente justificando la necesidad.

No se considerarán entrevistas aquellas conversaciones que se realicen fuera de un horario establecido para ello.

Toda la citación a entrevista se realizara vía agenda.

El Docente y Apoderado deben firmar a diario la Agenda.

En caso de no firmar el apoderado, este será citado vía telefónica.

Toda entrevista será registrada en una ficha y firmada tanto por el docente como por el apoderado.

La entrevista será realizada con una pauta conocida y consensuada por dirección y el docente.

Si el apoderado se retrasa en la llegada a la entrevista, se restará el tiempo que se destinó a ésta.

En situaciones emergentes, los apoderados podrán ser citados por Dirección, Inspectora General o

El apoderado se citará telefónicamente o vía agenda.

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Profesionales de Apoyo y se registrarán en la ficha del estudiante, informándole al docente

En caso de no ubicar al apoderado, se realizará visita domiciliaria

ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS

La escuela ofrece espacios para la participación de la familia en actividades fuera del horario de clases

En la elaboración del cronograma anual la comunidad determina actividades extraprogramáticas en las cuales participa la familia, tales como: Inauguración del año escolar, Bienvenida Apoderados Nuevos, Semana de la Familia, Semana Aniversario, Fiesta de la Chilenidad, Fiesta de las Artes, Olimpiadas Familiares, Acto de cierre del año escolar.

CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

La escuela promueve espacios de asociación y participación de los padres y apoderados del colegio.

La escuela facilita espacios para las reuniones del Centro de Padres y las actividades que ellos planifiquen.

La escuela debe ser garante de que el funcionamiento del Centro de Padres vaya en beneficio directo de los padres, apoderados y de toda la comunidad educativa.

El Centro de Padres posee personalidad jurídica y cuenta con un reglamento que rige su funcionamiento, en relación a inscripción de socios, elección de representas por curso, elección de directiva, cobro de aportes voluntarios y actividades varias Para asegurar su correcto funcionamiento, la directiva del Centro de Padres deberá reunirse con la Dirección del colegio al menos en las siguientes situaciones: Al inicio del año escolar para la

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Preparación y entrega de Cuenta Pública Anual. En el mes de Abril para la Presentación del Plan Anual de Trabajo. Al término de cada semestre para entregar un informe de los logros alcanzados.

ÁMBITOS GENERALES El estudiante debe contar con un apoderado titular, en caso de necesidad la escuela solicitará un apoderado suplente.

Al momento de la matrícula se inscribe al apoderado titular. En cualquier momento del año, por situación debidamente justificada el docente solicita en entrevista un apoderado suplente. Cuando el apoderado presenta conductas de riesgo a la integridad del estudiante y/o funcionarios de la escuela, se solicitará cambio de apoderado a través de un comunicado a la Corporación Municipal de Educación y Salud, esperando su acompañamiento en este proceso, sin perjuicio de otras medidas que salvaguarden la seguridad de la escuela.

El apoderado debe mantener una actitud de respeto hacia la toda la comunidad educativa.(manual)

Los apoderados deben respetar horarios de funcionamiento por jornada del establecimiento. (manual).

El docente explica horario de funcionamiento y de atención al apoderado Cuando el apoderado no cumple con el cumplimiento de los horarios, la dirección citará al apoderado, quien deberá justificar y comprometerse a que no ocurra este hecho en el futuro

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Los apoderados serán responsables de mantener actualizado los controles médicos y prescripciones de sus hijos, informando oportunamente de todo ello al profesor jefe.(manual)

El docente explica la importancia de cumplir con las derivaciones. En caso de que se reitere el incumplimiento, Dirección citará al apoderado para explicar deberes y derechos del alumno y situación de negligencia, en caso que corresponda Derivación a red comunal.

Los estudiantes de la escuela cuentan con tres modalidades de transporte: micro o minibús de la escuela, transporte particular, autónomo.

La escuela ofrece servicio de transporte sectorial en un bus de recorrido fijo y en un minibús destinado exclusivamente a estudiantes con problemas de movilidad. La escuela se reserva el derecho de seleccionar según criterios fundamentados los estudiantes que se transporten en dichos vehículos.

El apoderado debe comunicar a la escuela el medio de transporte de su pupilo al momento de la matrícula e informar inmediatamente cualquier cambio en el transporte.

El apoderado que autorice el transporte autónomo de su pupilo debe firmar la autorización correspondiente.

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NORMAS EN TORNO A LOS FUNCIONARIOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

Norma Acciones Preventivas

Falta a la norma Grado de la falta

Sanción Responsable Procedimiento

Atender a apoderados dentro del horario establecido para este fin

Charlas de inducción y capacitación al inicio del año escolar

No atender al apoderado

Grave

Administrativa

Dirección

El apoderado deberá informar a Dirección, sobre su solicitud de atención, quien consultara al docente la razón para no atenderlo y se le solicitara que envié una fecha de atención próxima al apoderado.

Manejo adecuado de documentación del establecimiento

Adulterar información y/o documentación del establecimiento

Gravísima

Administrativa

Dirección

El funcionario que tome conocimiento de esta falta deberá informar de la situación a Dirección, quien en un plazo de una semana deberá aplicar la sanción correspondiente

Realizar proceso de denuncia para aquellos actos constitutivos de delito.

Negarse a realizar proceso de denuncia

Gravísima

Administrativa

Dirección

Dirección resolverá respecto de la acción del funcionario como del proceso correspondiente

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9 Forma inadecuada: Utilizar expresiones verbales o escritas para referirse a un otro de manera peyorativa, descalificatoria, etiquetadora y/o discriminatoria.

NORMAS DE INTERACCIÓN

Norma Acciones Preventivas

Falta a la norma Grado de la falta

Sanción Responsable Procedimiento

El personal que labora en el establecimiento educacional promoverá y mantendrá una convivencia que favorezca el adecuado funcionamiento de este.

Talleres Psicoeducativos que fomenten trato adecuado entre pares. Actividad que se enmarca entre las realizadas por la campaña de Buen Trato

Referirse a un estudiante, compañero de labor y /o un apoderado de forma inadecuada 9 Agresión física a un estudiante, compañero y / o apoderado.

Grave

Gravísima

Administrativa Reparatoria

Administrativa Reparatoria

Personal

Involucrados Dirección

Personal Involucrados

Dirección

El personal que tome conocimiento de esta falta deberá propiciar un espacio de diálogo con la persona involucrada, abordando la situación para solucionar el conflicto. Si la situación persiste, la problemática deberá ser informada a la Dirección, quien resolverá respecto de las acciones administrativas y su aplicación. El personal que tome conocimiento de esta falta deberá propiciar un espacio de diálogo con la persona involucrada, abordando la situación e informar a la Dirección, quien resolverá respecto de las acciones administrativas y su aplicación.

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El personal que labora en el establecimiento educacional basa sus relaciones en el respeto a la dignidad de las personas.

Capacitación en Ley de Acoso Laboral y ley Antidiscriminación.

Conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, que tenga como resultado menoscabo, maltrato, humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.". El funcionario realiza acciones de menoscabo a otro miembro de la comunidad educativa, discriminando por razones de género, nacionalidad, religión, etnia, política, condición sexual, social, física o intelectual.

Gravísimo

Gravísima

Administrativa y

Reparatoria

Administrativa Y

Reparatoria

Todos los funcionarios

de la comunidad

escolar

Encargado de convivencia

Dirección

El funcionario que se sienta afectado en su dignidad como trabajador deberá exponer su situación a entidad competente. El personal que tome conocimiento de esta falta deberá informar la situación al encargado de convivencia el cual propiciara un espacio de dialogo con la persona involucrada, abordando la situación, buscando una solución y disculpas. Se debe informar a la dirección, quien resolverá respecto de las acciones administrativas y su aplicación.

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10 Actividades que interfieran con su estado de salud, desarrollo social y psicológico en general 15 Información confidencial: Información calificada de carácter personal y de conocimiento restringido a la totalidad de la comunidad educativa 12 Manipular información: Implica hacer uso de información que se consensuó como confidencial la cual se mal usa y se presta a comentarios colectivos perjudicando el normal desenvolvimiento de una situación que pudiera perjudicar a un otro

El personal del establecimiento educacional a través de sus actividades promoverá el desarrollo biopsicosocial de los estudiantes

Actividades que perjudiquen el desarrollo integral de los alumnos10

Gravísima

Administrativa Reparatoria

Dirección

El personal que tome conocimiento de esta falta deberá propiciar un espacio de diálogo con la persona involucrada, abordando la situación para solucionar el conflicto. Si la situación persiste, la problemática deberá ser informada a Dirección, quien resolverá respecto de las acciones administrativas y su aplicación.

El personal del establecimiento promoverá que la información clasificada de confidencial11 mantenga esa condición

Manipular información12 caratulada de confidencial, rumor.

Grave Administrativa Dirección Dirección resolverá respecto de las acciones administrativas y su aplicación.

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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

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PROTOCOLO DE ACTUACIÒN FRENTE AL ACOSO ESCOLAR O

BULLYING

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Se considerará una situación de Bullying cuando se presenten al menos tres condiciones: 1.-Existe un desequilibrio o abuso de poder en la relación. 2.- La persona agresora se aprovecha de situaciones en las que la víctima está en una situación de inferioridad. 3.- El maltrato o la agresión se repite en el tiempo. Las conductas de acoso e intimidación utilizados por la persona agresora hacia la víctima se pueden clasificar en los siguientes tipos: Físico: pegar (empujar, zancadillas, puñetazos...), amenazar con objetos, armas... Puede ser infringido a la víctima: en este caso estaríamos hablando de maltrato físico directo; e indirecto si se rompen, esconden o roban objetos o pertenencias. Verbal: en el caso directo son insultos, amenazas y motes, hacer correr falsos rumores, hablar mal de alguien... Social: se trata de aislar, excluir, ignorar, no dejar participar a alguien. Racista: si las conductas de acoso hacen referencia procedencia étnica o en los orígenes de la víctima Sexual: si se hace referencia a la intimidad sexual o corporal de la víctima Homófono: en referencia a la orientación sexual. Esta clasificación no quiere decir que las conductas de acoso se produzcan separadamente sino que, habitualmente, una víctima puede sufrir simultáneamente de maltrato físico, ser excluido e insultado por la persona o por el grupo agresor. Dada la importancia que reviste en el clima escolar la situación de Bullying, resulta relevante como comunidad educativa desplegar procedimientos que permitan atender situaciones de Bullying. Considerando que el equipo de convivencia tiene la facultad de investigar la eventualidad de posibles faltas al manual de convivencia, se estima que este equipo en conjunto con Dirección del establecimiento determinará si la situación corresponde a Bullying. El siguiente protocolo se ejecuta en base a los siguientes ejes: I.- LINEA DE PREVENCIÔN: la cual se desarrolla a través de la “Campaña del Buen Trato” La comunidad educativa desarrollará estrategias formativas para fomentar un clima escolar que facilite un ambiente de respeto a la diversidad, a la no discriminación y a la participación e igualdad entre los diferentes actores. La estrategia fundamental para desarrollar estos aspectos se abordarán a partir de “La campaña del buen trato”. Esta se entiende, como una serie de acciones programadas y regulares de acuerdo a sus características, que irán destinadas a generar los espacios para reflexionar sobre las condiciones de la comunidad educativa entorno a su clima escolar, identificando las fortalezas y debilidades de la institución, con la finalidad de plantear las actividades concretas que propiciarán el desarrollo de un favorable clima escolar.

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II.- LÍNEA DE INTERVENCIÒN Procedimientos:

Toma de conocimiento Cualquier persona que tome conocimiento de una situación constitutiva o no-de Bullying en el cual está involucrado un estudiante, debe referir esta información a la brevedad al docente, si tiene la sospecha de que es una situación de acoso escolar, compartirá la situación con el equipo de convivencia. Con la información entregada se procederá a analizar si la situación se constituye en Bullying, se activaran los siguientes pasos:

El Inspector General en conjunto con el encargado de convivencia escolar, cita a las partes involucradas por separado.

Se indaga en relación a la situación de conflicto.

Se explica la gradualidad de la falta, la cual ha sido definida como gravísima dentro de la comunidad escolar.

Se explican y aplican las sanciones que corresponden para la falta: Reparatoria, Pedagógica y Comunitaria, a cargo del inspector general.

El departamento Psicosocial evalúa la situación del conflicto, apoya y deriva tanto al estudiante agredido como aquel que agrede.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ESTUDIANTES EMBARAZADAS

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Nuestro establecimiento tiene como fundamento asegurar el derecho a la educación a las estudiantes que se encuentren en situación de embarazo, brindando las facilidades que correspondan, para la permanencia de la joven en el sistema escolar, evitando así la deserción de las alumnas embarazadas. El Embarazo se entiende como el período de tiempo comprendido que va, desde la fecundación del óvulo por el espermatozoide, hasta el momento del parto. En este se incluyen los procesos físicos de crecimiento y desarrollo del feto en el útero de la madre y también los importantes cambios que experimenta esta última, que además de físicos son morfológicos y metabólicos. El siguiente protocolo se ejecuta en base a los siguientes ejes: I.- LINEA DE PREVENCIÔN: la cual se desarrolla a través de “Jornada de Sexualidad” La comunidad educativa desarrollará estrategias formativas para abordar la prevención del embarazo. La estrategia fundamental para desarrollar estos aspectos se abordarán a partir de “La jornada Te cuido y me Protejo”, apoyada por las redes de apoyo de salud comunal, como también serán abordadas las temáticas de forma transversal por los docentes apoyado por las directrices de la Dirección y Jefatura técnica. II.- LÍNEA DE INTERVENCIÒN

Toma de conocimiento Cualquier persona que tome conocimiento de la situación de embarazo de la estudiante, deberá referir esta información a la brevedad al docente y Dirección del establecimiento.

Entrevista con estudiantes: Con la información entregada se conversara con la estudiante

Y posteriormente con su apoderada/o para organizar los diferentes apoyos para el desarrollo adecuado del embarazo y la continuidad de su proceso escolar.

Se consideran los siguientes aspectos:

Se Establece el sistema de evaluación al que la estudiante puede acceder como alternativa, en tanto la situación de embarazo le impida asistir regularmente al establecimiento.

Se Establecerán criterios para la promoción con el fin de asegurar que la estudiante cumplan efectivamente con los aprendizajes y contenidos establecidos en el programa de estudio.

En el caso de dificultad no hacer exigible el % de asistencia a clases durante el año escolar a la estudiante. Las inasistencias que tengan como causa directa por situaciones derivadas .del control del niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, se consideran válidas cuando se presenta certificado médico, carné de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia.

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Se realizará un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de la alumna brindándole el apoyo pedagógico

requerido

Se registrara la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida, diferenciando las etapas de embarazo.

Se solicitara a la estudiante el carné de salud o certificado médico cada vez que falte a clases por razones asociadas a embarazo. Respecto del Periodo de Embarazo:

Se le otorgara el permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona.

Se le brindara todas las instancias a la alumna, que requiera ir al baño las veces necesarias.

Se facilitara que durante los recreos, las alumnas embarazadas puedan utilizar las dependencias de la biblioteca u otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles accidentes. Respecto del Periodo de Maternidad:

La escuela brindara el derecho a la madre adolescente a decidir el horario de alimentación del hijo o hija, que debiera ser como máximo una hora, la que no considera los tiempos de traslado. Este horario debe ser comunicado formalmente al Director/a del establecimiento educacional durante la primera semana de ingreso de la alumna.

Para las labores de amamantamiento, en caso de no existir sala cuna en el propio establecimiento educacional, se permitirá la salida de la madre en el horario predeterminado para acudir a su hogar o sala cuna.

Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el establecimiento dará, a la madre las facilidades pertinentes. El establecimiento educacional ingresara en el Sistema de Registro de Estudiantes Embarazadas de JUNAEB a sus estudiantes en ese estado. El establecimiento derivara a las redes de salud de la comuna a las estudiantes embarazadas para su ingreso al sistema y realizara un seguimiento de los controles. El establecimiento informara a las madres, de las salas cunas existentes en la comuna y ayudara gestionando el ingreso de sus hijos/as a estas.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÒN PARA SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL

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P R O T O C O L O DE ACTUACIÓN PARA ABORDAJE DE SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL

La Escuela Diferencial E-791 de San Bernardo, señala su compromiso por la protección de la infancia y la adolescencia como parte de

la visión y la misión de la comunidad educativa. En este contexto la comunidad educativa establece un protocolo de actuación.

QUE ENTENDEREMOS POR ABUSO SEXUAL:

El abuso sexual es una forma grave de maltrato infantil, implica la imposición a un niño, niña o adolescente, de una actividad

sexualizada, en que el ofensor obtiene una gratificación, es decir, basada en una relación de poder. Esta imposición se puede ejercer

por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o

cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica

El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño o adolescente, incluyendo, entre otras, las

siguientes:

• Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño o adolescente.

• Tocación de genitales del niño o adolescente por parte del abusador/a.

• Tocación de otras zonas del cuerpo del niño o adolescente por parte del abusador/a.

• Incitación, por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales, Contacto bucogenital entre el abusador/a y el niño o

adolescente,

• Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con objetos, por parte del

abusador/a.

• Utilización del niño o adolescente en la elaboración de material pornográfico (Ej: fotos, películas, imágenes en internet).

• Exposición de material pornográfico a un niño o adolescente (Ej.: revistas, películas, fotos, imágenes de internet).

• Promoción o facilitación de la prostitución infantil.

• Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero u otras prestaciones.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1.- Si se sospecha de una situación de abuso sexual hacia un estudiante por parte de un adulto externo a la escuela, compañero de

escuela o funcionario, se derivara a la red de apoyo comunal, para que realice la intervención correspondiente.

2.- Cuando se toma conocimiento de una situación de abuso sexual que ocurra al interior de la escuela y el agresor se desempeña en

el establecimiento.

Dirección, activará protocolo de actuación y realizará denuncia. De forma paralela se citará al apoderado para colocarlo en

antecedentes.

Funcionario involucrado será suspendido de sus funciones mientras dure el proceso de investigación.

Se informará al Sostenedor y a la Superintendencia de Educación

3.- Si el abuso ha ocurrido al interior del establecimiento y el agresor es un par.

Dirección, activará protocolo de actuación y realizará denuncia. De forma paralela se citará al apoderado para ponerlo en

antecedentes.

Se informará al Sostenedor y a la Superintendencia de Educación.

Se resguardará el derecho a la educación para ambos estudiantes. Para lo cual se implementarán medidas pedagógicas que

faciliten su asistencia a clases. Entre estas estrategias se realizará cambio de curso para uno de los estudiantes a la jornada

alterna, manteniendo dentro de lo posible las mismas características que curso de origen. Además se cautelará que los

estudiantes involucrados tomen contacto al interior de la escuela.

Integrantes del equipo psicosocial del establecimiento realizarán seguimiento al proceso de ambos estudiantes, ya sea del

proceso legal como de las futuras derivaciones a las redes de apoyo comunal. En forma paralela se establecerá un trabajo

coordinado con el Profesor Jefe de los estudiantes afectados.

RED COMUNAL DE DERIVACIÓN:

Derivación de la información a la red de apoyo y las instituciones especializadas en el diagnóstico, prevención, protección y reparación

ante situaciones de abuso sexual infantil disponibles a nivel local.

Oficinas de Protección de Derechos (OPD): intervienen ante la presencia de situaciones y/o conductas que se constituyen en

una alerta, y que no necesariamente son una grave vulneración de derechos: conflictos de los niños con sus pares, profesores o

familia.

Fiscalía de San Bernardo: Calle San José #848

Policía de Investigaciones: Calle Eyzaguirre # 737

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Carabineros de Chile, 14° Comisaria de San Bernardo: Av. Colon #0713

CÓMO ACOGER A UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE QUE HA SIDO O ESTÁ SIENDO ABUSADO SEXUALMENTE

En la eventualidad que un estudiante devele situación de Abuso Sexual, que atenta contra sus derechos, se sugiere considerar las

siguientes recomendaciones:

• Generar un clima de acogida y confianza

• Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo, con un solo entrevistador

• Sentarse al lado y a la altura del niño

• Reafirmar en el niño que no es culpable de la situación

• Reafirmar que hizo bien en revelar lo que estaba pasando

• Transmitir tranquilidad y seguridad

• No acusar a los adultos involucrados ni emitir juicios contra el presunto agresor

• Informarle que la conversación será privada y personal pero que, si es necesario para su bienestar, podría informarse a otras

personas que lo ayudarán

• Actuar serenamente, evitando mostrarse afectado (conmovido u horrorizado): el entrevistador es el adulto que debe contener y

apoyar al niño

• Disponer de todo el tiempo que sea necesario

• Demostrar comprensión e interés por su relato

• Adaptar el vocabulario a la edad del niño; si no se le entiende alguna palabra, pedirle que la aclare, no reemplazarla por él

• No presionar al niño para que conteste preguntas o dudas, no interrumpir su relato

• Respetar su silencio y su ritmo para contar su experiencia, no insistir ni exigirle

• No criticar, no hacer juicios, ni mostrar desaprobación sobre el niño y/o el supuesto agresor, No sugerir respuestas

• No solicitar que muestre sus lesiones o se quite la ropa, No solicitar detalles de la situación

• Ser sincero en todo momento, sin hacer promesas que quizás no se puedan cumplir

• Señalar las posibles acciones futuras, explicando claramente los pasos que se seguirán y lo importante que es hacerlo

• Dejar abierta la posibilidad de hablar en otro momento, si el niño así lo requiere

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PROTOCOLO DE ACTUACION

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA SITUACIONES DE MALTRATO INFANTIL

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P R O T O C O L O DE ACTUACIÓN PARA ABORDAJE DE SITUACIONES DE MALTRATO INFANTIL CONCEPTOS GENERALES:

El maltrato infantil se entiende como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas y adolescentes, de manera habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendida como falta de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades y requerimientos del niño, sea en alimentación, salud, protección física, estimulación, interacción social u otro), supresión (que son las diversas formas en que se le niega al niño el ejercicio y goce de sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela, etc) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones o conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño, tales como malos tratos físicos, agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos e incluye el abandono completo y parcial1, 1. Maltrato físico: cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que provoque daño físico o enfermedad en el niño/a o adolescente o signifique un grave riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable (grave, menos grave o leve) Los criterios médicos- legales, consideran:

Lesiones graves: todas aquellas que causan en el niño/a o adolescente enfermedad o incapacidad de 31 días o más de duración.

Lesiones menos graves: aquellas en que la enfermedad o incapacidad sea de más de 15 días y menos de 31, considerando además la calidad de las personas y circunstancias del hecho.

2. Maltrato emocional o psicológico: se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño/a o adolescente. Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o corromperlo. Ser testigo de violencia entre los miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o psicológico. 3. Negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de los niños/as y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean éstas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales. 4. Abandono emocional: es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa), expresiones emocionales y/o conductas de los niños/as y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como la falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura adulta estable.

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CONSIDERACIONES GENERALES ANTE LA SOSPECHA O CERTEZA DE UNA SITUACIÓN DE MALTRATO INFANTIL, EL ESTABLECIMEINTO REALIZARÁ LOS SIGUIENTES PASOS:

Es importante no confundir la responsabilidad que tiene el establecimiento educacional con la de los organismos especializados: la función de los establecimientos educacionales NO ES INVESTIGAR EL DELITO NI RECOPILAR PRUEBAS SOBRE LOS HECHOS, sino actuar oportunamente para proteger al niño, denunciar los hechos y/o realizar la derivación pertinente. Tanto la investigación como el proceso de reparación está a cargo de otros organismos e instituciones especializadas (ver cuadro página 29: "Funciones y responsabilidades institucionales diferenciadas ante situaciones de maltrato y abuso sexual infantil"). La Ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, en el Artículo 16 d), establece la especial gravedad del maltrato ejercido por parte de un adulto en contra de un niño/a: "revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante".

Disponer las medidas para proteger al niño, activando los Protocolos de Actuación dispuestos para tal efecto, incluyendo La comunicación inmediata con la familia.

Recopilar antecedentes administrativos y otros de carácter general, describiendo la situación sin emitir juicios, para colaborar con la investigación y/o en las medidas que se adopten posteriormente.

El citado artículo señala, además, que "los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al Reglamento Interno del establecimiento".

Al detectar una situación de maltrato infantil, es imprescindible actuar para interrumpir la vulneración de derechos de los niños y facilitar el proceso de reparación; se debe denunciar y/o derivar el caso, LO QUE NO IMPLICA NECESARIAMENTE DENUNCIAR O IDENTIFICAR A UNA PERSONA ESPECÍFICA: lo que se debe denunciar es el hecho, proporcionando todos los datos disponibles, ya que la identificación de el o los agresores y la aplicación de sanciones es tarea del Ministerio Público, Tribunales de Garantía, Carabineros y Policía de Investigaciones, no del establecimiento educacional.

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Realizar las derivaciones relacionadas con la situación de vulneración de derechos del menor, a instituciones pertenecientes a la red de apoyo, tales como centros de salud, centros de atención especializada, comisarías, etc., con el fin de cautelar el bien superior del niño, niña y adolescente.

Ante una situación de maltrato grave, constitutivo de delito (maltrato reiterado y/o con resultado de lesiones, amenazas) y/o abuso sexual, que haya tenido lugar en el establecimiento o que afecte a un estudiante, quienes están obligados a efectuar la denuncia respectiva son el director, inspector y los profesores, según establece el Artículo N° 175, letra e) del Código Procesal Penal. Sin perder de vista esta obligación legal, es aconsejable impulsar a los adultos responsables o familiares del niño a interponer la denuncia, como un modo de activar sus recursos protectores.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CUANDO LA SITUACIÓN DE MALTRATO INFANTIL OCURRE FUERA DEL ESTABLECIMIENTO: 1.- Si se sospecha de una situación de maltrato infantil hacia un estudiante por parte de un adulto externo a la escuela, compañero de escuela o funcionario, se derivara a la red de apoyo comunal, para que realice la intervención correspondiente. 2.- Se recopilarán los antecedentes generales relativos a la situación del menor: La información consignada en el Libro de Clases, entrevistas con el profesor/a jefe, orientador/a u otro que pueda aportar datos relevantes, lo que se organiza en un informe que servirá como apoyo al proceso de investigación y al proceso reparatorio realizado por los organismos e instituciones competentes. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CUANDO LA SITUACIÓN DE MALTRATO INFANTIL OCURRE AL INTERIOR DE LA ESCUELA Y/O EL AGRESOR SE DESEMPEÑA EN EL ESTABLECIMIENTO: 1.- Si se sospecha de una situación de maltrato infantil hacia un estudiante por parte de un adulto externo a la escuela, compañero de escuela o funcionario, se derivara a la red de apoyo comunal, para que realice la intervención correspondiente. 2.- Cuando se toma conocimiento de una situación de maltrato que ocurra al interior de la escuela y el agresor se desempeña en el establecimiento.

Dirección, activará protocolo de actuación y realizará denuncia. De forma paralela se citará al apoderado para colocarlo en antecedentes.

Funcionario involucrado será suspendido de sus funciones mientras dure el proceso de investigación.

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Se informará al Sostenedor y a la Superintendencia de Educación.

3.- Si el abuso ha ocurrido al interior del establecimiento y el agresor es un par.

Dirección, activará protocolo de actuación y realizará denuncia. De forma paralela se citará al apoderado para ponerlo en antecedentes.

Se informará al Sostenedor y a la Superintendencia de Educación.

Se resguardará el derecho a la educación para ambos estudiantes. Para lo cual se implementarán medidas pedagógicas que faciliten su asistencia a clases. Entre estas estrategias se realizará cambio de curso para uno de los estudiantes a la jornada alterna, manteniendo dentro de lo posible las mismas características que curso de origen. Además se cautelará que los estudiantes involucrados tomen contacto al interior de la escuela.

Integrantes del equipo psicosocial del establecimiento realizarán seguimiento al proceso de ambos estudiantes, ya sea del proceso legal como de las futuras derivaciones a las redes de apoyo comunal. En forma paralela se establecerá un trabajo coordinado con el Profesor Jefe de los estudiantes afectados.